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1 BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURAS DE PERSONAL LABORAL SUJETO A CONVENIO COLECTIVO POR CONTRATO DE OBRA Y SERVICIO DETERMINADO PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA. I.- INTRODUCCIÓN Mediante este proceso de selección se trata de identificar al candidato que mejor se adapte al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes. Con este sistema se pretende asegurar el éxito de la persona en la realización de las funciones y tareas a desempeñar en el puesto de trabajo tras su incorporación a éste. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo a las presentes bases. De acuerdo con las necesidades organizativas, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Valencia, ha autorizado la selección para cubrir un puesto de trabajo, cuyas características y requisitos básicos se indican a continuación. II.- OBJETO Es objeto de estas Bases la regulación de las normas generales y requisitos a las que habrá de ajustarse esta convocatoria y las pruebas de evaluación del proceso de selección por el procedimiento de concurso-oposición. Este concurso se convoca para la cobertura de un contrato por obra y servicio adscrito al Área de Infraestructuras. La contratación laboral tendrá carácter de temporal. El empleado/a seleccionado estará sujeto a la normativa laboral aplicable a los empleados del Organismo Público Autoridad Portuaria de Valencia. III.- DEFINICION, ADSCRIPCION Y PERFIL ESPECIFICO Plazas Una (1) Técnico de Infraestructuras Adscritas al Área de Infraestructuras Nivel Retributivo Grupo: II Banda: II Nivel: 5 Perfil Descrito en el Anexo I Esta ocupación podrá requerir su desempeño según la tipología de la jornada establecida en Convenio. Aplicación del Plan de Igualdad en la A.P.V. Proporción entre hombres y mujeres: El puesto de Técnico de Infraestructuras cuenta con una ocupación actual de 4 personas, de las cuales 1 son mujeres y 3 son hombres. IV.- FUNCIONES PRINCIPALES: Bajo la dirección Jefe de Área correspondiente, sus funciones serán las recogidas en el Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de Autoridades Portuarias vigente, a desarrollar en cualquiera de los tres centros de trabajo de la Autoridad Portuaria de Valencia (Valencia, Sagunto y Gandía) y correspondientes a la ocupación de Técnico de Infraestructuras. Identificador q49s 4ND2 Dul8 URjO AHaO 8pPe 2J8= URL https://valenciaportse.gob.es/SedeElectronica Firmado por: AURELIO MARTINEZ ESTEVEZ Cargo: PRESIDENTE Organización: AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA Fecha firma: 20/12/2018 17:14:27 CET

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BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURAS DE PERSONAL LABORAL SUJETO A CONVENIO COLECTIVO POR CONTRATO DE OBRA Y SERVICIO DETERMINADO PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA.

I.- INTRODUCCIÓN Mediante este proceso de selección se trata de identificar al candidato que mejor se adapte al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes. Con este sistema se pretende asegurar el éxito de la persona en la realización de las funciones y tareas a desempeñar en el puesto de trabajo tras su incorporación a éste. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo a las presentes bases. De acuerdo con las necesidades organizativas, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Valencia, ha autorizado la selección para cubrir un puesto de trabajo, cuyas características y requisitos básicos se indican a continuación. II.- OBJETO Es objeto de estas Bases la regulación de las normas generales y requisitos a las que habrá de ajustarse esta convocatoria y las pruebas de evaluación del proceso de selección por el procedimiento de concurso-oposición. Este concurso se convoca para la cobertura de un contrato por obra y servicio adscrito al Área de Infraestructuras. La contratación laboral tendrá carácter de temporal. El empleado/a seleccionado estará sujeto a la normativa laboral aplicable a los empleados del Organismo Público Autoridad Portuaria de Valencia. III.- DEFINICION, ADSCRIPCION Y PERFIL ESPECIFICO

Plazas Una (1) Técnico de Infraestructuras

Adscritas al Área de Infraestructuras

Nivel Retributivo Grupo: II Banda: II Nivel: 5

Perfil Descrito en el Anexo I Esta ocupación podrá requerir su desempeño según la tipología de la jornada establecida en Convenio. Aplicación del Plan de Igualdad en la A.P.V. Proporción entre hombres y mujeres: El puesto de Técnico de Infraestructuras cuenta con una ocupación actual de 4 personas, de las cuales 1 son mujeres y 3 son hombres. IV.- FUNCIONES PRINCIPALES: Bajo la dirección Jefe de Área correspondiente, sus funciones serán las recogidas en el Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de Autoridades Portuarias vigente, a desarrollar en cualquiera de los tres centros de trabajo de la Autoridad Portuaria de Valencia (Valencia, Sagunto y Gandía) y correspondientes a la ocupación de Técnico de Infraestructuras.

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V.- REQUISITOS EXIGIDOS. a) Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes:

1. Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los cónyuges, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2. Tener cumplida la edad de 18 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación ordinaria.

3. Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

4. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos oficiales: Diplomatura, Ingeniería Técnica y/o equivalentes.

5. No padecer enfermedad ni estar afectados por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza.

6. Los aspirantes que se presenten con discapacidad, habrán de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y presentarán la certificación de los órganos competentes de las Administraciones Públicas que acredite la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en la convocatoria.

b) Serán requisitos mínimos necesarios, a la fecha de realización del reconocimiento médico previo a la contratación, los siguientes:

1. No haber sido separados del servicio por sanción disciplinaria, ni inhabilitados para el desempeño de funciones en el sector público.

2. Estar inscrito en la correspondiente oficina de empleo a la fecha de la firma del contrato

La falsificación de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo, será causa de eliminación del candidato en el propio proceso. VI.- SOLICITUDES. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán cumplimentar la solicitud, según el modelo del Anexo II, y dirigirla a la Unidad Organizativa de Recursos Humanos y Organización de la Autoridad Portuaria de Valencia. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia (Av. Muelle del Turia, s/n 46024 de Valencia), o en los Registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, acompañadas de las certificaciones y justificantes acreditativos recogidos en la convocatoria para el puesto solicitado. Las solicitudes telemáticas podrán presentarse firmadas electrónicamente en la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Valencia (https://valenciaportse.gob.es). No se admitirán aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias. En caso de presentar la solicitud en los Registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, deberá comunicarse a la Autoridad Portuaria de Valencia la presentación en dicho registro, enviando copia de la solicitud registrada en el organismo correspondiente a la siguiente dirección de correo electrónico:

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[email protected], con el fin de evitar demoras e imprevistos que dificulten el normal desarrollo del proceso de selección. Cualquier solicitud que no cumpla los requisitos o que cumpliéndolos no llegase dentro de plazo, quedará anulada a los efectos de su consideración en el proceso de selección. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hagan constar en su solicitud, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud. En la solicitud, los candidatos con discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuidas el puesto o los puestos solicitados. VII.- DOCUMENTACION A PRESENTAR a) Documentos acreditativos de los requisitos exigidos y méritos recogidos en estas Bases, a presentar

antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.

