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Borrador del Plan de Mitigación de Beneficiarios Para el Estado de
Nuevo México
Preparado por el Departamento
del Medio Ambiente de Nuevo México
10 de abril del 2018
1
TABLE OF CONTENTS
DEFINICIONES/GLOSARIO DE TÉRMINOS ................................................................... iv
PLAN DE MITIGACIÓN DE BENEFICIARIOS .................................................................. 1
Objetivos ............................................................................................................................................. 2
Proyectos de Mitigación Elegibles .................................................................................... 3
Proyectos de flotas de vehículos registrados y usados en carreteras públicas ......................................................................................................................................... 12
(Vehículos de carretera)................................................................................................... 12
Proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en
carreteras públicas (Vehículos no de carretera) ........................................... 12
Proyectos de flotas elegibles de la DERA ............................................................ 13
Equipo de abastecimiento de vehículos ligeros de cero emisiones. 13
Gastos administrativos ...................................................................................................... 14
Áreas de prioridad ..................................................................................................................... 14
No consecución de las NAAQS ..................................................................................... 14
Justicia medioambiental ................................................................................................... 15
Áreas de alta contaminación......................................................................................... 15
Alcances previstos de los beneficios de la reducción de emisiones .... 15
Proyectos de flotas de vehículos registrados y usados en carreteras públicas ......................................................................................................................................... 19
Proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en
carreteras públicas ............................................................................................................... 19
Proyectos de flotas elegibles de la DERA ............................................................ 19
Opción de VE ............................................................................................................................. 19
EMISIONES ASOCIADAS CON VEHÍCULOS DIESEL ......................................... 20
NOx ................................................................................................................................................... 20
Ozono .............................................................................................................................................. 22
Material Particulado ....................................................................................................................... 23
APORTE PÚBLICO PARA ESTE PLAN DE MITIGACIÓN DE BENEFICIARIOS ................................................................................................................................ 23
Aporte público ............................................................................................................................... 24
Reuniones públicas .................................................................................................................... 24
Borrador del Plan de Mitigación de beneficiarios ............................................... 24
iii
Plan final de mitigación de beneficiarios .................................................................. 24
Evaluaciones periódicas ......................................................................................................... 24
Actualizaciones del sitio en la red ................................................................................. 24
CONCLUSIÓN ...................................................................................................................................... 25
iv
DEFINICIONES/GLOSARIO DE TÉRMINOS Las definiciones son del Apéndice D-2 del Acuerdo del Fideicomiso de Mitigación
Medioambiental para beneficiarios del estado.
“Equipo de apoyo terrestre en aeropuertos” significa los vehículos y equipo que se usan en el aeropuerto para mantenimiento de los aviones entre vuelos.
“Eléctrico” significa que funciona exclusivamente por electricidad provista por una
batería, una pila de combustible o la red de electricidad.
“Combustible alterno” significa un motor, vehículo o pieza de equipo que funciona por medio de un motor, el cual usa un combustible que no es gasolina ni diesel o que lo usa además de ellos (por ej.: GNC, propano, híbrido eléctrico-diesel).
“Sistema reconstruido certificado o motor actualizado verificado” significa un motor
actualizado o verificado por la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. (EPA, siglas en inglés) o la Dirección de Recursos del Aire de California (CARB, siglas en
inglés) para lograr una reducción en las emisiones.
“Camiones de carga locales clase 4-7 (camiones medianos)” significa camiones, incluso los comerciales que se usan para entregar carga (por ej.: servicios de
mensajería, camiones de entrega, camiones de caja para transportar carga, para transportar desechos, volquetes, hormigoneras) con un peso bruto nominal
individual (GVWR, siglas en inglés) entre 14.001 y 33.000 lbs.
“Autobuses escolares, autobuses de enlace o autobuses de tránsito clase 4-8 (autobuses)” significa vehículos con un peso bruto nominal individual (GVWR, siglas
en inglés) de más de 14.001 lbs. que se usan para el transporte de personas. Ver la definición de autobús escolar abajo.
“Camiones de carga local y portuaria clase 8 (camiones grandes elegibles)” significa camiones con un peso bruto nominal individual (GVWR, siglas en inglés) de más de
33.000 lbs. que se usan para la entrega de carga portuaria y/o de fletes (incluso para transportar desechos, volquetes, hormigueras).
“GNC” significa gas natural comprimido.
“Camiones de carga portuaria” significa camiones que llevan carga de y a los
puertos y terminales ferroviarias intermodales.
“EPA” significa Agencia de Protección Ambiental de EE. UU.
“Montacargas” significa equipo no de carretera que se usa para levantar y mover materiales en distancias cortas, generalmente incluye púas para levantar objetos.
Tipos elegibles de montacargas incluyen apiladoras, cargadores laterales y cargadores superiores.
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“Locomotora de maniobras de carga” significa una locomotora que mueve vagones dentro de una terminal ferroviaria comparado con una que mueve carga a
distancias más largas.
“Grupo electrógeno” significa una locomotora de maniobrar carga equipada con múltiples motores que pueden apagar uno o más motores para reducir las
emisiones y ahorrar combustible dependiendo de la carga que transporta.
“Gobierno” significa la agencia gubernamental local o estatal (incluso un distrito escolar, municipalidad, ciudad, condado, distrito especial, distrito de tránsito,
autoridad de poderes conjuntos o autoridad portuaria, dueña de flotas adquiridas con fondos gubernamentales) y gobiernos tribales o pueblos nativos.
“Peso bruto nominal individual” (GVWR, siglas en inglés) significa el peso máximo
del vehículo, como lo especifica el fabricante. Incluye el peso total del vehículo más líquidos, pasajeros y carga.
Clase 1: < 6.000 lbs.
Clase 2: 6.001-10.000 lbs.
Clase 3: 10.001-14.000 lbs.
Clase 4: 14.001-16.000 lbs.
Clase 5: 16.001-19.500 lbs.
Clase 6: 19.501-26.000 lbs.
Clase 7: 26.001-33.000 lbs. Clase 8: > 33.001 lbs.
“Híbrido” significa un vehículo que combina un motor de combustión interna
con una batería y motor eléctrico.
“Infraestructura” significa el equipo que se usa para habilitar el uso de
vehículos eléctricos (por ej.: una estación para cargar vehículos eléctricos).
“Terminal ferroviaria intermodal” significa una instalación ferroviaria en la
cual la carga se transfiere de un camión pesado a un tren o viceversa.
“Equipo para la manipulación de carga portuaria” significa grúas de pórtico con neumáticos, carretillas pórtico, vehículos para mover contenedores de
carga en los puertos y tractores de terminal, incluyendo camiones usados para mover remolques y tractores de terminal que operan dentro de los
puertos.
“Vehículo híbrido eléctrico enchufable” (PHEV, siglas en inglés), significa un vehículo similar a uno híbrido pero equipado con una batería más grande y
más avanzada que permite enchufar y recargar el vehículo además de usarlo con gasolina. Esta batería más grande permite conducir el vehículo con una
combinación de gasolina y electricidad.
