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K0580303(S) 220205 240305 Para economizar recursos, sólo se ha impreso un número limitado de ejemplares del presente documento. Se ruega a los delegados PNUMA BC UNEP/CHW.7/33 Distr.: General 25 de enero de 2005 ESPAÑOL Original: INGLÉS CONVENIO DE BASILEA Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación Séptimo período de sesiones Ginebra, 25 a 29 de octubre de 2005 Informe de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación I. Apertura de la reunión 1. La séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación se celebró en el Palacio de las Naciones Unidas, Ginebra, del 25 al 29 de octubre de 2004. El Sr. Ioan Jelev (Rumania), Presidente de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, declaró abierta la reunión a las 10.15 horas del día lunes 25 de octubre de 2004. 2. En su discurso de apertura, el Sr. Jelev señaló con satisfacción que la cantidad de Partes en el Convenio había aumentado en el período comprendido entre la celebración de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes y la reunión en curso, pasando de 152 a 163, y destacó los logros del Convenio durante ese período, entre los que cabía citar la adopción del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea, la preparación de las directrices técnicas sobre cuestiones tales como el manejo ambientalmente racional de desechos con contaminantes orgánicos persistentes (COP); el desguace de embarcaciones y otras corrientes de desechos; y el fortalecimiento del Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea. También encomió la labor que se estaba realizando en relación con la cooperación entre el Convenio y las compañías de telefonía móvil para el reciclado de teléfonos usados e instó a los participantes a centrarse en la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial y la movilización de recursos para un futuro menos contaminado, que constituían los temas de la serie de sesiones de alto nivel de la reunión en curso. 3. A continuación, la Sra. Sachiko Kuwabara-Yamamoto, Secretaria Ejecutiva de la secretaría del Convenio de Basilea, dio la bienvenida a los participantes. Dijo que el Convenio de Basilea era el tratado internacional más amplio y significativo sobre desechos peligrosos existente y contribuía al desarrollo sostenible garantizando el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, promoviendo la eficiencia de los procesos industriales y creando directrices jurídicamente vinculantes para la reducción a un mínimo de los desechos en la fuente, el tratamiento y eliminación de que lleven sus propios ejemplares a las reuniones y eviten solicitar otros.

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K0580303(S) 220205 240305

Para economizar recursos, sólo se ha impreso un número limitado de ejemplares del presente documento. Se ruega a los delegados

PNUMA

BC UNEP/CHW.7/33 Distr.: General 25 de enero de 2005 ESPAÑOL Original: INGLÉS

CONVENIO DE BASILEA

Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación Séptimo período de sesiones Ginebra, 25 a 29 de octubre de 2005

Informe de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación

I. Apertura de la reunión

1. La séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación se celebró en el Palacio de las Naciones Unidas, Ginebra, del 25 al 29 de octubre de 2004. El Sr. Ioan Jelev (Rumania), Presidente de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, declaró abierta la reunión a las 10.15 horas del día lunes 25 de octubre de 2004.

2. En su discurso de apertura, el Sr. Jelev señaló con satisfacción que la cantidad de Partes en el Convenio había aumentado en el período comprendido entre la celebración de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes y la reunión en curso, pasando de 152 a 163, y destacó los logros del Convenio durante ese período, entre los que cabía citar la adopción del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea, la preparación de las directrices técnicas sobre cuestiones tales como el manejo ambientalmente racional de desechos con contaminantes orgánicos persistentes (COP); el desguace de embarcaciones y otras corrientes de desechos; y el fortalecimiento del Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea. También encomió la labor que se estaba realizando en relación con la cooperación entre el Convenio y las compañías de telefonía móvil para el reciclado de teléfonos usados e instó a los participantes a centrarse en la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial y la movilización de recursos para un futuro menos contaminado, que constituían los temas de la serie de sesiones de alto nivel de la reunión en curso.

3. A continuación, la Sra. Sachiko Kuwabara-Yamamoto, Secretaria Ejecutiva de la secretaría del Convenio de Basilea, dio la bienvenida a los participantes. Dijo que el Convenio de Basilea era el tratado internacional más amplio y significativo sobre desechos peligrosos existente y contribuía al desarrollo sostenible garantizando el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, promoviendo la eficiencia de los procesos industriales y creando directrices jurídicamente vinculantes para la reducción a un mínimo de los desechos en la fuente, el tratamiento y eliminación de

que lleven sus propios ejemplares a las reuniones y eviten solicitar otros.

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los desechos en el lugar lo más cercanamente posible a su punto de generación y la reducción a un mínimo de las exportaciones de desechos. Ahora bien, seguía habiendo lagunas y discrepancias en los distintos conjuntos de reglas mundiales y regionales que regían los movimientos transfronterizos de desechos, que había que eliminar.

4. Destacó que la cantidad de Partes en el Convenio había aumentado en forma constante, pasando a 163, pero que todavía quedaban varias decenas de países que no eran Partes en el Convenio, con lo cual no se había podido alcanzar el objetivo de la composición universal. Al mismo tiempo, el hecho de que hubiese más Partes significaba que se necesitaban más recursos. Sin embargo, dado que no había aumentado ni el nivel del presupuesto ni la cantidad de personal, los fondos eran extremadamente limitados y obstaculizaban la aplicación de las distintas directrices técnicas, así como el cumplimiento de otros compromisos. Los centros regionales del Convenio de Basilea que se habían establecido representaban tanto casos de un gran éxito como una excelente inversión que prometía fortalecer la función que desempeñaba el Convenio en la tarea de coordinar en forma más efectiva las actividades con los asociados pero, al mismo tiempo, aumentaban la demanda de recursos. Habiendo puesto de relieve la cuestión crítica de la movilización de recursos, destacó que ocupaba un lugar prominente en el programa de la reunión en curso y aseguró a la Conferencia que estaba dispuesta a colaborar con las Partes y otras entidades en la búsqueda de soluciones.

II. Elección del Presidente y demás integrantes de la Mesa

5. Las personas que figuran a continuación fueron elegidas para integrar la Mesa Ampliada de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes:

Presidente: Sr. Saul Irureta (Uruguay)

Vicepresidentes: Sr. Abdul Hameed (Pakistán) Sra. Krystyna Panek-Gondek (Polonia) Sr. Arcado Dennis Ntagazwa (República Unida de Tanzanía)

Relator: Sr. Mark Hyman (Australia)]

6. Tras su elección, el Sr. Irureta reseñó la historia del Convenio, desde el momento en que, hacía más de 30 años, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo, se había alertado sobre los peligros que planteaban los desechos peligrosos y sus movimientos transfronterizos hasta la adopción del Convenio en 1990, en respuesta a esa alerta. El Convenio, sólido componente del programa ambiental multilateral, debía ahora dar forma y contenido a la voluntad colectiva de hacer frente a la cuestión de los desechos peligrosos, en particular mediante el establecimiento de alianzas internacionales.

7. El Sr. Guillermo Valles (Uruguay) presidió las sesiones tercera a sexta de la reunión, celebradas los días martes y miércoles 26 y 27 de octubre, en ausencia del Sr. Irureta, quien no pudo asistir debido a compromisos contraídos con mucha anterioridad.

III. Aprobación del programa

8. En la sesión plenaria de apertura, la Conferencia aprobó el programa que figura a continuación, basado en el programa provisional que se había distribuido en el documento UNEP/CHW.7/1:

1. Apertura de la reunión.

2. Elección del Presidente y demás integrantes de la Mesa.

3. Aprobación del programa.

4. Organización de la reunión.

5. Credenciales de los representantes.

6. Informe sobre la aplicación de las decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes en su sexta reunión.

7. Cuestiones financieras.

8. Alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial.

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9. Otros asuntos.

10. Aprobación de las decisiones y el informe.

11. Clausura de la reunión.

IV. Organización de la reunión

A. Asistencia

9. Estuvieron representadas las Partes en el Convenio de Basilea siguientes: Albania, Alemania, Andorra, Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Belarús, Bélgica, Benin, Bhután, Bolivia, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Camerún, Canadá, Chad, Chile, China, Colombia, Comunidad Europea, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Etiopía, la ex República Yugoslava de Macedonia, Federación de Rusia, Filipinas, Finlandia, Francia, Gambia, Georgia, Ghana, Grecia, Guatemala, Guinea, Hungría, India, Indonesia, Irán (República Islámica del), Irlanda, Israel, Italia, Jamahiriya Árabe Libia, Japón, Jordania, Kenya, Kirguistán, Kuwait, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malí, Malta, Marruecos, Mauricio, Mauritania, México, Mónaco, Mozambique, Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Omán, Pakistán, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Árabe Siria, República Checa, República de Corea, República Dominicana, República Unida de Tanzanía, Rumania, Santa Lucía, Senegal, Serbia y Montenegro, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Trinidad y Tabago, Turquía, Uganda, Uruguay, Uzbekistán, Venezuela (República Bolivariana de), Viet Nam, Yemen, Zambia.

10. Participaron como observadores los Estados siguientes que no son Partes en el Convenio: Estados Unidos de América, Gabón, Iraq, República Popular Democrática de Corea.

11. También participaron en la reunión observadores de los órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, organizaciones intergubernamentales y secretarías de convenios siguientes: Banco Mundial, Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas, Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi, Organismo Internacional de Energía Atómica, Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Organización Internacional del Trabajo, Organización Marítima Internacional, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.

12. También estuvieron presentes representantes de los centros regionales del Convenio de Basilea de Argentina, China, Egipto, Eslovaquia, Federación de Rusia, Indonesia, Nigeria, Senegal, Sudáfrica, Trinidad y Tabago y Uruguay. También asistió el representante del Centro Regional del Pacífico para la capacitación y la transferencia de tecnología.

13. También participaron como observadores las organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, del sector privado y empresariales siguientes: American Plastics Council, Universidad de Tecnología de Auckland, Asociación Internacional de HCH y Plaguicidas, BIFA GmbH, BIMCO, Cámara Naviera Internacional, Centro Internacional de Gestión del Plomo, Consejo Internacional de Asociaciones Químicas, Consejo Mundial del Cloro, Development Alternatives, Environmental Technology International Ltd., Federación Europea de manejo de desechos y servicios ambientales, Greenpeace Bélgica, Greenpeace Internacional, Initiative Développement Stratégies (Iniciativa de estrategias de desarrollo), Instituto de Medio Ambiente y Recursos, Instituto Federal Suizo de Tecnología, Zurich, Japanese Diet, Oficina de Reciclado Internacional, Panasonic Mobile Communications Co., Ltd., Plastics Europe, Red de Acción de Basilea, Shields Environmental, Tosoh Corporation.

B. Organización de los trabajos

14. El presidente recordó a los participantes que la reunión duraría cinco días, de los cuales dos se reservarían para una serie de sesiones de alto nivel. Teniendo esto presente, se pediría a la Conferencia que adoptara decisiones a medida que se las fuera presentando.

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15. La Conferencia de las Partes acordó realizar sus reuniones en sesión plenaria y establecer los grupos de trabajo oficiosos que fueran necesarios. La Conferencia también acordó que las sesiones del jueves y viernes 28 y 29 de octubre adoptarían la forma de un diálogo interactivo de alto nivel entre ministros y jefes de delegaciones sobre los temas relacionados con la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial y la movilización de recursos para un futuro menos contaminado.

16. De conformidad con el artículo 29 del reglamento, la Conferencia acordó que las sesiones plenarias de la reunión estarían abiertas a los miembros de la prensa.

V. Credenciales de los representantes

17. Se informó a la Conferencia que la Mesa había examinado las credenciales de los representantes que asistieron a la reunión y comprobado que las credenciales de los representantes de las Partes que figuran a continuación se encontraban en orden: Albania, Alemania, Andorra, Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Belarús, Bélgica, Benin, Bhután, Bolivia, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Canadá, Chad, Chile, China, Chipre, Colombia, Comunidad Europea, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Etiopía, Federación de Rusia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Ghana, Grecia, Guatemala, Hungría, Indonesia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Jordania, Kenya, Kuwait, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malta, Marruecos, México, Mónaco, Mozambique, Namibia, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelandia, Omán, Países Bajos, Pakistán, Paraguay, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Árabe Siria, República Checa, República de Corea, República Dominicana, República Unida de Tanzanía, Rumania, Senegal, Serbia y Montenegro, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Trinidad y Tabago, Turquía, Uganda, Uruguay, Uzbekistán, Venezuela (República Bolivariana de).

VI. Informe sobre la aplicación de las decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes en su sexta reunión

A. Directrices Técnicas

1. Directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos

18. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia trató el tema de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en COP, que los contengan o que estén contaminados por éstos, en su primera sesión, celebrada en la mañana del lunes 25 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre la preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos (UNEP/CHW.7/8), una nota de la secretaría con el proyecto de directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos (UNEP/CHW.7/8/Add.1), un documento preparado por el Canadá, con el proyecto de directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) y bifenilos polibromados (PBB), que los contengan o que estén contaminados por éstos (UNEP/CHW.7/8/Add.2), y un primer proyecto de directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos de plaguicidas derivados de la producción de aldrina, clordano, dieldrina, endrina, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex y toxafeno, que había preparado la secretaría (UNEP/CHW.7/INF/21).

19. Tras agradecer al Canadá la contribución significativa que había hecho como país encargado de la preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en PCB, PCT o PBB, que los contengan o que estén contaminados por éstos, el Presidente dijo que era importante que la Conferencia las aprobara en la reunión en curso habida cuenta de que la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes se celebraría en mayor de 2005. Tomó nota con satisfacción de los adelantos que había realizado el grupo de trabajo entre períodos de sesiones establecido por el Grupo de Trabajo de composición abierta en su primer período de sesiones, y dijo que inmediatamente antes de la reunión en curso se había celebrado una consulta oficiosa que había contado con la participación de integrantes del

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grupo de trabajo entre períodos de sesiones e interesados directos, en la que se habían debatido las directrices técnicas.

20. Un representante de la secretaría agradeció a los integrantes del grupo de trabajo entre períodos de sesiones los esfuerzos que habían realizado y manifestó su agradecimiento a la delegación de Australia por haber comenzado a preparar las directrices técnicas específicas sobre PCDD y PCDF, cuyo primer borrador se había presentado al Grupo de Trabajo de composición abierta. No obstante, señaló que el documento preparado por Australia no se encontraba listo para su adopción y que no se debatiría en la reunión en curso. Informó a la Conferencia que México y la secretaría habían comenzado a preparar los proyectos de directrices técnicas específicas sobre el DDT y los desechos de los ocho plaguicidas, respectivamente, que se presentarían al Grupo de Trabajo de composición abierta en 2005.

21. El Presidente de la consulta oficiosa, Sr. Michael Ernst (Alemania), informó sobre los debates que se habían celebrado durante dos días completos, el 23 y 24 de octubre de 2004, en un espíritu de cooperación. Dado que recientemente se había podido disponer de una cantidad importante de información nueva, no había sido posible completar los debates sobre el proyecto de directrices técnicas preparado por el Canadá y el proyecto de directrices técnicas generales. En relación con la definición de bajo contenido de COP, dijo que se había llegado a un acuerdo general en la consulta oficiosa en el sentido de que los niveles de concentración de PCB y de otros grupos de COP, con exclusión de las dioxinas y furanos, debería establecerse en 50 mg por kg. Ahora bien, no se había llegado a un acuerdo en relación con los niveles de dioxinas y furanos y se habían propuesto distintos niveles. Sugirió que se adoptara una solución de avenencia de 10 microgramos EQT/kg, pero que se debería seguir estudiando esa cuestión, así como la de los niveles de destrucción, los métodos que no fueran la destrucción y otras cuestiones pendientes.

22. La Conferencia acordó establecer un pequeño grupo de trabajo, bajo la presidencia del Sr. Ernst, encargado de adelantar la labor sobre la cuestión durante la reunión en curso, teniendo en cuenta los resultados de la consulta oficiosa, así como las observaciones recibidas antes y durante la reunión.

23. La reunión volvió a examinar el tema en su novena sesión, celebrada en la mañana del 29 de octubre. Pasó revista a las conclusiones del pequeño grupo de trabajo y adoptó una decisión que se basaba en un proyecto contenido en el documento de sesión pertinente, enmendado oralmente, en virtud de la cual aprobó las directrices generales para COP que figuraban en el documento UNEP/CHW.7/8/Add.1/Rev.1 y las directrices para PCB, PCT y PBB que figuraban en el documento UNEP/CHW.7/8/Add.2/Rev.1. La decisión, en su forma adoptada, figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/13.

24. Tras la adopción de la decisión, el representante de Greenpeace hizo uso de la palabra y señaló que en el marco del Convenio de Estocolmo los productos químicos que contenían COP tenían que destruirse o transformarse en forma irreversible para no exhibir más las características de COP. Las directrices técnicas, tal como se las había aprobado, no contenían ningún requisito de ese tipo y se diría que aplicaban criterios arbitrarios para el manejo de desechos con COP.

2. Preparación de las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4)

25. La Conferencia examinó la cuestión de las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4) en su primera sesión, celebrada en la mañana del lunes 25 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre la preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos (UNEP/CHW.7/8) y un documento que contenía una versión revisada del proyecto de directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4) (UNEP/CHW.7/8/Add.3), que había preparado Australia teniendo en cuenta las observaciones recibidas.

26. La Conferencia adoptó una decisión en la que aprobó el proyecto de directrices técnicas preparado por Australia (UNEP/CHW.7/8/Add.3), que se basaba en el proyecto de decisión que figura en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión, en su forma adoptada, figura como decisión VII/14 en el anexo I del presente informe.

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3. Preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos

resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos (Y17)

27. La Conferencia examinó la cuestión de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos en su primera sesión, celebrada en la mañana del lunes 25 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre la preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos (UNEP/CHW.7/8).

28. La Conferencia adoptó una decisión por la que aprobó el proyecto de directrices técnicas preparado por Australia, que se basaba en el proyecto de decisión que figura en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión, en su forma adoptada, figura como decisión VII/15 en el anexo I del presente informe.

B. Desguace de embarcaciones

29. En su primera sesión, celebrada el 25 de octubre por la mañana, y en el marco del tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa al desguace de embarcaciones. Tuvo ante si las notas de la secretaría sobre el Grupo de trabajo conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Marítima Internacional (OMI) y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones (UNEP/CHW.7/19) y sobre los aspectos jurídicos del desguace total y parcial de embarcaciones (UNEP/CHW.7/22), así como una recopilación de las observaciones de las Partes y otras entidades sobre esa cuestión (UNEP/CHW.7/INF/10 y Add.1).

30. La secretaría informó a la Conferencia que inmediatamente antes de la reunión en curso se había celebrado una reunión consultiva oficiosa sobre los aspectos jurídicos del desguace total y parcial de embarcaciones. Además, se informó a la Conferencia que China había sido designada representante del grupo de países de Asia y el Pacífico para integrar el Grupo de trabajo conjunto de la OIT/OMI/Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones, cuya primera reunión tendría lugar en febrero de 2005 y que todavía no se habían designado a los países que representarían a las regiones de África y de Europa central y oriental en el Grupo de trabajo conjunto.

31. El representante de la OMI informó sobre las cuestiones pertinentes que se habían abordado en el 52º período de sesiones del Comité de Protección del Medio Marino (CPMM), celebrado en octubre de 2004. En esa oportunidad, el CPMM había acordado que podría atribuirse carácter obligatorio a ciertas secciones de las directrices de la OMI sobre reciclado de buques y había preparado una lista inicial con elementos de esas directrices para cuya aplicación la opción más adecuada podría ser un mecanismo obligatorio. Se señaló que tal vez se elaboraría un nuevo instrumento de la OMI, con disposiciones jurídicamente vinculantes y de aplicación a nivel mundial sobre el reciclado de buques, pero era necesario proseguir los trabajos antes de que pudiera presentarse una propuesta concreta. Se había preparado un proyecto esquemático para describir un sistema de notificación previsto concerniente a las embarcaciones destinadas a reciclado, y el CPMM había aprobado directrices para elaborar un plan de reciclado de embarcaciones.

32. El CPMM había acordado que sería conveniente elaborar una lista única de materiales potencialmente peligrosos a bordo, y que debería proporcionar orientación para identificar esos materiales y preparar los inventarios correspondientes. Se sugirió que sería apropiado consultar con el Grupo de trabajo conjunto OIT/OMI/Convenio de Basilea antes de finalizar la lista. Por último, el orador mencionó otros resultados de la reunión del CPMM, y señaló que sería necesario proseguir los trabajos en lo relativo a la mayoría de las actividades notificadas, así como su elaboración.

33. Tras las deliberaciones, la Conferencia acordó establecer un pequeño grupo de trabajo, presidido por el Sr. Roy Watkinson (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte), que seguiría ocupándose de la cuestión durante la reunión en curso, teniendo en cuenta los debates sobre el tema.

34. La reunión volvió a examinar el tema en su décima sesión, celebrada en la tarde del 29 de octubre. En esa oportunidad el presidente del grupo de contacto dio lectura al informe del grupo, que opinaba que toda solución jurídicamente vinculante, tal como se hacía mención en el párrafo 6 del proyecto de decisión sobre el manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones que se había distribuido en la reunión, podría elaborarse bajo los auspicios de la OMI, la OIT o el Convenio de Basilea.

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35. La Conferencia adoptó, a continuación, las decisiones relacionadas con la cuestión, que se basaban en los proyectos que figuraban en los documentos de sesión pertinentes. Las decisiones adoptadas figuran en el anexo I del presente informe como decisiones VII/25, VII/26 y VII/27.

36. Tras la adopción de las decisiones, un representante, hablando en nombre de un grupo de países, manifestó su firme apoyo a las tres decisiones, que, a su entender, dejarían clara constancia de la importancia de la cuestión. Todos los países en nombre de los cuales estaba haciendo uso de la palabra estaban de acuerdo en que cualquier solución jurídicamente vinculante que se elaborara para esta cuestión podría hacerse bajo los auspicios de la OMI, la OIT o el Convenio Basilea y los alentaba el hecho de que en la decisión sobre el abandono de embarcaciones se contemplara el intercambio de información, lo cual permitiría abordar la cuestión en cooperación con la OMI.

37. Otro representante reiteró la preocupación de su país por las consecuencias en la salud y el medio ambiente del desguace de embarcaciones y felicitó las medidas que se estaban adoptando en la reunión en curso, los esfuerzos de la OMI y la labor que realizaría el Grupo de trabajo conjunto de la OIT/OMI/Convenio de Basilea. Dijo que, en opinión de su país, uno de los primeros pasos en la búsqueda de una solución del problema debería ser la coordinación a nivel nacional de los ministerios de medio ambiente, transporte y otros ministerios pertinentes, lo cual facilitaría la cooperación, en lugar de la competición, entre la OIT, la OMI y el Convenio de Basilea y ayudaría a garantizar que se realizarían adelantos para encontrar una solución práctica. En relación con ese último punto, destacó que para esa solución la OMI sería el canal más adecuado y sugirió que el grupo de trabajo conjunto también debería dedicarse a encontrar soluciones prácticas y viables y evitar distraerse con cuestiones jurídicas relacionadas con obligaciones específicas contraídas en virtud de los instrumentos existentes. Por último señaló que, en opinión de su Gobierno, las obligaciones contraídas en el marco del Convenio de Basilea en general no se aplicaban a los movimientos transfronterizos de embarcaciones, ya que las embarcaciones no estaban clasificadas como desechos peligrosos y que, a juicio de su país, no sería fructífero seguir dedicando tiempo al examen de cuestiones jurídicas.

C. Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea

38. En su segunda sesión, celebrada el lunes 25 de octubre por la tarde, y en el marco del tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa al Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea. La Secretaria Ejecutiva se refirió a la documentación pertinente (UNEP/CHW.7/3 y UNEP/CHW.7/INF.4) y reiteró que los aspectos financieros relativos al Plan Estratégico los examinaría el grupo de trabajo encargado de las cuestiones financieras. Señaló que en los períodos de sesiones primero y segundo del Grupo de Trabajo de composición abierta, los 1,2 millones de dólares aprobados en virtud de la decisión VI/21 se habían asignado a 21 proyectos relacionados con la ejecución del Plan Estratégico. Añadió que los progresos realizados en la ejecución de los proyectos se describían en la documentación pertinente y observó que los proyectos ejecutados por las Partes y los centros regionales del Convenio de Basilea habían contribuido directamente a la ejecución del Plan Estratégico. Los informes sobre los progresos realizados y los informes finales estaban disponibles en el sitio del Convenio en la web.

39. Tras la reseña efectuada por la Secretaria Ejecutiva, los representantes formularon varias sugerencias para aplicar el Plan Estratégico.

40. Al examinar la cuestión de la financiación del Plan Estratégico, la Conferencia hizo hincapié en la necesidad de que el Grupo de Trabajo de composición abierta elaborara una estrategia eficaz de movilización de recursos para fortalecer la base financiera para aplicar el Plan Estratégico, en la que se incluyera el acceso a instituciones financieras multilaterales, tales como el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y el Banco Mundial, y a las instituciones de financiación regionales, teniendo en cuenta los debates que se habían celebrado en la reunión en curso.

41. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada a finales del día viernes 29 de octubre, momento en el que adoptó una decisión sobre la cuestión basándose en el proyecto que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma enmendada oralmente. La decisión, en su forma adoptada, figura en el anexo I del presente informe, como decisión VII/1.

D. Creación de capacidad para la aplicación del Plan Estratégico

42. En su segunda sesión, celebrada el lunes 25 de octubre por la tarde, la Conferencia examinó la cuestión de la creación de capacidad para la aplicación del Plan Estratégico. La Conferencia tuvo

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ante sí una nota de la secretaría en la que se describían las actividades de creación de capacidad llevadas a cabo desde marzo de 2004 (UNEP/CHW.7/4). En su presentación del tema, la Secretaria Ejecutiva se refirió a la decisión VI/11 de la Conferencia de las Partes, relativa a la creación de capacidad, y a un informe sobre las actividades de capacitación, creación de capacidad y fomento de la sensibilización pública realizadas desde la celebración de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, que se había presentado al Grupo de Trabajo de composición abierta en su tercer período de sesiones, celebrado en Ginebra del 26 al 30 de abril de 2004 (UNEP/CHW/OEWG/3/4). La oradora presentó el proyecto de decisión sobre la cuestión que figura en el documento UNEP/CHW.7/2.

43. Tras un debate sobre la cuestión, la Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma enmendada oralmente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/8.

E. Acuerdos marco y planes de trabajo de los centros regionales del Convenio de Basilea

44. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de los acuerdos marco y planes de trabajo de los centros regionales en su tercera sesión, celebrada en la mañana del martes 26 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre los acuerdos marco y planes de trabajo (UNEP/CHW.7/5), documentos de información con un resumen de los planes de trabajo de los centros regionales para la capacitación y la transferencia de tecnología (UNEP/CHW.7/INF/5/Rev.1), los planes de trabajo para el período 2005–2006 (UNEP/CHW.7/INF/6 y Add.1) y los acuerdos marco (UNEP/CHW.7/INF/7) para los centros regionales, así como un informe sobre la cuarta reunión consultiva de los centros regionales (UNEP/CHW.7/INF/18).

45. El representante de la secretaría se refirió en detalle al estado actual de los acuerdos marco y los planes de trabajo, y señaló en particular que se habían firmado dos acuerdos marco, uno con el Uruguay y otro con el SPREP, y que los acuerdos para el establecimiento del centro regional para los Estados Árabes en El Cairo (Egipto) y del centro regional para la región del Caribe en Trinidad y Tabago se firmarían durante la reunión en curso. Añadió que de los 11 países que habían firmado el acuerdo por el cual se establecía el Instituto africano para la gestión ambientalmente racional de desechos peligrosos y otros desechos en Pretoria (Sudáfrica), seis lo habían ratificado, y se necesitaban otras cinco ratificaciones para establecer el Instituto africano, que funcionaría también de centro regional para los países de habla inglesa de África. El representante de la secretaría elogió el sincero compromiso de los países con el establecimiento de los centros regionales, como lo demostraban las contribuciones nacionales en especie.

46. Durante el debate de esta cuestión, todos los representantes que hicieron uso de la palabra agradecieron a la secretaría por el apoyo continuo que había prestado durante el proceso de establecimiento de los centros regionales, a los organismos internacionales por su colaboración en ese empeño, y a los países donantes por sus contribuciones financieras para los numerosos proyectos realizados por los centros regionales, y expresaron su reconocimiento por el criterio singular que había adoptado la Conferencia al aplicar el Convenio por conducto de los centros regionales. Los representantes también informaron sobre las actividades, proyectos y cursos de capacitación que estaban realizando, habían completado o tenían planificados los centros de coordinación y los centros regionales, y describieron los progresos en el cumplimiento de sus planes de trabajo. Varios representantes encomiaron la colaboración creciente entre el Convenio de Basilea y otros convenios, lo que había contribuido a generar sinergias en el plano nacional. Los representantes de Uganda y Nigeria indicaron que, antes de fin de año, sus países ratificarían el acuerdo relativo al establecimiento del centro regional para los países de habla inglesa de África en Pretoria.

47. El representante del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo proporcionó información sobre la labor realizada con miras al logro de los objetivos acordados a nivel internacional en la Declaración del Milenio en el marco de programas de mitigación de la pobreza y mejoramiento de las condiciones de vida, que comprendían iniciativas relacionadas con la gestión de desechos. Señaló que su organización se pondría en contacto con la secretaría para ofrecer asistencia a los centros regionales, especialmente en los casos en que se requirieran actividades a nivel nacional.

48. Seguidamente, la Conferencia formó un pequeño grupo de trabajo para que siguiera ocupándose de la cuestión durante la reunión en curso.

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49. La Conferencia volvió examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del viernes 29 de octubre, momento en que adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma enmendada oralmente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/9.

F. Aplicación de la iniciativa ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD) en la medida en que guarda relación con los desechos peligrosos y otros desechos

50. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la iniciativa ambiental de la NEPAD en su tercera sesión, celebrada en la mañana del martes 26 de octubre. Tuvo ante sí un informe sobre la marcha de las actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (UNEP/CHW.7/30). Al presentar el documento, la Secretaria Ejecutiva señaló también a la atención de los participantes la información adicional suministrada al Grupo de Trabajo de composición abierta en el documento UNEP/CHW/OEWG/3/6. Observó que, como el Convenio de Basilea y sus centros regionales tenían, con arreglo a su mandato, el deber de cooperar en temas ambientales, era lógico que participaran en la iniciativa ambiental de la NEPAD y en otros asuntos conexos, como la gestión integrada de desechos peligrosos y otros desechos. En su decisión 5.5, adoptada en Sirte (Jamahiriya Árabe Libia) en junio de 2004, la Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente (AMCEN) había destacado su respaldo a esas actividades.

51. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/6.

G. Aplicación de la decisión III/1 sobre la enmienda del Convenio de Basilea

52. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa a la aplicación de la decisión III/1 sobre la enmienda del Convenio de Basilea (Enmienda de Prohibición) en su tercera sesión, celebrada en la mañana del martes 26 de octubre. Al presentar el proyecto de decisión sobre esta cuestión, el representante de la secretaría señaló que, al 21 de octubre de 2004, 51 Partes habían ratificado la Enmienda de Prohibición.

53. A continuación se produjo un intenso debate. En vista de las divergencias expresadas, varios representantes sugirieron celebrar consultas oficiosas entre los grupos regionales y aplazar el examen de la cuestión hasta la octava reunión de la Conferencia. El Presidente interino propuso que la Mesa consultara a las Partes interesadas con respecto a la cuestión y que informara a la Conferencia más adelante, durante el transcurso de la reunión, sobre la forma de proceder.

54. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del día 29 de octubre, momento en que adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/23.

H. Análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII

55. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó el punto relativo al análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII en su tercera sesión, celebrada en la mañana del martes 26 de octubre. Al presentar la cuestión, el representante de la secretaría señaló a la atención de los participantes el análisis de las cuestiones que figuraban en el documento UNEP/CHW.7/12, que había preparado la secretaría en respuesta a la solicitud formulada por la Conferencia en su sexta reunión y de conformidad con lo acordado por el Grupo de Trabajo de composición abierta en su tercer período de sesiones.

56. Tras el debate, la Conferencia acordó modificar la segunda oración del párrafo 7 del documento UNEP/CHW.7/12, de manera que hiciera referencia únicamente a lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo 17 del Convenio, relativo a la entrada en vigor de las enmiendas, y adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/24.

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57. Una vez adoptada la decisión, los representantes de Australia y del Canadá formularon declaraciones y solicitaron que se las adjuntara al informe de la reunión. Esas declaraciones figuran en el anexo II del presente informe.

I. Directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32, sobre la ampliación del alcance del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea

58. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa a las directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32, sobre la ampliación del alcance del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea, en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre. La Conferencia tuvo ante sí el proyecto de decisión sobre esta cuestión, contenido en el documento UNEP/CHW.7/2.

59. La representante de la secretaría recordó que, en su decisión V/32, la Conferencia de las Partes había decidido ampliar, con carácter provisional, el alcance del Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitaban asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea, y destacó las generosas contribuciones realizadas a dicho Fondo por los gobiernos de Dinamarca, Finlandia, Francia, Noruega, Nueva Zelandia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Suiza. También recordó que en su decisión VI/14 la Conferencia había aprobado las directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32. Sin embargo, hasta la fecha la secretaría no había recibido solicitudes de asistencia que se ajustaran a los criterios establecidos en la decisión VI/14.

60. Tras el debate de esta cuestión, la Conferencia convino en celebrar consultas oficiosas con miras a preparar un proyecto de decisión que contara con la aprobación de todas las Partes.

61. La Conferencia volvió considerar el tema en su novena sesión, celebrada en la mañana del viernes 29 de octubre, momento en que examinó los resultados de la labor del grupo de contacto y adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe, como decisión VII/29.

J. Tráfico ilícito

62. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión del tráfico ilícito en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre. Tuvo ante sí una nota preparada por la secretaría en la que figuraba un proyecto de manual de capacitación para el cumplimiento de las leyes por las que se aplica el Convenio de Basilea (UNEP/CHW.7/24). El manual, que había sido preparado por la secretaría de conformidad con la decisión VI/16, tenía por objeto proporcionar orientación para la detección, investigación y enjuiciamiento efectivos y sin riesgos del tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos. La Conferencia tuvo también ante sí un documento que contenía observaciones formuladas por el Canadá y Colombia con respecto al proyecto de manual (UNEP/CHW.7/INF/16). Al presentar la cuestión, un representante de la secretaría señaló a la atención de los participantes el proyecto de decisión sobre tráfico ilícito que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en virtud del cual, entre otras cosas, se aprobaría el proyecto de manual de capacitación.

63. Varios representantes expresaron su beneplácito por la preparación del proyecto de manual de capacitación y destacaron la utilidad que tendría un documento de esa índole, pero señalaron que el documento que tenía ante sí la Conferencia requería un examen más profundo. Un representante dijo que el documento tenía las características de un documento de información, más que de un manual de capacitación, y otro señaló que no proporcionaba orientación suficiente sobre la función que incumbía a las autoridades competentes en lo relativo a la prevención, la detección y el manejo de embarques ilícitos de desechos. Otro representante destacó la importancia de reforzar la cooperación entre las Partes, en particular para verificar la documentación relacionada con los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos. Dos representantes subrayaron la necesidad de preparar manuales adaptados a las necesidades específicas de cada país.

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64. En vista de las opiniones expresadas, la Conferencia decidió encomendar al Grupo de Trabajo de composición abierta que examinara y aprobara el proyecto de manual de capacitación en su cuarto período de sesiones. La Conferencia convino en que el proyecto de decisión debía ser enmendado y sometido nuevamente a consideración de las Partes.

65. La Conferencia volvió a examinar el tema en su novena sesión, celebrada en la mañana del viernes 29 de octubre, momento en que examinó los resultados de la labor del grupo de contacto y adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma enmendada oralmente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/34.

K. Transmisión de información, incluida la aplicación de la decisión II/12

66. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa a la transmisión de información, incluida la aplicación de la decisión II/12, en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes el proyecto de decisión pertinente, que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2. La representante de la secretaría se refirió asimismo a la decisión VI/27, en la que se solicitaba a las Partes que presentaran informes periódicos a la secretaría. Observó que en el año 2001 habían presentado informes 107 Partes, pero que en 2002 solamente 94 lo habían hecho, y subrayó la importancia del intercambio de información entre las Partes y con otros interesados directos.

67. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/35.

L. Definiciones nacionales de desechos peligrosos

68. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa a las definiciones nacionales de desechos peligrosos en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre. Al presentar la cuestión, la representante de la secretaría señaló a la atención de la Conferencia el proyecto de formulario normalizado para la presentación de información preparado por la secretaría, que figuraba en el anexo del proyecto de decisión respectivo. Informó a los participantes de que varias Partes ya habían utilizado el proyecto de formulario, que se había sometido al examen de la Conferencia de las Partes para su eventual aprobación.

69. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/33.

