CARATULAS PRESUPUESTO 2015 2015 para... · 2015-01-20 · CUADROS RESUMEN ... aplicación del...
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PRESUPUESTO
UCM
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PRESUPUESTO 2015
PRESUPUESTO DE LA
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
PARA 2015
APROBADO POR
CONSEJO DE GOBIERNO: 16 de Diciembre de 2014
CONSEJO SOCIAL: 18 de Diciembre de 2014
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PRESUPUESTO 2015
ÍNDICE
1.- MEMORIA...................................................................................................................... 4
2.- LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL PRESUPUESTO………………………………...20
3.- CUADROS RESUMEN ................................................................................................42
4.- CLASIFICACIÓN ECONÓMICA..............................................................................45
PRESUPUESTO DE INGRESOS POR SUBCONCEPTOS...................................46
PRESUPUESTO DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS.......................................51
5.- CLASIFICACIÓN FUNCIONAL ...............................................................................59
PROGRAMA 1000 ..................................................................................................61
PROGRAMA 2000 ..................................................................................................63
PROGRAMA 3000 ..................................................................................................67
PROGRAMA 4000 ..................................................................................................70
PROGRAMA 5000 ..................................................................................................72
PROGRAMA 6000 ..................................................................................................74
PROGRAMA 7000 ..................................................................................................77
PROGRAMA 8000 ..................................................................................................80
PROGRAMA 9000 ..................................................................................................81
6.- CLASIFICACIÓN ORGÁNICA .................................................................................82
PRESUPUESTO DE INGRESOS............................................................................83
PRESUPUESTO DE GASTOS................................................................................89
UNIDADES RESPONSABLES DE GASTO..............................................91
UNIDADES GESTORAS DE GASTO .....................................................133
7.- MODELO DE ASIGNACIÓN A CENTROS...........................................................179
8.- NOTAS EXPLICATIVAS DE INGRESOS Y GASTOS ........................................181
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS.................................182
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS.....................................197
9.- NORMAS DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO...............................................223
10.-ANEXOS……………………………………………………………………………...303
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MEMORIA
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MEMORIA ECONÓMICA DEL PRESUPUESTO 2015
1. Criterios generales de presupuestación.
El Presupuesto de la Universidad Complutense de Madrid para el ejercicio 2015 fundamenta su marco normativo básico en la Ley General Presupuestaria y en la Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid, se ha elaborado bajo el marco normativo en materia presupuestaria que constituye la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y adecúa sus ingresos y gastos al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, de conformidad con lo previsto en dicha Ley.
2. Exposición de motivos. Bajo estas premisas, el Presupuesto 2015 persiste en los objetivos principales de prudencia, austeridad, erradicación del gasto de carácter improductivo, eficacia y eficiencia en el gasto y garantía en la prestación de los servicios públicos esenciales encomendados, sustentados en el compromiso de cumplimiento de la sostenibilidad financiera, la estabilidad presupuestaria y la reducción de la deuda. Con todo, es ya un Presupuesto de recuperación, que por un lado marca un objetivo de incremento del 3% global del presupuesto de gastos para las Facultades y que por otro lado potencia la capacidad de generación de ingresos de éstas, posibilitando en el Presupuesto Inicial que puedan disponer en Gastos del 100% de los ingresos presupuestados. Para el cumplimiento del objetivo de estabilidad se incorpora al Presupuesto para 2015 un «Fondo de Contingencia» que permitirá:
Tener la posibilidad de financiar, hasta un máximo de 600.000,00 euros,
aquellas necesidades imprevistas e ineludibles que pudieran presentarse a lo largo del ejercicio, que no puedan demorarse hasta el ejercicio siguiente
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y que financiadas con otros recursos generarían déficit (Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria).
Asegurar el ahorro propuesto para 2015 en las Medidas Correctoras de Ingresos y Gastos del Plan Económico Financiero de Reequilibrio para el periodo 15 de julio de 2013 a 15 de julio de 2016, que aprobó el Consejo de Gobierno y el Consejo Social en julio de 2013 (Fondo de contingencia del Plan Económico Financiero de Reequilibrio), que se detallará posteriormente.
3. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
Establece con carácter general que no habrá incremento de las retribuciones de personal en 2015, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2014. A lo largo de 2015 no podrán realizarse aportaciones a planes de empleo ni contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, ni se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal. Excepcionalmente - se indica - en 2015 se aumenta hasta el 50% la tasa de reposición permitida a ciertos sectores y administraciones considerados prioritarios. Se mantienen las restricciones a la contratación de personal laboral temporal y al nombramiento de funcionarios interinos, atribuyendo a ésta un carácter rigurosamente excepcional y vinculándolo a necesidades urgentes e inaplazables.
Se articula el procedimiento para dar cumplimiento a las compensaciones de deudas firmes contraídas, incluyendo las que se deban aplicar como consecuencia de incumplimientos reiterados de los plazos de pago establecidos en la normativa de medidas de lucha contra la morosidad, en aplicación del artículo 18 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Por lo que se refiere al ámbito de los gastos de personal, se introduce una disposición que permitirá al personal al servicio del sector público recuperar parte de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012, que fue suprimida por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de
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medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad.
Las normas de índole económica se refieren en primer lugar al interés legal del dinero, que queda establecido para el año 2015 en un 3,5 por ciento, y al interés de demora, que se fija en un 4,375 por ciento. Se fija asimismo el interés de demora al que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que será el 4,375 por ciento. 4. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para 2015. Durante el año 2015 se suspende y se deja sin efecto la aplicación de cualquier previsión relativa a la percepción de beneficios sociales, gastos de acción social y de todos aquéllos de naturaleza similar, tanto en metálico como en especie, que tengan su origen en acuerdos, pactos, convenios y cláusulas contractuales para el personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid, excluidos préstamos, anticipos y las ayudas y pluses al transporte de los empleados públicos. Todos los acuerdos, convenios, pactos o instrumentos similares de la Universidades Públicas requerirán, para su plena efectividad, el informe previo y favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, siendo nulos de pleno derecho los que se alcancen sin dicho informe o en sentido contrario al mismo, sin que de los mismos pueda en ningún caso derivarse, directa o indirectamente, incremento del gasto público en materia de costes de personal y/o incremento de retribuciones. Las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal de las Universidades Públicas, se adecuarán a las normas básicas en materia de oferta de empleo público y a lo establecido en la legislación vigente en materia de Universidades, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid las autorizaciones que procedan de acuerdo con dichas normas, previo informe de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y de la Consejería de Economía y Hacienda, y debiendo acreditar las Universidades Públicas el cumplimiento de los requisitos exigidos para su aprobación. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte autorizará, previo informe
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de la Consejería de Economía y Hacienda, los costes de personal docente e investigador y de administración y servicios de cada una de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid. Los costes de personal autorizados para 2015 serán los que las universidades deberán reflejar en sus presupuestos y no podrán ser objeto de incremento alguno. Con objeto de recabar esta autorización, las universidades deberán remitir a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte antes del 15 de septiembre su plantilla de personal efectiva, relación de puestos de trabajo, totalidad de los costes de personal, actividad docente e investigadora del personal docente e investigador y el proyecto del Capítulo I de sus Presupuestos. El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, podrá autorizar la concesión de anticipos de caja a Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid hasta un límite máximo del 15 por 100 de su presupuesto inicial, con el fin de hacer frente a los desfases entre ingresos y pagos del período. Las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid elaborarán, aprobarán y ejecutarán sus presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos en situación de equilibrio, coherente con la normativa europea. Las actuaciones de las universidades estarán sujetas al principio de sostenibilidad financiera, entendida como la capacidad para financiar compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y normativa europea. Las operaciones de crédito de las Universidades Públicas y de los organismos y entes dependientes de las mismas serán autorizadas previamente por la Consejería de Economía y Hacienda, previo informe favorable de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. El Gobierno de la Comunidad de Madrid comunicará a la Comisión de Presupuestos, Economía y Hacienda de la Asamblea, en el plazo máximo de dos meses, las operaciones de crédito autorizadas. Las transferencias corrientes de carácter nominativo a las universidades, consignadas en el concepto 450 "A Universidades públicas: asignación nominativa", se librarán por doceavas partes. Las transferencias de capital de carácter nominativo a las universidades, consignadas en el concepto 751
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“Universidades públicas: obra nueva y reforma”, se librarán de acuerdo con lo que se disponga mediante orden de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejería competente en materia de universidades. 5. Cuentas Anuales del ejercicio 2013. Las Cuentas Anuales del ejercicio 2013 expresaron un saldo de Operaciones No Financieras de +38,5 millones de euros, un resultado presupuestario de +38,8 millones de euros y un saldo presupuestario de +94,0 millones de euros, lo que supuso el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria marcados por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Sin embargo, los estados financieros acumulados, a pesar de la mejora experimentada en las Cuentas Anuales del ejercicio 2013, continuaron mostrando la tendencia negativa de ejercicios anteriores. Así, a pesar de que el estado del Remanente de Tesorería ya fue positivo (+41,1 millones de euros), todavía el Remanente de Tesorería Genérico fue de -37,1 millones de euros. No se aportan a esta Memoria los datos de Cierre del Ejercicio 2014 a fecha actual porque no son significativos, ya que el devengo de las tasas y precios públicos de matrículas de estudiantes incluye todos los plazos de cobro de las mismas que todavía no están imputados y, porque además, el mes de diciembre es un mes de registro de ingresos y gastos muy importante desde el punto de vista cuantitativo. Antes del 1 de marzo de 2015 ha de confeccionarse la Liquidación de Presupuesto del ejercicio 2014 para con fecha 15 de abril de 2015 remitir la Liquidación Presupuestaria y el Remanente de Tesorería del ejercicio 2014 a la Comunidad de Madrid. Las Cuentas Anuales de la Universidad Complutense del ejercicio 2014 se enviarán antes del 30 de junio de 2015 a la Comunidad de Madrid, cumpliendo con la legalidad vigente. 6. Mecanismo de financiación para el pago a proveedores. El Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, estableció el Primer Tramo de la Tercera Fase del Mecanismo Extraordinario de Financiación de Proveedores e incluyó en él por primera vez las obligaciones pendientes de pago de las Universidades Públicas con sus proveedores vencidas, líquidas y exigibles
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con anterioridad al 31 de mayo de 2013 y contabilizadas con anterioridad al 30 de junio de 2013. Con fecha 8 de julio de 2013 la Universidad se adhirió al Primer Tramo de la Tercera Fase del Mecanismo Extraordinario de Financiación de Proveedores Establecido por el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio y se comprometió a asegurar el reembolso derivado de las operaciones de endeudamiento. Este es el cuadro de amortizaciones del préstamo:
EJERCICIO CAPITAL VIVO a 31.12 AMORTIZACIONES INTERESES PAGOS
2013 57.157.441,39 - - -
2014 57.157.441,39 - 2.123.500,74 2.123.500,74
2015 57.157.441,39 - 1.909.058,54 1.909.058,54 2016 50.012.761,23 7.144.680,16 1.819.245,42 8.963.925,58
2017 42.868.081,07 7.144.680,16 1.580.367,04 8.725.047,20
2018 35.723.400,91 7.144.680,16 1.341.734,72 8.486.414,88
2019 28.578.720,75 7.144.680,16 1.103.102,41 8.247.782,57
2020 21.434.040,59 7.144.680,16 864.716,16 8.009.396,32
2021 14.289.360,43 7.144.680,16 625.837,78 7.770.517,94
2022 7.144.680,27 7.144.680,16 387.205,46 7.531.885,62
2023 0,00 7.144.680,27 148.573,15 7.293.253,42
57.157.441,39 11.903.341,42 69.060.782,81
El importe para 2015 de los intereses del préstamo asciende a 1,9 millones de euros. Para 2016 y siguientes el importe a reembolsar será ya de casi 9,0 millones de euros anuales.
7. Plan Económico-Financiero. Para garantizar la sostenibilidad financiera futura era necesario sanear el importe del Remanente de Tesorería Genérico negativo; el Consejo de Gobierno y el Consejo Social aprobaron en julio de 2013 un Plan Económico-Financiero de Reequilibrio a 3 años cuyo contenido esencial fue el siguiente: - Aplicación de Sentencias -> 39,1 millones de euros. - Mecanismo de pago a proveedores -> 58,7 millones de euros. - Medidas correctoras de ingresos y gastos -> 29,4 millones de euros. En este Plan Económico-Financiero de Reequilibrio se utilizaron dos instrumentos principales para sanear en tres ejercicios la deuda heredada: el ahorro, asentado fundamentalmente en las jubilaciones que se van a producir
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en 2014, 2015 y 2016 y la generación de mayores ingresos, en su mayoría procedentes de explotaciones patrimoniales.
Para el ejercicio 2015 el ahorro propuesto en las Medidas correctoras de Ingresos y Gastos del Plan Económico Financiero de Reequilibrio asciende a 7,0 millones de euros que se incorpora al Presupuesto a través del Fondo de contingencia del Plan Económico Financiero de Reequilibrio. Para 2016, último año de vigencia del Plan, y de acuerdo con lo establecido en éste, el esfuerzo presupuestario será al menos de 19,7 millones de euros.
8. Ingresos. El Presupuesto asciende a 518,1 millones de euros, lo que supone un incremento respecto al del ejercicio anterior de 7,5 millones de euros, un 1,47%. Este incremento se produce principalmente en los ingresos y gastos por Operaciones de Capital, ingresos y gastos de Investigación fundamentalmente. El porcentaje que suponen los Capítulos III, IV y V del Presupuesto de Ingresos respecto del total presupuestado asciende al 90,6% (30,1%, 60,0% y 0,6% respectivamente). Los ingresos por Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos se incrementan en 2,0 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014. Las tasas y derechos de matrícula suponen el 26,4% del Presupuesto y han disminuido en 1,2 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio anterior. Los ingresos por Transferencias Corrientes se incrementan en 3,2 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014. Los ingresos por operaciones corrientes procedentes de la Comunidad de Madrid suponen el 56,99% del Presupuesto. Este concepto I/450 ha disminuido en 0,6 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio anterior. El Proyecto de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2015 ha incrementado “a nivel global” la financiación para gastos corrientes que recibirá la Universidad Complutense de Madrid con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014. La asignación nominativa para gastos
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corrientes pasa de 289,8 millones de euros en 2014 a 292,0 millones de euros en 2015, lo que supone un incremento porcentual del 0,7% y de 2,2 millones de euros en términos reales. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la Comunidad de Madrid minoró en el ejercicio 2012 la nominativa de la Universidad en 14,7 millones de euros por la eliminación de la paga extra de diciembre y que en 2015 hay que abonar parte de la paga extraordinaria que fue suprimida (un 24% más o menos; la estimación actual de coste asciende a 3,9 millones de euros). Por este motivo, la realidad es que el incremento de 2,2 millones de euros en la asignación nominativa para gastos corrientes no cubre el incremento previsto de 3,9 millones de euros en gastos de personal motivado por el pago de la extra mencionada. Considerando este hecho, en términos globales la asignación nominativa para gastos corrientes se habría reducido en 1,7 millones de euros, un descenso porcentual del 0,6%. Los Ingresos Patrimoniales disminuyen en 2,7 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014. El porcentaje que suponen los Capítulos VI, VII, VIII y IX del Presupuesto de Ingresos respecto del total presupuestado asciende al 9,4% (0,0%, 9,2%, 0,2 y 0,0% respectivamente). La subvención para gastos de inversión para el ejercicio 2015 se mantiene en el mismo importe del ejercicio 2014, 2,3 millones de euros en 2013, muy lejos de los 34,4 millones de euros del ejercicio 2008 y de los 40 millones de euros de media por ejercicio que contemplaba el anterior Plan de Inversiones de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid para el periodo 2007-2011. Los ingresos de Transferencias de Capital se incrementan en 5,1 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, procedentes en su mayoría de organismos financiadores de Investigación. Los ingresos procedentes de la Administración del Estado suponen el 4,62% del Presupuesto. Este artículo se ha incrementado en 3,1 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014.
