Boletín Informativo Aecpa septiembre 2010
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La Frase 2.
La Viñeta 2.
Curso de Manipulador de Alimentos 3.
Sociedad de Garantía Recíproca 4.
Subvenciones y Ayudas en plazo 6.
Aprobada la Ley de Morosidad 7.
Web Recomendadas 8.
Calendario de Ferias 9.
Calendario del Contribuyente 10.
Edita:
Asociación de Empresarios,
Comerciantes y Profesionales
de Arona
Deposito Legal:
TF - 1.340 - 2.001
Época : 5º - Año: 2010
Presidente - Director:
Antonio Luis Glez. Núñez
Redacción:
Rosa Dorta González
J. Alexis Rguez. Remedios
Montserrat Torres Curbelo
Mª. Esmeralda M. Rguez.
Fotógrafos:
Manuel Expósito
Daniel Cetrulo
Moisés Pérez
Diseño Gráfico:
ALGN-MSE
Director Comercial:
Miguel A. Coletto Estévez
Distribución:
A.L.O.G. - Publicidad
Nº ejemplares: 1.000
ARTÍCULO 20, Apartado a) Se reconocen y protegen los derechos, a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
Las SOCIEDADES DE GARANTIA
RECIPROCA, o S.G.R. son sociedades que a
condición de participar en el capital de la
sociedad, nos facilitan avales y préstamos,
desde refinanciar nuestro pasivo hasta
invertir en activo, o cualquier otro tipo de
operación de comercio.
Su funcionamiento principal es el que
describiremos a continuación: Cuando en
nuestra empresa necesitamos crédito para
realizar una inversión o proyecto y nadie
nos los quiere otorgar. Una S.G.R. nos
facilita el crédito pero nos pide a cambio
una participación porcentual en el capital
de nuestra empresa.
Este tipo de operaciones se realizan
siempre ante un Notario o Corredor de
Comercio y simultáneamente se suelen
firmar todo en la misma operación.
(Crédito y participación en la empresa)
Las S.G.R. al tener participación en
el capital de nuestra empresa tienen
acceso a nuestras cuentas y pueden
verificar que se hace la inversión y que el
dinero se destina correctamente a la
inversión acordada, incluso comprueban que
se está haciendo frente al crédito y se pagan
puntualmente las cuotas.
Una vez que se ha devuelto todo el
crédito, o ha vencido el aval, las S.G.R. nos
devuelven su participación de capital en
nuestra empresa.
Existen varios tipos de S.G.R., pero las
más estandarizadas son las de tipo
autonómico, que están promovidas por
organismos autonómicos con la intención de
que se potencie la economía de la zona de
influencia. Una peculiaridad de este tipo de
S.G.R. es que su normativa es mucho más
flexible y no suelen tomar parte en el capital
de la empresa, eso si también conviene
recordar que las S.G.R. no están obligadas a
entrar en las operaciones.
La única premisa negativa de una
S.G.R., es en el caso de que no se
cumpla con las condiciones pactadas del
préstamo o del aval y que existan
impagos, en ese caso ejecutan de
inmediato. Por lo que si bien son una
ayuda formidable para nuestro negocio
y constituyen una herramienta de
promoción económica y expansión para
la empresa, se pueden convertir en el
caso de pasar dificultades en el mayor
obstáculo y en la peor de nuestras
pesadillas.
En nuestro buscador semanal de subvenciones destinadas a las empresas hemos
detectado las dos subvenciones siguientes que creemos pueden ser de su interés, para
poder ampliar más información no duden en ponerse en contacto con nosotros.
”Convocatoria de Subvenciones para el Ejercicio de 2010 - Subvenciones a la
Financiación de Liquidez para PYMES que cuenten con una plantilla
no superior a 25 Trabajadores"
Plazo de presentación hasta 15 de octubre de 2010 o hasta agotamiento de existencia.
"Bases y Convocatoria de las Subvenciones a Pymes y Emprendedores
mediante Bonos Tecnológicos"
Plazo de presentación hasta el 30 de septiembre de 2010 o hasta el agotamiento de los fon-
dos disponibles si se produjera con anterioridad a la fecha indicada.
