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BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE
“PARTICIPA 2020”
CONTENIDOS PÁG.
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO. 2
Artículo 1º. Concepto, naturaleza y objetivos. 2
Artículo 2º. Disposiciones generales. 2
Artículo 3º. Forma de notificación. 2
Artículo 4º. Plazos. 2
Artículo 5º. Tribunal competente en caso de conflictos. 3
Artículo 6º. Inhabilidades para participar. 3
Artículo 7º. Anexos. 3
Artículo 8º. Envío y aclaración de consultas. 3
Artículo 9º. Etapas del fondo. 4
Artículo 10°. Calendario del concurso. 5
CAPÍTULO II. LLAMADO A CONCURSO, POSTULACIÓN Y PERFIL DEL POSTULANTE. 6
Artículo 11º. Del perfil de los postulantes. 6
Artículo 12º. Postulación. 7
Artículo 13º. Líneas de intervención. 8
Artículo 14°. Plazos de ejecución. 8
CAPÍTULO III. FINANCIAMIENTO, RECURSOS DISPONIBLES Y RESTRICCIÓN DE GASTOS. 9
Artículo 15º. Del financiamiento. 9
Artículo 16º. Distribución regional. 9
Artículo 17°. Los gastos y sus restricciones. 9
Artículo 18°. Gastos no financiables. 10
CAPÍTULO IV. ADMISIBILIDAD, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. 11
Artículo 19º. Admisibilidad y subsanación. 11
Artículo 20º. Apertura. 11
Artículo 21º. Composición y constitución de la Comisión Evaluadora de Proyectos. 11
Artículo 22º. Evaluación y reconsideración de calificaciones. 12
Artículo 23º. Criterios de evaluación y selección. 13
Artículo 24°. Selección. 15
Artículo 25°. Adjudicación. 16
CAPÍTULO V. FIRMA CONVENIO, ENTREGA DOCUMENTACIÓN Y TRANSFERENCIA FONDOS. 16
Artículo 26°. Convenio de cooperación y transferencia de recursos. 16
Artículo 27°. Documentos de respaldo. 17
Artículo 28°. Entrega de fondos. 18
Artículo 29º. Reasignación de los fondos. 18
CAPÍTULO VI. EJECUCIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO. 18
Artículo 30°. Ejecución del proyecto. 18
Artículo 31°. Informe de los proyectos. 18
Artículo 32°. Solicitudes de modificación. 19
Artículo 33°. Supervisión de los proyectos y contraparte técnica. 21
Artículo 34°. Recursos no utilizados. 21
Artículo 35°. Interpretación de las bases por la autoridad nacional. 22
Artículo 36°. Sanciones por incumplimiento. 22
Artículo 37°. Prohibición general. 22
CAPÍTULO VII. ANEXOS 23
Anexo A 24
Anexo B 25
Anexo C 26
Anexo D 34
Anexo E 35
Anexo F 43
Anexo G 46
Anexo H 47
Anexo I 49
CAPÍTULO VIII. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA 51
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BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE
“PARTICIPA 2020”
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO Artículo 1º. Concepto, naturaleza y objetivos. El Instituto Nacional de la Juventud, en
adelante “INJUV”, pone a disposición el fondo concursable “Participa 2020”, en adelante el
“fondo”, con el propósito de fortalecer la participación de jóvenes en organizaciones sociales
a través de la ejecución de proyectos con enfoque juvenil, en diversas áreas temáticas
definidas por las presentes bases.
El objetivo del fondo es entregar recursos técnicos y financieros para el desarrollo de iniciativas
con enfoque juvenil, para fortalecer la participación de los jóvenes en organizaciones sociales,
en beneficio del desarrollo de sus comunidades, la promoción de nuevas oportunidades y
favorecer la construcción de tejido social en los territorios de intervención.
Artículo 2º. Disposiciones generales. Este concurso se rige por las presentes bases
especiales, las que contienen las disposiciones particulares respecto del fondo concursable. El
procedimiento administrativo para la postulación, apertura, evaluación, selección,
adjudicación, entrega de fondos, ejecución, supervisión y rendición de cuentas, se encuentra
regulado en las presentes bases.
Por el sólo hecho de presentar un proyecto en la plataforma de postulación de los fondos
concursables www.fondos.gob.cl, los postulantes declaran conocer, comprender y
aceptar las bases del presente concurso.
Artículo 3º. Forma de notificación. Las entidades se entenderán válidamente notificadas
de las resoluciones administrativas y actas del concurso, desde que se realice la publicación
de las mismas en la página web institucional de INJUV, a partir de la cual correrán los plazos
señalados en las bases correspondientes.
De los actos no comprendidos en el inciso anterior, tales como solicitudes de subsanación de
documentos, se entenderá que las entidades se encuentran notificadas válidamente desde el
envío del correo electrónico respectivo, a partir del cual correrán los plazos señalados en las
bases del fondo. Por lo anterior, es de responsabilidad exclusiva de la entidad postulante
otorgar una dirección de correo electrónico válido y revisarlo periódicamente durante las
distintas etapas de cada concurso.
No obstante, el INJUV puede remitir correos electrónicos a las entidades con carácter
informativo con el fin de permitir la prosecución de cada concurso, tales como aquellos que se
emiten por la plataforma de postulación comunicando que el proyecto ha sido cargado
correctamente, la declaración de admisibilidad y el anuncio de adjudicación, los cuales no
tienen carácter de notificación.
Artículo 4º. Plazos. Todos los plazos del concurso se establecerán en las presentes bases.
El incumplimiento de dichos plazos facultará al INJUV para excluir de su participación a la
entidad, a contar de la fecha de incumplimiento.
Con todo, el INJUV se reserva el derecho de prorrogar los plazos o de abrir periodos
extraordinarios para alguna etapa del proceso cuyo plazo esté vencido, situación que, en caso
de ocurrir, será aprobada mediante resolución administrativa y será publicada en la página
www.injuv.gob.cl.1
Artículo 5º. Tribunal competente en caso de conflictos. Para todos los efectos legales
tanto el postulante como el INJUV se someten a la competencia de los tribunales de la comuna
y ciudad de Santiago.
1 Sitio web oficial del Instituto Nacional de la Juventud
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Artículo 6º. Inhabilidades para participar. Se deja establecido que NO podrán participar
del concurso:
1. Aquellas organizaciones que tengan rendiciones de cuentas pendientes con el INJUV o
con otros organismos del Estado de Chile. Entiéndase por “cuentas pendientes” la
situación de no haber presentado la rendición de la ejecución de algún proyecto, en el
tiempo y en la forma que el organismo lo hubiese exigido, o en el caso de haberse
presentado, esta cuente con reparos, haber sido rechazada o estar pendiente de
documentación. El no estar afecto a esta inhabilidad se acreditará mediante declaración
jurada simple de las organizaciones postulantes (anexo A). Lo anterior es sin perjuicio
de otras posibles vías de información que utilice el Servicio para ese fin, lo que lo
habilitará para poner término anticipado al convenio con la consiguiente obligación del
beneficiario de hacer entrega de los recursos recibidos.
2. Aquellas personas jurídicas que tengan su directiva funcionarios de planta, contrata u
honorarios que desempeñen labores permanentes o esporádicas en el INJUV.
3. Aquellas organizaciones que tengan en sus directivas prestadoras de servicios personales
en forma directa al INJUV o a través de los organismos con que éstos se vinculen por la
vía de convenios para la ejecución de programas, independiente de la naturaleza jurídica
que revista la relación convencional respectiva.
4. Aquellas organizaciones que tengan en su directiva parientes por consanguineidad o
afinidad y en línea recta hasta el segundo grado inclusive y colateral por consanguineidad
y afinidad hasta el tercer grado inclusive de los funcionarios de planta, contrata u
honorario que se desempeñen en el INJUV, además del cónyuge. El no estar afecto a
esta inhabilidad se acreditará por declaración jurada simple de los postulantes al
momento de concursar (anexo A).
5. Aquellas organizaciones que hayan recibido efectivamente recursos o esté en trámite su
recepción, luego de adjudicarse algún fondo concursable del INJUV en el año 2019 y que
su rendición de cuentas no haya sido aprobada al cierre de postulaciones.
Artículo 7º. Anexos. Las bases se encontrarán conformadas, además, por los documentos
que se identifican como anexos:
1. Anexos requeridos al momento de postular y para la firma de convenio:
• Anexo A. Declaración jurada simple.
• Anexo B. Listado de responsables del proyecto.
2. Anexos requeridos durante la ejecución del proyecto.
• Anexo C. Instructivo de rendición de cuentas.
• Anexo D. Declaración de recepción de fondos públicos.
• Anexo E. Informe cuantitativo de rendición de cuentas.
• Anexo F. Informe cualitativo de rendición de cuentas.
• Anexo G. Certificado de acreditación regional.
• Anexo H. Solicitud de modificación.
3. Anexos requeridos al finalizar el proyecto.
• Anexo I. Informe final de rendición de cuentas
Artículo 8º. Envío y aclaración de consultas. Las entidades postulantes podrán formular
consultas o solicitar aclaraciones de las presentes bases. Estas deberán realizarse
exclusivamente a través de http://extranet.injuv.gob.cl/institucional/oirs/ en los plazos
señalados en el calendario respectivo.
Las consultas se contestarán directamente al correo electrónico de la persona que realizó el
requerimiento de respuesta y se publicarán en el portal www.injuv.gob.cl mediante un “acta
de aclaraciones” que contendrá todas las consultas y respuestas entregadas, entendiéndose
conocidas por todos los participantes, el documento será visado por el Departamento de
Coordinación Programática y de Asesoría Jurídica.
Con todo, las respuestas enviadas vía correo electrónico en ningún caso implican una
modificación a las presentes bases, tampoco exime de las obligaciones contenidas en ellas a
los postulantes ni les otorga más derechos.
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Dudas y consultas respecto al proceso de postulación, que incluya la creación de usuario,
diseño del proyecto, funcionamiento de la plataforma www.fondos.gob.cl o del cómo operar
en la etapa de subsanación de admisibilidad, se deben realizar directamente al call center 600
600 1660, de lunes a jueves entre 09:00 horas a 18:00 horas y viernes entre 09:00 horas a
17:00 horas.
Artículo 9º. Etapas del fondo. Para el fondo concursable, se establecen como etapas
principales, las siguientes:
1. Llamado a concurso. Es la publicación en www.injuv.gob.cl, de las bases del fondo y
del calendario de las distintas etapas que inician con la postulación de proyectos en el
sitio web www.fondos.gob.cl.
2. Postulación. Es la presentación de proyectos, la cual se realiza en el sitio
www.fondos.gob.cl y se concretará con el envío final del proyecto al “enviar postulación”,
quedando el registro de día y hora del proyecto postulado.
3. Dudas, consultas y respuestas a las bases y proceso de postulación. Los
postulantes podrán solicitar al INJUV aclaraciones respecto a las bases y el proceso de
postulación, dentro de los plazos y canales determinados por las presentes bases. El
INJUV, dará respuesta a estas consultas directamente al correo electrónico del solicitante
y, posteriormente, a través de la publicación en www.injuv.gob.cl del acta de
aclaraciones.
4. Apertura oficial. Es la publicación en forma total de los proyectos postulados, en la que
se señalarán aquellos que han cumplido y no, con los requisitos establecidos en el
Capítulo IV “Admisibilidad, Apertura, Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.
5. Evaluación. Proceso en el que la comisión evaluadora de proyectos, asigna puntajes a
cada iniciativa postulada que pasó la etapa de admisibilidad. Las calificaciones se basan
en los criterios de evaluación señalados en el Capítulo IV “Admisibilidad, Apertura,
Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.
6. Selección. Es la publicación en forma total de los proyectos que, habiendo pasado la
etapa de admisibilidad, fueron calificados por la comisión evaluadora de proyectos y
ordenados según criterios de selección señalados en el Capítulo IV “Admisibilidad,
Apertura, Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.
7. Adjudicación. Es la publicación en forma total de los proyectos evaluados que
resultaron seleccionados para recibir financiamiento, mediante acto administrativo
(resolución exenta) que individualiza a las entidades adjudicadas.
8. Documentación para transferencia de recursos. Es la entrega física de la
documentación original solicitada en el Capítulo V “Firma de convenios, Entrega de
convenios y Transferencia de fondos” de las presentes bases, dentro de los plazos
determinados por el calendario.
9. Entrega de fondos. Es la entrega de los dineros adjudicados, la cual se hará mediante
transferencia electrónica por el total de los fondos públicos asignados en la respectiva
cuenta bancaria de la cual es titular la entidad adjudicataria, o mediante entrega de
cheque nominativo en el caso de no tener cuenta.
10. Ejecución del proyecto. Comienza con la transferencia de recursos a la organización
o el retiro del cheque desde la dirección regional a la cual fue remitido y se extenderá
hasta la fecha determinada en el Capítulo VI “Ejecución, Rendición de cuentas y
Supervisión del proyecto” de las presentes bases.
11. Supervisión y rendición de cuentas. Las entidades adjudicadas podrán ser
supervisadas por profesionales del INJUV a fin de velar por el buen uso de los fondos
públicos asignados. Asimismo, las organizaciones ejecutoras deben responder a los
requerimientos y solicitudes que se hagan desde los equipos regionales que llevan el
seguimiento de las iniciativas. En este sentido, las organizaciones beneficiarias se
comprometen a entregar un informe mensual de rendiciones tal como lo determina el
anexo C (Instructivo de rendición de cuentas) de las presentes bases.
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Artículo 10°. Calendario del concurso. Las etapas y acciones correspondiente al presente
concurso, se regirán en los plazos y fechas definidas en la tabla n°1, calendario del concurso.
Tabla n°1. Calendario del Concurso
Proceso Duración
1. Publicación del llamado en sitio www.injuv.gob.cl Miércoles 22 de enero 2020.
2. Jornadas de inducción, capacitación y asesoría en
direcciones regionales INJUV.
Desde el miércoles 29 de enero
al viernes 21 de febrero 2020.
3.
Inicio de postulaciones de proyectos en
plataforma de fondos concursables
www.fondos.gob.cl
12:00 horas del lunes 27 de
enero 2020.
4. Período de consultas o aclaración de dudas del
concurso recibidas a través OIRS INJUV.
Desde publicación llamado al
domingo 9 de febrero 2020.
5.
Publicación en www.injuv.gob.cl del acta con las
respuestas a solicitudes de consulta o aclaración
de dudas recibidas en período establecido.
16:00 horas del lunes 10 de
febrero 2020.
6. Cierre de las postulaciones en portal
www.fondos.gob.cl
23:59 horas del domingo 23 de
febrero 2020.
7. Nombramiento, designaciones y constitución de
las comisiones evaluadoras de proyectos. Viernes 28 de febrero 2020.
8. Publicación de las actas de constitución de las CEP
regionales en www.injuv.gob.cl Miércoles 4 de marzo 2020.
9. Inicio del periodo de revisión de admisibilidad
preliminar de los proyectos postulados. Lunes 24 de febrero 2020.
10. Término del período de revisión de admisibilidad
preliminar de los proyectos postulados. Jueves 5 de marzo 2020.
11.
Publicación en www.injuv.gob.cl, del acta
preliminar de apertura y admisibilidad de
proyectos postulados.
16:00 horas del viernes 6 de
marzo 2020.
12.
Notificación vía correo electrónico del estado de
admisibilidad preliminar: admisibles,
postulaciones observadas que requieren
subsanación y no admisibles.
Lunes 9 de marzo 2020.
13.
Apertura del portal www.fondos.gob.cl para carga
de reconsideraciones de admisibilidades
observadas y las respectivas subsanaciones.
Martes 10 de marzo 2020.
14.
Cierre del portal www.fondos.gob.cl para carga de
reconsideraciones de admisibilidades observadas
y las respectivas subsanaciones.
Domingo 15 de marzo 2020.
15.
Inicio del período para revisión de admisibilidad
de reconsideraciones recibidas de los proyectos
postulados
Lunes 16 de marzo 2020.
16.
Término del período para revisión de admisibilidad
de reconsideraciones recibidas de los proyectos
postulados
Jueves 19 de marzo 2020.
17.
Publicación en sitio www.injuv.gob.cl del acta final
de apertura y admisibilidad de proyectos
postulados.
16:00 horas del viernes 20 de
marzo 2020.
18.
Notificación vía correo electrónico del estado de
admisibilidad final: admisibles y no admisibles de
pasar a etapa de evaluación.
Lunes 23 de marzo 2020.
19. Inicio del período de evaluación de proyectos por
parte de las comisiones evaluadoras regionales. Lunes 23 de marzo 2020.
20.
Término del período de evaluación de proyectos
por parte de las comisiones evaluadoras
regionales.
Jueves 2 de abril 2020.
21. Publicación del acta preliminar de calificaciones en
www.injuv.gob.cl
16:00 horas del lunes 6 de abril
2020.
22. Inicio período de recepción de reconsideración de
calificaciones obtenidas Lunes 6 de abril 2020.
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23. Término período de recepción de reconsideración
de calificaciones obtenidas. Miércoles 8 de abril 2020.
24. Revisión de reclamaciones Jueves 9 y viernes 10 de abril
2020.
25.
Publicación en www.injuv.gob.cl del acta final de
calificaciones y listado de proyectos
seleccionados.
16:00 horas del lunes 13 de abril
2020.
26.
Notificación vía correo electrónico del estado de
selección: seleccionado y no seleccionado y;
disposición del detalle de las calificaciones
obtenidas en www.fondos.gob.cl
Martes 14 de abril 2020.
27. Publicación en www.injuv.gob.cl de la resolución
que adjudica a los proyectos ganadores. Miércoles 15 de abril 2020.
