BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL - … · MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS...

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COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 18578021-517-12 BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 02 de Octubre de 2012 Página 1 BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL No. 18578021-517-12 VERSION FINAL PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo y de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54, 55 Fracciones I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56, 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 27, 28 y 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, en Coatzacoalcos, Veracruz, con teléfono 01 (921) 21-12522, conmutador 01 (921) 21 10202 ext(s). 32-351, 32-286, 32-075 y 32- 094, y correos electrónicos: [email protected] y [email protected] en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional presencial número 18578021-517-12, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 431-42000-B-1021757, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01 . Estas Bases constan de 29 Documentos.

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COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

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NACIONAL

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BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL

No. 18578021-517-12

VERSION FINAL

PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN:

MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE

MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO

PAJARITOS.

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54, 55 Fracciones I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56, 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 27, 28 y 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, en Coatzacoalcos, Veracruz, con teléfono 01 (921) 21-12522, conmutador 01 (921) 21 10202 ext(s). 32-351, 32-286, 32-075 y 32-

094, y correos electrónicos: [email protected] y [email protected] en

adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional presencial número 18578021-517-12, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 431-42000-B-1021757, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 29 Documentos.

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CRONOGRAMA

ACTO

FECHA Y HORA

LUGAR

VISITA(S) A INSTALACIONES

–NO APLICA–

--------------------- ---------------------

JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA CONVOCATORIA

09-Octubre-2012 14:00 hrs

Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

19-Octubre-2012 10:00 hrs

Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

FECHA DE FALLO 31-Octubre-2012

15:00 hrs

Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACION DEL CONTRATO

09-Noviembre-2012

Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES

CONS

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

1. 01 Requerimientos Técnicos. 2. 02 Modelo Administrativo.

3. 03 Formato de Información para Acreditar la Existencia y Personalidad del Licitante.

4. 03-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

5. 04 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. –NO APLICA-

6. 05

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010.

7. 05-A

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes adjudicados para dar cumplimiento a la regla 9 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010.

8. 06 Formato de propuesta Técnica. 9. 06-A Formato de propuesta Económica.

10. 07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

11.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.

12. 08-A

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13. 09 Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. –NO APLICA-

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

14. 10 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-

15. 11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

16. 12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-

17. 13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-

18. 14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

19. 15 Modelo-Guía del Contrato.

20. 16 Causas de Desechamiento.

21. 17 Niveles de inspección de bienes.

22. 18 Formato 4 “Listado de requerimientos que debe cumplir el proveedor” que forma parte del “Anexo SSPA”.

23. 19 Modelo de manifestación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

24. 20 Formato “Compromisos con la transparencia”.

25. 21 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.

26. 21-A

Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 21 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

27. 21-B

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 4.1 del Documento 21 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

28. 21-C

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 4.2 del Documento 21 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

29. 22 Formato de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de Compra de Bases de Licitaciones.

PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA LICITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A

ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS

DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

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DOCUMENTO 01

REQUERIMIENTOS TECNICOS

PARTIDA

CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN

1 300 PIEZA

COLCHA TERMOAISLANTE DE LANA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA Y MALLA METALICA HEXAGONAL MEDIDAS 2 IN DE ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN DE LONGITUD CON DENSIDAD DE 9 LB/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADO CENTIGRAD LA COLCHA TERMOAISLANTE DE LANA DE ROCA DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 M (96 IN) +/- 15 MM. ANCHO 0.61 M (24 IN) +/- 15 MM. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. - PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 M (24 IN) DE ANCHO, POR 2.44 M (96 IN) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO O EN CAJA DE CARTON.

2 150 PIEZA

COLCHA TERMOAISLANTE LONA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA, TELA METALICA TIPO POLLERA EN LA OTRA 3 IN ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN LONGITUD, DENSIDAD DE 9 LBS/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADOS CENTIGRADOS LA COLCHA TERMOAISLANTE DE LANA DE ROCA DEBE CUMPLIR CON LAS

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SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 M (96 IN) +/- 15 MM. ANCHO 0.61 M (24 IN) +/- 15 MM. COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. - PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 M (24 IN) DE ANCHO, POR 2.44 M (96 IN) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO O EN CAJA DE CARTON.

3 150 PIEZA

COLCHA TERMOAISLANTE LONA DE ROCA ARMADA CON METAL DESPLEGADO EN UNA CARA, TELA METALICA TIPO POLLERA EN LA OTRA 2 1/2 IN ESPESOR X 24 IN DE ANCHO X 96 IN LONGITUD, DENSIDAD DE 9 LBS/FT3 TEMPERATURA DE SERVICIO 37 A 650 GRADOS CENTIGRADOS LA COLCHA TERMOAISLANTE DE LANA DE ROCA DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO HASTA 650 °C. SIN CONTENIDO DE ASBESTO. ABSORCIÓN DE HUMEDAD: MENOS DEL 2 % EN PESO, ENCOGIMIENTO: MENOS DEL 1 % EXPUESTO A 650 °C ALCALINIDAD pH: ENTRE 7.5 Y 9.5 COMPORTAMIENTO AL FUEGO: NO COMBUSTIBLE CORROSIVIDAD: NULA PÉRDIDAS POR IGNICIÓN (ACEITE): MENOS DEL 1 % EN PESO RESISTENCIA A BACTERIAS Y HONGOS. LARGO 2.44 M (96 IN) +/- 15 MM. ANCHO 0.61 M (24 IN) +/- 15 MM.

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COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 35 AL 48 % CaO: 25 AL 40 % Al2O3: 0 AL 20 % MgO: 4 AL 15 % FeO: 0 AL 15 % S: 0 AL 1.6 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGETICA EN AISLAMIENTOS TERMICOS INDUSTRIALES. NRF-034- PEMEX-2004 - AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERIA SUPERFICIAL. PEMEX 2.313.01- CÓDIGO MA-4.II. ASTM-C-592-80 - STANDARD SPECIFICATION FOR MINERAL FIBER BLANKET INSULATION AND BLANKET-TYPE PIPE INSULATION (METAL-MESH COVERED) (INDUSTRIAL TYPE). ASTM-C-795 - STANDARD SPECIFICATION FOR THERMAL INSULATION FOR USE IN CONTACT WITH AUSTENITIC STAINLESS STEEL. - PRESENTACIÓN: PIEZAS DE 0.61 M (24 IN) DE ANCHO, POR 2.44 M (96 IN) DE LARGO, ENVUELTA EN PLASTICO O EN CAJA DE CARTON.

4 80 JUEGO

CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO PREMOLDEADO EN FORMA DE MEDIAS CAÑAS 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 6 IN LA CUBIERTA TERMOAISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 KG/M3 (30 - 35 LB/FT3) FACTOR K, BTU/ (HR) (FT3 °F/IN): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 PSI (0.84 - 1.76 KG/CM2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 PSI (2.81 - 3.16 KG/CM2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-In): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70 °C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/HR/FT2 °F/IN PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 A 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA. - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS.

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ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. - PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 MM DE LARGO (36 IN) TOLERANCIA +/- 4 IN, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 152 MM (6 IN) Y 50 MM (2 IN) DE ESPESOR.

5 80 JUEGO

CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO PREMOLDEADO EN FORMA DE MEDIAS CANAS DE 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 12 IN LA CUBIERTA TERMOAISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 KG/M3 (30 - 35 LB/FT3) FACTOR K, BTU/ (HR) (FT3 °F/IN): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 PSI (0.84 - 1.76 KG/CM2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 PSI (2.81 - 3.16 KG/CM2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-In): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70 °C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/HR/FT2 °F/IN PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 A 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. - PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 MM DE LARGO (36 IN) TOLERANCIA +/- 4 IN, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 304 MM (12 IN) Y 50 MM (2 IN) DE ESPESOR.

6 80 JUEGO

CUBIERTA TERMO-AISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO DE 2 IN DE ESPESOR X 36 IN DE LONGITUD PARA TUBERIA DE 8 IN LA CUBIERTA TERMOAISLANTE DE ESPUMA RIGIDA DE POLIURETANO DEBE

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CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: PROPIEDADES FÍSICAS TÍPICAS DE UNA ESPUMA DE POLIURETANO DENSIDAD: 1.87 - 2.18 KG/M3 (30 - 35 LB/FT3) FACTOR K, BTU/ (HR) (FT3 °F/IN): 0.14 - 0.16 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 11.95 - 25 PSI (0.84 - 1.76 KG/CM2) RESISTENCIA A LA TENSION: 40 - 45 PSI (2.81 - 3.16 KG/CM2) PERMEABILIDAD VAPOR DE AGUA (Perm-In): 1 - 3 TEMPERATURA DE SERVICIO: -185 A 70° C TEMPERATURA DE DISTORCION: 80 °C CONDUCTIVIDAD TERMICA: DE 0.12 A 0.17 BTU/HR/FT2 °F/IN PORCENTAJE DE CELDAS CERRADAS: 90 - 95 % AUTOEXTINGUIBLE: CONTIENE RETARDANTE A LA FLAMA. PREMOLDEADA EN FORMA DE MEDIA CAÑA - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-D-1622 - STANDARD TEST METHOD FOR APPARENT DENSITY OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-6226-10 STANDARD TEST METHOD FOR OPEN CELL CONTENT OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1621-10 - STANDARD TEST METHOD FOR COMPRESSIVE PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM-D-1623-09 - STANDARD TEST METHOD FOR TENSILE AND TENSILE ADHESION PROPERTIES OF RIGID CELLULAR PLASTICS. ASTM -C-177-10 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. ASTM-E96/E96M - 05 - STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS. - PRESENTACION: EN BOLSAS DE POLIETILENO CONTENIENDO UN JUEGO QUE CONSTA DE: 1 PAR DE CUBIERTAS EN FORMA DE MEDIA CAÑA DE 914 MM DE LARGO (36 IN) TOLERANCIA +/- 4 IN, PARA DIAMETRO NOMINAL DE 203 MM (8 IN) Y 50 MM (2 IN) DE ESPESOR.

7 20,000 KILOGRAMO

CONCRETO REFRACTARIO CON ALTO PODER AISLANTE FRAGUADO AL AIRE CON DENSIDAD DE 1320 KG/CM3 TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1345°C EL CONCRETO REFRACTARIO DE FRAGUADO AL AIRE DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: LÍMITE DE TEMPERATURA DE SERVICIO: 1345 °C PESO ESPECÍFICO: 1290 KG/M3 MODULO DE RUPTURA: 1.7 - 2.8 Mpa CAMBIO DE PERMANENCIA LINEAL DEL 0.1 AL 0.2 % CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: 260 °C, 0.317 W/M °K 540 °C, 0.330 W/M °K 815 °C, 0.360 W/M °K 1095 °C, 0.389 W/M °K COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 39.5 - 44.5 % SiO2: 35.8 - 40.8 %

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Fe2O3: 2.6 - 4.5 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-862 - STANDARD PRACTICE FOR PREPARING REFRACTORY CONCRETE SPECIMENS BY CASTING. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-417 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES. ASTM-C-860 - STANDARD PRACTICE FOR DETERMINING THE CONSISTENCY OF REFRACTORY CASTABLE USING THE BALL-IN-HAND TEST. ASTM-C-401-91/95 - STANDARD CLASSIFICATION OF ALUMINA AND ALUMINA-SILICATE CASTABLE REFRACTORIES. ASTM-C-113 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. - PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 O 4 CAPAS CONTENIENDO 25 KG DE MATERIAL, +/- 5 KG DE ACUERDO A LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

8 20,000 KILOGRAMO

CONCRETO REFRACTARIO HIDRAULICO FRAGUADO AL AIRE CON CONTENIDO DEL 61 AL 63 POR CIENTO DE ALUMINA DENSIDAD DE 2370 KILOGRAMOS / METRO CUBICO TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1650 GRADOS CENTIGRADOS. EL CONCRETO REFRACTARIO HIDRAULICO FRAGUADO AL AIRE DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO 1650 °C AGUA NECESARIA PARA USARLO (% EN PESO): 8-11 % DENSIDAD: 2,290.00 A 2,370.00 KG/M3 MODULO DE RUPTURA: AL SECARSE (105 °C): 71 A 75.7 KG/CM2 AL CALENTARSE (815 °C): 42 A 49.3 KG/CM2 COMPRESIÓN EN PLANO: AL SECARSE:( 105°C): 316 KG/CM2 AL CALENTARSE (815°C): 70 KG/CM2 COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO: 29 AL 34 % Al2O3: 61 AL 63 % Fe2O3: 1.5 % MÁXIMO CaO: 1.5 AL 4.5 % MgO: 0.2 AL 2.3 % TiO2: 0.7 AL 2.7 % Na2O + K2O: 0.6 AL 3.2 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-862 - STANDARD PRACTICE FOR PREPARING REFRACTORY CONCRETE SPECIMENS BY CASTING. ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-417 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES.

