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PETROQUIMICA® COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506- 13 No. Interno: 2009956 Cosoleacaque, Veracruz, a 17 de Octubre de 2013 BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL No. 18578013-506-13 BAJO LA COBERTURA DE LOS CAPÍTULOS O TÍTULOS DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LA QUE SÓLO PODRÁN PARTICIPAR LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS DE PAÍSES CON LOS QUE NUESTRO PAÍS TENGA CELEBRADO UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CAPÍTULO DE COMPRAS GUBERNAMENTALES. TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México- Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Costa Rica, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC-México-Japón y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio: (TLC) México Chile. PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN: SUMINISTRO E INSTALACION DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES CCM-1, CCM-2 Y CCM-E BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54 y 55 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 55, 56, 57 y 58 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, VERSION FINAL 17/OCT/2013 Página 1 de 210

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COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUESUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

JEFATURA DE ADQUISICIONES

Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

Cosoleacaque, Veracruz, a 17 de Octubre de 2013

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA

PRESENCIAL

No. 18578013-506-13BAJO LA COBERTURA DE LOS CAPÍTULOS O TÍTULOS DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LA QUE SÓLO PODRÁN PARTICIPAR LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS DE PAÍSES CON LOS QUE NUESTRO PAÍS TENGA CELEBRADO UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CAPÍTULO DE COMPRAS GUBERNAMENTALES. TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Costa Rica, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC-México-Japón y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio: (TLC) México Chile.

PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN:

SUMINISTRO E INSTALACION DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES CCM-1, CCM-2 Y CCM-E

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54 y 55 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 55, 56, 57 y 58 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE ubicada en Carretera costera del Golfo Km. 39+400 SN, SC, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, con teléfono 01(922) 223-77-07, 223-02-26, 223-77-13, 223-36-29, y correos electrónicos: [email protected], [email protected], [email protected], en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional Diferenciada número 18578013-506-13, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 432-40000-B-1031425, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: SUMINISTRO E

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INSTALACION DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES CCM-1, CCM-2 Y CCM-E (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 27 Documentos.

CRONOGRAMABIENES: SUMINISTRO E INSTALACION DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES CCM-1, CCM-2 Y CCM-

E REQUISICIÓN: 432-40000-B-1031425

MODULO: 1

ACTO FECHA HORA LUGARPUBLICACIÓN DE PREBASES

-NO APLICA- --------------------- ------------------ Portal de Pemex Petroquímica PPQ

PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA 08-10-2013 ------------------Diario Oficial de la Federaciónhttp://www.ptq.pemex.com.

FECHA LIMITE PARA OBTENCION Y PAGO DE BASES

22-10-2013

08:00 A

14:00 HORAS(Ventanilla de

atención a Proveedores)

En convocante: Ventanilla de Atención a Proveedores localizada en el edificio “C” de la Jefatura de Adquisiciones, sito en Carretera Costera del Golfo Km. 39+400 SN, SC, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz.Depósito bancario: En la cuenta indicada en la convocatoria y en el horario de servicio establecido por el banco, y Mediante transferencia electrónica hasta antes de las 24 horas de la fecha límite de pago de bases.

VISITA A INSTALACIONES 17-10-2013 10:00 horasEn el área de la subestación eléctrica de la planta de amoniaco VI y sus servicios Auxiliares del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA BASES 17-10-2013 11:00 HORASSala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

ETAPA DE PRECALIFICACIÓN. -NO APLICA- ------------- ------------------ -------------------------------------------

FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 28-10-2013

10:00 HORASSala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

PLAZOS PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC´S.

29-10-2013AL

04-11-2013

08:00 A

14:00 HORASEn el domicilio de la convocante.

ANALISIS Y EVALUACION DE PROPUESTAS 05-11-2013 -------- -------------------

FECHA, HORA Y LUGAR DE FALLO 11-11-2013 13:00 HORASSala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

PAGO DE ANTICIPO 26-11-2013 ------------------ Ventanilla Única del Departamento de Contabilidad Fiscal.

PLAZO Y FIRMA DEL CONTRATO(26-11-2013)

DENTRO DE LOS 15 DIAS NATURALES

SIGUIENTES AL DE LA NOTIFICACIÓN DEL

FALLO

08:00 A

14:00 HORAS

Ventanilla de Atención a Proveedores localizada en el edificio “C” de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de PEMEX Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el numeral IV.2 del ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o

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Contratistas que ingresen a las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. El Anexo SSPA podrá consultarse en la página electrónica: http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASESDOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

01 Requerimientos Técnicos.02 Aspectos Administrativos.03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

04 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. -NO APLICA-

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta.

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

06-C Formato de la manifestación escrita del licitante para dar cumplimiento al Artículo 23 penúltimo párrafo de las DAC’S. -APLICA PARA LICITANTES NACIONALES-

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.

08-AModelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:Garantizar, el debido cumplimiento de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-B Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado.

09Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar(án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. -OPCIONAL-

11 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.-NO APLICA-

12 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. -NO APLICA-

13

Formato para la manifestación de no estar obligado a presentar total o parcialmente las declaraciones por impuestos federales por tener residencia permanente en el extranjero, así como para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México.

14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.15 Modelo-Guía del Contrato.

16 Causas de Desechamiento.

17 Niveles de inspección de bienes.

18 Formato 4 “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor” que forma parte del “Anexo SSPA”

19 “Cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIObienes suministrados”, emitido por la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el Artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos. Documento 19

19-A Formato Documento 19-A que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 19.

19-B Formato Documento 19-B que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por tratados, de acuerdo al apartado Error: Reference sourcenot found del Documento 19.

19-C Formato Documento 19-C para la declaración del grado de integración nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del Documento 19.

19-D Formato Documento 19-D para la declaración del grado de integración nacional de los bienes que deberá presentar el fabricante del bien, de acuerdo al apartado 6.2 del Documento 19.

20 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones.

Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios.Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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DOCUMENTO 01REQUERIMIENTOS TECNICOSREQUISICION 432-40000-B-1031425

SUMINISTRO E INSTALACION DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES CCM-1, CCM-2 Y CCM-E

PARTIDA CODIFICACIÓN CANTIDAD UNIDAD

DE MEDIDA DESCRIPCION

1 78.46.066 1 PIEZA CENTRO DE CONTROL DE MOTORES.

CCM-1 Y CCM-2 BACK TO BACK CON COMUNICACIÓN FUTURA AL SISTEMA DE CONTROL DISTRIBUIDO DE LA MARCA HONEYWELL, SERVICIO INTERIOR NEMA1, PARA OPERAR EN UN SISTEMA DE 3F-4H, CON BUSES DE COBRE ELECTROLITICO PLATEADO CON UNA DENSIDAD DE 800 amp/in2, CAPACIDAD NOMINAL DE 2000 amp. Y UNA TENSION NOMINAL DE 480 VOLTS VCA, 65 KA DE CAPACIDAD INTERRUPTIVA, FABRICADO BAJO LA NORMAS ANSI Y NEMA.

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE CONSTRUCCIÓN DE LAS SECCIONES DEL CENTRO DE CONTROL DE MOTORES DOS FRENTES (BACK TO BACK):

EL TABLERO PARA EL CENTRO DE CONTROL DE MOTORES EN BAJA TENSION ESTARÁ DISEÑADO, PROBADO Y MANUFACTURADO DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES NORMAS: NMX J-353-1999: (PRODUCTOS ELÉCTRICOS CENTRO DE CONTROL DE MOTORES ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA).NEMA ICS2: (PARA LA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO DE ARRANCADORES).NEMA ICS18: (PARA LA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO DEL TABLERO CENTRO DE CONTROL DE MOTORES EN BAJA TENSIÓN).

LAS CARACTERÍSTICAS DEL INTERRUPTOR Y LAS FUNCIONES QUE DEBE CONTENER LA UNIDAD DE DISPARO DE LOS INTERRUPTORES ELECTROMAGNÉTICOS, PRINCIPALES Y EL DE ENLACE SON LAS SIGUIENTES:

TIPO DE MONTAJE: REMOVIBLETIPO DE OPERACIÓN: ELÉCTRICATENSIÓN DE CONTROL: 120VCACAPACIDAD DEL MARCO: 1600 AMP.CAPACIDAD DEL DISPARO: 1600 AMP.INDICADOR DE DESGASTE DE CONTACTOS PRINCIPALESPREPARACIÓN PARA IZAJE INTEGRADA AL INTERRUPTORINDICADOR DE ESTADO DE RESORTE: CARGADO / DESCARGADOINDICADOR DE ESTADO DE CONTACTOS: DENTRO / FUERAUNIDAD DE DISPARO MICROPROCESADOR LSIGBOTONES DE APERTURA CIERRE MANUAL.BOBINA DE CIERRE 120VCABOBINA DE DISPARO 120 VCAMOTOR DE CARGA DE RESORTES 120 VCABELL ALARM 2 CONTACTOS FORMA C.SWITCH AUXILIAR 4 A/4BMANIJA DE CARGA MANUALINDICADOR DE DISPARO POR FALLA SENSORES DE CORRIENTE: 1600 AMP.PASTILLA DE DISPARO: 1600 AMP.CAPACIDAD DE CORTO CIRCUITO: 65,000 AMP.@ 480VCAPACIDAD DE TIEMPO CORTO: 65,000 AMP.@ 480V.

EL INTERRUPTOR ELECTROMAGNÉTICO DEBERÁ ESTAR EQUIPADO CON UN SISTEMA DE DISPARO DE ESTADO SÓLIDO CONSISTENTE EN TRES SENSORES DE CORRIENTE, UNA UNIDAD DE DISPARO A BASE DE

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MICROPROCESADORES, UNA PASTILLA DE DISPARO (RATING PLUG) Y UNA BOBINA DE DISPARO. LA UNIDAD DE DISPARO TENDRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES DE MEDICIÓN Y PROTECCIÓN:

CORRIENTE EN CADA FASEVOLTAJE ENTRE FASESPOTENCIA REAL, APARENTE Y REACTIVADEMANDAENERGÍAPORCENTAJE DE DISTORSIÓN ARMÓNICAFACTOR DE CRESTAFRECUENCIAFACTOR DE POTENCIARELOJ EN TIEMPO REALCONTADOR DE OPERACIONES CAPTURA DE LOS TRES ÚLTIMOS EVENTOS DE DISPARO.

DISEÑO

LAS SECCIONES DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES (CCM´S) EN BAJA TENSIÓN DEBERÁN SER PARA SERVICIO TIPO NEMA 1A CON EMPAQUES, CONSISTENTES EN SECCIONES VERTICALES Y CON FRENTE MUERTO PARA PREVENIR CONTACTOS ACCIDENTALES CON LOS EQUIPOS ENERGIZADOS QUE SE ENCUENTREN DENTRO DE ÉL, AUTOSOPORTADAS DE TAL MANERA QUE PUEDAN ENSAMBLARSE UNA JUNTO A LA OTRA FORMANDO UNA ESTRUCTURA RÍGIDA. LA PROFUNDIDAD DEBERA SER DE 21 in.

SECCIONES VERTICALES Y COMPARTIMENTOS:

LAS SECCIONES VERTICALES DE LOS CCM´S DEBERÁ PODER ACOMODAR EQUIPOS AL FRENTE Y DETRÁS DEL TABLERO COMPARTIENDO EL MISMO BUS VERTICAL, DEBERÁN SER DISEÑADAS DE FORMA MODULAR, PARA QUE PUEDAN EXTENDERSE MAS ALLÁ DE SUS EXTREMOS LIBRES Y SIN TRANSICIÓN, DIFICULTADES O GASTOS INDEBIDOS CON RESPECTO A OTRAS SECCIONES DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS DE OPERACIÓN (TENSIÓN, CAPACIDAD DE CONDUCCIÓN DE CORRIENTE, ETC.) Y DEL MISMO FABRICANTE.

EL MATERIAL DE LA ESTRUCTURA DE LAS SECCIONES DEBERÁ SER DE LÁMINA DE ACERO DE 2,78 mm DE ESPESOR (CALIBRE 12 USG), ROLADA EN FRÍO, EL MATERIAL DE LAS TAPAS, CUBIERTAS, DIVISIONES O PUERTAS DEBERÁN SER DE LAMINA DE ACERO DE UN ESPESOR DE 1,98 mm (CALIBRE 14 USG) DE ACUERDO CON LA RIGIDEZ MECÁNICA REQUERIDA.

LAS BASES DE LAS SECCIONES DEBERÁN LLEVAR EN SU PARTE INFERIOR UN CANAL DE ANCLAJE (POR SECCIÓN DE EMBARQUE) QUE LAS UNA A TODO LO LARGO DEL TABLERO EN LA PARTE FRONTAL Y POSTERIOR ADEMÁS DEBERÁN TENER PREVISIONES (BARRENOS) PARA ASEGURARLAS AL PISO POR MEDIO DE PERNOS DE ANCLAJE.