28.
Inicio del período de envío, a través de correo
electrónico, del convenio de cooperación y
transferencia de recursos a las entidades de los
proyectos declarados adjudicados.
Del jueves 16 al viernes 17 de
abril 2020.
29.
Término del período para entrega física en
direcciones regionales INJUV, de los convenios
correctamente firmados y documentación de
respaldo (anexos y letra de cambio) por parte de
las entidades adjudicatarias.
12:00 horas del miércoles 22 de
abril 2020.
30. Notificación vía correo electrónico de reparos a
convenios o documentación observada por INJUV. miércoles 29 de abril 2020.
31. Entrega final en direcciones regionales INJUV de
documentación subsanada que fue observada.
12:00 horas del martes 5 de
mayo 2020.
32. Transferencia electrónica de recursos o giro de
cheques.
Desde el lunes 11 al viernes 15
de mayo 2020.
33.
Ejecución del proyecto, a contar de la fecha de
entrega de recursos y un plazo no superior al 31
de julio 2020.
Desde el lunes 11 al viernes 31
de julio 2020.
34. Informe final de rendición del proyecto ejecutado. Lunes 31 agosto 2020.
En caso de existir cambios al presente calendario, en su totalidad o en algunas de sus etapas,
estos serán publicados en el sitio web www.injuv.gob.cl con el nombre “Modificación de
calendario”, detallando la etapa, las fechas y los plazos que son rectificados. Es deber de la
organización revisar constantemente el sitio web de INJUV para informarse sobre cambios a
las fechas o plazos del concurso.
CAPÍTULO II
LLAMADO A CONCURSO, POSTULACIÓN Y PERFIL DEL POSTULANTE Artículo 11º. Del perfil de los postulantes. Podrán postular al concurso:
1. Juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, territoriales o funcionales reguladas
por la Ley N°19.418, constituidas como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y
reconocidas como receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores
del Estado y Municipalidades.
2. Clubes deportivos, asociaciones o comunidades y colectivos artísticos/culturales
constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como
receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y
Municipalidades.
3. Asociaciones o comunidades indígenas reguladas por la Ley N°19.253, constituidas como
personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como receptoras de fondos
públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.
4. Centros y federaciones estudiantiles, secundarias o universitarias, que se encuentren
constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como
receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y
Municipalidades.
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Sin perjuicio de lo anterior, se deja establecido que quedan excluidos y no podrán postular
las siguientes instituciones o personas jurídicas:
5. Personas jurídicas con fines de lucro, tanto civiles como comerciales, tales como
sociedades por acciones (SpA), empresas individuales de responsabilidad limitada
(EIRL), sociedades anónimas cerradas o abiertas (S.A.), sociedades de responsabilidad
limitada (Ltda.), entre otros.
6. Organizaciones o asociaciones que no tengan rol único tributario (RUT) ante Servicio de
Impuestos Internos (S.I.I.), o que no se encuentren reconocidas como receptoras de
fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.
7. Demás organizaciones, asociaciones gremiales, sindicatos, cooperativas,
fundaciones o corporaciones que se encuentren constituidas como personas jurídicas
con y sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como receptoras de fondos públicos por
el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.
8. Universidades Públicas y/o Privadas.
9. Centros de Formación Técnica.
10. Institutos Profesionales.
11. Centros o Corporaciones Educacionales.
12. Establecimientos Educacionales Públicos y/o Privados.
13. Municipalidades.
14. Corporaciones Municipales.
15. Servicios Públicos.
16. Gobernaciones, Ministerios ni otros Organismos Públicos.
Las entidades participantes, deberán estar inscritas, al cierre de postulaciones, en el Registro
Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades, de acuerdo a Ley N°19.862
www.registros19862.cl. El incumplimiento de lo señalado anteriormente dejará fuera de
concurso en forma inmediata a la entidad postulante y en ningún caso podrá adjudicarse el
fondo concursable, siendo declarada inadmisible. Los datos registrados en dicha inscripción
deberán coincidir con los proporcionados en el formulario de postulación, como, por ejemplo,
nombre representante legal, miembros de la directiva y dirección de la organización.
Artículo 12º. Postulación. La presentación de proyectos se realizará a través de la
plataforma de postulación www.fondos.gob.cl y se concretará completando debidamente todos
los campos obligatorios, adjuntando la documentación requerida y haciendo el envío del
proyecto dentro de los plazos determinados por el calendario del concurso.
Los documentos requeridos al postular deben cargarse en la plataforma de postulación, en
forma legible, con un máximo de 10 MB por cada archivo separadamente y deben coincidir
con la información proporcionada en los campos requeridos para la postulación. Los
documentos solicitados como adjuntos, corresponde a los siguientes:
1. RUT de la persona jurídica emitido exclusivamente por el Servicio de Impuestos Internos
(http://homer.sii.cl/).
2. Certificado de vigencia de la personalidad jurídica y/o de vigencia del directorio emitido
por el Registro Civil e Identificación, Municipio o entidad otorgante según corresponda,
emitido dentro de los 60 días anteriores a la postulación.
3. Documento en que conste personería del representante legal, por ejemplo: certificado
de directorio emitido por el Registro Civil e Identificación, Municipio o entidad otorgante
según corresponda, emitido dentro de los 60 días anteriores a la postulación, que den
cuenta de la facultad para suscribir convenios de colaboración conforme a los estatutos
de la organización postulante.
4. Copia simple de cédula de identidad del representante legal.
5. Documento que acredite el domicilio de la entidad postulante, tales como certificado de
residencia emitido por la Junta de Vecinos, declaración jurada de dos testigos ante
notario público u oficial civil, copia digital de RUT del SII que indique el domicilio. En caso
de no poder obtener los documentos descritos, se deberá solicitar la asistencia de un
funcionario del INJUV, a través de la dirección regional respectiva, para realizar una
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inspección personal. Lo anterior, sin perjuicio de la disponibilidad de recursos humanos
de la dirección regional al momento de la solicitud.
6. Anexo A. Declaración jurada simple.
7. Anexo B. Listado responsables del proyecto, máximo tres personas que serán
responsables de todas las gestiones necesarias para la correcta ejecución del proyecto
con INJUV. Tienen la obligación de asistir a capacitaciones una vez adjudicado el
concurso. Son personas que no perciben remuneración alguna por la ejecución del
proyecto.
Las entidades postulantes que no declaren poseer una cuenta bancaria en el formulario de
postulación, podrán informar una, a nombre de la entidad, al momento de la entrega de los
recursos en caso de resultar adjudicatarias. Los antecedentes bancarios, deberán ser enviados
al correo electrónico [email protected] de la coordinación nacional de fondos
concursables de INJUV. En caso contrario, se emitirá cheque nominativo.
Las entidades postulantes, deberán ejecutar su proyecto en alguna de las comunas
pertenecientes a la región donde la entidad posee dirección.
Artículo 13º. Líneas de intervención. Los proyectos que se presenten para postular al
fondo podrán seleccionar, al momento de la postulación, un área temática y una subdimensión
de dicha área, seleccionando la que se ajusta a los objetivos y actividades del proyecto:
1.- Desarrollo laboral - vocacional:
a) Disminuir la deserción escolar.
b) Aumentar la participación laboral.
c) Generar condiciones para el apresto laboral y acceso a capacitaciones.
d) Promover la educación financiera.
e) Informar respecto a la seguridad social de jóvenes.
2.- Desarrollo cívico - social:
f) Aumentar los niveles de participación política convencional (relación con instituciones)
y no convencional.
g) Promover y/o fortalecer acciones de voluntariado.
h) Fortalecimiento de organizaciones sociales de jóvenes.
3.- Desarrollo físico- mental
i) Medidas que busquen prevenir el VIH e ITS.
j) La prevención del consumo de drogas.
k) El buen estado nutricional y la actividad física.
l) La prevención de la violencia.
m) El acceso a salud mental.
n) Embarazo adolescente y salud sexual reproductiva.
Artículo 14°. Plazos de ejecución. El proyecto no podrá tener un plazo de ejecución inferior
a 30 días ni terminar de ejecutarse posterior al viernes 31 de julio 2020, en todas las
actividades declaradas. La ejecución comienza a contarse desde la entrega de recursos (se
considera como día 1), que se materializa a través de la transferencia electrónica efectuada a
la cuenta de la organización declarada en el formulario de postulación de proyectos en
www.fondos.gob.cl. En caso que la entrega de recursos sea a través de cheque, se considerará
a partir de la fecha de retiro desde la dirección regional.
Al momento de diseñar el proyecto, la entidad postulante, deberá señalar un rango de
ejecución de su iniciativa, que va desde la fecha de la transferencia (11 al 15 de mayo) hasta
el 31 de julio de 2020. La fecha inicial, será modificada automáticamente a la fecha en que se
transfieran efectivamente los recursos o del retiro de cheque desde la dirección regional,
contándose esta como inicio de la ejecución del proyecto.
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CAPÍTULO III
FINANCIAMIENTO, RECURSOS DISPONIBLES Y RESTRICCIÓN DE GASTOS
Artículo 15º. Del financiamiento. El concurso contempla un monto total de $210.000.000
(doscientos diez millones de pesos). Cada proyecto seleccionado recibirá un financiamiento
único de $1.500.000 (un millón y quinientos mil pesos).
La entrega de los fondos públicos a las entidades adjudicatarias se realizará en una cuota, por
el total del monto adjudicado, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución
que aprueba el convenio respectivo, siempre y cuando, la garantía haya sido entregada al
INJUV y cuente con el visto bueno de los Departamentos de Coordinación Programática,
Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas.
Artículo 16º. Distribución regional de los recursos. El monto total a repartir entre los
adjudicatarios se dividirá entre las 16 regiones del país, atendido que para la asignación de
recursos por región se utilizan 3 variables, cada de uno de ellos con porcentajes de valor:
1. Población joven proyectada al 2020 por región2: consiste en favorecer a aquellas
regiones con densidad demográfica en la que habitan jóvenes, con un valor del 25%.
2. N° de postulaciones fondo concursable 2019 por región3, busca favorecer a
aquellas regiones que tienen un alto índice de participación, con un valor del 35%.
3. Comunas por región: consiste en el número total de comunas por cada región, este
indicador tiene un valor del 40% y busca favorecer a aquellas regiones que tienen un
mayor número de comunas.
En la siguiente tabla nº2, están los montos totales a entregar y el número de proyectos a
financiar por región:
Tabla n°2 Distribución regional de los recursos
Regiones Monto Total en $ N° Proyectos
Arica y Parinacota $4.500.000 3
Tarapacá $4.500.000 3
Antofagasta $6.000.000 4
Atacama $6.000.000 4
Coquimbo $7.500.000 5
Valparaíso $19.500.000 13
Metropolitana de Santiago $51.000.000 34
Libertador General Bernardo O’Higgins $16.500.000 11
Maule $16.500.000 11
Ñuble $9.000.000 6
Biobío $21.000.000 14
La Araucanía $16.500.000 11
Los Ríos $6.000.000 4
Los Lagos $13.500.000 9
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo $6.000.000 4
Magallanes y la Antártica Chilena $6.000.000 4
TOTAL $210.000.000 140
Dado lo anterior, la entidad postulante, debe ejecutar en una comuna que pertenezca a la
región donde posee residencia. No podrá postular a proyectos en comunas de otras regiones.
Esto será motivo de revisión de admisibilidad.
Artículo 17°. Los gastos y sus restricciones se dividen en los siguientes ítems:
1. Recursos Humanos (20% del total del fondo adjudicado - hasta $300.000).
Boletas de Honorarios. Los montos destinados a este ítem no podrán superar el
20% del fondo adjudicado. Corresponden a pagos, a través de boletas de honorarios del
servicio de Impuestos Internos (SII), de personas que realicen labores asociadas al
2 Revisar sección Información Complementaria con listado de la proyección de población juvenil por región. 3 Revisar sección Información Complementaria con listado de postulaciones al Participa 2019
10
cumplimiento de los objetivos del proyecto. No se podrá realizar pago a
coordinadores, gestores y/o ejecutores del proyecto, que pertenezcan o no a la
directiva de la organización.
2. Gastos Operacionales
Materiales de ejecución. Este ítem puede destinar hasta un 100% del fondo
adjudicado. Corresponden a gastos destinados a materiales necesarios que se utilizarán
durante la ejecución el proyecto. Tales como: materiales de construcción (clavos,
tornillos, madera, etc.), merchandising, material de enseñanza, etc. Tendrán
restricciones los ítems de bienes y servicios de consumo y, los servicios de publicidad y
difusión, según el siguiente detalle:
• Bienes y Servicios de Consumo. Los montos destinados a este ítem no podrán
superar el 15% del fondo adjudicado (hasta $225.000). Corresponden a los
gastos de:
Bienes: Gastos por adquisiciones de alimentos, bebidas, banquetearías, fotocopias,
papel, materiales de escritorio, fotografías, materiales de aseo.
Servicios: Gastos por adquisición de pasajes de locomoción urbana, movilización para
personas, fletes, siempre y cuando lo requiera el proyecto.
• Servicios de Publicidad y Difusión. Los montos destinados a este ítem no
podrán superar el 10% del fondo adjudicado (hasta $150.000), estos
corresponden a gastos en actividades de promoción o difusión del proyecto.
3. Gastos de Inversión.
Materiales de Inversión. Los montos destinados a este ítem no podrán superar el
30% del fondo adjudicado (hasta $450.000). Estos corresponden a gastos que resultan
de la adquisición de bienes indispensables para desarrollar las actividades previstas en
el proyecto, que subsisten después de terminado y que hayan sido aprobados
explícitamente.
En caso de que alguna organización declarase erróneamente el gasto en el formulario de
postulación de proyectos y su proyecto resulte seleccionado para adjudicarse (ej. Error en
imputación entre un ítem y otro, individualización de gastos prohibidos por las bases, entre
otros), deberá readecuar obligatoriamente sus gastos de conformidad a las presentes bases,
de no hacerlo estos gastos serán rechazados y el adjudicatario deberá restituir dichos fondos.
Artículo 18°. Gastos no financiables. Las entidades postulantes, no podrán financiar los
siguientes tipos de gastos:
1. Gastos por viáticos, compra de celulares, de inmuebles, vehículos, bebidas alcohólicas,
cigarrillos, pagos de servicios financieros y de seguros, gastos por mantenimiento de
máquinas, equipos o vehículos, pago de permisos de circulación, placas, patentes de
vehículos, artículos electrónicos no relacionados con el proyecto (Tablet, LCD,
televisores, reproductores de multimedia, etc).
2. Desembolsos por premios en dinero o especies no autorizadas previamente.
3. Pagos por auto facturación de la entidad receptora y los facturados al INJUV por bienes
o servicios que esta entidad preste o ponga a disposición de la ejecución de la iniciativa.
4. Gastos que financien construcciones de inmuebles e infraestructuras.
5. Gastos en estudios, tesis, becas o investigaciones.
6. Gastos operacionales propios de la organización o gastos distintos a los detallados en la
iniciativa, tales como: tarjetas prepago celular, bencina, gas, gastos por pago de
servicios básicos de luz, agua, teléfono, e internet, recargas de tarjetas, de arriendos de
inmuebles cuando estos sean el lugar en que habitualmente funcionan o desarrollan sus
actividades las Entidades ejecutoras.
7. Pago a coordinadores, gestores y/o ejecutores del proyecto, que pertenezcan o no a la
directiva de la organización.
8. No se financiarán gastos de artículos electrónicos o computacionales que
individualmente superen un monto de $300.000 (trescientos mil pesos).
Para mayor detalle de lo establecido en los artículos 17° y 18°, remitirse al Anexo C
“instructivo de rendición de cuentas”, tanto para la formulación (IV. Documentos de
respaldo) y/o rendición del proyecto (III. Rendición de Cuentas).
11
CAPÍTULO IV
ADMISIBILIDAD, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Artículo 19º. Admisibilidad y subsanación. El INJUV, a través del Departamento de
Coordinación Programática, en particular la coordinación nacional encargada de los fondos
concursables, se ocupará de examinar, revisar y analizar el cumplimiento de los requisitos
estipulados en las bases. La revisión de admisibilidad considerará los siguientes aspectos:
1. Inhabilidades para participar. Según lo señalado en el artículo 6° de las presentes bases,
esto considera también la revisión de la Unidad de Rendiciones de la situación financiera
de la institución con el Servicio.
2. Cumplimiento del perfil del postulante, según lo señalado en el artículo 11° de las
presentes bases, contar con inscripción en el Registro Central de Colaboradores del
Estado y Municipalidades, al cierre de postulaciones.
3. Según lo señalado en el artículo 12° de las presentes bases, disposición de los
documentos adjuntos requeridos en el formulario de postulación, que estos correspondan
a los solicitados en las bases del concurso.
4. Que la comuna donde se ejecutará el proyecto corresponda a una de las comunas de la
región en que la entidad postulante posee domicilio (Artículo 16°). Esto según documento
que acredita domicilio cargado como documento adjunto (n°5 del artículo 12°) y comuna
de ejecución señalada en el formulario de postulación.
Las entidades postulantes podrán solicitar una reconsideración respecto de la inadmisibilidad,
bajo la exclusiva causal de considerar que se ha producido un error. Para ello deberán realizar
una solicitud al correo [email protected] dentro de los plazos determinados en
el calendario del concurso.