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“Repotenciar” significa reemplazar un motor existente con uno más nuevo y más limpio o con una fuente de energía certificada por la EPA y, si procede,
por la CARB/Dirección de Recursos del Aire de California, para cumplir con una serie más estricta de estándares de emisiones de motores. Repotenciar
incluye, pero no se limita al reemplazo de motores diesel con un motor certificado para usarse con diesel o un combustible alterno limpio, reemplazo
de un motor diesel con uno de una fuente de energía eléctrica (por ej., la red, batería), reemplazo de un motor diesel con una pila de combustible,
reemplazo de un motor diesel con un generador eléctrico o generadores eléctricos, actualizaciones de motores diesel en
transbordadores/remolcadores con un sistema de remanufactura certificado de la EPA y/o actualizaciones de motores diesel en
transbordadores/remolcadores con un motor actualizado verificado de la EPA. Repotenciar pilas de combustibles y eléctricas no requiere certificación de la
EPA o CARB. “Autobús escolar” significa un autobús clase 4-8 vendido o introducido al
comercio interestatal para propósitos que incluyen el transporte de estudiantes de y a la escuela o eventos relacionados. Pueden ser de tipos A-
D.
“Desechados” significa dar por inservible y disponible para reciclar y, como mínimo, cortar específicamente un agujero de 3 pulgadas en el bloque del
motor para todos los motores. Si cualquier vehículo elegible se reemplaza como parte de un proyecto elegible, Desechados también incluye la desactivación del chasis cortando los rieles del bastidor del vehículo
completamente en dos.
“Niveles 0, 1, 2, 3, 4” significa las correspondientes clasificaciones de emisiones de motores de la EPA para motores de vehículos no de carretera,
locomotoras y marinos. “Remolcadores” significa naves dedicadas para empujar o jalar otras naves
en puertos y vías navegables (por ej.: botes remolcadores).
“Vehículos de emisiones cero (VEC)” significa un vehículo que no produce emisiones de fuentes de energía a bordo (por ej.: vehículos con baterías de
combustible de hidrógeno o eléctricos).
1
PLAN DE MITIGACIÓN DE BENEFICIARIOS El Plan de mitigación de beneficiarios (Plan) para el Estado de Nuevo México (Estado) resume la forma en que el estado planea usar los fondos asignados
bajo el Acuerdo de fideicomiso de mitigación ambiental de Volkswagen para estados beneficiarios (Fideicomiso). Cada estado, el Distrito de Columbia,
Puerto Rico y las tribus reconocidas federalmente pueden convertirse en Beneficiarios. Los Beneficiarios del Fideicomiso reciben asignaciones del
Fideicomiso para financiar proyectos de mitigación especificados y previamente aprobados. El Fideicomiso (Wilmington Trust, N.A.) aprobará cualquier solicitud de financiamiento que cumpla con los requisitos del
Fideicomiso.
Este Plan tiene el propósito de darle a conocer al público la visión de alto nivel del Estado para el uso de los fondos de mitigación así como información
sobre usos específicos para los cuales se espera que se solicite financiamiento. Los objetivos de este Plan ni son vinculantes ni crean ningún
derecho en ninguna persona para reclamar ningún beneficio de ninguna clase. El Estado puede ajustar estos objetivos y planes de gastos específicos
a su discreción y, en dado caso, proveerá al Fideicomiso actualizaciones al Plan. El Plan se revisará, según sea apropiado, para reflejar los aportes
recibidos durante el periodo de comentarios públicos.
El Estado le proveerá al Fideicomiso, y pondrá a disposición en la página del Acuerdo Volkswagen del Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México
(NMED), toda actualización a este Plan. El sitio en la red del Acuerdo Volkswagen del NMED está disponible en: https://www.env.nm.gov.vw-
settlement/. Este Plan no es una solicitud para proyectos y no provee detalles específicos
sobre el proceso de solicitud o selección. La información relacionada con la solicitud de proyectos estará disponible en el sitio en la red del departamento
después de la presentación de este Plan al Fideicomiso y su aprobación.
PLAN DE MITIGACIÓN Y OBJETIVOS El Apéndice D del Fideicomiso instruye al Estado a desarrollar este Plan y
resumir la forma en que los fondos asignados se utilizarán. El Estado debe
incluir en su plan lo siguiente:
1. El objetivo general del Estado para el uso de los fondos; 2. Las categorías de Acciones de mitigación elegibles que el Estado
anticipa serán apropiadas para lograr los objetivos indicados y la
evaluación preliminar del porcentaje de fondos que se anticipa usar
para cada tipo de Acción de mitigación elegible;
2
3. Una descripción de cómo el Estado considerará el posible impacto positivo de las Acciones de mitigación elegibles de calidad del aire
seleccionadas en áreas que tienen una parte desproporcionada de
contaminación del aire dentro de su jurisdicción; y 4. Una descripción general de los alcances previstos de beneficios de
reducción de emisiones que el Estado estima se conseguirían al implementar las Acciones de mitigación elegibles identificadas en el
Plan de Mitigación de Beneficiarios.
Objetivos El objetivo general es proteger el medio ambiente de Nuevo México y la salud
de nuestros ciudadanos. Los fondos del Fideicomiso le dan al Estado la oportunidad de compensar (mitigar) el impacto del exceso de emisiones de
óxido de nitrógeno (NOx) asociadas con los vehículos afectados registrados dentro del estado. La reducción del NOx de fuentes móviles logra el cometido
de los fondos del Fideicomiso al prevenir el deterioro de la calidad del aire, asegurando la salud y seguridad de los habitantes del estado y promoviendo
mejor visibilidad dentro del estado. La implementación de proyectos para reducir los NOx de diesel usando fondos del Fideicomiso tendrá beneficios
inmediatos y duraderos.
El Estado presentará propuestas de proyectos que reduzcan o eliminen
emisiones de NOx, enfocándose en los proyectos con la mejor relación costo-beneficio que maximicen las reducciones de emisiones. La siguiente lista
indica los objetivos generales del Estado para la utilización de los fondos del Fideicomiso. Esta lista no pretende ser exhaustiva. El Estado puede
considerar otras calificaciones y factores al determinar la presentación de
proyectos para financiamiento al Fideicomiso.
1. Enfoque en el financiamiento de proyectos que reemplacen vehículos y
motores diesel más antiguos. 2. Enfoque en vehículos, motores y equipo que funcionan o están
situados en o cerca de áreas que tienen una parte desproporcionada
de contaminación del aire (áreas de prioridad), tales como:
a. Centros de distribución;
b. Centros multimodales;
c. Puertos;
d. Terminales ferroviarias y de autobuses; e. Aeropuertos; y
f. Áreas de justicia medioambiental. 3. Dar prioridad a proyectos situados en o cerca de áreas que no logran
las Normas Nacionales de Calidad del Aire para ozono, material particulado (PM, siglas en inglés) o dióxido de nitrógeno (N02).
4. Enfoque en proyectos situados en áreas con alta densidad demográfica y alta densidad de tránsito. En Nuevo México, las áreas de alta
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densidad demográfica con frecuencia son las áreas con la peor calidad de aire.
Proyectos de Mitigación Elegibles El NMED asegurará que los proyectos financiados apoyen los objetivos del Plan de Mitigación del estado. El Fideicomiso les ofrece a los beneficiarios 10
categorías de Acciones de mitigación elegibles de las cuales pueden escoger.