EL CCM TENDRÁ BARRAS PRINCIPALES HORIZONTALES COMUNES PARA AMBOS FRENTES DE EXTREMO A EXTREMO, ABAJO Y BARRAS VERTICALES PARA ALIMENTAR A LAS UNIDADES DE CONTROL, DUCTOS DE ALAMBRADO HORIZONTAL Y VERTICAL DE FÁCIL ACCESO DESDE EL FRENTE Y DETRÁS DEL TABLERO PARA ENTRADA Y SALIDA DE CABLES DE FUERZA Y CONTROL. CADA SECCIÓN VERTICAL TENDRÁ DOS DUCTOS DE ALAMBRADO HORIZONTALES, UNO SUPERIOR Y OTRO INFERIOR, CADA UNO DE ELLOS CON UNA ALTURA NO MAYOR DE 229 mm (9 in) ADEMÁS CONTARÁ TAMBIÉN CON UN DUCTO DE ALAMBRADO VERTICAL DEL LADO DERECHO DE LA SECCIÓN VERTICAL CON UN ANCHO NO MENOR DE 101.6 mm (4 in) Y UN ÁREA DE SECCIÓN TRANSVERSAL A TODO LO LARGO DE LA ESTRUCTURA NO MENOR DE 451 cm2 (70 in2). LOS DUCTOS DE ALAMBRADO HORIZONTALES Y VERTICAL ESTARÁN FORMADOS POR CUBIERTAS METÁLICAS QUE LA AÍSLEN DEL BUS PRINCIPAL Y VERTICAL DE LA SECCIÓN Y DEBERÁN TENER PUERTAS CON BISAGRAS PARA SU ACCESO. ADEMÁS DEBERÁ ESTAR PROVISTA EN LA PARTE INFERIOR, DE UN CALENTADOR DE ESPACIO Y CADA GRUPO CON UN MÁXIMO DE TRES SECCIONES VERTICALES CONTROLADO POR UN TERMOSTATO, DE TAL MANERA, QUE SE MANTENGA DENTRO DE LA SECCIÓN UNA TEMPERATURA ARRIBA DE LA DEL PUNTO DE ROCIO. LOS CALENTADORES DE ESPACIO DEBERÁN SER DISEÑADOS PARA OPERAR A 120 V, 150 W, Y CADA CIRCUITO DEBERÁ ESTAR CONECTADO A TRAVÉS DE UN DISPOSITIVO DE PROTECCIÓN ADECUADO. ADEMÁS, TODOS DEBERÁN CONECTARSE A UN CIRCUITO DE ENERGÍA AUXILIAR QUE SERÁ SUMINISTRADO POR PEMEX PETROQUIMICA, EN 220 V C.A., 3 FASES, 4 HILOS.

CADA COMPARTIMENTO DE LA SECCIÓN VERTICAL DEBERÁ ALOJAR LAS UNIDADES EN LA PARTE FRONTAL Y POSTERIOR DEL MISMO (COMBINACIÓN DE ARRANCADOR O INTERRUPTORES TERMOMAGNÉTICOS Y DISPOSITIVOS DE CONTROL, ETC.), CADA UNIDAD DEBERÁ TENER UNA PUERTA FRONTAL O POSTERIOR CON BISAGRAS Y CON BLOQUEOS MECÁNICOS, QUE EVITEN LA APERTURA DE LA MISMA CUANDO LOS MEDIOS DE

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DESCONEXIÓN ESTÉN ENERGIZADOS, PERO DEBERÁ TENER UNA OPCIÓN PARA QUE EL PERSONAL ESPECIALIZADO PUEDA ABRIR LA PUERTA CON SEGURIDAD MIENTRAS EL DISPOSITIVO DE DESCONEXIÓN ESTÉ CERRADO. SE SUMINISTRARÁ OTRO BLOQUEO MECÁNICO QUE IMPIDA AL OPERADOR PONER AL DISPOSITIVO DE DESCONEXIÓN EN LA POSICIÓN DE CONECTADO (ON Ó I) CUANDO LA PUERTA DE LA UNIDAD REMOVIBLE ESTÉ ABIERTA. SERÁ POSIBLE PARA PERSONAL AUTORIZADO DESACTIVAR ESTOS BLOQUEOS. EL INTERIOR DE LAS UNIDADES DEBERÁ DE SER DE COLOR BLANCO PARA TENER UNA MEJOR VISIBILIDAD DE LOS DISPOSITIVOS DE CONTROL DE CADA COMBINACIÓN DE ARRANCADOR O INTERRUPTOR DERIVADO.

UN BLOQUEO QUE NO PODRÁ SER DESACTIVADO SERÁ SUMINISTRADO ENTRE LA PALANCA DEL MECANISMO DEL INTERRUPTOR Y LAS PALANCAS DE INSERCIÓN DE LA UNIDAD PARA PERMITIR LA INSERCIÓN O EL RETIRO DE LA MISMA ÚNICAMENTE CUANDO LA POSICIÓN DEL INTERRUPTOR ESTÉ EN LA POSICIÓN DESCONECTADO (OFF Ó O). LA PALANCA DEL MECANISMO DEL INTERRUPTOR TERMOMAGNÉTICO ESTARÁ PROVISTA DE MEDIOS PARA ASEGURAR LA POSICIÓN EN DESCONECTADO (OFF) MEDIANTE EL USO DE TRES CANDADOS COMO MÍNIMO TAL COMO LO MARCA LA NORMA NEMA ICS18: (PARA LA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO DEL TABLERO CENTRO DE CONTROL DE MOTORES EN BAJA TENSIÓN).

LAS UNIDADES DE CONTROL CONSISTEN DE COMPONENTES TALES COMO: COMBINACIONES DE INTERRUPTOR Y ARRANCADOR PARA MOTORES, INTERRUPTOR PRINCIPAL Y/O DERIVADO O TABLEROS DE ALUMBRADO. CADA UNIDAD SE MONTA EN UN COMPARTIMIENTO METÁLICO INDIVIDUAL AISLADO, QUE CUENTA CON SU PROPIA CUBIERTA, TODAS LAS UNIDADES SERÁN MONTADAS AL FRENTE Y DETRÁS DEL CCM. ASÍ MISMO, LAS TABLILLAS DE CONTROL DEBERÁN ESTAR RATEADAS A 600 V Y DEBEN SER TIPO DESENCHUFABLES, EL LADO HEMBRA DE LA TABLILLA DE CONTROL DEBERÁ SER COLOCADA EN LA PARTE LATERAL DERECHA DE CADA UNIDAD DE CONTROL REMOVIBLE, QUEDÁNDOSE EL CONECTOR MACHO EN EL DUCTO VERTICAL DE ALAMBRADO PARA TENER UNA RÁPIDA REMOCIÓN DE SILLETA Y FÁCIL ACCESO A LA MISMA. LA PARTE POSTERIOR DE CADA SILLETA DE ARRANCADORES SERA ABATIBLE PARA TENER UN ACCESO TOTAL A LOS COMPONENTES PARA DAR MANTENIEMIENTO UNA VEZ EXTRAIDA Y DESCONECTADA.

CADA SECCIÓN ESTÁNDAR DEBERÁ DE TENER TODOS LOS ACCESORIOS Y CONECTORES NECESARIOS PARA FORMAR UNIDADES ENCHUFABLES DEL TIPO MODULAR CON EL OBJETO DE QUE PUEDAN SER DESCONECTADAS Y CONECTADAS EN CUALQUIER ESPACIO LIBRE DEL CCM. TODOS LOS ESPACIOS NO UTILIZADOS DEBERÁN SER CUBIERTOS POR TAPAS Y PREPARADOS PARA ACEPTAR UNIDADES FUTURAS. LAS BARRAS VERTICALES DEBERÁN ESTAR EQUIPADAS CON VENTANAS DE CONEXIÓN LAS CUALES DEBERÁN SER CUBIERTAS POR UNA CORTINA AISLANTE PROTECTORA MANUAL (ES DECIR DE FIBRA DE VIDRIO Y POLIÉSTER) EN CASO DE QUE EL ESPACIO ESTÉ LIBRE, SIN LA UNIDAD DE CONTROL, PARA EVITAR CHOQUES ELÉCTRICOS ACCIDENTALES CON EL OPERARIO.

LA ALTURA DEBE SER DE 2,286 mm (90 in) NOMINAL, SIN INCLUIR LOS CANALES DE ANCLAJE, LA ALTURA DE ÉSTOS NO DEBE SER MAYOR QUE 38 mm (1,5 in). EL FRENTE O LADO POSTERIOR (ANCHO) Y EL FONDO TOTAL DE UNA SECCIÓN ESTÁNDAR DEBE SER DE 508 mm (20 in) X 534 mm (21 in).

BUS PARA SECCIONES VERTICALES Y COMPARTIMENTOS:

LAS BARRAS PRINCIPALES DEBERÁN ESTAR LOCALIZADAS EN LA PARTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN, DE FÁCIL INSTALACIÓN, INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO SIN NECESIDAD DE REMOVER LAS UNIDADES DE CONTROL.

TODAS LAS BARRAS Y CONECTORES DEBERÁN DE SER DE COBRE ELECTROLÍTICO DE ALTA CONDUCTIVIDAD Y DIMENSIONES ADECUADAS PARA LLEVAR CONTINUAMENTE LA CORRIENTE NOMINAL SIN EXCEDER UNA ELEVACIÓN DE TEMPERATURA MÁXIMA DE 338,15 k (65°C) SOBRE 313,15 k (40°C) DE AMBIENTE, PLATEADAS A TODO LO LARGO. LAS BARRAS PRINCIPALES DEBERÁN TENER UNA CAPACIDAD DE 2000 amp. CONTINUOS MÁXIMOS CON DENSIDAD DE CORRIENTE DE 124 amp/cm2 (800 amp/in2). DEBERÁN ESTAR UBICADAS EN LA PARTE SUPERIOR, A TODO LO LARGO DEL CCM, LAS BARRAS PRINCIPALES DEBEN ESTAR CUBIERTAS A TODO LO LARGO CON FUNDA TERMOCONTRACTIL.

LAS BARRAS VERTICALES DEBERÁN EXTENDERSE HACIA ABAJO (CUANDO APLIQUE) A CADA UNA DE LAS SECCIONES Y DEBERÁN SER DEL MISMO MATERIAL Y RECUBRIMIENTO QUE EL DE LAS BARRAS PRINCIPALES Y SU CAPACIDAD DEBERÁ SER DE 600 amp CONTINUOS, CON EL OBJETO DE QUE LAS UNIDADES PUEDAN SER ENCHUFADAS AL 100% EN AMBOS LADOS, LAS BARRAS VERTICALES SERÁN COMÚNES PARA LAS UNIDADES DE CONTROL MONTADAS EN LA PARTE FRONTAL O POSTERIOR Y DEBERÁN SER CONECTADAS DIRECTAMENTE A LAS BARRAS HORIZONTALES SIN INTERCONEXIONES ENTRE LAS MISMAS. DEBERÁ SER POSIBLE APRETAR LOS TORNILLOS DE LAS BARRAS VERTICALES Y HORIZONTALES CON UNA SOLA HERRAMIENTA.

EL CCM DEBERÁ SUMINISTRARSE CON UNA BARRA DE COBRE PLATEADA COMÚN, DE PUESTA A TIERRA, PARA TODOS LOS COMPARTIMENTOS Y SECCIONES, ESTA BARRA DEBERÁ SER DE COBRE, LA CAPACIDAD DE LA BARRA DE TIERRA, DEBERÁ SER AL MENOS DEL 33% (POR CIENTO) DE LA CAPACIDAD DE LA BARRA PRINCIPAL, Y NO MENOR A 300 amp. UN CONECTOR (UNA ZAPATA DE BARRIL SIN COSTURA) DEL TIPO COMPRESIÓN DEBERÁ

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SER SUMINISTRADO EN CADA EXTREMO DEL CCM Y DEBERÁ SER ADECUADA PARA RECIBIR CABLE CON UNA SECCIÓN TRANSVERSAL DE 107,2 mm2 (CALIBRE 4/0-250 kcmil).

TAMBIÉN SE DEBERÁ SUMINISTRAR UNA BARRA DE PUESTA A TIERRA A TODO LO ALTO DE CADA SECCIÓN VERTICAL, ESTA BARRA DEBE SER INSTALADA DE TAL MANERA QUE LAS UNIDADES DE ARRANCADORES MEDIANTE UN CLIP SE CONECTEN A LA MISMA ANTES DE QUE LOS CLIPS DE FUERZA SE CONECTEN A LAS BARRAS DE ALIMENTACIÓN VERTICAL Y DEBERÁ DE DESCONECTARSE SOLAMENTE DESPUÉS DE QUE LOS CLIPS DE FUERZA SE DESCONECTEN A TRAVÉS DE LA EXTRACCIÓN DE LA UNIDAD. TANTO LA BARRA HORIZONTAL COMO LA BARRA VERTICAL DEBERÁN ESTAR DISEÑADAS PARA SOPORTAR UNA CORRIENTE DE CORTOCIRCUITO DE 42000 amp., EFICACES MÍNIMO.

LAS BARRAS PRINCIPALES DEL CCM DEBERÁN TENER UNA FUNDA TERMOCONTRACTIL Y DEBEN SER ADECUADAS PARA SOPORTAR LOS ESFUERZOS TÉRMICOS Y MAGNÉTICOS RESULTANTES DE LA CORRIENTE MÁXIMA DE CORTOCIRCUITO.

LOS CUBÍCULOS DEBEN ESTAR COMPLETAMENTE AISLADOS DE LAS BARRAS COLECTORAS PRINCIPALES Y DERIVADAS PORMEDIO DE BARRERAS DE ACERO EN TRES LADOS; ARRIBA, ABAJO Y AL FONDO, ASÍ COMO BARRERAS NO CONDUCTIVAS EN LOS HUECOS HACIA LOS DUCTOS DE CABLEADO DE LA SECCIÓN, PARA MINIMIZAR LA TRANSFERENCIA DE GASES IONIZADOS Y PARA CONTENER LAS FALLAS DE LOS EQUIPOS SÓLO A LA PARTE BAJO FALLA, EVITANDO QUE SE EXTIENDA A LOS COMPARTIMENTOS CONTIGUOS.

TODAS LAS BARRAS Y LAS CONEXIONES DE ACOPLAMIENTO DEBERÁN ESTAR AISLADAS DE LOS COMPARTIMENTOS DE LAS UNIDADES Y DE LOS DUCTOS DE ALAMBRADOS. LAS BARRAS HORIZONTALES DEBERÁN SER MONTADAS EN UN SOPORTE DE FIBRA DE VIDRIO POLIÉSTER MOLDEADO, EL CUAL DEBERÁ SOPORTAR A LAS BARRAS CONTRA LOS ESFUERZOS GENERADOS DURANTE UNA FALLA DE CORTOCIRCUITO. LAS BARRAS HORIZONTALES DEBERÁN ESTAR AISLADAS DEL DUCTO HORIZONTAL SUPERIOR POR DOS BARRERAS METÁLICAS CONECTADAS A TIERRA.

