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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER ............................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL ................................................................................................................... 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................... 4

INGRESOS ............................................................................................................................................. 4

EGRESOS .............................................................................................................................................. 8

RESULTADO DEL EJERCICIO .............................................................................................................. 10

BANCOS .............................................................................................................................................. 12

CUENTAS BALANCE ............................................................................................................................ 14

DEUDORES DIVERSOS ........................................................................................................................ 14

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................ 17

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ........................................................................................... 21

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE .......................................................................................... 22

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL .................................................. 27

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ....................................... 27

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................ 33

FONREGION ......................................................................................................................................... 53

RAMO 23 .............................................................................................................................................. 54

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ............................................................................................... 55

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................... 55

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ....................................... 58

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................ 64

FONDO REGIONAL (FONREGION) 2008 ejercido en 2009 ..................................................................... 66

FONREGION ......................................................................................................................................... 69

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................... 74

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................ 75

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS .................................................................... 2

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 22

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

7

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

46

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 21

Subtotal 96

Acciones Preventivas

Recomendación2 49

Recomendación al Desempeño 2

Subtotal 51

TOTAL 147

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE

CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción de los siguientes; Control Presupuestario: En virtud de que se observaron variaciones presupuestales de consideración en ingresos con una recaudación mayor del 59.62% y un sobreejercicio en egresos del 53.19%. Revelación Suficiente: Ya que el ente auditado informa saldos negativos en los rubros de Bancos, Deudores Diversos y Pasivos que alteran la naturaleza de las mismas.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2009 por un monto total de $30,842,773.79, los cuales se encuentran conformados por $13,745,264.79 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 92.09%. Además de $7,597,909.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $9,499,600.00 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 De la revisión efectuada al Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles por el periodo de enero a diciembre de 2009, se determinaron diferencias entre lo informado por el Departamento de Catastro y Tesorería por $2,932.70, ya que el primero reporta $49,003.47 y el segundo $51,936.17; es importante señalar que dicha diferencia no constituye un daño a la Hacienda Pública Municipal, pero si denota un inadecuado control administrativo, así como falta de conciliación entre los registros de las áreas involucradas.

AF-09/06-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice la conciliación correspondiente entre la Tesorería Municipal y el Departamento de Catastro Municipal, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables y en caso de existir, integrar la justificación de las mismas en la documentación soporte de los registros contables emitidos. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-02, Observación AF-02 De la revisión al rubro de Ingresos, relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, se solicitó al municipio la relación de licencias para la operación de expendios de bebidas alcohólicas, misma que al ser revisada y analizada se verificó que el municipio no aplicó las sanciones por concepto de renovación de la licencia cuyos pagos se realizaron durante los meses de enero a marzo del ejercicio

AF-09/06-003 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

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2009 por un importe de $29,663.45, no acatando lo establecido en el artículo 61 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, el cual señala que: "..La licencia de funcionamiento tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año de su expedición, los interesados que deseen seguir contando con la misma, deberán solicitar su renovación ante la tesorería municipal correspondiente, dentro del mismo mes…".

de Zacatecas en vigor, a los C.C. Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Ma. Esperanza Castruita Salazar, Presidente y Tesorera Municipales de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas durante el ejercicio 2009, por no haber aplicado las sanciones por concepto de renovación de la licencia cuyos pagos se realizaron en los meses posteriores al plazo establecido, dejando de percibir ingresos por el orden de $29,663.45, incumpliendo así con lo establecido en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, 61 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas y 5° fracciones I y XXX de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Estado.

Resultado AF-03, Observación AF-03 De la revisión efectuada al Impuesto Predial por el periodo de enero a diciembre de 2009, se determinaron diferencias entre lo informado por el Departamento de Catastro y Tesorería por $15,853.57, ya que el primero reporta $683,317.61 y el segundo $667,464.04; es importante señalar que dicha diferencia representa un 2.32% de la recaudación total, lo que denota un inadecuado control administrativo, así como falta de conciliación entre los registros de las áreas involucradas.

AF-09/06-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice la conciliación correspondiente entre la Tesorería Municipal y el Departamento de Catastro Municipal, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables y en caso de existir, integrar la justificación de las mismas en la documentación soporte de los registros contables emitidos. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-04, Observación AF-04 De la revisión al rubro de Ingresos, se observó que el municipio cobra cuotas superiores e inferiores a las establecidas en su Ley de Ingresos, mismos que a continuación se detallan:

DE MÁS DE MENOS

Formatos 17.64 39.00 21.36

Matrimonio fuera de oficina 984.05 938.00 46.05

Constancia de Vecindad 82.96 40.00 42.96

Introducción de Drenaje con

pavimento323.34 308.00 15.34

Introducción de Drenaje sin

pavimento187.72 178.00 9.72

IMPORTE

COBRADO POR

EL MUNICIPIO

CONCEPTOIMPORTE SEGÚN

LEY DE INGRESOS

DIFERENCIA

Asimismo se encontró que el municipio cobra contribuciones no establecidas en la Ley de Ingresos Municipal tales como: registro y refrendo de fierro de herrar, apertura de fosa, renta de Auditorio y permiso de baile. Cabe hacer mención que situación similar fue observada en el ejercicio 2008, para lo que se emitió una Recomendación en la acción número AF-08/06-007, la cual no fue atendida.

AF-09/06-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de contribuciones, observe lo establecido en su Ley de Ingresos. Asimismo se recomienda al H. Ayuntamiento que en cumplimiento a los ordenamientos establecidos en los artículos 49 fracción XXIX, 50 fracción II, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio determine las tasas y tarifas aplicables a los conceptos no estipulados en el citado ordenamiento, proponiendo a la H. Legislatura su inclusión en la Ley de Ingresos del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Del análisis a las Actas de Cabildo del municipio, se verificó que en sesión Ordinaria de Cabildo número 29, celebrada en fecha 29 de octubre de 2009, el Secretario de Gobierno Municipal señalo lo siguiente: "…la negociación de los juegos mecánicos y puestos con el C. Martín Uribe por la cantidad de $100,000.00…”. Para lo cual en visita

AF-09/06-008 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $51,000.00, relativos a la diferencia determinada entre el monto señalado en la acta de Cabildo y el

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INGRESOS

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de campo se solicitó el registro contable de dicho importe, verificándose el depósito de $49,000.00 como anticipo, según recibos oficiales de ingresos número 29378 y 29423 de fecha 7 y 9 de octubre de 2009, por importes de $40,000.00 y $9,000.00 respectivamente, determinando una diferencia entre el monto señalado en el acta de Cabildo y el importe depositado por la cantidad de $51,000.00, no localizando el registro y depósito por dicha cantidad.

importe depositado por concepto de la negociación de los juegos mecánicos y puestos, la cual no se detectó su ingreso a la Tesorería Municipal ni en las cuentas bancarias del municipio, así como su registro contable. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio y 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, durante el ejercicio fiscal de 2009, fue por $29,600,277.11 los cuales se encuentran conformados por $12,982,464.31, de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 27.55%. Además de $187,652.97 de Obra Pública, $ 7,911,043.99 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $8,519,115.84 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física de la Obra.

Resultado AF-06, Observación AF-06 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por $90,267.67, que justifiquen y respalden los gastos efectuados. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

22/02/2009 E001263801.- Servicios

Oficiales949

El municipio realizó erogación

según concepto de la póliza de

egresos por: "Pago de gastos

realizados en la Feria Regional

Cañitas 2009", sin embargo no

exhibió el soporte documental

que lo respalde y justifique.

15,000.00$

22/02/2009 E00127 3801 950

El municipio realizó erogación

según concepto de la póliza de

egresos por: "Pago de gastos

realizados en la Feria Regional

Cañitas 2009", sin embargo no

exhibió el soporte documental

que lo respalde y justifique.

26,400.00

29/06/2009 E00614 3801 1116

El municipio realizó erogación

según concepto de la póliza de

egresos por: "Gastos para los

eventos del día 10 de mayo y

15 de mayo", sin embargo no

exhibió el soporte documental

que lo respalde y justifique.

12,867.67

15/09/2009 E00835 3801 1299

El municipio realizó erogación

según concepto de la póliza de

egresos por: "Pago total de

grupo que amenizo en el baile

del 15 de septiembre", sin

embargo no exhibió el soporte

documental que lo respalde y

justifique.

36,000.00

90,267.67$

OBSERVACIÓN IMPORTE

TOTAL

No. DE PÓLIZAFECHA SUBCUENTA No. CHEQUE

AF-09/06-009 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por erogaciones realizadas por la Administración Municipal con la cantidad de $90,267.67 relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental comprobatorio, no justificando ni respaldando los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracciones V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-07, Observación AF-07 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por $69,494.32. El desglose de dichas cantidades se detalla a continuación:

FECHA NO. DE SUBCUENTA

NO. DE

PÓLIZA

CHEQUE

OBSERVACIÓN IMPORTE

AF-09/06-010 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclarar el monto de $69,494.32, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado la evidencia documental faltante para su comprobación y justificación, misma que se describe en el cuadro anterior, la cual de certeza de la realización de los gastos observados. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracción II, 177, 181 de la Ley

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

06-mar-09

5000-01-4101

E00207

988 El municipio presenta póliza de cheque número 988 a nombre de J. Guillermo Moreira Montoya y factura no. 134 expedida por Materiales Moreira por un monto de $16,763.39, sin embargo no se exhibió la solicitud de apoyo, listado de beneficiarios, credenciales de elector y reporte fotográfico de la aplicación del material para construcción adquirido.

$ 16,763.39

03-jun-09

5000-01-4101

E00495

1125 El municipio presenta póliza de cheque número 1125 a nombre de J. Guillermo Moreira Montoya y factura no. 160 expedida por Materiales Moreira por un monto de $13,651.93, sin embargo no se exhibió la solicitud de apoyo, listado de beneficiarios, credenciales de elector y reporte fotográfico de la aplicación del material para construcción adquirido.

13,651.93

06-nov-09

5000-01-3801

E01014

1364 El municipio presenta póliza de cheque número 1364 a nombre de Jorge Palomera Moreno por un importe de $25,000.00 y un contrato con los Santaneros de Pepe Bustos que se encuentra firmado, sin embargo no se especifica de quien son las firmas plasmadas en el documento, a quien está dirigido el apoyo ni se presentan las copias de las credenciales de elector de los participantes en el contrato y de los beneficiarios.

25,000.00

30-dic-09

5000-01-3801

E01153

1453 Del análisis realizado a la subcuenta denominada Gastos de Ceremonia y de Orden Social, se observó que el municipio realizó erogación por la cantidad de $14,079.00 por concepto de compra de Abarrotes, sin embargo el ente auditado no exhibió evidencia documental que justifique la aplicación de los insumos adquiridos, tales como vales en los que se señalen los eventos realizados y reporte fotográfico de los mismos.

14,079.00

TOTAL $

69,494.32

Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2009 un Superávit de $1,242,496.68, en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-08, Sin Observación El municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, muestra un saldo en Caja por $10,000.00 al 31 de diciembre de 2009 según su Estado de Posición Financiera, el cual está conformado por un Fondo Fijo por $10,000.00, verificándose su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para realizar dichos gastos, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles.

Resultado AF-09, Observación AF-08 Derivado del arqueo practicado al Fondo Fijo, se observó la falta de un pagaré o documento mercantil firmado por el encargado responsable, que garantice el recurso financiero bajo su resguardo.

AF-09/06-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal recabar documento firmado por la persona responsable del Fondo Fijo que garantice el recurso financiero bajo su resguardo. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción XII, 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-10, Sin Observación La cuenta de Bancos presentó un saldo de $1,196,337.46, en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, integrado en 9 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose verificado que el ente fiscalizado realiza en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, además de firmar los cheques de manera mancomunada. Cabe hacer mención que se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco.

Resultado AF-11, Observación AF-09 En base a la revisión y análisis que se efectuó al rubro de Bancos, se observó que las cuentas bancarias propiedad del municipio números 0243005035 y 0605995617, denominadas Fondo IV 2008 y Fondo III 2009 respectivamente, presentan contablemente saldos negativos al cierre del ejercicio por un total de $531,461.69.

AF-09/06-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo análisis respecto de las cuentas de Bancos que presentan saldo negativo, a efecto de determinar lo procedente, exhibiendo a la Auditoría Superior del Estado, la evidencia documental de las acciones realizadas, lo anterior con el fin de que se presente la situación financiera real del municipio. Lo antes citado con fundamento en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracción I, 191 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 181 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-12, Observación AF-10 Derivado de la revisión en el rubro de Bancos, se corroboró que en la conciliación bancaria correspondiente a la del mes de diciembre del 2009, con relación a la cuenta bancaria número

AF-09/06-015 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $98,000.00

Solventa.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

563822569 denominada por el municipio "Gasto Corriente", se informa un depósito del mes de septiembre del 2008 por $98,000.00 pendiente de registrar por el banco. Cabe señalar que dicho importe se deriva del pago efectuado por el Deudor Héctor Enrique Domínguez Medina en fecha 12 de septiembre de 2008 según consta el recibo oficial de ingresos serie B folio 24641, observándose que dicha cantidad no fue depositada en cuenta bancaria propiedad del Municipio ni ingresada a la Tesorería Municipal, contraviniendo a los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

correspondiente ingresos derivados al pago del C. Héctor Enrique Domínguez Medina (deudor diverso), recursos que no fueron depositados a la Tesorería Municipal o en cuenta bancaria propiedad del municipio.