Para el caso en que una entidad resulte admisible con observación que requiere subsanar,
respecto de los anexos o documentos adjuntos requeridos en la etapa de postulación, se
comunicará dicha situación al correo electrónico de la entidad postulante registrado al
momento de postular. La subsanación de los anexos que fueron observados se debe realizar
dentro de los plazos señalados en el calendario del concurso. La carga de los documentos
adjuntos requeridos en la etapa de postulación, debe hacerse reemplazando el o los
documentos observados, adjuntando, además, la carta de reconsideración de admisibilidad.
Todos estos campos estarán disponibles en la plataforma www.fondos.gob.cl mientras dure la
etapa de subsanación.
Una vez terminado el proceso de subsanación, el INJUV revisará nuevamente la admisibilidad
de las entidades postulantes, manteniendo los mismos aspectos señalados en los números 1,
2, 3 y 4 del presente artículo 19°. Si las organizaciones no subsanan a las observaciones
formuladas dentro del plazo, el proyecto postulado quedará eliminado de la siguiente etapa
del proceso concursal, sin posibilidad de apelación ni prórroga.
Artículo 20º. Apertura La apertura comienza con la publicación en www.injuv.gob.cl, del
acta preliminar de apertura y admisibilidad con el listado de todas las entidades que postularon
al fondo. En esta se señalarán, en conformidad a lo señalado en el artículo anterior, cuáles
dieron cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases (admisibles), aquellas
admisibles con observación (subsanación) y, por último, con su respectiva justificación,
aquellas que no dieron cumplimiento (inadmisibles).
Posterior a la revisión de las reconsideraciones señaladas en el artículo 19°, se procederá a la
publicación del acta de apertura y admisibilidad final de entidades que pasarán a la siguiente
etapa de evaluación de proyectos. Frente a esta última determinación, no procederá recurso
alguno.
Artículo 21º. Composición y constitución de la Comisión Evaluadora de Proyectos.
Se establecerá una comisión evaluadora de proyectos, en adelante “CEP”, la cual evaluará los
proyectos dentro del pazo determinado en el artículo 10°, calendario del concurso y asignará
los puntajes conforme a los criterios establecidos en el artículo 23° de las presentes bases.
12
Se constituirá una comisión evaluadora por región, integrada siempre y en todo caso por un
número impar de funcionarios no menor a tres miembros (3), quienes decidirán en conjunto
la nota para cada criterio de evaluación. Estas comisiones serán integradas por funcionarios
de cada dirección regional y podrán contar con uno o más funcionarios de otras entidades
públicas, tales como el Ministerio del Trabajo, Desarrollo Social, Salud, Educación, la
Corporación de Fomento a la Producción (CORFO), entre otras. La constitución, quedará
establecida en acta regional de constitución de miembros de la comisión evaluadora de
proyectos.
El número y nombre de los integrantes de las comisiones evaluadoras regionales serán
determinados mediante acto administrativo dentro de los plazos indicados por el calendario
del concurso. Cada CEP regional será presidido por un funcionario del INJUV, lo cual será
señalado en la resolución que los designe. En caso de que, las CEP regionales no se constituyan
en los plazos determinados por bases, se designará una comisión evaluadora en el nivel central
de iNJUV, que calificará los proyectos de aquellas regiones que no cuenten con la CEP.
La habilitación de los perfiles de evaluación, será gestionada por la coordinación nacional
encargada de los fondos concursables, a partir de los antecedentes que proporcionen las
Direcciones Regionales en cada acta de constitución. La coordinación de fondos concursables,
remitirá los listados con los antecedentes a la contraparte encargada del soporte al sitio
www.fondos.gob.cl, quienes habilitarán el acceso para la visualización de proyectos, la
asignación de notas y las respectivas justificaciones.
Artículo 22º. Evaluación y reconsideración de calificaciones.
En esta instancia la Comisión Evaluadora de Proyectos procederá a evaluar cada uno de los
proyectos que hayan sido declarados admisibles en el acta de apertura y admisibilidad final,
conforme a los criterios de evaluación y selección contenidos en el artículo 23° de las bases
especiales del concurso. La evaluación se realiza a través de la visualización de proyectos con
el perfil de los evaluadores en la plataforma de fondos www.fondos.gob.cl.
Al terminar el proceso de evaluación, la CEP en conjunto con la coordinación nacional de fondos
concursables, levantará acta de calificaciones con el detalle de las notas obtenidas por las
entidades que postularon sus proyectos. Esta acta, será publicada en el sitio web
www.injuv.gob.cl dentro de los plazos determinados en el calendario del concurso.
Las entidades postulantes podrán solicitar una reconsideración respecto de las calificaciones
obtenidas, bajo la exclusiva causal de considerar que se ha producido un error. Para ello
deberán realizar una solicitud al correo [email protected] dentro de los plazos
determinados en el calendario del concurso. La coordinación nacional de fondos concursables
solicitará a la respectiva Comisión Evaluadora de Proyectos la revisión del proyecto reclamado.
La Comisión volverá a revisar el proyecto, confirmando o modificando las notas. Frente a esta
última determinación de la CEP, no procederá recurso alguno y será publicada bajo el nombre
“Acta de calificaciones y selección de proyectos” en el sitio www.injuv.gob.cl dentro de los
plazos establecidos por el calendario del fondo.
La CEP, deberá consignar obligatoriamente la existencia de algún error respecto de
imputaciones de gastos en el proyecto presentado por la entidad, para lo cual contará con la
asesoría técnica de la Unidad de Rendiciones.
Por último, las notas y sus respectivas justificaciones quedarán disponibles en la plataforma
de postulación de proyectos www.fondos.gob.cl, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del acta final de calificaciones.
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Artículo 23º. Criterios de evaluación y selección. Se establecen los siguientes criterios
de evaluación de proyectos. En este cuadro, se expresan los criterios a los que serán sometidos
los proyectos a evaluar y las respectivas definiciones de lo que se pondera:
Tabla nº3 Definiciones de los criterios de evaluación y selección
Criterio Definición
1. Pertinencia y
coherencia
Evalúa la correspondencia entre el diagnóstico, la línea de
intervención, los objetivos y las actividades propuestas, la
coherencia de éstas con los gastos declarados, además de la
pertinencia de los beneficiarios identificados para el proyecto.
2. Impacto
Mide el aporte del proyecto al mejoramiento de las actuales
condiciones de las personas, grupos, comunidades o sectores
donde se llevará a cabo la intervención definiendo metas,
productos y resultados con sus respectivos medios de
verificación.
3. Integración y
Equidad social
Califica la incorporación de elementos o acciones orientadas a la
disminución de barreras, brechas o inequidades sociales
(género, medioambientales, culturales, etc.) en beneficio de
personas, grupos o segmentos sociales prioritarios.
4. Ideas innovadoras y
sustentables
Evalúa cómo se resuelve el problema o necesidad detectada, a
través de metodologías de participación, actividades
innovadoras y sustentables (uso consciente y responsable de los
recursos).
5. Territorialidad4
Evalúa características o parámetros estructurales (conjunto de
variables, tanto territoriales como socioeconómicas y
demográficas más significativas) que inciden y/o determinan en
gran medida las condiciones del territorio comunal.
6. Complementariedad
Evalúa la relación de complementariedad con otras
organizaciones, instituciones o instancias a fin de optimizar el
logro de los objetivos, evaluándose la vinculación con otras
entidades de la sociedad civil, como también el patrocinio o
auspicio de entidades públicas o privadas.
En la tabla nº4, se señalan los indicadores a evaluar con sus respectivos puntajes iniciales,
donde 1 es el más bajo y donde el 7 es el más alto, los valores son únicos y se evalúa la suma
total de cada criterio según el valor porcentual de cada uno de ellos, siendo la máxima
ponderación el 7. Se consideran hasta 2 decimales. Ver el siguiente ejemplo:
1. (Puntaje inicial1*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Pertinencia y Coherencia 7 * 25% = 1.75
2. (Puntaje inicial2*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Impacto 4 * 25% = 1.00
3. (Puntaje inicial3*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Equidad Social 7 * 20% = 1.40
4. (Puntaje inicial4*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Ideas Inn y Sust 4 * 15% = 0.60
5. (Puntaje inicial5*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Territorialidad 3 * 10% = 0.30
6. (Puntaje inicial6*(% del valor))= Puntaje Obtenido
Ejemplo: Complementariedad 4 * 5% = 0.20
Ejemplo: 1.75+1.00+1.40+0.60+0.30+0.20 = 5.25 (nota final)
4 Revisar sección Información Complementaria para conocer la tipología de las comunas según variables.
14
Tabla n°4 Criterios e indicadores de evaluación y selección de proyectos
Criterio y
ponderación Indicadores PI
Puntaje
obtenido
1. 25%
Pertinencia y Coherencia
Pertinencia entre la línea de intervención y
el diagnóstico; los objetivos y actividades se
relacionan con los gastos propuestos y; las
edades de los beneficiarios directos van
entre los 15 a 29 años.
7 1,75
Pertinencia entre la línea de intervención y
el diagnóstico; objetivos y actividades
propuestas se relacionan; edades de los
beneficiarios directos van entre los 15 a 29
años, pero los gastos y desglose
presupuestario no resulta coherente.
5 1,25
Pertinencia entre la línea de intervención y
el diagnóstico; las edades de los
beneficiarios directos van entre los 15 a 29
años, pero; los objetivos y actividades no se
relacionan entre sí, además el desglose
presupuestario no resulta coherente.
3 0,75
No se identifica con claridad los beneficiarios
directos o no van entre los 15 a 29 años o;
no existe coherencia entre la línea de
intervención y el diagnóstico; los objetos y
actividades, como también, el gasto
presupuestario no resulta coherente.
1 0,25
2. 25%
Impacto
Definición, descripción y cuantificación de
metas, de productos y de resultados que se
propone alcanzar, observándose coherencia
con los medios de verificación declarados.
7 1,75
Definición, descripción y cuantificación de
metas, productos y de los resultados que se
propone alcanzar, pero no se identifican
medios de verificación asociados.
4 1,00
Ausencia de definiciones, descripciones o
cuantificaciones de las metas, productos o
resultados que se propone alcanzar,
observándose incoherencia, además, con los
medios de verificación informados.
1 0,25
3. 20%
Integración y Equidad
social
Presencia de elementos o acciones que
apunten a la disminución de brechas y la
integración de grupos o personas jóvenes
vulnerables.
7 1,40
Presencia de elementos o acciones que
apunten a la disminución de brechas o la
integración de grupos o personas jóvenes
vulnerables.
4 0,80
No cuenta con elementos o acciones que
apunten a la disminución de brechas ni la
integración de grupos o personas jóvenes
vulnerables.
1 0,20
4. 15%
Ideas innovadoras y
sustentables
El proyecto incorpora participación de
jóvenes en todas las etapas del proyecto,
resulta innovador y/o sustentable en las
actividades, recursos y metodologías.
7 1,05
Solo algunas etapas, actividades, recursos y
procedimientos incorporan participación de
jóvenes, responsabilidad medioambiental o
metodologías novedosas.
4 0,60
El proyecto no incorpora actividades
innovadoras, recursos eficientes ni
metodologías participativas.
1 0,15
15
5. 10%
Territorialidad
El proyecto de ejecuta en alguna de las
comunas semi urbanas y rurales con bajo
desarrollo.
7 0,70
El proyecto de ejecuta en alguna de las
comunas semi urbanas y rurales con
desarrollo medio.
5 0,50
El proyecto de ejecuta en alguna de las
comunas urbanas medianas, con desarrollo
medio.
3 0,30
El proyecto de ejecuta en alguna de las
comunas mayores, con desarrollo medio. 2 0,20
El proyecto de ejecuta en alguna de las
comunas metropolitanas con alto y/o medio
desarrollo.
1 0,10
6. 5%
Complementariedad
Se identifica a otros actores vinculados con
el desarrollo del proyecto, ya sea a través de
patrocinio o auspicios de organizaciones de
la sociedad civil o entidades públicos y/o
privadas.
7 0,35
Se identifica a otros actores vinculados con
el desarrollo del proyecto, pero no se
observan patrocinios ni auspicios de
organizaciones de la sociedad civil o
entidades públicos y/o privadas.
4 0,20
No se identifican otros actores vinculados
con el desarrollo del proyecto, ni se declaran
patrocinios o auspicios de organizaciones de
la sociedad civil o entidades públicos y/o
privadas.
1 0,05
Artículo 24°. Selección. Los proyectos que, siendo calificados por la CEP, hayan obtenido
en los criterios de Pertinencia y Coherencia y/o Impacto, una calificación igual a 1, quedarán
automáticamente fuera del proceso de selección. Si bien, serán evaluados en la totalidad de
los criterios, no podrán ser adjudicados por no resultar viables en su ejecución. En este mismo
sentido, aquellos proyectos que, en su nota final, obtengan una calificación igual o inferior a
3.00, quedarán fuera del proceso de adjudicación.
Una vez terminado el proceso de asignación de puntajes en la rúbrica digital de gestión del
CEP, dicha información quedará a disposición del Departamento de Coordinación
Programática, el cual procederá, a través de la coordinación nacional encargada de fondos
concursables, a determinar las entidades que resulten seleccionadas, conforme a la evaluación
realizada por las comisiones evaluadoras, cuestión que quedará expresada en el acta de
evaluación y listado de seleccionados del fondo, la cual se publicará en el sitio
www.injuv.gob.cl, dentro de los plazos determinados por el calendario del concurso (artículo
10°).
Lo expresado en el párrafo anterior, en ningún caso habilita a que el Departamento de
Coordinación Programática reevalúe proyectos y/o modifique notas.
Se seleccionarán proyectos a partir de aquel que haya obtenido un mayor puntaje en la suma
de todos los criterios y así sucesivamente hasta completar la totalidad de los recursos
disponibles, señalados en el artículo 16° de las presentes bases. Al existir cuotas por región,
los proyectos se ordenarán, en primera instancia, en un ranking regional.
Si una vez determinada la lista de seleccionados por región, quedan recursos disponibles, por
no existir proyectos suficientes para la adjudicación, la coordinación nacional encargada de
fondos concursables confeccionará un listado de organizaciones a nivel nacional. Se adjudicará
el fondo por estricto orden de notas, según ordenamiento establecido en el artículo 23°, hasta
agotar los saldos regionales, de conformidad a los montos establecidos en el artículo 16° de
las presentes bases.
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En caso de empate, una vez ordenados todos los criterios de evaluación según lo establecido
en la tabla n°4 del artículo 23°, se preferirá a la entidad que haya enviado primero la
postulación final del proyecto, según registro de horario y fecha de la plataforma de
postulación www.fondos.gob.cl
Si una entidad postuló a más de un proyecto, y estos se encuentran dentro de los
seleccionados, se preferirá únicamente aquel que haya obtenido una mejor ponderación,
quedando los siguientes proyectos fuera del proceso de adjudicación, dando paso a la selección
de proyectos que se encuentren en lista de espera, de una entidad distinta a las ya
seleccionadas. En caso de que no existan proyectos en lista de espera, los proyectos
seleccionados de la misma entidad, de todas maneras, quedarán fuera del proceso de
adjudicación.
Ante todo, la entidad postulante, deberá ejecutar el proyecto adjudicado identificado con el
número de folio de postulación en el acta de calificaciones y selección de proyectos, ratificado
luego en la resolución que adjudica el concurso.
Artículo 25°. Adjudicación. Corresponde a la resolución mediante la cual las entidades
ganadoras se adjudican el fondo respectivo, la cual será publicada en el portal institucional de
INJUV www.injuv.gob.cl
Resulta obligatorio que las entidades adjudicatarias participen, previa entrega de recursos, en
una capacitación de rendición de gastos, la cual se realizará en las direcciones regionales
respectivas. Las entidades adjudicatarias serán citadas mediante correo electrónico a esta
instancia, en caso de no poder asistir por causas justificadas, deberá informarlo con al menos
48 horas de anticipación. En caso de ocurrir la situación descrita, las entidades deberán
igualmente concurrir a capacitarse respecto de la rendición de cuentas en la forma y
oportunidad que determine el INJUV, sin posibilidad de volver a excusarse, en caso de
inasistencia, no les serán entregados los fondos públicos adjudicados.
Las entidades adjudicatarias serán notificadas por la coordinación nacional encargada de
fondos concursables del INJUV, mediante correo electrónico, en caso de haber existido un
error en la imputación de gastos en su proyecto, a fin de que subsanen el error mediante la
entrega de una nueva distribución de gastos que no transgreda las presentes bases,
documento que se entregará junto con el convenio y la documentación pertinente, de acuerdo
al artículo siguiente.
Artículo 26°. Convenio de cooperación y transferencia de recursos. Terminado el
proceso de selección y determinado los adjudicatarios del fondo, el Departamento de Asesoría
Jurídica elaborará los convenios y los enviará vía correo electrónico a las entidades
adjudicatarias a fin de ser firmados por sus representantes legales.
Es deber de la entidad verificar que el convenio recibido contenga correctamente ingresados
los datos de: nombre y RUT del representante legal, nombre y RUT de la entidad adjudicataria
y el respectivo domicilio. En caso de detectar algún error o inconsistencia deberá comunicar
esta situación al mismo correo desde el cual fue enviado el convenio, para su enmienda. Este
envío se realizará a los correos electrónicos informados en la postulación. Es de exclusiva
responsabilidad de la entidad postulante el mantener en funcionamiento la respectiva cuenta
de correo electrónico. Dicho convenio deberá entregarse en las direcciones regionales del
INJUV que correspondan a la comuna de ejecución de la organización o enviarse en sobre
cerrado, dirigido al Departamento de Coordinación Programática del Instituto Nacional de la
Juventud, ubicado en Agustinas n°1564, comuna de Santiago en la región Metropolitana.