LAS BARRAS VERTICALES DEBERÁN ESTAR AISLADAS POR UN SOPORTE DE FIBRA DE VIDRIO Y POLIÉSTER MOLDEADO, EL CUAL TENDRÁ DOS PROPÓSITOS, EL PRIMERO ES EL MANTENER AISLADO AL OPERARIO EN FUNCIONES DE MANTENIMIENTO Y EL SEGUNDO SOPORTAR Y PROTEGER A LAS BARRAS CONTRA LOS ESFUERZOS GENERADOS DURANTE UNA FALLA DE CORTOCIRCUITO, ADEMÁS DE QUE ESTE ENVOLVENTE NO PERMITIRÁ QUE SE DISPERSEN MATERIALES QUE PUEDAN DAÑAR COMPARTIMENTOS ADYACENTES.

ESTA ENVOLVENTE DEBERÁ TENER VENTANAS A CADA 76 mm PARA PERMITIR LA CONEXIÓN DE LAS UNIDADES ARRANCADORAS. CADA VENTANA DEBERÁ DE ESTAR PROVISTA DE UNA CORTINA MANUAL PARA ENCERRAR LAS PARTES VIVAS Y MANTENER EL FRENTE MUERTO CUANDO NO HAYA DISPOSITIVO DE CONTROL O PROTECCIÓN. LAS BARRERAS METÁLICAS DEBERÁN SER PROPORCIONADAS EN LA ESTRUCTURA VERTICAL Y EN LOS DISPOSITIVOS DE CONTROL PARA PREVENIR EL CONTACTO DE BARRAS ENERGIZADAS O CUALQUIER TERMINAL DE FUERZA.

SECCION PRINCIPAL CCM-1/2 DE 2000 AMPERES CON SECCION DE ACOPLAMIENTO

INTERRUPTORES ELECTROMAGNETICOS

El INTERRUPTOR PRINCIPAL TIPO ELECTROMAGNÉTICO DE ENERGIA ALMACENADA DEBERA ESTAR CONSTRUIDO BAJO LA NORMA ANSI DE 1600 amp - 3 POLOS. CON SENSOR Y PASTILLA DE DISPARO DE 1600 amp. MONTAJE REMOVIBLE, OPERACIÓN ELECTRICA Y MANUAL, CON UNIDAD DE DISPARO DE ESTADO SOLIDO CON MEDICION DIGITAL INTEGRADA DE PARAMETROS ELECTRICOS Y FUNCIONES DE DISPARO AJUSTABLES POR SOBRECORRIENTE DE TIEMPO LARGO . TIEMPO CORTO. INSTANTÁNEO Y FALLA A TIERRA, ESTAS FUNCIONES SE DEBEN PODER INTEGRAR AL SISTEMA DIGITAL DE MONITOREO Y CONTROL (SDMC), DE ACUERDO AL NUMERAL 8.4.13.1 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

LA SECCION QUE ALOJARA AL INTERRUPTOR ELECTROMAGNETICO DEBERA DE CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS DE ANSI/IEEE C37.20.1, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.1.1.1 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.EL INTERRUPTOR DEBE CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS DE ANSI/IEEE C37.13, ANSI/IEEE C37.16, ANSI/IEEE C37.17 Y DEBERAN DE TENER CERTIFICADO UL 1066, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.4.13.8 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

CON LOS SIGUIENTES ACCESORIOS:- BOBINA DE DISPARO - BOBINA DE CIERRE - MOTOR ELÉCTRICO- MÓDULO DE COMUNICACIÓN MODBUS.- JUEGOS DE 4 CONTACTOS DE INDICACIÓN ABIERTO/CERRADO DEL INTERRUPTOR

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- CONTACTOS PARA INDICAR LA POSICIÓN CONECTADO - CONTACTOS PARA INDICAR LA POSICIÓN DESCONECTADO- CONTADOR MECÁNICO DE OPERACIONES- CONTACTO LISTO PARA CERRAR DE ACUERDO AL FABRICANTE- PERSIANAS DE SEGURIDAD- LÁMPARAS INDICADORAS ROJA-VERDE TIPO LED- CONMUTADOR TIPO PISTOLA PARA CIERRE Y APERTURA DEL INTERRUPTOR.- RELEVADOR DE BLOQUEO, DISPARO ELECTRICO, RESTABLECIMIENTO MANUAL ANSI 86.

TRANSFORMADORES DE CORRIENTE.REL 1600/5 amp, TIPO DONA, CLASE DE PRESICION 0.3, DEBEN CUMPLIR CON IEEE C57.13, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.3.6.2.1 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

TRANSFORMADORES DE POTENCIAL DE BUS REL. 480/120 V, TIPO SECO, CLASE W, CLASE DE PRESICION 1.2, DEBEN CUMPLIR CON IEEE C57.13, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.3.6.2.1 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

UNIDAD MULTIFUNCIONAL DE ESTADO SOLIDO PARA PROTECCION DE BAJO Y SOBRE VOLTAJE, BAJA Y ALTA FRECUENCIA, DESBALANCEO DE VOLTAJE, POTENCIA INVERSA, ALARMAS EN VOLTAJE, FRECUENCIA, ROTACION DE FASE. PARÀMETROS DE MEDICIÒN: VOLTAJE, AMPERAJE, POTENCIAS DEMANDAS Y ALARMA DE DEMANDA.

UNIDAD DE DISPARO DE ESTADO SOLIDO:

LA UNIDAD DE DISPARO DE ESTADO SÓLIDO DEBE TENER AL MENOS LAS SIGUIENTES FUNCIONES: A) MEDICIONES DE VALOR REAL Y EFICAZ. B) CALIBRACION DE DISPARO (LSIG). C) ALARMA Y DISPARO POR FALLA A TIERRA. D) CALIBRADOR DE VALORES NOMINALES. E) LED INDICADOR DE DISPARO. F) LED INDICADOR DE DISPARO POR TIEMPO LARGO. G) MEDICION DIGITAL DE PARAMETROS ELECTRICOS. H) MEDICIONES POR FASE. I) ENCLAVAMIENTO SELECTIVO DE ZONA. J) CAPACIDAD DE COMUNICACIÓNDE ACUERDO AL NUMERAL 8.4.13.7 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

EQUIPO DE MEDICIÓN:

UNIDAD DE MEDICION MULTIFUNCIONAL CON DISPLAY INTEGRADO, 10 MB DE MEMORIA, CAPTURA DE FORMAS DE ONDAS A 256 MUESTRAS/CICLOS, PUNTOS DE AJUSTE, E/S ANÁLOGA Y DIGITAL, Y COMUNICACIÓN MULTIPUERTO RS-232/485, RS-485, ÓPTICO EN PANEL FRONTAL, SALIDA ETHERNET, 8 ENTRADAS DIGITALES, 4 SALIDAS DIGITALES. PARÁMETROS DE MEDICIÓN: VOLTAJE (LINEA A LÍNEA, LÍNEA - NEUTRO): POR FASE, MÍN/MÁX, DESBALANCE PRECISIÓN 0.1%, FRECUENCIA: TIEMPO REAL, MÍN, MÁX, PRECISIÓN +/- 0.005 Hz, CORRIENTE: I1, I2, I3 PRECISIÓN 0.1%, CORRIENTE: I4, I5 PRECISIÓN 0.4%, POTENCIA: REAL (kW), REACTIVA (KVAR), APARENTE (KVA), POR FASE Y TOTAL CLASE 0,2S, ENERGÍA: REAL (kWH), REACTIVA (KVARH), APARENTE (KVAH), DE ENTRADA Y SALIDA, KWA, KVA DEMANDA, CALCULADA CLASE 0,2S, FACTOR DE POTENCIA: 0.2%. CALIDAD DE LA ENERGÍA: HARMÓNICOS INDIVIDUALES, HASTA LA 63 VA HARMÓNICA. FORMA DE ONDA DE VOLTAJE REPORTES: DE CADA DISTURBIO EN MAGNITUD Y DURACIÓN, Y REPORTE DE SUBDISTURBIO DE EVENTO, ANALIZA LA INFORMACIÓN DEL DISTURBIO PARA DETERMINAR LA DIRECCIÓN DEL DISTURBIO LOS RESULTADOS LOS DEPLIEGA EN UN ARCHIVO DE EVENTOS.

UNIDADES COMBINADAS PARA CONTROL DE MOTORES (ARRANCADORES A TENSIÓN PLENA NO REVERSIBLE)

LAS UNIDADES COMBINADAS DEBEN SER REMOVIBLES HASTA TAMAÑO NEMA 4, UNIDADES MAYORES DEBEN SER MONTAJE FIJO.PARA LAS UNIDADES FIJAS, PEMEX PETROQUIMICA REQUIERE QUE LA CONEXIÓN A BARRAS DERIVADAS SE REALICE POR MEDIO DE BARRAS DE COBRE RÍGIDA O FLEXIBLE, NO SE ACEPTAN CABLES.

LOS ARRANCADORES COMBINADOS A TENSIÓN PLENA NO REVERSIBLE DEBEN SER NORMA NEMA PARA 600 V, 3 FASES, 60 Hz, INTEGRADOS POR INTERRUPTOR TERMOMAGNÉTICO EN CAJA MOLDEADA, CONTACTOR MAGNÉTICO Y RELEVADOR DE SOBRECARGA, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.3.1.2 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.

CADA ARRANCADOR DEBE SER EQUIPADO CON LOS DISPOSITIVOS SIGUIENTES:

- INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO.

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- MANIJA DE OPERACIÓN EXTERNA DEL INTERRUPTOR TERMOMAGNÉTICO.- CONTACTOR MAGNETICO NORMA NEMA.- RELEVADOR DE SOBRECARGA DE ESTADO SOLIDO CON RANGO AJUSTABLE CON PUERTO DE COMUNICACIÓN, CON CONTACTOS AUXILIARES PARA SEÑALIZACIÓN DE DISPARO POR SOBRECARGA, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.3.13.3 DE LA NRF-247-PEMEX-2010. LOS PROTOCOLOS DE COMUNICACIÓN QUE SE ACEPTAN PARA LOS ELEMENTOS ELECTRÓNICOS CON PUERTOS DE COMUNICACIÓN SON; MODBUS, DEVICENET O PROFIBUS, ADICIONALMENTE DEBEN CONTAR CON ETHERNET TCP/IP, DE ACUERDO AL NUMERAL 8.1.1.22.2 DE LA NRF-247-PEMEX-2010.- BOTON DE REESTABLECIMIENTO EXTERIOR DEL RELEVADOR DE SOBRECARGA.-TRANSFORMADOR DE CONTROL CON RELACION 480/120, DE 100 VA, CON PORTAFUSIBLE Y FUSIBLE PARA PROTECCION EN EL PRIMARIO Y SECUNDARIO.- ACOMETIDA PARA LOS CALENTADORES DE ESPACIO DEL MOTOR, (ÚNICAMENTE PARA MOTORES DE 55,9 kW (75 CP) Y MAYORES, LA RESISTENCIA CALEFACTORA DEL MOTOR DEBE ALIMENTARSE DESDE UNA FUENTE INDEPENDIENTE DEL ARRANCADOR Y A TRAVÉS DE UN CONTACTO AUXILIAR NORMALMENTE CERRADO (NC).- ESTACION DE BOTONES DE 22 mm DE DIAMETRO: ARRANCAR CON BOTON OPERADOR COLOR NEGRO CON 1 CONTACTO N.A. Y PARAR CON BOTON OPERADOR COLOR ROJO CON 1 CONTACTO N.C.- SWITCH SELECTOR MANUAL- FUERA - AUTOMATICO.- LAMPARA INDICADORA "VERDE" CON PLACA DE LEYENDA "PARADO" TIPO LED DE 22 mm DE DIAMETRO.- LAMPARA INDICADORA "AMBAR" CON PLACA DE LEYENDA "FALLA" TIPO LED DE 22 mm DE DIAMETRO. - LAMPARA INDICADORA "ROJA" CON PLACA DE LEYENDA "OPERANDO" TIPO LED DE 22 mm DE DIAMETRO.- TABLILLAS TERMINALES CON 3 PUNTOS PARA CONTROL REMOTO ARRANCAR-PARAR.- INTERIOR BLANCO.- PLACA DE LEYENDA PARA IDENTIFICACION DEL EQUIPO.

ACABADO DEL GABINETE.

TODAS LAS SUPERFICIES METÁLICAS EXCEPTO LAS GALVANIZADAS DEBEN RECIBIR UN TRATAMIENTO ANTICORROSIVO CONFORME A LO QUE SE ESTABLECE EN NRF-053-PEMEX, PARA AMBIENTE 3, SISTEMA 2 (HÚMEDO CON SALINIDAD Y GASES DERIVADOS DEL AZUFRE Y OTROS).

EL RECUBRIMIENTO RA-28 EN COLOR VERDE RESEDA RAL 6011 DE ACUERDO A LA TABLA 1 DE LA NRF-009-PEMEX-2012, CÓDIGO DE COLORES SISTEMA RAL.

NOTAS PARA EL LICITANTE:

1.- ENTREGAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DEL CATÁLOGO, FICHA TÉCNICA O FOLLETOS DEL FABRICANTE DE LA MARCA PROPUESTA IDENTIFICANDO PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS OFERTADAS, LAS CUALES DEBERÁN SER CONGRUENTES CON LO SOLICITADO.LOS CATÁLOGOS O FICHAS TÉCNICAS EN IDIOMA EXTRANJERO, DEBERÁN PRESENTARSE CON UNA TRADUCCIÓN SIMPLE AL ESPAÑOL.