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9. Gastos. Por el lado de los gastos, el porcentaje que suponen los Capítulos I, II, III y IV del Presupuesto de Gastos respecto del total presupuestado asciende al 86,3% (69,8%, 13,6%, 0,6% y 2,3% respectivamente). El Capítulo I, Gastos de Personal, ha disminuido en 1,8 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, un -0,5%. Si comparamos la financiación específica a recibir de la Comunidad de Madrid para funcionamiento (294,8 millones de euros) con el coste previsto de la plantilla de personal efectiva (357,0 millones de euros), podemos observar cómo los ingresos por nominativa y plazas vinculadas sólo cubrirían porcentualmente el 78,9% de este gasto, una insuficiencia de financiación de 62,2 millones de euros, que la Comunidad justifica todos los ejercicios en el previsible incremento de recaudación en matrículas por parte de la Universidad, que se produce como consecuencia del incremento de los precios públicos de las matrículas que establece el Decreto de tasas académicas y precios públicos por estudios universitarios. Además del coste previsto de la plantilla efectiva de personal docente e investigador y de personal de administración y servicios, la Universidad incorpora al Capítulo I de gasto del Presupuesto otra serie de retribuciones con financiación específica / afectada, en virtud de convenios (plazas vinculadas) o condicionadas a ingresos (otras subvenciones, impartición de cursos, formación continua, titulaciones propias, alquileres de aulas, etc.) por un importe de 4,8 millones de euros, de los que el 43,8% corresponden a titulaciones propias. En relación con los gastos sociales a favor del personal, debido a la suspensión de aplicación de la percepción de beneficios sociales y gastos de acción social por parte de la Comunidad de Madrid que afecta a todo el sector público de la Comunidad de Madrid del que formamos parte, sólo se mantienen en el Capítulo I las ayudas al transporte y a la formación para empleados. El Capítulo II, Gastos Corrientes en Bienes y Servicios, se ha incrementado en 3,1 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, un 4,5%. En este Capítulo es en el que principalmente se manifiesta la
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recuperación pues había tenido recortes muy significativos desde el principio de la crisis. A pesar del incremento presupuestario, los objetivos de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto tienen que mantenerse en el tiempo y por tal motivo siguen vigentes para 2015 las medidas de ahorro referidas a la adquisición y el uso racional del material y del equipamiento y de revisión y actualización de todos los contratos. El Capítulo III, Gastos Financieros, ha disminuido en 1,0 millón de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, un -26,0%, fundamentalmente porque se reduce el importe de los intereses de demora a pagar a los proveedores derivados de los retrasos en el pago. El Capítulo IV, Transferencias Corrientes, ha disminuido en 8,3 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, un -41,0%, fundamentalmente por la minoración de las partidas siguientes: 4,2 millones de euros al Centro de Estudios Superiores Felipe II,
consecuencia del cambio de adscripción del centro 3,9 millones de euros de Ayudas Sócrates / Erasmus (ME), ya que el
Ministerio de Educación paga directamente estas Ayudas sin que pasen ya por las Universidades.
Además, se pueden destacar otras cuatro actuaciones relacionadas con la presupuestación del Capítulo IV de Gastos:
Ayudas Extraordinarias a la matrícula a estudiantes de Grado,
Licenciatura y Máster para el Curso Académico 2015/2016: La Universidad, consciente de la necesidad de complementar las ayudas a estudiantes convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y de favorecer la igualdad de oportunidades, mantiene el importe de 0,6 millones de euros destinado a estas ayudas.
Abandono de Madroño: En relación con la compra de recursos de información, la Universidad ha adoptado la decisión de cambio de modelo, abandonando el Consorcio Madroño debido al incremento de la cuota anual que se planteaba, que era de más de un 27%.
Se mantiene la aportación al Parque Científico de Madrid. Se incrementa la aportación al Real Colegio Complutense de Harvard
hasta 750.000,00 de euros, consecuencia de los convenios con las
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Universidades Rey Juan Carlos, Politécnica de Madrid y Alcalá para fortalecer el Real Colegio Complutense
El porcentaje que suponen los Gastos de Capital (Capítulos VI, VII, VIII y IX) respecto del total presupuestado asciende al 13,7% (12,8%, 0,2%, 0,1% y 0,6% respectivamente). El Capítulo VI, Inversiones Reales, se ha incrementado en 14,8 millones de euros con respecto al Presupuesto del ejercicio 2014, un 28,7%, fundamentalmente en Investigación y como consecuencia del incremento de ingresos afectados que se prevé.
La drástica reducción de la subvención para gastos de inversión por parte de la Comunidad de Madrid de los ejercicios 2010 a 2013 ha obligado cada ejercicio a la Universidad a realizar una dotación presupuestaria adicional, que aun así es insuficiente, dado el número, tamaño, antigüedad y estado de sus edificios e instalaciones. Este esfuerzo presupuestario adicional, que en 2015 asciende a 1,4 millones de euros, en los últimos cuatro ejercicios ha sido de 5,7 millones de euros. Por otro lado, la Universidad ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hace breves fechas, la ejecución de la Sentencia de Casación 61/12 de julio de 2011, sobre el Plan de Inversiones 2010, que fallaba poner a disposición de la Universidad 43.303.992 euros con destino a las obras de Inversión previstas en el Plan y que la Universidad no ha cobrado a la fecha. Esto podría suponer un incremento de la capacidad de inversión en obras, mantenimiento, instalaciones y equipamiento y mejoraría el insuficiente escenario inicial.
Respecto del Capítulo IX, Pasivos Financieros, a finales de este ejercicio 2014, la previsión de endeudamiento será de 74,2 millones de euros. El 77% de dicho endeudamiento, 57,1 millones de euros, se corresponde con el referido al Mecanismo de Pago a Proveedores y el resto, 17,1 millones de euros, son anticipos reembolsables recibidos para diversos ámbitos de investigación y para el Campus de Excelencia Internacional. Los anticipos reembolsables se consideran subvenciones públicas reintegrables reguladas por la Ley General de Subvenciones y no tienen la consideración de
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operación de crédito en sentido estricto; la amortización prevista para 2015 de estos anticipos reembolsables alcanza los 2,7 millones de euros. El peso de los Programas 1000, 3000 y 6000 del Presupuesto de Gastos respecto del total presupuestado asciende en global al 90,5% (42,6%, 10,2% y 37,7% respectivamente). Si excluimos el gasto de nómina (plantilla efectiva) de los Programas 1000 y 6000, los Programas con mayor dotación en el presupuesto de Gastos serían el 2000, el 3000 y el 6000 (3,4%, 10,2% y 11,3% respectivamente). 10. Comparativa interanual del Presupuesto de Ingresos de la
Universidad.
CAPÍTULO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
Capítulo III 102.537.001,25 108.285.480,97 108.285.480,97 105.310.048,52 135.254.207,37 154.071.401,60 156.052.965,38
Capítulo IV 418.004.795,00 427.139.532,68 427.139.532,68 378.795.160,03 326.195.638,28 307.330.894,50 310.527.034,57
Capítulo V 3.732.857,62 3.505.493,71 3.505.493,71 3.747.482,06 2.433.992,09 5.797.527,77 3.061.226,07
Op. Corrientes 524.274.653,87 538.930.507,36 538.930.507,36 487.852.690,61 463.883.837,74 467.199.823,87 469.641.226,02
Capítulo VI 5.000,00 1.460.898,46 3.279,99 93.279,99 38.279,99
Capítulo VII 76.699.089,71 55.067.148,37 55.067.148,37 46.104.852,99 52.140.299,16 42.503.851,36 47.647.235,22
Capítulo VIII 1.511.587,20 1.508.600,00 1.508.600,00 1.103.500,00 3.500,00 800.000,00 800.000,00
Capítulo IX 5.068.699,26 70.782,42 70.782,42 64.497,00 64.116,00 29.008,00 632,00
Op. Capital 83.284.376,17 56.646.530,79 56.646.530,79 48.733.748,45 52.211.195,15 43.426.139,35 48.486.147,21
Total Presupuesto 607.559.030,04 595.577.038,15 595.577.038,15 536.586.439,06 516.095.032,89 510.625.963,22 518.127.373,23
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11. Comparativa interanual del Presupuesto de Gastos de la Universidad.
11.1. Clasificación económica. CAPÍTULO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
Capítulo I 413.010.044,11 423.737.533,77 423.737.533,77 391.484.611,97 368.760.845,15 363.553.704,15 361.785.047,62
Capítulo II 73.947.837,97 73.131.922,91 73.131.922,91 65.859.374,11 66.338.632,65 67.391.597,88 70.451.165,02
Capítulo III 2.127.583,66 1.169.359,89 1.169.359,89 1.064.498,47 1.683.328,46 4.048.213,73 2.997.487,68
Capítulo IV 16.529.343,47 18.499.430,46 18.499.430,46 17.943.832,70 16.620.785,73 20.273.171,76 11.961.180,84Total Op. Corrientes 505.614.809,21 516.538.247,03 516.538.247,03 476.352.317,25 453.403.591,99 455.266.687,52 447.194.881,16
Capítulo VI 65.445.128,22 40.985.547,71 40.985.547,71 56.149.462,50 57.843.925,88 51.691.334,32 66.507.282,23
Capítulo VII 25.500.000,00 26.962.993,80 26.962.993,80 2.250.000,00 2.250.000,00 700.000,00 1.201.000,00
Capítulo VIII 1.511.587,20 1.510.600,00 1.510.600,00 565.725,00 425.325,00 425.000,00 540.000,00
Capítulo IX 9.487.505,41 9.579.649,61 9.579.649,61 1.268.934,31 2.172.190,02 2.542.941,38 2.684.209,84Total Op. Capital 101.944.220,83 79.038.791,12 79.038.791,12 60.234.121,81 62.691.440,90 55.359.275,70 70.932.492,07
Total Presupuesto 607.559.030,04 595.577.038,15 595.577.038,15 536.586.439,06 516.095.032,89 510.625.963,22 518.127.373,23
11.2. Clasificación funcional.
PROGRAMA 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
Programa 1000 249.910.953,72 258.692.465,38 258.692.465,38 241.165.807,59 228.427.545,44 221.576.936,49 220.545.355,10
Programa 2000 21.603.235,47 19.731.918,77 19.731.918,77 17.776.068,54 17.348.494,93 18.858.260,99 17.743.587,80
Programa 3000 56.603.410,38 53.961.200,27 53.961.200,27 44.204.998,73 52.273.570,20 43.998.602,78 52.799.702,14
Programa 4000 11.865.374,60 9.002.106,63 9.002.106,63 6.508.320,00 9.463.641,62 6.426.240,26 7.576.679,45
Programa 5000 2.943.085,99 3.149.970,22 3.149.970,22 2.563.560,96 1.961.132,46 1.903.021,30 8.072.965,62
Programa 6000 240.774.248,32 225.509.203,33 225.509.203,33 201.581.941,11 186.640.071,36 198.666.685,91 195.588.060,67
Programa 7000 7.766.223,92 7.313.095,56 7.313.095,56 7.055.298,14 6.928.659,11 7.185.145,25 7.841.235,58
Programa 8000 10.374.516,03 12.696.135,59 12.696.135,59 12.359.894,02 11.811.944,02 10.807.670,24 6.479.354,87
Programa 9000 5.717.981,61 5.520.942,40 5.520.942,40 3.370.549,97 1.239.973,75 1.203.400,00 1.480.432,00
Total Presupuesto 607.559.030,04 595.577.038,15 595.577.038,15 536.586.439,06 516.095.032,89 510.625.963,22 518.127.373,23
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12. Normas de ejecución.
Se exponen las novedades más significativas de las Normas de Ejecución del Presupuesto para 2015:
Regulación de los ingresos procedentes del alquiler de espacios o equipos de la Universidad y de la prestación de servicios adicionales y de los gastos ocasionados.
Generaciones de crédito:
o Facultades, el 80% de sus ingresos, excluido el IVA, salvo Indemnizaciones de Aseguradoras por siniestros que lo serán por el 100%.
o Títulos Propios, Formación Continua, Escuelas de Verano, Cursos para Extranjeros, Cursos Interfacultativos y Universidades Reunidas, el 75% de sus ingresos, excluido el IVA.
o Servicios Centrales, el 75% de sus ingresos por alquiler de espacios, excluido el IVA, que habrá de ser íntegramente dedicado a gastos de mantenimiento de tales espacios.
Facturas y documentos justificativos. Hasta tanto la UCM no implante un sistema de administración electrónica y se adhiera a la plataforma FACE, las facturas de los expedientes físicos deberán ser siempre en papel, no admitiéndose en Intervención facturas electrónicas ni documentos escaneados. Los proveedores tienen que indicar en las facturas, a efectos del Registro Administrativo Contable de facturas (RACF), órgano competente, unidad tramitadora y oficina contable en forma texto o en codificación Génesis. Posteriormente, una vez que la UCM implante la administración electrónica y se adhiera a la plataforma FACE, se facilitarán los Códigos DIR3 a los responsables de los centros.
Cajas de efectivo en metálico. Es obligatorio, en los casos en que se recauden ingresos en metálico, el control de los mismos mediante un arqueo diario contable de las operaciones hasta que los citados ingresos sean transferidos a las cuentas recaudatorias.
Incorporaciones y liquidaciones de ingresos del ejercicio 2014. La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) en el último apartado de su artículo 12 obliga a que los
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ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinen a reducir el nivel de deuda pública, por lo que en 2015 no va a haber liquidaciones ni incorporaciones de ingresos del ejercicio anterior, salvo para aquellos ingresos de Indemnizaciones de Aseguradoras por siniestros que, superando lo presupuestado, se produzcan con posterioridad al 20 de noviembre, dado su carácter finalista y la imposibilidad de ejecutar el gasto antes del cierre del ejercicio.
Se suprime el envío físico en papel de los documentos contables complementarios de escasa cuantía, iguales o inferiores a 1 euro de las fases de ejecución del gasto retención, autorización y compromiso y sus fases mixtas desde centros a la Intervención, en aplicación del principio de economía procesal en el procedimiento y por motivos de ahorro de tiempo y costes.
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LÍNEAS ESTRATÉGICAS PARA EL PRESUPUESTO 2015
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LÍNEAS ESTRATÉGICAS PARA EL PRESUPUESTO 2015
Contextualización y estructura del documento Después de años de sucesivas caídas en los importes de las transferencias corrientes a nuestra Universidad, que cubren la nominativa y el complemento adicional docente, por parte de la Comunidad de Madrid, que han sumado más de 80 millones de euros los últimos cuatro años, el año 2015 se plantea con una congelación de dichas transferencias corrientes. Con ello, el presupuesto de este ejercicio se plantea el gran objetivo de dar un nuevo impulso a la actividad docente e investigadora de nuestra Universidad, pero sin olvidar la contención del gasto corriente, que permite lograr el equilibrio presupuestario, a pesar del esfuerzo adicional que se plantea en aquellas medidas consideradas estratégicas para el próximo y siguientes ejercicios. Estas acciones estratégicas, agrupadas en líneas, son las que se recogen en el presente documento, para servir de guía a la elaboración del presupuesto del próximo ejercicio, 2015, y por tanto guarda continuidad con el aprobado en Consejo de Gobierno de 16 de enero de 2014, en el que se establecían las líneas estratégicas del presupuesto de 2014, y quiere enmarcar los planes de acción previstos para el próximo año, con incidencia en el presupuesto de 2015, dentro de un horizonte de actuación de medio y largo plazo. Este documento se ha estructurado en tres grandes bloques: Un primer bloque refleja las restricciones impuestas por las obligaciones que deben ser afrontadas, y se compone de una única línea denominada “dotación presupuestaria para la cuota de amortización (y en su caso de intereses) de deudas de ejercicios anteriores”. El segundo bloque recoge las líneas estratégicas de actuación con impacto económico significativo en el presupuesto de 2015. Este bloque recoge las líneas denominadas “mantenimiento del empleo, estabilización e impulso a la promoción”, “impulso de la investigación y la docencia”, “mejora de las infraestructuras”, “captación y retención de los alumnos excelentes”, “captación de mayores recursos” y “contención del gasto”. El tercero de los bloques recoge las líneas estratégicas de actuación sin impacto directo cuantificable en el presupuesto de 2015. Las líneas de que se compone son “mayor presencia internacional”, “Impulsar la vida cultural y deportiva de nuestra Universidad”, “impulsar el modelo de calidad Complutense” y “potenciar el modelo de prevención de riesgos de la Universidad”. Cada línea puede componerse de diferentes acciones. En aquellas acciones en las cuales, por el momento de su aplicación, el impacto económico sobre el presupuesto de 2015 sea parcial, se recoge también la estimación del impacto sobre el ejercicio 2016 para tener una mejor visión del efecto económico consolidado que dicha acción tiene.
