Boletin Oficial Abril 2013 Nº 29

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina ÍNDICE: ORDENANZAS: Nº 013 a Nº 022…………………………………….Páginas N° 2, 3, 4 y 5 RESOLUCIONES: N° 119/2012 y Nº 014 a Nº 021…………………...Páginas Nº 5, 6 y 7 DECLARACIONES: Nº 01 a Nº 04………………...………………….Páginas N° 7 y 8 COMUNICACIONES: Nº 002 ………………….……………………...Página N° 8 DISPOSICIONES: Nº 609 a Nº 667…..……………………………Páginas 8 y 9 RESOLUCIONES: Nº 29 a Nº 35……………………………………Página 10 EDICTOS…………………………………………………………………Página N° TELÉFONOS MUNICIPALES e INFORMACIÓN………………Página 11 Boletín Oficial Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro Poder Ejecutivo Intendente: Alfredo R. García Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante Concejal Víctor H. Águila Vicepresidente Primero Concejal Paola Andrea Sanna Vicepresidente Segundo Concejal Jorge D. Tormann Concejales Beatriz Tejeiro Rubén Cobos Leticia Tornero Raúl García Secretaria Legislativa Lily Ana Selva Torres Año III El Bolsón, Provincia de Río Negro 06 de mayo 2013 N° 29 NORMAS PODER LEGISLATIVO NORMAS PODER EJECUTIVO JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES e INFORMACIÓN GENERAL

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Page 1: Boletin Oficial Abril 2013 Nº 29

Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina

ÍNDICE:

ORDENANZAS: Nº 013 a Nº 022…………………………………….Páginas N° 2, 3, 4 y 5 RESOLUCIONES: N° 119/2012 y Nº 014 a Nº 021…………………...Páginas Nº 5, 6 y 7 DECLARACIONES: Nº 01 a Nº 04………………...………………….Páginas N° 7 y 8 COMUNICACIONES : Nº 002 ………………….……………………...Página N° 8

DISPOSICIONES: Nº 609 a Nº 667…..……………………………Páginas 8 y 9 RESOLUCIONES: Nº 29 a Nº 35……………………………………Página 10

EDICTOS…………………………………………………………………Página N°

TELÉFONOS MUNICIPALES e INFORMACIÓN … ………………Página 11

Boletín Oficial

Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro

Poder Ejecutivo Intendente: Alfredo R. García

Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante

Concejal Víctor H. Águila Vicepresidente Primero

Concejal Paola Andrea Sanna Vicepresidente Segundo

Concejal Jorge D. Tormann Concejales

Beatriz Tejeiro Rubén Cobos

Leticia Tornero Raúl García

Secretaria Legislativa Lily Ana Selva Torres

Año III El Bolsón, Provincia de Río Negro – 06 de mayo 2013 N° 29

NORMAS PODER LEGISLATIVO

NORMAS PODER EJECUTIVO

JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES e INFORMACIÓN GENERAL

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NORMAS PODER LEGISLATIVO

ORDENANZAS VISTO: Las notas Nº 634 de fecha 15/10/2012, Nº 10/09/2012, Nº 19/11/2012, la Ley Nacional Nº 2055, donde solicitan la eximición de Tasas por motivos de enfermedad y de bajos recursos, y; CONSIDERANDO: Que se han recibido solicitudes de exención de tasas municipales, con la correspondiente documentación que acredita la pertinencia del pedido; Que estos beneficios se solicitan en atención a la imposibilidad de los vecinos de afrontar el pago de tasas, dadas las condiciones socioeconómicas en las que se encuentran; Que se aprobó la Ordenanza Nº 010/09 por la que se establece un mecanismo automático de renovación anual en tanto no varíen las condiciones por las que el beneficio fue concedido, sin la necesidad de dictar nuevas Ordenanzas; Que es necesario extender el beneficio de exención de Tasas Municipales por el periodo del corriente año 2013, y las deudas que los beneficiarios tuvieren para con este Municipio; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: CONCEDASE el beneficio de exención de Tasas de Servicios Municipales para el año en curso, en el porcentaje que se indica en cada caso y deudas de años anteriores de corresponder, a los siguientes beneficiarios: MUÑOZ, Sandra Noemi, DNI 27.504.643,

domiciliada en calle Almirante Brown Nº 2443 perteneciente al barrio Terminal, parcela 20-1-G-041B- 23, Nota Nº 634/2012 - empleada domestica – un hijo discapacitado.100% sobre tasas y 100% sobre deudas.-

OYHANBURU, Alberto Federico, DNI 05.155.285, domiciliado en Paraje Mallin Ahogado, parcela 344586, Nota Nº 549/2012 - viudo – discapacitado-Deróguese Ordenanza Nº 009/11, otórguese beneficio 100%. sobre tasas.-

MORALES, Isabel Virginia, domiciliada en calle Los Pioneros Nº 1037, perteneciente al Barrio CO.VI.BOL , parcela 20-1-J-704-02-F000, Nota Nº 769/2012. Hermano discapacitado mental (esquizofrenia), único sostén.100% sobre tasas y 100% sobre deudas.-

ARTICULO 2º: El beneficio es prorrogable en tanto se mantengan las condiciones que le dieron origen, de acuerdo al mecanismo establecido por la Ordenanza 010/09.-

ARTICULO 3º: Impútese el monto resultante a la partida Transferencias a Personas de Acción Social. ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 013/2013.-

VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la nota Nº 125/2013, y; CONSIDERANDO: Que en la nota Nº 125/2013 la Directora de Comercio, Sra. Liliana Yussem, solicita evaluar la situación la la Sra., Huenelaf, Martha, DNI Nº 13.814.970, ya que la misma tiene una hija con discapacidad, adjunta Certificado de Discapacidad (Parálisis Cerebral Espastica), el mismo tiene validez hasta el 03/07/2022; Que tal situación la obliga a tener una atención permanente hacia su hija; Que por tal motivo es menester permitirle la habilitación para realizar la elaboración y venta de panificados; Que para su habilitación, la Sra. Liliana Yussem solicita la decisión de este Cuerpo para el otorgamiento; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: AUTORIZASE a la Directora de Comercio, Liliana Yussem otorgar la habilitación Comercial para la elaboración y venta de panificación a favor de la Sra. Marta Huenelaf DNI Nro. 13.814.940.- ARTICULO 2º: EXCEPTÚESE a la Sra. Martha Huenelaf D.N.I. 13.814.970 del Artículo 8º: Tasa por Habilitación de Comercios, Industrias y Prestatarios de Servicio y Artículo 9º: Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene de la ordenanza tarifaria 072/06.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 014/2013.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la nota Nº 051 con fecha de ingreso el día 22/02/2013, La ley Nacional Nº 23.673 “Boleto Estudiantil”, la Ordenanza 068/2012 y; CONSIDERANDO:

Que La Carta Orgánica Municipal en el artículo 101º inciso 18 determina: “…Procedimientos Administrativos, de Transporte, de Planeamiento Urbano y Rural, y toda otra norma que permita el ejercicio efectivo del Poder de Policía Municipal”; Que por nota 051 con fecha de ingreso el día 22/02/2013, el Sr. Asunción Méndez solicita un aumento en el precio de los boletos del transporte urbano de pasajeros; Que los valores que se fijen, independientemente de la nota que se hace referencia en los vistos, deben regir para todas las líneas de transporte urbano de pasajeros en el ejido de El Bolsón; Que la Carta Orgánica Municipal en el Articulo 101, inc. 23 dice “de la licitaciones Públicas” y el precio del boleto, se debe fijar por Ordenanza y visto que las empresas locales no tienen subsidio, demos considerar un tarifa para lo que resta del presente año, considerando también la economía familiar de los habituales usuarios, que día a día usan este tipo de servicio de transporte público; Que La ley Nacional Nº 23.673 “Boleto Estudiantil” determina en su Artículo 2º: “El valor del boleto estudiantil, será de hasta cincuenta por ciento (50 %), del valor del boleto mínimo vigente para los servicios de transporte público de pasajeros por automotor…” por lo que el valor del “Boleto Estudiantil”, no se modificará, bajo ningún concepto, dado que es prioridad de este municipio el acceso estudio por parte de nuestros jóvenes; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1°: MODIFÍQUESE el valor del pasaje del transporte urbano de pasajeros en todo el ejido de El Bolsón, fijándose los siguientes valores:

•••• Valor mínimo: pesos dos con 50/100 ($ 2,50.-)

•••• Valor máximo: pesos cinco ($ 5,00.-)

•••• Boleto escolar nivel primario: un peso ($ 1,00.-)

•••• Boleto escolar niveles secundario, terciario y universitario: pesos uno con 25/100 ($ 1,25.-).-

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 015/2013.-

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VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la nota Nº 089 con fecha de ingreso el día 05/03/2013, la Ley Provincial 2055 y; CONSIDERANDO: Que la Carta Orgánica Municipal en el Artículo 29º determina: “El trabajo es un derecho y un deber social. El Estado Municipal procurará fuentes de trabajo que garanticen plena ocupación… Fomentará la producción acompañando los micro-emprendimientos; gestionará fuentes de financiamiento para el desarrollo local con especial orientación al turismo, la producción y las artes, y orientará en la comercialización de productos…”; Que por nota 125 con fecha de ingreso el día 15/03/2013, se solicita permiso de habilitación comercial del rubro kiosco para una persona discapacitada; Que la Municipalidad de El Bolsón se encuentra adherida a la ley provincial 2055 la cual determina en Artículo 4º Inc. C: “Créditos preferenciales y subsidios destinados a promover la inserción o reinserción laboral de los discapacitados en mercados de trabajo protegidos, semicompetitivos y competitivos”; Que ante el artículo mencionado en el considerando anterior, este Cuerpo Legislativo exceptuaría, en concepto de subsidio, los valores fijados en la tarifaria vigente; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1°: EXCEPTÚESE al Sr. Juan Carlos Jackiw D.N.I. 11.456.698 del Artículo 8º: Tasa por Habilitación de Comercios, Industrias y Prestatarios de Servicio y Artículo 9º: Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene.- ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 016/2013.-

VISTO: El Articulo 101 inc. 3, de la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 108/92, 100/96, 039/08, y 117/09 y cctes; la solicitud de certificado de ocupación presentada mediante nota Nº 035/12 por Marcelo Alejandro Barría D.N.I. 26.661.7354, y; CONSIDERANDO: Que mediante boleto de compraventa la Municipalidad le vendió el 12 de marzo de 2007 a Sr. Luis Oscar Bayer lote 20-1-E-212-01, con una superficie de 401,92 mts2; Que conforme surge del boleto de compraventa que exhibe y se adjunta el Sr. Luis Oscar Bayer, le vendió el 3 de febrero de

2012 al Sr. Marcelo Alejandro Barría el lote 20-1-E-212-01; Que el Sr. Marcelo Alejandro Barría, D.N.I. 26.617.354 solicita por nota Nro. 035 certificado de ocupación a su nombre del lote 20-1-E-212-01; Que sin perjuicio de la solicitud del peticionante compulsando la documentación obrante se observa que el acto administrativo que debe sancionarse es el de transferencia; Que para dicha transferencia se adjuntan la documentación que a continuación se detalla: Copia del Boleto de compraventa de la Municipalidad a Luis Oscar Bayer, Copia del Plano de Mensura 091/07, Copia del Boleto de compraventa de Luis Oscar Bayer a Marcelo Alejandro Barría; Actuación Notarial Nro. 00295163, se circunstancia que el nombrado es argentino, casado con la Sra. Silvina Andrea Oyarzún argentina D.N.I. 27.020.120 - Copias comprobantes de plan de pago del lote 20-1-E-212-01 efectuado por Luis Oscar Bayer; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: TRANSFIÉRASE, los Derechos de Ocupación del lote 20-1-E-212-01. sito en Barrio San José, de la localidad de El Bolsón que el Sr. Luis Oscar Bayer, argentino, D.N.I. 22.122.571, pudiera tener a favor de los Sres. Marcelo Alejandro Barría, argentino, D.N.I. 26.617.354 y Silvina Andrea Oyarzún argentina D.N.I. 27.020.120.- ARTICULO 2º: FACULTASE, al Departamento de Hacienda de la Municipalidad de El Bolsón al cobro del 25% correspondientes al derecho de transferencia en los términos de las Ordenanzas Nº 108/92, 100/96, 039/08, y 117/09, 128/11 y cctes.- ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 017/2013.- VISTO: La Resolución Nro. 003/12, la Ordenanza 1412/12 y la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución de marras se establecen los montos de las cajas chicas asignadas a la Presidencia del Concejo deliberante y a cada uno de los miembros del Cuerpo; Que a través de la Ordenanza 141/12 se aprueba el presupuesto para el año 2013 estableciendo nuevos montos para los gastos de funcionamientos del Concejo Deliberante; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO:

Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: DEJASE sin efecto la Resolución Nro. 003/12.- ARTICULO 2º: ESTABLECESE de la Partida Presupuestaria Gastos de Funcionamiento Caja Chica del “Concejo Deliberante” un monto mensual de pesos cuatro mil novecientos ($ 4.900.- ).- ARTICULO 3º: FIJASE que dicha suma será distribuida mensualmente de la siguiente manera:

� Pesos mil seiscientos ($ 1.600.-) Presidencia del Concejo.-

� Pesos quinientos cincuenta ($ 5.50.-) Concejales.-

ARTICULO 4º: DETERMINASE que la Presidencia del Concejo Deliberante será la encargada de administrar y distribuir a cada Concejal la suma fijada en el artículo anterior asimismo será la responsable de recibir las rendiciones de cuenta de cada oficina y de elevarlas a Contaduría General de la Municipalidad el último día habil de cada mes, correspondientes al mes en curso.-

ARTICULO 5º: DETERMINASE que dicho monto será puesto a disposición de la Presidencia del Concejo Deliberante antes del quinto día habil de cada mes.- ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 018/2013.-

VISTO: El Artículo 101 inciso 18, de la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; la solicitud presentada por Oscar Alberto Keller, D.N.I. 13.337.461, y; CONSIDERANDO: Que debido a la toma realizada en el predio denominado catastralmente 20-1-J-706- ex CO.VI.BOL, por la que se hubo originado por parte de las personas que dicen ser dueños de las parcelas que componen dicho loteo la causa penal 247-8-2009 Vergara Carmelo Nicolas y otros s/ usurpación en trámite por ante el Juzgado de instrucción Penal Nro. 4 Sec Nro. 8; y que a tenor del criterio de oportunidad aplicado por la Fiscalía a cargo de la Dra. Mirta Siedlecki; Que en cumplimiento a lo pautado en la audiencia de Conciliación efectuada por la fiscal y las partes denunciadas y los denunciantes realizada en el día 6 Mayo de 2010 de la que surgió un acuerdo entre el Concejo Deliberante y el Poder Ejecutivo para arribar a una solución que conforme a todos los actores del conflicto; Que habiéndose iniciado tratativas con el titular del dominio 20-1-J-007-05 con una superficie de 36.605,65 mts2., el Sr. Vittorio Arcángel Signore y la Sra. Rita