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ASTM-C-113 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. - PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 O 4 CAPAS CONTENIENDO 25 KG DE MATERIAL, +/- 5 KG DE ACUERDO LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

9 5,000 KILOGRAMO

CONCRETO AISLANTE RESISTENTE Y BAJA DENSIDAD TEMPERATURA DE SERVICIO DE 1370 GRADOS CENTIGRADOS. EL CONRETO AISLANTE DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1370 °C TEMPERATURA DE FRAGUADO: AMBIENTE MODULO DE RUPTURA: 600 A 850 KG/CM2 RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN EN PLANO: 60 A 73 KG/CM2 COMPOSICIÓN QUÍMICA SiO2: 35 - 46 % Al2O3: 40 - 47 % Fe2O3: 1.5 - 2.6 % CaO: 8 - 17.3 % MgO: 0.1 - 0.4 % TiO2: 1 - 2.5 % Na2O+K2O: 0.5 - 1.5 % - NORMATIVIDAD APLICABLE: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-583-10 - STANDARD TEST METHOD FOR MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORY MATERIALS AT ELEVATED TEMPERATURES. ASTM-C-417-05 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF UNFIRED MONOLITHIC REFRACTORIES. - PRESENTACIÓN: SACO DE PAPEL DE 3 Ó 4 CAPAS CONTENIENDO 25 KG DE MATERIAL, +/- 5 KG SEGUN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

10 15,000 PIEZA

LADRILLO REFRACTARIO AISLANTE RECTANGULAR DE 2 1/2 in DE ESPESOR X 4 1/2 in DE ANCHO X 9 in DE LONGITUD PARA TEMPERATURA MAXIMA DE OPERACION 1260°C EL LADRILLO REFRACTARIO RECTANGULAR DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1260 °C MODULO DE RUPTURA: 11 - 18 KG/CM2 COMPRESIÓN EN PLANO: 28 A 42 KG/CM2 DENSIDAD: 0.70 A 1.05 GR/CM3 CONDUCTIVIDAD TÉRMICA: A 205 °C 0.162 A 0.310 KCAL-M/M2-HR- ° C A 315 °C 0.156 A 0.320 KCAL-M/M2-HR- ° C A 425 °C 0.159 A 0.340 KCAL-M/M2-HR- ° C A 540 °C 0.162 A 0.360 KCAL-M/M2-HR- ° C COMPOSICIÓN QUÍMICA: SiO2: 32.1 - 64.3 % Al2O3: 32.1 - 50 % Fe2O3: 0.4 - 1 %

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TiO2: 1 A 1.7 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NMX-O-1-1988 - PRODUCTOS GENERALES PARA USO INDUSTRIAL – MATERIALES REFRACTARIOS - LADRILLOS SÍLICO - ALUMINOSOS Y DE ALTA ALÚMINACLASIFICACIÓN. ASTM-C-24-09 - STANDARD TEST METHOD FOR PYROMETRIC CONE EQUIVALENT (PCE) OF FIRECLAY AND HIGH ALUMINA REFRACTORY MATERIALS. ASTM-C-27-98 - STANDARD CLASSIFICATION OF FIRECLAY AND HIGH-ALUMINA REFRACTORY BRICK. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. ASTM-C -133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-182-88 - STANDARD TEST METHOD FOR THERMAL CONDUCTIVITY OF INSULATING FIREBRICK. - PRESENTACIÓN: LOS LADRILLOS SE DEBEN SUMINISTRAR EN TARIMAS DE MADERA DE PINO CONTENIENDO COMO MÁXIMO 36 CAJAS CON 25 PIEZAS DE LADRILLOS CADA UNA (900 PIEZAS POR TARIMA), CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

11 12,000 LITRO

RECUBRIMIENTO ASFALTICO BARRERA DE VAPOR PARA BAJAS TEMPERATURAS TIPO C.I. MASTIC 60-25 DE BAJA PERMEABILIDAD Y ALTA FLEXIBILIDAD COLOR NEGRO. LA BARRERA DE VAPOR PARA BAJA TEMERATURA DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: RESISTENTE Y DURABLE EXCELENTE FLEXIBILIDAD Y BAJA PERMEABILIDAD AL VAPOR RECUBRIMIENTO IDEAL PARA APLICACIONES DE AISLANTES A BAJAS TEMPERATURAS. COLOR: NEGRO PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 63 % EN VOLUMEN DENSIDAD: 1.05 A 1.20 KG/LT TIEMPO DE SECADO: SECADO AL TACTO: 5 - 6 HORAS SECADO TOTAL: 36 HORAS LÍMITE DE TEMPERATURA DE SERVICIO: - 29 A 93 °C (- 20 °F A 200°F) TRANSMISIÓN VAPOR-AGUA: 0.0 PERMISIBLE A 0.125 IN DE ESPESOR DE PELÍCULA SECA FLAMABILIDAD EN HÚMEDO: PUNTO DE FLAMEO: 43 °C VALORES LÍMITE PARA VAPOR DE SOLVENTE: 500 P.P.M. - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-461-81 - STANDARD TEST METHODS FOR MASTICS AND COATINGS USED WITH THERMAL INSULATION. ASTM-D-1475 - STANDARD TEST METHOD FOR DENSITY OF LIQUID COATINGS, INKS, AND RELATED PRODUCTS.

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ASTM-D-93 - STANDARD TEST METHODS FOR FLASH POINT BY PENSKY-MARTENS CLOSED CUP TESTER. - PRESENTACIÓN: TAMBOR METALICO DE 200 LITROS CON TAPA Y ARILLO METALICO, +/- 5 LTS.

12 1,000 KILOGRAMO

FIBRA CERAMICA EN PASTA MOLDEABLE PARA UNA TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1260°C CON DENSIDAD DE 640 KGS/MT3 CONTENIDO DE SOLIDOS 55% COMPOSICION DEL 37% ALUMINA 31% SILICE 2% OTROS LA FIRBA CERAMICA EN PASTA MOLDEABLE DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: BAJO ALMACENAMIENTO DE CALOR RESISTENCIA AL CHOQUE TÉRMICO: EXCELENTE RESISTENCIA A LA CORROSIÓN: EXCELENTE TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1260 °C PORCENTAJE DE SÓLIDOS: DE 50 A 55 % DENSIDAD HÚMEDA: 1100 A 1200 KG/M3 DENSIDAD SECA: 550 A 720 KG/M3 COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al203: 30 AL 42 % SiO2: 31 AL 61 % OTROS: 2 A 3 % - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM- C-177 - STANDARD TEST METHOD FOR STEADY-STATE HEAT FLUX MEASUREMENTS AND THERMAL TRANSMISSION PROPERTIES BY MEANS OF THE GUARDED-HOT-PLATE APPARATUS. - PRESENTACIÓN: CUBETA DE PLÁSTICO CONTENIENDO 20 KG +/- 3 KG, SEGUN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

13 150 PIEZA

TELA AISLANTE DE FIBRA DE VIDRIO GLASS FAB TIPO 20-20 DE 46 IN DE ANCHO EN ROLLOS DE 100 PIES DE LONGITUD LA TELA AISLANTE DE FIBRA DE VIDRIO DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TEJIDO DE FIBRA DE VIDRIO PARA REFORZAR RECUBRIMIENTOS GRAN RESISTENCIA MECÁNICA Y QUÍMICA. ROLLOS DE 1.20 M X 50 M = 60 M2. PESO APROXIMADO: 54 GR/M2. ANCHO DEL TEJIDO: 120 CM. LARGO: 50 M. ESPESOR: 4.5 MILESIMAS DE PULGADA. FABRICADA A BASE DE FIBRA DE VIDRIO 100 % , TIPO 1/0 CON UNA CUENTA DE TEJIDO DE 20 HILOS EN PIE Y 10 HILOS EN TRAMA POR 2.54 CM (1 IN), CON 200 ORIFICIOS POR IN2. RESISTENCIA A LA TENSIÓN: EN PIE: 36 KG/IN EN TRAMA: 18 KG/IN RESISTENCIA TÉRMICA: 155 °C. ACABADO: BLANCO - NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE

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RELACIONA A CONTINUACION: APLICA EL PUNTO 5.5.2 DE LA NORMA NOM-009-ENER-1995 - EFICIENCIA ENERGÉTICA EN AISLAMIENTOS TÉRMICOS INDUSTRIALES. - PRESENTACIÓN: ROLLOS DE 60 M2 APROXIMADAMENTE, CON UN ANCHO DE 120 CM, LARGO DE 50 M Y UN PESO APROXIMADO DE 54 GR/M2, ENVUELTAS EN PLASTICO.

14 10,000 KILOGRAMO

PLASTICO REFRACTARIO DE EXTRA ALTA ALUMINA LIGA FOSFORICA TEMPERATURA DE SERVICIO DE 1760 GRADOS CENTIGRADOS. LA PLASTICO REFRACTARIO DE DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: * TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1760 °C. * RENDIMIENTO: 3027 K/M3 * DENSIDAD DESPUÉS DE SECADO A 500 °F. (260 °C): 2803 N/MM2. * MODULO DE RUPTURA: - DESPUÉS DE SECADO A 500 °F. (260 °C): 13 N/MM2. - DESPUÉS DE CALENTADO A 1500 °F. (816 °C): 15 N/MM2. * CAMBIO PERMANENTE LINEAL: - DESPUÉS DE SECADO A 500 °F. (260 °C): -0.3 % - DESPUÉS DE CALENTADO A 1500 °F. (816 °C): - 0.1 % - DESPUÉS DE CALENTADO A 2910 °F. (1600 °C): +1.5 % ANÁLISIS QUÍMICO: - SiO2 4.2 - 9.2 % - Al2O3 82.5 - 89.4 % - TiO2 0.1 % - Fe203 0.2 - 1.45 % - CaO 0.1 % - MgO 0.1 % - Na2O + K2O 0.2 % - P2O2 3.7 - 3.8 % NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: - ASTM-C-92-95 (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA ANÁLISIS DEL TAMIZ Y CONTENIDO DE AGUA DE LOS MATERIALES REFRACTARIOS) ASTM-C -182-88 (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR DE LA CONDUCTIVIDAD TÉRMICA DEL AISLAMIENTO) ASTM-C -210-95(MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA RECALIENTE CAMBIO DE AISLAMIENTO) ASTM-C -113 (CAMBIO LINEAL PERMANENTE) ASTM-C -133-97 (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA COLD RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN Y MÓDULO DE RUPTURA DE REFRACTARIOS) ASTM-C -198-91 (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA RESISTENCIA DE LIGA EN FRÍO, FIANZAS, FUERZA DE MORTEROS REFRACTARIOS) ASTM-C -583-00 (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA EL MÓDULO DE RUPTURA DE MATERIALES REFRACTARIOS A TEMPERATURAS ELEVADAS) ASTM-C -134-95 (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA EL TAMAÑO, MEDICIONES DIMENSIONALES, Y DENSIDAD DE LADRILLOS REFRACTARIOS Y AISLANTES) ASTM-C -199-84 (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA EL MUELLE DE ENSAYO PARA MORTEROS REFRACTARIOS) ASTM-C-704-99 (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA LA RESISTENCIA A LA ABRASIÓN DE LOS MATERIALES REFRACTARIOS A TEMPERATURA

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AMBIENTE) ASTM-C -417 (CONDUCTIVIDAD TÉRMICA) ASTM-C-491 (MODULO DE RUPTURA) PRESENTACIÓN: SE SURTIRA EN CAJAS DE 25 O 40 KG. CON ETIQUETAS DE IDENTIFICACION, SEGÚN LA PRESENTACIÓN DEL FABRICANTE.

15 5,000 KILOGRAMO

IMPERMEABILIZANTE BASE ASFALTICA HI-MASTIC 90-07 EL IMPERMEABILIZANTE BASE ASFALTICA DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: COLOR: NEGRO % DE SÓLIDOS: 45 EN VOLUMEN DENSIDAD Kg/L: 1.0 - 1.13 Kg/L TIEMPO DE SECADO: SECADO TOTAL: 24 HORAS LIMITE TEMP. DE SERVICIO: 18 A 93 °C. TRANSMISIÓN VAPOR - AGUA: 3.0 PPM 0.125 IN. FLAMABILIDAD EN HÚMEDO: NO FLAMABLE * RENDIMIENTO: DE 4.09 LT/M2, ESPESOR DE PELÍCULA HÚMEDA: 4.8 - 6.4 MM. CAPA INICIAL: 2.4 LT/M2, ESPESOR DE PELÍCULA HÚMEDA: 4.8 - 6.4 MM. CAPA FINAL: 2.4 - 3.2 LT/M2, ESPESOR DE PELÍCULA HÚMEDA: 4.8 - 6.4 MM. - NORMATIVIDAD APLICABLE: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-641 ASTM C641 - 09 STANDARD TEST METHOD FOR IRON STAINING MATERIALS IN LIGHTWEIGHT CONCRETE AGGREGATES (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA LOS MATERIALES DE TINCIÓN DE HIERRO EN EL PESO LIGERO EL HORMIGONADO) ASTM D1475 - 98(2008) STANDARD TEST METHOD FOR DENSITY OF LIQUID COATINGS, INKS, AND RELATED PRODUCTS (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA DETERMINAR LA DENSIDAD DE LAS CAPAS LÍQUIDAS, TINTAS Y PRODUCTOS RELACIONADOS) ASTM C461 - 81(2008) STANDARD TEST METHODS FOR MASTICS AND COATINGS USED WITH THERMAL INSULATION (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA MASILLAS Y REVESTIMIENTOS UTILIZADOS CON AISLAMIENTO TÉRMICO ASTM E96 / E96M - 10 STANDARD TEST METHODS FOR WATER VAPOR TRANSMISSION OF MATERIALS (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA LA TRANSMISIÓN DE VAPOR DE AGUA DE LOS MATERIALES) - PRESENTACIÓN: TABORES DE 200 LITROS CON TAPA Y ARILLO METALICO, +/- 5 LTS.

16 168 PIEZA

PIEDRA DIFUSORA REFRACTARIA COMPLETA FABRICADA DE ALTA ALUMINA PARA INTERIOR DE HORNO DE PIROLISIS TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1870°C COMPRESION EN PLANO 528.0 KG/CM2 MODULO DE RUPTURA 106.0 KG/CM2. DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 GR/CM3. LA PIEDRA DIFUSORA (ROSETA REFRACTARIA) PARA QUEMADOR DEBE ESTAR FABRICADA DE ACUERDO AL DIBUJO No. SM-6210, Rev.0 (BLOCK PARA QUEMADOR PLANTA ETILENO II DEL C.P. PAJARITOS. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: PROPIEDADES FÍSICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO: 1870 °C

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COMPRESIÓN EN PLANO: 528 A 1700 KG/CM2 MODULO DE RUPTURA: 106 A 600 KG/CM2 DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 GR/CM3 POROSIDAD APARENTE: 18% EQUIVALENTE A CONO PIROMETRICO ORTON: 39 REFRACTABILIDAD: CONSTANTE CAMBIO LINEAL PERMANENTE: CONSTANTE COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 80 A 85% SiO2: 10 A 12% Fe2O3: 0.4 A 0.7% CaO: 0.5 A 0.6% NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES. ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: CADA ROSETA (PIEZA COMPLETA) DEBE SUMINISTRARSE COMO UN JUEGO QUE CONSTA DE CUATRO PIEZAS DE ACUERDO AL DIBUJO No.SM-6210, EN TARIMAS DE MADERA DE PINO CONTENIENDO COMO MÁXIMO 42 PIEZAS COMPLETAS POR CADA TARIMA, CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

17 50 PIEZA

PIEDRA DE MIRILLA ESPECIFICACION ASTM C-133 ASTM C-113 DEL ÁREA DE CONVECCIÓN TEMPERATURA MAXIMA 1870°C LAS PIEDRAS DE MIRILLAS DE CONVECCIÓN, DEBEN FABRICARSE DE ACUERDO A LAS DIMENSIONES INDICADAS EN EL DIBUJO DE DETALLE No. 5 (CONVECTION PEEP DOOR TILE). DEBEN CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS PROPIEDADES FÍSICAS: TEMPERATURA MAX. DE SERVICIO: 1870 °C COMPRESIÓN EN PLANO: 528 A 1700 KG/CM2 MODULO DE RUPTURA: 106 A 600 KG/CM2 DENSIDAD PROMEDIO: 2.9 GR/CM3 DEFORMACIÓN BAJO CARGA A 1500° C: 3.1 % POROSIDAD APARENTE: 20% COEFICIENTE DE EXPANSION TERMICA: 6.3 CONDUCTIVIDAD TERMICA A 1477 °K (1203 °C): 2.0 COMPOSICIÓN QUÍMICA: Al2O3: 80 A 85% SiO2: 10 A 12% Fe2O3: 0.4 - 0.7% CaO: 0.5 - 0.6% NORMATIVIDAD: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: ASTM-C-133-97 - STANDARD TEST METHODS FOR COLD CRUSHING STRENGTH AND MODULUS OF RUPTURE OF REFRACTORIES.