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PRESUPUESTO 2015 BLOQUE I Línea 1: Dotación presupuestaria para el término amortizativo (cuota de amortización y en su caso intereses) proveniente de deudas de ejercicios anteriores Esta línea conforma en sí misma un bloque, porque es de diferente naturaleza al resto, ya que se trata del compromiso de hacer frente a las deudas contraídas en ejercicios anteriores, y se ha recogido en primer lugar porque condiciona la disponibilidad presupuestaria a partir de la cual se definen el resto de las líneas estratégicas. 01 Acción: Presupuestar los costes derivados del
préstamo consecuencia del mecanismo de pago a proveedores
Capítulo afectado: Capítulo III: Gastos financieros
Justificación: objetivo al que responde Responder a las exigencias del citado mecanismo de devolución del préstamo Descripción: Se presupuestará el gasto por los intereses del préstamo del plan de proveedores Estimación del impacto en el presupuesto 2015 1.909.058,54€ Estimación del impacto en el presupuesto 2016 8.963.925,58: 7.144.680,16€ de principal y 1.819.245,42 € de intereses 02 Acción: Presupuestar el pago correspondiente al
Campus de Excelencia Internacional y resto de anticipos reembolsables
Capítulo afectado: Capítulos III y IX: Gastos y Pasivos financieros
Justificación: objetivo al que responde Afrontar los compromisos económicos contraídos Descripción: Devolución del principal e intereses correspondientes al Campus de Excelencia Internacional y al resto de anticipos reembolsables. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Total de los anticipos reembolsables: 2.682.443,84 € Estimación del impacto en el presupuesto 2016 Total de los anticipos reembolsables: 2.553.246,95€
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PRESUPUESTO 2015 03 Acción: Dotación del Plan Económico Financiero Capítulo afectado:
Diversos capítulos de ingresos y gastos
Justificación: objetivo al que responde Cumplimiento del acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 12 de julio de 2013. Descripción: Se tiene en cuenta una partida de ingresos y gastos de conformidad con lo aprobado por el Consejo de Gobierno. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Fondo de contingencia 7.009.000 € BLOQUE II Línea 2: Mantenimiento del empleo, estabilización, impulso a la promoción y rejuvenecimiento. A pesar de las restricciones impuestas por la Comunidad de Madrid que limitan de manera notable las posibilidades de estabilización y promoción del profesorado, la UCM viene realizando un notable esfuerzo para no perder el capital humano generado a partir de una gran inversión. Concretamente las acciones de estabilización y promoción desarrolladas el pasado año suponen un incremento de coste en capítulo 1 de más de 1,6 millones de euros para 2015 y sucesivos ejercicios. Este ejercicio supone una continuación en la política de estabilización y promoción del profesorado de calidad iniciada con anterioridad, pero además se plantea un nuevo plan de dotación de plazas de Profesor Ayudante Doctor para permitir la necesaria renovación de la plantilla de profesorado y hacer frente a las necesidades docentes que ha generado la implantación de las nuevas titulaciones. En cuanto al PAS, tanto funcionario como laboral, se pretende actualizar e incorporar todos aquellos puestos y unidades administrativas creadas fuera de RPT o catálogo de PT y reducir la provisionalidad. 04 Acción: Renovación de Ayudantes y Profesores
Ayudantes Doctores. Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Apuesta por el profesorado joven en formación.
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PRESUPUESTO 2015 Descripción: Renovar a todos los profesores Ayudantes y Ayudantes Doctores cuyo contrato finaliza en 2015, pero es susceptible de ser renovado. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 No tiene impacto adicional en el presupuesto 2015. 05 Acción: Estabilización de Ayudantes y Profesores
Ayudantes Doctores Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Contar con una plantilla bien formada, más joven y estable que permita afrontar las necesidades docentes e investigadoras de nuestra Universidad Descripción: Para 2015 se propone contratar en las figuras correspondientes a todos los Ayudantes y Profesores Ayudantes Doctores cuyo contrato finaliza en 2015, sin posibilidad de renovación y siempre que cumplan los criterios de calidad fijados por el Plan UCM de Estabilización y Promoción 2012. El desglose de las plazas a convocar es el siguiente: 85 plazas de Profesor Contratado Doctor para Profesores Ayudantes Doctores 1 plaza de Profesor Ayudante Doctor para Ayudantes Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Contratados Doctores y Ayudantes Doctores: se prevé un impacto en presupuesto 2015 de aproximadamente 340.000€ si se considera un impacto económico en 6 meses, dado el proceso de convocatoria y resolución de los concursos. No obstante, hay que tener en cuenta que como consecuencia de las estabilizaciones en estas categorías realizadas en 2014 el coste de personal en 2015 se habrá incrementado adicionalmente en 804.000€. Estimación del impacto en el presupuesto 2016 Contratados Doctores y Ayudantes Doctores: por esta medida se prevé un impacto aproximado en presupuesto 2016 de 680.000€.
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PRESUPUESTO 2015 06 Acción: Mantenimiento de los contratos de los
Investigadores del Programa Ramón y Cajal Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Mantener la contratación de investigadores de excelencia para incorporar en un futuro a la plantilla de profesorado de la UCM Descripción: Para 2015 se propone prorrogar el contrato de los Investigadores del Programa Ramón y Cajal cuyo contrato finaliza en 2015 en las condiciones que fije la resolución correspondiente y siempre que cumplan los criterios de calidad fijados por el Plan UCM de Estabilización y Promoción 2012. Se renovarán 9 contratos Estimación del impacto en el presupuesto 2015 El coste estimado es de unos 207.000€ si se considera un impacto económico en 6 meses, dado el proceso de convocatoria y resolución de los concursos, y basado en las condiciones fijadas en la resolución de 2013. No obstante, hay que tener en cuenta que como consecuencia de las estabilizaciones en esta categoría realizadas en 2014 el coste de personal en 2015 se habrá incrementado adicionalmente en 369.000€. Estimación del impacto en el presupuesto 2016 Se prevé un impacto aproximado en presupuesto 2016 de 414.000€. 07 Acción: Estabilización de profesores de excelencia
contratados a tiempo parcial Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Estabilizar a profesores contratados a tiempo parcial (Interinos o Asociados) que destaquen por su curriculum vitae Descripción: Para 2015 se propone estabilizar a un total de 10 Profesores entre Profesores Titulares Interinos, Catedráticos de Universidad Interinos o Asociados, acreditados a Profesor Titular y siempre que cumplan los criterios de calidad fijados por el Plan UCM de Estabilización y Promoción 2012. Estimación del impacto en el presupuesto 2015
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PRESUPUESTO 2015 El coste estimado es de unos 129.000€ si se considera un impacto económico en 6 meses, dado el proceso de convocatoria y resolución de los concursos. El cálculo se ha realizado sobre la base de la siguiente distribución: 6 plazas de Profesor Contratado Doctor para Profesores Interinos 4 plazas de Profesor Contratado Doctor para Asociados No obstante, hay que tener en cuenta que como consecuencia de las promociones de profesores contratados a tiempo parcial realizadas en 2014 el coste de personal en 2015 se habrá incrementado adicionalmente en 258.000€. Estimación del impacto en el presupuesto 2016 Se prevé un impacto aproximado en presupuesto 2016 de 258.000€. 08 Acción: Promoción a Titular de Universidad o
Catedrático de Universidad Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Responde a dos objetivos: A) Convocar plazas de profesores funcionarios vinculados en Hospitales en servicios que van a carecer de ellos. B) Promocionar a Profesores Titulares de Universidad de Excelencia. Descripción: De acuerdo con la resolución del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 31 de julio de 2014, se propone la convocatoria de plazas de profesores funcionarios de los cuerpos docentes con cargo a la oferta pública de empleo 2014 de 11 Titulares o Catedráticos de Universidad.
La estimación del impacto en el presupuesto 2015 es de 91.000€, si se considera un impacto económico en 6 meses, basada en la distribución del año anterior. No obstante, hay que tener en cuenta que como consecuencia de las promociones a Tus y CUs realizadas en 2014 el coste de personal en 2015 se habrá incrementado adicionalmente en 75.000€. Estimación aproximada del impacto en el presupuesto 2016 Se prevé un impacto aproximado en presupuesto 2016 de 182.000€.
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PRESUPUESTO 2015 09 Acción: Contratación de PAD en función de las
necesidades existentes Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Rejuvenecimiento de la plantilla a través de nuevos Profesores Ayudantes Doctores en aquellas áreas donde existan necesidades docentes Descripción: Se plantean dos tipos de acciones:
A) Convocatoria de nuevas plazas de PAD por razón de necesidades. B) Convocatoria de plazas por reconversión de Profesores Asociados y Profesores
Titulares Interinos. La estimación del impacto en el presupuesto 2015 es de 650.000€, considerando 6 meses de impacto o 3 meses para la mitad de las nuevas plazas de PAD. Este cálculo se ha basado en la siguiente distribución:
- 40 nuevas plazas de PAD - 40 plazas de reconversión según la siguiente proporción:
o 10 plazas de reconversión de Asociados (15h + 15h) o 10 plazas de reconversión de Asociados (12h + 12h) o 10 plazas de reconversión de TU interino y Asociado (6h + 6h) o 10 plazas de reconversión de TU interino y Asociado (3h + 3h)
Estimación aproximada del impacto en el presupuesto 2016 Se prevé un impacto aproximado en presupuesto 2016 de 1.600.000€. 10 Acción: Reconocimiento paga de 30 años PDI
laboral permanente Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Extender el derecho a la percepción de la paga de antigüedad (fijada actualmente con carácter temporal en 30 años) al PDI laboral permanente. Descripción: Abono de la paga de antigüedad a todo el PDI laboral permanente que cumpla al menos 30 años de antigüedad durante 2015. La estimación del impacto en el presupuesto 2015 es de 149.000€.
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PRESUPUESTO 2015 11 Acción: modificación de la RPT (PAS Funcionario)
Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Actualizar e incorporar todos aquellos puestos y unidades administrativas creadas fuera de RPT debido a las necesidades organizativas actuales al no haberse realizado las modificaciones parciales necesarias para ajustar la RPT a la realidad. Descripción: Se propone realizar una modificación para responder a las necesidades administrativas y organizativas actuales y poder adoptar posteriormente las necesarias medidas que reduzcan la provisionalidad en la ocupación de los puestos. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Sin impacto en el presupuesto. 12 Acción: fomento de la jubilación voluntaria e
incentivada (PAS Funcionario)
Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Contención y racionalización de los gastos de personal Descripción: Firma del Acuerdo con la Junta de PAS Funcionario sobre jubilación a los 63 años, de fecha 27 de marzo de 2014.
Estimación del impacto en el presupuesto 2015 El ahorro en 2015 derivado de las jubilaciones producidas en 2014, 366.000 €. El previsible en 2016 asciende a 1.673.000 €. 13 Acción: Modificación del catálogo (PAS Laboral)
Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde Actualizar e incorporar todos aquellos puestos y unidades administrativas creadas fuera de catálogo debido a las necesidades organizativas actuales al no haberse realizado las modificaciones parciales necesarias para ajustar el catálogo a la realidad.
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PRESUPUESTO 2015 Descripción: Se propone realizar una modificación para responder a las necesidades administrativas y organizativas actuales y poder adoptar posteriormente las necesarias medidas que reduzcan la provisionalidad en la ocupación de los puestos. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Sin incidencia en el presupuesto. 14 Acción: Autorización de las jubilaciones parciales
(PAS Laboral) Capítulo afectado: Capítulo I: Gastos de personal
Justificación: objetivo al que responde
Permitir al PAS Laboral una mejor y más gradual desvinculación laboral al aproximarse a la edad de retiro, sin que ello suponga una merma en sus derechos de percepción de su pensión de jubilación
Descripción
Autorización de las solicitudes de jubilación parcial realizadas por el PAS Laboral, en el grado de parcialidad solicitado.
Estimación del impacto en el presupuesto 2015
Al ser obligatoria la contratación de un relevista, para que un trabajador pueda acogerse a la jubilación parcial, el ahorro que se produce es poco significativo. Al ser incierto el número de trabajadores que se acogerán a su derecho no puede reflejarse en el presupuesto inicial.
Línea 3: Impulso de la investigación y la docencia Investigación y docencia son dos grandes pilares de la actividad universitaria, sin la cual ésta no tendría sentido. Debe ser prioridad, en consecuencia, dotar a los centros de los medios adecuados para que puedan desarrollar su actividad y crear servicios que faciliten el trabajo, y optimicen los resultados, de los investigadores de nuestra Universidad. 15 Acción: Potenciar la Oficina Europea de la UCM.
Unificación de los servicios para el investigador en el Capítulo afectado: Capítulos VII de ingresos y
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Pabellón 8. Potenciar la generación de recursos humanos con la convocatoria de 50 contratos predoctorales.
VI de gastos
Justificación: objetivo al que responde Mejorar la internacionalización de la I+D de nuestra universidad, incrementando la presencia de la UCM tanto en proyectos cooperativos de I+D como en proyectos de excelencia financiados por el Consejo Europeo de Investigación. Mejorar los servicios de apoyo a la petición y gestión de fondos de investigación concentrando todos los servicios en el Pabellón 8 (Vicerrectorado de investigación y Fundación general de la UCM). Potenciar la formación de jóvenes investigadores que potencien las líneas de investigación estratégicas de la UCM, incorporando investigadores en formación Descripción: Aprovechando que comienza el nuevo programa marco europeo, el Horizonte 2020, se va a potenciar la Oficina Europea de la UCM dándole mayor entidad y recursos. Las líneas de actuación estarán orientadas a mejorar la formación del personal de apoyo a la investigación en proyectos de cooperación internacional en I+D, tanto para la solicitud como para el seguimiento de proyectos, y aumentar en cantidad y calidad la participación de los investigadores UCM en proyectos del H2020 Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que no es posible estimar el incremento de proyectos financiados, ni la cuantía de dicha financiación, el impacto no se puede recoger en el presupuesto inicial 16 Acción: Incrementar en un 3% el monto total del
presupuesto de las Facultades Capítulo afectado: Capítulos II y VI de Gastos (corrientes e inversiones)
Justificación: objetivo al que responde Permitir la mejora de la calidad en las actividades docente e investigadora de la Universidad Descripción: Dar continuidad a la tendencia iniciada el año pasado con un nuevo incremento de un 3% en el importe global distribuido para el funcionamiento de las Facultades. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 396.185,65 €
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PRESUPUESTO 2015 Línea 4: Mejora de las infraestructuras La actividad docente y universitaria, así como el trabajo de administración y servicios deben realizarse en unas condiciones físicas y de medios que permitan el logro de los objetivos pretendidos, con lo que se hace necesario establecer un plan de inversiones y dotarle de la financiación adecuada. 17 Acción: Priorización en la ejecución de gasto en
inversiones en función del cobro de la sentencia de 3 de enero de 2013
Capítulo afectado: Capítulo VI: Inversiones reales
Justificación: objetivo al que responde Adecuación de las infraestructuras para permitir el adecuado desarrollo de las actividades docente e investigadora de la Universidad Descripción: Con fecha 10 de octubre de 2014, y ante el incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid, se solicita a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se dicte resolución judicial por la que se ordene a la Comunidad de Madrid que se proceda, de conformidad con los términos de las resoluciones judiciales cuya ejecución se insta, a transferir e ingresar en la cuenta designada al efecto, la cantidad de 43.303.992 €, con destino a las obras de inversión previstas en el Plan. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Sin incidencia en el presupuesto inicial, no se puede reflejar en el presupuesto hasta que la sentencia no sea ejecutada. 18 Acción: Proyectos de mejora de la infraestructura
informática Capítulo afectado: Capítulo VI: Inversiones reales
Justificación: objetivo al que responde Adecuación de las infraestructuras para permitir el adecuado desarrollo de las actividades docente e investigadora de la Universidad Descripción: Mejora y renovación de sistemas y redes:
Tendidos de fibra óptica. Mejora de la cobertura y acceso WIFI. Renovación de la infraestructura de red (fase III). Renovación de la infraestructura de fibra óptica en centros. Gestión de identidad. Mejora de la seguridad. Ayuda en la implantación del Esquema Nacional de
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PRESUPUESTO 2015
Seguridad (ENS). Área de apoyo al usuario: E-oficina
Renovación de puestos de trabajo obsoletos. Implementación de escritorios virtuales (VDI)
Área de apoyo al usuario: E-Aula Renovación de ordenadores obsoletos, Implementación de escritorios virtuales (VDI) Proyecto V-estudiante, para permitir el acceso a recursos TI personalizados. Servicio de impresión 3D.
Mejora de infraestructura en bibliotecas: Renovación de equipamiento informático de uso público de las bibliotecas de
centros. Extensión del sistema de autopréstamo (RFID). Préstamo digital de manuales para estudiantes. Pago centralizado de Science Direct Elsevier
Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dada la heterogeneidad y complejidad técnica de las propuestas y los diversos niveles de modulación que muchas de ellas pueden presentar no se ha cerrado una cuantía global de impacto 19 Acción: Habilitación de los sótanos de la biblioteca
María Zambrano Capítulo afectado: Capítulo VI: Inversiones reales
Justificación: acondicionamiento de los espacios de la biblioteca María Zambrano para optimizar su uso Descripción: Acondicionamiento del sótano 1 (1.200 metros cuadrados) para zona de trabajo e investigación. Acondicionamiento del sótano 2 (1.477 metros cuadrados) para depósito de material bibliográfico (con una capacidad estimada mínima de 865.000 ejemplares). Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Sótano 1: 474.000€. Sótano 2: 1.476.000€. Línea 5: Captación y retención de los mejores alumnos Los mejores alumnos quieren matricularse en la mejor Universidad, de hecho la Universidad Complutense de Madrid tiene muchos estudiantes con notas excelentes en su periodo preuniversitario. Nuestra Universidad es elegida por su calidad y el reconocimiento de su amplia oferta de títulos de grado y posgrado, en ningún caso se puede permitir que un estudiante tenga que abandonar su carrera por problemas económicos.
