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Situación actual del polígono Sistemas públicos propuestos 1 Iniciando en el cruce de la calle 67 Barranquilla con la carrera 57, en sentido occidente oriente hasta llegar a la carrera 55 Avenida del Ferrocarril. Por esta en sentido norte suroccidente hasta llegar a la calle 59 – Cuba, por esta en sentido oriente occidente hasta encontrar la carrera 57 Hidalgo, por esta en sentido sur norte hasta llegar a la calle 65 – Jorge Robledo. Por esta en sentido occidente oriente hasta la carrera 55, por esta en sentido sur norte hasta la calle 66, por esta en sentido oriente occidente hasta la carrera 56 –Faciolince-, por esta en sentido norte sur hasta el límite del lote con CBML 10040310018, por dicho límite hasta llegar a la carrera 57, por esta en sentido sur nororiente hasta llegar al punto de inicio. Localización del polígono Norma general del polígono Área bruta 20.32 ha 11.74 ha 1 4,41 390 viv/ha 30 viv/ha 23 UAU 29 UR 5 AME Área neta I.C Base I.C Adicional (POT) Densidad base Densidad adicional U. de reactivación U. de actuación Á. manejo especial En plataforma 90% del área útil Código Polígono: Z3_R_11 ÁREA BRUTA: Es el área total del lote objeto de una actuación urbanística o área del polígono en caso de un desarrollo mediante plan parcial. ÁREA NETA: corresponde al área resultante de descontar del área bruta, las vías existentes, espacios públicos y equipamientos existentes. También se descontarán las Áreas de Manejo Especial denidas por el plan parcial. ÁREA ÚTIL: Es el área resultante de restarle al área neta, el área correspondiente a las zonas de cesión obligatoria para vías espacio público, equipamientos propios del proceso de urbanización y áreas de conservación y protección de los recursos naturales y paisajísticos. DENSIDAD HABITACIONAL: Es la cantidad máxima de unidades de vivienda por hectárea que se dene para un territorio y se ja de manera diferencial para cada polígono.e aplica sobre área neta para todos los polígonos de tratamiento. ÍNDICE DE CONSTRUCCIÓN (I.C): Es el número máximo de veces que la supercie de un lote puede convertirse por denición normativa en área construida, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área permitida de construcción por el área del lote. Se calcula sobre área bruta. ÍNDICE DE OCUPACIÓN (I.O): Es la porción del área de suelo que puede ser ocupada por la edicación en primer piso bajo cubierta, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área que puede ser ocupada por edicación en primer piso por el área total del lote. Lo anterior, sin detrimento de los retiros establecidos por las normas. ÁREA DE MANEJO ESPECIAL (AME): Son sectores al interior de un área a desarrollar mediante plan parcial y/o macroproyecto, cuya conformación urbanística es diferente al resto del polígono. Así mis- mo los desarrollos constructivos al interior de estas áreas presentan un alto nivel de consolidación y por lo tanto, los posibles desarrollos constructivos son limitados. En este sentido, su asignación nor- mativa será diferencial a la del resto del polígono, en ningún caso superará la norma denida para el mismo, su delimitación se hará en el marco del plan parcial y/o macroproyecto. UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA (UAU): Corresponde a un área conformada por uno o varios inmuebles. Unidad de planeamiento con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios, de la infraestructura para el transporte, los Servicios Públicos Domiciliarios y los equipamientos colectivos mediante reparto equitativo de las cargas y benecios. UNIDAD DE REACTIVACIÓN (UR): Según lo denido por el Decreto 075 de 2013 las Unidades de Reactivación corresponden a las zonas en las cuales se promueve el cambio de las estructuras cons- truidas al interior de los predios con el n de promover la redensicación de los sectores. Para estas áreas, el presente Decreto que adopta los Planes Parciales de la Subzona 2 del Macroproyecto Rio- Centro establece la norma general de usos, aprovechamientos y obligaciones, acompañadas de unas directrices que aseguran la continuidad volumétrica, de retiros y del paramento para conformar un trazado urbano continuo, con lo cual se permite el desarrollo individual de los predios, mediante la expedición de licencias de urbanismo, sin perjuicio del aporte que se dena para estas en el marco del reparto equitativo de cargas y benecios. Glosario general Acuerdo 048 de 2014 - Decreto 0075 de 2013 Convenciones Situación actual del polígono Delimitación polígono de tratamiento Áreas de manejo especial Subsistema de equipamientos colectivos existentes Vías existentes Espacio público de esparcimiento y encuentro existente Delimitación polígono de tratamiento Áreas de manejo especial Subsistema de equipamientos colectivos propuestos Área Útil Espacio público de esparcimiento y encuentro proyectado Convenciones Sistemas públicos propuestos Índice de ocupación máximo Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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1