2.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE Y EN SU CASO ENTREGUE SON NUEVOS.

3.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA EL CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS ANSI Y NEMA, NMX J-353-1999 NRF-247-PEMEX-2010, O LA NORMA QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE FABRICACIÓN DE LOS BIENES.

4.- PARA BIENES NACIONALES:DEBERÁ MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA EN CADA UNA DE LAS PARTIDAS EL PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL, EL CUAL DEBERÁ SER DEL 65% COMO MÍNIMO.PARA BIENES EXTRANJEROS:DEBERA MANIFESTAR EL 0%.

5.- EL ALAMBRADO DEL ARRANCADOR SERA DE ACUERDO A LOS DIAGRAMAS PROPORCIONADOS POR PEMEX-PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

6.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE RESPETARA LAS MEDIDAS DE LAS PLANTILLAS DE LOS CENTROS DE CONTROL EXISTENTES ANEXO 1/1A.

7.- MANIFERTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE RESPETARA EL DISEÑO PROPUESTO DE LOS CENTROS DE CONTROL DE MOTORES ANEXO 2/2A/2B/2C/2D.

8.- INCLUIR EN SU PROPUESTA TÉCNICA CURSO DE CAPACITACIÓN.

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9.- SECCION DE DIAGRAMAS, ANEXO 1/1 A y ANEXO 2/2A/2B/2C/2D DE LOS NUMERALES SIGUIENTES:

5.- EL ALAMBRADO DEL ARRANCADOR SERA DE ACUERDO A LOS DIAGRAMAS PROPORCIONADOS POR PEMEX-PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

6.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE RESPETARA LAS MEDIDAS DE LAS PLANTILLAS DE LOS CENTROS DE CONTROL EXISTENTES ANEXO 1/1A.

7.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA QUE RESPETARA EL DISEÑO PROPUESTO DE LOS CENTROS DE CONTROL DE MOTORES ANEXO 2/2A/2B/2C/2D.

10.- EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ INCLUIR PLANOS DE CONSTRUCCIÓN DEL EQUIPO (BASE, ALTURA Y PROFUNDIDAD DE CADA UNA DE LAS SECCIONES), DE ACUERDO A LOS ALCANCES Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN PROPUESTO Y APAGARSE A LOS ESPACIOS EXISTENTES ENTRE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES UBICADOS EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA NO. 119-3 DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

11.- EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ ANEXAR COPIA DEL CERTIFICADO UL, DANDO CUMPLIMIENTO AL NUMERAL 8.1.1.24 DE LA NORMA NRF-247-PEMEX-2010 QUE INDICA LO SIGUIENTE: EL CCM FABRICADO DE ACUERDO A LA NORMA NMX-J-353-ANCE, LA QUE ESTÁ ARMONIZADA CON UL-845 QUINTA EDICIÓN, Y POR NO EXISTIR EN ESTE MOMENTO EN TERRITORIO NACIONAL CERTIFICACIÓN PARA ESTE TIPO DE EQUIPOS, SE REQUIERE CERTIFICADO UL.

12.- LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN ACREDITAR SU EXPERIENCIA TÉCNICA EN HABER REALIZADO POR LO MENOS DOS CONTRATOS FINIQUITADOS EN APLICACIONES SIMILARES, QUE IMPLIQUEN EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CENTROS DE CONTROL DE MOTORES (CCMS), POR LO QUE DEBERÁN ANEXAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, EL CURRÍCULUM VITAE DE LA EMPRESA, EN LA CUAL SE INCLUYA UNA RELACIÓN DE LOS TRABAJOS SIMILARES AL SOLICITADO, DICHA RELACIÓN DEBERÁ INCLUIR COMO MÍNIMO LO SIGUIENTE:

A) COMPAÑÍA O DEPENDENCIA CONTRATANTE.B) MONTO DEL PROYECTO.C) DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO.D) LUGAR Y FECHA DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.E) COPIA DE CONTRATOS, DONDE SE INDIQUEN QUE SE REALIZARON LOS TRABAJOS DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE CENTRO DE CONTROL DE MOTORES (CCM). F) COPIA DEL ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN O CARTA FINIQUITO DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, EMITIDA POR EL CONTRATANTE DE DICHO PROYECTO, DONDE SE COMPRUEBE LA PARTICIPACIÓN DEL LICITANTE.

13.- LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN ACREDITAR QUE SU PERSONAL DEBE CONTAR CON UNA EXPERIENCIA MÍNIMA DE 1 AÑO ACUMULADO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS DE LA MISMA MAGNITUD QUE INCLUYAN CENTROS DE CONTROL DE MOTORES (CCM´S), PARA LO CUAL EL LICITANTE DEBERÁ ANEXAR A SU OFERTA, LOS ANTECEDENTES Y CURRÍCULUM VITAE DE ESTE PERSONAL, DICHO CURRÍCULUM DEBERÁ SER RESPALDADO CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:NOMBRE DEL PROYECTO, PERIODO DE TRABAJO, PUESTO DESEMPEÑADO Y UNA DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS.

14.- EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ INTEGRAR, LA DOCUMENTACIÓN QUE AVALE LA EXPERIENCIA DEL PERSONAL EN MATERIA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, LA CUAL DEBERÁ CONTEMPLAR LO SIGUIENTE:

CURRÍCULUM VITAE DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (SSPA), EN DONDE ACREDITE QUE CUENTA CON UNA EXPERIENCIA MÍNIMA DE 2 AÑOS ACUMULADOS EN SEGURIDAD INDUSTRIAL, MEDIANTE COPIAS DE DOCUMENTACIÓN EMITIDAS POR EL CONTRATANTE, TALES COMO CREDENCIALES O COPIAS DE MINUTAS.

15.- EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ INTEGRAR LO SOLICITADO EN EL NUMERAL 8.7.1 DE LA NORMA NRF-247-PEMEX-2010, QUE INCLUYE LO SIGUIENTE:

A) DIAGRAMA UNIFILAR.B) DIBUJO O CROQUIS CON EL ARREGLO FÍSICO DEL CCM MOSTRANDO LA UBICACIÓN DE LAS UNIDADES.

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C) LISTA DE LOS INSTRUMENTOS Y RELEVADORES.D) CONEXIONES AL SDMC O SISTEMA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.E) INFORMACIÓN TÉCNICA DE LOS DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN.F) CATÁLOGOS ORIGINALES E INFORMACIÓN TÉCNICA DEL EQUIPO EN ESPAÑOL.G) LISTA DE PARTES DE REPUESTO RECOMENDADAS POR EL FABRICANTE PARA DOS AÑOS DE OPERACIÓN.H) EL CUESTIONARIO TÉCNICO DEL ANEXO 12.3 DE ESTA NRF TOTALMENTE CONTESTADO.

NOTAS PARA EL PROVEEDOR:

1.- ENTREGAR GARANTÍA COMERCIAL POR ESCRITO DE 12 MESES EN OPERACIÓN.

2.- ENTREGAR EL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN DE LOS BIENES SUMINISTRADOS DE ORIGEN EXTRANJERO.

3.- ENTREGAR LOS BIENES DEBIDAMENTE EMPACADOS PARA EVITAR DAÑOS DURANTE LAS MANIOBRAS DE CARGA, TRANSPORTE Y DESCARGA.

4.- INFORMAR POR ESCRITO CON 48 (CUARENTA Y OCHO) HORAS DE ANTICIPACIÓN AL USUARIO RESPONSABLE DE RECIBIR LOS BIENES, DE LA ENTREGA DEL MATERIAL AL ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

5.- ENTREGAR CERTIFICADO DE CALIDAD DEL FABRICANTE AL SUMINISTRAR LOS BIENES.

6.- ENTREGAR MALETA DE CALIBRACIÓN

7.- ENTREGAR PRUEBAS DE LOS INTERRUPTORES PRINCIPALES DE LOS CENTRO DE CONTROL DE MOTORES.

8.-PEMEX-PETROQUIMICA SERA RESPONSABLE DE PROPORCIONAR LOS EQUIPOS DE TRANSPORTE E IZAJE PARA LA INSTALACION DE LOS CCM'S (ALMACEN-AREA DE INSTALACION, AREA DE INSTALACION-AREA DE CONFINACION).

SERA RESPOSABILIDAD DEL PROVEEDOR REALIZAR LAS MANIOBRAS NECESARIAS PARA LA DESINSTALAR E INSTALAR LOS CCM'S. ASI COMO DE EFECTUAR LAS MANIOBRAS NECESARIAS PARA EL TRANSPORTE DE LOS MISMOS.

SERA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR REALIZAR LAS ADECUACIONES NECESARIAS PARA LA INSTALACION DE LOS EQUIPOS, ACCESORIOS DE CONEXION, ASI COMO DE LA PUESTA EN OPERACION DE LOS MISMOS.

9.- ENTREGAR LOS REPORTES DE PRUEBAS ELECTRICAS EN LA FABRICACION DE LOS EQUIPOS OFERTADOS, EMITIDOS POR EL FABRICANTE, AVALADOS POR LA EMA O UL.

10.- EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ DE INDICAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR, ENTREGARÁ UNA CARTA COMPROMISO INDICANDO QUE PROPORCIONARÁ ASISTENCIA Y SOPORTE TÉCNICO, GARANTIZANDO LA EXISTENCIA DE PARTES DE REPUESTO EN EL MERCADO POR UN PERIODO MÍNIMO DE 10 AÑOS, TAL COMO LO MARCA EL NUMERAL 8.8.2 DE LA NORMA NRF-247-PEMEX-2010.

NOTAS GENERALES:

1.- DEBERÁ CONSIDERAR DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA LOS 7 DÍAS NATURALES QUE LA ENTIDAD LLEVA EN INSPECCIONAR LOS BIENES.

2.- LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES SE REALIZARA DE CONFORMIDAD CON LO INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CON CLAVE: PA-800-70600-01 REV. 01 DE FECHA DE 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2009.

3.- LOS NUMERALES DEL NIVEL DE INSPECCIÓN III QUE APLICAN SON LOS SIGUIENTES:

1) ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES2) LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS.

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3) CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS4) LAS PRUEBAS FINALES.5) EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS6) MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA DEL BIEN Y NÚMEROS DE PARTES.7) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO.

4.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN.

AL REALIZAR LA INSPECCIÓN DE BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COMO MÍNIMO COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

a) REMISIÓN O FACTURA. b) PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. c) CERTIFICADO DE ORIGEN.d) GARANTÍA COMERCIAL.e) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO.f) RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO.g) PROTOCÓLO DE PRUEBAS.h) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.i) CONTRATO Y SUS ANEXOS.

5.- LOS BIENES DEBERAN SER ENTREGADOS EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

6.- LUGAR A DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN: RECEPTORIA DE MATERIALES ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.DOMICILIO: CARRETERA COSTERA DEL GOLFO KM 39+400, S/N, S/C, C.P.96340. COSOLEACAQUE, VERACRUZ, TELEFONO: 01-922-2237701 EXT.35-175. EN DIAS HABILES Y CON EL SIGUIENTE HORARIO DE RECEPCION DE LOS BIENES: 08:00 A 14:00 HRS.

7.- SE PACTARA VISITA A LAS INSTALACIONES.

8.- SE OTORGARA UN ANTICIPO DEL 30%.

9.- METODO DE EVALUACION SERA: BINARIO

10.- PENALIZACIONES:10.1.- ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HARÁ ACREEDOR POR ATRASO EN EL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES, SE CALCULARÁN A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS, POR UN MONTO EQUIVALENTE A 0.2% DEL VALOR DE LOS BIENES ENTREGADOS CON ATRASO POR CADA DÍA CALENDARIO Y HASTA EL 10% DEL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

11.- PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO "SSPA".EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN Y ESPECIFICAN EN EL FORMATO 4 DEL ANEXO "SSPA" DEL CONTRATO QUE SE PACTE, PEMEX PETROQUÍMICA APLICARÁ LAS PENALIZACIONES (DEDUCCIONES) ESTIPULADAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL FORMATO 6 DEL REFERIDO ANEXO "SSPA", CONSIDERANDO PARA ELLO LOS MECANISMOS Y REGLAS DE APLICACIÓN ESTABLECIDOS EN LOS APARTADOS EN EL "ANEXO SSPA" SIGUIENTES: "GUIA DE LLENADO", "REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DEL ANEXO SSPA" Y "CLASIFICACION DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO".

12.- INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL.DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 23 PÁRRAFO SEGUNDO DE LAS DAC´S REFERENTE AL "CONTENIDO NACIONAL", SI COMO RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES ENTREGADOS POR EL PROVEEDOR SE DETERMINA QUE DICHO CONTENIDO NACIONAL ES MENOR AL OFERTADO EN SU PROPUESTA DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL DOCUMENTO 19, EL ÁREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL QUE SERÁ DETERMINADA DE ACUERDO A: 10% DEL VALOR DE LOS BIENES, PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS SUMINISTRADAS DEL CONTRATO Y QUE PODRÁ SER DEDUCIDA DE CUALQUIER CANTIDAD DEBIDA O PAGADERA AL PROVEEDOR CONFORME AL CONTRATO QUE SE PACTE Y HASTA EL MOMENTO EN QUE EL PROVEEDOR REGULARICE ESTA SITUACIÓN.

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13.- EL LUGAR EN DONDE SE IMPARTIRÁ EL CURSO SERÁ EN LA SALA DE CAPACITACIÓN DEL TALLER DE MANTENIMIENTO ELÉCTRICO, Y SERÁ PARA SEIS PERSONAS. EL CURSO SERÁ CON UNA DURACIÓN DE 20 HORAS, CUATRO HORAS POR DÍA.

.