M. Designación de las autoridades competentes y puntos de contacto

70. En su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre, y en relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la designación de las autoridades competentes y los puntos de contacto. Tuvo ante sí una lista de las autoridades competentes y puntos de contacto (UNEP/CHW.7/INF/3).

71. La representante de la secretaría señaló que del total de 163 Partes en el Convenio, 124 habían designado autoridades competentes y 129 habían designado puntos de contacto. Instó a las Partes a que transmitieran la información relacionada con las autoridades competentes o los puntos de contacto en forma oportuna para que se la pudiera notificar con tiempo y alentó a las Partes a que verificaran la información que figuraba en la lista e informaran a la secretaría en caso de que no fuera correcta.

72. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/11.

N. Labor sobre las características de peligro

73. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa a la labor sobre las características de peligro en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del martes 26 de octubre.

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Tuvo ante sí varias notas de la secretaría a este respecto, que contenían proyectos de documentos de orientación sobre las características de peligro H6.2, H11 y H13 (UNEP/CHW.7/11, Adds.1 a 3 y Add.3/Corr.1). Al presentar la cuestión, el representante de la secretaría observó que la tarea de revisión del documento sobre la característica de peligro H13 ya llevaba varios años y que era poco lo que se había avanzado en ella últimamente; por lo tanto, instó a la Conferencia a que procediera a adoptar ese documento. También explicó que el documento sobre la característica de peligro H6.2 se había distribuido más tarde de lo previsto por razones de fuerza mayor y recordó la decisión del Grupo de Trabajo de composición abierta según la cual, para agilizar la labor a este respecto, los proyectos de documentos de orientación debían aprobarse inicialmente con carácter provisional, para volver a examinarlos, si fuese necesario, después de algunos años de experiencia en su aplicación.

74. Habida cuenta de que quedaban por resolver algunos asuntos del documento sobre la característica de peligro H6.2 y atendiendo a la necesidad expresa de que era necesario continuar los debates sobre los tres documentos de orientación, el Presidente interino propuso que se estableciera un pequeño grupo de contacto sobre este asunto, copresidido por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, para que prosiguiera la labor relativa a los documentos de orientación durante la reunión, propuesta con la que la Conferencia estuvo de acuerdo.

75. En la quinta sesión, celebrada en la mañana del miércoles 27 de octubre, los copresidentes del grupo de contacto informaron brevemente a la Conferencia sobre los progresos realizados en las deliberaciones del grupo. Se anunció que el grupo había llegado a un acuerdo sobre un texto revisado de los documentos de orientación relativos a las dos características (UNEP/CHW.7/11/Add.1 y 2), que se presentarían al plenario para su adopción.

76. La reunión volvió a examinar el tema en su novena sesión, celebrada en la mañana del viernes 29 de octubre, momento en que examinó los resultados de la labor del grupo de contacto. El presidente del grupo informó a la Conferencia que el grupo había llegado a un acuerdo en relación con la necesidad de que en el cuarto período de sesiones del Grupo de Trabajo de composición abierta se siguiera examinando la cuestión de los niveles de minimis en relación con la característica H11, dado que el grupo no había logrado ponerse de acuerdo sobre esos niveles. (Véase el tema I.D.1 del programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta (decisión VII/12, anexo)).

77. La Conferencia adoptó, a continuación, una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma enmendada oralmente, en virtud de la cual aprobó tres documentos de orientación sobre las características de peligro H6.2, H11 y H13, contenidas en los documentos UNEP/CHW.7/11/Add.1/Rev.1, Add.2/Rev.1, Add.3 y Add.3/Corr.1, respectivamente, y pidió a las Partes que contribuyeran a la labor que se seguiría realizando en relación con la característica de peligro H10. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/17.

O. Solicitud de la India en relación con residuos de cables recubiertos de plástico

78. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión en su cuarta sesión, celebrada en la tarde del 26 de octubre de 2004. Al presentar el tema, el Presidente interino señaló a la atención el documento UNEP/CHW.7/15, que contenía una solicitud de la India de que los residuos de cables recubiertos de PVC se incluyeran en los anexos VIII y IX del Convenio. Cuatro países habían formulado observaciones sobre la solicitud. Entre las cuestiones planteadas en las observaciones y en el debate celebrado en la sesión figuraron: problemas relacionados con los PVC, que no siempre se reciclaban, sino que a veces se destruían o reutilizaban; la generación de dioxinas y furanos en la incineración de los PVC; la importancia de que la solicitud se correspondiera con los criterios adoptados por el grupo de expertos en mejores técnicas disponibles (BAT) y mejores prácticas ambientales (BEP) del Convenio de Estocolmo; problemas derivados de la combustión lenta y no controlada de cables de cobre, que se estaba generalizando en países desarrollados y países en desarrollo por igual; y la necesidad de evaluar el impacto ambiental del procesamiento del cobre y de los plásticos.

79. La Conferencia estableció un pequeño grupo de trabajo encargado de continuar la labor relativa a esta cuestión durante la reunión, teniendo en cuenta las opiniones expresadas durante el debate.

80. En la quinta sesión, celebrada en la mañana del miércoles 27 de octubre, el representante de Alemania, a quien los miembros del pequeño grupo de trabajo habían nombrado presidente, informó brevemente a la Conferencia sobre los progresos logrados en las deliberaciones del grupo. Expresó la esperanza de que el grupo pronto llegaría a un acuerdo sobre un texto revisado de las dos entradas relativas a los residuos de cables recubiertos de plástico, que se presentaría al plenario para su adopción.

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81. La Conferencia volvió a examinar el tema en su novena sesión, celebrada en la mañana del viernes 29 de octubre, momento en que examinó los resultados de la labor del grupo de trabajo y adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, con una pequeña corrección de redacción. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe, como decisión VII/19.

P. Cooperación internacional

82. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la cooperación internacional en su quinta sesión, celebrada el miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre la cooperación internacional, 2003–2004 (UNEP/CHW.7/29) y un documento informativo sobre la contribución del Convenio de Basilea a la gestión racional de los productos químicos y el desarrollo sostenible (UNEP/CHW.7/INF/20).

83. El Presidente interino presentó el tema, encomió a la secretaría por su activa cooperación internacional y la alentó a que prosiguiera esa labor.

84. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/38.

Q. Actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible

85. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó las actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en su quinta sesión, celebrada el miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre esta cuestión (UNEP/CHW.7/30).

86. El Presidente interino presentó el tema y observó que era importante tener presente que las actividades llevadas a cabo para aplicar el Plan Estratégico constituían una aportación concreta a los objetivos establecidos en la Cumbre de Johannesburgo.

87. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/7.

R. Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea

88. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión relativa al programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea en su quinta sesión, celebrada el miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre el programa de modalidades de asociación (UNEP/CHW.7/13) y un documento de sesión presentado por Suiza en su calidad de presidente del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles.

89. Un representante de la secretaría presentó el tema e informó a la Conferencia de que había que examinar dos proyectos de decisión: uno sobre un plan de trabajo para el Programa de modalidades de asociación del Convenio para el bienio 2005–2006 y otro sobre la iniciativa de teléfonos móviles. Agradeció al Gobierno de Suiza el apoyo que seguía prestando y su promesa de aportar nuevos fondos durante 2005 para apoyar esa iniciativa.

90. El Sr. Marco Buletti (Suiza), presidente del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles, presentó el proyecto de decisión sobre la iniciativa relativa a los teléfonos móviles. Señaló que en el sitio del Convenio en la web se habían dado a conocer tres proyectos de informes técnicos sobre reacondicionamiento de teléfonos móviles usados, recuperación y reciclado de materiales y sensibilización sobre cuestiones de diseño. Un grupo de proyecto se estaba encargando de los trabajos relacionados con un cuarto informe técnico sobre la recogida y el movimiento transfronterizo de teléfonos móviles. También se había preparado un proyecto de documento de orientación general sobre la gestión ambientalmente racional de los teléfonos móviles que han llegado al final de su vida útil, respecto del cual pidió a las Partes que formularan observaciones. Señaló que el documento de orientación general revisado podría presentarse al Grupo de Trabajo de composición abierta para su aprobación provisional y que los distintos informes técnicos se publicarían por separado.

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91. Varios representantes agradecieron al Gobierno de Suiza por su liderazgo y apoyo financiero a la iniciativa sobre teléfonos móviles. Se señaló que el programa de trabajo propuesto era sumamente ambicioso y que su ejecución requeriría esfuerzos y financiación considerables. Algunos representantes observaron que las contribuciones financieras a la iniciativa sobre teléfonos móviles deberían ser voluntarias e independientes de las contribuciones voluntarias que se hacían a otros programas y proyectos.

92. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del viernes 29 de octubre, momento en que adoptó una decisión sobre la cuestión, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/4.

S. Colaboración con el Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente

93. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la colaboración con el Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente (SPREP) en su quinta sesión, celebrada en la mañana del miércoles 27 de octubre. La secretaría informó a la Conferencia de que el 18 de diciembre de 2003 había suscrito un memorando de entendimiento con el SPREP sobre el establecimiento, en el marco de ese Programa, del Centro Regional del Pacífico Sur para la Capacitación y la Transferencia de Tecnología, a los efectos de la aplicación conjunta de los convenios de Basilea y Waigani en la región del Pacífico Sur. Señaló que el texto íntegro del memorando de entendimiento figuraba en el documento UNEP/CHW.7/INF.7, que en el documento UNEP/CHW.7/7 figuraba un informe sobre el establecimiento de ese centro y sus actividades, y que en el sitio del Convenio en la web se podía consultar el plan de trabajo del centro para 2005-2006.

94. Tras informar sobre las actividades del centro regional desde la publicación del informe, el representante del SPREP destacó la importancia de aplicar los convenios internacionales relacionados con los desechos peligrosos mediante un enfoque regional y la necesidad de fortalecer las capacidades de los centros regionales. Dos representantes dijeron que saludaban el establecimiento del centro regional del Pacífico y subrayaron la importancia de fortalecer las sinergias entre los diferentes convenios que trataban sobre los desechos peligrosos.

95. La Conferencia tomó nota del memorando de entendimiento y del informe.

T. Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización

96. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión del Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización en su quinta sesión, celebrada en la mañana del miércoles 27 de octubre. La Conferencia tuvo ante sí informes de los cursos prácticos regionales encaminados a promover la ratificación del Protocolo de Basilea, que se habían celebrado en Addis Abeba (Etiopía), del 30 de agosto al 2 de septiembre de 2004, y en Buenos Aires (Argentina) del 22 al 25 de junio de 2004 (UNEP/CHW.7/INF/11 y Add.1). Un informe sobre el curso práctico regional realizado en San Salvador (El Salvador), del 28 de junio al 1º de julio de 2004, se distribuyó posteriormente como documento UNEP/CHW.7/INF/11/Add.2.

97. La Conferencia tuvo también ante sí el documento UNEP/CHW.7/INF/12, en el que figuraban observaciones enviadas por el Reino Unido sobre la versión revisada del proyecto de manual de instrucciones para la aplicación del Protocolo, que había preparado la secretaría en cumplimiento de la decisión VI/15 (UNEP/CHW/OEWG/3/12). Una representante de la secretaría invitó a los participantes a que en sus deliberaciones incluyeran las observaciones sobre el manual que se habían recibido de Alemania y el Canadá y que podían consultarse en el sitio del Convenio en la web e hizo notar que lamentablemente no había sido posible analizar todas esas observaciones antes de la reunión en curso. También señaló a la atención de los participantes el proyecto de decisión sobre el Protocolo de Basilea que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/2 y en virtud del cual, entre otras cosas, se aprobaría la versión revisada del proyecto de manual de instrucciones. Tras señalar que la entrada en vigor del Protocolo dependía de su ratificación por 20 Partes, la representante acogió complacida el hecho de que cuatro países ya hubieran adoptado la importante decisión de ratificarlo.

98. Dos representantes señalaron la importancia del Protocolo de Basilea y dijeron que sus gobiernos estaban adoptando medidas para ratificarlo. Varios representantes agradecieron a la secretaría el haber organizado los cursos prácticos regionales y expresaron su agradecimiento al Gobierno de Suiza por el generoso apoyo financiero brindado al respecto. Uno expresó su esperanza de

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que otros gobiernos y organismos internacionales proporcionarían fondos para nuevos cursos prácticos. Dos representantes subrayaron la necesidad de celebrar cursos prácticos para todos los grupos regionales.

99. Tras el debate sobre este tema, la Conferencia acordó transmitir el proyecto de manual al Grupo de Trabajo de composición abierta para que lo siguiera examinando y lo aprobara, y adoptó una decisión en relación con este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/2, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/28.

U. Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento

100. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión en su quinta sesión, celebrada en la mañana del 27 de octubre de 2004. Al presentar el tema, el Presidente señaló a la atención de los participantes un informe correspondiente al período 2003–2004 sobre la labor realizada por el Comité encargado de administrar el mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento del Convenio de Basilea y proyecto de programa de trabajo del Comité para el período 2005–2006 (UNEP/CHW.7/20), así como una nota de la secretaría sobre el mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento del Convenio (UNEP/CHW.7/21). Señaló que, además de examinar el informe y el programa de trabajo del Comité, la Conferencia también debería elegir cinco nuevos miembros del Comité para sustituir a los miembros cuyos mandatos habían expirado. El Presidente y Relator del Comité presentó a continuación el documento UNEP/CHW.7/20. La Conferencia también tuvo ante sí un documento de sesión presentado por el Japón, en el que figuraban enmiendas propuestas al proyecto de decisión contenido en el documento UNEP/CHW.7/20.

101. Tras el debate, la Conferencia adoptó una decisión en relación con este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/20, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/30.

102. La Conferencia adoptó, a continuación, tomando como base el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/21, una decisión en virtud de la cual eligió a cinco nuevos miembros del Comité. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/31.

V. Lista de comprobación para la preparación de legislación nacional para la aplicación del Convenio de Basilea

103. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de las directrices para la preparación de legislación nacional para la aplicación del Convenio de Basilea en su quinta sesión, celebrada en la mañana del miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí la nota de la secretaría sobre el tema (UNEP/CHW.7/23). Al presentar el documento, la representante de la secretaría señaló que, dado que recientemente habían entrado en vigor otros instrumentos internacionales pertinentes, tal vez sería un buen momento para que la Conferencia elaborara una lista de comprobación de la legislación nacional teniendo en cuenta las disposiciones de esos instrumentos. Señaló además que una Parte había propuesto enmiendas al proyecto de decisión relativo a la adopción de las directrices que figuraba en la nota de la secretaría. Entre otras cosas, en esa enmienda se proponía la elaboración de una lista de comprobación en lugar de la elaboración de directrices.

104. La Conferencia adoptó una decisión en relación con este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/23, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/32.

W. Estado de la aplicación de la decisión VI/39 relativa al logotipo del Convenio de Basilea

105. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión del logotipo del Convenio en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes la nota de la secretaría sobre la cuestión (UNEP/CHW.7/INF/14), y tomó nota de que la secretaría, por conducto de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, había hecho gestiones para proteger el logotipo del Convenio de Basilea con

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arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 ter del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial.

106. La Conferencia tomó nota del informe del Presidente interino.

X. Arreglos institucionales

107. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de los arreglos institucionales en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes una nota de la secretaría sobre el tema (UNEP/CHW.7/25).

108. La Conferencia adoptó una decisión sobre este tema, basada en el proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/25. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/39.

Y. Clasificación nacional y procedimientos de control para la importación de desechos enumerados en el anexo IX

109. La Conferencia examinó la cuestión de la clasificación nacional y procedimientos de control para la importación de desechos enumerados en el anexo IX en relación con el tema 6 del programa en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes una nota de la secretaría sobre la cuestión (UNEP/CHW.7/16), un informe y análisis de los cuestionarios completados por las Partes y los signatarios sobre la clasificación nacional y procedimientos de control (UNEP/CHW.7/17) y una recopilación de las respuestas recibidas de las Partes sobre esta cuestión (UNEP/CHW.7/INF/9). El representante de la secretaría informó de que, como se explicaba en la nota, la secretaría había distribuido un cuestionario a todas las Partes y había recibido 28 respuestas, pero esperaba recibir más respuestas, por lo que invitó a las Partes a que respondieran.

110. La Conferencia adoptó una decisión sobre este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/16. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/20.

Z. Armonización de las listas de desechos y procedimientos conexos

111. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la armonización de las listas de desechos en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes una nota de la secretaría sobre este asunto (UNEP/CHW.7/18). La secretaría informó de que hasta ese momento había recibido observaciones solamente de Alemania, el Canadá y Colombia, así como una propuesta de Alemania para modificar los formularios a que se hacía referencia en la decisión C(2001)107/FINAL de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Un representante pidió que se distribuyeran oficialmente esos formularios a las Partes para su examen. Además, dadas las variaciones entre los diferentes sistemas para rastrear los movimientos de los desechos, era menester uniformar los formularios con los de esos otros sistemas. En vista de las posibles dificultades con que tropezarían algunas Partes para completar los formularios, se sugirió que se preparara material de orientación. El representante de Alemania se ofreció a preparar un proyecto de decisión en que quedaran recogidas esas inquietudes, que se sometería al examen de la Conferencia.

112. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del día viernes 29 de octubre, momento en que adoptó una decisión sobre la cuestión tomando como base el proyecto que figuraba en el documento de sesión pertinente. Durante el debate sobre la decisión, en el que se instaba a las Partes y otras entidades a remitir, a más tardar el 31 de marzo de 2005, sus observaciones a la secretaría sobre los formularios para los documentos de notificación y movimiento que figuraban en el documento UNEP/CHW/TWG/19/INF/5, un representante solicitó que en el presente informe se indicaran las fechas tentativas de las reuniones del Grupo de Trabajo de composición abierta anteriores a la siguiente reunión de la Conferencia de las Partes y que, una vez que se las hubiera fijado, las fechas definitivas se publicasen en el sitio del Convenio en la web. La fecha tentativa de la siguiente reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta es del 4 al 8 de julio de 2005. Otro representante manifestó su preocupación por que el plazo del 31 de marzo tal vez fuera demasiado corto para que las

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Partes pudieran presentar sus observaciones antes de la siguiente reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta. La secretaría garantizó a los representantes que publicaría las observaciones recibidas después de la fecha límite como adiciones de los documentos pertinentes anteriores al período de sesiones siempre y cuando se las remitiese dentro del plazo mínimo establecido para preparar una adición antes de la reunión.

113. Tras el debate, la Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión tomando como base el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma enmendada oralmente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/22.

AA. Examen de la información científica sobre la eliminación de desechos de PVC

114. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión de la información científica sobre la eliminación de desechos de PVC en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre de 2004. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes una nota de la secretaría relativa a esa cuestión (UNEP/CHW.7/10).

115. Tras el debate, la Conferencia adoptó una decisión sobre este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/10, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/18.

BB. Aplicación de las directrices técnicas existentes

116. La Conferencia examinó la cuestión de la aplicación de las directrices técnicas existentes en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre de 2004. El Presidente interino señaló a la atención de los participantes una nota de la secretaría sobre este asunto (UNEP/CHW.7/9). La secretaría hizo notar que el Grupo de Trabajo de composición abierta había invitado a las Partes y a otras entidades a que remitieran sus observaciones a la secretaría sobre sus experiencias y su evaluación de la aplicación de las directrices técnicas existentes para el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y las dificultades con que se tropezaba. Algunos representantes pidieron una prórroga del plazo para el envío de las observaciones.

117. Tras el debate, la Conferencia adoptó una decisión sobre este tema sobre la base del proyecto contenido en el documento UNEP/CHW.7/9, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/16.

CC. Proyecto de programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta correspondiente a 2005–2006

118. En relación con el tema 6 del programa, la Conferencia examinó la cuestión del proyecto de programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta correspondiente a 2005–2006 en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí la nota de la secretaría sobre este asunto (UNEP/CHW.7/13), en la que figuraba un proyecto de decisión y el proyecto de programa de trabajo.

119. Tras las deliberaciones, en las que varios representantes mencionaron cuestiones que, a su juicio, debían seguir examinándose, la Conferencia convino en remitir el proyecto de programa de trabajo al grupo de trabajo sobre asuntos financieros para que estudiara esas observaciones y en volverlo a presentar a los participantes para que lo examinaran en una sesión posterior de la reunión en curso.

120. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del día viernes 29 de octubre, momento en que adoptó una decisión sobre la cuestión tomando como base el proyecto que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/12.

DD. Propuesta de establecer un centro regional del Convenio de Basilea en la República Islámica del Irán

121. La Conferencia examinó la cuestión de la propuesta de establecer un centro regional del Convenio de Basilea en la República Islámica del Irán en su sexta sesión, celebrada en la tarde del miércoles 27 de octubre. Tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre este asunto (UNEP/CHW.7/6), un

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proyecto de decisión sobre el establecimiento del centro, presentado por la República Islámica del Irán, y el consiguiente estudio de viabilidad que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/INF/19.

122. Al presentar el proyecto de decisión, el representante de la República Islámica del Irán hizo una reseña de la historia de la solicitud hecha por su país de que se estableciera un centro regional y de su cumplimiento de todas las tareas que con ese fin había propuesto la Conferencia de las Partes en su sexta reunión. También explicó a grandes rasgos las medidas nacionales adoptadas por su país en relación con los desechos peligrosos e hizo hincapié en su compromiso de promover el manejo ambientalmente racional de esos desechos, tanto en el país como en la región. Hizo un recuento de los demás centros regionales relacionados con el medio ambiente que ya funcionaban con eficacia en la República Islámica del Irán y que promoverían las sinergias con el Convenio de Basilea, si se adoptaba la decisión de establecer en su país un centro regional. Manifestó también que el Gobierno de la República Islámica del Irán se haría cargo de todos los gastos de funcionamiento del centro durante sus primeros tres a cinco años y que, por tal motivo, su establecimiento no entrañaría una carga adicional para la secretaría y aumentaría la capacidad de los países de la región para lograr el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos. Instó a la Conferencia a que aprobara la solicitud.

123. Los representantes de otros dos países donde existen esos centros regionales expresaron su apoyo a la solicitud. Uno de ellos señaló, no obstante, que tal vez debería establecerse un límite al número de centros regionales que se establecieran y consideró que el número de centros regionales en funcionamiento era, tal vez, cercano al ideal.

124. La Conferencia adoptó una decisión sobre este tema sobre la base del proyecto presentado por la República Islámica del Irán, en su forma oralmente enmendada. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/10.

VII. Asuntos financieros

125. La Conferencia examinó el tema en su segunda sesión, celebrada en la tarde del lunes 25 de octubre de 2004. El Presidente presentó el tema y se refirió a los documentos UNEP/CHW.7/26 y Adds.1 a 4, y a los documentos informativos UNEP/CHW.7/INF/5, INF/8 e INF/17. La Secretaria Ejecutiva se refirió a dos documentos adicionales del tercer período de sesiones del Grupo de Trabajo de composición abierta, UNEP/CHW/OEWG/3/23 y UNEP/CHW/OEWG/3/INF/15, y propuso que las Partes se concentraran en la estrategia de movilización de recursos para un futuro menos contaminado, el presupuesto por programas propuesto y los proyectos de presupuesto del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea y el Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica en tanto constituían los cuatro componentes de los asuntos financieros del Convenio.

126. Tras la introducción hecha por la Secretaria Ejecutiva y el debate sobre el tema, la Conferencia convino en establecer un grupo de trabajo, copresidido por el Canadá y la República Unida de Tanzanía, para proseguir la labor sobre las cuestiones financieras y la estrategia de movilización de recursos durante la reunión en curso, teniendo en cuenta el debate sobre el tema.

127. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a sesión, celebrada al final del día viernes 29 de octubre, momento en que el Sr. Jean-Louis Wallace (Canadá), informó sobre los adelantos realizados por el grupo de trabajo. Dijo que en los días anteriores el grupo de trabajo había intercambiado opiniones en forma constructiva, con lo cual había podido preparar un proyecto de decisión sobre asuntos financieros que se había distribuido a las delegaciones en un documento de sesión.

128. Señaló que aunque el proyecto de decisión se había preparado tomando en consideración las opiniones que se habían expuesto en los debates del grupo, había que tener en cuenta que se basaba en un acuerdo muy frágil. Los países en desarrollo deseaban firmemente que los países donantes mostraran un mayor compromiso de su parte para financiar la lista de actividades propuestas en los presupuestos del Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica y que sus contribuciones no estuvieran vinculadas a fines específicos.

129. Dijo que el grupo de trabajo había dedicado la mayor parte de su tiempo a debatir el proyecto de presupuesto del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea. En esos debates se había dejado constancia de la preocupación de que tal vez en el bienio anterior se habrían efectuado gastos que superaban las cifras aprobadas y de la necesidad de pasar revista a los desembolsos propuestos, habida cuenta de la disminución de las reservas del Fondo Fiduciario. El grupo recomendó que no se crearan nuevos puestos en la secretaría sino que, en su lugar, se añadiera al presupuesto un renglón al que se asignarían 60.000 dólares para el bienio 2005-2006 destinados a pagar los servicios de consultorías y

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que, si esa cifra no era suficiente, la Secretaria Ejecutiva estuviese facultada para transferir hasta un 20% de esa cifra de otros renglones presupuestarios. Asimismo, los ahorros que se hiciesen en el transcurso del bienio podrían utilizarse en otras partidas.

130. También dijo que para reducir los costos de los servicios de conferencias el grupo de trabajo había convenido en que las sesiones de la Conferencia de las Partes y del Grupo de Trabajo de composición abierta no se prolongaran después de las 18.00 horas. Para facilitar la participación de los países en desarrollo en las reuniones del Grupo de Trabajo de composición abierta había convenido en financiar la participación de 20 países en desarrollo en esas reuniones.

131. Observó que como resultado de los debates sobre el presupuesto se había aumentado ligeramente el presupuesto para 2005 y para 2006, en un 2% y un 8%, respectivamente, y que, teniendo en cuenta las deducciones de la reserva, las contribuciones de las Partes aumentarían en 2005 y en 2006 en un 9,5% y un 15,8%, respectivamente. En esas consultas se había hecho evidente que las Partes no habrían dado su visto bueno a aumentos mayores.

132. Con respecto al Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica, dijo que el grupo había convenido en incorporar a su proyecto de presupuesto una propuesta para financiar el puesto de un oficial superior de programas encargado de fomentar las modalidades de asociación y la movilización de recursos. Varias delegaciones habían sugerido que las Partes necesitarían dos años más para determinar si se justificaba regularizar ese puesto. El grupo había opinado que la Conferencia de las Partes debería volver a examinar esa cuestión en su octava reunión. En el proyecto de presupuesto también se incluían propuestas presentadas por los grupos regionales para financiar diversos proyectos. Algunos integrantes del grupo de trabajo habían manifestado su preocupación por el tangible aumento del presupuesto del Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica, que en 2005 ascendía a un poco más de 5 millones de dólares y en 2006 se encontraba ligeramente por encima de los 17 millones de dólares.

133. Explicó que se pedía a la Conferencia que tomara nota del presupuesto con el objetivo de que los países donantes, organismos de ejecución e instituciones financieras se dieran una idea de la necesidad de financiar las distintas propuestas de proyectos y pidió a las Partes que comunicaran las propuestas a sus organismos de ayuda nacionales.

134. Señaló que la mayoría de las delegaciones había manifestado su apoyo al objetivo general del proyecto de decisión, pero algunas se habían opuesto firmemente a la referencia que se hacía en uno de los párrafos en relación con las dificultades económicas por las que estaban pasando algunas Partes y con el hecho de que se señalaba a la atención la necesidad de aplicar la escala de cuotas de las Naciones Unidas con flexibilidad. El texto que se había utilizado en el proyecto de decisión reflejaba el empleado en la 13ª reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, celebrada en Bangkok, del 2 al 14 de octubre de 2004, así como en una decisión que había adoptado recientemente, en su primer período de sesiones, la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional. Algunos representantes habían señalado que para alentar las modalidades de asociación se debería obligar a todas las Partes en el Convenio de Basilea a hacer contribuciones.

135. Tras la presentación del Sr. Wallace y el debate sobre el tema, la Conferencia adoptó una decisión sobre asuntos financieros, tomando como base el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma oralmente enmendada. La decisión figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/41.

136. La Conferencia convino en incluir en el informe de la reunión la siguiente declaración, a la que dio lectura el Presidente:

"Por primera vez, todas las Partes en el Convenio han aceptado comprometerse a contribuir al Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea. En la escala de cuotas del Convenio se han incluido 116 Partes, de las cuales más de 100 son países en desarrollo.

De los debates sobre los asuntos financieros, se da por sentado que el compromiso contraido por los países desarrollados se verá acompañado de un esfuerzo por aumentar en forma sustancial sus contribuciones al fondo voluntario.

Los países en desarrollo dejaron muy en claro que la escala de cuotas no refleja las responsabilidades de las Partes en la producción y exportación de desechos peligrosos.

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Se entiende que después del bienio 2005-2006, los cambios en la escala de cuotas se harán única y exclusivamente por consenso y basándose en las propuestas transmitidas como mínimo 90 días antes de la celebración de la reunión de la Conferencia de las Partes en que se las examinará."

137. El representante de la Argentina formuló a continuación una declaración y pidió que quedara constancia de ella en el informe de la reunión. Opinó que el presupuesto tenía problemas graves. Si se los consideraba con detenimiento, los anexos del documento UNEP/CHW.7/INF/17 y los anexos de la decisión sobre asuntos financieros que se acababa de adoptar indicaban que, de conformidad con la escala de cuotas, algunos países en desarrollo pagarían más que algunos países desarrollados. Dijo que la Argentina se reservaba el derecho a examinar la flexibilidad con que se aplicaba la escala de cuotas para el bienio 2005-2006 a fin de solicitar una disminución de su contribución, ya que preveía que a su país le resultaría extremadamente difícil aportar el monto que le correspondía según los cálculos actuales.

138. La Conferencia examinó, a continuación, un proyecto de decisión sobre la movilización de recursos que había preparado el grupo de trabajo sobre asuntos financieros. La cuestión generó un intenso debate. Muchas Partes que son países en desarrollo insistieron en que el proyecto de decisión preparado por el grupo de trabajo se examinase junto con un proyecto de decisión presentado por el grupo de países africanos en el que se hacía un llamamiento al Presidente y a la secretaría para que iniciaran negociaciones destinadas a que el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) se convirtiera en el mecanismo financiero del Convenio. Varios otros representantes manifestaron sus dudas con respecto a la idoneidad del proyecto de decisión del grupo de países africanos y algunos opinaron que la secretaría no estaba facultada para negociar con el FMAM. Tras esas observaciones, y las de otras delegaciones, la Conferencia decidió que prosiguieran las consultas oficiosas sobre la cuestión mientras ésta pasaba a examinar otras cuestiones.

139. Más adelante, en la misma sesión, la Conferencia adoptó un proyecto de decisión sobre financiación sostenible, tomando como base el proyecto de decisión sobre un mecanismo financiero que había presentado el grupo de países africanos, en su forma oralmente enmendada. La decisión figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/40.

140. Por falta de tiempo, el Presidente propuso que se otorgara la facultad al Grupo de Trabajo de composición abierta para aprobar, en su cuarto período de sesiones, el proyecto de decisión sobre movilización de recursos que figura en el anexo III del presente informe. La Conferencia estuvo de acuerdo con la propuesta del Presidente.

141. La Conferencia también convino en que, hasta tanto el Grupo de Trabajo de composición abierta no adoptara el proyecto de decisión, la secretaría adoptaría medidas de conformidad con los párrafos 9 y 10 del proyecto de decisión. Esos párrafos dicen lo siguiente:

"9. Pide también a la secretaría que considere prioritaria la prestación de asistencia a las Partes que son países en desarrollo para elaborar propuestas de eliminación de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos, teniendo en cuenta las directrices técnicas pertinentes;

10. Pide además a la secretaría que presente un documento, en nombre del Convenio de Basilea, a la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, sobre las oportunidades para que los dos convenios colaboren en la movilización de recursos para la eliminación de esos desechos;"

VIII. Alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial

142. En relación con el tema, la Secretaria Ejecutiva señaló que la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial era uno de los temas acordados para la serie de sesiones de alto nivel de la reunión en curso. La Conferencia tenía ante sí un documento sobre el tema preparado por el Presidente de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, en consulta con la Mesa Ampliada (UNEP/CHW.7/27) y un documento con una propuesta de declaración ministerial o posibles elementos para una decisión (UNEP/CHW.7/27/Add.1), que se debatirían más a fondo en la serie de sesiones de alto nivel. La Conferencia estableció un pequeño grupo de contacto, que estaría presidido por el representante del Brasil, encargado de hacer los preparativos para la serie de sesiones interactiva de alto nivel.

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143. El jueves 28 y el viernes 29 de octubre la Conferencia celebró una serie de sesiones de alto nivel. El Presidente declaró abierta la serie de sesiones el jueves 28 de octubre a las 10.15 horas y dijo que la Conferencia entablaría un diálogo interactivo sobre los temas de la reunión, a saber, alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial y movilización de recursos para un futuro menos contaminado.

A. Organización de la serie de sesiones

144. Tras la ceremonia de inauguración de la serie de sesiones, el Sr. Ioan Jelev, Presidente de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, inició el diálogo interactivo. Habló sobre el primer tema de la serie de sesiones, alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial, y presentó un documento que había preparado (UNEP/CHW.7/27) en el que proponía cuatro orientaciones normativas para hacer frente a este problema. Dos expertos, el Sr. Peter Hinchcliffe, ex presidente del Grupo de Trabajo Técnico del Convenio de Basilea y ex experto del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y el Sr. A. Raja Khosla (India), se refirieron a las orientaciones normativas esbozadas en el documento del Sr. Jelev, a saber, un enfoque integrado de gestión de desechos y regional. A estas exposiciones siguió un diálogo entre ministros y jefes de delegaciones.

145. Para el segundo tema, movilización de recursos para un futuro menos contaminado, hicieron ponencias los expertos financieros, el Sr. Thomas Conway, de la empresa Resource Futures International (Canadá), y el Sr. Steve Gorman, del Banco Mundial. Los ministros y jefes de delegaciones expresaron sus opiniones sobre el tema.

B. Apertura

146. Para dar comienzo a la serie de sesiones, el Sr. Serguei Ordzhonikidze, Director General de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, dio lectura a un mensaje del Sr. Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas dirigido a la Conferencia. El texto de la declaración del Secretario General figura en el anexo IV del presente informe.

147. Pronunciaron discursos de apertura el Sr. Irureta, Presidente de la Reunión, el Sr. Klaus Töpfer, Director Ejecutivo del PNUMA, la Sra. Kuwabara-Yamamoto, Secretaría Ejecutiva de la secretaría del Convenio, y el Sr. Takashi Kosugi, Diputado del Japón.

148. El Presidente pronunció un discurso inaugural en el que expresó la esperanza de que su experiencia como Ministro de Medio Ambiente lo hubiera preparado para presidir la reunión en curso, en especial por los enormes esfuerzos que su país había realizado desde la celebración de la primera reunión de la Conferencia de las Partes en la ciudad de Piriápolis en 1992.

149. Subrayó la necesidad de que los países en desarrollo fortalecieran los centros regionales del Convenio de Basilea, que eran fundamentales para la aplicación del Convenio, así como la de que se tuviera en cuenta la perspectiva del medio ambiente en el desarrollo sostenible, necesidades que se hacían evidentes en las actividades nacionales, regionales e internacionales de América Latina y el Caribe emprendidas en relación con el Convenio de Basilea, el Convenio de Rotterdam y el Convenio de Estocolmo. Destacó que a menudo se creaban sinergias y que debía evitarse la duplicación de esfuerzos para poder aprovechar al máximo los escasos recursos; con ese fin, tal vez se realizarían algunos de los procedimientos del Grupo de Trabajo de composición abierta, por ejemplo utilizando Internet para establecer grupos virtuales interactivos sobre diferentes temas. También había que rever los métodos utilizados para la movilización de recursos para un futuro menos contaminados se estaban realizando esfuerzos para obtener financiación de los organismos financieros internacionales y de otras fuentes. Había que centrarse más en las causas fundamentales de los problemas que en sus síntomas: era menester enmendar el Convenio de Basilea para obligar a los países industrializados a financiar la eliminación de sus propios desechos; había que establecer arreglos adecuados para que los países en desarrollo pudieran encargarse de los desechos; y el costo final de la eliminación de los productos tenía que reflejarse en los precios.

150. Durante la serie de sesiones de alto nivel, los ministros y jefes de delegaciones deberían analizar nuevamente los principios sobre los que se basa el Convenio de Basilea y darles un nuevo impulso, tratar de hallar nuevos medios de obtener recursos, establecer alianzas con la industria y otras entidades, evaluar la función del Fondo para el Medio Ambiente Mundial y elaborar una estrategia mundial basada en la solidaridad internacional para hacer frente al problema de los desechos peligrosos que tiene el mundo ante sí.