Iniciando en el cruce de la calle 67 Barranquilla con la carrera 57, en sentido occidente oriente hasta llegar a la carrera 55 Avenida del Ferrocarril. Por esta en sentido norte suroccidente hasta llegar a la calle 59 – Cuba, por esta en sentido oriente occidente hasta encontrar la carrera 57 Hidalgo, por esta en sentido sur norte hasta llegar a la calle 65 – Jorge Robledo. Por esta en sentido occidente oriente hasta la carrera 55, por esta en sentido sur norte hasta la calle 66, por esta en sentido oriente occidente hasta la carrera 56 –Faciolince-, por esta en sentido norte sur hasta el límite del lote con CBML 10040310018, por dicho límite hasta llegar a la carrera 57, por esta en sentido sur nororiente hasta llegar al punto de inicio.

Localización del polígono

Norma general del polígono

Área bruta 20.32 ha

11.74 ha

1

4,41

390 viv/ha

30 viv/ha

23 UAU

29 UR

5 AME

Área neta

I.C Base

I.C Adicional (POT)

Densidad base

Densidad adicional

U. de reactivación

U. de actuación

Á. manejo especial

En plataforma 90% del área útil

Código Polígono: Z3_R_11

ÁREA BRUTA: Es el área total del lote objeto de una actuación urbanística o área del polígono en caso de un desarrollo mediante plan parcial.

ÁREA NETA: corresponde al área resultante de descontar del área bruta, las vías existentes, espacios públicos y equipamientos existentes. También se descontarán las Áreas de Manejo Especial definidas por el plan parcial.

ÁREA ÚTIL: Es el área resultante de restarle al área neta, el área correspondiente a las zonas de cesión obligatoria para vías espacio público, equipamientos propios del proceso de urbanización y áreas de conservación y protección de los recursos naturales y paisajísticos.

DENSIDAD HABITACIONAL: Es la cantidad máxima de unidades de vivienda por hectárea que se define para un territorio y se fija de manera diferencial para cada polígono.e aplica sobre área neta para todos los polígonos de tratamiento.

ÍNDICE DE CONSTRUCCIÓN (I.C): Es el número máximo de veces que la superficie de un lote puede convertirse por definición normativa en área construida, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área permitida de construcción por el área del lote. Se calcula sobre área bruta.

ÍNDICE DE OCUPACIÓN (I.O): Es la porción del área de suelo que puede ser ocupada por la edificación en primer piso bajo cubierta, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área que puede ser ocupada por edificación en primer piso por el área total del lote. Lo anterior, sin detrimento de los retiros establecidos por las normas.

ÁREA DE MANEJO ESPECIAL (AME): Son sectores al interior de un área a desarrollar mediante plan parcial y/o macroproyecto, cuya conformación urbanística es diferente al resto del polígono. Así mis-mo los desarrollos constructivos al interior de estas áreas presentan un alto nivel de consolidación y por lo tanto, los posibles desarrollos constructivos son limitados. En este sentido, su asignación nor-mativa será diferencial a la del resto del polígono, en ningún caso superará la norma definida para el mismo, su delimitación se hará en el marco del plan parcial y/o macroproyecto.

UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA (UAU): Corresponde a un área conformada por uno o varios inmuebles. Unidad de planeamiento con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios, de la infraestructura para el transporte, los Servicios Públicos Domiciliarios y los equipamientos colectivos mediante reparto equitativo de las cargas y beneficios. UNIDAD DE REACTIVACIÓN (UR): Según lo definido por el Decreto 075 de 2013 las Unidades de Reactivación corresponden a las zonas en las cuales se promueve el cambio de las estructuras cons-truidas al interior de los predios con el fin de promover la redensificación de los sectores. Para estas áreas, el presente Decreto que adopta los Planes Parciales de la Subzona 2 del Macroproyecto Rio-Centro establece la norma general de usos, aprovechamientos y obligaciones, acompañadas de unas directrices que aseguran la continuidad volumétrica, de retiros y del paramento para conformar un trazado urbano continuo, con lo cual se permite el desarrollo individual de los predios, mediante la expedición de licencias de urbanismo, sin perjuicio del aporte que se defina para estas en el marco del reparto equitativo de cargas y beneficios.

