Capital Contable
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Designa la diferencia entre el activo y el pasivo de una empresa' Refleja la yla\qri6.\
¡nveñión de los propietarios en une entidad y consiste generalmente en 3us ¡o., *.cviaportaciones más o menos sus utilidades reteniCas o pérdidas acumuladaS,'-' 'u'*'más otros tipos de superávit como el exceso o insuficiencia en la acumulación
del capital contable y las donaciones.
INTEGRACIÓN DEL CAPITAL CONTABLE.Estará integrado Por:
o Capital Social.o Aportaciones.. Donaciones.r Utilidades Retenidas ya sea por estar en la Reserva o por ser pendientes de
aplicar.. Pérdidas Acumuladas. ',
Todas las cuentas son de saldo ACREEDOR
FORMACIÓN OEL CAPITAL CONTABLE.Está formado por
. Capital contribuido, Y
. Capital ganado.
Capital Contribuido: Se refiere a las aportaciones de los dueños y donaciones
recibidas por la entidad.
Capital Ganado: Se refiere al resultado de las actividades de la entidad y de
otrás eventos ocircunstancias que Ie afecten como el ajuste por recuperación
cje los cambios a los precios que se tengan que reconocer.
Dentro del Capital Contribuido tenemos al Capital Social.
El Capital Social: es el conjunto de aportaciones de socios o accionistas,
con*qt,lerado en la escritura constitutiva o en sus reformas. Representa el valorrie las acciones.
APORTACIONES DE SOCIOS, ACCION¡STAS O DONACIONES.
Bajo este concepto se consideran las aportaciones de los socios o accionistas
Ciferentes a las que hicieron para integrar el capital Social.
La diferencia es únicamente de carácter juridico, es decir, las primeras se
foi'rria.iiza;on a t''avés de la escritura constitutiva de la sociedad o de sus
rei;.-¡-nas y las otias no necesariamente.
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Las donaciones representan acciones no reembolsables. En los EstadosFinancieros, por la necesidad de una revelación clara y completa, esindispensable que dichas donaciones se presenten en un renglón separado.
UTILIDADES RETENIDAS.
Las utilidades obtenidas por la empresa y que no se han capitalizado odistribuido a los accionistas son conservadas en la empresa y por tanto formanparte del capital contable. Se clasifican en:
A) UTIL-IDADES RETENIDAS APLICADAS A RESERVAS DE MANERA ESPECIFICA.Constituidas por disposición de la ley o de la escritura constitutiva de laempresa o por acuerdos de asamblea de accionista.
B) UTILIDADES RETENIDAS PENDIENTES DE APLICAR.Es la parte de las utilidades retenidas que no han sido aplicadas para un finespecífico y por consiguiente se encuentran libres, están integradas por las
utilidades acumuladas pendientes de aplicar de años anteriores y la utilidad opérdida del período.
Se deben presentar en un renglón separado.
PÉRDIDAS ACUMULADAS.Cuando las pérdidas han absorbido las utilidades pendientes de aplicar y lasaplicadas a reservas, se produce la pérdida acumulada.
REGISTRO DEL CAPITAL CONTABLE.
El registro del Capital Contable se hace generalmente a través de cuentas deMayor para cada uno de los conceptos con subcuentas para cada uno de loselementos o partidas que se deseen controlar.
El Capital Contable está integrado por las siguientes cuentas:
Capital Social.Dcnaciones.Reserva Legal.Reserva de Reinversión de utilidades,Uiilidades Acumuladas.Pérdida Acumulada.
Cuenta de Reserva Legal.
REPRESENTA:Separación de las utilidades para constituir el fondo de Reserva legal que la leyorriena con objeto de que la empresa haga frente a contingencias que sepresenten.
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Código de ComercioReserva LegalArt. 39.- De las utilidades netas de toda sociedad deberá separarse anualmenteun porcentaje para formar la reserva legal, hasta que ésta alcance una cantidaddeterminada. El porcentaje y la cuantía de la reserva legal serán determinadospor este Código para cada clase de sociedad.
La reserva legal deberá ser restaurada en la misma forma, cuando disminuyapor cualquier motivo.
Sociedad en nombre colectivoArt. 91.- La cantidad que se destinará anualmente para integrar la reserva legalserá el cinco por ciento de las utilidades netas y el límite legal de dicha reservaserá la sexta parte del capital social.
Art. 92.- La mitad de las cantidades que aparezcan en la reserva legaldeberátenerse disponible o invertirse en valores mercantiles salvadoreños de fácilrealización; la otra mitad podrá invertirse de acuerdo con la finalidad de la
sociedad.
