BOLETIN - Archivo Nacional de Costa Rica · 3. Día Nacional de la Persona con Discapacidad (29...

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Desempleo y discapacidad: Costa Rica frente al reto de la inclusión Costa Rica ha experimentado en los últimos meses un fenómeno de aumento en las tasas de desempleo. Las causas del hecho obedecen a fenómenos multifactoriales entre los cuales se puede citar un estancamiento en la producción, la salida de empresas en busca de mejores condiciones de inversión en otros países, la falta de políti- cas verdaderamente efectivas para estimular la creación de puestos de trabajo, un clima de inseguridad económi- ca, e incluso una exacerbación por parte del sector empresarial de un supuesto mal clima de negocios. No es el objetivo de este escrito ahondar sobre las causas del desempleo, ni sobre cuáles de los factores anterior- mente enumerados son reales y cuáles son erróneos. Se pretende en cambio hacer un sucinto análisis sobre los números existentes en torno a la cuestión, y más en específico, se busca mostrar la realidad de un grupo pobla- cional que prácticamente no ha sido tomado en cuenta en los datos estadísticos más recientes. De acuerdo con datos oficiales emitidos por las autoridades de Gobierno, el Instituto de Estadística y Censos y los entes académicos, de 2010 a 2013 el desempleo en Costa Rica creció un 10%, y actualmente hay 195.865 per- sonas desempleadas, es decir, un 9% de la fuerza de trabajo. De este porcentaje de fuerza laboral, casi la mitad son jóvenes, población que alcanza aproximadamente un 45 % de la totalidad de las 195.865 personas desem- pleadas. No obstante, cuando se analizan los números de desempleo en personas con discapacidad, el panorama es sim- plemente desolador. Un aproximado de 60 % de personas con discapacidad en condiciones de laborar no tiene empleo y un gran porcentaje de quienes si lo tiene, están laborando en condiciones de subempleo, sin que se les cumplan las prerrogativas básicas relacionadas con sus derechos laborales. Esta alta tasa de desocupación obedece a factores como la falta de accesibilidad a educación, entorno físico y transporte público. A ello debe aunarse las barreras actitudinales de la sociedad en general y de los empleadores en particular, quienes muy a menudo consideran que las personas con discapacidad no pueden desempeñar normalmente funciones en los centros de trabajo. La consecuencia inmediata de esta exclusión es el establecimiento de un círculo de pobreza, en muchas ocasio- nes extrema, que condena a gran parte de la población con discapacidad a una serie de carencias, privaciones y falta de oportunidades. Iniciativas como Mi Primer Empleo, donde se subsidia a las empresas que contraten trabajadores con discapaci- dad y la Ley 8862, que reserva un porcentaje de plazas para ser ocupadas por personas con discapacidad en el sector público, son importantes, pero se tornan insuficientes para resolver la situación. Por tales razones, se requiere con urgencia la emisión de Políticas Públicas que tengan en cuenta como eje trans- versal la discapacidad, de manera tal que se articulen esfuerzos por dar acceso efectivo a este conglomerado a la educación, el entorno, el transporte y el empleo, con el fin de revertir el ciclo de pobreza y discriminación predomi- nante a la fecha. Jacqueline Ulloa Mora, Contralora de Servicios, ANCR Editorial CONTENIDO: ¿Qué son las CIAD? 2 Logros de la CIAD en el Archivo Nacional 2 “La inclusión laboral de personas con discapacidad cambia positivamente el modo colectivo de convivir en una sociedad” 3 Nociones sobre los nuevos enfoques y las formas adecuadas e incorrectas de atender a las personas con discapacidad 4 Consejos a seguir en atención a personas con discapacidad 4 Sociedad civil tendrá más participación con reforma legal que transforma el CNREE en Consejo Nacio- nal de Personas con Disca- pacidad (CONAPDIS) 5 CONAPDIS velará por oportunidades integrales 5 Ley de Igualdad de Oportu- nidades para las Personas con Discapacidad N° 7600 y acceso al trabajo 6 Reglamento del Estatuto de Servicio Civil y selec- ción de personal 7 Simbolo internacional de accesibilidad 8 Términos correctos sobre discapacidad 9 BOLETIN Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad NOVIEMBRE 2015

Transcript of BOLETIN - Archivo Nacional de Costa Rica · 3. Día Nacional de la Persona con Discapacidad (29...