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Signore,los nombrados efectúan una oferta de Cesión de Derechos Gratuita; Que a título de cesión gratuita transfiere el inmueble descrito a favor de la Municipalidad de El Bolsón la que es aceptada por Ordenanza Nro. 044/2011; Que a tenor de las Ordenanzas Nros 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la ingente carestía de viviendas a los ciudadanos que habitan la superficie correspondiente al inmueble nomenclatura catastral 20-1-J-007-05; Que a tenor del relevamiento efectuado por Catastro Municipal y aplicando los criterios normados en la Ordenanza 108/92; Que el mismo apunta a la regularización de la tenencia de la tierra, del loteo llamado COVIBOL; haciéndose necesario, proceder al otorgamiento de los mismos a las que actualmente tengan derecho a escriturar; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE Con Cargo el Lote 20-1-J-706-01, con una superficie de 427,35 m2 a favor de Oscar Alberto Keller, de nacionalidad argentina, D.N.I. 13.337.461 correspondiente a la planta urbana de El Bolsón.- ARTICULO 2º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad a cuenta y cargo del adjudicatario.- ARTÍCULO 3º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 4º : Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 019/2013.- VISTO: La nota ingresada 030/13, la Carta Orgánica Municipal, Artículo 101º, inciso15, la Ordenanza Nº 024/04, y; CONSIDERANDO: Que es función de este Concejo Deliberante analizar los pedidos de exenciones al pago de tasas, multas etc.; Que por Nota 030/13 se solicita la exención de una multa aplicada de acuerdo a la Ordenanza 024/04 en cuanto a la limpieza de los terrenos baldíos y de todo terreno que pudiera albergar plagas nocivas a la salud humana y animal; Que dicho terreno se encuentra ubicado en el Bº Arrayanes y su nomenclatura catastral 20-1-E-495-15; Que la multa aludida se le impone a partir del año 2010 y comienza a

cobrársele a partir de febrero de 2012 abonando hasta la fecha un monto de $ 6198,48.-, Que el contribuyente no fue notificado de la multa hasta febrero de 2012 ni del mecanismo previsto en la Ordenanza Nº 024/04 para solicitar el certificado correspondiente una vez saneado el terreno; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 10-04-13, Acta 1.582, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1º: CONDÓNESE la deuda por limpieza de terrenos baldíos que a la fecha tenga la Sra. Mercedes Victoria Llopis y dese de baja el convenio firmado en su oportunidad.- ARTÍCULO 2º: CONSIDERESE cancelada toda la deuda emergente de la Ordenanza Nº 024/04 aplicable al lote 20-1-E-495-15 ubicado en el Bº Arrayanes.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido Archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 020/2013.-

VISTO: Las gestiones realizadas ante el Secretaria General de la Presidencia de la Nación, la Ley 25.603 su modificatoria 26434, Decreto 1805/07 y la Carta Orgánica Municipal,y: CONSIDERANDO: Que en el Artículo 5º de la a mencionada Ley se dispone que cuando se trate de mercadería que, como bienes finales o mediante su transformación, resulten aptas para el debido cumplimiento de las actividades asignadas a diversos organismos o reparticiones del Estado nacional, provincial o municipal, el servicio aduanero previa constatación de la situación jurídica de la mercadería y de la obtención de su certificado de aptitud de uso cuando fuere necesario, las pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación a fin que sea afectada para su utilización por la repartición u organismo que al efecto se determine, incluyendo a sus planes o programas aprobado por autoridades competentes y organizaciones vinculadas a la ejecución de los mismos; Que mediante RSG Nº 981/2012 se cede sin cargo a favor del Municipio de El Bolsón una (1) camioneta sin uso, marca Mitsubishi, modelo L200 DI D, doble cabina, año de fabricación 2009, doble tracción, con motor Diesel de 2477 cc, Chasis Nº (VIN) MMBJNKB409D045253, motor Nº 4D56UCBN6410; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 10-04-13, Acta 1.582, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO:

Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: ACEPTASE la donación realizada por parte de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación de una (1) camioneta sin uso, marca Mitsubishi, modelo L200 Sportero DID, doble cabina, año de fabricación 2009, doble tracción, con motor Diesel de 2477 cc, Chasis Nº (VIN) MMBJNKB409D045253, motor Nº 4D56UCBN6410, que tendrá como destino cubrir las necesidades de funcionamiento del Municipio.- ARTICULO 2º: INCORPORESE dicho bien al patrimonio Municipal, debiendo cumplimentar con la contratación de los seguros correspondientes.- ARTICULO 3º: Dispóngase la inmediata inscripción del bien en el registro de la propiedad automotor de la Provincia de Rio Negro.- ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido Archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 021/2013.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza 140/2012, y; CONSIDERANDO: Que la Carta Orgánica Municipal dictamina en su artículo 69º: “…está integrada por tres (3) miembros que son designados por el Concejo Deliberante con una mayoría de dos tercios (2/3) del total de sus miembros…” Que la Ordenanza 140/2012 determina en su artículo segundo: ARTÍCULO 2°: FIJASE la suma de pesos dos mil ($ 2.000.-) mensuales, en concepto de gastos, a cada uno de los miembros de la Junta Electoral Municipal.- Que el concepto de gastos no corresponde dado que llevan adelante una función determinada por nuestra Carta Orgánica, por lo que se debe modificar el concepto enunciado Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 10-04-13, Acta 1.582, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1°: MODIFÍQUESE el artículo segundo de la ordenanza 140/2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2°: FIJASE la suma de pesos dos mil ($ 2.000.-) mensuales, en concepto de honorarios por cargo establecido en Carta Orgánica, a cada uno de los miembros de la Junta Electoral Municipal”.-

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ARTÍCULO 2°: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido Archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

ORDENANZA N° 022/2013.-

RESOLUCIONES VISTO : La Carta Orgánica Municipal y las Ordenanzas Nº 261/03, 126/07, 121/09 y la Resolución Nº 559/11, La Cédula del STJ, la que ingreso por nota Nº 748 al Concejo Deliberante, notificando la resolución del 5 de septiembre de 2012 en autos caratulados, RONCO, Jorge Fabián y otros s/Mandamus (Expediente Nº25656/11-STJ), que tramitan por Secretaría Nº 4, Viedma, en la que se Ordena no innovar hasta tanto se expidan los órganos competentes del Municipio sobre la materia que se ha reservado en el marco de la autonomía, y; CONSIDERANDO: Que este tema es de competencia exclusiva del Concejo Deliberante y a los fines ejercer constitucionalmente el poder autonómico que nos es reconocido por el articulo 225 de la Constitución Provincial de Rio Negro en forma originaria; Que habiendo las Empresas LADERAS DEL PARALELO 42 S.A. y LADERAS DEL PERITO MORENO S.A. introducido reformas a su propio Proyecto las que fueron presentadas por Nota Nº 741, cuyo proyecto original se encuentra en Comisión desde diciembre de 2011; Que a través de la nota 751 con fecha 14/11/12, la Sra. Concejal Leticia Tornero informa que el Presidente del Concejo Deliberante, recepciona una Cedula en referencia a los autos “RONCO, JORGE FABIAN Y OTROS S/ MANDAMUS” (Expediente Nº 25.656/11) por el cual emplazan a Laderas para que el Concejo Deliberante, se expida en un término de sesenta (60) días sobre las medidas adoptadas; Que dicha cedula, no se dio a conocer al resto del cuerpo legislativo como lo dictamina la Carta Orgánica Municipal y el Reglamento Interno del Concejo Deliberante, y no se dio cumplimiento a Código Procesal Civil y Comercial; Que es de conocimiento público, que el proyecto reconocido por Resolución 559/11 “Proyecto de Desarrollo Integral del Centro de Actividades de Alta Montaña en el Cerro Perito Moreno”, ingresado al Concejo Deliberante, por el Poder Ejecutivo Municipal, Nro. De ingreso 808 con Fecha 16/11/11, fue tratado y pasado a Comisión. Expresándose por medio de la Resolución 093/2011 que se Considera y Define al Desarrollo Integral del Cerro Perito Moreno de nuestra localidad como Política de Estado del Gobierno Municipal de El Bolsón; Que actualmente el Concejo Deliberante, en lo referente a su competencia, se encuentra abocado al estudio de las reformas y propuestas incluidas al Proyecto Original del año pasado, recientemente ingresados 12/11/12, nota 741 por parte de la Empresa Concesionaria,

