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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATALfondo social europeo

Resolución de concesión de la ayuda económica regulada en el Programa de Recualificación Profesional

El Real Deereto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para pro-mover la transición al empleo estable y la recualifícación profesional de las perso-nas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes10/2011, 26 de agosto, 20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agostosucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos, hadado lugar a una serie de disposiciones de desarrollo por parte de la DirecciónGeneral del Servicio Público de Empleo Estatal.Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga

nuevamente el programa de recualificación profesional de las personas desemple-adas que agoten la prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del RealDecreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero. La Dirección General del Servicio Público deEmpleo Estatal dictó resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se determinala forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas,conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero. Dado que, conforme a lo dispuesto en la disposiciónadicional segunda del citado Real Decreto-Ley, en la que se establece la prórrogaautomática del programa PREPARA, se ha dictado resolución de fecha 24 deenero de 2014, por la que se modifica la de fecha de 1 de agosto de 2013.Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del

procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente estableci-dos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delega-ción de la Directora General de este Organismo de conformidad con lo establecidoen el artículo octavo, número 5, de la citada resolución y asimismo, vista la pro-puesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención DelegadacompetenteAcuerda conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el ANEXO I

de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expre-sión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a26.998,08 euros.Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada resolución,

estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por elFondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por lanormativa nacional y comunitaria.Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaría 482.26 del presupuesto de

gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado ysuficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.

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Contra la presente resolución, que no pone fin a la via administrativa, los inte-resados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo ySeguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 y 122 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.Zamora, 9 de noviembre de 2016.-La Director/a Provincial en funciones, María

Asunción Justo Gómez.

ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN CORRESPONDIENTE AL MES DE NOVIEMBRE DE 2016

Beneficiario importeÁlvarez Sánchez, Lidia 2.396,28Báez Cimarras, Óscar 2.396,28Del Prado Alonso, Elvira 2.396,28Fernández Teijeiro, José Luis 2.396,28Georgiev, Slaveyko 2.396,28Herrera de Prado, David 2.396,28Martín Bollo, Mónica 2.715,78Raigada Martín, María Magdalena 2.715,78Rodríguez Pérez, María del Carmen 2.396,28Sanz Aguilar, Dolores 2.396,28Vega Torrente, María del Pilar 2.396,28Total beneficiarios: 11 Total: 26.998,08

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

comisaría de aguasAnuncio de resolución del expediente de concesión de un aprovechamiento de

aguas públicas, de referencia CP-960/2014-ZA (ALBERCA-INY), con destino aabastecimiento en el término municipal de Hermisende (Zamora).Examinado el expediente incoado a instancia del Ayuntamiento de Hermisende

(P4910700F) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas públicas pro-cedentes de la masa de agua subterránea “Sanabria” (DU-400022), y del arroyoCastromil (DU-256), en el término municipal de Hermisende (Zamora), por un volu-men máximo anual de 15.608,53 m3, un caudal máximo instantáneo de 1,77 l/s, yun caudal medio equivalente de 0,49 l/s, con destino a abastecimiento, estaConfederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por elReal Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley de Aguas, y de acuerdo con el vigente Reglamento del DominioPublico Hidráulico, ha resuelto, con fecha 14 de noviembre de 2016, el otorgamien-to de la concesión de aguas públicas, con las características principales que sereseñan a continuación:Otorgar la concesión de aguas públicas, de acuerdo con las características y

condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyascaracterísticas del derecho son:

- Titulares: Ayuntamiento de Hermisende.- N. I. F.: P4910700F.- Tipo de uso: Riego Abastecimiento (103 habitantes residentes, llegando a 300habitantes en la época estival).

- Uso consuntivo: Sí.- Volumen máximo anual (m3): 15.608,53.- Volumen máximo mensual (m3):

mes Volumen máximo anualOct. 894,04Nov. 865,20Dic. 894,04Ene. 894,04Feb. 814.73Mar. 894,04Abr. 865,20May. 894,04Jun. 1.692,60Jul. 2.604,00Ago. 2.604,00Sep. 1.692,60

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- Caudal máximo instantáneo (l/s): 1,77.- Caudal medio equivalente (l/s): 0,49.- Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea “Sanabria” (DU-400022) ydel arroyo Castromil (DU-256).

- Plazo por el que se otorga: Cincuenta años desde el día siguiente al de la noti-ficación de la resolución de concesión administrativa.

- Titulo que ampara el derecho: La presente resolución de concesión adminis-trativa.El contenido integro de la resolución de concesión puede conocerse acce-

diendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivadoen las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Webwww.chduero.es (lnicio/Tramitación/Resoluciones de Concesión).Valladolid, 14 de noviembre de 2016.-El Jefe del Área de Gestión del D.P.H.,

Rogelio Anta Otorel.

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

comisaría de aguasAnuncio de resolución del expediente de concesión de un aprovechamiento de

aguas subterráneas, de referencia CP-211/2015-ZA (ALBERCA-INY), con destinoa riego en el término municipal de Cazurra (Zamora).Examinado el expediente incoado a instancia de doña Ana María Pineda Pages

(39823650R) y don Lorenzo Eugenio Pérez Carnero (11683731F), solicitando con-cesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas procedentes de la masa deagua subterránea “Tierra del Vino” (DU-400048), en el término municipal deCazurra (Zamora), por un volumen máximo anual de 21.676,66 m3, un caudalmáximo instantáneo de 12,5 l/s, y un caudal medio equivalente de 1,39 l/s, con des-tino a riego, esta Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competen-cia otorgada por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y de acuerdo con el vigenteReglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 14 de noviem-bre de 2016, el otorgamiento de la concesión de aguas subterráneas, con lascaracterísticas principales que se reseñan a continuación:Anular la inscripción que consta en la sección “G” del Registro de Aguas a nom-

bre de don Crescencio José García Vara y otros, con referencia PR-ZA-044-002.Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las característi-

cas y condiciones que figuran en la resolución del expediente refereneiado, y cuyascaracterísticas del derecho son:

- Titulares: Doña Ana María Pineda Pages (39823650R) y don Lorenzo EugenioPérez Carnero (11683731F).

- Tipo de uso: Riego (3,8655 hectáreas).- Uso consuntivo: Sí.- Volumen máximo anual (m3): 21.676,66.- Volumen máximo mensual (m3):

mes Volumen máximo anual (m3)Abr. 1.582,40May. 3.088,92Jun. 5.072,34Jul. 6.375,11Ago. 4.315,82Sep. 1.242,07

- Caudal máximo instantáneo (l/s): 12,5.- Caudal medio equivalente (l/s): 1,39.- Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea “Tierra del Vino” (DU-400048).

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- Plazo por el que se otorga: Cuarenta años desde el día siguiente al de la noti-ficación de la resolución de concesión administrativa.

- Titulo que ampara el derecho: La presente resolución de concesión adminis-trativa.El contenido integro de la resolución de concesión puede conocerse acce-

diendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivadoen las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Webwww.chduero.es (lnicio/Tramitación/Resoluciones de Concesión).Valladolid, 14 de noviembre de 2016.-El Jefe del Área de Gestión del D.P.H.,

Rogelio Anta Otorel.

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

comisaría de aguasAnuncio de resolución del expediente de concesión de un aprovechamiento de

aguas subterráneas, de referencia CP- 966/2015-ZA (ALBERCA-INY), con destinoa uso ganadero y riego en el término municipal de Venialbo (Zamora).Examinado el expediente incoado a instancia de don Ricardo Pérez Sánchez

(11936614M), solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneasprocedentes de la masa de agua subterránea “Tierra del Vino” (DU-400048), en eltérmino municipal de Venialbo (Zamora), por un volumen máximo anual de 9.415,56m3, un caudal máximo instantáneo de 1,69 l/s, y un caudal medio equivalente de0,397 l/s, con destino a uso ganadero, riego, esta Confederación Hidrográfica delDuero, en virtud de la competencia otorgada por el Real Decreto Legislativo 1/2001,de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y deacuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, confecha 14 de noviembre de 2016, el otorgamiento de la concesión de aguas subterrá-neas, con las características principales que se reseñan a continuación:Anular la inscripción que consta en el catálogo de aguas privadas a nombre de

don Ricardo Pérez Sánchez con referencia PC-ZA-234-079.Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdó con las características

y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyascaracterísticas del derecho son:

- Titular: Don Ricardo Pérez Sánchez.- N. I. F.: 11936614M.- Tipo de uso: Riego (1,7000 ha de pistachos y 1,1944 ha de alfalfa, incluidasen esas 1,7000 ha) y uso ganadero 2.000 cabezas de ganado avícola.

- Uso consuntivo: Sí.- Volumen máximo anual (m3): 8.344,05.- Volumen máximo mensual (m3):

mes riego ganadero TotalOct. 75,56 18,60 94,16Nov. 0 18 18Dic. 0 18,60 18,60Ene. 0 18,60 18,60Feb. 0 16,95 16,95Mar. 309,56 18,60 328,16 Abr. 528,93 18 546,93May. 1.093,61 18,60 1.121,21Jun. 1.837,04 18 1.855,04Jul. 2.325,35 18,60 2.343,95Ago. 1.553,48 18,60 1.572,08Sep. 401,37 18 419,37

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- Caudal máximo instantáneo (l/s): 1,69.- Caudal medio equivalente (l/s): 0,397.- Procedencia de las aguas: Masa de aguas subterráneas “Tierra del Vino” (DU-400048).

- Plazo por el que se otorga: Cuarenta años desde el día siguiente al de la noti-ficación de la resolución de concesión administrativa.

- Titulo que ampara el derecho: La presente resolución de concesión adminis-trativa.El contenido integro de la resolución de concesión puede conocerse acce-

diendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivadoen las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Webwww.chduero.es (lnicio/Tramitación/Resoluciones de Concesión).Valladolid, 14 de noviembre de 2016.-El Jefe del Área de Gestión del D.P.H.,

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

zamoraAviso de cobranza

Por Decreto del Alcalde de fecha 5 de diciembre de 2016, se ha aprobado elpadrón fiscal de contribuyentes sujetos al pago de la tasa por el servicio de aguapotable correspondiente, al 5° bimestre de 2016.Se abre periodo voluntario de cobranza de los recibos del citado padrón del 14

de diciembre al 14 de febrero de 2016. El pago se podrá realizar en las entidadesbancadas que se detallan a continuación: Banco Santander. Bankia, BBVA, CajaEspaña Duero, oficinas informatizadas de Correos y cajeros automáticos deCaixabank. Se podrá solicitar duplicado de factura ó documento de pago en las ofi-cinas del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable (Aquona) en hora-rio de atención al cliente de 10:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.Una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas

serán exigidas con los recargos establecidos en el artículo 127 de la Ley GeneralTributaria, los intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.Se recuerda a los contribuyentes que podrán hacer uso de las modalidades de

domiciliación bancaria.Contra los actos de liquidación en él notificados se podrá interponer, dentro del

plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización de la exposi-ción pública, el recurso de reposición, a que se refiere el artículo 14.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de lo dispuesto enel artículo 220 de la Ley General Tributaria, para la rectificación de errores mate-riales, de oficio o a instancia de parte, siempre que no hubiera transcurrido el plazode prescripción.Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que

estime oportuno en derecho.Zamora, 12 de diciembre de 2016.- El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ToroAnuncio

No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición alpúblico del expediente de aprobación de la ordenanza fiscal número 23 regulado-ra de la tasa por utilización de los servicios e instalaciones deportivas y piscinasmunicipales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de aprobacióninicial adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Toro (Zamora), en sesiónordinaria celebrada con fecha 28 de septiembre de 2016, cuyo texto íntegro sehace público a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17.4del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN

DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LAS PISCINAS MUNICIPALES.

Artículo 1.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la

Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 enrelación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, este Ayuntamiento establece la "Tasa por la utilización de los servicios einstalaciones deportivas de las piscinas municipales", que se regirá por la presen-te ordenanza, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado texto.Artículo 2.La presente ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Toro

desde su entrada en vigor hasta su derogación o modificación.Artículo 3.Constituye el hecho imponible de la tasa el acceso y utilización de los servicios

e instalaciones de las piscinas municipales y ¡as actividades dentro de sus recin-tos.Artículo 4.Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas

físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria1 que disfruten utilicen o aprove-chen especialmente los servicios señalados en el artículo anterior.Serán responsables del pago, los padres o tutores de quienes encontrándose

bajo su patria potestad o tutela, conforme a tos artículos 154, 206 y siguientes delCódigo Civil, hagan uso de las instalaciones o se beneficien de la prestación deservicios a que se refiere la presente ordenanza.

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Artículo 5.Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo

las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria.Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los

síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entida-des en general, en los supuestos y con alcance que señala el artículo 43 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.El acceso al recinto obliga al abono de la tarifa correspondiente establecida en

el siguiente artículo, así como a la observancia de las normas de utilización que sehallan expuestas a la entrada del recinto y de las indicaciones verbales que encada momento realicen el personal de seguridad, los monitores y los socorristas.El incumplimiento de esta norma dará lugar al desalojo inmediato, sin perjuicio dela sanción a que una determinada conducta pudiera dar lugar, así como a la repo-sición del daño causado.Artículo 6.A las tarifas contenidas en el artículo siguiente le serán de aplicación las nor-

mas siguientes:1. Los importes indicados en la presente ordenanza incluirán el I.V.A. que encada momento señale la legislación vigente,

2. El pago de las tasas para el acceso a las piscinas únicamente dará derechoal disfrute de las mismas durante la jornada para la que fueron expedidas,perdiendo el derecho adquirido con la expedición de la entrada una vezabandonada la instalación. En el mismo sentido, los abonos solo podrán serutilizados durante el período para el que se adquirieron.

3. Las autorizaciones de uso de las instalaciones se entenderán caducadas conel transcurso del tiempo concertado. La permanencia en aquellas instalacio-nes de un periodo mayor del autorizado supondrá, automáticamente, el naci-miento de una nueva obligación de pago por un nuevo periodo,

4. La temporada de baños será fijada, anualmente, por el órgano gestor decada instalación.

Artículo 7.La cuantía de las tasas será la fijada en la presente ordenanza para cada uno

de los distintos usos, servicios o actividades.abonos precio con iVa (€) precio sin iVa (€) Abono individual 37,5 29,6Abono individual bonificado 25 19,8Abono familiar 27,5 21,7Abono familiar bonificado 21 16,6entradas individuales climatizadaEntrada individual 5,5 4,3 Entrada individual bonificada 4 3,2entrada individuales veranoEntrada individual 2,2 1,7Entrada individual bonificada 1,2 0,9matrícula 37,5 29,6

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El abono permitirá el acceso a las instalaciones de la piscina climatizada, a lasactividades dirigidas dentro de abono y a la piscina de verano.Tendrá la consideración de familia para la obtención del abono, la unidad fami-

liar de al menos dos miembros que lo acredite por medio del libro de familia. Eneste supuesto, cada miembro abonará el precio correspondiente al abono familiarordinario o el precio del abono familiar bonificado correspondiente.Cursos.Se podrán impartir cursos de natación, gimnasia, fitnes, así como de cuantas

especialidades permita el recinto. Dichos cursos podrán ser promovidos directa-mente por la Concejalía de Deportes o por terceros mediante convenios. Se facul-ta a la Junta de Gobierno Local a determinar los calendarios correspondientes acada uno de los cursos en función del interés socialSe establecerá como precio para las actividades físicas dirigidas de 2 horas de

duración semanal que se desarrollen en las instalaciones municipales 45 €/messalvo que por razones justificadas se establezca una tarifa bonificada.El precio de la matrícula se establece igual al del abono individual ordinario y

se abonará por los usuarios cada vez que se solicite un abono.Artículo 8.- Bonificaciones.Para acreditar la pertenencia a alguno de los grupos bonificados establecidos

en la presente ordenanza se deberá presentar el DNI para la obtención de la entra-da individual y de los siguientes requisitos para el abono bonificado:1. Abono bonificado "Tercera edad". Destinatarios/as:a) Mayores de 65 años.b) Que los ingresos familiares no superen el ÍPREM del ejercido en el que seexpide el abono incrementado en un 20 % por cada miembro de la unidadfamiliar.

Documentación necesaria para la "Acreditación usuarios tercera edad" a) Fotocopia del D.N.I.b) Foto tamaño carnet.c) Documento justificativo de ingresos familiares.2. Abono bonificado "Joven". Destinatarios/as:a) Jóvenes hasta 16 años.b) Que los ingresos familiares no superen el IPREM del ejercicio en el que seexpide el abono incrementado en un 20 % por cada miembro de la unidadfamiliar.

Documentación necesaria para la "Acreditación usuarios joven"a) Fotocopia del D.N.Ib) Foto tamaño carnet.c) Documento justificativo de ingresos familiares.3. Abono bonificado "Discapacitados/as"a) Discapacitados/as cuyo grado sea igual o superior al 65%.b) Que los ingresos familiares no superen el IPREM del ejercicio en el que seexpide el abono incrementado en un 20 % por cada miembro de la unidadfamiliar.

c) Los discapacitados/as cuyo grado sea superior al 66% podrán ir acompaña-dos de una persona.

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Documentación necesaria para la "Acreditación usuarios discapacitados":a) Certificado de discapacidad de la comunidad autónoma de Castilla y León odel IMSERSO

b) Fotocopia D.N.I.c) Foto tamaño carnet.d) Documento justificativo de ingresos familiares.Mediante acuerdo de Pleno del ayuntamiento de Toro se podrán reconocer a

Administraciones Públicas o entidades y organismos de ellas dependientes asícomo a los integrantes de entidades privadas de carácter deportivo o social sinánimo de lucro bonificaciones que en ningún caso podrán superar el 10% de lastarifas contempladas en el art. 7 de la presente ordenanza.Artículo 9.- Exenciones.Estarán exentos de pago de la cuota de acceso a las piscinas los menores de

4 años que deberán estar acompañados en todo momento de un adulto responsa-ble de los mismos. Esta exención no alcanzará a aquellas actividades que tengancomo destinatarios a los niños y niñas menores de 4 años.Se establece la exención de pago de la matrícula en los casos de usuarios que

acrediten haber sido beneficiarios de abonos por el uso de las instalaciones de laspiscinas en los dos años inmediatamente anteriores.Artículo 10.- Período impositivo y devengo.1. Para las cuotas de abonados:a) El período impositivo será mensual y comenzará el día en que se produzcadicha alta.

a) Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir el primer día del perío-do impositivo.

1. Para las entradas individualesa) Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir con la utilización de losservicios e instalaciones deportivas y piscinas o realización de actividadesdeportivas por los interesados. Se entiende que la utilización de los serviciosse inicia mediante la entrada en el recinto o instalaciones, o desde que sesolicite cada uno de los servicios.

Artículo 11.- Normas de gestión, declaración e ingreso.1. La cuota de abonados e importe de los servicios o cursos (mensuales) segestionará mediante ingreso por recibo en los plazos y lugares que se deter-mine por la Administración o la empresa concesionaria una vez efectuada elalta inicial como abonado o inscripción en el curso o actividad solicitada.

1. No obstante lo anterior y a efectos de que se devengue por primera vez latasa, los sujetos pasivos formalizarán su inscripción como abonado en lasoficinas designadas al efecto, la correspondiente solicitud e ingresandosimultáneamente la cuota correspondiente mediante el pertinente documen-to de autoliquidación.

2. La primera cuota mensual de los cursos o actividades podrá abonarse, bienmediante autoliquidación e ingreso previo de la primera mensualidad o delimporte total del curso según la duración del mismo, o bien mediante elabono de la primera mensualidad y domiciliación bancaria del resto de cuo-tas

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Artículo 12.- Devoluciones, infracciones y sanciones.1. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de lassanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dis-puesto en los artículos 178 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciem-bre. General Tributaria.

2. En ningún caso se expenderá una entrada ni se permitirá el acceso a las pis-cinas a los niños menores de 15 años si no van acompañados de un adultoque se responsabilice de ellos y en todo caso se aplicará ¡a legislación quea este respecto determina la Junta de Castilla y León. Excepto para la parti-cipación de los cursos.

3. El uso de los abonos es personal e intransferible. A tal efecto, cada usuariotendrá la obligación de adquirir un carnet identificativo con foto reciente, queutilizará cada vez que acceda al recinto. Los usuarios que incumplan estanorma, dejando sus carnets a otras personas, serán sancionados con la anu-lación de la inscripción en vigor.

4. Una vez adquirido un abono, o bien, una vez realizada la inscripción en uncurso, en ningún caso se procederá a la anulación del mismo, ni a la devo-lución, ni compensación del importe una vez transcurridos 5 días desde eldía de pago de la inscripción.

Disposición derogatoria.A la entrada en vigor de la presente ordenanza, quedarán derogados en su

anterior redacción el texto de la ordenanza y sus modificaciones que se expresana continuación:1. Ordenanza fiscal número 23 reguladora de la tasa por la prestación de losservicios de piscina de verano.

2. Ordenanza fiscal número 35 reguladora de la tasa por la prestación de losservicios de piscina climatizada e instalaciones deportivas y de su uso.

Disposición final.La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del

texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.Contra el presente acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 19 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer porlos interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses con-tados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de Zamora.Toro, 12 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

Villaseco del panAnuncio de aprobación inicial

Aprobado ¡nicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, defecha 12 de diciembre de 2016, el presupuesto general, bases de ejecución, y laplantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2017, conarreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora deHaciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el articulo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público elexpediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publi-cación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini-

tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.Villaseco del Pan,13 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

sanToVenia del eslaAnuncio

Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 12 de diciembre del 2016, se han apro-bado inicialmente los siguientes padrones:- Tasa por suministro de agua potable 2016.- Rodaje y arrastre, 2016.- Tránsito de ganados 2016.- Zarceras y puertas 2016.- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2017.Durante el plazo de quince días hábiles, estarán expuestos en la Secretaría del

Ayuntamiento, a los efectos de presentar reclamaciones por parte de los interesa-dos. Si durante el mencionado plazo no producen reclamaciones, o caso de produ-cirse, una vez resueltas, se elevará a definitivo este acuerdo de aprobaciónSantovenia del Esla, 12 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

moralinaAnuncio

A los efectos de lo dispuesto por el art. 169.1 del texto refundido de la Ley regu-ladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, se pone en general conocimiento que en la Intervención de estaEntidad Local se encuentra, expuesto al público el expediente del PresupuestoGeneral para 2017, que fue aprobado inicialmente en la sesión ordinaria del Plenocelebrada el día 13 de diciembre de 2016, acuerdo que será definitivo si no se pre-sentara reclamación o sugerencia alguna.Los interesados legitimados según lo previsto por el art. 170.1 de la citada Ley

de Haciendas Locales, y por alguno de los motivos taxativamente enumerados enel número 2 de dicho art. 170, podrán presentar reclamación con sujeción a lossiguientes requisitos:

A.- Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince dias hábiles con-tados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la provincia de Zamora

B.- Oficina de presentación: Ayuntamiento de Moralina en horario de oficina. C.- Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Entidad.Moralina, 13 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

pinilla de Toro Anuncio

Aprobado inicíalmente por el Pleno municipal de Pinilla de Toro, en sesión ordi-naria de fecha 11 de noviembre de 2016, el proyecto de “Acondicionamiento yrefuerzo del camino rural entre Pinilla de Toro, Villardondiego y la carretera autonó-mica ZA-712”, redactado por el estudio de ingeniería “Arco Ingeniería, Urbanismo yMedio Ambiente S.L.L.”, con un presupuesto de 694.123,20 euros, obra incluida enla convocatoria de subvenciones de acondicionamiento y refuerzo de caminos muni-cipales cuya capa de rodadura esté compuesta por materiales bituminosos, anuali-dad 2015, se expone al público en el Ayuntamiento, por el plazo de quince días acontar desde el siguiente al de la publicación del presenta anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, a efectos de examen y reclamaciones por los interesados.Si durante dicho plazo no se produjeran reclamaciones , dicho proyecto se con-

siderará definitivamente aprobado.Pinilla de Toro, 29 de noviembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

san pedro de cequeAnuncio de aprobación inicial e información publica del Presupuesto General

correspondiente al ejercicio 2017En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112

de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 169 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba él textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se encuentra expuestoal público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto General para el ejercicio2017, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada eldía 1 de diciembre de 2016.Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1

del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por los motivos tasados reco-gidos en el apartado segundo de dicho precepto, podrán presentar reclamacionescon sujeción a los siguientes trámites.1.- Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles apartir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de Zamora.

2.- Oficina de presentación: Registro General.3.- Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.En previsión de lo dispuesto en el artículo 169.1 in fine del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, el presupuesto se considerará definitivamen-te aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, encaso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.San Pedro de Ceque, 2 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VillanueVa de campeán Edicto

El Pleno del Ayuntamiento de Villanueva de Campeán, en sesión ordinaria cele-brada el día 8 de diciembre de 2016, ha aprobado inicialmente el PresupuestoGeneral para el ejercicio 2017.En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la Secretaría de esta Entidad Local durante las horas de oficina y porplazo de quince días hábiles a fin de que los interesados que se seflalan en el art.170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunasy por los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo ante elPleno de este Ayuntamiento.En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el

día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin nece-sidad de acuerdo expreso.Villanueva de Campeán, 8 de diciembre de 2016.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

BusTillo del oroAnuncio de aprobación definitiva

Asunto: Modificación presupuestaria 01/2016, en la modalidad de suplementode creditos.En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del

texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por elReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alega-ciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevadoa definitivo el acuerdo plenario de fecha 7 de noviembre de 2016, relativo a la apro-bación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 01/2016, del presu-puesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo anuevos o mayores ingresos, en los términos que a continuación se exponen:

Suplementos en aplicaciones de gastosaplicación descripción créditos iniciales suplemento de crédito créditos finales

progr. económica161 130.00 Retribuciones básicas 800,00 € 879,86 € 1.679,86 €161 160.00 Seguridad Social 400,00 € 220,14 € 620,14 €920 227.06 Estudios y trabajos técnicos 800,00 € 500.00 € 1.300,00 €931 227.08 Servicios de recaudación a favor de la entidad 1.100,00 € 1.000,00 € 2.100,00 €

Total 3.100,00 € 2.600,00 € 5.700,00 €

Esta modificación se financia con cargo a nuevos o mayores ingresos efectiva-mente recaudados resultantes de la liquidación y cobro de derechos del impuestosobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, en los siguientes términos:

Altas en concepto de ingresoscódigo descripción previsiones iniciales derechos recaudados diferencia113.00 IBI Urbana 11.900,00 € 38.213,41 € 26.313,41 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer direc-tamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos enlos artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dichaJurisdicción.Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recursq-fiosuspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.Bustillo del Oro, 12 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOBrime de urz

AnuncioEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.D. Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto Generaldefinitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOSIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.250,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.862,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.650,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 205,00

A.2) Operaciones de capital6 Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.250,00

B) operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 104.217,00

Gastoscapítulo euros

a) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.349,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 51.751,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A.2) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.500,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.617,00

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capítulo eurosB) operaciones financieras

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.569,48

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104.217,00

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/86,de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento:

Personal funcionario:- Número de plazas 1- Secretaría Intervención.Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la ComunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.Brime de Urz, 13 de diciembre de 2016.–El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

granucillo de VidrialesAnuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.D. Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto Generaldefinitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOSIngresos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.450,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.825,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.350,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.370,00

A.2) Operaciones de capital6 Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

B) operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 112.995,00Gastos

capítulo eurosa) operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.169,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 71.667,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.650,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.000,005 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.200,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50,00

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Page 26: (BOP 145 (19-12-2016) Maquetaci n 1) · 2016. 12. 19. · Zamora, 9 de noviembre de 2016.-La Director/a Provincial en funciones, María Asunción Justo Gómez. ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN

capítulo eurosB) operaciones financieras

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101.736,00Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la ComunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.Granucillo de Vidriales, 14 de diciembre de 2016.–El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

micereces de TeraAnuncio

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegacionesdurante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a defi-nitivo el expediente de modificación de créditos n.º 1/2016, del Presupuesto envigor, que se hace público resumido por capítulos:

PRESUPUESTO DE GASTOScapítulos consignación anterior aumentos o disminuciones consignación final CAP I Gastos de personal 98.525,00 € 98.525,00 €CAP II Gastos bienes corr. y s. 124.329,00 € 124.329,00 €CAP III Gastos financierosCAP IV Transf. corrientes 20.320,00 € 20.320,00 €CAP VI Inversiones reales 7.500,00 € 50.000,00 € 57.500,00 €CAP VII Transf. capital CAP IX Pasivos financieros

ToTal 250.674,00 € 50.000,00 € 300.674,00 €

PROCEDENCIA DE LOS FONDOSDe remanente de Tesorería, superávit del ejercicio anterior: 50.000,00 €Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer direc-tamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos enlos artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dichaJurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso nosuspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnadoMicereces de Tera, 14 de diciembre de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalOTRAS ENTIDADES LOCALES

mancomunidad “el raso de Villalpando”Anuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto gene-ral de esta mancomunidad para el ejercicio 2016, una vez aprobado definitivamen-te, conforme con el siguiente:

RESUMEN POR CAPITULOSIngresos

capítulo eurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas, precios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . . 0,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.300,00

A.2) Operaciones de capital6 Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

B) Operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.300,00

Gastoscapítulo euros

A) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.500,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 4.750,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo eurosA.2) Operaciones de capital

6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

B) Operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152.910,83

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ante la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.Villalpando, 2 de diciembre de 2016.-El Presidente.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2

zamoraNIG: 49275 44 4 2010 0001294. Modelo: N81291. ETJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES0000056/2011. Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000620/2010. Sobre ORDINARIO.DEMANDANTE: Don FLORIAN LANCHO TEJADO. ABOGADO: Don TOMÁS MURIEL MARTÍN. DEMANDA-DO/S: JOSÉ MARÍA PRADA LÓPEZ, FOGASA. ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA.

EdictoDon Rafael Lizán Rufilanchas, Letrado de la Administración de Justicia del

Juzgado de lo Social n.º 002 de Zamora, hago saber:Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000056/2011, de este

Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Florian Lancho Tejado contra donJosé María Prada López, FOGASA, se ha dictado decreto en la que se acuerdasacar asubasta por medios electrónicos el vehículo Matricula: 9646DDH, marcaPorche, modelo: Cayenne, n.º de bastidor: WP1ZZZ9PZ4LA49460.Y para que sirva de notificación en legal forma a don José María Prada López,

en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia de Zamora.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando

copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial,salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.En Zamora, a siete de noviembre de dos mil dieciséis.-El/La Letrado de la

Administración de Justicia.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2

zamoraNIG: 49275 44 4 2015 0000130. Modelo: N28150. ETJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES0000082/2016. Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000066/2015. Sobre ORDINARIO.DEMANDANTE: Doña BLANCA LOBÓN CASADO. ABOGADO: Don TOMÁS MURIEL MARTÍN. DEMANDA-DO/S: GESTIÓN HOSTELERA DEL TERA, S.L., FOGASA. ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA.

EdictoDon Rafael Lizán Rufilanchas, Letrado de la Administración de Justicia del

Juzgado de lo Social n.º 002 de Zamora, hago saber:Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000082/2016, de este

Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Blanca Lobón Casado contrala empresa Gestión Hostelera del Tera, S.L., FOGASA, se ha dictado.

DECRETO N.º 243/16Y para que sirva de notificación en legal forma a Gestión Hostelera del Tera,

S.L., en ignorado paradero, haciéndole saber que en la sede de dicho Juzgadopodrá tener conocimiento íntegro del acto; que la notificación surte efectos desdela fecha de la publicación en el Boletín; que contra el mismo cabe recurso de repo-sición, ante este Órgano Judicial, en el plazo de tres días, y expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.En Zamora, a siete de diciembre de dos mil dieciséis.-El/La Letrado de la

Administración de Justicia.

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