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PRESUPUESTO 2015
20 Acción: Promoción de la UCM entre los estudiantes de pregrado y sus familiares
Capítulo afectado: Capítulo III de Ingresos y capítulo II de gastos
Justificación: objetivo al que responde
Captación de estudiantes de Grado para nuestra Universidad. Descripción:
continuar con las jornadas de orientación preuniversitaria JOP,
representación de la UCM en ferias e invitaciones de centros de secundaria,
organización de jornadas para orientadores y equipos directivos de los centros de secundaria adscritos a la UCM, así como para padres de estudiantes de secundaria,
participación en AULA
Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que los resultados de este conjunto de acciones no se pueden estimar a priori, no tienen reflejo en el presupuesto inicial.
21 Acción: Acciones tendentes a la captación de un
mayor número de alumnos de posgrado Capítulo afectado: Capítulo III de ingresos
Justificación: objetivo al que responde Incrementar el número de alumnos diversificando la oferta de acciones formativas de posgrado y facilitando el desarrollo de estudios de calidad y elevada carga docente a profesionales con necesidad de una formación especializada Descripción: Fomentar el desarrollo de Másteres Oficiales y continuar promoviendo y facilitando las propuestas de Títulos Propios y Formación Continua de calidad. Desarrollar un modelo modular que permita integrar Formación Continua y Títulos Propios, aumentando el atractivo de los mismos para alumnos de distintos perfiles. Potenciación de la enseñanza semi-presencial y online. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que el impacto de las medidas en el incremento de alumnos matriculados en posgrado no se puede prever con certeza, éstas no deben tener reflejo en el presupuesto inicial.
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PRESUPUESTO 2015 22 Acción: Ayudas económicas a estudiantes de grado y
postgrado con pocos recursos para su retención en la UCM
Capítulo afectado: Capítulo III de ingresos y capítulo IV de gastos
Justificación: objetivo al que responde Retener a los alumnos de buen rendimiento académico que por limitaciones económicas no podrían cursar estudios en nuestra Universidad. Descripción: Además de la ayuda general de los estudiantes de grado, se contempla un programa de ayudas para estudiantes excluidos de las becas del Ministerio, para que no dejen de estudiar Postgrados en nuestra Universidad en beneficio de otras Universidades que sí ofrecen este tipo de ayudas. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Presupuestación del plan de ayudas por importe de 600.000€. El mayor ingreso derivado del mayor número de alumnos que cursen estudios en nuestra Universidad no es cuantificable con certeza por lo que no puede tener reflejo en el presupuesto inicial. Línea 6: Captación de mayores recursos La diversificación de los ingresos para nuestra Universidad es interesante dado que la posibilidad de financiación vía tasas está agotada y en niveles excesivamente altos, y que existen bajas expectativas de crecimiento de las transferencias corrientes y de capital de la CM para un futuro próximo. 23 Acción: Potenciar el Centro Complutense de Español
como Lengua Extranjera (CCEE) Capítulo afectado: Capítulo III de ingresos: Tasas, precios públicos y otros ingresos
Justificación: objetivo al que responde Aprovechar el potencial del Centro para mejorar la imagen de la Complutense e incrementar la financiación. Descripción: Fomentar el conocimiento del CCEE dentro de la UCM para incorporar a los actuales estudiantes extranjeros con conocimiento deficitario de español y continuar las campañas de promoción del CCEE en el extranjero para aumentar su capacidad de captación de estudiantes. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 La medida no supone gasto y sí un mayor ingreso derivado del mayor número de
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PRESUPUESTO 2015 alumnos que cursen estudios en dicho Centro. Estos ingresos no se limitan al 35% sobre los ingresos de matrícula sino a los ingresos por alquiler de aulas. Dado que el impacto neto de la medida no es cuantificable con certeza no se puede trasladar al presupuesto inicial. 24 Acción: Potenciar la publicidad de Másteres de
postgrado, tanto en acciones externas (información en Aula, JOPS, publicidad en universidades extranjeras), como internas (información en la web).
Capítulo afectado: Capítulo III de ingresos: Tasas, precios públicos y otros ingresos
Justificación: objetivo al que responde Fomentar los estudios de posgrado de la UCM y la internacionalización de dichos estudios, situando a la UCM como una Universidad de preferencia para estudiantes nacionales e internacionales e incrementando adicionalmente los ingresos de capítulo III. Descripción: Se pretende incrementar la presencia de estudiantes de posgrado mediante dos tipos de acciones iniciadas en los años anteriores: vincular la información sobre Másteres oficiales con la de Grado a fin de visibilizar la continuidad natural de los estudios y las opciones de especialización; y seguir promocionando la oferta de Másteres Oficiales de la Universidad Complutense en Universidades Extranjeras, preferiblemente con convenios que aseguren la formación previa en español también dentro de la UCM. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que el impacto de las medidas en el incremento de alumnos matriculados en posgrado no se puede prever con certeza, éstas no deben tener reflejo en el presupuesto inicial. 25 Acción: Medidas adicionales de captación de fondos Capítulo afectado:
Capítulos III y V de ingresos
Justificación: objetivo al que responde Incrementar la financiación para compensar la reducción de las transferencias corrientes de la CM. Descripción: Continuidad en las acciones encaminadas a la captación de mayores ingresos, como la puesta en valor del patrimonio y de la marca Complutense, o las acciones específicas en Colegios Mayores que mejoran su nivel de ocupación, como estancias de verano, acciones de información y divulgación, o la oferta de plazas de residencia para profesores e investigadores en estancias cortas (congresos, seminarios, estancias de investigación, etc.).
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PRESUPUESTO 2015 Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que el importe es incierto, no se puede reflejar en el presupuesto inicial. Línea 7: Contención del gasto 26 Acción: Revisión de los Pliegos de Prescripciones
Técnicas Capítulo afectado: Capítulo II: Gastos corrientes en bienes y servicios
Justificación: objetivo al que responde Contención y racionalización de los gastos corrientes Descripción: Se continuará con la revisión de los Pliegos de Prescripciones Técnicas para una mejor prestación y adjudicación a la oferta con mejores condiciones. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 No es posible conocer el impacto del ahorro al depender de la adjudicación, por lo que no tiene reflejo en el presupuesto inicial. 27 Acción: Plan de eficiencia energética Capítulo afectado:
Capítulo II: Gastos corrientes en bienes y servicios
Justificación: objetivo al que responde Contención y racionalización de los gastos corrientes. Descripción: Ejecución del plan de activación de la eficiencia energética de la UCM y optimización en los puntos de suministro. Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que el importe es incierto no se puede trasladar a presupuestos. No obstante los ingresos obtenidos por esta vía irán a la dotación del Plan Económico Financiero.
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PRESUPUESTO 2015 BLOQUE III Línea 8: Fomento de la Internacionalización La Universidad Complutense necesita continuar reforzando su presencia y actividad internacional como algo positivo en sí mismo, como medio para mejorar su posición en los rankings, atraer estudiantes, generar nuevas fuentes de ingresos y afianzar su posición como universidad de referencia. 28
Acción: mantener e incrementar los programas, proyectos y acciones que promuevan la internacionalización
Capítulo afectado: Capítulos III y IV de ingresos
Justificación: objetivos a los que responde
Difundir el conocimiento y mejorar la imagen de la UCM y su posición en rankings internacionales, incrementando en consecuencia su potencial para reclutar estudiantes extranjeros.
Facilitar la movilidad internacional del PDI, PAS y estudiantes complutenses.
Apoyar la captación de fondos para la docencia y la investigación mediante presencia de nuestra universidad en redes y proyectos internacionales
Posibilitar el mantenimiento y desarrollo de títulos oficiales y propios internacionales.
Generar nuevas vías de captación de fondos a través de nuestra presencia en licitaciones internacionales
Favorecer la apertura de oficinas y representaciones la Universidad Complutense en otros campus universitarios de gran prestigio y la de otras grandes universidades en nuestros propios campus
Potenciar nuestra capacidad para la enseñanza de la lengua española y su acreditación.
Promover nuestra oferta formativa virtual en otros países.
Mejorar la visibilidad y capacidad de influencia de nuestra Universidad en redes internacionales
Descripción:
Desde sus diferentes instancias, la UCM desarrollará actividades conducentes a que se la conozca mejor, ofreciendo información adecuada de sus características y actividades, haciéndolo tanto en español como en inglés, y en otros idiomas cuando sea necesario.
Se reforzarán los programas de movilidad para la comunidad universitaria, con especial atención al programa Erasmus +
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PRESUPUESTO 2015 Se apoyará, mediante acciones formativas y apoyo técnico, la presentación de
nuestro personal a convocatorias públicas internacionales, en particular, europeas.
Se continuarán desarrollando acciones para ofertar títulos complutenses (propios y oficiales) en el extranjero.
Se promoverá la presencia de la UCM en consorcios que puedan presentarse con garantías de éxito a licitaciones internacionales.
Se firmarán convenios y acuerdos estratégicos con otras entidades nacionales e internacionales vinculadas con la educación superior
Se fomentará la presencia de nuestra universidad en foros que promuevan la internacionalización así como en ferias de universidades.
Se intensificarán nuestros contactos con embajadas para dar a conocer nuestra oferta universitaria, así como para promover distintas colaboraciones de carácter académico.
Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que los resultados de este conjunto de acciones no se pueden estimar a priori, no tienen reflejo en el presupuesto inicial. Línea 9 Calidad: Impulsar el modelo de calidad complutense La calidad en el ámbito de la docencia, investigación, gestión y de los servicios es una apuesta de nuestra Universidad, por lo que hay que apostar por una serie de iniciativas que permitan asegurar la mejora de la calidad y un buen puesto en la posición dentro de los rankings universitarios.
29 Acción: Actuaciones para la mejora de la calidad en la UCM y su posicionamiento en los rankings
Capítulo afectado: Capítulo II de Gastos
Justificación: objetivo al que responde
Se trata de diseñar un plan de actuaciones para liderar la mejora de la calidad en el Sistema Universitario Español. Descripción:
documentar todo el Modelo Complutense de Calidad,
establecer un sistema para la renovación de la acreditación de los estudios de Grado y Máster,
conseguir sellos internacionales en acreditación y desarrollo del programa AUDIT,
apostar por la formación del profesorado ofreciendo los denominados SPOCs (Small and Private Online Courses) a través de la plataforma Miríada X,
fortalecer el programa de evaluación docente (DOCENTIA),
potenciar los proyectos de innovación, y
trabajar en estudios que permitan mejorar la posición de la UCM en los rankings
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PRESUPUESTO 2015
universitarios internacionales Estimación del impacto en el presupuesto 2015
Generalidad no cuantificado porque no sabemos el alcance de los programas. Reducido impacto en el presupuesto dado que se trabajará con los recursos existentes. Línea 10 Extensión Universitaria: Impulsar la vida cultural y deportiva de nuestra Universidad Nuestra comunidad universitaria genera una interesante actividad cultural que es necesario potenciar y difundir, al igual que nuestros valioso patrimonio artístico, científico y tecnológico. Asimismo, es necesario mejorar el apoyo a las revistas científicas de la UCM y poner en marcha el proyecto de la nueva Editorial Complutense. La vida deportiva debe ser favorecida dentro del entorno universitario, promoviendo actividades dirigidas a la comunidad universitaria y optimizando el uso de los recursos e instalaciones. Para lograr estos objetivos se plantean las siguientes acciones
30 Acción: Potenciar la vida cultural de la UCM Capítulo afectado:
Capítulo II de Gastos Justificación: objetivo al que responde
Desarrollar actividades culturales y dar visibilidad a las mismas en nuestra Universidad. Descripción: Algunas de las actuaciones más destacables son:
puesta en marcha del Proyecto de la nueva Editorial Complutense
implantación de actuaciones para mejorar la calidad y visibilidad de las revistas científicas de la UCM
acciones para mejorar la visibilidad de los Museos y Colecciones universitarios, organización de Exposiciones y actividades Científicas, y desarrollo del Reglamento de los Museos y Colecciones del Patrimonio Histórico Artístico y Científico Técnico de la UCM
continuación del Proyecto Académico de la Universidad para los Mayores, desarrollando sus dos ciclos de programa formativo en las sedes de Moncloa (Geografía e Historia), San Blas (Facultad de Óptica) y Somosaguas (Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales).
consolidar el apoyo institucional a la Orquesta Sinfónica de la UCM (OSUCM) como Proyecto Cultural de nuestra Universidad
apoyar la V edición de la Semana Complutense de las Letras
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PRESUPUESTO 2015
Estimación del impacto en el presupuesto 2015
Estas acciones se llevarán a cabo con el presupuesto ordinario de la unidad de cultura del Vicerrectorado de Extensión Universitaria, sin que tengan un impacto incremental en su presupuesto.
31 Acción: Potenciar la vida deportiva de la UCM Capítulo afectado:
Capítulo II de Gastos Justificación: objetivo al que responde
Fomentar la vida deportiva de nuestra Universidad optimizando el aprovechamiento de las instalaciones deportivas. Descripción: Algunas de las actuaciones más destacables son:
fomentar la participación de la comunidad universitaria en las actividades deportivas y culturales organizadas y/o promovidas por este Vicerrectorado, incentivando la participación de los clubes deportivos de las distintas Facultades
divulgar nuestras instalaciones deportivas entre los centros escolares de los distritos municipales próximos al Campus Moncloa, así como promover la firma de Convenios con estos centros educativos.
Estimación del impacto en el presupuesto 2015
Estas acciones se llevarán a cabo con el presupuesto ordinario de la unidad de deportes del Vicerrectorado de Extensión Universitaria, los convenios a los que se ha hecho referencia podrían permitir obtener recursos adicionales para la financiación de las actividades deportivas.
Línea 11: Impulsar la política de prevención de riesgos en la Universidad 34 Acción: Impulsar la política de prevención de riesgos
en la Universidad Capítulo afectado: Capítulo II de Gastos
Justificación: objetivo al que responde Mejorar el sistema de seguridad y salud laboral de nuestra Universidad.
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PRESUPUESTO 2015 Descripción: El desarrollo de un plan de prevención de riesgos laborales implica: rediseñar el servicio de prevención de la universidad para lograr una efectiva
integración del sistema. dotar al servicio de los medios que necesita, reduciendo la dependencia del servicio
de prevención ajeno. desarrollar un plan de formación en materia preventiva dirigido a todos los
trabajadores de la Universidad para hacer frente a su doble responsabilidad: social y legal.
Estimación del impacto en el presupuesto 2015 Dado que la modificación organizativa que implica esta línea deberá ser consensuada y aprobada en los órganos de gobierno, el coste de la misma es difícil de evaluar en este momento.