Glosario general Acuerdo 048 de 2014 - Decreto 0075 de 2013

ConvencionesSituación actual del polígonoDelimitación polígono de tratamiento

Áreas de manejo especial

Subsistema de equipamientos colectivos existentes Vías existentes

Espacio público de esparcimiento y encuentro existente

Delimitación polígono de tratamiento

Áreas de manejo especial

Subsistema de equipamientos colectivos propuestos Área Útil

Espacio público de esparcimiento y encuentro proyectado

ConvencionesSistemas públicos propuestos

Índice de ocupaciónmáximo

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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Áreas de Manejo Especial

AMES DEFINIDAS POR SU NIVEL DE CONSOLIDACIÓN (AMES CN): Estas Áreas de Manejo Especial surgen como producto del análisis de los grados de consolidación de la actividad existente y que se acogen de acuerdo con: - AME Edificaciones Privadas Consolidadas: Edificaciones privadas que no tengan declaratoria patrimonial, que no estén clasificadas como equipamientos, y que presenten un nivel alto de consolidación, definido en una altura de 6 pisos en adelante, o con ascensor. Estas AMEs podrán recibir una asignación normativa establecida por el plan parcial en caso de requerir redesarrollarse y deberán pagar obligaciones urbanísticas en consecuencia con lo planteado por el Plan de Ordenamiento Territorial.

- AME Estaciones de Servicio de Combustible: Teniendo en cuenta las condicionantes en su redesarrollo como lotes aptos para la renovación, se consideran como AMEs las estaciones de servicio. Estas tendrán la norma general asignada en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente la norma tipológica del presente decreto y sus obligaciones urbanísticas deberán ser compensadas en dinero. Estas se destinarán a la generación de espacio público en la Subzona 2, de conformidad con lo establecido en el Título correspondiente a los Sistemas institucionales y de Gestión para la Subzona.

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Código Polígono: Z3_R_11Macroproyecto Ríocentro

Código AMEReferencia

CBML Tipología/ Categoría

NORMA APLICABLE Dirección

CH 2 AME CN-EEdificio de viviendas. Urbanización Turín

Etapa I y II10040170028 2 / B

No se asigna norma adicional. Se determina que los índices de construcción, alturas y densidades son fijos con respecto a lo existente en esta preexistencia

Cra 56A-Salamina- con calle 61 –Moore-

CH 3 AME CN-ES

Estación de servicio en El Chagualo10040280018 2 / A

Se le asigna edificabilidad de 4,0. De llegar a construirse deberá aportar al fondo del plan parcial, de acuerdo con las obligaciones establecidas por el POT para el poligono con tratamiento de renovación (4 m2 por habitante por unidad de vivienda y 7 m2 por cada 100 m2 construidos en otros usos)

Cra 52 – Carabobo con Calle 65 – Jorge Robledo-

CH 4 AME CN-E

Edificio de viviendas. Capri10040130002 2 / B

No se asigna norma adicional. Se determina que los índices de construcción, alturas y densidades son fijos con respecto a lo existente en esta preexistencia

Calle 61 –Moore- con carrera 56A –Salamina-

CH 5 AME CN-ES

Estación de servicio en El Chagualo

10040120005

2 / ASe le asigna edificabilidad de 4,0. De llegar a construirse deberá aportar al fondo del plan parcial, de acuerdo con las obligaciones establecidas por el POT para el poligono con tratamiento de renovación (4 m2 por habitante por unidad de vivienda y 7 m2 por cada 100 m2 construidos en otros usos)

Calle 60 – Miranda con carrera 57

10040120002

10040120006

10040120009

CH 14 AME CN-E

Edificio oficinas10040240013 2 / B

Se le asigna edificabilidad de 4,0 en caso de hacerse un redesarrollo del lote. De llegar a suceder esto, deberá aportar al fondo del plan parcial, de acuerdo con las obligaciones establecidas por el POT para el poligono con tratamiento de renovación (4 m2 por habitante por unidad de vivienda y 7 m2 por cada 100 m2 construidos en otros usos)

Cra 55A - con calle 64-Belalcazar-

Convenciones Áreas de Manejo Especial

AMES localizadas al interior del polígono Plan Parcial El Chagualo

E: EdificioES : Estación de ServicioAMES CN : Áreas de Manejo Especial por nivel de Consolidación