2. Fotocopia del permiso de conducir.

3. Fotocopia de la titulación académica requerida en la convocatoria.

Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de los títulos, dichas circunstancias deberán, así mismo, acreditarse documentalmente, correspondiendo dicha acreditación a la persona solicitante. En otro caso no serán tenidas en cuenta.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

4. “Curriculum Vitae” (CV) actualizado.

5. Relación de méritos detallados según el modelo del Anexo III.

6. Documentos acreditativos de los méritos.

Para acreditar la formación se deberá aportar fotocopia de los certificados de formación. En caso de “idiomas” solo se admitirán certificaciones oficiales conforme al marco común europeo de referencia (MCERL.CEFR) o equivalente con los estándares norteamericanos (TOFL/ELR/ACTFCL), o cualquier otra superación de pruebas equivalentes.

En aquellos casos en que la persona aspirante alegue el nivel requerido del idioma, pero el mismo no pueda ser acreditado de la forma indicada en el párrafo anterior, la persona aspirante deberá solicitar por escrito antes de la fecha de fin de presentación de solicitudes la realización de una prueba de nivel. Si a criterio del Tribunal se considera necesario, se convocará a las personas aspirantes a la realización de una prueba oral y/o escrita del idioma.

Para acreditar la Experiencia Profesional se deberá aportar Informe de Vida Laboral y Certificados de prestación de servicios del organismo o empresa, donde se hagan constar los servicios prestados, los puestos de trabajo ocupados y el tiempo de prestación de servicios en el puesto.

Los trabajos para Administraciones Públicas se acreditarán siempre mediante certificación oficial del órgano competente.

El resto de los trabajos por cuenta ajena se acreditarán mediante el contrato de trabajo y certificación de la empresa de las funciones desarrolladas, cuando éstas no puedan deducirse de los términos del contrato, sin que se admita contradicción entre ambos documentos. En todo caso, será obligatoria la presentación de la certificación o vida laboral que acredite haber cotizado a la Seguridad Social durante todo el tiempo que se alegue en el grupo o grupos de cotización correspondiente a la categoría de las plazas convocadas. En el supuesto de contradicciones, prevalece la vida laboral.

Para el supuesto de profesionales y autónomos, Licencia Fiscal o I.A.E. y certificación de colegiación, cuando proceda, así como certificación o vida laboral que acredite haber cotizado a la Seguridad Social durante todo el tiempo que se alegue. Cuando proceda y en sustitución de dichos

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documentos, se aportará certificación oficial que acredite haber cotizado en el Régimen Especial o en la Mutualidad correspondiente.

7. Informe de la Vida Laboral Actualizado.

8. En el caso de discapacidad deberá presentarse también certificación de los órganos competentes de las Administraciones Públicas que acredite la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en la convocatoria.

9. Declaración Jurada de que todos los documentos presentados son copia fiel e íntegra de la documentación original, según el modelo del Anexo IV.

b) Documentos acreditativos de los requisitos exigidos en estas Bases, a presentar antes de la

realización del reconocimiento médico previo a la contratación:

1. Justificante de estar inscrito en la correspondiente oficina de empleo.

2. Declaración jurada de no haber sido separados del servicio por sanción disciplinaria, ni inhabilitados para el desempeño de funciones en el sector público, según el modelo del Anexo V.

Estos documentos deberán presentarse actualizados a dicha fecha y, en el caso de que el aspirante no pudiera acreditarlos, quedará automáticamente eliminado del proceso de selección.

VIII.- PLAZO DE PRESENTACIÓN Y ADMISIÓN DE ASPIRANTES. El plazo de presentación de solicitudes, así como el de todos los anexos y certificaciones, finalizará el día 23 de enero de 2019 a las 14:00 horas. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, el Tribunal aprobará la Lista de Admitidos y excluidos al proceso de selección con carácter provisional. Con la publicación de la citada lista se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite y, en su caso, no podrán realizar las pruebas del proceso de selección. Los candidatos excluidos, dispondrán de un plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de la Lista Provisional de Admitidos o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas. Dichas peticiones de subsanación se dirigirán al Tribunal de selección y se presentarán a través de los mismos cauces descritos en la ”Base VI.- Solicitudes”. Las reclamaciones que se formulen contra la Lista Provisional de Admitidos y excluidos serán aceptadas o rechazadas por medio de la aprobación de la Lista Definitiva de Admitidos. El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se reconozca a los candidatos la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, publicará resolución excluyendo al candidato/a del proceso de selección. IX.- TRIBUNAL La Presidencia de la APV designará un Tribunal formado por 1 Presidente y 7 vocales, uno de los cuales actuará como secretario/a. El Tribunal se reúne a convocatoria de su Presidente y se constituye con la presencia de la mayoría de sus miembros. El Presidente del Tribunal tendrá voto de calidad para casos de empate en las decisiones tomadas por el Tribunal. El Tribunal levantará acta de todas sus actuaciones y decisiones formales. El Tribunal tiene la capacidad de valorar e interpretar todas las normas de procedimiento y evaluación que sean necesarias para el desarrollo del proceso de selección, incluyendo el contenido de las presentes bases.

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Los miembros del Tribunal están obligados a mantener el secreto del contenido de las reuniones. Los miembros de los Tribunales se abstendrán de intervenir en el proceso, comunicándolo al Presidente del organismo convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias siguientes: a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél;

tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado/a. b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o afinidad dentro del segundo, con cualquiera

de las personas interesadas. c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas interesadas. d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate. e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle

prestado en los dos últimos años servicios profesionales. El Presidente del Tribunal podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias antes mencionadas. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La recusación se planteará por escrito, y en ella se expresará la causa o causas en que se funda. En el siguiente día, el recusado manifestará al Presidente del Tribunal si se da o no en él la causa alegada. Si se diera el caso, el Presidente del Tribunal acordará su sustitución. En caso de negativa del recusado sobre la causa alegada, el Presidente del Tribunal resolverá en el plazo de 3 días, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos. Contra las resoluciones adoptadas en esta materia no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento. El Tribunal estará compuesto por las siguientes personas: PRESIDENTA: Dª Elena Oliver Toquero SUPLENTE: D. Lorenzo Martín Casas VOCAL 1º: Dª Maribel Blasco Alarcón SUPLENTE: D. Francisco José Mestre Alcover VOCAL 2º: D. Jorge Gisbert Blanquer SUPLENTE: D. Carlos García Durán VOCAL 3º: D. Marcelo Burgos Teruel SUPLENTE: D. José Manuel Moncada González VOCALES 4º, 5º, 6º y 7º: Designados por el Comité de Empresa de la APV con sus respectivos suplentes. X.- PROCESO DE SELECCIÓN. En la página web: www.valenciaport.com (http://www.valenciaport.com/autoridad-portuaria/Empleo/) de la APV se publicará toda la información relacionada con el proceso de selección y en concreto se fijará la fecha y lugar de celebración de las pruebas siguientes al efecto de proceder a la selección del candidato más idóneo. Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas y ejercicios el día y hora señalados, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, serán excluidos de la oposición y, consecuentemente, del proceso selectivo y perderán todos sus derechos en esta convocatoria. Para la realización del proceso o de alguna de sus fases y pruebas, el Tribunal podrá requerir el auxilio de organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar. El Tribunal adoptará las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas

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con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. El proceso de selección constará de las siguientes fases: 1. Pruebas Psicotécnicas y de Personalidad – Competencias Genéricas

Las evaluaciones, realizadas con la ayuda de expertos profesionales, tendrán por objeto valorar las cualidades, habilidades y actitudes personales y profesionales para el desarrollo idóneo de la ocupación. La valoración realizada por los expertos externos en esta fase, sólo podrá ser objeto de reclamaciones relativas a posibles errores aritméticos o de forma, no siendo objeto de revisión por parte del Tribunal el resultado emitido por los expertos. A través de diversas pruebas psicotécnicas se evaluará a cada candidato/a en las siguientes habilidades y capacidades, entre otras:

Actitud positiva Capacidad de iniciativa Capacidad analítica y de síntesis Capacidad de trabajo en equipo Objetividad y equilibrio Resistencia al estrés

Esta fase se calificará como apto/a o no apto/a. La consideración de no apto/a supondrá la eliminación del/la candidato/a. El Tribunal hará pública la relación de las personas aspirantes que hayan alcanzado la calificación de apto/a. 2. Fase de evaluación de Competencias Técnicas Dicha prueba consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario tipo test sobre las materias que se citan en el Anexo VI. El cuestionario estará compuesto por ciento sesenta (160) preguntas, cada una de las cuales tendrá cuatro posibles soluciones (con solo una respuesta válida). Cada pregunta contestada correctamente sumará un punto (1), las preguntas contestadas incorrectamente restarán un tercio (-0,33) y las preguntas en blanco no supondrán ningún punto en la valoración del ejercicio, permitiéndose un máximo de treinta y dos (32) preguntas en blanco. Para la realización del ejercicio las personas admitidas y presentadas a la prueba dispondrán de un tiempo máximo de tres horas y media (3,5). Para superar esta prueba es necesario obtener el 50% del valor de la misma. Esta prueba será valorada con la calificación de APTO o NO APTO y tiene carácter eliminatorio. Dado que el contenido temático de la prueba teórica es el mismo que en la anterior oposición, aquellos aspirantes que, en la última oposición para la misma ocupación, superaran todas las fases del concurso (figurando, por tanto, en la lista final de aprobados) y que con posterioridad hayan prestado servicio en dicha ocupación en la APV, pueden optar a quedar exentos de realizar esta prueba. Para materializar dicha exención deberán solicitarlo por escrito antes de la fecha de fin de presentación de solicitudes. El Tribunal hará pública la relación de las personas aspirantes que hayan alcanzado las puntuaciones mínimas establecidas. 3. Prueba sobre el desempeño de la función. Consistirá en la realización de pruebas sobre supuestos de desempeño laboral que permitan evaluar el conocimiento de materias específicas relacionadas con las funciones a desempeñar, según el temario recogido en el Anexo VII. Para superar esta prueba es necesario obtener el 50% del valor de la misma. Esta prueba tiene carácter eliminatorio.

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4. Plan de Igualdad Se realizará una prueba por escrito basada en Plan de Igualdad de OPPE y AA.PP. que se adjunta en el Anexo VIII. Esta prueba será puntuada en una escala de 1 a 10, debiendo obtenerse un mínimo de 5 para superarla. Esta prueba será valorada con la calificación de APTO o NO APTO y tiene carácter eliminatorio. 5. Valoración de los méritos

Esta fase consistirá en la valoración de los méritos a partir de los datos alegados y documentados por las personas participantes en el proceso de selección. La calificación final de la fase de méritos vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados según lo indicado a continuación. a) Experiencia Profesional (Máximo 25 puntos)

El Tribunal evaluador valorará los años de experiencia profesional de la persona candidata en puestos similares al que se solicita, teniendo en cuenta la similitud de las funciones desarrolladas y las responsabilidades desempeñadas en los mismos por la persona candidata. Será necesario demostrar la duración de la experiencia profesional desarrollando las funciones descritas en el puesto y su contenido, mediante la presentación de la acreditación documental señalada en estas bases (vida laboral, certificado de empresa, etc.). A estos efectos, solamente se valorará el Grupo de Cotización 03 o superior. La puntuación de los candidatos que cumplan lo anteriormente indicado será puntuada con el siguiente baremo: 1.- Por experiencia en puestos asimilables en la Autoridad Portuaria de Valencia, a razón de 1 punto por cada

mes completo y/o fracción de servicio en activo, con un máximo de 20 puntos.

2.- Por experiencia en puestos asimilables en otras empresas u organismos, autónomos y profesionales relacionados con la Autoridad Portuaria, a razón de 0,10 puntos por mes completo y/o fracción de servicio en activo, con un máximo de 5 puntos.

b) Idiomas (Máximo 10 puntos)

Se admitirán certificaciones oficiales conforme al marco común europeo de referencia (MCERL.CEFR) o equivalente con los estándares norteamericanos (TOFL/ELR/ACTFCL), o cualquier otra superación de pruebas equivalentes para otros idiomas. Inglés: B2 o superior (10 Puntos). Inglés: B1 (5 puntos). En aquellos casos en que la persona aspirante alegue en sus méritos el conocimiento del idioma, pero el mismo no pueda ser acreditado de la forma indicada en el párrafo anterior, la persona aspirante deberá solicitar por escrito antes de la fecha de fin de presentación de solicitudes la realización de una prueba de nivel. Si a criterio del Tribunal se considera necesario, se convocará a las personas aspirantes a la realización de una prueba oral y/o escrita del idioma.

Las personas aspirantes consideradas aptas, puntuarán en esta prueba en función del resultado de la misma.

c) Formación Complementaria (Máximo 5 puntos)

En aquellos supuestos en que el/la candidata/a aporte acreditación de varias titulaciones/estudios para esta fase de valoración de méritos, el Tribunal evaluador tendrá en cuenta como máximo dos por cada epígrafe de los referidos a continuación. En cualquier caso, la puntuación máxima posible en este punto es de 5 puntos.

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a) Titulación oficial universitaria de grado superior (Licenciatura, Ingeniería, Grado más Máster habilitante, o equivalentes) en materias relacionadas con las funciones a desempeñar. Hasta 2,5 puntos cada título. Máximo 5 puntos.

b) Titulación oficial universitaria de grado medio (Diplomatura, Ingeniería Técnica, Grado o equivalentes) en materias relacionadas con las funciones a desempeñar. Hasta 1,5 puntos cada título. Máximo 3 puntos.