Desempleo y discapacidad: Costa Rica frente al reto de la inclusión

Costa Rica ha experimentado en los últimos meses un fenómeno de aumento en las tasas de desempleo. Las

causas del hecho obedecen a fenómenos multifactoriales entre los cuales se puede citar un estancamiento en la

producción, la salida de empresas en busca de mejores condiciones de inversión en otros países, la falta de políti-

cas verdaderamente efectivas para estimular la creación de puestos de trabajo, un clima de inseguridad económi-

ca, e incluso una exacerbación por parte del sector empresarial de un supuesto mal clima de negocios.

No es el objetivo de este escrito ahondar sobre las causas del desempleo, ni sobre cuáles de los factores anterior-

mente enumerados son reales y cuáles son erróneos. Se pretende en cambio hacer un sucinto análisis sobre los

números existentes en torno a la cuestión, y más en específico, se busca mostrar la realidad de un grupo pobla-

cional que prácticamente no ha sido tomado en cuenta en los datos estadísticos más recientes.

De acuerdo con datos oficiales emitidos por las autoridades de Gobierno, el Instituto de Estadística y Censos y los

entes académicos, de 2010 a 2013 el desempleo en Costa Rica creció un 10%, y actualmente hay 195.865 per-

sonas desempleadas, es decir, un 9% de la fuerza de trabajo. De este porcentaje de fuerza laboral, casi la mitad

son jóvenes, población que alcanza aproximadamente un 45 % de la totalidad de las 195.865 personas desem-

pleadas.

No obstante, cuando se analizan los números de desempleo en personas con discapacidad, el panorama es sim-

plemente desolador. Un aproximado de 60 % de personas con discapacidad en condiciones de laborar no tiene

empleo y un gran porcentaje de quienes si lo tiene, están laborando en condiciones de subempleo, sin que se les

cumplan las prerrogativas básicas relacionadas con sus derechos laborales.

Esta alta tasa de desocupación obedece a factores como la falta de accesibilidad a educación, entorno físico y

transporte público. A ello debe aunarse las barreras actitudinales de la sociedad en general y de los empleadores

en particular, quienes muy a menudo consideran que las personas con discapacidad no pueden desempeñar

normalmente funciones en los centros de trabajo.

La consecuencia inmediata de esta exclusión es el establecimiento de un círculo de pobreza, en muchas ocasio-

nes extrema, que condena a gran parte de la población con discapacidad a una serie de carencias, privaciones y

falta de oportunidades.

Iniciativas como Mi Primer Empleo, donde se subsidia a las empresas que contraten trabajadores con discapaci-

dad y la Ley 8862, que reserva un porcentaje de plazas para ser ocupadas por personas con discapacidad en el

sector público, son importantes, pero se tornan insuficientes para resolver la situación.

Por tales razones, se requiere con urgencia la emisión de Políticas Públicas que tengan en cuenta como eje trans-

versal la discapacidad, de manera tal que se articulen esfuerzos por dar acceso efectivo a este conglomerado a la

educación, el entorno, el transporte y el empleo, con el fin de revertir el ciclo de pobreza y discriminación predomi-

nante a la fecha.