1. Camiones de carga local y camiones de carga portuaria clase 8
(camiones grandes elegibles)
a. Camiones grandes elegibles incluyen motores de modelos de los
años 1992-2009 clase 8 de carga local o portuaria. Para Beneficiarios que tienen normas estatales que ya requieren
actualizaciones a camiones con motores modelos de 1992-2009 al momento de la propuesta Acción de mitigación elegible, los
camiones grandes elegibles también incluirán motores de modelos del 2010-2012 clase 8 de carga local o portuaria.
b. Los camiones grandes elegibles deben ser desechados.
c. Los camiones grandes elegibles pueden ser repotenciados con cualquier motor diesel nuevo o motor de combustible alterno o
motor eléctrico, o pueden reemplazarse por cualquier vehículo nuevo diesel o de combustible alterno o eléctrico, con el motor
modelo del año en el cual se lleve a cabo la Acción de mitigación de camiones grandes elegibles o un motor modelo del año anterior.
d. Para camiones clase 8 de carga local elegibles que no son propiedad del gobierno, los Beneficiarios sólo pueden retirar fondos
del Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 40% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor.
ii. Hasta el 25% del costo de un nuevo vehículo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido).
iii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho
motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo motor.
iv. Hasta el 75% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico,
incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo vehículo.
e. Para camiones pesados elegibles que no son propiedad del gobierno, los Beneficiarios sólo pueden retirar fondos del
Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 40% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo
diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor.
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ii. Hasta el 50% del costo de un nuevo vehículo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido).
iii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de
dicho motor y infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo motor.
iv. Hasta el 75% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico, incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo vehículo. f. Para camiones grandes clase 8 elegibles que son propiedad del
gobierno, los Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad de:
i. Hasta el 100% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano,
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor. ii. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo diesel o de
combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido). iii. Hasta el 100% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura asociada con cargar el nuevo motor.
iv. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico, incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo
vehículo.
2. Autobuses escolares, autobuses de enlace o autobuses de tránsito clase 4-8 (autobuses elegibles)
a. Autobuses elegibles incluyen autobuses escolares, autobuses de
enlace o autobuses de tránsito clase 4-8 de motores modelo 2009 o
anteriores. Para Beneficiarios que tienen normas del Estado que ya requieren actualizaciones a motores modelos de los años 1992-
2009 al momento de la Acción de mitigación elegible propuesta, autobuses elegibles también incluyen autobuses escolares,
autobuses de enlace o autobuses de tránsito clase 4-8 de motores modelos de los años 2010-2012.
b. Autobuses elegibles deben ser desechados. c. Autobuses elegibles deben ser repotenciados por cualquier motor
diesel nuevo o uno de combustible alterno o uno todo eléctrico, o pueden ser reemplazados por cualquier vehículo diesel nuevo, o
uno de combustible alterno o uno todo eléctrico, con el motor modelo del año en que se lleva a cabo la Acción de mitigación de
autobuses elegibles o un motor modelo del año anterior. d. Para autobuses que no son propiedad del gobierno, los
Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad
de:
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i. Hasta el 40% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano o
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor. ii. el 25% del costo de un nuevo vehículo diesel o de combustible
alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido). iii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo motor eléctrico. iv. Hasta el 75% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico,
incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo vehículo.
e. Para los autobuses elegibles propiedad del gobierno y los autobuses que son de propiedad privada bajo contrato con un distrito escolar
público, los Beneficiarios podrán retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad de:
i. Hasta el 100% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo diesel o de combustible alterno (por ej.:GNC, propano,
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor. ii. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo diesel o de
combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido).
iii. Hasta el 100% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de
dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo motor eléctrico.
iv. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico, incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo vehículo.
3. Locomotoras de maniobras de carga
a. Locomotoras de maniobras de carga elegibles incluyen locomotoras de maniobras de carga pre-nivel 4 que funcionan 1.000 o más
horas al año. b. Locomotoras de maniobras de carga elegibles deben ser
desechadas. c. Locomotoras de maniobras de carga elegibles pueden ser
repotenciadas con cualquier motor nuevo diesel o de combustible alterno o eléctrico (incluyendo grupos electrógenos), o se pueden
reemplazar con cualquier locomotora de maniobras de carga nueva diesel o de combustible alterno o eléctrica (incluyendo grupos electrógenos) que esté certificada para cumplir con los estándares
de emisiones de la EPA que sean aplicables (u otro estándar estatal equivalente más estricto) como se publica en el Código de Normas
Federales para el motor modelo del año en que se lleve a cabo la Acción de mitigación de locomotora de maniobras de carga
elegible.
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d. Para locomotoras de maniobras de carga que no son propiedad del gobierno, los Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en
la cantidad de: i. Hasta el 40% de un reemplazo de motor(es) por uno(s)
nuevo(s) diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido) o grupos electrógenos, incluyendo los costos
de instalación de dicho motor o motores. ii. Hasta el 25% del costo de una nueva locomotora de maniobras
de carga diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido).
iii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo por un motor (o motores) nuevo(s) todo(s) eléctrico(s), incluyendo los costos de
instalación de dicho(s) motor(es) y la infraestructura para cargarlo(s) asociada con el(los) nuevo(s) motor(es).
iv. Hasta el 75% del costo de una nueva locomotora de maniobras de carga toda eléctrica, incluyendo la infraestructura para
cargarla asociada con la nueva locomotora eléctrica. e. Para locomotoras de maniobras de carga elegibles que son
propiedad del gobierno, los Beneficiarios podrán retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad de:
i. Hasta el 100% del costo de un reemplazo por un nuevo motor
diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido) o grupos electrógenos, incluyendo los costos de instalación de
dicho(s) motor(es). ii. Hasta el 100% del costo de una nueva locomotora de maniobras
de carga diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido).
iii. Hasta el 100% de un reemplazo por un(os) motor(es) nuevo(s) eléctrico(s) incluyendo los costos de instalación de dicho(s)
motor(es) y la infraestructura para cargarlo(s) asociada con el(los) nuevo(s) motor(es) eléctrico(s).
iv. Hasta el 100% del costo de una nueva locomotora de maniobras de carga toda eléctrica, incluyendo la infraestructura para
cargarla asociada con la nueva locomotora eléctrica.
4. Transbordadores y remolcadores
a. Transbordadores y/o remolcadores elegibles incluyen motores
marinos de nivel 1 o de nivel 2 no regulados. b. Los motores de transbordadores y/o remolcadores elegibles que se
reemplazan deben ser desechados. c. Transbordadores y/o remolcadores elegibles deben ser
repotenciados con cualquier motor nuevo de nivel 1 o nivel 2, diesel o de combustible alterno, o con motores todos eléctricos, o
se pueden actualizar o mejorar con un sistema de remanufactura certificado de la EPA o una actualización de motor verificada de la
EPA.
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d. Para los transbordadores y/o remolcadores elegibles que no son propiedad del gobierno, los Beneficiarios sólo pueden retirar fondos
del Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 40% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano,
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho(s) motor(es).
ii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo de motor por uno nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo motor eléctrico. e. Para los transbordadores y/o remolcadores elegibles propiedad del
gobierno, los Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en
la cantidad de: f. Hasta el 100% del costo de un reemplazo con un nuevo motor
diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho(s) motor(es).
g. Hasta el 100% del costo de un reemplazo por un(os) motor(es) nuevo(s) eléctrico(s), incluyendo los costos de instalación de
dicho(s) motor(es) y la infraestructura para cargarlo(s) asociada con el(los) nuevo(s) motor(es) eléctrico(s).