Esta fase se calificará conforme a la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes apartados (hasta un máximo de 40 puntos). 6.- Otras pruebas Sin perjuicio de lo anterior, si el Tribunal evaluador lo estimase necesario, en caso de empate, se podrán establecer entrevistas personales adicionales que irán destinadas a verificar la idoneidad del candidato/a. 7.- Reconocimiento médico Antes de la contratación será necesaria la realización de la revisión médica específica del puesto de trabajo de acuerdo con los requisitos de la convocatoria. Este reconocimiento será practicado, por el Departamento de Prevención y Servicios Médicos de la Autoridad Portuaria de Valencia, realizándose cuantas pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de cualquier otra clase, incluidas las toxicológicas, se consideren necesarias para comprobar que el candidato no padece enfermedad ni está afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza. La calificación como apto en éste reconocimiento será condición imprescindible para poder optar a las plazas convocadas. XI.- BAREMO DE PUNTUACION.

1) Prueba sobre el Desempeño: equivalente al 60 % del total. 2) Concurso de méritos: equivalente al 40 % del total.

En el caso de un empate entre varias personas candidatas, una vez finalizado el proceso selectivo, el desempate vendrá determinado por la pertenencia al género sub-representado en la ocupación objeto de este concurso. XII.- PUBLICACIÓN. Todas las fases de esta convocatoria, así como la documentación generada por la misma, se publicarán en la página web: www.valenciaport.com (http://www.valenciaport.com/autoridad-portuaria/Empleo/) y en el portal intranet de la Autoridad Portuaria de Valencia.

Haciendo constar, a este respecto, que el Tribunal solo estará vinculado con la información y documentación que se suministre a través de estos cauces.

La publicación de las listas durante el proceso solo tendrá la calificación de “apto/a” o “no apto/a” por orden alfabético. Todo ello sin perjuicio de que en las respectivas Actas del Tribunal Calificador se recojan las calificaciones completas a los efectos de posibles reclamaciones.

Finalizadas las pruebas, el Tribunal publicará la lista correspondiente con los resultados finales obtenidos por cada uno de los aspirantes.

XIII.- RECLAMACIONES. Todas las alegaciones, reclamaciones o peticiones deberán dirigirse al Tribunal en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación de la comunicación que se trate, y se presentarán a través de los mismos cauces descritos en la ”Base VI.- Solicitudes”.

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El Tribunal, si lo considera oportuno, podrá dirigirse a las personas aspirantes a través de las cuentas de correo electrónico suministradas en su solicitud para la resolución de sus alegaciones, reclamaciones y peticiones, siendo responsable el aspirante que los datos del mismo sean correctos. Las reclamaciones que se formulen contra las listas provisionales serán aceptadas o rechazadas por medio de la aprobación de las listas definitivas. Contra las resoluciones del Tribunal calificador recaídas a lo largo del proceso se podrán presentar el correspondiente recurso ante el Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia recaída en el proceso de selección podrá interponerse los recursos potestativos correspondientes.

XIV. RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO Transcurrido el plazo para reclamaciones sin que se haya formulado ninguna, o una vez resueltas las presentadas, el Tribunal levantará Acta de todo lo actuado y, si procede, emitirá la resolución provisional del proceso en la que figurarán las puntuaciones de los aspirantes aprobados por orden de puntuación final. La Dirección de la Unidad Organizativa de Recursos Humanos y Organización dará traslado de la resolución del Tribunal al Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia para su aprobación a efectos de realizar el correspondiente contrato temporal, previa presentación por el aspirante de la documentación original requerida en las presentes Bases.

La falsificación de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo, será causa de eliminación de la persona candidata sin conservar derechos de ninguna clase derivados del proceso selectivo. La persona candidata una vez dado de alta como trabajador en el organismo deberá cumplir con el período de prueba establecido legalmente. Durante este período de prueba, se apreciará su idoneidad para el puesto de trabajo para el que fue contratado; en el supuesto de que no supere el período de prueba se rescindirá su contrato sin que conserve derecho alguno derivado del proceso selectivo. La situación de incapacidad temporal interrumpirá el cómputo del período de prueba

Ante la renuncia del candidato seleccionado, bien de forma tácita como consecuencia de lo contemplado en los puntos anteriores o bien de forma expresa mediante la oportuna comunicación, el mismo será dado de baja, sin conservar derechos de ninguna clase derivados del proceso selectivo. La consecuencia de la renuncia o exclusión habilita a nombrar al siguiente candidato de la lista de candidatos que hayan superado el proceso selectivo, según el orden de puntuación, como acreedor de la plaza, o dejar desierto el proceso si no existiese ningún candidato que haya superado el referido proceso. Una vez culminado el proceso selectivo, si ninguna persona candidata alcanzara la valoración mínima estipulada en estas Bases, el Tribunal declarará desierta la plaza convocada, previa resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia. La Autoridad Portuaria de Valencia podrá anular todo el proceso cuando existan causas debidamente justificadas. Esta deberá ser motivada mediante Resolución del Presidente de la APV, dándose traslado de la misma al Tribunal y publicarlas en los mismos medios preestablecidos. Por razones organizativas y/o presupuestarias debidamente acreditadas la Autoridad Portuaria de Valencia podrá dejar sin cubrir la plaza objeto de selección. Dicha acreditación será expuesta ante el Tribunal. XV.- BOLSA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL Una vez cubiertas las vacantes objeto de esta convocatoria, y con el fin de agilizar, en su caso, las contrataciones temporales para cubrir necesidades urgentes inaplazables, se aprovecharán las actuaciones realizadas en el proceso de forma que aquellas personas que, habiendo superado el mismo, no hubieran alcanzado plaza, tendrán preferencia para las necesidades puntuales de contratación temporal, de acuerdo con el artículo 13 del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