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PRESUPUESTO 2015
CUADROS RESUMEN
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PRESUPUESTO 2015
3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 156.052.965,38 EUR 1 GASTOS DE PERSONAL 361.785.047,62 EUR
30 TASAS 3.672.418,05 EUR 10 ALTOS CARGOS 104.023,03 EUR
31 PRECIOS PÚBLICOS 138.164.712,27 EUR 12 PERSONAL FUNCIONARIO 206.733.866,65 EUR
32 OTROS INGRESOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 10.878.284,91 EUR 13 PERSONAL LABORAL 98.399.311,86 EUR
33 VENTA DE BIENES 60.552,69 EUR 14 OTRO PERSONAL 2.840.353,00 EUR
38 REINTEGROS OP. CORRIENTES 1.390.000,00 EUR 15 INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 3.703.838,97 EUR
39 OTROS INGRESOS 1.886.997,46 EUR 16 GASTOS SOCIALES A CARGO DEL EMPLEADOR 50.003.654,11 EUR
2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 70.451.165,02 EUR
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 310.527.034,57 EUR 20 ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 1.162.241,61 EUR
40 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 5.760.000,00 EUR 21 REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 7.320.877,57 EUR
41 DE ORGANISMOS PÚBLICOS 600.000,00 EUR 22 MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 60.181.525,19 EUR
45 DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 295.288.032,57 EUR 23 INDEMNIZACIONES POR R. SERVICIO 1.686.634,65 EUR
47 DE EMPRESAS PRIVADAS 5.664.800,00 EUR 24 PUBLICACIONES 99.886,00 EUR
48 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 41.000,00 EUR
49 DEL EXTERIOR 3.173.202,00 EUR 3 GASTOS FINANCIEROS 2.997.487,68 EUR
31 PRESTAMOS MONEDA NACIONAL 2.050.080,34 EUR
34 INTERESES DE DEMORA 907.137,34 EUR
35 OTROS GASTOS FINANCIEROS 40.270,00 EUR
5 INGRESOS PATRIMONIALES 3.061.226,07 EUR
52 INTERESES DE DEPÓSITOS 106.000,00 EUR 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 11.961.180,84 EUR
54 RENTAS DE BIENES INMUEBLES 1.056.133,58 EUR 40 T.C. AL ESTADO Y AL EXTERIOR 865.235,66 EUR
55 PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES 1.729.736,53 EUR 44 T.C. A EMPRESAS PÚBLICAS Y OTROS E.P. 82.800,00 EUR
59 OTROS INGRESOS PATRIMONIALES 169.355,96 EUR 48 T.C. A FAMILIAS E INST. SIN FINES LUCRO 11.013.145,18 EUR
469.641.226,02 EUR 447.194.881,16 EUR
6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 38.279,99 EUR 6 INVERSIONES REALES 66.507.282,23 EUR
68 REINTEGROS DE OPERACIONES DE CAPITAL 38.279,99 EUR 62 INVERSIÓN NUEVA 2.223.591,70 EUR
63 INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 7.317.056,68 EUR
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 47.647.235,22 EUR 64 OTRAS INVERSIONES 56.966.633,85 EUR
70 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 23.919.088,62 EUR
71 DE ORGANISMOS PÚBLICOS DEL ESTADO 230.000,00 EUR
75 DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 4.791.597,03 EUR 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.201.000,00 EUR
77 DE EMPRESAS PRIVADAS 6.992.343,20 EUR 74 T.C. A EMPRESAS PÚBLICAS 470.000,00 EUR
78 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 5.923.955,97 EUR 75 T.C. A UNIVERSIDADES 690.000,00 EUR
79 DEL EXTERIOR 5.790.250,40 EUR 78 T.C. A FAMILIAS E INST. SIN FINES DE LUCRO 41.000,00 EUR
8 ACTIVOS FINANCIEROS 800.000,00 EUR 8 ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00 EUR
83 REINTEGRO DE PRESTAMOS PERSONAL 800.000,00 EUR 83 ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00 EUR
9 PASIVOS FINANCIEROS 2.684.209,84 EUR
9 PASIVOS FINANCIEROS 632,00 EUR 91 AMORTIZACIÓN PRÉSTAMOS MONEDA NACIONAL 2.682.443,84 EUR
94 RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS 632,00 EUR 94 DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS 1.766,00 EUR
48.486.147,21 EUR 70.932.492,07 EUR
518.127.373,23 EUR 518.127.373,23 EUR
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
INGRESOS GASTOS
TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL
TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS
TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL
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PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
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PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DETALLE POR SUBCONCEPTOS
PRESUPUESTO DE INGRESOS
46
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 3 . TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS
INGRESOS 156.052.965,38
ARTICULO 30 . TASAS 3.672.418,05
303 Tasas Académicas 3.654.953,05
00 Tasas de Secretaría 3.654.953,05
309 Otras Tasas 17.465,00
00 Legalización y envío de documentos 17.465,00
ARTICULO 31 . PRECIOS PÚBLICOS 138.164.712,27
310 Derechos de Matrícula en Cursos y
Seminarios 133.161.824,08
00 Grados, Licenciaturas y Diplomaturas 84.699.354,75
01 Mantenimientos y lecturas de tesis 2.054.529,75
02 Becarios Centros Propios 13.124.675,22
03 Becarios Familia Numerosa 3.284.147,89
04 Becas Otros Organismos 170.130,25
05 Titulaciones Propias 7.990.976,22
06 Pruebas de Acceso 1.116.000,00
07 Pruebas Específicas de Acceso 17.600,00
09 Dchos. preinscrip.TP 143.110,00
10 Cursos Interfacultativos 350.000,00
11 Formación contínua 1.648.000,00
12 Matrícula Máster Universitario (incl.
Doctorado) 18.240.300,00
13 Otros Derechos Matrícula 323.000,00
319 Otros Precios Públicos 5.002.888,19
00 Impresos de Matrícula 2.500,00
02 Servicios Consultas de Clínicas 3.844.174,66
09 Otros Precios Públicos 1.156.213,53
ARTICULO 32 . OTROS INGRESOS DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS 10.878.284,91
320 Colegios Mayores 6.003.875,86
00 Alojamiento Colegiales 5.618.875,86
01 Alojamiento Verano 295.000,00
02 Otros Residentes 90.000,00
321 Ingresos CAIS 1.138.696,00
00 Ingresos CAIS 1.138.696,00
323 Actividades Deportivas 751.000,00
00 Actividades Deportivas 751.000,00
329 Otros Ingresos por Prestación de
Servicios 2.984.713,05
00 Otros Ingresos prest. serv. 2.984.713,05
ARTICULO 33 . VENTA DE BIENES 60.552,69
330 Venta de Publicaciones Propias 60.496,72
00 Venta de Publicaciones UCM 60.496,72
331 Venta de Fotocopias 55,97
00 Venta de Fotocopias 55,97
ARTICULO 38 . REINTEGROS DE OPERACIONES
CORRIENTES 1.390.000,00
380 Reintegros de Ejercicios Cerrados 1.390.000,00
00 Reintegros Ejercicios Cerrados 1.390.000,00
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE INGRESOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE INGRESOS 2015
47
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 39 . OTROS INGRESOS 1.886.997,46
391 Indemnizaciones. Costas Procesales 48.150,00
00 Intereses demora 15.000,00
01 Indem. Aseguradoras por siniestros 33.150,00
399 Ingresos Diversos 1.838.847,46
00 Porcentaje Retención Art. 83 LOU 554.000,00
02 Reembolso Póliza de Seguros 2.963,77
09 Otros Ingresos Diversos 1.281.883,69
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 310.527.034,57
ARTICULO 40 . DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 5.760.000,00
400 Del Ministerio de Educación 5.760.000,00
02 Ayudas Movilidad Estudiantes 5.760.000,00
ARTICULO 41 . DE ORGANISMOS PÚBLICOS 600.000,00
410 De Otros Organismos Públicos 600.000,00
09 Otros Organismos Públicos 600.000,00
ARTICULO 45 . DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 295.288.032,57
450 De la Comunidad de Madrid 295.288.032,57
00 C.Educación-Asignación Nominativa 291.961.726,00
01 C.Educación-Convenio Preinscripción 286.316,49
03 C. de Sanidad-Plazas Vinculadas 2.863.623,08
04 C.Presidencia, Justicia e Interior 7.500,00
09 C.Educ.-Consejo Social 168.867,00
ARTICULO 47 . DE EMPRESAS PRIVADAS 5.664.800,00
470 De Empresas Privadas 5.664.800,00
02 Patrocinios 4.691.000,00
09 Otras Transf. Empr.Privadas 973.800,00
ARTICULO 48 . DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN
FINES DE LUCRO 41.000,00
485 Transferencias de Instituciones Sin Fines
de Lucro 41.000,00
09 Otras Transfer.FSFL 41.000,00
ARTICULO 49 . DEL EXTERIOR 3.173.202,00
490 Subvenciones Unión Europea 3.123.202,00
00 Direc. Gral. Enseñanza Exterior-Action
Jean Monnet 55.000,00
01 Programa Sócrates/Erasmus 3.068.202,00
491 Subvenciones de Organismos
Internacionales 50.000,00
02 EE.UU. (Becas California) 50.000,00
CAPITULO 5 . INGRESOS PATRIMONIALES 3.061.226,07
ARTICULO 52 . INTERESES DE DEPÓSITOS 106.000,00
529 Intereses de Depósitos 106.000,00
09 Otros Depósitos 106.000,00
ARTICULO 54 . RENTAS DE BIENES INMUEBLES 1.056.133,58
540 Alquiler y Productos de Inmuebles 1.056.133,58
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE INGRESOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE INGRESOS 2015
48
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
00 Alquiler Vivienda Docentes 207.300,00
02 Alquiler de Aulas y Salones de Actos 596.454,36
04 Acciones Publicitarias 81.541,11
09 Alq. Otros Prod. Inmuebles 170.838,11
ARTICULO 55 . PRODUCTOS DE CONCESIONES Y
APROVECHA. ESPECIALES 1.729.736,53
550 Concesiones Administrativas 1.729.736,53
00 Cafeterías y Comedores 903.988,00
01 Librerías y Tiendas 108.416,00
02 Edificios 717.332,53
ARTICULO 59 . OTROS INGRESOS PATRIMONIALES 169.355,96
590 Cánones 138.681,00
00 Canon Máquinas Fotocopiadoras 95.000,00
01 Canon Actividades Deportivas 43.681,00
599 Otros Ingresos Patrimoniales 30.674,96
09 Otros Ingresos Patrimoniales 30.674,96
CAPITULO 6 . ENAJENACIÓN INVERSIONES REALES 38.279,99
ARTICULO 68 . REINTEGROS POR OPERACIONES DE
CAPITAL 38.279,99
680 Reintegros ejer. cerrados 38.279,99
00 Reintegros Investigación de ejercicios
cerrados 38.279,99
CAPITULO 7 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 47.647.235,22
ARTICULO 70 . DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 23.919.088,62
700 Del Ministerio de Educación Cultura y
Deporte 4.876.050,26
00 Investigación M. Educación 4.876.050,26
702 De Otros Departamentos Ministeriales 412.000,00
00 Investigación Otros Ministerios 412.000,00
703 Del M. de Economía y Competitividad 18.631.038,36
00 Investigación M. E. y Competitividad 16.680.067,36
01 Programa Ramón y Cajal M. E. y
Competitividad 1.202.171,00
02 Programa Juan de la Cierva M. E. y
Competitividad 748.800,00
ARTICULO 71 . DE ORGANISMOS PÚBLICOS 230.000,00
710 De Organismos Públicos 230.000,00
06 Cont. y prog. OTRI 230.000,00
ARTICULO 75 . DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 4.791.597,03
750 De la Comunidad de Madrid 4.719.250,00
00 C. Educación-Plan de Inversiones 2.336.250,00
01 C. Educación-Plan Regional de
Investigación 2.383.000,00
759 De Otras Comunidades Autónomas 72.347,03
03 Otras Comunidades Autónomas 72.347,03
ARTICULO 77 . EMPRESAS PRIVADAS 6.992.343,20
770 Empresas Privadas 6.992.343,20
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE INGRESOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE INGRESOS 2015
49
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
00 De empresas privadas 852.343,20
06 Cont. y prog. OTRI 6.140.000,00
ARTICULO 78 . DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN
FINES DE LUCRO 5.923.955,97
780 De Familias e Instituciones Sin Fines de
Lucro 5.923.955,97
06 Cont. y prog. OTRI 1.650.000,00
09 Otras Transfer.FSFL 4.273.955,97
ARTICULO 79 . DEL EXTERIOR 5.790.250,40
790 Subvenciones de la Unión Europea 5.740.000,00
06 Cont. y prog. OTRI 5.740.000,00
791 Otras Transferencias de la Unión Europea 50.250,40
00 Otras Transferencias de la Unión Europea 50.250,40
CAPITULO 8 . ACTIVOS FINANCIEROS 800.000,00
ARTICULO 83 . REINTEGROS DE PRÉSTAMOS
CONCEDIDOS FUERA DEL S.P. 800.000,00
830 Préstamos a Corto Plazo 500.000,00
00 De Anticipos al Personal 500.000,00
831 Préstamos a Largo Plazo 300.000,00
00 De Préstamos al Personal 300.000,00
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 632,00
ARTICULO 94 . RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS Y
FIANZAS 632,00
941 Recepción de Fianzas 632,00
00 Fianzas Recibidas 632,00
TOTAL PRESUPUESTO 518.127.373,23
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE INGRESOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE INGRESOS 2015
50
PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DETALLE POR SUBCONCEPTOS
PRESUPUESTO DE GASTOS
51
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 361.785.047,62
ARTICULO 10 . CONTRATOS DE ALTOS CARGOS 104.023,03
100 Retribuciones Básicas y Complementarias 104.023,03
00 Retribuciones Básicas Altos Cargos 104.023,03
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 206.733.866,65
120 Retribuciones Básicas 84.310.372,07
00 Ret. Bas. Personal Docente Investigador 35.623.622,53
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 15.489.991,02
02 Trienios Personal Docente Investigador 12.815.345,77
03 Trienios PAS Funcionario 3.684.449,33
04 Paga Extraordinaria PAS 5.271.773,06
06 Pagas Extraordinarias PDI Funcionario 11.425.190,36
121 Retribuciones Complementarias 122.412.837,86
00 Ret. Complem. Personal Docente
Investigador Func. 49.135.785,34
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 33.724.328,18
02 Cargos Académicos 2.163.298,12
03 Evaluaciones Actividad Docente 17.464.550,34
04 Evaluaciones Actividad Investigadora 10.138.939,26
05 Comp. Docente PDI (Funcionario) 9.785.936,62
123 Asignación por Destino en el Extranjero 10.656,72
00 Asignación por destino Extranjero 10.656,72
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 98.399.311,86
130 Personal Laboral Fijo 68.865.478,65
00 Ret. Básicas PAS Laboral Fijo 36.049.296,69
01 Otras Remuner. PAS Laboral Fijo 4.864.665,78
02 Ret. Básicas PDI Laboral Fijo 20.695.366,19
03 Trienios PDI Laboral Fijo 1.614.505,20
04 Evaluación Docente 2.136.166,84
05 Complemento Docente Laboral Fijo 2.242.317,43
07 Eval. Activ Invest. PDI 964.940,48
08 Cargos Académicos 298.220,04
131 Personal Laboral Eventual 29.533.833,21
00 Ret. Básicas PAS Laboral Eventual 6.730.893,67
01 Ret. Básicas PDI Laboral Eventual 19.761.272,44
03 Trienios PDI Laboral Eventual 423.885,15
05 Complemento Docente Laboral Eventual 2.617.781,95
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 2.840.353,00
141 Otro Personal 2.840.353,00
01 Conferencias 1.240.010,00
02 Enseñanzas No Homologadas 1.600.343,00
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 3.703.838,97
150 Productividad 3.496.470,01
00 Productividad PAS Funcionario 2.017.090,86
01 Productividad PDI Funcionario 1.479.379,15
151 Gratificaciones 207.368,96
00 Gratificaciones PAS Funcionario 4.900,00
01 Gratificaciones PDI 29.300,00
02 Gratificaciones PAS Laboral Fijo 152.968,96
03 Gratificaciones PAS Laboral Eventual 20.200,00
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
52
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 50.003.654,11
160 Cuotas Sociales 45.146.448,55
00 Seguridad Social 45.146.448,55
161 Prestaciones Sociales 4.291.005,56
04 Indemnizaciones e incentivos Jubilacion
voluntaria 3.391.005,56
05 Paga Jubilación PDI 900.000,00
162 Gastos Sociales a Favor del Personal 566.200,00
00 Formación y Perfeccionamiento del
Personal 106.200,00
01 Transporte de Personal 460.000,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 70.451.165,02
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 1.162.241,61
202 Edificios y Otras Construcciones 16.808,26
01 Aulas 16.808,26
203 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 72.874,44
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 72.874,44
204 Material de Transporte 178.028,17
00 Material de Transporte 178.028,17
205 Mobiliario y Enseres 55.200,00
00 Mobiliario y Enseres 55.200,00
206 Equipos para Procesos de Información 823.428,18
00 Equipos para Procesos de Información 823.428,18
207 Equipos Audiovisuales 11.702,56
00 Equipos Audiovisuales 11.702,56
209 Otro Inmovilizado Material 4.200,00
00 Otro Inmovilizado Material 4.200,00
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 7.320.877,57
210 Infraestructuras y Bienes Naturales 1.185.021,74
00 Infraestructuras y Bienes Naturales 1.185.021,74
212 Edificios y Otras Construcciones 1.116.530,24
00 Edificios y Otras Construcciones 1.116.530,24
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 2.398.576,76
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 2.398.576,76
214 Material de Transporte 46.625,00
00 Material de Transporte 46.625,00
215 Mobiliario y Enseres 220.021,27
00 Mobiliario y Enseres 220.021,27
216 Equipos para Procesos de Información 2.211.635,46
00 Equipos para Procesos de Información 2.211.635,46
217 Equipos Audiovisuales 53.127,07
00 Equipos Audiovisuales 53.127,07
218 Equipos de Telefonía 35.740,03
00 Equipos de Telefonía 35.740,03
219 Otro Inmovilizado Material 53.600,00
00 Otro Inmovilizado Material 53.600,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 60.181.525,19
220 Material Fungible de Oficina 7.128.223,77
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
53
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
00 Fungibles de Oficina 2.105.410,69
01 Prensa 30.800,00
02 Libros y Otras Publicaciones 1.974.537,06
03 Fungibles de Informática 1.686.659,26
04 Libros y Otras Publicaciones
Centralizadas 1.168.487,01
09 Otro Material no Inventariable 162.329,75
221 Suministros 20.940.722,21
00 Energía Eléctrica 10.190.000,00
01 Agua 1.757.000,00
02 Gas 3.840.000,00
03 Combustible 137.450,00
04 Vestuario 227.356,78
05 Productos Alimenticios 2.024.968,00
06 Productos Farmacéuticos 122.225,00
07 Fungibles de Laboratorio 1.156.793,91
08 Material Deportivo 31.600,00
09 Alimentación Animales 41.300,00
99 Otros Suministros 1.412.028,52
222 Comunicaciones 1.271.001,55
00 Servicios Telefónicos 1.021.779,16
01 Servicios Postales y Telegráficos 241.022,39
09 Otras Comunicaciones 8.200,00
223 Transporte 64.436,61
01 Otros Transportes 64.436,61
224 Primas de Seguros 332.655,40
01 Primas de Seguros por Vehículos 31.600,00
02 Primas por Asistencia Sanitaria a
Becarios 5.000,00
03 Primas por Responsabilidad Civil 206.962,00
09 Primas de Seguros por Otros Riesgos 89.093,40
225 Tributos 118.288,65
00 Tributos y Aranceles 118.288,65
226 Gastos Diversos 12.778.189,99
01 Atenciones Protocolarias y
Representativas 9.999,00
02 Publicidad y Proganda 92.175,00
03 Jurídicos y Contenciosos 40.000,00
04 Certámenes y Premios 48.200,00
05 Cuotas Inscripciones y Suscripciones 28.900,00
06 Reuniones y Conferencias 4.430.671,21
07 Celebraciones y Actos Acedémicos 133.358,00
08 Préstamo Interbibliotecario 46.039,00
10 Actividades Deportivas 65.500,00
11 Ayudas de Viaje 28.860,00
12 Actividades Socioculturales 171.787,78
13 Fondo Contingencia 500.000,00
15 Gastos Electorales 158.100,00
16 Gastos de sepelios 15.600,00
18 F.Contingencia PEF 2013/2016 7.009.000,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 17.249.865,32
00 Trabajos de Limpieza y Aseo 13.217.698,28
01 Servicios de Depósito y Custodia 38.790,00
02 Monitores Escuelas Deportivas 140.000,00
03 Servicios de Seguridad 963.400,00
04 Traslado Fondos Bibliográficos 12.600,00
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
54
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
05 Trabajos de Informatización 31.000,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 1.641.945,40
07 Actividades Recreativas y Deportivas 156.000,00
08 Trabajos de Imprenta 534.870,90
09 Retirada de Residuos 142.400,00
99 Otros Trabajos 371.160,74
228 Gastos Programas Especificos 298.141,69
06 Salón del Estudiante 60.000,00
07 Acc. Estratégicas 26.734,05
08 Jornadas de Orientación Preuniversitaria 30.000,00
22 Pr. Coop. Desarrollo 9.850,00
23 Prog. Especf apoyo pers. con discapacidad 72.557,64
29 Oficina Delegación Estudiantes 3.000,00
37 Organización de Seminarios 55.000,00
38 Campus de Verano 41.000,00
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 1.686.634,65
230 Participación en Tribunales 302.500,00
00 Trib. Prov. Cpos. Docentes 110.000,00
01 Tribunales Tercer Ciclo 192.500,00
231 Comisiones de Servicio 555.262,89
00 Comisiones de Servicio 555.262,89
232 Locomoción 16.961,76
00 Locomoción y traslado de personal 16.961,76
233 Otras Indeminzaciones 811.910,00
00 Asistencias Reuniones Consejo Social 83.000,00
01 Pruebas Acceso Alumnos 728.910,00
ARTICULO 24 . PUBLICACIONES 99.886,00
240 Publicaciones 99.886,00
00 Gastos de Edición y Publicaciones 99.886,00
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 2.997.487,68
ARTICULO 31 . PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 2.050.080,34