5. Energía de buques oceánicos Shorepower
a. La energía marina elegible incluye sistemas que habilitan los
motores principales y auxiliares de un buque compatible para que
permanezcan apagados mientras la nave está atracada. Los componentes de tales sistemas elegibles para reembolso se limitan
a cables, sistemas de administración de cables, sistemas de acoplamiento de energía marina, sistemas de control de
distribución y distribución de energía. Los sistemas de energía marina deben cumplir con los estándares de diseño de tomas de
energía internacionales (Sistemas de conexión marina de alto voltaje ISO/IEC/IEEE 80005-1-2012 o Sistemas de conexión marina
de bajo voltaje IEC/PAS 80005-3:2014) y deberían ser provistos de energía proveniente de una red de suministro de energía local. La
energía marina elegible incluye equipo para buques que navegan
dentro de los Great Lakes. b. Para la energía marina que no es propiedad del gobierno, los
Beneficiarios sólo pueden retirar fondos del Fideicomiso en una
cantidad de hasta el 25% de los costos asociados con el sistema costero, incluyendo cables, sistemas de administración de cables,
sistemas de acoplamiento de energía marina, sistemas de control de distribución, instalación y componentes de distribución de
energía. c. Para la energía marina propiedad del gobierno, los Beneficiarios
pueden retirar fondos del Fideicomiso en una cantidad de hasta el
100% de los costos asociados con el sistema costero, incluyendo
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cables, sistemas de administración de cables, sistemas de acoplamiento de energía marina, sistemas de control de
distribución, instalación y componentes de distribución de energía.
6. Camiones de carga locales clase 4-7 (camiones medianos)
a. Camiones medianos elegibles incluyen camiones de carga local de
motores modelos de los años 1992-2009 clase 4-7 y para los Beneficiarios que tienen normas del Estado que ya requieren
actualizaciones a los camiones de motores modelos de los años 1992-2009 al momento de la propuesta Acción de mitigación
elegible, camiones elegibles también incluyen camiones de carga
local de motores modelos de los años 2010-2012 clase 4-7.
b. Los camiones medianos elegibles deben ser desechados. c. Los camiones medianos elegibles pueden ser repotenciados por
cualquier motor diesel nuevo o de combustible alterno o todo eléctrico, o se pueden reemplazar por un vehículo diesel nuevo o de combustible alterno o todo eléctrico, con el motor modelo del año
en el cual se lleva a cabo la Acción de mitigación de camiones
medianos elegibles o un motor modelo del año anterior. d. Para los camiones medianos elegibles que no son propiedad del
gobierno, los Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en
la cantidad de: i. Hasta el 40% del costo de un reemplazo por un motor nuevo
diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano,
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor. ii. Hasta el 25% del costo de un nuevo vehículo diesel o de
combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido). iii. Hasta el 75% del costo de un reemplazo por un motor nuevo
todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo
motor todo eléctrico. iv. Hasta el 75% del costo de un vehículo nuevo todo eléctrico,
incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo vehículo todo eléctrico. e. Para los camiones medianos elegibles propiedad del gobierno, los
Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad
de: i. Hasta el 100% del costo de un reemplazo con un motor nuevo
diesel o de combustible alterno (por ej.: GNC, propano,
híbrido), incluyendo los costos de instalación de dicho motor. ii. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo diesel o de
combustible alterno (por ej.: GNC, propano, híbrido). iii. Hasta el 100% del costo de un reemplazo por un motor nuevo
todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con el nuevo
motor todo eléctrico.
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iv. Hasta el 100% del costo de un nuevo vehículo todo eléctrico, incluyendo la infraestructura para cargarlo asociada con el
nuevo vehículo todo eléctrico.
7. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos
a. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos elegible incluye: i. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos potenciado por diesel
nivel 0, nivel 1 o nivel 2; y ii. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos potenciado por motor
de encendido por chispa, certificado o no certificado a 3 g/bhp-
hr. (3 gramos de potencia al freno por hora) o emisiones
mayores. b. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos elegible debe ser
desechado. c. Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos debe ser repotenciado
por un motor todo eléctrico, o se puede reemplazar con el mismo equipo de apoyo terrestre de aeropuertos en una forma toda
eléctrica. d. Para equipo de apoyo terrestre de aeropuertos que no es propiedad
del gobierno, los Beneficiarios sólo pueden retirar fondos del
Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 75% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con
dicho nuevo motor todo eléctrico. ii. Hasta el 75% del costo de equipo de apoyo terrestre de
aeropuertos nuevo, todo eléctrico, incluyendo los costos de
infraestructura para cargarlo asociado con dicho nuevo equipo
eléctrico. e. Para equipo de apoyo terrestre de aeropuertos elegible, propiedad
del gobierno, los Beneficiarios pueden retirar fondos del Fideicomiso
en la cantidad de: i. Hasta el 100% del costo de un reemplazo de motor por uno
nuevo todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de
dicho motor y la infraestructura para cargarlo asociada con
dicho nuevo motor todo eléctrico. ii. Hasta el 100% del costo de nuevo equipo de apoyo terrestre de
aeropuerto, todo eléctrico, incluyendo la infraestructura para
cargarlo asociada con dicho nuevo equipo eléctrico.
8. Montacargas y equipo para manejo de carga portuaria
a. Montacargas elegibles incluyen montacargas con una capacidad
para elevar más de 8.000 libras. b. Los montacargas y equipo para manejo de carga portuaria deben
ser desechados.
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c. Los montacargas y equipo para manejo de carga portuaria deben ser repotenciados por un motor todo eléctrico, o se pueden
reemplazar con el mismo equipo en una forma toda eléctrica. d. Para montacargas y equipo para manejo de carga portuaria
elegibles que no son propiedad del gobierno, los Beneficiarios
puede retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 75% del costo de repotenciar con un motor nuevo todo
eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho motor y
la infraestructura para cambiarlo asociada con el motor eléctrico
nuevo. ii. Hasta el 75% del costo de un montacargas o equipo para
manejo de carga portuaria nuevo todo eléctrico, incluyendo la
infraestructura para cargarlo asociada con dicho nuevo equipo. e. Para montacargas y equipo para manejo de carga portuaria
elegibles propiedad del gobierno, los Beneficiarios pueden retirar
fondos del Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 100% del costo de repotenciar con un motor nuevo
todo eléctrico, incluyendo los costos de instalación de dicho
motor y la infraestructura para cargarlo asociada con dicho
motor nuevo todo eléctrico. ii. Hasta el 100% del costo de un nuevo montacargas o equipo
para manejo de carga portuaria, incluyendo la infraestructura
para cargarlo asociada con dicho nuevo montacargas o equipo.
9. Equipo de suministro de vehículos ligeros de cero emisiones. Cada
Beneficiario puede usar hasta el quince por ciento (15%) de su
asignación de fondos del Fideicomiso en los costos necesarios para, y directamente relacionados con, la adquisición, instalación, funcionamiento y mantenimiento del equipo desuministro de vehículos
ligeros de cero emisiones para proyectos según lo que se especifica abajo. Esto, sin embargo, siempre y cuando los fondos del Fideicomiso
no se dispongan o usen para comprar o alquilar bienes raíces u otros costos de capital (por ej.: construcción de edificios, instalaciones de
estacionamiento, etc.) o mantenimiento general (por ej.:
mantenimiento que no sea del equipo de suministro).
a. Equipo de suministro de vehículos eléctricos ligeros incluye Nivel 1,
Nivel 2 o equipo de carga rápida (o tecnologías de sustitución análogas) ubicado en un lugar público, lugar de trabajo o viviendas
de unidades múltiples y no es equipo de suministro de vehículos eléctricos ligeros de consumidores (por ej.:no está ubicado en una vivienda residencial privada que no es una vivienda de unidades
múltiples). b. Equipo de suministro de vehículos ligeros de pilas de combustible
de hidrógeno incluye equipo para distribución de hidrógeno capaz
de distribuirlo a una presión de 70 megapascals (MPa) (o
tecnologías de sustitución análogas) ubicadas en un lugar público.