CH3 AME CN-ES

CH2 AME CN-E

CH4 AME CN-ECH5 AME CN-ES

CH14 AME CN-E

ÁREAS DE MANEJO ESPECIAL -AMEs

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3 Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Código Polígono: Z3_R_11Macroproyecto Ríocentro

DELIMITACIÓN UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA, UNIDADES DE REACTIVACIÓN Y ÁREAS RECEPTORAS DE CARGAS

Unidades de Actuación Urbanística, Unidades de Reactivación y Áreas receptoras de cargas

Código Área Neta Área Útil UAU/UR/AR

CH8A 17.843 9.145 UAUCH12B DI 510 433 URCH12A DI 337 312 URCH13 AR 361 0 ARCH13A DI 702 633 UR

CH14A 1.288 761 UAUCH14D DI 1.241 798 URCH14C DI 1.741 1.637 URCH14B DI 1.190 1.094 URCH15 AR 450 0 ARCH16 AR 412 0 ARCH16A 1.626 1.393 UAUCH17A 2.035 1.545 UAUCH18A 1.889 1.574 UAUCH19A 2.857 1.555 UAUCH19B 2.404 1.367 UAUCH20B 1.681 1.116 UAUCH20A 2.824 1.592 UAUCH21B 1.999 1.585 UAUCH21A 1.891 1.617 UAU

CH22 AR 1.437 0 ARCH23 AR 841 0 ARCH23C 4.987 3.341 UAUCH23B 2.834 2.426 UAUCH23A 2.501 1.752 UAUCH24C 847 768 UAUCH24B 5.983 3.427 UAUCH24A 4.799 3.574 UAUCH24D 1.967 1.822 UAU

CH25 AR 3.104 0 ARCH25A 6.052 5.604 UAU

CH26O DI 2.275 1.781 URCH26A DI 1.277 995 URCH26P DI 606 488 UR

CH26F 3.022 2.877 UAUCH26M DI 494 471 URCH26L DI 482 460 URCH26K DI 357 334 URCH26D DI 475 470 URCH26E DI 414 408 URCH26N DI 492 470 URCH26C DI 486 483 UR

Código Área Neta Área Ùtil UAU/UR/AR

CH26B DI 499 497 URCH28H 4.127 1.511 UAUCH28M 3.441 2.053 UAU

CH28K DI 469 382 URCH28L DI 497 404 URCH28B DI 852 757 URCH28D DI 359 352 URCH28C DI 377 370 URCH28I DI 655 491 URCH28G DI 404 398 URCH28J DI 692 518 URCH28A DI 1.722 1.521 URCH28E DI 410 403 URCH28F DI 419 413 URCH31A DI 4.913 4.180 URCH36 AR 808 0 ARCH35 AR 1.292 0 ARCH35A 2.714 1.338 UAU

CH28 AR 2.281 0 AR

Convenciones - Unidades de Actuación, Unidades de Reactivación y Áreas receptoras de cargas

Delimitación polígono de tratamiento

Unidad de Actuación urbanística ( UAU)

Unidad de Reactivación ( UR) Área receptora de carga (AR ) Área de manejo especial por nivel de consolidación ( AME CN ) Código de identificación 1

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4

Unidad

Aprovechamientos

Uas VIS VIP

TOTALES CARGAS

INTERNAS [m²]

TOTALES APORTES

ADICIONALES (Cargas EXTERNAS)

