BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION...

16
BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 3- AUTORIDADES 1 2- LEGISLACION 2 2 A- RES. GRALES. A.T.P. Nº 1841 – 1842 – 1843 1- OTROS TEMAS DE INTERES 8 9 11 12 14 A- CALENDARIO MENSUAL DE VENCIMIENTOS JULIO 2015 B- RECAUDACION MENSUAL. JUNIO 2015 C- PUBLICIDAD D- CONCIENCIA TRIBUTARIA

Transcript of BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION...

Page 1: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015

3- AUTORIDADES

1

2- LEGISLACION

2

2

A- RES. GRALES. A.T.P. Nº 1841 – 1842 – 1843

1- OTROS TEMAS DE INTERES

8

9 11 12 14

A- CALENDARIO MENSUAL DE VENCIMIENTOS JULIO 2015 B- RECAUDACION MENSUAL. JUNIO 2015 C- PUBLICIDAD D- CONCIENCIA TRIBUTARIA

Page 2: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

1

1 - AUTORIDADES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL

ADMINISTRADOR GENERAL: Cr. Ricardo R. Pereyra-

DIRECCION DE INFORMÁTICA: Expta. Esther V. Martínez – Int. 333

DIRECCION TECNICA JURIDICA: Cra. Griselda Alabert- Int.422

DIRECCION DE ADMINISTRACION: Cr. José A. González- Int. 305

DIRECCION DE FISCALIZACION: Cra. Gerarda Nissim- Int. 307

DIRECCION DE RECAUDACION TRIBUTARIA: Cr. Daniel Fantín- Int. 306

DIRECCION TECNICA TRIBUTARIA

Cra. Gladys M. Gallardo DIRECCION JURIDICA

Dr. Raúl Fernández

DIRECCION FISC. EXTERNA

Cra. Liliana Almirón

DIRECCION FISC. INTERNA

Cra. Teresita Núñez

DIRECCION FRONTERA

Cr. Osvaldo Escobar

DIRECCION RECAUDACIÓN

Cra. Claudia Gotlib

DIRECCION TRIBUTOS

Cr. Hugo Falcón

DIRECCION RECEPTORÍAS

Cra. Viviana Banovach

DIRECCION INTELIGENCIA FISCAL: Cr. Reinaldo Barboza- Int. 346

T.E. Nºs. :362-4428575- 362-4425816- 362- 4450040- 362-4452948- 362- 4452949

Page 3: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

2

Número

Contenido

1841/15 Implementa el nuevo “Sistema de Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios”, para la liquidación y pago del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios. Aprueba el formulario de pago AT 3127 “Volante de Pago”.-

1842/15 Establece que el nuevo valor de la Unidad Diferencial o Sobretasa que deben abonar quienes tengan que realizar trámites ante la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, asciende a Pesos Sesenta ($60), con vigencia a partir del 15 de junio del 2015.-

1843/15 Establece la Prórroga del Régimen de Financiación para la Regularización de las Obligaciones Impositivas Provinciales, dispuesto por la Ley Nº 7510, hasta el 31 de Julio 2015.-

RESOLUCION GENERAL Nº 1841

VISTO: El artículo 214º del Código Tributario Provincial – Decreto Ley N° 2444/62 –t.o.- y sus modificatorias y la Resolución General Nº 1597 y; CONSIDERANDO: Que el Código prevé en el inciso b) del artículo citado, que una de las formas de abonar el impuesto de sellos es por medio de la impresión oficial por sistema. En tal sentido la Resolución General Nº 1597 de esta Administración Tributaria habilitó un aplicativo para automatizar el sistema de recaudación del Impuesto de Sellos, bajo la denominación de "Sistema de Sellos”.

Que de acuerdo a la necesidad de simplificar el procesamiento de los datos, evitar errores en las liquidaciones, efectuar cruces de información y facilitar las tareas de auditoria, control y fiscalización, esta Administración Tributaria ha desarrollado un nuevo sistema de liquidación y recaudación del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, que será utilizado en Casa Central y Receptorías del interior de la Provincia y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que este sistema informático suplantará al aplicativo aprobado por la Resolución General Nº 1597 y a su vez el formulario de pago “Recibo AT 2208” será sustituido por el formulario de pago AT 3127 “Volante de Pago”;

Que por los motivos expuestos precedentemente resulta necesario aprobar la implementación del nuevo “Sistema de Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios” y la aplicación del formulario de pago AT 3127 “Volante de Pago” para los conceptos Sellos y Tasa Retributiva de Servicios; en reemplazo

2 – LEGISLACION

Page 4: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

3

del sistema aprobado por la Resolución General Nº 1597. Correspondiendo de igual forma dejar sin efecto la utilización del formulario de pago “Recibo AT 2208”;

Que ante determinadas situaciones de fuerza mayor que resulten en la imposibilidad del uso del sistema o mera excepción indicada en la presente, la cancelación se realizará mediante la utilización de valores fiscales;

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Recaudación Tributaria e Informática y sus dependencias;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria por la Ley Orgánica N° 330 (t.v.), su modificatoria Nº 5304 (t.v.) y el Código Tributario Provincial;

Por ello;

LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO

RESUELVE:

Artículo 1º:Impleméntese el nuevo “Sistema de Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios”, cuyo funcionamiento es representado en el Diagrama de Flujo que se adjunta a la presente como Anexo Nº I, y será de aplicación en la Sede Central de la Administración Tributaria Provincial, las Receptorías del Interior de la Provincia y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la liquidación y pago del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios. Artículo 2º: Apruébese el formulario de pago AT 3127 “Volante de Pago”, cuyo modelo se adjunta a la presente, para el ingreso de los conceptos Sellos y Tasa Retributiva de Servicios. El mismo se constituye en el único medio de pago habilitado, con excepción de los casos citados en el Artículo 4º de la presente. La liquidación del tributo deberá ser efectuada insertando en la primera foja del instrumento, el sello que se indica a continuación del presente párrafo y que tendrá validez sólo si se corresponde con el Nº de liquidación, fecha y monto total contenido en el Volante de Pago citado. Asimismo, la primera foja de cada copia del instrumento deberá ser intervenido por el liquidador actuante, con el sello indicado. El formulario abonado - AT 3127 - y ticket, de corresponder, deberá ser adosado al instrumento como garantía de haberse ingresado el impuesto y/o tasa correspondiente. SELLO ESTAMPADO

Esta Liquidación debe ser abonada por Volante de Pago/Liquidación Nº……………. Total: $............................................................ Fecha: DIA / MES / AÑO ………/…………/……….. CASA CENTRAL/RECEPTORIA………..……..

ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL

PROVINCIA DEL CHACO

FIRMA Y SELLO:

Page 5: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

4

Artículo 3º: Dispóngase la obligatoriedad de consignar la CUIT/CUIL/DNI/CDI de las partes intervinientes en todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso sujetos al Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios. Artículo 4º:Determínese como excepción a la medida instrumentada en la presente Resolución, la cancelación del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios, mediante la utilización de valores fiscales en los siguientes casos: a) Ante la imposibilidad técnica de liquidación y pago mediante el sistema aprobado por el artículo 1º de la presente. Se podrá utilizar además para el pago, el Volante de Pago SI 2301 –aplicativo SIREC- , el cual una vez efectuado debe ser intervenido por agente del organismo adosando sello de juntura. b) En instrumentos que deban ser tramitados ante La Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

c) Otros instrumentos cuyos montos fijos dispuestos por la Ley Tarifaria, no

supere las 400 unidades fiscales, y d) Licitaciones públicas. La Tasa Retributiva de Servicios que corresponda tributar por el concepto de Registro de Marcas y Señales (artículo 25° de la Ley Tarifaria Provincial N° 2071 - t.o.) podrá ser abonada además en el Formulario SI 2301 -Volante de Pago - conforme lo establece la Resolución General Nº 1431/01. La liquidación del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios que grava el traslado de cuero vacuno podrá continuar efectuándose en los formularios DR 2223 y DR 2213. Artículo 5º: Dejase sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Artículo 6º: La presente resolución tendrá vigencia a partir del día 08 de junio del 2015. Artículo 7º: Tomen razón todas las dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL, 05 de Junio 2015.-

Page 6: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

5

“2015 año de las personas con discapacidad, por una sociedad inclusiva”

Av. Las Heras 95 Resistencia – Chaco

Anexo Nº I a la Resolución General Nº 1841

Diagrama General Proceso liquidación de sellos y tasas

Se imprime el formulario bancario de pago AT 3127 con el detalle del sellado o

T.R.S.

Según el tipo de documento, la cantidad de fojas, copias y el monto, el sistema calcula

el total a pagar.

Por cada documento, el contribuyente brinda la siguiente información al agente de la ATP:

Tipo de Documento presentado

Cantidad de hojas

Número de Copias

Monto

Turno

DNI/CUIT/CUIL/CDI

Nota: Documentos

son los actos, contratos, operaciones y servicios diversos de la Administración Pública

El Contribuyente brinda los Datos al Operador

Nota: Refleja los conceptos del

documento intervenido por el agente. Así como los datos del agente que intervino el documento.

Page 7: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

6

Contribuyente

Contribuyente

“2015 año de las personas con discapacidad, por una sociedad inclusiva”

Av. Las Heras 95 Resistencia – Chaco

//-2- Continuación del Anexo Nº I a la Resolución General Nº 1841

Una vez cotizado el documento se entrega al contribuyente el formulario generado.

El contribuyente abonará el mismo en cualquier sucursal del banco del chaco, caja municipal o agencia de

quiniela. Se entrega al contribuyente el comprobante

Page 8: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

7

RESOLUCION GENERAL Nº 1842

VISTO: El Decreto Provincial Nº 2227/14, La Resolución Conjunta entre el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº 01/15 y la Resolución Nº 1032/15 del citado Ministerio y la Resolución General Nº 1827, y; CONSIDERANDO:

Que las normativas citadas están referidas a la creación de la Unidad de Tasa Diferencial o Sobretasa que se debe abonar por los trámites realizados ante la Dirección del Registro de la Propiedad de Inmueble;

Que el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, única autoridad prevista para establecer el valor de la Unidad de Tasa Diferencial o Sobretasa, ha determinado un nuevo valor de la misma, para el recupero de costos operativos como consecuencia de los servicios prestados por la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble;

Que atento a que este Organismo Fiscal es el encargado de recaudar la sobretasa, es necesario comunicar a los sujetos obligados el nuevo valor de la sobretasa vigente a partir del 15 de junio del corriente año, a través del dictado de la presente normativa;

Que la presente resolución, se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria por la Ley Orgánica N° 330 (t.v.), su modificatoria Nº 5304 (t.v.) y el Código Tributario Provincial (t.v.);

Por ello; LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO RESUELVE: Artículo 1º: Establécese que el nuevo valor de la Unidad Diferencial o Sobretasa que deben abonar quienes tengan que realizar trámites ante la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, asciende a Pesos Sesenta ($60), con vigencia a partir del 15 de junio del 2015; según lo establecido por la Resolución del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad Nº 1032/15, conforme al motivo citado en los considerandos de la presente. Artículo 2º: Tomen razón las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL, 15 de Junio 2015

El banco informa diariamente a esta administración los comprobantes pagados a través de cualquiera de las bocas anteriormente mencionadas.

Page 9: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

8

RESOLUCION GENERAL Nº 1843

VISTO:

La Ley Nº 7510/14 y las Resoluciones Generales Nº 1822, Nº 1833 y Nº 1840, y;

CONSIDERANDO:

Que las citadas normas legales contienen disposiciones relativas al Régimen de Financiación para la Regularización de las Obligaciones Impositivas Provinciales, cuya recaudación se encuentra a cargo de esta Administración Tributaria Provincial; Que en el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 7510 establece que el plazo para el acogimiento al plan, podrá ser ampliado y/o prorrogado por la Administración Tributaria Provincial; Que estando próximo la finalización del plazo señalado, se ha visto incrementado el nivel de presentaciones, como también la coincidencia con los vencimientos de las declaraciones juradas de los tributos nacionales y las manifestaciones en tal sentido de diversos contribuyentes que pretenden la regularización de sus situaciones; asimismo se ha recepcionados de diferentes entidades que nuclean a profesionales, entidades empresariales y/o productores, la solicitud de ampliación del plazo establecido, para poder acceder al beneficio de la moratoria;

Que se ha evaluado la situación antes descripta y en función de ello se entiende razonable prorrogar el plazo de acogimiento hasta el 31 de julio del 2015, inclusive;

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Recaudación Tributaria y sus dependencias;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria Provincial por Ley Orgánica Nº 330 (t.v.); Leyes Nº 5304 y Nº 6611 y el Código Tributario Provincial (t.v.);

Por ello;

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO RESUELVE:

Artículo1º: Reemplácese, de acuerdo a las facultades dadas a ésta Administración Tributaria Provincial por el artículo 2º de la Ley N° 7510, el artículo 1º de la Resolución General Nº 1822, el que quedará redactado de la siguiente manera: “……………………………………………………………………………………………… Artículo 1º: Considérense comprendidas en el Régimen de Financiación, para la Regularización de las Obligaciones Impositivas Provinciales, dispuesto por la Ley Nº 7510, a todas las obligaciones impositivas omitidas por períodos fiscales hasta el 31 de diciembre del 2014, para contribuyentes y/o responsables locales y los encuadrados en el régimen del Convenio Multilateral, incluyendo a las multas por incumplimiento a los deberes formales y/o materiales que se encuentren firmes. El acogimiento podrá formularse hasta el 31 de julio del 2015 inclusive, prorrogándose el vencimiento original en razón de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley 7510. Los contribuyentes y/o responsables podrán, cancelar las obligaciones tributarias con un pago al contado o a través de un plan de facilidades en hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales para contribuyentes directos. En el caso de agentes de retención,

Page 10: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

9

percepción y recaudación de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Adicional 10%- Ley 3565- y Sellos, hasta un máximo de tres (3) cuotas mensuales. ………………………………………………………………………………………………”

Artículo 2°: Estas disposiciones serán aplicables a partir del 01 de julio del 2015.

Artículo 3º: Tomen razón las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ADMINISTRACION TRIBUTARIAPROVINCIAL, 29 de Junio 2015.-

3-OTROS TEMAS DE INTERES

A- CALENDARIO MENSUAL DE VENCIMIENTOS: JULIO/15

1- Impuesto sobre los Ingresos Brutos, comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral

Anticipo Mes de vencimiento

Contribuyentes con Nº de inscripción en el Convenio Multilateral terminados en el Dígito verificador:

0 a 1 Día

2 a 3 Día

4 a 5 Día

6 a 7 Día

8 a 9 Día

6 Julio/2015 13/07/2015 14/07/2015 15/07/2015 16/07/2015 17/07/2015

2- Contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral y Adicional 10% -Ley 3565

ANTICIPOS AÑO 2015

Mes de Vencimiento

Contribuyentes con Nº de inscripción(CUIT) terminados en el Dígito verificador :

0-1 día

2-3 día

4-5 día

6-7 día

8-9 Día

Junio Julio/2015 14 15 16 17 20

Page 11: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

10

3- Agentes de Retención y/o Percepción, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% -Ley 3565- y Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos, excepto los Registros Nacionales de

la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN

PERÍODO

INGRESOS BRUTOS y ADICIONAL 10%

SELLOS

Presentación DDJJ Informativa y pago

Presentación DDJJ Informativa y pago

Junio 13/07/2015 15/07/2015

4- Otros contribuyentes y responsables

I - Fondo para Salud Publica

a) Contribuyentes Locales y los encuadrados en el Convenio Multilateral

Remuneración devengada

Mes de Vencimiento

Contribuyentes con N° de Inscripción (CUIT) terminados en :

0-1 día

2-3 día

4-5 día

6-7 Día

8-9 Día

Junio Julio/2015 15 16 17 20 21

b) Las Direcciones de Administración de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Tesorería General de la Provincia y los Municipios: 15/07/2015.

II – Tasa Ley de Juegos: Período : Junio/15 – vencimiento el 15/07/2015

Los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios la presentación de la Declaración Jurada Informativa del Impuesto de Sellos y los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del ingreso de la tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial:

IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS , ADICIONAL 10% Y SELLOS

MES

SEMANA

Primera Segunda Tercera Cuarta Quinta Sexta

Julio 06/07/2015 13/07/2015 20/07/2015 27/06/2015 03/08/2015 -

Page 12: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

11

B-INFORME DE RECAUDACION JUNIO DE LA A.T.P.

INFORME DE RECAUDACION 2015 DE LA A.T.P.: JUNIO

FECHA CONVENIO MULTILATERAL

CONTRIBUYENTES COMUNES TOTAL

CTA .Nº10176/01 CTA. Nº13983/01 CTA. Nº14374/10

01-jun 18.308.959,39 511.400,66 5.372.068,76 24.192.428,81 02-jun 381.910,12 185.392,51 4.715.476,89 5.282.779,52 03-jun 4.148.005,98 128.647,89 3.693.522,98 7.970.176,85 04-jun 1.600.002,24 1.433.071,47 3.459.055,09 6.492.128,80 05-jun 3.763.178,16 212.120,62 2.200.088,17 6.175.386,95 06-jun SABADO 0,00 07-jun DOMINGO 0,00 08-jun 15.396.592,70 182.400,65 4.312.656,57 19.891.649,92 09-jun 5.403.597,30 458.563,90 5.312.955,57 11.175.116,77 10-jun 8.085.394,80 336.303,46 4.665.609,79 13.087.308,05 11-jun 7.639.269,92 567.618,49 2.770.132,87 10.977.021,28 12-jun 14.370.443,37 349.140,20 8.621.414,35 23.340.997,92 13-jun SABADO 0,00 14-jun DOMINGO 0,00 15-jun 4.285.564,77 418.195,05 8.168.846,01 12.872.605,83 16-jun 1.862.862,02 339.717,11 17.008.638,74 19.211.217,87 17-jun 8.233.188,13 451.392,12 20.845.993,34 29.530.573,59 18-jun 26.557.944,70 518.473,58 9.261.581,55 36.337.999,83 19-jun 9.348.312,82 1.194.208,14 7.170.722,58 17.713.243,54 20-jun SABADO 21-jun DOMINGO 22-jun 15.103.070,91 256.732,21 5.694.472,42 21.054.275,54 23-jun 11.261.349,18 168.706,87 3.591.812,89 15.021.868,94 24-jun 21.391.745,56 241.042,74 3.427.660,19 25.060.448,49 25-jun 5.370.035,61 931.228,03 2.865.732,42 9.166.996,06 26-jun 5.499.437,31 444.298,70 6.774.771,95 12.718.507,96 27-jun SABADO 0,00 28-jun DOMINGO 0,00 29-jun 14.152.178,44 127.909,46 3.493.821,22 17.773.909,12 30-jun 0,00 0,00 19.390.208,46 19.390.208,46 SUB-TOTAL 202.163.043,43 9.456.563,86 152.817.242,81 364.436.850,10

INCENTIVO FISCAL 2.506.039,03 2.506.039,03

MECENAZGO 924.629,47 924.629,47

CALL CENTER 1.366.372,07 1.366.372,07

Page 13: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

12

SPONSORIZACION DEL DEPORTE 1.679.367,24 1.679.367,24

PRO CHACO 64.246,49 64.246,49

TOTAL 202.163.043,43 9.456.563,86 156.247.911,31 370.977.504,40

TOTAL ACUMULADO JUNIO 370.977.504,40

COMPARACION CON EL MES ANTERIOR

29/05/2015 16 ds hábiles

29/06/2015 21 ds hábiles

DIF/MAYO 15 incremento %

302.263.245,29 370.977.504,40 68.714.259,11 22,73

COMPARACION CON EL AÑO ANTERIOR

27/06/2014 19 ds hábiles

29/06/2015 21 ds hábiles

DIF/JUNIO 14 incremento %

237.018.481,22 370.977.504,40 133.959.023,18 56,52

C-PUBLICIDAD

MIÉRCOLES, 1 JULIO, 2015 - 17:30

Page 14: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

13

La recaudación tributaria provincial de junio de 2015 aumentó un

56,52 por ciento respecto al mismo mes del año pasado.-

El gobernador Jorge Capitanich anunció este miércoles que la recaudación tributaria provincial de junio

llegó a 370.977.504,40 pesos, marcando un aumento del 56,52 por ciento respecto al mismo mes del año

pasado. En lo que va del año se recaudaron 1.716.919.090,23 pesos, es decir 45.251.913,4 pesos más que en

el primer semestre de 2014 (cuando se recuadraron 1.264.399.967,09).

Además la recaudación en junio incrementó un 22,73 por ciento respecto a mayo, cuando se recaudaron

302.263.245,29 pesos (es decir se recaudaron 68.714.259,11 pesos más). Estos números marcan un

incremento de 133.959.023,18 pesos respecto a junio de 2014 cuando se recaudaron 237.018.481,22 pesos.

Capitanich, que estuvo acompañado de los ministros de Hacienda y de Industria, Federico Muñoz Femenía

y Sebastián Lifton y el encargado de la Administración Tributaria Provincial (ATP), Ricardo Pereyra,

remarcó que estos recursos se destinan en forma sistemática a diferentes sectores de la provincia. En lo que

en los seis primeros meses de 2015 se transfirieron 1437.3 millones de pesos a Tesorería Provincial (de los

cuales 11.8000.000 pesos fueron destinados a los Consorcios Rurales); 63.355.424,18 fueron transferidos al

Fondo de Salud Pública; 85.786.414 pesos se destinaron a los Consorcios Camineros (que permite el

mantenimiento de 28 mil kilómetros de red terciaria caminera por parte de 101 consorcios que fueron

equipados durante esta gestión, a quienes se le aumentaron casi 10 veces las transferencias). Además señaló

que 82.677.726,63 pesos fueron transferidos a la Dirección de Vialidad Provincial (DVP) para la

pavimentación urbana y rural; 237.983,88 a la Inspección General de Personería Jurídica; 3.590.630,34 pesos

a la Cadena Cárnica, 915.892,74; 643.850 por la ley 2227/14 y 45.378.716,77 pesos para el Fondo de

Desarrollo Industrial.

Participación

Page 15: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

14

Por otro lado el impuesto a los Ingresos Brutos tiene una participación en la recaudación total del 64,59 por

ciento; el Fondo de Salud Pública -solo por la parte de contribución privada- de 7,04 por ciento, la

contribución de sellos es de 15,7 por ciento, los intereses y multas son el 2,12 por ciento.

Resaltó que el Impuesto Inmobiliario Rural tiene una participación del 4,10 y que la recaudación total del

tributo acumulada en los últimos siete años y medio, es equivalente a 121 millones de pesos, cuando en 2007

la base era 1.5 millones de pesos. “Creció, pero es muy poca la contribución relativa: de la totalidad,

prácticamente 27 mil parcelas están excluidas en los alcances de la tributación, ya que sólo afectan a menos

de mil hectáreas,”, aseguró.

Los ingresos de origen nacional alcanzaron en junio a 1.926 millones de pesos, es decir un 41.9 por ciento

más respecto al mismo mes de año anterior y el monto acumulado durante los primeros seis meses del año

fue 9379,86 pesos.

Por otro lado, la tasa de variación interanual también favorece al Fondo de Participación Municipal.

“Cuando nos hicimos cargo de la gestión las transferencias a municipios no superaban los 350 millones de

pesos y este año se proyecta que lleguen a tres mil millones, es decir casi 10 veces más”, destacó y aseguró

que gran parte de las obras que puedan hacer los intendencias son resultado de los transferencias y de la

coparticipación del Fondo Federal Solidario.

Fuente: Diariochaco.com

D-CONCIENCIA TRIBUTARIA

Page 16: BOLETIN TRIBUTARIO Nº 55 JUNIO 2015 - ATPatp.chaco.gob.ar/BOLETIN/Boletin55.pdf · RESOLUCION GENERAL Nº 1 841 VISTO: ... Seguridad y la Administración Tributaria Provincial Nº

Administración Tributaria Provincial-Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas – Provincia del Chaco

(Boletín Tributario Nº 55 Junio 2015)

15

FORTALECIMIENTO TRIBUTARIO: La Modernización de las Finanzas Municipales: Un Paso Esencial para la Fortalecimiento Institucional.Avanzar en el proceso de desarrollo a través de la autonomía municipal exige movilizar de forma más plena los recursos financieros propios. En la “CARTA ULLOA” DE LAS MUNICIPALIDADES LATINOAMERICANAS PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE - Octubre de 2002” se decía: “… Al ser la esfera de gobierno más próxima al pueblo, nos es más fácil fomentar tanto la eficiencia, la participación como la responsabilidad democrática, lo que nos convierte en promotores y facilitadores legítimos del desarrollo sustentable” Ello comporta, respecto de nuestro tema: En primer lugar, mejorar los sistemas fiscales y fortalecer las administraciones tributarias de los entes recaudadores. En segundo lugar, generar un entorno más transparente y cooperativo, que facilite la recaudación y persiga el fraude, los flujos financieros ilícitos y la evasión y aun la elusión. La presente disertación realiza un análisis de estos aspectos, Sugiere diversas medidas que podrían ser apoyadas desde un marco más activo de cooperación. Fuente: Capacitación Tributaria - Cra. Patricia Kalbermatten - Sr.Martín Roldán -( Escuela NNS N° 115- Puerto Tirol- Chaco - 26 de Noviembre del 2014).-