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ASTM-C-113-02 - STANDARD TEST METHOD FOR REHEAT CHANGE OF REFRACTORY BRICK. PRESENTACIÓN: DEBE SUMINISTRARSE, EN TARIMAS DE MADERA DE PINO, CADA TARIMA DEBE SUJETARSE CON FLEJE Y EMPAQUETARSE CON CARTON O PLASTICO PARA ASEGURAR LA ENTREGA DE CADA PIEZA EN OPTIMAS CONDICIONES DE USO.

18 1,000 PIEZA

FUNDA PARA QUEMADOR (BLOCK) DE FIBRA LIGERA FABRICADO A BASE DE FIBRA CERAMICA DE 8 in DE LONGITUD X 3/8 in DE ESPESOR X 4 in DE DIAMETRO INTERIOR X 4 3/4 in DIAMETRO EXTERIOR PARA UNA TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1400 °C LA FUNDA PARA QUEMADOR DEBE FABRICARSE DE ACUERDO A LAS DIMENSIONES INDICADAS EN EL DIBUJO NO. 1 FUNDA PARA QUEMADORES DE HORNOS HF-401 A/B/C DE LA PLANTA CD-III. DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS BLOCK (MANGA) QUEMADOR DE FIBRA CERAMICA FORMADO AL VACIO TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO: 1400 °C PUNTO DE FUSION: 1850 °C DENSIDAD: 14 A 18 lb/ft3 CONDUCTIVIDAD TERMICA: 1.2 BTU IN/HR FT2 °F A 1094 °C GRAVEDAD ESPECIFICA: 2.5 A 2.7 GR/CM3 PESO A GRANEL: 4 A 6 LB/FT3 APARIENCIA Y OLOR: BLANCO, INODORO, MATERIAL FIBROSO. NO CONTIENE ASBESTOS COMPOSICION QUIMICA Al2O3: 63 A 65 % SiO2: 32 A 34 % OTROS: 1 A 2 % LA FUNDA PARA QUEMADOR DEBE CUMPLIR ESTRICTAMENTE CON LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES SOLICITADAS, TENIENDO ESPECIAL CUIDADO EN LAS DIMENSIONES REQUERIDAS, ESPECIFICAMENTE EN EL ESPESOR, EL CUAL DEBE MANTENERSE CONSTANTE EN TODO EL DESARROLLO DEL CUERPO. PRESENTACIÓN: LAS FUNDAS DEBEN SUMINISTRARSE INDIVIDUALMENTE EN BOLSAS DE POLIETILENO, EN CAJAS DE CARTON, CONTENIENDO COMO MÁXIMO 50 PIEZAS EN CADA CAJA.

19 300 PIEZA

CUBIERTA TERMOACUSTICA DE FIBRA DE VIDRIO AGLUTINADA CON RESINA ADHESIVA TERMOENDURECIBLE Y MOLDEADA EN PLACA SEMIRRIGIDA , DE 1 in DE ESPESOR, 24 in DE ANCHO Y 48 in DE LARGO, DENSIDAD 3 LIBRAS/PIE CUBICO,TEMP. DE OP. -18 A 323 °C LA PLACA DE AISLAMIENTO TERMOACÚSTICO FABRICADAS CON FIBRAS DE VIDRIO INORGÁNICAS CON UNA RESINA ADHESIVA TERMOENDURECIBLE Y MOLDEADAS, SEMIRIGIDAS. * DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS - DENSIDAD: 3 LB/FT3. - TEMPERATURA DE OPERACIÓN: -18 A 232 °C. - LIMITES MÁXIMOS DE TEMPERATURA: 454 °C. - CONDUCTIVIDAD TÉRMICA A 75 °F (24 °C): MENOR O IGUAL A 0.035 W/°C Cm. - ABSORCIÓN DE HUMEDAD (49 °C): MENOR DE 2 % POR PESO. - RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN:

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10% DE DEFORMACIÓN: 25 LB/FT3. 25% DE DEFORMACIÓN: 90 LB/FT3. * NORMATIVIDAD APLICABLE: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NRF-034-PEMEX-2004.- AISLAMIENTOS TÉRMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERÍA SUPERFICIAL. ASTM C411 - 11 STANDARD TEST METHOD FOR HOT-SURFACE PERFORMANCE OF HIGH-TEMPERATURE THERMAL INSULATION (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA LA SUPERFICIE CALIENTE DE RENDIMIENTO DE LA ALTA TEMPERATURA DE AISLAMIENTO TÉRMICO) ASTM C165 - 07 STANDARD TEST METHOD FOR MEASURING COMPRESSIVE PROPERTIES OF THERMAL INSULATIONS (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA MEDIR LAS PROPIEDADES DE COMPRESIÓN DE AISLAMIENTOS TÉRMICOS) ASTM C167 - 09 STANDARD TEST METHODS FOR THICKNESS AND DENSITY OF BLANKET OR BATT THERMAL INSULATIONS (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA EL ESPESOR Y LA DENSIDAD DE LA MANTA O BLOQUE AISLAMIENTOS TÉRMICOS) PRESENTACION: - DIMENSIONES DE LA PLACA: 24 IN DE ANCHO, 48 IN DE LARGO, 1 IN DE LONGITUD, ENVUELTAS EN PLASTICO.

20 300 PIEZA

CUBIERTA TERMOACUSTICA DE FIBRA DE VIDRIO AGLUTINADA CON RESINA ADHESIVA TERMOENDURECIBLE Y MOLDEADA EN PLACA SEMIRRIGIDA , DE 3 in DE ESPESOR , 24 in DE ANCHO Y 48 in DE LARGO, DENSIDAD 3 LIBRAS/PIE CUBICO, TEMP.OP. -18 A 323 °C LA PLACA DE AISLAMIENTO TERMOACÚSTICO FABRICADAS CON FIBRAS DE VIDRIO INORGÁNICAS CON UNA RESINA ADHESIVA TERMOENDURECIBLE Y MOLDEADAS, SEMIRIGIDAS. * DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS - DENSIDAD: 3 LB/FT3. - TEMPERATURA DE OPERACIÓN: -18 A 232 °C. - LIMITES MÁXIMOS DE TEMPERATURA: 454 °C. - CONDUCTIVIDAD TÉRMICA A 75 °F (24 °C): MENOR O IGUAL A 0.035 W/°C CM. - ABSORCIÓN DE HUMEDAD (49 °C): MENOR DE 2 % POR PESO. - RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN: 10% DE DEFORMACIÓN: 25 LB/FT3. 25% DE DEFORMACIÓN: 90 LB/FT3. * NORMATIVIDAD APLICABLE: LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA ESTA PARTIDA ES LA QUE SE RELACIONA A CONTINUACION: NRF-034-PEMEX-2004.- AISLAMIENTOS TÉRMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS EN EQUIPOS, RECIPIENTES Y TUBERÍA SUPERFICIAL. ASTM C411 - 11 STANDARD TEST METHOD FOR HOT-SURFACE PERFORMANCE OF HIGH-TEMPERATURE THERMAL INSULATION (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA LA SUPERFICIE CALIENTE DE RENDIMIENTO DE LA ALTA TEMPERATURA DE AISLAMIENTO TÉRMICO) ASTM C165 - 07 STANDARD TEST METHOD FOR MEASURING COMPRESSIVE PROPERTIES OF THERMAL INSULATIONS (MÉTODO DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA MEDIR LAS PROPIEDADES DE COMPRESIÓN DE AISLAMIENTOS

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TÉRMICOS) ASTM C167 - 09 STANDARD TEST METHODS FOR THICKNESS AND DENSITY OF BLANKET OR BATT THERMAL INSULATIONS (MÉTODOS DE PRUEBA ESTÁNDAR PARA EL ESPESOR Y LA DENSIDAD DE LA MANTA O BLOQUE AISLAMIENTOS TÉRMICOS) PRESENTACION: - DIMENSIONES DE LA PLACA: 24 IN DE ANCHO, 48 IN DE LARGO, 3 IN DE LONGITUD ENVUELTAS EN PLASTICO.

NOTAS GENERALES: A) LOS MATERIALES AMPARADOS EN ESTA SOLICITUD MÁS LOS EXISTENTES EN ALMACÉN SON COMPLEMENTO PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO EN EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO, PREDICTIVO Y CORRECTIVO DE LAS PLANTAS DERIVADOS CLORADOS III, TRATAMIENTO DE EFLUENTES I Y II, ETILENO II, INCINERADOR II, QUEMADOR DE GASES DE VENTEO Y SERVICIOS AUXILIARES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. B) NIVEL DE INSPECCIÓN QUE APLICA: III 1). ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. (APLICA) 2). LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS Ó ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 3). CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 4). LAS PRUEBAS FINALES. (NO APLICA) 5). EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS. (APLICA) 6). MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA DEL BIEN Y NÚMEROS DE PARTE. (NO APLICA) 7). LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. (APLICA) EL TIEMPO ESTABLECIDO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES POR PARTE DEL PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX PETROQUIMICA ES DE 7 DÍAS NATURALES, CONTÁNDOSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE RECIBA LA DOCUMENTACIÓN DEL PROVEEDOR POR EL ÁREA DE RECEPTORÍA DE MATERIALES DEL DEPARTAMENTO ALMACÉN. C) DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 36 DE LA L.A.A.S.S.P., LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES A ADQUIRIRSE ESTÁN PERFECTAMENTE DETERMINADOS Y ESTANDARIZADOS, MISMAS QUE NO CONLLEVAN EL USO DE CARACTERÍSTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TÉCNICA O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, POR LO TANTO EL CRITERIO DE EVALUACIÓN ES EL BINARIO. D) EL TITULAR DE LA JEFATURA DE TALLERES DE MANTENIMIENTO SERÁ EL ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. E) EL NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES: ING. JUAN NAVARRETE CRUZ (ESPECIALISTA "B" INGENIERIA). F) LOS BIENES SOLICITADOS EN ESTA SOLICITUD DEBEN SER NUEVOS Y ORIGINALES DE LA MARCA OFERTADA. G) SE MANIFIESTA QUE SE ACEPTAN PROPUESTAS CONJUNTAS PARA ESTA SOLICITUD. H) SE MANIFIESTA QUE NO APLICA LA SUBCONTRATACIÓN PARA ESTA SOLICITUD. I) EL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN ES POR PARTIDA COMPLETA. J) SE MANIFIESTA QUE EL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DEBE SER MÍNIMO DEL 65%. K) SE MANIFIESTA QUE LA CONDICION DE PRECIOS ES PRECIO FIJO.

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NOTAS PARA EL LICITANTE: PARA FINES DE EVALUACION TECNICA EL LICITANTE DEBE ENTREGAR JUNTO CON SU OFERTA TECNICA LO SIGUIENTE, DE NO CUMPLIR CON ESTOS REQUISITOS, SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA. A). EL LICITANTE PRESENTARA EN SU PROPUESTA TECNICA ORIGINAL O FOTOCOPIA LEGIBLE DE LA FICHA TECNICA DE LOS BIENES OFERTADOS PARA CADA PARTIDA, EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS MISMOS. EN LA CUAL SE PUEDA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ASÍ COMO DE LA NORMATIVIDAD SOLICITADA PARA CADA PARTIDA DE ESTA SOLICITUD. B). EL LICITANTE DEBE CONSIDERAR DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA LOS SIETE DIAS NATURALES QUE LA ENTIDAD DISPONE PARA REALIZAR LA INSPECCION LOS BIENES. C). EL LICITANTE DEBE MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE SON NUEVOS Y ORIGINALES DE LA MARCA OFERTADA. NOTAS PARA EL PROVEEDOR: A) EL PROVEEDOR AL ACCESAR AL C.P. PAJARITOS, DEBERÁ CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO SSPA (OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS). B) EN CUMPLIMIENTO AL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CLAVE PA-800-70600-01 REV. 01. EL PROVEEDOR DE LOS BIENES DEBE ENTREGAR LA SOLICITUD DE INSPECCIÓN DE LOS BIENES AL PERSONAL DESIGNADO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN POR PEMEX, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO RESPECTIVO, DEBIÉNDOSE ENTREGAR DICHA SOLICITUD DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE CUALQUIER VÍA VIGENTE. DICHO DOCUMENTO DEBE CONTENER EL MEMBRETE, LA RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA, NÚMERO DE TELÉFONO, NOMBRE Y FIRMA DE UN REPRESENTANTE, LOS DATOS PARA RELACIONAR EL BIEN CON EL CONTRATO ESPECÍFICO, ASÍ COMO INDICAR LUGAR, FECHA, HORARIO DE ATENCIÓN, PERSONAL FACULTADO POR EL PROVEEDOR PARA ATENDER LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN EN LAS INSTALACIONES DEL ALMACÉN EN EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. C) EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN ALMACÉN, COMO MÍNIMO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES COPIA LEGIBLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1) REMISIÓN Ó FACTURA. (APLICA) 2) PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. (NO APLICA) 3) CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) 4) GARANTÍA COMERCIAL EMITIDA POR EL PROVEEDOR. (NO APLICA) 5) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS BIENES. (APLICA) 6) RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO. (NO APLICA) 7) PROTOCOLO DE PRUEBAS. (NO APLICA) 8) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (APLICA) 9) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS. (APLICA) D) EL EMPAQUE DEL MATERIAL SUMINISTRADO DEBE TRAER IMPRESA Y ETIQUETADA LA DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PRODUCTO, FECHA DE ELABORACIÓN, FECHA DE CADUCIDAD Y NUMERO DE LOTE AL QUE PERTENEZCA.