CAPÍTULO V
FIRMA CONVENIO, ENTREGA DOCUMENTACIÓN Y TRANSFERENCIA FONDOS
17
Artículo 27°. Documentos de respaldo. Las entidades adjudicadas deberán entregar,
dentro del plazo determinado en el calendario del concurso, la siguiente documentación
original de respaldo al convenio firmado:
1. Declaración Jurada simple (Anexo A: cargado como archivo adjunto en etapa de
postulación).
2. Listado de responsables de la ejecución del proyecto (Anexo B cargado como archivo
adjunto en la etapa de postulación).
3. Redistribución presupuestaria, exclusivamente en caso de que haya sido detectado un
error en la imputación de gastos por parte de la Comisión Evaluadora de Proyectos.
4. Letra de Cambio pagadera a la vista, sin indicación de fecha de vencimiento, emitida por
la entidad adjudicataria a favor del Instituto Nacional de la Juventud, por el 100% del
monto asignado, firmada y aceptada por su representante legal ante Notario Público.
Dicho instrumento debe contener:
• Nombre íntegro y completo de la organización (sin abreviaturas).
• Rol Único Tributario de la organización.
• Nombre íntegro y completo del representante legal.
• Nombre íntegro y completo del “INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD” (sin
abreviaturas).
• La indicación de que el documento se suscribe “como aceptante” y “en representación
de la organización”.
• La indicación de que el documento es pagadero “a la vista”.
Las garantías deberán renovarse por la organización antes de 90 días a su vencimiento, a
solicitud del Instituto Nacional de la Juventud. El control de su caducidad corresponderá al
Departamento de Administración y Finanzas, quien notificará con la debida antelación a las
unidades respectivas de las garantías próximas a vencer para que estas comuniquen dicha
situación a las organizaciones.
Esta documentación deberá ser entregada personalmente en las Direcciones Regionales del
INJUV (ver en: http://www.injuv.gob.cl/portal/injuv-en-regiones/) o remitida a la Dirección
Nacional del INJUV, ubicada en calle Agustinas n°1564, comuna de Santiago, Región
Metropolitana. Si la entrega es personal en dependencias del INJUV, tanto en las Direcciones
Regionales como en la Dirección Nacional, las organizaciones deberán llevar la documentación
en duplicado, cada uno de los documentos será timbrado (el original y la copia), quedando el
original en poder del INJUV y la copia en poder de la organización, con el respectivo timbre
institucional.
Los funcionarios del INJUV que reciban la documentación deberán verificar que cada copia se
corresponda con su original. En caso de que los documentos sean entregados en las
Direcciones Regionales, estas deberán remitirlos al Departamento de Coordinación
Programática de la Dirección Nacional del INJUV, por valija, al día hábil siguiente a la entrega
efectuada por la organización.
Una vez recibida la documentación y el Departamento de Coordinación Programática haya
verificado que la entidad entregó los documentos exigidos en este artículo, los remitirá al
Departamento de Asesoría Jurídica. Este departamento, en caso de determinar que alguno de
los documentos no cumple con las exigencias de las bases, notificará a la organización por
correo electrónico y esta deberá subsanar en el plazo contemplado en las bases, de no hacerlo,
el INJUV queda facultado para dejar fuera del proceso a la organización.
Las entidades tendrán sólo una oportunidad por cada Departamento revisor de la
documentación para subsanar los problemas que se presenten, no existiendo posibilidad de
apelación ni prórroga. La no entrega en el plazo establecido, la información incompleta o la
falsedad de los documentos señalados anteriormente, facultará al INJUV para dejar sin efecto
la transferencia de recursos, lo que será determinado por el Departamento de Coordinación
Programática.
18
Artículo 28°. Entrega de fondos. Aprobados los convenios mediante acto administrativo
(resolución exenta del INJUV), se procederá a la entrega de fondos asignados.
La entrega se hará mediante transferencia electrónica por el total de los fondos asignados en
la respectiva cuenta bancaria de la cual es titular la entidad adjudicataria. La notificación de
transferencia se realizará a través de correo electrónico por parte de la coordinación nacional
de los fondos concursables, el cual contendrá el respectivo comprobante de transferencia de
recursos.
Las entidades adjudicatarias que no declararon poseer una cuenta bancaria al momento de la
postulación, podrán proporcionar una al antes de la entrega de los recursos. Los antecedentes
bancarios, deberán ser informados al correo electrónico [email protected] de
la coordinación nacional de fondos concursables de INJUV. En caso contrario, se emitirá
cheque nominativo.
Las entidades adjudicatarias tendrán un plazo de 5 días hábiles para el retiro de los fondos
adjudicados, en caso de que estos se entreguen mediante cheque. Este plazo se contará desde
el día en que se encuentre disponible el cheque para retiro por parte del adjudicatario en la
Dirección Regional respectiva. El no retiro del cheque en el plazo señalado, hará perder el
derecho al financiamiento del proyecto adjudicado.
Es responsabilidad única y exclusiva de la organización hacer efectivo el cobro del cheque, no
se aceptarán solicitudes de reemisión de nuevo cheque por caducidad del instrumento. En
consecuencia, la caducidad del cheque hará perder el derecho a los fondos públicos
entregados.
En caso de existir dificultades para su cobro/depósito bancario que no tengan relación con la
vigencia de la directiva de la persona jurídica, la organización deberá comunicar esta situación
inmediatamente y por la vía más idónea a [email protected]
Artículo 29º. Reasignación de los fondos. Si después de cumplidos los respectivos plazos
de postulación, presentación de documentación, suscripción de convenios y entrega de fondos
existieran recursos no entregados, ya sea, por causa de renuncia, presentación de documentos
fuera de plazo, presentación de documentación errónea, pérdida del financiamiento por
sanción a entidades ganadoras u otro motivo similar. El INJUV se reserva el derecho para
proponer una reasignación de dichos recursos a proyectos en estricto orden del ranking
obtenido en el proceso de evaluación, que no fueron adjudicados en una primera instancia.
Con todo, si aún quedasen fondos disponibles, el INJUV se reserva el derecho a realizar un
nuevo llamado a concurso, bajo la misma temática de las presentes bases.
CAPÍTULO VI
EJECUCIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO
Artículo 30°. Ejecución del proyecto. La entidad tendrá como plazo máximo para el
término de ejecución del proyecto el 31 de julio de 2020. La ejecución de cada proyecto deberá
durar al menos 30 días corridos contados desde la fecha de transferencia o retiro del cheque
desde la dirección regional.
En el desarrollo de la ejecución, la entidad adjudicataria tiene por obligación ejecutar las
actividades y alcanzar el número de beneficiarios declarados, con el propósito de cumplir los
objetivos propuestos en su diseño.
Los beneficiarios del proyecto, deben ser jóvenes en el rango etario entre los 15 a 29 años de
edad, quienes posteriormente deberán ser informados en los respectivos informes señalados
en el artículo 31° de las presentes bases.
Artículo 31°. Informe de los proyectos. Las entidades ejecutoras se comprometen a
entregar los siguientes informes:
1. Anexo D. Se debe acompañar un escrito firmado por el/la representante legal de la
entidad en que se señale que se ha recibido la transferencia o el cheque, acompañando
19
copia de la transferencia realizada. Este informe se entrega solo una vez junto al primer
informe mensual de los anexos E y F.
2. Anexo E y F. Se debe acompañar durante los 5 primeros días hábiles de cada mes, hasta
la entrega del informe final (junto con el último informe mensual). Además, respecto del
informe mensual cuantitativo (anexo E), deberán acompañarse los documentos de
respaldo de los gastos por las inversiones realizadas, siempre en original. Conjuntamente
con el envío de la planilla de rendiciones en formato digital (Excel) al correo
[email protected]. Esta planilla, será enviada vía correo electrónico a las
organizaciones adjudicatarias, archivo que se encontrará disponible para su descarga en
el portal institucional del INJUV. La certificación de la entrega de estos informes en la
dirección regional, se plasma con el anexo G, el cual queda en poder de la entidad
adjudicataria una vez que hace entrega de la documentación.
3. Anexo I. Informe final de rendición de cuentas
El primer informe mensual de los anexos E y F, deben entregarse dentro de los primeros 5
días hábiles del mes siguiente a la entrega de recursos.
Todos los informes que entregue la entidad durante y una vez terminada la ejecución del
proyecto, deberán estar en armonía con las bases del concurso y especialmente, con la
Resolución nº30/2015 de la Contraloría General de la República.
El análisis de dicha documentación se realizará por la contraparte técnica al tenor de lo
dispuesto en el artículo 33º. Esta determinará, en caso de discrepancia, los documentos que
serán suficientes para acreditar el gasto, siempre dentro del marco de documentación legal
(Facturas, boletas y boletas de honorarios).
Deberá la organización mantener copia (física o digital) de las rendiciones o antecedentes
entregados al INJUV para su respaldo respecto a la ejecución del proyecto, de conformidad a
la resolución nº30 de 2015 de la Contraloría General de la República.
Se deja establecido, asimismo, que cada proyecto seleccionado, deberá incorporar de manera
visible en todo lo relativo a imagen el siguiente texto y logotipo (el cual deberá estar presente
en un 15% al menos, de la publicación respectiva):
Como medio de verificación del uso de los logos, las organizaciones deben acompañar antes
de la rendición final, el material gráfico que se utilizó en la ejecución del proyecto, el cual será
aprobado por la dirección regional INJUV respectiva.
Artículo 32°. Solicitudes de modificación. Cualquier modificación o solicitud de ampliación
del proyecto, presentado originalmente en el formulario de postulación, deberá ser informado
oportunamente al Instituto Nacional de Juventud, a través de la dirección regional respectiva
a la que pertenece la comuna de ejecución del proyecto.
Las organizaciones podrán presentar las siguientes solicitudes de modificación, las veces que
acá se señalan y en los plazos que acá se estipulan:
1. Solicitud de modificación de el/la/los encargado/a/s de la ejecución del
proyecto. La entidad podrá modificar a la persona designada en el proyecto original,
justificando oportuna y claramente el motivo del cambio de persona. Esta modificación
solo se aceptará una vez y podrá ser informada hasta la realización de la última actividad.
Solicitudes recibidas después de la última actividad serán consideradas fuera de plazo y
rechazadas.
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2. Solicitud de modificación de los plazos de ejecución. La entidad podrá modificar
las fechas de ejecución de los plazos del proyecto original, justificando oportuna y
claramente el motivo del cambio de las fechas. Solo podrá modificar máximo en dos
oportunidades los plazos de ejecución y en caso de corresponder a fechas de término,
estas deben solicitarse con 7 días hábiles de anticipación al acto que fundamenta dicha
solicitud. Solicitudes recibidas fuera de los 7 días hábiles señalados o posteriores a la
última fecha indicada como término de la ejecución serán consideradas fuera de plazo y
rechazadas.
3. Solicitud de modificación de las fechas de actividades del proyecto. La entidad
ejecutora, podrá modificar las fechas de las actividades del proyecto original, justificando
oportuna y claramente el motivo del cambio de las fechas. Solo podrá modificar en dos
oportunidades las fechas de las actividades, lo cual debe realizarse con 7 días hábiles de
anticipación al acto que fundamenta dicha solicitud. Solicitudes recibidas fuera de los 7
días hábiles señalados serán consideradas fuera de plazo y rechazadas. Para toda
modificación que implique cambios en las fechas de las actividades, la organización debe
presentar obligatoriamente una calendarización con el detalle de las actividades y nuevas
fechas.
4. Solicitud de modificación del gasto presupuestado. La organización podrá
modificar la distribución del presupuesto del proyecto original, justificando oportuna y
claramente el motivo del cambio, detallando los nuevos gastos a realizar. Podrá
modificar en dos oportunidades la distribución del presupuesto y lo deberá hacer con 7
días hábiles de anticipación a la realización de la última actividad planificada en el
proyecto. Lo anterior, sin perjuicio de la modificación efectuada por error en la
imputación de gastos en el proyecto y subsanada previa entrega de los recursos, la cual
no se contabilizará como modificación para los efectos del presente artículo. Solicitudes
recibidas fuera de los 7 días hábiles señalados o posteriores a la última fecha indicada
como término de la ejecución, serán consideradas fuera de plazo y rechazadas. Las
solicitudes que excedan los límites de gasto por ítem o gastos no financiables,
contemplados en los artículos 17° y 18° de estas bases, serán rechazadas.
5. Solicitud de modificación del lugar, recinto o espacio de ejecución del proyecto.
La organización podrá modificar el lugar, recinto o espacio de ejecución de alguna o
todas las actividades declaradas en el proyecto original, justificando oportuna y
claramente el motivo del cambio, detallando los nuevos espacios, lugares o recintos que
va a utilizar. Solo podrá modificar en una sola oportunidad el o todos los cambios a
realizar y lo deberá hacer con 7 días hábiles de anticipación a la realización de la actividad
o actividades que modificaron lugar de ejecución. Solicitudes recibidas fuera de los 7
días hábiles señalados o posteriores a la última fecha indicada como término de la
ejecución, serán consideradas fuera de plazo y rechazadas.
Toda solicitud de modificación, debe ser sistematizada por la dirección regional en el anexo
H, el cual debe adjuntar obligatoriamente el documento en el que se levanta la solicitud,
siendo válidos los correos electrónicos o las cartas suscritas por los/las responsables de la
ejecución del proyecto declarados en el anexo B. Esta documentación debe ser remitida al
nivel central en un plazo máximo de 1 día hábil a la recepción en la dirección regional (vía
escáner y memorándum interno).
La coordinación nacional de los fondos concursables, una vez recibida la documentación,
analizará la solicitud y dará curso administrativo a la respuesta que corresponde (aprobar o
rechazar).
Una vez tramitada la solicitud de modificación, la notificación de la respuesta se realizará por
medio de correo electrónico a las cuentas mail del representante legal, encargado/a de la
ejecución del proyecto, Unidad de Rendiciones y la coordinación regional INJUV, al que
adjuntará la resolución correspondiente que autoriza o rechaza la modificación.
Con todo, ninguna modificación generará más derechos para las entidades que los establecidos
en las presentes bases y en ningún caso se podrán contradecir o eximir a las entidades de las
obligaciones establecidas en estas.
21
No se dará curso y serán rechazadas en su totalidad, aquellas solicitudes que consideren las
siguientes modificaciones al proyecto:
1. Cambio de comuna en la que se ejecutará el proyecto declarado en el formulario de
postulación.
2. Cambio en los beneficiarios y el número de estos que fueron declarados en el formulario
de postulación.
3. Cambio en la definición de objetivos declarados en el formulario de postulación.
4. Eliminación de actividades declaradas en el formulario de postulación. La entidad
ejecutora solo lo podrá hacer reemplazándola por otra, de manera que mantenga el
mismo número de actividades que fueron aprobadas en su proyecto adjudicado.
En el caso que algún integrante de la directiva o toda la directiva sean reemplazados, la
entidad ejecutora, solo debe notificar el cambio al INJUV, adjuntando el certificado de
directorio con los nuevos integrantes. Esto no implica solicitud de modificación.
Artículo 33°. Supervisión de los proyectos y contraparte técnica. Durante el período de
ejecución del proyecto, las entidades podrán ser supervisadas por profesionales INJUV a fin
de velar por el buen uso de los fondos públicos asignados. Asimismo, las organizaciones
ejecutoras deben responder a los requerimientos y solicitudes que se hagan desde los equipos
regionales que llevan el seguimiento de las iniciativas.
Durante y después de la ejecución del proyecto, el INJUV se reserva el derecho de realizar
todas las evaluaciones y auditorías que considere necesarias para velar por el buen desarrollo
de los proyectos y el buen uso de los fondos públicos asignados.
Para todos los efectos de las presentes bases, la contraparte técnica del INJUV será su
Departamento de Coordinación Programática, cuyo correo electrónico, para estos efectos, es
[email protected] Esta, tendrá como función asesorar a las organizaciones
adjudicadas durante la realización del proyecto, en conjunto con las coordinaciones regionales
respectivas que llevan el seguimiento de los proyectos en ejecución.
Además, existirá una contraparte técnica distinta a la señalada en el párrafo anterior,
encargada de verificar y resguardar que los fondos públicos entregados se destinen
exclusivamente a la ejecución del proyecto, de conformidad a estas bases administrativas y
al plan de gastos presentado. Esta contraparte, estará conformada por la Unidad de
Rendiciones del Departamento de Administración y Finanzas, cuya función será revisar y
aprobar tanto los informes mensuales (anexos E y F) como la rendición final de cuentas (anexo
I) de la entidad, velando porque estos se ajusten a lo señalado en las bases, el convenio
suscrito, el proyecto presentado y la resolución Nº30/2015 de la Contraloría General de la
República. El correo electrónico, para estos efectos, es [email protected].
Artículo 34°. Recursos no utilizados. En el evento que no se hayan utilizado, total o
parcialmente los recursos transferidos, deberán restituirse los fondos al INJUV conforme a los
siguientes términos:
1. La totalidad de los recursos para el caso en que no se cumpla ninguna de las obligaciones
por parte de la entidad adjudicataria aceptadas en el convenio.
2. La totalidad de los recursos para el caso de renuncia a la ejecución del proyecto por parte
de la entidad adjudicataria.
3. La parte de los recursos que corresponda, según el saldo que determine la rendición de
gastos aprobada por el INJUV, para el caso de haberse ejecutado satisfactoriamente por
la entidad adjudicataria parte de las obligaciones consignadas en el convenio suscrito.
La devolución de dichos recursos se efectuará a más tardar dentro de los 15 días corridos
siguientes al término de la ejecución del proyecto.