Resultado AF-13, Observación AF-11 Del examen practicado al Control Interno del rubro de Bancos, se constató que el ente auditado expide cheques con fecha posterior a la de su emisión, asimismo no expide cheques en orden cronológico, observándose que no se acato con lo establecido en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/06-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo evite la expedición de cheques posfechados a fin de no correr el riesgo que implican estas acciones al erario público en el supuesto de que se presenten cheques para su cobro y no existan fondos suficientes para cubrirlos, así como expedirlos en estricto orden cronológico. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Resultado AF-14, Sin Observación El saldo de este rubro registrado en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, ascendió a la cantidad de $4,543,664.51 integrados por $4,441,064.51 (97.74%) de Empleados de Base y $102,600.00 (2.26%) de Otros Deudores (prestamos internos).

Resultado AF-15, Observación AF-12 Derivado del análisis y revisión documental al rubro de Deudores Diversos, se observaron saldos que no presentaron afectación contable durante el ejercicio sujeto a revisión por un importe de $499,028.53, el cual está integrado de la siguiente manera:

a) $152,750.00 corresponde a préstamos otorgados

durante el ejercicio 2008, mismos que fueron

observados en el Informe de Resultados del mismo

ejercicio, emitiéndose para tal efecto un Pliego de

Observaciones, el cual se encuentran en su

proceso legal conducente. Cuyo detalle es el

siguiente:

Cuenta Nombre de Cuenta Importe

1105-01-0001 ISRAEL RICO MUÑOZ

250.00

1105-01-0101 JUAN JOSE QUIRINO SALAS

90,000.00

1105-01-0108 JESUS CORTES PARGAS

8,500.00

1105-01-0112 MIGUEL ANGEL RIVERA SANCHEZ

4,000.00

1105-01-0117 MARTIN MARTINEZ TISCAREÑO

200.00

1105-01-0129 JUAN JOSE QUIRINO SALAS

45,000.00

1105-01-0152 MARIO LOERA PEREZ

2,000.00

1105-01-0153 JUAN CRUZ AGUERO DURON

2,000.00

1105-01-0155 REINOLDO PERALES GARAY

800.00

$ 152,750.00

b) El importe de $346,978.53 corresponde a préstamos otorgados durante los ejercicios 2007 y anteriores, de los cuales en los Informes de Resultados de los ejercicios 2007 y 2008 se emitieron las acciones AF-07/06-025 y AF-08/06-022 en la que se recomendó efectuar la recuperación de los préstamos que se encuentren pendientes y/o depuración. Los cuales se enlistan a continuación:

Cuenta Nombre de Cuenta Importe

1105-01-0004 OLGA RIOS JIMENEZ

$ 1,500.00

AF-09/06-018 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas en vigor, a la C. Ma. Esperanza Castruita Salazar Tesorera Municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, por no haber realizado las acciones de recuperación y/o depuración de los adeudos de ejercicios anteriores, por seguir otorgando préstamos y por desentender las recomendaciones emitidas por esta Auditoría Superior del Estado en los Informes de Resultados de los ejercicios 2007 y 2008. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracciones I y XX de la

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-01-0015 MANUEL RENTERIA VAZQUEZ 1,000.00

1105-01-0020 ANA BERTA ARREDONDO VALTIERRA

1,000.00

1105-01-0025 ARISTEO DE LA CRUZ ALAMILLO 1,851.00

1105-01-0027 FELIX LOPEZ MACIAS 600.00

1105-01-0045 MA. LUISA SALDAÑA CORTEZ 500.00

1105-01-0053 HORTENSIA VARELA VAQUERA 400.00

1105-01-0066 JUAN ANTONIO CARDOZA VAZQUEZ 4,000.00

1105-01-0078 REBECA TORRES CAMPOS 3,000.00

1105-01-0082 HECTOR GARCIA VAZQUEZ 1,000.00

1105-01-0086 MA. DEL CARMEN RAMIREZ CALDERA

3,000.00

1105-01-0087 PAULA DOMINGUEZ PARRILLA 2,000.00

1105-01-0088 ANTONIO GAYTAN DE LA CRUZ 3,000.00

1105-01-0090 HERMINIO DIAZ VAZQUEZ 15,000.00

1105-01-0094 HILARIO HURTADO MUñOZ 3,000.00

1105-01-0097 EUSTOLIO VALDEZ LUNA 5,000.00

1105-01-0098 PETRA VAQUERA RODRIGUEZ 1,500.00

1105-01-0099 MANUEL DE JESUS PALACIOS 6,000.00

1105-01-0106 RARAEL LOPEZ IBARRA 850.00

1105-01-0109 GASTO CORRIENTE 152,862.53

1105-01-0110 J.GUADALUPE RINCON ALVARADO -580.00

1105-01-0111 ALICIA GODINA RODARTE 3,000.00

1105-01-0114 JAVIER GUAJARDO RODRIGUEZ -200.00

1105-01-0121 JOSE BARRIOS SIFUENTES 5,000.00

1105-01-0122 REYNALDO ORTIZ ORTEGA 2,000.00

1105-01-0123 CESAR CASTILLO CHAIREZ 2,000.00

1105-01-0124 MA. SANTOS MARTINEZ CHAIREZ 2,000.00

1105-01-0127 JUVENTINO GARCIA ESPARZA 1,000.00

1105-01-0128 ANTONIO ORTIZ TERRONES 3,000.00

1105-01-0133 RAUL DE LA CRUZ 1,295.00

1105-01-0135 JUAN CRUZ AGUERO DURON 1,500.00

1105-01-0137 MARIO LOERA PEREZ 1,500.00

1105-01-0138 LINO PERALES CASTRUITA 1,000.00

1105-01-0141 JOSE PALACIOS LLANAS 2,000.00

1105-01-0142 ALFREDO LUJAN PERALES 1,500.00

1105-01-0149 LAURA ELENA ORTEGA MONTOYA 300.00

1105-01-0150 JUAN JOSE DAVILA SOLIS 10,000.00

1105-01-0164 MARTIN CHAVIRA ESTUPIÑAN 2,500.00

1105-03-0003 COLONIA MAGISTERIAL 5,000.00

1105-03-0004 FCO. JAVIER CARRILLO RINCON 29,000.00

1105-03-0005 RAQUEL MARTINEZ FRANCO 1,000.00

1105-03-0007 CANDELARIO CASTRUITA RAMIREZ 600.00

1105-03-0008 FC. JAVIER DE LA CRUZ 2,000.00

1105-03-0009 ALBINO DE LA CRUZ MONCADA 2,000.00

1105-03-0012 TERESA CARRILLO 500.00

1105-03-0018 J.JESUS SANCHEZ ALONSO 5,000.00

1105-03-0019 EZEQUIEL PARRA ALVAREZ 5,000.00

1105-03-0020 DIONISIO HERNANDEZ RODRIGUEZ 1,000.00

1105-03-0022 GUSTAVO CAMPOS RODRIGUEZ 10,000.00

1105-03-0023 JOSE ZAMARRIPA 1,000.00

1105-03-0024 JESUS DE LA CRUZ ALVARES 1,000.00

1105-03-0025 MA. GUADALUPE PALACIOS 1,500.00

1105-03-0028 RUBEN VALDIVIA DURAN 20,000.00

1105-03-0030 MARGARITA VARELA DOMINGUEZ 5,000.00

1105-03-0032 JOSE ANTONIO CHAVEZ GALLEGOS

2,000.00

1105-03-0033 SANTIAGO ROGELIO ORTIZ GARCIA 2,000.00

1105-03-0034 VICENTE AGUILAR RAMIREZ 2,500.00

1105-03-0037 LAURA GABRIELA MARTINEZ JIMENEZ

2,000.00

1105-03-0040 JORGE RIOS JIMENEZ 3,000.00

$

346,978.53

Aunado a lo anterior se observó que el ente auditado continuó efectuando préstamos durante el ejercicio 2009

Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

por un importe $3,994,585.93, aspecto no contemplado en el Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos se deben aplicar en actividades propias del municipio. Cabe señalar que situación similar se observó durante los ejercicios 2007 y 2008, de los cuales en los Informes de Resultados correspondientes se emitieron las acciones AF-07/06-025 y AF-08/06-022 en la que se recomendó “abstenerse de otorgar nuevos préstamos”.

Resultado AF-16, Observación AF-13 De los préstamos otorgados en el ejercicio sujeto a revisión, se detectó que la cantidad de $2,364,069.99 no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita su exigibilidad legal, cuyo desglose es el siguiente:

C u e n t a Nombre de Cuenta Importe

EMPLEADOS DE BASE

1105-01-0008 ANTONIO GONZALEZ VAZQUEZ

$ 800.00

1105-01-0010 HILARIO RIOS GALVAN 400.00

1105-01-0084 CELIA VAQUERA RODRIGUEZ 29,500.00

1105-01-0103 ELEAZAR AGUILAR 300.00

1105-01-0112 MIGUEL ANGEL RIVERA SANCHEZ 4,000.00

1105-01-0118 RAUL LUEVANO ORTIZ 3,499.99

1105-01-0142 ALFREDO LUJAN PERALES 1,500.00

1105-01-0146 HUGO JAVIER CASTILLO BALDERAS 55,000.00

1105-01-0160 MARIANA TRINITARIA 25,976.00

1105-01-172 JOSÉ ÁNGEL HERNÁNDEZ DÁVILA 10,000.00

1105-01-0183 DEUDORES DE FONDO DE CULTURA 24,000.00

1105-01-0184 MARIBEL QUIROZ CALDERON 2,000.00

1105-01-0186 DEUDOR DE TESORERIA DE LA FEDERACION

1,847,826.00

1105-01-0192 BENEFICIARIOS CAPILLA BOQUILLA DE ABAJO

250,768.00

1105-01-0193 BECAS TRES POR UNO 75,500.00

1105-01-0195 RICARDO HINOJOSA GARAY 30,000.00

1105-01-0197 JAVIER RENTERIA 500.00

1105-01-0202 IVAN MARTINÉZ QUIROZ 1,000.00

1105-01-0204 JUANA MARIA HERNANDEZ 1,500.00

$

2,364,069.99

AF-09/06-019 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $2,364,069.99 correspondiente a préstamos personales realizados durante el ejercicio en revisión, los cuales no cuenta con ningún documento mercantil que respalden la obligación de pagarlos al municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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ACTIVO FIJO

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El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 fue por $4,245,281.07. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $86,998.85, de las cuales $26,195.00 (30.11%) se realizaron con Recursos Propios y $60,803.85 (69.89%) con Recursos Federales.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2009 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $60,803.85, las cuales derivan de la aplicación de recursos del Fondo III, correspondientes a la adquisición de equipo de cómputo y mobiliario y equipo de administración. Cabe hacer mención que no fue incorporada al Activo Fijo la cantidad de $8,200.00 correspondiente a una computadora HP y por lo tanto no se incrementó al Patrimonio del Municipio.

PF-09/06-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo por un importe de $8,200.00 correspondiente a la compra de una computadora HP, la cual fue adquirida con recursos del Fondo III, afectando así el Patrimonio del municipio, e incluirla en el inventario del mismo.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-17, Observación AF-14 De la revisión efectuada al Parque Vehicular propiedad del municipio, se verificó que la mayoría de los usuarios de los vehículos no cuentan con licencia de conducir, asimismo se observó que el municipio no cuenta con expedientes correspondientes que permitan un control sobre cada una de las unidades vehiculares, de igual manera, los vehículos carecen de un logotipo, número económico, póliza de seguro ni la tenencia actualizada.

AF-09/06-020 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal realizar acciones tendientes a corroborar que los operadores de los vehículos oficiales

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Cabe señalar que durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal 2008 se emitió la recomendación número AF-08/06-027 por observaciones similares.

cuenten con la licencia respectiva, estampar números económicos y logotipos a todas sus unidades vehiculares, así como asegurar aquellas que signifiquen mayor riesgo de acuerdo a su uso, a fin de evitar responsabilidades y gastos derivados de algún siniestro que en un momento dado se pudiera originar, además elaborar un expediente que permita su fácil control e identificación y llevar a cabo las acciones necesarias tendientes a actualizar el impuesto de tenencia y uso de vehículos. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en el artículo 92 fracciones II y XVII de la Ley Orgánica del Municipio.

respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-18, Observación AF-15 Derivado del análisis efectuado a las Actas de Cabildo se constató la aprobación de la venta de bienes muebles propiedad del municipio por un importe total de $50,000.00.