310 Préstamos en Moneda Nacional 2.050.080,34
00 Intereses Préstamos a Largo Plazo 1.992.580,34
01 Intereses de Avales 57.500,00
ARTICULO 34 . INTERESES DE DEMORA 907.137,34
342 Intereses de Demora 907.137,34
00 Intereses de Demora 907.137,34
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 40.270,00
350 Gastos Financieros 40.270,00
00 Otros Gastos Financieros 40.270,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 11.961.180,84
ARTICULO 40 . TRANSERENCIAS CORRIENTES. AL
ESTADO Y AL EXTERIOR 865.235,66
405 Transferencias Corrientes al Exterior 865.235,66
00 Participación en Organismos
Internacionales 35.000,00
04 Colegio Miguel Servet en Paris 20.000,00
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
55
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
05 Real Colegio Complutense en Harvard 750.000,00
06 Cátedra GAOS 50.000,00
07 Cuotas Afiliación Exterior 10.235,66
ARTICULO 44 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
EMP. Y ENTIDADES PÚBLI 82.800,00
445 Transf. Corr. a Consorcios y Otros Entes 82.800,00
00 Consorcio Urbanístico Ciudad
Universitaria 82.800,00
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 11.013.145,18
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 908.822,98
00 Cooperación al Desarrollo 104.332,59
02 Asociaciones de Estudiantes 15.000,00
05 Organizaciones Sindicales 19.931,21
07 Institutos Universitarios Adscritos 15.000,00
08 Ayudas Varias 611.799,18
10 Prem. Cienc. Acción 1.500,00
12 Cuotas Afiliación Nacionales 10.490,00
99 Ayudas a Otras Instituciones 130.770,00
481 Transferencias Corrientes a Fundaciones 2.866.122,00
04 Fundación G. UCM - Otras Trans.
Corrientes 170.000,00
05 Fundación Parque Tecnológico 160.022,00
08 FGUCM - Convenio Santander 2.536.100,00
485 Trans. Corr. a Centros Docentes Adscritos 3.312.000,00
00 Centro de Estudios Superiores Felipe II 3.312.000,00
486 Ayudas Comp. a la Educación y la
Formación 3.926.200,20
08 Becas de Colaboración 988.874,00
10 Ayudas Sócrates/Erasmus (Alumnos) CE 2.115.311,40
11 Ayudas Sócrates/Erasmus (Profesores)CE 116.100,00
19 Becas California 50.000,00
99 Otras Becas 655.914,80
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 66.507.282,23
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 2.223.591,70
620 Inversión Nueva 2.223.591,70
00 Obras Nuevas 386.043,61
01 Equipamiento Nuevo 1.837.548,09
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 7.317.056,68
630 Inversión de Reposición 7.317.056,68
00 Obras de Reforma, Mantenimiento y
Seguridad 4.324.196,60
01 Equipamiento de Reposición 2.892.860,08
13 Fondo de Contingencia 100.000,00
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 56.966.633,85
640 Inversión en Programas de Investigación 50.079.311,77
03 Centros de Apoyo a la Investigación 1.895.888,92
04 Acciones de Investigación 100.000,00
08 Proyecto Programa Ramón y Cajal 1.794.957,90
09 Proyectos Dept. Ministeriales 10.030.011,47
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
56
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
10 Programa Juan de la Cierva 870.564,25
14 Ayudas Personal Investigador 2.140.012,47
16 Becas de Estancias Cortas 321.383,00
21 Calidad C.A.I. 40.000,00
23 Patentes 30.000,00
24 Informes, Auditorías y Licitaciones 66.000,00
25 Actividades de Apoyo a la Investigación 105.000,00
50 Justif. FGUCM Investigación 16.950.241,58
51 Proyectos OTRI 13.760.000,00
99 Proyectos Programas de Otras Inst. 1.975.252,18
641 Inversión en Otros Programas 674.000,00
04 Proyectos Mejora Calidad Docente 74.000,00
13 Proyectos Europeos 600.000,00
642 Inver. Prog. RR. Internacionales 6.213.322,08
01 Convenios Internacionales 5.907.439,08
12 Programa de Movilidad 250.883,00
30 Catedra Jean Monnet 55.000,00
CAPITULO 7 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.201.000,00
ARTICULO 74 . TRANSF. CAPITAL A EMPRESAS PÚB.
Y OTROS ENTES PÚB. 470.000,00
744 Transf. Capital a Empresas Públicas y
Entes Públic 470.000,00
00 T. C. a Empresas y Entes Públicos 470.000,00
ARTICULO 75 . TRANSFERENCIAS CAPITAL A
UNIVERSIDADES 690.000,00
750 Transferencias Capital a Universidades 690.000,00
00 Transferencias Capital a Universidades 690.000,00
ARTICULO 78 . TRANSFERENCIAS CAPITAL A
FAMILIAS E INST. SFL 41.000,00
781 Transferencias de Capital a Fundaciones 41.000,00
08 Fundaciones Varias 41.000,00
CAPITULO 8 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00
ARTICULO 83 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00
830 Préstamos a Corto Plazo 540.000,00
08 Anticipos al Personal 540.000,00
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 2.684.209,84
ARTICULO 91 . AMORTIZACIÓN PRESTAMOS MONEDA
NACIONAL 2.682.443,84
911 Devoluc. Préstamos largo plazo Ente
Sector Público 2.682.443,84
00 Devoluc. Préstamos largo plazo Ente
Sector Público 2.682.443,84
ARTICULO 94 . DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y
FIANZAS 1.766,00
941 Devolucion de Fianzas Recibidas 1.766,00
00 Devolución de Fianzas 1.766,00
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
57
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
TOTAL PRESUPUESTO 518.127.373,23
PRESUPUESTO 2015
RESUMEN DE GASTOS POR SUBCONCEPTOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2015
58
PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN FUNCIONAL
59
PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN FUNCIONAL POR PROGRAMAS
RELACIÓN DE PROGRAMAS
1000 DESARROLLO DE LA DOCENCIA Y DE LA INVESTIGACIÓN.
2000 GESTIÓN DE LA ENSEÑANZA 3000 INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y TRANSFERENCIA
DE TECNOLOGÍA
4000 TITULACIONES PROPIAS Y FORMACIÓN CONTINUA 5000 RELACIONES EXTERNAS 6000 DIRECCIÓN Y GESTIÓN 7000 SERVICIOS A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA 8000 BECAS Y AYUDAS A LOS ESTUDIANTES 9000 FORMACIÓN Y ASISTENCIA AL PERSONAL
60
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 220.103.052,89
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 148.378.524,87
120 Retribuciones Básicas 59.864.158,66
00 Ret. Bas. Personal Docente Investigador 35.623.622,53
02 Trienios Personal Docente Investigador 12.815.345,77
06 Pagas Extraordinarias PDI Funcionario 11.425.190,36
121 Retribuciones Complementarias 88.503.709,49
00 Ret. Complem. Personal Docente
Investigador Func. 49.135.785,34
02 Cargos Académicos 1.978.497,93
03 Evaluaciones Actividad Docente 17.464.550,34
04 Evaluaciones Actividad Investigadora 10.138.939,26
05 Comp. Docente PDI (Funcionario) 9.785.936,62
123 Asignación por Destino en el Extranjero 10.656,72
00 Asignación por destino Extranjero 10.656,72
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 50.746.783,86
130 Personal Laboral Fijo 27.951.516,18
02 Ret. Básicas PDI Laboral Fijo 20.695.366,19
03 Trienios PDI Laboral Fijo 1.614.505,20
04 Evaluación Docente 2.136.166,84
05 Complemento Docente Laboral Fijo 2.242.317,43
07 Eval. Activ Invest. PDI 964.940,48
08 Cargos Académicos 298.220,04
131 Personal Laboral Eventual 22.795.267,68
01 Ret. Básicas PDI Laboral Eventual 19.753.600,58
03 Trienios PDI Laboral Eventual 423.885,15
05 Complemento Docente Laboral Eventual 2.617.781,95
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 1.495.379,15
150 Productividad 1.479.379,15
01 Productividad PDI Funcionario 1.479.379,15
151 Gratificaciones 16.000,00
01 Gratificaciones PDI 16.000,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 19.482.365,01
160 Cuotas Sociales 16.101.407,80
00 Seguridad Social 16.101.407,80
161 Prestaciones Sociales 3.380.957,21
04 Indemnizaciones e incentivos Jubilacion
voluntaria 2.480.957,21
05 Paga Jubilación PDI 900.000,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 364.014,71
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 6.280,66
216 Equipos para Procesos de Información 6.280,66
00 Equipos para Procesos de Información 6.280,66
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 51.734,05
220 Material Fungible de Oficina 1.500,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 1000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Desarrollo de la Docencia y de la Investigación
61
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
00 Fungibles de Oficina 1.500,00
226 Gastos Diversos 23.500,00
06 Reuniones y Conferencias 23.500,00
228 Gastos Programas Especificos 26.734,05
07 Acc. Estratégicas 26.734,05
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 304.000,00
230 Participación en Tribunales 302.500,00
00 Trib. Prov. Cpos. Docentes 110.000,00
01 Tribunales Tercer Ciclo 192.500,00
231 Comisiones de Servicio 1.500,00
00 Comisiones de Servicio 1.500,00
ARTICULO 24 . PUBLICACIONES 2.000,00
240 Publicaciones 2.000,00
00 Gastos de Edición y Publicaciones 2.000,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 78.287,50
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 4.287,50
620 Inversión Nueva 4.287,50
01 Equipamiento Nuevo 4.287,50
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 74.000,00
641 Inversión en Otros Programas 74.000,00
04 Proyectos Mejora Calidad Docente 74.000,00
TOTAL PROGRAMA 220.545.355,10
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 1000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Desarrollo de la Docencia y de la Investigación
62
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 912.575,83
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 245.260,73
120 Retribuciones Básicas 39.260,00
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 28.800,00
03 Trienios PAS Funcionario 2.800,00
04 Paga Extraordinaria PAS 7.660,00
121 Retribuciones Complementarias 206.000,73
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 46.850,10
02 Cargos Académicos 159.150,63
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 215.785,00
130 Personal Laboral Fijo 6.450,00
01 Otras Remuner. PAS Laboral Fijo 6.450,00
131 Personal Laboral Eventual 209.335,00
00 Ret. Básicas PAS Laboral Eventual 201.663,14
01 Ret. Básicas PDI Laboral Eventual 7.671,86
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 263.820,00
141 Otro Personal 263.820,00
01 Conferencias 2.060,00
02 Enseñanzas No Homologadas 261.760,00
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 105.516,60
150 Productividad 4.540,00
00 Productividad PAS Funcionario 4.540,00
151 Gratificaciones 100.976,60
00 Gratificaciones PAS Funcionario 1.200,00
01 Gratificaciones PDI 2.000,00
02 Gratificaciones PAS Laboral Fijo 90.576,60
03 Gratificaciones PAS Laboral Eventual 7.200,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 82.193,50
160 Cuotas Sociales 82.193,50
00 Seguridad Social 82.193,50
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 12.299.961,56
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 281.157,27
202 Edificios y Otras Construcciones 5.000,00
01 Aulas 5.000,00
203 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 38.650,00
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 38.650,00
204 Material de Transporte 168.228,17
00 Material de Transporte 168.228,17
205 Mobiliario y Enseres 51.800,00
00 Mobiliario y Enseres 51.800,00
206 Equipos para Procesos de Información 8.979,10
00 Equipos para Procesos de Información 8.979,10
207 Equipos Audiovisuales 7.000,00
00 Equipos Audiovisuales 7.000,00
209 Otro Inmovilizado Material 1.500,00
00 Otro Inmovilizado Material 1.500,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 2000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Gestión de la Enseñanza
63
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 1.176.029,81
210 Infraestructuras y Bienes Naturales 3.000,00
00 Infraestructuras y Bienes Naturales 3.000,00
212 Edificios y Otras Construcciones 424.550,24
00 Edificios y Otras Construcciones 424.550,24
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 267.656,09
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 267.656,09
214 Material de Transporte 21.625,00
00 Material de Transporte 21.625,00
215 Mobiliario y Enseres 192.071,89
00 Mobiliario y Enseres 192.071,89
216 Equipos para Procesos de Información 161.099,52
00 Equipos para Procesos de Información 161.099,52
217 Equipos Audiovisuales 52.927,07
00 Equipos Audiovisuales 52.927,07
219 Otro Inmovilizado Material 53.100,00
00 Otro Inmovilizado Material 53.100,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 10.333.486,62
220 Material Fungible de Oficina 5.060.538,71
00 Fungibles de Oficina 1.727.088,31
01 Prensa 25.200,00
02 Libros y Otras Publicaciones 1.233.030,32
03 Fungibles de Informática 794.305,32
04 Libros y Otras Publicaciones
Centralizadas 1.168.487,01
09 Otro Material no Inventariable 112.427,75
221 Suministros 2.251.690,03
03 Combustible 44.450,00
04 Vestuario 600,00
06 Productos Farmacéuticos 106.888,00
07 Fungibles de Laboratorio 1.078.093,91
08 Material Deportivo 2.600,00
09 Alimentación Animales 41.300,00
99 Otros Suministros 977.758,12
222 Comunicaciones 1.051.747,86
00 Servicios Telefónicos 859.427,20
01 Servicios Postales y Telegráficos 184.520,66
09 Otras Comunicaciones 7.800,00
223 Transporte 41.437,61
01 Otros Transportes 41.437,61
224 Primas de Seguros 44.100,00
01 Primas de Seguros por Vehículos 10.100,00
03 Primas por Responsabilidad Civil 5.730,00
09 Primas de Seguros por Otros Riesgos 28.270,00
225 Tributos 32.688,65
00 Tributos y Aranceles 32.688,65
226 Gastos Diversos 1.036.630,41
01 Atenciones Protocolarias y
Representativas 9.999,00
02 Publicidad y Proganda 36.575,00
04 Certámenes y Premios 28.450,00
05 Cuotas Inscripciones y Suscripciones 19.500,00
06 Reuniones y Conferencias 704.025,41
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 2000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Gestión de la Enseñanza
64
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
07 Celebraciones y Actos Acedémicos 119.858,00
08 Préstamo Interbibliotecario 6.039,00
11 Ayudas de Viaje 18.800,00
12 Actividades Socioculturales 21.584,00
15 Gastos Electorales 58.100,00
16 Gastos de sepelios 13.700,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 814.653,35
00 Trabajos de Limpieza y Aseo 13.100,00
03 Servicios de Seguridad 9.400,00
04 Traslado Fondos Bibliográficos 6.600,00
05 Trabajos de Informatización 27.300,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 460.479,67
08 Trabajos de Imprenta 126.295,50
09 Retirada de Residuos 11.500,00
99 Otros Trabajos 159.978,18
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 457.401,86
231 Comisiones de Servicio 443.221,86
00 Comisiones de Servicio 443.221,86
232 Locomoción 14.180,00
00 Locomoción y traslado de personal 14.180,00
ARTICULO 24 . PUBLICACIONES 51.886,00
240 Publicaciones 51.886,00
00 Gastos de Edición y Publicaciones 51.886,00
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 31.720,00
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 31.720,00
350 Gastos Financieros 31.720,00
00 Otros Gastos Financieros 31.720,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 74.716,73
ARTICULO 40 . TRANSERENCIAS CORRIENTES. AL
ESTADO Y AL EXTERIOR 9.808,16
405 Transferencias Corrientes al Exterior 9.808,16
07 Cuotas Afiliación Exterior 9.808,16
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 64.908,57
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 55.851,77
00 Cooperación al Desarrollo 39.132,59
08 Ayudas Varias 8.799,18
12 Cuotas Afiliación Nacionales 7.920,00
486 Ayudas Comp. a la Educación y la
Formación 9.056,80
99 Otras Becas 9.056,80
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 4.422.847,68
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 1.468.069,80
620 Inversión Nueva 1.468.069,80
00 Obras Nuevas 86.043,61
01 Equipamiento Nuevo 1.382.026,19
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 2000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Gestión de la Enseñanza
65
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 2.954.777,88
630 Inversión de Reposición 2.954.777,88
00 Obras de Reforma, Mantenimiento y
Seguridad 559.196,60
01 Equipamiento de Reposición 2.395.581,28
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 1.766,00
ARTICULO 94 . DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y
FIANZAS 1.766,00
941 Devolucion de Fianzas Recibidas 1.766,00
00 Devolución de Fianzas 1.766,00
TOTAL PROGRAMA 17.743.587,80
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 2000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Gestión de la Enseñanza
66
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 103.268,64
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 76.998,64
120 Retribuciones Básicas 34.310,00
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 23.050,00
03 Trienios PAS Funcionario 4.960,00
04 Paga Extraordinaria PAS 6.300,00
121 Retribuciones Complementarias 42.688,64
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 38.000,00
02 Cargos Académicos 4.688,64
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 2.070,00
150 Productividad 2.070,00
00 Productividad PAS Funcionario 2.070,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 24.200,00
160 Cuotas Sociales 24.200,00
00 Seguridad Social 24.200,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 74.459,56
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 10.538,00
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 10.538,00
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 10.538,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 58.975,56
220 Material Fungible de Oficina 9.822,00
00 Fungibles de Oficina 6.845,00
02 Libros y Otras Publicaciones 1.275,00
03 Fungibles de Informática 300,00
09 Otro Material no Inventariable 1.402,00
221 Suministros 23.184,36
07 Fungibles de Laboratorio 21.839,00
99 Otros Suministros 1.345,36
222 Comunicaciones 17.794,00
00 Servicios Telefónicos 17.794,00
226 Gastos Diversos 7.872,00
06 Reuniones y Conferencias 7.872,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 303,20
08 Trabajos de Imprenta 303,20
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 4.946,00
231 Comisiones de Servicio 4.946,00
00 Comisiones de Servicio 4.946,00
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 683.821,80
ARTICULO 31 . PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 83.521,80
310 Préstamos en Moneda Nacional 83.521,80
00 Intereses Préstamos a Largo Plazo 83.521,80
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 3000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Investigación, Desarrollo y Transf. Tecnología
67
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 34 . INTERESES DE DEMORA 600.000,00
