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- BORRADOR – MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA DELIMITACIÓN DEL SUELO URBANO DE CAMINOMORISCO (CÁCERES) para la Ampliación de Suelo Urbano en “C/ La Colonia y C/ Núñez de Balboa” PROMUEVE: Excmo. Ayuntamiento de Caminomorisco ARQUITECTO REDACTOR: Carolina Panadero Antúnez FECHA: Abril 2016

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- BORRADOR –

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA DELIMITACIÓN DEL SUELO

URBANO DE CAMINOMORISCO (CÁCERES)

para la Ampliación de Suelo Urbano

en “C/ La Colonia y C/ Núñez de Balboa”

PROMUEVE: Excmo. Ayuntamiento de Caminomorisco

ARQUITECTO REDACTOR: Carolina Panadero Antúnez

FECHA: Abril 2016

INDICE GENERAL_______________________________________________

0.- INTRODUCCIÓN

0.1. - OBJETO DE LA ACTUACIÓN

0.2.- MARCO LEGAL

0.3.- INICIATIVA

0.4.- REDACCIÓN

1.- MEMORIA INFORMATIVA.

1.1.- AMBITO DE ACTUACIÓN.

1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRITORIO.

1.3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES.

1.4.- ANÁLISIS DEL PLANEAMIENTO VIGENTE Y SUS EFECTOS SOBRE EL MISMO.

2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.

2.1.- CRITERIOS BÁSICOS DE ORDENACIÓN

2.2.- OBJETO, ALCANCE Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO

2.3.- DETERMINACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA Y JUSTIFICACIÓN DE

LA LSOTEX Y SUS MODIFICACIONES

DOCUMENTO A_ MEMORIA

AMPLIACIÓN de SUELO URBANO en C/ La Colonia y C/ Núñez de Balboa. CAMINOMORISCO

0. INTRODUCCIÓN

0.1 OBJETO DE LA ACTUACIÓN La redacción de este Modificación Puntual de DSU pretende ampliar el suelo urbano de Caminomorisco mediante la reclasificación y recalificación de suelo rústico para uso residencial en la zona de “Los Llanos”. En dicha zona existen ya varias edificaciones residenciales y cuenta con una calle parcialmente urbanizada que será tomada como referencia para la delimitación del ámbito de actuación. La situación irregular de las edificaciones existentes, la demanda de suelo urbano residencial, prácticamente agotado, en el municipio y la existencia de la calle abierta han motivado la redacción de esta Modificación puntual para la Ampliación del suelo urbano. Asimismo se aprovecha la redacción de este documento para regularizar varias viviendas también existentes y con más de 10 años de antigüedad situadas al norte del suelo urbano.

0.2 MARCO LEGAL

El municipio de Caminomorisco cuenta únicamente con una Delimitación de Suelo Urbano

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Esta Modificación Puntual se enmarca dentro de las determinaciones la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX) y sus posteriores modificaciones. Más concretamente se seguirá lo dispuesto en el Disposición Adicional Tercera, recogida en la Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la LSOTEX y en su posterior modificación recogida la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la LSOTEX. “Disposición adicional tercera. Planeamiento y ejecución urbanísticos en pequeños Municipios. Los Municipios con una población igual o inferior a 5.000 habitantes de derecho podrán optar por un planeamiento general y un sistema de ejecución del mismo simplificado, que se regirá por las siguientes reglas: 1ª La distinción entre las determinaciones de ordenación estructural y detallada se establecerá con el grado de definición adecuado a las características del municipio. 2ª El suelo urbano no consolidado y el suelo urbanizable deberán presentar su ordenación detallada completa. 3ª Para el suelo urbano:

3.1 No será obligatorio realizar reservas de suelo para viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.

3.2 En la atribución de la edificabilidad global a cada unidad de actuación se observarán los requisitos establecidos en el apartado 1 y 2.2.a del artículo 74.

3.4 En el suelo urbano no consolidado sujeto a unidades de actuación, las reservas de suelo para dotaciones públicas excluido viario, de entrega obligatoria y gratuita a la Administración, serán como mínimo del 10% de la superficie de la unidad de actuación correspondiente y se podrán concentrar en el uso público que el Municipio determine, incluidas las zonas verdes. En las actuaciones de baja densidad edificatoria podrá optarse por estas reservas, o por las establecidas en el artículo 74.2.2.b, si de aquellas resultase una superficie inferior al mínimo anterior.

Art 74. 2. En los nuevos desarrollos urbanísticos previstos en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable deberán respetarse unos estándares de calidad que cumplan:

…. 2.2 Los criterios sustantivos de ordenación, en los nuevos desarrollos urbanos y sobre la base, para el suelo de uso global residencial, del módulo de un habitante por cada 33 m2 edificables, siguientes:

a) La edificabilidad no podrá superar los siguientes valores: ... 0,70m2/m2, en los

municipios (menos 20.000hab), Pedanías y Entidades Locales menores. El valor

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relativo a edificabilidad se entiende siempre referido a metro cuadrado e uso residencial o terciario.

b) Reserva suficiente y proporcionada de suelo para dotaciones públicas excluido el

viario; reserva que no podrá ser inferior a 35 m2 por cada 100 de techo potencialmente edificable en sectores en que se permita el uso residencial. Una parte proporcional adecuada de la reserva deberá destinarse a zonas verdes, que será, como mínimo de 15 m2 por cada 100 de techo potencialmente edificable en dichos sectores. En municipios de menos de 2000 habitantes la reserva no podrá ser inferior a 20 m2 por cada 100 de techo, destinado a zonas verdes un mínimo de 10m2 por cada 100 de techo potencialmente edificable.

c) .. d) Previsión de un número adecuado de aparcamientos, que deberá respetar el

mínimo de una plaza, que reglamentariamente podrá elevarse a 1,5 para determinados sectores, por cada 100 m2de edificación residencial y las adecuadas que se establezcan para el resto de usos. En todo caso, al menos 0,5 plazas por cada 100m2 de edificación, anexas o no al viario, deberán tener carácter público.