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c. Sujeto al límite del 15% mencionado arriba, cada Beneficiario
puede retirar fondos del Fideicomiso en la cantidad de: i. Hasta el 100% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro del vehículo ligero eléctrico elegible que estará a disposición del público en una
propiedad que le pertenezca al gobierno. ii. Hasta el 80% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro del vehículo ligero
eléctrico elegible que estará a disposición del público en una
propiedad que no le pertenezca al gobierno. iii. Hasta el 60% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro del vehículo ligero
eléctrico elegible que está disponible en un lugar de trabajo pero
no al público en general. iv. Hasta el 60% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro del vehículo ligero eléctrico elegible que está disponible en una vivienda de
unidades múltiples pero no al público en general. v. Hasta el 33% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro de vehículos ligeros de pilas de combustible de hidrógeno capaz de distribuir por lo
menos 250 kg/día que estará disponible al público. vi. Hasta el 25% del costo de comprar, instalar y darle
mantenimiento al equipo de suministro de vehículos ligeros de
pilas de combustible de hidrógeno capazde distribuir por lo
menos 100 kg/día que estará disponible al público.
10.Opción de la Ley de Reducción de Emisiones Diesel (DERA). Los
Beneficiarios pueden usar fondos del Fideicomiso para igualar
sus contribuciones voluntarias no federales, de acuerdo con el Título VII, subtítulo G, Sección 793 del programa DERA en la Ley de Políticas
de Energía del 2005 (codificado en el 42 U.S.C. § 16133) o Sección 792 (codificado en el 42 U.S.C. § 16132) en el caso de tribus,
permitiendo así que los Beneficiarios usen tales fondos del Fideicomiso para acciones que no están específicamente enumeradas en este
Apéndice D-2, pero que de otra manera son elegibles bajo la DERA de acuerdo con todos los documentos de orientación de la DERA
disponibles por medio de la EPA. Los fondos del Fideicomiso no se usarán para cumplir los requisitos de reparto de costos obligatorios no
federales, como se define en el programa de orientación de la DERA
aplicable, de cualquier otorgamiento de la DERA.
Las categorías de Acciones de mitigación elegibles que serán apropiadas para lograr los objetivos del Estado dependen en gran medida de la disponibilidad
de la categoría. Con base en una evaluación de 10 categorías de Acciones de mitigación elegibles, dos de ellas no están disponibles en Nuevo México. Esta
evaluación inicial de las 10 categorías no impide que el NMED financie un proyecto en el futuro. De las 10 Acciones de mitigación elegibles identificadas
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en el Apéndice D-2 del Fideicomiso, las que se encuentran en las secciones 4 (transbordadores y remolcadores) y 5 (Energía de buques oceánicos) no son
aplicables en Nuevo México.
Para este Plan de Mitigación de Beneficiarios, el NMED considera que una flota es o un solo vehículo, motor o pieza de equipo elegible o una
combinación de vehículos, motores o equipo como se indica arriba. Los Proyectos de mitigación elegibles pueden agruparse en cuatro categorías.
Esas categorías y los porcentajes en los cuales el Estado planea financiarlos
incluyen:
1. Proyectos de flotas de vehículos registrados y usados en carreteras
públicas (70%); 2. Proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en carreteras
públicas (7%);
3. Proyectos elegibles de la DERA (3%);
4. Equipo de suministro de vehículos ligeros de cero emisiones (15%); y 5. Gastos administrativos (5%).
Proyectos de flotas de vehículos registrados y usados en carreteras públicas
(Vehículos de carretera)
Estos proyectos podrían incluir repotenciar o reemplazar vehículos con
nuevos diesel o de combustible alterno o vehículos y motores eléctricos. El Estado anticipa que la mayoría de los proyectos dentro de Nuevo México
serán de Acciones de mitigación elegibles de flotas de carretera y propone aplicar a este grupo el 70 por ciento de los fondos del Fideicomiso. Este
grupo incluye:
Camiones de carga portuaria y camiones de carga local clase 8;
Autobuses escolares, autobuses de enlace o de tránsito clase 4-8; y
Camiones de carga local clase 4-7.
Proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en carreteras públicas (Vehículos no de carretera)
Si bien el Estado anticipa que la mayoría de los proyectos entren en la categoría de Acciones de mitigación elegibles de vehículos de carretera,
cualquier aplicación de proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en carreteras públicas estará sujeta a, y seleccionada, por medio de los mismos criterios de selección de los proyectos de flotas de vehículos
registrados y usados en la carretera. El Estado propone aplicar el siete por ciento del financiamiento del Fideicomiso a este grupo. Mientras que algunos
de los grupos puede que no estén bien representados en Nuevo México, de acuerdo con el Fideicomiso, si hubiera interés en estos grupos, el Estado
modificaría su Plan para permitir otros proyectos de flotas de vehículos no
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registrados ni usados en carretera. El equipo de apoyo terrestre de
aeropuertos se limita a recargos o reemplazos eléctricos.
Este grupo incluye:
Locomotoras de maniobras de carga;
Equipo de apoyo terrestre de aeropuertos; y
Equipo de manejo de carga portuaria y montacargas.
Proyectos de flotas elegibles de la DERA
La opción de la DERA y los otros proyectos de Acción de mitigación elegible coinciden en algunos aspectos; sin embargo, los proyectos elegibles bajo la
opción de la DERA incluyen varios tipos de actualización, repotencia, reemplazos y actualizaciones que no se permiten bajo el programa del
Fideicomiso. Los proyectos elegibles de la DERA están sujetos a límites de financiamiento establecidos por la EPA para los programas de la DERA a
menos que la EPA permita una renuncia a esas cantidades. Los niveles máximos de financiamiento para estos tipos de proyectos van del 25 al 100
por ciento de los costos de proyecto elegible bajo esta opción.
El Estado propone asignar el tres por ciento de los fondos del Fideicomiso a la
opción de la DERA para igualar la asignación voluntaria no federal del programa de otorgamientos de diesel limpio del Estado. Al igualar la
asignación voluntaria con la asignación base ofrecida por la EPA, ésta proveerá un incentivo igual al 50 por ciento de la asignación base. El NMED
ha utilizado financiamiento de la DERA para la reducción de emisiones diesel en proyectos de vehículos registrados y usados en carretera y vehículos no
registrados ni usados en carretera en flotas públicas y privadas por todo Nuevo México desde la inicio del Programa de diesel limpio de Nuevo México
en el 2008. El Programa de diesel limpio de Nuevo México ha reducido de manera eficaz el NOx y otros contaminantes asociados con vehículos diesel,
proveyendo resultados inmediatos y duraderos. Los proyectos completados bajo el programa de la DERA en Nuevo México incluyen proyectos de
reducción de emisiones diesel en flotas que son propiedad de y las manejan distritos escolares, condados, municipalidades, organizaciones no lucrativas y
negocios privados.