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E) LOS MATERIALES QUE SE SURTAN DEBEN SER NUEVOS Y ORIGINALES, QUE CORRESPONDAN A LOS INDICADOS EN SU PROPUESTA TÉCNICA. F) LOS MATERIALES DEBEN ENTREGARSE COMO DESTINO FINAL D.D.P. INCOTERMS 2010 ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, PREVIA NOTIFICACIÓN AL ÁREA DE RECEPTORIA DE MATERIALES PARA SU RECEPCIÓN. G) SE MANIFIESTA QUE CUANDO DE LA VERIFICACIÓN RESULTE QUE EL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL SUMINISTRADO SEA MENOR AL OFERTADO, EL PROVEEDOR SE HARÁ ACREEDOR A UNA PENA CONVENCIONAL DE 10% DEL VALOR DE LOS BIENES, PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS SUMINISTRADAS. H) FIANZAS: I.-GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. II.- GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. I) EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN EL ÁREA DE RECEPTORIA DE MATERIALES DEL ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, CERTIFICADO DE CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS EN COPIA SIMPLE EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS BIENES, EN LA CUAL SE VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD REQUERIDA. J) EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR POR ESCRITO QUE LOS PRODUCTOS SUMINISTRADOS SON NUEVOS. K) EL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES ES DE 37 DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO, PLAZO QUE INCLUYE LOS SIETE DIAS NATURALES REQUERIDOS POR LA ENTIDAD PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES. L) LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, SE CALCULARÁN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS O, EN SU CASO, MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO, Y SERÁN DETERMINADAS SOBRE EL VALOR DE LOS BIENES ENTREGADOS CON ATRASO A RAZÓN DE 0.5% POR CADA DÍA DE ATRASO Y HASTA EL 10% DEL VALOR DE LOS BIENES ENTREGADOS CON ATRASO. GLOSARIO DE SIMBOLOGIA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS EN UNIDADES DE MEDIDA: CM = CENTIMETRO M = METRO M2 = METRO CUADRADO M2/LT = METRO CUADRADO POR LITRO MM = MILIMETRO GR = GRAMO GR/CM3 = GRAMO POR CENTIMETRO CUBICO GR/M2 = GRAMO POR METRO CUADRADO KG = KILOGRAMO KG/CM2 = KILOGRAMO POR CENTIMETRO CUADRADO KG/M2 = KILOGRAMO POR METRO CUADRADO KG/IN = KILOGRAMO POR PULGADA KG/CM3 = KILOGRAMO POR CENTIMETRO CUBICO KG/M3 = KILOGRAMO POR METRO CUBICO LT = LITRO IN = PULGADA FT = PIE FT2 = PIE CUADRADO FT3 = PIE CUBICO LB = LIBRA LB/FT3 = LIBRA POR PIE CUBICO ° C = GRADOS CELSIUS

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° F = GRADOS FAHRENHEIT ° K = GRADOS KELVIN % = PORCENTAJE pH = POTENCIAL DE HIDROGENO (ALCALINIDAD) Mpa = MEGAPASCAL W = VATIO KCAL = KILOCALORIA HR = HORA BTU = BRITISH THERMAL UNIT = UNIDAD BRITANICA DE ENERGIA PSI = POUND PER SQUARE INCH = LIBRA POR PULGADA CUADRADA Perm = UNIDAD DE PERMEANCIA ppm = PPM = PARTES POR MILLON

ACLARACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES DEL DIA 09 DE OCTUBRE DEL 2012. PREGUNTA No. 1 PARTIDAS: 1, 2 y 3 ¿PARA LAS PARTIDAS 1, 2 Y 3 ESTAN SOLICITANDO COLCHAS DE LANA MINERAL DE ROCA, PODEMOS OFERTAR LANA MINERAL SUPERWOOL QUE TIENE LAS MISMAS CARACTERISTICAS, PERO ES ECOLÓGICA “LIBRE DE CANCER”; SE ACEPTA ESTA PROPUESTA? (SE ANEXA FICHA TECNICA DEL MATERIAL PROPUESTO). RESPUESTA: EL ÁREA USUARIA MANIFIESTA QUE NO SE ACEPTA SU PROPUESTA, YA QUE SE OBSERVA QUE LA FICHA TÉCNICA PROPORCIONADA POR EL PROVEEDOR PARA LAS PARTIDAS 1, 2 Y 3, NO HACE MENCIÓN DEL TIPO DE MINERAL O ROCA UTILIZADO EN LA FABRICACIÓN DE LAS COLCHAS TERMO-AISLANTES, ÚNICAMENTE HACE MENCIÓN DE ESTAR FABRICADO CON MATERIAL BASE: LANA MINERAL SUPERWOOL DEL CUAL NO SE ADJUNTA LA FICHA TÉCNICA CORRESPONDIENTE. ASÍ COMO TAMPOCO HACE MENCIÓN DEL PORCENTAJE DEL CONTENIDO MÁXIMO DEL MATERIAL NO CONVERTIDO A FIBRA (SHOT) SOBRE MALLA NO. 100US QUE INDICA LA NORMA DE REFERENCIA NRF-034-PEMEX-2004 EN EL NUMERAL 8.2.1.1 (LANA DE ROCA). POR LO QUE EL LICITANTE DEBE CONSIDERAR EN SU PROPUESTA, BIENES QUE CUMPLAN CON LA NORMATIVIDAD SOLICITADA, ASÍ COMO PROPONER MATERIALES DE CALIDAD QUE REUNAN LAS CONDICIONES REQUERIDAS DE FABRICACIÓN, SEGURIDAD Y CALIDAD PARA GARANTIZAR EL TRABAJO DE AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU USO POR PARTE DEL PERSONAL QUE TRABAJARÁ CON ESTE MATERIAL, ASIMISMO EL LICITANTE DEBERÁ ABSTENERSE DE PROPONER BIENES QUE NO REUNAN LAS CARACTERISTICAS SOLICITADAS EN LAS NORMAS. EL AREA USUARIA ACLARA QUE DEBERÁ CONSIDERAR EL LICITANTE PROPONER COLCHAS QUE NO ESTEN ELABORADAS MANUALMENTE Y QUE NO SE ENCUENTRE PERFECTAMENTE COCIDO A LO LARGO DE TODA LA COLCHA EL ARMADO CON METAL DESPLEGADO, ASÍ COMO LA MALLA HEXAGONAL REQUERIDA.

PREGUNTA No. 2 PARTIDA No. 17 ¿PARA LA PARTIDA 17 MIRILLAS, SE ESTÁ SOLICITANDO UN CONCRETO DENSO DE 85% DE ALUMINA, SE PROPONE SE FABRIQUEN ESTAS MIRILLAS CON UNCONCRETO AISLANTE, YA QUE CON UN CONCRETO DENSO LA TRANSMISION DE CALOR SERÍA MAYOR, SE PROPONE UN CONCRETO KAOLITE 2500 HS M, SE ANEXA FICHA TECNICA? RESPUESTA: EL ÁREA USUARIA MANIFIESTA QUE PARA LA PARTIDA 17, EL LICITANTE DEBERÁ CONSIDERAR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS EN LAS BASES DE LICITACIÓN, TODA VEZ QUE EL CONCRETO DENSO REQUERIDO PARA LA FABRICACIÓN DE LAS PIEDRAS DE MIRILLA DE LA ZONA DE CONVECCIÓN DE LOS HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA ETILENO II DEL C.P. PAJARITOS ES EL ADECUADO Y LE CONFIERE ALTA RESISTENCIA MECÁNICA A LAS PIEZAS SOLICITADAS, MIENTRAS QUE EL CONCRETO REFRACTARIO AISLANTE A PESAR DE CONTAR CON EXCEPCIONALES PROPIEDADES AISLANTES, SUS PROPIEDADES MECANICAS SON MENORES.

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DOCUMENTO 02

MODELO ADMINISTRATIVO

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

1.1 Para consulta.

1.2 Pago de Bases.

1.3 Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de “Otros Ingresos” (Facturación por venta de bases de licitaciones).

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y

desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. –NO APLICA-.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuestas.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuestas.

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Negociación de precios. –NO APLICA-.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. –NO APLICA-.

5 Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

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9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1 Contrato.

12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA-.

12.1.3 Ordenes de Suministro. –NO APLICA-.

12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

12.3. Inspección de los Bienes.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

12.4 Garantías

12.4.1 Garantía para el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.

12.4.2 Garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la

calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

12.5. Anticipo –NO APLICA-.

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Precios. –NO APLICA-.

12.7. Facturación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-.

12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

12.14. Anexo SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los

Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

12.15. Compromisos con la Transparencia.

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Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las Bases de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta:

: A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00

horas en días hábiles, en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica:

http://www.ptq.pemex.com

1.2 Pago de Bases: El pago de las Bases de la Licitación se realizará en cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

a) A través del sistema de pago en Banco, mediante deposito en firme en la Institución Bancaria BANAMEX en la cuenta No. 7373951, Sucursal 757, con Clabe interbancaria No. 002854075773739515 a nombre de Pemex Petroquímica.

b) En el Domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:00 horas a las 14:00

horas en días hábiles, en: el Km 7.5 Carretera Coatzacoalcos–Villahermosa, Col. Centro, Código Postal 96400, en Coatzacoalcos, Veracruz, en la Ventanilla de la Jefatura de Adquisiciones. El pago solo podrá hacerse mediante entrega de Cheque certificado o de Caja a nombre de Pemex Petroquímica, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.

El costo de las bases es de $960.00 M.N. (Novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para obtener las bases y participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página electrónica de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: 13 de Octubre de 2012.

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Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: 13 de Octubre de 2012. Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases.

1.3 Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de “Otros Ingresos” (Facturación por venta de bases de licitaciones)

Con base en el oficio PPQ-DG-SAF-GRM-SALM-30-2012 de fecha 30 de Abril de 2012 y en atención al oficio PPQ-DG-SAF-GRF-SC-246-2012 de fecha 10 de Abril de 2012, del acuerdo a la reforma fiscales para el ejercicio 2012 en relación a la facturación en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) y a la minuta del día 27 de Marzo de 2012 se acordó lo siguiente: 1.- Que las 72 horas de plazo para el envió al PAC (Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI), se contabilizaran a partir de la fecha de emisión de la factura. 2.- Deberán de proporcionar el tipo de pago mediante el cual se deposito el ingreso de la venta de Bases de Licitación, así como los cuatro últimos dígitos de la cuenta bancaria correspondiente.

Por lo anterior, para poder cumplir con las reformas fiscales en lo que se refiere a la facturación por venta de Bases de Licitaciones, es necesario que el formato debidamente requisitado de la solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de “Otros Ingresos” (Documento 22) sea enviado en la fecha del día en que se realice el depósito, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con las 72 horas de plazo para el envió al PAC. Los formatos de solicitudes (Documento 22) se recibirán de la siguiente forma:

Por medio electrónico a las direcciones [email protected],

[email protected] y [email protected], en la fecha del día en que se

realice el depósito (no se aceptaran solicitudes con fechas de días anteriores o posteriores).

En días hábiles de 8:30 A.M. a 13:00 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de “Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica” estas se conviertan en factura electrónicas y posteriormente sean enviados los CFDI´s

Nota: Las empresas que requieran facturas, deberán estar registradas en el sistema de facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta 24 hrs. de anticipación al pago de las Bases.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.

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No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-.

De conformidad con el artículo 85 de las DAC´S, PEMEX PETROQUÍMICA informa a los licitantes que en este procedimiento de contratación participa un testigo social, registrado ante la Secretaria de la Función Pública.

3. Eventos previos a la presentación de propuestas.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 09 de Octubre de 2012 a las 14:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en la

siguiente dirección [email protected] y [email protected] o entregarlas

personalmente en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, sito en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las bases de licitación, por lo que, al momento del envío o entrega de sus preguntas, deberá acompañarlas con una copia simple legible del recibo correspondiente.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica. Los licitantes deberán considerar para la elaboración de su propuesta, todas las modificaciones a las bases de licitación, para lo cual PEMEX PETROQUÍMICA emitirá una versión final de las bases de licitación, el mismo día de la última junta de aclaraciones, conteniendo las modificaciones derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, la cual estará a disposición de los licitantes en el Portal de PEMEX PETROQUÍMICA, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com Los licitantes deberán considerar la versión final de las bases de licitación para la elaboración de sus propuestas.

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3.3 Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación: A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Acreditar su existencia y

personalidad jurídica, mediante: Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. (No será motivo de desechamiento de la propuesta el no presentar este documento), el apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL: Copia simple legible de la Escritura Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente

registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la última reforma de la Escritura Constitutiva debidamente registrada ante

el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación

para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA: Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía del licitante (Credencial de Elector,

Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

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B) Elaborar y entregar la propuesta; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.

Número de licitación.

Descripción de los bienes objeto de la Licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de

los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente

las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S,

observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación.

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F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.

F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los

términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas;

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación

y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada

persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en

forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de

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controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta

conjunta, conforme al numeral 4 inciso A), de estas Bases de Licitación.

F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.5) Presentar el escrito a que se hace referencia en el inciso C) del numeral 4 de estas

Bases, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, (calidad, defectos y vicios ocultos de los Bienes, la cual deberá otorgarse conforme al punto 12.4

F.7) La opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a que se hace referencia en

el tercer párrafo del punto 11 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas,

preferentemente entregar el Documento 03-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes,

preferentemente entregar el Documento 04, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. –NO APLICA-

I) No se aceptan propuestas enviadas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal

o mensajería.