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XVI.- LEY DE IGUALDAD El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad de cada persona y de los grupos en que se integra, sean reales y efectivas. La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, siendo, asimismo, un principio fundamental de la Unión Europea. En el ámbito estatal, La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. Siendo conscientes de ello, Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias pretenden avanzar en la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de sus organizaciones en línea con el I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos Públicos. XVII.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a los interesados que los datos personales que en su caso se generen como consecuencia de su participación en el proceso selectivo quedarán almacenados en un fichero titularidad de la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante APV) con la finalidad de hacerle partícipe en el proceso de selección de promoción interna desarrollado por la APV. La presentación y entrega de la instancia junto con la documentación requerida por la APV para participar en el proceso selectivo, comporta la manifestación del consentimiento expreso de los interesados para que la APV efectúe el tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas en el apartado anterior. La presentación y el tratamiento de dicha información resultan obligatorios para poder participar en el proceso selectivo, por lo que la falta de presentación o la oposición al tratamiento por los interesados impedirá la participación del aspirante en el proceso selectivo. Asimismo, los interesados deberán proporcionar datos veraces, exactos y actuales. Asimismo, la APV informa a los interesados que conforme al artículo 12.f) del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias publicado en el BOE nO 9 de 11 de enero de 2006, las pruebas de selección podrán realizarse con el auxilio de Organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar el Tribunal. En caso de ser inadmitida la instancia de los interesados por falta de acreditación de los requisitos exigidos o ser declarado no apto en cualquiera de las pruebas previstas en el proceso de selección, se informa a los interesados que por parte de la APV se procederá al bloqueo de los datos personales obtenidos o generados por la participación en el proceso de selección. Resueltas las impugnaciones y recursos previstos en los términos y condiciones de las bases del proceso de selección, la APV procederá a la supresión de los mismos. Por su parte, en caso de que el aspirante sea declarado apto, pero no cubra ninguna de las vacantes del proceso de selección, se informa a los interesados que, salvo que personal e individualmente por cada interesado se comunique lo contrario a la APV en el plazo de treinta días a contar desde la publicación de los resultados del proceso, la APV incorporará a su expediente laboral los datos personales obtenidos o generados durante el proceso de selección. En todo caso, la APV informa a los interesados de que concluida cada una de las fases previstas en el proceso de selección, sus datos de nombre, apellidos y DNI así como su condición de apto o no apto para cubrir el puesto de trabajo, serán publicados en los tablones de anuncios de la APV ubicados en los edificios oficiales de la APV con la finalidad de dar publicidad a los resultados del proceso. No obstante, transcurrido el plazo de treinta días desde la publicación, dichos listados serán retirados de los tablones .

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La revocación del consentimiento para el tratamiento de los datos comportará la renuncia del interesado a la posibilidad de cubrir posibles vacantes en el proceso de selección. En todo caso, los interesados en cualquier momento podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido a Autoridad Portuaria de Valencia, Avda. Muelle del Turia, s/n, 46024, Valencia o aquélla que le sustituya en el Registro General de Protección de Datos, en los términos previstos en la normativa aplicable. Todos los datos proporcionados por los interesados serán considerados , al amparo de la normativa vigente, actuales por lo que con el fin de mantener la información debidamente actualizada, los interesados deberán comunicar a la APV cualquier cambio sobre la información suministrada.

El presente documento ha sido firmado electrónicamente por el Presidente, Aurelio Martínez Estévez, en la(s) fecha(s) que se refleja(n) en la validación que consta en el mismo y que puede ser verificada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que asimismo se incluye.

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ANEXO I

PERFIL DE COMPETENCIAS DE LA OCUPACIÓN

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ANEXO II

A LA ATENCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA

Yo

de años de edad, con DNI nº teléfono de contacto

con domicilio a efectos de comunicaciones en

y dirección de correo electrónico

ante usted, comparece y atentamente EXPONE: Que habiendo sido convocadas pruebas libres para la provisión de un puesto de trabajo por contrato de obra y servicio de Técnico de Infraestructuras en esa Autoridad Portuaria de Valencia y, reuniendo los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria. SOLICITA: A Vd. tenga a bien dar por presentado este escrito para poder participar en las pruebas correspondientes. A tales efectos adjunto la siguiente documentación acreditativa: En Valencia, a de de 2019. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la persona interesada queda informada de que los datos personales derivados de la cumplimentación de la presente instancia así como los que en su caso se generen como consecuencia de su participación en el proceso selectivo quedarán almacenados en un fichero titularidad de la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante APV) con la finalidad de hacerle partícipe en el proceso de selección de promoción interna desarrollado por la APV. La presentación y entrega de la instancia junto con la documentación requerida por la APV para participar en el proceso selectivo, comporta la manifestación del consentimiento expreso de la persona interesada para que la APV efectúe el tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas en el apartado anterior. La presentación y el tratamiento de dicha información resultan obligatorios para poder participar en el proceso selectivo, por lo que la falta de presentación o la oposición al tratamiento por las personas interesadas impedirá la participación del aspirante en el proceso selectivo. Asimismo, las personas interesadas deberán proporcionar datos veraces, exactos y actuales. Asimismo la APV informa a la persona interesada que conforme al artículo 12.f) del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias publicado en el BOE nº 9 de 11 de enero de 2006, las pruebas de selección podrán realizarse con el auxilio de Organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar el Tribunal. En caso de ser inadmitida la instancia de la persona interesada por falta de acreditación de los requisitos exigidos o ser declarada no apta en cualquiera de las pruebas previstas en el proceso de selección, la APV procederá al bloqueo de los datos obtenidos o generados por la participación en el proceso de selección. Resueltas las impugnaciones y recursos previstos en los términos y condiciones de las bases del proceso de selección, la APV procederá a la supresión de los mismos. Por su parte, en caso de que el aspirante sea declarado apto o apta, pero no cubra ninguna de las vacantes del proceso de selección, salvo que la persona interesada comunique lo contrario a la APV mediante la marcación de la siguiente casilla □ o en el plazo de los treinta días siguientes a contar desde la publicación de los resultados del proceso, la APV incorporará a su expediente laboral los datos personales obtenidos o generados durante el proceso de selección. La persona interesada queda informada de que concluida cada una de las fases previstas en el proceso de selección, sus datos de nombre, apellidos y DNI así como su condición de persona apta o no apta para cubrir el puesto de trabajo, serán publicados en los tablones de anuncios de la APV ubicados en los edificios oficiales de la APV con la finalidad de dar publicidad a los resultados del proceso. No obstante, transcurrido el plazo de treinta días desde la publicación, dichos listados serán retirados de los tablones. La revocación del consentimiento para el tratamiento de los datos comportará la renuncia de la persona interesada a la posibilidad de cubrir posibles vacantes en el proceso de selección. La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido a Autoridad Portuaria de Valencia, Avda. Muelle del Turia, s/n, 46024, Valencia o aquella que le sustituya en el Registro General de Protección de Datos, en los términos previstos en la normativa aplicable. Todos los datos proporcionados por la persona interesada serán considerados al amparo de la normativa vigente exactos y actuales por lo que con el fin de mantener la información debidamente actualizada, las personas interesadas deberán comunicar a la APV cualquier cambio sobre la información suministrada.

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ANEXO III

RELACIÓN DE MÉRITOS

DATOS PERSONALES

Apellidos Nombre Teléfono email:

FORMACIÓN

TITULOS ACADEMICOS Los documentos presentados deben enumerarse

Denominación Centro Fecha Horas/Créditos Nº Doc. CURSOS DE FORMACIÓN Los documentos presentados deben enumerarse

Denominación Centro Fecha Horas/Créditos Nº Doc. IDIOMAS Los documentos presentados deben enumerarse

Idioma nivel Certificado (MERC) Fecha Entidad Certificadora Nº Doc.

EXPERIENCIA PROFESIONAL

Denominación del Puesto Empresa Actividad Desde-Hasta Nº Doc.