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151. Tras las observaciones del Presidente, el Sr. Töpfer pronunció un discurso ante la Conferencia en el que hizo un recuento de los notables logros concretos alcanzados por el Convenio en sus 15 años de vigencia, pero señaló que todavía quedaban grandes problemas por resolver y que los peligros que entrañaban los desechos seguían aumentando. Subrayó que la única manera de resolver el problema sería mediante un compromiso más firme para reducir la generación de desechos en su origen. Observando que las leyes de la economía a la larga dictarían que los sistemas industriales se basaran en la gestión del ciclo de vida, subrayó que habría que acelerar ese proceso aumentando la eficiencia industrial, aprovechando las oportunidades económicas que proporcionaban los desechos y promoviendo procesos de producción menos contaminantes, que pudieran reducir los costos de producción al tiempo que redujeran el peligro para la salud humana y el medio ambiente. En particular, las industrias y los legisladores tenían que promover el diseño de productos que respondieran a las denominadas “tres erres”: reducción, reciclado y reutilización de los desechos, a las que él añadía una cuarta erre: reparación, que por un lado alargaba la vida de los productos y por otro ayudaba a crear empleos, sobre todo en los países más pobres.

152. Correspondía al Convenio de Basilea desempeñar una importante función en ese proceso, promoviendo el manejo ambientalmente racional de los desechos, en particular por medio de sus centros regionales; aprovechando las sinergias con otros procesos, como los centros de producción menos contaminante del PNUMA; y por medio de la cooperación con las organizaciones no gubernamentales y el sector privado.

153. Recordando el importante tema de la reunión, la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial, señaló que el método de establecer alianzas servía para hacer frente a tres problemas: en primer lugar, la aplicación, que podía lograrse sólo por medio de la creación de infraestructuras en los países en desarrollo; en segundo lugar, el aumento de la cooperación entre los gobiernos en el plano regional, entre el Norte y el Sur y dentro del Sur, y entre organismos intergubernamentales, no gubernamentales y del sector privado; y en tercer lugar, la ampliación de la dimensión regional de la labor del Convenio. Señaló a la atención, en particular, el enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional (SAICM) como un buen ejemplo de la táctica sinérgica. También sugirió que el PNUMA desarrollara un proyecto experimental de manejo de los desechos en un pequeño Estado insular entre sus contribuciones a la próxima reunión internacional sobre pequeños Estados insulares en desarrollo que se celebraría en Mauricio en enero de 2005.

154. Para concluir, elogió el programa de trabajo estratégico del Convenio y aseguró a la Conferencia la disposición del PNUMA a contribuir a su plena aplicación. Tenía la firme convicción de que el decimoquinto aniversario de la aprobación del Convenio de Basilea constituía una base excelente para una alianza futura con todos los interesados directos de la sociedad civil.

155. La Secretaria Ejecutiva subrayó que el propósito de la serie de sesiones de alto nivel no había sido conferir nuevos mandatos al Convenio, sino ofrecer una oportunidad para estudiar la mejor forma de promover el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, sobre la base de la experiencia adquirida durante 12 años de aplicación del Convenio. Para alcanzar ese objetivo era fundamental que el Convenio se integrara más estrechamente con otras iniciativas encaminadas a lograr el desarrollo sostenible y que se aprovecharan los vínculos con esos procesos conexos.

156. Encomió al Presidente de la Mesa Ampliada de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes y a otros integrantes de la Mesa por su iniciativa de proponer la celebración de un diálogo interactivo de alto nivel; agradeció al PNUMA por el apoyo brindado a la secretaría, y en particular por haber dedicado una edición especial de su publicación insignia, Nuestro Planeta, al tema de los desechos peligrosos y, por último, aseguró a los representantes de alto nivel que la secretaría tendría muy en cuenta sus recomendaciones.

157. En su declaración, el Sr. Kosugi observó que las Partes en el Convenio debían luchar por un mundo sin desechos, en el que se generaran menos desechos, se reciclara más y se eliminaran los desechos sólo en forma ambientalmente racional. Relató la experiencia de su propio país, que podía dividirse en diferentes períodos: el período posterior a la Segunda Guerra Mundial, cuando había comenzado la reconstrucción; los años de auge económico, entre 1960 y 1980, en los que la generación de desechos peligrosos había crecido enormemente; el período comprendido entre 1980 y 2000, cuando había comenzado a promoverse intensamente el reciclado de los desechos; y los años posteriores a 2000, cuando se habían adoptado medidas para promover el reciclado, con el respaldo de leyes como la ley fundamental para el establecimiento de una sociedad racional, como parte de la cual se introdujeron sistemas racionales de reciclado de materiales con el espíritu de las “tres erres”.

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158. La enseñanza que dejaba esa experiencia era que las Partes en el Convenio debían examinar las causas en lugar de los síntomas. Como consecuencia de la globalización económica, se estaba agudizando el problema de la eliminación sin riesgos de los desechos peligrosos y reciclables o reutilizables. Los pobres eran los más expuestos a los riesgos, en particular los derivados de las toxinas y los carcinógenos. Además, el volumen cada vez mayor de desechos resultante del pujante crecimiento económico, sobre todo en la región de Asia y el Pacífico, estaba generando un aumento de los movimientos transfronterizos y exigía una intensificación de las medidas destinadas a fomentar la reutilización y el reciclado. En los países en desarrollo había una necesidad urgente de construir infraestructura, evitar la contaminación y promover en general el reciclado y el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos. En tal sentido resultaba muy oportuna la iniciativa de desechos electrónicos que se estaba promoviendo en el marco del Convenio.

159. Era preciso contar con directrices claras para ayudar a los gobiernos a tomar medidas de conformidad con el Convenio de Basilea, como las modalidades de asociación. Se necesitaban recursos suficientes para la secretaría del Convenio y para los 13 centros regionales, y también recursos financieros y medidas de los gobiernos para movilizar recursos en favor de las “tres erres”. Con respecto a estas últimas, la conferencia ministerial sobre las “tres erres” prevista para los días 28 a 30 de abril de 2005 aportaría una contribución fundamental al conjunto de esfuerzos que se realizaban en ese sentido.

160. Después de las declaraciones de apertura, el Presidente propuso invitar al Sr. Ntagazwa, Ministro de Medio Ambiente de la República Unida de Tanzanía, a que presidiera el diálogo interactivo, con lo cual la Conferencia estuvo de acuerdo.

161. En su alocución introductoria como presidente de la serie de sesiones de alto nivel, el Sr. Ntagazwa señaló a la atención de los participantes lo que él consideraba que eran los puntos pertinentes del diálogo, a saber: la necesidad de proteger la salud humana y el medio ambiente de la exposición a los contaminantes y del mal manejo de los desechos peligrosos; la falta de capacidad para el manejo ambientalmente racional de los desechos, con los riesgos consiguientes para la salud, en particular de los niños y los pobres; y la necesidad de establecer sinergias con las medidas de lucha contra la pobreza. Subrayó que no bastaba con que los ministros simplemente expresaran sus preocupaciones: era menester que la Conferencia ideara un plan de acción decisivo. Era necesario, en particular, crear redes y establecer modalidades de asociación que tuvieran verdadero sentido.

C. Presentaciones de expertos

162. El Sr. Jelev disertó sobre el primer tema de la serie de sesiones, es decir, la alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial, y presentó un documento que había preparado al respecto. A pesar de los progresos realizados hasta el momento, las Partes en el Convenio de Basilea seguían tropezando con enormes dificultades para reducir los desechos peligrosos y otros desechos, reducir al mínimo su generación y manejar los residuos de manera de proteger la salud humana y el medio ambiente, manteniendo al mismo tiempo la rentabilidad económica. El Convenio de Basilea tenía además una gran necesidad de aumentar su financiación futura para respaldar la aplicación de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional y del Plan Estratégico, mediante la observancia por las Partes de una disciplina financiera más rigurosa y un aumento de la capacidad para atraer recursos financieros. Era importante estrechar los vínculos con acuerdos como los convenios de Estocolmo y Rotterdam y otros programas y convenios de enorme trascendencia para el mejoramiento de las condiciones sanitarias y la disminución de la pobreza, ya que ambos estaban íntimamente ligados a los desechos peligrosos y otros desechos.

163. Las respuestas a esos problemas estaban en los dos temas prioritarios: las modalidades de asociación y la movilización de recursos. El documento sobre las modalidades de asociación era un documento de antecedentes que contenía ideas sobre las principales orientaciones y objetivos políticos en que se basarían las actividades pertinentes. Esas orientaciones principales eran: el enfoque del ciclo de vida respecto de los desechos y productos químicos peligrosos; la gestión integrada de los desechos; la reducción al mínimo, la reutilización, el reciclado, la recuperación y la eliminación, y un enfoque regional para las iniciativas de los países en la esfera del manejo ambientalmente racional de los desechos. El Convenio de Basilea también podía contribuir a la aplicación de los resultados de las conferencias de Río y Johannesburgo. El documento ponía de relieve los éxitos y los problemas, y podía ayudar a estimular el debate sobre las modalidades de asociación y la orientación futura de las actividades del Convenio de Basilea. Como parte de ese esfuerzo se habían enviado diez preguntas a las Partes, con miras a recoger opiniones que pudieran contribuir a emitir una posible declaración o

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decisión ministerial que tendría una enorme importancia política para el logro de los objetivos del Convenio de Basilea.

164. A continuación de la disertación del Sr. Jelev, el Sr. Hinchcliffe hizo una presentación con diapositivas sobre la reducción al mínimo de los desechos peligrosos y los métodos de gestión de los productos químicos y los desechos que tienen en cuenta el ciclo de vida, que eran dos de las orientaciones normativas que figuraban en el documento que había presentado el Sr. Jelev. A la vez de poner énfasis en el vínculo entre las dos esferas temáticas, dijo que si bien los desechos peligrosos causaban sus efectos más nocivos para la salud humana en los lugares de mayor pobreza, en todo el mundo las sociedades estaban produciendo y utilizando sustancias químicas cuyos efectos peligrosos aún no se habían evaluado debidamente. A pesar de los progresos alcanzados por el Convenio de Basilea, se había avanzado muy poco en la búsqueda de formas de separar la producción de desechos del crecimiento económico, sobre todo debido al carácter cambiante de los desechos. En vista de que el principal obstáculo para el progreso parecía ser la falta de conocimiento de métodos prácticos para reducir al mínimo los desechos, los sistemas de transferencia de tecnología y las modalidades de asociación en todos los niveles tenían una función importante que desempeñar. Tras mencionar una serie de iniciativas en tal sentido, entre ellas el establecimiento de los centros regionales del Convenio de Basilea, el orador dijo que la movilización de recursos era fundamental para seguir avanzando, y que también lo era la adopción de un enfoque global que tuviera en cuenta no solamente las tecnologías necesarias para reducir al mínimo los desechos y los productos químicos tóxicos, sino también las cuestiones relativas a la mitigación de la pobreza y al desarrollo sostenible. En conclusión, destacó la necesidad de un fuerte impulso político para garantizar los progresos en esa esfera.

165. El Sr. Khosla disertó sobre el manejo integrado de los desechos y sobre la importancia de adoptar un enfoque regional, dos de las orientaciones normativas señaladas en el documento del Sr. Jelev (UNEP/CHW.7/27). Dijo que, habida cuenta del carácter complejo de las negociaciones internacionales, a menudo se llegaba a un acuerdo sobre una parte muy reducida de una cuestión mucho más amplia, lo que permitía avanzar en un aspecto determinado pero restaba importancia a la cuestión original. Eso era lo que sucedía con el problema de los desechos a nivel mundial; se había decidido abordar la cuestión del movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos, pero se había pasado por alto el problema más general.

166. Tras expresar particular preocupación por el agravamiento del problema de los desechos electrónicos y reconocer que sería imposible modificar totalmente las pautas actuales de consumo mundial, dijo que el desafío consistía en encontrar procesos de producción diferentes y centrar la atención en las medidas preventivas, más que en las correctivas. Sería imposible continuar manejando los desechos con el criterio actual y era necesario adoptar una metodología completamente nueva. Si bien las gestiones tendientes a establecer mecanismos nuevos que permitieran avanzar en esa dirección debían realizarse primeramente a nivel local y nacional, era necesario que contaran con el respaldo de instituciones como el Convenio de Basilea. El desafío que se planteaba tenía un alcance tan amplio que requeriría un apoyo financiero considerable.

167. El Sr. Conway hizo una presentación en PowerPoint sobre la estrategia de movilización de recursos-movilización de recursos para un futuro más limpio, que se exponía en el documento UNEP/CHW.7/26/Add.3. Dijo que la estrategia de movilización de recursos respondía a la preocupación expresada por las Partes de que los fondos actualmente disponibles para aplicar el Plan Estratégico estaban muy por debajo del nivel necesario. También respondía a la necesidad de promover un mayor conocimiento del Convenio de Basilea en las instituciones financieras internacionales y bilaterales y afrontar el hecho de que las Partes no habían tomado las medidas adecuadas para conseguir financiación. Agregó que la estrategia también ayudaría a subsanar la falta de sinergia con las instituciones conexas a nivel internacional y nacional que se percibía.

168. Tras describir con cierto detalle los objetivos de la estrategia y los principales mensajes que ésta transmitía, el orador señaló que el plan de acción de la estrategia de movilización de recursos preveía determinadas medidas, aportaciones y resultados que podían dividirse en tres categorías, a saber: preparar a los países en desarrollo y a los países con economías en transición para que puedan solicitar y recibir asistencia; preparar el terreno dentro de las instituciones financieras para los pedidos de asistencia; y trabajar de manera más eficaz con otros acuerdos multilaterales sobre medio ambiente y otras instituciones internacionales para fomentar la aplicación de enfoques coordinados.

169. Después de la presentación del Sr. Conway, el Sr. Gorman habló de la estrategia de movilización de recursos. En cuanto a si los recursos con que contaba la secretaría eran suficientes para aplicar el Convenio, dijo que la Conferencia debía comenzar por definir con precisión lo que deseaba

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lograr. Con respecto a promover un mayor conocimiento del Convenio dentro de instituciones financieras como el Banco Mundial, dijo que si bien existía claramente un volumen considerable de información disponible sobre el Convenio de Basilea y otros convenios pertinentes, sería útil de todos modos analizar la forma de integrar las políticas adoptadas en virtud de esos convenios en la financiación del Banco. También era importante considerar que, como los programas del Banco Mundial y de los organismos de ayuda se centraban principalmente en la mitigación de la pobreza y eran impulsados en su mayor parte por los países, incumbía a los propios países, más que a la secretaría, determinar si la incorporación de los objetivos del Convenio de Basilea en esos programas era una prioridad.

170. Tras describir los tipos de asistencia prestada por el Banco Mundial en esferas relacionadas con el manejo de los desechos, el Sr. Gorman subrayó que, para aprovechar la financiación destinada a la aplicación del Convenio de Basilea, era fundamental analizar hasta qué punto el Convenio encajaba en las tendencias financieras actuales. También era importante limitar cualquier superposición de esfuerzos y velar por que los expertos en manejo de desechos que participaban en los cursos prácticos tuvieran la oportunidad de trabajar sobre el terreno en sus propios países. A la vez de subrayar la utilidad del enfoque estratégico propuesto para la gestión de los productos químicos a nivel internacional y la importancia de adoptar un criterio de sinergia, el orador puso de relieve un proyecto del FMAM que había sido cofinanciado por el Banco Mundial para reducir y eliminar los contaminantes orgánicos persistentes.

D. Diálogo de alto nivel

171. En los párrafos que figuran a continuación se reseñan las observaciones formuladas por los ministros y jefes de delegaciones durante el diálogo que mantuvieron sobre los dos temas centrales de la serie de sesiones.

172. Varios representantes reconocieron los avances logrados en el manejo sostenible de los desechos merced a la aplicación del Convenio de Basilea. Mientras que varios representantes señalaron que el problema de los desechos era una cuestión de alcance mundial, otro consideraba que los problemas eran localizados y debían encararse como tales, sugiriendo incluso que el tema de la serie de sesiones debería ser “alianza para hacer frente al problema de los desechos a nivel local y mundial”. La importancia de las asociaciones fue reconocida y bien acogida en forma unánime. Varios representantes subrayaron la necesidad de estimular la formación de asociaciones entre todos los interesados directos, y uno de ellos agregó que esas asociaciones debían ser equilibradas y transparentes y reflejar las prioridades de los países en desarrollo. Hubo coincidencia de opiniones en cuanto a la necesidad de crear asociaciones en los niveles nacional y regional, de alianzas Norte-Sur y Sur-Sur y también de asociaciones entre el sector público y el privado. Un representante recordó a la Conferencia que debía tener presente el papel de la mujer en esas asociaciones, mientras que otro sugirió que se crearan asociaciones con parlamentarios. Un representante sugirió asimismo que se formaran asociaciones para abordar determinados elementos del Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre de Johannesburgo. Otro representante sugirió también que se crearan asociaciones entre los gobiernos locales y el gobierno nacional, mientras que otro opinó que los programas sobre modalidades de asociación debían formularse de manera que pudieran ser utilizados por las empresas pequeñas y medianas. Un representante señaló la necesidad de formar asociaciones entre la industria y otros interesados directos, en las que todas las partes obtuvieran beneficios.

173. Varios representantes elogiaron la iniciativa de Suiza sobre la modalidad de asociación en materia de teléfonos móviles, como un primer paso y un buen ejemplo de enfoque mundial de los programas sobre modalidades de asociación. Otros pusieron de relieve los problemas de desechos peligrosos que creaban los buques desguazados, y uno propuso que se estableciera un programa sobre modalidades de asociación para el desguace de embarcaciones.

174. Varios representantes destacaron la importancia de centrar la atención en la reducción al mínimo de los desechos, y que ésta debía ser la estrategia subyacente del manejo ambientalmente racional y sostenible de los desechos. Muchos representantes apoyaron la noción de las “tres erres”: reducción, recuperación y reciclado de desechos. Uno de ellos sugirió pasar de las medidas correctivas a las preventivas en apoyo de la noción de las “tres erres”, y otros dos propusieron incluir la idea de reparación para complementar las “tres erres”.

175. En cuanto a la transferencia de tecnología, varios representantes abogaron por una producción menos contaminante y nuevos métodos de producción y diseño para reducir al mínimo los desechos.

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Uno de ellos dijo que el tratamiento de los desechos debía debía empezar desde la fuente y otro añadió que debía reducirse la utilización de sustancias o materiales peligrosos en la etapa de producción. Otro representante dijo que la empresa privada debía recibir estímulos e incentivos para encarar la producción y la generación de desechos de forma ambientalmente racional. Otro representante dijo que el objetivo de la emisión cero para las industrias era loable, pero difícil de alcanzar para los países en desarrollo debido a su falta de capacidad. Varios representantes abogaron por la promoción de la evaluación y gestión de los desechos teniendo en cuenta el ciclo de vida. Un representante dijo que era necesario poder tener acceso a la tecnología eficiente disponible. Un representante dijo que la transferencia de tecnología debía hacerse extensiva a las empresas pequeñas y otro añadió que debía ser transparente y flexible y requería decisiones estratégicas.

176. Varios representantes elogiaron el establecimiento de los centros regionales del Convenio de Basilea e hicieron notar su utilidad. Algunos representantes señalaron la importancia de los centros para el fortalecimiento de la capacidad en la gestión de los desechos peligrosos. Uno de ellos observó que sería útil ejecutar los programas de los centros mediante el establecimiento de un fondo fiduciario especial. Unos pocos representantes subrayaron la necesidad de cooperación entre los centros nacionales y regionales y en su propio seno. Un representante hizo notar que el aumento de la cooperación regional podría redundar en un aumento de los movimientos de productos químicos en las regiones y destacó que ese aumento sería aceptable siempre que fuera reglamentado como es debido por instrumentos como el Convenio de Rotterdam. Varios representantes expresaron su agradecimiento a los países donantes que habían prestado asistencia para el establecimiento de centros regionales y respaldado la aplicación del Convenio. Un representante sugirió que se prestara asistencia para el establecimiento de centros nacionales a fin de encarar cuestiones locales concretas.

177. Otras cuestiones concretas que, según se puso de relieve requerían atención eran las buenas prácticas de administración interna de los hospitales, en particular teniendo en cuenta las poblaciones asentadas cerca de las fuentes de desechos médicos; los desechos biomédicos; los desechos de acumuladores; el tratamientos de los desechos domésticos; el equipo eléctrico y electrónico de desecho; los aceites usados; el envasado excesivo; los vehículos en desuso; y la ropa vieja. Otros subrayaron la necesidad de hallar soluciones para las existencias de plaguicidas caducados en los países en desarrollo, cuya destrucción no era posible debido a la falta del equipo y la infraestructura necesarios y al problema del tráfico ilícito. Un representante destacó la necesidad de encontrar otras soluciones para el manejo de los desechos que complementaran los compromisos existentes. Se señaló a la atención la importancia del intercambio de información en ese sentido. Un representante afirmó que en el proyecto de programa de trabajo no se prestaba la atención debida al problema de los desechos electrónicos. Los desechos electrónicos debían diferenciarse de los artículos electrónicos que podían reutilizarse, y debían realizarse esfuerzos para mejorar el diseño de dichos productos a fin de asegurar que la reutilización fuera siempre una opción. Un representante reseñó la legislación regional sobre dicha cuestión en su región, que contemplaba cuestiones como la responsabilidad de los productores, el requisito de la eliminación gradual del empleo de materiales peligrosos en tales productos y obligaciones en materia de reciclado.

178. Varios representantes exhortaron a la Conferencia a considerar la posibilidad de establecer un mecanismo financiero. Hicieron notar la importancia de la movilización y la determinación de recursos y de contar con recursos que fueran previsibles y sostenibles. Un representante propuso que se identificaran recursos en los planos internacional y regional. Otro sugirió que se concediera prioridad a la identificación de asistencia técnica y financiera para la ejecución de proyectos regionales. Un representante dijo que estaba de acuerdo en que era necesario aumentar el presupuesto del Convenio de forma que pudiera funcionar con efectividad pero subrayó que dicho aumento no debía entrañar una carga financiera adicional para los países en desarrollo. El grupo de países africanos presentó un proyecto de decisión sobre el establecimiento de un mecanismo financiero para la aplicación del Convenio de Basilea. Un representante opinó que el FMAM era el mecanismo más idóneo para desempeñar dicha función.

179. Varios representantes señalaron la falta de marcos institucionales y jurídicos para gestionar sin riesgo los desechos y destacaron la necesidad de crear capacidad. Un representante se declaró partidario de la promoción de programas de creación de capacidad. Otro pidió que se prestara apoyo a la capacitación del personal de vigilancia en los puntos de entrada respecto de la aplicación correcta de la legislación pertinente. Un representante subrayó la necesidad de que después de los cursos prácticos y seminarios se hicieran visitas sobre el terreno y actividades prácticas en situaciones reales. Algunos representantes señalaron que a los países en desarrollo les resultaba difícil determinar los desechos que debían consignar en sus inventarios nacionales. Algunos países abogaron por la cooperación entre los

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países en desarrollo entre sí, así como en los países en desarrollo y los países con economías en transición, por una parte, y los países desarrollados por otra, sobre la base de sus responsabilidades comunes pero diferenciadas, particularmente en los países en desarrollo. Los representantes de dos pequeños Estados insulares en desarrollo destacaron los problemas particulares enfrentados por esos países para ocuparse de los desechos peligrosos debido a la fragilidad de sus ecosistemas, a la falta de instalaciones de eliminación de desechos y al escaso desarrollo de su infraestructura, y señalaron a la atención la próxima reunión internacional sobre los pequeños Estados insulares en desarrollo que se celebraría en Mauricio en enero de 2005.

180. Un representante opinó que debía prestarse una atención especial a los países que se hallaban en situaciones posteriores a los conflictos. Otro representante subrayó que los esfuerzos de creación de capacidad quedarían gravemente comprometidos a menos que se hicieran esfuerzos para encarar otros problemas enfrentados por esos países y mencionó en particular el problema del VIH/SIDA en el África al sur del Sahara. Un representante pidió que se adoptaran medidas concretas para resolver el problema de la gestión de los desechos en los países con economías en transición y dijo que su país estaba dispuesto a compartir su amplia experiencia en esa esfera con otros países.

181. Varios representantes destacaron la necesidad de conseguir que entre los convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo se generasen efectos sinérgicos que fomentasen y mejorasen la repercusión de los tres instrumentos. No obstante, otro representante instó a que se actuara con cautela en ese sentido, arguyendo que los requisitos particulares de cada uno de los convenios no deberían desdibujarse o diluirse por el empeño en promover las sinergias entre ellos. Un representante dijo que el trabajo conjunto podía servir de ayuda en los esfuerzos por alcanzar la meta de 2020 para el manejo seguro de los productos químicos establecida en el Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo. Muchos representantes hicieron también hincapié en la necesidad de conseguir que, con el apoyo de la comunidad internacional, se produjeran efectos sinérgicos entre todos los interesados. Algunos representantes dijeron que esos efectos podrían ampliar el ámbito de las actividades encaminadas a abordar los problemas relacionados con los tres convenios. Varios representantes recordaron a la Conferencia la importancia del proceso propuesto para aplicar un enfoque estratégico a la gestión de los productos químicos a nivel internacional en lo que se refería a fomentar los efectos sinérgicos y la coordinación entre los convenios, en tanto que otro representante dijo que debía prestarse apoyo al programa sobre el mercurio que había puesto en marcha la División de Productos Químicos del PNUMA.

182. Varios representantes se refirieron a la cuestión de vincular las estrategias de gestión de los desechos con las políticas de desarrollo. Se sugirió que los países desarrollados debían tratar de ayudar a los países en desarrollo a mitigar la pobreza y promover el desarrollo de conformidad con los requisitos establecidos en el Programa 21. Era importante separar el crecimiento económico de la generación de desechos para que ésta no fuese siempre una consecuencia inevitable de ese crecimiento y velar por que los programas de gestión de desechos se adecuasen a un crecimiento económico sostenible. Mediante los procesos de gestión de los desechos podía hacerse frente a males sociales como la pobreza y las enfermedades y podía mejorarse la calidad de vida de la población. Se dijo que las personas más pobres eran las que estaban más expuestas a los riesgos derivados de los desechos peligrosos y, sin embargo, eran las pioneras en la reutilización, el reciclado y la recuperación y en la adopción de formas innovadoras de ampliar la vida de los productos. En los programas de reciclado debían contemplarse también las barreras económicas y sociales para la comercialización de esos productos. Un representante dijo que debían tenerse debidamente en cuenta las formas de vida autóctonas y otro recordó a la Conferencia que debía prestarse atención a los programas de fomento de la sensibilización. Algunos representantes pidieron a la Conferencia que prestara atención a la Enmienda sobre la Prohibición.

183. Se sugirió que las empresas privadas debían ser competitivas y proteger al mismo tiempo el medio ambiente y que debían considerar la ordenación ambiental no como un gasto, sino como una inversión. Debía alentarse a los países a apartarse de las economías basadas en la noción de los artículos desechables.

184. En cuanto a la aplicación, algunos representantes dijeron que las decisiones adoptadas por la Conferencia debían ir acompañadas de medidas reales. La aplicación era clave para el éxito del Convenio de Basilea y un requisito previo para el desarrollo sostenible. En ese contexto, dos representantes hicieron hincapié en que la aplicación del Convenio debía basarse, en particular, en el respeto de pilares sólidos como el principio de quien contamina paga, el enfoque del ciclo de vida y el principio de proximidad, es decir, que los desechos debían tratarse en su fuente o lo más cerca posible

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de ella. Un representante hizo hincapié en que la responsabilidad por los desechos producidos en los países que contaban con muchos recursos debía recaer en esos países. Varios representantes señalaron que los países debían ser conscientes de la carga financiera que se imponía a los países que recibían desechos; los productores tenían la responsabilidad moral de utilizar sus beneficios para proteger a las poblaciones de los países receptores. Un representante dijo que los interesados debían cooperar para revertir la tendencia a la degradación del medio ambiente. Otro representante alentó a los Estados a que estudiasen ideas innovadoras para la gestión de los desechos, mientras que un tercero destacó la necesidad de cerrar los resquicios que había en el Convenio. Un representante señaló que el Convenio constituía un foro valioso para la solución de diferencias entre los países productores y consumidores.

185. Tras el debate, el Sr. Ntagazwa agradeció la valiosa contribución de todos los que habían participado y dijo que esperaba que como corolario de los debates la Conferencia adoptaría un presupuesto que permitiría la aplicación del Convenio de Basilea.

E. Adopción de la declaración ministerial y de la decisión sobre la reducción a un mínimo de los desechos

186. La Conferencia volvió a examinar el tema en su 11a y última sesión, momento en el cual adoptó una declaración ministerial sobre las alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial, en su forma enmendada oralmente. La declaración ministerial adoptada se reproduce en el anexo V del presente informe.

187. En la misma sesión, la Conferencia también adoptó, en relación con el tema del programa, una decisión sobre la reducción a un mínimo de los desechos peligrosos, basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente, en su forma oralmente enmendada. La decisión figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/2.

IX. Otros asuntos

A. Reunión internacional para examinar la aplicación del Programa de Acción de Barbados

188. El representante de Mauricio informó a la Conferencia acerca de una reunión internacional que estaba organizando la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible para examinar la aplicación del Programa de Acción de Barbados para el desarrollo sostenible de los pequeños Estados insulares en desarrollo y que se celebraría en Mauricio del 10 al 14 de enero de 2005. Se refirió a las dificultades específicas a las que se enfrentaban los pequeños Estados insulares en desarrollo a la hora de aplicar el Convenio de Basilea, especialmente por sus características geográficas singulares, su vulnerabilidad, la falta de recursos y conocimientos adecuados, así como por el alto coste del transporte y de la eliminación de los desechos peligrosos. Instó a que se cooperase con los centros regionales del Convenio de Basilea en la elaboración y aplicación de medidas concretas orientadas a los pequeños Estados insulares en desarrollo en apoyo del Convenio de Basilea, el Plan Estratégico y el Programa de Acción de Barbados.

189. El representante de Mauricio presentó, a continuación, un proyecto de decisión en el que se solicitaba a la secretaría que cooperara con el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas en las actividades que revestían importancia para los pequeños Estados insulares en desarrollo destinadas a prestar apoyo a la aplicación de la Declaración de Basilea, el Plan Estratégico y las actividades complementarias del Programa de Acción de Barbados. Un representante destacó que esa cooperación no debería tener ninguna consecuencia presupuestaria. Teniendo esto presente, la Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/5.

B. Premio Nobel de la Paz

190. En la serie de sesiones de alto nivel, el Sr. Ntagazwa, en su calidad de Vicepresidente de la Conferencia, felicitó a Kenya por la concesión a la Sra. Wangari Maathai, una ecologista keniata, del Premio Nobel de la Paz 2004 por su contribución al desarrollo sostenible, la democracia y la paz. Ese

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reconocimiento ponía de relieve la estrecha vinculación en todo el mundo entre los conflictos y la degradación del medio ambiente y el papel esencial que tienen los esfuerzos en pro del medio ambiente en la preservación de la paz.

C. Ofrecimientos para acoger la octava reunión de la Conferencia de las Partes

191. En la serie de sesiones de alto nivel, los representantes de Kenya e Indonesia expresaron el interés de sus países en acoger la octava reunión de la Conferencia de las Partes. Kenya informó que los países africanos habían convenido en presentar a un solo país para acoger la reunión, a saber, Kenya.

192. En la 11a sesión, celebrada al final del viernes 29 de octubre, Indonesia avisó a la Conferencia que había estado de acuerdo en que un solo país se presentase como candidato para acoger la octava reunión de la Conferencia. Así pues, la Conferencia adoptó una decisión basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento UNEP/CHW.7/32, en virtud de la cual acordó que la octava reunión de la Conferencia de las Partes se celebraría en Nairobi, del 27 de noviembre al 1o de diciembre de 2006. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/42.

D. Anexos del Convenio de Basilea y procedimientos conexos: versión en idioma francés de las listas de desechos

193. La representante de Francia presentó una versión revisada de la traducción al francés de las listas de desechos que figuraban en los anexos VIII y IX del Convenio de Basilea, remitida por el Ministerio de Ecología y Desarrollo Sostenible de Francia. Agradeció también la colaboración de la OCDE y del Gobierno del Canadá en la preparación de la traducción.

194. La Conferencia adoptó una decisión sobre la cuestión basada en el proyecto de decisión que figuraba en el documento de sesión pertinente. La decisión adoptada figura en el anexo I del presente informe como decisión VII/21.

E. Ceremonia para la firma de los acuerdos marco para los centros regionales

195. Durante la serie de sesiones de alto nivel se celebró una ceremonia en la que los representantes de Egipto, Indonesia y Trinidad y Tabago firmaron los acuerdos marco para el establecimiento de los centros regionales del Convenio de Basilea en sus regiones respectivas.

X. Adopción de las decisiones y aprobación del informe

196. La Conferencia de las Partes adoptó decisiones sobre diversas cuestiones relacionadas con los temas incluidos en el programa de la reunión. La adopción de cada una de esas decisiones se describe en la sección del presente informe en que se debate el tema relacionado con la decisión. Las decisiones adoptadas figuran en el anexo I del presente informe.

197. En su 11ª y última sesión, celebrada en la madrugada del sábado 30 de octubre, la Conferencia aprobó el presente informe sobre la base del proyecto que figuraba en los documentos UNEP/CHW.7/L.1, Add.1 y Add.2 en su forma enmendada oralmente, dando por sobreentendido que la secretaría, en consulta con el Presidente y el Relator, se encargaría de redactar la versión definitiva.

XI. Clausura de la reunión

198. Tras el habitual intercambio de cortesías, el Presidente declaró clausurada la reunión a las 14.30 horas del día sábado 30 de octubre de 2004.

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Anexo I

Decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes en su séptima reunión

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VII/1. Plan estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea ..................................................32 VII/2. Reducción a un mínimo de los desechos peligrosos ...............................................................32 VII/3. Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea .........................................33 VII/4. Iniciativa sobre la modalidad de asociación en materia de teléfonos móviles ........................38 VII/5. Pequeños Estados insulares en desarrollo ...............................................................................39 VII/6. Aplicación de la Iniciativa Ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África

en la medida en que guarda relación con los desechos peligrosos y otros desechos..............39 VII/7. Actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible............40 VII/8. Creación de capacidad para la aplicación del Plan Estratégico...............................................41 VII/9. Centros regionales del Convenio de Basilea: informe sobre la

marcha de las actividades........................................................................................................42 VII/10. Establecimiento de un centro regional del Convenio de Basilea en Teherán..........................42 VII/11. Designación de autoridades competentes y puntos de contacto ..............................................43 VII/12. Programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta para 2005-2006 .............43 VII/13. Preparación de las directrices técnicas sobre contaminantes orgánicos persistentes...............48 VII/14. Preparación de las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente

racional de metales y compuestos metálicos (R4)...................................................................49 VII/15. Preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los

desechos resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos (Y17) .......................50 VII/16. Aplicación de las directrices técnicas existentes.....................................................................50 VII/17. Labor sobre las características de peligro ...............................................................................50 VII/18. Examen de la información científica sobre la eliminación de desechos de PVC....................52 VII/19. Revisión o ajuste de las listas de desechos incluidas en los anexos VIII y IX del

Convenio de Basilea ..............................................................................................................52 VII/20. Clasificación nacional y procedimientos de control para la importación de los

desechos que figuran en el anexo IX.......................................................................................53 VII/21. Listas de desechos...................................................................................................................53 VII/22. Armonización de las listas de desechos y procedimientos conexos........................................64 VII/23. Aplicación de la decisión III/1 ................................................................................................64 VII/24. Análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII .......................................................65 VII/25. Grupo de trabajo conjunto de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización

Marítima Internacional y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones.............65 VII/26. Manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones .........................................68 VII/27. Abandono de embarcaciones ..................................................................................................70 VII/28. Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización.................................................70

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VII/29. Directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32 sobre la ampliación del alcance del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea ................................71

VII/30. Mecanismo para la aplicación y el cumplimiento: programa de trabajo para 2005–2006.......................................................................................................................72

VII/31. Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento: elección de los miembros ........73 VII/32. Lista de comprobación para la preparación de legislación nacional para la

aplicación del Convenio de Basilea ........................................................................................74 VII/33. Definiciones nacionales de desechos peligrosos .....................................................................74 VII/34. Tráfico ilícito ..........................................................................................................................80 VII/35. Transmisión de información, incluida la aplicación de la decisión II/12................................80 VII/36. Elementos de orientación para acuerdos y arreglos bilaterales,

multilaterales y regionales ......................................................................................................81 VII/37. Enmienda del artículo 29 del Reglamento ..............................................................................82 VII/38. Cooperación internacional, incluida la cooperación con la Organización Mundial del

Comercio y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial.........................................................82 VII/39. Arreglos institucionales...........................................................................................................84 VII/40. Financiación sostenible ...........................................................................................................84 VII/41. Asuntos financieros.................................................................................................................85 VII/42. Fecha y lugar de la octava reunión de la Conferencia de las Partes......................................102

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VII/1. Plan estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Recordando sus decisiones VI/1y VI/2, en la cual aprobó el Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea hasta 2010 como el principal vehículo para llevar adelante la puesta en práctica de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional,

Tomando nota con reconocimiento del informe de la secretaría sobre el progreso realizado en la aplicación del Plan Estratégico,

Acogiendo con beneplácito el progreso realizado en la aplicación de las propuestas de proyectos aprobadas en el marco del Plan Estratégico,

Recordando que el Grupo de Trabajo de composición abierta debería examinar, y modificar según sea necesario, el cuadro de medidas a la luz de la experiencia obtenida en la aplicación de las actividades del período 2003-2004,

Tomando nota de que es esencial contar con una base financiera sostenible y suficiente para aplicar las medidas prioritarias del Plan Estratégico hasta 2010.