AF-09/06-022 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades

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CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Motivo por el cual, en visita al municipio, se llevó a cabo un acta de declaración con la Tesorera Municipal, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, en la que confirmó la venta de cuatro vehículos, infiriendo que la venta fue realizada por el Síndico Municipal, Lic. Baltazar Varela Vaquera, ya que este presentó la factura número 3559 de Autopartes “Estrada” sin fecha, por concepto de la compra de un motor Dodge 360, número 53020006-360, por un importe de $9,200.00, pagada según el Síndico Municipal con recursos de la venta de los vehículos en cita. Es importante señalar que se analizaron los Ingresos del municipio, no detectándose recaudación alguna por concepto de venta de bienes muebles propiedad del municipio. Cabe hacer mención que el ente auditado no proporcionó los datos de los bienes enajenados, ya que según declaración de la C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal, en acta circunstanciada de hechos de fecha 02 de septiembre de 2010, realizada por personal de la Auditoría Superior del Estado manifiesta: “…El Lic. Baltazar Varela Vaquera no se presentó a laborar durante la visita de campo al municipio señalando además que dicho funcionario fue citado en repetidas ocasiones… han sido extraviadas por el mismo, en igual situación se encuentran los expedientes del parque vehicular…”, sin embargo no exhibió evidencia de su dicho. Las autorizaciones para la venta de vehículos se señalan a continuación:

N° DE ACTA FECHA SESIÓN IMPORTE

20 13/02/2009 ORDINARIA $25,000.00

26 31/07/2009 ORDINARIA 25,000.00

$50,000.00

COMENTARIO

APRUEBAN LA VENTA DE DOS VEHICULOS CHATARRA

MARCA FORD LOBO, EN LA CANTIDAD DE $25,000.00,

PESOS Y EL DINERO SE UTILIZARA EN ARREGLAR

OTROS VEHICULOS

AUTORIZAN LA VENTA DE UNA CAMIONETA BLANCA

DOBLE CABINA POR $10,000.00 Y UNA CAMIONETA FORD

RANGER TAMBIEN EN COLOR BLANCO POR LA CANTIDAD

DE $15,000.00 EN VIRTUD DEL MAL ESTADO EN QUE SE

ENCUENTRAN.

IMPORTE TOTAL POR VENTA DE ACTIVOS

por la cantidad de $50,000.00, relativos a la venta de vehículos chatarra aprobadas mediantes actas de Cabildo números 20 y 26, la cual no se detectó su ingreso a la Tesorería Municipal ni en las cuentas bancarias del municipio, así como su registro contable. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio y 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

Resarcitorias.

Resultado AF-19, Observación AF-16 Derivado de la revisión de los Activos Fijos propiedad del municipio se observa que el municipio no proporcionó la información correspondiente a la escrituración, inscripción en el registro público de la propiedad y clave catastral de su bienes inmuebles, requerida por esta Auditoría Superior del Estado mediante el oficio número PL-02-07-1641/2010 de fecha 27 de agosto de 2010. Es importante señalar que según declaración en Acta Circunstanciada de hechos con fecha 02 de septiembre de 2010, realizada por personal de la Auditoría Superior del Estado la C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal, manifiesta “…El Lic. Baltazar Varela Vaquera no

AF-09/06-023 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

se presentó a laborar durante la visita de campo al municipio señalando además que dicho funcionario fue citado en repetidas ocasiones…”. Cabe señalar que en el ejercicio 2008 se presentó una situación similar, por lo que se emitió la acción número AF-08/06-043 Solicitud de Aclaración, la cual el ente auditado no remitió documentación alguna, derivándose por lo tanto en una Recomendación.

Servidores Públicos del Estado de Zacatecas en vigor, a los C.C. Lic. Baltazar Varela Vaquera y Prof. Hugo Javier Castillo Balderas, quienes se desempeñaron con los cargos de Síndico y Secretario de Gobierno Municipales de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas durante el ejercicio 2009, por no haber presentado a la Auditoría Superior del Estado la información correspondiente a la escrituración, inscripción en el registro público de la propiedad y clave catastral de los bienes inmuebles propiedad del municipio, infringiendo los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 170 de la Ley Orgánica del Municipio, 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° fracciones I, V y XX de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-20, Sin Observación El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2009 ascendió a un importe de $1,480,573.94, del cual $1,594,544.11 corresponde adeudos financieros con Gobierno del Estado, un saldo negativo de $313,077.16 a Banobras, $76,195.80 a Proveedores, $46,884.12 a Acreedores Diversos y $76,027.07 a Impuestos y Retenciones por Pagar. El saldo total de este rubro representa un incremento del 18.04% respecto del saldo al cierre del ejercicio anterior. Lo observado respecto de estos rubros se detalla a continuación:

Resultado AF-21, Observación AF-17 Derivado del análisis a las obligaciones informadas por el municipio al 31 de diciembre 2009, se verificó que la cuenta 2201.- Deuda Pública Largo Plazo presenta un saldo negativo por el orden de $313,077.16, situación similar se observó dentro de la revisión a la Cuenta Pública Municipal 2008 emitiéndose la acción número AF-08/06-035 Solicitud de Aclaración, la cual el ente auditado no remitió documentación alguna, derivándose por lo tanto en una Recomendación.

AF-09/06-024 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas en vigor, a la C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, quien se desempeño como Tesorera Municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas durante el ejercicio 2009, por no haber realizado las conciliaciones y ajustes necesarios que permitan reflejar el saldo real en los Estados Financieros del rubro de Deuda Pública por un importe de $313,077.16, incumpliendo con los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracciones I, V y XX de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ

COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio no se apega a la misma, ya que realizó cobros de contribuciones no establecidas en ella u otros ordenamientos fiscales, lo anterior se observó en el rubro de Ingresos del presente Informe de Resultados. El municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, no presentó modificaciones al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2009. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2009 el municipio recaudó y recibió 59.62% más de lo presupuestado, presentado incrementos considerables en todos los rubros con excepción de Impuestos, Productos y Deuda Pública; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 53.19%, registrándose desfases considerables en las cuentas de Servicios Personales, Servicios Generales, Otros Programas y Ramo 20 y Aportaciones Federales. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, sin embargo el incremento recibido y recaudado en los ingresos es mayor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-22, Observación AF-18 Lo antes expuesto se observa incumplimiento al Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental denominado Control Presupuestal, ya que el municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, reflejó variaciones de consideración con un 59.62% de más en ingresos y un sobre ejercicio de un 53.19% en egresos, lo que denota un inadecuado manejo del ejercicio de sus Presupuestos.

AF-09/06-025 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal observar lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio, en sus artículos 96 fracción II y 179, poniendo a consideración del H. Ayuntamiento las modificaciones a los presupuestos en el ejercicio fiscal correspondiente, asimismo se recomienda considerar datos estadísticos de ejercicios anteriores, cuando no se tenga otro referente para su elaboración.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-23, Observación AF-19 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, presentó en fecha 06 de agosto de 2010 ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2009, con el propósito de

AF-09/06-027 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ

COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que manifiesta: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la Cuenta Pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2009. Infringiendo así los artículos 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio y 5° párrafo 1, fracciones I, V y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 121 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

del Estado.

Resultado AF-24, Observación AF-20 El Ente Fiscalizado no presentó el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2009, tal y como lo establece la Ley Orgánica del Municipio en sus artículos 49 fracción XXVII inciso a, 99 fracción I y 170. Cabe hacer mención que situación similar fue observada en el ejercicio 2008, para lo que se emitió una Recomendación en la acción número AF-08/06-037, en el sentido de que en lo subsecuente sea presentado en tiempo y forma el Plan Operativo Anual una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, lo cual no se atendió.

AF-09/06-028 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, que en lo subsecuente sea presentado en tiempo ante esta Auditoría Superior del Estado el Plan Operativo Anual que corresponda, una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, ya que constituye un instrumento indispensable para la planeación y ejecución de las actividades del municipio, observado lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-25, Observación AF-21 Del análisis efectuado a las actas de Cabildo del ejercicio 2009, se observó que el Ayuntamiento de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, no llevó a

AF-09/06-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio, que señala la obligación del

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

cabo sesión ordinaria de Cabildo correspondiente al mes de diciembre de 2009, incumpliendo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio.

Ayuntamiento de celebrar cuando menos una sesión ordinaria de Cabildo al mes, en las cuales atenderá el H. Ayuntamiento los asuntos de su competencia, además se recomienda que las actas derivadas de las mismas sean remitidas en copia certificada a la Auditoría Superior del Estado.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-26, Observación AF-22 Derivado de la evaluación al Control Interno se verificó que el ente auditado no cuenta con un tabulador de sueldos autorizado por el H. Ayuntamiento y consecuentemente se carece de un adecuado control de las percepciones que se asigna a cada Servidor Público dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-09/06-032 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal la implementación del tabulador de sueldos y salarios debidamente autorizado por el Cabildo, el cual muestre las categorías que existen y que sean congruentes con los sueldos y salarios de los trabajadores, observado lo establecido en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. Se dará seguimiento en visitas posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-033 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-27, Observación AF-23 Derivado del análisis efectuado a la cuenta contable de egresos denominada Viáticos, se observa que los otorgados no cuentan con Pliego de Comisión,

AF-09/06-034 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar con la debida autorización del Cabildo políticas para el pago y comprobación de viáticos,

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ

COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

asimismo no se cuenta con un tabulador de viáticos en el que se señalen tarifas pernoctables y no pernoctables, de acuerdo a los lugares donde deberá realizarse la comisión. Además de no contar con políticas establecidas para su otorgamiento.

estableciendo un tabulador y elaboración de Pliegos de Comisión que señalen los montos autorizados para las comisiones, de acuerdo a sus distancias y destinos, indicando las cuotas pernoctables y no pernoctables. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 49 fracción XVI, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. Se dará seguimiento de visitas posteriores.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/15-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-28, Observación AF-24 Derivado de la revisión a la muestra correspondiente a la documentación de ingresos, gastos y otros documentos que integran la Cuenta Pública del municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., se observó la inexistencia de la validación a través de la firma del Síndico Municipal, incumpliendo así con las obligaciones atribuidas en la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/06-036 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que realicen las acciones de coordinación necesarias a efecto de que la documentación que integra la Cuenta Pública Municipal sea validada con la firma del Síndico Municipal de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio, motivo por el cual se le dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción I, 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-037 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-29, Observación AF-25 De la revisión a la cuenta 1000 Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina de personal de la segunda quincena del mes de diciembre de 2009 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del mes de diciembre, determinándose las siguientes resultados: 1.- Existen 16 trabajadores que se encuentran en la nómina, más no así inscritos ante algún régimen de seguridad social. 2.- Además 11 personas que están inscritas ante el IMSS, no se encuentran en nómina.

AF-09/06-038 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal afiliar a un régimen de seguridad social únicamente a todas las personas que tengan relación laboral con el municipio, así como dar de baja a quienes no cumplen la condición citada. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/06-039 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-02, Sin Observación El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2009 fue por el orden de $4,412,709.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por un importe de $4,192,074.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $132,381.00 y $88,254.00 a Desarrollo Institucional equivalente al 2.00%. Al 31 de diciembre del 2009 los recursos fueron aplicados en un 86.51% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $5,320.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales no fueron aplicados en el periodo sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-03, Observación PF-02 Del Fondo III se aprobaron recursos para la realización de obras de electrificación autorizadas para ser ejecutadas por Adjudicación Directa por el contratista Alfredo Jacinto Chan Fraire de las cuales el municipio no exhibe documento validado por el Contralor Municipal, en que conste que las obras fueron asignadas al contratista con base en los criterios de economía, eficiencia e imparcialidad que aseguren las mejores condiciones de precios y de calidad para el municipio.

PF-09/06-003 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en obras aprobadas para realizarse con recursos federales del Fondo III, ejecutadas por contrato mediante Asignación Directa y demás procesos de adjudicación, se elabore documento de asignación firmado y validado por Funcionarios Municipales, incluyendo al Contralor, con base en los criterios de economía, eficiencia e imparcialidad que aseguren las mejores condiciones de precio y calidad para el municipio. Asimismo, se presenten fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten en los tiempos y conforme a las especificaciones técnicas del proyecto, estipuladas en el contrato de obra respectivo.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-04, Observación PF-03 El municipio realizó erogación dentro de la acción denominada “Adquisición de papelería en general” mediante cheque número 44 de fecha 11 de diciembre de 2009 a nombre de Rocío de la Soledad González por un importe de $27,000.00, presentando como soporte documental factura número 33152 de Papelería La Goma y/o Rocío de la Soledad González Reyes de fecha 31 de diciembre de 2009, sin embargo no se anexa requisición de papelería de las áreas correspondientes.

PF-09/06-005 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que todas las erogaciones correspondientes a la compra de papelería, se lleve a cabo la implementación de requisición debidamente autorizadas por los funcionarios responsables, que indiquen la Dirección o Departamento solicitante en el que será utilizada, para efecto de reflejar un manejo correcto y trasparente de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-05, Observación PF-04 Derivado del análisis al flujo de efectivo realizado a la cuenta bancaria Fondo III 2009 número 0605995617 de la Institución Bancaria Banorte, S.A. y con base en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se determinaron erogaciones por el orden total de $1,719,982.01 sin presentar pólizas cheque, ni el soporte documental correspondiente que permita corroborar el destino y aplicación de los recursos erogados. El detalle de lo anterior, se lista a continuación:

Fecha No. de

Cheque Importe

26/02/09 S/N $

115.00

28/03/09 S/N 61,865.00

01/04/09 4 3,500.00

PF-09/06-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por el orden de $1,719,982.01, derivado de erogaciones realizadas mediante los cheques detallados en el cuadro que antecede correspondientes a la cuenta bancaria del Fondo III 2009 número 0605995617 de la Institución Bancaria Banorte, S.A., de los cuales no se exhibe el soporte documental original que evidencie la aplicación y destino de los recursos erogados y conforme a los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

06/05/09 5 4,500.00

08/06/09 14 3,500.00

22/07/09 15 4,625.00

12/08/09 17 1,332,558.00

12/08/09 18 4,625.00

31/08/09 24 250,768.00

14/09/09 27 10,000.00

12/10/09 28 3,210.00

27/11/09 37 1,716.01

11/12/09 42 39,000.00

Total $ 1,719,982.01

Resultado PF-06, Observación PF-05 Derivado del análisis al flujo de efectivo realizado a la cuenta bancaria Fondo III 2008 número 243005027 de la Institución Bancaria Banorte, S.A. y con base en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se determinaron erogaciones por el orden total de $448,672.01 sin presentar pólizas cheque, ni el soporte documental correspondiente que permita corroborar el destino y aplicación de los recursos erogados. El detalle de lo anterior, se lista a continuación:

Fecha No. de

Cheque Importe

07/03/09 931 $ 8,093.00

07/03/09 930 40,000.00

12/03/09 926 3,780.05

12/03/09 929 12,443.96

12/03/09 928 12,443.96

12/03/09 927 21,959.94

13/03/09 923 5,856.00

25/03/09 938 8,279.00

28/03/09 939 30,000.00

30/03/09 937 2,198.00

23/04/09 947 3,078.60

27/04/09 952 10,000.00

02/05/09 953 7,890.00

06/05/09 954 1,500.00

11/05/09 956 10,000.00

11/05/09 955 4,600.00

19/05/09 958 144,444.50

26/05/09 961 20,700.00

29/05/09 962 4,405.00

PF-09/06-008 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por el orden de $448,672.01, derivado de erogaciones realizadas mediante los cheques detallados en el cuadro que antecede correspondientes a la cuenta bancaria del Fondo III 2008 número 243005027 de la Institución Bancaria Banorte, S.A., de los cuales no se exhibe el soporte documental original que evidencie la aplicación y destino de los recursos erogados y conforme a los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

20/08/09 969 97,000.00

Total $ 448,672.01

Resultado PF-07, Observación PF-06 Dentro los recursos provenientes del Fondo III, el municipio presenta pólizas que no contienen los registros contables correspondientes y carecen de firmas de quien elabora, revisa y autoriza. Asimismo, omite anexar pólizas de egresos emitidas por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG).