Equipo de abastecimiento de vehículos ligeros de cero emisiones El Estado propone utilizar el máximo porcentaje (15 por ciento) permitido de los
fondos asignados para equipo de abastecimiento de vehículos ligeros de cero emisiones (VEC), incluyendo equipo para cargar vehículos públicos y privados
eléctricos y equipo para reabastecer pilas de combustible de hidrógeno. Los proyectos de equipo de abastecimiento de VEC también están restringidos a
ubicaciones para recargo/reabastecimiento de vehículos ligeros y no incluyen
14
ubicaciones de recargo/reabastecimiento para vehículos o equipo de tamaño mediano o pesados.
El Apéndice D-2 del Fideicomiso identifica seis configuraciones de
recargo/reabastecimiento independientes que son elegibles para financiamiento y establece los niveles máximos de financiamiento para estos tipos de proyectos (del
25 al 100 por ciento). Los proyectos de equipo de abastecimiento de VEC ligeros no están ligados a proyectos de vehículos eléctricos/equipo de reemplazo o repotencia
listados en los párrafos 1-8 del Apéndice D-2.
Gastos administrativos El Fideicomiso permite al Estado aplicar hasta el 15 por ciento de su asignación
para gastos administrativos reales asociados con la implementación de Acciones de mitigación elegibles. El Estado no anticipa usar el total del 15 por ciento para
gastos administrativos. Para este Plan, el Estado propone el 5 por ciento para gastos administrativos.
Áreas de prioridad Hay varios tipos de áreas que tienden a tener una parte desproporcionada de
contaminación del aire, las cuales en este Plan se mencionan como áreas de prioridad. Éstas incluyen áreas designadas de no consecución para una NAAQS, de
alta población, de justicia medioambiental y con muchas fuentes de contaminantes del aire. El Estado planea enfocar su selección de proyectos de mitigación en los
tipos de áreas de prioridad discutidos en esta sección. Bajo un proceso de selección competitivo, se otorgarán puntos extra durante la puntuación para proyectos
situados en un área prioritaria o cerca de ella.
No consecución de las NAAQS En el estado sólo hay un área de no consecución de los estándares para el ozono de
las NAAQS federales del 2015. Mientras que todas las áreas del estado están en la actualidad en consecución de las NAAQS de NO2, las emisiones NOx son
contaminantes precursores para el ozono. En octubre del 2015, el gobierno federal bajó las NAAQS para el ozono de 0,075 partes por millón (ppm) a 0.070 ppm. Los
datos de ozono recopilados por el Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México del 2013 al 2015 muestran que, con la excepción de dos, todas las
localidades están cumpliendo el nuevo estándar de ozono. Los monitores en Sunland Park y Santa Teresa tienen niveles de ozono de 0,072 ppm. En la actualidad el Estado está en espera de la designación final de la EPA sobre la
propuesta área de no consecución. Mientras que hay sólo un área de no consecución para el ozono, hay otras áreas del estado (por ejemplo, Carlsbad) que
tienen concentraciones elevadas de ozono. También hay áreas en Nuevo México con problemas constantes de material particulado fino.
15
Justicia medioambiental La EPA define justicia medioambiental como el tratamiento justo e involucramiento significativo de toda la gente, sin importar raza, color, origen nacional o ingresos
con respecto al desarrollo, implementación y ejecución de las leyes, normas y políticas medioambientales. Tratamiento justo significa que ningún grupo de
personas debería cargar con una parte desproporcionada de las consecuencias medioambientales negativas que se derivan de actividades o políticas industriales,
gubernamentales y comerciales. Áreas de justicia medioambiental comúnmente incluyen comunidades y/o poblaciones que son más adversas, desproporcionada y/o históricamente afectadas por problemas medioambientales que otras
comunidades debido a geografía, pobreza y factores similares. No es poco común encontrar áreas de justicia medioambiental dentro de áreas de alta contaminación o
adyacentes.
Áreas de alta contaminación Los siguientes tipos de localidades y áreas adyacentes pueden ser consideradas
áreas de alta contaminación: puertos, terminales ferroviarias, terminales, centros de distribución, paradas de camiones, sitios de construcción y terminales o
estaciones de autobuses.
Alcances previstos de los beneficios de la reducción de emisiones Se espera conseguir una amplia gama de beneficios de la selección e implementación de proyectos de mitigación elegibles. Los alcances de los beneficios
de la reducción de emisiones que se espera de estos proyectos depende en gran parte del tipo de proyecto, ubicación y costo.
Para estimar la gama de beneficios de emisiones que se espera, se escogió una
muestra representativa de los tipos de proyectos bajo cada grupo descrito arriba.
Estos valores no indican un compromiso a financiar cantidades o proyectos seleccionados finalmente. Conforme el programa de Fideicomiso evoluciona, los
términos del Plan se ajustarán para reflejar cambios en las asignaciones de porcentaje de financiamiento a los grupos. Las emisiones estimadas se calcularon usando el cuantificador de emisiones diesel de la EPA y se basan en los porcentajes
indicados arriba. Otras suposiciones usadas para los cálculos de reducción de emisiones incluyen:
• Todos los vehículos son modelos del año 2002;
• El año de actualización es el 2018; • Doce años de vida restante estimados; y
• El uso de combustible diesel para el vehículo de reemplazo.
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Las siguientes cantidades proveen ejemplos de las reducciones de emisiones del
tiempo de vida anticipado de un vehículo en grupos selectos, una comparación de un grupo de vehículos y las emisiones de vida anticipadas para todos los grupos en
un escenario anticipado.
Gráfica 1: Reducción de emisiones de vida para vehículos individuales
La gráfica 1 muestra las reducciones de NOx por vida anticipadas para un vehículo único por grupo. Por ejemplo, si un autobús escolar diesel modelo
del año 2002 se reemplaza por uno diesel modelo del año 2018, el cuantificador de emisiones diesel de la EPA estima una reducción de NOx por
vida de 1,4 toneladas. Esta ilustración también muestra que reemplazar un autobús escolar diesel modelo del año 2002 por uno eléctrico produce
reducciones de NOx por vida ligeramente más altas: 1,5 toneladas.
El cuantificador de emisiones diesel considera el consumo de combustible anual, el millaje del vehículo por año, las horas que ha estado parado con el
motor encendido por año y la vida restante estimada. Los estimados que se presentan en este Plan suponen un vehículo modelo del año base 2002 con
12 años de vida restante para estimar las reducciones de emisiones. Por lo tanto, las reducciones de emisiones estimadas son aquellas que se esperan
en el periodo de 12 años.
Para obtener todo el potencial de los fondos del Fideicomiso, se ha determinado que la diversidad de proyectos será el mejor uso de los fondos y el interés del estado. Algunos proyectos contemplan mayores reducciones de
emisiones mientras que proveen beneficios de la salud para una población
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mayor y otros proyectos no pueden proveer reducciones de emisiones tan grandes, pero se dirigen a poblaciones más pequeñas y vulnerables.
Gráfica 2: Autobuses escolares de combustible convencional vs autobuses escolares eléctricos.
La gráfica 2 provee una comparación de la aplicación de los fondos del Fideicomiso a un grupo de vehículos, autobuses escolares de combustible
convencional y autobuses escolares eléctricos. Por favor observe que todos los combustibles, convencionales o alternos (excepto eléctricos), deben
cumplir por lo menos con los mismos estándares de emisiones. La gráfica 2 ilustra que aplicar fondos del Fideicomiso a autobuses escolares de
combustible convencional permite significativamente más autobuses escolares y significativamente mayores reducciones de NOx que los
autobuses escolares eléctricos. Menos de 50 autobuses escolares eléctricos se pudieron comprar por el mismo precio de más de 150 autobuses escolares
de combustible convencional.