a este Concejo Deliberante y al Poder Ejecutivo Municipal, donde sugieren nuevas etapas y nueva escala; Que la medida de No Innovar, obliga a los órganos competentes de nuestro Municipio, a expedirse en términos perentorios y de informar al máximo Tribunal Judicial Provincial en el plazo de 60 días, ya prácticamente cumplidos, sin girar contestación por parte de este Poder del estado municipal; Que hasta tanto el Concejo Deliberante trate analíticamente las reformas correspondientes al Desarrollo integral del centro de Actividades de Alta Montaña, con el tiempo propio que demanda este delicado asunto se hace necesario otorgar un plazo al concesionario a los fines no hacer cesar las actividades y atención al turismo que demanda la actividad de alta montaña para no ocasionar un daño por la suspensión del servicio que resulta emblemático en nuestra oferta turística; Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 22-11-12, Acta 1.569, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

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RESUELVE INFORMAR al Superior Tribunal de Justicia ARTÍCULO 1º : Que debido a la reforma introducida el día 12 de noviembre de 2012 por las Empresas Laderas del Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A. al proyecto original, el que ingresara por Nota 741, el Concejo Deliberante continua el tratamiento analítico del mismo.- ARTÍCULO 2º: Autorizar a la empresa concesionaria, Laderas del Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A. a continuar con las obligaciones y trámites que permitan cumplir con el contrato de concesión celebrado entre la empresa y el EN.DI.PEM , sin que ello signifique desnaturalizar el objeto por el cual fue otorgada la concesión.- ARTÍCULO 3º: En cumplimiento a la primera etapa del proyecto Empresas Laderas del Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A solicitar a la SECRETARÍA de MEDIO AMBIENTE de la Provincia de Río Negro, realice los trámites pertinentes para concretar el llamado a Audiencias Públicas, dentro de los noventa (90) días corridos a partir de la promulgación y publicación de la presente, notificando y haciendo participar a la Fiscalía de Estado, P.E.M., EN.DI.PEM.,C.D.- ARTÍCULO 4º: Treinta (30) días posteriores al llamado de audiencia pública, el que tendrá como fecha límite el mes de marzo del año 2013, se concretará el tratamiento por el C.D. el respectivo reglamento del consorcio Parcelario de la nueva propuesta efectuada por Laderas del Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A.- ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, al Superior Tribunal de Justicia, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los veintitrés días del mes de noviembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 119/2012.-

VISTO: La Resolución Nº 130/2012, del Poder Ejecutivo Municipal de fecha 14 de Diciembre de 2012, y; CONSIDERANDO:

Que mediante la misma veta en forma total el Proyecto de Ordenanza 122/2012, que adjudica sin cargo el lote 20-1-J-701-01 a favor de la Sra. Marta Ester Inalef; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, Rechazó por unanimidad el veto impuesto al proyecto de Ordenanza 122/12; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTICULO 1º: INSISTIR en la sanción del Proyecto de Ordenanza 122/2012, sancionado por el Concejo Deliberante el día 22 de noviembre de 2012.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido, archívese.- Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCION Nº 015/2013.- VISTO: La Constitución de la Provincia de Río Negro,la Ley Ambiental de la Provincia de Río Negro,La Carta Orgánica Municipal,el Código Ambiental Municipal y la Ordenanza Nº 229/06;como solicitud efectuada Concejal Raúl García,entre otros antecedentes obrantes Resolución Nº 131/2012, y Nº 125/2012, y; CONSIDERANDO: Que La Carta Orgánica Municipal establece que el Municipio de El Bolsón, ejerce la calidad de Autoridad Ambiental dentro del Ejido Municipal fijando, además, las funciones específicas del Consejo Ambiental; Que la Ordenanza Nº 229/06 crea el Consejo Ambiental como órgano de consulta y asesoramiento del Municipio de El Bolsón aprobando, además, su reglamento de funcionamiento y organización; Que una de las tantas problemáticas ambientales existentes en el Ejido Municipal de El Bolsón, resulta ser el actual Vertedero Municipal de Deposición Final de Residuos Sólidos Urbanos ubicados en Pje. Los Repollos; Que en relación al funcionamiento de dicho Vertedero de Deposición Final de Residuos Sólidos Urbanos se habría incumplido con el programa inicial establecido a partir de la instalación de la Planta de Tratamiento de Residuos, particularmente en cuanto a la separación de los mismos y al relleno sanitario implementado solamente para aquellos residuos biodegradables; Que por ser de público y notorio, el mismo se encontraría colapsado en cuanto a los motivos y objetivos que dieron origen al mismo,conforme lo dispuesto precedentemente; Que en paralelo a ello,varios han sido ya los reclamos formulados por vecinos del lugar,planteando,particularmente,la emanación

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de olores,la proliferación de moscas, roedores, además del latente peligro de incendios; y tal como se anticipare, el vertedero en cuestión se encontraría generando latente riesgos,focos de infecciones, de gases tóxicos con el consiguiente riesgo y daño ambiental para el sector y alrededores con afectación de la salud humana; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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RESUELVE ARTÍCULO 1: REQUERIR del Consejo Ambiental de El Bolsón, se elabore un amplio y detallado informe del estado de situación del Vertedero Municipal como así también,indique las medidas de corto, mediano y largo plazo que a su criterio y con respaldo técnico deban implementarse para el adecuado funcionamiento del mismo,minimizando con ello los actuales daños y riesgos ambientales y previendo el menor impacto de éstos a futuro. En su caso,si existen elementos de reparación de los daños ambientales eventualmente ya ocasionados.Finalmente,indiquen las medidas urgentes e improrrogables que corresponderían tomarse al respecto.- ARTÍCULO 2: Solicitar al poder Ejecutivo Municipal de apoyo logístico a través del área pertinente, Secretaría del Medio Ambiente para el cumplimiento de la tareas encomendadas al Consejo Ambiental.- ARTÍCULO 3: Otórguese un plazo de noventa días (90), para el cumplimiento de lo solicitado en los artículos 1,2 y 4.- ARTÍCULO 4: Hasta tanto, se confeccione el informe de rigor y eventualmente se apliquen las medidas del caso, requerirse al Poder Ejecutivo Municipal se arbitren los medios y las medidas necesarias a los efectos de minimizar los riesgos y/o daños ambientales que pudieran estar provocándose por la irregular y defectuosa utilización del Vertedero de Residuos Sólidos Urbanos y su Planta de Tratamiento de Residuos.- ARTÍCULO 5: Pedido de Informe a Medio Ambiente de la Provincia a través de Saneamiento Ambiental Provincial con respecto a los animales en inmediaciones del Vertedero Municipal (perros, roedores e insectos).- ARTÍCULO 6: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido archívese.- Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCION Nº 016/2013.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal de El Bolsón Articulo 112, Declaraciones, En rigor, el derecho a condiciones de trato equitativo y digno en las relaciones de consumo ya figura en el artículo 42 de la Constitución Nacional y también en la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, y;