342 Intereses de Demora 600.000,00
00 Intereses de Demora 600.000,00
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 300,00
350 Gastos Financieros 300,00
00 Otros Gastos Financieros 300,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 436.792,00
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 436.792,00
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 106.770,00
07 Institutos Universitarios Adscritos 15.000,00
99 Ayudas a Otras Instituciones 91.770,00
481 Transferencias Corrientes a Fundaciones 330.022,00
04 Fundación G. UCM - Otras Trans.
Corrientes 170.000,00
05 Fundación Parque Tecnológico 160.022,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 47.617.916,30
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 47.617.916,30
640 Inversión en Programas de Investigación 47.617.916,30
03 Centros de Apoyo a la Investigación 1.895.888,92
04 Acciones de Investigación 100.000,00
08 Proyecto Programa Ramón y Cajal 1.794.957,90
09 Proyectos Dept. Ministeriales 10.030.011,47
10 Programa Juan de la Cierva 870.564,25
21 Calidad C.A.I. 40.000,00
23 Patentes 30.000,00
24 Informes, Auditorías y Licitaciones 66.000,00
25 Actividades de Apoyo a la Investigación 105.000,00
50 Justif. FGUCM Investigación 16.950.241,58
51 Proyectos OTRI 13.760.000,00
99 Proyectos Programas de Otras Inst. 1.975.252,18
CAPITULO 7 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.201.000,00
ARTICULO 74 . TRANSF. CAPITAL A EMPRESAS PÚB.
Y OTROS ENTES PÚB. 470.000,00
744 Transf. Capital a Empresas Públicas y
Entes Públic 470.000,00
00 T. C. a Empresas y Entes Públicos 470.000,00
ARTICULO 75 . TRANSFERENCIAS CAPITAL A
UNIVERSIDADES 690.000,00
750 Transferencias Capital a Universidades 690.000,00
00 Transferencias Capital a Universidades 690.000,00
ARTICULO 78 . TRANSFERENCIAS CAPITAL A
FAMILIAS E INST. SFL 41.000,00
781 Transferencias de Capital a Fundaciones 41.000,00
08 Fundaciones Varias 41.000,00
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 2.682.443,84
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 3000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Investigación, Desarrollo y Transf. Tecnología
68
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 91 . AMORTIZACIÓN PRESTAMOS MONEDA
NACIONAL 2.682.443,84
911 Devoluc. Préstamos largo plazo Ente
Sector Público 2.682.443,84
00 Devoluc. Préstamos largo plazo Ente
Sector Público 2.682.443,84
TOTAL PROGRAMA 52.799.702,14
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 3000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Investigación, Desarrollo y Transf. Tecnología
69
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 2.573.384,59
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 43.510,00
120 Retribuciones Básicas 20.030,00
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 14.500,00
03 Trienios PAS Funcionario 1.610,00
04 Paga Extraordinaria PAS 3.920,00
121 Retribuciones Complementarias 23.480,00
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 23.480,00
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 50.667,80
131 Personal Laboral Eventual 50.667,80
00 Ret. Básicas PAS Laboral Eventual 50.667,80
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 2.376.583,00
141 Otro Personal 2.376.583,00
01 Conferencias 1.235.800,00
02 Enseñanzas No Homologadas 1.140.783,00
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 38.400,00
150 Productividad 3.400,00
00 Productividad PAS Funcionario 3.400,00
151 Gratificaciones 35.000,00
00 Gratificaciones PAS Funcionario 1.000,00
02 Gratificaciones PAS Laboral Fijo 24.000,00
03 Gratificaciones PAS Laboral Eventual 10.000,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 64.223,79
160 Cuotas Sociales 64.223,79
00 Seguridad Social 64.223,79
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 4.587.531,66
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 12.585,26
202 Edificios y Otras Construcciones 5.808,26
01 Aulas 5.808,26
203 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 2.224,44
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 2.224,44
207 Equipos Audiovisuales 4.552,56
00 Equipos Audiovisuales 4.552,56
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 37.476,27
212 Edificios y Otras Construcciones 5.280,00
00 Edificios y Otras Construcciones 5.280,00
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 19.807,64
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 19.807,64
215 Mobiliario y Enseres 5.949,38
00 Mobiliario y Enseres 5.949,38
216 Equipos para Procesos de Información 6.439,25
00 Equipos para Procesos de Información 6.439,25
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 4.497.875,10
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 4000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Títulos Propios y Formación Contínua
70
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
220 Material Fungible de Oficina 267.434,40
00 Fungibles de Oficina 127.550,60
02 Libros y Otras Publicaciones 38.309,80
03 Fungibles de Informática 56.574,00
09 Otro Material no Inventariable 45.000,00
221 Suministros 414.577,77
07 Fungibles de Laboratorio 55.611,00
99 Otros Suministros 358.966,77
222 Comunicaciones 6.201,73
00 Servicios Telefónicos 2.000,00
01 Servicios Postales y Telegráficos 4.201,73
223 Transporte 9.179,00
01 Otros Transportes 9.179,00
224 Primas de Seguros 28.423,40
09 Primas de Seguros por Otros Riesgos 28.423,40
226 Gastos Diversos 3.629.373,80
02 Publicidad y Proganda 15.000,00
06 Reuniones y Conferencias 3.612.373,80
07 Celebraciones y Actos Acedémicos 2.000,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 142.685,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 121.562,80
08 Trabajos de Imprenta 11.122,20
99 Otros Trabajos 10.000,00
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 39.595,03
231 Comisiones de Servicio 39.595,03
00 Comisiones de Servicio 39.595,03
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 415.763,20
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 154.484,40
620 Inversión Nueva 154.484,40
01 Equipamiento Nuevo 154.484,40
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 261.278,80
630 Inversión de Reposición 261.278,80
01 Equipamiento de Reposición 261.278,80
TOTAL PROGRAMA 7.576.679,45
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 4000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Títulos Propios y Formación Contínua
71
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 150,00
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 150,00
141 Otro Personal 150,00
01 Conferencias 150,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 247.193,54
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 162.193,54
220 Material Fungible de Oficina 11.193,54
00 Fungibles de Oficina 5.303,54
03 Fungibles de Informática 4.890,00
09 Otro Material no Inventariable 1.000,00
221 Suministros 50,00
99 Otros Suministros 50,00
222 Comunicaciones 7.200,00
00 Servicios Telefónicos 7.000,00
09 Otras Comunicaciones 200,00
223 Transporte 250,00
01 Otros Transportes 250,00
226 Gastos Diversos 9.500,00
06 Reuniones y Conferencias 5.000,00
11 Ayudas de Viaje 4.500,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 69.150,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 62.650,00
08 Trabajos de Imprenta 6.500,00
228 Gastos Programas Especificos 64.850,00
22 Pr. Coop. Desarrollo 9.850,00
37 Organización de Seminarios 55.000,00
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 85.000,00
231 Comisiones de Servicio 2.000,00
00 Comisiones de Servicio 2.000,00
233 Otras Indeminzaciones 83.000,00
00 Asistencias Reuniones Consejo Social 83.000,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.006.000,00
ARTICULO 40 . TRANSERENCIAS CORRIENTES. AL
ESTADO Y AL EXTERIOR 855.000,00
405 Transferencias Corrientes al Exterior 855.000,00
00 Participación en Organismos
Internacionales 35.000,00
04 Colegio Miguel Servet en Paris 20.000,00
05 Real Colegio Complutense en Harvard 750.000,00
06 Cátedra GAOS 50.000,00
ARTICULO 44 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
EMP. Y ENTIDADES PÚBLI 82.800,00
445 Transf. Corr. a Consorcios y Otros Entes 82.800,00
00 Consorcio Urbanístico Ciudad
Universitaria 82.800,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 5000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Relaciones Externas
72
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 68.200,00
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 68.200,00
00 Cooperación al Desarrollo 65.200,00
08 Ayudas Varias 3.000,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 6.819.622,08
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 6.300,00
620 Inversión Nueva 6.300,00
01 Equipamiento Nuevo 6.300,00
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 6.813.322,08
641 Inversión en Otros Programas 600.000,00
13 Proyectos Europeos 600.000,00
642 Inver. Prog. RR. Internacionales 6.213.322,08
01 Convenios Internacionales 5.907.439,08
12 Programa de Movilidad 250.883,00
30 Catedra Jean Monnet 55.000,00
TOTAL PROGRAMA 8.072.965,62
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 5000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Relaciones Externas
73
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 136.984.988,75
ARTICULO 10 . CONTRATOS DE ALTOS CARGOS 104.023,03
100 Retribuciones Básicas y Complementarias 104.023,03
00 Retribuciones Básicas Altos Cargos 104.023,03
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 57.840.311,49
120 Retribuciones Básicas 24.294.213,41
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 15.379.941,02
03 Trienios PAS Funcionario 3.671.679,33
04 Paga Extraordinaria PAS 5.242.593,06
121 Retribuciones Complementarias 33.546.098,08
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 33.546.098,08
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 47.382.675,20
130 Personal Laboral Fijo 40.907.512,47
00 Ret. Básicas PAS Laboral Fijo 36.049.296,69
01 Otras Remuner. PAS Laboral Fijo 4.858.215,78
131 Personal Laboral Eventual 6.475.162,73
00 Ret. Básicas PAS Laboral Eventual 6.475.162,73
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 2.040.823,22
150 Productividad 1.997.280,86
00 Productividad PAS Funcionario 1.997.280,86
151 Gratificaciones 43.542,36
00 Gratificaciones PAS Funcionario 2.700,00
01 Gratificaciones PDI 4.300,00
02 Gratificaciones PAS Laboral Fijo 33.542,36
03 Gratificaciones PAS Laboral Eventual 3.000,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 29.617.155,81
160 Cuotas Sociales 28.707.107,46
00 Seguridad Social 28.707.107,46
161 Prestaciones Sociales 910.048,35
04 Indemnizaciones e incentivos Jubilacion
voluntaria 910.048,35
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 46.132.397,33
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 847.949,08
203 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 32.000,00
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 32.000,00
205 Mobiliario y Enseres 1.500,00
00 Mobiliario y Enseres 1.500,00
206 Equipos para Procesos de Información 814.449,08
00 Equipos para Procesos de Información 814.449,08
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 5.615.976,29
210 Infraestructuras y Bienes Naturales 1.182.021,74
00 Infraestructuras y Bienes Naturales 1.182.021,74
212 Edificios y Otras Construcciones 636.700,00
00 Edificios y Otras Construcciones 636.700,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 6000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Dirección y Gestión
74
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 1.824.698,49
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 1.824.698,49
214 Material de Transporte 25.000,00
00 Material de Transporte 25.000,00
215 Mobiliario y Enseres 7.000,00
00 Mobiliario y Enseres 7.000,00
216 Equipos para Procesos de Información 1.904.816,03
00 Equipos para Procesos de Información 1.904.816,03
218 Equipos de Telefonía 35.740,03
00 Equipos de Telefonía 35.740,03
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 39.611.139,46
220 Material Fungible de Oficina 1.031.586,18
00 Fungibles de Oficina 193.592,24
01 Prensa 3.600,00
02 Libros y Otras Publicaciones 7.304,00
03 Fungibles de Informática 827.089,94
221 Suministros 15.289.502,05
00 Energía Eléctrica 9.840.000,00
01 Agua 1.591.000,00
02 Gas 3.500.000,00
03 Combustible 93.000,00
04 Vestuario 226.606,78
06 Productos Farmacéuticos 10.737,00
07 Fungibles de Laboratorio 1.250,00
99 Otros Suministros 26.908,27
222 Comunicaciones 157.387,22
00 Servicios Telefónicos 116.787,22
01 Servicios Postales y Telegráficos 40.600,00
223 Transporte 5.820,00
01 Otros Transportes 5.820,00
224 Primas de Seguros 29.500,00
01 Primas de Seguros por Vehículos 21.500,00
03 Primas por Responsabilidad Civil 3.000,00
09 Primas de Seguros por Otros Riesgos 5.000,00
225 Tributos 85.600,00
00 Tributos y Aranceles 85.600,00
226 Gastos Diversos 7.713.550,00
02 Publicidad y Proganda 40.000,00
03 Jurídicos y Contenciosos 40.000,00
05 Cuotas Inscripciones y Suscripciones 1.000,00
06 Reuniones y Conferencias 15.650,00
07 Celebraciones y Actos Acedémicos 6.000,00
13 Fondo Contingencia 500.000,00
15 Gastos Electorales 100.000,00
16 Gastos de sepelios 1.900,00
18 F.Contingencia PEF 2013/2016 7.009.000,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 15.298.194,01
00 Trabajos de Limpieza y Aseo 12.843.713,28
03 Servicios de Seguridad 950.000,00
05 Trabajos de Informatización 3.700,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 977.780,73
08 Trabajos de Imprenta 374.600,00
09 Retirada de Residuos 130.000,00
99 Otros Trabajos 18.400,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 6000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Dirección y Gestión
75
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 57.332,50
231 Comisiones de Servicio 55.000,00
00 Comisiones de Servicio 55.000,00
232 Locomoción 2.332,50
00 Locomoción y traslado de personal 2.332,50
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 2.278.695,88
ARTICULO 31 . PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 1.966.558,54
310 Préstamos en Moneda Nacional 1.966.558,54
00 Intereses Préstamos a Largo Plazo 1.909.058,54
01 Intereses de Avales 57.500,00
ARTICULO 34 . INTERESES DE DEMORA 307.137,34
342 Intereses de Demora 307.137,34
00 Intereses de Demora 307.137,34
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 5.000,00
350 Gastos Financieros 5.000,00
00 Otros Gastos Financieros 5.000,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.886.528,71
ARTICULO 40 . TRANSERENCIAS CORRIENTES. AL
ESTADO Y AL EXTERIOR 427,50
405 Transferencias Corrientes al Exterior 427,50
07 Cuotas Afiliación Exterior 427,50
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 5.886.101,21