Antes de irnos de vacaciones
entró en vigor por fin la Ley de
Morosidad, que fija unos plazos
máximos de 60 días para los
pagos de empresas a sus
proveedores y de 30 días en el
caso de las administraciones
públicas, con un periodo de
adaptación en ambos casos que
se extenderá hasta 2013. La
norma, publicada en el BOE,
obliga al Gobierno a articular a
través del Instituto de Crédito
Oficial (I.C.O.) una línea de
financiación directa dirigida a
Ayuntamientos con el fin de que
puedan pagar sus deudas con las
empresas y los autónomos.
Asimismo, se elimina la
posibilidad de que las empresas
negocien plazos superiores de
pago a los fijados por la ley. El
periodo transitorio para que las
administraciones públicas
reduzcan su límite de plazo se
extiende hasta 2.013, con una
escala de 50 días para este año,
50 para 2.011, 45 para 2.012 y
30 días desde el 1 de enero de
2.013. En el caso de las
empresas privadas, exceptuan-
do el sector de la alimentación
y los productos perecederos
que quedarán obligados a pa-
gar en 30 días en todos los ca-
sos el período transitorio tam-
bién se extiende hasta 2.013,
de forma que desde la entrada
en vigor de la ley y a lo largo de
2.011 el plazo será de 85 días,
de 75 en 2.012 y de 60 días ya a
partir del siguiente año.
Cesiones a Editoriales
y Constructoras.
No obstante, todas las
constructoras de obras públicas
contarán con plazos distintos
para rebajar el plazo máximo
de pago de facturas a sus
subcontratistas y proveedores,
que actualmente supera los
100 días. En concreto, las
empresas del ramo podrán
pagar a 120 días desde hoy
hasta el 31 de diciembre de
2.011. En el año siguiente este
plazo deberá rebajarse a 90
días, para fijarlo en los 60
reglamentarios en el ejercicio
2.013. La ley habilitará al
Gobierno para determinar un
“régimen especial” de pagos
para el sector del libro que
tenga en cuenta las
“especiales circunstancias” de
este sector en relación a los
ciclos de explotación, la
rotación de “stocks” y el
específico régimen de
depósito de libros.
Revelar siempre
cuándo se paga.
Además, establece que las
empresas informen en su
memoria de cuentas anuales
sobre los plazos en los que
abonan las facturas a todos sus
proveedores. La norma persigue
equiparar los plazos de pago con
los que se registran en otros
países de Europa y aumentar así
la competitividad de la empresa
española, en la actualidad, la
Administración tiene pendientes
de pago con las empresas por un
monto total de 38. 000 millones
de euros, mientras que, de su
lado, la deuda de las empresas
con sus proveedores se sitúa en
60. 000 millones de euros.
Este es el sitio web oficial de la Casa
Real Española, provee toda la información
sobre la actividad de la corona.
Se puede tener acceso a los discursos
de S. M. el Rey, Juan Carlos I, a los viajes,
calendarios de actividades y programación
de cada uno de los actos, así como de
todos los miembros de la casa Real, así
como enlace para la Fundación Reina Sofía.
y la Fundación Príncipe de Asturias.
Este mes dentro de nuestra
sección de recomendar las webs del
mes, les recomendamos que visiten la
Web del Consejo General de la
Abogacía de España.
Cuenta con toda clase datos de
colegios de abogados, informaciones,
secciones y enlaces de los que
debemos estar informados y conocer
su utilidad en caso de necesitar los
servicios jurídicos.
