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ES TRABAJO. BA. BUENOS AIR ES PROVINCIA. JORNADA DE PREVENCION SOBRE LAS CONDICIONES LABORALES EN LA ACTIVIDAD TURISTICA. Diciembre de 2013. ETAPA 1: “Acciones de sensibilización, concientización y capacitación en materia de - PowerPoint PPT Presentation

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BUENOS AIRES PROVINCIABA

ES TRABAJO

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JORNADA DE PREVENCION SOBRE LAS CONDICIONES

LABORALES EN LA ACTIVIDAD TURISTICA

Diciembre de 2013

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ETAPA 1: “Acciones de sensibilización,

concientización y capacitación en materia de

registración laboral y prevención de los riesgos de la seguridad y salud que

afectan a lostrabajadores de comercio.”

ETAPA 2: “Control de las condiciones laborales y de seguridad e higiene laboral a través

de inspectores del Ministerio de Trabajo”.

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PODER DE POLICIA

PACTO FEDERAL DEL TRABAJO

FACULTADES DE LOS INSPECTORES

Entrar libremente y sin notificación previa en los lugares donde se realizan tareas sujetas a inspección en las horas del día y de la noche.

Requerir todas las informaciones necesarias para el cumplimiento de su función y realizar cualquier experiencia, investigación o examen

Interrogar solos, o ante testigos, al empleador y al personal

Exigir la presentación de libros y documentación laboral y obtener copias de los mismos

Tomar y sacar muestras de sustancias o materiales utilizados

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Intimar la adopción de medidas relativas a las instalaciones o a los métodos de trabajo cuyo cumplimiento surja de normas legales o convencionales referentes a la salud, higiene o seguridad del trabajador

Disponer medidas de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la salud o seguridad del trabajador, incluida la suspensión de tareas

Requerir la colocación de los avisos que exijan las disposiciones legales

Requerir el auxilio de la fuerza pública

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION LABORAL

I) LIBRO ESPECIAL DE SUELDOS Y JORNALES (ART. 52 LCT)

II) CLAVE DE ALTA TEMPRANA AFIP

III) ULTIMO RECIBO DE HABERES (Temporada Anterior si corresponde)

IV) PLANILLA HORARIA (Ley 11.544)

V) CONTRATO DE AFILIACION ART (VIGENTE Y CON NOMINA DE PERSONAL

RELEVAMIENTO A CONTRATURNO PARA VERIFICAR MEDIA JORNADA

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION HIGIENE Y SEGURIDAD

1) CONDICIONES DOCUMENTALES

CAPACITACIONES

GENERALES:1eros AuxiliosUso de Extintores-Incendio-EvacuacionRiesgo EléctricoTraslado y Levantamiento Manual de Cargas Acopio de mercadería (estibas)Orden y Limpieza Utilización de escaleras de mano

PARTICULARES:Trabajos en la Vía publicaPropias y especificas de la tarea (según surge del relevamiento de riesgos: ART)

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION HIGIENE Y SEGURIDAD

1) CONDICIONES DE RIESGO ESPECIFICO

A ) RIESGO ELECTRICO

Falta de Disyuntor

Falta de Puesta a Tierra

Falta de contratapa a tablero eléctrico

Cables sueltos sin empotrar (en tendidos y en tableros)

Prolongaciones sueltas y sin puesta a tierra

Tomas, teclas, bocas y conexiones inseguras

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION HIGIENE Y SEGURIDAD

B) RIESGO DE INCENDIO

Falta de Extintores o no acordes al riesgo (cantidad, ubicación y clase)

Extintores obstruidos por mercadería, no colgados y señalizados

Obstrucción de vías o caminos de evacuación.

Extintores vencidos o despresurizados

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION HIGIENE Y SEGURIDAD

C) RIESGO DE CAIDA DE OBJETOS O PERSONAS

Estibas: estanterías sin amurar, mercaderías al borde, exceso de cargas, accesibilidad insegura, acopio próximo a instalaciones eléctricas o artefactos de llama abierta.

Falta de barandas y pasamanos en escaleras fijas.

Utilización de escaleras de mano defectuosas y no acordes a la altura de la estiba.

Falta de barandas y/o zócalos en entrepisos.

Ausencia de material antideslizante en escaleras fijas.

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OPERATIVO VERANO 2014INSPECCION HIGIENE Y SEGURIDAD

D) SEÑALIZACION

Riesgo eléctrico. (tableros eléctricos)

Riesgo de incendio (calefactores y anafes)

Salidas de emergencia y vías de escape

Sistema de iluminación de Emergencia acorde al tipo de local (cantidad y ubicación)

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REGIMEN SANCIONATORIO

TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES CONFORME PACTO FEDERAL DE TRABAJO

LEVES (art. 2 PFT)

CASOS TIPICOS

MORA EN EL PAGO DE REMUNERACIONES HASTA 2/4 DIAS FALTA DE EXHIBICION PLANILLA HORARIACUALQUIER VIOLACION MERAMENTE FORMAL O DOCUMENTAL

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TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES CONFORME PACTO FEDERAL DE TRABAJO

II. GRAVES (art. 3 PFT)

CASOS TIPICOS

HIGIENE Y SEGURIDADFALTA DE CAPACITACION DEL PERSONALFALTA DE ENTREGA DE E.P.P. (según actividad)CONDICIONES CONSTRUCTIVAS, AMBIENTALES O ERGONOMICASFALTA DE MEDICIONES AMBIENTALES EN GENERALFALTA DE EXAMENES PREOCUPACIONALES O PERIODICOSFALTA DE RESPONSABLE EN HIGIENE Y SEGURIDAD