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Gráfica 3: Vida anticipada de reducción de emisiones NOx por grupo
La gráfica 3 indica la vida anticipada de NOx para los Proyectos de mitigación
elegibles y sus porcentajes bajo el propuesto escenario mencionado arriba (por ej.: 44 autobuses escolares diesel nuevos, siete vehículos de residuos
sólidos diesel nuevos, etc.). La opción de la DERA supone que los fondos se usarían para reemplazos tempranos de vehículos. Usando una cantidad de
financiamiento de la DERA anticipada de $100.000 para los próximos cinco años, empleando fondos del Fideicomiso para igualar la contribución
voluntaria no federal de la DERA y el 25 por ciento de financiamiento por vehículo, se puede estimar conservadoramente el reemplazo temprano de 50
vehículos con una vida asociada de reducción de NOx de 127 toneladas.
El cuadro 1 provee un posible desglose del número estimado de vehículos, un
costo estimado por vehículo y costo por grupo de vehículos.
Proyectos de mitigación
elegibles
Número de
vehículos
Costo
estimado/vehículo
Costo por
grupo
Vehículos de carretera
(70%)
Autobuses escolares 44,00 $90.000,00 $ 3.960.000,00
7,00 $300.000,00 $ 2.100.000,00
Clase 6-7 43,00 $120.000,00 $ 5.160.000,00
Autobuses escolares VE 4,00 $350.000,00 $ 1.400.000,00
Total vehículos de
carretera
$12.620.000,00
Vehículos no de
carretera (7%)
12,00 $100.000,00 $
1.200.000,00
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DERA 3% $
539.479,83
Cuadro 1: Número estimado de vehículos y costos asociados.
Proyectos de flotas de vehículos registrados y usados en carreteras públicas
El departamento analizó una muestra de proyectos elegibles que incluyó
reemplazar camiones clase 6-7, autobuses escolares y vehículos de residuos sólidos con diesel y versiones eléctricas. El total estimado de reducciones de
emisiones por vida de este grupo es de aproximadamente 216 toneladas de
NOx.
Proyectos de flotas de vehículos no registrados ni usados en carreteras públicas
Sin tener seguro qué grupos pueden incluirse en esta categoría, el NMED sólo
evaluó vehículos eléctricos de equipo de apoyo terrestre de aeropuertos y estaciones de recargo eléctrico para el equipo de apoyo terrestre. El total
estimado de reducciones de emisiones por vida de este grupo es de
aproximadamente 65 toneladas de NOx.
Proyectos de flotas elegibles de la DERA
El departamento analizó una muestra de proyectos elegibles que incluyó reemplazos de autobuses escolares y camiones para transporte en distancias
cortas con reemplazos diesel. El total estimado de reducciones de emisiones
por vida de este grupo es de aproximadamente 127 toneladas de NOx.
Opción de VE
Sin tener seguro los tipos y cantidades de estaciones de carga de VE y el
número de VEs que utilizarán estas estaciones es difícil cuantificar las
reducciones de emisiones asociadas con esta acción.
En total, el Estado estima que aplicar la cantidad total de financiamiento asignada menos el cinco por ciento de gastos administrativos
($17.083.527,85) para financiar Acciones de mitigación elegibles bajo este Plan usando el porcentaje de asignaciones indicado arriba resultaría en un
total de reducciones de emisiones por vida de aproximadamente 408 toneladas de NOx, sin incluir aquellas asociadas con la opción de VE. Como
se indicó arriba, las reducciones de emisiones reales dependen de los tipos de proyectos que soliciten financiamiento, cuántos proyectos soliciten financiamiento y qué proyectos apruebe el Fideicomiso para recibir
financiamiento.
20
EMISIONES ASOCIADAS CON VEHÍCULOS DIESEL El objetivo general del Fideicomiso es la reducción de NOx principalmente de
fuentes móviles, enfocándose en vehículos de peso pesado y medianos. Las emisiones de los motores diesel son una mezcla compleja de gases y
partículas; los contaminantes significativos son el NOx y el material
particulado.
De acuerdo con el Inventario de emisiones nacional del 2014 de la EPA (NEI, siglas en inglés), las emisiones de fuentes móviles potenciadas por diesel
para vehículos que se usan en carreteras y vehículos que no se usan en carreteras (incluyendo ferroviarias y aéreas) representan aproximadamente
98.970 toneladas por año (tpy, siglas en inglés) de NOx en Nuevo México. Los estándares de emisiones revisados para vehículos y equipo diesel
promulgadas por la EPA, aplicables al año modelo 2007 y vehículos y motores más nuevos, asegurarán que los motores diesel para vehículos
pesados y medianos más nuevos sean menos contaminantes. Muchos motores diesel más antiguos, sin embargo, pueden funcionar de 25 a 30
años antes de que sea necesario reemplazarlos. Así es que pueden pasar muchos años antes de que equipo existente se reemplace con equipo más
nuevo y limpio debido a la típica renovación de flotas. Es posible que un gran número de motores diesel más antiguos no afectados por los nuevos
estándares federales sigan funcionando en Nuevo México por muchos años.
El Estado, por medio de su proceso de selección de proyectos, tratará de
equilibrar los beneficios medioambientales y sociales entre las ciudades y condados de Nuevo México y los intereses por todo el estado de todos los
habitantes del estado que son afectados por las emisiones de NOx que
generan los vehículos diesel de carretera.
Existen muchas estrategias y programas para reducir las emisiones de estos motores más antiguos. Reemplazar, readaptar o repotenciar muchos
vehículos y motores diesel más antiguos son estrategias rentables para reducir emisiones de NOx y compuestos orgánicos volátiles (VOC, siglas en
inglés), los cuales son contaminantes precursores para la formación de material particulado (material particulado de un diámetro menor de 2,5 microns, o PM2,5) y ozono al nivel del suelo, hasta en un 90 por ciento o
más. El Fideicomiso permitirá que el Estado financie más de estos tipos de proyectos de los que se puede financiar en la actualidad por medio de
programas existentes.
Contaminantes Problemáticos
NOx
Los óxidos de nitrógeno (NOx) son una familia de gases venenosos, muy reactivos. Estos gases se forman cuando se quema combustible a altas
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temperaturas. La contaminación de NOx la emiten automóviles, camiones y varios vehículos no usados en carreteras (por ej.: equipo de construcción,
botes, etc.), así como fuentes industriales, tales como plantas de energía, calderas industriales, hornos cementeros y turbinas. El NOx con frecuencia
aparece como un gas pardusco. Es un agente oxidante fuerte y juega un papel principal en las reacciones atmosféricas con VOCs que producen ozono
(contaminación) a nivel del suelo en los días calurosos del verano.
Los motores diesel funcionan a temperaturas y presión más altas que los
motores de gasolina. Estas condiciones favorecen la producción de gases de
NOx.
El NMED usa datos del NEI del 2014 para identificar las emisiones de NOx del
estado, específicamente las emisiones de NOx de vehículos potenciados por diesel. Una revisión del NEI ayudará al NMED a identificar esas áreas del
estado que son afectadas por emisiones de diesel de fuentes móviles.