PF-09/06-009 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo sucesivo elabore pólizas que contengan los registros contables correspondientes con firmas de quien elabora, revisa y autoriza. Asimismo, debe anexar pólizas de egresos emitidas por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG).

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-08, Observación PF-07 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Fondo III, se determinó faltante de documentación técnica y social consistente en: auxiliar de obra, bitácoras de obra y recibos de entrega recursos al comité de obra.

PF-09/06-011 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos provenientes del Fondo III por lo que se refiere a los aspectos técnico y social, lo anterior para que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-09, Observación PF-08 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del ejercicio fiscal 2009 se detectó incongruencia entre la información presentada por las direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, específicamente en las vertientes de Agua Potable, Alcantarillado, Urbanización Municipal, Pavimentación, Electrificación, Infraestructura Básica Educativa, Vivienda Digna, Infraestructura Deportiva, Mejoramiento a la Vivienda, Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional.

PF-09/06-013 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales y precisas en las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, conciliando periódicamente las operaciones entre ambas áreas, de manera que se muestre confiabilidad de la información emitida y en la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-10, Observación PF-09 El Consejo de Desarrollo Municipal autorizó la aplicación de recursos del Fondo III por un monto de $278,500.00 para la acción: “Becas de estudiantes de escasos recursos”, la cual se considera improcedente por tratarse de una acción que no está dentro de las vertientes del Fondo III ni haberse aplicado en servicios básicos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

PF-09/06-0015 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoria Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, como Presidente Municipal, Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Director de Desarrollo Económico y Social Ing. Sergio Olague Rodríguez, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servicios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal al programar, autorizar y ejecutar recursos del Fondo III en obras y acciones no previstas en la misma.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-11, Observación PF-10 De los recursos del Fondo III, el municipio aprobó la realización de 41 obras de las cuales 13 se encuentran sin iniciar, 13 en proceso y 14 terminadas según Informe de Avance Físico-Financiero al 31 de diciembre de 2009.

PF-09/06-016 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo sucesivo en la programación, presupuestación y aplicación de los Recursos Federales del Fondo III, se establezca un sistema de control que permita el cumplimiento de las metas y objetivos, dentro del ejercicio fiscal para el cual fueron autorizados, conforme a lo señalado en la Ley de Coordinación Fiscal, Ley del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Presupuesto de Egresos Federal y Municipal.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-12, Sin Observación Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $3,050,610.00, la aplicación se destinó el 76.37% en Obligaciones Financieras por un importe de $2,329,603.63, el 1.32% en Seguridad Pública equivalente a $40,224.43, 20.56% en Infraestructura Básica de Obras y Acciones por $627,266.94 y el 1.75% en Adquisiciones con $53,515.00. La aplicación de los recursos se realizó en un 94.58% al 31 de diciembre de 2009, revisándose documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $3,243.00 los cuales no fueron aplicados en el periodo sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-13, Observación PF-11 Con recursos del Fondo IV el municipio realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, para la acción número FM06007 denominada “Pago a tlapalería Ruíz”, presentando como soporte documental facturas en original, sin embargo no se anexan las pólizas cheque respectivas.

PF-09/06-018 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo en toda erogación realizada dentro del Fondo IV, elabore pólizas cheque que contengan los registros contables correspondientes así como las firmas de quien elabora, supervisa y autoriza según corresponda a fin de que permita dar certeza de la aplicación de recursos del citado Fondo.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Superior del Estado.

Resultado PF-14, Observación PF-12 De los recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06020 denominada “Viaje para alumnos destacados”, para la cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante el cheque número 37 de fecha 11 de junio de 2009 a nombre de la profesora Cleta Solís Cabral por un importe de $5,000.00, presentando como soporte documental factura número 1102 de Transportes Proaño y/o Gustavo Nájera Cháirez de fecha 12 de junio de 2009 por concepto de 1 traslado de contingente. Sin embargo, no se anexa relación de beneficiarios ni solicitud del apoyo que justifique el destino de aplicación de los recursos erogados.

PF-09/06-020 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presente ante la Auditoría Superior del Estado para efecto de aclaración, solicitud del apoyo otorgado y relación de beneficiarios validada por los funcionarios responsables que incluya a los alumnos de la institución educativa para respaldar la acción denominada “Viaje para alumnos destacados” por un importe de $5,000.00, y con el fin de transparentar la aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-15, Observación PF-13 De los recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06023 denominada “Compra de material deportivo y trofeos”, para la cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante cheque número 47 de fecha 26 de junio de 2009 a nombre de J. Guadalupe Rincón Alvarado por un importe de $1,600.00, presentando como soporte documental recibos números 37074 y 36946 de Tiendas de ropa El Campesino y/o Aurora López Márquez de fechas 20 y 12 de junio de 2009 por compra de pelotas de beis bol, sin embargo no se exhibe el soporte documental con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, asimismo no se presenta evidencia documental de la recepción de los artículos deportivos por parte de los representantes de los equipos.

PF-09/06-021 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que el soporte documental de las erogaciones realizadas con Recursos Federales, reúna los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, solicitando la comprobación respectiva a los proveedores de bienes y servicios que se encuentren inscritos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y a la vez soportar adecuadamente los egresos respectivos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-16, Observación PF-14 En las acciones del Fondo IV números FM06029 y FM06030 denominadas “Pago del mantenimiento del vehículo (Autos de calidad)” y “Pago de mantenimiento del vehículo (Antonio Moreira Coronel) departamento de Seguridad Pública”, se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009 mediante la expedición de cheques números 38 y 42 de fechas 16 y 17 de junio de 2009 a nombre de Autos de Calidad de Zacatecas, S.A. de C.V. y Antonio Moreira Coronel por un importe de $4,853.18 y $5,750.00 respectivamente, presentando como soporte documental factura número 43276 de fecha 16 de junio de 2009 en copia fotostática certificada por Autos de Calidad de Zacatecas, S.A.de C.V. y recibo de pago de honorarios número 0401 de Antonio Moreira Coronel, sin embargo no se exhibe la orden de servicio y bitácora de mantenimiento que especifique a que vehículos oficiales se les dio el servicio.

PF-09/06-023 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en todas las erogaciones correspondientes a mantenimiento de vehículos oficiales de la Presidencia Municipal, se lleve a cabo la implementación de órdenes de servicio y bitácora de mantenimiento debidamente autorizados por funcionarios responsables, que indiquen los vehículos y Departamento solicitante para efecto de reflejar un manejo correcto y trasparente de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-024 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-17, Observación PF-15 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06034 denominada “Capacitación para Seguridad Pública (Pago de instructor)”, para la cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición de varios cheques por un monto total de

PF-09/06-025 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en toda erogación realizada presentar recibos de Tesorería Municipal debidamente requisitados y firmados por los funcionarios

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$12,600.00 a nombre de Aldo Román Félix presentando como soporte documental recibos oficiales de Tesorería Municipal y convenio de prestación de servicios entre el municipio y el

Instituto Formativo de Karate Do A.C. Los cheques expedidos se detallan a continuación: Sin embargo los recibos ya referidos no presentan firmas de los funcionarios municipales y el convenio de prestación de servicios también carece de la firma del Presidente Municipal y del Director de Seguridad Pública.

Fecha de

Cheque

Número de

Cheque Beneficiario Importe

20/04/09 19

Aldo Román Félix

$ 1,800.00

08/05/09 26 1,800.00

15/05/09 28 1,800.00

16/06/09 40 1,800.00

16/06/09 41 1,800.00

22/07/09 58 3,600.00

Total $

12,600.00

municipales responsables, de igual forma los convenios de colaboración en caso de que se presenten como parte de la evidencia documental.

Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

PF-09/06-027 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante esta Entidad de Fiscalización para efectos de aclaración evidencia documental de la realización de la capacitación para elementos de Seguridad Pública para justificar adecuadamente los recursos erogados por un monto de $12,600.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-18, Observación PF-16 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06033 denominada “Pago para el fondo especial “Fondo de Cultura Municipal”, para la cual se realizó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante cheque número 21 de fecha 21 de mayo de 2009 por un importe de $100,000.00 a nombre de Ricardo Hinojosa Garay, Director del Instituto de Cultura de Cañitas de Felipe Pescador, presentando ficha de depósito de fecha 31 de

PF-09/06-028 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presente ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración, evidencia documental que respalde la aplicación de los recursos por un monto de $100,000.00 en la acción denominada “Pago para el

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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marzo de 2009 de la institución Banco Nacional de México S.A. a favor de Fondo Especial para el Programa de Desarrollo Municipal, así como convenio con el Instituto Zacatecano de Cultura, sin embargo no se presenta evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos.

fondo especial “Fondo de Cultura Municipal”, así como aclaración de la expedición de cheque a nombre del C. Ricardo Hinojosa Garay, Director del Instituto de Cultura de Cañitas de Felipe Pescador y de la incongruencia en las fechas de la ficha del depósito y de la expedición del cheque.

Resultado PF-19, Observación PF-17 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06014 denominada “Pago a licenciada que lleva casos de la presidencia”, para la cual se realizó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición del cheque número 55 de fecha 16 de julio de 2009 a nombre de Teresa Esquivel Miranda por un importe de $7,000.00, sin presentar documentación comprobatoria de la erogación ni evidencia de los trabajos realizados.

PF-09/06-029 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $7,000.00, correspondiente al cheque número 55 de fecha 16 de julio de 2009 de la cuenta número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, del cual el municipio no presentó documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación de los recursos.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-20, Observación PF-18 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número FM06036 denominada “Uniformes para elementos de Seguridad Pública (chamarra, pantalón, playera y gorra)” para la cual realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante los cheques números 29 y 79 de fechas 22 de mayo y 28 de septiembre de 2009 por los importes de $18,522.00 y $8,251.25 respectivamente, soportados con la factura número 9439 de Tiendas de ropa El Campesino y/o Aurora López Márquez de fecha 22 de mayo de 2009 por compra de 24 uniformes para elementos de Seguridad Pública y factura número 2596 de Casa Susy y/o Ramón Hinojosa Reyes de fecha 7 de octubre de 2009 por concepto de compra de 25

PF-09/06-030 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presente ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración, recibos firmados tanto por Autoridades Municipales como por los elementos de Seguridad Pública Municipal, que amparen la recepción de los uniformes por un importe total de $26,773.25 relativo a la acción número FM06036 denominada “Uniformes para elementos de Seguridad Pública

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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pares de zapatos tipo militar. Sin embargo no se presenta evidencia documental que ampare la entrega de los uniformes a los elementos de Seguridad Pública Municipal.

(chamarra, pantalón, playera y gorra)” para corroborar el manejo correcto y transparente de los recursos.

Resultado PF-21, Observación PF-19 El municipio realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, en las acciones que se mencionan a continuación:

Presentando como soporte documental solicitud de apoyo por los directores de las instituciones educativas beneficiadas, sin embargo no se presenta evidencia documental del equipo de cómputo adquirido y la ubicación en cada una de las escuelas.