4ª Para el suelo urbanizable:

4.1 Respecto al estándar mínimo de vivienda sometida a algún régimen de protección pública, motivadamente, podrá eximirse su cumplimiento mediante resolución del Consejero competente en materia de ordenación territorial y urbanística. 4.2 En la atribución a edificabilidad global…..artículo 74. 2.2.a 4.3 las reservas de suelo para dotaciones…según apartado 3.4 para suelo urbano.

5ª La ejecución de la ordenación urbanística tanto del suelo urbano, consolidado o no, como del urbanizable, podrá llevarse a cabo por el sistema de Obras Públicas Ordinarias. 6ª En municipios con población igual o inferior a 2000habitantes de derecho que opten por este régimen simplificado, no se exigirá la correspondiente entrega a la administración de la superficie prevista en los artículos 31.2.b) y 32.2.A.2.b), mientras que para los municipios con población comprendida entre 2000 y 5000 habitantes esta entrega será del 5%. 7ª La superficie total de los nuevos desarrollos urbanísticos previstos en suelo urbano no consolidado y de urbanizable, en su conjunto, no podrá superar el 50% de la correspondiente al suelo urbano consolidado. … 8ª Siempre que, mediante acuerdo motivado, se justifique adecuadamente su conveniencia, las reservas de suelo para dotaciones públicas que correspondan tanto a Unidades de Actuación Urbanizadoras como a las Unidades de Actuación a ejecutar mediante el sistema de Obras Públicas Ordinarias podrán bien situarse fuera del ámbito de actuación o bien sustituirse por su valor en metálico conforme a los criterios de valoración legalmente establecidos. La cantidad correspondiente se sufragará, en su caso, por los propietarios siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 155 apartado 3. Los ayuntamientos estarán obligados a destinar los fondos así obtenidos a la adquisición de los suelos precisos para las dotaciones públicas necesarias.

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0.3 INICIATIVA El presente documento es promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Caminomorisco y tiene como finalidad la regularización de algunas actuaciones efectuadas fuera de ordenación y la reserva de suelo residencial para futuros crecimientos. La Modificación puntual prevé la reclasificación de 19.372 m2 de suelo no urbanizable como suelo urbano no consolidado de uso residencial. El ámbito de actuación conformará una Unidad de Actuación y contará con Ordenación Detallada. Promueve: Excmo. Ayuntamiento de Caminomorisco Plaza de la Libertad nº 2, Caminomorisco, (10.620)

0.4 REDACCIÓN La presente documentación ha sido redactada por: Carolina Panadero Antúnez, Arquitecta colegiada con nº 472.492 del COADE C/ del Rey nº 34, local 5, Plasencia (Cáceres) Los trabajos de redacción del BORRADOR de la Modificación Puntual de la DSU de “LOS LLANOS” han finalizado en Abril de 2016.

0.5 DOCUMENTOS DEL PLAN

Según las determinaciones del Artículo 75 de la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura la Modificación Puntual del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano está compuesta por los siguientes documentos: DOCUMENTO A_ MEMORIA - BORRADOR

DOCUMENTO B_ DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

DOCUMENTO C_ DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

DOCUMENTO A_ MEMORIA

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INDICE GENERAL

1.- MEMORIA INFORMATIVA.

1.1.- AMBITO DE ACTUACIÓN. 1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRITORIO.

1.2.1. Descripción general y topográfico. 1.2.2. Geología y geomorfología. 1.2.3. Hidrología e hidrogeología. 1.2.4. Clima. 1.2.5. Fauna y flora. 1.2.6. Espacios naturales. 1.2.7. Vías pecuarias. 1.2.8. Patrimonio arqueológico. 1.2.9. Análisis de riesgos. 1.2.10. Afecciones sectoriales.

1.3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES.

1.3.1. Red viaria. 1.3.2. Red eléctrica. 1.3.3. Saneamiento y abastecimiento.

2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.

2.1.- CRITERIOS BÁSICOS DE ORDENACIÓN

2.1.1. Implantación en el territorio.

2.2.- OBJETO, ALCANCE Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO 2.3.- DETERMINACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA

2.3.1. Límites de la actuación. 2.3.2. Usos globales y pormenorizados. 2.3.3. Tipología y parcelación 2.3.3. Cumplimiento de reserva de terrenos para dotaciones y cesiones obligatorias. 2.3.4. Características de las infraestructuras y servicios. 2.3.5. Cumplimiento del art. 81.1.b de la LSOTEX.

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1. MEMORIA INFORMATIVA

1.1.- AMBITO DE ACTUACIÓN.

La modificación puntual para la ampliación de Casco urbano abarca una superficie de 19.372 m2, se sitúa al sur del suelo urbano y está vertebrada por C/ La Colonia y la C/ Nuñez de Balboa.

Dentro del ámbito de actuación se distinguen dos sectores independientes que están separados entre sí y presentan diferentes características: - Uno de 1.285 m2, situado al oeste y separado del núcleo urbano pero conectado con él a través de la carretera de Pinofranqueado. Esta zona está consolidada y cuenta con todos los servicios urbanos: acceso rodado, abastecimiento, saneamiento y alumbrado público. Estos terrenos se enmarcan dentro de la definición del solar y sus construcciones están ya consolidadas en el tiempo. Así pues, la inclusión de este área dentro del ámbito de actuación de la modificación está plenamente justificada.