J) A fin de acreditar el cumplimiento del contenido nacional de los bienes que oferta, el licitante deberá presentar e incluir en el sobre que contenga la proposición, un escrito libre o bien utilizando el formato propuesto en la presente convocatoria, Documento 05, “Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de

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contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que:

a) Los bienes que ofertan para las partidas respectivas y que entregarán, serán

producidos en los Estados Unidos Mexicanos, y además contendrán como mínimo el 65% de contenido nacional requerido, de conformidad con la Regla 5 de las Reglas antes mencionadas y

b) Que tienen conocimiento de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, en el sentido de que, en caso de ser requeridos, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y adjudicados, a fin de que la Secretaría verifique el cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de dichos bienes.

En este supuesto y en caso de resultar adjudicado, a la entrega de los bienes, deberá presentar ante Pemex Petroquímica, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre o bien, utilizando el formato propuesto en la presente convocatoria, Documento 05-A “Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes adjudicados para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 9 de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados en el procedimiento de contratación respectivo.

K) Contar con experiencia de cuando menos ____ en el suministro de los Bienes, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01. –NO APLICA-

L) Contar con la capacidad técnica y financiera necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado

en el Documento 01. –NO APLICA-.

M) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser mínimo 65%.

N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de entrega.

O) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas

transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

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Estratificación

Tamaño Sector

Rango de

número de

trabajadores

Rango de monto de

ventas anuales

(mdp)

Tope máximo

combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio

Desde 11 hasta

30

Desde $4.01 hasta

$100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta

50

Desde $4.01 hasta

$100 95

Mediana Comercio

Desde 31 hasta

100 Desde $100.01 hasta

$250 235

Servicios Desde 51 hasta

100

Industria Desde 51 hasta

250

Desde $100.01 hasta

$250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta.

P) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos.

Q) Los bienes y/o servicios que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser

subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01. –NO APLICA-

R) El licitante deberá acreditar su oferta de Bienes Nacionales en todas las partidas, incluyendo en su proposición un escrito en original, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que:

a) Los bienes que oferta en las partidas respectivas y que entregará, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el Inciso M) del Punto 4 de estas Bases de Licitación.

b) Que está de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirá la información

documental y/o permitirá la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.

El licitante podrá presentar la manifestación prevista en este Inciso en escrito libre, o utilizando el Documento 21-A.

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S) El licitante adjudicado o PROVEEDOR deberá entregar de manera obligatoria, para efectos

informativos y estadísticos, un escrito en original mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación podrá entregarla en escrito libre o utilizando el Documento 21-B. En caso de que el licitante adjudicado o PROVEEDOR no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el párrafo anterior, el PROVEEDOR deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación podrá entregarla en escrito libre o utilizando el Documento 21-C. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los dos párrafos inmediatos anteriores, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia de los Documentos 21-B y 21-C al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los dos primeros párrafos de este Inciso, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.

Lo anterior, en cumplimiento a la estrategia para apoyar el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales como parte del Plan Estratégico Integral de Negocios, establecida en el Documento 21 de esta convocatoria, denominado CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS, emitido por la Dirección Corporativa de Operaciones de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuestas.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuestas, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03. –NO APLICA-

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante,

presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste,

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bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.

B) El acto de presentación y apertura de propuestas iniciará a la hora establecida en estas

Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta

licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en términos del artículo 28 inciso a) de las DAC´S.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se

efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

F) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuestas, por causas

ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. –NO APLICA-

G) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y

de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos de Pemex Petroquímica, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 19 de Octubre de 2012 a las 10:00 horas, ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo

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Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente.

4.4.1 Métodos de evaluación.

A. Los métodos de evaluación que se emplearán en las presentes bases de licitación serán:

Técnico: Binario

Económico: Precio más bajo

Bajo los siguientes criterios:

Criterio de evaluación técnica.

- Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los bienes cumplan con lo solicitado en las bases de licitación, y en su caso, los que se hayan derivado de las juntas de aclaraciones a las bases de licitación.

- La evaluación se hará por partida; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en las bases de licitación, la propuesta será desechada.

Criterio de evaluación económica.

- La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

- Se verificarán los precios que cotice conforme al método de evaluación económico.

- En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquel que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación por que se ubica arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. El que resulte de sumar un 10 por ciento al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos de la investigación de mercado.

II. El que se obtiene después de sumarle un 10 por ciento al promedio de las ofertas presentadas en la propia licitación, las cuales deben ser aceptadas técnicamente para la utilización de esta opción.

Precio conveniente: Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a este se le resta el porcentaje que determine la convocante en las Políticas Bases y Lineamientos, el cual no

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podrá ser inferior al 40 por cierto. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido en la operación realizada serán considerados precios convenientes.

Precio no conveniente: Es aquel cuyo monto sea inferior al obtenido de la operación realizada para el cálculo del precio conveniente.

B. Los requisitos técnicos que serán evaluados son los solicitados el punto 4 incisos: A, B, C, D, F, G, J, M, P, R, y con el Documento 06.

C. Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los Bienes cumplan con lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, los que se hayan derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a las Bases de Licitación.

D. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica y financiera serán: –NO APLICA-

F. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: –NO APLICA-

G. La evaluación se hará por partida; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de Licitación de algún bien integrante de dicha partida, la propuesta será desechada.

H. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

I. La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el punto 4 incisos E, N, y con el Documento 06-A.

J. Se verificarán los precios que cotice el licitante conforme al método de evaluación económico indicado en el numeral 4.4.1 inciso A.

K. La propuesta será evaluada considerando (el) (los) siguiente(s) concepto(s): -NO APLICA-

L. Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano/dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. -NO APLICA-

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna

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de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios –NO APLICA- 4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos –NO APLICA-

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y

porcentajes o de costo beneficio. –NO APLICA- lIl. La adjudicación del Contrato será por: Partida Completa.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos en el artículo 36 de las DAC´S.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 36 y 37 de las DAC’S. La Convocante podrá cancelar la licitación o una o varias solicitudes de pedido o posiciones cuando se presente caso fortuito, fuerza mayor, cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir estos bienes o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Organismo. Pemex Petroquímica cubrirá el costo de las Bases a los licitantes únicamente cuando la cancelación obedezca a circunstancias justificadas que extingan la necesidad de adquirir los bienes o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Organismo.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

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Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 31 de Octubre de 2012 a las 15:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 09 de Noviembre del año 2012, y en defecto de tales previsiones, dentro de 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 08:00 a 14:00 horas. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M.N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

a) Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) (“acuse de

respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de

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conformidad con la Regla I.2.1.16. así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.11 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2012”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2011; y

b) Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de respuesta fue

obtenido de la página de Internet del SAT utilizando su clave CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.16. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2011, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 19.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.11. Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales: II.2.1.11. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II. Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que la clave del RFC esté activa y el domicilio localizado. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II.6.2.2., II.6.2.11., II.6.2.13., II.6.2.15., II.6.2.16., II.6.2.17., II.6.2.18., II.6.2.19., II.6.2.21. y II.6.2.22. 3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de

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declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.16.1. 5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato, no recibe por parte del licitante adjudicado el acuse de respuesta, o bien, si la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, PEMEX PETROQUÍMICA se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

12. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato.

12.1 Contrato.

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12.1.1 Vigencia.

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA-

12.1.3 Ordenes de Suministro. –NO APLICA-

12.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010).

A OBLIGACIONES DE LA EMPRESA VENDEDORA A1 Obligaciones generales del vendedor -

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. Cualquier documento al que se haga referencia en Al-Al0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual.

A2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades

Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación e importación y otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la expor tación de la mercancía, para su transporte a través de cualquier país y para su importación.

A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta el lugar de desti no designado o hasta el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado. Si no se acuerda un punto específico o-si no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino designado que mejor le convenga.

b) Contrato de seguro

El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y expensas (si las hay) de este último, la información que el comprador necesite para obtener el seguro.

A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegarla preparada para la descarga en el punto acordado, si lo hay en el lugar de destino designado en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.

A5 Transmisión de riesgos El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya ent

regado de

acuerdo con A4, con la excepción ele la pérdida o daño causados en las circunstancias descritas en E5.

A6 Reparto de costos El vendedor debe pagar a) además de los costos resultantes de A3 a), todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado de

acuerdo con A4, diferentes de los pagaderos por el comprador como se prevé en B6;

b) cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que friera por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

c) cuando sea aplicable, los costos ele los trámites aduaneros necesarios para la exportación y la importación así

como todos los derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación e importación de la mercancía, y

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los costos de su transporte a través de cualquier país antes de la entrega de acuerdo con A4.

A7 Notificaciones al comprador El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medirlas normalmente necesarias que permitan a este último proceder a la recepción de la mercancía.

A8 Documento de entrega El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del vendedor, el documento que permita al comprador proceder a la recepción de la mercancía como se prevé en A4 /B4.

A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación (tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación El vendedor debe, a sus propias expensas, embalar la mercancía, a menos que sea usual para ese comercio en particular el transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida. El vendedor puede embalar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha de marcarse adecuadamente.

Al0 Ayuda con la información y costos relacionados El vendedor debe, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a - petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que necesite el comprador para el transporte de la mercancía hasta el destino final, cuando sea aplicable, desde el lugar de destino designado.

El vendedor debe reembolsar al comprador todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener los documentos y la información como se prevé en B10.

B OBLIGACIONES DE LA EMPRESA COMPRADORA B1 Obligaciones generales del comprador

El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

Cualquier documento al que se haga referencia en B1-Bl0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual.

B2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades

Cuando sea aplicable, el comprador debe proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y expensas del vendedor, para obtener cualquier licencia de importación u otra autorización oficial para la importación de la mercancía.

B3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.

b) Contrato de seguro El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, la información necesaria para obtener el seguro

B4 Recepción

El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado como se prevé en A4. B5 Transmisión de riesgos

El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que haya entregado como se prevé en A4.

Si

a) el comprador incumple sus obligaciones de acuerdo con B2, entonces corre con todos los riesgos resultantes de pérdida o daño causados a la mercancía; o

b) el comprador no da aviso de acuerdo con B7, entonces corre con todos los riesgos de pérdida o daño causarlos a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto riel contrato.

B6 Reparto de costos

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El comprador debe pagar a) todos los costos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya entregarlo como se prevé en A4;

b) todos los costos ele descarga necesarios para proceder a la recepción de la mercancía desde los medios de transporte de llegada en el lugar de destino designarlo, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

c) cualquier costo adicional contraído si incumple sus obligaciones de acuerdo con B2 o si no da aviso de acuerdo con

B7, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto del contrato. B7 Notificaciones al vendedor

El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento dentro de un plazo acordarlo y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designarlo, ciar aviso suficiente de ello al vendedor.

B8 Prueba de la entrega

El comprador debe aceptar la prueba de la entrega proporcionada como se prevé en A8. B9 Inspección de la mercancía

El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación.

B10 Ayuda con la información y costos relacionados El comprador debe avisar al vendedor, en el momento oportuno, de cualquier requisito de información sobre seguridad de manera que el vendedor pueda cumplir con A10.

El comprador debe reembolsar al vendedor todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda

para obtener documentos e información como se prevé en A10.

El comprador debe, cuando tica aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el vendedor, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que el vendedor necesite para el transporte, exportación e importación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país *Extracto Incoterms 2010 DDP. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en un plazo de 37 (Treinta y Siete) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR. En este plazo se consideran los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes. Los bienes serán entregados en Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a la atención de Lic. F. Elena Martínez Cano, en días hábiles y en el siguiente horario: de 08:00 a 14:00 horas.

El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Entregas de Partidas Completas. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato.

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El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Recibidos físicamente los bienes, PEMEX PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 10 (diez) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del contrato. Si procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 12.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área que realizará la Inspección será la Jefatura de Talleres de Mantenimiento. El lugar donde se llevará a cabo será en el Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos. La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

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El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. –APLICA-. b) Pedimento de importación –NO APLICA-. c) Certificado de origen –NO APLICA-. d) Garantía Comercial emitida por el Fabricante –NO APLICA-. e) Certificado de calidad e informe de resultados de laboratorio emitida por el Fabricante de los bienes –APLICA- f) Resultados de las pruebas durante el proceso –NO APLICA- g) Protocolo de pruebas. –NO APLICA- h) Documentación técnica. –APLICA-. i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. –APLICA-.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

12.4 Garantías.

12.4.1 Garantía para el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los

contratos.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los diez días naturales

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siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR deberá manifestar expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA,

de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito. 7. Cuantificación del importe reclamado.

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La garantía de cumplimiento del contrato deberá entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 08, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza.

12.4.2 Garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR deberá manifestar expresamente:

A. Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos o

vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no

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será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que

reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad deberá entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico

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Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 08-A, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

La Fianza de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

12.5. Anticipo. –NO APLICA-.

Para la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés

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Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA-.

12.7. Facturación.

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El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: la Ventanilla Única del Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas. Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.8. Penalizaciones.

NOTA: De conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

I. Atraso en la entrega de los bienes; II. Incumplimiento de fechas contractuales;

III. Incumplimiento en la observancia de las especificaciones técnicas del contrato; IV. Incumplimiento con los planes de seguridad y protección al medio ambiente de pemex u

organismo subsidiario; V. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional.

VI. Incumplimiento de cualquier otra obligación.

Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes

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Las penalizaciones a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a valor total de los Bienes pendientes de entregar, a razón de 0.5%, por cada día calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del Monto Total del Contrato.

II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional

Si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Documento 21, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Documento referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación. El proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional, cuando de la verificación resulte que el grado de integración nacional suministrado sea menor al ofertado.

El monto de las penas convencionales no podrá exceder del monto de la garantía presentada.

El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que

tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

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b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. –NO APLICA-

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El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

12.11 SEGUROS

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. –NO APLICA-.