Sociedad de Responsabilidad LimitadaArt. 123.- La cantidad que se destinará anualmente para formar la reserva legalde la sociedad de responsabilidad limitada, será el siete por ciento de lasutilidades netas y el límite mínimo legal de dicha reserva será la quinta partedel capitalsocial.
Ar1. 124.- Las dos terceras partes de las cantidades que aparezcan en lareserva legal deberán tenerse disponibles o invertirse en valores mercantilessalvadoreños o centroamericanos de fácil realización; la otra tercera partepodrá invertirse de acuerdo con la finalidad de la sociedad.
Sociedad en Comandita SimpleArt. 91.- La cantidad que se destinará anualmente para integrar la reserva legalserá el cinco por ciento de las utilidades netas y el limite legal de dicha reseryaserá la sexta parte del capitalsocial.
Art. 92.- La mitad de las cantidades que aparezcan en la reserva legaldeberátenerse disponible o invertirse en valores mercantiles salvadoreños de fácilrealización; la otra mitad podrá invertirse de acuerdo con la finalidad de lasociedad.
Sociedades anónimasPara todos los tipos de sociedades anónimas, en cuanto a la reserva legalaplican los artículos 123 y 124 del Código de Comercio.
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SOGIEDADES
Definición: es el ente jurídico resultante de uncontrato solemne celebrado entre dos o máspersonas.
Finalidad: repartir entre sí los beneficios queprovengan de los negocios a que van adedicarse.
Las sociedades tienen personería jurídica.
SOCIEDADES
o Las Sociedades se dividen en:
- Sociedades de Personas, y
- Sociedades de Capitales.
Ambas pueden ser de Capital Variable.
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SOCIEDADES DE PERSONAS
Sociedades en nombre colectivo o Sociedades
colectivas. (Art. 73 Código de Comercio)
Sociedades en comandita simple o Sociedades
comanditarias simples. (Art. 93 CC)
Sociedades de responsabilidad limitada. (Art.101).
SOCIEDADES DE GAPITAL
Sociedades anónimas. (Art. 191 C. Comercio)
Sociedades en comandita por acciones o
Sociedades comanditarias por acciones. (Art.
2e6 CC)
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OTRO TIPO DE SOCIEDADES
Sociedades de economía mixta: son anónimasstado, el
Municipio, instituciones oficiales autónomas.
lnstitucig!es de interés,público: sociedades,asociaciones, corporaciones o fundacionescreadas por iniciativa privada a las que porejercer funciones de interés general, se lesreconoce aquella calidad por una ley especial.Art. 43 Código de Comercio. i
SOGIEDADES DE PERSONAS
En las sociedades de personas, el capital se integra porcuotas o participaciones de capital, que pueden ser
desiguales.Los miembros responden de las obligaciones sociales:ilimitada y solidariamente entre ellos y la sociedad, siésta es de nombre colectivo; y por el monto de susrespectivos aportes, si la sociedad es de responsabilidadlimitada.En las sociedades comanditarias simples, los socioscomanditados responden ilimitada y solidariamente, y lossocios comanditarios lo hacen hasta el monto de susaportes.
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SOGTEDADES DE PERSOHAS
. Según el Art. 59 CC, las sociedades depersonas se disuelven por:- Expiración del término señalado en laescritura social, no es válida la prórroga tácita.- lmposibilidad de realizar el fin principal de lasociedad, o consumación del mismo.- Pérdida de las 2/3 partes del cap. Social.- Acuerdo unánime de los socios, a menos que
en Ia escritura se haya estipulado que taldecisión pueda tomarse por mayoría.
SOGIEDADES
En las sociedades de capital, Ios accionistaslimitarán su responsabilidad al valor de susacctones.Según el Art. 187 CC, las sociedades decapital se disuelven por:- expiración del plazo señalado en la escriturapública, a menos que se acuerde la prórrogapor Ia junta de accionistas.
- lmposibilidad de realizar el fin principal de lasoci'edad o consumación del miérno, ialvo quela junta de accionistas acuerde cambiar el fin.
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SOCIEDADES
- Pérdida de más desA partes del capitalsocial
- Por acuerdo de la junta general deaccionistas, en sesión extraordinariaconvocada para tal efecto y con el voto
favorable de lasYt partes de lasacciones.
SOCIEDADES
. Las sociedades se constituyen, modifican,disuelven y liquidan por ESCRITURAPUBLICA, salvo la disolución y liquidaciónjudiciales. Art. 21 Código de Comercio.Además, deberá ser inscrita en el Registro de
Comerciopara que tenga
validezante
terceros. furt.24
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