CONSIDERANDO: Que en el ejido de la Municipalidad de El Bolsón, que forma parte de la Comarca Andina del Paralelo 42º; Que dada la gran afluencia turística, registrada tanto en temporada alta como en la estacional propia de cada región; Que es facultad del Concejo Deliberante, poder informar se de cumplimiento a lo establecido por Ley , en cuanto a Normas de las mismas, como nuestra Constitución Nacional. Que habiendo observado, en diálogo de vecinos , que sería de sumo interés, poder brindar una atención más expeditiva en cuanto a las Estaciones de Servicios y el suministro de combustible de esta localidad; Que pudiendo incorporar más bocas de expendio y atención al público podrá dar una solución al tema planteado, no teniendo que esperar tanto tiempo, contemplar personas mayores o con disminución física se las pueda atender en prioridad; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTÍCULO 1º: SOLICITAR a las Estaciones de Servicio de la localidad de El Bolsón, se mejore el servicio de almacenamiento y expendio de combustible poniendo énfasis en dar solución a esta necesidad , conforme a que la ley contempla multas.- ARTÍCULO 2º: Arbitrar los medios para dar solución al tema solicitado.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido archívese.- Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCION Nº 017/2013.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la nota Nº 163 con fecha de ingreso 25/03/13, y; CONSIDERANDO: Que La Carta Orgánica Municipal en el artículo 24º enuncia: “…cooperen con las distintas organizaciones en la creación de puestos de trabajo y en actividades formativas de carácter formal y no formal…” y continua manifestando en el mismo artículo: “…acompañar los proyectos de educación técnica, de estudios terciarios y universitarios, con especial interés en las carreras con fuerte inserción regional”; Que ante estas declaraciones, queda de manifiesto la importancia y necesidad de incluir en nuestra sociedad las denominadas escuelas de formación técnica u oficios, las cuales no solo cubren el aspecto de alfabetización específica si no que cumplen un rol fundamental de contención e inserción laboral de nuestros jóvenes, sobre todos de aquellos con alto riesgo social;

Que por nota Nº 163 con fecha de ingreso 25/03/13 el Sr. Fray Virginio Zanin, solicita se declare de Interés Municipal el Taller Escuela Sagrado Corazón de Jesús teniendo en cuenta su trayectoria y su participación y compromiso en el acompañamiento de nuestra juventud; Que este Concejo Deliberante no es ajeno a la trayectoria de dicha institución y de la tarea que lleva adelante, por eso, no solo propicia la declaración de interés correspondiente si no que, a través de la presente norma, hacer conocer a las autoridades educativas de la Provincia de Río Negro, la importancia del Taller Escuela Sagrado Corazón de Jesús en nuestra localidad; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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RESUELVE ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal y Educativo el “Taller Escuela de Carpintería Sagrado Corazón de Jesús” dependiente la la Orden Franciscana de Frailes Menores de la Localidad de El Bolsón, por su labor social y educativa que lleva adelante en la tarea diaria de contención e inserción laboral de nuestros jóvenes, sobre todos de aquellos con alto riesgo social.- ARTÍCULO 2°: SOLICITAR al Ministerio de Educación la continuidad del plan de estudio de dicha Escuela.- ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a los Entes intervinientes, publíquese y cumplido archívese.- Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCION Nº 018/2013.- VISTO: La Constitución de la Nación Argentina, la Constitución de la Provincia de Río Negro, La Carta Orgánica Municipal, Titulo V y Articulos 41º, 73º y Ccs, la Resolución 016/09, y; CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar la normativa de procedimiento ante el pedido de Juicios Políticos que se presenten a este Concejo Deliberante, debido a que la Resolución 016/09 contiene artículos en contradicción a la Carta Orgánica Municipal; Que los denunciados tienen el derecho constitucional a una rápida decisión, la que no puede prolongarse indebidamente por que constituiría una situación equiparable a la negación de justicia y una violación a la garantía constitucional del Justo Proceso; Que el reglamento deberá contemplar los términos perentorios y obligatorios que se deberán seguir en todas las etapas del Expediente, garantizando los principios de celeridad, elementos básicos y fundamentales en este tipo de procedimientos dada su naturaleza jurídica, la resonancia

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pública y la tipología de funcionarios o autoridades sometidas al mismo, como a si también el de la defensa en juicio, ambos de raigambre constitucional; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTÍCULO 1º: DEROGAR la Resolución Nº 016/09.- ARTÍCULO 2º: Crear el Reglamento Interno del Concejo Deliberante de El Bolsón para el tratamiento de los pedidos de juicios políticos, que como anexo I se agrega a la presente.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido archívese.- Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCIÓN Nº 019/2013.-

ANEXO I- RESOLUCIÓN 019/2013.-

Reglamento sobre Titulo V.- ARTÍCULO 1º: Ámbito de aplicación.- El presente regirá para aquellos pedidos de juicios políticos, realizados de conformidad al Titulo V, Artículo 73 y siguientes de la Carta Orgánica Municipal.- ARTÍCULO 2º:Requisitos de admisibilidad de la denuncia.- El escrito en que se promueva juicio político deberá contener: 1)Nombre y Apellido, domicilio real, número de documento, edad, profesión del denunciante o cargo que ejerza.- 2)Nombre y Apellido, cargo del denunciado.- 3)La relación circunstanciada de los hechos en que se funda, causal de juicio político que se invoca e imputación que se formula.- 4)La indicación de las pruebas en que se sustente el pedido, debiendo acompañar con el escrito de denuncia la documental de que se dispusiere, en su defecto se individualizará la misma, indicando el ámbito en que se encontrase.- 5)La firma y Aclaración del denunciante.- 6)Acreditación de su condición de vecino (Articulo 41º de la Carta Orgánica Municipal).- ARTÍCULO 3º: Recepcionada la petición de Juicio Político, la Secretaria Legislativa deberá informar al Cuerpo, en Comisión de labor, dentro de Cinco (5) días, si se ha cumplimentado los requisitos dispuestos en el Articulo 2º del presente.- ARTÍCULO 4º: El Cuerpo, en sesión ordinaria y por mayoría simple de votos aprobará o desestimará el pedido.- ARTÍCULO 5º: Aprobado el pedido de Juicio Político, se procederá a designar la Comisión

Investigadora, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 75º de la Carta Orgánica Municipal.- ARTÍCULO 6º: Norma Transitoria: Para los pedidos de Juicios Políticos que estuvieren en trámite se aplicará la presente Resolución teniendo en cuenta el estado en que se encuentre el pedido.- ARTÍCULO 7º: De forma.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El Bolsón-Río Negro-04 de Abril de 2013- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la nota ingresada bajo Nº 167 del Poder Ejecutivo Municipal y nota Nº 116/13 de EDERSA, Rio Negro, Sucursal El Bolsón, y; CONSIDERANDO: Que el vecino Juan Manuel Aguilar D.N.I. Nº 24.292.328, solicita mediante nota presentada bajo Nº 1089 a Edersa, relocalización, Estación Transformadora, calle Nahuelpan y Perito Moreno, frente a su propiedad Parcela Nº 20-I-J-614-01; Que hace la solicitud,por necesidades de su proyecto de edificación. Que conforme notas, Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Ing. Christian J. Tymkiw y nota del Lic. Claudio Romero de la Subsecretaría de Medio Ambiente, esta todo de acuerdo para proceder a lo solicitado; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 10-04-13, Acta 1.582, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR a la Empresa EDERSA a la relocalización de la subestación transformadora desde el frente de la parcela Nº 20-I-J-615-01, al frente de la parcela 20-I-J-615-04, conforme a la solicitud efectuada.- ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publiquese, cumplido Archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCIÓN N° 020/2013.-

VISTO: El Proyecto de ordenanza de Reglamento de Consejo Ambiental presentado al Concejo Deliberante bajo el Nº 538 proponiendo la derogación del Articulo 3º de la Ordenanza 229/06,y; CONSIDERANDO: Que a tenor del Articulo 184 el Concejo Deliberante creara el Consejo Ambiental como órgano de consulta y asesoramiento de la Autoridad ambiental y el Concejo Deliberante mediante Ordenanza reglamenta su constitución y el funcionamiento, los dictámenes técnicos solo podrán ser rechazados por los 2/3 del Concejo Deliberante;

Que considerando que el principio constitucional impone que la promulgación de normas no deben alterar su espíritu con excepciones reglamentarias; Que se observa de la lectura que se haga al Artículo 9º del Proyecto de Reglamento del Consejo, que se ha eliminado lisa y llanamente la idoneidad como una condición para acceder al Concejo Ambiental; Que Que el Reglamento vigente se premia la valía académica, la calidad, la preparación, el profesionalismo y el reconocimiento social en materia de preservación y protección ambiental mientras el proyecto que se propone solo es meritorio ser ciudadano de El Bolsón; Que si se observa el Articulo 16º del Reglamento vigente es abierto y amplio respecto a la convocatoria a renovar el Consejo Ambiental, permitiendo hacerlo al Concejo Deliberante en coordinación con autoridad de aplicación y los consejeros salientes, ello que garantiza participación publica, cuestión que no se reproduce en el proyecto que se propone, el cual cercena la participación de todos para dividir las funciones y colocar al Concejo Deliberante en una situación pasiva; Que contra todo criterio jerárquico normativo los Artículos 35, 36, 37 y 38 del Reglamento propuesto, le imponen al Concejo Deliberante una serie de plazos perentorios, ignorando que el incumplimiento de estos plazos carecen de sanción para un cuerpo cuya libertad de actuar se encuentra constitucionalmente garantizada por la propia Carta Orgánica; Que a pesar de tratarse de un reglamento carece de precisión conceptual para determinar que debe entenderse por reiteradas, tal el caso del Articulo 40º que anuncian “Que serán relevados de su cargo los consejeros que no cumplan en forma reiterada con la obligación de asistir a las reuniones dispuestas; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTÍCULO 1º: RECHAZAR en su totalidad el Proyecto de Reglamento del Consejo Ambiental, por considerarlo contrario a lo normado en la Carta Orgánica Municipal.-ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publiquese, cumplido Archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

RESOLUCIÓN N° 021/2013.-

DECLARACIONES VISTO: Los artículos 22 y 101 de la Carta Orgánica Municipal, la nota N° 109 de Lorena E. Rivero, y; CONSIDERANDO: Que el evento, Bolsón Rock a realizarse el 28 de marzo en la Plaza Pagano, es un festival, un escenario de encuentro ciudadano y convivencia, propiciando las condiciones y

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requerimientos propios, para que El Bolsón siga destacándose como epicentro cultural; Que este permitirá, por un lado, recuperar el trabajo de los artistas populares locales destacando el patrimonio cultural simbólico de los bolsonenses, resultando un valioso aporte para la integración, identidad socio-cultural y la promoción regional; Que en cuanto a lo social, aunque la entrada al festival es gratuita tiene un aporte voluntario con un fin social. En esta primera versión se trata de un útil escolar; Que este Concejo Deliberante siempre ha incentivado y apoyado la actividad cultural, deportiva y educativa de nuestra ciudad y ha considerado necesario jerarquizar a quienes la difunden.- Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

DECLARA ARTÍCULO 1º: DE INTERES Cultural y Social Municipal el evento “El Bolsón Rock” a realizarse en La Plaza Pagano de nuestra localidad el día 30 de marzo del corriente año.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los veintisiete días del mes de marzo de 2013.-

DECLARACIÓN N° 001/2013.-

VISTO: La Carta Orgánica Municipal, Titulo II Derechos de la Comunidad, Articulo 22 y la propuesta acercada por el Sr. Adrián Moreno, y; CONSIDERANDO: Que La Carta Orgánica Municipal en su Articulo 22 establece como derechos de la comunidad, la Cultura, entendiendo como tal el conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida humana, y expresa como deberes del municipio: a) Asegurar la libertad y el desarrollo de las manifestaciones culturales, respetando el pluralismo y el derecho de los pueblos originarios a una educación pluricultural;b) Favoreser el intercambio de experiencias y manifestaciones culturales a nivel regional, provincial, regional e internacional, como forma de crear un clima de respeto, confianza, diálogo y paz entre los pueblos; Que La Carta Orgánica Municipal en su Articulo 15, Inciso 20 dice “Promover y fomentar la practica y desarrollo de actividades científicas, educativas, sociales, culturales, deportivas y de recreación que no alteren el medio ambiente; Que el 29 de marzo próximo en instalaciones del aeródromo se desarrollará en la localidad de El Bolsón, un nuevo evento

cultural cuyo nombre es “EXPO TANGO 2013”, tal actividad tiene como principal objetivo celebrar el décimo aniversario del programa radial “Simplemente Tango”, conducido por Carlos Durante, programa que ha marcado estilo y tradición en la Comarca, y desde sus comienzos ha pasado por distintas emisoras locales incluyendo a Radio Nacional; Que a dicho evento se podrá asistir en forma gratuita, y es para toda la Comarca Andina y pretende ser una actividad que se encuadre dentro de las ofertas previstas para los turistas en esos días coincidentes con las festividades de Semana Santa; Que Expo Tango 2013, es un conjunto de actividades relacionadas con esa disciplina musical, que convocará a artistas, tanto de la danza como del canto, además de plásticos y artesanos que expondrán sus obras relacionadas precisamente con el Tango y que será trasmitido para todo el país, cuestión por demás significativa como oferta cultural y turística; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

DECLARA ARTÍCULO 1º: DE Interés Municipal, Cultural, Social y Recreativo, la realización de “Expo Tango 2013” a realizarse el 29 de marzo próximo en instalaciones del aeródromo local.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a la Organización de “Expo Tango 2013”, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

DECLARACIÓN N° 002/2013.-

VISTO: Los Artículos 24 y 101 de la Carta Orgánica Municipal, la nota N° 163 del Fray Virginio Zanin de la Escuela-Taller “Sagrado Corazón de Jesús”, y; CONSIDERANDO: Que el art. 24 de la COM dice “Se reconoce a la educación como un derecho social y humano, entendiendo la función educativa como un rol primordial, indelegable e intransferible del Estado en coordinación con la Provincia de Río Negro y la participación del Municipio.” “Este debe intervenir respecto de las necesidades referidas a las políticas educativas destinadas a sus habitantes…”; Que la Escuela-Taller “Sagrado Corazón de Jesús” inicia su actividad en 1992, con 15 alumnos y a partir de un proyecto franciscano en relación al oficio de carpintería. A mediados de 1996 se incorpora, por medio de un convenio de gestión mixta, al Consejo Provincial de Educación de Río Negro, dependiendo de la Dirección de Enseñanza Privada y ejecutando los planes de estudio aprobados por resolución 961/83 del CPE; Que desde mayo de 2002 la escuela también brinda un curso teórico práctico para el aprendizaje de la horticultura. Este

proyecto conto desde sus comienzos con el apoyo de distintas instituciones, tales como la Fundación Pan Franciscano, INTA, CAF, Escuela Mono Técnica, Parroquia Nuestra Señora de Lujan y demás gente comprometida socialmente; Que la Escuela actualmente realiza su actividad educativa con alrededor de 50 jóvenes de entre 13 y 22 años de edad, en situación de riesgo social, proveniente de zona rural y la comarca andina; Que la Escuela-Taller “Sagrado Corazón de Jesús” sigue creciendo, siempre con la convicción de ofrecer a quienes por distintos motivos no han podido alcanzar una capacitación superior, una serie de oficios que se consagran en una fuente genuina de trabajo y de logros personales, ayudando a la construcción de una sociedad más inclusiva.- Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