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- El otro sector que conforma la Unidad de Actución está situado al sur del suelo urbano y tiene una superficie de 18.087m2. Se trata de una bolsa de suelo pegada al núcleo urbano y vertebrada por C/ La Colonia y la C/ Nuñez de Balboa, ambas conectadas a la red viaria del municipio.

La modificación reclasifica los terrenos comprendidos en una franja aproximada de

20 de fondo a partir de la alineación de dicha calle. Para el trazado del contorno del ámbito de actuación se ha procurado respetar las parcelas existentes adaptando dicho contorno a los límites de las mimas para facilitar la gestión y desarrollo de la Unidad de Actuación.

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Este sector presenta características diferenciadas dependiendo de la proximidad al núcleo urbano. Podemos dividir este sector en dos zonas: 1.-- La C/ La Colonia, situada al norte del ámbito de actuación. Este tramo es continuación de la calle La Colonia del núcleo urbano y está integrada completamente en la trama urbana del municipio. Dentro de esta zona existen 4VPO que forman parte de una promoción de 10 viviendas adosadas que se realizaron en el año 1.989 y otras viviendas de la misma época que ya son parte de la memoria de los vecinos y de su vida diaria. Esta parte del ámbito de actuación está prácticamente muy consolidada y cuenta con todos los servicios urbanísticos.

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2.- El resto del ámbito de actuación lo conforma los terrenos que bordean la C/ Nuñez de Balboa, que es continuación de la C/ La Colonia pero su trazado es más reciente. El suelo afectado serán dos franjas de terreno de 20m de fondo aproximadamente situadas a ambos lados de dicha vía.

Actualmente el margen izquierdo de la vía está ocupado por huertos de cultivo que llegan hasta el arroyo próximo y las parcelas tienen, en general, una geometría longitudinal muy acusada y una topografía bastante plana quedando por debajo del nivel de la calle.

Por otro lado, las parcelas situadas a la derecha de la vía están cubiertas de masa forestal a base pinos y monte bajo y las parcelas presentan gran desnivel, subiendo en altura a medida que nos alejamos de la vía. A este lado del ámbito de actuación se aprecian las construcciones del núcleo urbano situadas por encima de la calle Núñez de Balboa, entre ellas destaca la presencia de la residencia de educación secundaria que se asoma sobre el ámbito de actuación desde la C/ Factoría de los Angeles.

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Esta calle carece de pavimento en las aceras y alumbrado público en su tramo final pero cuenta con acceso rodado y redes públicas de abastecimiento y saneamiento. En esta zona las edificaciones fuera de ordenación son más escasas pero es patente la voluntad de diversos propietarios de edificar en esta parte del municipio aprovechando las infraestructuras existentes.

La situación del ámbito de actuación, pegada al suelo urbano, y el estado de consolidación y urbanización del mismo, que posibilitan su ocupación inmediata con escasos gastos, hacen que esta alternativa sea la más idónea para la reclasificación de terrenos. La clasificación de este suelo residencial regularizará la situación de las viviendas existentes, algunas de ellas de protección oficial, y a su vez establecerá una reserva de terrenos que podrá acoger de manera ordenada el futuro crecimiento del municipio ya que la Delimitación de Suelo Urbano vigente está prácticamente agotada.

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1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRITORIO. 1.2.1.- Descripción general y Topografía

El pueblo de Caminomorisco está situado al Norte de Extremadura y de la provincia de Cáceres, en la comarca de Las Hurdes. En las coordenadas 40º18' de latitud y los 6º19' de longitud y a 491 m. sobre el nivel del mar. El área de actuación está situada al sur del núcleo urbano.

La unidad de actuación tiene una superficie de 1,93 Ha, y alberga dos sectores independientes. Uno situado junto a la carretera de Pinofranqueado y otro ubicado en la prolongación de la C/ La Colonia. Los terrenos están situados entre el núcleo urbano y un arroyo que discurre de norte a sur, en paralelo a la C/ Nuñez de Balboa. La zona en la está situado el ámbito de actuación presenta fuertes desniveles de este a oeste, quedando el núcleo urbano unos 30m por encima de la calle Nuñez de Balboa. Dicha calle discurre en paralelo a la curva de nivel de 460m y las franjas de terreno edificable previstas a ambos lados de la misma son bastante planas. Sin embargo la parte del ámbito de actuación más próxima al núcleo urbano presenta una pendiente pronunciada, sobretodo la calle La Colonia, que será perpendicular a la pendiente.

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Mapa topográfico. Fuente: Ideextremadura

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1.2.2.- Geología y geomorfología

El término municipal de Caminomorisco forma parte de la comarca de Las Hurdes, situada en al norte de Extremadura, en su límite con la provincia de Salamanca. El relieve de las Hurdes es esencialmente montañoso, presenta un paisaje con multitud de barrancos y gargantas. La red hidrográfica es el principal agente modelador del paisaje, puesto que los ríos han excavado profundos y estrechos valles sobre el sustrato geológico, dando lugar a pendientes escarpadas. La comarca presenta una orografía montañosa con meandros que erosionan la negra pizarra con chorros de enérgicas corrientes. La zona de Caminomorisco se asienta sobre un resalte pizarroso-grauváquica de origen Paleozoico. Los materiales que la forman constituyen verdaderos metasedimentos, producto del metamorfismo tanto regional como de contacto. Son los que alcanzan mayor extensión en la zona. Resulta difícil establecer una estratigrafía de estos materiales debido a factores como la extremada monotonía de la estratigrafía, el metamorfismo tanto regional como de contacto que enmascara mucho caracteres de estos materiales y la falta de yacimientos fosilíferos que aporten datos concluyentes en cuanto a la posición estratigráfica de estas series litológicas.