[ m² ]IC Densidad

CH 12A DI 5,1 258 1.516 1 1 25 706

CH 12B DI 5,9 304 2.627 2 2 77 1.293

CH 13A DI 7 365 4.281 3 4 69 2.424

CH 14A 4,9 264 5.477 4 5 527 1.907

CH 14B DI 7,7 414 7.924 6 8 96 4.660

CH 14C DI 6,4 339 9.692 7 9 104 5.256

CH 14D DI 5,6 305 6.065 5 6 443 2.500

CH 16A 5,4 440 7.069 9 11 233 3.639

CH 17A 4,1 335 6.623 9 11 379 3.401

CH 18A 5,6 418 8.385 10 12 315 4.385

CH 19A 3,5 414 6.641 15 19 1.241 667

CH 19B 3,6 431 5.869 13 16 1.037 823

CH 20A 3,7 174 9.402 6 8 1.232 2.956

CH 20B 4,4 204 6.517 4 5 565 3.036

CH 21A 5,5 269 9.232 6 8 275 4.536

CH 21B 5 244 8.883 6 8 415 4.061

CH 23A 6,2 0 15.726 0 0 749 8.537

CH 23B 5,8 281 14.553 10 13 404 7.439

CH 23C 5,1 0 25.771 0 0 1.641 9.990

CH 24A 5,8 316 23.916 19 24 1.115 11.896

CH 24B 5,1 284 26.456 21 27 2.553 12.227

CH 24C 7,8 434 5.735 5 6 79 3.389

CH 24D 7,5 410 12.680 10 13 145 8.255

CH 25A 6,9 0 37.725 0 0 448 21.542

CH 26A DI 5,5 404 5.515 7 8 283 2.040

CH 26B DI 5,4 0 2.760 0 0 2 1.495

CH 26C DI 5,4 0 2.681 0 0 3 1.449

Unidad

Aprovechamientos

Uas VIS VIP

TOTALES CARGAS

INTERNAS [m²]

TOTALES APORTES

ADICIONALES (Cargas

EXTERNAS) [ m² ]IC Densidad

CH 26D DI 5,3 0 2.600 0 0 5 1.399

CH 26E DI 5,1 0 2.173 0 0 6 1.143

CH 26F 6,3 0 19.354 0 0 145 11.212

CH 26K DI 4,5 0 1.653 0 0 23 803

CH 26L DI 5,1 0 2.536 0 0 22 1.334

CH 26M DI 5,1 0 2.606 0 0 23 1.373

CH 26N DI 5,1 0 2.580 0 0 22 1.355

CH 26O DI 5 343 9.172 10 12 494 3.099

CH 26P DI 5,9 319 3.071 2 3 118 1.344

CH 28A DI 7,5 401 11.203 9 11 201 6.487

CH 28B DI 4,5 0 3.993 0 0 95 1.935

CH 28C DI 5 0 1.930 0 0 7 1.000

CH 28D DI 5 0 1.834 0 0 7 950

CH 28E DI 5 0 2.103 0 0 7 1.092

CH 28F DI 5 0 2.149 0 0 6 1.115

CH 28G DI 5,1 0 2.106 0 0 5 1.104

CH 28H 2,7 149 9.758 8 10 2.616 1.128

CH 28I DI 3,8 0 2.600 0 0 164 1.082

CH 28J DI 3,9 0 2.755 0 0 175 1.149

CH 28K DI 4,2 0 2.034 0 0 87 920

CH 28L DI 4,2 0 2.152 0 0 94 971

CH 28M 4 301 10.905 13 16 1.388 2.372

CH 31A DI 2,8 102 12.575 6 8 732 1.011

CH 35A 2,7 127 6.553 4 5 1.376 128

CH 8A 4 215 62.195 48 60 8.693 14.591

TOTALES 4,4 189 462.313 281 351 30.963 194.607

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Código Polígono: Z3_R_11Macroproyecto Ríocentro APROVECHAMIENTOS, OBLIGACIONES Y UAs POR UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA Y UNIDAD DE REACTIVACIÓN

Para realizar la conversión de UAs equivalentes hacia Edificabilidad específica (metros cuadrados de construcción – según índice- en los diferentes usos pre-vistos), se divide el número de UAs a convertir entre el correspondiente Factor de UAs equivalentes –en la respectiva tipología de uso-.

Consecuentemente, si la necesidad es determinar el número de UAs equivalen-tes que corresponden a un número de metros cuadrados construidos –según índice- en una determinada tipología de uso, se multiplica dicha edificabilidad a convertir, por el correspondiente Factor de UAs equivalentes –en la respectiva tipología de uso

Parágrafo 1. La conversión realizada no implica el pago de nuevas cargas de urbanización

Parágrafo 2. La edificabilidad total resultante de la conversión (luego de realizar las diferentes conversiones necesarias entre usos para la unidad en considera-ción), no podrá ser superior a la edificabilidad original asignada para la unidad. En caso de superarla, tendrá que recurrirse a la compra de edificabilidad adicional (a través del instrumento de venta de derechos de construcción), lo cual podrá ser realizado hasta el margen máximo previsto para la unidad en consideración. (edificabilidad contenida en las Artículos Aprovechamientos Adicionales por unidad con aprovechamientos lucrativos, correspondientes a cada polígono considerado).