SECCION DE DIAGRAMAS, ANEXO 1/1A y ANEXO 2/2A/2B/2C/2DNOTAS PARA EL LICITANTE Numerales 5, 6 y 7 del DOCUMENTO 01

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DOCUMENTO 02ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

1.1 Para consulta y obtención.

1.2 Pago de bases.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. -NO APLICA-

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. 3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. -NO APLICA-

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y

desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos

de comunicación electrónica. -NO APLICA-

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuesta.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuesta.

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Negociación de precios. -NO APLICA-

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. -NO APLICA-

5. Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuesta.

9. Fallo.

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10. Inconformidades.

11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1 Contrato.

12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. -NO APLICA-

12.1.3 Ordenes de Suministro. -NO APLICA-

12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

12.3. Inspección de los Bienes.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

12.4 Garantías

12.5. Anticipo.

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Precios. -NO APLICA-

12.7. Facturación.

12.7.1 Facturación por compra de bases de licitación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Fuentes de Financiamiento. -NO APLICA-

12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13. Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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Este procedimiento de contratación se convoca como: LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL.

Bajo la cobertura de los Capítulos o Títulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio Suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, siguientes:

TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Costa Rica, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC-México-Japón), y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio: TLC México Chile.

Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las Bases de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta y obtención de bases::

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la ventanilla de atención a proveedores de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en la planta baja del Edificio “C” de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México, con teléfono 01(922) 223-77-07, 223-02-26, 223-77-13, 223-36-29 y correos electrónicos: [email protected], [email protected], [email protected].

B. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

C. La fecha límite para la venta y obtención de bases de licitación será el día: 22 de octubre de 2013 en horario de 08:00 a 14:00 horas.

1.2 Pago de Bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación y tienen un costo de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A:

En la Ventanilla de Atención a proveedores de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en Carretera Costera del Golfo km. 39+400 S/N, S/C, C.P. 96730 Cosoleacaque, Veracruz, México, en la planta baja del Edificio “C” de la Superintendencia de

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Recursos Materiales, se les extenderá un formato de pago (3 originales), para que se realice el pago mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la

Convocante, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana, en el horario comprendido de las 08:00 horas a las 14:00 en la Ventanilla Única del Área de Finanzas, debiendo devolver un original debidamente sellado por dicha ventanilla, a la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones

A través del sistema de pago en banco, en el horario de servicio establecido por el banco, Mediante depósito en firme, a Favor de PEMEX PETROQUÍMICA, en el Banco: BBVA BANCOMER en la CUENTA BANCARIA No. 0162378531, SUCURSAL 7707 CORPORATIVA VILLAHERMOSA, Cuenta CLABE 012790001623785313, (para referencia el comprobante debe contener el número de Licitación y el RFC del Licitante).

Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases.

Mediante transferencia electrónica hasta antes de las 24 horas de la fecha límite de pago de bases el licitante deberá incorporar en la referencia de pago el número de la licitación y su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), enviando a la convocante mediante correo electrónico, copia del testigo de pago así como del aviso de inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes, incluyendo su domicilio fiscal, con el propósito de que el área de finanzas emita la facturación respectiva.

El pago de bases para licitantes extranjeros será su equivalente en Dólares Americanos.

Será obligatorio presentar el comprobante del recibo de pago correspondiente con sello del banco o bien el recibo emitido por el área de facturación de la convocante, lo anterior para obtener las bases y participar en cualquiera de los eventos de esta licitación.

Los licitantes para obtener su comprobante Fiscal por facturación por compra de bases de licitación, deberán entregar o enviar la solicitud (Documento 20) y los documentos requeridos en el horario de 8:30 a 13:00 horas en la misma fecha del día en que se realice el pago, con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI  (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente, a las direcciones de correo electrónico: [email protected], [email protected] y [email protected]. En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores.

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-NO APLICA-

Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite 22-octubre-2013.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

2.2 Participación de Testigos Sociales. -NO APLICA-

De conformidad con el artículo 85 de las DAC´S, PEMEX PETROQUÍMICA informa a los licitantes que en este procedimiento de contratación participa un testigo social, registrado ante la Secretaria de la Función Pública.

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes.

La visita al sitio donde se instalarán los bienes se llevará a cabo el día 17 DE OCTUBRE DEL 2013 a las 10:00 horas en: el Área de la Subestación Eléctrica de la Planta de Amoniaco VI y sus Servicios Auxiliares del Complejo Petroquímico Cosoleacaque la cual únicamente tendrá por objeto conocer el área de instalación y operación del bien a suministrar misma que será coordinada por el Departamento de Mantenimiento Eléctrico.

LA REUNIÓN PREVIA A LA VISITA, SE EFECTUARÁ EN LA SALA DE LICITACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, LOCALIZADA EN EL EDIFICIO “C”, UBICADA CARRETERA COSTERA DEL GOLFO KM. 39+400, S/N, S/C, CÓDIGO POSTAL 96340, EN COSOLEACAQUE, VERACRUZ, MÉXICO.

Reglas para la visita a los sitios de instalación de los bienes:

Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios de instalación de los bienes, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:

Número de la licitación. Objeto de la licitación. Razón Social (en su caso) Nombre del interesado

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En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del punto 3.2 de estas Bases de Licitación.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que ingresen a las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 17 de Octubre del 2013 a las 11:00 horas, en la Sala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicada Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en las siguientes direcciones: [email protected], [email protected], [email protected] o entregarlas personalmente en la Ventanilla de Atención a Proveedores, en el domicilio de la convocante ubicado en Carretera Costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México.

Los licitantes que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en las bases de licitación preferentemente entregarán sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a través de los medios indicados en el párrafo anterior.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo entregar copia simple del recibo correspondiente.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. -NO APLICA-

La etapa de precalificación de los licitantes se llevará a cabo conforme al siguiente programa:

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Fecha límite para la entrega de documentación requerida para la precalificación de licitantes, indicados en el Documento 04, así como cualquiera de los documentos indicados en el numeral 1.2., de las presentes bases de licitación.

DIA: MES: AÑO: HORA:

LUGAR:

Fecha del Acto Público en el que se comunicará a los interesados los resultados de la precalificación.

DIA: MES: AÑO: HORA:

LUGAR:

La convocante no aceptará propuestas que no hayan cumplido con los requisitos de precalificación de licitantes. -NO APLICA-

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros de países con los que México tenga celebrado un tratado de libre comercio con disposiciones en materia de compras del sector público de acuerdo con los siguientes tratados:

Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN); Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa

Rica; Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la

República de Nicaragua; Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel; Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados

Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, (TLCUE); Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la

Asociación Europea de Libre Comercio, (AELC). Acuerdo para el fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos

Mexicanos y el Japón, y Reservado del Acuerdo para el fortalecimiento de la Asociación Económica entre los

Estados Unidos Mexicanos y Chile.

A) Podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros.

B) Deberán acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante el Documento 03:

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Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03.

El licitante o su apoderado o representante legal que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

B.1) PARA EL CASO DE PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA: -OPCIONAL- Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente

registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada

ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de

representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial vigente con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector vigente, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional)

Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyente.

B.2) PARA EL CASO DE PERSONA FISICA DE NACIONALIDAD MEXICANA PRESENTAR: -OPCIONAL-

Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial vigente con fotografía del licitante

(Credencial de Elector vigente, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional) Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyente.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar: -OPCIONAL-

Copia simpe legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

B.3) PARA EL CASO DE PERSONA FISICA O MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA PRESENTAR: -OPCIONAL-

Copia simpe legible de los documentos equivalentes a las escrituras constitutivas, poderes o mandatos, apostillados (vigentes) y el registro correspondiente, expedidos en el extranjero. Cuando los documentos estén redactados en idioma extranjero, se deberá acompañar una traducción al español por perito o traductor autorizado.

B.4) Solo participarán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro del sobre de su propuesta.

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C) Elaborar y entregar la propuesta; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga.

Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, podrán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integran. Al efecto, se numerarán de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.

El incumplimiento a lo anterior no será causa de desechamiento.

D) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

E) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

F) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o moneda extranjera, indicar en cada partida el tipo de moneda a cotizar e indicar el monto total de la proposición sin IVA en pesos mexicanos o moneda extranjera, utilizando el Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

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Elaborar su propuesta económica en (indicar moneda) conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán ajustados conforme a lo indicado en el punto 12.6.1. No se aceptan precios condicionados. –NO APLICA-

G) Se podrán presentar propuesta conjunta de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación. –NO APLICA-

G.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuesta, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente el recibo de pago de bases de licitación.

G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

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PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) En la propuesta conjunta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso B), Documento 03, numeral 4 inciso Q) Documento 06-C, numeral 4 inciso D) Documento 07, de estas Bases de Licitación.

G.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

G.5) Presentar el escrito a que se hace referencia en el inciso D) del numeral 4 de estas Bases, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

G.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentará las siguiente(s) garantía(s):

G.6.1) Una Póliza de fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la cual deberá otorgarse conforme al punto 12.4.

G.6.2) Una Póliza de fianza para garantizar la obligación de responder por defectos y vicios ocultos, la cual deberá otorgarse conforme al punto 12.4.

G.7) EL COMPROBANTE EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 11 deberá entregar el acuse de respuesta del informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones del contribuyente, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato. -APLICA PARA LICITANTES NACIONALES-

G.8) La experiencia en el suministro de los Bienes, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la

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propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el punto 4 inciso L), de estas Bases. –NO APLICA-

G.9) La capacidad técnica y financiera se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta. –NO APLICA-

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de apertura de propuestas, preferentemente integrar el Documento 05 en su proposición, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo para desechar la proposición.

I) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 04, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo para desechar la propuesta. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. –NO APLICA-

J) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

K) Con fundamento en el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, estableció para dar cumplimiento a la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas Nacionales el “Cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, indicado en el Documento 19 vigente;

1 Los Licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus proposiciones un escrito libre, o utilizando el formato (Documento 19-A) en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:

a) Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional del 65% establecido en el apartado 3.1 del Documento 19.

Para que un bien sea considerado un bien nacional este debe cumplir con dos requisitos:

1.- Ser fabricado dentro del territorio nacional.2.- Contar con al menos el 65% de Grado de Integración Nacional (GIN).

Los bienes que no cumplan cualquiera de estos dos criterios serán considerados NO NACIONALES, y su GIN NO será de 0%, sino aquel que determine el fabricante del bien.

b) Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se

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producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.

2 Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el apartado Error: Referencesource not found del Documento 19, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las manifestaciones en escrito libre o utilizando el Documento 19-B.

L) Contar con la experiencia y capacidad técnica, solicitadas en las notas al licitante del Documento 01.

M) Contar con un capital contable de igual o mayor al de su propuesta económica, comprobándolo con los dos estados financieros auditados de los dos últimos años (2011, 2012) y con la declaración fiscal correspondiente al año 2012. -NO APLICA-

N) Contar con capacidad financiera.-NO APLICA-

O) El licitante propondrá los precios para cada uno de los lugares de entrega. –NO APLICA-ó

P) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de entrega. –NO APLICA-

Q) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los criterios indicados en el Documento 06-C. –OPCIONAL-

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas.

R) El licitante deberá manifestar que los bienes que propone y en su caso entregue son nuevos.

S) Los bienes que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser subcontratados por la naturaleza de los bienes. La forma en que podrá subcontratar será únicamente en el rubro de servicios para la puesta en operación de los bienes instalados. –NO APLICA-

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El proveedor podrá contratar con algún tercero la adquisición de determinados bienes y/o la prestación de algunos servicios, con la exclusiva finalidad de permitirle la posibilidad de cumplir íntegramente con sus obligaciones contractuales, sin que dicha contratación implique una cesión de derechos u obligaciones en términos del artículo 57 inciso u y 64 de las DAC´S. –NO APLICA-

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-

Este apartado está sujeto a la emisión de las reglas y el sistema para conducir los procedimientos de contratación por medios electrónicos, por lo que este numeral se deberá indicar no aplica y una vez emitidas las citadas reglas y sistemas se deberá adecuar en los términos que se emitan.

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03. –NO APLICA-

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuesta, bastará que el licitante, presente copia del recibo de pago de bases de licitación.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta,

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los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

F) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. -NO APLICA-

G) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero que para tal fin se encuentra ubicado en la entrada principal de este Centro de Trabajo, por un término no menor de cinco días hábiles, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de propuesta.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 28 de Octubre del 2013 a las 10:00 horas, ubicada en la Sala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicada Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán el Documento 06-A indicado en el Documento 05 de la Licitación.

4.4.1 Métodos y criterios de evaluación.

4.4.1.1 Los métodos de evaluación que se emplearan en las presentes bases de licitación serán:

a) BINARIOb) PRECIO MAS BAJO

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar si estas propuestas cumplen o no cumplen con los criterios de evaluación que se indican en

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los numerales 4.4.1.2, 4.4.1.3 y 4.4.1.4 del Documento 02 de estas bases de licitación.

La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas.

Bajo los siguientes criterios:

4.4.1.2 Criterios de evaluación de aspectos legales: a) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que

se solicitan en el numeral 4 incisos B), B.4), C) y D), de estas bases de licitación.

4.4.1.3 Criterios de evaluación de aspectos técnicos:

a) Se evaluarán técnicamente todas las proposiciones recibidas verificando que los bienes propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01 y en las bases de licitación, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es).

b) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el numeral 4 incisos E), K) puntos 1 y/o 2 y R), de estas bases de licitación.

c) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el numeral 4 inciso G), por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. -NO APLICA-

d) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitados en el numeral 12.2. del Documento 02, de estas bases de licitación.

e) Acreditamiento de la experiencia y capacidad técnica. -NO APLICA-

4.4.1.4 Criterios de evaluación de aspectos económicos:

Los aspectos de evaluación contenidos en los  incisos A) y B) de este numeral, se aplicarán a  todas las propuestas recibidas y los aspectos de evaluación contenidos en los incisos C) y D), se aplicarán únicamente para las propuestas que cumplan con los requisitos técnicos solicitados.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 inciso F), así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación.