Se trata de un suelo pizarroso que forma parte del “Complejo esquisto grauváquico” cargado de minerales micáceos los cuales se manifiestan netamente, sobre todo, en las alternancias pelíticograuváquicas, debido a la difusión diferencial de la estructura mosqueada, aunque también son muy evidentes de los términos exclusivamente finos

1.2.3.- Hidrología e Hidrogeología

La Zona Rural de las Hurdes, Sierra de Gata, Trasierra-Tierras de Granadilla y Valle de Ambroz queda enmarcada, en términos de hidrología, dentro de la cuenca del Tajo. En la Comarca de la Hurdes destaca el río Alagón que, con una longitud total de 208 Km. está considerado como el tercer río de mayor longitud de la demarcación. El Río Alagón atraviesa la zona de norte a sur dejando a su paso los embalses de Valdeobispo y Gabriel y Galán. El río Alagón recibe por la izquierda numerosos cauces menores que bajan del macizo de Traslasierra. Por la derecha el Alagón recibe caudal del arroyo de Las Batuecas y más adelante este río se une en el municipio de Las Mestas con el río Ladrillar. Este tributario del Alagón junto con el Hurdano y el río de Los Ángeles, que corren más al Sur, son los tres cauces que drenan la comarca de Las Hurdes, sierra de abrupta orografía y agua abundante.

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En el término de Caminomorisco la precipitación media anual es de las más elevadas de la Comunidad Extremeña (1100-1200 mm) aunque la evapotranspiración es muy alta. El término de Caminomorisco se asienta sobre un conjunto de rocas precámbricas y paleozoicas que presentan una permeabilidad muy baja, por lo que será difícil que aparezcan caudales importantes de agua subterránea. En cualquier caso, en zonas que presenten importante fracturación pueden aparecer niveles freáticos de relativa importancia.

CAMINOMORISCO

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1.2.4.- Clima

El clima de Caminomorisco se encuadra dentro un área microclimáticas situada en las estribaciones montañosas que separan valles profundos al norte de Cáceres en clara discordancia con la climatología general de Extremadura. Por lo que respecta a los valores absolutos de temperatura existe un fuerte contraste entre máximas que alcanzan 38º C en los meses de julio-agosto y en los periodos más fríos las temperaturas mínimas pueden alcanzar los –5º C en diciembre y enero. El municipio de Caminomorisco se localiza en la zona Norte con una precipitación media anual del orden de los 1100 y 1200 mm. El máximo de precipitaciones se produce entre los meses de febrero y marzo, disminuyendo en abril. Los meses más secos son julio y agosto produciéndose un segundo periodo de lluvias de octubre a diciembre con un máximo secundario en noviembre.

1.2.5.- Fauna y flora

Nuestro ámbito de actuación se encuadra dentro de la comarca Las Hurdes , que en la Guía Naturaleza Activa de la Junta de Extremadura se define la como:

“Las Hurdes Altas mantienen masas forestales, pinares, de gran extensión. El resto ha sido colonizado por densas formaciones de matorral donde el piornal ocupa la franja superior y la jara y el brezo tapizan hasta el horizonte las inferiores. En los valles, los laberintos de meandros son ocupados por el aliso y en menor medida por sauces y fresnos.

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En la comarca de las Hurdes hay que resaltar la magnífica avifauna: buitres negros, gavilanes, águilas culebreras, búhos reales, cigüeñas negras...la infinidad de aves pequeñas y medianas que cubren las superficies forestales y los intrincados sotobosques de matorral: mito, pito real, pico menor; collalba gris, colirrojo tizón, trepador azul... Y en las alturas, el roquero solitario o el acentor alpino. Entre los mamíferos, el lince, el jabalí, la garduña, la cabra montés, o la nutria en las gargantas hurdanas.”

Dentro de esta comarca existen varios espacios naturales protegidos, siendo los más relevantes: LIC Y ZEPA HURDES, presentes en el término municipal de Caminomorisco. En estas zonas podemos encontrar una buena representación de:

FLORA

- Brezales secos, Fruticedas y arboledas de Juniperus (J. oxicedrus)

- Los Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

- las Formaciones de Genista purgans en montaña y los Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

- Entre el resto encontramos zonas de alcornocales, castañares, encinares, saucedas, choperas, plantaciones forestales de pinos, áreas de cultivo, etc.

- En las zonas altas e inaccesibles cobran especial valor los cantiles aprovechados por diversas especies rupícolas.

FAUNA

- Importantes poblaciones aviares con gran valor en los farallones rocosos como: el Buitre negro (Aegypius monachus), el Águila real (Aquila chrysaetos), el Alimoche (Neophron percnopterus), el Halcón peregrino (Falco peregrinus), el Buitre leonado (Gyps fulvus) y el Águila azorperdicera (Hieraaetus fasciatus).

- Invertebrados de especial interés como: Capricornio de las encinas (Cerambyx cerdo), el ciervo volante (Lucanus cervus), la mariposa, Euphydryas aurinia, la Lagartija serrana (Lacerta monticola)y el lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi).

- Mamíferos especialmente relevantes (Lutra lutra, Galemys pyrenaicus, Capra pyrenaica pyrenaica y la posible presencia de Lynx pardina y Canis lupus).