1. Conviene en que las Partes y los centros regionales del Convenio de Basilea, en asociación con otros interesados directos, deberían continuar promoviendo la aplicación del Plan Estratégico;

2. Pide a la secretaría que ayude a las Partes y a los centros regionales del Convenio de Basilea a preparar proyectos para presentarlos a los donantes en el período 2005-2006;

3. Pide a la secretaría que continúe asistiendo a las Partes, los centros regionales del Convenio de Basilea y otros interesados directos en el desarrollo y ejecución, con la orientación del Grupo de Trabajo de composición abierta, de las actividades prioritarias que figuran en el Plan Estratégico y en la elaboración de programas sobre modalidades de asociación en apoyo del Plan Estratégico;

4. Alienta firmemente a las Partes receptoras a que incluyan en sus programas nacionales de asistencia para el desarrollo prioridades para los proyectos que posibiliten la ejecución del Plan Estratégico y que pidan a otras Partes, los centros regionales del Convenio de Basilea y la secretaría que las ayuden a dirigirse a los donantes en busca de asistencia para movilizar los recursos financieros disponibles para tal fin;

5. Pide a la secretaría que presente un informe a la Conferencia de las Partes en su octava reunión sobre el progreso realizado en la aplicación del Plan Estratégico y, según proceda, al Grupo de Trabajo de composición abierta sobre la experiencia obtenida y los obstáculos encontrados.

VII/2. Reducción a un mínimo de los desechos peligrosos

La Conferencia de las Partes,

Reafirmando los objetivos fundamentales del Convenio de Basilea, a saber: la disminución de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y otros desechos sujetos al Convenio de Basilea, la prevención y la reducción al mínimo de su generación, la gestión ambientalmente racional de ese tipo de desechos, y la promoción activa de la transferencia y utilización de tecnologías menos contaminantes,

Recordando la declaración ministerial formulada en la quinta reunión de la Conferencia de las Partes, en la que se afirma que, a pesar de los esfuerzos mancomunados realizados durante el primer decenio del Convenio de Basilea, la generación de desechos peligrosos ha seguido aumentando a nivel mundial y los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos todavía constituyen objeto de preocupación,

Refiriéndose al Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea, cuyo objetivo es prestar asistencia a las Partes en el Convenio de Basilea para lograr el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, haciendo hincapié en la reducción a un mínimo de esos desechos,

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Reconociendo las dificultades con que se encuentran las Partes para formular y poner en práctica estrategias de reducción a un mínimo de los desechos peligrosos, con inclusión del desarrollo de tecnologías, materiales y productos para lograr ese fin,

Tomando nota con reconocimiento de la labor realizada hasta el momento por los centros regionales del Convenio de Basilea y reconociendo la función esencial que éstos cumplen en cuanto a crear alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial,

1. Hace un llamamiento a todas las Partes y a otros Estados para que redoblen sus esfuerzos para reducir la generación y movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos sujetos al Convenio de Basilea;

2. Alienta a las Partes a que seleccionen por lo menos una corriente de desechos peligrosos que sea motivo especial de preocupación para ellas, o a que, en colaboración con los centros regionales del Convenio de Basilea, preparen proyectos regionales piloto para que se adopten medidas especiales con miras a prevenir o reducir la generación de desechos peligrosos, y a que, para compartir sus experiencias en beneficio de todas las Partes, presenten información a la secretaría sobre las medidas adoptadas, los resultados obtenidos y la experiencia adquirida;

3. Alienta también a las Partes a que presten apoyo a las alianzas que se creen entre las autoridades públicas, el sector industrial, los grupos ecologistas y otros interesados directos;

4. Pide a la secretaría que publique la información antes referida en el sitio del Convenio en la web (www.basel.int) y la envíe por correo a las Partes que lo soliciten para que éstas la examinen y se preparen para un posible examen ulterior por la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

VII/3. Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/32,

1. Aprueba el plan de trabajo para el período 2005–2006 del Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea que figura en el anexo de la presente decisión;

2. Pide a la secretaría que, dependiendo de los recursos de que se disponga, siga ejecutando el plan de trabajo en cooperación con todos los asociados competentes e interesados, y que mantenga periódicamente informados al Grupo de Trabajo de composición abierta y a la Conferencia de las Partes de los progresos alcanzados, así como de las iniciativas para incluir nuevos proyectos con el fin de adoptar una decisión al respecto;

3. Alienta a las Partes y signatarios a que imiten a Australia, el Japón y Suiza y proporcionen financiación al Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea y participen activamente en el programa;

4. Alienta a la sociedad civil en general, incluidas las organizaciones ambientales no gubernamentales y al sector privado, en particular la industria, a que presten apoyo técnico y financiero al Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea y a que participen en actividades concretas a nivel regional, nacional e internacional.

Anexo de la decisión VII/3 sobre el Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea

Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea: Plan de trabajo correspondiente a 2005–2006

A. Antecedentes

1. En su sexta reunión, celebrada en Ginebra en diciembre de 2002, la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea acordó, en su decisión VI/32, elaborar un programa de trabajo para la cooperación con los sectores industrial y empresarial y las organizaciones ambientales no gubernamentales en el establecimiento de alianzas estratégicas directamente relacionadas con la aplicación del Convenio, sus enmiendas y protocolos.

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2. En el presente documento se esboza un programa de trabajo que responde a dicha decisión y que, en particular:

a) Tiene en cuenta las actividades para 2003-2004 previstas en el Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea;

b) Tiene en cuenta los centros regionales del Convenio de Basilea como posibles mecanismos de ejecución para promover y apoyar las asociaciones entre el sector público y el sector privado en las que se tomen en consideración las particularidades regionales o subregionales;

c) Apoya los objetivos de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional;

d) Reconoce y complementa las iniciativas y proyectos en curso.

B. Introducción

3. La gestión ambientalmente racional a nivel mundial de los desechos peligrosos y otros desechos que se pide en la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional requiere la adopción de medidas a todos los niveles de la sociedad. La capacitación, la información, la comunicación, los instrumentos metodológicos, la creación de capacidad con apoyo financiero, la transferencia de aptitudes prácticas especializadas, conocimientos, procesos y tecnologías menos contaminantes, inocuos y probados son factores impulsores que coadyuvan a la aplicación efectiva de la Declaración de Basilea.

4. La participación y coordinación efectivas de todos los interesados directos pertinentes se considera esencial para el logro de los objetivos de la Declaración de Basilea.

5. El reto está en encontrar y formular soluciones sostenibles y prácticas que posibiliten un desarrollo económico que no traiga consigo los desechos que tradicionalmente genera. Existen otros modelos de desarrollo. La industria y los gobiernos ya comenzaron a aplicar tecnologías de producción menos contaminantes y a hacer que la responsabilidad recaiga más en los productores, lo que implícitamente estimula la utilización de productos y tecnologías de producción menos contaminantes, que utilizan menos insumos y que generan menos desechos.

6. La idea generalizada de que el Convenio de Basilea se ocupa solamente de los desechos peligrosos y/o el movimiento transfronterizo de esos desechos es una traba que obstaculiza el aumento de las asociaciones, lo que se agudiza más cuando el Convenio procura que el sector industrial se preocupe por las consecuencias que traen los productos al llegar al final de su vida útil y que durante esa vida útil no son ni peligrosos ni desechos. Por el contrario, existen muchas posibilidades de dar una interpretación más amplia a las funciones del Convenio de Basilea, como instrumento que contribuye a la gestión efectiva del ciclo de vida de materiales y productos, por ejemplo, en las esferas de la reducción al mínimo de los desechos, el diseño pensado teniendo en cuenta el medio ambiente, la producción menos contaminante y la modificación de las pautas de consumo, así como el manejo de los desechos, incluidos los desechos municipales.

C. Principios generales

1. Derechos y responsabilidades

7. Las modalidades de asociación no pueden generar o derogar los derechos o responsabilidades de las Partes en el marco del Convenio de Basilea.

8. El Programa de modalidades de asociación está sometido a la autoridad de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea.

2. Directrices de las Naciones Unidas para la cooperación con la comunidad empresarial

9. Independientemente de la índole concreta de cada situación, el Programa de modalidades de asociación apoya al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y al Pacto Mundial de

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las Naciones Unidas y es compatible con éstos. Las directrices de las Naciones Unidas1 estipulan que los arreglos de cooperación deberán regirse por los siguientes principios generales:

a) Promover los objetivos de las Naciones Unidas: Es preciso plasmar con claridad la finalidad, que debe consistir en promover objetivos de las Naciones Unidas recogidos en su Carta;

b) Delimitar claramente las obligaciones y funciones: los acuerdos deben basarse en un entendimiento claro de las funciones y expectativas de cada una de las partes, incluida la rendición de cuentas y una distribución clara de las obligaciones;

c) Mantener la integridad y la independencia: Los acuerdos no deben menoscabar la integridad, independencia e imparcialidad de las Naciones Unidas;

d) Igualdad de trato: Todos los miembros de la comunidad empresarial deberían tener la oportunidad de proponer arreglos de cooperación en el marco de las presentes directrices. La cooperación no debería implicar respaldo o preferencia de una entidad empresarial concreta, ni de sus productos o servicios;

e) Transparencia: La cooperación con el sector empresarial debe ser transparente. Se debería ofrecer a la Organización y al público en general información sobre la naturaleza y el alcance de los acuerdos de cooperación.

D. Objetivos del programa

10. Dadas la magnitud y naturaleza del problema de los desechos y la exigencia tanto de conocimientos especializados como de recursos (internos y externos), el Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea se centra en los objetivos siguientes:

a) Iniciar y fiscalizar la actividad práctica de los proyectos en las esferas prioritarias, con particular énfasis en la generación, el movimiento y el manejo ambientalmente racional de los desechos y la activa promoción de la transferencia y el uso de tecnologías menos contaminantes;

b) Ampliar la base de apoyo y de recursos del Convenio, en especial mediante:

i) Una mayor participación local y regional;

ii) Un mejor análisis y comprensión de las funciones del Convenio de Basilea en relación con el problema de los desechos, así como un mayor apoyo político para lograr la más amplia perspectiva programática;

iii) Un aumento del acceso a los servicios de expertos y recursos externos (por ejemplo, de la industria, las organizaciones ambientales no gubernamentales, las organizaciones filantrópicas y otros organismos de las Naciones Unidas y autoridades regionales y nacionales);

c) Aumentar la comunicación con los interesados directos y su participación.

E. Esferas prioritarias

11. El Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea hasta 2010, aprobado en la sexta reunión de la Conferencia de las Partes (diciembre de 2002), define las corrientes de desechos prioritarias, que incluyen los desechos electrónicos, acumuladores de ácido-de-plomo usados, aceites usados, existencias obsoletas de plaguicidas, PCB, dioxinas y furanos, subproductos del desguace de embarcaciones, desechos biomédicos y desechos provenientes de las actividades de atención de la salud. En la primera reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta (abril-mayo de 2003) se convino en financiar una nueva asociación con las municipalidades para la gestión ambientalmente racional de los desechos peligrosos en las zonas urbanas2. Estas prioridades se incluyen, o se pueden incluir, en el Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea.

1 Building Partnerships: Cooperation between the United Nations and the Private Sector (Publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta E.02.I.12). 2 Decisión OEWG-I/1.

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12. Periódicamente surgirán otras oportunidades de asociación que requerirán una respuesta oportuna de la secretaría del Convenio de Basilea. La secretaría las evaluará y comenzará los procesos del caso para responder a estas oportunidades según sea necesario.

13. Las actividades del programa incluidas en los objetivos programáticos mencionados anteriormente se presentan en el cuadro 1.

F. Interesados directos

14. La participación de la sociedad civil es una de las prioridades principales del Programa de modalidades de asociación. En las iniciativas de asociación deberían participar plenamente las organizaciones ambientales y otras organizaciones no gubernamentales, junto con las empresas líderes industriales.

15. En el Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea se valoran los amigos de siempre pero también se reconoce que para mantener vivo el interés en el problema de los desechos y lograr la más amplia perspectiva programática que necesita el Convenio se requerirá la incorporación de nuevos asociados.

16. Asimismo, es necesario considerar otras organizaciones ambientales no gubernamentales, además de las tradicionales, para que el Convenio de Basilea consiga forjar alianzas estratégicas con organizaciones cuyos programas pueden llegar a ser de interés (p.ej., organizaciones no gubernamentales que realizan actividades para mitigar la pobreza, o en pro del desarrollo social y económico o la promoción de la salud, o se ocupan de cuestiones relacionadas con la salud y la seguridad en el lugar de trabajo) y con fundaciones que participan en labores filantrópicas más generales.

17. Los centros regionales del Convenio de Basilea pueden desempeñar una función clave tanto en la promoción del Convenio entre posibles asociados como en la creación de capacidad, la capacitación y la prestación de otros servicios a nivel regional.

18. Los interesados directos variarán de acuerdo con el proyecto o la iniciativa de que se trate. Los criterios para la selección de los asociados serán:

a) Haber demostrado su compromiso con los principios, prácticas y promulgación del concepto de la gestión ambientalmente racional;

b) Haber demostrado su disposición a entablar un diálogo útil y a cooperar con otros asociados, las Partes y los signatarios del Convenio de Basilea, los centros regionales y la secretaría del Convenio de Basilea;

c) Haber demostrado tener conocimientos especializados o experiencia en el tema del proyecto o iniciativa de que se trate;

d) Haber demostrado capacidad para la creación de redes.

19. La participación de los asociados tendrá en todo momento carácter voluntario.

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Cuadro 1

Programa de modalidades de asociación del Convenio de Basilea

Plan de trabajo 2005–2006 Objetivo Elementos del

programa Actividades clave Indicadores de rendimiento

1 Iniciar y fiscalizar las actividades prácticas de los proyectos en las esferas prioritarias, con especial énfasis en la generación, movimiento y manejo ambientalmente racional de los desechos y la promoción activa de la transferencia y el uso de tecnologías menos contaminantes

Elaboración y ejecución de proyectos cooperativos

Sensibilización

Participación de los interesados directos

1. Iniciativa sobre la modalidad de asociación en materia de teléfonos móviles

2. Computadoras personales 3. Existencias obsoletas de plaguicidas

en África 4. Modalidad de asociación para los

aceites usados en África 5. Desechos biológicos y médicos 6. Acumuladores de ácidos-plomo

usados 7. Asociaciones con municipalidades

para el manejo ambientalmente racional de desechos peligrosos en zonas urbanas

Establecimiento de asociaciones efectivas con los interesados directos pertinentes para apoyar las actividades de manejo ambientalmente racional de las corrientes prioritarias de desechos determinadas en el Plan Estratégico

Ratificación y aplicación del Convenio de Basilea, sus protocolos, enmiendas y decisiones

2 Ampliar la base de recursos y de apoyo del Convenio

Sensibilización

Reunión de fondos

Participación de los interesados directos

Elaborar y poner en práctica un programa de reunión de fondos

Identificar y establecer contacto con posibles donantes

Mayor participación local y regional

Mejor análisis y comprensión y mayor apoyo político

Mayor acceso a los servicios de expertos y recursos externos (por ejemplo, de la industria, las organizaciones ambientales no gubernamentales, las organizaciones filantrópicas y otros organismos de las Naciones Unidas y autoridades regionales y nacionales)

3 Incrementar la comunicación con los interesados directos y su participación

Participación de los interesados directos

Comunicaciones y actividades en la esfera de los asuntos públicos

Creación de un foro de asociados del Convenio de Basilea

(Con la finalidad de formalizar la realización de debates periódicos entre las organizaciones no gubernamentales asociadas al Convenio)

Mayor apoyo de autoridades importantes del sector industrial y de las organizaciones no gubernamentales a los objetivos del Convenio de Basilea

Mayor apoyo a los centros regionales del Convenio de Basilea

Boletín informativo del Convenio mejorado

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VII/4. Iniciativa sobre la modalidad de asociación en materia de teléfonos móviles

La Conferencia de las Partes,

Teniendo en cuenta la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional,

Habiendo considerado la decisión VII/3 sobre modalidades de asociación con organizaciones ambientales no gubernamentales y con los sectores industrial y empresarial,

Recordando su decisión VI/31 sobre una modalidad de asociación sostenible para el manejo ambientalmente racional de los teléfonos móviles al final de su vida útil,

Tomando nota con reconocimiento de la iniciativa adoptada por el Presidente de la Mesa Ampliada de la quinta reunión de la Conferencia de las Partes para establecer una asociación sostenible para el manejo ambientalmente racional de los teléfonos móviles al final de su vida útil,

Acogiendo con satisfacción la labor del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles y diversos grupos de proyecto que tratan de la restauración, la recogida, los movimientos transfronterizos, el reciclado y la sensibilización,

Acogiendo también con satisfacción los aportes financieros de Australia, el Japón, Suiza y Shields Environmental Group (Reino Unido) y los aportes en especie de las Partes y signatarios, fabricantes de teléfonos móviles y otros interesados directos,

Tomando nota de los grandes esfuerzos de las Partes, la industria y demás interesados directos para preparar diversos informes de proyectos y un documento de orientación general sobre el manejo ambientalmente racional de los teléfonos móviles al final de su vida útil,

Tomando nota también de que son necesarios esfuerzos adicionales y una mayor participación de todas las Partes e interesados directos para finalizar esos informes,

Reconociendo que la asociación con organizaciones ambientales no gubernamentales y con los sectores industrial y empresarial tiene el potencial de contribuir al manejo ambientalmente racional de los productos al final de su vida útil y debería ayudar a promover pautas sostenibles de consumo y producción, como se fomenta en el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible,

1. Alienta a todos los centros regionales del Convenio de Basilea a participar activamente en la Iniciativa sobre la modalidad de asociación en materia de teléfonos móviles;

2. Invita a que se formulen observaciones sobre el documento de orientación general y sobre los distintos informes de los grupos de proyectos, que serán presentados a la secretaría del Convenio de Basilea antes del 31 de diciembre de 2004;

3. Pide al grupo de trabajo sobre teléfonos móviles que redacte la versión final del documento de orientación general y los informes de los distintos proyectos y presente el documento de orientación general al Grupo de Trabajo de composición abierta en su cuarto período de sesiones para que lo examine y apruebe en forma provisional como documento de orientación del Convenio de Basilea;

4. Pide también al Grupo de Trabajo de composición abierta que presente el documento de orientación general a la Conferencia de las Partes en su octava reunión para su aprobación definitiva;

5. Decide que el grupo de trabajo sobre teléfonos móviles continúe trabajando bajo la dirección del Grupo de Trabajo de composición abierta;

6. Invita además a las Partes y a los signatarios a aplicar el documento de orientación general definitivo y los distintos informes de los grupos de proyectos al establecer proyectos de recogida, restauración o reciclado;

7. Pide a la secretaría que;

a) Siga coordinando las actividades del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles y los diversos grupos de proyectos;

b) Inicie, en el momento oportuno, uno o varios proyectos experimentales sobre planes de recogida en las zonas y regiones que necesiten tales proyectos, usando los fondos aportados por los

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participantes del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles y, cuando corresponda, haga participar a los centros regionales del Convenio de Basilea;

c) Informe periódicamente al Grupo de Trabajo de composición abierta y a la Conferencia de las Partes en su octava reunión sobre los progresos realizados;

8. Invita también a las Partes, los signatarios, miembros de la industria y a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales internacionales a realizar aportes financieros y en especie para la aplicación de los proyectos experimentales de planes de recogida y tratamiento y para la publicación de los informes finales del grupo de trabajo sobre teléfonos móviles, incluido el documento de orientación general.

VII/5. Pequeños Estados insulares en desarrollo

La Conferencia de las Partes,

Reconociendo que el Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea aprobado mediante la decisión VI/1 representa una alternativa útil para la aplicación de los objetivos de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional, en particular en los pequeños Estados insulares en desarrollo,

Acogiendo con beneplácito la celebración de la reunión internacional para examinar la ejecución del Programa de Acción de Barbados para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, que se celebrará en Mauricio del 10 al 14 de enero de 2005,

Tomando nota de las limitaciones específicas que enfrentan los pequeños Estados insulares en desarrollo para aplicar el Convenio de Basilea, en especial sus particulares características geográficas, su vulnerabilidad, la falta de recursos y conocimientos especializados adecuados y los elevados costos de las operaciones de transporte y eliminación de los desechos peligrosos,

Conscientes de la necesidad de tomar medidas urgentes en los pequeños Estados insulares en desarrollo para cumplir las obligaciones contraídas en virtud del Convenio de Basilea y demás acuerdos regionales conexos,

1. Señala a la atención de los participantes de la reunión internacional para examinar la ejecución del Programa de Acción de Barbados la necesidad de tener debidamente en cuenta la cuestión del manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos dada su importancia para la ejecución y el seguimiento del Programa de Acción de Barbados;

2. Pide a la secretaría que, como parte de su labor relacionada con la creación de la capacidad, coopere estrechamente con el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas, organizador de la reunión internacional mencionada, además de con otros interesados directos, incluidos los centros regionales del Convenio de Basilea, en el desarrollo y la implementación de actividades específicas destinadas a los pequeños Estados insulares en desarrollo en apoyo a la aplicación de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional, al Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea y al seguimiento del Programa de Acción de Barbados. Cuando corresponda, estas actividades tendrán en cuenta principios tales como el fomento del manejo integrado de los desechos y los enfoques regionales para la gestión ambientalmente racional de los desechos peligrosos.

VII/6. Aplicación de la Iniciativa Ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África en la medida en que guarda relación con los desechos peligrosos y otros desechos

La Conferencia de las Partes,

Recordando el mandato de la Conferencia de las Partes en su decisión VI/10 de que la secretaría del Convenio de Basilea y los centros regionales del Convenio de Basilea en África cooperen con las secretarías de la Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente y la Nueva Alianza para el Desarrollo de África,

Recordando también el refrendo por la Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente de servirse de los centros regionales del Convenio de Basilea de África para la aplicación de

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la Iniciativa Ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África con respecto a la gestión de los desechos peligrosos y otros desechos,

Tomando nota de la recomendación de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África de promover la creación de capacidad de los centros regionales de África, incluidos los centros regionales del Convenio de Basilea en Egipto, Nigeria, el Senegal y Sudáfrica, para la gestión de los desechos peligrosos para crear sinergias con el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes y el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional,

Tomando nota también de que varias actividades programáticas propuestas por una amplia gama de interesados directos que apoyan la aplicación ulterior en África de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional y del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea, se han seleccionado como actividades prioritarias en el contexto del Plan de Acción de la Iniciativa Ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África,

1. Pide a la secretaría que continúe su colaboración con la secretaría de la Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente y la secretaría de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África con el fin de fortalecer el desarrollo de enfoques concertados para promover la aplicación en África de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional y del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea;

2. Alienta a las Partes y a otros interesados directos a que contribuyan financieramente y por otros medios a las actividades relativas a la aplicación del Convenio de Basilea en África, atendiendo a las prioridades del Plan de Acción de la Iniciativa Ambiental de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África;

3. Pide también a la secretaría que continúe haciendo lo posible por obtener apoyo financiero para los proyectos presentados a la Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente y aprobados por ella;

4. Pide además a la secretaría que informe sobre los progresos logrados en la aplicación de la decisión VI/10 a la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

VII/7. Actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/40, sobre las actividades complementarias de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible,

Acogiendo con beneplácito las actividades concretas realizadas por la secretaría, los centros regionales del Convenio de Basilea, las Partes y otras entidades para contribuir al Plan de Aplicación adoptado en la Cumbre Mundial,3

Celebrando el apoyo manifestado en la Cumbre Mundial al concepto de las asociaciones de tipo II entre gobiernos, el sector empresarial y la sociedad civil,

Consciente del llamamiento que se hace en el Plan de Aplicación para que haya coherencia entre los regímenes internacionales aplicados a los desechos, los desechos peligrosos y los productos químicos, y para que éstos cooperen entre sí,

1. Pide a la secretaría que continúe su cooperación con las partes interesadas a fin de apoyar el Plan de Aplicación y las asociaciones de tipo II entre gobiernos, el sector empresarial y la sociedad civil;

2. Pide también a la secretaría que informe a la Conferencia de las Partes en su octava reunión sobre los adelantos realizados y los resultados previstos.

3 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo, Sudáfrica, 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (Publicación de la Naciones Unidas, Nº de venta S.03.II.A.1 y corrección), capítulo I, resolución 2, anexo.

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VII/8. Creación de capacidad para la aplicación del Plan Estratégico

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/11, sobre creación de capacidad, y su decisión V/5, sobre los centros regionales para la capacitación y transferencia de tecnología,

Acogiendo con satisfacción las actividades concretas realizadas por los centros regionales del Convenio de Basilea y las Partes en estrecha cooperación con la secretaría del Convenio de Basilea para aplicar el Plan estratégico,

Subrayando la importancia de tratar de lograr una aplicación mutuamente complementaria de los acuerdos ambientales multilaterales conexos en el contexto de la aplicación del enfoque de gestión del ciclo de vida a la gestión ambientalmente racional de los productos químicos y desechos,

Reconociendo en particular la necesidad de una colaboración estrecha con el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional y del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes con respecto a la gestión del ciclo de vida de los contaminantes orgánicos e inorgánicos persistentes y los productos químicos peligrosos,

Teniendo presente que la creación de capacidad, el intercambio de información, la concienciación pública y la educación en todos los sectores de la sociedad revisten una importancia primordial para el logro de los objetivos del Convenio de Basilea,

1. Pide a la secretaría que continúe cooperando con los centros regionales del Convenio de Basilea, las Partes, los Estados que no son Partes, las organizaciones internacionales, el sector industrial y las organizaciones no gubernamentales para promover el conocimiento y la aplicación práctica del Convenio de Basilea en todo el mundo mediante actividades de concienciación pública y de creación de capacidad, con sujeción a la disponibilidad de fondos;

2. Pide también a la secretaría que continúe colaborando estrechamente con la División de Productos Químicos del PNUMA, las secretarías del Convenio de Rotterdam y del Convenio de Estocolmo y otros asociados, incluidos los centros regionales del Convenio de Basilea, con respecto a la organización de actividades conjuntas de capacitación y de creación de capacidad, poniendo en particular el acento en los modelos de producción socioeconómicos y financieros;

3. Alienta a la secretaría a que, en cooperación con los centros regionales del Convenio de Basilea, continúe desarrollando actividades de creación de capacidad, como cursos prácticos, actividades de proyectos, materiales de capacitación e instrumentos de apoyo a decisiones, en estrecha consulta y colaboración con los asociados clave de gobiernos, organismos especializados, el sector industrial, universidades y organizaciones no gubernamentales, con vistas a atender a las necesidades de las Partes en la esfera del manejo ambientalmente racional de corrientes de desechos prioritarias, incluidos, pero sin limitarse a ellos, los desechos electrónicos, acumuladores de ácido-plomo, incluso usados, aceites usados, existencias caducadas de plaguicidas, PCB, dioxinas y furanos, amianto y materiales derivados del desguace de embarcaciones y desechos biomédicos y sanitarios;

4. Invita a las Partes, los Estados que no son Partes, las organizaciones intergubernamentales, los integrantes de los sectores industrial y privado y las organizaciones no gubernamentales a que aporten recursos financieros o asistencia en especie para ayudar a los países que necesitan dicha asistencia para llevar a cabo proyectos de creación de capacidad, actividades de capacitación, información y concienciación pública;

5. Invita también a las Partes a que informen a la secretaría sobre sus actividades de creación de capacidad y concienciación pública y sus materiales didácticos relacionados con la aplicación del Convenio de Basilea, a fin de que pueda distribuir dicha información a otras Partes e interesados;

6. Pide también a la secretaría que presente un informe sobre las actividades relacionadas con la creación de capacidad a la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

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VII/9. Centros regionales del Convenio de Basilea: informe sobre la marcha de las actividades

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/3, sobre el establecimiento y funcionamiento de los centros regionales del Convenio de Basilea para la capacitación y la transferencia de tecnología,

Recordando también su decisión VI/4, sobre los planes de trabajo de los centros regionales del Convenio de Basilea,

Recordando además sus decisiones VI/1 y VI/2 y las decisiones OEWG-I/1 y OEWG-II/1 del Grupo de Trabajo de composición abierta,

Acogiendo con satisfacción los progresos realizados en la concertación de acuerdos marco, la ejecución de los planes de trabajo y de las propuestas de proyectos en el marco del Plan Estratégico,

Reconociendo la necesidad de contar con financiación para el programa de actividades de los centros regionales del Convenio de Basilea,

1. Pide a los centros regionales del Convenio de Basilea y a la secretaría que velen por la eficaz ejecución de las propuestas de proyectos que figuran en sus planes de trabajo;

2. Pide a la secretaría, a los centros regionales del Convenio de Basilea y a las Partes a las que éstos prestan servicios, que elaboren una estrategia para financiar los centros y las actividades que desarrollen;

3. Insta a todas las Partes y signatarios que están en condiciones de hacerlo, así como a las organizaciones internacionales, incluidos los bancos de desarrollo, las organizaciones no gubernamentales, el sector privado y las personas privadas, a que hagan contribuciones financieras al Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica del Convenio de Basilea o contribuciones directamente a los centros regionales del Convenio de Basilea a título bilateral, para que los centros puedan continuar aplicando el Plan Estratégico;

4. Insta a los gobiernos anfitriones de los centros regionales del Convenio de Basilea y a los países a los que los centros prestan sus servicios, según proceda, a que, proporcionen financiación adecuada a fin de que cada centro pueda llevar a cabo sus actividades operacionales básicas;

5. Pide a los centros regionales del Convenio de Basilea que revisen y actualicen los nuevos planes de trabajo para 2005-2006;

6. Invita a los centros regionales del Convenio de Basilea a que continúen ejecutando las actividades de creación de capacidad y los proyectos de transferencia de tecnología a nivel regional para todos los países a los que prestan servicios.

7. Invita a los centros regionales a que lleven a cabo una evaluación de la transferencia de tecnología que se haya efectuado hasta la fecha y pide a la secretaría que presente un informe sobre esa evaluación a la novena reunión de la Conferencia de las Partes.

VII/10. Establecimiento de un centro regional del Convenio de Basilea en Teherán

La Conferencia de las Partes,

Tomando nota del estudio de viabilidad presentado por la República Islámica del Irán para el establecimiento en Teherán del Centro Regional del Convenio de Basilea para la capacitación y transferencia de tecnología,

Reconociendo la intención del Afganistán, Bangladesh, la República Islámica del Irán, Maldivas, Nepal y Pakistán de establecer una institución nacional con una función regional que realice las funciones de centro regional del Convenio de Basilea, mediante la conclusión de un acuerdo marco con la secretaría del Convenio de Basilea en nombre de las Partes en el Convenio, conforme a las decisiones de la Conferencia de la Partes,

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Acogiendo con beneplácito el ofrecimiento del Gobierno de la República Islámica del Irán de sufragar los gastos de funcionamiento del centro durante los primeros tres a cinco años a tenor de 100.000 dólares EE.UU. por año,

1. Pide a la secretaría que concluya un acuerdo marco con la República Islámica del Irán a fin de establecer en Teherán el Centro Regional del Convenio de Basilea para la capacitación y la transferencia de tecnología;

2. Insta al centro regional del Convenio de Basilea en Teherán que así se establezca, teniendo en cuenta que es necesario evitar la duplicación de actividades y maximizar los beneficios que hayan de derivar de los recursos financieros y de otro tipo a:

a) Establecer un canal de comunicación periódica con los centros del Convenio de Basilea aledaños;

b) Utilizar los conocimientos especializados de los centros regionales del Convenio de Basilea aledaños para llevar a cabo seminarios, cursos prácticos y de capacitación, y exposiciones, cuando sea oportuno;

c) Consultar, cuando sea necesario, con esos centros regionales del Convenio de Basilea con miras a asegurar la cooperación y coordinación.

VII/11. Designación de autoridades competentes y puntos de contacto

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/38 sobre autoridades competentes y puntos de contacto,

1. Hace un llamamiento a las Partes para que designen autoridades competentes y puntos de contacto para el Convenio, si aún no lo han hecho, y comuniquen la información pertinente a la secretaría, incluidas cualesquiera modificaciones o adiciones a medida que se efectúen;

2. Insta a las Partes a que proporcionen a la secretaría información detallada y actualizada de las autoridades competentes y puntos de contacto para garantizar una transmisión efectiva de la información;

3. Pide a las Partes que han designado varias autoridades competentes que proporcionen información suficiente sobre las funciones y zonas geográficas que competen a cada una de esas autoridades;

4. Invita a los Estados que no son Partes y a las organizaciones interesadas a que identifiquen a las personas de contacto para el Convenio, si aún no lo han hecho, y comuniquen la información pertinente a la secretaría, incluidas cualesquiera modificaciones o adiciones a medida que se efectúen;

5. Pide a la secretaría que siga manteniendo actualizada la lista de autoridades competentes y puntos de contacto y que la publique en el sitio en la web del Convenio para facilitar las comunicaciones sobre cuestiones relacionadas con este.

VII/12. Programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta para 2005-2006

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/37 sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta,

Consciente de que los fondos disponibles para llevar a cabo las actividades enumeradas en el programa de trabajo son limitados,

Teniendo presente la necesidad de elaborar un programa de trabajo que facilite las sinergias entre las actividades de los programas,

Teniendo presente también la evolución del Programa sobre modalidades de asociación del Convenio de Basilea,

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1. Aprueba el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta para 2005-2006 conforme figura en el anexo de la presente decisión;

2. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta en su cuarto período de sesiones que organice sus actividades.

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Anexo

Programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta (2005-2006)

I. Apoyo técnico y creación de capacidad

Tareas Actividades

Decisiones de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes

A. Plan estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea (hasta 2010)

Brindar orientación sobre la aplicación del Plan estratégico.

VII/1, VII/2, VII/5, VII/6, VII/7, VII/8

B. Labor sobre la armonización y la coordinación

1. Revisar los formularios para la notificación y los documentos de movimiento e instrucciones conexas.

VII/22

2. Examinar periódicamente la labor que realizan los foros intergubernamentales, incluida las relaciones de trabajo con el including Subcomité de Expertos de las Naciones Unidas en el Sistema Mundialmente Armonizado.

VII/38

C. Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA)

Continuar la labor sobre la identificación separada en el SA de la OMA de algunos desechos que figuran en los anexos VIII y IX. VII/38

D. Clasificación y caracterización del peligro de los desechos

1. Clasificación:

a) Examen o ajuste de los desechos que figuran en los anexos VIII y IX;

b) Examen de las cuestiones relacionadas con

el cuestionario sobre la clasificación nacional y los procedimientos de control para la importación de desechos enumerados en el anexo IX.

2. Completar la labor relativa a la característica de peligro H10. 3. Seguir preparando el documento de orientación sobre la característica de peligro H11 a fin de incluir los trabajos sobre un nivel de minimis adecuado. 4. Examinar la información científica sobre la eliminación de desechos de PVC.

VII/20 VII/17 VII/17 VII/18

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Tareas Actividades

Decisiones de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes

E. Directrices técnicas para la gestión ambientalmente racional

1. Finalización de las directrices técnicas siguientes para:

a) El manejo ambientalmente racional de los desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos, a saber, PCDD y PCDF, DDT, HCB y los ocho plaguicidas aldrina, clordano, dieldrina, endrina, HCB, heptacloro, mirex y toxafeno;

b) Desechos resultantes del tratamiento

superficial de metales (Y17). 2. Seguir elaborando la metodología para una definición más precisa de bajo contenido de contaminantes orgánicos persistentes y niveles de destrucción y transformación irreversible. 3. Pasar revista y actualizar, si procede, las directrices técnicas generales y las directrices para PCB, PCT y PBB. 4. Llevar a cabo un examen de determinadas directrices técnicas, según proceda, y su actualización, según sea necesario, por ej., incineración en la tierra (D10), vertederos especialmente diseñados (D5) y desechos recogidos de los hogares (Y46). 5. Evaluar la aplicación de las directrices técnicas existentes con miras a determinar las dificultades prácticas y obstáculos a su aplicación efectiva.