Nota 1. La cantidad de metros cuadrados correspondiente a la obligación de generación de vivienda VIS y VIP aparece contenida en la tabla anterior. El cálculo final de la obligación de generación de estos tipos de vivienda, dependerá de los metros cuadrados de vivienda efectivamente licenciados y de las proporciones de la obligación de generación de vivienda VIS y VIP determinados en los Artículos 324º y 325º del Acuerdo 048 de 2014

Nota 2: El escenario planteado por el presente reparto simula el 100% de la exigencia de VIP en unidades de vivienda construidas al interior de la subzona 2 Distrito Medellinnovation, sin embargo, este escenario no es obligante, el Operador Urbano o gestor de cada Unidad de Actuación Urbanística, podrá determinar la forma de pago de dicha exigencia en los términos del presente Decreto.

Nota 3: El área por tipo de vivienda contenida en la simulación urbanística y financiera del Documento Técnico de Soporte, responde a un escenario planteado por el reparto de cargas y beneficios del plan parcial. El desarrollador de la unidad de actuación urbanística podrá definir el tamaño de cada vivienda, sin superar la edificabilidad máxima en usos residenciales asignada por el presente Decreto a cada unidad. Así mismo, el área de las viviendas por cada tipología, no podrá ser menor a las establecidas en el artículo 370 del Acuerdo 048 de 2014.

VIVIENDA VIS Y VIP

La convertibilidad se realiza por medio de los factores de equivalencia asignados para cada tipología de uso, a partir de las Unidades de Aprovechamiento por uso equivalentes [UAs], asignadas a cada unidad.

Para permitir una mayor flexibilidad a los desarrollos constructivos al interior de los planes parciales, se permitirá la convertibilidad de edificabilidad a partir de las Unidades de Aprovechamientos por uso equivalentes asignadas a cada po-lígono, unidad de actuación urbanística o unidad de reactivación incluidas en

CONVERTIBILIDAD DE USOS

Tipología de Uso Factor UAs Equivalentes

VIS 0,4

VIP 0,2

Vivienda No VIS 0,7

Comercio1 1,3

Comercio2 0,7

Servicios 1,0

Industria1 1,0

Industria2 0,6

Dotacional 0,7

UAs: Unidad de Aprovechamiento

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DEFINICIÓN DE PERFILES VIALES

Los perfiles viales y los criterios para su definición, podrán verificarse en el presente decreto y en el Documento Técnico de Soporte de la Subzona 2 Distrito Medellinnovation.

* El código hace referencia a la localización de los perfiles viales sobre la planta incorporada en esta página

Calle 64 CH 26

Calle 62

Calle 61

Cra

56 A

Cra

56

Cra

55 A

Cra 5

5 A

.V. Fe

rroca

rril

CH 11CH 5

CH 6

5Código Polígono: Z3_R_11

VÍA

CÓD

IGO

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COST

ADO

Z.V.

AND

ÉN

Z.V.

CICL

OR.

Z.V.

CALZ

.

CICL

OR.

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.

AND

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Z.V.

PÚBL

ICO

TOTA

L

CALLE 65 eentre Cra 58 y 56 CH 14,CH 15, CH 16 N 5,00 3,00 1,50 7,00 1,50 5,00 23,00 23,00CALLE 65 eentre Cra 56 Y 55A CH 18 N 5,00 3,00 1,50 7,00 1,50 5,00 23,00 23,00CALLE 65 eentre Cra 55A Y 55 CH 20, CH 21 N 5,00 3,00 1,50 7,00 1,50 5,00 23,00 23,00CALLE 64 entre Cra 58 y Cra 56A CH 30, CH 29 N 5,00 5,00 2,50 3,50 6,00 3,50 5,00 5,00 25,50 35,50CALLE 64 entre Cra 56A y Cra 56 CH 27 N 5,00 5,00 2,50 3,50 6,00 3,50 5,00 5,00 25,50 35,50CALLE 64 entre Cra 56 y Cra 55 VÍA NUEVA N 3,50 3,00 3,50 10,00 10,00CALLE 62 entre Cra 58 y Cra 56A CH 33 N 3,20 5,00 5,00 7,00 2,00 5,00 24,00 27,20CALLE 62 entre Cra 56A y Cra 56 CH 35, CH 36 N 5,00 2,00 7,00 2,00 5,00 21,00 21,00CALLE 62 entre Cra 56 y Cra 55A CH 39, CH 40 N 5,00 2,00 7,00 2,00 5,00 21,00 21,00CALLE 62 entre Cra 55A y Cra 55 CH 22, CH 42 N 5,00 2,00 7,00 2,00 5,00 21,00 21,00CALLE 61A entre Lazo Puente H. Toro y Cra 56A CH 52, CH 51 N 5,00 2,00 6,00 1,50 5,00 19,50 19,50CALLE 61A entre Cra 56A y Cra 56 CH 49, CH 48 N 5,00 2,00 6,00 1,50 3,70 18,20 18,20CALLE 61A entre Cra 56 y Cra 55A CH 46 N 4,00 6,00 4,00 14,00 14,00CALLE 61A entre Cra 55A y Cra 55 CH 44 N 4,00 6,00 4,00 14,00 14,00CALLE 61 ebtre Lazo Puente H. Toro y Cra 56A CH 54 N 5,00 2,00 6,00 2,00 5,00 20,00 20,00CALLE 61 entre Cra 56A y Cra 56 CH 56 N 4,85 1,50 6,00 1,50 4,85 18,70 18,70CALLE 61 entre Cra 56 y Cra 55 CH 58 N 4,85 1,50 6,00 1,50 4,85 18,70 18,70CALLE 60 ente Lazo Puente H. Toro y Cra 56A CH 61 N 5,00 2,00 6,00 2,00 5,00 20,00 20,00CALLE 60 ente Cra 56A y Cra 56 CH 60 N 5,00 2,00 6,00 2,00 5,00 20,00 20,00CALLE 60 ente Cra 56 y Cra 55 CH 59 N 5,00 2,00 6,00 2,00 5,00 20,00 20,00CALLE 59 entre Lazo Puente H. Toro y Cra 55 CH 64 N 7,00 2,50 1,50 7,00 18,00 18,00