El ámbito de actuación no está dentro de ningún espacio natural protegido y está ocupado por huertas de cultivo en su mayor parte con aparición de pinares y matorrales como el brezo y la jara, sin una presencia de especies animales relevante. El área a reclasificar no alberga ningún hábitat que pudiera verse menoscabado ni

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ninguna zona de protección LIC o ZEPA, presentes en otras zonas del término municipal.

1.2.6.- Espacios naturales

Los términos municipales de Caminomorisco y Pinofranqueado cuentan con zonas protegidas dentro de la Red Natura 2000 y sus correspondientes directivas:

Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la Conservación de los hábitats naturales y la flora y fauna silvestres. (LIC)

Directiva 2009/147/CEE del Consejo, de 30 de abril de 1979, relativa a la

conservación de las aves silvestres. (ZEPA)

LIC Las Hurdes (ES4320011) Espacio situado en el norte de la provincia de Cáceres, colindante con la provincia de Salamanca, cuya principal característica es la existencia de altitudes medias próximas a los 1.000 m. s. n. m. En su extremo más occidental aparecen los altos de la Boya chica y la Boya. En el oriental alcanza el río Alagón; siendo éste su límite hasta la desembocadura del río de los Ángeles que constituye el límite sur del espacio. Este espacio se sitúa en las cumbres de las sierras desde la sierra de la Corredera localizándose de oeste a este hasta el valle del río Alagón, destacando la presencia de las sierras del Cordón y de las Cañas, quedando fuera del área la sierra del Horno.

Un total de 23 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave. De ellos 10 son hábitats y 13 se corresponden con taxones del Anexo II. Dos hábitats muy característicos pueden observarse dentro de este Espacio, las Fruticedas y arboledas de enebros (Juniperus oxycedrus) y los Brezales secos. Posee taxones poco habituales en otros espacios que se pueden observar aquí como el caso de los invertebrados Capricornio de las encinas (Cerambyx cerdo), el ciervo volante (Lucanus cervus) catalogada como Vulnerable en el Catálogo Regional de especies amenazadas y la mariposa, Euphydryas aurinia catalogada como de “interés especial”, así como dos lacértidos igualmente de distribución restringida, la Lagartija serrana (Lacerta monticola), catalogada como de interés especial y el lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi). Dentro de las plantas hay que destacar especies como

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Festucaelegans y Veronica micrantha en este espacio, catalogadas como de interés especial.

Los terrenos propuestos para suelo urbano no consolidado de uso residencial no están dentro de ninguno de los LIC existentes en Caminomorisco.

Mapa de LIC. Fuente: Visualizador mapas de ideextremadura.com

ZEPA Hurdes (ES0000355)

Espacio situado en el norte de la provincia de Cáceres, colindante con la provincia de Salamanca. La principal característica es la existencia de altitudes medias próximas a los 1.000 m.s.n.m. Desde altitudes mínimas de 386 m.s.n.m. en el extremo sureste, donde alcanza el valle del Alagón a la altura de la cola del embalse de Gabriel y Galán alcanza con fuertes desniveles los 1624 m.s.n.m., en la cumbre del Rongiero. Este espacio se sitúa en la falda sur de las cumbres de la Sierra de la Peña de Francia con una serie de sierras menores como la Sierra del Horno, la Sierra de La Canchera o la Sierra del Cordón y espacios de entresierras como el Corredor o Collado de La Zambrana. Con estas características y su amplia superficie (26.982 ha.) encontramos en el espacio una rica diversidad de hábitats: brezales en las cumbres, fruticedas, bosques de quercíneas, castañares, bosques galería, etc. También hay que destacar la existencia de farallones rocosos por las poblaciones aviares que albergan. Cobran gran importancia, por la superficie que ocupan, algunas plantaciones forestales de pinos. En las zonas bajas encontramos diversos cultivos que dan un paisaje rico y teselado al ser la mayoría de ellos en régimen de minifundio.

Un total de 27 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave. De ellos 10 son hábitats y 17 se corresponden con taxones del Anexo II. Es un espacio de gran interés dadas las características del mismo (altitudes, orografía, etc.). Dentro de los hábitats hay que destacar la buena representación que tienen los Brezales secos (4030) con 2.625 ha.; las Fruticedas y arboledas de Juniperus (J. oxicedrus) con 866 ha.; los Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica (9230) con 207 ha.; las Formaciones de Genista purgans en montaña (5120) con 190 ha. y los

CAMINOMORISCO

PINOFRANQUEADO

TERMINO MUNICIPAL DE CAMINOMORISCO

TERMINO MUNICIPAL DE PINOFRANQUEADO

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Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090) con 138 ha. Entre el resto encontramos zonas de alcornocales, castañares, encinares, saucedas, choperas, plantaciones forestales de pinos, áreas de cultivo, etc. En las zonas altas e inaccesibles cobran especial valor los cantiles aprovechados por diversas especies rupícolas.

En el caso de los taxones, hay que destacar una buena representación florística y faunística. Entre estos encontramos dos plantas (Verónica micrantha y Festuca elegans), tres invertebrados (Cerambyx cerdo, Lucanus cervus y Euphydryas aurinia), cuatro especies de peces, dos reptiles (Lacerta schreiberi y Lacerta monticola) y cinco mamíferos (Lutra lutra, Galemys pyrenaicus, Capra pyrenaica pyrenaica y la posible presencia de Lynx pardina y Canis lupus). Otro detalle a considerar es el gran valor de las zonas serranas aprovechados por diversas especies para la cría con gran valor como el Buitre negro (Aegypius monachus), el Águila real (Aquila chrysaetos), el Alimoche (Neophron percnopterus), el Halcón peregrino (Falco peregrinus), el Buitre leonado (Gyps fulvus) y el Águila azorperdicera (Hieraaetus fasciatus).