El monto, según sea el caso, deberá ser depositado o transferido a la Cuenta Corriente N.º
9019324 de BancoEstado a nombre del Instituto Nacional de la Juventud, R.U.T. 60.110.000-
2. El comprobante de depósito o transferencia debe ser adjuntado en la respectiva rendición
de gastos y enviado, vía correo electrónico, a [email protected] y
22
Artículo 35°. Interpretación de las bases por la autoridad nacional. La autoridad
nacional del INJUV, queda facultada para resolver e interpretar cualquier duda o discrepancia
en la aplicación de las presentes bases y posterior contrato o convenio a suscribir entre el
INJUV y los adjudicatarios respectivos.
De igual forma la autoridad Nacional del INJUV, queda facultado durante la ejecución del
convenio, para resolver cualquier desacuerdo entre las partes que digan relación con el
cumplimiento, interpretación de cláusulas, plazos o cualquier otra dificultad que se presente
durante la ejecución de los servicios contratados, previo informe en derecho emitido por el
Departamento de Asesoría Jurídica.
Con todo, el contenido de las bases es fuente de obligaciones para los adjudicatarios,
quedando estos obligados a todas y cada una de sus disposiciones.
Artículo 36°. Sanciones por incumplimiento. En caso que el adjudicatario incumpla las
obligaciones establecidas en las presentes bases y/o en el convenio celebrado, el INJUV podrá,
unilateralmente y previo informe del Departamento de Asesoría Jurídica, poner término
anticipado al convenio suscrito y exigirá al ejecutor la devolución de los fondos públicos
entregados. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá hacer efectiva la letra de cambio entregada
como caución y ejercer las demás acciones legales que en derecho correspondan.
Se considerará que existe especialmente incumplimiento de las bases y del convenio en
cualquiera de los siguientes casos:
1. Si el adjudicatario utiliza la totalidad o parte de los recursos para fines diferentes a los
estipulados en el convenio.
2. Si no se respaldan los gastos efectuados con la documentación pertinente, es decir,
boletas y/o facturas originales.
3. Si se comprueba que la documentación, información o antecedentes presentados por el
adjudicatario no se ajustan a la realidad o hubieren sido falseados.
4. Si el adjudicatario no efectúa las actividades o informes comprometidos en los plazos
establecidos.
5. Si el adjudicatario no cumple con la entrega de los informes mensuales cualitativos y
cuantitativos en el plazo estipulado para dicha obligación, o dichos informes no se ajustan
a lo dispuesto en las mismas y/o en el convenio y/o en la Resolución nº30/2015 de la
Contraloría General de la República.
6. Si el adjudicatario no entrega el informe final en conformidad a lo establecido en las
bases, el convenio y a la resolución nº30/2015 de la Contraloría General de la República.
7. Si el adjudicatario incumple o contraviene cualquiera de las disposiciones señaladas en
las presentes bases.
8. Si el adjudicatario incumple o contraviene cualquiera de las obligaciones contenidas en
el convenio que se celebrará para la ejecución del proyecto.
9. Si el adjudicatario cede a cualquier título los derechos generados a raíz de las presentes
bases y el convenio respectivo.
10. Si se ejecuta el proyecto por personas naturales distintas a las señaladas en el anexo B
o por una persona jurídica distinta a la adjudicataria del fondo.
11. Si el adjudicatario no asiste a la capacitación obligatoria de rendición de cuentas.
Artículo 37°. Prohibición general. Queda estrictamente prohibida cualquier tipo cesión de
los derechos establecidos en las presentes bases y los que se generen a partir del convenio
respectivo. Además, queda prohibido llevar a cabo el proceso de rendiciones y/o presentar
boletas, boletas de honorarios, facturas, por una organización o entidad distinta a la que
suscribió el convenio. La situación descrita en este párrafo facultará al INJUV para poner
término unilateralmente al convenio y exigir la devolución de los fondos públicos entregados
y el cobro de las garantías, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan. Lo
anterior, en conformidad al dictamen Nº90.492/2015 de la Contraloría General de la
República.
23
CAPÍTULO VII
ANEXOS
Agustinas 1564, Santiago, Chile
Fono (56 -2) 6204700
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ANEXO A
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Señora
María Asunción Cekalovic
Directora Nacional (s)
Instituto Nacional de la Juventud
Presente
Quien suscribe, declara lo siguiente:
1.- Conocer y aceptar el contenido de las bases del fondo concursable Participa 2020.
Aceptar también la obligación de conocer todas las modificaciones que se hagan a estas
bases.
2.- No tener rendiciones pendientes de fondos públicos en ningún organismo de la
administración del Estado a la fecha de envío de nuestro proyecto.
3.- No encontrarme afecto a ninguna inhabilidad de las señaladas en el artículo 6° de las
presentes bases.
4.- Que toda la información contenida en el formulario de declaración electrónica se
ajusta a la realidad y que ratifico en este acto, la aceptación de las notificaciones vía
correo electrónico que se han efectuado y que se realizarán en el futuro.
5. Declaro estar en conocimiento de la postulación al fondo concursable Participa 2020,
y que la iniciativa es diseñada o implementada por la entidad a la que represento.
Sin otro particular, atentamente le saluda.
__________________________________________
(Firma representante legal y timbre organización)
Nombre representante legal:
Nombre de la entidad postulante:
RUT de la entidad postulante:
Fecha:
Agustinas 1564, Santiago, Chile
Fono (56 -2) 6204700
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ANEXO B
LISTADO DE RESPONSABLES1 DEL PROYECTO
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Antecedentes 1er responsable ejecución 2do responsable ejecución 3er responsable ejecución
Nombres y Apellidos
RUT responsable
Edad responsable
Región residencia
Comuna residencia
Dirección residencia
Teléfono (celular)
Correo electrónico
Sexo (M-F)
Nacionalidad
Antecedentes de la organización
Nombre de la organización postulante
RUT de la organización postulante
Comuna de ejecución del proyecto
Nombre del proyecto
1 Personas no remuneradas responsables de la ejecución del proyecto. Tienen la responsabilidad de vincularse con INJUV y ocuparse de la correcta ejecución del proyecto. Deben asistir obligatoriamente a las capacitaciones que se les convoque una vez adjudicado el concurso.
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
[email protected] www.injuv.gob.cl
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ANEXO C
INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS
“FONDO PARTICIPA 2020”
I. Consideraciones Preliminares
El Instituto Nacional de la Juventud (INJUV) debe velar que se cumplan fielmente los
fines propuestos por las entidades que resulten beneficiadas con la adjudicación del
fondo, y le corresponde también velar que la inversión de dichos recursos se efectúe de
manera transparente y de conformidad a lo exigido por los objetivos trazados.
Así, y conforme a las normas fijadas en la Resolución Nº30 - Año 2015 de Contraloría
General de la República, se ha hecho necesario instruir a las organizaciones, cuyos
proyectos sean subvencionados con recursos del INJUV, en el deber, oportunidad y
procedimiento de rendir cuentas de los gastos e inversiones de dichos recursos.
II. Instrucciones Generales
1. Ámbito de Aplicación
Las disposiciones contenidas en el presente Instructivo se aplicarán de forma general y
obligatoria a toda rendición de cuentas que deban presentar las organizaciones.
2. Normativa e Instrumentos Complementarios
Además de la legislación aplicable a la materia, se entenderán como parte integrante del
presente instructivo, tanto para su interpretación como para su aplicación, lo siguiente:
- Resolución Nº30/2015 de la Contraloría General de la República, que fija las
Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.
- Bases Fondos Concursables.
- Formulario de postulación y todos los antecedentes de respaldo de la iniciativa.
- Convenio de transferencia.
- Manuales e Instructivos del INJUV.
- Formatos de rendición.
III. Rendición de Cuentas
1. Procedimiento y Plazos
Las rendiciones de cuentas de las que trata el presente Instructivo se contendrán en
informes mensuales de rendición (compuesto por un informe cuantitativo y cualitativo
por cada mes de ejecución), y en un Informe Final. Para ello las entidades receptoras o
ejecutoras, cuyas iniciativas sean subvencionadas con transferencias de recursos del
INJUV, deberán basarse en el siguiente procedimiento:
a) Informes de Rendición de Cuentas (Mensuales)
Las entidades receptoras deberán rendir cuentas mensualmente de la inversión de los
recursos percibidos, debiendo en estas reflejarse el gasto realizado en relación con las
actividades desarrolladas en conformidad con lo descrito en el Formulario de Postulación
de la iniciativa.
Con este objeto se deberá remitir mensualmente al INJUV, un “Informe de Rendición
de Cuentas” (compuesto por un informe cuantitativo y cualitativo por cada mes de
ejecución); firmado y timbrado por el representante legal de la entidad receptora, el que
deberá contener los antecedentes requeridos.
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
[email protected] www.injuv.gob.cl
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Así:
- El primer Informe de Rendición de Cuentas (Anexo E y F) deberá entregarse
dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a la recepción de los
recursos. A este, debe adjuntarse la Declaración de Recepción de Fondos (Anexo
D), junto con un comprobante de la transferencia o cheque recibido.
- Los siguientes Informes de Rendiciones de Cuentas (Anexo E y F) deberán
presentarse de la misma manera, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes
siguiente al período que se informa. Durante todo el período que dure la ejecución
del proyecto.
- El Informe Final de Rendición de Cuentas (Anexo I) deberá presentarse 30 días
corridos posteriores al término de la ejecución del proyecto.
A estos Informes deberán acompañarse los documentos de respaldo de los gastos
(boletas y/o facturas) por las inversiones realizadas, siempre en original. Además del
envío de la planilla de rendiciones en formato digital al correo: [email protected]
Si en el período a informar no se hubiesen generado gastos, dicha circunstancia
igualmente deberá ser comunicada al INJUV por la entidad receptora dentro del mismo
plazo que el establecido para presentar los mencionados “Informes de Rendición de
Cuentas”, indicando los “ítems de gastos en 0”, debiendo informar la ejecución de
actividades propias de la iniciativa que pudieron haberse ejecutado sin generar gastos
(Informe Cualitativo).
b) Revisión de los Informes de Rendición (Cuantitativo y Cualitativo)
El INJUV revisará los Informes de Rendición de Cuentas para analizar si estos se ajustan
al proyecto aprobado, a los requerimientos legales, y demás disposiciones
administrativas.
Los gastos podrán ser:
- Aceptados: Estos corresponderán a los gastos que se ajustan a los objetivos del
proyecto, a las actividades comprometidas, a los plazos en que se realizarán las
actividades, a los ítems autorizados y formalidades exigidos en el presente
instructivo, en las bases del concurso y/o en el convenio suscrito entre el INJUV
y el adjudicatario.
- Reparados: Estos corresponderán a los gastos que en el marco del proyecto
presentan errores u omisiones que impiden su aceptación en primera instancia
por parte de la Unidad de Rendición de Cuentas, no obstante, ellos podrían ser
subsanados. En este caso, se comunicará por escrito, a través de correo
electrónico, a la entidad receptora las observaciones y su fundamentación. El
plazo para que sean subsanadas no podrá exceder los 5 primeros días hábiles
siguientes al mes de recepción de las observaciones efectuadas por el INJUV, es
decir, deben venir subsanadas en la próxima rendición.
- Rechazados: Estos corresponderán a los gastos que NO son aceptados por el
INJUV, debido a que no se ajustan a los objetivos del proyecto, a las actividades
comprometidas, a los plazos en que se realizan las actividades, a los ítems
autorizados, a formalidades exigidas en el presente instructivo, en las bases del
concurso y/o convenio suscrito por el INJUV y el adjudicatario.
Los gastos Rechazados no serán objeto de subsanación. En estos casos
deben ser reintegrados los recursos de forma inmediata al requerimiento del
INJUV, no siendo objeto de solicitudes de prórroga para su ingreso en la cuenta
corriente del INJUV.
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
[email protected] www.injuv.gob.cl
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Realizado el análisis a una Rendición de Cuentas, el resultado de ésta será informado a
través de un Informe de Revisión de Cuentas, el cual será remitido a las organizaciones
vía correo electrónico.
En caso de requerir mayores antecedentes: como documentos e informes que tengan
directa relación con el desarrollo de las actividades subvencionadas y de la inversión de
los recursos transferidos, que se estimen como estrictamente necesarios para realizar
un correcto y cabal análisis de la rendición presentada. Dicho requerimiento se hará por
escrito. El plazo para que sean acompañados no podrá exceder los 5 primeros días
hábiles al mes de recepción de las observaciones efectuadas por el INJUV.
c) Informe Final de Rendición de Cuentas
Las entidades receptoras, 30 días corridos posteriores al término de la ejecución el
proyecto, deberán presentar un Informe Final de Rendición de Cuentas (Anexo I).
Este deberá contener una descripción general del desarrollo y resultado final del
proyecto, conforme a los objetivos señalados en la ficha de postulación del proyecto.
Además, deberá incluir la indicación del total de recursos transferidos, los ejecutados y
del saldo pendiente, según corresponda.
d) Cierre Administrativo y Cumplimiento del Convenio
Una vez finalizado y aprobado el proceso de Rendición de Cuentas en conformidad a las
bases administrativas del fondo, se emitirá un “Certificado de Cierre Financiero”, el que
será comunicado a la Entidad receptora como cierre de la iniciativa y cumplimiento del
convenio.
A las organizaciones que cumplan con esta condición, se les comunicará sobre el retiro
de este certificado y de la letra de cambio o pagaré otorgado en la Dirección Regional
correspondiente. A excepción de las organizaciones de la Región Metropolitana, quienes
harán retiro de estas en la Dirección Nacional del INJUV.
2. Efectos y Sanciones
a) El rechazo de uno o más gastos dentro de los informes de rendiciones mensuales
implicará que el financiamiento del gasto deberá ser asumido íntegramente por la
entidad receptora. En otras palabras, el gasto o la inversión no autorizada no podrá ser
financiada con recursos del INJUV.
Los dineros por gastos rechazados o no ejecutados deberán ser restituidos al INJUV, de
acuerdo a lo señalado en el último Informe de Revisión. Estos dineros deberán ser
depositados en la cuenta corriente del INJUV N.º 9019324, del Banco del Estado de Chile.
b) El incumplimiento a la obligación de rendir cuentas de los fondos transferidos que
se regla en el presente instructivo, tanto en el tiempo y forma, generará las acciones de
cobro correspondientes. Pudiendo el INJUV poner término al convenio de manera
unilateral. Esto, sin perjuicio de ejecutar la garantía otorgada para la correcta inversión
de los recursos, en protección de intereses del Estado.
c) Si en el proceso de revisión de cuentas el INJUV detectare anomalías de tal
gravedad que pudieran constituir una evidente infracción de la ley o a los demás
instrumentos que reglen la relación con la entidad receptora, o bien, porque los
documentos que los respalden sean manifiestamente falsos o carezcan de la integridad
suficiente para hacer fe del hecho del que dan cuenta o hayan sido adulterados de
cualquier forma u obtenidos con el ánimo de defraudar, este Servicio realizará las
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respectivas denuncias ante los organismos competentes, sin perjuicio de ejecutar la
garantía otorgada para la correcta inversión de los recursos, en protección de intereses
del Estado.
3. Gastos a Informar
Los recursos transferidos solo podrán financiar los gastos que hayan sido previamente
autorizados y predefinidos por las disposiciones que reglan la subvención, por las Bases
Administrativas y/o Instructivos, Formulario Único de Postulación y por el Convenio de
Transferencia respectivo y sobre los cuales deberá recaer la respectiva rendición de
cuentas.
En este sentido, las Entidades receptoras NO podrán efectuar:
- Pagos antes de la recepción de los fondos.
- Pagos por actividades o conceptos no contemplados en la iniciativa o no
autorizados por el INJUV.
- Pagos que se originen fuera del plazo de ejecución del proyecto establecido en el
Convenio de Transferencia respectivo y de sus prórrogas.
- Pagos o desembolsos por gastos originados por viáticos u hospedajes, compra de
celulares, de inmuebles, vehículos, bebidas alcohólicas, cigarrillos, pagos de
servicios financieros y de seguros, gastos por mantenimiento de máquinas,
equipos o vehículos, pago de permisos de circulación, placas, patentes de
vehículos, artículos electrónicos no relacionados con el proyecto (Tablet, LCD,
televisores, reproductores de multimedia).
- Desembolsos por premios en dinero.
- Pagos por auto facturación de la entidad receptora y los facturados al INJUV por
bienes o servicios que esta entidad preste o ponga a disposición de la ejecución
de la iniciativa.
- Gastos que financien construcciones de inmuebles e infraestructuras inmuebles.
- Pagos por gastos en estudios, tesis, becas, investigaciones o encuestas.
- Pagos por gastos operacionales propios de la organización o gastos distintos a los
detallados en la iniciativa, tales como: bencina, gastos por pago de servicios
básicos de luz, agua, teléfono, e internet, de arriendos de inmuebles cuando estos
sean el lugar en que habitualmente funcionan o desarrollan sus actividades las
Entidades ejecutoras.
- Gastos a nombre de socios, asociados, representantes legales o quienes integren
la entidad ejecutora y responsables de la postulación y/o ejecución.
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
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IV. Documentos de Respaldo
1. Instrucciones
- Todos los documentos mercantiles de respaldo, ya sean; facturas, boletas de
ventas y servicios, boletas de honorarios, comprobantes de pago u otros que dieren
cuenta de las obligaciones, deberán ser emitidos por el proveedor o prestador
correspondiente, consignando el concepto que origina el gasto, el detalle de los servicios
prestados, bienes o insumos adquiridos, fecha, precio unitario y total pagado.
- Las organizaciones serán responsables del correcto cumplimiento de las
obligaciones tributarias y/o laborales.