12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. –NO APLICA-

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El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

12.14. ANEXO SSPA. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y

PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el formato 4 del anexo SSPA (Documento 18) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor o Contratista. El formato de SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, podrá ser consultado en la página electrónica: http://www.ptq.pemex.com/RM/Adqleypemex/Lists/Invitaciones%20Licitaciones%20Ley%20Pemex/Attachments/269/ANEXO%20SSPA.pdf

12.15. COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado "Compromisos con la Transparencia" conforme al Documento 20. El servidor público de PEMEX PETROQUIMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de propuestas, previo al inicio de dicho acto, lo firmara y entregara un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

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La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica: http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf .

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Página 58

DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

(Lugar y Fecha)

PEMEX Petroquímica Complejo Petroquímico Pajaritos P r e s e n t e.

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente

verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente invitación, a

nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:

Relación de Socios:

Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó

profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante:

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fecha

Protesto lo necesario.

_(Firma autógrafa original)_

Notas:

1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado.

2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.

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DOCUMENTO 03-A

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPUESTAS

No. DOCUMENTO PUNTOS DEL

DOCTO. 02 DE LAS BASES

NOMBRE DEL ARCHIVO (TRATÁNDOSE DE PROPUESTA

ENVIADAS POR MEDIOS REMOTOS

DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

ENTREGÓ

DONDE SE EXIGE SI NO

Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante

1. Copia de comprobante de pago de Bases de Licitación.

4 INCISO A)

2.

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL: Copia simple legible del Acta Constitutiva de la

Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

PARA EL CASO DE PERSONA FISICA:

Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con

fotografía del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional)

Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

4 INCISO A)

3.

Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C) DOC_07

4. De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas.

4 INCISO F) CONVENIO

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La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

5. Formato de Información para Acreditar la Existencia y Personalidad del Licitante. (Documento 03).

4 INCISO A) DOC_03

6. Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta (Documento 03-A).

4 INCISO G) DOC_03_A

7. Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la etapa de precalificación de licitantes. (Documento 04) –NO APLICA-

4 INCISO H) DOC_04

8. Formato “Compromisos con la transparencia”. (Documento 24). 12.15 DOC_24

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.

9. Formato de propuesta técnica (Documento 06). 4 INCISO D) DOC_06

10. Formato de propuesta económica (Documento 06-A). 4 INCISO E) DOC_06-A

11.

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010. (Documento 05).

4 INCISO J) DOC_05

12.

Formato 1. Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del “Anexo A. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Documento 21-A).

4 INCISO R) DOC_21-A

13. Documentación para la acreditación de la experiencia. –NO APLICA-

4 INCISO K) EXPER

14. Acreditación de la capacidad técnica y financiera. –NO APLICA- 4 INCISO L) CAP_TEC_FIN

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 04

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES

DEBERÁN ENTREGAR A LA CONVOCANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN. -NO APLICA-

NOTA: El área administradora del proyecto deberá incluir en su modelo económico los requisitos que deberán cumplir y entregar al área convocante para esta etapa.

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE LAS “REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE OCTUBRE DE 2010.

__________de __________ de ___________ (1)

Pemex Petroquímica Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Nacional N°____ (2) ____ en el que mi representada, la empresa ___ (3) ____ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, el que suscribe, manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ____(4)____, serán producidos en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n) con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 65%*, o ___(5)___% como caso de excepción reconocido en la Reglas 11 o 12 de las citadas Reglas.. De igual forma manifiesto bajo protesta decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.

ATENTAMENTE

_________(6)________ *Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la Regla 5 de las presentes Reglas:

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO:

NÚMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Indicar el número de Licitación.

3 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

4 Señalar el número de partida que corresponda.

5 Establecer el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en las reglas 11 o 12.

6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

A partir del 27 de junio de 2012 65%

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NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

DOCUMENTO 05-A

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES ADJUDICADOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 9 DE LAS “REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE OCTUBRE DE 2010.

__________de __________ de ______________ (1)

Pemex Petroquímica Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Nacional N°____ (2) ____ en el que mi representada, la empresa ___ (3) ____ participó y resultó adjudicada con la(s) partida(s) _____________ (4) ___________________.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por la Regla 9 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados correspondientes a la(s) partida(s) antes señalada(s) fue(ron) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos por la empresa _________(5)__________________y cuenta(n) con un porcentaje de contenido nacional de ____(6)____

ATENTAMENTE

__________________ (7)_________________

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO:

NUMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Indicar el número del procedimiento respectivo.

3 Citar el nombre o razón social de la empresa licitante.

4 Señalar el número de partida que corresponda.

5 Indicar el nombre o razón social de la empresa fabricante de los bienes entregados.

6 Indicar el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados.

7 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

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DOCUMENTO 06

FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- LUGAR DE ENTREGA

2.- PLAZO DE ENTREGA

3.- ORIGEN DE LOS BIENES

4.- CONDICION DE ENTREGA D.D.P. (INCOTERMS 2010)

5.- CARACTERISTICAS Y CONDICIONES LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

“ACEPTO LOS ALCANCES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE SE SEÑALAN EN EL DOCUMENTO 01”. NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin I.V.A.

($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Moneda

Condiciones Económicas

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA (INDICANDO CON NUMERO Y CON LETRA) (INDICANDO LA MONEDA)

3.- CONDICIONES DE PRECIO PRECIOS FIJOS

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

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Página 66

DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS

SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________ ______________________ P R E S E N T E EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este

otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi

representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de

las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento (Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA

DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los

artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su

caso, el artículo 22 de las DAC´S.

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EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se

encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de

Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL APODERADO LEGAL)

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

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Página 68

DOCUMENTO 08

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) PROVEEDOR(ES)

ADJUDICADO(S) PARA:

GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) ________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA ______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO

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POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

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LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,

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ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 08-A

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) PROVEEDOR(ES) ADJUDICADO(S) PARA:

GARANTIZAR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE _______________________ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO. EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES

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PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

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EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09 –NO APLICA-

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR(AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE) BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN

CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO). BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA

FILIAL Y DOMICILIO FISCAL) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó

CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA

DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A

FAVOR DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN

RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL

“ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO

DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN

ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE

DEL ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN

CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL

ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

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NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN

ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE

VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A

LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA

PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR

ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS

CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO

INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA

TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS

TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL

BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y

CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS

TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO,

DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE

CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR

MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL

CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO.

CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A

CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA)

A LA CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS) BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN

MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY) (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)

MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO

CON LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 10

FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO. –NO

APLICA-

INCLUIR EL TEXTO DE FIANZA QUE CORRESPONDA, CONFORME A LOS MODELOS VIGENTES QUE EMITA LA GERENCIA DE RIESGOS DE PETROLEOS MEXICANOS.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.

______________________ ______________________ P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante), con fundamento en lo dispuesto en

los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,

manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta,

presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega con carácter confidencial, reservada o

comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 12 –NO APLICA-

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Si este documento no aplica deberá señalarse en el encabezado que no aplica y eliminarse el texto 1. Introducción Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos y programas.

En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y financiando, los Proveedores deben entregar a PEMEX PETROQUÍMICA, o a quién éste le indique, la documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”).

La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio para los Proveedores.

El objetivo de este Documento es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación que debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a PEMEX PETROQUÍMICA de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a que se refiere el presente Documento, así como a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.

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2. Fuentes de Financiamiento Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley, deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s). 2.1 Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación

(ECA’s) Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos.

A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de crédito.

Nombre Siglas País

Export-Import Bank of the United States Ex-Im Bank Estados Unidos de América

Export Development Canada EDC Canadá

Export Credits Guarantee Department ECGD Reino Unido

Japan Bank for International

Cooperation JBIC Japón

Nippon Export and Investment Insurance

NEXI Japón

Hermes Kreditversicherungs-AG HERMES Alemania

Guarantee Institute for Export Credits GIEK Noruega

Atradius ATRADIUS Holanda

Istituto per i Servizi Assicurativi e il

Credito all'Esportazione SACE Italia

Compagnie Française d’ Assurance pour

le Commerce Extérieur COFACE Francia

Compañía Española de Seguros de

Crédito a la Exportación, S.A. CESCE España

Export-Import Bank of Korea K-Exim República de Corea

Export Risk Guarantee Agency ERG Suiza

Finnvera plc Finnvera Finlandia

Export Kredit Fonden EFS Dinamarca

Oesterreichische Kontrollbank Aktiengesellschaft

OeKB Austria

Exportkreditnamnden EKN Suecia

Companhia de Seguro de Créditos S.A

COSEC Portugal

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3. Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios

Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PEMEX PETROQUÍMICA, la información detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del contrato, así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 13, en la inteligencia de que PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.

Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX PETROQUÍMICA, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.

4. Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación.

La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque, Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.

En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

PEMEX PETROQUÍMICA informará oportunamente a el Proveedor, mediante comunicación oficial, cuál será el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato.

El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del (de los) Módulo(s) de Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco Agente correspondiente, por lo que, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar a el Proveedor

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cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUÍMICA le indique oportunamente.

4.1. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América

El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:

Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice). Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate). Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”). Evidencia de Pago. Evidencia de Transporte. Certificado de Ejecución de Servicios. Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de

embarcaciones). Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos. Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los

bienes y/o servicios.

En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos, instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados.

4.2. Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá

Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios pueda hacer uso de los recursos de las líneas de crédito garantizadas por esa Institución:

Nombre completo y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido canadiense.

Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones canadienses. Nombre y datos de los contactos. Evidencia de pago al Exportador canadiense. Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.3. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia

Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación siguiente:

Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte.

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Datos generales del Exportador. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones. Nombre y datos de los contactos. Certificación de los pagos hechos al Exportador. Información sobre aspectos ambientales. Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el

Banco Agente.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.4. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.

Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:

En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos, Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente: Mayor información para verificar el origen de los bienes. Copia de las Facturas Comerciales Individuales.

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DOCUMENTO 13 –NO APLICA-

Si este documento no aplica deberá señalarse en el encabezado que no aplica y eliminarse el texto

FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)

Monto Total del Contrato : M.N. : (4)

USD : (5)

Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano)

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen (11)

Monto (12)

México

México

Total Parte A:

Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjero

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Exportador (13)

País Origen (11)

Monto (12)

Total Parte B:

Total en M.N. (A+B) :

Página _____ de ____ Páginas (14)

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FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)

Monto Total del Contrato : M.N. : (4)

USD : (5)

Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano)

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen (11)

Monto (12)

México

México

Total Parte C:

Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero.

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Exportador (13)

País Origen (11)

Monto (12)

Total Parte D:

[Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15)

Total en USD (C+D) :

Firma: (16) Nombre: (17) Cargo: (18) Página _____ de ____ Páginas (14)

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE FINANZAS

Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios:

ANEXO [número de anexo correspondiente] INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2)

DATOS INSTRUCCIÓN (1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o

Servicios ANEXO [número de anexo correspondiente]

Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma impresa como en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador del Anexo tal como se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse.

(2) No. de Contrato

Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido abierto.

(3) Objeto del Contrato Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión.

(4) Monto Total del Contrato M.N.

Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de México. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(5) Monto Total del Contrato USD

Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(6) Tipo de bien y/o servicio

Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos, regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc.

(7) Descripción del bien y/o servicio

Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar todas las partidas.

(8) Marca

En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) comercial (es) de los bienes que se detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(9) Proveedor Directo

Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste. Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre del propietario actual de los mismos.

(10) Fabricante Nacional

Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional), se deberá indicar el nombre de éste.

(11) País de origen Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente por cuestión de formato. En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la bandera de la embarcación utilizada.

(12) Monto Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.

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(13) Exportador

Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(14) Página _____ de ____ Páginas Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo espacio el número total de páginas del anexo.

(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía] Se deberá indicar nuevamente el nombre completo de la compañía, su dirección y su número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no deberá incluirse.

(16) Firma: Firma del funcionario autorizado por la compañía para presentar esta Cédula, de preferencia en tinta azul.

(17) Nombre: Indicar el nombre completo del funcionario firmante.

(18) Cargo: Indicar el cargo dentro de la compañía del funcionario firmante.

(19) La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos. La suma de las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos de América u otra moneda Extranjera.

NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así como los números de páginas que se encuentran en el pie de página no deberán incluirse.

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DOCUMENTO 14

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

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Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las

personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

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II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga

llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15

MODELO-GUIA DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”)

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUÍMICA, A QUIEN EN LO

SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PETROQUÍMICA”, REPRESENTADO POR

__________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA

____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”,

(SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR

_________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS

DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PETROQUÍMICA declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS

Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos. B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO

Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE

DIRECTORES CORPORATIVOS.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de

Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y

con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública

No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público

(No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en

términos de los Artículos 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y Décimo Octavo fracción I del Decreto

que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos

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subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del

2012), CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento otorgada mediante el testimonio

de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la

fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en

términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y en la fracción XIII del Artículo Cuarto

Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización

de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de

la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario)

de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

D) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.

Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio

del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No.

(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No.

del notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido

revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones

previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de

Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades

Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás

normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen

los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del

artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Licitación Pública de carácter nacional, con

fundamento en los artículos 55 fracción I de la Ley de Petróleos Mexicanos, 50 fracción I de su

Reglamento y 2 Inciso VI de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de

Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter

Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL

SIGUIENTE PÁRRAFO

El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de PETROQUÍMICA, mediante acuerdo No. _______ de su

sesión _____ de fecha _______.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es el Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX

Petroquímica, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5; Cd. Coatzacoalcos, Ver. Y

que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE 920716TS5.

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DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES.

NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS

CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE

DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.

Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las

disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública

(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la

(Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo

primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio

mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS

PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE

INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.

___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de

propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha

(Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de

(Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en

el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:

Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de

identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte,

documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad

jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE

NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.

Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita

mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada

ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado

(Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas

en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:

Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue

otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura),

de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de

(Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas,

modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.

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Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en

donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se

requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.

Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando

como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno

extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho

derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por

cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de

perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS .

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con

Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con

(señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al

presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27

Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su

Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes,

forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y

protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y

cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los

supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones

Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de

las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del

Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUÍMICA el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE

RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el que comprueba que

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ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de

Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO

PERMANENTE EN EL PAÍS:

Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución

Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro

Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los

Estados Unidos Mexicanos.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS

OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL

SIGUIENTE TEXTO:

Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado

convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal

de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está

plenamente de acuerdo en que PETROQUÍMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el

propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos

fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato

que nos ocupa.