Los terrenos reclasificados como suelo urbano no consolidado de uso residencial no cuentan con ningún tipo de protección:

Mapa de ZEPA. Fuente: Visualizador mapas de ideextremadura.com 1.2.7.- Vías pecuarias

El término municipal de Caminomorisco no tiene vías pecuarias clasificadas, según catálogo de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía consultado en http://agroweb.juntaex.es

1.2.8.- Patrimonio arqueológico

No hay constancia de ningún bien catalogado, ni susceptible de serlo, en el ámbito de actuación.

TERMINO MUNICIPAL DE CAMINOMORISCO

PINOFRANQUEADO

CAMINOMORISCO

TERMINO MUNICIPAL DE PINOFRANQUEADO

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1.2.9.- Análisis de riesgos

- Riesgo de Incendios: La existencia de amplias superficies de brezales y matorrales diversos se combina con una gran cantidad de zonas forestales con coníferas, en las que se suceden incendios casi todos los años. Existe una normativa sobre la prevención y extinción de incendios en la zona, estableciendo la zona de la Sierra de Gata y de Las Hurdes como dos zonas de coordinación en época de Peligro Alto.

- Riesgo de Inundación: El ámbito de actuación no está dentro de ninguna zona inundable recogida en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.

1.2.10.- Afecciones sectoriales

Próximo al ámbito de actuación discurre un arroyo situado aproximadamente a 50 m del límite de la zona edificable propuesta por lo que el área a reclasificar no se ve afectada por la zona de protección de cauces. Dentro del ámbito de actuación existe una parcela de infraestructura eléctrica que alberga un centro de transformación y a la que acomete una línea de alta tensión aérea que pasa sobre el área reclasificada. La zona situada bajo la línea de alta tensión y su entorno estarán calificada como zona verde ya que por motivos de seguridad no se puede edificar en ellas.

1.3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES A pesar de tratarse de suelo no urbanizable el ámbito de actuación ya dispone de todas las infraestructuras y servicios propios del suelo urbano. La calle La Colonia tiene todos los servicios sin embargo la C/ Núñez de Balboa necesitará algunas mejoras concretas como son la pavimentación de las aceras y la instalación de alumbrado público en su tramo final 1.3.1.- Red viaria Los terrenos afectados por la reclasificación están situados junto al casco urbano y tienen como eje central la C/ La Colonia y la C/ Núñez de Balboa, ambas existentes y en uso en la actualidad. Así pues la continuidad de la trama urbana está garantizada y establecida desde el inicio de la actuación. Será necesario completar la pavimentación de los acerados y se propone la construcción de una pequeña rotonda al final de la calle para permitir el giro y el cambio de sentido de los vehículos. El ancho final de la C/ Núñez de Balboa será de 8 m y será considerada como un itinerario mixto según la Ley 8/1997 de Promoción de Accesibilidad en Extremadura, y su Reglamento. Así mismo se reservarán varias zonas para aparcamiento público situadas junto al viario.

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1.3.2.- Red Eléctrica Junto al ámbito de actuación existe una parcela propiedad de la Red Eléctrica que alberga una subestación eléctrica a la que llegan varias líneas de Alta y Media Tensión que pasan por encima del ámbito de actuación . La ubicación de las líneas de Alta y Media Tensión y las restricciones que su presencia conlleva serán tenidas en cuenta a la hora de establecer los usos en la ordenación detallada de la unidad de actuación. El área de actuación ya cuenta con servicie eléctrico en baja tensión a lo largo de toda la calle. 1.3.3.- Saneamiento y abastecimiento Las calles que vertebran la actuación ya cuentan con red de abastecimiento y saneamiento conectadas a la red general municipal de por lo que la reclasificación de los terrenos para suelo urbano de uso residencial dispone de conexión directa y no se necesitan trazados adicionales. 1.5.- ANÁLISIS DEL PLANEAMIENTO VIGENTE Y EFECTOS SOBRE EL MISMO. Los terrenos del ámbito de actuación están clasificados como suelo no urbanizable común dentro el proyecto de Delimitación de Suelo Urbano vigente desde 1986 en Caminomorisco.

En dicho PDSU se clasifica el suelo como urbano y no urbanizable, recogiendo dentro de la primera categoría el núcleo urbano existente y quedando el resto como no urbanizable. Se trata de un plan con más de 20 años de vigencia sin gran ambición que se limitó a recoger la realidad existente en el municipio sin establecer reservas de terreno para futuros crecimientos. El presente documento pretende reclasificar terrenos no urbanizables como suelo urbano no consolidado para uso residencial, facilitando así la creación de una Unidad de Ejecución homologada a la ordenación estructural de la LSOTEX y estableciendo, a su vez, la ordenación detallada del mismo para permitir su ejecución inmediata de manera sencilla.

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El ámbito de actuación está situado en suelo no urbanizable común, sin ningún tipo de protección ni elemento de interés, según el planeamiento urbanístico vigente Caminomorisco, y las distintas normativas sectoriales. Los terrenos reclasificación en esta Modificación Puntual como suelo urbano no consolidado se regirán por las ordenanzas existentes para este tipo de suelo dentro del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano vigente. Así pues los efectos de esta Modificación sobre el planeamiento vigente se limitan a la delimitación e incorporación de una Unidad de Ejecución con ordenación detallada que se acogerá a las ordenanzas vigentes para suelo urbano no consolidado.