- La documentación de respaldo (originales), debe entregarse en estado de
perfecta legibilidad (con toda la información claramente impresa), sin enmiendas e
íntegros.
Para estos efectos se debe tener en presente que las compras de bienes y las
prestaciones de servicios deberán acreditarse mediante alguno de los instrumentos
siguientes:
a) Boleta de Honorarios: Es el Documento Tributario que le corresponde a los
profesionales independientes o sociedades profesionales, mediante el que
declaran su renta y el impuesto correspondiente ante el Servicio de Impuestos
Internos (SII). Actualmente existen dos formatos para estos documentos; físico
y electrónico.
b) Boleta de Compraventa: Es el comprobante tributario que acredita la venta de un
producto o servicio a un consumidor final.
c) Factura: Son Documentos Tributarios que los comerciantes envían usualmente a
otro comerciante, con el detalle de la mercadería vendida, su precio unitario, el
total del valor cancelable de la venta. Para este documento existe formato físico
y electrónico.
Para todo gasto superior a 1 U.F. se debe presentar boleta electrónica con detalle o
factura.
Así también, se debe tener presente que se acreditarán gastos por medios distintos
a los indicados precedentemente, solo en los casos en que el prestador o proveedor sea
un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos para no emitir
documentos por operaciones no afectas o exentas del Impuesto al Valor Agregado o bien
que deban otorgar documentos especiales por las operaciones que realicen.
No se aceptarán compras de gastos realizados en el extranjero. Así como tampoco, el
pago por concepto de impuesto de aduana.
2. Gastos en Honorarios
Estos corresponden a los Pagos a profesionales o técnicos a través de Boletas de
Honorarios del servicio de Impuestos Internos (SII) y sólo si realizan trabajos requeridos
por el proyecto.
Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:
- La respectiva boleta de honorarios, señalando en la glosa de la Boleta de
Honorarios debe detallar función realizada, actividad (o etapa del proyecto) en la
que se realizó esta función, y periodo en que se realizó.
- Formulario N.º 29 del SII donde existen retenciones de impuestos, con el detalle
de los honorarios (nombre, RUT, n° boleta y monto impuesto retenido) que
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componen la cifra global que se declara y paga por los impuestos retenidos de la
tasa del 10%, del periodo tributario correspondiente a la boleta emitida.
- No se aceptarán boletas de honorarios realizadas por miembros de la
organización ni de los responsables de la postulación y/o ejecución del proyecto.
- Las Boletas de Honorarios deben ser a nombre de la Organización beneficiaria,
en ningún caso se aceptarán boletas de honorarios a nombre del INJUV u otro
receptor.
- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del
20% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del
Fondo PARTICIPA 2020.
3. Gastos en Bienes y Servicios de Consumo
Estos corresponden a pagos de bienes y servicios de carácter fungibles, que estén
en relación directa con la ejecución y con los beneficiarios del proyecto.
a) Bienes: Gastos por adquisiciones de alimentos, bebidas, fotocopias, papel,
materiales de escritorio, fotografías, materiales de aseo.
b) Servicios: Gastos por adquisición de pasajes de locomoción urbana, movilización
para personas, fletes, siempre y cuando lo requiera el proyecto.
Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:
- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.
- Fotografías de los bienes y servicios adquiridos tienen carácter obligatorio.
- Los gastos de pasajes incluyen aquellos por concepto de movilización, locomoción
y transporte de personas o equipamiento. En este punto, se debe completar una
planilla de pasajes mensual que debe incluir para cada boleta o factura
presentada: origen–destino, motivo de viaje, fecha, nombre de quien realiza el
viaje, firma y número del pasaje (el boleto se debe adjuntar en la rendición).
De la misma forma, en el caso de compra de pasajes aéreos, sólo se aceptarán
facturas por la compra de estos.
- No se aceptan “vale por, órdenes de compra, guías de despacho, etc.” como
documento para acreditar gastos (se aceptan Boletas, Facturas, Pasajes). Esto
es válido para todos los ítems, salvo en las áreas locales (rurales) en donde no
obtengan boletas de movilización (colectivos locales, taxis locales), debiendo
necesariamente presentar un medio comprobatorio.
- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del
15% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del
Fondo PARTICIPA 2020.
4. Gastos de Publicidad y Difusión
Estos corresponden a Gastos en actividades de promoción o difusión (publicidad en
radios, diarios, dípticos, afiches, pendones, pasacalles, etc.).
Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:
- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.
- Se entiende en este ítem, aquellas actividades que se realizan con el objetivo de
dar a conocer el proyecto y/o sus actividades.
- En toda actividad de promoción y/o difusión, se deberá incluir en forma
OBLIGATORIA, el Logo del INJUV (el cual debe estar presente en un 15% al
menos, de la publicación respectiva), sobre el que se debe señalar que el proyecto
es financiado por el INJUV.
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
[email protected] www.injuv.gob.cl
32
- Se deben adjuntar fotografías de la difusión instalada, muestras de los dípticos,
afiches, pendones, pasacalles, etc., susceptibles de ser enviados.
- NO se aceptan gastos en merchandising (estos se consideran como Materiales de
ejecución).
- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del
10% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del
Fondo PARTICIPA 2020.
5. Gastos de Ejecución
Estos corresponden a Gastos destinados a materiales necesarios que se utilizarán
durante la ejecución el proyecto. Tales como: materiales de construcción (clavos,
tornillos, maderas, etc.), merchandising (gorros, poleras, libretas, mochilas ecológicas,
botellas, lápices, etc.).
Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:
- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.
- En todo artículo adquirido como merchandising, se deberá incluir en forma
OBLIGATORIA, el Logo del INJUV.
- Se deben adjuntar fotografías y/o muestras de estos.
- Los montos destinados a este ítem pueden ser hasta un 100% del fondo
adjudicado por la organización de acuerdo a lo establecido en las Bases del
Fondo PARTICIPA 2020.
6. Gastos de Inversión
Estos corresponden a Gastos que resultan de la adquisición de bienes indispensables
para desarrollar las actividades previstas en el proyecto, que subsisten después de
terminado (instrumentos musicales, equipos electrónicos y/o computacionales, artículos
eléctricos, mobiliario, etc.), y que hayan sido declarados explícitamente dentro de los
recursos solicitados al INJUV en el ítem de inversión en la ficha de postulación del
proyecto.
Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:
- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.
- Todo gasto de inversión debe declararse, justificar y especificar en el
momento de presentar el proyecto. Cuando no se realice esta tarea, el INJUV
está capacitado para no reconocer gastos de inversión.
- Se deben adjuntar fotografías de los bienes adquiridos en uso.
- Todos los bienes adquiridos bajo la modalidad de Gastos de Inversión deben
quedar a disposición y bajo dominio de la agrupación ejecutora del proyecto.
- No se puede incluir gastos de infraestructura de obras mayores, y solo
financiará el equipamiento imprescindible para el desarrollo del proyecto.
- No se financiarán gastos en artículos electrónicos o computacionales que
individualmente superen el monto de $300.000 (trescientos mil pesos).
Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700
[email protected] www.injuv.gob.cl
33
- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del
30% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del
Fondo PARTICIPA 2020.
INJUV Y SU UNIDAD DE RENDICIÓN DE CUENTAS, CUENTAN CON LA
FACULTAD DE REASIGNAR GASTOS EN CASO DE SER DECLARADOS EN UN
ÍTEM DONDE NO CORRESPONDEN, AÚN SI ESTOS FUERON DECLARADOS EN
FORMULARIO DE POSTULACIÓN. ESTO, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS
SEÑALADOS ANTERIORMENTE.
V. Disposiciones Particulares
1. Reintegro de Fondos
En el caso de no hacer uso total del fondo este deberá ser depositado en la Cta. Cte. N.º
9019324 del Banco Estado a nombre del “Instituto Nacional de la Juventud”, Rut
60.110.000-2. Dicho comprobante de depósito o transferencia debe ser original y debe
ser enviado a la Unidad de Rendición de Cuentas.
2. Garantías
Todos los proyectos deberán ser respaldados mediante garantía, cuya vigencia será el
plazo indicado en el convenio celebrado por las partes.
- Devolución de la Garantía, ocurrirá:
a) Cuando se reciba otra Garantía para extender su plazo, bajo las mismas
características que la anterior.
b) Cuando la Rendición de Cuentas se encuentre aprobado en conformidad por
la Unidad de Rendición de Cuentas, una vez emitido el Certificado de Cierre
Financiero.
c) El retiro de la Garantía podrá ser realizado por la organización adjudicataria
en la Dirección Regional que corresponda. En el caso de la región
metropolitana, esto será en la Dirección Nacional.
- Cobro de la Garantía:
INJUV se encontrará facultado para el cobro de la garantía, en caso que el adjudicatario
no de cumplimiento a las obligaciones contraídas en el convenio suscrito, considerándose
dentro de ellas la no ejecución del proyecto, la falta de entrega de rendición de gastos
parciales y/o finales, o el no reintegro de los fondos no gastados.
3. Formularios Disponibles
De los formularos disponibles en el sitio www.injuv.gob.cl serán obligatorios el uso de
los denominados:
- Anexo C – Instructivo de Rendición de Cuentas.
- Anexo D – Declaración de Recepción de Fondos.
- Anexo E – Informe Cuantitativo de Rendición de Cuentas.
- Anexo F – Informe Cualitativo de Rendición de Cuentas.
- Anexo G – Certificado de Acreditación Regional.
- Anexo H – Solicitud de Modificación.
- Anexo I – Informe Final de Rendición de Cuentas.
Estos formularios deben ser enviados en formato digital mensualmente, cuando
correspondan, al correo: [email protected]. Esto, sin perjuicio de la entrega física
de la rendición junto con su respaldo.
ANEXO D
FONDO PARTICIPA 2020
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL:
RUT :
___________________________________
TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN
Nota: Se debe adjuntar fotocopia de documento que acredite la transferencia en la Cuenta
de la Organización o la entrega del cheque, con timbre y firma del Representante Legal.
0
0
___________________________________________________________
MONTO RECEPCIONADO :
DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE FONDOS
FONDOS CONCURSABLES
INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUDEnviar este Certificado con la primera Rendición Mensual
ORGANIZACIÓN : 0
RUT : 0
PROYECTO :
$ 1.500.000
0
N° DE RESOLUCIÓN :
FECHA DE RECEPCIÓN DE
RECURSOS :XX-XX-2020
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
CONSULTAS A:
Nº RENDICIÓN
RUT RL
(1) RENDICIÓN
ACUMULADA AL
MES ANTERIOR
(2) MONTO
RENDIDO EN EL
PRESENTE MES
(3) TOTAL
RENDIDO A LA
FECHA (1)+(2)
(4) MONTO MÁXIMO
POR ÍTEM
$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 0 $ 1.500.000
$ 0 $ 0 $ 0 $ 750.000
$ 0 $ 0 $ 0
TOTAL
___________________________________
RESUMEN RENDICIÓN
PERÍODO RENDIDO (mes y año)
APORTE DE LA ORGANIZACIÓN
MONTO ADJUDICADO
mar-20
$ 1.500.000
$ 1.500.000
TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN
DETALLE POR ÍTEM
HONORARIOS
BIENES Y SERVICIOS
PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN
MATERIALES DE EJECUCIÓN
MATERIALES DE INVERSIÓN
TOTALES
Es obligación de la organización entregar en la Dirección Regional que le corresponda todas las rendiciones
mensuales los primeros 5 días hábiles de cada mes, además de enviar este archivo al correo electrónico
___________________________________________________________
SALDO POR RENDIR (Monto Adjudicado - Total Rendido a la Fecha) $ 1.500.000
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
DATOS DEL PROYECTO
CORREO ELECTRÓNICO
RUT
PERÍODO DE EJECUCIÓN DE TODO EL PROYECTO (Es el declarado en la postulación del proyecto, sólo puede considerar otra fecha si
existe una modificación aprobada por la Dirección Nacional)
NOMBRE
RUT
ORGANIZACIÓN
PROYECTO
REGIÓN
FECHA DE INICIO
FECHA DE TÉRMINO
TELÉFONO FIJO
PERSONA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINANCIERO
FIRMA
TELÉFONO CELULAR
REPRESENTANTE LEGAL
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
TODAS LAS BOLETAS DE HONORARIOS DEBEN
PRESENTARSE CON SUS RESPECTIVOS
"FORMULARIOS 29" DEL SII.
1 $ 0
2 $ 0
3 $ 0
4 $ 0
5 $ 0
6 $ 0
7 $ 0
8 $ 0
9 $ 0
10 $ 0
11 $ 0
12 $ 0
13 $ 0
14 $ 0
15 $ 0
16 $ 0
17 $ 0
$ -
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
0
0
mar-20PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - HONORARIOS
RUT
ORGANIZACIÓN
PROYECTO
REGIÓN
NºNº DE
DOCUMENTO
NOMBRE DEL PRESTADOR
DEL SERVICIO
DETALLE DEL GASTO
(Especificar los bienes, equipos o
servicios adquiridos)
Nº ACTIVIDAD (Especificar la
actividad a la que pertenece el
gasto. Identificar cada actividad
con los números asignados en el
informe cualitativo)
TIPO DE
DOCUMENTO
FECHA DEL
DOCUMENTO (Todo
documento debe estar
dentro del plazo de
ejecución)
MONTO
TODAS LAS BOLETAS DE HONORARIOS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SE RECHAZARÁN LAS SIGUIENTES BOLETAS DE HONORARIOS: A NOMBRE DE PERSONAS QUE INTEGRAN LA DIRECTIVA DE LA ORGANIZACIÓN Y/O DEL RESPONSABLE DEL
PROYECTO, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y LAS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO
SUBTOTAL
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
ESTA PLANILLA DEBE SER LLENADA
CON EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO
Y LA FIRMA DE ÉSTE
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - PLANILLA DE MOVILIZACIÓN
RUT
ORGANIZACIÓN
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
PROYECTO
REGIÓN
PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
0
0
mar-20
Nº ACTIVIDAD
(Especificar la
actividad a la que
pertenece el gasto.
Identificar cada
actividad con los
números asignados
en el informe
cualitativo)
MONTO NOMBRE DE BENEFICARIO
En caso de rendir gastos por movilización, favor indicar detalles del traslado que corresponde a cada uno de los pasajes que se rindan. (Llevar esta planilla a todas
las actividades para conseguir la firma del que utilizó el transporte)
FIRMA (Al
faltar la firma del
beneficiario no se
contabilizará el
monto rendido)
Nº BOLETO /
PASAJEMOTIVO FECHA ORIGEN DESTINO
TIPO DE
TRANSPORTE
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
ESTA PLANILLA DEBE SER LLENADA
CON EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO
Y LA FIRMA DE ÉSTE
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
$ 0
-$ SUBTOTAL
TODOS LOS BOLETOS Y PASAJES DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS
OBJETIVOS DEL PROYECTO
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
TODAS LAS FACTURAS
DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO
1 $ 0
2 $ 0
3 $ 0
4 $ 0
5 $ 0
6 $ 0
7 $ 0
8 $ 0
9 $ 0
10 $ 0
11 $ 0
12 $ 0
13 $ 0
14 $ 0
15 $ 0
16 $ 0
17 $ 0
-$
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - BIENES Y SERVICIOS
RUT
ORGANIZACIÓN
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
PROYECTO
REGIÓN
PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
0
0
mar-20
NºNº DE
DOCUMENTO
NOMBRE DEL PRESTADOR
DEL SERVICIO
DETALLE DEL GASTO
(Especificar los bienes, equipos o
servicios adquiridos)
TIPO DE
DOCUMENTO
FECHA DEL
DOCUMENTO (Todo documento
debe estar dentro del
plazo de ejecución)
MONTO
Esta fila corresponde al subtotal de la Planilla de Movilización, el monto se completará al llenar dicha pestaña.