NOMBRE LUGAR FECHA WEB
Semana de la Moda de Valencia Feria de Valencia Del 1 al 3 +info
SIMM 2010 Salón Internacional de Moda de Madrid
IFEMA Institución Ferial de Madrid
Del 2 al 4 +info
Feria de Muestras de Valladolid Feria de Valladolid Del 4 al 12 +info
Feria de Muestras de Calatayud Recinto Ferial de Calatayud Del 5 al 9 +info
EU PVSEC 2010 - Conferencia Europea de Energía Solar Fotovoltaica
Feria de Valencia Del 6 al 10 +info
Feria del Mueble de Galicia Fundación de Exposiciones y Congresos de A Estrada
Del 11 al 19 +info
TIG 2010 SEVILLA - XIV Congreso y Feria de Tecnologías
de la Información Geográfica
Hotel NH Central Convenciones Sevilla.
Del 13 al 19 +info
XXXII Congreso de la Sociedad Española de Farmacología
León Del 15 al 17 +info
FASHION WEEK CIBELES IFEMA
Institución Ferial de Madrid Del 16 al 21 +info
EcoBuilding2010 - Feria Arquitectura Bioclimática y Construcción Sostenible
Feria de Zaragoza Del 21 al 23 +info
Feria Arte Contemporáneo Palacio de Ferias
y Congresos de Marbella Del 22 al 26 +info
Feria Int. de Calzado y Artículos de Piel IFEMA
Institución Ferial de Madrid Del 24 al 26 +info
EXPOHOGAR OTOÑO Feria de Artículos para el Hogar
Feria de Barcelona Del 24 al 27 +info
DECONSTRUCCIÓN Feria de la Decoración y Construcción
Recinto Ferial de Navarra Del 30 al 3 Oct. +info
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Julio y Agosto 2010 Modelo 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Junio 2010. Grandes Empresas (*). Modelos (*) 553 al 558.
Junio 2010. Grandes Empresas Modelo 561, 562, 563
Agosto 2010. Grandes Empresas Modelo 560
Agosto 2010 Modelo 564, 566
Agosto 2010 (*). Modelo. 570, 580
(*) Los operadores registrados y no registrados (para el Impuesto sobre el
Alcohol y Bebidas Alcohólicas), representantes fiscales y receptores
autorizados (Grandes Empresas), destinatarios registrados y destinatarios
registrados ocasionales (para el Impuesto sobre Hidrocarburos y el Imp.
sobre el Tabaco), utilizarán para todos los impuestos el modelo: 510
HASTA EL 20 MODELOS
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas,
premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias
derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva,
rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas
autorizadas y saldos en cuentas.
Julio y Agosto 2010. Grandes Empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128.
IVA
Julio y Agosto 2010. Régimen General. Autoliquidación Modelo 303
Julio y Agosto 2010. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo indiv. 322
Julio y Agosto 2010. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del
IVA y del IGIC. Modelo IGIC 340
Julio y Agosto 2010. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Modelo intracomunitarias 349
Julio y Agosto 2010. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo agregado. 353
Julio y Agosto 2010. Operaciones asimiladas a las importaciones Modelo 380
I.G.I.C. - IMPUESTO GENERAL
INDIRECTO CANARIO
410 Grandes empresas.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
411 Régimen general devolución mensual.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
412 Declaración Ocasional.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
418 Régimen especial del grupo de entidades.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
419 Régimen especial del grupo de entidades.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
490 Grandes Empresas fabricantes o comercializadoras
de labores de tabaco rubio.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
490 Régimen general devolución mensual fabricantes o
comercializadores de labores de tabaco rubio.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Julio y Agosto.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
COMBUSTIBLES DERIVADOS
DEL PETROLEO
430 Declaración—Liquidación
Hasta el día 30 el correspondiente al mes de Agosto.
TASA FISCAL DEL JUEGO
045 Máquinas Recreativas
Hasta el día 20 el correspondiente al 3º Trimestre.
046 Máquinas Recreativas
Hasta el día 20 el correspondiente al 3º Trimestre.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES
PATRIMONIALES Y ACTOS
JURÍDICOS DOCUMENTADOS
610 Pago en metálico del impuesto que grava los
documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Agosto.
615 Pago en metálico del impuesto que grava la emisión
de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o
sean endosables a la orden.
Hasta el día 20 el correspondiente al mes de Agosto.