Fdo: D./Dª _______________________________ (Firma de la persona que alega los méritos)

DNI ____________________________________

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ANEXO IV

DECLARACIÓN JURADA DOCUMENTACIÓN APORTADA

D/Dª _________________________________________________________________________

con DNI nº__________________________, actuando en su propio nombre y con domicilio en

C/Av __________________________________________________________________________

Municipio _____________________________________ Provincia __________________________

DECLARA, bajo su responsabilidad:

Que todos los datos y documentación presentada durante el proceso selectivo son copia fiel e

íntegra de la documentación original.

Y para que así conste a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en Valencia, a _____

de ______________________ de 2019.

Fdo.: ____________________________

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ANEXO V

DECLARACIÓN JURADA

D/Dª _________________________________________________________________________

con DNI nº__________________________, actuando en su propio nombre y con domicilio en

C/Av __________________________________________________________________________

Municipio _____________________________________ Provincia __________________________

DECLARA, bajo su responsabilidad:

Que no he sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública y

que no me hallo inhabilitado para el desempeño de funciones en el sector público.

Y para que así conste a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en Valencia, a _____

de ______________________ de 2019.

Fdo.: ____________________________

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ANEXO VI

CONTENIDO TEMÁTICO PARA LA PRUEBA TEÓRICA

(Los niveles exigidos están determinados en el II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias)

COMPETENCIA TÉCNICAS NIVEL

Conservación y Mantenimiento CM 2

Dibujo Técnico y Topografía DTT 2

Infraestructuras INF 3

Sistemas de Ayuda a la Navegación SAN 1

CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO - NIVEL 2 Conocimiento Elemental de: Las fuentes de alimentación, automatismos, máquinas eléctricas y electrónicas rotativas, Los elementos de muelle (Norays y defensas de líneas de atraque), de los diferentes soportes de

alumbrado y cámaras CCTV, y de vallados y elementos metálicos de protección, etc. Las leyes y principios asociados a corriente alterna y continua (corrientes monofásicas y polifásicas) y el

Reglamento Electrotécnico de Alta y Baja Tensión. Las redes eléctricas, instalaciones de radiocomunicaciones y telefonía de la Entidad. Los manuales de conservación y mantenimiento. Las técnicas de reparación de averías en baja y media tensión en alumbrado público e interior de edificios. Las técnicas de reparación y mantenimiento relativos a su especialidad en instalaciones, medios

mecánicos, embarcaciones, etc. Las técnicas de manejo de tomos, máquinas fresadoras, de. taladro e hidráulicas. Las técnicas de oxicorte, soldadura oxiacetilénica, y corte de materiales por medios mecánicos, sierra de

cintas, cizallas, discos de corte, etc. Las técnicas de reparación o sustitución de fontanería, pintura, carpintería, soldadura y albañilería. Las gamas de mantenimiento.

Conocimiento Medio de: Los materiales y útiles pana el mantenimiento eléctrico, mecánico y general de les Instalaciones. Los instrumentos y unidades de medida eléctrica, mecánica, etc. Los niveles del mantenimiento: correctivo programado y ale programado, preventivo, predictivo, basado en

la fiabilidad, etc.

Capacidad para: Tomar medidas de contadores eléctricos de agua potable y de temperatura. Aplicar gamas sencillas de mantenimiento eléctrico, mecánico o general. Colaborar en tareas de mantenimiento preventivo y correctivo eléctrico, mecánico o general. Colaborar en la localización de fallos o martas, reparando averías de su especialidad con baja dificultad. Realizar tareas sencillas de su especialidad siguiendo instrucciones (cambio fusibles, rearme relés,

reposición de lámparas, preparar y calentar chapa, soldadura con estaño, limpiezas, cambios de aceites, engrases, pintura, etc.).

Interpretar manuales y esquemas eléctricos y mecánicos de su especialidad de baja dificultad. Cumplimentar panes de trabajo.

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NIVEL 1:

CONTENIDOS FORMATIVOS:

Conocimiento de terminología asociada: gama, frecuencia, fiabilidad, cuadros e instalaciones eléctricas, relés,

empalmes, bomba, turbina, compresor, vibración, fugas, contadores, griferías, soldadura, cizalla, torno, radial Materiales y útiles para el mantenimiento: de calderería, de ajuste, de grúas Concepto y tipos de mantenimiento:

Preventivo

Correctivo

Predictivo Mantenimiento mecánico y general de las instalaciones: soldadura, tornos, grúas, calderería

REFERENTES FORMATIVOS:

FP Grado Medio Electricidad y Electrónica. Especialidad: Equipo e instalaciones eléctricas. Módulo 4:

Mantenimiento de máquinas eléctricas. Cursos relacionados con Mantenimiento y Seguridad Industrial FP Grado Medio Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.

Módulo 1: Montaje y mantenimiento mecánico

NIVEL 2:

CONTENIDOS FORMATIVOS:

Manejo y cumplimentación de partes de trabajo Instrumentos de medida: Polímetro, Osciloscopio, Generador de funciones, Frecuencímetro Conocimiento de la ubicación física de los elementos que integran la red eléctrica del puerto: cuadros,

canalizaciones, contadores Corriente eléctrica. Circuito eléctrico Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: Objeto y Campo de aplicación Reparación de averías sencillas vinculadas a electricidad, fontanería, pintura, carpintería, soldadura,

albañilería y/o calderería Concepto y utilización de:

Técnicas de reparación y mantenimiento en instalaciones, medios mecánicos, embarcaciones,

etc.

Técnicas de manejo de tornos, máquinas fresadoras, de taladro e hidráulicas

Técnicas de oxicorte, soldadura oxiacetilénica, y corte de materiales por medios mecánicos,

sierra de cintas, cizallas, discos de corte, etc. Niveles del mantenimiento: correctivo programado y no programado, preventivo, predictivo, basado en la

fiabilidad, etc. Estructura y organización del mantenimiento. Control de labores de contratas y mantenimiento

REFERENTES FORMATIVOS:

Todos los referentes incluidos en el nivel 1. FP Grado Medio Electricidad y Electrónica. Especialidad: Equipos electrónicos de consumo. Módulo 8:

Electrónica general. Planos de las instalaciones de la red de la Autoridad Portuaria correspondiente FP Grado Medio Electricidad y Electrónica. Especialidad: Equipos e instalaciones eléctricas. Módulo 9:

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Electrotecnia Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja

tensión. Artículos 1 y 2. Cursos de calderero tubero. Cursos de mecanizado en fresadora convencional. Cursos de mecanizado en torno convencional. FP Grado Medio de Mantenimiento y Servicios a la Producción. Especialidad: Instalación y Mantenimiento

Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas. Módulo 6: Técnicas de mecanizado para el mantenimiento y montaje.

FP Grado Superior de Mantenimiento y Servicios a la Producción. Especialidad: Mantenimiento de Equipo Industrial. Módulo 1: Procesos y gestión del mantenimiento.

FP Grado Medio Electricidad y Electrónica. Especialidad: Equipos electrónicos de consumo. Módulo 11: Automatismos y cuadros eléctricos.