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C) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor; b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, y c) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana.

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación pública, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se aceptaron técnicamente; b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el porcentaje del 10%, cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

D) Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente licitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.

Para la determinación de los precios convenientes, se aplicará el procedimiento indicado a continuación:

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I. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos.

II. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.

III. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada en la fracción II, serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano por dólar americano que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.

En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que aclaren o subsanen cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de sus propuestas, dentro del término comprendido del 29 de Octubre al 04 de Noviembre de 2013.

Las solicitudes de aclaración deberán ser claras y precisas y señalar la parte de la propuesta sobre la cual se requiere. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la convocante, no será motivo para desechar sus propuestas.

La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.  

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

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4.5 Negociación de Precios -NO APLICA-

De conformidad con lo que dispone el artículo 32 de las DAC´S, se llevará a cabo una etapa de negociación de precios de acuerdo a lo siguiente:

La negociación de precios se llevará a cabo en el lugar, fecha y hora indicados mediante oficio dirigido a cada licitante, después del acto de presentación y apertura de propuesta. En la fecha establecida para la negociación de precios se notificará a los licitantes el lugar, fecha y hora para la entrega de su propuesta definitiva.

Cuando se presente una sola propuesta en un procedimiento licitatorio, se podrá incluir un procedimiento de negociación que mejore la propuesta presentada a la Convocante.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos -NO APLICA-

De conformidad con lo que dispone el artículo 31 de las DAC´S, se llevará a cabo una etapa de ofertas subsecuentes de descuentos, de acuerdo a lo siguiente:

La etapa de ofertas subsecuentes de descuentos se llevará a cabo en el lugar, fecha y hora indicados mediante oficio dirigido a cada licitante, después del acto de presentación y apertura de propuesta.

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio. -NO APLICA-

lIl. La adjudicación del Contrato será por: REQUISICIÓN TOTAL.

5.1 Abastecimiento simultáneo. -NO APLICA-

Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTESAl 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o.

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Al 2do. lugar se asignará el __% 2o.Al 3er. lugar se asignará el __% 3o.Al 4to. lugar se asignará el __% 4o.Al 5to. lugar se asignará el __% 5o.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos en el artículo 36 de las DAC´S.I. No se presenten propuestas,II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados,III. Las propuestas económicas no resulten aceptables,IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las bases:

a) Se haya cancelado la suficiencia presupuestal.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 36 y 37 de las DAC’S.

A) Caso fortuito o fuerza mayor;

B) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas por escrito por el área requirente que provoquen la extinción de la necesidad de adquirir los bienes o contratar la adquisición de los bienes.

C) Se acredite que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a Petróleos Mexicanos o PEMEX PETROQUÍMICA.

D) Que durante el proceso de contratación se agote la suficiencia presupuestal.

Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la licitación, partida o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del título sexto, capítulo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme lo establece el Artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

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Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición;II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los bienes producidos y entregados, o los bienes proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a Pemex Petroquímica.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

Los gastos no recuperables por los supuestos a que se refiere el párrafo anterior, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del proveedor.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 11 de Noviembre de 2013 a las 13:00 horas, en la Sala de Licitaciones de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio “C” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicada Carretera Costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de

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Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Rancho Alegre, C.P. 96558, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Edificio Nivel C-1, a la atención del TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN PEMEX PETROQUÍMICA, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a más tardar el día 26 del mes de Noviembre del año 2013 y en defecto de tales previsiones, dentro de 15 (quince) días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: La Ventanilla de Atención a Proveedores localizada en la Jefatura de Adquisiciones, sito en Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, México en el horario comprendido de las 08:00 a las 14:00 horas.

El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso B) de las presentes bases de licitación.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando la Administración Pública Federal, centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales documento actualizado expedido por el SAT (“acuse de respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.15. Así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.13 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda  “Resolución Miscelánea Fiscal para 2013” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre del 2012.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente: realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

Si Pemex petroquímica, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el "acuse de respuesta" de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del proveedor que

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resultó adjudicado, Pemex petroquímica dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del código fiscal de la federación y remitirá a la secretaría de la función pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales II.2.1.13. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I. Ingresarán a la página de internet del SAT, en la opción "mi portal", con la clave CIECF.II. Una vez elegida la opción de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

A) la autoridad a fin de emitir el informe de opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su reglamento, que el RFC está activo y el domicilio localizado.2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del I.V.A y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior.3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, I.V.A, IETU, IMPAC, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.19.1.5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones arroje inconsistencias relacionadas con el RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la solicitud de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le

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corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá el informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a través del portal del contribuyente.

La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a que se hace referencia en la fracción i que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

En caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del artículo 52 de las DAC´S, salvo que el consorcio solicite la sustitución de dicho miembro y en cuyo caso PEMEX PETROQUÍMICA aplicará lo dispuesto en el artículo 54 de las DAC´S, y podrá autorizar la sustitución de que se trate. De no autorizarla, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

12. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato.

12.1 Contrato.

12.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA-

El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

La cantidad mínima de bienes es __________ y la máxima será: _____________.

La cantidad [o presupuesto NO APLICA] mínimo de los bienes que PEMEX PETROQUÍMICA adquirirá es de: (numero) (letra) y el máximo podrá ser de: (numero) (letra) en cada orden.

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Cabe citar que PEMEX PETROQUÍMICA, no se obliga a ejercer la cantidad máxima indicado.

12.1.3 Ordenes de Suministro. –NO APLICA-

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

12.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

Las Condiciones de Entrega que aplicarán serán DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010) para proveedores nacionales y DAP Delivered at Place (INCOTERMS 2010) para proveedores extranjeros; el Proveedor nacional estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido; y el proveedor extranjero a contemplar todos los costos hasta la aduana de importación; el puerto, aeropuerto o lugar de destino, y PEMEX PETROQUÍMICA a tramitar la importación a partir de este punto, hasta su destino final. Consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes, en un plazo de 00(XXXXXXXX) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR. –NO APLICA- Los plazos de entrega de los Bienes por partida se establecen en el Documento 01, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye. –NO APLICA-

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 120 (CIENTO VEINTE) días naturales contados a partir de la entrega del anticipo correspondiente.

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Tratándose de contratos en donde se soliciten planos de fabricación, diseño, etc. sin los que no sea posible iniciar la fabricación de los bienes, aplicará lo siguiente: –NO APLICA-

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones: –NO APLICA-

El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

PEMEX PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción.

El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que PEMEX PETROQUIMICA se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.

En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. –NO APLICA-

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUÍMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUÍMICA. –NO APLICA-

Los bienes serán entregados en el Almacén del Complejo Petroquímico Cosoleacaque Domicilio: Carretera Costera del Golfo KM 39+400, S/N, S/C, C.P.96340, Cosoleacaque, Veracruz, México, Teléfono 01-922-2250024 ext. 35175 a la atención del Jefe de Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: 08:00 a 14:00 horas.

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El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la entrega del anticipo correspondiente, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones.

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: PARTIDA COMPLETA.

Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número(s) de partida(s) a inspeccionar, así como el número del contrato.

Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito (Documento 19-C) mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.

En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito (Documento 19-C), el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito (Documento 19-D) en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado.

En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el (Documento 19-C) el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien (Documento 19-D).

Esta manifestación formará parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiendo entregar una copia anexa a las facturas de pago correspondientes.

Para el caso de contratos abiertos se entregará en la primera orden de surtimiento para cada partida.-NO APLICA-

El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

Recibidos físicamente los bienes, PEMEX PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de los 20 (veinte) días

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naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del contrato.

Si procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

12.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados,

contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel lII de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área que realizará la Inspección será la Jefatura de Mantenimiento Eléctrico. El lugar donde se llevará a cabo será el área de Receptoría de materiales Almacén del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.

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Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar al área de receptoría del Almacén copia como mínimo, la documentación siguiente:

a) Remisión o factura. b) Pedimento de Importación. c) Certificado de Origen.d) Garantía comercial.e) Certificados de Calidad e informes de resultados de laboratorio.f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso.g) Protocolo de pruebas.h) Documentación Técnica. i) Contrato y sus anexos.

12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

12.4 Garantías.

El proveedor a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: Fianza o Carta de Crédito standby.

PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

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CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

Póliza de Fianza en contratos plurianuales. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la

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inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY

Carta de Crédito Standby en contratos cuya vigencia no rebase el ejercicio fiscal. - OPCIONAL-Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX

PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

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(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

GARANTÍA DE ANTICIPO

EL PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del anticipo, constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.).

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido por PEMEX PETROQUIMICA, debe presentar a PEMEX PETROQUIMICA una garantía, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del anticipo, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el

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fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(E) Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o

cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo.5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones

realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no

amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación.8. Copia del finiquito9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del anticipo, sin incluir I.V.A., y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX

PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera

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generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACION DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA en la fecha de entrega de los bienes, la garantía de defectos o vicios ocultos consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado

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a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo,

que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

Cuando se trate de carta de crédito standby. -OPCIONAL-Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe total de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días

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naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:(A) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación

de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de Ventanilla de Atención a Proveedores localizada en la Jefatura de Adquisiciones Carretera Costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz en el horario de 08:00 a 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en los Documentos 08, 08-A, 08-B o 09, según corresponda, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. –NO APLICA-

12.5. Anticipo.

Para la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA otorgará un anticipo de: 30 % sobre el monto total del contrato en el ejercicio fiscal 2013, el cual se pagará al licitante que resulte ganador dentro de los 15 (quince) días naturales contados a partir de la recepción y aceptación de la factura y la garantía correspondiente.

12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

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El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago.

El pago a proveedores extranjeros, se realizará en la moneda que se establezca en el contrato respectivo, a través de Pemex Procurement International, Inc. (PPI)

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.

b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA.

c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el horario de 9:00 a 13:00 horas, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

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e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA-

De conformidad con el artículo 55 fracción III inciso f) de la Ley, la fórmula o el mecanismo o las condiciones para determinar el ajuste a los precios de Bienes y/o servicios objeto del contrato es el siguiente:_________________________________________________________________.

Indicar la fórmula, el mecanismo o las condiciones aplicables al caso específico y que de origen para ajustar el precio de los bienes objeto del contrato conforme lo indique el área administradora del proyecto.

La forma y términos en que el proveedor deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente: _______________.

El ajuste de precios aplicará solamente para los bienes pendientes de entregar, previa solicitud por escrito del proveedor, en caso de ser procedente dicho ajuste se aplicará a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, en los términos señalados en este punto y deberá notificarse al proveedor dentro de un plazo de (X) días.

A partir del inicio del periodo de penalización por atraso, no deberá autorizarse ajuste de precios.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor se obliga a notificarlo a PEMEX

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PETROQUÍMICA y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aun cuando el proveedor no lo hubiere notificado, si PEMEX PETROQUÍMICA lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

12.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: la VENTANILLA ÚNICA ubicada en el interior de la Convocante, en el horario de 9:00 a13:00 horas.

Debidamente requisitadas, en original y 3 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN –NO APLICA- a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.7.1 Facturación por compra de bases de licitación.

12.7.1.1 Facturación Electrónica por compra de bases de licitación.

Para los licitantes que requieran la facturación por compra de bases de licitación, se les comunica, que en cumplimiento a las reformas fiscales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011 en la fracción V del artículo 29 del CFF, es necesario que el Formato (documento 20) de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por concepto de "Otros Ingresos”, esté debidamente requisitado y   sea enviado a las direcciones de correo electrónico: [email protected] y [email protected], en la misma fecha del día en que se realice el pago , con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI  (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente.

Es importante mencionar que el pago deberá efectuarse en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 a 14:00 horas, con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo

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día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de "Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica" estas se conviertan en facturas electrónicas y posteriormente sean enviados los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

Los licitantes que requieran Facturas, deberán estar registradas en el Sistema de Facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta a los correos citados anteriormente, con 24 horas de anticipación al pago de las Bases.

En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica,   pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP.

12.8. Penalizaciones.

NOTA: De conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

I. Atraso en la entrega de los bienes. II. Incumplimiento de fechas contractuales; -NO APLICA-III. Incumplimiento en la observancia de las especificaciones técnicas del contrato. -NO

APLICA-IV. Incumplimiento al Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

V. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional. VI. Incumplimiento de cualquier otra obligación. -NO APLICA-

El área administradora del contrato determinará en función de qué y en qué porcentaje se calcularán las penalizaciones y hasta qué monto se aplicarán, lo cual no debe superar el monto del contrato.

Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos:

I. Atraso en la Entrega de los BienesRespecto de cada contrato, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en la fecha de entrega de los Bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los Bienes pendientes de entregar a razón de 0.5% para plazos de entrega hasta 50 días calendario y 0.2 %

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para plazos de entrega mayores a 50 días calendario por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del contrato.

Las penalizaciones a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente al porcentaje sobre el valor de los bienes entregados con atraso, por cada día calendario de atraso y hasta el 10% del importe total del contrato.

Tratándose de contratos abiertos, deberá sustituirse el párrafo anterior por el siguiente: -NO APLICA-

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico).

V. Incumplimiento de las Obligaciones Relativas al Grado de Contenido Nacional -PARA BIENES NACIONALES-De conformidad con lo establecido en el artículo 23 párrafo segundo de las DAC´S referente al “Contenido Nacional”, si como resultado de la verificación del contenido nacional de los bienes entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho contenido nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Documento 19, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a: 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas del contrato y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al contrato que se pacte y hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del importe del contrato de que se trate.

El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas

penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato

que tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

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Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

Tratándose de Contratos sujetos a ajustes de precios. -NO APLICA-Las penas convencionales serán calculadas sobre el precio ajustado.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

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k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

m) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;

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En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 15 (QUINCE) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (VEINTE) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.