Jacqueline Ulloa Mora, Contralora de Servicios, ANCR

Editorial C O N T E N I D O :

¿Qué son las CIAD? 2

Logros de la CIAD en el

Archivo Nacional

2

“La inclusión laboral de

personas con discapacidad

cambia positivamente el

modo colectivo de convivir

en una sociedad”

3

Nociones sobre los nuevos

enfoques y las formas

adecuadas e incorrectas de

atender a las personas con

discapacidad

4

Consejos a seguir en

atención a personas con

discapacidad

4

Sociedad civil tendrá más

participación con reforma

legal que transforma el

CNREE en Consejo Nacio-

nal de Personas con Disca-

pacidad (CONAPDIS)

5

CONAPDIS velará por

oportunidades integrales

5

Ley de Igualdad de Oportu-

nidades para las Personas

con Discapacidad N° 7600

y acceso al trabajo

6

Reglamento del Estatuto

de Servicio Civil y selec-

ción de personal

7

Simbolo internacional de

accesibilidad

8

Términos correctos sobre

discapacidad

9

BOLETIN Comisión Institucional

sobre Accesibilidad y Discapacidad N O V I E M B R E 2 0 1 5

normativa vigente sobre discapaci-dad. d) Propiciar la participación de las personas con discapacidad y de las organizaciones que las representan en la formulación de las políticas institucionales, así como en el dise-ño, la ejecución y la evaluación del plan institucional de equiparación de oportunidades. e) Coordinar, con las instancias correspondientes, la incorporación de la perspectiva de discapacidad y equiparación de oportunidades en los contenidos de la capacitación, la divulgación y en los sistemas de información institucionales. f) Organizar y promover la provisión de servicios de apoyo y ayudas técnicas que requieren los funciona-rios, usuarios y beneficiarios que presentan discapacidad. g) Establecer vínculos de coopera-ción con integrantes de otras CIAD.

Es la Comisión Institucional sobre

Accesibilidad y Discapacidad, que

deben constituir todos los ministerios

y órganos desconcentrados adscri-

tos a estos. Sus miembros serán

nombrados por la máxima autoridad

institucional, procurando una repre-

sentación amplia de la estructura

institucional

Actualmente la CIAD del la Dirección General del Archivo Nacional está integrada de la siguiente forma: María Soledad Hernández Carmona, Jeannette Fernández González, Ma. Gabriela De Franco Castro, Marco Marín Barrantes, Vinicio Méndez Mora, Marco Calderón Delgado, y

Jordi Sancho Luna,

Las funciones de las comisiones institucionales sobre accesibilidad y

discapacidad son las siguientes:

a) Velar por que las instituciones que representan incluyan, en sus regla-mentos, políticas institucionales, planes, programas, proyectos y

servicios, los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad para las personas con discapacidad, en cualquier región y comunidad del país.

b) Coordinar la formulación, ejecu-ción y evaluación de las políticas institucionales, en el marco de la política nacional en discapacidad y de la normativa vigente.

c) Cooperar mediante recomenda-ciones con la elaboración y evalua-ción del plan y presupuesto institu-cional de equiparación de oportuni-dades con las diferentes instancias institucionales, fundamentadas en la

¿Qué es la CIAD?

Logros de la CIAD en el Archivo Nacional

BOLETIN

Comisión

Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad

N O V I E M B R E 2 0 1 5

1. Informe actualizado sobre las condiciones de accesibilidad y diseño universal del edificio del Archivo Nacional, con base en la Guía Integrada para la verificación de la Accesibilidad al entorno físico de diseño universal del Consejo Nacional

de Rehabilitación y Educación -CNREE- Especial y el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos –CFIA.

2. Alianza interinstitucional con el Departamento de Tecnologías de la Información del CONAPDIS, para iniciar el proceso de diagnóstico e implementación de los requisitos de accesibilidad para contenidos del sitio web del Archivo Nacio-

nal.

3. Día Nacional de la Persona con Discapacidad (29 mayo de 2015): Realización del cine foro sobre la película “Una mente

brillante”.

4. Participación en el proceso de inserción laboral de dos personas con discapacidad como funcionarios del Archivo Nacio-

nal.