FP Grado Medio Electricidad y Electrónica. Especialidad: Equipos e instalaciones eléctricas. Módulo 9: Electrotecnia

DIBUJO TÉCNICO Y TOPOGRAFÍA – NIVEL 2

Conocimiento Elemental de: Las técnicas de dibujo técnico de perspectivas (axonometría, isometría, caballera cónica), secciones y

estructura. Las técnicas de dibujo cartográfico (planos parcelarios, urbana, restituciones aerofotográficas, etc.) La trigonometría y geometría Los métodos topográficos (nivelación, triangulación, bisección, etc.). El Sistema de Información Geográfica.

Conocimiento Medio de: Los aparatos y elementos auxiliares de topografía y batimetría, La simbología normalizada.

Capacidad para: Dibujar planos para la elaboración de estudios y proyectos básicos. Dibujar planos procedentes de restituciones aerofotográficas (parcelarios y urbanos). Interpretar nivel elemental el significado de los pianos topográficos y batimétricos en planta. Montar y manejar a nivel elemental y parcial aparatos de sondeo y topografía. Tomar datos de campo básicos con el equipo apropiado. Interpretar planos o croquis para el desarrollo del contenido técnico de le ocupación. Realizar replanteos, mediciones y cubicaciones en pequeñas obras.

NIVEL 1: CONTENIDOS FORMATIVOS: Conocimiento de terminología asociada: plano, curva de nivel, isobara, isopaca, escala, taquímetro, nivel,

cota, trípode, prisma, pértiga, ecosondas, escandallo, perspectivas, proyecciones, cartografía Conocimiento básico de los instrumentos de topografía y batimetría. Concepto: teodolito, taquímetro, nivel,

bastón, pértiga, tablilla graduada. Conocimiento de los conceptos básicos de dibujo técnico y simbología normalizada

REFERENTES FORMATIVOS: “Dibujo Técnico (2ª edición)”. Basilio Ramos Barbero y Esteban García Maté. Ediciones AENOR “Introducción a la topografía”. Ferrer Torio, Rafael Piña Paton, Benjamín

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NIVEL 2: CONTENIDOS FORMATIVOS: Concepto y tipos de: Trigonometría y Geometría. Métodos topográficos. Conceptos generales: nivelación, planimetría, taquimetría,… Interpretación de planos: cartas, mapas y planos. Escalas. Representación e interpretación del relieve.

Curvas de nivel. Conocimiento medio de las técnicas de dibujo técnico de perspectivas, secciones y estructura. Introducción al diseño asistido por ordenador (CAD) Introducción al dibujo cartográfico El Sistema de Información Geográfica (GIS). La simbología normalizada. Normalización: Normas fundamentales UNE, UNE-EN-ISO. Concepto y funcionalidad de los instrumentos de topografía y batimetría Concepto de los sistemas de posicionamiento por coordenadas (UTM, WGS84)

REFERENTES FORMATIVOS: Todos los referentes incluidos en el nivel 1. “Álgebra, trigonometría y geometría analítica”. Smith “Dibujo Técnico”. Jesús Félez Mindán; José María Mascaraque Sanz; María Luisa Martínez (Sintesis) “Técnicas de topografía y topografía informática”. Carlos Tomás Romeo Curso de “Dibujo Cartográfico” Curso básico de “Sistemas de Información Geográfica y Teledetección” FP Grado Superior Edificación y Obra Civil. Especialidad: Desarrollo de proyectos urbanísticos y

operaciones topográficas. Módulo 1: trabajos de campo y gabinete

INFRAESTRUCTURAS - NIVEL 3

Conocimiento Elemental de: Las reglamentaciones de obra marítima (R.O.M.). Las normativas asociadas a los distintos tipos de materiales (acero, hormigón, ehe, etc.). Los parámetros que afectan a la obra marítima; geotecnia, geología, clima marítimo (oleaje. mareas,

salinidad, etc). Los procedimientos (prediseño, cálculo, medición y valoración, etc) y documentación asociada a la

elaboración de un proyecto de obras. Las técnicas de cimentación. El diseño, cálculo y construcción de estructuras marítimas. Los principios e instrumentación de control de evolución de las principales unidades de obra. El diseño y construcción de las redes generales de suministro de agua. gas y electricidad dentro del

territorio portuario y su influencia de la obra civil. Los parámetros de evaluación de proveedores contratadas para el desarrollo de obra marítima.

Conocimiento Medio de:

La composición de las principales unidades constructivas, materiales integrantes, dosificaciones, etc. Las técnicas de construcción (cimientos, estructura, instalaciones, cajones, hormigón, escolleras, etc.). Las técnicas y herramientas para la medición de obras (mediciones parciales, totales, rayados, etc.) la puesta en obra (hormigón, aglomerado asfáltico, pavimento portuario, etc.). Los elementos del presupuesto de la obra. Los procesos de control de calidad en la recepción de materiales. Los planos sobre los que se realizan las obras.

Conocimiento Experto de: Los tipos de obra civil y su funcionalidad para la operativa portuaria.

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La maquinaria y herramientas específicas para la realización de obra civil (dragas, rozadoras, zanjadoras, bulldozer, riper, motoniveladoras, etc.).

Las cavidades básicas para la realización de obra civil (cimentación, encofrado, movimiento de tierras, rellenos, pavimentación, rotura de pavimentos, compactación de terrenos, preparación de mezclas, instalación de andamios etc).

Los tipos de materiales (hormigón, cemento, gravas, etc) y su aplicación a los diferentes tipos de obra. Capacidad para: Identificar las posibles causas del deterioro de las infraestructuras de obras marítimas. Controlar la ejecución de las obras desde un punto de vista técnico y detectar posibles fallos. Analizar los resultados suministrados por el control de obra. ''. Analizar la calidad de los materiales suministrados a las obras. Colaborar en la redacción de proyectos de obra marítima. Colaborar en las certificaciones de obra marítima. Detectar fallos técnicos en proyectos.