LAZO PUENTE H. TORO entre Cra 58 y Cl 59 CH 63, CH 62, CH 53, CH 32´ NE 7,00 2,50 1,50 7,00 18,00 18,00

CARRERA 58 entre Cl 65 y Cl 62 CH 31, CH 32 E 7,00 2,50 1,50 7,00 18,00 18,00LAZO REGIONAL-CALLE 67 entre Cl 67 y Cra 58 CH 12 E 7,00 1,50 7,00 15,50 15,50CARRERA 56A entre Cl 64 y Cl 62 CH 28 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 56A entre Cl 62 y Cl 61A CH 34 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 56A entre Cl 61A y Cl 61 CH 50 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 56A entre Cl 61 y Cl 60 CH 55 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 56 entre Cl 66A y Cl 65 CH 10 W 3,70 6,00 2,50 2,00 5,00 19,20 19,20CARRERA 56 entre Cl 65 y Cl 64 CH 17 W 5,00 6,00 2,50 2,00 5,00 20,50 20,50CARRERA 56 entre Cl 65 y Cl 64 CH 26 W Se convierte en Espacio PúblicoCARRERA 56 entre Cl 64 y Cl 62 CH 37 W 5,00 6,00 2,50 2,00 5,00 20,50 20,50CARRERA 56 entre Cl 62 y Cl 61A CH 38 W 5,00 6,00 2,50 2,00 5,00 20,50 20,50CARRERA 56 entre Cl 61A y Cl 61 CH 47 W 5,00 6,00 2,50 2,00 5,00 20,50 20,50CARRERA 56 entre Cl 61 y Cl 60 CH 57 W 5,00 6,00 2,50 2,00 5,00 20,50 20,50CALLE 66A entre Cra 56 y Cra 55A CH 7, CH 9 SW 3,70 1,50 6,00 1,50 5,00 17,70 17,70CARRERA 55A entre Clle 65 y Prolongación Clle 64 CH 19 W 5,00 2,00 6,00 1,50 5,00 19,50 19,50CARRERA 55A entre Prolongación Clle 64 y Cl 62 CH 25, CH 24, CH 41 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 55A entre Cl 62 y Cl 61A CH 43 W 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00CARRERA 55A entre Cl 61A y Cl 61 CH 45 W 5,00 2,00 6,00 1,50 3,50 18,00 18,00LAZO CALLE 67-CARRERA 55 CH 1, CH 2 SW 5,00 1,50 6,00 12,50 12,50

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

Page 6: C digo Pol gono: Z3 R 11 - Alcaldía de Medellín · deberá aportar al fondo del plan parcial, de acuerdo con las obligaciones establecidas por el POT para el poligono con tratamiento

CALLE 67 BARRANQUILLA

VÍAS SECUNDARIAS

CÓD

IGO

*

N -

E

AN

TEJ

AN

DÉN

CICL

OR

Z.V.

CALZ

.