Número de

acción Nombre

No. de cheque

Fecha de

Cheque

Beneficiario de Cheque

Importe

FM06015

Suministro de equipo de cómputo a la escuela primaria Adolfo López Mateos

11

5 de marzo 2009

Elena Carrillo Castillo

$ 20,000.00

FM06016

Suministro de equipo de cómputo a la escuela Jesús González Ortega

12 Alejandrina Arellano Castañeda

20,000.00

FM06017

Suministro de equipo de proyección a la escuela primaria Carlos A. Carrillo

10 José Manuel Arroyo Méndez

20,000.00

Total $

60,000.00

PF-09/06-031 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado para efecto de aclaración, evidencia documental que demuestre el destino del equipo de cómputo y uso que se les da dentro de la institución educativa, lo anterior referente a los cheques antes citados por un importe total de $60,000.00, correspondiente a la acciones denominadas “Suministro de equipo de cómputo a la escuela primaria Adolfo López Mateos”, “Suministro de equipo de cómputo a la escuela Jesús González Ortega” y “Suministro de equipo de proyección a la escuela primaria Carlos A. Carrillo” a fin de que se demuestre documentalmente el destino y aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-22, Observación PF-20 En la acción número FM06027 denominada “Adquisición de internet satelital” el municipio realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición de los cheques números 68 y 70 de fecha 9 de septiembre de 2009

PF-09/06-032 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado facturas originales números 10426 y 10428 de Cybernet y/o Rogelio

Se solventa.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

a nombre de Rogelio Saldivar Duarte por un importe de $18,000.00 $14,000.00 respectivamente, presentando como soporte documental copia fotostática de facturas números 10426 y 10428 de Cybernet y/o Rogelio Saldívar Duarte de fecha 14 de agosto de 2009 por compra de 1 modem satelital y compra de 1 equipo central inalámbrico, 1 amplificador y 1 antena.

Saldívar Duarte por un importe de $18,000.00 y $14,000.00 respectivamente, relativos a la acción denominada “Adquisición de internet satelital”, que permitan corroborar la correcta y transparente aplicación de los recursos.

Resultado PF-23, Observación PF-21 En la acción número FM 06001 denominada “Pago de préstamo contraído con la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado”, el municipio realizó transferencias por un importe de $698,000.00 a las cuentas bancarias números 2569 y 5644 de la institución Banco Mercantil del Norte, S.A. denominadas Municipio de Cañitas de Felipe Pescador las cuales corresponden a Gasto Corriente y a Fonregión respectivamente, sin embargo no se presenta convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas por el préstamo otorgado ni constancias de retención vía participaciones emitidas por la Secretaría de Finanzas que permitan justificar las transferencias realizadas.

PF-09/06-033 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar para efectos de aclaración ante la Auditoría superior del Estado convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado por el préstamo solicitado y constancias de retención vía participaciones emitidas por la misma con la finalidad de justificar la transferencia realizada por un monto de $98,000.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-24, Observación PF-22 El municipio realizó erogaciones en las obras y acciones denominadas “Examen antidoping para elementos de Seguridad Pública”, “Materiales para construcción Eduardo Garay Badillo”, “Materiales de construcción Jairo Alan Esparza M. (topes en Boquilla de abajo)”, “Uniformes deportivos para escuelas del municipio”, “Liquidación a elemento Jorge Alvarado Barrientos”, “Apoyo a Colegio de Bachilleres”, “Computadoras y accesorios de Zacatecas”, “Apoyo para fiestas patronales”, “Apoyo para compra de vestuario”, “Estímulo a la educación (José Manuel Delgado)”, “Apoyo para compra de instrumentos para grupo de danzantes” las cuales no fueron autorizadas por el Cabildo, para su posterior realización con recursos del Fondo IV, demostrando un inadecuado control programático y presupuestal en el ejercicio de los mismos.

PF-09/06-034 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo referente a la programación y presupuestación de los Recursos Federales del Fondo IV, presentar actas de cabildo en las que se consigne nombre y monto aprobado para cada una de las obras y/o acciones autorizadas a realizarse, lo anterior a efecto de tener un mejor control y transparencia en el manejo de estos recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-25, Observación PF-23 Con los recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Materiales para construcción Eduardo Garay Badillo”, para lo cual se efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición del cheque número 50 de fecha 9 de julio de 2009 a nombre de Eduardo Garay Badillo por un importe de $60,000.00, presentando como soporte documental factura número 02464 de Construcciones, Servicios y Materiales D´Garay y/o Ing. Eduardo Garay Badillo de fecha 9 de julio de 2009 por concepto de 600 bultos de cemento. Sin embargo no se presenta documentación técnico social como lo son números generadores, reporte fotográfico y el acta de entrega recepción, así como relación de obras donde se aplicó el cemento y vales de recepción del mismo por parte de los beneficiarios que demuestren la aplicación del material con la finalidad de corroborar la correcta y transparente aplicación del recurso.

PF-09/06-036 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración documentación técnico social consistente en números generadores, reporte fotográfico y acta de entrega recepción, así como relación de obras donde se aplicó el cemento y vales de recepción del mismo por parte de los beneficiarios por el importe de $60,000.00, relativos a la acción denominada “Materiales para construcción Eduardo Garay Badillo”, con la finalidad de corroborar la correcta y transparente aplicación del recurso.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-26, Observación PF-24 Con los recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Materiales de construcción Jairo Alan Esparza M. (topes en Boquilla de Abajo)”, para lo cual se efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición del cheque número 98 de fecha 5 de octubre de 2009 a nombre de Jairo Alan Esparza Monreal por un importe de $2,898.00, presentando como soporte documental factura número 0005 de Los Jairos y/o Jairo Esparza Monreal de fecha 3 de agosto de 2009 por 7 viajes de grava y de arena. Sin embargo no se presenta documentación técnico y social como lo

PF-09/06-037 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración documentación técnica y social consistente en: números generadores, reporte fotográfico y acta de entrega recepción, de las obras en que se aplicó el material adquirido por el importe de $2,898.00, relativos a la acción

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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son: números generadores, reporte fotográfico y acta de entrega recepción, que demuestren documentalmente la aplicación del material en obras del Fondo IV que permita corroborar la correcta y transparente aplicación del recurso.

denominada “Materiales de construcción Jairo Alan Esparza M. (topes en Boquilla de Abajo)”, con la finalidad de corroborar la correcta y transparente aplicación del recurso.

Resultado PF-27, Observación PF-25 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Uniformes deportivos para escuelas del municipio” para lo cual se efectuaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición de varios cheques por el importe total de $113,876.00 presentando como soporte documental facturas de Fábrica de Uniformes Escolares El Sur y/o Hortencia Perales Castruita, Fábrica de Uniformes Escolares Lorena y/o Lorena Vázquez Plascencia y Creaciones el Fénix, S.P.R.DE R.L., por conceptos de uniformes escolares grandes y chicos. Los cheques expedidos se detallan a continuación:

Fecha de Cheque

Número de

Cheque Beneficiario Importe

09/11/09 138 Hortencia Perales

Castruita

$ 15,000.00

11/11/09 142 10,000.00

10/12/09 171 Lorena

Vázquez Plascencia

28,876.00

30/10/09 125 Mayra Garay

Rodríguez

20,000.00

18/10/09 150 40,000.00

Total $ 113,876.00

Sin embargo no se presentan documentos probatorios que amparen la entrega de los uniformes a las instituciones educativas que permitan corroborar el destino y la aplicación de los recursos erogados.

PF-09/06-038 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración, documento suscrito por directivos de las instituciones educativas y funcionarios responsables que amparen la entrega y recepción de los uniformes por un importe total de $113,876.00, relativo a la acción denominada “Uniformes deportivos para escuelas del municipio”, dando así transparencia a la aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-28, Observación PF-26 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Liquidación a elemento Jorge Alvarado Barrientos”, para la cual el municipio efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV

PF-09/06-039 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría Superior del Estado para efectos de aclaración, convenio de

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2009, mediante la expedición del cheque número 147 de fecha 17 de diciembre de 2009 a nombre de Jorge Alvarado Barrientos por un importe de $12,000.00, presentando como soporte documental recibo número 16851 de Tesorería Municipal a favor del beneficiario del cheque. Sin embargo, dicho recibo no indica fecha ni presenta firmas de la Tesorera ni del Síndico Municipal, asimismo no se anexa convenio de separación de mutuo acuerdo y evidencia documental que originó dicha liquidación.

separación del C. Jorge Alvarado Barrientos correspondiente al cheque número 147 por un monto de $12,000.00 de la acción denominada “Liquidación a elemento Jorge Alvarado Barrientos”, a fin de que se demuestre documentalmente la aplicación transparente de los recursos.

PF-09/06-040 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en toda erogación realizada deberá presentar recibos de Tesorería Municipal debidamente requisitados y firmados por los funcionarios municipales responsables.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-041 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-29, Observación PF-27 Con recursos del Fondo VI se realizó la acción denominada “Apoyo a Colegio de Bachilleres”, para la cual se efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante el cheque número 152 de fecha 21 de diciembre de 2009 a nombre de José Ángel Hernández Dávila, Director del Plantel por un importe de $10,000.00, presentando como soporte documental recibo número 16886 de Tesorería Municipal de fecha 21 de diciembre de 2009. Sin

PF-09/06-042 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en toda erogación realizada presentar recibos de Tesorería Municipal debidamente requisitados y firmados por los funcionarios municipales responsables.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-043 Solicitud de Subsiste y por lo tanto

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

embargo el recibo carece de firmas del Presidente Municipal, síndico Municipal y Tesorera Municipal.

Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-30, Observación PF-28 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Computadoras y accesorios de Zacatecas” para la cual se efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante el cheque 122 de fecha 8 de octubre de 2009 a nombre de Computadoras y Accesorios de Zacatecas, S.A. por un importe de $13,118.15. Dentro del soporte documental se exhibe copia fotostática de factura número 25601 de Computadoras y Accesorios de Zacatecas, S.A. de C.V. de fecha 11 de junio de 2008 por compra de insumos para computadoras por un importe de $7,519.00.

PF-09/06-044 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoria Superior del Estado para efectos de aclaración, factura original número 25601 de Computadoras y Accesorios de Zacatecas, S.A. de C.V. de fecha 11 de junio de 2008 por un importe de $7,519.00 relativo a la acción denominada “Computadoras y accesorios de Zacatecas”.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-31, Observación PF-29 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Apoyo para fiestas patronales”, para la cual se efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición del cheque número 2 de fecha 17 de febrero de 2009 a nombre de Gabriel Rodríguez Campos por un importe de $20,000.00, presentando como soporte documental recibo de tesorería municipal número 15067 de fecha 17 de febrero de 2009. Sin embargo el recibo carece de la firma de la Tesorera Municipal, además no se presenta solicitud del apoyo.

PF-09/06-045 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en toda erogación realizada deberá presentar recibos de Tesorería Municipal debidamente requisitados y firmados por los funcionarios municipales responsables.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, ZAC.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

PF-09/06-047 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoria Suprior del Estado para efectos de aclaración, solicitud del apoyo además de copia de identificación del solicitante relativo al cheque número 2 correspondiente a la acción denominada “Apoyo para fiestas patronales”, con la finalidad de corroborar la correcta y transparente aplicación del recurso por un monto de $20,000.00.

Solventa.

Resultado PF-32, Observación PF-30 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Apoyo para compra de vestuario”, para la cual el municipio efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante la expedición del cheque número 59 de fecha 24 de julio de 2009 a nombre de Ricardo Hinojosa Garay por un importe de $30,000.00, presentando como soporte documental factura número 004 de creaciones El Fénix, S.P.R. de R.L. de fecha 9 de enero de 2010 por compra de 45 vestuarios de banda de música de Cañitas por un importe de $23,200.00 faltando de presentar documentación comprobatoria por $6,800.00, así mismo no se presenta solicitud del apoyo ni evidencia del destino del vestuario adquirido.

PF-09/06-048 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $6,800.00, correspondiente a erogaciones sin soporte documental de la cuenta número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, correspondiente al cheque número 59 de fecha 24 de julio de 2009 por un importe de $30,000.00, del cual el municipio presentó documentación comprobatoria por $23,200.00 relativa a la acción denominada “Apoyo para compra de vestuario”. Además de no presentar solicitud del apoyo ni evidencia del destino del vestuario adquirido.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PF-09/06-049 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoría superior del Estado para efectos de aclaración, la solicitud del apoyo y copia fotostática de identificación oficial del solicitante que demuestren el destino y la aplicación de los recursos por un monto de $23,200.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-33, Observación PF-31 Con recursos del Fondo IV se realizó la acción denominada “Estímulo a la educación (José Manuel Delgado)” para la cual el municipio efectuó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante el cheque número 71 de fecha 18 de septiembre de 2009 a nombre de José Manuel Delgado por un importe de $20,000.00, sin presentar la documentación comprobatoria que soporte y justifique la erogación realizada.

PF-09/06-050 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $20,000.00, correspondiente a erogación sin soporte documental de la cuenta número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, correspondiente al cheque número 71 de fecha 18 de septiembre de 2009, del cual el municipio no presentó documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación de los recursos.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-34, Observación PF-32 Con recursos del Fondo IV se realizó de la acción denominada “Apoyo para compra de instrumentos para grupo de danzantes” para la cual el municipio efectuó erogaciones de la cuenta número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante cheque número 9 de fecha 3 de marzo de 2009 a nombre de Manuel Rodríguez Bañuelos por un importe de $6,000.00, de la cual no se presentó documentación comprobatoria que soporte la erogación realizada.

PF-09/06-051 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $6,000.00, correspondiente a erogaciones sin soporte documental de la cuenta número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

denominada Fondo IV 2009, correspondiente al cheque número 9 de fecha 3 de marzo de 2009, del cual el municipio no presentó documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación de los recursos.

PF-09/06-052 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que toda erogación por concepto de apoyo, se deberá anexar al expediente unitario la solicitud del apoyo y copia fotostática de identificación oficial del solicitante que demuestren el destino y la aplicación de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-053 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-35, Observación PF-33 Dentro del Fondo IV se aprobó la acción número FM06003 denominada “Liquidación a elemento de Seguridad Pública” para la cual se realizó erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, mediante el cheque número 57 de fecha 16 de julio de 2009 a nombre de José Ramírez Caldera por un importe de $15,790.00, presentando convenio de separación de mutuo acuerdo. Sin embargo no se anexa el recibo oficial de egresos de Tesorería Municipal.