5. Capacitación en Lenguaje de Señas Costarricense a funcionarios y funcionarias del Archivo Nacional que atienden públi-

co.

P Á G I N A 3

“La inclusión laboral de personas con

discapacidad cambia positivamente el modo

colectivo de convivir en una sociedad”

Entrevista a los presentadores del Taller

de validación de los Manuales para la

inclusión de las personas con discapaci-

dad. Buenos Aires, Argentina, 27 mayo

2015

¿Cuál es compromiso de OIT

(Organización Internacional del Traba-

jo) respecto a la inclusión laboral de

personas con discapacidad?

Eliminar la discriminación en el empleo es un

objetivo estratégico de la OIT. El Convenio

núm. 111 y la Declaración de Principios y

Derechos Fundamentales de 1998 recono-

cen el derecho a la no discriminación como

un derecho humano en el ámbito laboral.

Además de este enfoque basado en dere-

chos, la OIT está convencida que el empode-

ramiento de las personas con discapacidad, a

través del acceso a la formación profesional

inclusiva y a un empleo digno, es fundamental

para el desarrollo de los países.

En esta línea, la Red Global de la OIT de

empresas y discapacidad convoca a empresas

multinacionales, organizaciones de emplea-

dores, redes nacionales empresariales y de

personas con discapacidad que comparten la

convicción de que las personas con discapa-

cidad tienen talentos y habilidades que pue-

den contribuir a mejorar el funcionamiento

de las empresas.

¿Cuáles son las ventajas para las em-

presas de incorporar trabajadores con

discapacidad?

El conocimiento colectivo generado en la

Red de Empresas y Discapacidad de la OIT

ha puesto en evidencia las ventajas de con-

tratar personas con discapacidad. La valora-

ción de la diversidad en el lugar de trabajo es

un componente clave para el éxito de las

empresas y para promover empleo digno y

empresas sostenibles.

Por ejemplo, es importante destacar que,

con la capacitación adecuada, las personas

con discapacidad pueden ser tan producti-

vas como cualquier otro trabajador, y con

frecuencia, son más productivos. En el ámbi-

to de la seguridad y salud en el trabajo,

suelen cuidarse más y tienen menos acci-

dentes. También está comprobado que son

trabajadores fieles a la empresa, puntuales, y se ausentan menos que otros trabajadores.

Una de las razones más contundentes para

el caso de negocios es que las personas con

discapacidad han desarrollado capacidades

especiales para la resolución de problemas,

que trasladado al ámbito laboral, se convier-

te en una competencia para la creatividad y

la innovación, algo que hoy día puede ser

uno de los activos más importantes para las

empresas.

La inclusión de personas con discapacidad

en los equipos de trabajo mejora el clima

laboral de las empresas, motiva al resto del

personal y la empresa será más atractiva al

talento humano, especialmente entre los

jóvenes.

La inclusión laboral de personas con disca-

pacidad cambia positivamente el modo co-

lectivo de convivir en una

sociedad, pues influye en la disminución del

conflicto intercultural entre personas con y

sin discapacidad.

Ver más en: http://www.ilo.org/

buenosaires/noticias/WCMS_371655/lang--

es/index.htm

Además ver: Estrategia y plan de acción

para la inclusión de la discapacidad 2014-2017 en:

http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---

ed_emp/---ifp_skills/documents/

genericdocument/wcms_370773.pdf

B O L E T I N

La inclusión de la dis-

capacidad significa pro-

mover y garantizar la

participación de las

personas con discapa-

cidad en la educación,

la formación y el em-

pleo y en todos los

aspectos de la socie-

dad, así como brindar

los apoyos necesarios

y ajustes razonables a

dichas personas para

permitir su plena par-

ticipación

Nociones sobre los nuevos enfoques y las formas adecuadas e

incorrectas de atender a las personas con discapacidad

P Á G I N A 4

La discapacidad tiene dos componentes,

el individual y el social. El primero se

refiere a la limitación de funciones de

una persona en su estado físico: visual,

auditivo, cognitivo, mental, etc. En el

segundo, que es cuando en verdad se

enmarca la discapacidad, es donde en-

tran en juego los factores que en forma

negativa enfocan a la discapacidad de las

personas, donde a través de la historia

se conceptualizaba como un castigo, de

lástima y enfermedad, de cuidado espe-

cial, hasta en la educación, pero que

cuando la ciencia médica interviene

sobre ella, se habla de paciente rehabili-

tado para incorporarse a la sociedad en

forma normal.

A partir del siglo XX, con el surgimiento

de las teorías y movimientos sobre los

derechos humanos, estas nociones negati-

vas dan un giro y se enmarcan en la igual-

dad de oportunidades, en la no discrimina-

ción, en la autonomía personal, la partici-

pación social y la accesibilidad total de

esta población con discapacidad.

Así que los conceptos “mitos” y que

encierran “prejuicios” cambian y no deben

usarse ya, ni catalogar a estas personas

como inválidos, minusválidos, anormales,

mongolitos, sordomudos, cieguitos, po-

brecitos, impedidos o retrasados.

En nuestro país, aparece la legislación que

regula los derechos de los ciudadanos con

discapacidad, desde la instauración del Día

Nacional de la Persona con Discapacidad

(29 de mayo), los aspectos laborales (5%

de plazas en el sector público para disca-

pacitados, con acceso al empleo de calidad

en igualdad de condiciones), las comisio-

nes municipales, la declaratoria de interés

público, las obligaciones del Estado, las

ayudas técnicas y los servicios de apoyo, la

concientización de que se debe recalcar

primero a la persona y no su discapacidad,

el acceso a la educación, las penas a los

actos de discriminación, el acceso a la

salud y la prevención de la discapacidad, el

acceso a los estacionamientos (5% en

parqueos), en la accesibilidad al transpor-

te público (buses adaptados al 100% así

como a las terminales de buses), la infor-

mación accesible ( braille, audio, relieve,

lector de pantalla, sitios web, traducción a

Lenguaje de Señas Costarricense- LES-

CO), acceso a bibliotecas, acceso a re-

creación y deportes, programas de capaci-

tación, edificaciones nuevas adaptadas o

remodelaciones adecuadas y las penas a

las faltas de aplicación de la legislación

vigente, que no se cumple en su totalidad

Lic. Esteban Chaverri. Especialista de la Oficina de Bienestar y Salud (O.B.S.) de

la Vicerrectoría de Vida Estudiantil

(V.V.E.), UCR.

señas y ponerse al frente para que pueda

leer los labios, llamar la atención con

elementos visuales, mover manos o pren-

der y apagar luces, usar información es-

crita; personas con limitaciones físicas: no

quitarles su herramienta de apoyo

(bastón, muleta, andadera), ubicarse al

frente de la silla de ruedas para hablar

con la persona, no empujar la silla sin el

consentimiento de la persona; con perso-

nas con limitaciones cognitivas y menta-

les: explicar una cosa a la vez, claro y

despacio, repetir cuanto sea necesario y

con paciencia, sin burla ni con lenguaje

discriminatorio.

Algunos consejos a tomar en cuenta en

atención a personas con discapacidad.

De primera impresión: no tenga miedo en

acercarse y evite lástima, diríjase a ella y

no a su acompañante, preguntar si necesita

ayuda, no asumir que se requiere la misma,

no usar lenguaje “prejuicioso”; con perso-

nas ciegas o baja visión: permitir que la

persona se tome a usted de su hombro,

brazo o camisa con normalidad, no tomar

el bastón guía, no distraer al perro guía,

usar lenguaje directo como a su derecha,

al frente, arriba y no “aquí” o “por allá”;

con personas sordas: utilizar lenguaje de

Consejos a seguir en atención a personas

con discapacidad

Estigmatizado + Discapacitado

= ¿Desempleado?