SEPA

R

CALZ

MPL

US

ESTA

CIÓ

N

CALZ

MPL

US

SEPA

R

CALZ

BAH

Z. V

.

AN

DÉN

AN

TEJ

S - W

PÚBL

ICO

TOTA

L

CR 56 CR 55 SP 1 N 5,00 3,70 2,50 1,20 9,75 1,50 7,50 1,50 6,50 1,50 7,00 S 42,65 47,65

Los perfiles viales y los criterios para su definición, podrán verificarse en el presente decreto y en el Documento Técnico de Soporte de la Subzona 2 Distrito Medellinnovation.

* El código hace referencia a la localización de los perfiles viales sobre la planta incorporada en la página anterior

DEFINICIÓN DE PERFILES VIALES

6Código Polígono: Z3_R_11

CARRERA 55 AVENIDA DEL FERROCARRIL

VÍAS SECUNDARIAS

CÓD

IGO

*

N -

E

AN

DÉN

Z.V.

CALZ

.

SEPA

R

CALZ

MPL

US

ESTA

CIÓ

N

CALZ

MPL

US

SEPA

R

CALZ

Z. V

.

AN

DÉN

S - W

PÚBL

ICO

TOTA

L

CL67 CL65 AF 1 E 7,00 1,50 6,50 0,15 7,00 3,00 7,00 0,15 6,50 3,50 W 42,30 42,30

CL65 CL64 AF 2 E 7,00 1,50 6,50 2,00 7,50 2,00 6,50 1,50 7,00 W 41,50 41,50

CL64 CL62 AF 3 E 7,00 1,50 6,50 2,00 7,50 2,00 6,50 1,50 7,00 W 41,50 41,50

CL62 CL61A AF 4 E 7,00 1,50 6,50 0,15 7,00 3,00 7,00 0,15 6,50 1,50 7,00 W 47,30 47,30

CL61A CL61 AF 5 E 7,00 1,50 6,50 0,15 7,00 3,00 7,00 0,15 6,50 1,50 7,00 W 47,30 47,30

CL61 CL60 AF 6 E 7,00 2,00 6,50 2,00 7,50 2,00 6,50 1,50 7,00 W 42,00 42,00

CL60 CL59 AF 7 E 7,00 6,00 6,50 2,00 7,50 2,00 6,50 1,50 7,00 W 46,00 46,00

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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7Código Polígono: Z3_R_11

DEFINICIÓN DE NORMA TIPOLÓGICA

AME con posibilidad de desarrollo

AME sin posibilidad de desarrollo

Porcentaje de ocupación mínima lotes iguales o mayores a 2000 m2

Porcentaje de ocupación mínima lotes entre 501 m2 y 2000 m2

Porcentaje de ocupación mínima lotes iguales o menores a 500 m2

Retiros en interior de Unidades de Reactivación

AME conformado por estación de servicio

NOTA ACLARATORIA: Para mayor claridad acerca de la información volumétrica presentada en estos esquemas, remitirse al Decreto que adopta el presente Plan Parcial.

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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8Código Polígono: Z3_R_11

DEFINICIÓN DE NORMA TIPOLÓGICA

Aplicabilidad de norma tipológica en secciones viales iguales y mayores a 22 m

Aplicabilidad de norma tipológica en secciones viales iguales y menores a 14 m

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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9Código Polígono: Z3_R_11

Aproximación Volumétrica del Plan Parcial El Chagualo (Z3_R_11)

NOTA ACLARATORIA:Estas simulaciones e imágenes son de carácter ilustrativo y no comprometen el proyecto definitivo

Nombre: PLAN PARCIAL EL CHAGUALO Macroproyecto Ríocentro

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RIO NORTE

RIO NORTE

Bienes deInterésCultural (BIC)

Arquitectónicos

Bienes deValorPatrimonial- nodeclarados

Arquitectónicos

Urbanísticos

Planes Parciales

Distrito MedellInnovation

Equipamientos

Espacio Público

Espacio Público Proyectado

Áreas de manejo especial pornivel de consolidacionÁreas de manejo especial por PreexistenciaNormativaPropuesta Volumétrica Plataformas

Propuesta Volumétrica Otros Instrumentos

Propuesta Volumétrica Torres

10 Subzona 2. Distrito Medellinnovation Planteamiento Urbanístico

Planteamiento urbanístico Planteamiento urbanístico ambientado

Macroproyecto Ríocentro

Z1_R_10

Z3_R_11

Z3_R_12