VII/13 VII/15 VII/13 VII/13 VII/16

F. Centros regionales del Convenio de Basilea

1. Proporcionar orientación a los centros, según sea necesario. 2. Proporcionar orientación en la aplicación del Plan Estratégico, incluidos los planes de trabajo, a nivel regional.

VII/9, VII/1

G. Desguace de embarcaciones

Examinar los aspectos técnicos y prácticos de la labor realizada por la Organización Marítima Internacional (OMI) y el Grupo de Trabajo conjunto de la OMI, la Organización Internacional del Trabajo y el Convenio de Basilea, y la información sobre el abandono de embarcaciones.

VII/25, VII/26, VII/27

H. Presentación de informes

Examinar los mecanismos de presentación de informes y los informes presentados por las Partes, según sea necesario, de conformidad con los requisitos del artículo 13.

VII/35

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II. Aspectos jurídicos y cumplimiento

Tareas

Actividades Decisiones de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes

A. Prevención y vigilancia del tráfico ilícito

1. Examinar y, si es necesario, actualizar los elementos de orientación sobre la base de la experiencia práctica. 2. Redactar la versión definitiva del manual de capacitación para el cumplimiento de la legislación por la que se aplica el Convenio de Basilea. 3. Brindar orientación a la secretaría, según sea necesario.

VII/34 VII/34

B. Protocolo sobre responsabilidad e indemnización

1. Analizar, sobre la base de una recopilación de las presentaciones de las Partes, los obstáculos y dificultades encontrados por las Partes en su proceso de ratificación del Protocolo, o de adhesión a éste. 2. Redactar la versión definitiva del manual de instrucción. 3. Realizar cualesquiera otras tareas necesarias relacionadas con la preparación de la primera Reunión de las Partes en el Protocolo.

VII/28 VII/28

C. Mecanismo de emergencia y ampliación del alcance del Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica

Brindar la orientación necesaria sobre la mejora de las operaciones

D. Desguace de embarcaciones

Completar el análisis de los aspectos jurídicos del desguace de embarcaciones.

VII/26

III. Modalidades de asociación y movilización de recursos

Tareas Actividades

Decisiones de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes

A. Programa de asociación

1. Brindar orientación a la secretaría acerca de la implementación del Programa de asociación. 2. Examinar los resultados del programa.

VII/3, VII/4 VII/3. VII/4

B. Movilización de recursos

Brindar orientación a la secretaría en relación con la movilización de recursos.

Párr. 140 del informe

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IV. General

Tareas Actividades

Decisiones de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes

A. Asuntos presupuestarios y financieros

Examinar las cuestiones relacionadas con el presupuesto del Convenio y asuntos financieros conexos.

VII/40, VII/41

B. Proyectos de decisión para la Conferencia de las Partes

Preparar proyectos de decisión para su examen por la Conferencia de las Partes.

VII/13. Preparación de las directrices técnicas sobre contaminantes orgánicos persistentes

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/23, sobre la preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los contaminantes orgánicos persistentes como desechos,

Tomando nota de que en su primera reunión la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 6 del Convenio de Estocolmo, examinará las directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos y las directrices técnicas para bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) y bifenilos polibromados (PBB) preparadas con el auspicio del Convenio de Basilea,

Tomando nota también con reconocimiento de las funciones desempeñadas por las Partes y otras entidades, especialmente el Canadá como encargado principal, en la preparación de las directrices generales y las directrices para PCB, PCT y PBB,

1. Adopta las directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos4, así como las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en bifenilos policlorados, terfenilos policlorados o bifenilos polibromados, que los contengan o que estén contaminados por éstos5;

2. Pide a la secretaría que difunda las directrices técnicas a las Partes, signatarios, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales ambientales y el sector industrial en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas;

3. Pide además a la secretaría que presente las directrices técnicas a la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo en su primera reunión, por conducto de la secretaría del Convenio de Estocolmo;

4. Invita a las Partes y otras entidades a hacer uso de esas directrices técnicas, teniendo en cuenta el párrafo 2 del artículo 6 del Convenio de Estocolmo, y, dos meses antes de la celebración de la octava reunión de la Conferencia de las Partes, a presentar un informe a la Conferencia de las Partes, por conducto de la secretaría, sobre sus experiencias y toda dificultad u obstáculo que hayan encontrado en la aplicación de las directrices, con miras a perfeccionarlas en caso de que sea necesario;

5. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine y, si procede, prepare propuestas para actualizar esas directrices técnicas con el fin de que la Conferencia de las Partes las examine a más tardar en su novena reunión;

4 UNEP/CHW.7/8/Add.1/Rev.1. 5 UNEP/CHW.7/8/Add.2/Rev.1.

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6. Invita a los órganos del Convenio de Estocolmo a que examinen las mejores prácticas ambientales con respecto a contaminantes orgánicos persistentes producidos en forma no intencional, incluidas las tecnologías más recientes para la destrucción y la transformación irreversible enumeradas en las directrices técnicas generales;

7. Alienta a las Partes y a otras entidades a que difundan al público más datos sobre, entre otras cosas, el contenido de contaminantes orgánicos persistentes en los desechos y las eficiencias de la destrucción;

8. Conviene en que, como figura en el anexo de la presente decisión, se incluya en el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta correspondiente a 2005-2006 la metodología para definir con más precisión el bajo contenido de contaminantes orgánicos persistentes, los niveles de destrucción y la transformación irreversible;

9. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que redacte la versión final de las demás directrices técnicas sobre los contaminantes orgánicos persistentes con miras a que la Conferencia de las Partes las apruebe en su octava reunión;

10. Invita a las Partes y a otras entidades a presentar sus observaciones a la secretaría y a Australia antes del 31 de enero de 2005 sobre los proyectos de directrices técnicas relativas a las dibenzo-p-dioxinas policloradas (PCDD) y dibenzofuranos policlorados (PCDF);

11. Pide a Australia que, en consulta con el pequeño grupo de trabajo entre períodos de sesiones establecido por el Grupo de Trabajo de composición abierta en su primer período de sesiones, prepare proyectos revisados de las directrices técnicas relativas a las PCDD y los PCDF para someterlos al examen del Grupo de Trabajo de composición abierta en su cuarto período de sesiones;

12. Pide a México que, en consulta con el pequeño grupo de trabajo entre períodos de sesiones, prepare un primer proyecto de directrices técnicas relativas al dicloro-difenil-tricloroetano (DDT) para someterlo al examen del Grupo de Trabajo de composición abierta en su cuarto período de sesiones;

13. Invita a las Partes y a otras entidades a presentar sus observaciones a la secretaría antes del 31 de enero de 2005 sobre el proyecto de directrices técnicas relativas al grupo de ocho plaguicidas - aldrina, clordano, dieldrina, endrina, hexaclorobenceno (HCB), heptacloro, mirex y toxafeno;

14. Pide a la secretaría que, en consulta con el pequeño grupo de trabajo entre períodos de sesiones, prepare proyectos revisados de las directrices técnicas relativas los ocho plaguicidas y el primer proyecto de directrices técnicas para los HCB, con el fin de someterlos al examen del Grupo de Trabajo de composición abierta en su cuarto período de sesiones y pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que considere si habría que fundir en una sola estas dos directrices;

15. Invita a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación a que ayude a preparar las directrices técnicas relacionadas con los ocho plaguicidas;

16. Decide prorrogar el mandato del pequeño grupo de trabajo entre períodos de sesiones para que siga supervisando la preparación, examen y actualización, según proceda, de las directrices técnicas relacionadas con los contaminantes orgánicos persistentes, especialmente a través de medios electrónicos, y prestando asistencia a esa labor.

VII/14. Preparación de las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4)

La Conferencia de las Partes,

Recordando la decisión VI/37 sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta y, en particular, la parte que se refiere a la preparación de las directrices técnicas,

Tomando nota con reconocimiento de la función desempeñada por las Partes y otras entidades, especialmente el papel de Australia como encargado principal, en la preparación de las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4),

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1. Aprueba las directrices técnicas para el reciclado/regeneración ambientalmente racional de metales y compuestos metálicos (R4) que figuran en la nota de la secretaría6;

2. Pide a la secretaría que difunda las directrices técnicas a las Partes, signatarios, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales ambientales y el sector industrial, en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas;

3. Invita a las Partes y a otras entidades a que hagan uso de las directrices técnicas e informen a la Conferencia de las Partes, por lo menos dos meses antes de su octava reunión y por conducto de la secretaría, sobre sus experiencias, con inclusión de toda dificultad que hayan encontrado en la aplicación de las directrices técnicas, con miras a perfeccionarlas según sea necesario.

VII/15. Preparación de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos (Y17)

La Conferencia de las Partes,

Recordando la decisión VI/37, sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta y, en particular, la parte referente a la preparación de directrices técnicas,

Tomando nota con reconocimiento de la función desempeñada por las Partes y otras entidades, especialmente el papel de Australia como encargado principal, en la preparación del proyecto de directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos (Y17),

1. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que redacte la versión definitiva de las directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los desechos resultantes del tratamiento superficial de metales y plásticos (Y17) con el fin de que el Grupo de Trabajo de composición abierta las apruebe provisionalmente en su cuarto período de sesiones;

2. Invita a las Partes y otros interesados directos a que transmitan sus observaciones a Australia antes del 31 de enero de 2005 y envíen copias de esas observaciones a la secretaría.

VII/16. Aplicación de las directrices técnicas existentes

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/37, sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta, y, en particular, sus decisiones VI/20, VI/21, VI/22 y VI/24, sobre la preparación de las directrices técnicas,

Recordando también el párrafo 7 de la decisión OEWG-I/13 del Grupo de Trabajo de composición abierta, en el que solicitaba a las Partes y otras entidades que formulasen observaciones sobre la aplicación de las directrices técnicas,

1. Invita a las Partes y otras entidades a que presenten a la secretaría, a más tardar el 31 de julio de 2005, observaciones sobre sus experiencias y su evaluación de la aplicación de las directrices técnicas existentes para el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y las dificultades prácticas y los obstáculos encontrados en su aplicación;

2. Pide a la secretaría que prepare una recopilación de las observaciones recibidas, para su examen por la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

VII/17. Labor sobre las características de peligro

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones VI/25, sobre la característica de peligro H6.2 (sustancias infecciosas), VI/37, sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta, y VI/29, sobre cooperación internacional,

6 UNEP/CHW.7/8/Add.3.

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Consciente de la utilidad de elaborar una guía práctica sobre las características de peligro enumeradas en el anexo III del Convenio de Basilea con el fin de prestar ayuda a las Partes y a otras entidades a aplicar el Convenio en forma efectiva,

Agradeciendo a las Partes y signatarios que se encargaron de preparar los documentos de orientación sobre las características de peligro,

Tomando nota de la importancia que reviste la labor del Comité de Expertos de las Naciones Unidas en Transporte de Mercaderías Peligrosas y en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos para la labor que se está realizando sobre las características de peligro incluidas en el anexo III del Convenio de Basilea,

Considerando el interés que tiene el Subcomité de Expertos de las Naciones Unidas en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en colaborar con el órgano apropiado del Convenio de Basilea en relación con las características de peligro,

Teniendo presente la necesidad de cooperar en forma estrecha con el Comité de Expertos en Transporte de Mercaderías Peligrosas y en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos,

I.

Finalización de la labor sobre características de peligro

1. Decide adoptar, provisionalmente, los tres documentos de orientación sobre las características de peligro H6.2 (sustancias infecciosas), H11 (toxicidad (retardada o crónica)) y H13 (capaz, por cualquier medio después de su eliminación, de producir otro material)7;

2. Invita a las Partes y a otras entidades a que hagan uso de los documentos de orientación e informen a la Conferencia de las Partes, por conducto de la secretaría, sobre sus experiencias, con inclusión de toda dificultad u obstáculo que hayan encontrado en su aplicación, con miras a perfeccionarlos según sea necesario

3. Pide a las Partes que contribuyan en forma activa a elaborar el documento de orientación sobre la característica de peligro H10 (liberación de gases tóxicos en contacto con el aire o el agua) preparado por la secretaría para completarlo con tiempo suficiente para que el Grupo de Trabajo de composición abierta lo examine en un período de sesiones que se celebrará en 2005;

4. Invita a las Partes y a otras entidades a que presenten sus observaciones a la secretaría sobre el documento de orientación relativo a la característica de peligro H10;

II.

Cooperación

5. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que establezca una relación de trabajo con el Subcomité de Expertos de las Naciones Unidas en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos con miras a estudiar los posibles vínculos entre la labor sobre las características de peligro que se lleva a cabo en el contexto del Convenio de Basilea y los elementos del Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, con inclusión del examen de los programas de trabajo respectivos para detectar incoherencias, discrepancias o deficiencias y proponer las medidas adecuadas para superarlas;

6. Pide también a la secretaría que presente al Grupo de Trabajo de composición abierta en su primer período de sesiones de 2005 posibles opciones para establecer una relación de trabajo con el Subcomité de Expertos de las Naciones Unidas en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos.

7 UNEP/CHW.7/11/Add.1/Rev.1, Add.2/Rev.1, Add.3 y Add.3/Corr.1 respectivamente.

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VII/18. Examen de la información científica sobre la eliminación de desechos de PVC

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/37, sobre el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta, así como la decisión OEWG-I/11 del Grupo de Trabajo de composición abierta,

Tomando nota de que la labor sobre las características de peligro que figuran en el anexo III, en particular H10, H11 y H13, se encuentra en una etapa de elaboración y representa un paso necesario en el examen de la clasificación de, por ejemplo, los desechos de PVC,

Consciente de la labor que realizan otros foros internacionales en relación con el PVC,

1. Acuerda incluir el examen de la información científica sobre la eliminación de los desechos de PVC en el programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta correspondiente al período 2005-2006;

2. Pide a la secretaría que, sobre la base de las observaciones recibidas y las formuladas en la séptima reunión de la Conferencia de las Partes, prepare un documento en el que se analice la situación imperante para someterlo al examen del Grupo de Trabajo de composición abierta;

3. Pide también al Grupo de Trabajo de composición abierta que presente a la Conferencia de las Partes, en su octava reunión, recomendaciones para que adopte una decisión sobre la situación de los desechos de PVC en el contexto del Convenio de Basilea.

VII/19. Revisión o ajuste de las listas de desechos incluidas en los anexos VIII y IX del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Considerando la solicitud presentada por la India, tendiente a la inclusión de nuevas inscripciones para residuos de cables recubiertos de plástico en el anexo VIII y en el anexo IX,

Consciente de los problemas de salud que también se tratan en el marco del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistente relativos a la quema de algunos tipos de cables recubiertos de plástico y la posibilidad de que se formen contaminantes orgánicos persistentes (COP) producidos en forma no internacional,

Tomando nota de que la labor sobre las características de peligro que figuran en el anexo III, en particular H10, H11 y H13, se encuentra en una etapa de elaboración y que representa un paso necesario en el examen de la clasificación de, por ejemplo, los desechos de PVC,

1. Aprueba las siguientes enmiendas a los anexos VIII y IX del Convenio de Basilea:

a) Nueva inscripción A 1190 en el anexo VIII:

Cables de metal de desecho recubiertos o aislados con plástico que contienen alquitrán de carbón, PCB8, plomo, cadmio, otros compuestos organohalogenados u otros constituyentes del anexo I, o están contaminados por éstos, en tal grado que posean alguna de las características del anexo III;

b) Nueva inscripción B 1115 en el anexo IX:

Cables de metal de desecho recubiertos o aislados con plástico, no incluidos en la lista A 1190, excluidos los destinados a las operaciones especificadas en la sección A del anexo IV o cualquier otra operación de eliminación que incluya, en cualesquiera de sus etapas, procesos térmicos no controlados, tales como la quema a cielo abierto.

8 PCB presentes a una concentración igual o superior a 50 mg/kg.

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VII/20. Clasificación nacional y procedimientos de control para la importación de los desechos que figuran en el anexo IX

La Conferencia de las Partes,

Acogiendo con satisfacción las respuestas proporcionadas por las Partes en el cuestionario distribuido por la secretaría en relación con la clasificación nacional y los procedimientos de control para la importación de los desechos que figuran en el anexo IX,

Tomando nota de la información presentada voluntariamente por las Partes en sus respuestas al cuestionario,

Considerando el análisis preparado por la secretaría sobre las discrepancias entre la información presentada en el cuestionario y la información proporcionada a la Comunidad Europea,

Consciente de que a algunas Partes todavía les puede resultar difícil ya sea interpretar el anexo IX o controlar los desechos enumerados en el anexo IX,

1. Invita a las Partes que tengan dificultades con la clasificación nacional o los procedimientos de control para la importación de los desechos que figuran en el anexo IX a que informen al respecto a la secretaría;

2. Pide a la secretaría que reúna periódicamente la información remitida por las Partes para mantener al Grupo de Trabajo de composición abierta al tanto de la situación imperante;

3. Pide también al Grupo de Trabajo de composición abierta que prepare propuestas específicas sobre el camino a seguir en relación con esta cuestión, para presentarlas a la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

VII/21. Listas de desechos

La Conferencia de las Partes,

Tomando nota con reconocimiento de la labor realizada por el Gobierno de Francia para mejorar la traducción al francés de las listas de desechos contenidas en los anexos VIII y IX,

Teniendo presente la necesidad de revisar la traducción oficial al francés de los Anexos VIII y IX y el epígrafe B1030 de la versión en inglés,

1. Decide incorporar en la versión en francés de las listas de desechos que figuran en los anexos VIII y IX las modificaciones contenidas en el anexo de la presente decisión propuestas por el Gobierno de Francia;

2. Decide suprimir la palabra “débris” de los epígrafes: : A1010, B1060, B1070, B1090, B1100, B1110, B1150 y B2020 en la versión en francés como figura en el anexo de la presente decisión;

3. Decide cambiar la versión en francés propuesta para el epígrafe B3010 de: (Déchets de résine ou produits polymérisés de condensation comme :”) por (Déchets durcis de résine ou produits polymérisés de condensation comme:”);

4. Decide modificar como sigue la versión propuesta en francés para el epígrafe A3190: “Résidus contenant du goudron (à l’éxception des eurobés bitumineux) provenant du raffinage, de la distillation ou de toute opération de pyrolise de matière organique”;

5. Decide sustituir el actual epígrafe B1030 de la versión en inglés por el siguiente: “residues containing refractory metals”;

6. Pide a la Secretaría que comunique al Depositario las modificaciones mencionadas anteriormente.

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Anexo

Annexe VIII

LISTE A

Les déchets qui figurent dans la présente annexe sont considérés comme des déchets dangereux en vertu de l'alinéa a) du paragraphe 1 de l'article premier de la Convention et l'inscription d'un déchet dans la présente annexe n'exclut pas le recours à l'annexe III pour démontrer que ledit déchet n'est pas dangereux.

A1 Déchets de métaux et déchets contenant des métaux

A1010 Déchets de métaux et déchets constitués d'alliages d'un ou plusieurs des métaux suivants:

- antimoine - arsenic - béryllium - cadmium - plomb - mercure - sélénium - tellure - thallium

à l'exception des déchets de ce type inscrits sur la liste B.

A1020 Déchets, à l'exception des déchets de métaux sous forme massive, ayant comme constituants ou contaminants l’une des substances suivantes :

- antimoine; composés de l'antimoine - béryllium; composés du béryllium - cadmium; composés du cadmium - plomb; composés du plomb - sélénium; composés du sélénium - tellure; composés du tellure

A1030 Déchets ayant comme constituants ou contaminants l’une des substances suivantes :

- arsenic; composés de l'arsenic - mercure; composés du mercure - thallium; composés du thallium

A1040 Déchets ayant comme constituants des :

- métaux carbonyles - composés du chrome hexavalent

A1050 Boues de galvanisation

A1060 Liqueurs provenant du décapage des métaux

A1070 Résidus de lixiviation du traitement du zinc, poussières et boues telles que jarosite, hématite, etc.

A1080 Déchets de zinc ne figurant pas sur la liste B et contenant du plomb et du cadmium à des concentrations suffisantes pour qu’ils présentent l’une des caractéristiques de l'annexe III

A1090 Cendres provenant de l'incinération de fils de cuivre isolés

A1100 Poussières et résidus provenant des systèmes d’épuration des fumées des fonderies de cuivre

A1110 Solutions électrolytiques usagées provenant des opérations d’affinage électrolytique et d’électrorécupération du cuivre

A1120 Boues résiduaires, à l'exception des boues anodiques, provenant des systèmes de purification de l’électrolyte dans les opérations d’affinage électrolytique et d’électrorécupération du cuivre

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A1130 Solutions de gravure à l’eau-forte usagées contenant du cuivre dissout

A1140 Catalyseurs usagés à base de chlorure de cuivre et de cyanure de cuivre

A1150 Cendres de métaux précieux provenant de l'incinération de circuits imprimés ne figurant pas sur la liste B9

A1160 Déchets d’accumulateurs électriques au plomb et à l'acide, entiers ou concassés

A1170 Accumulateurs et piles usagés non triés, à l’exception des mélanges ne contenant que des accumulateurs et des piles figurant sur la liste B. Accumulateurs et piles usagés ne figurant pas sur la liste B et possédant des constituants mentionnés à l'annexe I dans une proportion telle qu’ils les rendent dangereux

A1180 Assemblages électriques et électroniques usagés ou sous forme de débris10 contenant des éléments tels que les accumulateurs et autres piles figurant sur la liste A, les interrupteurs à mercure, les verres provenant de tubes cathodiques, les autres verres activés, les condensateurs au PCB, ou contaminés par des constituants figurant à l'annexe I (comme le cadmium, le mercure, le plomb, les diphényles polychlorés, etc.) dans une proportion telle qu'ils présentent l'une des caractéristiques de danger énumérées à l'annexe III (voir rubrique correspondante de la liste B-B1110)11

A2 Déchets ayant principalement des constituants inorganiques et pouvant contenir des métaux et des matières organiques

2010 Débris de verre provenant de tubes cathodiques et d'autres verres activés

A2020 Déchets de composés inorganiques du fluor sous forme de liquides ou de boues à l'exception de ceux figurant sur la liste B

A2030 Catalyseurs usagés, à l'exception de ceux figurant sur la liste B

A2040 Déchets de gypse provenant de procédés chimiques industriels, possédant des constituants figurant à l'annexe I dans une proportion telle qu'ils présentent l'une des caractéristiques de danger énumérées à l'annexe III (voir rubrique correspondante de la liste B-B2080)

A2050 Déchets d'amiante (poussières et fibres)

A2060 Cendres volantes de centrales électriques alimentées au charbon, contenant des substances citées à l'annexe I à des concentrations suffisantes pour qu'elles présentent l'une des caractéristiques de danger énumérées à l'annexe III (voir rubrique correspondante de la liste B-B2050)

A3 Déchets ayant principalement des constituants organiques, et pouvant contenir des métaux et des matières inorganiques

A3010 Résidus de la production ou du traitement du coke et du bitume de pétrole

A3020 Déchets d'huiles minérales impropres à l'usage initialement prévu

A3030 Déchets contenant, ou contaminés par des boues de composés antidétonants au plomb

A3040 Déchets de fluides thermiques (transfert calorifique)

3050 Déchets issus de la production, de la préparation et de l'utilisation de résines, de latex, de plastifiants de colles ou adhésifs, à l'exception de ceux figurant sur la liste B (voir rubrique correspondante de la liste B-B4020)

A3060 Déchets de nitrocellulose

A3070 Déchets de phénols et composés phénolés, y compris les chlorophénols, sous forme de liquides ou de boues

9 Il est à noter que la rubrique correspondante de la liste B (B1160)ne prévoit pas d’exceptions. 10 Cette rubrique n’inclut pas les déchets agglomérés provenant de la production d’énergie électrique. 11 concentration de PCB égale ou supérieure à 50mg/kg.

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A3080 Déchets d’éthers , à l'exception de ceux figurant sur la liste B

A3090 Déchets de sciures, cendres, boues et farines de cuir contenant des composés de chrome hexavalent ou des biocides (voir rubrique correspondante de la liste B- B3100)

A3100 Rognures et autres déchets de cuirs ou de peaux préparés ou de cuir reconstitué, non utilisables pour la fabrication d'ouvrages en cuir, contenant des composés de chrome hexavalent ou des biocides (voir rubrique correspondante de la liste B- B3090)

A3110 Déchets de pelleterie contenant des composés de chrome hexavalent, des biocides ou des substances infectieuses (voir rubrique correspondante de la liste B-B3110)

A3120 Fraction légère des résidus de broyage

A3130 Déchets de composés organiques du phosphore

A3140 Déchets de solvants organiques non-halogénés, autres que ceux spécifiés sur la liste B

A3150 Déchets de solvants organiques halogénés

A3160 Résidus de distillation non-aqueux, halogénés ou non-halogénés, issus d'opérations de récupération de solvants organiques

A3170 Déchets provenant de la production d'hydrocarbures aliphatiques halogénés (tels que les chlorométhanes, le dichloréthane, le chlorure de vinyle, le chlorure de vinylidène, le chlorure d'allyle et l'épichlorhydrine)

A3180 Déchets, substances équipements et appareils contenant, , ou contaminés par des diphènyles polychlorés (PCB), des terphényles polychlorés (PCT), des naphtalènes polychlorés (PCN) ou des diphényles polybromés (PBB), ou tout composé polybromé analogue ayant une concentration égale ou supérieure à 50 mg/kg 12

A3190 Résidus contenant du goudron (à l'exception des enrobés bitumineux) provenant du raffinage, de la distillation ou de toute opération de pyrolyse de matiére organique

A3200 Enrobés contenant du goudron et provenant de la construction et de l’entretien des routes (voir rubrique correspondante de la liste B- B2130)

A4 Déchets pouvant contenir des constituants inorganiques ou organiques

A4010 Déchets issus de la production, de la préparation et de l'utilisation de produits pharmaceutiques, à l'exception de ceux figurant sur la liste B

A4020 Déchets hospitaliers et apparentés, c’est-à-dire déchets provenant des soins médicaux, infirmiers, dentaires, vétérinaires ou autres pratiques analogues, et déchets produits dans les hôpitaux ou autres établissements apparentés lors de l’examen ou du traitement des patients ou lors des travaux de recherche

A4030 Déchets issus de la production, de la préparation et de l'utilisation de biocides et de produits phytopharmaceutiques, y compris les déchets de pesticides et d'herbicides non conformes aux spécifications, périmés13 ou impropres à l'usage initialement prévu

A4040 Déchets issus de la fabrication, de la préparation et de l'utilisation de produits chimiques destinés à la préservation du bois14

A4050 Déchets contenant, consistant en ou contaminés par l'une des substances suivantes:

- cyanures inorganiques, excepté les résidus des métaux précieux sous forme solide et présentant des traces de cyanures inorganiques

- cyanures organiques

12 Le taux de 50 mg/kg est considéré comme un niveau pratique sur le plan international pour tous les déchets. Cependant, plusieurs pays ont individuellement fixé des niveaux réglementaires plus bas (par exemple 20 mg/kg) pour certains déchets. 13 Ils sont dits "périmés" pour n'avoir pas été utilisés dans les délais recommandés par le fabricant. 14 Cette rubrique n’inclut pas le bois traité avec des produits chimiques en vue de sa préservation.

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A4060 Mélanges et émulsions huile/eau ou hydrocarbure/eau

A4070 Déchets provenant de la production, de la préparation et de l'utilisation d'encres, de colorants, de pigments, de peintures, de laques ou de vernis, excepté ceux qui figurent sur la liste B (voir rubrique correspondante de la liste B-B4010)

A4080 Déchets à caractère explosible (à l'exception de ceux qui figurent sur la liste B)

A4090 Déchets de solutions acides ou basiques, autres que celles qui figurent dans la rubrique correspondante de la liste B (B2120)

A4100 Déchets provenant des installations industrielles antipollution d'épuration des rejets gazeux industriels, à l'exception de ceux qui figurent sur la liste B

A4110 Déchets contenant, consistant en ou contaminés par l'une des substances suivantes :

- tout produit de la famille des dibenzofuranes polychlorés

- tout produit de la famille des dibenzoparadioxines polychlorées

A4120 Déchets contenant, ou contaminés par des peroxydes

A4130 Déchets d’emballages et de récipients contenant des substances de l'annexe I à des concentrations suffisantes pour qu'ils présentent l’une des caractéristiques de danger figurant à l'annexe III

A4140 Déchets contenant des produits chimiques non conformes aux spécifications ou périmés,15 appartenant aux catégories de l'annexe I et présentant l’une des caractéristiques de danger figurant à l'annexe III

A4150 Déchets de substances chimiques provenant d'activités de recherche-développement ou d'enseignement, non identifiés et/ou nouveaux et dont les effets sur l'homme et/ou sur l'environnement ne sont pas connus

A4160 Charbon actif usagé ne figurant pas sur la liste B (voir rubrique correspondante de la liste B-B2060)

Annexe IX

LISTE B

Les déchets qui figurent dans la présente annexe ne sont pas couverts par l'alinéa a) du paragraphe 1 de l'article premier de la Convention, à moins qu'ils ne contiennent des matières de l'annexe I à des concentrations telles qu'ils présentent une caractéristique de danger figurant à l'annexe III

B1 Déchets de métaux et déchets contenant des métaux

B1010 Déchets et débris de métaux et d’alliages de métaux sous forme métallique non dispersible de:

• métaux précieux (or, argent, groupe du platine, à l’exception du mercure étant exclu) • chrome • fer et acier • cuivre • nickel • aluminium • zinc • étain • tungstène • molybdène • tantale • magnésium

15 Ils sont dits "périmés" pour n'avoir pas été utilisés dans les délais recommandés par le fabricant.

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• cobalt • bismuth • titane • zirconium • manganèse • germanium • vanadium • hafnium, indium, niobium, rhénium et gallium • thorium • terres rares

B1020 Déchets et ]débris de métaux et d’alliages de métaux, purs, non contaminés, sous forme finie (tôles, plaques, poutrelles, barres, etc.) :

• antimoine • béryllium • cadmium • plomb (à l'exception des accumulateurs électriques au plomb et à l'acide) • sélénium • tellure

B1030 Résidus contenant des métaux réfractaires

B1031 Déchets de métaux et d’alliages constitués d’un ou plusieurs des métaux suivants : molybdène, tungstène, titane, tantale, niobium et rhénium sous forme métallique dispersible (poudre métallique), à l’exception de déchets tels que ceux spécifiés dans la liste A, à la rubrique A1050 – boues de galvanisation

B1040 Débris d’assemblages provenant de générateurs électriques, non contaminés par des huiles lubrifiantes, des PCB ou des PCT au point de devenir dangereux

B1050 Débris de métaux non-ferreux mélangés (fractions lourdes) dépourvus de constituants figurant à l'annexe I à des concentrations telles qu'ils présentent l’une des caractéristiques de danger figurant à l'annexe III16

B1060 Déchets de sélénium et de tellure sous forme de métal élémentaire, y compris les poudres

B1070 Déchets de cuivre et d'alliages de cuivre sous forme dispersible, sauf s'ils possèdent des constituants figurant à l'annexe I à des concentrations telles qu'ils présentent l’une des caractéristiques de danger figurant à l'annexe III

B1080 Cendres et résidus de zinc, y compris résidus d'alliages de zinc sous forme dispersible, sauf s’ils possédent des constituants de l'annexe I à des concentrations telles qu'ils présentent l’une des caractéristiques figurant à l'annexe III 17 ou s'ils présentent la caractéristique de danger H4.3

B1090 Déchets de piles et d’accumulateurs conformes à certaines spécifications, à l'exception de ceux contenant du plomb, du cadmium ou du mercure

B1100 Déchets contenant des métaux et provenant de la fonte, de la fusion et de l’affinage des métaux :

• Mattes de galvanisation • Ecumes et laitiers de zinc

- mattes de surface de la galvanisation (> 90% Zn) - mattes de fond de la galvanisation (> 92% Zn) - laitiers de fonderie sous pression (> 85% Zn) - laitiers provenant de la galvanisation à chaud (procédé discontinu) (> 92% Zn)

16 Il est à noter que même en cas de faible niveau de contamination initiale par des constituants figurant à l’annexe I, les traitements ultérieurs, y compris le recyclage, peuvent aboutir à des fractions séparées ayant des concentrations nettement plus élevées de ces constituants figurant à l’annexe I. 17 Le statut à accorder aux cendres de zinc est actuellement à l'étude, et il est recommandé par la Conférence des Nations Unies sur le commerce et le développement (CNUCED) que ces cendres ne soient pas classées comme matières dangereuses.

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- résidus provenant de l'écumage du zinc

• Résidus provenant de l'écumage de l'aluminium, à l'exception des scories salées • Scories provenant du traitement du cuivre destinées à un affinage ultérieur, ne contenant

pas d'arsenic, de plomb ni de cadmium, au point de présenter l’une des caractéristiques de danger figurant à l'annexe III

• Déchets de revêtements réfractaires, y compris les creusets, issus de la fusion du cuivre • Scories provenant du traitement des métaux précieux et destinées à un affinage ultérieur • Scories d'étain contenant du tantale, contenant moins de 0,5% d'étain

B1110 Déchets d’assemblages électriques et électroniques

• Déchets et débris d’assemblages électroniques constitués uniquement de métaux ou d'alliages

• Déchets et débris d’assemblages électriques et électroniques 18 (y compris les circuits imprimés) ne contenant pas d'éléments tels que les accumulateurs et autres piles mentionnés sur la liste A, les interrupteurs à mercure, les verres de tubes cathodiques, les autres verres activés, et les condensateurs au PCB, ou non contaminés par les constituants figurant à l'annexe I (tels que cadmium, mercure, plomb, polychlorobiphényles, etc.) ou purifiés de ces constituants, au point de ne présenter aucune des caractéristiques figurant à l'annexe III (voir rubrique correspondante de la liste A -A1180)

• Déchets et débris d’assemblages électriques et électroniques (y compris circuits imprimés, composants et fils électriques) destinés à une réutilisation directe 19 et non au recyclage ou à l'élimination définitive 20

B1120 Catalyseurs usagés, à l'exception des liquides utilisés comme catalyseurs, possédant l'un des constituants suivants :

Métaux de transition, à scandium titane l'exclusion des déchets de vanadium chrome catalyseurs (catalyseurs usagés, manganèse fer catalyseurs liquides cobalt nickel usagés ou autres catalyseurs) de la liste A : cuivre zinc yttrium zirconium niobium molybdène hafnium tantale tungstène rhénium

Lanthanides (terres rares): lanthane cérium praséodyme néodyme samarium europium gadolinium terbium dysprosium holmium erbium thulium ytterbium lutécium

B1130 Catalyseurs usagés épurés, contenant des métaux précieux

B1140 Résidus de métaux précieux sous forme solide, avec des traces de cyanures inorganiques

B1150 Déchets de métaux précieux et de leurs alliages (or, argent, groupe du platine, à l’exception du mercure) sous forme dispersible non liquide, avec conditionnement et étiquetage appropriés

18 Le statut à accorder aux cendres de zinc est actuellement à l'étude, et il est recommandé par la Conférence des Nations Unies sur le commerce et le développement (CNUCED) que ces cendres ne soient pas classées comme matières dangereuses. 19 La réutilisation peut inclure la réparation, la remise en état ou l’amélioration, mais pas un réassemblage majeur. 20 Dans certains pays, ces matières destinées à être réutilisées directement ne sont pas considérées comme des déchets.

