Boletin Oficial Septiembre 2012 Nº 22

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina ÍNDICE: ORDENANZAS………………………………………………………..………..Páginas N° 2, 3, 4, 5, 6 y 7 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Páginas N° 7, 8, 9 y 10 DECLARACIONES………………………………………….………..…… ….Páginas N° 10 y 11 COMUNICACIONES..........................................................................................Página N° 11 y 12 DISPOSICIONES……………………………………………………………….Páginas 12, 13 y 14 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Página 14 EDICTOS……………………………………………………………………… Página N° TELÉFONOS MUNICIPALES e INFORMACIÓN… ……………………….Página 15 Boletín Oficial Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro Poder Ejecutivo Intendente: Ricardo García Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante Concejal Víctor H. Águila Vicepresidente Primero Concejal Paola Andrea Sanna Vicepresidente Segundo Concejal Jorge D. Tormann Concejales Beatriz Tejeiro Rubén Cobos Leticia Tornero Raúl García Secretaria Legislativa Lily Ana Selva Torres Año II El Bolsón, Provincia de Río Negro 04 de Octubre 2012 N° 22 NORMAS PODER LEGISLATIVO NORMAS PODER EJECUTIVO JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES e INFORMACIÓN GENERAL

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Page 1: Boletin Oficial Septiembre 2012  Nº 22

Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina

ÍNDICE:

ORDENANZAS………………………………………………………..………..Páginas N° 2, 3, 4, 5, 6 y 7 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Páginas N° 7, 8, 9 y 10 DECLARACIONES………………………………………….………..…… ….Páginas N° 10 y 11 COMUNICACIONES..........................................................................................Página N° 11 y 12

DISPOSICIONES……………………………………………………………….Páginas 12, 13 y 14 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Página 14

EDICTOS……………………………………………………………………… Página N°

TELÉFONOS MUNICIPALES e INFORMACIÓN… ……………………….Página 15

Boletín Oficial

Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro

Poder Ejecutivo Intendente: Ricardo García

Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante

Concejal Víctor H. Águila Vicepresidente Primero

Concejal Paola Andrea Sanna Vicepresidente Segundo

Concejal Jorge D. Tormann Concejales

Beatriz Tejeiro Rubén Cobos

Leticia Tornero Raúl García

Secretaria Legislativa Lily Ana Selva Torres

Año II El Bolsón, Provincia de Río Negro – 04 de Octubre 2012 N° 22

NORMAS PODER LEGISLATIVO

NORMAS PODER EJECUTIVO

JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES e INFORMACIÓN GENERAL

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NORMAS PODER LEGISLATIVO

ORDENANZAS VISTO: La Ordenanza Nº165/86, la autorización con fecha 8 de marzo de 2012 firmada por Pabla VERGARA; la autorización de Luisa VERGARA con fecha 9 de marzo de 2012; la autorización de Alcides Rolando INALEF con fecha 12 de marzo de 2012; la partida de defunción de los Sres. Juana Cruz BOCAZ y Rupertino VERGARA y los artículos 191 cctes. de la Carta Orgánica Municipal, titulo VI Régimen de Tierras; Ordenanza N°108/92, y; CONSIDERANDO: Que los adjudicatarios mencionados en la Ordenanza N°165/86 Rupertino VERGARA argentino, L.E. 7.390.907 y Juana Cruz BOCAZ, C.I. 34.129, ambos se encuentran fallecidos; Que con fecha 8 de marzo de 2012, la Sra. Pabla VERGARA de nacionalidad Argentina, nacida el 29 de Julio de 1925, con DNI N° F 9.964.034 se presenta ante la unidad Policial de esta localidad como eventual heredera del inmueble ubicado en B° Esperanza, Parcela 02, Manzana 702, Sección J, a los fines de renunciar a todo derecho y obligación del mencionado inmueble y autorizar a tomar posesión sobre él, a su nieto, Marcelo Ignacio INALEF, Argentino, nacido el 13 de mayo de 1982, DNI N° 29.313.348; Que con fecha 9 de marzo de 2012 la Sra. Luisa VERGARA, argentina, con DNI N° 9.951.905, se presenta ante la unidad policial de nuestra localidad como eventual heredera de la Parcela 02, Manzana 702, Sección J, a los fines de renunciar a todo derecho y obligación del mencionado inmueble y autorizar a tomar posesión sobre él a su sobrino, Marcelo Ignacio Inalef, Argentino, nacido el 13 de mayo de 1982, DNI N° 29.313.348; Que con fecha 12 de marzo de 2012 el Sr. Alcides Rolando INALEF, argentino, con DNI N° 13.850.317, nacido el 2 de abril de 1960, se presenta ante la unidad policial de esta localidad como eventual heredero de la Parcela 02, Manzana 702, Sección J, a los fines de renunciar a todo derecho y obligación del mencionado inmueble y autorizar a tomar posesión sobre él a su hijo, Marcelo Ignacio Inalef, Argentino, nacido el 13 de mayo de 1982, DNI N° 29.313.348; Que el actual y real ocupante del inmueble ubicado en B° Esperanza, Parcela 02, Manzana 702, Sección J, es el Sr. Marcelo Ignacio INALEF, Argentino, nacido el 13 de mayo de 1982, con DNI N° 29.313.348; Que mediante nota presentada en vuestro concejo deliberante el sr Marcelo Ignacio INALEF solicita el certificado de ocupación. Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: DEJESE, sin efecto la adjudicación realizada mediante ordenanza

165/86 a favor de los Srs. Rupertino VERGARA Argentino, L.E. 7.390.907 y Juana Cruz BOCAZ, C.I. 34.129.- ARTICULO 2°: ADJUDIQUESE, sin cargo, en un todo de acurdo con las Ordenanzas del PROMEBA, a favor de Marcelo Ignacio INALEF, Argentino, nacido el 13 de mayo de 1982, con DNI N° 29.313.348, el terreno designado catastralmente como Parcela 02, Manzana 702, Sección J con una superficie de 314,95 m2, con todo lo edificado, plantado y adherido a el.- ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de agosto de 2012.-

ORDENANZA N° 073/2012.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la Resolución Ad-Referéndum Nº 170/02, su modificatoria Ordenanza Nº 070/02 por la cual se aprueba el Estatuto y escalafón del empleado Municipal y la Ordenanza Nº 180/11, y; CONSIDERANDO: Que la necesidad de contar de contar con una nueva estructura municipal acorde a las necesidades que demanda la comunidad; Que para ello resulta imprescindible delimitar claramente las áreas municipales y las misiones y funciones de la misma; Que además, cada una de las áreas ha destinado los recursos humanos necesarios para cumplir con esas misiones y funciones; Que en la Ordenanza 180/11 fija la remuneración del Intendente, Secretario, Subsecretarios y Direcciones/Coordinaciones; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: APRUEBASE el Organigrama General del Poder Ejecutivo, que se adjunta como Anexo I, formando parte de la presente Ordenanza.- ARTICULO 2º: APRUEBANSE los Organigramas de cada una de las Secretarías, Subsecretarías, Direcciones y Coordinaciones del Poder Ejecutivo, en donde se detallan los recursos humanos necesarios para cumplir con las misiones y funciones definidas para cada Área, que se adjunta como Anexo I.- ARTICULO 3º: APRUEBASE el Anexo II, “Estructura Orgánica”, en el que se define las misiones y funciones definidas para cada Área, que se adjunta como a la presente.- ARTICULO 4º: DEJESE sin efecto la Ordenanza 086/03 en todos sus términos.- ARTICULO 5º: FIJASE conforme articulo 4º de la Ordenanza Nº 180/11, como remuneración total y por todo concepto, sujeto a aportes

determinados por Ley para los siguientes cargos: Secretarios: Pesos siete mil ($7.000,00.-) Subsecretarías: Pesos cinco mil Quinientos ($5.500,00.-) Directores/Coordinadores: Pesos cuatro mil

quinientos ($4.500,00.-) ARTICULO 6: Los funcionarios del gabinete del Poder Ejecutivo Municipal gozaran de quince días (15) días corridos de licencia anual, otorgada y autorizada por el Intendente. Esta licencia no será acumulativa ni remunerativa, si la misma no es usada en tiempo y forma.- ARTICULO 7: Los funcionarios del Poder Ejecutivo designados por el Intendente son:

1. Secretaría de Gobierno: Sr. Mario Alejandro SCANDIZZO------------DNI 18.482.042

2. Secretaría de Coordinación y Proyectos:Ing.José Emilio AGUILAR –DNI 10.444.790

3. Secretaría de Economía: Sr. Marcelo Fernando CONTARDI-----------DNI 14.842.883

4. Secretaría de Obras y Servicios Públicos:Ing.Cristian Javier TYNKIW DNI 23.890.772

5. Secretaría de Turismo: Sr. Sergio Daniel ZARATE ---------------------DNI 13.638.438

6. Subsecretaria de Deportes: Sr. Matías Gonzalo UBEDA----------------DNI 27.113.099

7. Subsecretaria de Desarrollo Social: lic. Anabel TURRISI --------------DNI 22.418.330

8. Subsecretario de Medio Ambiente: Lic. Claudio Anibal ROMERO—DNI 13.144.011

9. Dirección de Comercio: Sra. Liliana Debora YUSSEM ------------------DNI 5.488.094

10. Dirección de Recursos Humanos: Sr. Ricardo Rodolfo VAZQUEZ ---DNI 11.354.292

11. Dirección de Planeamiento Urbano: Sr. Claudio Gustavo Pazos -------DNI 14.216.145

12. Dirección de Tránsito: Sr. Erverto Reinaldo INOSTROSA -------------DNI 16.644.021

13. Dirección de Servicios Públicos: Marcos Alberto INALEF ------------DNI 23.650.435

14. Dirección de Cultura: Francisco GRUNOW ------------------------------DNI 20.123.848

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ARTICULO 8: Deroguese la Ordenanza 167/2011.- ARTICULO 9: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de agosto de 2012.-

ORDENANZA N° 074/2012.- VISTO: El articulo 101 inciso 18, de La Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; la solicitud presentada por Olga Elvecia Aburto, y; CONSIDERANDO: Que debido a la toma realizada en el predio denominado catastralmente 20-1-J-007-05 ex CO.VI.BOL, por la que se hubo originado por parte de las personas que dicen ser dueños de las parcelas que componen dicho loteo la causa penal 247-8-2009 VERGARA CARMELO NICOLAS Y OTROS S/ USURPACION en trámite por ante el Juzgado de instrucción Penal Nro. 4 Sec Nro. 8; y que a tenor del criterio de oportunidad aplicado por la Fiscalía a cargo de la Dra. Mirta Siedlecki . Que en cumplimiento a lo pautado en la audiencia de Conciliación efectuada por la fiscal y las partes denunciadas y los denunciantes realizada en el día 6 Mayo de 2010 de la que surgió un acuerdo entre el Concejo Deliberante y el Poder Ejecutivo para arribar a una solución que conforme a todos los actores del conflicto; Que habiéndose iniciado tratativas con el titular del dominio 20-1-J-007-05 con una superficie de 36.605,65 mts2., el Sr. Vittorio Arcángel Signore y la Sra. Rita Signore, los nombrados efectúan una oferta de Cesión de Derechos Gratuita; Que a título de CESION GRATUITA transfiere el inmueble descrito a favor de la Municipalidad de El Bolsón la que es aceptada por Oza. Nro 044/2011, Que a tenor de las Ordenanzas Nros 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la ingente carestía de viviendas a los ciudadanos que habitan la superficie correspondiente al inmueble nomenclatura catastral 20-1-J-007-05; Que a tenor del relevamiento efectuado por Catastro Municipal y aplicando los criterios normados en la Oza 108/92 Que el mismo apunta a la regularización de la tenencia de la tierra, del loteo llamado COVIBOL; haciéndose necesario, proceder al otorgamiento de los mismos a las que actualmente tengan derecho a escriturar. Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE con cargo Lote J-706-15 con una superficie de 343,75 a favor de Olga Elvecia ABURTO, D.N.I. 33.771.450 y a Lisandro Andres BACHMAN D.N.I 33.530.981 correspondiente a la planta urbana de El Bolsón. ARTICULO 2º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad con cargo al adjudicatario.- ARTÍCULO 3º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 4º :Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de agosto de 2012.-

ORDENANZA N° 075/2012.- VISTO: El articulo 101 inciso 18, de La Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; la solicitud presentada por María Elizabeth Guichaquelen, y; CONSIDERANDO: Que debido a la toma realizada en el predio denominado catastralmente 20-1-J-007-05 ex CO.VI.BOL, por la que se hubo originado por parte de las personas que dicen ser dueños de las parcelas que componen dicho loteo la causa penal 247-8-2009 VERGARA CARMELO NICOLAS Y OTROS S/ USURPACION en trámite por ante el Juzgado de instrucción Penal Nro. 4 Sec Nro. 8; y que a tenor del criterio de oportunidad aplicado por la Fiscalía a cargo de la Dra. Mirta Siedlecki . Que en cumplimiento a lo pautado en la audiencia de Conciliación efectuada por la fiscal y las partes denunciadas y los denunciantes realizada en el día 6 Mayo de 2010 de la que surgió un acuerdo entre el Concejo Deliberante y el Poder Ejecutivo para arribar a una solución que conforme a todos los actores del conflicto; Que habiéndose iniciado tratativas con el titular del dominio 20-1-J-007-05 con una superficie de 36.605,65 mts2., el Sr. Vittorio Arcángel Signore y la Sra. Rita Signore, los nombrados efectúan una oferta de Cesión de Derechos Gratuita; Que a título de CESION GRATUITA transfiere el inmueble descrito a favor de la Municipalidad de El Bolsón la que es aceptada por Oza. Nro 044/2011, Que a tenor de las Ordenanzas Nros 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la ingente carestía de viviendas a los ciudadanos que habitan la superficie correspondiente al inmueble nomenclatura catastral 20-1-J-007-05; Que a tenor del relevamiento efectuado por Catastro Municipal y aplicando los criterios normados en la Oza 108/92; Que el mismo apunta a la regularización de la tenencia de la tierra, del loteo llamado COVIBOL; haciéndose necesario,

proceder al otorgamiento de los mismos a las que actualmente tengan derecho a escriturar; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE sin cargo Lote J-705-03 con una superficie de 352,47 m2 a favor de María Elizabeth Guichaquelen, de nacionalidad Chilena, D.N.I. 93.009.226 correspondiente a la planta urbana de El Bolsón. ARTICULO 2º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad con cargo al adjudicatario.- ARTÍCULO 3º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 4º :Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los cinco días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 076/2012.- VISTO: La Ordenanza 141/07 y la Carta Orgánica Municipal, y. CONSIDERANDO: Que a través de la norma de marras se concedió al uso del espejo de agua existente en la Plaza Pagano al Sr. Luis Paquez ; Que vencido el plazo de concesión es conveniente realizar un nuevo llamado a licitación , garantizando igualdad de oportunidades a todos aquellos que deseen llevar adelante dicha actividad; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: LLAMASE A LICITACIÓN PUBLICA Nº 003/12 para la explotación y uso del espejo de agua de la plaza pagano con actividades tales como alquiler de bicicletas de agua, botes, bola inflable para agua, pista de hielo , o cualquier otra actividad recreativa que pudiere ser atracción para residentes y/o turistas, etc.- ARTICULO 2º: FIJASE como condiciones ineludibles para el correspondiente Llamado a Licitación Publica las clausulas insertas en el Pliego de Bases y Condiciones que como anexo I forma parte de la presente.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 4

ARTICULO 3º: La Comisión de Preadjudicación estará integrada por el Presidente del Concejo Deliberante, un miembro de cada una de las Comisiones de Gobierno y Legales y de Asuntos Económicos y dos representantes designados por el Poder Ejecutivo Municipal, dicha comisión deberá proceder a preadjudicar a la oferta mas conveniente para el Municipio, emitiendo su dictamen hasta las 48 Hs. Posteriores a la apertura de sobres.-

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

O R D E N A N Z A Nº 077/12.-

ANEXO I PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

1.- OBJETO: Licitación Pública para la Concesión y uso del ESPEJO DE AGUA de la Plaza Adalberto Pagano para la realización de las siguientes actividades: Alquiler de botes y bicicletas de agua, botes, bola inflable para agua, pista de hielo. cualquier otra actividad recreativa que pudiere ser atracción para residentes y/o turistas, etc.- 2.- ENTIDAD QUE EFECTÚA EL LLAMADO: “Municipalidad de El Bolsón” Provincia de Río Negro.- Teléfono/fax 02944-455413.- La ofertas deberán presentarse en sobre cerrado en Mesa de Entradas del Concejo Deliberante con la única inscripción visible que diga “Municipalidad de El Bolsón-Licitación Pública Nº 003/12.-” Se fija como fecha tope para la presentación de ofertas: hasta el día 28/09/12 y hasta la hora 13,00 en el Concejo Deliberante.- La apertura de sobres se realizará el día 28/09/12 a la hora 13,30 en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón con la presencia de la totalidad de los miembros de la Comisión de Preadjudicación Ordenanza /12, pudiendo estar presente el/los oferentes de la presente licitación.- 3.- GARANTIA DE LA OFERTA: Todo oferente deberá presentar conjuntamente con au oferta y en el mismo sobre un pagaré sin protesto, debidamente sellado en Rentas, a favor de la Municipalidad de El Bolsón por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.-) como garantía de la oferta.- Dicho documento será devuelto a los oferentes que no hayan sido preadjudicatarios de la presente licitación una vez producido el dictamen de la Comisión de Preadjudicación.- Para el oferente o los oferentes que hayan resultado preadjudicatarios se les retendrá tal documento hasta la adjudicación definitiva.- Aquel oferente que por cualquier motivo modifique o altere su ofrecimiento sin el consentimiento de la Comisión de preadjudicación, se le ejecutará el pagaré y el monto será ingresado en forma inmediata a las arcas municipales.- 4.- GARANTÍA DE LA CONCESIÓN: Quien resulte ganador de la presente licitación Pública deberá presentar una Garantía Real por

un valor no inferior a Pesos diez mil ($ 10.000.-) como aval para el cumplimiento de la Concesión, con inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro.- El adjudicatario podrá sustituir su garantía, luego de tres años de cumplimiento mientras dure la concesión, siempre y cuando la misma sea aprobada por el Concejo Deliberante mediante el dictado de una Ordenanza con el voto de los 2/3 del total de sus miembros.- La falta de garantía real de Concesión hará caducar sin más trámite dicha concesión y sin derecho alguno de indemnización por parte del Municipio de El Bolsón para el Concesionario.- En este caso será el Municipio de El Bolsón el que ejecutará el Pagaré sin protesto indicado en el punto 4º del presente pliego.- 5.- VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Fijase el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de pesos cien ($100), monto que deberá ser abonado al momento de la adquisición de dicho documento en la Sección Recaudaciones de la Municipalidad de El Bolsón, Pcia. De Río Negro.- Esta dependencia municipal es la única indicada para la venta del pliego de bases y condiciones.- 6.- PLAZO DE CONCESIÓN: El plazo de concesión se establecerá de acuerdo al monto ofrecido por el Canon y a la inversión propuesta para determinar los años de concesión, estableciéndose un plazo inicial de cinco (5) años.- Para tal fin se evaluarán exclusivamente los siguientes criterios: 1. Canon: El canon a abonar a la Municipalidad no podrá ser inferior a los pesos cinco mil ($ 5.000.-) por los cinco años, pudiendo prorratearse el mismo en hasta cinco cuotas anuales con los intereses correspondientes.- 2. Inversión: independientemente del canon ofrecido, el oferente deberá además presentar un proyecto para el mantenimiento del sector de la Plaza comprendido por la zona en que desarrolla la actividad, este proyecto deberá ser aprobado por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de El Bolsón.- 7.- LA COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN PODRÁ: Analizar y evaluar otras ofertas presentadas y que no estén contempladas en el inciso 7 del presente Pliego de Bases y Condiciones, siempre y cuando las mismas pudieran resultar beneficiosas para el Municipio de El Bolsón. En ningún supuesto se podrá avanzar con las mejoras propuestas sobre el espacio verde existente.- 8.- PROHIBICIONES: Queda expresamente prohibido al Concesionario: Realizar obras que impliquen alteración del entorno paisajistico de la Plaza Adalberto Pagano y las mejoras existentes, sin autorización previa y escrita por parte de la Municipalidad.- La realización de cualquier hecho prohibido será causal de RESCISIÓN AUTOMÁTICA de la Concesión, sin derecho a reclamo por parte del adjudicatario de ninguna especie.- 9.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO: El que resultare adjudicatario de la presente licitación pública deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

Realizar en tiempo y forma las mejoras y construcción ofrecida.-

Cumplir con el pago del canon ofrecido.-

Cuidado y mantenimiento de los espacios circundantes.-

Contratar seguro de los participantes, peatones y o paseantes.-

Cumplir con todas y cada una de las exigencias establecidas por las Ordenanzas

para la Habilitación Comercial del local.-

15. Poner a su nombre todos los servicios: luz y otros que impliquen la

explotación comercial del mismo.- � Elevar cada seis meses los libres de

deudas de todos los servicios, tasas,

impuestos y cánones y demás obligaciones al Concejo Deliberante.- 10.- MEJORAS: Todas las mejoras realizadas en el área de explotación , serán de propiedad de la Municipalidad de El Bolsón sin costo para la misma en concepto de indemnización de ninguna especie.-

VISTO: La Carta Orgánica Municipal, el Artículo 101 y 196 y la Ordenanza 107/11 y la Nota Nº 348 de fecha 10-07-2012, y; CONSIDERANDO: Que la Carta Orgánica Municipal en su articulo 196º dice:”De la tierra fiscal puede ser vendida a personas físicas o jurídicas en forma y condiciones que reglamente la ordenanza privilegiando a los ocupantes que así lo acrediten, considerando la antigüedad de la ocupación.......”; Que la Ordenanza 107/11, que otorgaba la parcela denominada catastralmente como 20-1C.013A-05, del Barrio Lujan fue derogada. Encontrándose el Estado Municipal en condiciones de otorgar ese Lote a quien mas lo necesite; Que ha tomado estado publico que el vecino Miguel Angel Giannati, DNI: 5.194.843, es quien se encuentra desalojado, de la tierra que ocupa y siendo un empleado de planta de este municipio, se debe encontrar una solución inmediata; Que dado la Ordenanza de Emergencia Habitacional instituida en El Bolsón y viendo difícil la situación por la que atraviesa el vecino Miguel Angel Giannati, nada obsta para otorgar un Lote Social del Estado Municipal; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

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ARTICULO 1°: ADJUDICAR sin cargo la Parcela designada Catastralmente como 20-1C.013A-05, sujeto a mensura, ubicada en el Barrio Lujan de nuestra Localidad, al Sr. Miguel Angel Giannati DNI: 5.194.843, con una superficie aproximada de 500 M2.- ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, al Área de Catastro Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 078/2012.-

VISTO: La Constitución Nacional Argentina Art.42, La Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, el Decreto Provincial 651/05, la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza 156/06 y la constante quejas de vecinos que necesitan hacer recargas de crédito en sus celulares de distintas compañías de comunicaciones móviles, en nuestra localidad de El Bolsón R.N, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Nacional en su articulo 42 dice: “De los Consumidores y usuarios , de los derechos, de la Defensa de la Competencia y los Servicios Públicos , donde las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el Consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados Que, la ley 24.240, Promulgada el 22/09/93 por el Congreso de la Nación tiene por objeto la defensa de los consumidores y usuarios , a los que se consideran personas físicas o jurídicas que contratan a titulo Oneroso para su consumo final o beneficio Propio o de su grupo familiar y/o Social. Que, las Asociaciones de Consumidores como desde la Cámara de Informática y Comunicaciones de la República Argentina (CICOMRA), han puesto de Publico Conocimiento en los medios de comunicación , que hay que denunciar estos cobros ilegales de sobreprecios , en cargas Virtuales, dado que se han dado varios caso en distintas Provincias. Que, las recargas virtuales y compras de tarjetas de distintas compañías, provocan un malestar entre los usuarios y un gasto extra, en muchos comercios, kioscos y Locutorios de nuestra ciudad de El Bolsón, se cobra Un Peso ($1) extra por la carga realizada, sin importar el monto recargado o Compañías de celulares. Que, las Operadoras de Comunicaciones móviles de las distintas compañías (Claro, Movistar, Nextel y Personal) Advirtieron que los clientes no deben avalar ni convalidar el cobro de ningún tipo de adicional sobre el precio de las recargas de saldo electrónico y tarjetas de llamadas prepagas. Que, por lo tanto y de acuerdo a la normativa vigente, bajo ninguna circunstancia el usuario debe abonar recargo alguno por la compra de tarjetas prepagas sino exactamente el importe nominal que figura en las mismas, como así también en las cargas virtuales se debe abonar sólo el valor que solicita para la recarga. Que, desde hace mucho tiempo los teléfonos móviles dejaron de ser un bien de lujo, de unos pocos, para ser de uso masivo. De hecho, pasaron a convertirse casi en una necesidad de la sociedad actual y de masivo consumo.

Que, en este contexto de uso masivo, de existencia popularizada, que en su inmensa mayoría son jóvenes adolescentes y hasta niños. Donde las empresas de telefonía tratan de poner al alcance de la mano del cliente, utiliza el servicio de terceros: kioscos, estaciones de servicio, agencias de quiniela, farmacias, servicios de pago, etc. a los que como contraprestación del mismo, les dejan un margen de ganancia. Que, los Sres. Comerciantes al hacer este cobro adicional están infringiendo los artículos 4° y 7° de la ley de defensa del consumidor, la de defensa de la competencia y la de deslealtad comercial, además del artículo 42° de la Constitución Nacional. Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: PROHÍBASE el cobro adicional a usuarios de recarga de Celulares de todas las Compañías de Comunicaciones Móviles a los Comercios, Kioscos, Locutorios y similares con actividades en nuestra ciudad de El Bolsón RN.- ARTICULO 2°: FACÚLTESE al Poder Ejecutivo, al Área de Comercio que ante la verificación del incumplimiento de la ley proceda a realizar un acta mediante la cual se intime al comerciante al cumplimiento de la misma, bajo apercibimiento que de incurrir nuevamente en la infracción será pasible de una multa.- ARTICULO 3°: FIJASE Las multas en valor de hasta Un Mil (1000) Unidades Fiscales, a la Infracción, las que deberán abonarse dentro del plazo de Cinco (5) días hábiles, a contar de aquél en que quede firme o consentida. En caso de no verificarse el pago, el Juez de Faltas podrá disponer la clausura del comercio o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días. ARTICULO 4: COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo, al Área de Comercio y al Juzgado de Faltas de la municipalidad de El Bolsón. ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 079/2012.-

VISTO: La Ordenanza Nº 072/06, la Ordenanza Nº 087/06, y; CONSIDERANDO: Que la actividad de deportes invernales se ha desarrollado en forma intensiva en el Cerro Perito Moreno; Que siendo el esquí y otros deportes practicados en el Cerro, demandan articular los medios necesarios para incluir dentro de la Tarifaria lo que se denomina como: “ Casa de Alquiler de esquíes y ropa de esquí“ para la practica de ese deporte invernal; Que en la Ordenanza 087/06, en su Articulo Nº 3º dice “…. Establecese que los

comercios que realicen actividades temporarias pagaran un proporcional a la categoría que le corresponde en cuanto a los días trabajados…..”; Que tal actividad comercial deberá ser incluida en la Tarifaria dentro de la Categoría 132; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO:

Y en el uso de las facultades que le son propias

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ARTICULO 1º : INCLUYASE en la Tarifaria dentro de la Categoría 132 el rubro “Alquiler de esquíes y ropa de esquí”, la fecha que se considerara para tal fin será desde Junio 1º hasta Septiembre 30 de cada año.- ARTICULO 2º : Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 080/2012.- VISTO: La Resolución del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro Nº 482/12 y la Resolución del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de El Bolsón Nº 325/2011 que Reconduce para el período fiscal 2012 la Ordenanza de Presupuesto General de Recursos y Gastos Nº 146/2010, y; CONSIDERANDO: Que la Resolución 482/12-ME- aprueba el Convenio particular celebrado entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad de El Bolsón en un todo de acuerdo a la Resolución Nº 92-ME-2012; Que dicho Convenio tiene por función llevar a cabo el Programa de Transporte Escolar para el ciclo lectivo 2012 para los alumnos de nuestra localidad que lo necesiten; Que se aprueba un Aporte no Reintegrable de Pesos: Dos Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Doce con 00/100 ($2.778.912,00.-); Que dicho importe no fue presupuestado, por lo que es necesario modificar el presupuesto actual, creando una partida de ingreso y egreso denominada: “Aporte Transporte Escolar “ por el monto total del convenio de Pesos: Dos Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Doce con 00/100 ($2.778.912,00.-); Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

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ARTICULO 1: CREASE la partida presupuestaria denominada “Aporte Transporte Escolares” ARTICULO 2: INCREMENTESE el presupuesto de ingreso 2012, según el siguiere detalle:

• Nomenclatura. 01.3.24

• Descripción: “ Aporte Transportes Escolares”

• Monto a Autorizar: Pesos: Dos Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Doce con 00/100 ($2.778.912,00.-).-

ARTICULO 3: INCREMENTESE el presupuesto de egreso 2012, según el siguiere detalle:

• Nomenclatura. 04.1.02.097

• Descripción: “Aporte Transportes Escolares”

• Monto a Autorizar: Pesos: Dos Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Doce con 00/100 ($ 2.778.912,00.-).-

ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 081/2012.-

VISTO: La Resolución del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro Nº 1844/12 y la Resolución del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de El Bolsón Nº 325/2011 que Reconduce para el período fiscal 2012 la Ordenanza de Presupuesto General de Recursos y Gastos Nº 146/2010, y; CONSIDERANDO: Que la Resolución Provincial Nº 1844/12 otorga un aporte no reintegrable por un valor de Pesos: Diecisiete Mil Quinientos con 0/100 ($17.500,00.-) destinado a solventar los gastos de relevamiento sobre trabajo, tierra y vivienda de nuestra localidad; Que dicho importe no fue presupuestado, por lo que es necesario modificar el presupuesto actual, creando una partida de ingreso y egreso denominada: “Aporte Relevamiento de Trabajo, Tierra y Vivienda ” por un valor de Pesos: Diecisiete Mil Quinientos con 00/100 ($17.500,00.-); Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

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ARTICULO 1º: CREASE la partida presupuestaria denominada “Aporte relevamiento de trabajo, tierra y vivienda”.- ARTICULO 2º: INCREMENTESE el presupuesto de ingreso 2012, según el siguiere detalle:

• Nomenclatura. 01.3.22

• Descripción: “ Aporte Relevamiento de Trabajo, Tierra y Vivienda ”

• Monto a Autorizar: Pesos. Diecisiete Mil Quinientos con 00/100 ($17.500,00.-).

ARTICULO 3º: INCREMENTESE el presupuesto de egreso 2012, según el siguiere detalle:

• Nomenclatura. 04.1.01.003.068

• Descripción: “ Aporte Relevamiento de Trabajo, Tierra y Vivienda ”

• Monto a Autorizar: Pesos. Diecisiete Mil Quinientos con 00/100 ($17.500,00.-).

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los siete días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 082/2012.-

VISTO: Los artículos 38, 101 inciso 18, de la Carta Orgánica municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; Resolución 148/03, las Notas Nº 616 del 06 de junio 2010 y Nº 371 del 18 de julio 2012, ambas presentada por Zoraida Procelia Valenzuela, D.N.I 31.839.005; el informe social presentado por la Sub. Secretaria de Desarrollo Social a cargo de la Lic. Anabel TURRISI; la nota elevada por la Defensora Oficial Dra. Cora Inés Hoffman, y; CONSIDERANDO: Que la situación familiar que circunstancia la ciudadana Zoraida Procelia Valenzuela se encuentra contemplada en el artículo 38 de nuestra C.O.; Que a tenor de las Ordenanzas Nros. 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la gran insuficiencia de viviendas a los ciudadanos; Que por Resolución 148/03 se otorgó Certificado de Ocupación en forma conjunta a los Señores Alfredo Alejandro Muñoz y Zoraida Valenzuela.- Que debido a las diferencias irreconciliables se han separado sin voluntad de convivir Que por lo exiguo de la superficie se hace legalmente inviable dividirlo por mitades comunes.- Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que

le son propias

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ARTICULO 1º: DEJESE sin efecto el Certificado de Ocupación otorgado por medio Resolución 148/03 a Alfredo Alejandro MUÑOZ, D.N.I. 30.365.117.- ARTÍCULO 2º: ADJUDIQUESE sin cargo Lote 20-1-J-706-15 con una superficie de 343,75 m2 a favor de Zoraida Procelia Valenzuela, D.N.I. 31.839.005 correspondiente a la planta urbana de El Bolsón.- ARTÍCULO 3º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad con cargo al adjudicatario.- ARTÍCULO 4º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 5º : Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 083/2012.- VISTO: El articulo 101 inciso 18, de la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; la solicitud presentada por Elida Lidia HUENUL, y; CONSIDERANDO: Que debido a la toma realizada en el predio denominado catastralmente 20-1-J-007-05 ex CO.VI.BOL, por la que se hubo originado por parte de las personas que dicen ser dueños de las parcelas que componen dicho loteo la causa penal 247-8-2009 VERGARA CARMELO NICOLAS Y OTROS S/ USURPACION en trámite por ante el Juzgado de instrucción Penal Nro. 4 Sec Nro. 8; y que a tenor del criterio de oportunidad aplicado por la Fiscalía a cargo de la Dra. Mirta Siedlecki; Que en cumplimiento a lo pautado en la audiencia de Conciliación efectuada por la fiscal y las partes denunciadas y los denunciantes realizada en el día 6 Mayo de 2010 de la que surgió un acuerdo entre el Concejo Deliberante y el Poder Ejecutivo para arribar a una solución que conforme a todos los actores del conflicto; Que habiéndose iniciado tratativas con el titular del dominio 20-1-J-007-05 con una superficie de 36.605,65 mts2., el Sr. Vittorio Arcángel Signore y la Sra. Rita Signore, los nombrados efectúan una oferta de Cesión de Derechos Gratuita; Que a título de CESION GRATUITA transfiere el inmueble descrito a favor de la Municipalidad de El Bolsón la que es aceptada por Ordenanza. Nro 044/2011; Que a tenor de las Ordenanzas Nros 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la ingente carestía de viviendas a los ciudadanos que habitan la superficie correspondiente al inmueble nomenclatura catastral 20-1-J-007-05;

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 7

Que a tenor del relevamiento efectuado por Catastro Municipal y aplicando los criterios normados en la Ordenanza 108/92; Que el mismo apunta a la regularización de la tenencia de la tierra, del loteo llamado COVIBOL; haciéndose necesario, proceder al otorgamiento de los mismos a las que actualmente tengan derecho a escriturar; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

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ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE en venta el Lote J-705-04 con una superficie de 344,13m2 a favor de Elida Lidia HUENUL, de nacionalidad argentina, D.N.I 22.866.041, correspondiente a la planta urbana de El Bolsón. ARTICULO 2º: FACULTAR al Departamento de Hacienda de la Municipalidad de El Bolsón, al cobro de la tierra según los términos establecidos en el art. 18 de la Ord. 108/92. ARTICULO 3º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad con cargo al adjudicatario.- ARTÍCULO 4º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 5º :Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 084/2012.- VISTO: El Articulo 101, inciso 18, de la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nro; 108/92, 074/08, 095/10; la solicitud presentada por Nora MIRANDA, y; CONSIDERANDO: Que debido a la toma realizada en el predio denominado catastralmente 20-1-J-007-05 ex CO.VI.BOL, por la que se hubo originado por parte de las personas que dicen ser dueños de las parcelas que componen dicho loteo la causa penal 247-8-2009 VERGARA CARMELO NICOLAS Y OTROS S/ USURPACION en trámite por ante el Juzgado de instrucción Penal Nro. 4 Sec Nro. 8; y que a tenor del criterio de oportunidad aplicado por la Fiscalía a cargo de la Dra. Mirta Siedlecki; Que en cumplimiento a lo pautado en la audiencia de Conciliación efectuada por la fiscal y las partes denunciadas y los denunciantes realizada en el día 6 Mayo de 2010 de la que surgió un acuerdo entre el Concejo Deliberante y el Poder Ejecutivo para arribar a una solución que conforme a todos los actores del conflicto; Que habiéndose iniciado tratativas con el titular del dominio 20-1-J-007-05 con una superficie de 36.605,65 mts2., el Sr. Vittorio Arcángel Signore y la Sra. Rita Signore, los nombrados efectúan una oferta de Cesión de Derechos Gratuita;

Que a título de cesión gratuita transfiere el inmueble descrito a favor de la Municipalidad de El Bolsón la que es aceptada por Ordenanza. Nro 044/2011; Que a tenor de las Ordenanzas Nros 074/08 y 095/10 declarando respectivamente la Emergencia Habitacional se hace necesario dar solución a la ingente carestía de viviendas a los ciudadanos que habitan la superficie correspondiente al inmueble nomenclatura catastral 20-1-J-007-05; Que a tenor del relevamiento efectuado por Catastro Municipal y aplicando los criterios normados en la Ordenanza 108/92; Que el mismo apunta a la regularización de la tenencia de la tierra, del loteo llamado COVIBOL; haciéndose necesario, proceder al otorgamiento de los mismos a las que actualmente tengan derecho a escriturar; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

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ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE con cargo el Lote J-705-07 con una superficie de 429 m2 a favor de Nora MIRANDA, de nacionalidad argentina, D.N.I, 31.839.561, correspondiente a la planta urbana de El Bolsón.- ARTICULO 2º: EXPIDASE el correspondiente Título de Propiedad con cargo al adjudicatario.- ARTÍCULO 3º: Por el Área correspondiente del Poder Ejecutivo Municipal hágase saber al adjudicatario de las exigencias establecidas en las Ordenanzas 108/92 y 048/93.- ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 085/2012.- VISTO: Que la Constitución Nacional, la Ley General de Ambiente Nº 25.675, la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal en su artículo 202y 203, y; CONSIDERANDO: Que la Constitución nacional en su artículo 41 dice: “las autoridades proveerán a la protección y utilización racional de los recursos naturales a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales”; Que el Artículo 84 de la Constitución Provincial dice: “de la defensa del Medio Ambiente, todos los habitantes tienen derecho a gozar de un medio ambiente sano, libre de factores nocivos para la salud y el deber de preservarlo y defenderlo con este fin, el Estado”; Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 202º dice: “El municipio deberá intervenir en la conservación y mejoramiento de las cuencas de aguas cuidando de preservar los

mallines y humedales, en el Artículo 203º dice: “Se garantiza a la población el acceso a los espejos de agua con fines recreativos conforme a la reglamentación que se determine; Que si bien parte de la ribera del rio es jurisdicción del Departamento Provincial de Agua (DPA) y que las costas son de dominio Público, es acorde con nuestro perfil turístico, de conservación ambiental y ordenamiento para nuestra localidad el generar normativas de cuidado expreso de sitios que los vecinos identifican como necesarios para la comunidad; Que el Concejo Deliberante ha declarado espacios verdes y recreativos en varios sectores de nuestro Rio Quemquemtreu con el fin de que los vecinos tengan libre acceso, cuidado y esparcimiento, pudiendo mejorar entre los vecinos y el municipio nuestras zonas de ribera; Que vecinos del sector del Barrio Ampliación Irigoyen han estado cuidando parte del sector costero y están comprometidos en mejoras y parquizado para el uso libre de todos los amantes de la recreación y esparcimiento ayudando a cuidar nuestro entorno natural y armónico del ambiente; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: DECLARESE de Interés Publico Municipal y con finalidad de uso Ambiental y Recreativo la Franja Costera del Rio Quemquemtreu desde la calle Costanera, entre la intersección de las calles Las Heras y la linea divisoria del Paralelo 42º correspondiente al sector sur de nuestra localidad de El Bolsón, RN.- ARTICULO 2º: Fijase a Obras Publicas Municipal la colocación de cartelería señalando “Espacio Publico MEB”, y el parquizado colaborando con los vecinos frentistas del Barrio Ampliación Irigoyen.- ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

ORDENANZA N° 086/2012.-

RESOLUCIONES VISTO: La Nota Nº 464/2012; ingresada con fecha 22 de Agosto de 2012, el certificado de ocupación otorgado por Resolución Nº 126/04 ; y los Artículos 191 cctes. de la Carta Orgánica Municipal, titulo VI Régimen de Tierras; Ordenanzas. Nros; 108/92 , 039/08, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Certificado de ocupación extendido por Resolución 126/04 se circunstancia como ocupado el Lote 37

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Manzana D Sección G ubicado en el Barrio Terminal.- Que habiéndose realizado un nuevo relevamiento se actualizo la nomenclatura Catastral de dicho lote siendo reemplazada por la siguiente 20-1-G-041B Lote 23.- Que a través de la Nota Nº 464/2012, la Sra. Sandra Noemi MUÑOZ, D.N.I 27.504.643, de nacionalidad Argentina, solicita la extensión de un nuevo certificado de ocupación con la nomenclatura catastral debidamente rectificada.- Que a los fines hacer coincidir la real ocupación de la Sra. Sandra Noemi MUÑOZ, D.N.I 27.504.643, de nacionalidad Argentina, con la nomenclatura catastral actual.- Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTICULO 1º: DEJAR sin efecto el certificado anterior y otorgar un nuevo certificado de ocupación a favor de Sandra Noemi MUÑOZ, D.N.I 27.504.643, de nacionalidad Argentina, con la correspondiente nomenclatura catastral 20-1-G-041B Lote 23. ubicado en el Barrio terminal de nuestra localidad.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de agosto de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 076/2012.-

VISTO: La nota ingresada por el Colectivo de Militantes por los Derechos Humanos a esta Mesa de Entradas con el Nº 202 del 14 de mayo de 2012, y la Comunicación 001/2011,y; CONSIDERANDO: Que estas asociaciones reclaman derechos consagrados en nuestra Carta Orgánica Municipal, Constitución Provincial y Nacional; Que es obligación del Estado remover todos los obstáculos que impidan el conocimiento de hechos acaecidos en el ámbito público y el privado cuando estos presuman o confirmen delitos; Que la vigencia del régimen democrático supone prácticas conducentes a desterrar del ámbito de la convivencia, hechos que puedan ocultar o distorsionar información pública relevante; Que la muerte del Sr. Guillermo “Coco” Garrido no es un hecho aislado, fortuito o circunstancial sino que es una práctica violenta de cierta “policía brava” y antidemocrática que en nada contribuye a los criterios de seguridad, tantas veces reclamados; Que debe ser un objetivo insoslayable de toda comunidad poder confiar en su policía como un órgano amigable y no represivo; Que la acción del Estado debe excluir sospechas corporativas reñidas con el espíritu republicano al cual adherimos;

Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTICULO 1º: SOLICITAR al Ministro de Gobierno Sr. Hugo Lastra se de curso a la solicitud efectuada por el Colectivo de Militantes por los Derechos Humanos, UNTER, A.P.D.H, ATECH, entre otros. Reclamando distintas acciones referidas a la detención y posterior muerte del Sr. Guillermo “Coco” Garrido y que se adjunta como anexo.- ARTICULO 2º: SOLICITAR al Sr. Ministro de Gobierno de la Provincia de Rio Negro la nomina del personal policial que estuviera de guardia el día 13 de enero de 2011, como así también la nómina actual completa del personal en funciones de la Comisaría Nº 12 de El Bolsón.- ARTICULO 3º: Solicitar se proceda a la separación del cargo a todo el personal involucrado en el caso, hasta que se expida la justicia.- ARTICULO 4º: Solicitar al Sr. Ministro de Gobierno, imponga la obligación al personal policial de llevar la correspondiente identificación visible que contenga nombre y apellido en un todo de acuerdo a la Ley Provincial Nº 1.965.- ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, con Comunicación al Ministro de Gobierno, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 077/2012.-

VISTO: La Carta Orgánica Municipal y la nota 479/12, presentada por el abogado apoderado del Sr. Martín Albino JOHN en referencia a los autos caratulados “Sebrie Azcona Mariano y otros c/Municipalidad de El Bolsón y otros s/amparo” (Expte. Nº 00289-033-08), y; CONSIDERANDO: Que a través de la nota de marras se adjunta una fotocopia del testimonio de una presunta sentencia por la que se pretende que este Cuerpo dicte una Ordenanza desafectando una calle; Que atento a tratarse de una cuestión netamente judicial, el Concejo Deliberante no puede dictar una norma sin recibir de la Asesoría Letrada de la Municipalidad las instrucciones a que hubiere lugar por derecho o bien un informe del letrado imponiéndonos de los motivos del juicio, el proceso, la sentencia y también del modo más conveniente de llevar a cabo para cumplir dicho fallo; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTICULO 1º: REMITIR la nota 479/12, presentada por el abogado apoderado del Sr. Martín Albino JOHN en referencia a los autos caratulados “SEBRIE AZCONA Mariano y otros c/MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON Y OTROS S/AMPARO” (EXPTE. Nº 00289-033-08) al Poder Ejecutivo a fin de recibir de la Asesoría Letrada de la Municipalidad las instrucciones a que hubiere lugar por derecho o bien un informe del letrado imponiéndonos de los motivos del juicio, el proceso, la sentencia y también el modo más conveniente de llevar a cabo para cumplir dicho fallo.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 078/2012.-

VISTO: La Declaración Nº 12/2012 del Honorable Concejo Deliberante de Epuyén y la Declaración 021/2010 del Concejo Deliberante de El Bolson R.N., y; CONSIDERANDO: Que la solicitud destinada a los Honorables Concejos Deliberantes de las localidades vecinas de adhesión a la mencionada declaración, destinada a declarar el alerta roja ambiental en relación al alga invasora Didymosphenia Geminata; Que nos unen, además de similar ideosincracia, historia, costumbres y cultura, una geografía compuesta por flora, fauna y un medio ambiente de características semejantes; Que fundamentalmente los cursos de agua son compartidos tanto por vinculación tributaria de rios y arroyos como por acción antrópica; Que la presencia de la Didymosphenia Geminata en la “cuenca de los Alerces” crea alarma por la cercanía a la “cuenca del Puelo”, de la cual es parte y tributario el Rio Azul; Que el recorrido de dicho rio en su mayor extensión lo hace en la Provincia de Rio Negro, además de la natural solidaridad para con nuestro vecinos, Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTICULO 1º: ADHERIR a la Declaración de Alerta Roja Ambiental del noroeste del Chubut en relación al alga invasora “Didymosphenia Geminata”, que como anexo se acompaña a la presente.-

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ARTICULO 2º: Solicitar al Área de Medio Ambiente y demás áreas intervinientes, de la Municipalidad de El Bolsón, informe las acciones que se han llevado a cabo desde el año 2010, de acuerdo a la Declaración 021/2010.- ARTICULO 3°: Comunicar a la Sub Secretaria de Medio Ambiente y al Consejo Ambiental de El Bolsón, Secretaria de Medio Ambiente y Ministerio de Producción de la Provincia de Rio Negro acerca de la presente Resolución.-ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 079/2012.-

VISTO: El certificado de ocupación otorgado por Resolución Nº 110/06 ; El informe realizado por el Ing. Christian J. TYMKIW y los artículos 191 cctes. de la Carta Orgánica Municipal, Titulo VI Régimen de Tierras; Ordenanzas. Nros; 108/92 , 039/08, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Certificado de ocupación extendido por Resolución 110/06 se circunstancia como ocupado el Lote 20-1-C-016-03 del Barrio Lujan, por las Sras Elvia Susana VALLE DNI 14.688.558 y Blanca Ester MIRANDA DNI 3.746.817; Que habiéndose realizado un nuevo relevamiento se actualizo la nomenclatura catastral; Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Christian TYMKIW, informa al respecto, que la nomenclatura catastral correspondiente al terreno ocupado por las Sras antes mencionadas, a sido reemplazada por la siguiente Lote 20-1-C-016-06, según plano de mensura 145/10; Que es necesario la extensión de un nuevo certificado de ocupación con la nomenclatura catastral debidamente rectificada; Que a los fines hacer coincidir la real ocupación de la Sras. Elvia Susana VALLE DNI 14.688.558 y Blanca Ester MIRANDA DNI 3.746.817, con la nomenclatura catastral actual; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTICULO 1º: DEJAR sin efecto el Certificado de Ocupación otorgado por Resolución 106/06 y Otorgar nuevo Certificado de Ocupación a favor de las Sras. Elvia Susana VALLE DNI 14.688.558 y Blanca Ester MIRANDA DNI 3.746.817, con la correspondiente nomenclatura catastral 20-1-C-016-06 ubicado en el Barrio Lujan de nuestra localidad.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 080/2012.-

VISTO: La Nota ingresada con fecha 24/07/2012 N°381, La Resolución Nro. 130/02, los artículos 191 y cctes. de la Carta Orgánica Municipal, Titulo VI Régimen de Tierras; Las Ordenanzas Nros, 108/92, 048/93, 039/08, y; CONSIDERANDO: Que según el Certificado de Ocupación otorgado por Resolución N° 130/02, se circunstancia como ocupado el Lote 20-1-G-041B -03B, por los Sres. Julio Cesar MOLINA , D.N.I. 17.346.032 y Flor Angel SANTOS, D.N.I. Nº 92.840.260. Que a través de la Nota Nº381/12, el Sr. Julio Cesar MOLINA , D.N.I. 17.346.032, manifiesta que por motivos de desvinculación del concubinato, transfiere y cede a favor de la Sra. Flor Ángel SANTOS, D.N.I. Nº 92.840.260, los derechos que tuviere sobre la parcela designada catastralmente como, Lote 20-1-G-041B -03B, ubicada en el Barrio Terminal de nuestra localidad; Que para dicha cesión y transferencia del citado inmueble se adjunta la documentación que a continuación se detalla: Fotocopias de D.N.I., Certificado de Ocupación; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTICULO 1º: AUTORIZAR, la transferencia de los Derechos de Ocupación del Sr. Julio Cesar MOLINA, D.N.I. 17.346.032, a favor de la Sra. Flor Ángel SANTOS, D.N.I. Nº 92.840.260, como Lote 20-1-G-041B -03B, ubicado en el Barrio Terminal de nuestra localidad.- ARTICULO 2°: OTORGAR, Certificado de Ocupación a favor de Sra. Flor Ángel SANTOS, D.N.I. Nº 92.840.260, Lote 20-1-G-041B -03B, ubicado en el Barrio Terminal de nuestra localidad; ARTICULO 3º: FACULTAR, al Departamento de Hacienda de la Municipalidad de El Bolsón, al cobro del 25% correspondientes al derecho de transferencia en los términos de la Ordenanza 128/11.- ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 081/2012.-

VISTO:

El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 206/09, creando el Fondo Federal

Solidario (Fondo Sojero), La Carta Orgánica Municipal, Artículo 101° y Ccs, y; CONSIDERANDO: Que el decreto 206/09, se creó el Fondo Federal Solidario, con la finalidad de financiar, en las Provincias del País y Los Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura, Sanitaria, Educativa, Hospitalaria de vivienda o vial en ámbitos Urbanos o rurales con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes; Que el Fondo Federal Solidario, conocido como Fondo Sojero, debería ingresar a decir del Ministro de Economía de Rio Negro, Alejandro Palmieri, a nuestra Municipalidad de Rio Negro, con un incremento respecto a los mismos meses del año anterior y que la Provincia nos transfiere mensualmente y en forma consecutiva; Que desde el Ministerio de Economía, señalan que “el Fondo Federal Solidario o Sojero debe ser destinado a la Obra Pública, lo que significa una gran inyección para los Municipios”, este año beneficiados por el incremento en el mercado de exportación de soja y de los precios internacionales; Que hasta la fecha no se ha recibido en este Cuerpo Legislativo información de ejecución fáctica y de los gastos en obras que se han realizado en nuestra localidad del Bolsón, con este aporte que transfiere nuestra Provincia de RN; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTÍCULO 1º: SOLICITAR al Poder Ejecutivo, informe sobre los aportes mensuales recibidos del Fondo Federal Solidario o Sojero, por parte de la Provincia de Rio Negro, así como giren a este Cuerpo la rendición efectuada por nuestro Municipio, sobre los gastos y obra pública ejecutada con este Fondo Solidario Federal, del corriente año.- ARTICULO 2º: Comuníquese, al Poder Ejecutivo Municipal, a la Contadora y Contralor Municipal respectivamente, de la Municipalidad de El Bolsón.- ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, con Comunicación al Ministro de Gobierno, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 082/2012.-

VISTO:

La Resolución del Poder Ejecutivo Municipal N° 086/12 de fecha 03-09-12, y; CONSIDERANDO: Que mediante la misma el Poder Ejecutivo veta en forma total el Proyecto de Ordenanza 069/12; Que el Proyecto de Ordenanza 069/12 Declara de Utilidad Pública y sujeto a expropiación el predio correspondiente a las

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 10

parcelas denominadas catastralmente como 20-1-G-124-08 y 09; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, no logro el total de los votos requeridos para insistir con el Proyecto de Ordenanza 069/12; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTÍCULO 1º: ACEPTAR el veto total al Proyecto de Ordenanza 069/12 sancionado por el Concejo Deliberante el 20 de agosto de 2012.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 083/2012.-

VISTO:

El Convenio firmado entre el Ex Intendente Oscar Romera y la agente municipal Eva del T. Velázquez con fecha 19de octubre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que con la firma del mencionado convenio la Municipalidad de El Bolsón ofrece cancelar en forma total e integral, el crédito de la actora con un lote; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

RESUELVE ARTÍCULO 1º: Aprobar el Convenio firmado el 19 de octubre de 2011, entre el Poder Ejecutivo Municipal y la agente Eva Velázquez.- ARTICULO 2º: Notificar fehacientemente al REJUM a los efectos quiten del listado de acreedores judiciales por cancelación total el juicio objeto del convenio.- ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

RESOLUCIÓN N° 084/2012.-

DECLARACIONES

VISTO: El Artículo 101 de la Carta Orgánica Municipal, la nota presentada por los organizadores de la 3° Feria del Libro Infantil y Juvenil, y; CONSIDERANDO: Que la 3º Feria del Libro Infantil y Juvenil a realizarse del 4 al 6 de Octubre del corriente año en la Escuela Primaria Nº 270 con el nombre de “Entre había una vez…y colorín colorado”, la realización de este evento es de

gran importancia, no solo para la misma Institución, sino también para toda la Comunidad y la Comarca; Que contara con Narradores, la Presentación de Libros, Talleres, Exposiciones, Obras de Teatro, Danzas y la invitación especial de Adela Basch; Que uno de los objetivos es construir un espacio donde se despliegue la diversidad cultural que posibilite el encuentro y la participación de toda la comunidad;

Que los libros se presentan como uno de los más eficaces instrumentos de reflexión y autoconocimiento que posee el ser humano. Al mismo tiempo, es una herramienta pedagógica que "enseña" a pensar, desde el Jardín de Infantes hasta la Universidad, contribuye a la libre expresión de ideas, lo cual se relaciona directamente con la educación, con la transmisión de valores, con la creación intelectual;

Que el progreso de un país está en relación directa con el grado de desarrollo intelectual de sus habitantes y su capacidad para adquirir todo tipo de conocimiento. Leer es uno de los factores esenciales para la formación de un individuo y el libro, es un instrumento imprescindible para la aspiración del saber;

Que desde la historia se puede mencionar que Domingo F. Sarmiento incluye la alfabetización masiva y la educación básica obligatoria, lo cual puede llevarse a cabo con una creciente producción de libros, el surgimiento de grandes escritores y editores precursores, la época dorada de las décadas de 1840 y 1850 cuando numerosos libros se difunden por todo el mundo de habla hispana, formando de ese modo nuevos lectores, y entre ellos, algunos de los que más tarde serán los grandes escritores de hoy;

Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

DECLARA ARTÍCULO 1º: DE INTERES Cultural, Social y Educativo Municipal la 3° Feria del Libro Infantil y Juvenil a realizarse del 4 al 6 de Octubre del corriente año en la Escuela Primaria Nº 270, de nuestra localidad.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

DECLARACIÓN N° 023/2012.- VISTO: El Artículo 101 de la Carta Orgánica Municipal, la nota Nº 405/12, de los organizadores de “Frecuencia 2112”, y; CONSIDERANDO: Que el Encuentro y Celebración es un Movimiento Mundial de meditación que se realizara el 21 de diciembre del 2012;

Que su finalidad es armonizarnos con la madre tierra y el cosmos, elevar la luz y la vibración del planeta, ayudar a anclar las nuevas energías y asumir el compromiso como seres humanos ante el Cosmos; Que hace muchos años que venimos escuchando que es una fecha clave en la evolución del planeta. En los últimos tiempos incluso se han efectuado muchísimos Documentales y hasta películas con el 2012 como protagonista de un Gran Cambio Planetario. La Tierra es un ser vivo, la Tierra nos da vida, nos alberga, nos provee el alimento... Alimento que Nace de su interacción con el Sol. Desde lo astrológico, el 21/12 es una fecha muy especial. Nuestro Sol termina de dar una vuelta completa alrededor de, como los Mayas han llamado, HUNAB KU, el gran Sol Central de la Galaxia; Que mismo será de entrada Libre y Gratuita, contara con una gran variedad de actividades como: Sonidos (Gongs, Cuencos, instrumentos de viento, cuerdas, didgeridoo, etc.) Cantos / Mantras, Alimentación Consiente, Masajes, Reiki, Yoga, Geometría Sagrada, Cantos Mapuches y Lakotas, y Actividades para los niños; Que dada la magnitud del Evento y su injerencia en la zona de la Comarca, los organizadores tienen la intención de unificar a todas las Municipalidades para que el mismo sea considerado de Interés Regional o Comarcal. La Secretaría de Turismo ya confirmo la Declaración de Interés Turístico (Bolsón Bienestar);

Que se esta gestionado ante turismo, para diagramar el fin de semana completo como Evento (Viernes 21 – Sábado 22 – Domingo 23). De forma que aquellos turistas que nos hayan elegido para Celebrar el 21 tengan oportunidad de aprovechar el fin de semana completo para alojarse y recorrer nuestra zona;

Que la promoción de un espacio de encuentro de estas características, apoyado fuertemente desde el estado, para trabajar sobre la temática y establecer puentes interculturales, sensibilizar a la sociedad en materia interreligiosa promoviendo la no discriminación, celebrando la diversidad religiosa y las diferentes creencias, desde un marco de respeto y reivindicación mutua. Generando acciones y herramientas de paz y buena convivencia; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

DECLARA

ARTÍCULO 1º: DE INTERES Cultural y Social Municipal el Encuentro y Celebración “Frecuencia 2112 – Salto a la Unidad de Conciencia”,Fundación Manu de Luz a realizarse el 21 de diciembre de 2012 en nuestra localidad.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.-

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ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

DECLARACIÓN N° 024/2012.- VISTO: El Artículo 101 de la Carta Orgánica, la nota Nº 439/12, de los organizadores de las Jornadas Provinciales de Agentes Sanitarios de Hospitales de Río Negro, y; CONSIDERANDO: Que el sector de Agentes Sanitarios y el Comité de Docencia de nuestro hospital realizaran, los días 12 y 13 de octubre del corriente año, las Jornadas Provinciales de Agentes Sanitarios de Hospitales de Río Negro: “El Rol del Agente Sanitario como Actor en la Comunidad”; Que es de suma importancia la convocatoria de este encuentro provincial, ya que jerarquiza la labor del trabajador comunitario y también permite visualizar que la Atención Primaria de la Salud es un eje fundamental de las políticas sanitarias impulsadas en la provincia; Que como expresan en los fundamentos del encuentro “los Agentes Sanitarios son parte de los equipos de salud del primer nivel de atención que ofician de vínculo y articulación entre las personas, familias, la comunidad y el sistema de atención sanitaria. Su rol de promoción de salud y prevención de situaciones de riesgo para la población es esencial dentro de los equipos. El contacto directo que ellos establecen con las personas hace que su trabajo resulte de suma complejidad socio-cultural…”. “Por ello se requiere de espacios de encuentro, entre colegas y entre otros agentes de salud para el análisis compartido de las situaciones de trabajo con la población, que posibiliten evaluar las tareas y construir nuevos modos de abordajes comunitarios de la salud”; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

DECLARA ARTÍCULO 1º: DE INTERES Educativo y Social Municipal las Jornadas Provinciales de Agentes Sanitarios de Hospitales de Río Negro: “El Rol del Agente Sanitario como Actor en la Comunidad”, a realizarse los días 12 y 13 de octubre del corriente año.- ARTÍCULO 2º: La presente no significa compromiso de erogación alguna.- ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

DECLARACIÓN N° 025/2012.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, Articulo 15, Inciso 20, 101° y CCs., la Nota 497-2012 del 31-08-12 presentada al Concejo Deliberante, por miembros de Radio Wadoo 102.3 de nuestra Localidad, y; CONSIDERANDO: Que la carta Orgánica Municipal, en su Artículo 15 Inciso20 dice que es de competencia Municipal: “Promover y fomentar la práctica y desarrollo de actividades científicas, educativas, sociales, culturales, deportivas y de recreación que no alteren el medio ambiente…”; Que este evento estará a cargo del Sr. José Luis Vejar DNI, Locutor de Radio Wadoo 102.3, y personal de la misma, con el propósito de inscribir niños de 4 a 14 años de toda la Comarca Andina, con el objeto de realizar un evento con distinción y abriendo puertas a muchos talentos que puedan surgir de este Certamen Musical; Que como una categoría, los niños de 4 a 6 años participaran en el Canta Niño (Kid 2012) y en la categoría principal será hasta los 14 años, sin restricción alguna, previéndose que el Ganador de esta elección, tendrá la oportunidad de poder grabar su primer CD. Esto motivara el desarrollo, Cultural, Artístico, y Educativo de todos los niños de nuestra Comarca andina; Que los ganadores de este evento sean reconocidos también para participar y mostrar su talento en las distintas Fiestas Regionales, como es nuestra Fiesta Nacional del Lúpulo y otras de la Comarca Andina del Paralelo 42° del próximo año; Que el desarrollo de este proyecto contribuirá a la promoción y protección de los derechos de los niños, adolescentes y sus familias, generando espacios de expresión y la participación activa y democrática, garantizando el cumplimiento efectivo de las propuestas de mejorar el desarrollo integral de nuestros niños; Que sería posible planear la organización anual, de este Canta Niño, a los fines de aportar a la riqueza cultural que tiene El Bolsón y su gente; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 13-09-12, Acta 1.561, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

DECLARA ARTICULO 1°: DECLARASE de INTERÉS MUNICIPAL, EDUCATIVO, SOCIAL, RECREATIVO Y CULTURAL todas las actividades, tendiente a concretar el encuentro musical “CANTA NIÑO 2012” a desarrollarse en las instalaciones del Gimnasio Municipal, “Prof. Américo Torres” el día 8 de Octubre del corriente año, organizado por personal municipal y personal de Radio Wadoo de nuestra Localidad.- ARTICULO 2°: Reconocer la labor a desarrollarse, acompañando La Municipalidad de El Bolsón logísticamente, para incluirla en el calendario anual de Actividades Culturales.- ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de septiembre de 2012.-

DECLARACIÓN N° 026/2012.-

COMUNICACIONES

VISTO: La Carta Orgánica Municipal, Artículos 101 y Ccs, la nota ingresada bajo Nº 446 de fecha 22-08-2012, y; CONSIDERANDO: Que en la nota mencionada en Vistos, se deja constancia que se trata de los trabajadores que hoy se encuentran prestando servicios en la Sub Delegación de Promoción Familiar de nuestra localidad, en el CAINA (Hogar de Niños), Residencia de Adultos Mayores y Fortalecimiento Familiar, dependientes todos del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro; Que son mas de veinte (20) empleados que se encuentran trabajando con “becas” de dos mil pesos ($2.000), y a nueve meses de la nueva gestión de gobierno estas personas no han obtenido respuestas alguna del pase de las mal denominadas “Becas” a Contrato de Locación de Servicio; Que ya se han gestionado varios reclamos, marchas, reparto de volantes explicativos de la difícil situación que padecen y que el Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Bolsón acompaño en el justo reclamo oportunamente; Que al respecto todavía hay trabajadores con muchos años de antigüedad con “Becas Precarias” observando que en las ciudades de la Provincia de Río Negro, los pagos mensuales denominadas Becas, las aumentaron a $2.700, eso na ha sucedido en El Bolsón siendo que las reparticiones dependen del mismo Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Rio Negro a cargo del ministro Jorge Vallazza; Que estas “Becas” precarias por lo cual emplean a los trabajadores, privándolos de una Obra Social Digna, Un Seguro de Vida y otros beneficios que tiene como Derecho cualquier trabajador en relación de dependencia, además se constata que existen empleados en estas dependencias que fácilmente llevan varios años de antigüedad; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO: Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON COMUNICA

ARTICULO 1º: Al Poder Ejecutivo Provincial y al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Rio Negro, que se vería con agrado la regulación Laboral urgente de los Sres. Trabajadores de Promoción Familiar.- ARTICULO 2º: Al Ministerio de Desarrollo Social, cumplimente las obras diseñadas para El Bolsón, que albergaría el Hogar denominado CAINA, presupuestadas oportunamente.- ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 12

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los cuatro días del mes de septiembre de 2012.-

COMUNICACIÓN N° 015/2012.-

VISTO: La nota Nº 250/2012 ingresada el 05/06/12 por la Junta Vecinal del Barrio Usina, la Comunicación Nº 10/12 del 02/07/12, los Artículos 15º, incisos 17y 24 y 60º incisos 1 y 5 de la Carta Orgánica Municipal, el anteproyecto presentado por la Concejal Beatriz Tejeiro, que preside la Comisión de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos y Viviendas, y; CONSIDERANDO: Que en su nota los vecinos representados por la Junta Vecinal solicitan la construcción de una escalera de hormigón para seguridad y comodidad de los habitantes de la zona en el pasaje que une el centro del pueblo con el barrio Loma del Medio;

Que los vecinos convocaron a la Concejal Beatriz Tejeiro a una reunión en la que le expresaron las necesidades del barrio y su preocupación por este tema particular; Que dicha Concejal acompaño a varios de los vecinos, incluyendo miembros de la Junta Vecinal al lugar señalado y pudo constatar la necesidad expresada; Que es atribución de la Comisión que preside la Concejal ocuparse de los temas relacionados con las obras publicas y las necesidades de la población en este sentido; Que fuera presentado el anteproyecto de construcción de dicha escalera ante el Poder Ejecutivo para su consideración; Que fuera presentado el anteproyecto se adjunta a la presente en dos ejemplares; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 29-08-12, Acta 1.560, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO:

Y en el uso de las facultades que le son propias

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

COMUNICA ARTICULO 1º: INSTRUYASE al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de El Bolsón para que gestione los recursos necesarios para la construccion de la escalera en la zona que comunica el Barrio Usina con la Loma del Medio.- ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archivese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los cuatro días del mes de septiembre de 2012.-

COMUNICACIÓN N° 016/2012

NORMAS PODER EJECUTIVO

DISPOSICIONES P.E.M. MES SEPTIEMBRE 2012 FECHA Num CONCEPTO 03/09 2411 Abona $240.- a favor de la Sra. Inalef Andrea en concepto de ayuda social.-

2412 Abona $140.- a favor d ella sra. Soto emilce en concepto de ayuda social .-

2413 Comisiona al Secretario de Turismo a la localidad de Epuyén

04/09 2414 Abona $1.500.- a favor del Sr. García Ariel Alfredo en concepto de trabajos dentro del Programa Plan Calor

2415 Abona $1.016- a favor del Director de cultura en concepto de colaboración aniversario FM Alas

05/09 2416 Abona $1.900.- a favor de la Asociación Sentir en concepto de colaboración traslado de juegos p/Plaza Integracion

2417 Abona $800.- a favor del Sr. Gonzalo Gustavo en concepto de asistencia social

2418 Abona $3.300.- a favor del Sr. Poltronetti Roberto en concepto de trabajos correspondiente al mes de agosto/12.-

2419 Rehabilita H.C. Nº 4828 Sr. Ricciardi Liliana Rubro: perfumería -cosmética “Millanel Cosmética”

2420 Rehabilita H.C. Nº 4181 Sr. Cavadini Jorge D. Rubro: taller de tornería mecánica “Taller Mecánico J.C.”

2421 Rehabilita H.C. Nº 3654 Sra. Costa Silvia Matilde Rubro: óptica y contactología “Visión Brill”

2422 Rehabilita H.C. Nº 5488 Sr. Muñoz Juan Rubro: ferretería “Ferretería El Puente”

2423 Rehabilita H.C. Nº 5225 Sr. Arteaga Ascencio Pamela Rubro: tienda//anexo “Encanto”

2424 Rehabilita H.C. Nº 3628 Sra. Gomez Marta Rubro: despensa//anexo “Despensa Marca”

2425 Rehabilita H.C. Nº 4194 Sr. Hansen Niels Edward Rubro: oficina de servicios y construcción “Servicom”

2426 Rehabilita H.C. Nº 1614 Firma El Chaqueño S.A. Rubro: supernercado “El Cahqueño II”

2427 Rehabilita H.C. Nº 4727 Firma Marcos SRL Rubro: venta de panificados /anexo “Panadería Marcos SRL”

2428 Rehabilita H.C. Nº 1432 Firma El Chaqueño SRL Rubro: supermecado “El Chaqueño I”

2429 Rehabilita H.C. Nº 4193 Sra. Ruiz Margarita Beatriz Rubro: alquiler de alojamiento para turismo “Los Helechos”

2430 Rehabilita H.C. Nº 3883 Sra. Vallero Carmen Rubro: servicio de lavadero de ropa “Lavadero El Bolsón”

2431 Rehabilita H.C. Nº 0265 Sra. Zaniuk María Rubro: zapatearía/anexo “Zapatería Juancito”

2432 Rehabilita H.C. Nº 4224 Sr. Miguez Luis A. Rubro: artículos de campo/anexo “Agro-veterinaria El Bolsón”

2433 Rehabilita H.C. Nº 5319 Sr. Soplan Diego Rubro: hostería “La Escampada”

2434 Rehabilita H.C. Nº 4991 Sr. Fernández Jorge Rubro: venta ambulante de café “Willy Café”

2435 Da de Baja H.C. Nº 4158 Sr. della Torre Eduardo Rubro: zapatearía//anexo “Plop”

2436 Da de Baja H.C. Nº 5129 Sra. Mancila Blanca Rubro: venta de productos panificados /anexo “Panadería Andina”

2437 Da de Baja H.C. Nº 5177 Sr. Rosas Claudio Rubro: verdulería //anexo “Verdulería Andina”

2438 Da Baja de Oficio H.C. Nº 4571 Sra. Lucca Lucía Rubro: taller mecánico “Taller Mateo”

2439 Da Baja de Oficio H.C. Nº 5506 Sr. Veloz Carlos Rubro: confitería “Bohemia”

2440 Otorga cambio de domicilio H.C. Nº 5453 Sra. Inalef Rosana Rubro:despensa //anexo “Despensa Rami”

2441 Otorga cambio de domicilio H.C. Nº 1991 Sr. John Antonio Rubro: alquiler de ski-trineos/anexo “Alquiler de Ski John”

2442 Concede H. C. Definitiva Nº 5350 Sra. Lovera María Rubro: despensa /anexo “Despensa y Verdulería Maru”

2443 Concede H. C. Sr. Sales Pablo Fernando Rubro: taller de chapa y pintura “S Pablo 250”

2444 Concede H. C. Sr. Beltrán Ríos José Luis Rubro: zapatearía//anexo “Tienda Rafael”

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 13

2445 Concede H. C. Provisoria Sr. Rodriguez Alejandro Rubro: taller mecánico “AR Mecánica Integral”

2446 Abona $7.000.- a favor del Dr. Gonzalez Jorge en concepto de honorarios

2447 Abona $1.000.- a favor de ALCEC en concepto de colaboración económica.-

2448 Autoriza a la Cdora. Mpal. A cubrir los gastos de traslado a la ciudad de Viedma al Lic. Riquelme Nicolás

10/09 2449 Abona $25,720.- a favor del personal conforme detalle en concepto de Horas Extras – mes de Agosto/12.- Espacios Verdes

2450 Abona $2.000.- a favor del Sr. Duran Jorge en concepto de confección y emisión del Boletín Oficial

2451 Rehabilita H.C. Nº 2257 Firma Giganteum S.A. Rubro: venta de telas //anexo “Textil Gibell”

2452 Rehabilita H.C. Nº 4499 Sra. Scantamburlo Regina Rubro: autopartes y accesorios “El Club del Color”

2453 Rehabilita H.C. Nº 3793 Sra. Scantamburlo Regina Rubro: pinturería //anexo “El Club del Color”

2454 Rehabilita H.C. Nº 5206 Sr. Macias Laura Rubro: venta de articulos de limpieza “Piltrilim Articulo de Limpieza”

2455 Rehabilita H.C. Nº 4944 Sr. Wisky José Luis Rubro: materiales de electricidad//anexo “Col Electricidad”

2456 Rehabilita H.C. Nº 0011 Sr. Alush Horacio Rubro: vta de repuestos del automotor //anexo “El Chispazo”

2457 Rehabilita H.C. Nº 3705 Firma Gomería El Puente S.H. Rubro: gomería “Gomería El Puente”

2458 Rehabilita H.C. Nº 4339 Sra. Casanova Elizabeth Rubro: tienda//anexo “Raizes”

2459 Rehabilita H.C. Nº 4348 Firma Sanatario San Carlos S.A. Rubro: ofic de vta de obra social “O.S.P.A.T.”

2460 Concede H.C. Sra. Capuma Condori Julia Rubro: tienda //anexo “Modas July”

2461 Concede H. C. Sr. Canova Pablo Rubro: vta de máquinas- motores- repuestos//anexo “Forestal del Paralelo de Canova Pablo”

2462 Concede H. C. Defelippe José Iganacio Rubro: venta de panificados//anexo “La Andina”

2463 Comisiona a la Sra. Marinero Silvia a la ciudad de Viedma en representación de la Casita del Sol

2464

Abona $44,965,07.- a favor del personal conforme detalle en concepto de horas extras correspondiente al mes de agosto/12.-

2465 Abona $200.- a favor de la Sra. Valenzuela Natalia en concepto de ayuda social.-

2466 Abona $1.200.- a favor de la Dra. Cancino Karina en concepto de honorarios requerimiento Nº2919/12 “Amaya Victor c/Municipalidad

de El Bolsón s conciliación extrajudicial”

2467 Abona $1.200.- a favor de la Dra. Cancino Karina en concepto de honorarios requerimiento Nº3071/12 “Dalla Bernarda c/Municipalidad

de El Bolsón s conciliación extrajudicial”

12/09 2468 Rehabilita H.C. Nº 4223 Sr. Basso Luis Rubro: remis Gol Country ESR579

2469 Rehabilita H.C. Nº 4448 Firma Nevada SRL Rubro: transporte se sustancia alimenticia Trafic BQN681

2470 Rehabilita H.C. Nº 1784 Sr. Fuentes César Zenón Rubro: Fletes Ford XAZ021

2471 Rehabilita H.C. Nº 3932 Firma Serra SRL Rubro: transporte de sustancia alimenticia Ford cargo EPF554

2472 Abona $300.- a favor de la Sra. Cerda Liliana en concepto de alquiler juegos inflables – Día del Niño en los barrios

2473 Comisiona al Secretario de Turismo a la ciudad de Esquel

2474 Autoriza al Agente de planta permanente Sr. Walter Luna al goce de licencia sin goce de haberes a partir del 10/09/12

2475 Abona $3200.- a favor del sr. Lamela Ïgnacio en concepto de transporte solicitado por la Sec de Obras y Serv Públicos

2476 Abona $10.158.- a favor del personal conforme detalle en concepto de reparto de boletas de tasas municipales.-

13/09 2477 Rehabilita H.C. Nº 5022 Sra. Orellana Ibañez Liliana Rubro: fábrica y venta de helados artesanales //anexo “Helados Humus de la Montaña”

2478 Rehabilita H.C. Nº 5497 Firma Casa de comodas Apicio S.H. Rubro:rotisería //anexo “Apicio”

2479 Rehabilita H.C. Nº 5239 Sra. Nahuelpan Helvecia Rubro: despensa “Despensa Amanecer”

2480 Rehabilita H.C. Nº 5302 Sr. Marquez Sergio Rubro: hostel “La casa del árbol Hostel El bolsón”

2481 Rehabilita H.C. Nº 4367 Sra. Prytula Erica Laura Rubro: tienda //anexo “By Nina”

2482 Rehabilita H.C. Nº 5236 Sra. Reina Sandra del Valle Rubro: instituto de belleza y terap alternativa “Instituto Rosa Negra”

2483 Rehabilita H.C. Nº 5235 Sra. Reina Sandra del Valle Rubro: salón de capacitación “Instituto Rosa Negra”

2484 Rehabilita H.C. Nº 4972 Sra. Cabai Gabriela Rubro: vta de indumentaria deportiva//anexo “Cuatro Estaciones”

2485 Rehabilita H.C. Nº 3558 Sra. Reyes Claudia Rubro: departamento para alquiler turístico “Rayentrai”

2486 Rehabilita H.C. Nº 5460 Sra. Uribe Roxana-Inverno Norma S.H. Rubro: tienda //anexo “Caos y Ellas”

2487 Rehabilita H.C. Nº 3017 Sr. Montes Juan Carlos Rubro: alquiler de alojamiento para turismo “Cabañas Montes”

2488 Rehabilita H.C. Nº 4742 Firma Broken SRL Rubro: alquiler de herramientas //anexo “Alquilo Todo”

2489 Rehabilita H.C. Nº 5227 Sra. Arzeno Isabel Rubro:venta de motos //anexo “Solo Motos”

2490 Concede H.C. Sr. Montes Carlos Daniel Rubro: venta de mármoles “Mármoles 3M”

2491 Abona $3.000.- a favor del Sr. Romairone Leandro en concepto de trabajos ante Def Civil en representación del PEM

14/09 2492 Abona $400.- a favor de Transporte Ayllú en concepto de servicio de transporte -visita del Sr. Gobernador.-

2493 Abona $325.- a favor del personal conforme detalle en concepto de horas extras correspondiente al mes de agosto/12.-

17/09 2494 Comisiona al Sr. Intendente en compañía del Sec. De Gobierno a la ciudad de Buenos Aires

2495 Abona $500.- a favor del Ing. Massabie Pedro en concepto de reintegro de gastos.-

2496 Abona $300.- a favor del agente Barreto hugo en concepto de horas extras correspondiente a agosto/12.-

2497 Abona $6.250.- Transporte El Bolsón en concepto de traslado desde Bs. As. Una ambulancia destina al hospital local

2498 Abona $540.- a favor del Sr. García Ariel Alfredo en concepto de trabajos dentro del Programa Plan Calor .-

2499 Abona $150.- a favor del Sr. Garrido Guillermo en concepto de ayuda social.-

2500 Establece horario laboral al Area del Corralón Municipal de 07:00 a 13:00 hs

2501 Abona $450.- a favor del Director de Cultura en concepto de colaboración destinado a la Orquesta infanto juvenil del Bº Usina

2502 Abona $800.- a favor del personal conforme detalle en concepto de horas extras correspondiente agosto /12.-

2503 Abona $600.- a favor de la Escribana Asuad Laila en concepto de honorarios confección de acta comprobación.-

25/09 2504 Abona $100.- a favor del agente Robles Hernán en concepto de horas extras correspondiente al mes de agosto/12.-

2505 Abona $500.- a favor García Alfredo – Trabajos dentro el Programa Plan Calor Municipal

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 14

2506 Abona $2.800.- a favor del Sr. Esquivel jorge en concepto de trabajos de mantenimiento y obra gas en el gimnasio mpal.-

2507 Abona $200.- a favor de Hostería Luz de Luna en concepto de hospedaje solicitado por la Dirección de Cultura.-

2508 Abona $4.248.- a favor del Supermercado La Anónima en concepto de ropa de cama destinada al polideportivo mpal.-

26/09 2509 Otorga cambio de unidad H.C. Nº 4669 Firma Bebidas del Lago Rubro: introductor de bebidas Mercedes LHN659

2510 Concede H. C. Sr. Losio Luciano Rubro: agencia de remis “Los Amigos”

2511 Otorga H.C. Nº 4621 Sr. Quilaqueo Luis Armando Rubro: remis Corsa HEC622

2512 Concede H.C. Sr. Cruz Rodrigo Rubro. Remis Corsa IXV211

2513 Concede transferencia H.C. Sr. Solis Juan a favor del Sr. Saavedra César Rubro: remis Meriva JDM005

2514 Da de Baja H.C. Nº 4240 Sr. Fernández Fernando Rubro: transporte de cargas generales Master FPN815.-

2515 Rehabilita H.C. Nº4956 Sr. Sanchez Diego Rubro:taxi Corsa FVV943

2516 Concede H.C. Sra. Contreras Gladis Elizabeth Rubro. Remis Symbol KKF048

2517 Rehabilita H.C. Nº 5388 Sra. Ramadán Paola Rubro: transporte de sustancias alimenticias Kango JIK207

2518 Rehabilita H.C. Nº 4758 Sra Gimenez María Rubro: remis corsa GWD606

2519 Rehabilita H.C. Nº 4576 Sr. Alegría Hipólito Rubro: remis corsa FSM330

2520 Concede Transferencia L.C. Nº 3896 Sr. Peña Lucas a favor del Sra. Oñate Emelina Rubro: remis Corsa ERA401

2521 Rehabilita H.C. Nº 5469 Sr. Carrasco Jorge Antonio Rubro: remis GMX637

2522 Rehabilita H.C. Nº 5447 Cooperativa de Obras y Serv Púb Soc y Viviend Rubro: trasp de gas envasado Daily IKL349

2523 Concede Transferencia L.C. Nº Sra. Gonzalez Dahiana a favor del Sra. Gonzalez Julieta Rubro: remis JSB923

2524 Rehabilita H.C. Nº 5149 Firma Piñeyro Hnos SRL Rubro: transporte de aridos Kodiak EAQ969

2525 Abona $800.- a favor del personal conforme detalle en concepto de recuperacion de materiales en la planta de reciclado

2526 Comisiona al Secretario de Turismo a la ciudad de El Hoyo (25/09) y Bariloche (27/09)

2527 Comisiona a la Sra. Marinsalda Florencia a la ciudad de Bariloche

2528 Abona $800.- a favor del Sr. Gonzalez Leonel en concepto de asistencia social

28/09 2529 Abona $1.900.- a favor del Sr. Caliva Gerónimo en concepto de trabajos mes de septiembre/12.- Corralón Municipal

2530 Abona $2.500.- a favor del Sr. Costilla Juan en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Secretaria de Gobierno

2531 Abona $3.350.- a favor de la Arq Grimi Liliana en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Obras y Serv Públicos

2532 Abona $3.000.- a favor de la Ing Paola Huenelaf en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Subsecretaria de Med Amb

2533 Abona $2.500.- a favor del Ing Massabie Pedro en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Subsecretaria de Med Amb

2534 Abona $2.200.- a favor de la Sra. Navarro Liliana en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Subsecretaria de Des Social

2535 Abona $5.400.- a favor del personal conforme detalle en concepto de trabajos mes de septiembre/12- Planta de Reciclado

2536 Abona $3.000.- a favor del Sr. Romairone Leandro en concepto de trabajos mes de agosto y septiembre/12- Defensa Civil

2537 Abona $4.800.- a favor del personal conforme detalle en concepto de adicional por función de septiembre/12-

2538 Abona $1.200.- a favor de enfermos oncológicos en concepto de asistencia economica

2539 Abona $450.- a favor de las personas conforme detalle en concepto de asistencia económica.-

2540 Abona $1.600.- a favor de bomberos Voluntarios en concepto de colaboración económica.-

2541 Abona $500.- a favor del Sr. Huenchupán Alejandro en concepto de colaboración con la comunidad mapuche Tequel Mapu

2542 Abona $1.000.- a favor de ALCEC en concepto de colaboración económica.-

2543 Abona $1.200.- a favor del Subsecretario de Deportes en concepto de pago arbitraje Juegos Río Negro en Acción

2544 Abona $1.500.- a favor del Sr. Gavilán jorge en concepto de trabajos mes de septiembre /12- Dirección de Tránsito

2545 Abona $600.- a favor del Sr. García Ariel Alfredo en concepto de trabajos dentro del programa plan Calor Municipal

RESOLUCIONES P.E.M MES AGOSTO 2012

FECHA Nº CONCEPTO

03/sep 081 Promulga Ordenanza Nº 059/12

082 Promulga Ordenanza Nº 062/12

083 Promulga Ordenanza Nº 067/12

084 Promulga Ordenanza Nº 068/12

085 Promulga Ordenanza Nº 058/12

086 Veto Total Proyecto de Ordenanza Nº 069/12.-

087 Orden de pago Diferido $2.830.- Vial Parts e concepto de repuestos para la máquina mpal Crybsa

14/sep 088 Orden de pago Diferido $2.320.- Vial Parts e concepto de repuestos para la máquina mpal Crybsa

089 Promulga Ordenanza Nº 074/12

17/sep 090 Deja a cargo del PEM al presidente del Concejo Deliberante desde el día 17/09/12 al 21/09/12 inclusive

28/sep 091 Incrementa a partir de la liquidación de septiembre la suma de $120.- no remunerativo al personal de pta perman/ contratados y planes sociales

092 Orden de Pago Diferido $9.000.- a favor del Sr. Droghei Emanuel en concepto de moto secuestrada e incendiada en las oficinas de Tránsito

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 15

INFORMACIÒN GENERAL Y TELÉFONOS MUNICIPALES

Se recuerda a toda la comunidad, que se encuentra en vigencia la Ordenanza 042/09 la cual determina el derecho de acceso a la información pública para toda la población. El Boletín Oficial de la Municipalidad de El Bolsón, se emite en dos números mensuales a fin de cumplir con el Art. 11º de la Carta Orgánica Municipal, el cual determina: “……..Es obligatoria la publicación de las normas que emite el Concejo Deliberante, las que comenzarán su vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial……..” Las Disposiciones y Resoluciones emanadas por el Poder Ejecutivo Municipal se publicarán en la última edición del mes correspondiente. Muchas Gracias

Teléfonos Poder Legislativo Mesa de Entrada 4492-304 Presidencia y Fax 4455-413 Concejal Paola A. Sanna 4498-774 Concejal Jorge D. Tormann 4498-772 Concejal Rubén Cobos 4483-457 Concejal Leticia Tornero 4498-773 Concejal Raúl García 4720268 Concejal Beatriz Tejeiro 4455-415

Secretaría de Turismo 4483-221 Empleos 4498-818 Gimnasio Municipal 4493-604 Gobierno 4493-813 Gobierno Fax 4455-271 Hacienda 4493-504 Ingresos Públicos 4493-601 Juzgado de Faltas 4455-391 Medio Ambiente 4483-565 Oficina de Turismo 4455-326 Planeamiento Urbano 4491-096 Polideportivo 4492-979

Dependencia Dirección

Concejo Deliberante Roca 408

Municipalidad Roca y 25 de Mayo

Juzgado Municipal de Faltas Perito Moreno 3560