PF-09/06-054 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que toda erogación por concepto de pago de liquidación, presentar además del convenio de separación de mutuo acuerdo, recibos de Tesorería Municipal debidamente requisitados que permitan verificar la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

erogación de las cuentas bancarias del Municipio.

PF-09/06-055 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-36, Observación PF-34 Dentro del Fondo IV se aprobó la obra número FM06018 denominada “Suministro e instalación de cantera de la Presidencia Municipal”, realizando erogación de la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009 mediante cheque número 13 de fecha 11 de marzo de 2009 a nombre de Alfredo Jacinto Chan Fraire por un importe de $200,000.00, presentando como soporte documental factura número 0298 del mismo por concepto de abono número 2. Sin embargo no se presenta documentación técnica y social, específicamente números generadores de trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que muestre documentalmente la realización la obra.

PF-09/06-056 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar ante la Auditoria Suprior del Estado para efectos de aclaración, documentación técnica y social, específicamente números generadores de trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que muestre documentalmente la realización la obra por un monto de $200,000.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-37, Observación PF-35 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) se detectaron erogaciones con relación a la cuenta bancaria número 0605995626 de la institución Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009 por el orden de $327,420.28, de las cuales el municipio no presenta documentación comprobatoria que soporte su aplicación, con base a la siguiente relación:

Fecha Número de

cheque Importe

18/02/2009 3 $ 50,000.00

PF-09/06-057 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $327,420.28, correspondiente a erogaciones sin soporte documental de la cuenta número 060599562 de la institución Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2009, de la cual el municipio no presentó

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

20/02/2009 5 20,000.00

20/02/2009 6 5,000.00

24/03/2009 14 80,000.00

04/06/2009 30 10,000.00

03/08/2009 62 10,000.00

14/08/2009 65 1,800.00

25/09/2009 77 10,0000.00

01/10/2009 81 20,000.00

01/10/2009 107 4,830.28

05/10/2009 115 23,500.00

15/12/2009 146 22,290.00

18/12/2009 151 70,000.00

TOTAL $327,420.28

documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación del recurso en obras y acciones del Fondo IV.

Resultado PF-38, Observación PF-36 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) se detectaron erogaciones con relación a la cuenta bancaria número 243005035 de la institución Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2008 por el orden de $350,625.06 de las cuales el municipio no presenta documentación comprobatoria que soporte su aplicación, con base a la siguiente relación:

Fecha Número de

cheque Importe

07/01/2009 409 $ 1,600.00

17/01/2009 410 4.588.50

17/01/2009 411 3,500.13

27/01/2009 413 210,000.00

28/02/2009 419 100,000.00

18/03/2009 423 18,291.43

08/05/2009 429 950.00

08/05/2009 434 10,195.00

08/05/2009 426 1,500.00

TOTAL $350,625.06

PF-09/06-0058 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará y emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $350,625.06, correspondiente a erogaciones sin soporte documental de la cuenta número 243005035 de la institución Banco Mercantil del Norte S.A. denominada Fondo IV 2008, de la cual el municipio no presentó documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación del recurso.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-39, Observación PF-37 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Fondo IV, se determinó faltante de documentación técnica y social consistente en: acta constitutiva del comité de obra, convenio de concertación, reporte fotográfico, auxiliar de obra, números generadores, recibos de entrega de recursos al comité de obra y

PF-09/06-059 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos provenientes del Fondo IV por lo que se

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

copia fotostática de identificación oficial del presidente y tesorero del comité de obra.

refiere a los aspectos técnico y social, lo anterior para que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-060 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-40, Observación PF-38 Dentro los recursos provenientes del Fondo IV, el municipio presenta pólizas que no contienen los registros contables correspondientes y carecen de firmas de quien elabora, revisa y autoriza. Asimismo, omite anexar pólizas de egresos emitidas por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG).

PF-09/06-061 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo sucesivo elabore pólizas y que deben contener en la misma los registros contables correspondientes y con firmas de quien elabora, revisa y autoriza. Asimismo, debe anexar pólizas de egresos emitidas por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG).

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-062 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-41, Observación PF-39 Como resultado de la revisión al análisis de pasivos, se detectó que el municipio omitió el registro de los mismos en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y en algunos casos los registros corresponden a un importe inferior a los pagos realizados según la documentación comprobatoria correspondiente dentro de la vertiente de Obligaciones Financieras, infringiendo lo establecido en los artículos 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal , 96, fracción VI, 164, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio y los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental respectivos.

PF-09/06-063 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para la aplicación de los recursos del Fondo IV dentro del rubro de Obligaciones Financieras, se realice el debido registro de los pasivos correspondientes, realizando la amortización respectiva de los mismos conforme a la normatividad establecida. De igual forma, registrar los adeudos con cifras reales y que correspondan al soporte documental de las mismas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-064 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-42, Observación PF-40 Como resultado de la revisión al análisis de pasivos, se detectó que el municipio omitió la amortización en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), por un importe de $83,333,33, por concepto de la acción número FM06001 denominada “Pago de préstamo contratado con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado” con recursos del Fondo IV dentro de la vertiente de Obligaciones Financieras.

PF-09/06-065 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para la aplicación de los recursos del Fondo IV dentro del rubro de Obligaciones Financieras, se realice la amortización respectiva de los mismos en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, ZAC.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

(SACG) conforme a la normatividad establecida, con el fin de reflejar cifras reales en los Estados Financieros del municipio.

PF-09/06-066 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-43, Observación PF-41 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del ejercicio fiscal 2009, se detectó incongruencia entre la información presentada por las direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, específicamente en las vertientes de Obligaciones Financieras, Seguridad Pública, Infraestructura Básica y Adquisiciones.

PF-09/06-067 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras reales y precisas en las Direcciones de Tesorería y de Desarrollo Económico y Social, conciliando periódicamente las operaciones entre ambas áreas, de manera que se muestre confiabilidad de la información emitida y en la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-068 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, ZAC.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

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RAMO 20 FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-44, Sin Observación Se revisaron recursos del Programa FONREGION por un monto de $2,550,000.00, que corresponden a la muestra de cuatro obras denominadas “Realización de pozo para agua potable en Cañitas el viejo y el Porvenir”, “Tanques elevados para las comunidades de Enrique Estrada y El Saucito”, “1,400 m. de ampliación de drenaje en la boquilla de abajo” y “Ampliación y modernización de boulevard cabecera municipal”, para realizar la revisión documental, aprobadas en las vertientes de Agua Potable, Alcantarillado y Urbanización Municipal. De lo anterior se erogó el 80.18% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-45, Observación PF-42 De la revisión a los expedientes unitarios de la muestra de obra del Programa FONREGION, se observó faltante de documentación en la parte técnica y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada, consistente en: acta constitutiva del comité de obra, convenio de concertación, croquis de localización de la obra, croquis del proyecto, recibos de entrega de recursos al comité de obra e identificación oficial del presidente(a) y tesorero(a) del comité de obra.

PF-09/06-069 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes de obras realizadas con recursos del Programa FONREGION por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-070 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendentes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO 23

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-46, Sin Observación Se revisaron recursos del Ramo 23 por un monto de $2,062,797.00, que corresponden a la muestra de dos obras para realizar la revisión documental, aprobadas en la vertiente de Urbanización Municipal. De lo anterior se erogó el 99.38% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-47, Observación PF-43 De la revisión a los expedientes unitarios de la muestra de obra del Ramo 23, se observó faltante de documentación en la parte técnica y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada, consistente en: acta constitutiva del comité de obra, convenio de concertación, croquis de localización de la obra, croquis del proyecto, recibos de entrega de recursos al comité de obra, identificación oficial del presidente(a) y tesorero(a) del comité de obra.

PF-09/06-071 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes de obras realizadas con recursos del Ramo 23 por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/06-072 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendentes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Suprior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Observación OP-01 Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2009, se asignó un monto de $400,000.00; al mes de diciembre del 2009, se ejerció la cantidad de $185,220.95; presentando un sub ejercicio del 69.13%. Así mismo según el informe del mes de diciembre presentado por el municipio de las 9 obras programadas 6 fueron terminadas y 3 no se iniciaron, por lo que deriva en incumplimiento en la programación y ejecución del Programa Municipal de Obras.

OP-09/06-001 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en base al presupuesto aprobado para el Programa Municipal de Obras realizar una adecuada programación y presupuestación en su ejercicio de acuerdo como se indica en la calendarización mensual, indicada en dicho programa respetando el monto destinado para obra pública, como se establece en el artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio (LOM).

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado OP-02, Observación OP-02 El municipio no presentó Actas de Cabildo certificadas donde se aprueban los informes mensuales de obras públicas del periodo de febrero a diciembre, así como la aprobación del monto total ejercido en este rubro.

OP-09/06-002 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en lo sucesivo presente ante el Cabildo en tiempo y forma los informes mensuales de obra pública (cuenta 6000), anexando cada una de las modificaciones efectuadas, los montos originales, aprobados y los modificados para cada una de las obras; procedimiento que deberá realizarse de manera coordinada entre la Dirección de Obras Públicas y la Tesorería Municipal, Lo anterior en base a lo establecido en los artículos 49 fracción XV y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-03, Observación OP-03 El gasto de obra pública, informado como

OP-09/06-004 Recomendación Se recomienda a la administración

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ejercido por el Director de Obras y Servicios Públicos dentro de los meses enero-diciembre presenta diferencias entre lo informado por la Tesorería Municipal, por $2,432.03.

Municipal que en lo sucesivo realice la conciliación correspondiente entre la Tesorería Municipal y Obras y Servicios Públicos, con el fin de prevenir errores en la información presentada en los Informes Físico-financieros respecto a los gastos efectuados para el Programa Municipal de Obras, asimismo sean presentados al Cabildo para la verificación de los avances. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-04, Observación OP-04 Para la obra "Mantenimiento y conservación de calles, cabecera municipal", se ejerció un monto de $46,646.76 dentro de los cuales se programó para su revisión las obras de “Aportación para la fachada del parque infantil”, “Obra en el lienzo charro”, “Dog aut del campo de beis bol”, “Iglesia de la Quemada” y “Monumento del municipio”. Durante la revisión física del día 1 de septiembre de 2010 las obras se encontraron terminadas y operando, mismas que no corresponden al rubro de la obra en cuestión. Derivado de la revisión documental se constató la liberación del recurso con la factura 3184 de fecha 20 de enero de 2009.

OP-09/06-005 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada dado que las obras realizadas no corresponden con el rubro de la obra "Mantenimiento y conservación de calles, cabecera municipal", para que en lo sucesivo ejerza el recurso para lo que fue programado y someta a aprobación ante Cabildo, el cambio de tipo de obra, mismas que deberá enlistar como obras definidas en dicho programa, reportando los insumos en los auxiliares de cada obra según corresponda.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 20 (veinte) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-05, Observación OP-05 Durante la revisión física de las 20 obras que constituyeron la muestra seleccionada, se observó que el Municipio ejecutó 11 obras por administración directa y 9 obras por contrato, de las cuales no presentaron las fianzas de anticipo, vicios ocultos y fianzas para garantizar el cumplimiento del contrato, siendo estas las siguientes:

No. NOMBRE DE LA OBRA UBICACIÓN

6005

Ampliación de la red de drenaje en calle Luis Moya, entre avenida oriente y avenida Emiliano Zapata.

cabecera municipal

6006

Ampliación de red de drenaje en avenida Aguascalientes entre Hermosillo y calle sin nombre.

cabecera municipal

6007 Ampliación de red de drenaje en avenida Emiliano Zapata entre Hermosillo y Mazatlán.

cabecera municipal

6008

Ampliación de la red de drenaje en Sinaloa, entre 16 de septiembre y Josefa Ortiz de Domínguez, rehabilitación en Sinaloa entre Josefa Ortiz de Domínguez y Luis Moya, rehabilitación en calle Josefa Ortiz de Domínguez entre Sinaloa y Deportiva.

cabecera municipal

6009

Rehabilitación de red de drenaje en avenida Ignacio Zaragoza entre Morelos y Sur 3 y ampliación de red de drenaje en calle sur 3 entre Zaragoza y Diagonal.

cabecera municipal

6021

Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación ubicado en avenida Deportiva.

cabecera municipal

6022

Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación ubicado en avenida Felipe Ángeles.

cabecera municipal

6023

Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación ubicado en avenida Álvaro Obregón, Justo Sierra norte y Zaragoza en barrio Azul.

cabecera municipal

6024

Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación ubicado en barrio Loma Verde.

cabecera municipal

OP-09/06-006 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en cada una de las obras que se ejecuten bajo la modalidad de contrato, solicite a las empresas constructoras; las fianzas para garantizar la debida aplicación del anticipo y cumplimiento del contrato y al término de la obra durante la entrega-recepción la fianza de vicios ocultos, tal como lo establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y se integren al expediente unitario.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-06, Observación OP-06 Para la obra "Construcción de banquetas en calle 12 de Octubre entre Ponciano Arriaga y Vicente Guerrero, Cabecera Municipal", se aprobó un monto de $42,328.00, para la pavimentación de 448.00 m2 en área de banquetas en una cuadra de la calle 12 de Octubre. Durante la revisión física realizada el día 31 de Agosto de 2010, la obra se encontró inconclusa, faltando la construcción de 48.00 m2 de banqueta, así mismo se observó que los beneficiarios cuentan con el material para su realización, ya que a ellos según el Convenio de Concertación les correspondió la aportación de mano de obra. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el recurso mediante la póliza 47 de fecha 22 de diciembre de 2009 por un monto de $22,200.00 y 81 de fecha13 abril de 2010 por un monto de $11,544.00 respaldadas por las facturas No. 81066 con fecha 23 de diciembre de 2009 y 521 de fecha 13 de abril respectivamente.