El emplear a una persona con

discapacidad le da a usted y a

su organización la oportunidad

de actualizar mucho potencial.

P Á G I N A 5

“CONAPDIS

asumirá las labores

del Consejo

Nacional de

Rehabilitación y

Educación Especial

(CNREE), con un

enfoque actualizado

y distinto, basado en

los derechos

humanos, en la

creación de

oportunidades y en

la mejora de la

calidad de vida para

esta población”

CONAPDIS velará por

oportunidades integrales

Sociedad civil tendrá más participación con reforma

legal que transforma el CNREE en Consejo Nacional de

Personas con Discapacidad (CONAPDIS)

A partir de la aprobación de la Ley

Nº 9303, el Estado costarricense

cuenta con un nuevo ente rector en

materia de discapacidad. Anterior-

mente, el Consejo Nacional de

Rehabilitación y Educación Especial

(CNREE) era el órgano pa-

ra atender a esta población; sin em-

bargo, los objetivos institucionales

que fueron planteados en los años

setenta quedaron desactualizados

para garantizar el cumplimiento de

la Convención Internacional de los

Derechos de las Personas con Dis-

capacidad.

Por ese motivo, desde el año 2012

se presentó un proyecto de ley para

modificar la estructura y mejorar las

competencias técnicas y políticas del

ente rector en materia de población

con discapacidad. Los diputados lo ava-

laron y el pasado 8 de mayo se aprobó

en segundo debate el expediente Nº

18.547, la creación del Consejo Nacio-

nal de Personas con Discapacidad

(CONAPDIS).

El porcentaje de organizaciones de per-

sonas con discapacidad que tendrán voz

y voto en las sesiones de la Junta Di-

rectiva de este Consejo se aumentó del

20% al 40%. Gracias a lo anterior Costa

Rica se actualiza en materia de partici-

pación ciudadana, de acuerdo con la

Convención Internacional

La nueva conformación interinstitucional de la Junta Directiva del Consejo permitirá trabajar en

nuevos ejes temáticos que deben abordarse por el Poder Ejecutivo desde un enfoque de derechos

humanos.

Un ejemplo de estos alcances es la inclusión de una persona representante del MOPT dentro de

CONAPDIS. Lo anterior permitirá contemplar todas las dimensiones de la accesibilidad dentro del

diseño de las obras de la red vial nacional, las paradas de transporte público y en los puntos de em-

barque internacional.

Sumado a lo anterior, el nuevo ente rector se adscribe al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Esta relación administrativa permite darle prioridad y relevancia política a la inclusión gradual de

más personas con discapacidad dentro del mercado laboral y en la seguridad social, con el fin de

avanzar hacia la filosofía de vida independiente.

http://gobierno.cr/costa-rica-fortalece-su-ente-rector-para-atender-discapacidad/

http://presidencia.go.cr/prensa/comunicados/sociedad-civil-tendra-mayor-protagonismo-en-el-nuevo-consejo-

nacional-de-personas-con-discapacidad/

B O L E T I N

Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con

Discapacidad N° 7600 y acceso al trabajo

P Á G I N A 6

los establecidos para cualquier solici-

tante y el no emplear, por razón de su

discapacidad, a un trabajador idóneo.

También se considerará acto discrimi-

natorio que, en razón de la discapaci-

dad, a una persona se le niegue el acce-

so y la utilización de los recursos pro-

ductivos. .

ARTICULO 25.-Capacitación priorita-

ria Será prioritaria la capacitación de las

personas con discapacidad mayores de

dieciocho años que, como consecuen-

cia de su discapacidad, no hayan tenido

acceso a la educación y carezcan de

formación laboral. .