NIVEL 1: Contenidos Formativos:

Conocimiento de la terminología asociada: gánguil, pontona, cabria, cajonero, núcleo, escollera, hormigón puzolánico, sonda

Tipos de obra civil: Obras hidráulicas: canales Obras exteriores de abrigo: diques Obras de atraque: muelles, pantalanes

Proyecto de construcción de una obra civil: materiales y maquinaria asociada Equipos, máquinas, herramientas y útiles empleados en construcción. Conocimiento de los mismos, obras y

operaciones. Referentes Formativos:

FP Grado Medio Edificación y Obra Civil. Especialidad: Operación y mantenimiento de maquinarias de construcción. Módulo 1: Organización de los trabajos de maquinaria de construcción

FP Grado Medio Edificación y Obra Civil. Especialidad: Acabados de construcción. Módulo 1: Organización de los trabajos de acabados de construcción

NIVEL 2: Contenidos Formativos: Terminología: dragas, rozadoras, zanjadoras, bulldozer, riper, motoniveladoras Tipos de obra civil y maquinaria para su construcción Configuración de los procesos de construcción. Conocimiento básico de las técnicas de construcción:

cimientos, estructura, instalaciones, hormigón, escolleras, cajones Mediciones:

Tipos de unidades: simples, auxiliares o básicas, compuestas y tipo Nombrar los elementos del presupuesto de la obra. Conocimiento de las cartas, mapas y planos sobre los que se realizan las obras Tipos de materiales y su aplicación a los tipos de obra. Los procesos constructivos para la realización de obra civil: demoliciones, movimientos de tierra, extracción y

movimiento de rocas, firmes, vías férreas, cimentaciones especiales, obras marítimas e hidráulicas, obras de hormigón, drenajes y saneamiento, cerramientos y particiones, revestimientos, estructuras metálicas, estructuras mixtas, estructuras de madera, instalaciones, abastecimientos.

Conocimientos básicos sobre seguridad y seguimiento ambiental. Referentes Formativos:

Todos los referentes incluidos en el nivel 1. FP Grado Medio Edificación y Obra Civil. Especialidad: Obras de albañilería. Especialidad: Obras de

hormigón. Módulo 1: Organización de los trabajos de obras de hormigón

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FP Grado Superior Edificación y Obra Civil. Especialidad: Realización y planes de obra. Módulo 2: Planes de obra

FP Grado Superior Edificación y Obra Civil. Especialidad: Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas. Módulo 1: Trabajos de campo y gabinete

NIVEL 3: Contenidos Formativos: Conocimiento de las Reglamentaciones de Obra Marítima (ROM) aplicables a la obra civil y edificación en

puertos Conceptos básicos sobre la normativa relativa a los tipos de materiales:

Código Técnico de la Edificación Instrucción EAE: Documento 0 de la Instrucción Española de Acero Estructural EHE: Instrucción Española de Hormigón Estructural EFHE: Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón

estructural realizados con elementos prefabricados RC – 03: Instrucción para la recepción de cementos

Concepto de los parámetros que afectan a la obra marítima: Geotecnia, geología, clima marítimo (oleaje, mareas, salinidad)

Las técnicas de cimentación: generalidades y tipología Conceptos del control de las principales unidades de la obra:

Control del diseño. Control del montaje. Control de la cimentación. Control de materiales y componentes. Control durante el hormigonado. Control del desmontaje.

Diseño y cálculo de instalaciones. Normativa aplicable al cálculo y construcción: Instalaciones de agua fría y caliente. Instalaciones de saneamiento. Instalaciones de electricidad.

Concepto y funcionalidad de las técnicas de construcción: cimientos, estructura, instalaciones, hormigón, escolleras, cajones.

Mediciones: Tipos de unidades: simples, auxiliares o básicas, compuestas y tipo Formas de medición: parciales, totales, rayados Unidades de medida: volumen, superficie, longitud, peso, unidad, partida alzada que hay que

justificar Los elementos del presupuesto de la obra:

Precios: jornadas y transportes, materiales, unidades de obra y de detalle Presupuestos: general y de contrata

Procedimientos internos propios de cada Autoridad Portuaria referidos al control de calidad en la recepción de materiales

Control de la recepción de materiales y productos semielaborados: certificados y homologaciones, sistemas de muestreo

Cartas, mapas y planos sobre los que se realizan las obras. Interpretación de los mismos. Escalas: gráficas, numéricas, escalas más frecuentes en proyectos de obra

Tipos de materiales y su aplicación a los tipos de obra. Manipulación de útiles, herramientas, máquinas, medios auxiliares y medios de protección individual y colectiva

Secuenciación de los procesos constructivos para la realización de obra civil: Demoliciones, movimientos de tierra, extracción y movimiento de rocas, firmes, vías férreas,

cimentaciones especiales, obras marítimas e hidráulicas, obras de hormigón, drenajes y saneamiento, cerramientos y particiones, revestimientos, estructuras metálicas, estructuras mixtas, estructuras de madera, instalaciones, abastecimientos:

o Estabilizaciones de suelos y gravas tratadas. Pavimentos de hormigón. Mezclas bituminosas. Dimensionamiento de firmes. Conservación.

Conocimientos medios sobre seguridad y seguimiento ambiental.

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Referentes Formativos:

Todos los referentes incluidos en los niveles 1 y 2. Ley de Costas. Título III. Capítulo II. Proyectos y obras. Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Título III Régimen de planificación y construcción de los

puertos de interés general. Guía de buenas prácticas para la ejecución de obras marítimas. Edición: Puertos del Estado Orden FOM / 3460/2003 “Recomendaciones para obras marítimas - ROM”. Puertos del Estado

ROM 0.2 – 90 Acciones en el proyecto de obras marítimas portuarias 1. General 1.2 Contenido 1.3 Definiciones

ROM 0.3 – 91 Acciones climáticas I: Oleaje. Anejo I. Clima marítimo en el litoral español. 1. General 1.2 Contenido 1.3 Definiciones

ROM 0.5 – 0.5 Recomendaciones Geotécnicas para obras marítimas 1. General

1.2 Contenido

SISTEMAS DE AYUDA A LA NAVEGACION - NIVEL 1

Conocimiento elemental de:

El vocabulario asociado (boya, baliza. faro, radar. etc.). Los tipos de sistemas de ayudas a la navegación (señales ciegas, luminosas. acústicas y radioeléctricas)

y otros sistemas asociados. Capacidad para: Identificar los componentes básicos de las distintas señales marítimas y sistemas asociados (lámpara,

batería. sensores, etc.). Identificar las señales por sus características (color, forma, ritmo de luz, alcance, etc.).

NIVEL 1: Contenidos Formativos: - Terminología asociada: boya, baliza, faro, radar, GPS, AIS (Automatical Identification System) - Generalidades:

Clasificación de señales marítimas. Reglas generales de balizamiento.

- Documentación y procedimientos asociados a los sistemas de ayuda a la navegación - Tipos de:

Señales de día: Marcaciones. Faros y torres. Boyas y balizas Señales diversas: Señales de puerto. Señales de bruma y niebla Señales radioeléctricas. Señales luminosas Señales de enfilación. Faros, boyas y barcos faros

REFERENTES FORMATIVOS: - Normas técnicas sobre obras e instalaciones de Ayudas a la Navegación. MOPU. Area de señales

marítimas. 1986. - Diccionario Internacional de señales marítimas. Asociación Internacional de Señalización Marítima (AISM)

- Guía de las ayudas a la navegación marítima (NAVGUIDE). IALA/AISM. Puertos del Estado.

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ANEXO VII

CONTENIDO TEMÁTICO PARA LA PRUEBA SOBRE EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES

El contenido temático para la prueba de desempeño se comunicará más adelante.

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ANEXO VIII

PLAN DE IGUALDAD DE OPPE Y AA.PP.

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