OP-09/06-008 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada realice las acciones que considere necesarias ante quién corresponda para que se termine y sea puesta en operación a la brevedad la obra "Construcción de banquetas en calle 12 de Octubre entre Ponciano Arriaga y Vicente Guerrero, Cabecera Municipal", presentando a la Auditoría Superior del Estado, acta de sitio donde intervenga el Contralor, acta de entrega-recepción, evidencia fotográfica y demás documentación necesaria como constancia de su cumplimiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-07, Observación OP-07 Para la obra "Construcción de banquetas en Av. Ignacio Allende entre calle Agricultura y Enrique Estrada, cabecera municipal", se aprobó un monto de $44,713.00, para la pavimentación de 448.00 m2 en área de banquetas en una cuadra de la Av. Ignacio Allende. Durante la revisión física realizada el día 31 de Agosto de 2010, la obra se encontró inconclusa, faltando la construcción de 56.00 m2 de banqueta, así mismo se observó que los beneficiarios cuentan con el material para su realización, ya que a ellos según el Convenio de Concertación les correspondió la aportación de mano de obra. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el recurso mediante la póliza 54 de

OP-09/06-010 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada realice las acciones que considere necesarias ante quién corresponda para que se termine y sea puesta en operación a la brevedad la obra "Construcción de banquetas en Av. Ignacio Allende entre calle Agricultura y Enrique Estrada, cabecera municipal", presentando a la Auditoría Superior del Estado, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor Municipal, acta de entrega-recepción, evidencia fotográfica y demás documentación necesaria como constancia de su cumplimiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fecha 22 de diciembre de 2009 por un monto de $23,400.00 y 98 de fecha 20 mayo de 2010 por un monto de $12,213.65 respaldadas por las facturas 81066 con fecha 23 de diciembre de 2009 y 525 de 20 de mayo respectivamente.

OP-09/06-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-08, Observación OP-08 Para la obra "Construcción de banquetas en avenida Justo Sierra, entre calles Tepic y San Luís en la cabecera municipal", se aprobó un monto de $53,109.00, para la construcción de 425.00 m2 de banqueta de concreto simple de 10 cm de espesor. Durante la revisión física realizada el día 31 de agosto del 2010, la obra se encontró sin terminar, se observó un volumen de obra de 339.55 m2 de banqueta, faltando 85.45 m2 de construcción presentando una diferencia entre el volumen pagado contra el ejecutado por un importe de $10,677.75. Derivado de la revisión documental se constató la liberación parcial del recurso mediante pólizas 56 y 103 de fechas 22 de diciembre de 2009 y 20 de mayo de 2010 por montos de $29,200.00 y $15,247.50, con las facturas 81063 y 523 de San José y Ferretería y Materiales El Ferrocarril, por las mismas cantidades respectivamente. Asimismo el expediente unitario contiene dos listas de raya por un monto de $6,639.50 cada una.

OP-09/06-012 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada para efecto de aclaración presente documentación de que la obra "Construcción de banquetas en avenida Justo Sierra, entre calles Tepic y San Luís en la cabecera municipal", ya ha sido terminada, ya que en la revisión se detectó que presenta conceptos pendientes por ejecutar por un monto de $10,677.75, correspondientes a 85.45 m2 de construcción de banqueta concreto simple de 10 cm de espesor, así mismo presente las evidencias de que la obra ha sido terminada conforme al proyecto aprobado y se encuentra en operación.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado OP-09, Observación OP-09 Para la obra "Pavimento a base de concreto hidráulico en avenida Javier Mina, entre calles 16 de septiembre y Josefa Ortiz de Domínguez, barrio Azules en la cabecera municipal", se aprobó un monto de $225,598.00, para la construcción de 1,310.00 m2 de losa de concreto simple f´c=200 kg/cm2 de 15 cm de espesor. Durante la revisión física realizada el día 31 de agosto del 2010, la obra se encontró sin

OP-09/06-013 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada para efecto de aclaración presente documentación de que la obra "Pavimento a base de concreto hidráulico en avenida Javier Mina, entre calles 16 de septiembre y Josefa Ortiz de Domínguez, barrio Azules en la

Se solventa

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

terminar, se observó un área pavimentada de 1,289.67 m2 faltando 20.33 m2 de pavimento a base de concreto simple f´c=200 kg/cm2 con espesor de 15 cm por un importe de $3,501.08. Derivado de la revisión documental se constató la liberación parcial del recurso mediante las pólizas 50, 110, 111 y 114, de fechas 22 de diciembre de 2009, 10 de junio, 24 de junio y 13 de julio de 2010 por montos de $137,560.00, $10,000.00, $10,000.00 y $4,900.00, con la factura 81056 de materiales San José, por la cantidad de $137,500.00 y 6 listas de raya por un monto de $81,300.00.

cabecera municipal", ya ha sido terminada, ya que en la revisión se detectó que presenta conceptos pendientes por ejecutar por un monto de $3,501.08, correspondientes a 20.33 m2 de pavimento a base de concreto simple f´c=200 kg/cm2 con espesor de 15 cm, así mismo presente las evidencias de que la obra ha sido terminada conforme al proyecto aprobado y se encuentra en operación.

Resultado OP-10, Observación OP-10 Para la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Deportiva, cabecera municipal"; se aprobó un monto de $184,209.00, para el suministro y colocación de 4 postes de concreto 12-750, 1 transformador de 15 kva, 1 control de alumbrado, 4 luminarias OV15 de 100 w, proyecto y trámites ante CFE. Durante la revisión física realizada el 31 de agosto de 2010, la obra se encontró terminada sin operar, faltando por realizar el proyecto y trámites ante CFE por la cantidad de $6,970.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 22, 29, 33 y 84 de fechas 26 de agosto, 12 y 22 de octubre de 2009 y 15 de abril de 2010 por los montos de $98,240.00, $61,412.00, 15,000.00 y $9,557.00, con las facturas 403, 405, 441 y 358 Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan, por las mismas cantidades.

OP-09/06-014 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $6,970.00, por conceptos pagados no realizados en la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Deportiva, cabecera municipal", correspondientes a el proyecto y trámites ante CFE, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra se encuentra en operación, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado OP-11, Observación OP-11 Para la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Felipe Ángeles, cabecera municipal"; se aprobó un monto de $172,724.00, para el suministro y colocación de 6 postes de concreto 12-750, 1 transformador de 15 kva, 1

OP-09/06-015 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

control de alumbrado, 3 luminarias OV15 de 100 w, proyecto y trámites ante CFE. Durante la revisión física realizada el 31 de agosto de 2010, la obra se encontró terminada sin operar, faltando por realizar el proyecto y trámites ante CFE por la cantidad de $6,970.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 23, 30, 33 y 85 de fechas 26 de agosto, 12 y 22 de octubre de 2009 y 15 de abril de 2010 por los montos de $92,119.00, $65,493.58, $10,000.00 y $5,111.42, con las facturas 391, 406, 447 y 360 Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan, por las mismas cantidades.

Pescador, Zac., por la cantidad de $6,970.00, por conceptos pagados no realizados en la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Felipe Ángeles, cabecera municipal", correspondientes a el proyecto y trámites ante CFE, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra se encuentra en operación, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

Resultado OP-12, Observación OP-12 Para la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Álvaro Obregón, Justo Sierra Norte y Zaragoza, en barrio Azul, cabecera municipal"; se aprobó un monto de $340,303.00, para el suministro y colocación de 11 postes de concreto 12-750, 2 postes de concreto 9-450, 1 transformador de 15 kva, 1 control de alumbrado, 8 luminarias OV15 de 100 w, proyecto y trámites ante CFE. Durante la revisión física realizada el 31 de agosto de 2010, la obra se encontró terminada sin operar, faltando por realizar el proyecto y trámites ante CFE por la cantidad de $8,200.00 Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 21, 33, 37 y 86 de fechas 24 de agosto, 9 y 22 de octubre de 2009 y 15 de abril de 2010 por los montos de $181,495.00, $120,996.84, $30,000.00 y $7,811.16, con las facturas 394, 398, 444 y 361 Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan, por las mismas cantidades.

OP-09/06-016 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $8,200.00, por conceptos pagados no realizados en la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en avenida Álvaro Obregón, Justo Sierra Norte y Zaragoza, en barrio Azul, cabecera municipal", correspondientes a el proyecto y trámites ante CFE, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra se encuentra en operación, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado OP-13, Observación OP-13 Para la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación,

OP-09/06-017 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ubicado en barrio Loma Verde, cabecera municipal"; se aprobó un monto de $206,887.00, para el suministro y colocación de 6 postes de concreto 12-750, 1 transformador de 15 kva, 1 control de alumbrado, 4 luminarias OV15 de 100 w, proyecto y trámites ante CFE. Durante la revisión física realizada el 31 de agosto de 2010, la obra se encontró terminada sin operar, faltando por realizar el proyecto y trámites ante CFE por la cantidad de $6,970.00 Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 20, 32, 33 y 87 de fechas 25 de agosto y 12 y 22 de octubre de 2009 y 15 de abril de 2010 por los montos de $110,340.00, $73,560.00, 15,000.00 y $7,987.00, con las facturas 404, 397, 449 y 362 Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan, por las mismas cantidades.

emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $6,970.00, por conceptos pagados no realizados en la obra "Extensión de red eléctrica secundaria para alimentar casas habitación, ubicado en barrio Loma Verde, cabecera municipal", correspondientes a el proyecto y trámites ante CFE, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra se encuentra en operación, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-14, Observación OP-14 Para la obra "Suministro e instalación de cantera de la presidencia municipal, cabecera municipal" se aprobó un monto de $277,261.30 para 32.78 m2 de chapa que recubrirá la parte superior de arcos debajo de cornisa en perfiles, 4 piezas de recubrimiento de pilastras de 0.72X0.72X1.60 m de altura, 97.50 m de cornisa superior en todo el perímetro de la obra en pretiles y 28 portadas en pórtico central planta alta en obra inferior de 2.10 m de alto X 1.10 m de ancho. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre de 2010, se observó el recubrimiento de cantera en la fachada y parte interior, sin embargo no se pudo identificar las 4 piezas de recubrimiento de pilastras de 0.72X0.72X1.60 m de altura y las 28 portadas en pórtico central planta alta en obra inferior de 2.10 m de alto X 1.10 m de ancho, ya que la cantera instalada no coincide con estos conceptos ni con las medidas proporcionadas, así mismo existe diferencia entre lo pagado contra lo ejecutado de 10.80 m de cornisa superior en todo el perímetro de la obra en pretiles por la cantidad de $10,310.11. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 13 y 27 de fechas 11 de marzo y 13 de mayo de 2009 por los montos de $200,000.00 y $77,261.30, con las facturas 298 y 304 de Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan por las mismas cantidades.

OP-09/06-018 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $10,310.11, por conceptos pagados de más en la obra "Suministro e instalación de cantera de la presidencia municipal, cabecera municipal", correspondientes a 10.80 m de cornisa superior en todo el perímetro de la obra en pretiles, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de la reintegración del recurso a la Tesorería Municipal del concepto pagado de más o en su caso de los cambios realizados al presupuesto, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

OP-09/06-019 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada para efecto de aclaración presentar ante la Auditoría Superior del Estado el soporte documental: factura, estimaciones y números generadores de los trabajos realizados por un monto de $266,951.19, así como reporte fotográfico del proceso constructivo del suministro y colocación de cantera, con el fin de verificar los trabajos realmente ejecutados en la obra.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado OP-15, Observación OP-15 Para la obra "Empastado de campo de beis bol, cabecera municipal" se aprobó un monto de $45,000.00 para el suministro y colocación de 1,285.72 m2 de pasto kikuyo.

OP-09/06-020 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada realice las acciones que considere necesarias ante quien corresponda para que se lleve a cabo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Durante la revisión física realizada el día 31 de agosto de 2010, la obra se encontró terminada y en operación con el suministro de los 1,285.72 m2 programados, sin embargo existe un área de 13.00 m X 10.00 m que presenta pasto seco, por un monto de $4,550.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 36 y 60 de fechas 9 de junio y 24 de julio de 2009 por los montos de $25,000.00 y $20,000.00, con respaldo de las facturas 194 y 197 de Vivero Lo-Lis por las mismas cantidades.

el mantenimiento de la obra "Empastado de campo de beis bol, cabecera municipal", y cumpla con el fin con el que fue programada, presentando a la Auditoria Superior del Estado, acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal, evidencia fotográfica que compruebe su rehabilitación, y demás documentación necesaria como constancia de su cumplimiento.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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FONDO REGIONAL (FONREGION) 2008 ejercido en 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-16, Observación OP-16 Durante la revisión física de las 5 obras que constituyeron la muestra seleccionada, se observó que el Municipio ejecutó 3 obras por administración directa 2 obras por contrato, de las cuales no presentaron las fianzas de anticipo, vicios ocultos y fianzas para garantizar el cumplimiento del contrato, siendo estas las siguientes: Relocalización de pozo para agua potable en Cañitas Viejo y el Porvenir. Ampliación y modernización de boulevard, cabecera municipal.