12.11 SEGUROS

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

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12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. –NO APLICA-

a) Que su pago involucre la utilización de recursos PIDIREGAS, independientemente de la(s) moneda(s) y de su monto;

b) Que su pago se realice a través de Pemex Procurement International, Inc. (PPI) independientemente de la(s) moneda(s), monto y esquema presupuestal;

c) Que su pago involucre exclusivamente la utilización de recursos autorizados bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y el monto total del contrato (la suma del monto en pesos y el equivalente en pesos del monto cotizado en otra divisa) sea superior a 100 millones de pesos*.

* En el caso de contratos abiertos, el monto mínimo se deberá considerar como el monto total del contrato, para efectos de fijar el umbral a que se refiere el inciso c)

Para determinar el importe equivalente en pesos, del monto cotizado en otra divisa, se deberá utilizar el tipo de cambio vigente para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera, pagaderas en la República Mexicana, que el Banco de México determine y publique en el Diario Oficial de la Federación en la fecha del acto de presentación y apertura de propuesta.

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este numeral.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 13, en la inteligencia de que PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia del contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX PETROQUÍMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al contrato.  El PROVEEDOR se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Documento 11 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo

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vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

El PROVEEDOR deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el PROVEEDOR debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUÍMICA le indique oportunamente.

Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) contrato(s) relacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s), quedará(n) obligado(s) a lo siguiente:

1. Entregar al área contratante de PEMEX PETROQUÍMICA, antes de la firma del (de los) contrato(s) adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del (de los) contrato(s) adjudicado(s), así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 13 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s).

2. Entregar a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 11 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

3. Presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de

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proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado.

4. Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.

5. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las instrucciones y formatos establecidos en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“el Instructivo”), que le será proporcionado oportunamente por el área contratante de PEMEX PETROQUÍMICA.El Instructivo vigente se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (DIEZ) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

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13. ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el formato 4 del anexo SSPA (Documento 18) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor o Contratista.

El formato de SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, podrá ser consultado en la página electrónica: http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

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DOCUMENTO 03FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

(Lugar y Fecha)PEMEX PETROQUÍMICACOMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.P r e s e n t e.

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Invitación Restringida, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta):__________________________Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

_ (Firma autógrafa original) _

Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,preferentemente, en el orden indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.

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DOCUMENTO 04

-NO APLICA-

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR A LA CONVOCANTE EN LA ETAPA DE

PRECALIFICACIÓN.

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y

APERTURA DE PROPUESTA

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LAS BASES

ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NODentro del sobre de la propuesta.

1 Copia de comprobante de pago de Bases de Licitación. 4 INCISO B.4)

2 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante Documento 03. 4 INCISO B)

3 Formato de propuesta técnica Documento 06 4 INCISO E)4 Formato de propuesta económica Documento 06-A 4 INCISO F)

5

Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S Documento 07.

4 INCISO D)

6Formato Documento 19-A que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del documento 19.

4 INCISO K)

7

Formato Documento 19-B que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del documento 19.

4 INCISO K)

8 Manifestación que los bienes que propone y en su caso entregue son nuevos. 4 INCISO R)

9 Contar con la experiencia y capacidad técnica, solicitadas en las notas al licitante del Documento 01. 4 INCISO L) --------------- ---------------

10

Contar con un capital contable de igual o mayor al de su propuesta económica, comprobándolo con los dos estados financieros auditados de los dos últimos años (2011,2012) y con la declaración fiscal correspondiente al año 2012. –NO APLICA-

4 INCISO M) --------------- ---------------

11 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. –NO APLICA- 4 INCISO G) --------------- ---------------

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

12Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta Documento 05.

4 INCISO H)

13

Formato de la manifestación escrita del licitante para dar cumplimiento al Artículo 23 penúltimo párrafo de las DAC’S. Documento 06-C -APLICA PARA LICITANTES NACIONALES.-

4 INICISO Q)

14Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la etapa de precalificación de licitantes. Documento 04 –NO APLICA-

4 INCISO I) --------------- ---------------

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido

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cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.

EL DOCUMENTO 06-A, SERÁ RUBRICADO EN EL ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS POR EL LICITANTE ELEGIDO ENTRE LOS PARTICIPANTES Y EL SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDE EL ACTO.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, podrán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integran. Al efecto numerando de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.

El incumplimiento a lo anterior no será causa de desechamiento.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No.Partida Cantidad

Unidadde

Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes

(Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las

normas con las que cumplen los Bienes que propone)

País de Origen Marca Fabricante

% de Integración Nacio

nal

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: (PERSONALIDAD JURÍDICA)FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar”, “o equivalente”, “marca propia”, “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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1.- LUGAR DE ENTREGA

2.- PLAZO DE ENTREGA

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DOCUMENTO 06-AFORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No.Partida Cantidad

Unidadde

Medida

Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin I.V.A.

PESOS MEXICANOS O MONEDA EXTRANJERA

Importe Total sin

I.V.A. PESOS

MEXICANOS O MONEDA

EXTRANJERA

Condiciones Económicas

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA Mínimo 60 DÍAS NATURALES2.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA. PESOS MEXICANOS o MONEDA EXTRANJERA

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: (PERSONALIDAD JURÍDICA)FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-C

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN ESTRATIFICACION QUE PODRAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASI COMO LA CONTRATACION DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

______de_______________ de________(1)________(2)_________Presente.

Me refiero al procedimiento de Licitación Pública N°_______(3)________ en el que mi representada, la empresa_______(4)__________participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector__(5)____, cuenta con__(6)___ empleados de planta registrados ante el IMSS y con__(7)____ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de ___(8)____ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa____(9)____ atendiendo lo siguiente:

Estratificación

Tamaño(10)

Sector(6)

Rango de número de trabajadores

(7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

(9)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas Anuales) x 90%.

(6) (7) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (6) y (7).(9) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: puntaje de la empresa = (número de trabajadores) x 10% + (Monto de Ventas Anuales) x 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Así mismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es:____(10)______; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son):______(11)_______.

ATENTAMENTE

___________________(12)___________________

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INSTRUCTIVO

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL DOCUMENTO 06-C FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE PODRÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASI COMO LA CONTRATACION DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo del procedimiento.

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.5 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios).6 Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS.7 En su caso, anotar el número de personas subcontratadas.

8 Señalar el rango de ventas anuales en millones de pesos (mdp): conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales.

9 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación.

10 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.11 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean

personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta.

12 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICACOMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUEP R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus

accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos

53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el

artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

[NOMBRE YFIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE] [PERSONALIDAD JURÍDICA]

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento

(Nombre de la persona física ), en mi carácter de (propietario), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos

53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el

artículo 22 de las DAC´S.

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EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se

encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de

Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

[NOMBRE YFIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE] [PERSONALIDAD JURÍDICA]

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

DOCUMENTO 08

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TEXTO 1. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S).EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA).

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. ELBENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS..B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONE) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓNE) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNF) IMPORTE RECLAMADO.ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA

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INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN , SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGON CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 08-A

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Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

TEXTO 2. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE _______ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).

LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.

EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.

EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓNDE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UNPLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS

NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO.

E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

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ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LASUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LACANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 08-B

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TEXTO 3. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR _______________________________________ LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________________________________________.

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA GARANTIZAR POR LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, CONFORME A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA CORRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA LOS FINES QUE LE FUE OTORGADO.

EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR SERVICIOS EJECUTADOS DE ACUERDO AL CONTRATO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO

DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO.D) (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES

REALIZADAS.

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E) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.F) (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO

AMORTIZADO.G) EL FINIQUITO.H) CUANTIFICACIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DEL FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO ESTABLECIDA EN EL CONTRATO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA, ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN

VERSION FINAL 17/OCT/2013Página 89 de 147

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DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 09-OPCIONAL-

VERSION FINAL 17/OCT/2013Página 90 de 147

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MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY CONFIRMADA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español*** INICIOMTxxx (SWIFT MESSAGE)

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO

DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y

DOMICILIO FISCAL)ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO)FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA

OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL EMISOR

SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE ( NOMBRE DEL ORDENANTE ) A FAVOR DE PEMEX

PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ ( IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA ) , EN RELACIÓN AL CONTRATO O

CONVENIO ( NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO ) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA

(DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO DE QUE

EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL

ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN CASO

PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL

ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN ORDEN

Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE VENCIMIENTO, POR LA

CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES

DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE

MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL BANCO

EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO AL

BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS CUALES HA BASADO

SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE

CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR /

CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO

SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS

PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

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ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES

FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA DE

CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

(HOJA MEMBRETADA DEL BENECIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)(Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY

PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR MEDIO

DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL

CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO.

CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A CARGO

DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE ( MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA ) A LA

CUENTA BANCARIA NO. ( CUENTA DEL BANCO ) DE ( NOMBRE DEL BANCO ) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

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***INICIO TEXTO

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY)(EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)

MODIFICACIÓN NO. _____

ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO CON LOS

TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO.

ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL.

FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 11

-NO APLICA-

DOCUMENTACION REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

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DOCUMENTO 12

-NO APLICA-

FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS

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DOCUMENTO 13

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ESTAR OBLIGADO A PRESENTAR TOTAL O PARCIALMENTE LAS DECLARACIONES POR IMPUESTOS FEDERALES POR TENER RESIDENCIA PERMANENTE EN EL EXTRANJERO, ASÍ COMO PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, A QUE SE REFIERE LA REGLA I.2.1.16 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2012, (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DEL 2011).

(Papel membretado del proveedor)

(Lugar y Fecha): _______________ a __de___________de____.

Pemex PetroquímicaComplejo Petroquímico CosoleacaquePresente

[ Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal ], R.F.C. [ Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal ] _, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:

Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:

La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;

La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.

Declaraciones periódicas en México.

A T E N T A M E N T E

[NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE] [PERSONALIDAD JURÍDICA]

La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando: 1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.

(3)

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DOCUMENTO 14

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales , hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su

cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

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I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15 MODELO-GUIA DE CONTRATO LPM 02- SEP-2013

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________, Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADO POR _________________, EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara a través de su (representante/apoderado) que:

1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOSEs un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE DIRECTORES CORPORATIVOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO SE TRATE DE DIRECTORES CORPORATIVOS AGREGAR: y fracciones V y IX del Artículo 26 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo Décimo Octavo fracción I del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y fracción V del Artículo 24 del Estatuto Orgánico de _______________, CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES CORPORATIVOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Subdirección Corporativa) en términos de las fracciones IV y V del Artículo 28 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario) e inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

D) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y fracciones V y IX del Artículo 28 Estatuto Orgánico de _______________ (CUANDO SE TRATE DE PEP DEBERÁ SUSTITUIRSE EL ARTÍCULO 28 POR 27) CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

E) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES:

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Acredita su personalidad y facultades en términos de las fracciones III y V del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de ____________ (CUANDO SE TRATE DE GERENTES CORPORATIVOS DEBERÁ SUSTITUIRSE LA FRACCIÓN V POR LA IV) y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

F) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES:Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____, de fecha ____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL SIGUIENTE PÁRRAFO El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante acuerdo No. _______ de su sesión _____, de fecha _______.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO).DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.

1.8 Durante la ejecución del objeto del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

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2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato, y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.) , con el (la) que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO:

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Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución del objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución del mismo.

2.11 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral.

2.12 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

3. Declaración conjunta:

Las Partes manifiestan que durante las negociaciones y para la celebración del presente contrato se han conducido con apego a las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Anticorrupción”.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este contrato, los significados que se indican a continuación:

“Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) consistentes en: ________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

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TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo de ejecución de este contrato es (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de terminación).

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como anexo ___ de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo correspondiente]

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:

El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción.

El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.

En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.

LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS : (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE UN SÓLO DE ENTREGA:El plazo de entrega de los bienes es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE ENTREGA:Los plazos de entrega de los bienes por (partida/posición) se establecen en el anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTOLos bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –según aplique-), a la atención de ___________________________________, en días hábiles y en el siguiente horario: ______.

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La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a cargo del PROVEEDOR.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALESLos bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales).

CUANDO APLIQUECON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará obligado a: _______.

3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), o iii) por cualquier acto u omisión de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓNEL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIO POR EL SIGUIENTE:El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a agotarlo.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el anexo __ de este contrato.

La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.).

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

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La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, ubicada en _______________________________________________.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en _____.

El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

4.3 Condiciones y forma de pago

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

CUANDO APLIQUEEn el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:Las obligaciones de pago de nominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago.

Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América.

PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.12 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.) , distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE PPI:El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Pemex Procurement International, Inc. (PPI), antes Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de PPI, ubicadas en el 10344 Sam Houston Park Drive, Suite 100, Houston, Texas, U.S.A., 77064.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS:Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el anexo __ de este contrato.

En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente.

4.4 Pagos en exceso

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En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

4.5 Ajustes de preciosEN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO.

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:

El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables:EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;

II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y

III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO.

4.6 AnticipoEN CASO QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE APARTADO:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental.

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

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EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. A MANERA DE EJEMPLO SE PROPONE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado.

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

QUINTA.- PENALIZACIONESNOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:

I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;III. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO;

IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL;V. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le aplicará penalizaciones al PROVEEDOR en los siguientes supuestos:NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico).

II. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA CLÁUSULA DE GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional real de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOSIII. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

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El monto de las penalizaciones no podrá exceder de ____________. NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO

El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO), siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De acuerdo a lo establecido en el anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.

Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) verificará documentalmente durante la vigencia del contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional real del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional.

SÉPTIMA.- CESIÓN

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica.

Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCALCUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente

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contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓNEl PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

NOVENA.- GARANTÍASPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la

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obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

8. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.9. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.10. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.11. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.12. La rescisión del contrato y su notificación.13. Copia del finiquito.14. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO. GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO]

El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en:

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CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

10. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.11. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.12. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.13. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite

fehacientemente la recepción del mismo.14. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 15. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 16. La rescisión del contrato y su notificación.17. Copia del finiquito.18. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA.

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Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

6. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.7. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.8. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.9. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de

identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.10. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBYCarta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTOLa(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

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Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:.El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.

Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo).

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATOEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, yc. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.

EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.

II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

12.1 Bienes no previstos en el contrato

Si durante la ejecución del contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) requiere la adquisición de bienes no previstos en el mismo, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de proveerlos, éste sólo podrá suministrarlos una vez que cuente con la autorización por escrito, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, siempre y cuando se relacionen directamente con el objeto del contrato y sean necesarios para su cumplimiento.

Los precios de dichos bienes deberán ser acordados previo al suministro de los mismos.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

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Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii) _____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

m) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN:n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

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o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorías mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del anexo “SSPA”.ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

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La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una

inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, yV. ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A

LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)

El PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el pago de los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA .FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

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Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. PARA SU INCLUSIÓN, SE DEBERÁ SOLICITAR EL VISTO BUENO DE LAS ÁREAS EVALUADORA DE RIESGOS Y JURÍDICA. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos en los términos de los artículos 7 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y 3º de su Reglamento, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a

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terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor.

El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental.

Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:

a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada.

b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones.

c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables.

d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal.

e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente.f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las

obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR EN CONTRATOS ASOCIADOS A LA PERFORACIÓN DE POZOS:En los casos de incendio, explosión, reventón superficial o pérdida de control de cualquier pozo marino, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) coordinará las operaciones hasta que quede totalmente controlado el pozo, y el PROVEEDOR se obliga a auxiliar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en las operaciones de control, y proporcionará los equipos, materiales y servicios comprendidos en este contrato y que puedan ser requeridos para el control del pozo y, en su caso, para la perforación de un pozo o pozos de alivio. Los gastos y costos que se originen con motivo de lo anterior serán a cargo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR no será responsable de daño o pérdida a cualquier formación, estrato o reserva bajo la superficie terrestre, en el entendido de que con relación a sus responsabilidades y obligaciones contractuales, el PROVEEDOR se obliga a emplear las mejores prácticas internacionales disponibles, y las tecnologías más adecuadas, avanzadas y seguras.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que

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interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATOEn caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.

EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ SER EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

Si con motivo de la ejecución este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o intelectual relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en beneficio mutuo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en relación con el asunto.

No obstante lo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva el derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de marca comercial o la apropiación indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro derecho exclusivo.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

Bajo los términos de la Licencia descritos en el anexo___, el PROVEEDOR otorga a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) los derechos que se establecen en dicha Licencia.

En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas.

Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o

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cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral.

VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. EN CASOS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago de los gastos se limitará a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine), dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes.

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Dichos representantes tendrán las facultades para llevar a cabo las modificaciones a que se refiere la fracción segunda de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la ejecución del contrato se obliga a rechazar dinero o cualquier tipo de compensación o dádiva que pudiera predisponerle a favorecer al PROVEEDOR u otorgarle ventajas inapropiadas; así como ejecutar actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas.

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato, ni sus empleados, ni sus subcontratistas o empleados de éstos prometerá, ofrecerá o entregará dinero o cualquier otra dádiva con el fin de obtener o conservar un negocio u otra ventaja inapropiada, que puedan constituir un incumplimiento a la Ley; no ejecutará actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas; no obligará a ningún servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento destinado a favorecerle indebidamente; no presentar documentación o información falsa o alterada y en general cumplirá con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.

El PROVEEDOR, sus empleados, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

En caso de que el PROVEEDOR incurra en cualquiera de los actos señalados en el párrafo que antecede, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional que cause ejecutoria, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por la rescisión administrativa del contrato conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del Contrato”.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes”.Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”. Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”. (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. (CUANDO APLIQUE)Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica.Anexo “____”.- ____

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Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

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Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓNEN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE

PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA

___________.- SUBCONTRATACIÓNEL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO:El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato.

_________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTALESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

_________.- NORMAS DE CALIDADCUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNOLA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIOLos conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDADLA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

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El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTOESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

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a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.

___________.- FINIQUITOESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO

Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOSCUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo . Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

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_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIAAPLICA EN CASO DE CONSORCIOSLas partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICOEl PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

_________________.- RETENCIONESESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, el día ____ de _________ de ____.

LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

SE DEBERÁ DE INCLUIR LA PRESENTE FIRMA AL FINAL DE LA MATRIZ DE FIRMAS

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURIDICA

______________________________________

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

DOCUMENTO 16

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CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 (acreditación de la existencia y personalidad jurídica del licitante) indicada en el punto 4 inciso B), de estas bases de licitación.

2. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso C), de estas bases de licitación.

3. Si no satisface cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de licitación.

4. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone. Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien. Que no indique marca o nombre del fabricante. Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”

5. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta.

6. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases de licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4.

7. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el punto 4 inciso D), de estas bases de licitación. DOCUMENTO 07.

8. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 inciso G.2). –NO APLICA-

9. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

10. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

11. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 12.2 de las presentes bases de licitación.

12. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación que afecte directamente la solvencia de su propuesta.

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13. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas bases de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de licitación.

14. No presentar los Documentos 03, 06, 06-A, 07, 19-A y 19-B, debidamente requisitados.

15. No manifestar que los bienes que propone y en su caso entregue son nuevos 4 inciso R).

16. No entregar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro del sobre de su propuesta tal y como se solicita en el punto 4 inciso B.4).

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DOCUMENTO 17

NIVELES DE INSPECCIÓN DE BIENES

Inspección de Bienes Se establecen los siguientes niveles de inspección para bienes.

Nivel III

Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX,en las instalaciones del proveedor o en destino final.

1) Especificaciones contractuales.2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de

los bienes terminados.3) Certificados de calidad de los bienes terminados.4) Las pruebas finales.5) El acabado y embalaje de los bienes terminados.6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación), memoria técnica del bien y números de parte.7) La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 18

FORMATO 4 “ANEXO SSPA”

El Anexo SSPA podrá consultarse en la página electrónica: http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

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Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

DOCUMENTO 19Versión 3.0

Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.

1. Definiciones.1.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuenta con el Grado de Integración Nacional previsto en el

apartado3.1.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la

Transformación Sustancial de Insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo.

1.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor a PEMEX PETROQUIMICA.

1.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo.

1.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.1.6. Insumos Indirectos: los Insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero que no

están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.6.1. Combustibles y energía.1.6.2. Herramientas, troqueles y moldes.1.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.1.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el

equipo o los edificios.1.6.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.1.6.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.1.6.7. Catalizadores y solventes, y1.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien

pueda demostrarse razonablemente.1.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.1.8. Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados. la propuesta mediante la cual se oferten bienes

originarios de algún país parte de dichos Tratados, de conformidad con las reglas de origen aplicables.1.9. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como:

1.9.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios

1.9.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien.1.9.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.1.9.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación

protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.1.9.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.1.9.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena

condición.1.9.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.1.9.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.1.9.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.10. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX PETROQUIMCA.

1.11. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA.

1.12. Tratados. Los acuerdos de libre comercio suscritos por México que contengan disposiciones que regulen la participación de proveedores extranjeros en procedimientos de contratación realizadas por las dependencias y entidades sujetas al cumplimiento de las obligaciones previstas por los mismos para la compra de bienes. Dentro de la definición anterior, quedan comprendidos los Tratados que a continuación se citan:

1.12.1.Tratado de Libre Comercio de América del Norte, Capítulo X, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993;

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1.12.2.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995 (a partir del 19 de noviembre de 2006, Venezuela ya no participa en dicho tratado);

1.12.3.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, Capítulo XII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1995;

1.12.4.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998;

1.12.5.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, Capítulo VI, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000;

1.12.6.Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus estados miembros, Título III, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2001;

1.12.7.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, Capítulo V, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001;

1.12.8.Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, Capítulo 11, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2005;

1.12.9.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Chile, Capítulo 15-bis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 2008.

1.13. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

2. Cálculo del Grado de Integración Nacional2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 100 Donde:GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministradoVTB es el valor total del bien suministradoVIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo Insumos y

corresponde a la suma de:a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien

suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del

Insumo hasta el punto de importación.ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a cero.2.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio

nacional.2.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su

totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales.2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100%

nacionales.2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de

inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta para efectos

del Cálculo del Grado de Integración Nacional.

3. Acreditación de Bienes Nacionales3.1. Para el caso en que los licitantes deseen ofertar Bienes Nacionales, los bienes deberán ser de Fabricación Nacional

y contar con un Grado de Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este

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anexo) de cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%).3.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6.3.3. Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus proposiciones

un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:3.3.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y

contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el apartado 3.1.3.3.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán

la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.

3.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o utilizando el DOCUMENTO 19-A del presente anexo.

3.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes Nacionales, establecido en el apartado 3.2, son los siguientes:

3.6.GIN

Equipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso 30%

Intercambiadores de calor con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso 30%

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. 30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones).

Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, sirenas, timbres. 30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.Conductores eléctricos de aluminio. 20%Subsector: Placas radiográficas. 40%Tractores agrícolas. 30%Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 0.500 pulgadas. 20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 pulgadas. 20%

3.7. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso (vehículos de autotransporte pesados

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nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con “Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos:

3.7.1. El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;3.7.2. Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o programa, y3.7.3. Que el Licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente.

4. Acreditación de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados4.1. Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus proposiciones un

escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el apartado 1.12Error: Reference source not found del presente anexo, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las manifestaciones en escrito libre o utilizando el DOCUMENTO 19-B del presente anexo.

5. Aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes Nacionales, respecto del precio de los bienes de importación

5.1. No será aplicable el margen de preferencia

6. Declaración del Grado de Integración Nacional6.1. Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de manera

obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el DOCUMENTO 19-C incluido en este anexo.

6.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en el DOCUMENTO 19-D incluido en este anexo.

6.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados 6.1 y 6.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

6.4. En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el apartado 6.1, el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el apartado 6.2.

6.5. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 6.1 y 6.2 de este anexo, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.

7. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional

[SECCIÓN PARA ATENDER LA CLÁUSULA QUINTA, SECCIÓN II, DEL MODELO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES, AL AMPARO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS]

7.1. En caso de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales, PEMEX PETROQUIMICA verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la declaración a la que se refiere el apartado6.1, sea igual o mayor al Grado de Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.1

7.2. Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas.

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DOCUMENTO 19-AFormato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del “DOCUMENTO 19. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________ PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) de Fabricación Nacional y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como caso de excepción).

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instrucciones para llenado del Documento 19-A

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate

4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación

5 Citar el nombre o razón social del licitante

6 Indicar los números de partida con oferta de bienes nacionales

7 Indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del anexo referido

8 Indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en los apartados 3.5 y 3.6 del anexo referido

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante

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DOCUMENTO 19-BFormato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del “DOCUMENTO 19. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________ PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_______ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, serán originarios de ______(7)______, país que tiene suscrito con México el Tratado de Libre Comercio _______(8)______, de conformidad con la regla de origen aplicable de dicho tratado, en materia de contratación pública.

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que ante una comprobación del cumplimiento de las reglas de origen de los bienes, me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo de llenado del Documento 19-B

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate

4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación

5 Citar el nombre o razón social del licitante

6 Señalar los números de partida que correspondan

7 Indicar el nombre del país de origen de los bienes

8 Indicar el nombre del tratado de libre comercio bajo la cobertura del cual se realiza el procedimiento de contratación

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante.

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DOCUMENTO 19-C

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del “DOCUMENTO 19. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa ____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.1 del anexo referido, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN

(5) (6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para llenado del Documento 19-C

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Señalar el número de partida que corresponda

6 Indicar la descripción del bien suministrado

7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 de este anexo

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor

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DOCUMENTO 19-DFormato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 6.2 del “DOCUMENTO 19. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa ____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.2 del anexo referido, el que suscribe ____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los Bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________ cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien GIN

(6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para el llenado del DOCUMENTO 19-D

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

6 Señalar el número de partida que corresponda

7 Indicar la descripción del bien suministrado

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 de este documento

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.

.

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COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUESUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

JEFATURA DE ADQUISICIONES

Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

DOCUMENTO 20

SOLICITUD DE EMISION DE COMPROBANTES FISCALESPOR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES

No. de Solicitud: _______(1)_________

Fecha: _______(2)__________

SOLICITANTE: ______________________________(3)______________________________________________R.F.C.: ______________________________(4)______________________________________________

DOMICILIO FISCAL:CALLE Y NÚMERO: __________________________(5)________________________________________________COLONIA: ___________________________________(6)_______________________________________________LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ____________________(7)_________________________________________________ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: ___________________(8)________________________________________________

NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: __________________________(9)___________________________________________________________________________________________________________________________________

CANTIDAD: ______(10)__________ TIPO DE MONEDA: _____(11)_____IMPORTE SIN IVA: _______(12)_________ IMPORTE DEL IVA: ______(13)____IMPORTE TOTAL: ______(14)__________TIPO DE PAGO: ______(15)__________ CUENTA BANCARIA: ____(16)_____

DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO

CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: _________________________________________________

LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA

Autorizó: Recibe:

________(17)_________ ________(18)_________

NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES.

DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO.

PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Instructivo para el llenado del DOCUMENTO 20

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Bases de Licitación Pública Internacional Diferenciada Número 18578013-506-13No. Interno: 2009956

NUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN

1Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003

10Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.

2La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012.

11Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso.

3

Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V.

12

Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA.

4Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0.

13Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.

5

Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

14

Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.

6

Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar.

15

Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

7

Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos. 16

Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

8 Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529 17 Nombre y firma de la persona Física o Moral

que solicita la generación del documento.

9Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien.

18Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento.

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