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B1160 Cendres de métaux précieux provenant de l'incinération de circuits imprimés (voir rubrique correspondante de la liste A - A1150)

B1170 Cendres de métaux précieux provenant de l'incinération de pellicules photographiques

B1180 Déchets de pellicules photographiques contenant des halogénures d'argent et de l’argent métallique

B1190 Déchets de papiers photographiques contenant des halogénures d'argent et de l’argent métallique

B1200 Laitiers granulés provenant de la fabrication du fer et de l'acier

B1210 Scories provenant de la fabrication du fer et de l'acier, y compris les scories utilisées comme source de dioxyde de titane et de vanadium

B1220 Scories provenant de la production du zinc, chimiquement stabilisées, ayant une forte teneur en fer (plus de 20%) et traitées conformément aux spécifications industrielles (par exemple DIN 4301) pour utilisation principalement dans la construction

B1230 Battitures provenant de la fabrication du fer et de l'acier

B1240 Battitures d'oxyde de cuivre

B1250 Véhicules à moteur en fin de vie ne contenant ni liquides ni autres éléments dangereux

B2 Déchets ayant principalement des constituants inorganiques pouvant contenir des métaux et des matières organiques

B2010 Déchets d'opérations minières sous forme non dispersible

• Déchets de graphite naturel • Déchets d'ardoise, même dégrossie ou simplement débitée, par sciage ou autrement • Déchets de mica • Déchets de leucite, de néphéline et de néphéline syénite • Déchets de feldspath • Déchets de spath fluor • Déchets de silicium sous forme solide, à l'exception de ceux utilisés dans les opérations

de fonderie

B2020 Déchets de verre sous forme non dispersible

• Calcin et autres déchets et débris de verres, à l'exception du verre provenant de tubes cathodiques et d’autres verres activés

B2030 Déchets et débris de céramiques sous forme non susceptible de dispersion

• Déchets et débris de cermets (composites à base de céramique et de métal) • Fibres à base de céramique, non spécifiées ni comprises ailleurs

B2040 Autres déchets contenant essentiellement de constituants inorganiques

• Sulfate de calcium partiellement raffiné provenant de la désulfuration des fumées • Déchets d'enduits ou de plaques au plâtre provenant de la démolition de bâtiments • Scories provenant de la production du cuivre, chimiquement stabilisées, contenant une

quantité importante de fer (supérieure à 20%) et traitées conformément aux spécifications industrielles (par exemple DIN 4301 et DIN 8201), destinées principalement à la construction et aux applications abrasives

• Soufre sous forme solide • Carbonate de calcium provenant de la production de cyanamide de calcium (ayant un pH

inférieur à 9) • Chlorures de sodium, de potassium et de calcium • Carborundum (carbure de silicium) • Débris de béton • Groisil et résidus de cristaux contenant du lithium et du tantale ou du lithium et du

niobium

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B2050 Cendres volantes de centrales électriques alimentées au charbon, ne figurant pas sur la liste A (voir rubrique correspondante sur la liste A - A2060)

B2060 Charbon actif usagé provenant du traitement de l’eau potable, de procédés de l’industrie alimentaire et de la production de vitamines (voir rubrique correspondante de la liste A -A4160)

B2070 Boues de fluorure de calcium

B2080 Déchets de gypse provenant de traitements chimiques industriels, ne figurant pas sur la liste A (voir rubrique correspondante de la liste A - A2040)

B2090 Anodes usagées de coke de pétrole ou de bitume de pétrole provenant de la production d’acier ou d’aluminium, épurées selon les spécifications industrielles usuelles (à l'exception des anodes provenant de l'électrolyse chloro-alcaline et de l'industrie métallurgique)

B2100 Déchets d'hydrates d'aluminium, déchets d’alumine et résidus provenant de la production d’alumine, à l'exception des matières utilisées dans les procédés d'épuration de fumées, de floculation et de filtration

B2110 Résidus de bauxite ("boues rouges") (pH moyen inférieur à 11,5)

B2120 Déchets de solutions acides ou basiques ayant un pH supérieur à 2 et inférieur à 11,5, qui ne sont pas corrosives ou autrement dangereuses (voir rubrique correspondante de la liste A - A4090)

B2130 Enrobés ne contenant pas de goudrona et provenant de la construction et de l’entretien des routes (voir rubrique correspondante de la liste A – A3200)

B3 Déchets ayant principalement des constituants organiques pouvant contenir des métaux et des matières inorganiques

B3010 Déchets et débris de matières plastiques sous forme solide

Déchets et débris de matières plastiques ou mélange de matières plastiques ci-après, à condition qu'elles ne soient pas mélangées avec d'autres déchets et qu'elles soient préparées selon certaines spécifications:

• Déchets plastiques de polymères et copolymères non halogénés comprenant mais non limités aux constituants suivants 21 :

- éthylène - styrène - polypropylène - téréphtalate de polyéthylène - acrylonitrile - butadiène - polyacétales - polyamides - téréphtalates de polybutylène - polycarbonates - polyéthers - sulfures de polyphénylène - polymères acryliques - alcanes C10-C13 (plastifiants) - polyuréthanes (ne contenant pas d’hydrocarbures chlorofluorés) - polysiloxalanes - polyméthacrylate de méthyle - alcool polyvinylique - butyral de polyvinyle - acétate polyvinylique

a La concentration de benzo[a]pyrène ne devrait pas être égale ou supérieure à 50 mg/kg 21 Il est entendu que ces déchets sont entièrement polymérisés.

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• Déchets durcis de résine ou produits polymérisés de condensation comme :

- résines uréiques de formaldéhyde - résines phénoliques de formaldéhyde - résines mélaminiques de formaldéhyde - résines époxydes - résines alkydes - polyamides

• Les déchets de polymères fluorés suivants 22

- perfluoroéthylène/propylène - alcane alcoxyle perfluoré

o tétrafluoroéthylène/éther de vynile perfluoré (PFA) o tétrafluoroéthylène/éther de méthylvinyl perfluoré (MFA)

- fluorure de polyvinyle - fluorure de polyvinylidène

B3020 Déchets de papier, de carton et de produits de papier

Matières ci-après, à condition qu'elles ne soient pas mélangées avec des déchets dangereux :

Déchets et rebuts de papier ou de carton :

• de papiers ou cartons écrus ou de papiers ou cartons ondulés • d’autres papiers ou cartons obtenus principalement à partir de pâtes chimiques blanchies,

non colorés dans la masse • de papiers ou cartons obtenus à partir de pâtes mécaniques (par exemple journaux,

périodiques et imprimés similaires) • autres, comprenant et non limités aux :

i) cartons contrecollés ii) rebuts non triés

B3030 Déchets de matières textiles

Matières ci-après, à condition qu'elles ne soient pas mélangées avec d'autres déchets et qu'elles soient préparées selon certaines spécifications

• Déchets de soie (y compris les cocons non dévidables, les déchets de fils et les effilochés)

- non cardés ni peignés - autres

• Déchets de laine ou de poils fins ou grossiers, y compris les déchets de fils mais à l'exception des effilochés

- blousses de laine ou de poils fins - autres déchets de laine ou de poils fins - déchets de poils grossiers

• Déchets de coton (y compris les déchets de fils et les effilochés)

- déchets de fils - effilochés - autres

• Etoupes et déchets de lin • Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) de chanvre (Cannabis

sativa L.) • Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) de jute et d'autres

fibres textiles libériennes (à l'exception du lin, du chanvre et de la ramie)

22 - Cette rubrique ne couvre pas les produits en fin de vie - Les déchets ne doivent pas avoir été mélangés - Les problèmes découlant des pratiques de brûlage à l'air libre doivent être pris en considération

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• Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) de sisal et d'autres fibres textiles du genre Agave

• Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) de coco • Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) d'abaca (chanvre de

Manille ou Musa textilis Nee) • Etoupes et déchets (y compris les déchets de fils et les effilochés) de ramie et d'autres

fibres textiles végétales, non dénommées ni comprises ailleurs • Déchets (y compris les déchets de fils, blousses et effilochés)

- de fibres synthétiques - de fibres artificielles

• Articles de friperie • Chiffons, ficelles, cordes et cordages en matières textiles au rebut sous forme de déchets

ou articles hors d’usage

- triés - autres

B3035 Déchets de revêtements de sols en matières textiles, tapis

B3040 Déchets de caoutchouc

Matières ci-après, à condition qu'elles ne soient pas mélangées avec d'autres types de déchets:

• Déchets et débris de caoutchouc durci (ébonite, par exemple) • Autres déchets de caoutchouc (à l'exception de ceux spécifiés ailleurs)

B3050 Déchets de liège et de bois non traités

• Sciures, déchets et débris de bois, même agglomérés sous forme de bûches, briquettes et boulettes ou sous formes similaires

• Déchets de liège : liège concassé, granulé ou pulvérisé

B3060 Déchets issus des industries alimentaires et agroalimentaires, à condition qu'ils ne soient pas infectieux:

• Lies de vin • Matières végétales et déchets végétaux, résidus et sous-produits végétaux, séchés et

stérilisés, même agglomérés sous forme de pellets, du type de ceux utilisés pour l'alimentation des animaux, non dénommés ni compris ailleurs

• Dégras ; résidus provenant du traitement des corps gras ou des cires animales ou végétales

• Déchets d'os et de cornillons, bruts, dégraissés, simplement préparés (mais non découpés en forme), acidulés ou dégélatinés

• Déchets de poisson • Coques, pellicules (pelures) et autres déchets de cacao • Autres déchets provenant de l’industrie agroalimentaire, à l'exception des sous-produits

qui respectent les prescriptions et les normes imposées aux niveaux national et international pour l’alimentation humaine ou animale

B3065 Déchets de graisse et d’huiles alimentaires d’origine animale ou végétale (par exemple huiles de friture) , à condition qu’ils ne présentent aucune des caractéristiques de l’Annexe III

B3070 Déchets suivants:

• Déchets de cheveux • Déchets de paille • Mycélium de champignon désactivé provenant de la production de la pénicilline, utilisé

pour l'alimentation des animaux

B3080 Déchets, rognures et débris de caoutchouc

B3090 Rognures et autres déchets de cuirs et de peaux préparées ou de cuir reconstitué, non utilisables pour la fabrication d'ouvrages en cuir, à l'exception des boues de cuir, ne contenant pas de composés du chrome hexavalent ni de biocides (voir rubrique correspondante de la liste A-A3100)

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B3100 Sciures, cendres, boues ou farines de cuir ne contenant pas de composés du chrome hexavalent ni de biocides (voir rubrique correspondante de la liste A - A3090)

B3110 Déchets issus de la pelleterie, ne contenant pas de composés du chrome hexavalent, de biocides ni de substances infectieuses (voir rubrique correspondante de la liste A -A3110)

B3120 Déchets constitués de colorants alimentaires

B3130 Déchets d'éthers polymères et déchets d'éthers monomères non dangereux et non susceptibles de former des peroxydes

B3140 Pneumatiques usagés, à l'exception de ceux destinés aux opérations citées à l'annexe IV.A

B4 Déchets pouvant contenir des constituants inorganiques ou organiques

B4010 Déchets constitués principalement de peintures à l'eau/à l'huile, d'encres et de vernis durcis, ne contenant pas de solvants organiques, de métaux lourds ni de biocides à des concentrations pouvant les rendre dangereux (voir rubrique correspondante de la liste A -A4070)

B4020 Déchets issus de la production, de la préparation et de l'utilisation de résines, de latex, de plastifiants, de colles et d’adhésifs, ne figurant pas sur la liste A et dépourvus de solvants et autres contaminants de sorte qu'ils ne présentent pas les caractéristiques de danger mentionnées à l'annexe III, par exemple lorsqu'ils sont à base d'eau ou de colles à base d'amidon (caséine), dextrine, éthers cellulosiques et alcools polyvinyliques (voir rubrique correspondante de la liste A - A3050)

B4030 Appareils photographiques jetables hors d’usage, ne contenant pas de piles figurant sur la liste A

VII/22. Armonización de las listas de desechos y procedimientos conexos

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/37 (Programa de trabajo del Grupo de Trabajo de composición abierta) y la decisión OEWG-I/13 (Otros asuntos del programa de trabajo: organización de la labor) del Grupo de Trabajo de composición abierta,

1. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que revise los formularios para los documentos de notificación y movimiento para el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación en el marco del Convenio de Basilea y las instrucciones correspondientes para rellenar esos formularios;

2. Invita a las Partes y otras entidades a presentar a la secretaría, antes del 31 de marzo de 2005, sus observaciones sobre los formularios para los documentos de notificación y movimiento que figuran en el documento UNEP/CHW/TWG/19/INF/5, teniendo en cuenta las observaciones formuladas en el documento UNEP/CHW.7/18;

3. Pide a la secretaría que prepare una versión revisada de los formularios y de las instrucciones conexas para someterlas al examen del Grupo de Trabajo de composición abierta con miras a que la Conferencia de las Partes las apruebe en su octava reunión.

VII/23. Aplicación de la decisión III/1

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/33 sobre la aplicación de la decisión III/1, titulada “Enmienda del Convenio de Basilea”,

Tomando nota del progreso realizado por las Partes en la aplicación de la decisión III/1,

Tomando nota también de que los Estados y las organizaciones de integración política y/o económica que ya han depositado instrumentos de ratificación, aceptación, confirmación oficial, aprobación de la enmienda del Convenio de Basilea aprobada en la decisión III/1, o de adhesión a ésta, ya están aplicando las disposiciones de esa enmienda,

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1. Acoge con satisfacción la ratificación, aceptación, confirmación oficial o aprobación por varias Partes de la enmienda que figura en la decisión III/1;

2. Formula un enérgico llamamiento a las Partes en el Convenio para que agilicen el proceso de ratificación, aceptación, confirmación oficial, o aprobación de la enmienda, o de adhesión a ésta, para facilitar su entrada en vigor lo antes que sea posible;

3. Formula también un enérgico llamamiento a los Estados que no son Partes en el Convenio de Basilea para que agilicen el proceso de ratificación, aceptación o aprobación del Convenio de Basilea y sus enmiendas o, de adhesión a estos instrumentos.

VII/24. Análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/34, por la que, entre otras cosas, encargó al Grupo de Trabajo de composición abierta que supervisara el desarrollo de la labor y le pidió que presentase su informe definitivo sobre el análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII a la Conferencia de las Partes para que la Conferencia adoptara una decisión final en su séptima reunión,

Reafirmando su decisión de no modificar el anexo VII hasta que entre en vigor la enmienda contenida en la decisión III/1,

1. Toma nota del informe definitivo del Grupo de Trabajo de composición abierta sobre el análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII, contenido en el documento UNEP/CHW.7/12;

2. Invita a los Estados que no han pasado a ser Parte en el Convenio de Basilea a que contemplen la posibilidad de hacerlo.

VII/25. Grupo de trabajo conjunto de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Marítima Internacional y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones

La Conferencia de las Partes,

Acogiendo con satisfacción los progresos realizados hasta la fecha para facilitar la cooperación entre organismos en los planos nacional e internacional en materia de desguace de embarcaciones,

Considerando especialmente la labor de la reunión entre las secretarías de la Oficina Internacional del Trabajo, la Organización Marítima Internacional y el Convenio de Basilea, celebrada en Ginebra los días 13 y 14 de enero de 2004 (la reunión conjunta de las secretarías) 23,.

Teniendo en cuenta el mandato propuesto en la reunión conjunta de las secretarías para el Grupo de trabajo conjunto de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Marítima Internacional y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones (el “Grupo de trabajo conjunto”),

Tomando nota de que el informe de la reunión conjunta de las secretarías se presentó al Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional para que lo examinara en su 51º período de sesiones, celebrado del 29 de marzo al 2 de abril de 2004, y a la Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, en su reunión celebrada entre febrero y marzo de 2004,

Observando que el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo tomó nota del informe de la reunión conjunta de las secretarías,

Observando también que en su 51º período de sesiones el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional aprobó con pequeñas modificaciones de redacción el mandato del Grupo de trabajo conjunto, tal como fue propuesto por la reunión conjunta de las secretarías,

23 El informe completo de esta reunión figura en el anexo I de la decisión III/4 adoptada por el Grupo de Trabajo de composición abierta que se reproduce en el documento UNEP/CHW/OEWG/3/34.

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Tomando nota asimismo del informe del Grupo de trabajo sobre reciclado de embarcaciones del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional, aprobado en el 52º período de sesiones del Comité,

Consciente de la propuesta de celebrar la primera reunión del Grupo de trabajo conjunto del 15 al 17 de febrero de 2005 en la sede de la Organización Marítima Internacional,

Tomando nota también del programa provisional propuesto para la primera reunión del Grupo de trabajo conjunto que figura en el anexo II de la presente decisión,

1. Está de acuerdo con el mandato y las modalidades de funcionamiento del Grupo de trabajo conjunto que figuran en el anexo I de la presente decisión;

2. Está de acuerdo también con que:

a) El Grupo de Trabajo conjunto se reunirá periódicamente, rotando entre la sede de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Marítima Internacional y la secretaría del Convenio de Basilea, o en cualquier otro lugar que se acuerde, y que la organización anfitriona cumplirá la función de secretaría a los fines de esas reuniones;

b) Los miembros del Grupo de trabajo conjunto pertenecientes al Convenio de Basilea deberían representar a todas las regiones geográficas;

3. Decide nombrar a las cinco Partes en el Convenio de Basilea siguientes designadas por los grupos regionales para que participen en el Grupo de trabajo conjunto, quedando sobreentendido que los representantes de otras Partes, signatarios, organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales podrán participar en calidad de observadores:

a) Por los países de Asia y el Pacífico, China;

b) Por los países africanos, Gambia;

c) Por los países de Europa central y oriental, Federación de Rusia;

d) Por los países de América Latina y el Caribe, Jamaica;

e) Por los países de Europa occidental y otros países, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;

4. Autoriza al Grupo de trabajo de composición abierta a examinar la composición de la representación del Convenio de Basilea en el Grupo de trabajo conjunto, de ser necesario, y a nombrar representantes suplentes ante el Grupo de trabajo conjunto según proceda;

5. Invita al Grupo de trabajo conjunto a proponer soluciones prácticas para dar orientación, que las tres organizaciones examinarán con el fin de promover el manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones;

6. Invita al Grupo de trabajo conjunto a debatir la responsabilidad de los Estados de embanderamiento en el contexto del manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones;

7. Invita al Grupo de trabajo conjunto a considerar la posibilidad de desarrollar un sistema de presentación de informes para las embarcaciones destinadas al desguace;

8. Declara que no se entenderá que la labor del Grupo de trabajo conjunto tiene prioridad sobre la labor de la Conferencia de las Partes u otras actividades del Convenio de Basilea relacionadas con el desguace de embarcaciones, ni que las suplanta;

9. Pide a la secretaría que presente un informe a las reuniones futuras del Grupo de Trabajo de composición abierta y a la Conferencia de las Partes sobre los resultados de la primera reunión y reuniones siguientes del Grupo de trabajo conjunto;

10. Decide incluir esta cuestión en el programa para que la Conferencia de las Partes la examine en su octava reunión.

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Anexo I de la decisión VII/25, sobre el Grupo de Trabajo conjunto

Mandato y modalidades de funcionamiento del Grupo de trabajo conjunto

Mandato

El Grupo de trabajo conjunto debería:

1. Examinar los programas de trabajo respectivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Marítima Internacional (OMI) y la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea en lo que se refiere al desguace de buques con el fin de evitar la duplicación del trabajo y la superposición de funciones, responsabilidades y competencias entre las tres organizaciones, y de determinar las necesidades futuras;

2. Facilitar el intercambio de opiniones entre las tres organizaciones para velar por que se aplique un enfoque coordinado a todos los aspectos pertinentes del desguace de buques;

3. Emprender un examen exhaustivo inicial de:

• Las Directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional del desguace total y parcial de embarcaciones, aprobadas por la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea en su sexta reunión;

• Las Directrices de la OMI sobre el reciclado de embarcaciones, aprobadas en virtud de la resolución A.962(23);

• Las directrices: Salud y seguridad en el desguace de buques: Directrices para los países asiáticos y Turquía, elaboradas por la OIT, a fin de determinar los posibles resquicios, superposiciones, o ambigüedades;

4. Examinar mecanismos para fomentar en forma conjunta la aplicación de las directrices pertinentes para el desguace de buques;

5. Supervisar la marcha de toda actividad de cooperación técnica organizada en forma conjunta;

6. Presentar sus recomendaciones y toda otra información correspondiente sobre el tema o sobre otros asuntos pertinentes a los órganos de la OMI, la OIT y el Convenio de Basilea, según proceda.

Modalidades de funcionamiento

Las modalidades de funcionamiento del Grupo de Trabajo conjunto deberían ser:

1. El Grupo de trabajo conjunto debería reunirse periódicamente y de forma rotativa entre la sede de la OIT, la OMI y la secretaría del Convenio de Basilea, o en cualquier otro lugar que se convenga. El organismo anfitrión asumiría la función de secretaría.

2. El Grupo de trabajo conjunto debería estar integrado por representantes designados por cada Organización, y se debería decidir de común acuerdo el número de representantes que habría de designar cada una de ellas. El Grupo de trabajo conjunto debería garantizar, cuando corresponda, la representación de todas las regiones geográficas del mundo que tengan interés en la cuestión. Se podría autorizar la participación en los debates del Grupo de trabajo conjunto de otras partes interesadas que hayan expresado su deseo en este sentido.

3. El Grupo de trabajo conjunto deberá determinar sus propios procedimientos.

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Anexo II de la decisión VII/25, sobre el Grupo de trabajo conjunto

Programa provisional de la primera reunión del Grupo de trabajo conjunto de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Marítima Internacional y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones, que se celebrará en la sede de la OMI, 4 Albert Embankment, Londres SE1, 7SR, del martes 15 al jueves 17 de febrero de 2005, a partir de las 09.30 horas del día martes

1. Apertura de la reunión y elección del Presidente.

2. Aprobación del programa.

3. Consideración de los programas de trabajo de los órganos pertinentes de la OIT, la OMI y la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el tema del desguace de embarcaciones.

4. Examen de las directrices pertinentes de la OIT, la OMI y el Convenio de Basilea sobre desguace de embarcaciones.

5. Promoción de la aplicación de las directrices sobre desguace de embarcaciones.

6. Actividades conjuntas de cooperación técnica.

7. Programa de trabajo del Grupo de trabajo conjunto.

8. Otros asuntos.

9. Consideración del informe del Grupo de trabajo conjunto.

VII/26. Manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones

La Conferencia de las Partes,

Consciente del riesgo del daño para la salud humana y el medio ambiente causado por los desechos peligrosos y otros desechos y su movimiento transfronterizo,

Reconociendo que es un hecho que muchas embarcaciones y demás estructuras flotantes contienen materiales peligrosos y que tales materiales peligrosos pueden convertirse en los desechos peligrosos que figuran en los anexos del Convenio de Basilea,

Preocupada por que las embarcaciones y demás estructuras flotantes pueden representar una amenaza para el medio ambiente y la salud humana si no se manejan de manera ambientalmente racional durante la descontaminación previa o el desguace,

Tomando nota de la necesidad de mejorar las normas para el desguace de embarcaciones en todo el mundo y de la importancia de la cooperación internacional para alcanzar este objetivo,

Reconociendo la importancia del manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones,

Tomando nota de que una embarcación puede pasar a convertirse en lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Convenio de Basilea se define como desecho, mientras que según otras normas internacionales tal vez se defina como una embarcación,

Reconociendo el importante papel que desempeñan los Estados en cuestión, los propietarios de las embarcaciones, los operadores de instalaciones de reciclado y demás interesados directos en la elaboración de mecanismos para garantizar el manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones,

Reconociendo también la necesidad de garantizar la eficaz aplicación de tales mecanismos con inclusión de un sistema de presentación de informes para las embarcaciones destinadas al desguace,

Recordando la decisión V/28 sobre el desguace de embarcaciones, por la que se encargó al Grupo de Trabajo Técnico que colaborara con la Organización Marítima Internacional en lo que respecta al desguace total y parcial de embarcaciones, y junto con el Grupo de Trabajo Jurídico, examinara los aspectos jurídicos en el marco del Convenio de Basilea,

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Recordando también la decisión VI/24 sobre directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional del desguace total y parcial de embarcaciones,

Tomando nota de que el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo ha aprobado directrices sobre la salud y la seguridad en relación con el desguace de embarcaciones, que la Organización Marítima Internacional ha aprobado directrices sobre el reciclado de embarcaciones y que el Convenio de Basilea ha aprobado directrices técnicas para la gestión ambientalmente racional del desguace completo y parcial de embarcaciones,

Tomando nota de la importancia de fomentar la aplicación de las directrices mencionadas,

Tomando nota además de que la Organización Marítima Internacional y la Organización Internacional del Trabajo, junto con la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea, han acordado establecer un grupo de trabajo conjunto sobre desguace de embarcaciones y han convenido en el mandato y los arreglos operativos que regirán sus actividades,

Afirmando que ciertos elementos del consentimiento fundamentado previo previsto en el Convenio de Basilea permiten reducir al mínimo las repercusiones en la salud humana y el medio ambiente relacionadas con el desguace de embarcaciones, reconociendo los problemas especiales que surgen en el contexto específico de las embarcaciones,

Tomando nota de los progresos realizados en el 52º período de sesiones del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional en pro del posible desarrollo de un programa obligatorio para el reciclado de embarcaciones, que incluye un sistema de presentación de informes sobre las embarcaciones destinadas al reciclado,

Consciente de que los Estados han contraído obligaciones especiales, en tanto Partes en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y convenciones pertinentes de la Organización Marítima Internacional, incluidas las obligaciones de los Estados en calidad de Estados del pabellón, y en tanto Partes en el Convenio de Basilea, incluidas las obligaciones de los Estados en tanto Estados de exportación, y de que los Estados deberían poder cumplir estas obligaciones en forma sistemática,

Señalando que se debería evitar la duplicación de los instrumentos reglamentarios que tienen el mismo objetivo,

1. Recuerda a las Partes que cumplan las obligaciones contraídas en virtud del Convenio de Basilea cuando corresponda, en particular sus obligaciones relativas al consentimiento fundamentado previo, la reducción al mínimo de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y los principios relativos al manejo ambientalmente racional;

2. Invita a las Partes, demás Estados, propietarios de embarcaciones y demás interesados directos a que contribuyan a mejorar el manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones en todo el mundo;

3. Invita a las Partes, en especial a los Estados desarrollados, a alentar el establecimiento de instalaciones nacionales de reciclado de embarcaciones;

4. Alienta a las Partes a asegurar su participación plena y efectiva en las deliberaciones del grupo de trabajo conjunto de la Organización Marítima Internacional, la Organización Internacional del Trabajo y el Convenio de Basilea, ya sea por medio de sus representantes o en calidad de observadores;

5. Invita a la Organización Marítima Internacional a que continúe examinando la posibilidad de establecer en sus reglamentaciones disposiciones obligatorias para las embarcaciones destinadas al desguace, incluido un sistema de presentación de informes, que garanticen un nivel de control equivalente al establecido en el marco del Convenio de Basilea, y que continúe su labor encaminada a establecer disposiciones obligatorias, que podrían abarcar la descontaminación previa, a fin de asegurar el manejo ambientalmente racional del desguace de embarcaciones;

6. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine los aspectos prácticos, jurídicos y técnicos del desguace de embarcaciones con miras a enfocar el problema del desguace de embarcaciones de forma práctica, presente un informe sobre los avances y formule propuestas, cuando corresponda, a la Conferencia de las Partes en su octava reunión sobre una solución jurídicamente vinculante, teniendo en cuenta la labor de la Organización Marítima Internacional y la del Grupo de trabajo conjunto.

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VII/27. Abandono de embarcaciones

La Conferencia de las Partes,

Reconociendo las inquietudes expresadas por varias Partes en relación con el abandono de embarcaciones en tierra o en los puertos,

Preocupada por que el abandono de embarcaciones en tierra o en los puertos podría tener consecuencias para la salud humana y el medio ambiente,

1. Invita a las Partes a que suministren a la secretaría del Convenio de Basilea información sobre el abandono de embarcaciones en tierra o en los puertos e instruye a la secretaría a que reúna esa información y la presente al Grupo de Trabajo de composición abierta;

2. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine la información presentada a los efectos de adoptar las medidas que se consideren procedentes;

3. Pide a la Secretaría que celebre consultas con la secretaría de la Organización Marítima Internacional sobre este asunto.

VII/28. Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/15 relativa al Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización,

Recordando también la decisión OEWG-II/2 del Grupo de Trabajo de composición abierta, relativa al Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización,

Tomando nota de la importancia de los cursos prácticos solicitados en esta última decisión como medio para promover el intercambio de información sobre las dificultades con que tropiezan las Partes en cuanto a la ratificación del Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización, y para su adhesión a él, con vistas a fomentar esa ratificación y adhesión,

Tomando nota también con reconocimiento del apoyo financiero facilitado gentilmente por el Gobierno de Suiza para la organización de tres cursos prácticos,

Acogiendo con reconocimiento los esfuerzos desplegados por la secretaría, los centros regionales del Convenio de Basilea y los países anfitriones en la organización de los cursos prácticos,

Tomando nota de la labor realizada hasta la fecha por la secretaría,

Acogiendo con reconocimiento la ayuda ofrecida por el Gobierno de Suiza para preparar el manual de instrucciones,

Tomando nota asimismo de la necesidad de seguir perfeccionando el manual para que se lo pueda aprobar,

1. Hace un llamamiento a todas las Partes y organizaciones que estén en condiciones de hacerlo para que proporcionen contribuciones financieras o en especie para la organización de los cursos prácticos destinados a estudiar los distintos aspectos y obstáculos del proceso de ratificación del Protocolo de Basilea, o de su adhesión a él, como se solicita en la decisión VI/15;

2. Pide a la secretaría que prosiga sus actividades para organizar cursos prácticos destinados a estudiar los distintos aspectos y obstáculos del proceso de ratificación del Protocolo de Basilea, o de su adhesión a él;

3. Pide también a la secretaría que siga celebrando consultas con las instituciones competentes y que informe al Grupo de Trabajo de composición abierta acerca de las posibles opciones con respecto a los requisitos en materia de seguros, fianzas u otras garantías financieras y a los límites financieros establecidos en el Protocolo;

4. Pide además a la secretaría que suministre asistencia jurídica y técnica a las Partes que lo soliciten para aplicar el Protocolo;

5. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine y apruebe el manual de instrucción;

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6. Pide también a la secretaría que, supeditado a la aprobación del Grupo de Trabajo de composición abierta, publique el manual de instrucciones en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas y lo difunda ampliamente;

7. Invita a las Partes a que, supeditado a la aprobación del Grupo de Trabajo de composición abierta, utilicen el manual de instrucciones, informen a la secretaría sobre su experiencia en el uso del manual y presenten periódicamente a la secretaría ejemplares de las leyes y los reglamentos internos que rijan la aplicación del Protocolo de Basilea, así como estudios monográficos sobre la aplicación del Protocolo;

8. Pide asimismo a la secretaría que actualice periódicamente el manual de instrucciones agregando, como anexos del manual, ejemplares de las leyes y los reglamentos internos, así como de los estudios monográficos presentados por las Partes en relación con la aplicación del Protocolo de Basilea.

VII/29. Directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32 sobre la ampliación del alcance del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Recordando la decisión V/32 relativa a la ampliación, con carácter provisional, del alcance del Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica,

Recordando también la decisión VI/14 relativa a las directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32 sobre la ampliación del ámbito del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica para la aplicación del Convenio de Basilea, y, en particular, que las Partes y la Secretaría tienen que seguir examinando las posibilidades de mejorar el mecanismo actual o, de ser necesario, establecer un nuevo mecanismo para la prestación de asistencia en casos de emergencia y de indemnización de los daños y perjuicios resultantes de incidentes derivados de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación, según lo dispuesto y adoptado en el párrafo 4 de la decisión VI/14,

Remitiéndose a la decisión V/29 relativa a la adopción del Protocolo sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos y su eliminación y, en particular, el párrafo 1 del artículo 15 de dicho Protocolo,

Remitiéndose a la decisión VI/41 sobre asuntos financieros,

Tomando nota del párrafo 2 del artículo 15 del Protocolo sobre responsabilidad e indemnización,

Observando que las Partes no han presentado solicitudes de asistencia de emergencia con arreglo al párrafo 2 de la decisión V/32 y a la primera parte de las directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32,

1. Invita a los países en desarrollo y a los países con economías en transición que sean Partes en el Convenio de Basilea a que presenten propuestas de proyectos, con arreglo a la tercera parte de las directrices provisionales para la aplicación de la decisión V/32, para el desarrollo de la creación de capacidad, la transferencia de tecnología y la puesta en práctica de medidas para prevenir accidentes y daños al medio ambiente causados por los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación, incluida la elaboración de respuestas en casos de emergencia y planes para situaciones imprevistas;

2. Insta a la Partes a que hagan contribuciones al Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica para apoyar las actividades que se mencionan en las partes primera, segunda y tercera de las directrices provisionales y acuerda que un contribuyente podría especificar que sus contribuciones se utilicen para los fines especificados en las partes primera, segunda o tercera de las directrices provisionales;

3. Pide a la secretaría que siga reuniendo información relacionada con los incidentes, tal como se los define en el apartado h) del párrafo 2 del artículo 2 del Protocolo sobre responsabilidad e indemnización, concretamente:

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a) El número de incidentes resultantes de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación;

b) Respecto de cada incidente, el grado en que el mecanismo para prestar asistencia en casos de emergencia e indemnizar por daños resultantes de incidentes derivados de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación no indemnizó por los daños.

VII/30. Mecanismo para la aplicación y el cumplimiento: programa de trabajo para 2005–2006

La Conferencia de las Partes,

Teniendo presentes las disposiciones del Convenio de Basilea,

Recordando la decisión VI/12, en que la Conferencia de las Partes estableció un mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento del Convenio de Basilea,

Recordando también el mandato del mecanismo enunciado en el apéndice de la decisión VI/12 y, en particular el párrafo 21, donde se prevé que el Comité encargado de administrar el mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento analice cuestiones generales de cumplimiento y aplicación conforme disponga la Conferencia de las Partes,

Teniendo presente el deber de manejar los desechos peligrosos y otros desechos, como se definen en el Convenio, de forma ambientalmente racional,

1. Aprueba el programa de trabajo para 2005-2006 del Comité encargado de administrar el mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento, contenido en el anexo de la presente decisión;

2. Pide al comité que fije prioridades y métodos de trabajo, así como calendarios, en relación con las cuestiones determinadas en el programa de trabajo y que coordine sus actividades con el Grupo de Trabajo de composición abierta para evitar la duplicación de esfuerzos;

3. Reconoce la necesidad de dotar al comité de financiación suficiente para que pueda funcionar con efectividad y llevar a cabo su programa de trabajo;

4. Pide al comité que informe a la Conferencia de las Partes en su octava reunión sobre la labor que haya realizado para desempeñar sus funciones de conformidad con los párrafos 23 y 24 del mandato del Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento;

5. Hace un llamamiento a las Partes para que utilicen el Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento, haciendo notar que no promueve la confrontación, es transparente, eficaz en cuanto a los costos, de naturaleza preventiva, simple, flexible, no vinculante y orientado a ayudar a las Partes a aplicar las disposiciones del Convenio de Basilea, que presta particular atención a las necesidades especiales de los países en desarrollo y los países con economías en transición y que su finalidad es promover la cooperación entre todas las Partes;

6. Pide a la secretaría del Convenio de Basilea que recopile las opiniones de las Partes sobre las cuestiones generales de cumplimiento y aplicación y las prioridades que, según las Partes, el comité debería examinar, y las remita al comité para su examen en relación con el proyecto de programa de trabajo para 2007-2008.

Anexo

Programa de trabajo para 2005–2006 del Comité encargado de administrar el Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento

1. Durante el bienio 2005-2006 el comité examinará las siguientes cuestiones generales de conformidad con lo estipulado en el párrafo 21 del mandato y las prioridades y el presupuesto decididos por la Conferencia de las Partes:

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a) Determinación y análisis de las dificultades en relación con las obligaciones en materia de presentación de información con arreglo al Convenio de Basilea;

b) Determinación y análisis de las dificultades en relación con la designación y el funcionamiento de las autoridades y los puntos de contacto nacionales competentes;

c) Determinación y análisis de las dificultades en relación con la elaboración de legislación nacional para aplicar el Convenio de Basilea con efectividad.

2. El comité hará esto teniendo plenamente en cuenta los debates y decisiones anteriores de los órganos del Convenio de Basilea sobre las cuestiones pertinentes y tendrá también en cuenta su mandato de complementar la labor realizada por otros órganos del Convenio de Basilea y por los centros regionales del Convenio de Basilea.

3. Cuando el comité reciba material específico de conformidad con lo estipulado en el párrafo 9 del mandato, se ocupará con carácter prioritario de dicho material.

VII/31. Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento: elección de los miembros

La Conferencia de las Partes,

Recordando la decisión VI/12, sobre el establecimiento de un mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento,

Elige a los miembros siguientes del Comité encargado de administrar el Mecanismo para promover el cumplimiento y la aplicación del Convenio de Basilea para dos períodos completos, que terminarán al final de la novena reunión de la Conferencia de las Partes:

De la región de África: Sr.Ratemo Michieka (Kenya);

De la región de Asia: Sr. Abdul Hamid (Pakistán);

De la región de Europa central y oriental: Sra. Ilze Donna (Letonia);

De la región de América Latina y el Caribe: Sra. Yocasta Valenzuela (República Dominicana);

De la región de Europa occidental y otros Estados: Sr. Jürg Bally (Suiza).