2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos

Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad

jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN

INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO

DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE

REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO

LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO

Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las

actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación

de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del

consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de

indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: “Gerencia de Mantenimiento de Pemex Petroquímica” “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: “Jefatura de Talleres de Mantenimiento del Complejo Petroquímico Pajaritos”

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SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL

CONTRATO.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para

comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte

de PETROQUÍMICA consistentes en: MATERIALES AISLANTES Y REFRACTARIOS PARA

TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LAS PLANTAS DEL COMPLEJO

PETROQUIMICO PAJARITOS, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican

en el presente contrato y sus anexos.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ

LA SIGUIENTE REDACCIÓN:

Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben

el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico

mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 37

(treinta y siete) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este

contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este

contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a

partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del

PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL,

POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo correspondiente]

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA

FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número)

(letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:

El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la

fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación,

etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de

la Ejecución del Contrato.

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PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución

del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación,

etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número)

(letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción.

El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de

devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que PETROQUÍMICA se

haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente

en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.

En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO DEBERÁ INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS:

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su

recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a

más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual,

empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la

ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de

transmisión por parte de PETROQUÍMICA según conste en la notificación de entrega que

proporcione el medio utilizado por PETROQUÍMICA.

TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO

Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en Destino Final Almacén Local del Complejo

Petroquímico Pajaritos con domicilio en Carretera Coatzacoalcos- Villahermosa, Km. 7.5;

Coatzacoalcos, Veracruz; C.P. 96400; Tel. 01-921-21-10202 ext. 32238 y 32351 a la atención de la

Lic. F. Elena Martínez Cano en días hábiles y en el siguiente horario: 08:00 a 14:00 horas.

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la

integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PETROQUÍMICA, será a cargo del

PROVEEDOR.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR

PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Partida Completa.

CUANDO APLIQUE

CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA

VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es D.D.P. (Delivered Duty Paid) Incoterms

2010, destino final en Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera

Coatzacoalcos- Villahermosa, Km. 7.5; Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México,

consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: contemplar todos los costos hasta el destino

final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PETROQUIMICA estará obligado a: recibir

los bienes en el destino convenido.

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3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que

se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las

siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por

PETROQUÍMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PETROQUÍMICA o de otro contratista o

proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus

subcontratistas.

Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una

prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de

acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este

contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓN

EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO

DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:

El presupuesto máximo que PETROQUÍMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el

Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que PETROQUÍMICA no se obliga a

agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO

MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Queda expresamente convenido que PETROQUÍMICA no se obliga a agotar el presupuesto mínimo

establecido en este contrato.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:

El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida)

en el Anexo __ de este contrato.

La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio

unitario del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de

América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.)

4.2 Facturación

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El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la

responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa

verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los

montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que

acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una

notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según

corresponda.

La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán

consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.

Las facturas deberán presentarse dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha de

corte.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través

de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUÍMICA, mediante el uso de la contraseña que

le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en

la ventanilla única correspondiente, ubicada en _____.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el

PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo

establecido para el pago.

FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS .

Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el

monto del anticipo, en forma electrónica o documental. .

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la

reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a

PETROQUÍMICA, se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas

por ambas partes.

4.3 Condiciones y forma de pago

PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de

acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a

partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación

que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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CUANDO APLIQUE

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta

que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUIMICA. En caso de que el

PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia,

ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUIMICA a

través de la ventanilla única ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo

Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos- Villahermosa, Km. 7.5; Col. Centro,

C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, con antelación a la presentación a la citada ventanilla

única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 03 (tres) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUÍMICA, a solicitud del

PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por

la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos

pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre

las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y

hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados

conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte

el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE)

de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días

hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara

de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En

todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el

PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la

Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 03 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha

en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda

“Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago

objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna

institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y

presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto

pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en

PETROQUIMICA.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE

EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

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Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de

aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con

2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto

Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar

la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles

de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE

UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República

Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de

México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes

referido, el pago que realice PETROQUÍMICA no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso,

resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE

SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.

(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno

de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS

PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN

EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio

de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un

contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente

contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que

(denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.),

será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el

entendido de que PETROQUÍMICAno será responsable por la forma en que (denominación o razón

social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de

las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:

EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE

ITS:

El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de

Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.),

ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS:

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Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en

planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato.

En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá

reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días

naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión

administrativa o terminación anticipada de este contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los

intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga

para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán

por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las

cantidades a disposición de PETROQUÍMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la

garantía correspondiente.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las

cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la

Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los

intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días

naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a

disposición de PETROQUÍMICA. PETROQUÍMICA procederá a deducir dichas cantidades de las

facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de

PETROQUÍMICA.

4.5 Ajustes de precios EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS

BIENES OBJETO DEL CONTRATO.

_________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será

la siguiente:

El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en

que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y PETROQUÍMICA

notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días

naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten

decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se

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obliga a notificarlo a PETROQUÍMICA, y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si

PETROQUÍMICA lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste

de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio

correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios

procederá durante el período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;

II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES

ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE PETROQUÍMICA ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO

OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO

PARA TAL EFECTO.

QUINTA.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN

PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS

INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:

I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES;

II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;

III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;

IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO;

V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL;

VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN

LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.

Las partes en el presente contrato, acuerdan que PETROQUÍMICA le aplicará penalizaciones en los

siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS

NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE

SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. Atraso en la entrega de los bienes

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de

entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo

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pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto

equivalente a valor total de los bienes pendientes por entregar, a razón de 0.5% por cada día

calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por

atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo

pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán

determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de

atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se

deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en

función del modelo económico).

II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como

resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales

entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al

ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el

Anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE

INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN

http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable de la

Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será

determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier

cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que

el PROVEEDOR regularice esta situación.

LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL

PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y

especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, PETROQUÍMICA aplicará las

penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido

Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los

apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL

FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS

REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder el 10% del importe total del contrato. NO

PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO

El PROVEEDOR acepta, que PETROQUÍMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la

presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato.

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- Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado

con PETROQUÍMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras

motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al

PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

De acuerdo a lo establecido en el Anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y

DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE

ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN

http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el

PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los

bienes suministrados.

Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del Anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE

INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN

http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), PETROQUÍMICA verificará

documentalmente durante la vigencia del Contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la

presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de

“Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente

contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de

los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUÍMICA, con la

intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante

operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUÍMICA otorga su consentimiento,

siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas

Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o

administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las

“Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de

Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

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LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL

PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de PETROQUÍMICA, la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica. Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la

persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve

las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las

obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante

convenio modificatorio al presente contrato.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUÍMICA

realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE

LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE

CLÁUSULA PUEDE VARIAR:

Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los

Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las

retenciones que PETROQUÍMICA esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA

CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:

Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos

Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble

tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble

imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar

a PETROQUÍMICA el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios

fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la

ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los

precios pactados.

NOVENA.- GARANTÍAS

PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN

CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE

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CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE

LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del

contrato, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma

del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este

párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una

vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente

constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a

favor de PETROQUIMICA.

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con

letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __%

(cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la

vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el

__% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por

institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal

de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUÍMICA. El o los documentos sustitutivos o

modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que

corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo

restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

G. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

H. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

I. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

J. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.

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En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

K. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUÍMICA.

L. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

8. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 9. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 10. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 11. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 12. La rescisión del contrato y su notificación. 13. Copia del finiquito 14. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del

importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más

noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUÍMICA.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __%

(cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o

b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales

durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio

subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes

señalado, y a favor de PETROQUÍMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán

ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un

periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUÍMICA

salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

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C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ

INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:

EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

PETROQUÍMICA exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de PETROQUÍMICA de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO

ANTICIPADO.

GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO] El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por PETROQUÍMICA, debe presentar a PETROQUÍMICA una garantía, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de

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procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUÍMICA.

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento

que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación. 8. Copia del finiquito 9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario

de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando

expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

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Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar

la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUÍMICA

detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que

supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que

puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y

VICIOS OCULTOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los

bienes, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de

entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado

en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los bienes

entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por

institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal

de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

G. Que queda obligado ante PETROQUÍMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PETROQUÍMICA.

H. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

I. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales

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o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

J. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

K. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUÍMICA.

L. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

6. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 7. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 8. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 9. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

10. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del

importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días

naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO

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La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario

de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando

expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar

la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUÍMICA

detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que

supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que

puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PETROQUÍMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice PETROQUÍMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no

releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra

defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en

responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por

los conceptos indicados.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La inspección que realice PETROQUÍMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no

releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra

defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de PETROQUÍMICA de reclamar por la vía

judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de

este género.

PETROQUÍMICA a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES

DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:.El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada

“Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula.

Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de

PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el

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número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el

peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la

partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los

bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de

las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus

anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PETROQUÍMICA.

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS

BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que

por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y

permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y

conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición

química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente

cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para

PETROQUÍMICA.

SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL

SIGUIENTE PÁRRAFO:

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota

de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra PETROQUÍMICA, por falta de documentación de embarque, será

cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el

PROVEEDOR.

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El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones

legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los

bienes adquiridos por PETROQUÍMICA bajo el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES.

LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE

LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR

CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes,

cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y c. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores. EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS

DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.

II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre

los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula

denominada “Suspensión”,,y,

b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a PETROQUÍMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

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Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable

por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y

por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de

personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o

negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se

pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el

presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza

mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y

disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados

terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i)

_____________; o (ii) _____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en

la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en

la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa

PETROQUÍMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

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g) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN: n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato; p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir; r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”; ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS

DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

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En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta

cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUÍMICA podrá otorgar al

PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas

convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por

PETROQUÍMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el

PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUÍMICA podrá determinar la

rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PETROQUÍMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el

PROVEEDOR estará obligado a devolver a PETROQUÍMICA, en un plazo de __ (____) días

naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la

documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez

emitida la determinación respectiva, PETROQUÍMICA, precautoriamente y desde el inicio de la

misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta

que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la

fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las

garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUIMICA.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión

administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito.

PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el

PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUIMICA notifique al

PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 05 (cinco)

días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su

caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y

motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a aquél en

que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el

párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

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En caso de que PETROQUÍMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a

partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la

rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUÍMICA al PROVEEDOR

conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a PETROQUÍMICA

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El

PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUÍMICA

se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;

II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato;

IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con

motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o

los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y

V. ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN

LUGAR A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de

PETROQUÍMICA, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así

como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén

debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo

siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA

TERMINACIÓN ANTICIPADA.

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En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___

(____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la

terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito.

PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el

PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la

ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a PETROQUÍMICA:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la

Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro

medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma

personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por

cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral)

del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del

PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción,

al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan

entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito

por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo

que en estos casos; PETROQUÍMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes

que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho

a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en

tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o

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reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo

señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la

responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar

pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las

dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que,

también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas

municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones

de seguridad e higiene de PETROQUÍMICA para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con

este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores

practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PETROQUÍMICA

por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas

las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el

cumplimiento del presente contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal

de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS

ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA

OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las

leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad,

protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las

instrucciones que al efecto le señale PETROQUÍMICA y cuando la ejecución del contrato implique

riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUÍMICA o de sus proveedores y contratistas,

deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios

que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales,

no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones

establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o

a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin

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negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de

ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de

cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte

que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó

deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas,

demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo

honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de

cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus

logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada

derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a

PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos

Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de

cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice

PETROQUÍMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUÍMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las

autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a

partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUÍMICA un informe

circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o

conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos

Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a

PETROQUÍMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin

restringirse las facultades de PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de

defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual,

la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PETROQUÍMICA.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por

parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o

cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de

PETROQUÍMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.

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VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PETROQUÍMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos

establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas,

que pueda afectar los intereses de PETROQUÍMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o

cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a

salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o

cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier

cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN

PETROQUÍMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en

cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo

requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PETROQUÍMICA,

comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la

probable reanudación del contrato.

Cuando PETROQUÍMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación

que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro

documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los

trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin

modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá

solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que

éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato,

los cuales se limitarán a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA

SUSPENSIÓN.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad

alguna para las partes, y el pago de los gastos se limitará a lo siguiente:

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EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN

DERIVADA DE CASO FORTUITO.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo

dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución

del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el

(Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las

instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las

modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUÍMICA.

CUANDO APLIQUE

Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato,

quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y

recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter

personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al

cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio de

cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que

reúna los requisitos correspondientes.

Dichos representantes tendrán las facultades para levar a cabo las modificaciones a que se refiere la

fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita

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persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional

competente en territorio nacional, PETROQUÍMICA podrá optar por la rescisión conforme a lo

establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la

Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores

y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas

al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas

y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo

sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes

con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre

dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera

haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los

términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS

ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

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Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes” Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO APLIQUE)

Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)

Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica

Anexo “____”.- ____

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre

ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y

deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la

fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente

instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas

serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de

prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien

esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a

cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones

necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las

correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PETROQUÍMICA podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos

exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE

AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.

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TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE

CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación

o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 03 (tres) días naturales

siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la

Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente

entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones

debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia

de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta

cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable

de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del

Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de

10 (diez) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el

PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases

contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 03 (tres) días naturales para

comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su

reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se

procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se

estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del

Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como

discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o

administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no

podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer

correcciones o sustituciones al reclamo original.

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El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente

manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto,

indicando los temas en discrepancia, dentro de los 03 (tres) días naturales siguientes a la fecha en que

el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración

y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de

carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con

la documentación que los compruebe;

b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones

contractuales y legales que fundamenten su reclamo;

c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente

ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y

forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área

Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de

discrepancia, quien tendrá un plazo de 10(diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato

que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área

Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la

controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará

por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 05 (cinco) días naturales contados a partir del

vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las

aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área

Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 05

(cinco) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el

titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se

procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la

resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos

concernientes a las partes.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se

estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

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El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente

contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto

jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA.

TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ

SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás

disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada

con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales

Federales de la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia

irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o

futuro, o por cualquier causa.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE

REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE

DIO ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA

_______________.- ÓRDENES DE SUMINISTRO TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ INCLUIRSE EL TEXTO SIGUIENTE:

PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato

“ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del

contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el

Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna

variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se

considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

___________.- SUBCONTRATACIÓN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Y SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE

LE DE ORIGEN AL CONTRATO:

El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE

INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE

ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :

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En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya

incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con 03

(tres) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del

posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente

para que PETROQUIMICA esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible

subcontratista. Asimismo, PETROQUIMICA tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR

cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en

cuestión. PETROQUIMICA tendrá un período de 03 (tres) días naturales a partir de la fecha de

recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada,

para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo

antes referido sin que PETROQUIMICA haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del

PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido

nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE

REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la

autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no

siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las

obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en

contra de PETROQUÍMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a

PETROQUÍMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter

laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato.

_________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE

ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

_________.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA

MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto

del contrato que entregue a PETROQUÍMICA cuenten con una certificación normativa, conforme al

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(los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de

origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una

certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente

homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL

MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia,

centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente

contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUÍMICA que no tienen implicaciones

legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA

ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE

FORMALIZAN.

Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su

vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios

respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad

alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDAD

LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE

PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad

exclusiva de PETROQUÍMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines

diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de

PETROQUÍMICA. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus

empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar

fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad

comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de

PETROQUÍMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR

conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha

información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el

establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUÍMICA para asegurar la

confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su

revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada,

incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de

confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella

información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte

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material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de

adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación

que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la

información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del

contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna

obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a

divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por

requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no

divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte

requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo

de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y

PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO

TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA

SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO

MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL

A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR

EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS

EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR

reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o

filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con

el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se

obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos

relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el

cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma

del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de

acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que PETROQUÍMICA podrá solicitar al

PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta

cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en

dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El PROVEEDOR se obliga a

hacerla del conocimiento de PETROQUÍMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR

tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente

contrato.

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El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de

Financiamiento”) de PETROQUÍMICA la Documentación Requerida por las Fuentes de

Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se

deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo

correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las

Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes

que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la

Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo

a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra

disponible en la siguiente página de Internet de Pemex:

(www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de

Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá

continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la

documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s)

factura(s).

PETROQUÍMICA no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el

PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de

Financiamiento que corresponda.

PETROQUÍMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o

información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por

las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a

la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PETROQUÍMICA le indique

oportunamente.

___________.- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS

CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO

Recibidos físicamente los bienes, PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área

Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR

deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el

que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán

constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor

y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las

controversias que, en su caso, se hayan presentado.

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El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al

originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión,

reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las

obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien

realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución

del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al

PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así

como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el

PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PETROQUÍMICA no libera al PROVEEDOR del

cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos

que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el

ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni

libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA

SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la

ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y

especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado

por PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PETROQUÍMICA podrá solicitar el

cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los

requisitos señalados en esta cláusula.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS

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Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma

solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUÍMICA.

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la

denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el

PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área

Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su

decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho

miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe

cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO

El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las

obligaciones de este contrato ante PETROQUÍMICA.

______________.- ANTICIPO

PETROQUÍMICA otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) %

(Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual

correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir

el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. A MANERA DE EJEMPLO

SE PROPONE EL SIGUEITNE PÁRRAFO:

Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el

PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos,

comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le

fue otorgado.

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a PETROQUÍMICA, y a favor de éste, una

garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

_________________.- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA

AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje

establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este

contrato

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

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LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA

MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

POR PETROQUÍMICA

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA

POR PARTE DE LA OFICINA DEL

ABOGADO GENERAL

______________________________________

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DOCUMENTO 16

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar la documentación indicada en el punto 4 Inciso A) de las presentes bases de licitación.

2. No acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con la documentación

indicada en el punto 4 Inciso A), de estas bases de licitación. 3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 Inciso B), de estas

bases de licitación. 4. Si no satisface cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las

aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de licitación.

5. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone.

Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”.

Que proponga más de una marca para un mismo bien.

Que no indique marca o nombre del fabricante.

Que algún documento esté firmado “por ausencia” o “por atención”.

Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. 6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta. 7. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas

bases de licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4. 8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no

encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el punto 4 Inciso C), de estas bases de licitación.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente licitación, de

conformidad con lo establecido en el punto 4 Inciso Q), de estas bases de licitación.

10. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de estas bases de licitación o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

11. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho

convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 Inciso F.2). 12. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los

requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

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13. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

14. El NO señalar dentro de su propuesta, que los bienes que propone y entregará son nuevos, punto 4 inciso

P) de estas bases de licitación. 15. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 12.2 de las presentes

bases de licitación.

16. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado.

17. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su proposición, incluyendo los documentos que pudiesen entregarse fuera del sobre de la proposición.

18. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación que afecte directamente la

solvencia de su proposición. 19. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán

por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas bases de licitación, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. –NO

APLICA-. 20. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de

la proposición, solicitados en estas bases de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de licitación.

21. No presentar los documentos: 05, 06, 06-A, 07 y 21-A, debidamente requisitados.

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Página 141

DOCUMENTO 17

NIVELES DE INSPECCIÓN DE BIENES Nivel de Inspección III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Especificaciones contractuales. –SI APLICA- 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los

bienes terminados. –SI APLICA- 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. -SI APLICA- 4) Las pruebas finales. –NO APLICA- 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. –SI APLICA- 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de

parte. -NO APLICA- 7) La documentación que establece el contrato. –SI APLICA-

La documentación requerida para la inspección o supervisión al realizar la inspección de los bienes y supervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar, copia de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. –APLICA- b) Pedimento de importación. -NO APLICA- c) Certificado de origen. -NO APLICA- d) Garantía comercial. –NO APLICA- e) Certificado de calidad e informes de resultados de laboratorio emitida por el Fabricante de los bienes. –APLICA- g) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. –NO APLICA- h) Protocolo de pruebas. -NO APLICA- i) Documentación técnica. –APLICA- j) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. –APLICA-

La inspección de los bienes para este servicio se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre de 2009.

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DOCUMENTO 18 FORMATO 4 “ANEXO SSPA”

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Página 143

DOCUMENTO 19

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS PRESENTE

__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________, cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado del procedimiento de _______ No. _______ respecto del contrato número __________ cuyo objeto es la adquisición de bienes, consistentes en ______________, con un monto de ______________ sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

A través de la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal” con la clave CIECF correspondiente, ha obtenido el

documento vigente respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales (acuse de respuesta) expedido por el SAT en los

términos señalados en las Reglas I.2.1.16 y II.2.1.11 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de

2011 (Resolución Miscelánea Fiscal para 2012).

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

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DOCUMENTO 20

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Pajaritos P r e s e n t e. COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 18578021-517-12, QUE SUSCRIBEN PEMEX PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS: CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE

ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD

SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

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6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA

SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL

PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O

CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL

EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. 5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD

PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ____________________________ DE 20_____.

POR PEMEX PETROQUÍMICA

________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la Empresa

POR EL LICITANTE

___________________________________

Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 21

CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS.

1. Definiciones.

1.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración

Nacional previsto en el apartado 3.

1.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio

nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o

importados para obtener un bien final nuevo.

1.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el

proveedor a PEMEX PETROQUIMICA.

1.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes

adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo.

1.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.

1.6. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un

bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el

mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un

bien, tales como:

1.6.1. Combustibles y energía.

1.6.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la

producción o para operar el equipo o los edificios.

1.6.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.6.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los

bienes.

1.6.7. Catalizadores y solventes, y

1.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la

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producción del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.8. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de

un bien tales como:

1.8.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas

extrajeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del

atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios

1.8.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las

características del bien.

1.8.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.8.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes,

encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos

metálicos.

1.8.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.

1.8.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del

bien en buena condición.

1.8.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.8.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.8.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.9. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las

materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX

PETROQUIMICA.

1.10. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor

Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien

suministrado a PEMEX PETROQUIMICA.

1.11. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que

da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características

y nuevo uso.

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2. Cálculo del Grado de Integración Nacional

2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 10 0

Donde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado

VTB es el valor total del bien suministrado

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo

insumos y corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan

al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será igual al valor

declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se

encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el

transporte del insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias

aduanales.

b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que

los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que

se incorporan al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será el

precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más

impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se

incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos insumos a la

planta del Fabricante del Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional

igual a cero.

2.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido

producidos en territorio nacional.

2.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.

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2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como

importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado

Insumos nacionales.

2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se

considerarán 100% nacionales.

2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método

de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales

Fungibles son nacionales o importados.

2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en

cuenta para efectos del cálculo del Grado de Integración Nacional.

3. Acreditación de Bienes Nacionales

3.1. Los Bienes Nacionales ofertados deberán ser de Fabricación Nacional y contar con un

Grado de Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de

este anexo) de cuando menos sesenta por ciento (65%).

3.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6 de este Documento.

3.3. Los licitantes deberán acreditar su oferta de Bienes Nacionales en todas las partidas,

incluyendo en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad,

que:

3.3.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de

Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional

establecido en el apartado 3.1.

3.3.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información

documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se

producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el

cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.

3.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre,

o utilizando el Documento 21-A, Formato que deberán presentar los licitantes para

acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 21 Cálculo,

acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes

suministrados” del presente anexo.

3.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar

Bienes Nacionales establecido en el apartado 3.2, son los siguientes:

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GIN

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.

Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),

ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. 30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas

(telecomunicaciones).

Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas,

conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier,

equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras,

equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF

y UHF (radiolocalizadores), equipos trasreceptores fijos o móviles en BLU,

VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.

Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%

Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.

Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías;

equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos

rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de

señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios;

pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida;

termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.

Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas,

sirenas, timbres. 30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.

Conductores eléctricos de aluminio. 20%

Subsector:

Placas radiográficas. 40%

Tractores agrícolas. 30%

Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a

0.500 pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24

pulgadas.

20%

3.6. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos

serán considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos

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establecidos en el apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus

ofertas técnicas un escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el

que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros

nuevos), que los modelos que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro

de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso

(vehículos de autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora

cuenta con “Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el

Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de

presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos:

3.6.1. El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;

3.6.2. Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o

programa, y

3.6.3. Que el licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente.

4. Declaración del Grado de Integración Nacional

4.1. El proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos,

un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante

del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes

suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 21-B incluido en

este Documento.

4.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito

indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para

efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste,

bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta

manifestación deberá ser entregada en el Documento 21-C incluido en este Documento.

4.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los

apartados 4.1 y 4.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas

suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los

bienes, debiéndose entregar también una copia de los formatos al momento de presentarse

las facturas de pago correspondientes.

4.4. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los

bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad

de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 4.1 y 4.2 de este Documento,

incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha

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información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.

5. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional

5.1. PEMEX PETROQUIMICA verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la

declaración a la que se refiere el apartado 4.1, sea igual o mayor al Grado de Integración

Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.3.

5.2. Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea

menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 65% del

valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas.

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DOCUMENTO 21-A Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del “Documento 21. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la

empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de

que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en

la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y

contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como

caso de excepción).

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en

dicho anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una

comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los

bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a

través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando

dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instrucciones para llenado del DOCUMENTO 21-A

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA

3 Indicar el Procedimiento de Contratación

4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación

5 Citar el nombre o razón social del licitante

6 Indicar los números de partidas con oferta de bienes nacionales

7 Se deberá indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del anexo referido

8 Se deberá indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en

los apartados 3.5 y 3.6 del anexo referido

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante

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DOCUMENTO 21-B

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el

proveedor, de acuerdo al apartado 4.1 del “Documento 21 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa

____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.1 del anexo referido, el que

suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado

de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN

(5) (6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el

artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una

comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la

exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la

planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a

partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para llenado del DOCUMENTO 21-B

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Señalar el número de partida que corresponda

6 Indicar la descripción del bien suministrado

7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al

apartado 2 de este documento

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor

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DOCUMENTO 21-C

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar

el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 4.2 del “Documento 21. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa

____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.2 del anexo referido, el que

suscribe ____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes

que hemos fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________ cuentan con el

Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien GIN

(6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el

artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una

comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la

exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la

planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis

meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para el llenado del DOCUMENTO 21-C

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA.

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

6 Señalar el número de partida que corresponda

7 Indicar la descripción del bien suministrado

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al

apartado 2 de este documento.

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.

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DOCUMENTO 22

SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES

No. de Solicitud: PAJ (1)

Fecha: (2)

SOLICITANTE: (3)

R.F.C: (4)

DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: (5)

COLONIA: (6)

LOCALIDAD Y MUNICIPIO: (7)

ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: (8)

NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: (9)

CANTIDAD: (10) TIPO MONEDA: (11)

IMPORTE SIN IVA: (12) IMPORTE DEL IVA: (13)

IMPORTE TOTAL: (14)

TIPO DE PAGO: (15) CUENTA BANCARIA: (16)

DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO

CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE:

LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIEN LOS PROPORCIONA.

Autorizó: Recibe:

(17) (18)

Ventanilla Atención a Proveedores C.P. Pajaritos

NOTAS: LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE LAS BASES.

DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO. PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA.

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GUÍA DE LLENADO DE SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DOCUMENTO 22

(1) Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003.

(2) La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012.

(3) Nombre completo de la persona Física o Moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPO VÉRTICE, S.A. DE C.V.

(4) Registro Federal de Contribuyentes de la persona Física o Moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0.

(5) Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

(6) Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar.

(7) Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos.

(8) Estado y Código Postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529.

(9) Número de evento por el que se elabora el documento fiscal. Ejemplo: Venta de Bases de la Licitación 18578011-015-08 y deberá indicar la descripción del servicio.

(10) Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.

(11) Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso.

(12) Anotar el importe total por el que se elaborará el documento SIN IVA.

(13) Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.

(14) Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.

(15) Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT

(16) Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT

(17) Nombre y firma de la persona Física o Moral que solicita la generación del documento.

(18) Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento.