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BOLETÍN OFICIAL BOLETÍN OFICIAL N.º 9 - VIERNES 24 DE ENERO DE 2020 Pág. 1 www.diputaciondezamora.es -- BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES Administración: Excma. Diputación Provincial de Zamora Domicilio: Plaza Viriato, s/n 49071 ZAMORA Teléf.: 980 559 300 - Ext. 1495 [email protected] D.L.: ZA/1-1958 ADVERTENCIA EDITORIAL.- Todas las inserciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora se regirán por lo esta- blecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la Provincia de Zamora (B.O.P. n.º 42, de 8 de abril de 2009) y por la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios del Boletín Oficial de la Provincia de Zamora (B.O.P. n.º 42, de 8 de abril de 2009). PRESENTACIÓN DE ORIGINALES.- Los usuarios del Boletín Oficial de la Provincia están obligados a presentar los originales tanto en copia impresa como en formato digital (preferiblemen- te realizados en cualquier programa de tratamiento de texto o en formato PDF abierto). Ambos originales deben ser copia exacta en los contenidos. Cód. Validación: LTWWGRLNG56WA6N2XWN5WZWWN | Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 113

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www.diputaciondezamora.es -- BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNESAdministración:

Excma. Diputación Provincial de ZamoraDomicilio: Plaza Viriato, s/n

49071 ZAMORATeléf.: 980 559 300 - Ext. 1495

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ADVERTENCIA EDITORIAL.- Todas las inserciones en elBoletín Oficial de la Provincia de Zamora se regirán por lo esta-blecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de laProvincia de Zamora (B.O.P. n.º 42, de 8 de abril de 2009) y porla Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación delos Servicios del Boletín Oficial de la Provincia de Zamora(B.O.P. n.º 42, de 8 de abril de 2009).PRESENTACIÓN DE ORIGINALES.- Los usuarios del BoletínOficial de la Provincia están obligados a presentar los originalestanto en copia impresa como en formato digital (preferiblemen-te realizados en cualquier programa de tratamiento de texto oen formato PDF abierto). Ambos originales deben ser copiaexacta en los contenidos.

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III. Administración LocalDiPuTAción PROvinciAL De ZAmORA

SERVICIO DE PERSONALAnuncio

convocatoria y bases de un proceso selectivo para la formación de una Bolsa deempleo con la categoría de conductor mecánico de vehículos aprobadas por acuer-do de la Junta de Gobierno de la excma. Diputación Provincial de Zamora en sesiónordinaria celebrada el día 8 de enero de 2020, cuyo texto se inserta a continuación:

AcueRDOPrimero.- Aprobar las bases que se incluyen en el Anexo de este acuerdo, que

han de regir el proceso selectivo que permita disponer de los aspirantes necesa-rios para formar una Bolsa tipo B de las contempladas en el vigente Reglamentode composición y Gestión de Bolsas de Trabajo de esta excma. DiputaciónProvincial Zamora, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora núme-ro 31, de 12 de marzo de 2008, al objeto de realizar contrataciones en régimenlaboral temporal o el nombramiento de funcionarios en régimen interino con la cate-goría profesional de conductor mecánico de vehículos, para el desempeño indis-tintamente de las funciones de conductor de Turismos, conductor de camión o deconductor de maquinaria de los puestos de la Relación de Puestos de Trabajo deesta entidad local.

Segundo.- convocar un proceso selectivo de acuerdo con las bases que semencionan en el apartado anterior.

el anuncio de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provinciade Zamora.

Tercero.- La gestión de la bolsa de empleo que se forme como consecuenciadel proceso selectivo citado anteriormente se ajustará a lo previsto en elReglamento de composición y Gestión de Bolsas de Trabajo de esta excma.Diputación Provincial Zamora.

Las contrataciones o los nombramientos, en su caso, se formalizarán de acuer-do con las necesidades de esta entidad local.

AneXOBASeS De LAS PRueBAS SeLecTivAS PARA LA FORmAciOn

De unA BOLSA De TRABAJO TiPO B De cOnDucTOR mecAnicO De veHÍcuLOS De LAS PReviSTAS en eL ReGLAmenTO De cOmPOSición Y GeSTión De BOLSAS De TRABAJO

De LA eXceLenTÍSimA DiPuTAción PROvinciAL De ZAmORA (BOP ZA n.º 31, De 12 De mARZO De 2008)

1.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.1) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:

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a) Los nacionales de los estados miembros de la unión europea.b) el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros

de la unión europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que noestén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podránparticipar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dichaedad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratadosinternacionales celebrados por la unión europea y ratificados por españa enlos que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.Los aspirantes no residentes en españa incluidos en el apartado a), asícomo los extranjeros incluidos en los apartados b) y c), deberán acompañara su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funcio-nes que se deriven del puesto a desempeñar.

con el objeto de poderse comprobar este requisito el aspirante se comprome-terá a someterse a un reconocimiento médico practicado por los servicios de pre-vención y salud laboral de esta entidad local previamente a su nombramiento comofuncionario en caso de ser requerido para ello.

3) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado laedad máxima de jubilación forzosa.

4) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos cons-titucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilita-ción absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

en caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situaciónequivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impi-da, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5) Titulación: estar en posesión del Título de Graduado en educaciónSecundaria Obligatoria o titulación equivalente a la misma, en la fecha en que ter-mine el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso selec-tivo.

6) Otros: estar en posesión de un permiso de conducción c de españa conplena validez o de un permiso de conducción expedido en otro país con plena vali-dez en españa que autorice, como mínimo, para la conducción de los vehículos alos que autoriza a conducir el permiso de conducción de españa citado anterior-mente, y estar en posesión del certificado de Aptitud Profesional (cAP).

2.- Pruebas selectivas.2.1. Primer ejercicio.De carácter teórico, consistirá en contestar a un cuestionario de 60 preguntas

relacionadas con el programa que figura en esta convocatoria con cuatro respues-tas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta. el tiempo máximo para la rea-lización de este ejercicio será de sesenta minutos.

no se podrá disponer de ninguna documentación para la realización del ejercicio.el Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que los

ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. elTribunal calificador podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examenfiguren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de losautores.

Al total de la puntuación obtenida inicialmente se le aplicará una proporción de

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manera tal que el resultado final obtenido se corresponda de forma proporcional ala puntuación inicial con una calificación entre 0 y 10 puntos. el Tribunal calificadorteniendo en cuenta el nivel de conocimientos de los aspirantes presentados y antesde conocer su identidad, decidirá cuál será la puntuación inicial mínima para supe-rar este ejercicio.

Después de realizado el ejercicio, y con anterioridad a la corrección delmismo, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios de la sede elec-trónica de la corporación la lista provisional de las respuestas correctas del ejer-cicio propuesto, a los efectos de que por los interesados se puedan realizar ale-gaciones sobre las mismas, a cuyo efecto dispondrán éstos de un plazo de sietedías naturales.

Aprobada la lista definitiva de respuestas correctas el Tribunal calificador reali-zará la corrección de los ejercicios realizados y publicará, posteriormente, el anun-cio comprensivo del resultado de esta prueba en el Tablón de Anuncios de la sedeelectrónica de la corporación, con la calificación de los aspirantes que hayan supe-rado la misma.

2.2.- Segundo ejercicio.De carácter práctico, se determinará por el Tribunal calificador en base a los

trabajos propios de las funciones a realizar por los aspirantes.este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Será necesario obtener 5 puntos

para aprobarlo.2.3. Calificación final.Para superar el proceso selectivo será necesario haber superado los dos ejer-

cicios de los que consta el mismo.La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo será igual a la

suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.en caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a

la mejor puntuación en el segundo ejercicio. Si siguiera persistiendo el empate elorden se establecerá a favor del género infrarrepresentado en el colectivo profesio-nal del proceso selectivo.

3.- Aspirantes incluidos en la Bolsa de Trabajo. Se propondrá por el Tribunal calificador al órgano convocante una lista de aspi-

rantes cuyo orden de prelación situará primero, y por orden de puntuación, a los quehabiendo superado el proceso selectivo hubieran obtenido mayor puntuación en elmismo. De acuerdo con la propuesta del Tribunal calificador la Presidencia de lacorporación formará una Bolsa de empleo tipo B de las anteriormente citadas.

4.- Forma de presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo se formaliza-

rán en el modelo que figura en el Anexo i de estas bases, que se facilitará en lasdependencias de esta corporación Provincial y se insertará en la página web deesta Diputación Provincial: www.diputaciondezamora.es.

en dicha solicitud los aspirantes declararán que reúnen todos los requisitos exi-gidos en esta convocatoria.

el plazo de presentación de las solicitudes será de diez (10) días naturales acontar desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio de laconvocatoria y las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la DiputaciónProvincial de Zamora o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley

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39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de lasAdministraciones Públicas.

Si alguna solicitud adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado paraque en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos precep-tivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluido de la lista deadmitidos. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de ofi-cio o a petición del interesado.

expirado el plazo de presentación de solicitudes la Presidencia de lacorporación dictará resolución en el plazo máximo de tres meses declarando apro-bada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se hará pública enel Tablón de Anuncios de la sede electrónica de la corporación y en su página web,concediéndose un plazo de diez (10) días naturales contados a partir de dichapublicación, a efectos de reclamaciones, que de haberlas serán resueltas en laresolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y exclui-dos, que será hecha pública, asimismo, en la forma indicada anteriormente.

Si no hubiera aspirantes excluidos, se publicará directamente la lista definitivade aspirantes admitidos con señalamiento del lugar y fecha de comienzo del pro-ceso selectivo, así como la composición del Tribunal calificador.

5.- Tribunal Calificador.el Tribunal calificador, que se clasifica en la categoría tercera del art. 30 del

Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 60 del texto refundido del estatuto Básico del empleado Público, aprobado porel R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, se ajustará a los principios de imparcialidad yprofesionalidad de sus miembros, y se tenderá en su composición a la paridadentre mujer y hombre, estando constituido de la siguiente forma:

- Presidente: Titular y suplente, que serán funcionarios de carrea de laDiputación.

- Secretario: el de la corporación o funcionario de la misma en quien delegue.Se designará, igualmente, un suplente.

- vocales: cuatro titulares y cuatro suplentes, todos ellos funcionarios de carrera.el Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de

la mitad de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siemprenecesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán pormayoría. está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse duran-te el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto enlas presentes bases para garantizar el normal desarrollo de la convocatoria.

Se podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebascorrespondientes que estime necesarios, limitándose dichos asesores a prestar sucolaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notifi-cándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando con-curran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 deoctubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.- Programa.Tema 1.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos labo-

rales: Definiciones. Derecho a la protección frente a los riesgos labo-rales. Principios de la acción preventiva. medidas de protección y medidas de emergencia, equipos de protección individual.

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Tema 2.- Aritmética: Los números naturales. Operaciones básicas. Porcentajes. Sistema de medidas. Geometría: líneas. Ángulos. Figuras planas. cuerpos geométricos. Áreas. volúmenes. escalas.

Tema 3.- motores térmicos. Tipos y diferencias. elementos básicos de los motores de gasolina y diésel. Sistemas de alimentación, refrigera-ción, distribución y engrase.

Tema 4.- Transmisiones: Tipos y elementos. embragues: Tipos, funcionamien-to y averías. cajas de cambio: Tipos, funcionamiento y averías. Árboles de transmisión y rótulas. Grupos cónicos, palieres y mandos finales. Tracción y propulsión y sus averías más frecuentes. Transmisiones hidrostáticas e hidrodinámicas. Sistema hidráulico. Oposiciones conductor maquinista oposiciones.

Tema 5.- Lubricantes: Funciones, características, composición. Lubricantes en automoción.

Tema 6.- Sistema eléctrico: misión y funcionamiento. Batería. Generador de energía. Puesta en marcha. Sistema de alumbrado. Sistemas eléc-tricos auxiliares.

Tema 7.- Sistema de dirección y de suspensión: Su necesidad y fundamentos básicos. elementos del sistema de dirección. Dirección asistida. Geometría. mantenimiento del sistema de dirección. elementos del sistema de suspensión. Suspensión neumática. mantenimiento del sistema de suspensión. Sistema de frenado. Tipos de freno. Sistema de accionamiento neumático. Sistemas de mejora de la eficacia del frenado. cuidados y mantenimiento. Otros sistemas de frenado.

Tema 8.- Ruedas y neumáticos. concepto y misión de las ruedas. elementos de una rueda: llanta y cubierta. Tipos y nomenclatura de neumáticos. cuidados y mantenimiento.

Tema 9.- Retroexcavadora: Partes de las retroexcavadoras. medidas preven-tivas. métodos de trabajo de la retroexcavadora. mantenimiento.

Tema 10.- motoniveladoras: modelos, funciones y componentes. métodos de trabajo de la motoniveladora. mantenimiento.

Tema 11.- Reglamento de Policía de carreteras de la excma. Diputación Provincial de Zamora. introducción. Disposiciones generales. Limitaciones.

Tema 12.- elementos de drenaje superficial de plataforma y márgenes: cauces. cunetas. Bajantes. colectores. comprobación hidráulica de elemen-tos lineales. Sumideros. Arquetas y pozos. Areneros. Balsas de retención. elementos de laminación. Filtros y sistemas de infiltración. Bombeos. Otros elementos de drenaje superficial.

Tema 13.- materiales y unidades de obra: Aspectos generales. Ligantes bitumi-

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nosos. conglomerantes. Zahorra natural. Zahorra artificial. macadam. Suelos estabilizados in situ con cal. Suelos estabilizados in situ con cemento. Suelocemento. Gravacemento. Gravaemulsión. Hormigón compactado. Riegos de imprimación. Riegos de curado. Riegos de adherencia. macadam bituminoso por penetración. Riegos con gravilla. Lechadas bituminosas. mezclas bituminosas en frío. mezclas bituminosas en caliente. Pavimentos de hormigón vibrado. Reciclado de firmes in situ con cemento. Reciclado de pavi-mentos bituminosos in situ con emulsión bituminosa.

Zamora, 10 de enero de 2020.-el Presidente, Francisco José RequejoRodríguez.

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ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCATORIA

DATOS PERSONALES

TÍTULOS ACADÉMICOS OFICIALES Exigido en la convocatoria: Centro Expedición:

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

% Grado: Minusvalía: Física Psíquica Sensorial

Adaptaciones que se solicitan y motivo:

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1.- Dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de minusvalía (en su caso).

OTROS DATOS A CONSIGNAR

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a las que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Función Pública y las especiales señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud y a someterse a un reconocimiento médico practicado por los servicios de prevención y salud laboral de esta entidad local al objeto de comprobar su capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar, previamente a su nombramiento como funcionario en caso de ser requerido para ello. Igualmente el abajo firmante DECLARA que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Diputación Provincial de Zamora le ha informado que incorporará los datos aportados en esta solicitud a un fichero para su tratamiento, y publicación en Boletines Oficiales, tablones de anuncios, Sede Electrónica y en general cualquier medio que se utilice para las comunicaciones de los resultados parciales o definitivos del proceso y para la correcta preparación y ejecución de las �������� ������� ������ ��� ����� ����� ��� ������ ���� �� ���� � ���� �� ��� ���� ������� ��� ����� expresa su conformidad de acuerdo a las bases que rigen este proceso

�������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA.

Categoría: Fecha del anuncio

DNI: Apellidos: Nombre:

Sexo: Varón Mujer

Fecha Nacimiento: Provincia Nacimiento: Localidad Nacimiento:

Nacionalidad: Nº Teléfono: Email: Domicilio (Calle/Plaza/Trav. y nº ):

C.P.:

Municipio: Provincia:

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ZAMORAAnuncio

La Junta de Gobierno Local de este excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 14 de enero de 2020, acuerda:

Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases para la provisión, en propiedad,de dos (2) plazas de Bombero mediante concurso-Oposición Libre, escala deAdministración especial, Subescala de Servicios especiales, adscrito al S.e.i.,correspondientes a la Oferta de empleo Público de 2019.

BASeS De LA cOnvOcATORiA PARA LA PROviSión, en PROPieDAD De DOS PLAZAS De BOmBeRO meDiAnTe cOncuRSO-OPOSición

LiBRe, eScALA De ADminiSTRAciOn eSPeciAL, SuBeScALA De SeRviciOS eSPeciALeS, ADScRiTO AL S.e.i., cORReSPOnDienTe

A LA OFeRTA De emPLeO PuBLicO DeL AÑOS 20191.- Objeto de la convocatoria.es objeto de la presente convocatoria la provisión, en propiedad, de dos plazas

reservadas a funcionarios de carrera pertenecientes al Grupo c, Subgrupo c2 delos previstos en el artículo 76 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octu-bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico delempleado Público, encuadradas en el Grupo de Administración especial,Subescala de Servicios especiales, clase Servicio de extinción de incendios, cate-goría Bombero, dotadas presupuestariamente con nivel 16 de complemento dedestino, pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones o emolumentos quecorrespondan con arreglo a la legislación vigente.

Las citadas plazas se relacionan en la Oferta de empleo Público de esteexcmo. Ayuntamiento para el año 2019, debidamente publicadas en los respecti-vos diarios oficiales y habiendo remitido los acuerdos aprobatorios de las mismasa la Administración General del estado, a los efectos de lo establecido en el artícu-lo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

mediante acuerdo a adoptar por el mismo órgano que apruebe la convocatoriase podrá ampliar el número de plazas convocadas siempre y cuando existieren pla-zas vacantes presupuestadas económicamente cuya cobertura resulte imprescin-dible, tal acuerdo deberá estar precedido de informe que acredite la necesidad deincrementar las plazas. Dicha ampliación deberá producirse necesariamente conanterioridad al inicio del primero de los ejercicios de esta oposición.

conforme al artículo 43 de la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Públicade castilla y León y a tales efectos, se constituirá una Bolsa de empleo para lacategoría de Bombero en la que quedarán integrados aquellos aspirantes que,habiendo ejercido esta opción en la solicitud de participación del proceso selectivo,hubieran aprobado el tercer ejercicio de la fase de oposición.

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el R.D.L. 5/2015, de30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto

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Básico del empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para lareforma de la Función Pública; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General deingreso del Personal al servicio de la administración General del estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civi-les de la Administración General del estado, y las Bases de esta convocatoria

2.- Número y características de las plazas.el número de las plazas a proveer y su denominación es la que, a continuación,

se indica: escala de Administracion especial: Subescala de Servicios especiales.Servicio de extincion de incendios. Dos Bomberos. Grupo c, Subgrupo c2.

el sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. unavez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo.

3.- Requisitos de los aspirantes. 3.1.- Para ser admitido a la realización de las Pruebas Selectivas, los aspiran-

tes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Ser español o nacional de algún estado miembro de la unión europea.b) Tener cumplidos 16 años de edad, el día que termine el plazo de presentación de

instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.c) estar en posesión del Título de Graduado escolar, Formación profesional de

Primer Grado, Técnico Auxiliar, Formación de Grado medio, eSO u otra titula-ción equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine elplazo de presentación de solicitudes. en el caso de titulaciones obtenidas enel extranjero, estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que limite o impida eldesempeño de las correspondientes funciones establecidas en el cuadro deexclusiones, así como poseer la capacidad funcional necesaria para el des-empeño de las tareas propias de la categoría a la que se pretende acceder.

e) no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio alestado, a las comunidades Autónomas o a las entidades Locales, ni hallar-se inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) no hallarse incurso en los supuestos de incapacidad e incompatibilidadesprevistas en la Ley 53/ 1984, de 26 de diciembre y demás disposiciones con-cordantes.

g) Hallarse en posesión del permiso de conducir tipo “c + e”. el permiso citadodeberá estar en vigor en todo momento, a partir del plazo establecido parasu exigencia, durante el resto del proceso selectivo y hasta el nombramien-to en propiedad como funcionario de carrera, debiéndose mantener a lo largode toda la carrera administrativa.

h) Licencia de navegación o titulación náutica superior según Real Decreto875/2014, de 10 de octubre.

Observación: Las obligaciones serán tanto comprensivas de la conducción ymantenimiento de los vehículos y embarcaciones, como las de trabajos de bombe-ros propiamente dichos.

3.2.- Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán cumplirse por losaspirantes en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias y

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gozar de los mismos a lo largo de todo el proceso, y asimismo deberán mantener-se a lo largo de la carrera profesional. una vez adquirida la condición de funciona-rio de carrera, la concurrencia sobrevenida de exclusiones físicas o causas deincapacidad funcional será valorada por los servicios médicos que analizarán elgrado de aptitud y/o capacidad del funcionario para el desempeño de sus tareas.

4.- Publicidad de la convocatoria y de las pruebas.Tanto la convocatoria como sus Bases, se publicarán íntegramente en el

Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, en el Boletín Oficial de la comunidadAutónoma de castilla y León y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento deZamora.

el extracto de los anuncios de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficialdel estado y deberá contener denominación de la escala, subescala y clase paracuyo ingreso se convocan las pruebas selectivas, corporación que las convoca,clase y número de plazas, fecha y número del boletín o diarios oficiales en que sehan publicado las bases y la convocatoria.

una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de lasrestantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento deZamora, sito en la planta baja de la casa consistorial con, al menos, doce horasde antelación, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata deuno nuevo.

Por su parte, los resultados de cada una de las pruebas, así como cualquierotro anuncio o comunicación distinto de los anteriores se publicarán en el tablón deanuncios del ayuntamiento, pudiendo utilizarse también para ello, a título mera-mente informativo, la página web del Ayuntamiento (www.zamora.es.es).

5.- Solicitudes.5.1.- La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo que

figurará en la sede electrónica del excmo. Ayuntamiento de Zamora, en el que losaspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones quese exigen en las presentes Bases, así como manifestar que se compromete, en sucaso, a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida en el RealDecreto 707/79, de 5 abril. Así como, ejercitar la opción de participación en la Bolsade empleo que se genere en el proceso selectivo.

Dicho modelo estará también disponible en la página web del Ayuntamiento deZamora.

De conformidad con las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, que esta-blece en su artículo 12 la obligación de las Administraciones públicas de garantizarque los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medioselectrónicos, poniendo a su disposición los canales de acceso que sean necesa-rios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen y delartículo 14.3 de la citada norma, se establece la obligatoriedad del uso de medioselectrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en la presente con-vocatoria.

Por otra parte, el artículo 56 del texto refundido de la Ley del estatuto Básico delempleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octu-bre, establece entre los requisitos para poder participar en el correspondiente pro-ceso selectivo la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. ello deter-mina la exigencia de que los empleados públicos reúnan las habilidades necesarias

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para su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la tramitación electrónicade expedientes y en su relación con la propia administración empleadora.

Por su parte, el artículo 55.f) del texto refundido de la Ley del estatuto Básicodel empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, establece entre los principios rectores del acceso al empleo público el deagilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección, suponiendo,la simplificación de los medios de inscripción en un único sistema electrónico, unamayor agilización de la tramitación y facilitará la accesibilidad de los ciudadanos,que podrán realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentrodel plazo previsto en la convocatoria.

Dicho modelo estará también disponible en la página web del Ayuntamiento deZamora.

A las instancias se deberá de adjuntar: 5.1.1.- Fotocopia del Dni o, en su caso, documento que lo sustituya. 5.1.2.- Justificante de haber abonado los derechos de examen.5.1.3.- Fotocopia de los permisos y licencias requeridos en la base 3.1.g) y h).5.1.4.- meritos debidamente acreditados. cada aspirante, deberá presentar los

méritos a valorar en la Fase concurso. Sólo son admitidos documentosoriginales o fotocopias debidamente compulsadas, debiendo acreditarsede la forma siguiente:- el desempeño de puestos de trabajo en la Admón. Pública en la cate-

goría de bombero: mediante certificaciones emitidas por los correspon-dientes ministerios, organismos autónomos o entidades Locales dondelos citados puestos hubieran sido desempeñados.

- Titulación y cursos de formación: Los títulos, diplomas y cualquier otromerito alegado deberán ser presentados el documento original o foto-copia compulsada.

5.2.- Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento, en elplazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezcael último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el BoletínOficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de castilla y León, y en extracto en elBoletín Oficial del estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de lasAdministraciones Públicas. en el caso de que se opte por presentar la solicitudante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la misma seafechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada.

5.3.- Los derechos de examen se fijan en 12,00 euros, y serán satisfechos encualquiera de las entidades Financieras colaboradoras en la Recaudación, en elmodelo oficial de autoliquidación "Tasa Derecho de examen" que podrá obtenerse enla Sede electrónica del Ayuntamiento de Zamora, http://www.zamoratributos.es/ofici-navirtual/sedeelectronica.aspx, en el que se hará constar la convocatoria a la queoptan y cuyo resguardo se unirá a la solicitud.

en ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución deltrámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo esta-blecido en las bases. Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fue-ren admitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exi-gidos para tomar parte en las mismas. La falta de abono de los derechos de exa-men determinará la exclusión de la persona aspirante.

Se establece un régimen de beneficios fiscales para el supuesto de participa-ción en pruebas selectivas consistente en una bonificación del 75% sobre la cuota

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íntegra para los aspirantes que figuren en situación de desempleo con una antigüe-dad como demandantes de empleo de, al menos, 90 días y así lo acrediten en elmomento de la solicitud mediante certificación expedida por el Servicio Público deempleo competente en el periodo de presentación de la solicitud. A los efectos deesta deducción no se considerarán desempleados los inscritos como mejora deempleo.

6.- Admisión de aspirantes.6.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente

del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos yexcluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, páginaweb municipal y Boletín Oficial de la Provincia, concediendo un plazo de diez díashábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defec-tos que han motivado su exclusión.

6.2.- Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el alcalde-pre-sidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admiti-dos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la casa consistorialy Boletín Oficial de la Provincia.

6.3.- contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrati-vo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de castilla y León en el plazode dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidadcon lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora la jurisdicción contencioso-administrativa. igualmente, con carácter pre-vio y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguien-te a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Adminis-traciones Públicas.

7.- Tribunal calificador de las pruebas.Los respectivos tribunales calificadores, se designarán de conformidad con lo

dispuesto en el art. 4, apartados e) y f) del Real Decreto 896/91, de 7 junio, por elque se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarseel procedimiento de selección de los Funcionarios de Administración Local, asícomo de conformidad con el art 60 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico del empleado Público.

La composición del Tribunal será la siguiente:- Presidente: el Jefe de Bomberos de Zamora o miembro en quien delegue.- Secretario: el Secretario de la corporación que actuará con voz y sin voto o

funcionario en quien delegue- vocales:

1) un representante designado por la comunidad Autónoma.2) un representante a propuesta de la Junta de Personal.3) Dos representantes designados por la corporación.

no obstante, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funciona-rios pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la selección. Se deberádesignar el mismo número de miembros suplentes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurranlas circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de

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Régimen Jurídico del Sector Público. igualmente y por las mismas causas podránse recusados por los aspirantes.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, y éste no podrá constituir-se sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros titulares o suplentes, sien-do siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario actuando este últi-mo con voz. Todos ellos deberán poseer titulación igual o superior a las exigidaspara el acceso a las plazas convocadas.

Los tribunales calificadores podrán disponer la incorporación a sus trabajos deasesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas.

Dichos asesores, que actuarán con voz, pero sin voto, se limitarán al ejerciciode sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaboraránen el órgano de selección.

Todos los miembros integrantes de los tribunales calificadores tendrán derechoa la percepción de "asistencias" por la concurrencia a la celebración de las PruebasSelectivas, siendo su cuantía las fijadas en el Real Decreto 462/2002, de 24 demayo y demás normas que las actualizan.

Las categorías de distintos tribunales, que se determinan en el artículo 30 delmencionado Real Decreto, se corresponderán jerárquicamente con la clasificaciónde las plazas a proveer, realizadas según el art. 76 del RDL 5/2015, de 30 de octu-bre y 25 de la Ley 30/84, de 2 agosto.

8.- Desarrollo de los ejercicios.Los aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios provistos de su

Documento nacional de identidad, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquiermomento para que acrediten su identidad.

Para los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, el orden de actua-ción de las personas aspirantes en todas las pruebas se iniciará de conformidadcon las previsiones de la Resolución de la Secretaría de estado de Administracio-nes Públicas (vigente en el momento de publicación de la presente convocatoriaen el Boletín Oficial de la Provincia) por la que se publique el resultado del sorteoa que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por elque se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de laAdministración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General delestado.

el día, hora y lugar de realización del Primer ejercicio de la fase de oposiciónserá anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la corporación.Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán porel Tribunal, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina web, con 12 horasde antelación, si se trata del mismo ejercicio y 24 horas, si se trata de uno nuevo.Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba, hasta el comienzo del siguien-te deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, que-dando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo ala hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados porel Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento delTribunal que alguno o algunos de los aspirantes carecen de los requisitos necesa-rios para participar en la convocatoria, lo comunicará al ilmo. Sr. Alcalde, la cual

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deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades enque hubiesen podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

9.- Procedimiento de selección.el procedimiento de selección constará de las siguientes fases:A) Fase de concurso.esta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá

tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. en esta fase se calificarán los méritos alegados y acreditados por los aspiran-

tes, presentadas en la forma establecida en la Base 5.1.4 valorándose de acuerdocon los baremos fijados en las presentes bases.

Se tendrán en cuenta los siguientes méritos, con la valoración que se señala,referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La fasede concurso no supondrá una valoración superior al 40% de la puntuación total delconcurso-oposición.

B) Fase de Oposición.Los ejercicios que habrán de realizar los aspirantes para la provisión de las pla-

zas que se incluyen en esta convocatoria y los programas que figuran en el Anexoii de las Bases.

no será obligatoria la publicación de los sucesivos Anuncios de la celebraciónde los restantes ejercicios, en los períodos oficiales que sólo se harán públicos porel Tribunal, en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en elTablón de Anuncios de esta corporación.

10.- Calificación de los ejercicios.Todos los ejercicios de la Fase Oposición, tienen el carácter de eliminatorios,

calificándose cada uno de ellos de cero a diez puntos, siendo necesario para apro-bar, alcanzar una puntuación mínima de cinco puntos, se exceptúan aquellos paralos cuales en el Anexo i se establece un sistema distinto de calificación.

en los ejercicios deberá garantizarse siempre que sea posible el anonimato delos aspirantes. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorga-das por los distintos miembros del mismo y dividiendo el total por el número deasistentes a aquel, siendo eliminados, a estos efectos, la puntuación máxima ymínima concedidas cuando exista una desviación de dos puntos sobre la mediaaritmética o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. La califi-cación total y definitiva será la medida aritmética de las calificaciones obtenidas encada ejercicio puntuable.

11.- Puntuación y propuesta de nombramiento.La calificación total y definitiva de las Pruebas Selectivas convocadas por el pro-

cedimiento de concurso-oposición, será la resultante de sumar a la media aritméti-ca de las puntuaciones obtenidas en la Fase Pposición, la calificación otorgada porel Tribunal en la Fase concurso. Dicha calificación total y definitiva será determinan-te a efectos de establecer el orden de puntuación final de los aspirantes.

concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de lacorporación, la relación de aspirantes por orden de puntuación. Seguidamente, elTribunal calificador elevará al ilmo. Sr. Alcalde o al miembro de la corporación que,por delegación de aquél, ostentare la Jefatura directa de personal, junto con el actade la última sesión, la propuesta de nombramiento en prácticas a favor de los aspi-

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rantes que habiendo superado todos los ejercicios, hubieran obtenido plaza, preci-sándose que el número de propuestos no podrá rebasar el número de plazas con-vocadas, salvo las vacantes que se hubieran originado.

12.- Presentación de documentos y nombramiento.el aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la corporación, dentro del

plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a aquél en que se hagapública la relación de aprobados y consiguiente Propuesta de nombramiento, a quehace referencia la Base anterior, los documentos acreditativos de las condicionesde capacidad y requisitos exigidos en la Base 3.1.:

a) Fotocopia del D.n.i. (acompañado de su original, para compulsar), o consen-timiento del interesado para verificación de su identidad

b) Fotocopia del titulo exigido (acompañado de su original, para compulsar), parael acceso al subgrupo c2 de los previstos en el artículo 76 del RDL 5/2015.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expe-diente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas nihallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Permiso de conducir tipo “c +e”. e) Licencia de navegación o titulación náutica superior según Real Decreto

875/2014, de 10 de octubre. Quienes dentro del plazo indicado y, salvo caso de fuerza mayor, no presenta-

sen la documentación, no podrán ser nombrados quedando anuladas todas susactuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurridopor falsedad en su instancia.

una vez cumplidos los requisitos procedentes, el nombramiento de los aspiran-tes que superen las pruebas establecidas y, en su caso, los correspondientes cur-sos selectivos, corresponderá al ilmo. Sr. Alcalde o al miembro de la corporaciónque, por delegación de aquél, ostente la Jefatura directa de personal.

Será nulo el nombramiento como Funcionario de este excmo. Ayuntamiento dequienes estén incursos en causa de incapacidad específica, conforme a la norma-tiva vigente.

Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes natu-ral, a contar del siguiente a que sea notificado dicho nombramiento. Aquellos queno tomen posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedarán en situa-ción de cesantes.

Los nombramientos referidos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.13.- Incidencias.el Tribunal calificador queda autorizado para resolver las dudas que se presen-

ten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de estas pruebas selecti-vas, en todo lo no regulado en estas Bases.

14.- Bolsa de trabajo.Finalizados los procesos selectivos de bombero quedara sin efecto la bolsa de

trabajo del actualmente existente y se creará una nueva bolsa de trabajo de bom-bero que se formará con los candidatos que hayan participado en los ejercicios dela fase de oposición correspondientes a la convocatoria de nuevo ingreso convo-cada por el excmo. Ayuntamiento de Zamora, mediante el sistema de concurso-oposición Libre y que hubiesen aprobado o declarado aptos en los ejercicios de lafase de oposición hasta la tercera prueba inclusive.

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Los aspirantes que constituyan la Bolsa de empleo, cuando sean requeridospara incorporarse, deberán realizar un curso de formación básica de 200 horas deduración en las instalaciones del Servicio de extinción de incendios delAyuntamiento de Zamora, con arreglo al programa que se establezca teniendo encuenta el perfil formativo del puesto de trabajo establecido en el documentoevaluación de Riesgos Ayuntamiento de Zamora, salvo que ya hayan trabajado enanteriores bolsas de empleo del Servicio de extinción de incendios delAyuntamiento de Zamora por un periodo mínimo de seis meses.

La prioridad entre los mismos vendrá determinada, de mayor a menor, porla puntuación final global obtenida en el citado proceso selectivo en la fase deoposición hasta la cuarta prueba inclusive mas la valoración de la fase de con-curso.

en caso de empate por número y nota de ejercicios aprobados en la fase deoposición correspondiente a esta convocatoria de nuevo ingreso realizada por elexcmo. Ayuntamiento de Zamora para la categoría de bombero, el orden se esta-blecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición en laprimera prueba, si aun persistiese, a la mayor puntuación obtenida en la segundaprueba y de persistir se tomara la mayor puntuación de la tercera prueba y de per-sistir se tomara la mayor puntuación de la cuarta prueba.

Finalmente, de persistir dicho empate, se resolverá por sorteo.Para el nombramiento como funcionario interino de los integrantes de la bolsa

deberán someterse antes de su nombramiento al reconocimiento médico que seestablece en el Anexo 2 y superarlo con la calificación de apto. Si no superaradicha calificación no será nombrado funcionario interino y decaerá en su derechoa estar en la bolsa.

15.- Legislación supletoria.Será de aplicación a la presente convocatoria, en lo no previsto por estas

Bases, la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local;RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de laLey del estatuto Básico del empleado Público, Real Decreto Legislativo781/86, de 18 abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposicio-nes legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 365/95, de 10marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personalal servicio de la Administración del estado; Real Decreto 896/91, de 7 junio, porel que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debeajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de AdministraciónLocal.

16.- Impugnación.contra la convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la

misma, que agoten la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-admi-nistrativo ante la correspondiente Sala de lo contencioso-Administrativo de estacapital, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publi-cación de la convocatoria en el BOe, o bien previamente, con carácter potestativo,recurso de reposición ante el órgano autor de la disposición impugnada en el plazode un mes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar , en su caso, cual-quier otro que estimen procedente, en los casos y en la forma establecida en lavigente Ley de Procedimiento Administrativo común de las AdministracionesPúblicas.

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AneXO iPRimeRO.-SiSTemA De SeLección

el sistema de selección será el de concurso-Oposición.- Fase concurso: consistirá en la valoración de los méritos referidos. La fase de

concurso, no tendrá carácter eliminatorio, según establece el art. 4 del RealDecreto 896/1991 de 7 de junio, que regula el procedimiento de selección de losFuncionarios de Administración Local. esta fase se valorará de 0 a 25 puntos.

- Fase Oposición: consistirá en la superación de los seis ejercicios eliminato-rios de dicha fase. La calificación total de esta fase vendrá determinada por lamedia aritmética de las puntuaciones de las cuatro primeras pruebas de queconsta la fase.

SeGunDO.- FASe De cOncuRSOMéritos a valorar

el Tribunal valorará los méritos alegados y acreditados por los aspirantes en laforma que se establece en la base 5.1.4, conforme al siguiente baremo:

a) Por servicios prestados en el excmo. Ayuntamiento de Zamora, en la cate-goría específica de bombero 0,10 puntos por mes de servicio completo conun máximo de 8 puntos.

b) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en la categoríaespecífica de bombero 0,10 puntos por mes de servicio completo con unmáximo de 8 puntos.

c) Por estar en posesión de otras titulaciones académicas, con un máximo de4 puntos. - Por el título de bachiller, técnico o equivalente: 0,50 puntos.- Por el título de Técnico Superior o equivalente: 1,00 puntos.- Por el titulo de Grado o equivalente: 2,00 puntos.

d) cursos de Formación y Perfeccionamiento: (máximo 5 puntos).cursos relacionados con las funciones propias del Servicio de extinción de

incendios y Salvamento impartidos por las diferentes Administraciones Públicas uOrganismos privados debidamente homologadas, mAP, Ayuntamiento de Zamora,otras corporaciones Locales, comunidades Autónomas, ministerio de educación,universidades, el SciS, y las Organizaciones Sindicales realizados dentro delAcuerdo de Formación continua de las Administraciones Públicas:

- Se computará a 0,006 puntos por hora de curso.- no se puntuarán aquellos cursos que no tengan certificadas las horas de

duración documentalmente.- Tampoco serán objeto de valoración los cursos que formen parte de un plan

de estudios para la obtención de una titulación académica. - A estos efectos, se entenderá como un solo curso la realización de distintas

ediciones del mismo curso.- no serán acumulables los periodos de prestación de servicios que sean simul-

táneos en el tiempo.- Sólo se valorará la titulación académica superior, si los estudios inferiores

conducen a la realización de los superiores.

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La valoración de estos méritos se realizará por el Tribunal calificador concarácter previo a la Fase de Oposición y la puntuación así obtenida únicamenteservirá a efectos de determinación de la calificación total y definitiva de los aspiran-tes que hayan superado todos los ejercicios de la Fase Oposición.

FASe De OPOSiciOn:consistirá en la superación de los seis ejercicios eliminatorios.Primer ejercicio: Supuesto escrito y obligatorio en el que el aspirante demues-

tre el conocimiento del callejero, término municipal, situación de edificios singula-res, oficiales e históricos, accidentes geográficos, caminos y empresas significati-vas de Zamora en un tiempo, a determinar por el Tribunal, máximo de dos horas.

este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será eliminatoria necesitando obtener almenos 5 puntos.

Segundo ejercicio: Los aspirantes deberán superar las pruebas físicas especi-ficadas en el Apéndice i del siguiente detalle, que se calificarán según se recogeen el desarrollo de las mismas. el hecho de no realizar o superar alguna de laspruebas llevará consigo la eliminación del aspirante y no podrá pasar a la siguien-te prueba o ejercicio.

Los aspirantes deberán aportar, en el momento del llamamiento para este ejer-cicio, un certificado médico, en impreso oficial, con fecha inferior a dos meses acontar desde el día en que se celebre el primer ejercicio, que lo considere apto delas condiciones establecidas en el Apéndice ii de este Anexo, así como de poderrealizar las pruebas físicas especificadas en el Apéndice i. Sin este documento nose podrán realizar las pruebas físicas, debiendo ser aportado en el momento pre-vio a la realización de la prueba, no siendo válidos ni fax, ni fotocopias. el órganode Selección comprobará los requisitos de los certificados médicos, antes del ini-cio de los ejercicios de que consta la prueba. el incumplimiento de alguno de losrequisitos expuestos conllevará, para el aspirante, su eliminación del proceso deselección y la pérdida de los derechos de participación.

el excmo. Ayuntamiento de Zamora promoverá los medios adecuados para eldebido cronometraje de las pruebas a realizar.

en el transcurso de las Pruebas Físicas, o una vez finalizadas las mismas, sepodrá realizar, a criterio del tribunal, control del consumo de estimulantes o de cual-quier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los aspirantes, siendo eli-minados de la oposición los que resulten positivos.

APÉnDice iPruebas de aptitud física

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal, y deacuerdo con las siguientes reglas:

A) Subir a brazo, por una cuerda lisa, a la altura de 6 m. en un tiempo máximode 14 segundos para hombres y 15 segundos para mujeres. Únicamente podrán realizarse dos intentos. el segundo intento solo podrárealizarse en el supuesto de intento nulo del primero.

B) carrera de agilidad-velocidad (Test de Barrow). Recorrer dos veces un cir-cuito establecido en un tiempo máximo de 28,99 segundos para hombres y29,99 segundos para mujeres.

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Únicamente podrán realizarse dos intentos. el segundo intento solo podrárealizarse en el supuesto de intento nulo del primero.

c) Lanzamiento de balón medicinal de 5 kg. (hombres) y 3 kg. (mujeres) a unadistancia de mínima de 7,00 m. para los hombres y 5,50 m para las mujeres.Dos intentos, puntuando el mejor de ellos.

D) Salto de longitud en foso, sin carrera, con los pies pararelos, una distanciamínima de 2 metros 30 centímetros para hombres y de 2 metros 5 centíme-tros para mujeres. Dos intentos, puntuando el mejor de ellos.

e) carrera de resistencia muscular: 1.500 m. en un tiempo máximo de 5 minu-tos y 5 segundos en hombres y 5 minutos 15 segundos mujeres. Únicamen-te podrá realizarse en un único intento.

F) Prueba de equilibrio: Recorrido pasando a pie sobre un tablón situado a la alturade 1 m. y 12,5 cm. de ancho debiendo recorrer 3 metros de ida y 3 metros devuelta portando un balón medicinal de 5 kg. en un tiempo máximo de 11 segun-dos para los hombres y de 13 segundos para las mujeres. Apto o no apto. elsegundo intento solo podrá realizarse en el supuesto de intento nulo del primero.

G) natación: nadar en estilo libre 100 metros (máximo 1 minuto y 30 segundos parahombres y 1 minuto y 35 segundos para mujeres). Únicamente en un único intento.

Superar los tiempos máximos o no llegar a los mínimos en las pruebas corres-pondientes supone la eliminación automática del aspirante.

La nota final de este segundo ejercicio vendrá determinada por la nota mediadel conjunto de las pruebas superadas.

DeSARROLLO De LAS PRueBAS FÍSicASA) Subir a brazo por una cuerda lisa de 6 metros en 14 segundos para hombres

y de 15 segundos para mujeres.1.- Disposición: el aspirante tomará la cuerda, con ambas manos, partiendo

de la posición de sentado.2.- ejecución: cuando esté dispuesto comenzará el ascenso no pudiendo tocar

el suelo con las piernas una vez comenzada la prueba, no podrá hacerpresa en la cuerda con los pies ni con las piernas, irá trepando a lo largo dela misma hasta alcanzar, con las dos manos, la marca situada en la cuerda.

3.- intentos: Únicamente podrán realizarse dos intentos. el segundo intentosolo podrá realizarse en el supuesto de intento nulo del primero.

4.- medición: se efectuará directamente y a la vista, apoyándose en las mar-cas previamente colocadas en la cuerda.

5.- invalidaciones: Se considerará que no es válida la realización cuando:- no se alcance con ambas manos la marca establecida.- Se pare a descansar durante el ascenso.- Se supera el tiempo máximo establecido.

TIEMPOHombres Mujeres PUNTOSDe 13,00” a 14,00” De 14,00” a 15,00” 5 puntosDe 12,00” a 12,99” De 13,00” a 13,99” 6 puntosDe 11,00” a 11,99” De 12,00” a 12,99” 7 puntosDe 10,00” a 10,99” De 11,00” a 11,99” 8 puntosDe 9,00” a 9,99” De 10,00” a 10,99” 9 puntos< 9,00” < 10,00” 10 puntos

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B) carrera de agilidad-velocidad (Test de Barrow). Recorrer dos veces un cir-cuito establecido en un tiempo máximo de 28,99 segundos para hombres y 29,99segundos para mujeres.

1.- Disposición: De pie al lado del poste y tras la línea de salida.2.- ejecución: Recorrer un circuito en forma de ocho delimitado por cinco pos-

tes, cuatro de ellos señalando los vértices de un rectángulo de 8,66 metrospor 5 metros, y el quinto en el centro (ver gráfico). Los aspirantes debencompletar dos vueltas al circuito, una en cada sentido (Recorrido A y B en elgráfico). el tiempo entre el final del primer recorrido y el comienzo del segun-do será de 25 segundos.

3.- medición: Será manual con cronómetro que se pondrá en funcionamiento aliniciar el aspirante la prueba y se detendrá cuando el aspirante traspase lalínea de llegada. el resultado de la medición será la suma de los tiemposempleados en ambos recorridos (A y B).

4.- intentos: Únicamente podrán realizarse dos intentos. el segundo intentosolo podrá realizarse en el supuesto de intento nulo del primero.

5.- invalidaciones: La no realización de la prueba en el tiempo establecido de28 segundos. Derribar alguno de los postes. Salirse del recorrido.

GRÁFicO eXPLicATivO De LA PRueBA:

TIEMPOHombres Mujeres PUNTOSDe 28,00” a 28,99” De 29,00” a 29,99” 5 puntosDe 26,00” a 27,99” De 27,00” a 28,99” 6 puntosDe 24,00” a 25,99” De 25,00” a 26,99” 7 puntosDe 22,00” a 23,99” De 23,00” a 24,99” 8 puntosDe 20,00” a 21,99” De 21,00” a 22,99” 9 puntos< 20,00” <21,00” 10 puntos

c) Lanzamiento de balón medicinal de 5 kg. (hombres) y 3 kg, (mujeres) a unadistancia de mínima de 7,00 m. para los hombres y 5,50 m para las mujeres.

1.- Disposición: el aspirante se colocará frente al foso de arena sin rebasar lalínea de lanzamiento.

2.- ejecución: con los pies separados y simétricos y el balón sostenido con

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GRÁFICO EXPLICATIVO DE LA PRUEBA:

MEDIDAS DE LOS LADOS: 5 m. por 8,66 m.

8,66 m.

5 m.

RECORRIDO A

RECORRIDO B

5 m.

8,66 m.

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ambas manos por encima y detrás de la cabeza deberán lanzar un balón de5 Kg. (hombres) y 3 Kg. (mujeres) con todas sus fuerzas. el aspirante nopodrá efectuar carrera antes de lanzar el balón.

3.- medición: La distancia se medirá desde la línea de lanzamiento hasta lamarca más próxima a la misma, realizada en el suelo por el balón.

4.- intentos: Dos intentos, puntuando el mejor de ellos 5.- invalidaciones:

- Podrán elevar los talones y plantas de los pies, pero sin separarlos delsuelo.- es nulo el lanzamiento cuando el aspirante impulse el balón con una sola

mano, o no lo efectúe por encima de la cabeza.- Será nulo, asimismo, cuando el lanzamiento no alcance la distancia míni-

ma establecida.- no podrán tocar ni rebasar la línea marcada como tope.- Al terminar abandonarán el lugar por la parte posterior.- marca mínima para hombres: 7,00 metros. marca mínima para mujeres:

5,50 metros.DISTANCIA

Hombres Mujeres PUNTOSDe 7,00 a 7,24 m. De 5,50 a 5,74 m. 5 puntosDe 7,25 a 7,49 m. De 5,75 a 5,99 m. 6 puntosDe 7,50 a 7,74 m. De 6,00 a 6,24 m. 7 puntosDe 7,75 a 7,99 m. De 6,25 a 6,49 m. 8 puntosDe 8,00 a 8,25 m. De 6,50 a 6,75 m. 9 puntos> 8,25 m. > 6,75 m. 10 puntos

D) Salto de longitud en foso, distancia mínima 2 metros 30 centímetros parahombres y 2 metros y 5 centímetros para mujeres.

1.- Disposición: el aspirante se colocará frente al foso de arena sin rebasar lalínea de salto.

2.- ejecución: cuando se halle dispuesto el aspirante apoyando los dos pies enel suelo, proyectará su cuerpo hacia adelante. está permitido el balanceosobre puntera-talón del pie o la elevación del talón antes del salto.

3.- medición: La distancia se medirá desde la línea de partida hasta la marca máspróxima a la misma, realizada en el suelo por cualquier parte del cuerpo.

4.- intentos: Dos intentos, puntuando el mejor de ellos.5.- invalidaciones:

- es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneode los pies en el suelo.

- es nulo el salto en que el aspirante no rebase la marca establecida.LONGITUD

Hombres Mujeres PUNTOS2,30 m. 2,15 m 5 puntosDe 2,31 a 2,40 m. De 2,16 a 2,25 m 6 puntosDe 2,41 a 2,50 m. De 2,26 a 2,35 m 7 puntosDe 2,51 a 2,60 m. De 2,36 a 2,45 m 8 puntosDe 2,61 a 2,70 m. De 2,46 a 2,65 m 9 puntos> 2,70 m. > 2,65 m 10 puntos

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e) carrera de resistencia muscular 1.500 metros, tiempo máximo 5 minutos y 5segundos para hombres y 5 minutos y 15 segundos para mujeres.

1.- Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado,pudiendo realizar la salida de pie o agachado sin tacos.

2.- ejecución: La propia de una carrera de resistencia.3.- medición: Será manual, con un cronómetro y se pondrá en funcionamiento

a la señal de comienzo de la prueba y se detendrá cuando el aspirante tras-pase la línea de llegada.

4.- intento: un intento.5.- invalidaciones: excederse del tiempo establecido.

TIEMPO Hombres Mujeres PUNTOSDe 5,00’00” a 5,05’00” De 5,10’00” a 5,15’00” 5 puntosDe 4,55’00” a 4,59’99” De 5,05’00” a 5,09’99” 6 puntosDe 4,50’00” a 4,54’99” De 5,00’00” a 5,04’99” 7 puntos De 4,45’00” a 4,49’99” De 4,55’00” a 4,99’99” 8 puntosDe 4,40’00” a 4,44’99” De 4,50’00” a 4,54’99” 9 puntos< 4,40’00” < 4,50’00” 10 puntos

F) Prueba de equilibrio: Recorrido pasando a pie sobre un tablón situado a la altu-ra de 1m. y 12,5 cm. de ancho, Se realizará un recorrido de tres metros de ida y tresmetros de vuelta (6 metros en total), debidamente señalizados en la propia barra.

1.- Disposición: el aspirante a la señal indicada por el Tribunal se colocarásobre el tablón. el ejercicio se ejecutará la ida andando hacia delante y lavuelta andando hacia atrás (de espaldas), portando un balón medicinal de 5kg. en las manos, en un tiempo no superior a 12 segundos y 00 centésimaspara los aspirantes masculinos y 14 segundos y 00 centésimas en el casode las aspirantes femeninas.

2.- ejecución: cuando el aspirante esté dispuesto sobre la barra, portando elbalón medicinal con ambas manos a la vez y en todo momento, se efectua-rá el recorrido completo de ida y vuelta a lo largo de la barra, andando ocorriendo, realizando la entrada frontalmente a la señal de inicio.

3.- medición: Pisando la señal de partida comenzará a contabilizarse el tiempo.Se desplazará hasta el extremo opuesto y allí, tras rebasar la señal estable-cida al efecto con los dos pies, regresará de espaldas hasta volver a reba-sar la primera señal con los dos pies, momento en el que terminará de con-tabilizarse el tiempo de ejecución.

4.- intentos: el segundo intento solo podrá realizarse en el supuesto de intentonulo del primero (Se dejará como mínimo un intervalo de 1 minuto y 30segundos de descanso para realizar el segundo intento).

5.- invalidaciones:- Se considerará nulo cuando el aspirante:- Se caiga o se salga de la barra.- no rebase con los dos pies las señales de los extremos (se entenderá reba-

sada la señal sólo si existe contacto de ambos pies en las marcas señaladas). - no mantenga contacto continuo del balón medicinal con ambas manos. - Toque con las manos o con cualquier parte del cuerpo que no sean los

pies la barra una vez de pie y comenzado el ejercicio.- Sobrepase el tiempo máximo establecido.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORAN.º 9 - VIERNES 24 DE ENERO DE 2020 Pág. 24

G) natación: nadar 100 metros (máximo 1 minuto y 30 segundos para hombresy 1 minuto y 35 segundos para mujeres).

1.- Disposición: Los aspirantes podrán realizar la salida tanto desde el borde desalida como desde dentro de la piscina. en este caso deberá tocarse clara-mente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.

2.- ejecución: una vez dada la salida, por el Tribunal, los aspirantes realizaránnadando 100 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde dellegada con alguna de las manos.

3.- medición: Será manual, a pie de piscina.4.- intentos: Únicamente en un único intento.5.- invalidación: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que,

aún cuando haya nadado los 100 m., lo haya hecho sujetándose en algunaparte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempreque haya superado el tiempo establecido.

TIEMPOSHombres Mujeres PUNTOSDe 1’28,00” a 1’30,00” De 1’33,00” a 1’35,00” 5 puntosDe 1’25,00” a 1’27,99” De 1’30,00” a 1’32,99” 6 puntosDe 1’20,00” a 1’24,99” De 1’25,00” a 1’29,99” 7 puntosDe 1’15,00” a 1’19,99” De 1’20,00” a 1’24,99” 8 puntosDe 1’10,00” a 1’14,99” De 1’15,00” a 1’19,99” 9 puntos< 1’10,00” < 1’15,00” 10 puntos

La calificación total del segundo ejercicio de la oposición, vendrá determinadapor la media aritmética de la puntuación de las seis pruebas calificables de queconsta el ejercicio.

Tercero ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo máximo dedos horas, tres temas extraídos a la suerte de entre los comprendidos en el Anexoii Programa, correspondiendo a cada uno de los grupos del programa. el Tribunalpodrá convocar a los aspirantes para la lectura del ejercicio que tendrá lugar losdías y horas que señale el tribunal.

este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será eliminatoria necesitando obtener almenos 5 puntos.

cuarto ejercicio: consistirá en la realización de una prueba práctica relaciona-da con el manejo de útiles, herramientas, vehículos, etc., a determinar por elTribunal, donde se valorará el conocimiento, habilidad, destreza, seguridad y rapi-dez en la ejecución del ejercicio. este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será elimi-natoria necesitando obtener al menos 5 puntos.

Quinto ejercicio: Prueba psicotécnica. Tendrá carácter eliminatorio y consistiráen la contestación de varios cuestionarios acomodados a las condiciones psicotéc-nicas propias del puesto a desempeñar, en especial atendiendo a aptitudes men-tales y de personalidad. esta prueba se realizará por personal técnico adecuado.Si el Tribunal lo estima pertinente, acordará la celebración de entrevistas, destina-da a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas ypara determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. La calificaciónserá de Apto y no Apto.

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Sexto ejercicio: Reconocimiento médico.- Los aspirantes deberán superar, unreconocimiento médico que se ajustará a las condiciones establecidas conforme elsiguiente detalle, puntuándose el ejercicio como apto y no apto.

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AneXO iiPROGRAmA-BOmBeROS

Materias comunes:GRuPO iTema 1.- La constitución de 1978.estructura y contenido. Título i. Derechos

y deberes fundamentales.Tema 2.- La organización territorial del estado en la constitución. Principios

generales. La Administración Local y las ccAA. Los estatutos deAutonomía.

Tema 3.- estatuto de Autonomía de castilla y León. Organización de lacomunidad y Régimen de competencias. Atribuciones de los órga-nos de Gobierno de la comunidad.

Tema 4.- Las entidades Locales. La corporación. el municipio.Tema 5.- el Alcalde. características y nombramiento. Principales atribuciones.Tema 6.- el Ayuntamiento. composición. características. Funcionamiento.

Principales atribuciones del Ayuntamiento en Pleno y de la Junta deGobierno Local.

Tema 7.- el procedimiento administrativo: Principios generales. Fases.Formas de finalización

Tema 8.- el personal al servicio de las Administración local. clases.Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios

Tema 9.- Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funciona-rios. Régimen disciplinario.

Tema 10.- normativa sobre igualdad y violencia de Genero. especial referen-cia al excmo. Ayuntamiento de Zamora.

Materias específicas: GRuPO iiTema 1.- Teoría del fuego. Química del fuego. clases de fuego. Productos de

la combustión. Transmisión del calor. Tema 2.- extinción: clases. Agentes extintores. métodos de extinción. Tema 3.- Transportes de materias peligrosas. Legislación vigente. A.D.R.

normas de actuación en caso de accidente o avería. clases de mer-cancías peligrosas. Riesgos. Paneles naranja. etiquetas de peligro.

Tema 4.- columna seca. Puertas contra-fuego. Hidrantes. Bocas de incendioequipadas. extintores portátiles. Detectores de incendios.

Tema 5.- equipos y materiales contra incendios: mangueras, lanzas, siste-mas de unión de mangueras. equipos de espuma. equipos autóno-mos de respiración. equipos de rescate.

Tema 6.- Reacción y resistencia al fuego de los elementos constructivos.comportamiento de las estructuras y materiales ante el fuego.

Tema 7.- Sistemas de detección y extinción automática de incendios: compo-nentes básicos de las instalaciones. extinción por agua, espuma,polvo y por agentes gaseosos: anhídrido carbónico, gases limpios ohalocarbonados, gases inertes.

Tema 8.- el incendio forestal: Proceso de combustión. Propagación del calor.

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Los combustibles forestales. Factores que influyen en el comporta-miento del incendio. Herramientas. Sistemas de extinción. normasde actuación en este tipo de incendios.

Tema 9.- La protección personal del Bombero en el siniestro. equipos.comunicaciones. Protección contra el calor. Protección de las víasrespiratorias. Protección contra agentes químicos y biológicos.

Tema 10.- vehículos contra incendios y salvamento. clasificación, nomencla-tura y características generales. Recomendaciones en la conduc-ción de vehículos en emergencia. Seguridad vial.

GRuPO iiiTema 1.- nociones de construcción: Tipos de edificios. materiales de cons-

trucción. Partes de un edificio: elementos portantes, tabiques, aber-turas y estructuras.

Tema 2.- Servicios generales de un edificio: electricidad, gas, saneamientovertical, agua corriente. características principales.

Tema 3.- evacuación de humos y gases de un edificio: chimeneas, clases dechimeneas, medidas a adoptar en caso de incendio en una chime-nea, aparatos elevadores; ascensores, montacargas. medidas aadoptar en caso de accidente.

Tema 4.- Red de saneamiento de una ciudad. nociones generales. causasde inundación. medidas a adoptar en caso de inundación.

Tema 5.- Apeos, entibaciones y apuntalamientos. Definición. nomenclaturade las piezas más usuales. clases.

Tema 6.- Socorrismo: Definición. normas generales de actuación ante unaccidente. Anatomía y fisiología humana: Sistemas respiratorio, car-diocirculatorio y locomotor.

Tema 7.- Heridas y hemorragias: clasificación y comportamiento. Quemaduras:clasificación, manejo y complicaciones. Fracturas y luxaciones:clasificación y manejo. Traumatismo craneal, traumatismo de colum-na, politraumatizado: Definición, manejo y complicaciones.

Tema 8.- Asfixia: Fases. intoxicaciones. medidas a tomar en caso de intoxi-cación. R.c.P. (Reanimación cardio pulmonar). cuadros convulsi-vos: clases y comportamiento. Lesiones oculares. mordeduras ypicaduras.

Tema 9.- código Técnico de edificación (c.T.e.). Documentación Básico deSeguridad contra incendios ( S.i.) ( Real Decreto 314/2006).

Tema 10.- Fluidos. Presión. Presión atmosférica. Presión manométrica y abso-luta. caudal. Pérdidas de carga. efecto venturi. Golpe de ariete.manómetros. Bombas hidráulicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 17 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ZAMORAAnuncio

La Junta de Gobierno Local de este excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 14 de enero de 2020, acuerda:

Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases para la provisión, en propiedad,de tres (3) plazas de la categoría Oficial del cuerpo de Policía Local delAyuntamiento de Zamora, correspondientes a la Oferta de empleo Público de2019.

cOnvOcATORiA Y BASeS PARA LA PROviSiOn en PROPieDAD,meDiAnTe cOncuRSO-OPOSiciOn ReSTRinGiDO De TReS PLAZAS De

OFiciAL De LA POLiciA municiPAL DeL AYunTAmienTO De ZAmORA1.- Normas generales.1.1.- Ámbito de aplicación.es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de

Oficial de la Policía municipal, vacante en la Plantilla de Funcionarios, mediante elsistema de concurso oposición restringido al amparo de lo dispuesto en el RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, para fomento de promoción interna entre fun-cionarios del excmo. Ayuntamiento de Zamora correspondiente a la Oferta deempleo Público de 2018. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoriacon las vacantes que se produzcan antes de la finalización de la oposición.

1.2.- Legislación aplicable.Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (B.O.e. núm. 80, de 3 de abrilde 1985); en el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materiade Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril(B.O.e. núms. 96 y 97 de 22 y 23 de abril de 1986); RDL 5/2015, de de 30 de octu-bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico delempleado Público, el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio dela Administración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General delestado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.e. núm. 85, de10 de abril de 1995); el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemniza-ciones por razón del servicio (B.O.e. núm. 129, de 30 de mayo de 2002); el RealDecreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las Reglas Básicas yProgramas mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios deAdministración Local (B.O.e. núm. 142, de 14 de junio de 1991); el Reglamento deFuncionarios de Administración Local, de 30 de mayo de 1952 (B.O.e. núm. 364,de 29 de diciembre de 1952); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre deincompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas(B.O.e. núm. 4, de 4 de enero de 1985); Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo común de las Administraciones Pública, Ley40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2003,

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de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de castilla y León (B.O.c. y L.núm. 71, de 14 de abril de 2003); y las normas marco a las que han de ajustarselos Reglamentos de las Policías Locales en el ámbito de la comunidad de castillay León, aprobadas por el Decreto 84/2005, de 10 de noviembre, (B.O.c. y L. núm.221, de 16 de noviembre de 2005).

1.3.- características de las plazas.Las plazas convocadas corresponden al Grupo c1 de los establecidos en el art.

76 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, y están dotadas con el sueldo correspondien-te al Grupo, dos pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondancon arreglo a la legislación vigente.

están encuadradas en la escala de Administración especial, Subescala deServicios especiales, clase: Servicio de Policía Local, categoría: Oficiales. en lalegislación de la comunidad Autónoma sobre Policías Locales se encuadran en laescala ejecutiva y en la categoría de Oficiales.

Las plazas se adjudicarán mediante la superación del concurso-oposición entretodos los candidatos admitidos y que reúnan los requisitos exigidos.

1.4.- Régimen de incompatibilidades.Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos,

desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidadesvigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualesquieraotras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento deZamora, del estado, de las comunidades Autónomas, de entidades ocorporaciones Locales, o de empresas que tengan carácter oficial o relación condichos Organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolu-mentos de cualquier clase, ni con cualquier actividad privada.

1.5.- vinculación.Las presentes Bases vincularán a la Administración y al Tribunal de Selección

que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas. 1.6.- modificación.Las presentes Bases sólo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las

normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativocomún de las Administraciones Públicas.

2.- Requisitos de los aspirantes.2.1.- Requisitos.Para ser admitidos al concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:a) Ser funcionario de carrera del excmo. Ayuntamiento de Zamora.b) encontrarse en situación de servicio activo en la escala de la Administración

especial, Subescala de Servicios especiales, clase Policía Local, categoríade Agente de Policía Local de Zamora, con una antigüedad mínima en elcargo de dos años.

c) estar en posesión del título Bachiller Superior u otra titulación equivalente quepermita el acceso al subgrupo c1, de los previstos en el artículo 76 del RealDecreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley del estatuto Básico del empleado Público. en el supuesto deinvocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedidopor la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.

d) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

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e) no haber sido sancionado/a por falta administrativa tipificada como grave o muygrave que no haya sido cancelada ni hallarse inhabilitado para el ascenso.

f) no hallarse en situación de segunda actividad. 2.2.- cumplimiento.Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán ser reunidos por el

aspirante el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de lacorrespondiente convocatoria.

3.- Sistema selectivo.3.1.- Generalidades.el procedimiento de selección de los aspirantes que reúnan los requisitos de la

convocatoria constará de dos fases: una de concurso-oposición y otra de cursoselectivo de capacitación.

3.2.- Fase de concurso-oposición: Subfase de concurso. esta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no

podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se tendrán en cuenta los méritos, con la valoración que se señala, referidos a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.La fase de concurso supondrá una valoración del 40% de la puntuación total del

concurso oposición. 3.3.- Fase de concurso-oposición: Subfase de Oposición.La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:a) Pruebas psicotécnicas.b) Pruebas físicas.c) Prueba de conocimiento.3.3.1.- Pruebas psicotécnicas.Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la contestación de varios cuestiona-

rios acomodados a las condiciones psicotécnicas propias del cargo a desempeñar.Las pruebas psicotécnicas se dirigirán a comprobar si las aptitudes, actitudes y ras-gos de personalidad de los aspirantes son adecuados para desempeñar la plaza yasumir las responsabilidades que conlleva, en especial las siguientes:

Aptitudes mentales.- Razonamiento verbal.- Razonamiento abstracto.- Rapidez y precisión perceptiva.- Atención y resistencia a la fatiga.- Agilidad mental.- memoria visual. Personalidad.- Autocontrol de los impulsos y emociones. - Serenidad.- capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. - Sentido de las disciplina y de la autoridad. - Seguridad en sí mismo. Firmeza personal.- Desarrollo de conductas cooperativas. - capacidad de integración en el grupo. - Sentido de la iniciativa.- neutralidad afectiva en el ejercicio profesional. - capacidad de automotivación.

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- capacidad de liderazgo para el ejercicio del mando y de autoridad de una uni-dad policial.

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado.Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas atodos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resulta-dos de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del can-didato al perfil profesional. el resultado será de «Apto» o «no apto».

3.3.2.- Pruebas físicas.Las pruebas físicas, tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condicio-

nes de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminato-rio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo iii. La calificación seráde "Apto" o "no apto".

3.3.3.- Pruebas de conocimiento.Primera.- consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine

el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro res-puestas alternativas, de los temas contenidos en el Anexo ii de esta convocatoria.

el ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas,penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuestaacertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente dela prueba.

Segunda.- consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con el temario. elejercicio se calificará sobre 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 pun-tos para superarla.

Si el Tribunal lo considera conveniente, podrá acordar la lectura de este ejerci-cio en sesión pública.

3.4.- curso Selectivo.La fase de "curso Selectivo" deberá ser realizada por los aspirantes que hayan

superado con éxito todas las pruebas de la subfase de oposición. La conserjeríacompetente en materia de policías locales, a propuesta de la escuela Regional dePolicía Local, regulará el régimen académico del curso selectivo de capacitación,los programas, contenidos, duración y calendario del mismo.

La calificación del curso será "Apto" o "no apto".4.- Solicitudes.4.1.- Solicitudes.La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo que se

figura como Anexo de estas Bases, en el que los aspirantes deben manifestar quereúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Segunda.

Dicho modelo estará también disponible en la página web del Ayuntamiento deZamora.

Junto con la instancia se presentarán los documentos acreditativos de los méri-tos alegados para la fase de concurso, con el mismo orden que se cita en el Anexoi, acompañando los documentos que los acrediten. cuando el interesado no hubie-ra podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá apor-tar provisionalmente la solicitud de dichos cer¬tificados, debidamente registrada deentrada en el organismo competente. en todo caso, el certificado del mérito corres-pondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión devaloración de méritos.

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Los derechos de examen se fijan en 16,00 euros, y serán satisfechos en cual-quiera de las entidades Financieras colaboradoras en la Recaudación, en el mode-lo oficial de autoliquidación "Tasa Derecho de examen" que podrá obtenerse en laSede electrónica del Ayuntamiento de Zamora, http://www.zamoratributos.es/ofici-navirtual/sedeelectronica.aspx, en el que se hará constar la convocatoria a la queoptan y cuyo resguardo se unirá a la solicitud.

en ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución deltrámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo estable-cido en las bases. Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fuerenadmitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exigidospara tomar parte en las mismas. La falta de abono de los derechos de examendeterminará la exclusión de la persona aspirante.

Se establece un régimen de beneficios fiscales para el supuesto de participaciónen pruebas selectivas consistente en una bonificación del 75% sobre la cuota ínte-gra para los aspirantes que figuren en situación de desempleo con una antigüedadcomo demandantes de empleo de, al menos, 90 días y así lo acrediten en el momen-to de la solicitud mediante certificación expedida por el Servicio Público de empleocompetente en el periodo de presentación de la solicitud. A los efectos de esta deduc-ción no se considerarán desempleados los inscritos como mejora de empleo.

A la solicitud se acompañará:Documentación de carácter general:a) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos

de examen.b) Relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso , con el

mismo orden que se cita en el Anexo i, acompañando los documentos que losacrediten.

4.2.- Plazo de presentación de instancias.Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento, en el plazo

de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el últi-mo de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficialde la Provincia y en el Boletín Oficial de castilla y León, y en extracto en el BoletínOficial del estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Adminis-traciones Públicas en el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una ofi-cina de correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sella-da por el personal de correos antes de ser certificada.

5.- Admisión de los aspirantes.5.1.- Requisitos.Para ser admitido a las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes mani-

fiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidasen la base Segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señala-do para la presentación de instancias y que presenten los documentos exigidos.

5.2.- Lista de admitidos y excluidos.Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del

Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos yexcluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, páginaweb municipal y Boletín Oficial de la Provincia, concediendo un plazo de diez díashábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defec-tos que han motivado su exclusión.

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5.3.- Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el alcalde-pre-sidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admiti-dos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la casa consistorialy Boletín Oficial de la Provincia.

5.4.- contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá inter-poner recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-adminis-trativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de castilla y León en elplazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de con-formidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora la jurisdicción contencioso-administrativa. igualmente, concarácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante elAlcalde-Presidente del ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de lasAdministraciones Públicas.

6.- Órganos de selección.6.1.- composición.el Tribunal calificador de las pruebas selectivas designado conforme a lo dis-

puesto en el artículo 4 del Real Decreto 896/1991 de 2 de junio, estará compues-to por los siguientes miembros y será designado por el órgano competente delAyuntamiento, estará compuesto por un número impar de miembros con voto,nunca inferior a cinco, y se ajustará a las siguientes reglas:

- Presidente: inspector Jefe de la Policía municipal de Zamora.- vocales:

- un vocal designado a propuesta de la Agencia de Protección civil yconsumo.

- un vocal designado a propuesta de los órganos de representación del per-sonal de la corporación.

- Dos vocales designados por la Alcaldía Presidencia entre los funcionariosdel excmo. Ayuntamiento de Zamora.

- Secretario: Será designado un funcionario público, que actuará con voz y sin voto.el Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que

simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.en todo caso, la composición del tribunal se ajustará a los dispuesto en el artí-

culo 60.2 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley del estatuto Básico del empleado Público, artículo 11 del RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Generalde ingreso del personal al servicio de la Administración General del estado y deprovisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civilesde la Administración General del estado, y artículo 63 de las normas marco apro-badas por Decreto 84/2005.

6.2.- Asesores especialistas.cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole así

lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidente, podrá disponer la incorpo-ración al mismo, con carácter temporal, de personal asesor, en el ejercicio de susespecialidades técnicas en el desarrollo de los procesos de selección y bajo ladirección del citado Tribunal.

6.3.- Actuación y constitución del Tribunal calificador.el Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, del

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Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos,del resto de sus miembros con derecho a voto.

en caso de ausencia, tanto del Presidente titular como del Suplente, el prime-ro nombrará de entre los vocales con derecho a voto, un sustituto que lo suplirá.en el supuesto en que el Presidente titular no designe a nadie, su sustitución sehará por el vocal de mayor antigüedad con derecho a voto. el Secretario tiene voz,aunque no derecho a voto.

el Tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normascontenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos noprevistos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nomi-nal. en caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, sipersiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votacionesse seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembrosdel Tribunal, votando en último lugar el Presidente.

Los acuerdos del Tribunal sólo podrán ser impugnados por los interesados enlos supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

el Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamacionesplanteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

6.4.- Abstención y recusación.Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran

las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico del Sector Público. igualmente y por las mismas causas podránse recusados por los aspirantes.

6.5.- Revisión de las resoluciones del Tribunal calificador.Las Resoluciones del Tribunal calificador vinculan a la Administración

municipal aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a loprevisto en la Ley 39/2015 y Ley 40/2015, en cuyo caso habrán de practicarse denuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

6.6.- clasificación del Tribunal calificador.el Tribunal calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrán la cate-

goría prevista en el art. 30 del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo en funcióndel Subgrupo en que estén incardinadas las plazas convocadas. Todos los miem-bros integrantes de los Tribunales calificadores tendrán derecho a la percepción de"asistencias" por la concurrencia a la celebración de las Pruebas Selectivas, sien-do su cuantía las fijadas en (art. 27 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,sobre indemnizaciones por razón del servicio) y demás normas que las actualizan.

6.7.- el Tribunal calificador deberá velar, de conformidad con las previsiones delartículo 14 de la constitución española, por el estricto cumplimiento del principiode igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

7.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.7.1.- Programa.el Programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que se publica como

Anexo a estas Bases. 7.2.- calendario de realización de las pruebas. La fecha, hora y lugar de cele-

bración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dará a conocer, junto a lapublicación de la lista de excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamoray en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicaciónde los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín.

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estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales dondese hayan celebrado las pruebas anteriores, o en el tablón de anuncios de estacasa consistorial, con doce horas al menos de antelación al comienzo de la prue-ba si se trata del mismo ejercicio o de 24 horas si se trata de uno nuevo.

7.3.- identificación de los aspirantes. el Tribunal podrá requerir en cualquiermomento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar pro-vistos del Documento nacional de identidad.

7.4.- Llamamiento. Orden de actuación de las personas aspirantes.- Los/asaspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único. Salvocasos de fuerza mayor invocados con anterioridad, debidamente justificados yapreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterios, la no presentación deun/a aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser lla-mado/a, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participaren el mismo y en los sucesivos quedando excluidos/as, en su consecuencia, delprocedimiento selectivo.

el orden en que habrán de actuar los/as aspirantes en aquellos ejercicios queno se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzopor el/la opositor/a cuyo primer apellido comience por la letra que determine el sor-teo anual realizado por la Secretaría de estado para la Administración Pública, aque se refiere el art. 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

7.5.- Plazo desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente.Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguientedeberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

7.6.- Anonimato de los aspirantes. en la realización de los ejercicios escritos segarantizará, salvo que sea imposible, el anonimato de los aspirantes.

8.- Calificación.8.1.- calificación de la Subfase de Oposición. La puntuación a cada aspirante en cada una de las pruebas de la subfase de

oposición será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno delos miembros del Tribunal asistentes a la reunión, siendo eliminados a estos efec-tos la puntuación máxima y mínima concedidas cuando exista una desviación dedos puntos sobre la media aritmética, o en su caso, una de las que aparezcanrepetidas como tales.

La calificación de los ejercicios se harán públicas el mismo día en que se acuer-den y serán expuestas en el tablón de anuncios de la corporación.

8.2.- calificación de la Fase de concurso-Oposición.La calificación definitiva de la fase de concurso oposición será la resultante de

sumar a la nota media de los ejercicios de la subfase de oposición la de la subfa-se de concurso de méritos, teniendo en cuenta la ponderación establecida entreestas fases.

8.3.- Relación de aprobados.Terminada la calificación, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la

corporación la relación de aspirantes que han aprobado la fase de concurso-opo-sición y que deben realizar el curso Selectivo.

9.- Curso de Formación de Mando.9.1.- Realización del curso. De conformidad con lo establecido en los artículos

78 y 81 de las normas marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de lasPolicías Locales de castilla y León (aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de

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noviembre), los aspirantes que superen esta fase quedarán obligados a realizar ysuperar un curso selectivo de capacitación para la categoría, organizado por laescuela Regional de Policía Local.

Durante los períodos lectivos presenciales del curso selectivo y durante el perí-odo de prácticas los/as aspirantes tendrán la condición de funcionarios/as en prác-ticas de la nueva categoría, sin ocupar puesto de trabajo de la misma.

el periodo de prácticas se realizará al finalizar la fase presencial del cursoSelectivo.

A efectos retributivos los/as aspirantes deben optar por una de las alternativasrecogidas en el art. 2 del R.D. 456/1986 de 10 de febrero, al inicio del curso selec-tivo para el período en que van a tener la condición de funcionarios/as en prácticas

9.2.-Calificación del curso.La calificación del curso será apto o no apto. 10.- Calificación definitiva.Superado el curso selectivo, la calificación definitiva del proceso de selección

vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la subfases de concur-so y en la de oposición, teniendo en cuenta la ponderación establecida entre estassubfases.

11.- Presentación de documentos.11.1.- Documentos exigibles.Los aspirantes propuestos aportarán en el Departamento de Recursos

Humanos del excmo. Ayuntamiento de Zamora, los siguientes documentos acredi-tativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en estaconvocatoria.

a) Fotocopia autentificada o fotocopia (que deberá presentarse acompañada deoriginal para su compulsa) del título académico referido en la base 2.1.c), o jus-tificante de haber abonado los derechos para su expedición. en el supuesto dehaber invocado el título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse cer-tificado que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesenexpedidos después de la fecha que finalizó el plazo de presentación de ins-tancias, deberán justificar el momento en que concluyeron los estudios.

11.2.- Plazo.el plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales conta-

dos a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados.11.3.- Falta de presentación de documentos.Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no pre-

sentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán sernombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la respon-sabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitandotomar parte en la convocatoria.

12.- Nombramiento.concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la

base anterior, la Alcaldía-Presidencia procederá al nombramiento como Oficial delos funcionarios que, habiendo aportado éstos, reúnan los requisitos exigidos paraacceder a la nueva plaza, hasta el límite de las anunciadas y que se hallen dota-das presupuestariamente.

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13.- Toma de posesión.13.1.- Plazo.Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo

de cuarenta y ocho horas, contadas desde las 00:00 horas del día siguiente al dela notificación del nombramiento.

13.2.- Formalidades.Para la toma de posesión, los interesados comparecerán durante cualquiera de

los días expresados y en horas hábiles de oficina, en la Secretaría General de esteAyuntamiento, en cuyo momento y como requisitos previos a la extensión de la dili-gencia que la constate, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe lalegislación vigente.

13.3.- efectos de la falta de toma de posesión.A tenor de lo dispuesto en el artículo 34.4 del Reglamento de Funcionarios de

la Administración Local citado, quienes, sin causa justificada no tomaran posesióndentro del plazo señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida detodos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramientoconferido.

14.- Incidencias.14.1.- Recursos.contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de los mismos

y de la actuación del Tribunal, podrán interponerse por parte de los interesados losrecursos procedentes en los casos y forma establecida en la Leyes 39/2015 y40/2015.

el sólo hecho de presentar la instancia solicitando tomar parte en esta oposi-ción constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a las bases de la con-vocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

14.2.- Facultades del Tribunal.el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y

adoptar las medidas necesarias para el buen orden del concurso en aquellosaspectos no previstos.

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AneXO iBARemOS De mÉRiTOS

Méritos preferentes:1.- Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por

parte del ayuntamiento, de la comunidad Autónoma o del ministerio del interior. nose valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servi-cios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración dedistinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradaspor el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las medallas almérito policial de castilla y León:

TIPO DE RECOMPENSA PUNT. UNITARIA PUNT. MÁXIMAFelicitaciones (Alcalde, Pleno, comisión) 0,25 0,50mérito Policial de castilla y León-Oro individual 1,00 1,00mérito Policial de castilla y León-Plata individual 0,75 0,75mérito Policial de castilla y León-Oro colectiva 0,10 0,10mérito Policial de castilla y León-Plata colectiva 0,075 0,075

2.- conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en pose-sión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la pro-fesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial,aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el curso de Formación Básica para ingre-so en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos por entidadespúblicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policíanacional, Guardia civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberánhacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lec-tivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa generalde materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a lasiguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓNmás de 60 créditos o 600 horas 1,5más de 20 créditos o 200 horas 1,00entre 101 y 200 horas 0,75entre 61 y 100 horas 0,50entre 31 y 60 horas 0,25entre 20 y 30 horas 0,10

3.- Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servi-cios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, perso-nal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de serviciosexpedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

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CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO

en fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02Otros servicios en administraciones 0,01 públicas relacionados con la profesión policial

4.- Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado deprotección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadaspor el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en quehayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

Méritos no preferentes.5.- idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acre-

ditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente uhomologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, deacuerdo con la siguiente tabla:NIVEL DEL MARCO COMÚN DE PUNTOSREFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS POR IDIOMAB1 intermedio 0,25B2 intermedio 0,50c1 usuario competente 0,75c2 usuario competente 1,00

6.- Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, cer-tificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediata-mente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier orga-nismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federa-ción deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia desalvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuer-do con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25puntos.DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOSPrimeros auxilios 0,10Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15Socorrista acuático 0,10

7.- Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos enmaterias de Artes marciales, amparadas por el consejo Superior de Deportes, yse valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cin-turón que corresponda. no se valorarán cinturones obtenidos hace más de diezaños, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máximaserá de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cadadisciplina:CINTURÓN PUNTOScinturón naranja o verde 0,10cinturón azul o marrón 0,20cinturón negro 0,45

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8.- Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior ala exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. en lamisma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obte-nidas.ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES OTRAS

O JURÍDICAS RAMASestudios de primer ciclo (diplomado, maestro, 0,50 0,30 arquitecto técnico o ingeniero técnico)Grado, Licenciado, Arquitecto o ingeniero. 0,60 0,40Licenciatura de segundo ciclo 0,20 0,10 (cuando se acredite una licenciatura anterior)máster 0,70 0,50Doctorado 0,90 0,70

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AneXO iiTemARiO

Tema 1.- Garantías de los derechos fundamentales en la constituciónespañola.

Tema 2.- Tutela constitucional de los derechos sociales.Tema 3.- La Ley 9/2003 de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de

castilla y León: Título i y ii.Tema 4.- La Ley 9/2003 de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de

castilla y León: Título iii. Régimen Disciplinario.Tema 5.- Delitos contra la libertad: Detenciones ilegales y secuestros.Tema 6.- Delitos de atentado, desobediencia, y resistencia.Tema 7.- Delitos contra el patrimonio histórico. Delitos contra el patrimonio:

Hurto, Robo, Robo y Hurto de uso de vehículos, Daños. Delitoscontra la seguridad vial.

Tema 8.- controles policiales: Tipología y distribución: el radar, la alcohole-mia, la seguridad ciudadana.

Tema 9.- el procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. clases ycompetencias de los Juzgados y Tribunales.

Tema 10.- Apertura del proceso penal. La denuncia y su valor. La querella.Tema 11.- La prueba en el proceso penal. criterios de validez y valoración.Tema 12.- el atestado policial. Tema 13.- La detención. Derechos de los detenidos. el Procedimiento de

Habeas corpus.Tema 14.- violencia de género y violencia doméstica. normativa y Proce-

dimiento Policial. Tema 15.- violencia contra los menores. normativa Básica de protección de

menores.Tema 16.- La Policía Local en funciones de Policía Judicial y Policía

Administrativa. Juicios Rápidos. Tema 17.- La seguridad ciudadana: disposiciones generales de la Ley

Orgánica de Protección de la Seguridad ciudadana. especial aten-ción a los artículos y motivos que son competencia de los Alcaldes.

Tema 18.- Las competencias de tráfico de la Policía Local.Tema 19.- La deontología policial. Tema 20.- calidad e imagen policial.Tema 21.- criterios generales de actuación de los poderes públicos en mate-

ria de igualdad. Posibles ámbitos de actuación e intervención de laPolicía municipal.

Tema 22.- igualdad efectiva de mujeres y hombres: el principio de igualdad yla tutela contra la discriminación. Políticas Públicas para la igualdad.el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. el principio deigualdad en el empleo público. especial referencia al excmo.Ayuntamiento de Zamora.

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AneXO iiiDeSARROLLO De LAS PRueBAS FÍSicAS

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, conapoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientesreglas:

1.- Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud. a. Disposición: el aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de

0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una dis-tancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

b. ejecución: cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderárápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar elcuerpo hacia adelante y caer en el foso. está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.

c. medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hastala huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso.La medición será en metros y centímetros.

d. intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor. e. invalidaciones: el salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, con-

tabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo,vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. es nulo el salto que seproduce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. es nuloel salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.

Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas esta-blecidas o que realicen tres intentos nulos.

f.- marcas: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los estable-cidos para cada categoría de edad y sexo.SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 1,80 2,20De 33 y hasta 38 años 1,70 2,10De 39 y hasta 44 años 1,60 2,00De 45 y hasta 49 años 1,50 1,90De 50 y hasta 54 años 1,40 1,80De 55 y más años 1,30 1,70

2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.a.- Disposición: el aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo,

de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento,con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.

b.- ejecución: cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinalcon ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de lacabeza, enviándole lo más lejos posible. no se podrá tomar carrera pero sí reali-zar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.

c.- medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona delanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. Lamedición será en metros y centímetros.

d.- intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

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e.- invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los queel aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a lamisma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento sal-tando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquierade los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con unasola mano.

f.- marcas: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a losestablecidos para cada categoría de edad y sexo.LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINALEdad Mujeres Hombres

(balón de 3 kg.) (balón de 5 kg.)menos de 33 años 5,80 6,00De 33 y hasta 38 años 5,20 5,50De 39 y hasta 44 años 4,70 5,00De 45 y hasta 49 años 4,20 4,50De 50 y hasta 54 años 3,70 4,00De 55 y más años 3,20 3,50

3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.a.- Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado,

pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.b.- ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos

mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de laFederación internacional de Atletismo Aficionado (FiAA).

c.- medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante crono-metrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cadacalle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiemposdeberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros decentésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más decinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundomayor.

Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incre-mentarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice conmedios electrónicos y foto finish.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.- invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FiAA.f.- marcas: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-

blecidos para cada categoría de edad y sexo.

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 10,5” 8,6”De 33 y hasta 38 años 11,0” 9,2”De 39 y hasta 44 años 11,4” 9,8”De 45 y hasta 49 años 12,00” 10,2”De 50 y hasta 54 años 12,5” 10,8”De 55 y más años 12,9” 11,2”

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4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.a.- Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la

salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.b.- ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada

a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en elReglamento de la Federación internacional de Atletismo Aficionado (FiAA), pudien-do correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.

c.- medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través decronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándoselos cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.- invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FiAA.f.- marcas. Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-

blecidos para cada categoría de edad y sexo.CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 4’ 50” 3’ 45”De 33 y hasta 38 años 5’ 25” 4,20”De 39 y hasta 44 años 5’ 40” 4,40”De 45 y hasta 49 años 5’ 55” 5’00”De 50 y hasta 54 años 6´10´´ 5´20´´De 55 y más años 6´25´´ 5´40´´

5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).a.- Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de sali-

da o desde dentro de la piscina. en este caso deberá tocarse claramente la paredde dicho borde de salida con una mano o pie.

b.- ejecución: una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes rea-lizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde dellegada con alguna de las manos.

c.- medición: manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se rea-lizará en segundos.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada nadador.

e.- invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante querealice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hechosujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la pis-cina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.

f.- marcas. Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-blecidos para cada tramo de edad y sexo.NATACIÓN (25 metros estilo libre)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 25” 22”De 33 y hasta 38 años 28” 25”De 39 y hasta 44 años 29” 26”De 45 y hasta 49 años 30” 27”De 50 y hasta 54 años 31” 28”De 55 y más años 32” 29”

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AneXO ivDon/Dña. ............................................................................., con domicilio en

........................................................, de .............. años de edad, con el Documentonacional de identidad número ..........................., declara bajo juramento o prome-sa a efectos de ser nombrado Oficial de la Policía municipal de este excmo.Ayuntamiento, carecer de antecedentes penales, no haber sido sancionado porfalta administrativa tipificada como grave o muy grave que no haya sido cancela-da, ni hallarse inhabilitado para el ascenso.

Zamora, a ............ de ............................ de ..........Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 17 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ZAMORAAnuncio

La Junta de Gobierno Local de este excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 14 de enero de 2020, acuerda:

Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases para la provisión, en propiedad,de tres (3) plazas de cabo Bombero, correspondientes a la Oferta de empleoPúblico de 2018.

BASeS De LA cOnvOcATORiA PARA LA SeLección De PeRSOnALPARA cuBRiR en PROPieDAD, meDiAnTe eL SiSTemA

De cOncuRSO-OPOSición, TuRnO De PROmOción inTeRnA, De TReS PLAZAS De cABO De BOmBeRO cORReSPOnDienTeS

A LA OFeRTA De emPLeO PÚBLicO De eSTe eXcmO. AYunTAmienTOPARA eL AÑO 2018

1.- Objeto de la convocatoria.es objeto de la presente convocatoria la selección de personal para cubrir en

propiedad mediante el sistema de concurso-oposición de tres plazas reservadas aFuncionarios de carrera correspondiente a la escala de Administración especial,subescala de Servicios especiales, Servicio de extinción de incendios, que se rela-ciona en la Oferta de empleo Público de este excmo. Ayuntamiento para el año2018, aprobada por Decreto de la Alcaldía de fecha 16 de octubre de 2018, publi-cada en el Boletín Oficial de la Provincia de 19 de octubre de 2018, Boletín Oficialde castilla y León y habiéndose dado cumplimiento a las previsiones de la dispo-sición adicional segunda del Real Decreto 228/2014, de 4 de abril.

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el texto refundidode la Ley del estatuto Básico del empleado Público, aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, demedidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de lasDisposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado porReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General deingreso del Personal al Servicio de la Administración General del estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionariosciviles de la Administración General del estado, aprobado por Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico común de las Administraciones Públicas y demás disposicio-nes que sean de aplicación.

esta convocatoria se publicará, íntegramente, en el Boletín Oficial de laProvincia de Zamora y Boletín Oficial de castilla y León y, posteriormente, anuncioextracto, en el Boletín Oficial del estado, publicándose los restantes anuncioshasta la celebración de los ejercicios, en el primero de estos diarios oficiales ytablón de anuncios de esta corporación.

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2.- Número y características de las plazas.2.1.- Las plazas convocadas pertenecen al Subgrupo c2 de los previstos en el

art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprue-ba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico del empleado Público y estándotadas con el sueldo correspondiente al Subgrupo, dos pagas extraordinarias ydemás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

están encuadradas en la escala de Administración especial. Subescala Serviciosespeciales.

- clase: Servicio de extinción de incendios. categoría: cabo.- número de las plazas a proveer: Tres (3).- Sistema de selección: concurso-Oposición. 2.2.- Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas queda-

rán sometidas, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompa-tibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquella con el de cua-lesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos públicos ni conel ejercicio de actividades privadas, salvo autorización expresa de compatibilidad,conforme determina la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades delPersonal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Las plazas convocadas exigirán el cumplimiento de todas las obligaciones yfunciones propias de la categoría.

3.- Requisitos de los aspirantes.3.1.- Para poder participar en el presente concurso-Oposición, los aspirantes debe-

rán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, todo ello con referencia al momentode finalizar el plazo de presentación de instancias, y en todo caso, los siguientes:

a) Ser funcionario del excmo. Ayuntamiento de Zamora. b) estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación académica exigi-

ble, correspondiente al Grupo c2 (Título de Graduado escolar, Formaciónprofesional de Primer Grado, eSO u otra titulación equivalente), o en condi-ciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación desolicitudes. en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, estar enposesión de la credencial que acredite su homologación.

c) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones, no estableciéndose exclusiones por limitacionesfísicas o psíquicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el des-empeño de las tareas y funciones. Los/as aspirantes discapacitados debe-rán acreditar la compatibilidad mediante certificado expedido por los equiposde valoración de incapacidades o por el correspondiente organismo público.

d) no haber sido separado del servicio de la Administración del estado, de laautonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio delas funciones públicas.

e) encontrarse en situación de servicio activo en la plantilla de personal funcio-nario de carrera del excmo. Ayuntamiento de Zamora dentro de la escala deAdministración especial, Subescala de Servicios especiales, clase extinciónde incendios con la categoría de Bombero y tener una antigüedad en la cita-da categoría profesional de Bombero de dos años el día de la finalización delplazo para presentar solicitudes.

Cumplimiento.Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán cumplirse por los aspi-

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rantes en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y gozarde los mismos tanto hasta el momento del nombramiento, como a lo largo de sucarrera administrativa.

4.- Solicitudes.4.1.- Las solicitudes para participar en el procedimiento selectivo, suponen el

compromiso de aceptación de que reúnen todas y cada una de las condiciones exi-gidas en la base tercera y que se comprometen a prestar juramento o promesa enla forma legalmente establecida. La falsedad en los datos supondrá la eliminacióndel proceso selectivo.

Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento, en el plazode veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el últi-mo de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el BoletínOficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de castilla y León, y en extracto enel«Boletín Oficial del estado.

Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las AdministracionesPúblicas. en el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina decorreos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por elpersonal de correos antes de ser certificada.

4.2.- a solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo quefigurará en la Sede electrónica del excmo. Ayuntamiento de Zamora, en el que losaspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones quese exigen en la Base Tercera.

Dicho modelo estará también disponible en la página web del Ayuntamiento deZamora.

De conformidad con las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, que esta-blece en su artículo 12 la obligación de las Administraciones públicas de garantizarque los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medioselectrónicos, poniendo a su disposición los canales de acceso que sean necesa-rios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen y delartículo 14.3 de la citada norma, se establece la obligatoriedad del uso de medioselectrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en la presente con-vocatoria.

Por otra parte, el artículo 56 del texto refundido de la Ley del estatuto Básico delempleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octu-bre, establece entre los requisitos para poder participar en el correspondiente pro-ceso selectivo la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. ello deter-mina la exigencia de que los empleados públicos reúnan las habilidades necesariaspara su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la tramitación electrónicade expedientes y en su relación con la propia administración empleadora.

Por su parte, el artículo 55.f) del texto refundido de la Ley del estatuto Básicodel empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, establece entre los principios rectores del acceso al empleo público el deagilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección, suponiendo,la simplificación de los medios de inscripción en un único sistema electrónico, unamayor agilización de la tramitación y facilitará la accesibilidad de los ciudadanos,que podrán realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentrodel plazo previsto en la convocatoria.

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4.3.- Los derechos de examen se fijan en 12,00 euros, y serán satisfechos encualquiera de las entidades financieras colaboradoras en la recaudación, en el mode-lo oficial de autoliquidación "Tasa Derecho de examen" que podrá obtenerse en laSede electrónica del Ayuntamiento de Zamora, http://www.zamoratributos.es/oficina-virtual/sedeelectronica.aspx, en el que se hará constar la convocatoria a la que optany cuyo resguardo se unirá a la solicitud.

en ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución deltrámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo esta-blecido en las bases. Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fue-ren admitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exi-gidos para tomar parte en las mismas. La falta de abono de los derechos de exa-men determinará la exclusión de la persona aspirante.

4.4.- unto con la solicitud, se acompañará:- Fotocopia del D.n.i o pasaporte.- Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se

valoren en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podránser alegados y que se recogen en estas Bases. Los méritos alegados y noprobados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes,no serán tenidos en cuenta.

- Justificante de ingreso de los derechos de examen.Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus

solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito moti-vado, dentro del plazo establecido en la base 4.2 para la presentación de aquellas.

5.- Admisión de aspirantes.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente

aprobará mediante resolución la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos, con indicación de las causas de exclusión, concediendo un plazo de diez díashábiles para subsanación de errores conforme determina el artículo 68 de la Ley39/2015, de 1 de octubre. La lista se publicará en el Boletín Oficial de la Provinciay tablón de edictos de la corporación.

Finalizado el plazo de subsanación de defectos, la Alcaldía resolverá las recla-maciones formuladas y elevará a definitiva la lista provisional de aspirantes, publi-cándose en la forma prevista en el párrafo precedente.

con la publicación de la lista definitiva de admitidos se nombrará el tribunal cali-ficador por la Alcaldía- Presidencia, haciéndose pública su composición con lapublicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la referida lista de admitidos y lafecha de realización del primer ejercicio.

contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponerrecurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativocorrespondiente del Tribunal Superior de Justicia de castilla y León en el plazo dedos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad conlo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regu-ladora la jurisdicción contencioso-administrativa. igualmente, con carácter previo ypotestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente delayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publica-ción, según lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Los errores de hecho se podrán subsanar en cualquier momento, de oficio o apetición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la

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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de lasAdministraciones Públicas.

en el supuesto de que por cualquier circunstancia excepcional se hubiese demodificar el lugar, la fecha o la hora de la celebración del primer ejercicio, deberápublicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

6.- Tribunal calificador de las pruebas.el Tribunal calificador de las pruebas selectivas, estará constituido conforme

prevé el art. 60 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, de la siguiente forma:• Presidente: un funcionario del excmo. Ayuntamiento de Zamora con nivel y

titulación académica igual o superior a la de las plazas convocadas, designa-do por el Sr. Alcalde-Presidente. Titular y Suplente.

• vocales: - un funcionario de carrera excmo. Ayuntamiento de Zamora con nivel y titula-

ción académica igual o superior a la de la plaza convocada, designados por elSr. Alcalde-Presidente, a propuesta de la Junta de Personal. Titular y Suplente.

- un funcionario de carrera con nivel y titulación académica igual o superior ala de las plazas convocadas, designado por la Junta de castilla y León; Titulary suplente.

- un funcionario de carrera excmo. Ayuntamiento de Zamora con nivel y titula-ción académica igual o superior a la de la plaza convocada, designados porel Sr. Alcalde-Presidente, Titular y Suplente.

• Secretario: Actuará de Secretario el de la corporación o persona en al quedelegue, con voz y voto. Deberá designarse suplente.

Los miembros del Tribunal tienen el deber de abstenerse y la posibilidad de serrecusados en aquellos supuestos previstos legalmente, básicamente en el supues-to señalado en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico del Sector Público.

el Tribunal calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de aseso-res especialistas para algunas de las pruebas objeto de esta convocatoria, quienesactuarán con voz pero sin voto. A la vista del número de aspirantes, el tribunalpodrá proponer el nombramiento de aquel personal colaborador que estime nece-sario para el desarrollo de las pruebas.

Todos los miembros del tribunal deben de tener nivel y titulación igual o supe-rior a la plaza convocada.

La pertenencia al tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentar-se esta en representación o por cuenta de nadie.

en todo caso no podrán formar parte de los órganos de selección, el personalde elección o designación política, ni funcionarios interinos, ni personal eventual.

La mitad de los vocales del tribunal tendrán la especialización adecuada enrelación con la plaza a cubrir, garantizando de esta manera la especialización delos integrantes del tribunal.

Clasificación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del RealDecreto 462/2002, la presente convocatoria clasifica al órgano de selección, comocategoría tercera, a efectos de asistencia.

Actuación y Constitución del Tribunal.el Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la

mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes.

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el Tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas lasdudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y deter-minará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólopodrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma estable-cida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

7.- Desarrollo de los ejercicios.7.1.- el Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que las prue-

bas sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes. 7.2.- Los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su per-

sonalidad en cualquier momento.7.3.- Los aspirantes serán convocados para la prueba en llamamiento único,

salvo cuando el número de aspirantes, la naturaleza de la prueba o cualquier otracircunstancia requiera de dos o más llamamientos, debiendo realizar la prueba enel lugar, día y hora que se les asigne; quedarán decaídos en su derecho quienesno comparezcan a realizarla, salvo en los casos de fuerza mayor u otros excepcio-nales apreciados por el Tribunal calificador que, impidiendo su realización en lafecha prevista, no afecten al normal desarrollo del proceso selectivo, para los quepodrá realizase un convocatoria extraordinaria.

el orden de actuación de las personas aspirantes en todas las pruebas se ini-ciará de conformidad con las previsiones de la Resolución de la Secretaría deestado de Administraciones Públicas por la que se publique el resultado del sorteoa que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por elque se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de laAdministración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General delestado vigente en el momento de publicación de la presente convocatoria en elBoletín Oficial de la Provincia.

el día, hora y lugar de realización del Primer ejercicio de la fase de oposiciónserá anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la corporación.Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán porel Tribunal, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en los locales donde sehayan celebrado las pruebas anteriores y pagina web, con 12 horas de antelación,si se trata del mismo ejercicio y 24 horas, si se trata de uno nuevo. Desde la totalconclusión de un ejercicio o prueba, hasta el comienzo del siguiente deberá trans-currir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días.

7.4.- Si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del órga-no convocante que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisi-tos exigidos por la presente convocatoria, podrá excluirlo del mismo, previa audien-cia del interesado.

7.5.- el programa que ha de regir en este proceso selectivo es que figura en elAnexo i de estas Bases.

7.6.- concluidas la prueba selectiva, el Tribunal publicará la relación de aspi-rantes aprobados en las mismas, con expresión de su nombre, apellidos y D.n.i. yla puntuación obtenida.

7.7.- el proceso selectivo lo superará aquel aspirante que una vez sumadas lascalificaciones de la prueba y la puntuación de la fase de concurso obtenga la mejorpuntuación. concluido el proceso selectivo, el Tribunal elevará al órgano compe-tente relación con los aspirantes que tuvieran derecho a su nombramiento como

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funcionario de carrera, con expresión de nombre y apellidos, su Dni y las puntua-ciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

7.8.- el Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo unnúmero de aspirantes superior al de plazas convocadas. cualquier propuesta deaprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

7.9.- Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán sermotivados. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecio-nalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración estará referida alcumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.- Presentación de documentos y nombramiento.8.1.- en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de publi-

cación en el Boletín oficial de la Provincia de la relación de los aspirantes que figu-ren en la misma deberán presentar en el Departamento de Recursos Humanos delexcmo. Ayuntamiento de Zamora la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del D.n.i. o documento equivalente para los ciudada-nos de otros estados que acredite fehacientemente la edad y nacionalidad.

b) Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida para la admisiónal proceso selectivo. Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homo-logadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legalen que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, apor-tar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente delministerio de educación o cualquier otro órgano de la Administración com-petente para ello. en el caso de ciudadanos de otros estados, deberánaportar credencial que acredite la homologación de su título en el estadoespañol.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expe-diente disciplinario del servicio de cualquier administración Pública, ni hallar-se inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

d) Documento fehaciente donde se acredite una antigüedad de dos años comofuncionario de carrera en el Ayuntamiento de Zamora en la categoría deBombero

8.2.- Quienes dentro del plazo fijado y salvo causas de fuerza mayor u otras cir-cunstancias excepcionales apreciadas por el órgano convocante no presentasen ladocumentación requerida en la base anterior, o del examen de la misma se dedu-jera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podránser nombrados funcionarios del excmo. Ayuntamiento de Zamora, quedando anu-ladas todas las actuaciones referentes a dichos aspirantes, sin perjuicio de la res-ponsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su solicitud de parti-cipación en el proceso selectivo.

8.3.- Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar la documenta-ción exigida, podrá acreditase que se reúne las condiciones exigidas en la convo-catoria mediante cualquier medio de prueba admitida en derecho.

8.4.- examinada la documentación el órgano competente publicará en el Boletínoficial de la Provincia el nombramiento como funcionario del excmo. Ayuntamientode Zamora de el/los aspirante/s aprobado/s, determinando el plazo para la toma deposesión.

9.- Contenido de las pruebas.el procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

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FASe De cOncuRSOesta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá

tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se tendrán en cuenta los siguientes méritos, con la valoración que se señala,

referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La fasede concurso no supondrá una valoración superior al 40% de la puntuación total delconcurso-oposición.

Los méritos alegados y justificados por los aspirantes en el concurso deméritos, y que el Tribunal valorará, son los que se determinan a continuación:

1.- Cursos de Formación y Perfeccionamiento: (Máximo 8 puntos).cursos relacionados con las funciones propias del Servicio de extinción de

incendios y Salvamento impartidos por las diferentes Administraciones Públicas uOrganismos privados debidamente homologadas: mAP, Ayuntamiento de Zamora,otras corporaciones Locales, comunidades Autónomas, ministerio de educación,universidades, el SciS, y las Organizaciones Sindicales realizados dentro delAcuerdo de Formación continua de las Administraciones Públicas:

Se computará a 0,006 puntos por hora de curso.Los cursos recibidos en el ámbito de la formación continua en materia de

igualdad se incrementará un 25% del valor previsto para el resto de cursos acredi-tados, sin que en todo caso se pueda sobrepasar el límite establecido como pun-tuación máxima en este apartado.

estar en posesión del curso de nivel básico de prevención de riesgos laboralesu otros niveles superiores (en el caso de poseer varios solo se contabilizara el denivel superior), se incrementará un 25% del valor previsto para el resto de cursosacreditados, sin que en todo caso se pueda sobrepasar el límite establecido comopuntuación máxima en este apartado.

no se puntuarán aquellos cursos cuya duración sea inferior a 5 horas y aque-llos cursos que no tengan certificadas las horas de duración documentalmente.

Tampoco serán objeto de valoración los cursos que formen parte de un plan deestudios para la obtención de una titulación académica.

A estos efectos, se entenderá como un solo curso la realización de distintas edi-ciones del mismo curso.

2.- Antigüedad: (Máximo 8 puntos).• Servicios prestados en la categoría de cabo Bombero en el Servicio de

extinción de incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Zamora se valora-rá a razón de 0,40 puntos por cada año de servicios o fracción superior a 6meses.

• Servicios prestados en la categoría de Bombero en el Servicio de extinción deincendios y Salvamento del Ayuntamiento de Zamora se valorará a razón de0,30 puntos por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses.

La acreditación deberá certificarse por la Administración correspondiente.en ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 4

puntos.3.- Titulaciones Oficiales (Máximo 4 puntos).méritos académicos. Se valorará, con un máximo de 2 puntos, siempre que no

hayan sido valoradas en otros apartados del presente concurso como méritos aca-

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démicos, cualquier otra titulación académica oficial que tenga relación directa conel puesto a desempeñar, de nivel igual o superior al exigido para acceder al mismo,distinta de la que haya permitido acceder a la Subescala desde la que se participa.Se valorará con arreglo a la siguiente escala, teniendo en cuenta que no se valo-rarán las titulaciones de ámbito inferior, necesarias para obtener una titulaciónsuperior valorable, salvo que se posea más de una titulación de ámbito inferior, encuyo caso se valorarán las titulaciones adicionales a las necesarias para la obten-ción del título superior valorado.

• Titulación de nivel del marco español de cualificación para la educación supe-rior 4 (meceS 4, eQF8): 4 puntos.

• Titulación de nivel del marco español de cualificación para la educación supe-rior 3 (meceS 3, eQF7): 3 puntos.

• Titulación de nivel del marco español de cualificación para la educación supe-rior 2 (meceS 2, eQF6): 2 puntos.

• Titulación de nivel del marco español de cualificación para la educación supe-rior 1 (meceS 1, eQF5): 1 punto.

• Grado FP medio o equivalente: 0,40 puntos. Únicamente se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, los títulos con vali-

dez oficial en españa. en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, debe-rán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homolo-gación. este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obteni-do el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesio-nes reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho comunitario.

no se puntuaran aquellos títulos que fuesen necesarios para obtención de otrode grado superior.

FASe De OPOSición.Las pruebas a superar en la fase de oposición serán las que se recogen a con-

tinuación y su desarrollo se realizara en el orden siguiente:Primer ejercicio: Pruebas Físicas.Tendrán carácter eliminatorio y tenderán a comprobar, entre otros aspectos, las

condiciones de fuerza, velocidad y resistencia, según lo establecido en el Anexo ii.Para la superación de esta fase será necesario superar al menos cuatro de las

cinco pruebas (8 puntos). La superación de cada una de las pruebas sumara 2puntos. La puntuación máxima será de 10 puntos.

Segundo ejercicio: Prueba Psicotécnica.Se realizara por un psicólogo y valorara las dotes de mando y relación con el

personal. este ejercicio se valorara de Apto o no apto, siendo este eliminatorio yno pudiendo pasar al resto de las pruebas si no supera con apto.

Tercer ejercicio.- Teórico.De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Prueba escrita que consistirá

en contestar un cuestionario de 20 preguntas referidas al contenido del programaque figura como Anexo ii a estas bases. Las preguntas deberán ser cortas y con-cisas, y las respuestas (abiertas) habrán de desarrollarse en los límites de espacioque permita el impreso facilitado por el Tribunal. el tiempo máximo para la realiza-ción de este ejercicio será de dos horas, pudiendo el tribunal calificador fijar una

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duración inferior. este ejercicio, si el Tribunal lo estima oportuno, deberá ser leídopor el aspirante ante el Tribunal.

en caso de no superar este ejercicio por no obtener 5 puntos, implicara la eli-minación del proceso selectivo. este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos.

La calificación de esta prueba será la media aritmética de las otorgadas por losmiembros del tribunal calificador. Las calificaciones se adoptarán sumando las pun-tuaciones otorgadas por los distintos miembros del mismo y dividiendo el total porel número de asistentes a aquel, siendo eliminados, a estos efectos, la puntuaciónmáxima y mínima concedida cuando exista una desviación de dos puntos sobre lamedia aritmética o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.

Cuarto ejercicio.- Práctico.consistirá en la resolución de uno de los supuestos prácticos tipo, durante un

periodo máximo de una hora, que será elegido mediante sorteo de entre los temasque a continuación se señalan, relacionado con el ejercicio de las funciones pro-pias de la plaza convocada. el desarrollo de esta prueba será escrito y durante lamisma los aspirantes no podrán consultar ningún tipo de bibliografía. este ejercicioserá leído obligatoriamente ante el tribunal por el aspirante.

- intervención en incendio en edificios en altura.- intervención en incendio bajo cota.- intervención en incendio industrial.- intervención en incendio forestal.- intervención en accidente con mercancías peligrosas.- intervención en accidente de tráfico.- intervención en colapso de edificio.La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtener un

mínimo de 5 puntos para superar el mismo.en caso de no superar este ejercicio por no obtener 5 puntos, implicara la eli-

minación del proceso selectivo. este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, sien-do necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

en este ejercicio se valorará fundamentalmente la aplicación razonada de losconocimientos teóricos. La capacidad para dirigir y dividir las operaciones a reali-zar entre los supuestos miembros del equipo que formen la dotación desplazada alsiniestro y la realización del supuesto sin incurrir en errores graves, como dejar sinrealizar alguna parte del supuesto, actuar con desorden o sin atender a las priori-dades.

este ejercicio será leído obligatoriamente ante el tribunal por el aspirante.en cada uno de ejercicios citados que conlleve el otorgamiento de puntuación

por parte del Tribunal calificador, la calificación de esta prueba estará determina-da por la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal. Las cali-ficaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintosmiembros del mismo y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, sien-do eliminadas, a estos efectos, la puntuación máxima y mínima concedida cuandoexista una desviación de dos puntos sobre la media aritmética o, en su caso, unade las que aparezcan repetidas como tales.

10.- Sistema de calificación.A) Fase de concurso.Será previa a la de oposición, no será eliminatoria, ni podrá tenerse en cuenta

para superar las pruebas de la fase de oposición. Su valoración en el proceso de

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selección se ajustará a la proporcionalidad fijada en las bases anteriores. La valo-ración deberá finalizar antes del inicio de las pruebas selectivas eliminatorias. enel caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritosalegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán encuenta y no serán valorados, ni puntuados.

Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán si constan acre-ditadas el número de horas de duración de los mismos, en caso contrario no sevalorará.

B) Fase de oposición.el Tribunal podrá requerir en cualquier momento de los aspirantes que acrediten

su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del D.n.i. cuando se celebren parala selección varias pruebas consecutivas, entre la terminación de una y el comienzode la siguiente deberá transcurrir un mínimo de setenta y dos horas y un máximo decuarenta y cinco días naturales. Todos los llamamientos serán únicos. no obstanteen caso de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el tribu-nal, se realizará un segundo llamamiento inmediatamente terminado el primero.

en el supuesto de que algún tema de los integrantes en el respectivo programaanexo de la convocatoria se viese afectado por alguna modificación, ampliación oderogación normativa, se exigirá en todo caso la normativa vigente en el momentode la realización de las respectivas pruebas. La lectura de los ejercicios se efectua-rá por los propios aspirantes, dicha lectura será pública y la no comparecencia del/laaspirante se entenderá como retirada, determinando la eliminación del mismo.

La calificación definitiva de la fase de oposición vendrá determinada por lasuma de las calificaciones en los ejercicios puntuables.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en los tres días siguien-tes como máximo a que se acuerden y serán expuestas en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento.

La calificación global del proceso determinará el orden de prelación de los aspi-rantes.

en caso de empate en la calificación final del proceso selectivo, el orden de losaspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase deoposición; de persistir el empate se aplicarán los siguientes criterios: la mayor pun-tuación obtenida en el concurso; y, de persistir el empate por el orden de actuaciónde las personas aspirantes de conformidad con las previsiones de la Resolución dela Secretaría de estado de Administraciones Públicas por la que se publique elresultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso delPersonal al servicio de la Administración General del estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de laAdministración General del estado vigente en el momento de publicación de la pre-sente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

- Propuesta de adjudicación de vacantes.Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de

anuncios del Ayuntamiento y web municipal, la relación de los aspirantes aproba-dos, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuestade nombramiento a favor de los aspirantes que habiendo superado todos los ejer-cicios, hubieran obtenido plaza, que no podrá rebasar el número de plazas a pro-veer mediante el presente proceso selectivo.

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11.- Norma final.11.1.- Recursos: De conformidad con las previsiones del artículo 114 de la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Adminis-traciones Públicas, la presente Resolución pone fin a la vía administrativa; por loque contra la misma, y según las previsiones del artículo 123 de la citada ley39/2015, de 1 de octubre, podrán los interesados interponer potestativamente, y enel plazo de un mes, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictadoo impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

La interposición del recurso contencioso-administrativo se efectuará ante elJuzgado de lo contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses acontar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución. Todo ellosin perjuicio de que pueda ser ejercitado cualquier otro recurso que se estime pro-cedente.

11.2.- el sólo hecho de presentar la instancia solicitando tomar parte en estaoposición constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a las bases de laconvocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

12.- Protección de datos. Serán de aplicación las previsiones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciem-

bre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ydemás normativa de aplicación. Podrán ser ejercitados cuantos derechos vienenatribuidos en la citada norma por los aspirantes al presente proceso selectivo, anteel excmo. Ayuntamiento de Zamora. Responsable Ayuntamiento de Zamora.Finalidad Principal Tramitación, gestión de expedientes

administrativos y actuaciones administrativas derivadas de estos.Legitimación1 cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el

ejercicio de poderes públicos otorgados a este Ayuntamiento.Destinatarios no hay previsión de transferencias a terceros países.Derechos Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como

cualesquiera otros derechos que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional

Información Adicional Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la siguiente url www.aepd.es

en lo relativo a la legitimación para el tratamiento de los datos, se hace referen-cia a la base jurídica en la que se fundamente el tratamiento de los datos y queviene regulada en el artículo 6 del Reglamento(ue) 2016/679 del Parlamentoeuropeo y del consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las per-sonas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre cir-culación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/ce (Reglamentogeneral de protección de datos), en concordancia con los artículos 6, 7 y 8 de laLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales yGarantía de los Derechos Digitales, con las siguientes posibilidades:

- ejecución de un contrato.- cumplimiento de una obligación legal.- misión en interés público o ejercicio de poderes públicos.- interés legítimo del responsable o interés legítimo de un tercero.- consentimiento del interesado.

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AneXO iPROGRAmA- cABO BOmBeRO

Tema 1.- el mando en los Servicios de bomberos. cualidades. Funciones del mando. Procedimiento de toma de decisiones. niveles de mando. Traspaso del mando.

Tema 2.- Sistema internacional de unidades de medida: Longitud, velocidad, masa, densidad, presión, trabajo, potencia, etc. Superficies y volú-menes.

Tema 3.- estados de la materia y cambios de estado. Fusión, vaporización, solidificación, condensación, licuefacción, sublimación.

Tema 4.- Hidráulica. Hidrostática e hidrodinámica. Presión. Presión atmosfé-rica, absoluta y manométrica. Principio de Pascal. Principio deArquímedes. efecto venturi. caudal. Pérdidas de presión. Golpe deariete. cavitación.

Tema 5.- intervención en siniestros con mercancías peligrosas. información. evaluación. Prioridades. Plan de actuación. niveles de protección. Zonas de intervención y descontaminación. control del personal que interviene.

Tema 6.- incendios: concepto. Tipo de incendios: urbano, industrial, forestal, en transportes. intervención en incendios en interiores. considera-ciones generales. Flashover y backdraft. incendios en altura y sóta-nos. incendios en instalaciones bajo tensión eléctrica.

Tema 7.- intervención en accidentes de tráfico. Procedimiento: Prioridades. medidas de seguridad. Técnicas de intervención. coordinación con otros participantes en la intervención.

Tema 8.- ventilación en incendios. Tipos y técnicas. ventajas. Precauciones.Tema 9.- La seguridad de los bomberos. La seguridad como principio general

de actuación. Riesgos para la salud del bombero. equipos de pro-tección individual: vestuario y equipos.

Tema 10.- Protección respiratoria para bomberos. Riesgos respiratorios. Tipos de equipos de protección respiratoria. control del personal con equi-pos respiratorios. Técnicas de buceo en humo.

Tema 11.- características de los incendios forestales. Factores que influyen en su comportamiento. Formas de realizar el ataque al incendio. Toma de decisiones. contrafuegos y cortafuegos. Seguridad y equipa-miento en incendios forestales.

Tema 12.- estructuras portantes de los edificios, distintos sistemas. Descripción de las mismas. comportamientos generales de los dife-rentes sistemas estructurales ante distintos tipos de siniestros. Patología de la edificación.

Tema 13.- interpretación de mapas y planos. Sistemas de representación, escalas, curvas de nivel, coordenadas, símbolos más usuales. Planos de construcción e instalaciones.

Tema 14.- igualdad efectiva de mujeres y hombres: el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas Públicas para la igualdad. el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. el principio de igualdad en el empleo público. especial referencia al excmo. Ayuntamiento de Zamora.

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AneXO iicOnTeniDO PRueBAS FÍSicAS

1.- Prueba de potencia del tren delantero (trepa de cuerda):a. Disposición: el aspirante asirá la cuerda desde la posición de pie.b. ejecución: De pie, sin salto previo, subirá a brazo y sin ayuda de las piernas por la

cuerda lisa hasta una altura marcada en la cuerda según el baremo establecido.c. medición: Se efectuará desde el suelo hasta la marca fijada según el bare-

mo establecido. La medición de la altura será en metros y para el tiempo deejecución en segundos. el tiempo máximo de ejecución es de 20 segundos.

d. intentos: Podrán realizarse dos intentos, puntuándose el mejor de los dos.e. invalidaciones: Serán ejecuciones nulas:

- cuando el aspirante para realizar la prueba emplee más de 20 seg.- cuando el aspirante salte para iniciar el ejercicio.- cuando el aspirante se sujete o ayude con la piernas en el ascenso.

f. marcas: Los aspirantes serán eliminados con la consecución de marcas infe-riores a los establecidos para cada categoría de edad.

TREPA DE CUERDA (20 seg)Edades Menos de Más de 30 Más de 35 Más de 40 Más de 45 Más de 50

30 años y menos y menos y menos y menos añosde 35 años de 40 años de 45 años de 50 años

marca 5,50 m 5,20 m 4,90 m 4,60 m 4,30 m 4,00 m

2.- Fondos en el suelo (flexión-extensión de brazos en 40 seg).a. Disposición: el aspirante se colocará en el suelo con el cuerpo estirado, apo-

yado en las puntas de los pies y en las palmas de las manos, con los brazos enextensión a la anchura de los hombros.

b. ejecución: cuando se halle dispuesto el aspirante realizara todas las flexio-nes-extensiones de brazos posibles, debiendo tocar con la barbilla una almohadi-lla de cinco centímetros de grosor y volviendo a la posición de partida, mantenien-do en todo momento los hombros espalda y piernas en prolongación formando unalínea recta. Se permitirá durante el ejercicio, realizar una parada, siempre que serealice en la posición de extensión de brazos.

c. medición: Se contabilizaran como efectuada una flexión-extensión cuandotoque con la barbilla la almohadilla y vuelva a posición inicial. el tiempo máximo deejecución es de 40 segundos.

d. intentos: Pueden realizarse dos intentos, contabilizándose el mejor.e. invalidaciones: no se considerará como valida toda extensión-flexión de bra-

zos que no sea completa, no se toque la almohadilla con la barbilla o cuando seapoye en el suelo alguna parte distinta de la barbilla, manos o punta de los pies.no conseguir superar las marcas establecidas en el tiempo determinado.

f. marcas: Los aspirantes serán eliminados con flexiones-extensiones inferioresa los establecidos para cada categoría de edad.FONDOS EN EL SUELO (flexión-extensión de brazos en 40 seg)Edades Menos de Más de 30 Más de 35 Más de 40 Más de 45 Más de 50

30 años y menos y menos y menos y menos añosde 35 años de 40 años de 45 años de 50 años

marca 38 rept. 36 rept. 34 rept. 32 rept. 30 rept. 28 rept.

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3.- Prueba de potencia del tren inferior (salto de longitud con los pies juntos).a. Disposición: el aspirante se colocará ante una raya de un metro de larga y

de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a unadistancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

b. ejecución: cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderárápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar elcuerpo hacia adelante y caer en el foso. está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.

c. medición: Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hastala huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso.

d. intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.e. invalidaciones: el salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, con-

tabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo,vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. es nulo el salto que seproduce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. es nuloel salto en el que el aspirante pise o rebase la raya en el momento de la impulsión.

Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas esta-blecidas o que realicen tres intentos nulos.

f. marcas: Los aspirantes serán eliminados con saltos inferiores a los estable-cidos para cada categoría de edad.SALTO DE LONGITUD (pies juntos)Edades Menos de Más de 30 Más de 35 Más de 40 Más de 45 Más de 50

30 años y menos y menos y menos y menos añosde 35 años de 40 años de 45 años de 50 años

marca 2, 25 m 2, 20 m 2,15 m 2,10 m 2,05 m 2,00 m

4- Prueba de resistencia muscular (carrera de 1.000 metros lisos).a. Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la

salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.b. ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada

a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en elReglamento de la Federación internacional de Atletismo Aficionado (iAAF), pudien-do correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.

c. medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a travésde cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, dupli-cándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de losdos medidos.

d. intentos: un solo intento.e. invalidaciones: cuando un mismo corredor realice dos salidas falsas o por

excederse del tiempo establecido.f. marcas: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-

blecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 m)Edades Menos de Más de 30 Más de 35 Más de 40 Más de 45 Más de 50

30 años y menos y menos y menos y menos añosde 35 años de 40 años de 45 años de 50 años

Tiempos 3´30´´00 3´45´´00 4´00´´00 4´15´´00 4´30´´00 4´45´´00

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5.- Prueba de natación (25 m. estilo libre).a. Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de sali-

da o desde dentro de la piscina. en este caso deberá tocarse claramente la paredde dicho borde de salida con una mano o pie.

b. ejecución: una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes reali-zarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de lle-gada con alguna de las manos.

c. medición: manual. Se contabilizará el tiempo invertido.d. intentos: un solo intento.e. invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que

realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo hayahecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelode la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempoestablecido.

f. marcas: Los aspirantes serán eliminados con tiempos superiores a los esta-blecidos para cada categoría de edad.NATACIÓN (25 metros estilo libre)Edades Menos de Más de 30 Más de 35 Más de 40 Más de 45 Más de 50

30 años y menos y menos y menos y menos añosde 35 años de 40 años de 45 años de 50 años

Tiempos 22”00 23”00 24”00 25”00 26”00 27”00

Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 17 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ZAMORAAnuncio

La Junta de Gobierno Local de este excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 14 de enero de 2020, acuerda:

Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases para la provisión, en propiedad,de una (1) plaza de la categoría de Suinspector del cuerpo de Policía Local delexcmo. Ayuntamiento de Zamora, correspondientes a la Oferta de empleo Públicode 2019.

cOnvOcATORiA Y BASeS PARA LA PROviSiOn en PROPieDAD,meDiAnTe cOncuRSO-OPOSiciOn, TuRnO De PROmOción inTeRnA,

De unA PLAZA De SuBinSPecTOR De LA POLiciA municiPAL DeL AYunTAmienTO De ZAmORA

1.- Normas generales.1.1.- Ámbito de aplicación.es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de

Subinspector de la Policía municipal, vacante en la Plantilla de Funcionarios,mediante el sistema de concurso oposición, turno de promoción interna, al ampa-ro de lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para fomento depromoción interna entre funcionarios del excmo. Ayuntamiento de Zamora.

1.2.- Legislación aplicable.Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (B.O.e. núm. 80, de 3 de abrilde 1985); en el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materiade Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril(B.O.e. núms. 96 y 97 de 22 y 23 de abril de 1986); el RDL 5/2015, de 30 de octu-bre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del estatuto Básico delempleado Público; el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio dela Administración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General delestado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.e. núm. 85, de10 de abril de 1995); el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemniza-ciones por razón del servicio (B.O.e. núm. 129, de 30 de mayo de 2002); el RealDecreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las Reglas Básicas yProgramas mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios deAdministración Local (B.O.e. núm. 142, de 14 de junio de 1991); el Reglamento deFuncionarios de Administración Local, de 30 de mayo de 1952 (B.O.e. núm. 364,de 29 de diciembre de 1952); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre deincompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas(B.O.e. núm. 4, de 4 de enero de 1985); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas; la Ley9/2003, de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de castilla y León

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(B.O.c. y L. núm. 71, de 14 de abril de 2003); y las normas marco a las que hande ajustarse los Reglamentos de las Policías Locales en el ámbito de lacomunidad de castilla y León, aprobadas por el Decreto 84/2005, de 10 denoviembre, (B.O.c. y L. núm. 221, de 16 de noviembre de 2005).

1.3.- características de las plazas.Las plazas convocadas corresponden al Grupo A, Subgrupo A2 de los estable-

cidos en el art. 76 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, y están dotadas con el suel-do correspondiente al Grupo y subgrupo, dos pagas extraordinarias y demás retri-buciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

están encuadradas en la escala de Administración especial, Subescala deServicios especiales, clase: Servicio de Policía Local, categoría: Subinspectores.en la legislación de la comunidad Autónoma sobre Policías Locales se encuadranen la escala Técnica y en la categoría de Subinspector.

Las plazas se adjudicarán mediante la superación del concurso-oposición entretodos los candidatos admitidos y que reúnan los requisitos exigidos.

1.4.- Régimen de incompatibilidades.Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos,

desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigen-te y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualesquiera otrasplazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Zamora,del estado, de las comunidades Autónomas, de entidades o corporacionesLocales, o de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organis-mos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cual-quier clase, ni con cualquier actividad privada.

1.5.- vinculación.Las presentes Bases vincularán a la Administración y al Tribunal de Selección

que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas. 1.6.- modificación.Las presentes Bases sólo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las

normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativocomún de las Administraciones Públicas.

2.- Requisitos de los aspirantes.2.1.- Requisitos.Para ser admitidos al concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:a) Ser funcionario de carrera del excmo. Ayuntamiento de Zamora.b) encontrarse en situación de servicio activo en la escala de la Administración

especial, Subescala de Servicios especiales, clase Policía Local, escalaejecutiva, categoría de Oficial de Policía Local de Zamora, con una antigüe-dad mínima en el cargo de dos años.

c) estar en posesión de la titulación requerida para el ingreso en el Grupo A2en el que se encuentra clasificada la plaza, de los establecidos en el RDL5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la leydel estatuto Básico del empleado Público. Quien alegue título equivalentehabrá de acompañar certificado expedido por la autoridad competente enmateria educativa acreditativo de la misma.

d) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

e) carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no haber sido san-

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cionado por falta administrativa tipificada como grave o muy grave que nohaya sido cancelada ni hallarse inhabilitado para el ascenso. (Anexo iv)

f) no hallarse en situación de segunda actividad. 2.2.- cumplimiento.Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán ser reunidos por el

aspirante el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de lacorrespondiente convocatoria.

3.- Sistema selectivo.3.1. Generalidades.el procedimiento de selección de los aspirantes que reúnan los requisitos de la

convocatoria constará de dos fases: una de concurso-oposición y otra de cursoselectivo de capacitación organizado por la escuela Regional de Policía Local.

3.2.- Fase de concurso-oposición: Subfase de concurso. esta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no

podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se tendrán en cuenta los méritos, con la valoración que se señala en el Anexo

i, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.en ningún caso la fase de concurso supondrá una valoración superior al 40 por

100 de la puntuación total del concurso-oposición para ello, a la calificación obte-nida se la multiplicará por el índice de ponderación 0,65 que determinará la califi-cación final de la fase de concurso.

3.3.- Fase de concurso-oposición: Subfase de Oposición.La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:a) Pruebas psicotécnicas.b) Pruebas físicas.c) Pruebas de conocimiento.3.3.1.- Pruebas psicotécnicas.Las pruebas psicotécnicas se dirigirán a comprobar si las aptitudes, actitudes y

rasgos de personalidad de los aspirantes son adecuados para desempeñar laplaza y asumir las responsabilidades que conlleva. La calificación será apto o noapto.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la contestación de varios cuestiona-rios acomodados a las condiciones psicotécnicas propias del cargo a desempeñar.Las pruebas psicotécnicas se dirigirán a comprobar si las aptitudes, actitudes y ras-gos de personalidad de los aspirantes son adecuados para desempeñar la plaza yasumir las responsabilidades que conlleva, en especial las siguientes:

Aptitudes mentales.- Razonamiento verbal.- Razonamiento abstracto.- Rapidez y precisión perceptiva.- Atención y resistencia a la fatiga.- Agilidad mental.- memoria visual. Personalidad.- Autocontrol de los impulsos y emociones. - Serenidad.- capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.

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- Sentido de las disciplina y de la autoridad. - Seguridad en sí mismo. Firmeza personal.- Desarrollo de conductas cooperativas. - capacidad de integración en el grupo. - Sentido de la iniciativa.- neutralidad afectiva en el ejercicio profesional. - capacidad de automotivación.- capacidad de liderazgo para el ejercicio del mando y de autoridad de una uni-

dad policial. Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado.

Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas atodos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resulta-dos de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del can-didato al perfil profesional.

3.3.2.- Pruebas físicas.Las pruebas físicas, tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condicio-

nes de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminato-rio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo iii. La calificación seráde "Apto" o "no apto".

3.3.3.- Pruebas de conocimiento.Primera.- De carácter eliminatorio, consistirá en desarrollar por escrito dos

temas extraídos al azar de los contenidos en el Anexo ii de esta convocatoria.el temario ha sido fijado en cumplimiento de las previsiones de los artículos 8.3

del RD 896/1991, de 7 de junio y 77 del RD 364/1995, de 10 de marzo. el tiempo máximo de duración de esta prueba será de 3 horas. La calificación

de esta prueba será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que noalcancen un mínimo de 5 puntos.

Segunda.- consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de90 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con el temario. elejercicio se calificará sobre 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que noalcancen un mínimo de 5 puntos.

Si el Tribunal lo considera conveniente, podrá acordar la lectura de estos ejer-cicios en sesión pública.

3.4.- curso Selectivo.La fase de "curso Selectivo" deberá ser realizada por los aspirantes, propues-

tos por el Tribunal, que hayan superado con éxito todas las pruebas de la subfasede oposición. en la propuesta no podrán figurar mas aspirantes que el número deplazas a cubrir. La conserjería competente en materia de policías locales, a pro-puesta de la escuela Regional de Policía Local, regulará el régimen académico delcurso selectivo de capacitación, los programas, contenidos, duración y calendariodel mismo.

La calificación del curso será "Apto" o "no apto".4.- Solicitudes.4.1.- Solicitudes.La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo que se

figurará en la sede electrónica del excmo. Ayuntamiento de Zamora, en el que losaspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones quese exigen en las presentes Bases, así como manifestar que se compromete, en sucaso, a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida en el Real

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Decreto 707/79, de 5 abril. Éstas se dirigirán al ilmo. Sr.Alcalde Presidente delexcmo. Ayuntamiento de Zamora.

Dicho modelo estará también disponible en la página web del Ayuntamiento deZamora.

De conformidad con las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, que esta-blece en su artículo 12 la obligación de las Administraciones públicas de garantizarque los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medioselectrónicos, poniendo a su disposición los canales de acceso que sean necesa-rios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen y delartículo 14.3 de la citada norma, se establece la obligatoriedad del uso de medioselectrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en la presente con-vocatoria.

Por otra parte, el artículo 56 del texto refundido de la Ley del estatuto Básico delempleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octu-bre, establece entre los requisitos para poder participar en el correspondiente pro-ceso selectivo la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. ello deter-mina la exigencia de que los empleados públicos reúnan las habilidades necesariaspara su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la tramitación electrónicade expedientes y en su relación con la propia administración empleadora.

Por su parte, el artículo 55.f) del texto refundido de la Ley del estatuto Básicodel empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, establece entre los principios rectores del acceso al empleo público el deagilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección, suponiendo,la simplificación de los medios de inscripción en un único sistema electrónico, unamayor agilización de la tramitación y facilitará la accesibilidad de los ciudadanos,que podrán realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentrodel plazo previsto en la convocatoria.

Junto con la instancia se presentarán:- Los documentos acreditativos de los méritos alegados para la fase de concur-

so, con el mismo orden que se cita en el Anexo i, acompañando los documen-tos que los acrediten. cuando el interesado no hubiera podido obtener algúncertificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmen-te la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en elorganismo competente. en todo caso, el certificado del mérito correspondien-te deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valo-ración de méritos.

- Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos deexamen.

4.2.- Plazo de presentación de instancias.el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados

a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el"Boletín Oficial del estado".

4.3.- Lugar de presentación. el impreso de solicitud a las pruebas selectivas debidamente cumplimentado,

se presentará con el recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de con-curso-oposición, con los documentos acreditativos de los méritos alegados, en elRegistro del Ayuntamiento de Zamora, así como en cualquiera de las formas pre-vistas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las Administraciones Públicas.

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4.4.- Derechos de examen.Los derechos de examen se fijan en 20,00 euros, y serán satisfechos en cual-

quiera de las entidades Financieras colaboradoras en la Recaudación, en el mode-lo oficial de autoliquidación "Tasa Derecho de examen" que podrá obtenerse en laSede electrónica del Ayuntamiento de Zamora, http://www.zamoratributos.es/ofici-navirtual/sedeelectronica.aspx, en el que se hará constar la convocatoria a la queoptan y cuyo resguardo se unirá a la solicitud.

en ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución deltrámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo esta-blecido en las bases. Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fue-ren admitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exi-gidos para tomar parte en las mismas. La falta de abono de los derechos de exa-men determinará la exclusión de la persona aspirante.

4.5.- Subsanación de defectos y errores.Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado para

que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos precep-tivos, con apercibimiento de que de no hacerlo así, será excluido de la lista deadmitidos.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquiermomento de oficio o a petición del interesado.

4.6. vinculación a los datos declarados.Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su

solicitud, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivadodentro del plazo señalado en el apartado 4.5 de esta Base. Transcurrido este plazono se admitirá petición de esta naturaleza, salvo causa de excepción sobrevenida,justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

5.- Admisión de los aspirantes.5.1.- Requisitos.Para ser admitido a las prácticas de las pruebas selectivas bastará con que los

aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las con-diciones exigidas en la base Segunda, referidas siempre a la fecha de expiracióndel plazo señalado para la presentación de instancias, y que conste acreditado elabono de los derechos de examen y que presenten los documentos exigidos.

5.2.- Lista de admitidos y excluidos.expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dicta-

rá resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admi-tidos y excluidos que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y contendrá,además del lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la fase de laoposición, como Anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos, con sucorrespondiente Documento nacional de identidad, e indicación de las causas desu exclusión, así como el lugar en que se encuentren expuestas al público las lis-tas certificadas y completas de aspirantes de admitidos y excluidos. el plazo desubsanación de los defectos, de acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, será de diez días, a contar desde el siguiente a la fechade publicación de la mencionada Resolución.

Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas orechazadas mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia, que será hecha públi-ca en el tablón de edictos de la casa consistorial (Plaza mayor, 1, planta baja).

5.3.- Reclamaciones, errores y rectificaciones. La publicación de la Resolución

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por la que se declara aprobada la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficialde la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnacio-nes o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a peti-ción del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las AdministracionesPúblicas.

en el supuesto de que, por circunstancias excepcionales se hubiese de modifi-car, la fecha o la hora de celebración del primer ejercicio, se hará público a travésdel Boletín Oficial de la Provincia.

6.- Órganos de selección.6.1.- composición.el Tribunal calificador de las pruebas selectivas designado conforme a lo dis-

puesto en el artículo 4 del Real Decreto 896/1991 de 2 de junio, estará compues-to por los siguientes miembros y será designado por el órgano competente delAyuntamiento, estará compuesto por un número impar de miembros con voto,nunca inferior a cinco, y se ajustará a las siguientes reglas:

Presidente: inspector Jefe de la Policía municipal de Zamora.vocales:- un vocal designado a propuesta de la Agencia de Protección civil y consumo.- un vocal mando de cuerpo de Policía Local, con categoría igual o superior a

la de Subinspector.- un vocal designado a propuesta de los órganos de representación del perso-

nal de la corporación.- un vocal designado por la Alcaldía Presidencia entre los funcionarios del

excmo. Ayuntamiento de Zamora. Secretario: Será designado un funcionario público, que actuará con voz y sin

voto.el Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que

simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.6.2.- Asesores especialistas.cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole así

lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidente, podrá disponer la incorpo-ración al mismo, con carácter temporal, de personal asesor, en el ejercicio de susespecialidades técnicas en el desarrollo de los procesos de selección y bajo ladirección del citado Tribunal.

6.3.- Actuación y constitución del Tribunal calificador.el Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, del

Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos,del resto de sus miembros con derecho a voto.

en caso de ausencia, tanto del Presidente titular como del Suplente, el prime-ro nombrará de entre los vocales con derecho a voto, un sustituto que lo suplirá.en el supuesto en que el Presidente titular no designe a nadie, su sustitución sehará por el vocal de mayor antigüedad con derecho a voto. el Secretario tiene voz,aunque no derecho a voto.

el Tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normascontenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos noprevistos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nomi-nal. en caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, si

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persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votacionesse seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembrosdel Tribunal, votando en último lugar el Presidente.

Los acuerdos del Tribunal sólo podrán ser impugnados por los interesados enlos supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

el Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamacionesplanteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

6.4.- Abstención.Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 23 de la Ley40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o en el art. 13.2del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

6.5.- Recusación.Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que

concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la preceden-te base 6.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el art. 24 de laLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.6.- Revisión de las resoluciones del Tribunal calificador.Las Resoluciones del Tribunal calificador vinculan a la Administración municipal

aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en losArts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrán depracticarse de nuevo las pruebas o trámite afectados por las irregularidades.

6.7.- clasificación del Tribunal calificador.el Tribunal calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá categoría

segunda, conforme a lo preceptuado en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de24 de mayo.

Todos los miembros integrantes de los Tribunales calificadores tendrán derechoa la percepción de "asistencias" por la concurrencia a la celebración de las PruebasSelectivas, siendo su cuantía las fijadas en (art. 27 del Real Decreto 462/2002, de24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio) y demás normas quelas actualizan siempre que se realicen fuera de la jornada laboral ordinaria.

7.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.7.1.- Programa.el Programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que se publica como

Anexo a estas Bases. 7.2.- calendario de realización de las pruebas. La fecha, hora y lugar de cele-

bración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dará a conocer, junto a lapublicación de la lista de excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamoray en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento

una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicaciónde los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín.

estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales dondese hayan celebrado las pruebas anteriores, o en el tablón de anuncios de estacasa consistorial, con doce horas al menos de antelación al comienzo de la prue-ba si se trata del mismo ejercicio o de 72 horas si se trata de uno nuevo.

7.3.- identificación de los aspirantes.el Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten

su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento nacional deidentidad.

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7.4.- Llamamiento. Orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes seránconvocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos de fuerzamayor invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por elTribunal con absoluta libertad de criterios, la no presentación de un aspirante acualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determina-rá automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en lossucesivos quedando excluidos, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

el orden de actuación de las personas aspirantes en todas las pruebas se ini-ciará de conformidad con las previsiones de la Resolución de la Secretaría deestado de Administraciones Públicas (vigente en el momento de publicación de lapresente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia) por la que se publiqueel resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso delPersonal al servicio de la Administración General del estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de laAdministración General del estado.

7.5.- Plazo desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente.Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 díasnaturales.

7.6.- Anonimato de los aspirantes.en la realización de los ejercicios escritos se garantizará, salvo que sea impo-

sible, el anonimato de los aspirantes. 8.- Calificación.8.1.- calificación de la Subfase de Oposición. La puntuación a cada aspirante en cada una de las pruebas de la subfase de

oposición será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno delos miembros del Tribunal asistentes a la reunión, siendo eliminados a estos efec-tos la puntuación máxima y mínima concedidas cuando exista una desviación dedos puntos sobre la media aritmética, o en su caso, una de las que aparezcanrepetidas como tales.

La calificación de los ejercicios se harán públicas el mismo día en que se acuer-den y serán expuestas en el tablón de anuncios de la corporación.

8.2.- calificación de la Fase de concurso-Oposición.La calificación definitiva de la fase de concurso-oposición será la resultante de

sumar a la notas de los ejercicios de la subfase de oposición la de la subfase deconcurso de méritos, teniendo en cuenta la ponderación establecida y que constaen la Base 3.2.

en caso de empate, el orden se establecerá ateniéndose a los siguientes crite-rios:

1.º- mayor puntuación obtenida en la Fase de Oposición.Si se mantuviera dicho empate, el Tribunal llevará a efecto una o más pruebas

complementarias sobre los ejercicios de la Oposición.8.3.- Relación de aprobados.1.- una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la

relación de aspirantes que han aprobado la fase de concurso-oposición pororden de puntuación en el tablón de anuncios de la corporación. Así mismo,el Tribunal elevará al ilmo. Sr. Alcalde, por orden de puntuación, propuestade nombramiento, que no podrá rebasar el número de plazas ofertadas, a

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favor de los aspirantes que deben realizar el curso Selectivo para que pue-dan ser nombrados funcionarios en prácticas.

2.- Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspi-rantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal podráelevar a la corporación un listado complementario con dichos aspirantes, pororden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del arti-culo 61, apartado 8 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprue-ba el texto refundido de la ley del estatuto Básico del empleado Público.

9.- Presentación de documentos.9.1.- Documentos exigibles.Los aspirantes propuestos aportarán en el Departamento de Recursos Humanos

del excmo. Ayuntamiento de Zamora, los siguientes documentos acreditativos deque poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

a) Fotocopia autentificada o fotocopia (que deberá presentarse acompañada deoriginal para su compulsa) del título académico referido en la base 2.1.c), o jus-tificante de haber abonado los derechos para su expedición. en el supuesto dehaber invocado el título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse cer-tificado que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesenexpedidos después de la fecha que finalizó el plazo de presentación de ins-tancias, deberán justificar el momento en que concluyeron los estudios.

b) certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida eldesempeño de las correspondientes funciones.

9.2.- Plazo.el plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales conta-

dos a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados.9.3.- Falta de presentación de documentos.Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no pre-

sentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán sernombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la respon-sabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitandotomar parte en la convocatoria.

10- Curso selectivo de capacitación.10.1.- Realización del curso. De conformidad con lo establecido en los artícu-

los 78 y 81 de las normas marco a las que han de ajustarse los Reglamentos delas Policías Locales de castilla y León (aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 denoviembre), los aspirantes que superen esta fase quedarán obligados a realizar ysuperar un curso selectivo de capacitación para la categoría, organizado por laescuela Regional de Policía Local.

Durante el desarrollo del curso de capacitación los aspirantes admitidos deven-garán las retribuciones legales que como funcionarios en prácticas están previstasen la legislación vigente.

10.2.- calificación del curso.La calificación del curso será Apto o no Apto. 11.- Calificación definitiva.Superado el curso selectivo, la calificación definitiva del proceso de selección

vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la subfases de concur-so y en la de oposición.

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12.- Nombramiento.concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refieren

las bases anteriores, la Alcaldía-Presidencia procederá al nombramiento comoSubinspector de los funcionarios que, habiendo aportado éstos, reúnan los requi-sitos exigidos para acceder a la nueva plaza, hasta el límite de las anunciadas yque se hallen dotadas presupuestariamente.

13.- Toma de posesión.13.1.- Plazo.Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo

de cuarenta y ocho horas, contadas desde las 00:00 horas del día siguiente al dela notificación del nombramiento.

13.2.- Formalidades.Para la toma de posesión, los interesados comparecerán durante cualquiera de

los días expresados y en horas hábiles de oficina, en la Secretaría General de esteAyuntamiento, en cuyo momento y como requisitos previos a la extensión de la dili-gencia que la constate, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe lalegislación vigente.

13.3.- efectos de la falta de toma de posesión.A tenor de lo dispuesto en el artículo 34.4 del Reglamento de Funcionarios de

la Administración Local citado, quienes, sin causa justificada no tomaran posesióndentro del plazo señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida detodos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramientoconferido.

14.- Incidencias.14.1.- Recursos.contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de los mismos

y de la actuación del Tribunal, podrán interponerse por parte de los interesados losrecursos procedentes en los casos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

14.2.- Facultades del Tribunal.el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y

adoptar las medidas necesarias para el buen orden del concurso en aquellosaspectos no previstos.

14.3.- normas complementarias a lo no dispuesto en estas bases. Para lo no dispuesto en estas bases, se estará a lo que establezca la Ley

7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; RDL 5/2015, de30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatutoBásico del empleado Público, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes enmateria de Régimen Local, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública decastilla y León, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba elReglamento General de ingreso del personal al servicio de la AdministraciónGeneral del estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesionalde los funcionarios civiles del estado, Ley 9/2003 de 8 de abril de Policías Localesde castilla y León, Decreto 84/2005 de 10 de noviembre (B.O.c. y L. de 16 denoviembre de 2005)y demás normas concordantes de general aplicación

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AneXO iBARemO De mÉRiTOS

1. Méritos preferentes.1.- Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por

parte del ayuntamiento, de la comunidad Autónoma o del ministerio del interior. nose valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servi-cios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración dedistinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradaspor el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las medallas almérito policial de castilla y León:TIPO DE RECOMPENSA PUNT. UNITARIA PUNT. MÁXIMAFelicitaciones (Alcalde, Pleno, comisión) 0,25 0,50mérito Policial de castilla y León-Oro individual 1,00 1,00mérito Policial de castilla y León-Plata individual 0,75 0,75mérito Policial de castilla y León-Oro colectiva 0,10 0,10mérito Policial de castilla y León-Plata colectiva 0,075 0,075

2.- conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en pose-sión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la pro-fesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial,aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el curso de Formación Básica para ingre-so en cuerpos de policía local. Los títulos, diplomas o certificados deberán estarexpedidos por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologa-das, ministerios, Policía nacional, Guardia civil, comunidades autónomas o entida-des locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalentecada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluacióny el programa general de materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a lasiguiente tabla:DURACIÓN PUNTUACIÓNmás de 60 créditos o 600 horas 1,5más de 20 créditos o 200 horas 1,00entre 101 y 200 horas 0,75entre 61 y 100 horas 0,50entre 31 y 60 horas 0,25entre 20 y 30 horas 0,10

3.- Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servi-cios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, perso-nal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de serviciosexpedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES

DE SERVICIOen fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02Otros servicios en administraciones públicas relacionados 0,01con la profesión policial

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4.- Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado deprotección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadaspor el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en quehayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

2.- Méritos no preferentes.5.- idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acre-

ditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente uhomologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, deacuerdo con la siguiente tabla:NIVEL DEL MARCO COMÚN DE PUNTOSREFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS POR IDIOMAB1 intermedio 0,25B2 intermedio 0,50c1 usuario competente 0,75c2 usuario competente 1,00

6.- Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, cer-tificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediata-mente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier orga-nismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federa-ción deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia desalvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuer-do con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25puntos.DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOSPrimeros auxilios 0,10Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15Socorrista acuático 0,10

7.- Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos enmaterias de Artes marciales, amparadas por el consejo Superior de Deportes, yse valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cintu-rón que corresponda. no se valorarán cinturones obtenidos hace más de diezaños, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máximaserá de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cadadisciplina:

CINTURÓN PUNTOScinturón naranja o verde 0,10cinturón azul o marrón 0,20cinturón negro 0,45

8.- Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a laexigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. en la mismarama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

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ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES OTRAS O JURÍDICAS RAMAS

estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, 0,50 0,30 arquitecto técnico o ingeniero técnico)Grado 0,60 0,40estudios de primer y segundo ciclo 0,70 0,50 (licenciado, arquitecto o ingeniero)Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite 0,20 0,10una licenciatura anterior)máster 0,70 0,50Doctorado 0,90 0,70

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AneXO iiTemario: en el supuesto de que algún tema de los integrantes en el programa

se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativadurante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente enel momento de la realización de las respectivas pruebas.

Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a pro-gramas o servicios municipales, se desarrollaran conforme a las normas, progra-mas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin per-juicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedanexponerse.

Tema 1.- La Ley 9/2003 de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de castilla y León: Título i y ii.

Tema 2.- La Ley 9/2003 de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de castilla y León: Título iii, con especial referencia a la organización, estructura, escalas, categorías y grupos y el régimen disciplinario.

Tema 3.- Decreto 84/2005, de 10 de noviembre, por el que se aprueban las normas marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de las Policías Locales en el ámbito de la comunidad de castilla y León.

Tema 4.- La seguridad pública en la constitución española. el artículo 104. Las Fuerzas y cuerpos de Seguridad como servicio Público.

Tema 5. Los principios básicos de actuación de las Fuerzas y cuerpos de Seguridad. el principio de adecuación al ordenamiento jurídico. el principio de jerarquía. La obediencia debida.

Tema 6.- Los principios básicos de actuación de las Fuerzas y cuerpos de Seguridad. el secreto profesional. Principio de responsabilidad. Principio sobre el uso de la fuerza. utilización de armas de fuego y tratamiento a detenidos.

Tema 7.- competencias de seguridad Pública. competencias del estado y competencias de las comunidades Autónomas.

Tema 8.- competencias de seguridad Pública de las entidades Locales. Tema 9.- Los cuerpos de Policía Local y sus funciones. Policía administrati-

va, de seguridad y policía judicial. coordinación con otros cuerpos policiales. Las Juntas Locales de Seguridad.

Tema 10.- entrada y registro de lugares cerrados. Registros personales. interceptación de comunicaciones. intervención postal y telegráfica.

Tema 11.- La detención. concepto y naturaleza. Derechos del detenido. Garantías constitucionales de la detención. el procedimiento de Habeas corpus.

Tema 12.- el procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. clases y competencias de los Juzgados y Tribunales.

Tema 13.- el código Penal: Delitos. circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas criminalmente responsables. La responsabilidad civil derivada de los delitos. extinción de la responsa-bilidad criminal.

Tema 14.- el código Penal: las penas y sus clases. Aplicación de las penas. Suspensión y sustitución de penas privativas de libertad. Libertad condicional. Las medidas de seguridad.

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Tema 15.- el código Penal: el homicidio y sus formas. Otros delitos contra la vida. Lesiones. Detenciones ilegales y secuestros. Amenazas. coacciones.

Tema 16.- el código Penal: Agresiones y abusos sexuales. Acoso sexual. Delitos elativos a la prostitución y la corrupción de menores. La omi-sión del deber de socorro.

Tema 17.- el código Penal: descubrimiento y revelación de secretos. Allanamiento de morada. Delitos contra el honor. Delitos contra las relaciones familiares.

Tema 18.- el código Penal: Hurtos. Robos. Robo y hurto de uso de vehículos. usurpación.

Tema 19.- el código Penal: estafa. Apropiación indebida. Defraudación de flui-do eléctrico. Daños.

Tema 20.- el código Penal: Delitos relativos a la propiedad intelectual e indus-trial. Delitos relativos al mercado y a los consumidores.

Tema 21.- el código Penal: Delitos de incendio, en particular, los incendios forestales. estragos. Delitos de riesgo provocados por explosivos.

Tema 22.- el código Penal: Delitos sobre la ordenación del territorio y el urba-nismo. Delitos sobre el patrimonio histórico. Delitos contra los recur-sos naturales y el medio ambiente. Delitos contra la flora, fauna y animales domésticos. Delitos contra la salud pública.

Tema 23.- el código Penal: Delitos contra la Seguridad vial.Tema 24.- el código Penal: Prevaricación. infidelidad en la custodia de docu-

mentos y violación de secretos. cohecho. Tráfico de influencias. malversación. Fraudes y exacciones ilegales. negociaciones prohi-bidas a los funcionarios públicos.

Tema 25.- el código Penal: Delitos relativos al ejercicio de los derechos fun-damentales y libertades públicas. Delitos cometidos por los funcio-narios públicos contra las garantías constitucionales.

Tema 26.- el código Penal: Sedición. Atentados contra la autoridad, sus agen-tes y los funcionarios públicos. Resistencia y desobediencia. Desórdenes públicos.

Tema 27.- el código Penal: violencia en el ámbito familiar. Tipos de delito apli-cables en casos de violencia doméstica. órdenes de protección.

Tema 28.- Texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. el Reglamento General de circulación.

Tema 29.- controles policiales: Tipología y distribución: el radar, la alcohole-mia, la seguridad ciudadana.

Tema 30.- el Atestado policial. el secreto del Atestado. Requisitos formales. valor procesal del Atestado. Destino del Atestado.

Tema 31.- violencia contra los menores. normativa Básica de protección de menores.

Tema 32.- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguri-dad ciudadana.

Tema 33.- intervención de la policía local en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectácu-los públicos y actividades recreativas de la comunidad de castilla y León.

Tema 34.- Tenencia de animales de compañía. Ley estatal 50/1999, de 23 de diciembre, sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos.

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La Ley regional 5/1997, de 24 de abril, de protección de los anima-les de compañía y su Reglamento aprobado por Decreto 134/1999, de 24 de junio. Ordenanza municipal sobre animales de compañía.

Tema 35.- La Ley del Ruido de castilla y León. especial incidencia en el ámbi-to local.

Tema 36.- criterios generales de actuación de los poderes públicos en mate-ria de igualdad. Posibles ámbitos de actuación e intervención de la Policía municipal.

Tema 37.- el mando: concepto y funciones. estilos, cualidades, rasgos, reglas y características del mando; relación con subordinados.

Tema 38.- igualdad efectiva de mujeres y hombres: el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas Públicas para la igual-dad. el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. el princi-pio de igualdad en el empleo público. especial referencia al excmo. Ayuntamiento de Zamora.

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AneXO iiiDesarrollo de las pruebas físicas.- Las pruebas se realizarán siguiendo el orden

que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y deacuerdo con las siguientes reglas:

1.- Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud. a.- Disposición: el aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y

de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos ya una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

b.- ejecución: cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderárápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyec-tar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. está permitido el balancesobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.

c.- medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hastala huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena delfoso. La medición será en metros y centímetros.

d.- intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor. e.- invalidaciones: el salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, con-

tabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies delsuelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. es nulo elsalto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los piessobre el suelo. es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la líneaen el momento de la impulsión. Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcasestablecidas o que realicen tres intentos nulos.

f.- marcas: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los estable-cidos para cada categoría de edad y sexo.

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 1,80 2,20De 33 y hasta 38 años 1,70 2,10De 39 y hasta 44 años 1,60 2,00De 45 y hasta 49 años 1,50 1,90De 50 y hasta 54 años 1,40 1,80De 55 y más años 1,30 1,70

2.- Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.a.- Disposición: el aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de

1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento,con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.

b.- ejecución: cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinalcon ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encimade la cabeza, enviándole lo más lejos posible. no se podrá tomar carrerapero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.

c.- medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona delanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona decaída. La medición será en metros y centímetros.

d.- intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

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e.- invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que elaspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a lamisma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamientosaltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cual-quiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanza-miento con una sola mano.

f.- marcas: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a losestablecidos para cada categoría de edad y sexo.

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINALEdad Mujeres Hombres

(balón de 3 kg.) (balón de 5 kg.)menos de 33 años 5,80 6,00De 33 y hasta 38 años 5,20 5,50De 39 y hasta 44 años 4,70 5,00De 45 y hasta 49 años 4,20 4,50De 50 y hasta 54 años 3,70 4,00De 55 y más años 3,20 3,50

3.- Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.a.- Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado,

pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.b.- ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos

mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en elReglamento de la Federación internacional de Atletismo Aficionado (FiAA).

c.- medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometra-jes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle,tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos debe-rán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de cen-tésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cincoen el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», seincrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se rea-lice con medios electrónicos y foto finish.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.- invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FiAA.f.- marcas: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-

blecidos para cada categoría de edad y sexo.CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 10’5” 8’6”De 33 y hasta 38 años 11’0” 9’2”De 39 y hasta 44 años 11’4” 9’8”De 45 y hasta 49 años 12’00” 10’2”De 50 y hasta 54 años 12’5” 10’8”De 55 y más años 12’9” 11’2”

4.- Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.a.- Disposición: el aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la

salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.

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b.- ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada alos requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas enel Reglamento de la Federación internacional de Atletismo Aficionado (FiAA),pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.

c.- medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a travésde cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual,duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempomedio de los dos medidos.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.- invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FiAA.f.- marcas: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-

blecidos para cada categoría de edad y sexo.CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 4’50” 3’45”De 33 y hasta 38 años 5’25” 4’20”De 39 y hasta 44 años 5’40” 4’40”De 45 y hasta 49 años 5’55” 5’00”De 50 y hasta 54 años 6’10” 5’20”De 55 y más años 6’25” 5’40”

5.- Prueba de natación (25 metros estilo libre).a.- Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de sali-

da o desde dentro de la piscina. en este caso deberá tocarse claramente lapared de dicho borde de salida con una mano o pie.

b.- ejecución: una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes rea-lizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente elborde de llegada con alguna de las manos.

c.- medición: manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se rea-lizará en segundos.

d.- intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salidanula por cada nadador.

e.- invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante querealice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lohaya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose enborde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25metros en el tiempo establecido.

f.- marcas: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los esta-blecidos para cada tramo de edad y sexo.

NATACIÓN (25 metros estilo libre)Edad Mujeres Hombresmenos de 33 años 25” 22”De 33 y hasta 38 años 28” 25”De 39 y hasta 44 años 29” 26”De 45 y hasta 49 años 30” 27”De 50 y hasta 54 años 31” 28”De 55 y más años 32” 29”

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AneXO ivDon/Dña. ........................................................................................, con domici-

lio en ........................................................, de .............. años de edad, con elDocumento nacional de identidad número ..........................., declara bajo juramen-to o promesa a efectos de ser nombrado Subinspector de la Policía municipal deeste excmo. Ayuntamiento, carecer de antecedentes penales, no haber sido san-cionado por falta administrativa tipificada como grave o muy grave que no hayasido cancelada, ni hallarse inhabilitado para el ascenso.

Zamora, a .............. de ............................ de 20 .........Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 17 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ZAMORAAnuncio

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 8 de enero de 2020, por el que seaprueba la convocatoria para la concesión de ayudas y premios para el fomento delas Fiestas de carnaval de Zamora 2020.

BDnS (identif.): 492893.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto dela convocatoria para la concesión de ayudas y premios para el fomento de lasFiestas de carnaval 2020, cuyo texto completo puede consultarse en la Base deDatos nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios: Tendrán la condición de beneficiarios:- Grupos: Se entenderá por grupo una agrupación de un mínimo de 10 perso-

nas disfrazadas.- Las murgas: Se entenderá por murga a una agrupación de personas para la

interpretación de canciones originales donde predomina la crítica y el humor,compuesta por un número no inferior a 10 personas.

- Grupos con carroza: Agrupación de un mínimo de 10 personas disfrazadasjunto con una carroza debidamente decorada con las dimensiones mínimasestablecidas en la convocatoria.

Segundo.- Objeto: Ayudas/premios clasificables en dos tipos:- Ayudas otorgables por el mero hecho de participar- Premios otorgables a los participantes dentro de cada categoríaTercero.- Bases reguladoras: Las bases reguladoras fueron aprobadas por

Acuerdo de Pleno de 31 de octubre de 2017, cuya aprobación y texto íntegro sepublicó el 5 de enero de 2018 en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarto.- Cuantía: el importe total de la convocatoria ascienda a la cantidad de24.000,00 euros.

Grupos:1.- Ayudas por participación:- Todos los grupos de 10 a 30 personas: 100 euros- Todos los grupos de 31 personas o más: 200 euros2.- Premios:Grupos entre 10 y 30 personas.- Primer premio: 600 euros y diploma.- Segundo premio: 450 euros y diploma.- Tercer premio: 300 euros y diploma.

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Grupos de 31 personas o más.- Primer premio: 800 euros y diploma.- Segundo premio: 650 euros y diploma.- Tercer premio:500 euros y diploma.Carrozas.1.- Ayudas por participación:- Todas las que cumplan con las condiciones establecidas: 400 euros.2.- Premios:- Primer premio: 700 euros y diploma.- Segundo premio: 500 euros y diploma.- Tercer premio: 350 euros y diploma.Premios a murgas.1.- Ayudas por participación.- Todas las que cumplan con las condiciones establecidas: 200 euros.2.- Premios.- Primer premio: 600 euros y diploma.- Segundo premio: 350 euros y diploma.- Tercer premio: 250 euros y diploma.Premio al mejor disfraz.- mención especial (diploma).Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles desde la fecha

de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.Si dicho plazo finalizase en día inhábil, se extenderá al inmediato hábil siguiente.

Sexto.- Otros datos: La solicitud junto con la documentación requerida en laconvocatoria se presentará preferentemente en sede electrónica, o en su defectoen el registro del Ayuntamiento de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015,de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las AdministracionesPúblicas (en adelante, LPAc).

Junto con la solicitud los solicitantes deberán presentar:a) Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante. Si se trata de

personas jurídicas fotocopia del código de identificación Fiscal de la entidadsolicitante, y documento nacional de identidad de su representante.Las Asociaciones acreditarán su inscripción en el Registro correspondiente.Se cumplimentará el Anexo i para la identificación de los participantes, segúnel concurso en el que se desee participar.en caso de solicitantes y/o participantes menores de edad, es preciso laautorización de la persona que ejerza la patria potestad o tutela de estos,debiendo acompañar el autorizante su correspondiente D.n.i. A este efecto,se cumplimentará el Anexo ii.

b) certificado de titularidad de la cuenta corriente en la que se abone el posibleimporte de la ayuda/premio, emitido por la entidad bancaria correspondien-te, o documento equivalente.

c) Declaración jurada de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tri-

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butarias con la Administración del estado, con la Seguridad Social y con laHacienda Local, así como de no incurrir en las circunstancias previstas en laBase 2.2 de las Bases Reguladoras. A tal efecto, se cumplimentará el Anexo iii.

Zamora, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

BENAVENTEAnuncio

Anuncio de notificación de 7 de enero de 2020 del expediente de reintegro deayudas concedidas en base a la ordenanza reguladora de ayudas a la natalidad enel municipio de Benavente, ejercicio 2016.

EdictoDe conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la ley 39/2015, de 31 de octu-

bre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,habiéndose intentado notificación al/los interesados o su representante sin quehaya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, sepone de manifiesto mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes denotificar los actos cuyos interesado más adelante se relacionan.

en virtud de lo anterior, dispongo que el/los interesados o sus representantesdebidamente acreditados, podrán comparecer en el departamento de BienestarSocial del Ayuntamiento, situado en Avda. el ferial, n.º 92, de Benavente, en elplazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del contenido ínte-gro de los actos mencionados y constancia de tal conocimiento, en horario de10:00 a 13:00 horas de lunes a viernes, excepto festivos.

Asimismo, se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo,la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el díasiguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

- Interesados: Dni: X7738549S y Ou3043496.Benavente, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

BENAVENTEAnuncio de aprobación definitiva presupuesto general

de ingresos y gastos ejercicio 2020Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el

2020; comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases deejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, así como el régimen de requi-sitos básicos para la fiscalización limitada previa, de conformidad con el artículo 169del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

eSTADO De GASTOSA) Operaciones no financieras...................................................... 15.334.439,52A.1 Operaciones corrientes .............................................................. 13.521.518,34

1 Gastos del Personal.......................................................................... 6.424.860,702 Gastos corrientes en bienes y servicios ........................................... 6.097.509,803 Gastos financieros ............................................................................ 59.585,814 Transferencias corrientes.................................................................. 849.562,045 Fondo de contingencia...................................................................... 90.000,00

A.2 Operaciones de capital............................................................... 1.812.921,186 inversiones reales............................................................................. 1.636.921,187 Transferencias de capital .................................................................. 176.000,00

B) Operaciones financieras ........................................................... 926.270,578 Activos financieros ............................................................................ -9 Pasivos financieros ........................................................................... 926.270,57

TOTAL GASTOS............................................................................... 16.260.710,10

eSTADO De inGReSOSA) Operaciones no financieras...................................................... 15.410.710,10A.1 Operaciones corrientes .............................................................. 14.896.112,89

1 impuestos Directos ........................................................................... 5.597.043,682 impuestos indirectos......................................................................... 131.795.993 Tasas, precios p y otros ingresos ..................................................... 4.559.804,354 Transferencias corrientes.................................................................. 4.514.294,975 ingresos Patrimoniales ..................................................................... 93.173,90

A.2 Operaciones de capital............................................................... 514.597,216 e. inversiones reales ........................................................................ -7 Transferencias de capital .................................................................. 514.597,21

B) Operaciones financieras............................................................... 850.000,008 Activos financieros ............................................................................ -9 Pasivos financieros ........................................................................... 850.000,00

TOTAL GASTOS............................................................................... 16.260.710,10

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PLAnTiLLA De PeRSOnAL PLAZA GRUPO NÚM DEF. INT. VAC.PERSONAL FUNCIONARIOESCALA DE HABILITACIÓNDE CARÁCTER NACIONAL 3 2 0 1SECRETARIO GENERAL A1 1 1 0 0INTERVENTOR DE FONDOS A1 1 0 0 1TESORERO A1 1 1 0 0ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL 31 10 9 12SUBESCALA TÉCNICA 4 1 1 2TÉCNICO SUPERIOR A1 2 1 1 0TÉCNICO DE GRADO MEDIO A2 2 0 0 2SUBESCALA ADMINISTRATIVA 13 8 3 2ADMINISTRATIVO C1 10 8 3 2SUBESCALA AUXILIAR 14 1 5 8AUXILIARES ADMINISTRATIVOS C2 14 1 5 8ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL 57 35 3 20SUBESCALA TÉCNICA 11 2 1 8TÉCNICOS SUPERIORES 1 1 0 0ARQUITECTO SUPERIOR A1 1 1 0 0TÉCNICOS DE GRADO MEDIO 10 1 1 8ARQUITECTO TÉCNICO A2 1 1 0 0INGENIERO TÉCNCO DE OBRAS PÚBLICAS A2 1 0 1 1INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL A2 1 0 0 1TÉCNICO DE SISTEMAS INFOMÁTICOS A2 1 0 0 1ENCARGADO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS A2 1 0 0 1TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE A2 1 0 0 1TÉCNICO DE DEPORTES A2 1 0 0 1TÉCNICO MEDIO DE SERVICIOS SOCILAES A2 1 0 0 1TRABAJADOR SOCIAL A2 1 0 0 1ARCHIVERO A2 1 0 0 1POLICÍA LOCAL 30 27 0 3ESCALA TÉCNICASUBINSPECTOR A2 1 1 0 0ESCALA EJECUTIVAOFICIAL C1 5 5 0 0AGENTE C1 22 21 0 1AGENTE 2ª ACTIVIDAD C1 2 0 0 2SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS 11 2 1 8JEFE PARQUE DE BOMBEROS A2 1 0 0 1BOMBERO CONDUCTOR C1 10 2 1 7PERSONAL DE OFICIOS AP/E 5 4 1 1PEÓN DE OBRAS (A EXTINGUIR) AP/E 1 1 0 0PEÓN DE CEMENTERIO (A EXTINGUIR) AP/E 1 0 1 1PEÓN LIMPIEZA VIARIA (A EXTINGUIR) AP/E 3 3 0 0PERSONAL LABORAL FIJO 14 13 1 1OFICIAL 1º CHÓFER C2 1 1 0 0OFICIAL 1º CHÓFER C2 1 1 0 0OFICIAL 1º CHÓFER C2 1 1 0 0OFICIAL 1º CHÓFER C2 1 1 0 0OFICIAL 1ª OBRAS C2 1 1 0 0

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PLAZA GRUPO NÚM DEF. INT. VAC.OFICIAL 1ª DEPORTES C2 1 1 0 0OFICIAL 1ª OBRAS C2 1 0 1 0PEONES AP 1 1 0 0PEONES AP 1 1 0 0PEONES AP 1 1 0 0PEONES AP 1 1 0 0PEONES AP 1 1 0 0PEONES AP 1 1 0 0AUXILIAR DE BIBLIOTECA C2 1 1 0 0

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aproba-do por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos queestablecen las normas de dicha Jurisdicción.

Benavente, 22 de enero de 2020.-el Alcalde.el Alcalde. D. Luciano Huerga valbuena.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

TOROEdicto de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza

Aprobado por Resolución de esta Alcaldía n.º 2020-0085 dictada con fecha de22 de enero de 2020, el padrón y listas cobratorias de los tributos locales padrónde servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, referidos todosellos al ejercicio de 2020, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los térmi-nos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de informaciónpública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en Boletín Oficialde la Provincia y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles,a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observacio-nes, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones con-tenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante laAlcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a definalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece elartículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentesque se procederá al cobro en período voluntario del impuesto padrón de servicio derecogida de basuras y residuos solidos urbanos correspondiente al año 2020, en:

Lugar de pago: en las siguientes entidades bancarias colaboradoras:- Banco Bilbao vizcaya Argentaria (BBvA).- caja Rural de Zamora.- unicaja.Plazo de ingreso: Del 17/02/2020 al 17/04/2020.Los obligados al pago que no hubieran efectuado la domiciliación bancaria de

los recibos, con el fin de facilitar su efectividad, recibirán en sus domicilios los ins-trumentos cobratorios correspondientes. en caso de no recibirlos, podrán recoger-los en la Oficina de Recaudación ubicada en la Plaza mayor, 1.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deudase iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinarála exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondany, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Toro, 22 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

MATILLA DE ARZÓNAnuncio de aprobación inicial e información pública

presupuesto económico 2020Aprobado inicialmente, en sesión extraordinaria del Pleno corporativo celebra-

da el día veinte de enero de 2020, el Presupuesto General, Bases de ejecución,y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2020, conarreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la ley Reguladora deHaciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público elexpediente y la documentación preceptiva, mediante la inserción de anuncios en elBoletín Oficial de la Provincia de Zamora y tablón de anuncios de la casaconsistorial, por plazo de quince días, contados desde el día siguiente al de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos dereclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en lasdependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electró-nica de este Ayuntamiento [http://ayuntamientomatillarzon.sedelectronica.es].

Trascurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alega-ciones al mismo, la aprobación inicial devengará, tácitamente, en definitiva, sinnecesidad de acuerdo expreso.

matilla de Arzón, 20 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

BURGANES DE VALVERDEAnuncio

el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 20 de enero de2020, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2020.

en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 169.1 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expues-to al público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por unplazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artí-culo 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas y por los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, anteel Pleno de este Ayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169del predicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

Burganes de valverde, 21 de enero de 2020.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYunTAmienTOFUENTELAPEÑA

AnuncioPor Decreto de la Alcaldía, de fecha 21 de enero de 2020, se aprueba el padrón

de contribuyentes de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento deagua y alcantarillado correspondiente al sexto bimestre de 2019.

Dicho padrón se somete a información pública de conformidad con el artículo102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria durante el plazode quince días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento,para que los interesados puedan examinarlos y presentar, en su caso, las reclama-ciones que consideren oportunas.

Transcurrido el plazo sin que se presenten reclamaciones, el padrón se enten-derá definitivamente aprobado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes elsiguiente anuncio de cobranza:

- Tributos que se ponen al cobro: Padrón de la tasa por la prestación del servi-cio de abastecimiento de agua y alcantarillado correspondiente al sextobimestre de 2019.

- Plazo de ingreso en período voluntario: Del 22 de enero de 2020 al 21 demarzo de 2021.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deudase iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinarála exigencia de los intereses de demora, así como los reca

Fuentelapeña, 21 de enero de 2020.- La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

PALACIOS DE SANABRIAAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las HaciendasLocales, se hace público el presupuesto general definitivo de este Ayuntamientopara el ejercicio 2020, conforme con el siguiente:

ReSumen POR cAPÍTuLOSEstado de gastos

Capítulo EurosA) Gastos no financierasA.1) Operaciones corrientes

i Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.971,65 €ii Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 129.010,02 €iii Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 250,00 €iv Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.486,00 €

A.2) Operaciones de capitalvi inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49.152,61 €

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 219.870,28 €Estado de ingresos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

i impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127.498,01 €iii Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.583,81 €iv Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.900,00 €v ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99.660,76 €

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 313.642,58 € De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/86,

de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento:1.- Personal funcionario: Secretaría-intervención en agrupación con el

Ayuntamiento de Rosinos de la Requejada.contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la comunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Palacios de Sanabria, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

ALCAÑICESEdicto

notificación colectiva del padrón de la tasa por abastecimiento de agua y delpadrón de la tasa de recogida de basuras correspondientes al trimestre cuarto delejercicio de 2019.

mediante Decreto de la Alcaldía número 2020-0022, de fecha 20 de enero de2020, se aprobaron el padrón de la tasa por abastecimiento de agua y el padrónde la tasa de recogida de basuras correspondientes al cuarto trimestre del ejerci-cio de 2019, los cuales se exponen al público para su notificación colectiva deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General Tributaria, durante elplazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presenteedicto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos delAyuntamiento. Durante este plazo los antedichos padrones estarán a disposiciónde los interesados en el Ayuntamiento.

contra los actos de aprobación de los padrones y de las liquidaciones incorpo-radas a éstos, los contribuyentes y, en general, los interesados, podrán interponerlos siguientes recursos:

1.- Reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Alcaldía de esteAyuntamiento, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la fina-lización de la exposición pública de los padrones, que se entenderá rechazado sial transcurrir un mes desde su presentación no se resuelve de manera expresa.

2.- contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo,con sede en Zamora, en el plazo de dos meses si la resolución del recurso de repo-sición es expresa, y en el plazo de seis meses desde su interposición, si no lo fuese.

3.- Podrá interponerse cualquier otro recurso que a los interesados les convenga. Anuncio

cumpliendo lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 dejulio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se expone alpúblico el siguiente anuncio de cobranza.

Tributos que se ponen al cobro: el padrón de la tasa por abastecimiento deagua y el padrón de la tasa de recogida de basuras correspondientes al cuarto tri-mestre del ejercicio de 2019.

- Plazo de ingreso en período voluntario: Del 1 de enero de 2020 al 1 de febre-ro de 2020, ambos inclusive.

- Modalidad de ingreso: A través del servicio de recaudación de este Ayunta-miento. con carácter general se podrá usar como forma de pago la domicilia-ción bancaria.

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- Lugar de ingreso: Servicio de Recaudación del Ayuntamiento, Plaza mayor,s/n, Alcañices.

- Días de ingreso: Días hábiles, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. Transcurrido dicho plazo sin efectuar el ingreso, se procederá a su cobro por

vía administrativa de apremio, con un recargo del 5%, del 10% o del 20% segúnlos casos y de conformidad con dispuesto en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria y demás gastos de ejecución.

Alcañices, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

EL PIÑEROAnuncio de aprobación definitiva

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de el Piñero por el que se aprueba defini-tivamente el expediente de modificación de créditos n.º 3/2019 del Presupuesto2019, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo a mayoresingresos.

en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones duranteel plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario fecha 17 de diciembre de 2019, sobre concesión de suplementode créditos, financiado con cargo a mayores ingresos, como sigue a continuación:

Suplemento en aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Créditos iniciales Crédito Créditos

Progr. Económica extraordinario finales241 160.00 Seg. Social desempleo 1,00 4.000,00 4.001,00338 226.09 Festejos 22.914,23 4.000,00 2.6914,23414 213.00 Maq, inst. técnicas 1,00 600,00 4.601,00

y utillajeTOTAL 22.916,23 12.600,00 35.515,23

esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos, en los siguientestérminos:

Suplemento en concepto de Ingresos Aplicación: Económica Descripción Presupuestado RecaudadoCap. Art. Conc. 1 11 113,00 Ibi urbana 17.067,97 20.648,143 33 338,00 Telefónica 700,00 2.527,134 42 420,90 Part. Tributos Estado 40.304,95 46.790,78 4 42 420,90 Otras transf. Estado 160,00 1.463,68

TOTAL INGRESOS 58.232,92 71.429,73

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece elartículo 37.2, apartados a) y b), del capítulo i del Título vi de la Ley 39/1988, de28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presu-puestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son lossiguientes:

a) el carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad dedemorarlo a ejercicios posteriores.

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b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida corres-pondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vin-culación jurídica.

contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer direc-tamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos enlos artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dichaJurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso nosuspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

el Piñero, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

RABANALESCorrección de errores - Anuncio de aprobación definitiva

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Rabanales por el que se aprueba defi-nitivamente el Presupuesto municipal para el ejercicio 2020.

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el2020 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Basesde ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artí-culo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aproba-do por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Estado de GastosCapítulo Euros

A) Operaciones no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . 522.842,55A.1) Operaciones corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 359.934,55

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118.777,182 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 205.952,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.705,375 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.000,00

A.2) Operaciones de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 162.908,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 162.906,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00

B) Operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 522.842,55

Estado de IngresosCapítulo Euros

A) Operaciones no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . 522.842,55A.1) Operaciones corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 457.830,55

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 140,090,582 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.235,873 Tasas perecios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . . 77.929,104 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 189.971,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.604,00

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Capítulo EurosA.2) Operaciones de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65.012,00

6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 4,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65.008,00

B) Operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 522.842,55PLAnTiLLA De PeRSOnAL FunciOnARiOS De cARReRA

A) Funcionarios de carrera.- Denominación: Habilitación nacional, subescala Secretaría intervención.- número de plazas: 1.- Grupo: A1.- nivel: 26.- Agrupado con los Ayuntamientos de San vicente de la cabeza y Ferreras de

Abajo.B) Personal laboral fijo.- Denominación: Alguacil. Operario de Servicios múltiples.- número de plazas: 1.- Jornada: 100%C) Personal laboral temporal.- Denominación: Auxiliar administrativa.- número de plazas: 1.- Jornada: 50%- Denominación: Ayudante de cocin.- número de plazas: 1.- Jornada: 60%Resumen.- Funcionarios: 1.- Laboral fijo: 1.- Laboral temporal: 2.- eventual: 0.- Total plantilla: 4.Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción contencioso-

Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aproba-do por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos queestablecen las normas de dicha Jurisdicción.

Rabanales, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

FUENTE ENCALDAEdicto aprobación definitiva del presupuesto

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del T.R. de la LeyReguladora de Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general defini-tivo de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2020, resumido por capítulos, tal ycomo a continuación se detalla:

ReSumiDO POR cAPÍTuLOSIngresos

Capítulo EurosA) Operaciones no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . 255.874,00A.1) Operaciones corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145.874,00

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58.000,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.520,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60.104,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.250,00

A.2) Operaciones de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110.000,006 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110.000,00

B) Operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255.874,00

GastosCapítulo Euros

A) Operaciones no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . 246.504,00A.1) Operaciones corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119.504,00

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.504,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 62.500,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.400,00

A.2) Operaciones de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127.000,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127.000,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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Capítulo EurosB) Operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246.504,00De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/86,

de 18 de abril, asimismo se publica seguidamente la plantilla de personal de esteAyuntamiento.

Personal funcionario:- Secretaria-lntervención. Grupo A1. nivel 26. Agrupada con Ayoó de vidriales.Personal laboral:- 1 Operario de servicios múltiples. - 1 Administrativo.contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo, en elplazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edic-to, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 T.R.de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponer-se cualquier otro recurso.

Fuente encalada, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTOCUELGAMURES

Edicto nombramiento de Teniente de AlcaldePor esta Alcaldía, en uso de las facultades y atribuciones que le confiere el art.

21.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 46 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales de 28 de noviembrede 1986, con fecha 17 de diciembre de 2019 ha sido nombrada Teniente de Alcaldede este Ayuntamiento la concejal doña manuela Pérez Fernandez.

La nombrada le corresponde las funciones señaladas en el art. 47 del Reglamentoanteriormente invocado.

Lo que se publica, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 46.1 del Reglamentoarriba invocado,

cuelgamures, 14 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

MORERUELA DE LOS INFANZONESAnuncio

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de moreruela de los infanzones por el quese aprueba inicialmente la derogación de la tasa por plusvalía.

Aprobada inicialmente la derogación de la tasa por plusvalía por acuerdo delPleno de fecha 30/12/2019, de conformidad con el artículo 17.2 del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo detreinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncioen este Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan presen-tar las alegaciones, reparos u observaciones pertinentes.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en lasdependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electró-nica de este Ayuntamiento [http://morerueladelosinfanzones.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

moreruela de los infanzones, 16 de enero de 2020.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

JUSTELInformación pública de la aprobación inicial del Presupuesto General

ejercicio 2019Por el Pleno, en sesión celebrada del 10 de octubre de 2019, se aprobó el

Presupuesto General el ejercicio 2019, junto con sus anexos y Bases de ejecución,acuerdo que es definitivo por no haber reclamación o sugerencia alguna en elplazo de exposición al público.

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, se procede a continuación a la publicación de dichoPresupuesto General, resumido por capítulos, contra el cual podrá interponersedirectamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses y quin-ce días a partir de la presente publicación si no se presentaran reclamaciones con-tra la aprobación inicial, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del TribunalSuperior de justicia de valladolid, sin perjuicio de que se interponga cualquier otroque se estime pertinente.

ReSumen POR cAPÍTuLOSGastos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.730,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 61.715,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.400,005 Fondo de contingencia y otros impresvistos . . . . . . . . . 0,00

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114.145,00A.2) Operaciones de capital

6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.000,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.000,00Total no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123.145,00B) Operaciones financieras

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123.145,00

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IngresosCapítulo Euros

A) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.200,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.125,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.620,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.200,00

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123.145,00A.2) Operaciones de capital

6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00Total no financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123.145,00B) Operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123.145,00

PLAnTiLLAPersonal funcionario.- Secretaría-lntervención (agrupación de Secretaría de los Ayuntamientos de

espadañedo de muelas de los caballeros y de Justel).- A1. nivel 26.- Situación: vacante, cubierta en comisión de servicios.Personal laboral.- Auxiliar administrativo (1). Jornada parcial.- Alguacil (1).Justel 30 de diciembre de 2019.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

SANTIBÁÑEZ DE VIDRIALESAnuncio

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto Generaldefinitivo de esta entidad, para el ejercicio de 2020, conforme al siguiente:

ReSumen POR cAPiTuLOSIngresos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 316.000,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 108.980,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 258.200,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.620,00

A.2) Operaciones de capital6 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102.000,00

B) Operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 825.800,00Gastos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 233.900,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . 347.100,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.000,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.000,005 Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

A.2) Operaciones de capital6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 189.000,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.800,00

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Capítulo EurosB) Operaciones financieras

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 825.800,00De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de

18 de abril, asimismo se publica la Plantilla de Personal de esta entidad:Personal funcionario:- Secertaria -interventora (habilitada de carácter nacional), Grupo A 1, nivel 26,

en propiedad.- Auxiliar administrativo, en propiedad, Grupo c, nivel 18.Personal laboral:- un empleado de servicios múltiples.- un auxiliar de biblioteca.contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la comunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Santibáñez de vidriales, 21 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTO

SAN MARTÍN DE VALDERADUEYAnuncio presupuesto general ejercicio 2020

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público el presupuesto general definiti-vo de este Ayuntamiento para el ejercicio 2020, conforme al siguiente:

ReSumen POR cAPÍTuLOSIngresos

Capítulo EurosA) Operaciones corrientes

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.300,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.625,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.414,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000,00

B) Operaciones de capital7 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.670,20

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81.209,20Gastos

Capítulo EurosA) Operaciones corrientes

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.690,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . 33.700,00 3 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 120,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.610,00

B) Operaciones de capital6 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.670,20

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.790,20De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo

781/1986, de 18 de abril, se publica seguidamente la plantilla de personal de esteAyuntamiento:

A. Personal funcionario.- escala de Habilitación nacional.- Denominación del puesto: Secretario-interventor.- número de puestos: uno.- Subescala Secretaría/intervención.

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- Grupo A1. nivel 26.- Situación: interinoB. Personal laboral en plantilla.- Administrativo.- número puestos: uno.C. Personal laboral temporal.- ninguno.D. Personal eventual.- ninguno.contra la aprobación definitiva de este presupuesto podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la comunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

San martín de valderaduey, 22 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalAYunTAmienTOFERMOSELLE

AnuncioPor Decreto de la Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 20 de enero de 2020,

por el cual, a la vista de la renuncia como concejal, presentada el pasado 9 denoviembre de 2020, por doña nuria Peña Fernández. Habiendo tomando conoci-miento el Pleno del Ayuntamiento de Fermoselle el pasado 13 de diciembre de2019, dando cumplimiento a la instrucción de 10 de julio de 2003 (B.O.e. n.º 171de fecha 18/07/2003) sobre sustitución de cargos representativos locales, yhabiéndose expedido certificación de dicha toma de conocimiento, y enviada a laJunta electoral central. La cual expidió credencial a favor de doña escolásticaFidalgo López, como concejal del Ayuntamiento de Fermoselle. Habiendo tomadoposesión la Sra. Fidalgo el pasado 17 de enero de 2020, en sesión plenaria.

Se ha procedido al nombramiento de los Teniente de Alcalde, designación queha recaído en el siguiente concejal.

- Primer Teniente de Alcalde a don José Antonio de la Torre Berdión.- Segundo Teniente de Alcalde a don José Flores Bernardo.- Tercer Teniente de Alcalde a don Roberto carlos Ramos miranda.- cuarta Teniente de Alcalde a doña escolástica Fidalgo López.nombrar de acuerdo con el artículo 52.2 del R.D. 2568/1986 que regula el

número de miembros de la Junta del Gobierno Local:- Don Roberto carlos Ramos miranda.Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.1 del

Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamentode Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales.

Fermoselle, 22 de enero de 2020.-el Alcalde.

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III. Administración LocalOTRAS enTiDADeS LOcALeS

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LA GUAREÑAEdicto

el Pleno de esta corporación, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de2019, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2020.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Plenode esta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin nece-sidad de acuerdo expreso.

Fuentelapeña, 17 de enero de 2020.-La Presidenta.

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IV. Administración de JusticiaJuZGADO De LO SOciAL n.º 1

ZAMORAniG: 49275 44 4 2019 0001223. modelo: 074100. PO PROceDimienTO ORDinARiO 0000600/2019. SobreORDinARiO. DemAnDAnTe/S D/ña: evARiSTO cAveRO meRinO. ABOGADO/A: mARiA cOnSueLOTuRiÑO GOmeZ DemAnDADO/S: SBen LOGiSTicA, S.L.

EdictoDon Jaime Támara Silván, Letrado de La Administración de Justicia del

Juzgado de lo Social número 1 de Zamora. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso

seguido a instancia de don evaristo cavero merino contra “SBen logistica, S.L.”, enreclamación por ordinario, registrado con el número procedimiento ordinario0000600 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 dela LJS, citar a “SBen logistica, S.L.”, en ignorado paradero, a fin de que comparez-ca el día 30 de abril de 2020 a las 11:00 horas, en c/ Regimiento de Toledo, 39 -Sala 001, para la celebración del acto de conciliación, y en su caso a las 11:30horas para la celebración del acto de juicio, pudiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial,salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

en caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por pro-curador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escri-to, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto deque, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamentepor graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogadoen otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta decumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho devalerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “SBen logistica, S.L.”, se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en eltablón de anuncios.

en Zamora, a dieciséis de enero de dos mil veinte.-el Letrado de la Administra-ción de Justicia.

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