Nº ACTIVIDAD (Especificar la
actividad a la que pertenece el
gasto. Identificar cada actividad
con los números asignados en
el informe cualitativo)
SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO
TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SUBTOTAL
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
TODAS LAS FACTURAS
DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO
1 $ 0
2 $ 0
3 $ 0
4 $ 0
5 $ 0
6 $ 0
7 $ 0
8 $ 0
9 $ 0
10 $ 0
11 $ 0
12 $ 0
13 $ 0
14 $ 0
15 $ 0
16 $ 0
17 $ 0
-$
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN
RUT
ORGANIZACIÓN
PROYECTO
REGIÓN
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
0
0
PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
NºNº DE
DOCUMENTO
NOMBRE DEL PRESTADOR
DEL SERVICIO
DETALLE DEL GASTO
(Especificar los bienes, equipos o
servicios adquiridos)
Nº ACTIVIDAD (Especificar la
actividad a la que pertenece el
gasto. Identificar cada actividad
con los números asignados en el
informe cualitativo)
TIPO DE
DOCUMENTO
FECHA DEL
DOCUMENTO (Todo documento
debe estar dentro del
plazo de ejecución)
mar-20
MONTO
TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SUBTOTAL
SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
TODAS LAS FACTURAS
DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO
1 $ 0
2 $ 0
3 $ 0
4 $ 0
5 $ 0
6 $ 0
7 $ 0
8 $ 0
9 $ 0
10 $ 0
11 $ 0
12 $ 0
13 $ 0
14 $ 0
15 $ 0
16 $ 0
17 $ 0
-$
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - MATERIALES DE EJECUCIÓN
RUT
ORGANIZACIÓN
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
NºNº DE
DOCUMENTO
NOMBRE DEL PRESTADOR
DEL SERVICIO
DETALLE DEL GASTO
(Especificar los bienes, equipos o
servicios adquiridos)
Nº ACTIVIDAD (Especificar la
actividad a la que pertenece el
gasto. Identificar cada actividad
con los números asignados en
el informe cualitativo)
TIPO DE
DOCUMENTO
FECHA DEL
DOCUMENTO (Todo documento
debe estar dentro del
plazo de ejecución)
PROYECTO
REGIÓN
PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
0
0
mar-20
MONTO
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SUBTOTAL
SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO
TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO E
FONDO PARTICIPA 2020
TODAS LAS FACTURAS
DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO
1 $ 0
2 $ 0
3 $ 0
4 $ 0
5 $ 0
6 $ 0
7 $ 0
8 $ 0
9 $ 0
10 $ 0
11 $ 0
12 $ 0
13 $ 0
14 $ 0
15 $ 0
16 $ 0
17 $ 0
-$
PROYECTO
REGIÓN
PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)
INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - MATERIALES DE INVERSIÓN
RUT
ORGANIZACIÓN
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
0
0
0
0
mar-20
TIPO DE
DOCUMENTO
FECHA DEL
DOCUMENTO (Todo documento
debe estar dentro del
plazo de ejecución)
NºNº DE
DOCUMENTO
NOMBRE DEL PRESTADOR
DEL SERVICIO
Nº ACTIVIDAD (Especificar la
actividad a la que pertenece el
gasto. Identificar cada actividad con
los números asignados en el
informe cualitativo)
MONTO
DETALLE DEL GASTO
(Especificar los bienes, equipos
o servicios adquiridos)
TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
SUBTOTAL
SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO F
FONDO PARTICIPA 2020
Nº DE
ACTIVIDAD
FECHA DE
INICIO
FECHA DE
TÉRMINO
1
2
3
4
5
INFORME CUALITATIVO MENSUAL
PROYECTO
ORGANIZACIÓN
mar-20
REGIÓN
OBJETIVOS PREVISTOSCUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS (Objetivo Completo/
Incompleto/En desarrollo)
DATOS DE LA ORGANIZACIÓN
PERÍODO RENDIDO Mes y Año
RUT
EVALUACIÓN DEL PROYECTO EN RELACIÓN A SUS RESULTADOS Y OBJETIVOS PREVISTOS
COMPLETE SEGÚN SE VAYAN CUMPLIENDO LOS OBJETIVOS PREVISTOS, DE ACUERDO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS DE
CADA MES. ESTE CUADRO DEBE SER IGUAL EN TODOS LOS INFORMES MENSUALES Y SÓLO DEBE CAMBIAR SEGÚN EL
CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS
0
0
0
0
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
1.- ACTIVIDADES DEL PERÍODO
NOMBRE DE ACTIVIDAD
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
REALIZADAS (Debe contener una descripción
cualitativa de cada una de las actividades
cumplidas en el período, tomando como
referencia la planificación del proyecto.)
ANEXO F
FONDO PARTICIPA 2020
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
EL "Nº DE ACTIVIDAD" ES EL NÚMERO QUE SE DEBE USAR PARA EL LLENADO DE LOS INFORMES CUANTITATIVOS
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO F
FONDO PARTICIPA 2020
Nº RUT NÚMERO TELEFÓNICO
123456789
10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940
A ESTE INFORME SE DEBEN ADJUNTAR TODOS LOS VERIFICADORES EXISTENTES COMO:
FOTOGRAFÍAS
VIDEOS
MUESTRA DE MATERIALES DE DIFUSIÓN
MUESTRAS DE MERCHANDISING
5.- VERIFICADORES
Nota: Inserte tantas filas como necesite.
___________________________________
TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN
2.- LISTADO DE BENEFICIARIOS DIRECTOS (*Todos los campos son obligatorios)
NOMBRE COMPLETO
___________________________________________________________
CORREO ELECTRÓNICO
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO G
FONDO PARTICIPA 2020
OBSERVACIÓN: ADJUNTAR TODOS
LOS CORREOS ELECTRÓNICOS
ENTRE LA ORGANIZACIÓN Y EL INJUV
DATOS DEL PROYECTO
CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN REGIONAL
FECHA RECEPCIÓN EN D.R.
Nº DE RENDICIÓN
DOCUMENTACIÓN ENTREGADACHECKLIST DE LA
DIRECCIÓN REGIONAL
RUT
ORGANIZACIÓN
PROYECTO
REGIÓN
PERÍODO RENDIDO (Mes, Año)
DOCUMENTACIÓN ENTREGADA
abr-20
DOCUMENTOS ORIGINALES (Boletas de Honorarios, Boletas y Facturas)
FORMULARIO Nº 29 SII: Retenciones de impuestos de segunda categoría - 10%
INFORME MENSUAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS (Firmado y Timbrado)
INFORME MENSUAL - HONORARIOS
INFORME MENSUAL - PLANILLA DE MOVILIZACIÓN
INFORME MENSUAL - BIENES Y SERVICIOS
INFORME MENSUAL - PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN
INFORME MENSUAL - MATERIALES DE EJECUCIÓN
INFORME CUALITATIVO MENSUAL (Firmado y Timbrado)
INFORME MENSUAL - MATERIALES DE INVERSIÓN
VERIFICADORES (Fotos, Afiches, Merchandising, etc)
CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DE RECURSOS (Sólo en la primera rendición)
FIRMA Y TIMBRE DIRECTOR (A) REGIONAL FIRMA Y TIMBRE ORGANIZACIÓN
INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS (Sólo en la última rendición)
Proyecto ejecutado con normalidad, cabe destacar que la organización ha cumplido satisfactoriamente con los plazos
establecidos.
BORRAR ESTO SI LA ORGANIZACIÓN NO CUMPLIÓ CON LOS PLAZOS INDICADOS
__________________________ __________________________
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven
47
ANEXO H
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN
CONCURSO PARTICIPA 2020
FECHA 2020
1. IDENTIFICACIÓN REGIONAL
Región1
Autoridad regional
Coordinación regional
2. ANTECEDENTES ENTIDAD EJECUTORA
Nombre
RUT
Teléfono
Correo electrónico
3. REPRESENTANTE LEGAL ENTIDAD EJECUTORA
Nombre y apellidos
RUT
Teléfono
Correo electrónico
4. IDENTIFICACIÓN PROYECTO
Nombre del proyecto
Comuna de ejecución2
Código postulación
1 Señalar la región por su nombre, por ejemplo: Arica y Parinacota, Coquimbo, La Araucanía, Los Lagos, etc. 2 Si es más de una, señalarlas.
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven
48
5. COORDINACIÓN REGIONAL3
Situación que
modifica4
Justificación
organización5
Afecta objetivos
proyecto6
Evaluación
regional7
6. FIRMAS REGIONALES
Nombre y apellidos
coordinación regional8
Firma Coordinación
Regional
Nombre y apellidos
autoridad regional
Firma y timbre de
autoridad regional
3 Uso exclusivo Coordinación Regional fondos concursables 4 Señalar la o las modificaciones que se solicitan, según el artículo N°23 de las bases del concurso (1. Del encargado de ejecución del proyecto; 2. Plazos de ejecución o de actividades del proyecto, detallando las fechas nuevas de las originalmente programadas; 3. Del gasto presupuestario indicando cada modificación y asegurándose que no sobre pase el porcentaje de cada ítem según bases y; 4 Del lugar, recinto o espacio de ejecución del proyecto, identificando el nuevo lugar con su dirección). Si la organización detalla más de una solicitud de modificación, favor separar las modificaciones y llenar los campos correspondientes. 5 Coherente con carta/mail enviado por entidad ejecutora, documento debe adjuntarse a este anexo. 6 La coordinación debe indicar manifiestamente si se afectan los objetivos. 7 La coordinación debe entregar explícitamente su parecer respecto a la modificación, teniendo especial cuidado con que esta esté apegada a lo señalado en las bases especiales del concurso. 8 En caso de ausencia de la coordinación, indicar apoyo regional o quien diseña formulario en la DR, los cuales deben coincidir con el cuadro N°1 de este formulario.
ANEXO I
FONDO PARTICIPA 2020
RUT RL
MONTO
RENDIDO TOTAL
MONTO
APROBADO
TOTAL
MONTO MÁXIMO
$ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 300.000
$ 0 $ 0 $ 1.500.000
$ 0 $ 0 $ 750.000
$ 0 $ 0
$ 0
INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
RECEPCIÓN DE RECURSOS
NOMBRE DEL BANCO
DATOS DEL GENERALES
RUT 0
PERIODO DE EJECUCIÓN (De todo el proyecto)
FECHA DE INICIO
FECHA DE TÉRMINO
PERSONA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINANCIERO
ORGANIZACIÓN 0
PROYECTO 0
REGIÓN 0
NOMBRE
CORREO ELECTRÓNICO
RUT
FIRMATELÉFONO FIJO
TELÉFONO CELULAR
FECHA DE ENVÍO DE LA DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE FONDOS
REPRESENTANTE LEGAL
(3) TOTAL GASTOS RECHAZADOS ($)
R.U.T.: 60.110.000-2
PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN
MATERIALES DE EJECUCIÓN
MATERIALES DE INVERSIÓN
TOTALES
(2) TOTAL RENDIDO ($)
RESUMEN GENERAL
DETALLE MONTO
(1) MONTO ADJUDICADO ($)
(4) TOTAL GASTOS APROBADOS (2) - (3) $ 0
FECHA DE DEPÓSITO (Adjuntar comprobante del depósito o transferencia bancaria)
Para aquellos proyectos que presenten monto a reintegrar por gastos rechazados y/o saldo no ejecutado, se les
solicita deporsitar dichos recursos en:
BANCO ESTADO
CUENTA CORRIENTE Nº 9019324
A NOMBRE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD
NUMERO DE TERMINAL
(6) MONTO DEPOSITADO
ADJUNTAR COMPROBANTE DEL DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
$ 1.500.000
$ 0
(5) TOTAL MONTO A DEPOSITAR (1) - (4) $ 1.500.000
$ 0
MONTO ADJUDICADO $ 1.500.000
TOTALES RENDIDOS POR ÍTEM
HONORARIOS
BIENES Y SERVICIOS
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
ANEXO I
FONDO PARTICIPA 2020
1. La siguiente sección tiene por objeto que usted explique el resultado final de su proyecto y su impacto en los
beneficiarios. Para dar cumplimiento con este requerimiento, debe tener presente lo presentado en los Informes
Cualitativos realizados durante el período de ejecución de su proyecto. Contemple las siguientes preguntas a modo
de guía: ¿se dio cumplimiento a las actividades propuestas en la ficha de postulación del proyecto?, ¿se cumplió el
objetivo general del proyecto?, ¿cuál ha sido el impacto en los beneficiarios del proyecto?
PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS EN EL PROYECTO
BENEFICIARIOS DIRECTOS TOTALDESCRIPCIÓN DE BENFICIARIOS
DIRECTOS
GENERO CANTIDAD EDAD PROMEDIO
0
TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN
___________________________________________________________
___________________________________
MUJERES 0 0
HOMBRES 0 0
TOTAL
CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO
2. Dependiendo de la naturaleza del proyecto realizado, adjunte verificadores (fotografías, materiales susceptibles de
envío, etc.) que den cuenta del estado final del proyecto. Éstos se deben encontrar adjuntos al final de este anexo. A
modo de ejemplo, si su proyecto consiste en la implementación de un espacio, envíe verificadores que muestren el
espacio implementado; si su proyecto consistía en la realización de talleres, envíe fotografías que den cuenta de la
ejecución del taller, además de la muestra final de éste (si es que lo hubiese).
ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
51
1. Distribución regional de recursos.
Respecto al artículo 16° de las bases, para realizar la asignación regional de los recursos
disponibles, se utilizaron 3 indicadores para definir el monto total por región: Población
joven proyectada al 2020 por región, N° de postulaciones fondo concursable Participa
2019 por región y Comunas por región. Se presentan acá las tablas con el detalle:
Tabla n°1 Población Joven 2020 – Factor del 25%
Región Población % regional Resultado
factor
Arica y Parinacota 59.070 1,36 0,34
Tarapacá 94.016 2,16 0,54
Antofagasta 172.855 3,97 0,99
Atacama 67.522 1,55 0,39
Coquimbo 181.278 4,17 1,04
Valparaíso 431.713 9,92 2,48
Metropolitana de Santiago 1.899.381 43,64 10,91
Libertador General Bernardo O’Higgins 194.654 4,47 1,12
Maule 232.966 5,35 1,34
Ñuble 102.091 2,35 0,59
Biobío 367.499 8,44 2,11
La Araucanía 216.508 4,97 1,24
Los Ríos 88.625 2,04 0,51
Los Lagos 185.106 4,25 1,06
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 20.815 0,48 0,12
Magallanes y la Antártica Chilena 38.291 0,88 0,22
TOTAL 4.352.390 100 25
La tabla n°1, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con
información obtenida desde el Instituto Nacional de Estadísticas, INE, a través de sistematización
del archivo denominado estimaciones y proyecciones comunas 2002-2035 con base al censo 2017:
https://www.ine.cl/estadisticas/sociales/demografia-y-vitales/proyecciones-de-poblacion.
Tabla n°2 Proyectos postulados Participa 2019 – Factor del 35%
Región Proyectos % regional Resultado
factor
Arica y Parinacota 14 2,34 0,82
Tarapacá 9 1,50 0,53
Antofagasta 9 1,50 0,53
Atacama 18 3,01 1,05
Coquimbo 20 3,34 1,17
Valparaíso 42 7,01 2,45
Metropolitana de Santiago 129 21,54 7,54
Libertador General Bernardo O’Higgins 53 8,85 3,10
Maule 54 9,02 3,16
Ñuble 32 5,34 1,87
Biobío 80 13,36 4,67
La Araucanía 59 9,85 3,45
Los Ríos 22 3,67 1,29
Los Lagos 37 6,18 2,16
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 12 2,00 0,70
Magallanes y la Antártica Chilena 9 1,50 0,53
TOTAL 599 100 35
La tabla n°2, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con
información obtenida del sitio www.fondos.gob.cl con el historial de postulaciones recibidas el año
2019 para el concurso Participa.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
52
Tabla n°3 Número de comunas por región– Factor del 40%
Región Comunas % regional Resultado
factor
Arica y Parinacota 4 1,16 0,46
Tarapacá 7 2,02 0,81
Antofagasta 9 2,60 1,04
Atacama 9 2,60 1,04
Coquimbo 15 4,34 1,73
Valparaíso 38 10,98 4,39
Metropolitana de Santiago 52 15,03 6,01
Libertador General Bernardo O’Higgins 33 9,54 3,82
Maule 30 8,67 3,47
Ñuble 21 6,07 2,43
Biobío 33 9,54 3,82
La Araucanía 32 9,25 3,70
Los Ríos 12 3,47 1,39
Los Lagos 30 8,67 3,47
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 10 2,89 1,16
Magallanes y la Antártica Chilena 11 3,18 1,27
TOTAL 346 100 40
La tabla n°3, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con
información obtenida de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del
interior y Seguridad Pública, SUBDERE.
Obtenidos los factores de cada uno de los indicadores, se realiza la suma de estos por
región para luego dividir el monto total puesto a disposición para el concurso, tal como
se observa en la tabla n4:
Tabla n°4 Suma de los factores y división de los recursos
Región Suma % factores
Recursos disponibles
Recursos ajustados
Arica y Parinacota 1,62 $3.401.484 $4.500.000
Tarapacá 1,88 $3.937.815 $4.500.000
Antofagasta 2,56 $5.374.347 $6.000.000
Atacama 2,48 $5.208.125 $6.000.000
Coquimbo 3,94 $8.282.345 $7.500.000
Valparaíso 9,33 $19.586.491 $19.500.000
Metropolitana de Santiago 24,46 $51.364.135 $51.000.000
Libertador General Bernardo O’Higgins 8,03 $16.862.882 $16.500.000
Maule 7,96 $16.719.395 $16.500.000
Ñuble 4,88 $10.256.266 $9.000.000
Biobío 10,60 $22.260.819 $21.000.000
La Araucanía 8,39 $17.619.945 $16.500.000
Los Ríos 3,18 $6.681.819 $6.000.000
Los Lagos 6,69 $14.056.115 $13.500.000
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 1,98 $4.151.277 $6.000.000
Magallanes y la Antártica Chilena 2,02 $4.236.740 $6.000.000
TOTAL 100,00 $210.000.0
00 $210.000.0
00
Formula = (Recursos totales / suma % factor regional) = Recursos disponibles
Para este concurso, las aproximaciones se hacen a partir del siguiente rango según
resultado obtenido, manteniendo un piso mínimo de $4.500.000 para aquellas regiones
con menor resultado en la suma de los factores. Ver tabla n°5
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
53
Tabla n°5 Rangos para la aproximación final de recursos asignados por región
Inicio rango Término rango Categoría Monto Ajustado
$0 $4.000.000 1 $4.500.000
$4.000.001 $7.499.999 2 $6.000.000
$7.500.000 $8.999.999 3 $7.500.000
$9.000.000 $10.499.999 4 $9.000.000
$10.500.000 $11.999.999 5 $10.500.000
$12.000.000 $13.499.999 6 $12.000.000
$13.500.000 $14.999.999 7 $13.500.000
$15.000.000 $16.499.999 8 $15.000.000
$16.500.000 $17.999.999 9 $16.500.000
$18.000.000 $19.499.999 10 $18.000.000
$19.500.000 $20.999.999 11 $19.500.000
$21.000.000 $22.499.999 12 $21.000.000
$22.500.000 $23.999.999 13 $22.500.000
$24.000.000 $25.499.999 14 $24.000.000
$25.500.000 $26.999.999 15 $25.500.000
$27.000.000 $28.499.999 16 $27.000.000
$28.500.000 $29.999.999 17 $28.500.000
$30.000.000 $31.499.999 18 $30.000.000
$31.500.000 $32.999.999 19 $31.500.000
$33.000.000 $34.499.999 20 $33.000.000
$34.500.000 $35.999.999 21 $34.500.000
$36.000.000 $37.499.999 22 $36.000.000
$37.500.000 $38.999.999 23 $37.500.000
$39.000.000 $40.499.999 24 $39.000.000
$40.500.000 $41.999.999 25 $40.500.000
$42.000.000 $43.499.999 26 $42.000.000
$43.500.000 $44.999.999 27 $43.500.000
$45.000.000 $46.499.999 28 $45.000.000
$46.500.000 $47.999.999 29 $46.500.000
$48.000.000 $49.499.999 30 $48.000.000
$49.500.000 $50.999.999 31 $49.500.000
$51.000.000 $52.499.999 32 $51.000.000
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
54
2. Principales medidas de integración para la superación de barreras, brechas
e inequidades (Criterio de Evaluación Integración y Equidad Social). Con el
propósito de que desarrolles un buen proyecto y obtengas buenas calificaciones, te
entregamos antecedentes conceptuales que van en favor de la integración y la
superación de alguna barrera, brecha o inequidad:
Tabla n°6 ejemplos medidas integradoras
Medidas integradoras que apunten a
disminuir barreras, brechas o
inequidades.