DECLARA ARTÍCULO 1º: DE INTERES Educativo, Cultural y Social Municipal la Escuela-Taller de carpintería “Sagrado Corazón de Jesús”, que realiza su tarea educativa desde 1993 en nuestra localidad.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

DECLARACIÓN N° 003/2013.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal,Título II Derechos de la Comunidad, Cultura, Artículo Nº 22, como el antecedente de Resolución Nº 066/11 y nota presentada bajo Nº 004 del 04/01/2013, y; CONSIDERANDO: Que los abajo firmantes vecinos de esta localidad manifiestan en solicitud, un nuevo espacio para funcionamiento de centro artesanal local; Que este centro Artesanal de tejedoras bajo denominación “ CUMEY ANTÚ”, esta en función desde el año 1977, con más de 33 años de permanencia activa; Que en año 2010, desde el Ejecutivo Municipal, se le solicita el lugar donde elaboraban artesanías, fuente laboral de relevancia para estas familias, con la misma se promociona la elaboración de productos de comercialización con buena presencia para el turismo y posicionamiento cultural de nuestra localidad e ingresos para grupos familiares; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 10-04-13, Acta 1.582, aprobó el dictado de la presente, de acuerdo al Artículo 98º de la Carta Orgánica Municipal; POR ELLO:

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Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

DECLARA ARTÍCULO 1º: De Interés Municipal, el trabajo realizado por las artesanas que cumplían sus tareas en el ex-centro “ CUMEY ANTÚ”.- ARTÍCULO 2º: Comunicar al grupo de artesanas de la resolución existente, como interiorizandonos en su situación.- ARTÍCULO 3º : Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, al Secretario de Cultura, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los once días del mes de abril de 2013.-

DECLARACIÓN N° 004/2013.-

COMUNICACIONES

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 010/2011, la Comunicación Nº 002/2012, y; CONSIDERANDO: Que en la Ordenanza Nº 010/2011 fue establecido la obligatoriedad de baños públicos en bancos públicos y/o privados; Que en la Comunicación Nº 002/2012, reza textualmente: “…Al Poder Ejecutivo Provincial que se vería con agrado interceda anta las autoridades del Banco Patagonia S. A.,…. habilite una caja mas de atención al publico en la sucursal de El Bolsón…”; Que el público concurrente en su mayoría son personas de edad avanzada y madres con niños pequeños; Que el turismo que nos visita anualmente se ve perjudicado dada la demora en la atención al público; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 27-03-13, Acta 1.581, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

COMUNICA ARTICULO 1º: Al Poder Ejecutivo Provincial, de acuerdo a la Comunicación 002/2012, la Ordenanza Nº 010/2011, que se vería con agrado se interceda ante las autoridades del Banco Patagonia S. A. sucursal El Bolsón, a los fines de habilitar una caja mas de atención al publico y la habilitación de un baño para uso de sus clientes.- ARTICULO 2º: Se vería con agrado se arbitren los medios necesarios para la adecuación del Banco de la Nación Argentina sucursal El Bolsón para la habilitación de un baño, por los motivos anteriormente mencionados.- ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los tres días del mes de abril de 2013.-

COMUNICACIÓN N° 002/2013.-

NORMAS PODER EJECUTIVO

DISPOSICIONES P.E.M. MES ABRIL 2013

FECHA Num CONCEPTO

03/abr 609 Abona $5.400.- a favor del Sr. Guasco Eduardo en concepto libros adquiridos por la oficina de informes turísticos-

610 Abona $5.900.- a favor del comercio Mapatur en concepto de pasajes destinados a la Srta. Uriel Diaz

611 Autoriza a la Cdora. Mpal. A procesar la prescripción de deuda de los contibuyentes Demich, Napolitano y otros.-

612 Abona $7.000.- a favor del Dr. Gonzalez Jorge en concepto de honorarios del mes de Marzo /13.-

04/abr 613 Rehabilita H.C. Nº 3767 Sr. Moroni Hernán Rubro: venta por mayor y menor art veterinarios “Tienda de Mascotas”

614 Da de Baja H.C. Nº 4454 Sr. Biondi Jorge Rubro: alquiler de cabañas para turismo “La Terraza”

615 Rehabilita H.C. 1877 Sr. Seroff Norberto Rubro: despensa “Mercadito El Gringo”

616 Rehabilita H.C. Nº 3769 Sr. Mazzini Melchor Rubro: ciber //anexo “Rancho Net”

617 Rehabilita H.C. Nº 4518 Firma Quetrihue SA Rubro: supermercado “Supermercado Todo”

09/abr 618 Abona $12.00.- a favor del personal conforme detalle en concepto de plus recolección de residuos correspondiente a Marzo/13.-

619 Concede H.C. Sra. López Nancy Beatriz Rubro: alojamiento p/turismo “La Terraza”

620 Concede H.C. Provisoria Sr.Salamín Luis Rubro: despensa/anexo “Kiosco Panadería El Sol”

621 Concede H.C. Provisoria Firma Igmont SRL Rubro: confitería /anexo “Tempo”

622 Anexa a la H.C. Nº 4094 Sr. Mazzini Camilo Noel el Rubro: Kiosco “Ciberia”

623 Rehabilita H.C. Nº 4822 Sr. Cricelli Horacio Rubro: inmobiliaria y venta de viviendas prefabricadas “Inmobiliaria El Bolsón ”

624 Rehabilita H.C. Nº 3907 Sr. San Martin Pablo Rubro: tienda “Debra”

625 Rehabilita H.C. Nº 5361 Ibañez Castillo Julián -Castillo Tomás S.H. Rubro: Peluquería “Tomás y Julián Coiffeur”

10/abr 626 Abona $280.- a favor del subsecretario de Deportes aporte al joven aguilar Nelson

627 Abona $355.- a favor de la Sra. Suarez María Luna en concepto de 25 libros adquiridos por la Ofic. De informes turísticos.-

628 Abona $3.996.- a favor de los agentes conforme detalle en concepto de diferencia de hs extras correspondiente al mes de febrero/13.- Corralón

629 Abona 4350.- a favor del Agente Jara josé en cocnepto de horas extras correspondiente al mes de febrero/13.-

630 Abona $5.650.- a favor de los agentes conforme detalle en concepto de hs. Extras correspondiente al mes de Febrero/13- Esp. Verdes

631 Da de Baja H.C. Nº 0721 Sr. Arce Bautista Heraldo Rubro: centro recreativo //anexo “Cascada de la virgen”

632 Da de Baja H.C. Nº 3855 Sr. Núñez Sergio Rafael Rubro: despensa //anexo “Seis Estrellas”

633 Da de Baja H.C. Nº 5312 Sra. Mugica Mariana Rubro: alquiler de alojamiento para turismo “Llohue”

634 Concede H.C. Provisoria Sra. Arozarena Florencia Rubro: escuela de danzas “Ahlamy”

635 Concede H.C. Provisoria Sra. Gonzalez Claudia Rubro: despensa “Despensa Claudia”

636 Concede H.C. Provisoria Sr. Quelín Marcos Rubro: taller de mecánica “Taller Quelín”

637 Concede H.C. Provisoria Sra. Nahuelquin Liliana Rubro: venta de artículos de iluminación del automotor “Bet-El”

638 Concede H.C. Provisoria Sra. Matus María H. Rubro: despensa/anexo “Despensa Seis Estrellas”

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 10

639 Concede H.C. Provisoria Rubilar María Irene Rubro: elaboración y venta de productos panificados “Emanuel”

640 Concede H.C. Sr. Cifuentes Mauro Rubro: estudio contable “Estudio Contable Cifuentes-Mardones-Sirvent”

641 Concede H.C. Sra. Yannibelli María Eugenia Rubro: despensa “Minimercado El Gallo”

642 Concede H.C. Sr. Cattaneo Norberto Rubro: tienda//anexo “Hasel”

643 Rehabilita H.C. Nº 2988 Sr. Banco Patagonia S.A. Rubro: banco comercial //anexo “Banco Patagonia”

644 Rehabilita H.C. Nº 0327 Sra. Steiner Ana María Rubro: hotel “Hostería Steiner”

645 Rehabilita H.C. Nº 2978 Firma Camuzzi Gas del Sur S.A. Rubro: oficina de informes y recaudación “Camuzzi”

646 Rehabilita H.C. Nº 5585 Sr. Williams Jesús Ariel Rubro: despensa//anexo “El Gauchito Gil”

647 Rehabilita H.C. Nº 0087 Sr. Ferrero Andrés José Rubro: vta de repuestos p/automotor “El Alamo”

648 Rehabilita H.C. Nº 4750 Sra. Canepa Viviana Rubro: elaboración y venta de panificados “La Nona”

649 Rehabilita H.C. Nº 3508 Firma Servicio técnico Full Full SH Rubro: venta de repuestos //anexo “Servicio Técnico Full Full”

650 Abona $2.500.- a favor del Sr. Estevez Martin en concepto de trabajos de difusión dentro del Programa Agenda Territorial El Bolsón

651 Abona $6.090.- a favor del comercio Pehuen Disel en concepto de reparación de la máquina excavadora y del Renault Trafic

652 Abona $5.000.- a favor del Sr. Duran Jorge en concepto de diseño, impresión, publicación y dif mes de enero y febrero /13.- del Boletín Oficial.-

653 Abona $2.200.- a favor del Hotel Amancay en concepto de hospedaje con motivo del Festival de Cine.-

654 Abona $1.000.- a favor de la Sra. Delao Amancay en concepto de colaboración deportiva.-

11/abr 655 Abona $8.590.- a favor del agente Demich Daniel en concepto de adelanto de sueldo -saldar deuda tasas

656 Abona $5.994.- a favo rde la Direccion Gral. de Serv. Púb. -Lago Puelo en concepto de deuda de electricidad Planta de secado de Mosqueta.-

657 Designa por el término de 10 meses como agente con contratado temporal a la Sra. Liz Droghei

658 Abona $4.075.- a favor del sr. Poltronetti roberto en concepto de trabajos en máquina vial correspondiente al mes de marzo/13.-

12/abr 659 Comisiona al concejal García a la ciudad de Viedma desde el día 14/04 al 17/04/13.-

15/abr 660 Rehabilita H.C. Nº 5380 Sr. Salinas Foyel Rubro: remis Siena JRO984

661 Concede H.C. Poder Ejecutivo Pcia. de Río Negro SPLIF Rubro: transporte de pasajeros sprinter GSY855

662 Abona $6.000.- a favor del Sr. Jerez José alquiler de camión periodo 01/03 al 30/03/13- Corralón Municipal.-

663 Abona $6.900.- a favor del Sr. Villagra Víctor alquile de camión periodo 01/03 al 30/03/13- Corralón Municipal.-

664 Comisiona a la secretaria de Turismo a la ciudad de Esquel el día 16/04/13- Reunión de Turismo Comarca del Paralelo 42º

665 Abona $1.650.- a favor del personal conforme detalle afectado a las escuelas municipales de deporte.-

666 Abona $2.000.- con cargo a rendir a favor del Subsecretario de Medio Ambiente – Taller Manejo Estratégico

667 Abona $98.- a favor del Sr. Martinez Luis en concepto de reintegro materiales de gas – Edificio Jta. Vecinal Bº Luján

RESOLUCIONES P.E.M MES MARZO Y ABRIL 2013

FECHA Nº CONCEPTO

19/mar 029 Orden de Pago Diferido $161.956,02.- a favor del comercio Electro Bolsón en concepto de insumos eléctricos

030 Ejecución Presupuestaria

22/mar 031 Orden de Pago Diferido $7.800.- a favor de la Sra. María Teresa Gallardo Perito Constructora

032 Autoriza a usar la pared del C.D. Con la finalidad de realizar un mural en conmemoración del Día de la memoria por la verdad y la justicia

033 Orden de Pago Diferido $9.660.- a favor de la Firma Scamar – reparación Ford 14.000.-

15/abr 034 Promulga Ordenanza Nº 020/13.-

035 Promulga Ordenanza Nº 025/13.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 11

INFORMACIÒN GENERAL Y TELÉFONOS MUNICIPALES

Se recuerda a toda la comunidad, que se encuentra en vigencia la Ordenanza 042/09 la cual determina el derecho de acceso a la información pública para toda la población. El Boletín Oficial de la Municipalidad de El Bolsón, se emite en dos números mensuales a fin de cumplir con el Art. 11º de la Carta Orgánica Municipal, el cual determina: “……..Es obligatoria la publicación de las normas que emite el Concejo Deliberante, las que comenzarán su vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial……..” Las Disposiciones y Resoluciones emanadas por el Poder Ejecutivo Municipal se publicarán en la última edición del mes correspondiente. Muchas Gracias

Visítenos en: www.boletinoficialelbolson.blogspot.com.ar

DEPENDENCIA INTER. DIRECTO Subsecretaría de Desarrollo Social 50 4492-813 Asesoría Legal 51 4455-330 Carpintería 52 Catastro 39 Compras 48 4483-184 Dirección de Comercio 42 4491-692 Contadora 43 Despacho 37 Espacios Verdes 34 Secretaría de Gobierno 35 4493-813 Gobierno 32 -FAX 4455-271 Sec. De Economía 53 4493-601 Dirección de Tránsito 4720-483 Oficina de Empleo 4492-232

Mesa de Entrada 30 4492-204 Fax: 4498-814

Obras Públicas 33 Dirección de Recursos Humanos 41 4498-818 Personal 46 Sec. de Obras y Serv. 49 4491-096/4455-417 Recaudación 36 Sec. de Coordinación 44 4483-111 Sistemas 47 Hacienda 38 4493-504

Planeamiento Urbano 4491-096 Casa del Sol 4455-339 Corralon 4492-527 Contralor Municipal 4491-671 Cultura 4455-322 Deportes (gimnasio) 4493-604 Desarrollo Económico 4492-232 Junta Electoral 4498-700 Juzgado de Faltas 4455-391 Medio Ambiente 4483-565/4455-417 Turismo 4492-604/4455-336

Polideportivo 4492-979 Gimnasio Municipal 4493-604

Teléfonos Poder Legislativo Mesa de Entrada 4492-304 Presidencia y Fax 4455-413 Concejal Paola A. Sanna 4498-774 Concejal Jorge D. Tormann 4498-772 Concejal Rubén Cobos 4483-457 Concejal Leticia Tornero 4498-773 Concejal Raúl García 4720268 Concejal Beatriz Tejeiro 4455-415

Dependencia Dirección

Concejo Deliberante Roca 408

Municipalidad Roca y 25 de Mayo

Juzgado Municipal de Faltas Perito Moreno 3560