Anexo

Miembros del Comité elegidos para desempeñar sus funciones hasta el final de la octava reunión de la Conferencia de las Partes De la región de África:

Sr. Prakash Kowlesser – Mauricio Sr. Ibrahima Sow – Senegal De la región de Asia: Sra. Wang Qian – República Popular China Sr. Akiho Shibata – Japón

De la región de Europa central y oriental:

Sr. Givi Kalandadze – Georgia Sr. Pavel Suian – Rumania

De la región de América Latina y el Caribe:

Sr. Miguel Ángel Hildmann – Argentina Sr. Mauricio García-Velasco – México

De la región de Europa occidental y otros Estados:

Sra. Anne Daniel – Canadá Sr. Roy Watkinson – Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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VII/32. Lista de comprobación para la preparación de legislación nacional para la aplicación del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Recordando el párrafo 4 del artículo 4 del Convenio de Basilea, donde se pide a las Partes que adopten las medidas jurídicas, administrativas y de otra índole que sean necesarias para aplicar y hacer cumplir las disposiciones del Convenio,

Recordando también las decisiones II/5, III/16, VI/1 y VI/16 de la Conferencia de las Partes,

Tomando nota de la importancia de los marcos jurídicos nacionales eficaces para aplicar y hacer cumplir el Convenio de Basilea,

1. Pide a la secretaría del Convenio de Basilea que, en consulta con el Comité encargado de administrar el Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento, elabore una versión definitiva de una lista de comprobación para la preparación de legislación nacional para la aplicación del Convenio de Basilea como complemento de la legislación nacional modelo, teniendo en cuenta que esa legislación tal vez se pueda combinar con la legislación para aplicar el Convenio de Rotterdam sobre el consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional y el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes;

2. Pide a la secretaría que difunda la lista de comprobación, entre otras cosas publicándola en el sitio del Convenio en la web;

3. Pide a la secretaría que siga prestando asesoramiento y asistencia en materia de legislación nacional a las Partes que lo soliciten;

4. Pide a la secretaría que siga organizando talleres regionales o subregionales de capacitación, en colaboración con los centros regionales del Convenio de Basilea, en la elaboración y formulación de legislación nacional;

5. Insta a todas las Partes y organizaciones que se hallen en posición de hacerlo a que hagan aportaciones financieras o en especie para la organización de los talleres sobre la elaboración y formulación de legislación nacional;

6. Alienta a las Partes a que continúen facilitando a la secretaría los textos de la legislación nacional y otras medidas adoptadas por ellas para aplicar el Convenio de Basilea;

7. Pide a la secretaría que prepare una recopilación de legislación nacional y otras medidas adoptadas por las Partes para aplicar el Convenio de Basilea y las publique en el sitio en la web del Convenio.

VII/33. Definiciones nacionales de desechos peligrosos

La Conferencia de las Partes,

Tomando nota del proyecto de formulario normalizado para la presentación de información con arreglo al artículo 3 del Convenio de Basilea,

Acogiendo con satisfacción los esfuerzos realizados por Alemania, en consulta con otras Partes, para ayudar a la secretaría a elaborar el proyecto de formulario normalizado para la presentación de información,

Consciente de la importancia de que las Partes transmitan a la secretaría la notificación de definiciones nacionales de desechos peligrosos con arreglo al artículo 3 del Convenio,

1. Adopta el formulario normalizado para la presentación de información con arreglo al artículo 3 del Convenio que figura en el anexo de la presente decisión;

2. Pide a las Partes que no hayan facilitado a la secretaría la información requerida con arreglo al artículo 3 del Convenio que lo hagan antes de transcurridos seis meses tras la aprobación del formulario normalizado para la presentación de información y que notifiquen cualquier cambio significativo ulterior de la información utilizando el formulario normalizado;

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3. Pide también a las Partes que cuando faciliten dicha información a la secretaría mencionen la disposición pertinente del Convenio para evitar ambigüedades;

4. Pide además a la secretaría que ayude a las Partes a velar por que la información que presenten esté actualizada y sea lo más clara posible a fin de que las Partes puedan entender las definiciones nacionales de los desechos peligrosos formuladas por las demás Partes;

5. Pide a la secretaría que incorpore en su sitio de la Web la información recibida de las Partes con arreglo al artículo 3 del Convenio en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas.

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Anexo de la decisión VII/33 sobre definiciones nacionales de desechos peligrosos

Secretaría del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos

peligrosos y su eliminación Notificación de las definiciones nacionales o cambios de importancia en las

definiciones nacionales conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Convenio de Basilea

(La información que se presente en este formulario se considerará una notificación oficial conforme a lo dispuesto en el artículo 3 y

la secretaría del Convenio de Basilea la transmitirá a todas las Partes y signatarios)

País: Entidad gubernamental encargada de rellenar el cuestionario: Dirección: Número de teléfono: Número de fax: Nombre del enlace: Título: Número de teléfono: (si no es el mismo que el anterior) Dirección de correo electrónico: Fecha en que se completó el formulario (D/M/A): Este informe contiene una definición nacional actualizada: Sí: No

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Definición nacional de desechos peligrosos

1 ¿Existe una definición de desecho peligroso en su legislación nacional?

Sí: No: (Si no existe, no continúe rellenando el formulario)

Si existe, sírvase proporcionar el texto de la definición nacional de desecho peligroso (Tenga a bien adjuntar el texto completo de la ley correspondiente):

1a ¿Se trata de un cambio de importancia con respecto a la definición nacional que se notificó previamente a la secretaría del Convenio de Basilea de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 3? (NB: La información que se transmite anualmente de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 13 no constituye una notificación en cumplimiento del artículo 3)

Sí No

1b ¿Cuál es la fuente/base de esta definición?

Convenio de Basilea

Actas del Consejo de la OCDE

Ley de Desechos de la UE

Nacional De otro tipo (especificar en el recuadro de comentarios)

Comentarios, si hace falta:

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2 ¿La definición nacional de desecho peligroso abarca desechos distintos de los enumerados en los anexos I, II y VIII del Convenio de Basilea?

Sí: No:

En caso afirmativo, sírvase marcar el/los casillero/s que indica/n la/s lista/s que contiene/n tales desechos y, en el cuadro que figura más abajo o en una hoja aparte, enumere los desechos:

SA-OMA OCDE Lista de desechos de la UE

Nacional (especificar en el recuadro de comentarios)

De otro tipo (especificar en el recuadro de comentarios)

Comentarios generales, si los tiene:

Código del desecho*

Descripción del desecho Comentarios, si los tiene:

* Tenga a bien asegurarse de que su lista sea lo más precisa y clara posible.

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Código del *

Descripción del desecho Comentarios, si desecho los tiene:

3 Especifique todo requisito (procedimiento) relacionado con los movimientos transfronterizos que se aplique a los desechos enumerados en respuesta a la pregunta 2 supra:

Los mismos que para los desechos enumerados en los anexos I, II u VIII:

Requisitos (procedimientos) de otro tipo: En caso de que sean de otro tipo, sírvase especificar los requisitos (procedimientos):

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VII/34. Tráfico ilícito

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión V/23 sobre la prevención y la vigilancia del tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos,

Recordando también su decisión VI/16, en que aprobó los elementos de orientación para la detección, la prevención y el control del tráfico ilícito de desechos peligrosos contenidos en el apéndice de esa decisión y pidió que se elaborara un apéndice de los elementos de orientación en forma de manual de capacitación destinado al personal que se ocupa de la prevención, detección y manejo de ese tráfico ilícito,

Acogiendo con satisfacción el Manual de capacitación para el cumplimiento de las leyes por las que se aplica el Convenio de Basilea: Orientaciones para la detección, la investigación y el enjuiciamiento del tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos, que figura en el anexo de la nota de la secretaría sobre elementos de orientación24;

1. Pide a la secretaría que prepare, para remitir al Grupo de Trabajo de composición abierta, un proyecto revisado de manual de capacitación, teniendo en cuenta todas las observaciones recibidas de las Partes antes, durante y después de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes, pero a más tardar el 31 de diciembre de 2004 y prestando una importancia particular a su función de instrumento de capacitación;

2. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine y apruebe el manual de capacitación en nombre de la Conferencia de las Partes;

3. Conviene, una vez que así lo haya aprobado el Grupo de Trabajo de composición abierta, en incorporar el texto del manual de capacitación como apéndice 5 de los Elementos de orientación para la detección, la prevención y el control del tráfico ilícito de desechos peligrosos;

4. Pide a la secretaría que incorpore los elementos de orientación, con sus apéndices, en el sitio del Convenio en la Web, en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas;

5. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que siga examinando y actualizando, según proceda, los elementos de orientación;

6. Pide a la secretaría que, en colaboración con los centros regionales del Convenio de Basilea, siga prestando asistencia a las Partes, particularmente a los países en desarrollo, en la aplicación de los elementos de orientación a nivel nacional, con inclusión de la elaboración de planes nacionales para situaciones imprevistas;

7. Pide a la secretaría que prosiga sus esfuerzos por organizar más seminarios de capacitación destinados a prestar asistencia a las Partes, particularmente a los países en desarrollo, en la aplicación de los elementos de orientación;

8. Exhorta a todas las Partes y organizaciones que estén en condiciones de hacerlo a que aporten contribuciones financieras o en especie para ayudar a organizar esos seminarios de capacitación.

VII/35. Transmisión de información, incluida la aplicación de la decisión II/12

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones VI/27 y VI/28,

Tomando nota de la recopilación de documentos y fichas de datos nacionales preparadas por la secretaría sobre la base de la información facilitada por las Partes correspondiente a los años 2000 y 2001, con arreglo a los artículos 13 y 16 del Convenio,

Tomando nota también del informe consolidado preparado por la secretaría sobre la aplicación de las decisiones II/12 y III/1 según consta en las fichas de datos nacionales publicadas en 2004,

Reconociendo los esfuerzos realizados por las Partes para presentar los informes correspondientes a los años 2000 y 2001,

24 UNEP/CHW.7/24.

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Tomando nota asimismo, con gratitud, del progreso realizado por el Instituto Finlandés del Medio Ambiente en la elaboración de la base de datos para la presentación de información,

Subrayando la importancia de presentar a la secretaría datos correctos, completos y comparables sobre la generación y los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos,

Reconociendo la importancia de elaborar indicadores sobre desechos peligrosos y otros desechos en los que se tengan en cuenta las diferentes condiciones socioeconómicas de las Partes,

1. Insta a las Partes que aún no lo hayan hecho a que presenten los informes con arreglo a los artículos 13 y 16 correspondientes al año civil 2002 y a los años precedentes lo antes posible, utilizando el cuestionario revisado que fue aprobado por la Conferencia de las Partes en su sexta reunión, teniendo en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 13, se pide a las Partes que transmitan, antes del final de cada año civil, un informe sobre el año civil precedente;

2. Invita a las Partes a que faciliten a la secretaría la información sobre el año civil 2003 antes de que finalice el año civil 2004;

3. Alienta a las Partes a que continúen presentando información sobre la aplicación de la decisión II/12 en los informes que preparen de conformidad con el artículo 13 del Convenio;

4. Pide a la secretaría que prepare una recopilación de documentos y fichas de datos nacionales correspondientes a los años 2002 y 2003 y que periódicamente ponga dicha información a disposición de las Partes y de los países que no son Partes;

5. Pide también a la secretaría que prepare otro informe consolidado sobre la aplicación de la decisión II/12 y que presente un informe al respecto a la Conferencia de las Partes en su octava reunión;

6. Pide asimismo a la secretaría que continúe impartiendo formación a los países en desarrollo y a otros países que necesiten asistencia a fin de que cumplan con sus obligaciones de presentar informes, mediante la organización de cursos prácticos por conducto de los centros regionales del Convenio de Basilea u otros medios apropiados;

7. Pide a la secretaría que emprenda los trabajos preparatorios necesarios para que la base de datos para la presentación de información esté disponible en su sitio de la Web;

8. Pide a las Partes que subsanen las deficiencias de datos que puedan existir en las series de datos presentados con anterioridad sobre la generación y los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos correspondientes al año 1999 y subsiguientes, para facilitar la elaboración de los indicadores;

9. Pide a la secretaría que en 2005 presente al Grupo de Trabajo de composición abierta, en su cuarto período de sesiones, un informe sobre los progresos realizados en el comienzo de la labor de elaboración de un conjunto de indicadores;

10. Invita a las Partes y a otros interesados a ayudar a la secretaría en la elaboración de esos indicadores.

VII/36. Elementos de orientación para acuerdos y arreglos bilaterales, multilaterales y regionales

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones VI/12 y VI/18,

Tomando nota de la decisión OEWG-II/3 del Grupo de Trabajo de composición abierta sobre elementos de orientación para acuerdos o arreglos bilaterales, multilaterales y regionales,

1. Conviene en terminar su labor relacionada con los elementos de orientación para acuerdos o arreglos bilaterales, multilaterales y regionales;

2. Pide a la secretaría que, con sujeción a los medios de que disponga, ayude a las Partes que necesiten asistencia para solucionar cualquier problema específico que tengan en relación con los acuerdos o arreglos bilaterales, multilaterales y regionales;

3. Pide a las Partes que faciliten a la secretaría, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11, todo texto de esos acuerdos o arreglos;

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4. Pide a la secretaría que incorpore los textos de esos acuerdos o arreglos en el sitio en la Web del Convenio de Basilea.

VII/37. Enmienda del artículo 29 del Reglamento

La Conferencia de las Partes,

Teniendo presente la importancia de la transparencia y de promover la concienciación pública y la comprensión del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación,

Reconociendo la importancia de la participación de las instituciones no gubernamentales y de particulares para lograr los objetivos del Convenio de Basilea,

Decide enmendar el artículo 29 del Reglamento de las reuniones de la Conferencia de las Partes para que diga lo siguiente:

“1. Las reuniones de la Conferencia de las Partes serán de carácter público a menos que la Conferencia de las Partes decida lo contrario;

2. Las reuniones de los comités y grupos de trabajo establecidos por la Conferencia de las Partes, que no sean grupos de trabajo de redacción u oficiosos, serán de carácter público a menos que el órgano interesado decida lo contrario."

VII/38. Cooperación internacional, incluida la cooperación con la Organización Mundial del Comercio y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial

La Conferencia de las Partes,

Recordando sus decisiones VI/29 y VI/30 sobre cooperación internacional y cooperación con la Organización Mundial del Comercio, respectivamente,

Teniendo presente el mayor nivel de cooperación con los órganos de las Naciones Unidas, otras organizaciones intergubernamentales internacionales y regionales y los acuerdos ambientales multilaterales,

Consciente de la importancia de establecer lazos de cooperación en esferas relacionadas con la aplicación del Convenio de Basilea,

Consciente también de los limitados recursos de que dispone la secretaría para el desempeño de sus funciones,

Tomando nota de las tareas que figuran en el programa de trabajo para 2005-2006 del Grupo de Trabajo de composición abierta que guardan relación con la cooperación internacional,

Considerando el informe preparado por la secretaría sobre cooperación internacional, contenido en el documento UNEP/CHW.7/29;

1. Pide a la secretaría que consolide la cooperación y las sinergias en las esferas y con las organizaciones mencionadas a continuación, dentro de sus mandatos respectivos:

Contaminantes orgánicos persistentes

a) Con la secretaría del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación en la esfera del manejo ambientalmente racional de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos;

Productos químicos tóxicos

b) Con la secretaría del Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional en lo que se refiere a los esfuerzos conjuntos en materia de capacitación y

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creación de capacidad, haciendo que participen los centros regionales del Convenio de Basilea, con vistas a mejorar su aplicación;

Enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional

c) Con el PNUMA y otras organizaciones u órganos intergubernamentales tales como el Programa Interinstitucional de gestión racional de los productos químicos, el Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química y la Comisión OSPAR del Convenio para la protección del medio marino del Atlántico nororiental, con vistas a fomentar los aspectos sinérgicos y complementarios entre las cuestiones relativas a los productos químicos y los desechos;

Cumplimiento

d) Con el PNUMA, la Organización Mundial de Aduanas, la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), los acuerdos ambientales multilaterales pertinentes, como las convenciones y los convenios relacionados con los productos químicos, el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y las convenciones, convenios o protocolos relacionados con la seguridad de la biotecnología;

Transporte y clasificación

e) Con el Comité de Expertos de las Naciones Unidas en Transporte de Mercaderías Peligrosas y el Subcomité de Expertos en el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos de ese Comité y la Organización Mundial de la Salud, en la elaboración de criterios para las características de peligro del anexo III del Convenio en general y el transporte de sustancias infecciosas;

Clasificación de desechos en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas

f) Con la secretaría, el Comité y el Subcomité del Sistema Armonizado y el Subcomité Científico de la Organización Mundial de Aduanas;

Desguace de embarcaciones

g) Con las secretarías de la Organización Marítima Internacional, la Organización Internacional del Trabajo, el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias (Convenio de Londres de 1972), la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y el PNUMA;

2. Pide también a la secretaría que, de conformidad con las decisiones VI/29 y VI/30, continúe su cooperación en esferas críticas para la aplicación eficaz del Convenio de Basilea, su protocolo y enmiendas, con las organizaciones pertinentes, incluidas las que se mencionan a continuación:

a) El Banco Mundial;

b) El Fondo para el Medio Ambiente Mundial;

c) La Comisión de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible;

d) La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo;

e) La Oficina de las Naciones Unidas de Coordinación de Asuntos Humanitarios;

f) El Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones;

g) La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

h) Las comisiones económicas regionales de las Naciones Unidas;

i) La División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas;

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j) La Organización Mundial del Comercio;

k) El Grupo de Estudio Internacional sobre el plomo y el zinc, así como otros grupos de estudio sobre el cobre y el níquel;

l) La Organización para la Prohibición de las Armas Químicas;

m) Las convenciones, convenios y planes de acción de mares regionales;

n) La Unión Africana, en su calidad de secretaría de la Convención de Bamako sobre la prohibición de la importación a África, la fiscalización de los movimientos transfronterizos y la gestión dentro de África de desechos peligrosos;

o) La Conferencia Ministerial Africana sobre el Medio Ambiente;

p) La Nueva Alianza para el Desarrollo de África;

q) El Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente, en su calidad de secretaría de la Convención de prohibición de la importación a los países insulares del Foro de desechos peligrosos y radiactivos y sobre el control de movimiento transfronterizo y la ordenación de desechos peligrosos dentro de la región del Pacífico meridional (Convención de Waigani);

r) La Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos;

s) El Organismo Internacional de Energía Atómica;

3. Pide asimismo a la secretaría que informe sobre la cooperación a la Conferencia de las Partes en su octava reunión;

4. Alienta a las Partes y a otras entidades a apoyar los esfuerzos desplegados por la secretaría en materia de cooperación.

VII/39. Arreglos institucionales

La Conferencia de las Partes,

Recordando su decisión VI/36, sobre arreglos institucionales,

Tomando nota de las observaciones presentadas por China en relación con el funcionamiento del Grupo de Trabajo de composición abierta,

1. Invita a otras Partes a presentar a la secretaría sus observaciones sobre el funcionamiento de los órganos subsidiarios con tiempo para someterlas a la consideración de la Conferencia de las Partes en su octava reunión;

2. Pide a la secretaría que ponga a disposición de la Conferencia de las Partes, en su octava reunión, las observaciones recibidas de las Partes.

VII/40. Financiación sostenible

La Conferencia de las Partes,

Consciente de la magnitud de los efectos negativos de los desechos peligrosos y otros desechos en la salud y el medio ambiente en los países en desarrollo, especialmente en África,

Reconociendo la necesidad de fortalecer y desarrollar la capacidad de las diversas instituciones encargadas del control y la gestión de los desechos peligrosos y otros desechos,

Recordando la escasa capacidad financiera, institucional, técnica y jurídica de los países en desarrollo en lo que respecta a la gestión de los desechos peligrosos y otros desechos,

Recordando las condiciones sociales y económicas imprescindibles para el desarrollo sostenible y las necesidades relacionadas con la mitigación de la pobreza, que exigen movilizar recursos adicionales,

Recordando los Principios de Río,

Consciente de las dificultades que enfrentan los países en desarrollo y los países con economías en transición para aplicar el Convenio de Basilea y sus directrices, entre otras cosas, mediante la

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elaboración de tecnologías, materiales y productos relacionados con la gestión ecológicamente racional de los desechos peligrosos,

Tomando nota de la eficacia y la importancia de que se disponga de una financiación duradera y sostenible que permita a los países en desarrollo aplicar adecuadamente las disposiciones del Convenio,

1. Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que examine el artículo 14 del Convenio de Basilea, teniendo en cuenta las distintas opciones planteadas en el estudio realizado sobre la movilización de recursos, con miras a determinar la viabilidad jurídica e institucional de mecanismos financieros del Convenio apropiados y predecibles;

Pide al Grupo de Trabajo de composición abierta que presente un informe sobre sus conclusiones a la Conferencia de las Partes en su octava reunión.

VII/41. Asuntos financieros

La Conferencia de las Partes,

Recordando la decisión VI/41, sobre asuntos financieros,

Tomando nota del informe financiero sobre los fondos fiduciarios correspondiente a 2003 y 2004, que figura en el documento CHW.7/INF/17 y su adición;

Acogiendo con agrado el aumento del número de Partes en el Convenio, y observando la necesidad de disponer de más recursos técnicos y financieros, tanto nacionales como internacionales, para ayudar a las Partes a lograr una aplicación más eficaz, y la de aplicar las diversas decisiones del Convenio, con inclusión del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea,

Acogiendo con beneplácito la nueva estructura programática de la secretaría;

Reconociendo que las contribuciones voluntarias son un complemento fundamental para la aplicación efectiva del Convenio de Basilea,

Tomando nota de la necesidad de que los arreglos financieros establecidos en apoyo del Convenio de Basilea se administren de una forma totalmente transparente y eficaz;

Lamentando que a raíz de las circunstancias tal vez los gastos en 2003-2004 superen el presupuesto autorizado, en contravención del mandato de la administración de los fondos fiduciarios del Convenio de Basilea;

Determinada a que en el futuro se respeten cabalmente los presupuestos y el mandato mencionado;

Observando las graves dificultades económicas que tienen algunas Partes y haciendo hincapié en la necesidad de que la escala de cuotas de las Naciones Unidas se aplique con flexibilidad en relación con las Partes en cuestión;

1. Pide a la secretaría que, de ser posible, evite superar el presupuesto aprobado en 2004;

2. Aprueba el presupuesto del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea) por un monto de 4.286.090 dólares EE.UU. para el año 2005 y de 4.404.740 dólares EE.UU. para el año 2006, según figura en el anexo I de la presente decisión;

3. Autoriza a la Secretaria Ejecutiva a utilizar una suma no superior a 1 millón de dólares EE.UU. en el año 2005 y a 600.000 dólares EE.UU. en el año 2006 de la reserva y del saldo del fondo del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea para sufragar los gastos del presupuesto aprobado;

4. Autoriza también a la Secretaria Ejecutiva a completar la realización de las actividades del Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea, tal como lo aprobó la Conferencia de las Partes en su sexta reunión, para el bienio 2003-2004;

5. Decide que el monto total de las contribuciones que harán efectivas las Partes asciende a 3.286.090 dólares EE.UU. para 2005 y a 3.804.740 dólares EE.UU. para 2006, tal como se establece en el anexo I de la presente decisión;

6. Decide también que las contribuciones de las distintas Partes serán las enumeradas en el anexo III de la presente decisión, que se basa en la escala de cuotas vigente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, modificada de modo que ninguna Parte contribuya menos del 0,001% del total,

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ninguna Parte contribuya más del 22% del total y ninguna contribución de una Parte que es un país menos adelantado supere el 0,01% del total;

7. Decide mantener el nivel de la reserva del capital de operaciones en un 15% de los gastos anuales planificados estimados durante todo el transcurso del bienio 2005-2006;

8. Decide que la Secretaria Ejecutiva podrá transferir hasta un 20% de los recursos de una sección de consignaciones principal del presupuesto aprobado a otras secciones de consignaciones principales;

9. Acuerda examinar en su octava reunión, sobre la base de un documento que preparará la secretaría, un plan para determinar la mejor manera de nivelar los fondos para el funcionamiento y los gastos del Convenio;

10. Pide que el presupuesto que se presente a la octava reunión de la Conferencia de las Partes se diseñe siguiendo la nueva estructura programática de la secretaría y teniendo en cuenta la orientación facilitada por el Grupo de Trabajo de composición abierta;

11. Expresa su preocupación por las demoras en el pago de las contribuciones convenidas por las Partes, contrariamente a lo dispuesto en el mandato para la administración del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligros y su eliminación, tal como figura en el párrafo 8 del mandato;

12. Insta a todas las Partes a que paguen prontamente y en su totalidad sus contribuciones y exhorta a las Partes que no lo hayan hecho a hacer efectivas lo antes posible sus contribuciones correspondientes a los años anteriores;

13. Pide a la Secretaria Ejecutiva que publique y mantenga actualizada en el sitio del Convenio en la web una lista de las contribuciones aportadas al Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea y a los fondos fiduciarios de cooperación técnica;

14. Toma nota del presupuesto del Fondo Fiduciario para ayudar a los países en desarrollo y otros países que necesitan asistencia técnica en la aplicación del Convenio de Basilea (Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica) por una suma de 17.868.398 dólares EE.UU. para 2005 y de 12.297.011 dólares EE.UU. para 2006, tal como figura en el anexo II de la presente decisión;

15. Invita a las Partes, a los países que no son Partes y a otras entidades a aportar contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica y al Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea;

16. Alienta a las Partes, a los países que no son Partes y a otros interesados a contribuir con recursos financieros y de otro tipo a la aplicación del Plan Estratégico y a la ejecución de proyectos conexos y también alienta a las Partes y a los países que no son Partes a notificar esos proyectos para que se sometan al examen de los organismos de financiación que corresponda;

17. Invita a las Partes a notificar a la secretaría del Convenio de Basilea todas las contribuciones hechas a los fondos fiduciarios del Convenio de Basilea en el momento en que se realicen dichos pagos;

18. Decide prorrogar los fondos fiduciarios del Convenio de Basilea hasta el 31 de diciembre de 2008 y pide al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que prorrogue los dos fondos fiduciarios del Convenio de Basilea durante el bienio 2007-2008, a reserva de la aprobación del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente;

19. Pide a la Secretaria Ejecutiva que, cuando se presenten proyectos de decisión cuya aplicación no se puede sufragar con los recursos de que se dispone en el presupuesto del Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea, proporcione a las Partes una indicación de las consecuencias financieras de esos proyectos en el momento en que se los presenta en la octava reunión de la Conferencia de las Partes;

20. Pide a la secretaría del Convenio de Basilea que vele por que se apliquen las decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes, en su forma aprobada, dentro de los presupuestos y de la disponibilidad de recursos financieros en los fondos fiduciarios;

21. Pide también a la secretaría que presente un informe anual al Grupo de Trabajo de composición abierta y a la Mesa Ampliada sobre todas las fuentes de los ingresos recibidos, con inclusión de la reserva y del saldo e intereses del fondo, así como de los gastos y compromisos reales

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provisionales y proyectados, y pide también a la Secretaria Ejecutiva que presente un informe sobre todos los gastos incurridos con cargo a los renglones del presupuesto acordado;

22. Pide también al Grupo de Trabajo de composición abierta y a la Mesa Ampliada que mantengan en examen la información financiera presentada por la secretaría, incluidos el momento en que se la presenta y su transparencia.

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Anexo I Presupuesto Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea Años 2005-2006

Presupuesto de la CP 6

Presupuesto de la CP 7

2004 2005 2006 Total10 COMPONENTE DE PERSONAL 1100 Funcionarios del cuadro orgánico (cargo y categoría) ****** 1101 Secretaria Ejecutiva (D2) 157.500 211.000 211.000 422.000

1102 Secretario Ejecutivo Adjunto (D1) 146.800 200.000 200.000 400.000 1103 Oficial superior de programas – Cuestiones del conjunto de actividades

técnicas (P5) 146.800 173.600 173.600 347.200

1104 Oficial superior de programas GT Institucional/jurídico de la secret. (P5) 146.800 173.600 173.600 347.200 1105 Primer oficial de programas - GT Técnico/científico de la secret. (P4) 130.000 150.200 150.200 300.400 1106 Oficial de programas - Informes nacionales (P3) 108.000 124.400 124.400 248.800 1107 Oficial de programas – Coop. Técnica y capacitación (P4) 130.000 150.200 150.200 300.400 1108 Oficial de programas - Concienciación del público (P3) 108.000 124.400 124.400 248.800 1109 Oficial administrativo / gestión del Fondo (PNUMA) ** - - - - 1110 Oficial adjunto de programas – Informática (P2) 87.600 96.200 96.200 192.400 1120 Puestos supernumerarios para la prestación de servicios de conferencias (en

relación con la CP7 junto con el renglón 1321) 50.000 10.000 10.000 20.000

1199 Total parcial, Funcionarios del cuadro orgánico 1.211.500 1.413.600 1.413.600 3.827.200 1200 Consultores 1201 Asesoramiento jurídico, apoyo, creación de capacidad / Directrices técnicas 135.000 100.000 100.000 200.000 1202 Creación de capacidad / Directrices técnicas 135.000 100.000 100.000 200.000 1203 Movilización de recursos / Modalidades de asociación 0 60.000 60.000 120.000

1299 Total parcial, Consultores 279.000 260.000 260.000 520.000 1300 Apoyo administrativo (Cargo y categoría)***

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Presupuesto de la CP 6

Presupuesto de la CP 7

2004 2005 2006 Total 1301 Auxiliar administrativo (G6) ** - - - - 1302 Asistente personal de la Secretaria Ejecutiva (G6) 85.200 118.400 118.400 236.800 1303 Auxiliar reuniones / documentos (G6) 85.200 118.400 118.400 236.800 1304 Asistente personal (G5) 85.200 92.100 92.100 184.200 1305 Auxiliar de programas (G5) 85.200 92.100 92.100 184.200 1306 Secretario (G5) 85.200 92.100 92.100 184.200 1307 Secretario (G5) 85.200 92.100 92.100 184.200 1308 Empleado reproducción y registro de correspondencia (G4)* 85.200 92.100 92.100 184.200 1309 Auxiliar jurídico (G5)* 85.200 92.100 92.100 184.200 1310 Auxiliar finanzas y presupuesto (G-6) ** - 0 00 1320 Asistencia supernumeraria (corto plazo) 10.300 10.300 10.300 20.600 Total parcial 691.900 799.700 799.700 1.599.400 Costos del Servicio de Conferencias 1321 Conferencia de las Partes (1 reunión por bienio en seis idiomas, 10.000

dólares por año con cargo al renglón presupuestario 1120, total 620.000. Calculado a 300 páginas de traducción. El saldo arrastrado de los fondos de la CP anterior se imputa al año de la CP.)

500.000 250.000 350.000 600.000

1322 Cuarta reunión Grupo de Trabajo de composición abierta (traducción de 200 páginas o menos e interpretación en los 6 idiomas oficiales de las Naciones Unidas hasta las 18.00 horas)

0 450.000 0 450.000

1323 Quinta reunión Grupo de Trabajo de composición abierta (traducción de 200 páginas o menos e interpretación en los 6 idiomas oficiales de las Naciones Unidas hasta las 18.00 horas)

0 0 450.000 450.000

1324 Tercera reunión Grupo de Trabajo de composición abierta (traducción de 300 páginas e interpretación en los 6 idiomas oficiales de las Naciones Unidas)

400.000 0 0 0

1325 Mesa Ampliada (en inglés únicamente – 2 reuniones por bienio) 7.000 2.000 2.000 4.000 1326 Grupo de expertos sobre fin del ciclo de vida útil de los teléfonos móviles 3.000 0 0 4.000

1327 Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento (inglés únicamente) 3.000 2.000 2.000 4.000

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Presupuesto de la CP 6

Presupuesto de la CP 7

2004 2005 2006 Total

1399 Total parcial Gastos de apoyo administrativo y servicios de conferencia 1.604.900 1.503.700 1.603.700 3.107.400 1600 Viajes en comisión de servicio 1601 Oficiales en comisión de servicio 200.000 150.000 150.000 300.000 1699 Total parcial Viajes en comisión de servicio 200.000 150.000 150.000 300.000 1999 TOTAL COMPONENTE DE PERSONAL 3.286.400 3.327.300 3.427.300 6.754.600 20 COMPONENTE DE SUBCONTRATA 2100 Componente de subcontrata 2101 Informática 50.000 10.000 10.000 20.000 2199 Total parcial componente de subcontrata – no comercial 50.000 10.000 10.000 20.000 2999 TOTAL COMPONENTE DE SUBCONTRATA 50.000 10.000 10.000 20.000 30 COMPONENTE DE REUNIONES Y CONFERENCIAS 3300 Costos de viajes y dietas de los participantes 3301 Conferencia de las Partes - 0 0 0 3302 Cuarta reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta (20 viajes) - 62.000 0 62.000 3303 Quinta reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta (20 viajes) - 0 62.000 62.000 3304 Grupo de Trabajo de composición abierta (50 viajes) 175.000 0 0 0 3305 Mesa Ampliada (14 viajes aproximadamente) 51.555 43.400 43.400 86.800 3306 Mecanismo para promover la aplicación y el cumplimiento (inglés

únicamente) - 2 reuniones durante el bienio (10 viajes/reunión) 0 31.000 31.000 62.000

3399 Total parcial - Reuniones y conferencias 226.555 136.400 136.400 272.800 3999 TOTAL COMPONENTE DE REUNIONES Y CONFERENCIAS 226.555 136.400 136.400 272.800 40 COMPONENTE DE EQUIPO Y LOCALES 4100 Equipo fungible

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Presupuesto de la CP 6

Presupuesto de la CP 7

2004 2005 2006 Total 4101 Material de oficina, adquisiciones de la biblioteca y programas

informáticos 24.500 24.500 24.500 49.000

4199 Total parcial Equipo fungible 24.500 24.500 24.500 49.000 4200 Equipo no fungible 4201 Equipo de computadoras, impresoras, muebles, equipos audiovisuales y

otros 28.000 14.000 14.000 28.000

28.000 14.000 14.000 28.000 4300 Locales 4301 Tasas del espacio de oficinas, mantenimiento de los edificios, seguridad,

servicios públicos y seguros 60.000 75.000 80.000 155.000

4399 Total parcial Locales 60.000 75.000 80.000 155.0004999 TOTAL, COMPONENTE DE EQUIPO Y LOCALES 112.500 113.500 118.500 232.000

50 COMPONENTE DE GASTOS VARIOS 5100 Funcionamiento y mantenimiento del equipo 5101 Computadoras, impresoras, fotocopiadoras y otros 51.300 71.300 71.300 142.600 5199 Total parcial Mantenimiento del equipo 51.300 71.300 71.300 142.600 5200 Costos de presentación de informes 5201 Boletines, publicaciones y otros medios de información 55.000 55.000 55.000 110.000

5299 Total parcial Costos de presentación de informes 55.000 55.000 55.000 110.000 5300 Gastos varios 5301 Comunicaciones, fletes y otros gastos (saldo del año para el año de la CP) 67.500 70.000 70.000 140.000 5399 Total parcial Gastos varios 67.500 70.000 70.000 140.000 5400 Atenciones sociales 5401 Atenciones socials 9.500 9.500 9.500 19.000

5499 Total parcial Atenciones socials 9.500 9.500 9.500 19.000

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Presupuesto de la CP 6

Presupuesto de la CP 7

2004 2005 2006 Total 5999 TOTAL COMPONENTE DE GASTOS VARIOS 183.300 205.800 205.800 411.600 99 TOTAL GASTOS OPERACIONALES 3.858.755 3.793.000 3.898.000 7.691.000 Menos contribución del PNUMA -137.300 13% de costos de apoyo al programa 480.399 493.090 506.740 999.830

TOTAL PRESUPUESTO DEL FONDO FIDUCIARIO 4.201.854 4.286.090 4.404.740 8.690.830 Aumento porcentual año a año 2,0% 2,8% Deducción de la Reserva y del saldo del Fondo**** 1.200.000 1.000.000 600.000 1.600.000 A SUFRAGAR CON LAS CONTRIBUCIONES DE LAS PARTES 3.001.854 3.286.090 3.804.740 7.090.830 Aumento porcentual año a año 9,5% 15,8% Aumento porcentual del bienio 2003-2004 al bienio 2005-2006 18,1% Reserva del capital de operaciones requerida (15%) 642.914 660.711

Proyección de la reserva

2.268.210 Utilización de la reserva 1.600.000 Reserva del capital de operación (15% del presupuesto promedio) 668.210

* Se propone la reclasificación del puesto debido a cambios en las funciones. ** Puesto sufragado con cargo a los costos de apoyo al programa del 13%. *** Se usan los gastos normales en concepto de sueldos (Rev.12) de las Naciones Unidas para 2005. **** La deducción tal vez se reduzca por los ingresos en concepto de intereses y las contribuciones no provenientes de las Partes.