Barrera: Impedimento
administrativo, legal, social o
cultural, que obstaculiza el acceso,
uso, control y beneficio a
determinados bienes y servicios.
Brecha: Son patrones desiguales
(estadísticas) de acceso,
participación y control sobre los
recursos, servicios, oportunidades,
y beneficios del desarrollo.
Sugerimos que analices con detalle
el diagnóstico recogido. Escojas la
línea y sub línea de intervención que
responda a la necesidad detectada.
Las actividades creadas para
cumplir los objetivos contengan
elementos que te permitan una
buena evaluación y así, el desarrollo
de un proyecto con mayor impacto
en la comunidad con la que
trabajarás.
Proyectos destinados a jóvenes en situación de
discapacidad, por ejemplo, medidas que
apunten a la inclusión en el mundo laboral de
personas jóvenes en situación de discapacidad,
considerando al trabajo como un derecho que
debe ser ejercido en igualdad de oportunidades
desde el acceso y las condiciones laborales que
promuevan entornos abiertos, inclusivos y
accesibles para las personas con discapacidad
(Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad; 2006)1.
Iniciativas que contribuyan a la Integración
social en espacio socio comunitario o reducción
de la estigmatización de las personas jóvenes
con consumo problemático de drogas y alcohol2.
Proyectos orientados a la integración de
personas jóvenes de la población migrante en
Chile, orientados hacia el respeto a la diversidad
y la importancia que esta tiene para enriquecer
la formación de las personas. Como, por
ejemplo, medidas que apunten a disminuir el
grado de discriminación racial o aceptación de
las diferencias étnicas3.
Proyectos que contengan elementos o acciones
orientados a la igualdad de derechos entre
mujeres y hombres jóvenes. Es decir, proyectos
que apunten al acceso con justicia e igualdad al
uso, control, y beneficio de los bienes y servicios
de la sociedad, incluyendo aquellos socialmente
valorados, oportunidades y recompensas.
1https://www.senadis.gob.cl/pag/149/1214/descripcion 2https://www.senda.gob.cl/integracion-social/programas-y-componentes/iniciativas-de-integracion-social/ 3https://www.extranjeria.gob.cl/media/2019/04/DEMInvestiga1SegundasGeneracionesdeMigrantesenChile.pdf
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
55
3. Criterios de evaluación Territorialidad
Este criterio de evaluación se basa en la resolución n°178/2015 de la Subsecretaria de
Desarrollo Regional y Administrativo, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con el
objeto de determinar las tipologías de comunas. Se consideran las siguientes variables:
1. VARIABLES POR DIMENSIÓN EJE DEMOGRÁFICO TERRITORIAL:
1.1. Tamaño: La determinación del tamaño se hace a partir del promedio simple de
los valores de población (censo 2002 proyectado por el Instituto Nacional de
Estadísticas al año 2008) y la cantidad de predios no agrícolas de la comuna,
cada uno de los cuales fue transformado previamente a una escala común de
valores, entre 0 y 1.
1.2. Dispersión: Variable que se construye a partir del promedio simple de los valores
de la densidad poblacional actualizada al año 2008, el nivel de ruralidad,
establecido en el último censo y, finalmente, el valor de la entropía de núcleos
poblados, valor obtenido de información del Instituto Nacional de Estadísticas,
año 2005. Todos previamente escalados entre 0 y 1.
1.3. Jerarquía Político Administrativa: Esta variable se construye asignando el valor
1 a las comunas que cumplen condición de ser capitales regionales. Luego, se
multiplica por el porcentaje de la población de la región, en relación al total país.
Del mismo modo, se les asigna un valor 0.5 a las que cumplen la condición de
capital provincial, y este valor es multiplicado por el total de población de la
Provincia, respecto al total país. Por último, se asigna un valor 0 a las demás
comunas.
1.4. Tipo de Localidad: Puntaje asignado a cada comuna, de acuerdo a la condición
de ciudad, según definición del Observatorio Urbano del Ministerio de Vivienda y
Urbanismo.
Con todo, se promediará cada variable por dimensión y a su vez cada una de las
dimensiones en un solo indicador o eje socio demográfico territorial.
2. VARIABLES POR DIMENSIÓN EJE SOCIOECONÓMICO:
2.1. Patrimonio Comunal: Promedio simple del valor obtenido para el avalúo total
promedio de inmuebles de la comuna, el porcentaje de avalúo afecto en relación
al avalúo total de la comuna y el per cápita de la recaudación de patentes
municipales, todos escalados previamente con valores entre 0 y 1.
2.2. Capital Humano: Esta variable se construye a partir del promedio simple del nivel
de escolaridad promedio de la población comunal, el promedio ponderado de
puntaje comunal en la Prueba de Selección Universitaria, y el porcentaje de
analfabetismo comunal, todos escalados previamente a valores entre 0 y 1.
2.3. Características socioeconómicas de la población: Esta variable considerará el
porcentaje de pobreza informado por el Ministerio de Desarrollo Social, sobre la
base de la encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional o el
instrumento que la reemplace, y el promedio de ingreso monetario por hogar,
todos escalados previamente a valores entre 0 y 1.
Con todo, se promediará cada variable por dimensión y a su vez cada una de las
dimensiones en un solo indicador o eje socioeconómico. Sin perjuicio de lo
anterior y en mérito de la actualización de las variables anteriores, la
Subsecretaría podrá modificar la tipología existente.
Dado lo anterior, se establecen los siguientes grupos o tipologías de comunas:
• Grupo 1: Grandes comunas metropolitanas con alto y/o medio desarrollo.
• Grupo 2: Comunas mayores, con desarrollo medio.
• Grupo 3: Comunas urbanas medianas, con desarrollo medio.
• Grupo 4: Comunas semi urbanas y rurales con desarrollo medio.
• Grupo 5: Comunas semi urbanas y rurales con bajo desarrollo.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
56
Para la determinación de las comunas que integran cada grupo, se consideran los valores
de los ejes demográficos territoriales y socioeconómicos, calculados en base a las
variables identificadas anteriormente. Los grupos quedan establecidos así:
Tabla n°7 Grupos y comunas según
tipología
Grupos Comunas
Grupo 1
Grandes
comunas
metropolitan
as con alto
y/o medio
desarrollo
ANTOFAGASTA
CERRILLOS
CERRO NAVIA
CHIGUAYANTE
CONCEPCIÓN
CONCHALÍ
EL BOSQUE
ESTACIÓN CENTRAL
HUALPÉN
HUECHURABA
INDEPENDENCIA
LA CISTERNA
LA FLORIDA
LA GRANJA
LA PINTANA
LA REINA
LAS CONDES
LO BARNECHEA
LO ESPEJO
LO PRADO
MACUL
MAIPÚ
ÑUÑOA
PEDRO AGUIRRE
CERDA
PEÑALOLÉN
PROVIDENCIA
PUDAHUEL
PUENTE ALTO
QUILICURA
QUILPUÉ
QUINTA NORMAL
RANCAGUA
RECOLETA
RENCA
SAN BERNARDO
SAN JOAQUÍN
SAN MIGUEL
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN RAMÓN
SANTIAGO
TALCA
TALCAHUANO
TEMUCO
VALPARAÍSO
VILLA ALEMANA
VIÑA DEL MAR
VITACURA
Grupo 2
Comunas
mayores,
con
desarrollo
medio.
ALTO HOSPICIO
ARICA
BUIN
CALAMA
CARTAGENA
CHILLÁN
CHILLÁN VIEJO
COLINA
CONCÓN
COPIAPÓ
COQUIMBO
CORONEL
COYHAIQUE
CURICÓ
EL TABO
IQUIQUE
LA CALERA
LA CRUZ
LA SERENA
LAMPA
LOS ÁNGELES
LOTA
MACHALÍ
OSORNO
PADRE HURTADO
PENCO
PEÑAFLOR
PIRQUE
PUERTO MONTT
PUERTO VARAS
PUNTA ARENAS
QUILLOTA
SAN ANTONIO
SANTO DOMINGO
TALAGANTE
TOMÉ
VALDIVIA
Grupo 3
Comunas
urbanas
medianas,
con
desarrollo
medio.
ANCUD
ANDACOLLO
ANGOL
CABRERO
CALDERA
CAÑETE
CASTRO
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
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57
CAUQUENES
CHAÑARAL
COLLIPULLI
CONSTITUCIÓN
CURACAUTÍN
CURANILAHUE
DOÑIHUE
EL MONTE
EL QUISCO
GORBEA
GRANEROS
HIJUELAS
ILLAPEL
LANCO
LAUTARO
LEBU
LIMACHE
LINARES
LONCOCHE
LOS ÁLAMOS
LOS ANDES
MOLINA
MOSTAZAL
MULCHÉN
NACIMIENTO
NATALES
OLMUÉ
OVALLE
PADRE LAS CASAS
PARRAL
PICHILEMU
PITRUFQUÉN
QUINTERO
QUIRIHUE
RENAICO
RINCONADA
RÍO BUENO
SAN CARLOS
SAN FELIPE
SAN JAVIER
SAN ROSENDO
SANTA BÁRBARA
TALTAL
TOCOPILLA
TRAIGUÉN
VALLENAR
VICTORIA
VILLARRICA
YUNGAY
Grupo 4
Comunas
semi
urbanas y
rurales con
desarrollo
medio.
ALGARROBO
ALHUÉ
ARAUCO
AYSÉN
BULNES
CABILDO
CABO DE HORNOS
CALBUCO
CALERA DE TANGO
CALLE LARGA
CASABLANCA
CATEMU
CHAITÉN
CHILE CHICO
CHIMBARONGO
CHONCHI
CISNES
COCHAMÓ
COCHRANE
CODEGUA
COINCO
COLTAUCO
CUNCO
CURACAVÍ
DALCAHUE
DIEGO DE ALMAGRO
FREIRINA
FRESIA
FRUTILLAR
FUTALEUFÚ
FUTRONO
HUALAIHUÉ
HUASCO
ISLA DE MAIPO
LA ESTRELLA
LA LIGUA
LA UNIÓN
LAJA
LAS CABRAS
LLANQUIHUE
LLAYLLAY
LOS LAGOS
LOS MUERMOS
LOS VILOS
MÁFIL
MARÍA ELENA
MARIQUINA
MAULLÍN
MEJILLONES
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
58
MELIPILLA
NANCAGUA
NOGALES
OLIVAR
PAIHUANO
PAILLACO
PAINE
PALENA
PALMILLA
PANQUEHUE
PAPUDO
PEUMO
PICA
PORVENIR
POZO ALMONTE
PRIMAVERA
PUCHUNCAVÍ
PUCÓN
PUERTO OCTAY
PURRANQUE
PUYEHUE
QUELLÓN
QUINCHAO
QUINTA DE TILCOCO
RÁNQUIL
RENGO
REQUÍNOA
RÍO IBÁÑEZ
RÍO NEGRO
ROMERAL
SAN ESTEBAN
SAN FERNANDO
SAN GREGORIO
SAN JOSÉ DE MAIPO
SAN PABLO
SAN PEDRO DE
ATACAMA
SAN VICENTE
SANTA CRUZ
SANTA MARÍA
SIERRA GORDA
TENO
TIERRA AMARILLA
TILTIL
VICHUQUÉN
VICUÑA
VILCÚN
ZAPALLAR
Grupo 5 ALTO BIOBÍO
Comunas
semi
urbanas y
rurales con
bajo
desarrollo.
ALTO DEL CARMEN
ANTÁRTICA
ANTUCO
CAMARONES
CAMIÑA
CANELA
CARAHUE
CHANCO
CHÉPICA
CHOLCHOL
COBQUECURA
COELEMU
COIHUECO
COLBÚN
COLCHANE
COMBARBALÁ
CONTULMO
CORRAL
CURACO DE VÉLEZ
CURARREHUE
CUREPTO
EL CARMEN
EMPEDRADO
ERCILLA
FLORIDA
FREIRE
GALVARINO
GENERAL LAGOS
GUAITECAS
HUALAÑÉ
HUALQUI
HUARA
ISLA DE PASCUA
JUAN FERNÁNDEZ
LA HIGUERA
LAGO RANCO
LAGO VERDE
LAGUNA BLANCA
LICANTÉN
LITUECHE
LOLOL
LONGAVÍ
LONQUIMAY
LOS SAUCES
LUMACO
MALLOA
MARCHIHUE
MARÍA PINTO
MAULE
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
59
MELIPEUCO
MONTE PATRIA
NAVIDAD
NEGRETE
NINHUE
NUEVA IMPERIAL
ÑIQUÉN
O'HIGGINS
OLLAGÜE
PANGUIPULLI
PAREDONES
PELARCO
PELLUHUE
PEMUCO
PENCAHUE
PERALILLO
PERQUENCO
PETORCA
PICHIDEGUA
PINTO
PLACILLA
PORTEZUELO
PUMANQUE
PUNITAQUI
PUQUELDÓN
PURÉN
PUTAENDO
PUTRE
QUEILÉN
QUEMCHI
QUILACO
QUILLECO
QUILLÓN
RAUCO
RETIRO
RÍO CLARO
RÍO HURTADO
RÍO VERDE
SAAVEDRA
SAGRADA FAMILIA
SALAMANCA
SAN CLEMENTE
SAN FABIÁN
SAN IGNACIO
SAN JUAN DE LA
COSTA
SAN NICOLÁS
SAN PEDRO
SAN RAFAEL
SANTA JUANA
TEODORO SCHMIDT
TIMAUKEL
TIRÚA
TOLTÉN
TORRES DEL PAINE
TORTEL
TREHUACO
TUCAPEL
VILLA ALEGRE
YERBAS BUENAS
YUMBEL
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES
FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020
Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020
60
4. Formulación de Objetivos para el proyecto. Con el propósito de que desarrolles los objetivos de tu proyecto, te proponemos un listado de
verbos, tanto para tu objetivo general como para los objetivos específicos que debes señalar en el formulario de postulación. Recuerda que debes
poseer como obligación 1 objetivo general y 3 objetivos específicos:
Tabla n°8 Sugerencias de Objetivos para la formulación del proyecto
Objetivo general y ejemplo Objetivos específicos y ejemplos de aplicación según objetivo general
Aumentar
Aumentar el desarrollo
de capacidades
laborales…
Identificar las necesidades laborales de la población joven del sector de… Identificar
Capacitar
Disminuir
Difundir información sobre competencias laborales, y habilidades para la inserción laboral. Difundir
Contribuir
Proporcionar una red de colaboración con la fundación x y el programa subsidio al empleo joven para
ayudar a jóvenes en la búsqueda y obtención de empleos.
Proporcionar
Introducir
Favorecer Favorecer el encuentro
de la comunidad…
Recuperar el espacio abandonado de la junta de vecinos con productos reciclados… Recuperar
Hacer
Construir un huerto comunitario y realizar actividades de reciclaje… Construir
Realizar la primera siembra del huerto junto a una muestra final de los productos para toda la
comunidad.
Realizar
Mejorar
Fomentar
Fomentar la educación
financiera en la población
joven…
Crear una plataforma online para la educación financiera. Crear
Implementar
Fortalecer Habilitar contenido virtual grabado y realizado con jóvenes del sector con información financiera
adaptada al contexto.
Habilitar
Potenciar
Generar Ofrecer capacitaciones personalizadas (en el ciber del sector) para el uso de plataformas financieras
(bancos, SII, entre otras)
Ofrecer
Dotar
Incentivar
Incentivar la
participación de jóvenes
en actividades deportivas
de…
Adquirir el equipamiento para el desarrollo de los talleres. Adquirir
Desarrollar talleres de quidditch para las y los jóvenes del sector. Desarrollar
Sensibilizar
Generar un campeonato de quidditch a nivel regional. Generar
Promover
Promover la educación
sexual y reproductiva en
jóvenes…
Visibilizar entre la población la importancia de la educación sexual a través de un ciclo de cine. Visibilizar
Reconocer
Visibilizar
Organizar una feria de educación sexual y reproductiva con organizaciones dedicadas al tema. Reducir
Organizar
Entregar productos para la promoción de la educación sexual y reproductiva entre las y los jóvenes de
la población.
Entregar
Transmitir