OP-09/06-022 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en cada una de las obras que se ejecuten bajo la modalidad de contrato, solicite a las empresas constructoras; las fianzas para garantizar la debida aplicación del anticipo y cumplimiento del contrato y al término de la obra durante la entrega-recepción la fianza de vicios ocultos, tal como lo establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y se integren al expediente unitario.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-17, Observación OP-17 Para la obra "1,400.00 m de ampliación de drenaje en la comunidad de Boquilla de Abajo", se aprobó un monto de $483,261.00, para el suministro y colocación de 1,400.00 ml de tubería PVC de 8 pulgadas para alcantarillado. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre del 2010, la obra se encontró sin terminar, se observó el suministro y colocación de 1,386.90 metros de tubería PVC de 8 pulgadas de diámetro para alcantarillado y la construcción de 15 pozos de visita de 1.50 metros de profundidad con aplanado interior, cabe hacer mención que se adquirió la cantidad de 1,477.41 m de tubería faltando la colocación de 90.51 y la construcción de 2 pozos de visita por

OP-09/06-024 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $24,676.01, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "1,400.00 m de ampliación de drenaje en la comunidad de Boquilla de Abajo", correspondientes a 90.51 metros de tubería de PVC y la construcción de 2 pozos de visita, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que los conceptos pagados fueron realizados, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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FONDO REGIONAL (FONREGION) 2008 ejercido en 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

un importe de $24,676.01. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 6, 54, 57 y 59, de fechas 17 de febrero, 12 de noviembre y 18 de diciembre de 2009 y 9 de febrero de 2010 por los montos de $300,000.00, $40,000.00, $70,000.00 y $73,261.00, con las facturas 3217, 3667, 3731 y 3810 de Construcciones, Servicios y Materiales D´Garay, por las mismas cantidades.

la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

Resultado OP-18, Observación OP-18 Para la obra "Ampliación y modernización de boulevard, cabecera municipal" se aprobó un monto de $1,000,000.00 para el despalme, cortes, base, subrasante, arrope de talud, guarniciones en camellón y banquetas y rampas. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre de 2010, la obra se encontró terminada y en operación, sin embargo en la comparativa de volúmenes cuantificados contra los reportados en el presupuesto base, se observó la diferencia de 698.00 m3 de subrasante por $60,202.50, 241.00 m3 de arrope de talud por $6,928.75, 17.42 m3 de guarniciones en camellón por $36,059.40 y 75.38 m3 de banquetas y rampas por $156,036.60, por un monto de $259,227.25. Cabe hacer mención que la comparativa de volúmenes de obra se realizó tomando como referencia el presupuesto base ya que no se integraron estimaciones ni números generadores al expediente unitario de obra. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas 15, 18, 21, 26, 27, 28 y 29 de fechas 16, 18 y 26 de marzo, 3, 14, 18, y 28 de abril de 2009 por los montos de $50,000.00, $200,000.00, $200,000.00, $100,000.00, $100,000.00, $200,000.00 y $150,000.00, con las facturas 173 y 174 de fechas 26 de

OP-09/06-025 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac., por la cantidad de $259,227.25, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Ampliación y modernización de boulevard, cabecera municipal", correspondientes a 698.00 m3 de subrasante, 241.00 m3 de arrope de talud, 17.42 m3 de guarniciones en camellón y 75.38 m3 de banquetas y rampas, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que los conceptos pagados fueron realizados, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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FONDO REGIONAL (FONREGION) 2008 ejercido en 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

marzo y 28 de abril de 2009 de Constructora IVVI por las cantidades de $450,000.00 y $550,000.00 respectivamente.

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FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-19, Observación OP-19 Durante la revisión física de 3 obras que constituyeron la muestra seleccionada, se observó que el Municipio las ejecutó por contrato, las cuales no presentaron las fianzas de anticipo, vicios ocultos y fianzas para garantizar el cumplimiento del contrato, siendo estas las siguientes: Construcción de ampliación 1a etapa del DIF municipal, cabecera municipal. Construcción de ampliación 2a etapa del DIF municipal, cabecera municipal. Construcción de auditorio en escuela secundaria técnica No. 26, cabecera municipal.

OP-09/06-026 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en cada una de las obras que se ejecuten bajo la modalidad de contrato, solicite a las empresas constructoras; las fianzas para garantizar la debida aplicación del anticipo y cumplimiento del contrato y al término de la obra durante la entrega-recepción la fianza de vicios ocultos, tal como lo establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y se integren al expediente unitario.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-20, Observación OP-20 Las obras: Construcción de ampliación 1a etapa del DIF municipal, cabecera municipal. Construcción de ampliación 2a etapa del DIF municipal, cabecera municipal. Construcción de auditorio en escuela secundaria técnica no. 26, cabecera municipal. Fueron realizadas con recursos del Ramo 23 ejercicio 2009 según declaración verbal del Director de Desarrollo Económico y Social, sin embargo no se exhibe documentación alguna que constate el origen de los recursos para estas obras, como lo es el convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas el cual indique el monto y obras aprobadas para el Fonregión, oficios de aprobación respectivos e informes

OP-09/06-028 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada para efecto de aclaración presentar ante la Auditoría Superior del Estado la documentación suficiente y competente con el fin de aclarar el origen de los recursos utilizados para la realización de estas obras presentando: convenio, oficios de aprobación, informes mensuales, así como demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

OP-09/06-029 Recomendación Se recomienda a la Entidad Fiscalizada que en lo sucesivo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

mensuales para este Fondo.

realice y presente ante el Cabildo y el Consejo de Desarrollo Municipal en tiempo y forma los informes mensuales de los diversos programas federales que ejecute el municipio, los cuales incluyan nombre de la obra, inversiones aprobadas, ejercidas y acumuladas y avances físicos entre otros, procedimiento que deberá realizarse de manera coordinada entre la Dirección de Desarrollo Económico y Social y la Tesorería Municipal.

Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/06-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-21, Observación OP-21 Para la obra "Construcción de ampliación 2a etapa del DIF municipal, cabecera municipal" se aprobó un monto de $914,298.00 para la construcción de piso en banquetas a base de concreto f'c=150 kg/cm2, suministro y colocación de piso de loseta cerámica de primera calidad, suministro y colocación de zoclo de loseta cerámica, impermeabilización de losa de azotea con aplicación de una capa de sellador asfáltico, suministro y aplicación de pintura vinílica en muros y plafones, suministro e instalación de puertas a base de tubular, suministro e instalación de ventana a base de tubular, suministro y colocación de puerta de intercomunicación tipo tambor, suministro y colocación de mamparas de aluminio en sanitarios y suministro y colocación de vigas de madera en corredores. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre de 2010, la obra se encontró terminada, sin embargo en la comparativa de volúmenes cuantificados contra los reportados en las estimaciones se observó la diferencia de

OP-09/06-031 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac, por la cantidad de $29,846.16, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de ampliación 2a etapa del DIF municipal, cabecera municipal", correspondientes a 17.43 m2 de piso en banqueta a base de concreto f'c=150 kg/cm2 de 10 cm de espesor, 56.88 m suministro y colocación de zoclo de loseta de cerámica, 1 pieza de suministro e instalación de puerta a base de tubular, 1 pieza de suministro y colocación de puerta de intercomunicación tipo tambor, 78.00 m de suministro y colocación de vigas de madera en corredores, debiendo presentar la Entidad

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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17.43 m2 de piso en banqueta a base de concreto f'c=150 kg/cm2 de 10 cm de espesor por un monto de $3,544.74, 56.88 m suministro y colocación de zoclo de loseta de cerámica por $3,587.42, 1 pieza de suministro e instalación de puerta a base de tubular por $7,000.00, 1 pieza de suministro y colocación de puerta de intercomunicación tipo tambor por $3,000.00, 78.00 m de suministro y colocación de vigas de madera en corredores por $12,714.00, así mismo en estimaciones se cobran 39 ventanas a base de tubular por la cantidad de $75,173.28 las cuales fueron cambiadas por 17 ventanas de aluminio sección 0.42X0.47 m y 5 ventanas de aluminio sección 1.5 X2.10 m, no contempladas en el presupuesto, por un monto total de $29,846.16. Derivado de la revisión documental no se constató la liberación del recurso ya que no se integro póliza alguna, anexando las facturas 335, 337 y 341 de fechas 24 de abril, 10 y 5 de junio de 2009 de Diseños arquitectónicos y construcciones Chan por las cantidades de $355,000.00, $400,000.00 y $154,727.10. Cabe señalar que el monto de esta obra se fraccionó para adjudicarla bajo la modalidad de adjudicación directa, al constructor Ing. Alfredo Jacinto Chan Fraire, ya que inicialmente adjudicó la obra por un monto de $1,232,797.00 (1er etapa) y posteriormente por $914,298.00 (2da etapa), por lo que se debió llevar a cabo por licitación pública por estar comprendida dentro de los montos máximos y mínimos que marca la normatividad.

Fiscalizada elementos probatorios de que los conceptos pagados fueron realizados, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

OP-09/06-032 Solicitud de Aclaración Por lo que se solicita a la Entidad Fiscalizada aclare con respecto al cambio de 39 ventanas a base de tubular por la cantidad de $75,173.28 por 17 ventanas de aluminio sección 0.42X0.47 m y 5 ventanas de aluminio sección 1.5 X2.10 m, presentando a la Auditoria Superior del Estado presupuesto real, estimaciones con el desglose de los conceptos ejecutados, bitácora de la obra, números generadores, así como demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

OP-09/06-033 Promoción Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, al Presidente Municipal; Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, al Director de Desarrollo Económico y Social, MCD Sergio Carvajal Garamendi, por fraccionar el monto y no llevar el proceso de Licitación Pública en la obra "Construcción de ampliación del DIF municipal, cabecera municipal (1a. y 2a. Etapa)”, al constructor Ing. Alfredo Jacinto Chan Fraire, ya que inicialmente adjudicó la obra por un

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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monto de $1'232,797.00 (1er etapa) y posteriormente por $914,298.00 (2da etapa), para que el monto total no quedara comprendido dentro de los montos máximos y mínimos que marca la normatividad para licitarla públicamente, por no presentar la documentación del proceso de adjudicación de la obra, por no implementar la bitácora de obra, incumpliendo lo establecido en el artículos 27, 43, 44, 48 fracciones I y II, 64, 66 de la Ley de Obras y Servicios Públicos y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), y artículo 78 fracción III del Reglamento de la misma Ley, anexo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-22, Observación OP-22 Para la obra "Construcción de auditorio en escuela secundaria técnica No. 26, cabecera municipal" se aprobó un monto de $830,000.00 para la cimentación de mampostería de piedra brasa de la región, cadena de desplante de 20X30 cm armada con 5 varillas del no. 3, cadena intermedia y de cerramiento f'c=200kg/cm2, armado y colado de zapatas de 1.00X1.00 m., armado y colado de dados de 40X40 cm con varilla de 5/8 y muro de block hueco pesado de 15 cm. Durante la revisión física realizada el día 1 de septiembre de 2010, la obra se encontró terminada, sin embargo en comparativa de volúmenes cuantificados contra los reportados en las estimaciones se detecta el pago de más de 194.00 m de cadena intermedia y de cerramiento f'c=200kg/cm2 por un monto de $38,606.00 y 460.02 m2 de muro de block hueco pesado de 15 cm, por $83,723.64, por un monto total de $122,329.64. Derivado de la revisión documental no se

OP-09/06-034 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zac, por la cantidad de $122,329.64, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de auditorio en escuela secundaria técnica no. 26, cabecera municipal", correspondientes a 194.00 m de cadena intermedia y de cerramiento f'c=200kg/cm2 y 460.02 m2 de muro de block hueco pesado de 15 cm, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que los conceptos pagados fueron realizados, exhibiendo reporte fotográfico, acta de entrega-recepción y/o acta circunstanciada en la cual participe el Contralor

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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constató la liberación del recurso ya que no se integró póliza alguna, anexando las facturas 388, 390 y 392 de fechas 17 de junio, 5 de agosto y 24 de octubre de 2009 de Diseños Arquitectónicos y Construcciones Chan por las cantidades de $265,123.00, $332,000.00 y $220,000.00.

Municipal, como constancia de que ha dado cumplimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

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Resultado OP-23, Observación OP-23 Se observa que el Relleno Sanitario del municipio cumple en un 57.9 % con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un Relleno Sanitario, el cual se ubica en los límites del área urbana ocupando 2 hectáreas aproximadamente. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que carece de cerca perimetral, caseta de vigilancia, bascula, agua potable, drenaje, franja de amortiguamiento, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos.

OP-09/06-035 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RASTRO MUNICIPAL

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Resultado OP-24, Observación OP-24 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 73.1% de las normas antes descritas. Adicionalmente, carece de la documentación reglamentaria tal como reglamento interior, con respecto a la infraestructura básica, carece de área de desangrado adecuada, corral de recepción, corral de cuarentena, corral ante morten, cajón de insensibilización, no cuenta con incinerador, cerco perimetral seguro, firme y confiable para el control de accesos y salidas, drenaje con red independiente para desechos orgánicos.

OP-09/06- 036 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

Abreviaciones:

Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2009 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

22 1 21 F.R.R. 21

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

7 - - - 7

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

46 0 46 O.I.C. 46

Solicitud De Aclaración.

21 3 14 F.R.A. 14

4 REC. 4

Preventivas

Recomendación 51 0 51 REC. 51

TOTAL 147 4 136 143