2. MEMORIA JUSTIFICATIVA 2.1.- CRITERIOS BÁSICOS DE ORDENACIÓN.

La necesidad de suelo urbano residencial en Caminomorisco es una realidad urgente puesto que el suelo urbano está prácticamente colmatado. El largo periodo de vigencia de la normativa urbanística y la demora en la redacción o revisión del mismo han provocado la aparición de viviendas y actuaciones en suelo rústico. Es por ello que se plantea esta reclasificación de suelo, para solucionar la situación ilegal de las viviendas existentes, entre ellas algunas de protección oficial, y para crear una nueva bolsa de suelo urbano que absorba los futuros crecimientos del municipio de manera ordenada.

Implantación en el territorio

La ubicación del ámbito de actuación está motivada principalmente por la existencia de una vía pública urbanizada parcialmente consolidada con edificaciones residenciales con más de 20 años de antiguedad. La zona del ámbito de actuación más próxima al suelo urbano forma parte ya de la trama urbana por lo que es una necesidad urgente su regularización e inclusión como parte del suelo urbano ya que lleva años consolidada, al igual que las viviendas situadas en la carretera de Pinofranqueado. Por otro lado la reclasificación de la C/ Núñez de Balboa está motivada por la existencia de una calle que cuenta con todos los servicios urbanísticos, lo que atrae y facilita la inmediata transformación del suelo.

2.2.-, OBJETO, ALCANCE Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO

La redacción de este Modificación Puntual de DSU pretende ampliar el suelo urbano de Caminomorisco mediante la reclasificación y recalificación de suelo rústico para uso residencial en la zona de “Los Llanos”.

La Modificación puntual prevé la reclasificación de 19.372 m2 de suelo no urbanizable como suelo urbano no consolidado de uso residencial. El ámbito de

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actuación conformará una Unidad de Actuación y contará con Ordenación Detallada. En dicha zona existen ya numerosas edificaciones residenciales y cuenta con una calle parcialmente urbanizada que será tomada como referencia para la delimitación del ámbito de actuación. La situación irregular de las edificaciones existentes, la demanda de suelo urbano residencial, prácticamente agotado en el municipio y la existencia de la calle abierta han motivado la redacción de esta Modificación puntual para la Ampliación del suelo urbano. Asimismo se aprovecha la redacción de este documento para regularizar varias viviendas también existentes y con más de 10 años de antigüedad situadas al norte del suelo urbano. Dichas parcelas están situadas en la carretera de Pinofranqueado, en la salida del pueblo y cuentan con todos los servicios urbanos por lo que pueden considerarse solares.

La modificación puntual propone la reclasificación de un terreno antropomórfico urbanizado y parcialmente ocupado que está situado al sur del suelo urbano. Se prevé una bolsa de suelo residencial conectado al casco urbano que paliará la necesidad de crecimiento urgente que padece el municipio y regularizará la situación de decenas de viviendas situadas en suelo no urbanizable y con una antigüedad superior a 10-20 años.

La modificación define una Unidad de Actuación de 19.372 m2 de suelo rústico y la reclasificada como suelo urbano no consolidado de uso global Residencial. El ámbito de actuación contará con ordenación detallada que permita su inmediata transformación y ocupación.

2.3.- DETERMINACIONES DE LA ORDENACIÓN DETALLADA. 2.3.1.- Límites de la actuación.

El área de actuación está definida a partir del viario existente. La superficie a reclasificar abarca una franja de 20m a ambos lados de dicha vía, que es el fondo máximo edificable según las ordenanzas. La calle en cuestión que vertebra la actuación tiene pavimentado un ancho de vía de 6m y ambos lados de la misma existen sendas cunetas de un metro de ancho aproximadamente que se transformarán en aceras. Para establecer las franjas de suelo urbano de 20m a ambos lados de la C/ Núñez de Balboa se tomará como referencia el límite que separa la acera del suelo edificable. En algunos casos el límite de la actuación se adaptará al límite de parcela para facilitar la gestión de la unidad de ejecución. 2.3.2.- Usos globales y pormenorizados en edificación. Intensidades edificatorias. Existe una única unidad de actuación que engloba la totalidad del suelo reclasificado, 19.372 m2 y cuyo uso global será el Residencial. Dentro de la unidad de actuación se pormenorizan los siguientes usos:

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Los usos pormenorizados dentro de la Unidad de Actuación se dividen en:

- Residencial: 14.054 m2 - Equipamientos: 545 m2 - Zonas verdes: 1.410 m2 - Viario: 3.363 m2

El uso residencial previsto se adecuará a lo establecido en las ordenanzas del suelo urbano no consolidado existente y será compatible con usos establecidos en las mismas, tales como: almacén, garaje, uso administrativo, comercial, hostelería y terciario en general. Las zonas verdes se sitúan en el entorno de las líneas de Alta/Media tensión de la red eléctrica que cruzan el ámbito de actuación y abarcan propiedades que son incompatibles con la edificación. Asimismo el espacio reservado para equipamiento se sitúa en una parcela de propiedad municipal situada junto la subestación eléctrica.

2.3.3.- Parcelación y Tipología.