El NEI del 2014 estimó que más de 98.970 toneladas de NOx se emitieron de
fuentes móviles en Nuevo México. La gráfica 4 muestra las mayores fuentes de NOx en el estado y su contribución en porcentajes. La gráfica 5 desglosa
las fuentes móviles de NOx por todo el estado y su contribución en
porcentajes.
Gráfica 4: Fuente de contribución de NOx Gráfica 5: Fuente móvil de
contribución por todo el estado de NOx por todo el estado
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Las fuentes móviles de emisiones constituyeron hasta el 44 por ciento del total de emisiones de NOx por todo el estado. Las emisiones de NOx por todo
el estado de vehículos y equipo diesel se estimaron en 74.000 toneladas de NOx, con los vehículos pesados de carretera diesel representando hasta el 44
por ciento, o 43.860 toneladas, del total. El alto porcentaje de diesel de vehículos pesados de carretera se atribuye a la clasificación del estado como
un estado puente de transporte. La mayoría del tránsito de camiones diesel pasa por el estado en dirección del oriente al occidente. La gráfica 6 muestra
las emisiones de NOx, en toneladas para el 2014, asociadas con vehículos
diesel pesados de carretera y ferrocarril por condado.
Gráfica 6: Emisiones de NOx de vehículos diesel pesados de carretera y ferroviarios
por condado.
Ozono El ozono se forma de la combinación de NOx y compuestos orgánicos volátiles en la presencia de la luz solar. Los niveles excesivos de ozono agravan las condiciones respiratorias. Las personas con más riesgo de respirar aire con ozono incluye
personas con asma, niños, adultos mayores y personas activas al aire libre, especialmente los que trabajan al aire libre.
Los niños corren los mayores riesgos de la exposición al ozono porque sus
pulmones todavía están en desarrollo y son los que más posibilidades tienen de
23
andar activos afuera cuando los niveles del ozono están altos, lo cual aumenta su exposición a él. Los niños también son más propensos al asma que los adultos.
Dos monitores del aire en el sur del Condado Doña Ana (uno en Santa Teresa cerca
del cruce fronterizo y uno en Sunland Park en la escuela primaria Desert View) han mostrado excesos de las NAAQS de ozono, con base en datos de monitoreo del
2014-2016. Estos monitores están situados cerca del Paso, Texas y Ciudad Juárez, Chihuahua, México. Los demás monitores administrados por el NMED muestran que
se cumplen las NAAQS; sin embargo, el ozono medido en Carlsbad así como en el área de Four Corners está muy cerca de las NAAQS.
Material Particulado El material particulado de diesel (PM y también DPM, siglas en inglés) es una
mezcla compleja de materiales líquidos y sólidos. Las partículas en el escape de diesel son especialmente preocupantes porque, debido a su tamaño respirable,
pueden penetrar en los pulmones humanos profundamente. La composición del DPM incluye muchas especies conocidas por sus efectos adversos en la salud,
incluyendo varios agentes cancerígenos. Los efectos de la salud con mucha frecuencia están conectados con el aumento de muertes debido a enfermedades
respiratorias y cardiovasculares y al empeoramiento de síntomas en personas con asma.
En la actualidad hay un área de no consecución para material particulado de 10 microns o menos de tamaño (PM10) en el Condado Doña Ana. Un área de Anthony,
N.M. que está en la frontera de Texas y Nuevo México, es un área de no consecución de PM10. Ésta fue un área designada de no consecución para PM10 por
la EPA en 1991. Frecuentemente, el polvo que acarrea el viento resulta en excesos de NAAQS para PM10 y PM2.5 en el sur de los condados Doña Ana y Luna durante
la primavera. Otras áreas de Nuevo México también pueden ser afectadas por las condiciones del polvo durante periodos de vientos fuertes.
APORTE PÚBLICO PARA ESTE PLAN DE MITIGACIÓN
DE BENEFICIARIOS
El NMED ha creado un sitio público en la red para información relacionada al Fideicomiso, los Decretos de fideicomiso de consentimiento parcial de la VW, planes
de Nuevo México e información de implementación. Para proveer transparencia y responsabilidad, el Departamento pondrá información en su sitio VW en la red.
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Aporte público El NMED pedirá aportes públicos sobre el Plan de mitigación de beneficiarios por medio del siguiente proceso de participación pública. El NMED seguirá un proceso similar para revisiones futuras del Plan de mitigación de beneficiarios.
Reuniones públicas El NMED celebró seis sesiones para escuchar la opinión pública en lugares clave por todo el estado. Estas reuniones iniciales fueron para informar al público sobre el
Fideicomiso y obtener aportes de los sectores público y privado antes del desarrollo del Plan de mitigación de beneficiarios del estado.
Borrador del Plan de Mitigación de beneficiarios En el sitio en la red del NMED se publicará un aviso de oportunidad para que el público comente sobre el Plan de mitigación de beneficiarios y lo anunciará vía el
listserv del NMED antes de que el Plan de mitigación de beneficiarios se finalice y se presente al Fideicomisario.
Plan final de mitigación de beneficiarios El Estado considerará todos los comentarios que se reciban, revisará cualquier
requisito nuevo o revisado que desarrolle el Fideicomisario y hará cualquier revisión pertinente y publicará el Plan final de mitigación de beneficiarios en el sitio VW en
la red del NMED: https://www.env.nm.gov/vw-settlement/.
Evaluaciones periódicas El NMED evaluará periódicamente la implementación del Plan de mitigación de
beneficiarios y la implementación de las Acciones de mitigación elegibles después del financiamiento inicial y determinará si cualquier revisión al Plan de mitigación
de beneficiarios y niveles de financiamiento son apropiadas o necesarias. Si se necesita futuras revisiones del Plan de mitigación de beneficiarios, el NMED buscará
el aporte público en revisiones mayores del Plan, generalmente consistentes con el proceso indicado arriba, incluyendo la publicación de un aviso de la oportunidad de un periodo de 30 días para que el público presente comentarios sobre las
propuestas revisiones.
Actualizaciones del sitio en la red El NMED pondrá la siguiente información en su sitio en la red:
• Información general en los Decretos parciales de consentimiento del
Fideicomiso, incluyendo un enlace a los documentos;
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• El Plan de mitigación de beneficiarios del Estado en borrador y versión final, incluyendo información sobre el proceso de participación pública para el Plan
de mitigación de beneficiarios; • Todos los comentarios relacionados con el Plan del Estado;
• Todos los récords públicos que apoyan las solicitudes de financiamiento que el NMED presente al Fideicomiso y todos los récords públicos que respalden
todos los gastos del Fondo del Fideicomiso, sujetos a las leyes de confidencialidad y hasta las fechas de terminación de los decretos parciales
de consentimiento del Fideicomiso; e • Información de contacto del Departamento.
CONCLUSIÓN El Plan de mitigación de beneficiarios para el Estado de Nuevo México ha sido
desarrollado de acuerdo con los términos del Fideicomiso. Este Plan de mitigación de beneficiarios no es una solicitud para proyectos. Como tal, este Plan de
mitigación de beneficiarios no incluye detalles sobre el proceso de solicitud o selección de proyectos. Dicha información estará disponible en el sitio VW del
Departamento en la red una vez el Plan de mitigación de beneficiarios haya sido finalizado.
Como parte de las evaluaciones periódicas, el Departamento puede revisar el Plan de mitigación de beneficiarios final como sea necesario para reflejar cambios
mayores en la demanda de proyectos, las prioridades del Estado o fondos disponibles en años futuros.