ARTICULO 26.-Asesoramiento a los

empleadores El Estado ofrecerá a los

empleadores asesoramiento técnico,

para que estos puedan adaptar el em-

pleo y el entorno a las condiciones y

necesidades de la persona con discapa-

cidad que lo requiera. Estas adaptacio-

nes pueden incluir cambios en el espa-

cio físico y provisión de ayudas técnicas

o servicios de apoyo. .

.

ARTICULO 27.-Obligación del patrono

El patrono deberá proporcionar facili-

dades para que todas las personas, sin

discriminación alguna, se capaciten y se

superen en el empleo .

ARTICULO 28.- Afiliaciones Las perso-

nas con discapacidad que realicen una

labor lucrativa, independientemente de

su naturaleza, estarán incorporadas en

los regímenes de riesgos del trabajo,

enfermedad y maternidad e invalidez,

vejez y muerte.

ARTICULO 29.- Obligaciones del Esta-

do Cuando una persona asegurada por

el Estado presente una discapacidad

como consecuencia de una enfermedad

o lesión, la Caja Costarricense de Segu-

ro Social le proporcionará atención

médica y rehabilitación, así como las

ayudas técnicas o los servicios de apo-

yo requeridos. Asimismo, el Estado le

otorgará una prestación económica

durante el período de hospitalización,

si es necesario, hasta por un año, y

esta no podrá ser inferior a la pensión

mínima del régimen contributivo de la

Caja Costarricense de Seguro Social.

El Estado garantizará la capacitación

laboral de las personas que, como

consecuencia de una enfermedad o

lesión, desarrollen una discapacidad

que les impida continuar con el trabajo

que realizaban. Esta capacitación pro-

curará que se adapten a un cargo de

acuerdo con las nuevas condiciones. El

Estado deberá tomar las medidas per-

tinentes, con el fin de que las personas

con discapacidad puedan continuar en

sus funciones o en otra acorde con sus

capacidades. .

ARTICULO 30.- Obligación del Minis-

terio de Trabajo y Seguridad Social El

Ministerio de Trabajo y Seguridad So-

cial mantendrá un servicio con profe-

sionales calificados para brindar el ase-

soramiento en readaptación, coloca-

ción y reubicación en el empleo de las

personas con discapacidad. Para facili-

tar sus acciones, este servicio deberá

mantener contacto con las organiza-

ciones de personas con discapacidad.

Con la promulgación de la Ley 7600 se

declara de interés público el desarrollo

integral de la población con discapaci-

dad, en iguales condiciones de calidad,

oportunidad, derechos y deberes que

el resto de los habitantes.

Los objetivos de la presente ley son:

a) Servir como instrumento a las perso-

nas con discapacidad para que alcancen

su máximo desarrollo, su plena partici-

pación social, así como el ejercicio de

los derechos y deberes establecidos en

nuestro sistema jurídico. b) Garantizar

la igualdad de oportunidades para la

población costarricense en ámbitos

como: salud, educación, trabajo, vida

familiar, recreación, deportes, cultura y

todos los demás ámbitos establecidos.

c) Eliminar cualquier tipo de discrimina-

ción hacia las personas con discapaci-

dad. d) Establecer las bases jurídicas y

materiales que le permitan a la socie-

dad costarricense adoptar medidas

necesarias para la equiparación de

oportunidades y la no discriminación de

las personas con discapacidad.

En el capítulo II del artículo 23 al 30 de

ésta ley se regula lo relativo al acceso al

trabajo de las personas con discapaci-

dad., según se indica a continuación:

ARTICULO 23.-Derecho al trabajo El

Estado garantizará a las personas con

discapacidad, tanto en zonas rurales

como urbanas, el derecho de un em-

pleo adecuado a sus condiciones y ne-

cesidades personales.