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Anexo II

Presupuesto

Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica

Años 2005 y 2006

Presupuesto COP 6

Presupuesto COP 7

2004 2005 2006

10 COMPONENTE DE PERSONAL 1100 Funcionarios del cuadro orgánico (cargo y categoría) 1111 Oficial superior de programas – Movilización de

recursos / modalidades de asociación (P5) - 173.600 173.600

1199 Total parcial, funcionarios del cuadro orgánico - 173.600 173.600 Consultores 1201 Mecanismo relativo al cumplimiento - Expertos y

asesores 25.000 30.000 60.000

Total parcial, consultores 25.000 30.000 60.000 1600 Viajes en comisión de servicio 1601 Viajes en comisión de servicio– misiones

de reunión de información, mecanismo relativo al cumplimiento

10.000 20.000 30.000

1699 Total, viajes en comisión de servicio 10.000 20.000 30.000

1999 TOTAL COMPONENTE DE PERSONAL 35.000 223.600 263.600

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Presupuesto COP 6

Presupuesto COP 7

2004 2005 200620 COMPONENTE DE SUBCONTRATA 2100 Componente de subcontrata 2101 Desarrollo y mantenimiento de portales

en la Web para el sistema de información de los centros regionales del Convenio de Basilea

100.000 57.000 17.000

2102 Acceso a través de la Web a la base de datos de informes nacionales. (Anteriormente: Asistencia para el desarrollo de sistemas de información para los informes nacionales y el manejo de desechos peligrosos (40 países))

200.000 50.000 20.000

2103 Proyectos para la ejecución del Plan Estratégico*

250.000 8.492.102 3.930.179

2104 Proyectos para el Programa de Asociación *

- 1.000.000 1.000.000

2150 Mecanismo financiero provisional para responsabilidad e indemnización

500.000 500.000 500.000

2199 Total parcial, subcontratas 1.050.000 10.099.102 5.467.179

2999 TOTAL COMPONENTE DE SUBCONTRATA 1.050.000 10.099.102 5.467.179

3100 Capacitación

3101 Asistencia técnica y cuestiones técnicas (elementos de los planes de trabajo de los centros regionales del Convenio de Basilea) (en el presupuesto de 2002 el renglón presupuestario era: Asistencia técnica a 10 países)*

375.000 1.370.285 644.361

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Presupuesto COP 6

Presupuesto COP 7

2004 2005 20063102 Creación de capacidad (elementos de los

planes de trabajo de los centros regionales del Convenio de Basilea)*

935.000 2.750.255 2.217.171

3199 Total parcial capacitación 1.310.000 4.120.540 2.861.532

3200 Capacitación de grupos 3201 Cursos prácticos y seminarios regionales

/ subregionales sobre la ejecución del Plan Estratégico (5 reuniones por bienio, 80 participantes)

250.000 250.000 250.000

3202 Centros regionales del Convenio de Basilea (inventarios y legislación nacional (13 centros))

485.000 485.000 485.000

3203 (Asistencia a los países en desarrollo para la elaboración de sistemas de información – véase el renglón presupuestario 2102)

- - -

3204 Cursos prácticos para personal de aduanas y de cumplimiento de la ley relativa a la prevención del tráfico ilícito, planes de aplicación relativos al manejo de desechos peligrosos

340.000 400.000 400.000

3299 Total parcial capacitación de grupos 1.075.000 1.135.000 1.135.000

3300 Reuniones y conferencias 3301 Conferencia de las Partes (1 reunión por

bienio) 770.000 - 770.000

3302 Grupo de Trabajo de composición abierta 4

- 220.500 -

3303 Grupo de Trabajo de composición abierta 5

- - 371.000

3304 Grupo de Trabajo de composición abierta 371.000 - - 3307 Comité para el mecanismo relativo al

cumplimiento (presupuestado en el 65.000 - -

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Presupuesto COP 6

Presupuesto COP 7

2004 2005 2006Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea)

3308 Asociaciones (Anteriormente:Asociaciones con la industria) (1 reunión por año, 4 viajes por reunión)

14.000 14.000 14.000

3399 TOTAL PARCIAL DE REUNIONES

Y CONFERENCIAS 1.262.000 234.500 1.155.000

3999 TOTAL DEL COMPONENTE DE REUNIONES Y

CONFERENCIAS 3.647.000 5.490.040 5.151.532

99 TOTAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 4.732.000 15.812.742 10.882.311 13% gastos de apoyo al programa 615.160 2.055.656 1.414.700 TOTAL DEL PRESUPUESTO DEL FONDO FIDUCIARIO 5.347.160 17.868.398 12.297.011

* Para sufragar proyectos experimentales regionales financiados por el sector privado y otros interesados. Las cantidades son únicamente indicativas.

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Anexo III

Fondo Fiduciario del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación

Escala de cuotas para el bienio 2005-2006 en dólares de los EE.UU basada en el proyecto de presupuesto

A B C D E F No. Partes Escala de cuotas

de las Naciones Unidas 2005–2006*

Escala ajustada de cuotas con un límite del 22% y sin que ningún PMA contribuya más del 0,01%

Contribuciones anuales para 2005

Contribuciones anuales para 2006

(porcentaje)

1 Albania 0,005 0,00646 212 246 2 Alemania 8,662 11,19107 367.749 425.791 3 Andorra 0,005 0,00646 212 246 4 Antigua y Barbuda 0,003 0,00388 127 147 5 Arabia Saudita 0,713 0,92118 30.271 35.048 6 Argelia 0,076 0,09819 3.227 3.736 7 Argentina 0,956 1,23513 40.587 46.993 8 Armenia 0,002 0,00258 85 98 9 Australia 1,592 2,05682 67.589 78.257

10 Austria 0,859 1,10981 36.469 42.225 11 Azerbaiyán 0,005 0,00646 212 246 12 Bahamas 0,013 0,01680 552 639 13 Bahrein 0,030 0,03876 1.274 1.475 14 Bangladesh 0,010 0,01000 329 380 15 Barbados 0,010 0,01292 425 492 16 Belarús 0,018 0,02326 764 885 17 Bélgica 1,069 1,38112 45.385 52.548 18 Belice 0,001 0,00129 42 49 19 Benin 0,002 0,00258 85 98 20 Bhután 0,001 0,00129 42 49 21 Bolivia 0,009 0,01163 382 442 22 Bosnia y Herzegovina 0,003 0,00388 127 147 23 Botswana 0,012 0,01550 509 590 24 Brasil 1,523 1,96768 64.660 74.865 25 Brunei Darussalam 0,034 0,04393 1.443 1.671 26 Bulgaria 0,017 0,02196 722 836 27 Burkina Faso 0,002 0,00258 85 98 28 Burundi 0,001 0,00129 42 49 29 Cabo Verde 0,001 0,00129 42 49 30 Camboya 0,002 0,00258 85 98 31 Camerún 0,008 0,01034 340 393 32 Canadá 2,813 3,63432 119.427 138.276 33 Chad 0,001 0,00129 42 49 34 Chile 0,223 0,28811 9.468 10.962

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A B C D E F No. Partes Escala de cuotas

de las Naciones Unidas 2005–2006*

Escala ajustada de cuotas con un límite del 22% y sin que ningún PMA contribuya más del 0,01%

Contribuciones anuales para 2005

Contribuciones anuales para 2006

(porcentaje) 35 China 2,053 2,65242 87.161 100.918 36 Chipre 0,039 0,05039 1.656 1.917 37 Colombia 0,155 0,20026 6.581 7.619 38 Comoras 0,001 0,00129 42 49 39 Costa Rica 0,030 0,03876 1.274 1.475 40 Cote d'Ivoire 0,010 0,01292 425 492 41 Croacia 0,037 0,04780 1.571 1.819 42 Cuba 0,043 0,05555 1.826 2.114 43 Dinamarca 0,718 0,92764 30.483 35.294 44 Djibouti 0,001 0,00129 42 49 45 Dominica 0,001 0,00129 42 49 46 Ecuador 0,019 0,02455 807 934 47 Egipto 0,120 0,15504 5.095 5.899 48 El Salvador 0,022 0,02842 934 1.081 49 Emiratos Árabes Unidos 0,235 0,30361 9.977 11.552 50 Eslovaquia 0,051 0,06589 2.165 2.507 51 Eslovenia 0,082 0,10594 3.481 4.031 52 España 2,520 3,25577 106.988 123.874 53 Estonia 0,012 0,01550 509 590 54 Etiopía 0,004 0,00517 170 197 55 La ex República

Yugoslava de Macedonia

0,006 0,00775 255 295

56 Federación de Rusia 1,100 1,42117 46.701 54.072 57 Filipinas 0,095 0,12274 4.033 4.670 58 Finlandia 0,533 0,68862 22.629 26.200 59 Francia 6,030 7,79060 256.006 296.412 60 Gambia 0,001 0,00129 42 49 61 Georgia 0,003 0,00388 127 147 62 Ghana 0,004 0,00517 170 197 63 Grecia 0,530 0,68475 22.501 26.053 64 Guatemala 0,030 0,03876 1.274 1.475 65 Guinea 0,003 0,00388 127 147 66 Guinea Ecuatorial 0,002 0,00258 85 98 67 Guyana 0,001 0,00129 42 49 68 Honduras 0,005 0,00646 212 246 69 Hungría 0,126 0,16279 5.349 6.194 70 India 0,421 0,54392 17.874 20.695 71 Indonesia 0,142 0,18346 6.029 6.980 72 Irán (República Islámica

del) 0,157 0,20284 6.665 7.718

73 Irlanda 0,350 0,45219 14.859 17.205 74 Islandia 0,034 0,04393 1.443 1.671 75 Islas Cook 0,001 0,00129 42 49

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A B C D E F No. Partes Escala de cuotas

de las Naciones Unidas 2005–2006*

Escala ajustada de cuotas con un límite del 22% y sin que ningún PMA contribuya más del 0,01%

Contribuciones anuales para 2005

Contribuciones anuales para 2006

(porcentaje) 76 Islas Marshall 0,001 0,00129 42 49 77 Israel 0,467 0,60335 19.827 22.956 78 Italia 4,885 6,31129 207.395 240.128 79 Jamahiriya Árabe Libia 0,132 0,17054 5.604 6.489 80 Jamaica 0,008 0,01034 340 393 81 Japón 19,468 22,00000 722.940 837.043 82 Jordania 0,011 0,01421 467 541 83 Kazajstán 0,025 0,03230 1.061 1.229 84 Kenya 0,009 0,01163 382 442 85 Kirguistán 0,001 0,00129 42 49 86 Kiribati 0,001 0,00129 42 49 87 Kuwait 0,162 0,20930 6.878 7.963 88 Lesotho 0,001 0,00129 42 49 89 Letonia 0,015 0,01938 637 737 90 Líbano 0,024 0,03101 1.019 1.180

91 Liechtenstein 0,005 0,00646 212 246 92 Lituania 0,024 0,03101 1.019 1.180 93 Luxemburgo 0,077 0,09948 3.269 3.785 94 Madagascar 0,003 0,00388 127 147 95 Malasia 0,203 0,26227 8.618 9.979 96 Malawi 0,001 0,00129 42 49 97 Maldivas 0,001 0,00129 42 49 98 Malí 0,002 0,00258 85 98 99 Malta 0,014 0,01809 594 688 100 Marruecos 0,047 0,06072 1.995 2.310 101 Mauricio 0,011 0,01421 467 541 102 Mauritania 0,001 0,00129 42 49 103 México 1,883 2,43279 79.944 92.561 104 Micronesia (Estados

Federados de) 0,001 0,00129 42 49

105 Mónaco 0,003 0,00388 127 147 106 Mongolia 0,001 0,00129 42 49 107 Mozambique 0,001 0,00129 42 49 108 Namibia 0,006 0,00775 255 295 109 Nauru 0,001 0,00129 42 49 110 Nepal 0,004 0,00517 170 197 111 Nicaragua 0,001 0,00129 42 49 112 Níger 0,001 0,00129 42 49 113 Nigeria 0,042 0,05426 1.783 2.065 114 Noruega 0,679 0,87725 28.827 33.377 115 Nueva Zelandia 0,221 0,28553 9.383 10.864 116 Omán 0,070 0,09044 2.972 3.441 117 Países Bajos 1,690 2,18343 71.750 83.074 118 Pakistán 0,055 0,07106 2.335 2.704

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A B C D E F No. Partes Escala de cuotas

de las Naciones Unidas 2005–2006*

Escala ajustada de cuotas con un límite del 22% y sin que ningún PMA contribuya más del 0,01%

Contribuciones anuales para 2005

Contribuciones anuales para 2006

(porcentaje) 119 Panamá 0,019 0,02455 807 934 120 Papua Nueva Guinea 0,003 0,00388 127 147 121 Paraguay 0,012 0,01550 509 590 122 Perú 0,092 0,11886 3.906 4.522 123 Polonia 0,461 0,59560 19.572 22.661 124 Portugal 0,470 0,60723 19.954 23.103 125 Qatar 0,064 0,08269 2.717 3.146 126 Reino Unido de Gran

Bretaña e Irlanda del Norte

6,127 7,91592 260.124 301.180

127 República Árabe Siria 0,038 0,04909 1.613 1.868 128 República Checa 0,183 0,23643 7.769 8.996 129 República de Corea 1,796 2,32038 76.250 88.285

República de Moldova 0,001 0,00129 42 49 131 República Democrática

del Congo 0,003 0,00388 127

132 República Dominicana 0,035 0,04522

130 147

1.486 1.720 133 República Unida de

Tanzanía 0,00775 0,006 255 295

2.949 135 Rwanda 0,001 0,00129 49 136 Saint Kitts y Nevis 0,001 0,00129 42 49 137 Samoa 0,001 0,00129 42 49 138 0,001 0,00129 42 49

139 Santa Lucía 0,002 85 98 140 Senegal 0,005 0,00646 212 141 Serbia y Montenegro 0,019 0,02455 807 934

Seychelles 0,002 0,00258 85 98 143 Singapur 0,50129 16.473 19.073 144 Sri Lanka 0,017 0,02196 836 145 Sudáfrica 0,292 0,37726 12.397 14.354 146 Suecia 0,998 1,28939 42.370 49.058 147 1,197 1,54649 50.819 58.840 148 Tailandia 0,209 8.873 10.274 149 Togo 0,001 0,00129 42 150 Trinidad y Tabago 0,022 0,02842 934 1.081

Túnez 0,032 0,04134 1.359 1.573 152 0,005 0,00646 212 246 153 Turquía 0,372 15.793 18.286 154 Ucrania 0,039 0,05039 1.917 155 Uganda 0,006 0,00775 255 295 156 Uruguay 0,048 0,06201 2.038 2.359 157 0,014 0,01809 594 688

134 Rumania 0,060 0,07752 2.547 42

San Vicente y las Granadinas

0,00258 246

142 0,388

722

Suiza 0,27002

49

151 Turkmenistán

0,48061 1.656

Uzbekistán

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A B C D E F No. Partes Escala de cuotas

de las Naciones Unidas 2005–2006*

Escala ajustada de cuotas con un límite del 22% y sin que ningún PMA contribuya más del 0,01%

Contribuciones anuales para 2005

Contribuciones anuales para 2006

(porcentaje) 158 Venezuela (República

Bolivariana de) 0,171 7.260 8.406

159 Viet Nam 0,021 0,02713 1.032 160 Yemen 0,006 0,00775 255 295 161 Zambia 0,002 0,00258 85 98 162 2,500 2,50000 82.152 95.119 Subtotal 80,408 100,00000 3.286.077 Error de redondeo 13 5

TOTAL 3.286.090 3.804.740

0,22093

892

Comunidad Europea

3.804.735

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VII/42. Fecha y lugar de la octava reunión de la Conferencia de las Partes

La Conferencia de las Partes,

Recordando el artículo 15 del Convenio de Basilea, que establece que “se celebrarán reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes a los intervalos regulares que determine la Conferencia en su primera reunión”,

Recordando también la decisión I/1, en la que la Conferencia aprobó el reglamento de las reuniones de la Conferencia de las Partes, en cuyo artículo 4 se dispone que “[L]as reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes se celebrarán cada dos años, a menos que las Partes decidan otra cosa” y que “[e]n cada reunión ordinaria la Conferencia decidirá la fecha y la duración de su siguiente reunión ordinaria”,

Reconociendo los beneficios que pueden derivarse para el Convenio y para las Partes, en particular las que tienen economías en desarrollo, de que las reuniones de la Conferencia de las Partes se celebren en distintas regiones del mundo,

1. Toma nota con agradecimiento del interés expresado por el Gobierno de Kenya en acoger la octava reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio;

2. Pide al Secretario Ejecutivo que celebre consultas con el Gobierno de Kenya con miras a acordar disposiciones satisfactorias y a concertar un acuerdo con el país anfitrión para la celebración de la octava reunión de la Conferencia de las Partes;

3. Decide que, con sujeción a que concluyan satisfactoriamente las consultas entre el Gobierno de Kenya y el Secretario Ejecutivo sobre los preparativos para la octava reunión de la Conferencia de las Partes, la octava reunión se celebre en Kenya del 27 de noviembre al 1 de diciembre de 2006.]

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Anexo II

Declaraciones de Australia y el Canadá sobre el análisis de las cuestiones relacionadas con el anexo VII

Declaración de Australia

Las Partes tienen conocimiento de las preocupaciones que tiene Australia desde hace mucho tiempo en relación con el anexo VII, que manifestó en diversas ocasiones tanto en las reuniones como mediante observaciones formuladas por escrito.

Preocupa principalmente a Australia la naturaleza arbitraria de la inclusión de los países en el anexo VII, que en la actualidad se decide de acuerdo a si forman parte de la OCDE o la Unión Europea, y notamos que, desde la adopción de la decisión III/1, se han agregado diez países a la lista del anexo sin que el Comité haya supervisado ese aumento o adoptado una decisión al respecto.

El anexo VII se estableció, en primer lugar, como un grupo de países que, indudablemente, manejaban los desechos peligrosos en forma manifiestamente racional. En opinión de mi delegación, sólo tienen sentido los criterios que se relacionan directamente con esos objetivos. Los criterios actuales, tal como están planteados, son arbitrarios y discriminatorios. En caso de que se mantengan, Australia no considerará la posibilidad de ratificar la Enmienda de Prohibición.

A pesar de estas preocupaciones y de que estamos verdaderamente insatisfechos con el hecho de que el análisis es incompleto e inadecuado, hemos aceptado con reticencia que las Partes probablemente no lograrán avanzar en este asunto y que no se debería emprender ningún análisis ulterior de las cuestiones relacionadas con el anexo VII.

Solicitamos que estas observaciones se anexen a la decisión.

Declaración del Canadá

El Canadá no ha ratificado la Enmienda. El Canadá no se ha opuesto a adoptar la decisión de imponer una enmienda de prohibición, sino que formuló una declaración en el sentido de que considera inadecuado que la Conferencia de las Partes exija a los Estados de la OCDE que impongan una prohibición a las exportaciones a todos los Estados que no forman parte de la OCDE en ausencia de una solicitud específica de cada uno de los Estados en desarrollo que se ven afectados por la decisión. El Canadá sigue opinando que en la Enmienda de Prohibición no se hace ninguna distinción entre los desechos destinados a su eliminación definitiva y aquéllos destinados a operaciones de reciclado legítimas, incluidas las operaciones de reciclado que pueden dar beneficios tanto ambientales como económicos.

Sr. Presidente, desde que se negoció la enmienda, la situación de muchos países ha cambiado. Como se señala en la publicación de la OCDE, Perspectivas Ambientales de la Industria de Productos Químicos - 2001, varios países en desarrollo han demostrado un buen nivel de desempeño ambiental, que alcanzaron gracias a la adopción de prácticas de manejo ambientalmente racional. El adelanto de la labor relativa a las prácticas de manejo ambientalmente racional en el contexto del Convenio de Basilea no hará más que ayudar a los países a aplicar las disposiciones contenidas en la Enmienda de Prohibición. Es vital, para poder lograr los objetivos del Convenio de Basilea, que se prosiga la labor sobre el manejo ambientalmente racional con el fin de alentar a las Partes a establecer instalaciones de recuperación que garanticen que cumplen normas ambientales de alto nivel independientemente del país de que se trate. Algunos países en desarrollo ya han demostrado un buen nivel de rendimiento ambiental, que alcanzaron gracias a la adopción de prácticas de manejo ambientalmente racional. En nuestra opinión, es importante reconocer los esfuerzos realizados por esos países.

El Canadá reconoce que la adopción de la decisión relativa al estudio del anexo VII señala el fin de un proceso al que el Canadá dio su apoyo. Si bien el estudio no basta o no contiene todos los datos para contar con la información necesaria para que los países puedan adoptar una decisión fundamentada sobre si deberían ratificar el instrumento, el Canadá no objeta la adopción de la decisión. Entendemos que como punto de partida basta con que las Partes cuenten con alguna información.

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En ese sentido, independientemente del país de que se trate, entendemos que en la Enmienda de Prohibición se tendría que tener también en cuenta la disponibilidad de instalaciones de punta, que puedan manejar los desechos en forma ambientalmente racional. Los países en desarrollo que invierten en un proyecto de capital para construir una instalación de punta, que respete los principios del manejo ambientalmente racional, deberían poder tener acceso a las materias primas que se ofrecen a nivel mundial para poder mantener una posición competitiva en el lucrativo mercado del reciclado.

Sr. Presidente, solicitamos que nuestra declaración se adjunte a la decisión y que quede constancia de ella en el informe de la reunión. Abrigamos la esperanza de que, cuando vuelvan a sus capitales, las delegaciones tendrán en cuenta nuestra declaración y reflexionarán acerca de la posibilidad de incorporar este tipo de labor en el programa de actividades del Grupo de Trabajo de composición abierta. A nuestro entender, sería importante que el Convenio examinara estas cuestiones, en particular para prestar asistencia a los países en la obtención fondos de las instituciones financieras mundiales para invertir en nuevas tecnologías. Como todos saben, las instituciones financieras no sólo requieren ciertas garantías por escrito de que la tecnología cumple las normas internacionales, sino también que el país tenga acceso a materiales para que las operaciones de reciclado sean ambientalmente racionales y económicamente viables.

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Anexo III

Proyecto de decisión sobre movilización de recursos

La Conferencia de las Partes,

Tomando nota con agradecimiento de la valiosa labor sobre la preparación de la nota de orientación relativa a la movilización de recursos financiada generosamente por el Gobierno de Dinamarca,

Reconociendo que para poder aplicar en forma efectiva el Plan Estratégico del Convenio de Basilea y mejorar la capacidad de los países en desarrollo y los países con economías en transición se requiere una estrategia eficaz de movilización de recursos,

Aceptando que se reconoce que la gestión ambientalmente racional de los desechos es importante para mejorar la salud y la productividad de los ecosistemas y que, por consiguiente, esa gestión está íntimamente ligada al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y las metas de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible,

1. Encomia la nota de orientación y las fichas de datos conexas sobre las posibles fuentes de financiación para el manejo ambientalmente racional de desechos financiadas por el gobierno de Dinamarca para que sean utilizadas por las Partes con el fin de fortalecer su capacidad para aplicar el Convenio;

2. Está de acuerdo con los objetivos para una estrategia eficaz de movilización de recursos que se enumeran en el documento informativo, a saber:

a) Una mayor preparación de las Partes que son países en desarrollo y países con economías en transición a establecer una comunicación y colaborar en forma más efectiva con los organismos de ayuda financiera internacionales y bilaterales;

b) Una mayor receptividad de las instituciones multilaterales y bilaterales que otorgan ayuda financiera a las propuestas relacionadas en forma directa e indirecta con el manejo ambientalmente racional de los desechos;

c) Mejoras en la coordinación estratégica y la cooperación entre los acuerdos ambientales multilaterales conexos en los niveles internacional y nacional para poder satisfacer las expectativas cada vez mayores de los donantes de optimizar los beneficios mutuos y las eficiencias en la aplicación de esos acuerdos;

3. Conviene en que la responsabilidad de movilizar recursos recae principalmente en las Partes que necesiten asistencia, en cooperación con los organismos de desarrollo;

a) Explorar las posibilidades reales de aumentar la inversión nacional en el manejo ambientalmente racional de los desechos en los países en desarrollo y los países con economías en transición, teniendo en cuenta también fuentes innovadoras de financiación en las que participe el sector privado;

b) Mejorar el conocimiento que tienen las instituciones de ayuda financiera multilaterales y bilaterales de las interdependencias entre la gestión ambientalmente racional de los desechos y otros objetivos prioritarios de desarrollo sostenible a nivel mundial, tales como la mitigación de la pobreza, la protección de la salud de los seres humanos, la conservación del agua dulce, las pautas de consumo y producción sostenibles y otros acuerdos ambientales multilaterales;

c) Pasar revista a sus estrategias nacionales de asistencia, de desarrollo sostenible y de mitigación de la pobreza (en caso de que existan) con el objetivo de garantizar que en ellas el manejo ambientalmente racional de los desechos es una prioridad claramente establecida;

Acogiendo con beneplácito el documento informativo preparado por la secretaría, en consulta con la Mesa Ampliada, sobre una posible estrategia de movilización de recursos para el Convenio de Basilea, titulado "Movilización de recursos para un futuro menos contaminado",

4. Insta a todas las Partes a:

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d) Colaborar, con el apoyo de la secretaría cuando sea necesario, para elaborar propuestas concretas que se someterán al examen de las instituciones de ayuda financiera sobre la base de las prioridades nacionales de cada país;

e) Buscar en forma intensiva oportunidades para mejorar la coordinación de las actividades de ejecución relacionadas con los acuerdos ambientales multilaterales a nivel nacional, entre otras cosas, en la elaboración de propuestas y ejecución de proyectos;

f) Informar a la Conferencia de las Partes, en su octava reunión, sobre los resultados logrados hasta el momento en la aplicación de la presente decisión;

5. Invita a las instituciones financieras internacionales y donantes bilaterales a que tengan en cuenta en mayor medida el manejo ambientalmente racional de los desechos al programar el apoyo que prestan a los países en desarrollo y los países con economías en transición para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y las metas de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible;

6. Pone de relieve la posibilidad de que los centros regionales del Convenio de Basilea presenten proyectos para la ejecución de sus planes de trabajo directamente a los organismos donantes e invita a los centros regionales del Convenio de Basilea a aumentar sus contactos con los organismos donantes para tal fin;

8. Pide a la secretaría que, dependiendo de la disponibilidad de recursos, facilite la movilización de recursos mediante:

a) La difusión de las experiencias y mejores prácticas a nivel nacional en la movilización de recursos nacionales e internacionales para el manejo ambientalmente racional de los desechos;

b) La concienciación de los países en desarrollo y los países con economías en transición que son Partes en el Convenio sobre las medidas que pueden adoptar a nivel nacional para financiar el manejo ambientalmente racional de los desechos con recursos nacionales y mediante mecanismos innovadores en los que participe el sector privado, así como para estar más preparados para solicitar y recibir asistencia financiera para el manejo ambientalmente racional de los desechos, por ejemplo, dando un mayor lugar a la incorporación sistemática de las prioridades del manejo de los desechos en los marcos jurídicos nacionales tales como las estrategias nacionales de asistencia, y determinando y describiendo las necesidades prioritarias de creación de capacidad nacionales para el manejo ambientalmente racional de los desechos;

c) La prestación de asistencia a las Partes para crear una mayor conciencia de las instituciones multilaterales y bilaterales que prestan asistencia financiera sobre las interdependencias entre el manejo ambientalmente racional de los desechos y otros objetivos prioritarios de desarrollo sostenible a nivel mundial;

d) La prestación de asistencia a las Partes interesadas para que elaboren propuestas que presentarán a las instituciones de ayuda financiera y la documentación de la experiencia obtenida para compartirla con otras Partes;

e) La colaboración con los mecanismos existentes de cooperación entre las secretarías de acuerdos ambientales multilaterales y organizaciones internacionales para optimizar las oportunidades de cooperación estratégica, incluida la colaboración para elaborar propuestas y la ejecutar proyectos;

f) La continuación de la ejecución del Programa sobre modalidades de asociación del Convenio de Basilea con miras a fortalecerlo y mantenerlo con contribuciones voluntarias;

9. Pide también a la secretaría que considere prioritaria la prestación de asistencia a las Partes que son países en desarrollo para elaborar propuestas de eliminación de desechos consistentes en contaminantes orgánicos persistentes, que los contengan o que estén contaminados por éstos, teniendo en cuenta las directrices técnicas pertinentes;

7. Señala que en la estrategia de movilización de recursos la secretaría desempeña una función facilitadora y debería concentrarse en promover el establecimiento de una relación directa entre las Partes que necesitan asistencia y los organismos de desarrollo;

10. Pide además a la secretaría que presente un documento, en nombre del Convenio de Basilea, a la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, sobre las oportunidades para que los dos convenios colaboren en la movilización de recursos para la eliminación de esos desechos;

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11. Pide asimismo a la secretaría que presente un informe a la Conferencia de las Partes en

su octava reunión sobre los resultados logrados hasta el momento en la aplicación de la presente decisión, y que formule recomendaciones para la adopción de medidas futuras, entre otras cosas en relación con la iniciativa de la aplicación de un enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional.

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Anexo IV

Mensaje del Secretario General dirigido a la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea en ocasión de su séptima reunión

El Convenio de Basilea, adoptado hace 15 años, establece un régimen internacional que rige los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y otros desechos. Este régimen está dando buenos resultados en todo el mundo gracias, entre otras cosas, a un exclusivo mecanismo de cumplimiento y a un protocolo sobre responsabilidad e indemnización. Felicito a todas las Partes en el Convenio por los esfuerzos que han realizado para convertir al Convenio en un instrumento verdaderamente eficaz.

Si bien es cierto que la reglamentación de los movimientos de los desechos es fundamental, nuestro planeta también tiene la obligación de hacer frente al problema de la producción de desechos peligrosos y otros desechos desde su inicio, es decir, la fuente. Las Partes en el Convenio informan que se generan más de 300 millones de toneladas de desechos por año. El total mundial real es probablemente mucho más elevado. La generación de desechos peligrosos y otros desechos aumenta año tras año y, cada vez más, esos desechos se encuentran mezclados con los residuos municipales y de los hogares. La generación de desechos se ha convertido, pues, en un problema que concierne al mundo entero.

La única manera de resolverlo será a través de modalidades de asociación, con nuevas ideas y cooperando en todos los niveles. En lugar de afrontar el problema cuando ya es un hecho, deberíamos aplicar un enfoque integrado de ciclo de vida, es decir, un enfoque en el que se incluyan la generación, el almacenamiento, el transporte, el tratamiento, el reciclado, la recuperación y la eliminación final de los productos. La Declaración Ministerial de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional, de 1999, y el Plan Estratégico para la Aplicación del Convenio de Basilea, de 2002, proporcionan una plataforma mundial para poder aplicar un criterio de esa índole. Todos y cada uno deberíamos hacer uso de estos instrumentos.

Para que el mundo pueda garantizar la sostenibilidad ambiental, tal como se plantea en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, es necesario poner en práctica acuerdos ambientales multilaterales como el Convenio de Basilea. Así pues, exhorto a todos los Estados que colaboren entre sí y proporcionen los recursos necesarios para fortalecer la capacidad de los países en desarrollo y los países con economías en transición y prestar apoyo a los 13 centros regionales del Convenio de Basilea. También les aseguro que las Naciones Unidas seguirán desempeñando la función que les corresponde para solucionar el problema mundial de los desechos.

En ese espíritu, les deseo una muy fructífera reunión.

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Anexo V

Declaración ministerial relativa a las alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial

Nosotros, los ministros y jefes de las delegaciones de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación y demás Estados presentes, en ocasión de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio, compartimos la preocupación y la sensación de perentoriedad provocadas por el aumento sin precedentes de la generación de desechos peligrosos y el desafío que representa para cada país el manejo ambientalmente racional de esos desechos. Teniendo presente esto, hemos debatido e intercambiado opiniones sobre el establecimiento de alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial.

La experiencia adquirida en el marco del Convenio de Basilea indica que el desafío planteado por los desechos a nivel mundial actual se debe, en gran medida, a varios problemas interrelacionados, a saber: a) la rápida acumulación de desechos peligrosos y de otro tipo y la ausencia de un manejo ambientalmente racional de esos desechos en los asentamientos urbanos, aspectos cada vez más preocupantes para la salud humana y el medio ambiente; b) la vulnerabilidad especial de los pobres, incluidos los niños; c) el enorme volumen de desechos y el hecho de que los desechos peligrosos no se separen de los que no lo son, problema que está superando la capacidad de los países para manejarlos; d) el costo de nuevas instalaciones para la eliminación de desechos peligrosos y otros desechos, y la dificultad de su ubicación; e) el aumento del número de equipos que han llegado al final de su vida útil, siendo ésta la corriente de desechos de mayor y más rápido crecimiento en todo el mundo.

La consecución de los objetivos establecidos en el Convenio de Basilea y la promoción de su función contribuirán a lograr resultados positivos de importancia a nivel mundial:

a) Una reducción de los efectos perjudiciales en la salud de los seres humanos, especialmente los pobres;

b) Un menor riesgo de enfermedades, lesiones y accidentes ocupacionales;

c) Una influencia directa en la reducción del nivel de contaminación de los suelos, la atmósfera y el agua;

d) Un efecto directo en la reducción o prevención de la degradación de las pesquerías fluviales y oceánicas ocasionada por el vertimiento de plaguicidas, la contaminación de origen industrial o la lixiviación de sustancias peligrosas;

f) Una contribución importante a la lucha contra las enfermedades contagiosas, en el caso del manejo correcto de los desechos biomédicos y sanitarios;

g) Una mejora general de la calidad de vida de los segmentos vulnerables de la población, especialmente en los países en desarrollo.

Las intervenciones en el origen es el medio más eficaz de proteger nuestro medio ambiente frente a la generación de desechos y evitar su manejo incorrecto, haciendo innecesarias las costosas actividades de eliminación de los desechos, reduciendo los movimientos transfronterizos y promoviendo el desarrollo sostenible. Por eso decidimos dar carácter primordial, para el período 2005-2006, al objetivo de reducir al mínimo los desechos.

El desafío consiste en promover un cambio fundamental en el enfoque del problema, que lleve a sustituir las medidas correctivas por medidas preventivas, como la reducción de desechos en su origen, la reutilización, el reciclado y la recuperación. Ese nuevo enfoque no sólo apoya las exigencias de cambio a nivel mundial, sino que abre la vía más prometedora para avanzar hacia un manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y de otro tipo. Se trata, además, de una medida beneficiosa para las empresas.

Reconocemos la necesidad de promover activamente modalidades sostenibles de consumo y producción, incluso a través de la responsabilidad y la rendición de cuentas por parte de las empresas, sobre la base de los principios de Río y de acuerdo con el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible.

e) Un menor riesgo de contaminación de los alimentos por contaminantes orgánicos persistentes y metales pesados;

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Reconocemos también la necesidad de una estrecha cooperación con otras organizaciones y convenios internacionales pertinentes en la esfera de las sustancias químicas y los desechos, en particular el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional y el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, teniendo presente la importancia del enfoque del ciclo de vida.

Renovamos nuestro compromiso de intensificar y aumentar nuestros esfuerzos por seguir reduciendo el número de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y de otro tipo.

Acordamos que las Partes y demás Estados presentes, en estrecha colaboración con sus actuales y nuevos asociados, deben tratar de:

1. Esforzarse en reducir la generación de desechos peligrosos, incluido el volumen de desechos peligrosos y de otro tipo destinados a su eliminación final;

2. Examinar la posibilidad de establecer sus propias metas de reducción al mínimo de los desechos, individualmente o en colaboración con otros dentro de una determinada región, e informar a la Conferencia de las Partes, a través de la secretaría;

3. Adoptar un enfoque de asociación al manejar las corrientes de desechos prioritarias, como las de desechos de contaminantes orgánicos persistentes, desechos eléctricos y electrónicos, desechos domésticos combinados con desechos peligrosos, desechos biomédicos y sanitarios y acumuladores de ácido-plomo;

4. Alentar una cooperación norte-sur basada en los principios de Río y las coaliciones sur-sur y de los sectores público y privado como elementos principales de las alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial;

5. Examinar las corrientes de desechos que causan preocupación en sus países y regiones y determinar las corrientes de desechos prioritarias que puedan ser objeto de iniciativas de reducción en el contexto del Convenio de Basilea, en asociación con los interesados directos y los centros regionales del Convenio de Basilea;

6. Redoblar los esfuerzos tendientes a:

a) Establecer alianzas sostenibles entre las Partes y todos los interesados directos;

c) Fortalecer y promover la participación activa de los centros regionales del Convenio de Basilea;

d) Fortalecer la capacidad nacional para separar los desechos peligrosos de los que no lo son;

e) Encontrar métodos de producción menos contaminante que reduzcan o eliminen la generación de desechos peligrosos;

f) Fomentar el desarrollo de tecnologías ambientalmente racionales y su transferencia a los países en desarrollo;

g) Movilizar recursos financieros adicionales, en particular usando las instituciones y mecanismos financieros multilaterales existentes.

Creemos que al establecer alianzas para hacer frente al problema de los desechos a nivel mundial se contribuirá a la ejecución del Programa 21 y del Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo. Las alianzas redundarán en beneficio de todos. Reafirmamos nuestro compromiso de participar en ellas. En consecuencia, alentamos a las Partes y demás interesados directos, especialmente las instituciones financieras multilaterales, a que movilicen recursos financieros adicionales previsibles y sostenibles para la aplicación de esta declaración.

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No debemos perder el impulso logrado en el período 2000-2004 con la aplicación de la Declaración de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional y el Plan Estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea.

b) Crear redes entre las Partes y los centros regionales del Convenio de Basilea a efectos del intercambio de información y el establecimiento de centros de intercambio de información;

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