B. LABORAL

FALTA DE EXHIBICION DE RECIBOS MODALIDADES CONTRACTUALES (ej. media jornada)FALTA DE ELEMENTOS DE CONTRALOR DE JORNADAREGISTRACION DEFICIENTE DEL TRABAJADORINCUMPLIMIENTO DE NORMAS CONVENCIONALES

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TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES CONFORME PACTO FEDERAL DE TRABAJO

III. MUY GRAVES (art. 4 PFT)

CASOS TIPICOS

HIGIENE Y SEGURIDAD

CONDICIONES DE RIESGO ESPECIFICO EN GENERALRIESGO DE CAIDA (Falta de barandas, arneses de seguridad)RIESGO DE ATRAPAMIENTO (Protección de poleas, transmisiones y partes

móviles en maquinarias)RIESGO ELECTRICO (ej. Falta de disyuntor y/o PAT, cableado deficiente)FALTA DE USO DE E.P.P. en actividades de riesgo (ej. Construcción)EXCESO DE JORNADA Y FALTA DE DESCANSO ENTRE JORNADAS EN

TRANSPORTE DE PASAJEROS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIAFALTA DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN APARATOS DE IZAR (pestillos)

B. LABORAL

FALTA DE REGISTRACION DEL TRABAJADORTRABAJO DE MENORESVIOLACION DE CONCILIACION OBLIGATORIA

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TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES CONFORME PACTO FEDERAL DE TRABAJO

IV. OBSTRUCCION (art. 8 PFT)

TODO ACTO QUE IMPIDA, PERTURBE O RETRASE LA LABOR DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL TRABAJO

Ejemplos frecuentes

Negar o demorar el acceso al establecimiento o a algún sectorImpedir o interferir el libre interrogatorio al personalIndicar al personal que se retire del lugarInstruir al personal sobre las respuestas a brindar al inspector

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SANCIONES APLICABLES

FALTAS LEVES (ART. 2 PFT):SIN ANTECEDENTES: APERCIBIMIENTOCON ANTECEDENTES: MULTA $ 80 A $ 250

2) FALTAS GRAVESMULTA $ 250 A $ 1000 POR TRABAJADOR AFECTADO

3) FALTAS MUY GRAVES (ART. 4 PFT)MULTA $ 1000 A $ 5000 POR TRABAJADOR AFECTADO

4) OBSTRUCCION (ART. 8 PFT)MULTA $ 200 A $ 5000

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REGIMEN DE PAGO VOLUNTARIO RESOLUCION MT 3/12

¿Quienes se pueden adherir?

• Los empleadores que se les haya labrado acta de infracción a las leyes y reglamentos del trabajo, salud, higiene y seguridad en el trabajo, así como de las cláusulas normativas de los convenios colectivos.

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¿Cuándo se pueden adherir?

Dentro de los cinco (5) días de notificada el acta deinfracción y/o el auto de apertura de sumario.

¿Qué se debe presentar?

* Formulario de solicitud de Pago Voluntario con firma certificada.* Fotocopia de DNI de los solicitantes.* Estatutos sociales y/o última acta de designación de autoridades, cuando correspondiere.* Copia fiel de poder que justifique la representación que invoca

* Constancia de Clave Bancaria – CBU – emitida por el Banco

* Formulario de constitución de domicilio electrónico.* Reconocimiento de la infracción constatada y la renuncia al derecho de interponer acciones administrativas y/o judiciales en referencia a la misma.* Acreditar, en el mismo acto, la regularización de los incumplimientos normativos constatados.

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Pago

Admitida la presentación, deberá cumplimentar el pago mínimo previsto para la infracción tipificada y/o la adhesión al Convenio de Pago conforme lo establecido en laResolución M.T. Nº 3/12, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de la notificación de la resolución por la cual se otorga el Régimen de Pago Voluntario.

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Incumplimiento de pago

La falta de pago en tiempo y forma del mínimo de la multa y/o de una cuota del Convenio de Pago, producirá de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, la caducidad del presente régimen, perdiendo el beneficio e implicando la

determinación del máximo de la multa de la escala para el tipo de infracción expresamente reconocida

en este régimen.

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Montos:

El encuadramiento legal se encuentra en la ley 12.415 arts. 2, 3, 4, 5 y 9. Las infracciones pueden tipificarse como leves, graves y muy graves y en tal caso, las faltas leves, pueden variar desde un apercibimiento a un monto fijo de $250; las faltas graves de $ 250 a $ 1.000, por cada trabajador, y para el caso de las faltas muy graves de $1.000 a $5.000 por trabajador. Teniendo en cuenta la adhesión al régimen de pago voluntario y cumplimentando los requisitos formales y legales del mismo, se aplica el mínimo de la multa conforme al encuadramiento de la infracción constatada. Ejemplo: se constata una infracción muy grave que afecta a un total de 6 trabajadores, la multa en tal caso, podría variar en la suma de $1000 a $5000 por trabajador, al solicitar el pago voluntario se garantiza la aplicación del monto mínimo o sea $1000 por trabajador, siendo el total de la multa por la adhesión al régimen de pago voluntario de $ 6000.

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AUTORIDADES:

Daniel ScioliGOBERNADOR

Oscar CuartangoMINISTRO DE TRABAJO

Carlos MolinaSUBSECRETARIO DE TRABAJO

Luis AntonioliSUBSECRETARIO DE EMPLEO

Carlos Di PaoloSUBSECRETARIO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO

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