Capacitacion derecho laboral

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La capacitación laboral juvenil es una modalidadque se caracteriza por realizar el procesoformativo en las unidades productivas de lasempresas, permitiendo a los beneficiariosejercitar su desempeño en una situación real detrabajo.

Mediante esta modalidad se busca que el jovenentre 16 y 23 años, que no haya culminado oha interrumpido la educación básica, o quehabiéndola culminado no sigue estudios denivel superior sean técnicos o universitarios,adquiera los conocimientos teóricos y prácticosen el trabajo a fin de incorporarlos a laactividad económica en una ocupaciónespecífica

Por el Convenio de Capacitación LaboralJuvenil, la empresa se obliga a brindarfacilidades a la persona para que realice suaprendizaje práctico, durante el tiempo quedure el convenio, mediante la ejecución detareas productivas correspondientes a unPrograma Específico de CapacitaciónLaboral Juvenil, previamente definido por laempresa anualmente.

CONVENIO DE CAPACITACIÓN

LABORAL JUVENIL

El número de beneficiarios en capacitación laboral juvenil no puede exceder al veintepor ciento (20%) del total de personal del área u ocupación específica ni del veinte porciento (20%) del total de trabajadores de la empresa con vinculación laboral directa.Dicho límite puede incrementarse en un 10% adicional, siempre y cuando este últimoporcentaje esté compuesto exclusivamente por jóvenes con discapacidad así comopor jóvenes madres con responsabilidades familiares.

En el caso de empresas que cuenten con más de tres trabajadores y menos de dieztrabajadores, sólo se puede suscribir convenio con un joven beneficiario bajo estamodalidad.

NÚMERO MÁXIMO DE BENEFICIARIOS

DE LA CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL

Durante el último trimestre del ejercicio fiscal de la empresa,ésta debe presentar a la Autoridad Administrativa de Trabajo suPrograma Anual de Capacitación Laboral Juvenil, elaborado deacuerdo a esta Ley, para su registro.

Si por necesidades de ampliación de mercado o expansión de laempresa, ésta diseña un Programa Extraordinario deCapacitación Laboral Juvenil debe presentarlo a la AutoridadAdministrativa de Trabajo, elaborado de acuerdo a esta Ley parasu registro.

PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL

El Programa de Capacitación Laboral Juvenil debecontemplar, como mínimo lo siguiente:

1. Determinación de las ocupaciones a ser cubiertas.

2. Plan de Capacitación, que debe contener unmínimo de cinco (5) horas semanales de formaciónespecífica, concentrada o alternada y evaluaciónperiódica. Esta formación puede ser sustituida porestudios externos conducentes a la culminación deciclos de la Formación Profesional patrocinados por laEmpresa.

3. Plazos de duración de la capacitación, que debenser adecuados a la naturaleza de las respectivasocupaciones.

4. Requisitos para la obtención del Certificado deCapacitación Laboral Juvenil.

5. Capacidades adquiridas por el beneficiario yevidenciadas por la empresa.

El Programa de Capacitación Laboral Juvenil debeajustarse a los lineamientos generales establecidos enel Plan Nacional de Formación Profesional.

CONTENIDO DEL

PROGRAMA

El Convenio de Capacitación Laboral Juvenil debe tener una duración adecuada a la naturaleza de lasrespectivas ocupaciones: no mayor a seis (6) meses en ocupaciones de poca calificación o de poca oninguna complejidad y niveles menores de responsabilidad en el ejercicio de la ocupación, prorrogablehasta por un período similar; y no mayor a veinticuatro (24) meses, en ocupaciones que requieren mayorcalificación y por ende mayor complejidad y mayores niveles de responsabilidad en el ejercicio de laocupación.

Los períodos de capacitación laboral intermitentes o prorrogados no pueden exceder en su conjunto dedoce (12) meses o veinticuatro (24) meses, según corresponda, en la misma empresa.

DURACIÓNDEL

CONVENIO

La Capacitación Laboral Juvenil debe impartirse preferentementeen el propio centro de trabajo o en Centros de FormaciónProfesional o en escuelas - taller o similares implementados en lasempresas para los jóvenes que estén cursando sus estudiosescolares con la cooperación y el apoyo técnico del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo y de los centros educativos que asílo dispongan.

SEDE DE LA CAPACITACIÓN

El titular del Certificado de Capacitación Laboralpuede obtener con el mismo su correspondientehabilitación laboral técnica, el que seráreconocido por el Ministerio de Educación, previocumplimiento de los requisitos que ésteestablezca.

CERTIFICADO DE LA CAPACITACIÓN