ARTICULO 24.-Actos de discrimina-

ción Se considerarán actos de discrimi-

nación el emplear en la selección de

personal mecanismos que no estén

adaptados a las condiciones de los aspi-

rantes, el exigir requisitos adicionales a

P Á G I N A 7

En las ofertas de

empleo público

del Poder

Ejecutivo se

reservará un cupo

del cinco por

ciento (5%) de las

vacantes para ser

cubiertas entre

personas con

discapacidad

Reglamento del Estatuto de Servicio

Civil y selección de personal

LA DGSC como ente Rector en materia

de recursos humanos, debe crear nor-

mas, políticas y procedimientos para

tratar los asuntos de discapacidad en el

Régimen de Servicio Civil y trabajar en la

ejecución, asesoraría, supervisión de la

gestión de la discapacidad

Sobre el particular el artículo 15 del Re-

glamento del Estatuto de Servicio Civil

establece que: “...En las ofertas de empleo

público del Poder Ejecutivo se reservará un

cupo del cinco por ciento (5%) de las vacan-

tes para ser cubiertas entre personas con

discapacidad, de modo que, progresivamen-

te se alcance el dos por ciento (2%) de los

efectivos totales de la Administración Cen-

tral del Estado, siempre que superen las

pruebas selectivas y que, en su momento,

acrediten la compatibilidad con el desempe-

ño de las tareas y funciones correspondien-

tes, según lo determine la Dirección General

de Servicio Civil.”

Con lo anterior se entendería, que al

referirse a una oferta real de empleo y

al cumplimiento de requisitos que permi-

tan comprobar, fehacientemente, la ido-

neidad de los oferentes y por lo tanto la

posibilidad de integrar un registro de

elegibles, supone sin lugar a dudas, un pro-

ceso evidentemente de ingreso al sector

público.

El Estatuto de Servicio Civil era omiso en

cuanto a la incorporación de Personas con

Discapacidad al empleo en el Poder Ejecuti-

vo, de ahí que se crea un cuerpo de normas

jurídico-administrativas, entre ellas:

Resolución DG-136-90 (sistema de Se-

lección Adaptado, para promover la

inclusión)

Resolución DG-017-92 (Comisión Espe-

cializada )

Resolución DG-0004-98 (Registro de

Elegibles paralelos)

Resolución DG-234-08

Normas de Acreditación de la discapaci-

dad, DECRETO EJECUTIVO 360425,

emitido el 18 de junio del 2010

Ley 8862, LEY DE INCLUSION Y PRO-

TECCION LABORAL DE LAS PERSO-

NAS CON DISCPACIDAD EN EL SEC-

TOR PUBLICO, y su Reglamento.

Con la incorporación de normativa indicada

se pretende reconocer el aporte laboral de

las personas con discapacidad, eliminar o

prevenir discriminación, incrementar opor-

tunidades de empleo y fijar parámetros a la

instituciones.

B O L E T I N

P Á G I N A 8

A diferencia de los iconos de accesibilidad que existen, en éste el cuerpo es mucho más grande en comparación

con la silla de ruedas

Ver: http://www.poder-judicial.go.cr/discapacidad/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=5&Itemid=138

SIMBOLO INTERNACIONAL DE ACCESIBILIDAD

Accesibilidad: son las medidas adoptadas, por las institucio-

nes públicas y privadas, para asegurar que las personas con

discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con

los demás, al entorno físico, el transporte, la información y

las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías

de la información y las comunicaciones y a otros servicios e

instalaciones abiertos al público o de uso público. Estas medi-

das incluyen también la identificación y eliminación de dichas

barreras. Art. 2 Ley 7600

Términos correctos sobre discapacidad

Nada es suficiente si no se adquiere un genuino compromiso

(actitud) con las necesidades de las personas con discapacidad y

eso se debe traducir en buenas prácticas, políticas y procedi-

mientos institucionales sustentados en los principios de: igual-

dad de oportunidades, vida independiente, participación, accesi-

bilidad y no discriminación de dichas barreras.