Tomando como referencia la realidad existente tanto dentro del ámbito de actuación como en su entorno podemos establecer que como tipología predominante el de vivienda unifamiliar con posibilidad de vivienda aislada, pareada o alineada a vial, según lo establecido en las ordenanzas municipales para este tipo de suelo. La ordenación detallada de la unidad de ejecución no modifica las parcelas existentes para facilitar la gestión y el desarrollo de misma. Los parámetros de parcela mínima serán los establecidos por el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano vigente. 2.3.4.- Cumplimiento de reserva de terreno para dotaciones y cesiones obligatorias. Para un municipio con una población de 1.268 habitantes (inferior a 5.000 habitantes) será de aplicación la Disposición Adicional Tercera de la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la LSOTEX. “3ª Para el suelo urbano:

3.4 En el suelo urbano no consolidado sujeto a unidades de actuación, las reservas de suelo para dotaciones públicas excluido viario, de entrega obligatoria y gratuita a la Administración, serán como mínimo del 10% de la superficie de la unidad de actuación correspondiente y se podrán concentrar en el uso público que el Municipio determine, incluidas las zonas verdes.”

“8ª Siempre que, mediante acuerdo motivado, se justifique adecuadamente su conveniencia, las reservas de suelo para dotaciones públicas que correspondan tanto a Unidades de Actuación Urbanizadoras como a las Unidades de Actuación a ejecutar mediante el sistema de Obras Públicas Ordinarias podrán bien situarse fuera del ámbito de actuación o bien sustituirse por su valor en metálico conforme a los criterios de valoración legalmente

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establecidos. La cantidad correspondiente se sufragará, en su caso, por los propietarios siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 155 apartado 3. Los ayuntamientos estarán obligados a destinar los fondos así obtenidos a la adquisición de los suelos precisos para las dotaciones públicas necesarias.” La superficie de la Unidad de Actuación es de 19.372 m2 por lo que, según los estándares establecidos, será necesario reservar un mínimo de 1.937,2 m2 para dotaciones públicas, incluidas las zonas verdes. Partiendo de este valor la ordenación propuesta establece una reserva de suelo para dotaciones: - Equipamientos: 545 m2 - Zonas verdes: 1.410 m2

Por tanto la reserva para dotaciones, excluyendo el viario, según la ordenación detallada del sector es de 1.955 m2, superior al 10% de la superficie ordenada. Se cumple con el estándar mínimo establecido por la LSOTEX. La superficie de suelo reservada para zonas verdes se ubica en terrenos no edificables debido al paso de la red eléctrica aérea pero podrá destinarse a otros equipamientos cuando sus circunstancias lo permitan y las necesidades del municipio así lo aconsejen. La distinción entre equipamientos y zonas verdes no son determinaciones estructurales de la ordenación por lo que podrán intercambiarse en función de la demanda. La cesión de terrenos de aprovechamiento lucrativo prevista en los artículos 31.2.b) y 32.2.A.2.b) de la LSOTEX no es exigible en esta propuesta ya que Caminomorisco tiene menos de 2.000 habitantes y esta Modificación puntual se ha acogido al régimen simplificado de la Disposición adicional tercera. 2.3.5.- Características de las infraestructuras y servicios

Vías de comunicación y red viaria Dentro de la Unidad de Actuación existen ya dos viarios que son la columna vertebral de la propuesta y que están conectadas con la red viaria del municipio. Así, el ámbito de actuación cuenta con: - C/ La Colonia, que es una calle pública situada dentro del suelo urbano y que continúa en el primer tramo de la Unidad de Actuación. Esta calle está completamente terminada y urbanizada con todos los servicios, incluido alumbrado eléctrico. La mayor parte de los solares que dan a esta calle están edificados e integrados plenamente en la trama urbana del municipio. - C/ Núñez de Balboa, que se ha desarrollado como continuación de la C/ La Colonia pero no está tan consolidada como la anterior. Este tramo de la vía cuenta con redes de abastecimiento agua y saneamiento públicos conectados con la red general y también está pavimentada con un ancho de 6 m permitiendo el acceso rodado a las parcelas que la rodean. Sin embargo este viario carece de alumbrado público y además existe junto a la zona pavimentada una franja de un metro de ancho aproximadamente que sirve para la escorrentía del agua de lluvia de manera natural, a modo de cuneta, pero que deberá ser urbanizada para el correcto funcionamiento

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de dicha vía. Las obras de urbanización necesarias para la terminación de la calle podrán llevarse a cabo por el sistema de Obras Públicas Ordinarias. Actualmente la C/ Núñez de Balboa es una calle sin salida pero desde la ordenación detallada se propone la construcción de una pequeña rotonda al final de la misma que facilite el giro y la circulación de los vehículos. El ancho final de la C/ Núñez de Balboa será de 8 m y será considerada como un itinerario mixto según la Ley 8/1997 de Promoción de Accesibilidad en Extremadura, y su Reglamento.

Electricidad

El suministro de energía eléctrica para el uso residencial se realiza en Baja Tensión. Para ello se prevé la acometida desde el transformador existente, aunque será la compañía suministradora propietaria del mismo, quién establezca las condiciones concretas necesarias.

Saneamiento y abastecimiento

La Unidad de Actuación ya cuenta con red de saneamiento y de abastecimiento conectada a la red municipal y con unas dimensiones adecuadas para cubrir las necesidades de la población prevista en dicha área.

2.2.6.- Cumplimiento del artículo 81.1.b de la LSOTEX.

La superficie de suelo reclasificado con esta Modificación Puntual de la DSU es inferior al 10 % de la superficie clasificada de suelo urbano por el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano vigente. Este porcentaje es inferior al 50% establecido para los nuevos desarrollos urbanísticos previstos en el punto 7º de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la LSOTEX.

En Plasencia, Abril de 2016,

Fdo.: Carolina Panadero Antúnez

Arquitecta colegiada 472.492 del COADE