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 38.001,21
05 Organizaciones Sindicales 19.931,21
10 Prem. Cienc. Acción 1.500,00
12 Cuotas Afiliación Nacionales 2.570,00
99 Ayudas a Otras Instituciones 14.000,00
481 Transferencias Corrientes a Fundaciones 2.536.100,00
08 FGUCM - Convenio Santander 2.536.100,00
485 Trans. Corr. a Centros Docentes Adscritos 3.312.000,00
00 Centro de Estudios Superiores Felipe II 3.312.000,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 4.305.450,00
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 265.450,00
620 Inversión Nueva 265.450,00
01 Equipamiento Nuevo 265.450,00
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 4.040.000,00
630 Inversión de Reposición 4.040.000,00
00 Obras de Reforma, Mantenimiento y
Seguridad 3.750.000,00
01 Equipamiento de Reposición 190.000,00
13 Fondo de Contingencia 100.000,00
TOTAL PROGRAMA 195.588.060,67
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 6000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Dirección y Gestión
76
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 415.610,92
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 149.260,92
120 Retribuciones Básicas 58.400,00
01 Retribuciones Básicas PAS Funcionario 43.700,00
03 Trienios PAS Funcionario 3.400,00
04 Paga Extraordinaria PAS 11.300,00
121 Retribuciones Complementarias 90.860,92
01 Retribuciones Complem. PAS Funcionario 69.900,00
02 Cargos Académicos 20.960,92
ARTICULO 13 . PERSONAL DE LABORAL 3.400,00
131 Personal Laboral Eventual 3.400,00
00 Ret. Básicas PAS Laboral Eventual 3.400,00
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 199.800,00
141 Otro Personal 199.800,00
01 Conferencias 2.000,00
02 Enseñanzas No Homologadas 197.800,00
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 21.650,00
150 Productividad 9.800,00
00 Productividad PAS Funcionario 9.800,00
151 Gratificaciones 11.850,00
01 Gratificaciones PDI 7.000,00
02 Gratificaciones PAS Laboral Fijo 4.850,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 41.500,00
160 Cuotas Sociales 41.500,00
00 Seguridad Social 41.500,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 6.381.374,66
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 20.550,00
202 Edificios y Otras Construcciones 6.000,00
01 Aulas 6.000,00
204 Material de Transporte 9.800,00
00 Material de Transporte 9.800,00
205 Mobiliario y Enseres 1.900,00
00 Mobiliario y Enseres 1.900,00
207 Equipos Audiovisuales 150,00
00 Equipos Audiovisuales 150,00
209 Otro Inmovilizado Material 2.700,00
00 Otro Inmovilizado Material 2.700,00
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN 474.576,54
212 Edificios y Otras Construcciones 50.000,00
00 Edificios y Otras Construcciones 50.000,00
213 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 275.876,54
00 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 275.876,54
215 Mobiliario y Enseres 15.000,00
00 Mobiliario y Enseres 15.000,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 7000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Servicios a la Comunidad Universitaria
77
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
216 Equipos para Procesos de Información 133.000,00
00 Equipos para Procesos de Información 133.000,00
217 Equipos Audiovisuales 200,00
00 Equipos Audiovisuales 200,00
219 Otro Inmovilizado Material 500,00
00 Otro Inmovilizado Material 500,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 5.101.888,86
220 Material Fungible de Oficina 746.148,94
00 Fungibles de Oficina 43.531,00
01 Prensa 2.000,00
02 Libros y Otras Publicaciones 694.617,94
03 Fungibles de Informática 3.500,00
09 Otro Material no Inventariable 2.500,00
221 Suministros 2.956.718,00
00 Energía Eléctrica 350.000,00
01 Agua 166.000,00
02 Gas 340.000,00
04 Vestuario 150,00
05 Productos Alimenticios 2.024.968,00
06 Productos Farmacéuticos 4.600,00
08 Material Deportivo 29.000,00
99 Otros Suministros 42.000,00
222 Comunicaciones 30.670,74
00 Servicios Telefónicos 18.770,74
01 Servicios Postales y Telegráficos 11.700,00
09 Otras Comunicaciones 200,00
223 Transporte 7.750,00
01 Otros Transportes 7.750,00
224 Primas de Seguros 27.400,00
09 Primas de Seguros por Otros Riesgos 27.400,00
226 Gastos Diversos 357.763,78
02 Publicidad y Proganda 600,00
04 Certámenes y Premios 19.750,00
05 Cuotas Inscripciones y Suscripciones 8.400,00
06 Reuniones y Conferencias 62.250,00
07 Celebraciones y Actos Acedémicos 5.500,00
08 Préstamo Interbibliotecario 40.000,00
10 Actividades Deportivas 65.500,00
11 Ayudas de Viaje 5.560,00
12 Actividades Socioculturales 150.203,78
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 768.879,76
00 Trabajos de Limpieza y Aseo 360.885,00
01 Servicios de Depósito y Custodia 38.790,00
02 Monitores Escuelas Deportivas 140.000,00
03 Servicios de Seguridad 4.000,00
04 Traslado Fondos Bibliográficos 6.000,00
06 Estudios y Trabajos Técnicos 19.472,20
08 Trabajos de Imprenta 16.050,00
09 Retirada de Residuos 900,00
99 Otros Trabajos 182.782,56
228 Gastos Programas Especificos 206.557,64
06 Salón del Estudiante 60.000,00
08 Jornadas de Orientación Preuniversitaria 30.000,00
23 Prog. Especf apoyo pers. con discapacidad 72.557,64
29 Oficina Delegación Estudiantes 3.000,00
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 7000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Servicios a la Comunidad Universitaria
78
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
38 Campus de Verano 41.000,00
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL
SERVICIO 738.359,26
231 Comisiones de Servicio 9.000,00
00 Comisiones de Servicio 9.000,00
232 Locomoción 449,26
00 Locomoción y traslado de personal 449,26
233 Otras Indeminzaciones 728.910,00
01 Pruebas Acceso Alumnos 728.910,00
ARTICULO 24 . PUBLICACIONES 46.000,00
240 Publicaciones 46.000,00
00 Gastos de Edición y Publicaciones 46.000,00
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 3.250,00
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 3.250,00
350 Gastos Financieros 3.250,00
00 Otros Gastos Financieros 3.250,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 670.000,00
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 670.000,00
480 Trans. Corr. a Inst. Sin Fines de Lucro 640.000,00
02 Asociaciones de Estudiantes 15.000,00
08 Ayudas Varias 600.000,00
99 Ayudas a Otras Instituciones 25.000,00
486 Ayudas Comp. a la Educación y la
Formación 30.000,00
99 Otras Becas 30.000,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 371.000,00
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 322.000,00
620 Inversión Nueva 322.000,00
00 Obras Nuevas 300.000,00
01 Equipamiento Nuevo 22.000,00
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 49.000,00
630 Inversión de Reposición 49.000,00
00 Obras de Reforma, Mantenimiento y
Seguridad 15.000,00
01 Equipamiento de Reposición 34.000,00
TOTAL PROGRAMA 7.841.235,58
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 7000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Servicios a la Comunidad Universitaria
79
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 125.816,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 125.816,00
160 Cuotas Sociales 125.816,00
00 Seguridad Social 125.816,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 5.000,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 5.000,00
224 Primas de Seguros 5.000,00
02 Primas por Asistencia Sanitaria a
Becarios 5.000,00
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3.887.143,40
ARTICULO 48 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
FAMILIAS E INST. SFL 3.887.143,40
486 Ayudas Comp. a la Educación y la
Formación 3.887.143,40
08 Becas de Colaboración 988.874,00
10 Ayudas Sócrates/Erasmus (Alumnos) CE 2.115.311,40
11 Ayudas Sócrates/Erasmus (Profesores)CE 116.100,00
19 Becas California 50.000,00
99 Otras Becas 616.858,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 2.461.395,47
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 2.461.395,47
640 Inversión en Programas de Investigación 2.461.395,47
14 Ayudas Personal Investigador 2.140.012,47
16 Becas de Estancias Cortas 321.383,00
TOTAL PROGRAMA 6.479.354,87
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 8000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Becas y Ayudas a Estudiantes
80
APLICACIÓN ECONÓMICA SUBCONCEPTO CONCEPTO ARTÍCULO CAPITULO
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 566.200,00
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL
EMPLEADOR 566.200,00
162 Gastos Sociales a Favor del Personal 566.200,00
00 Formación y Perfeccionamiento del
Personal 106.200,00
01 Transporte de Personal 460.000,00
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y
SERVICIOS 359.232,00
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 359.232,00
221 Suministros 5.000,00
99 Otros Suministros 5.000,00
224 Primas de Seguros 198.232,00
03 Primas por Responsabilidad Civil 198.232,00
227 Trab. Realizados por Otras Empresas 156.000,00
07 Actividades Recreativas y Deportivas 156.000,00
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 15.000,00
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 3.000,00
620 Inversión Nueva 3.000,00
01 Equipamiento Nuevo 3.000,00
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 12.000,00
630 Inversión de Reposición 12.000,00
01 Equipamiento de Reposición 12.000,00
CAPITULO 8 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00
ARTICULO 83 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00
830 Préstamos a Corto Plazo 540.000,00
08 Anticipos al Personal 540.000,00
TOTAL PROGRAMA 1.480.432,00
TOTAL PRESUPUESTO 518.127.373,23
PRESUPUESTO 2015
PROGRAMA 9000 . PRESUPUESTO DE GASTOS 2015Formación y Asistencia al Personal
81
PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN ORGÁNICA
82
PRESUPUESTO 2015
CLASIFICACIÓN ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
83
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F. CC. BIOLÓGICAS 549.185,43 565.660,99 582.630,82
F. CC. FÍSICAS 462.416,99 476.289,50 490.578,18
F. CC. GEOLÓGICAS 352.467,15 363.041,16 373.932,40
F. INFORMÁTICA 448.652,41 462.111,98 475.975,34
F. CC. MATEMÁTICAS 373.871,60 385.087,75 396.640,38
F. CC. QUÍMICAS 608.088,70 626.331,36 645.121,30
F. ESTUDIOS ESTADÍSTICOS 217.621,49 224.150,13 230.874,64
F. ÓPTICA 280.000,60 288.400,62 297.052,64
CC. EXPERIMENTALES 3.292.304,37 3.391.073,50 3.492.805,71F. FARMACIA 596.453,10 614.346,69 632.777,09
F. MEDICINA 834.001,06 859.021,09 884.791,72
F. ODONTOLOGÍA 309.183,06 318.458,55 328.012,31
F. VETERINARIA 534.993,95 551.043,77 567.575,08
F. ENFERMERÍA, FISIOT. Y PODO. 319.562,38 329.149,25 339.023,73
CC. DE LA SALUD 2.594.193,55 2.672.019,36 2.752.179,93F. DERECHO 921.594,96 949.242,81 977.720,09
F. CC. ECONÓMICAS 723.615,35 745.323,81 767.683,52
F. CC. INFORMACIÓN 796.510,83 820.406,15 845.018,34
F. CC. POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA 567.483,73 584.508,24 602.043,49
F. PSICOLOGÍA 550.847,88 567.373,32 584.394,52
F. COMERCIO Y TURISMO 338.315,04 348.464,49 358.918,43
F. TRABAJO SOCIAL 264.015,09 271.935,54 280.093,61
CC. SOCIALES 4.162.382,88 4.287.254,37 4.415.872,00F. BELLAS ARTES 396.782,33 408.685,80 420.946,37
F. EDUCACIÓN 727.320,76 749.140,38 771.614,59
F. FILOLOGÍA 598.864,00 616.829,92 635.334,82
F. FILOSOFÍA 275.478,93 283.743,30 292.255,60
F. GEOGRAFÍA E HISTORIA 558.986,20 575.755,79 593.028,46
F. DOCUMENTACIÓN 215.229,20 221.686,08 228.336,66
HUMANIDADES 2.772.661,42 2.855.841,26 2.941.516,50TOTAL 12.821.542,22 13.206.188,49 13.602.374,14
DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTO 2015FACULTADES
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PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DE INGRESOS Y GASTOS
181
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS
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Presupuesto Inicial: Ingresos por ecónomica
Capítu Artículo Concepto Subconcepto Presupuesto
CAPÍTULO III - TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 30300 Tasas de Secretaría 3.654.953,05 EUR
303 Tasas Académicas Resultado 3.654.953,05 EUR30900 Legalización y Envío de Documentos 17.465,00 EUR
309 Otras Tasas Resultado 17.465,00 EUR
30 TASAS Resultado 3.672.418,05 EUR
31000 Grados, Licenciaturas y Diplomaturas 84.699.354,75 EUR
31001 Mantenimiento Tesis/ Lecturas Tesis 2.054.529,75 EUR
31002 Becarios Centros Propios 13.124.675,22 EUR
31003 Becarios Familia Numerosa 3.284.147,89 EUR
31004 Becas Otros Organismos 170.130,25 EUR
31005 Titulaciones Propias 7.990.976,22 EUR
31006 Pruebas de Acceso 1.116.000,00 EUR
31007 Pruebas Específicas de Acceso 17.600,00 EUR
31009 Derechos preinscripción TP 143.110,00 EUR
31010 Cursos Interfacultativos 350.000,00 EUR
31011 Formación Contínua 1.648.000,00 EUR
31012 Matricula Máster Universitario 18.240.300,00 EUR31013 Otros Derechos de Matrícula 323.000,00 EUR
310 Derechos de Matrícula en Cursos y Seminarios Resultado 133.161.824,08 EUR
31900 Impresos de Matrícula 2.500,00 EUR
31902 Servicios Consultas de Clínicas 3.844.174,66 EUR
31909 Otros Precios Públicos 1.156.213,53 EUR
319 Otros Precios Públicos Resultado 5.002.888,19 EUR
31 PRECIOS PÚBLICOS Resultado 138.164.712,27 EUR
32000 Alojamiento Colegiales 5.618.875,86 EUR32001 Alojamiento Verano 295.000,00 EUR32002 Otros Residentes 90.000,00 EUR
320 Colegios Mayores Resultado 6.003.875,86 EUR32100 Ingresos CAIS 1.138.696,00 EUR
321 Ingresos CAIS Resultado 1.138.696,00 EUR32300 Actividades Deportivas 751.000,00 EUR
323 Actividades Deportivas Resultado 751.000,00 EUR32900 Otros Ingresos prest. serv. 2.984.713,05 EUR
329 Otros Ingresos por Prestación de Servicios Resultado 2.984.713,05 EUR32 OTROS INGRESOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Resultado 10.878.284,91 EUR
33000 Venta de Publicaciones UCM 60.496,72 EUR330 Venta de Publicaciones Propias Resultado 60.496,72 EUR
33100 Venta de Fotocopias 55,97 EUR331 Venta de Fotocopias Resultado 55,97 EUR
33 VENTA DE BIENES Resultado 60.552,69 EUR38000 Reintegros Ejercicios Cerrados 1.390.000,00 EUR
380 Reintegros de Ejercicios Cerrados Resultado 1.390.000,00 EUR38 REINTEGROS DE OPERACIONES CORRIENTES Resultado 1.390.000,00 EUR
39100 Intereses de Demora 15.000,00 EUR39101 Indem. Aseguradoras por Siniestros 33.150,00 EUR
391 Indemnizaciones. Costas Procesales Resultado 48.150,00 EUR39900 Porcentaje retención Art. 83 554.000,00 EUR39902 Reembolso Póliza de Seguros 2.963,77 EUR39909 Otros Ingresos Diversos 1.281.883,69 EUR
399 Ingresos Diversos Resultado 1.838.847,46 EUR39 OTROS INGRESOS Resultado 1.886.997,46 EUR
3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS Resultado 156.052.965,38 EUR
CAPÍTULO IV - TRANSFERENCIAS CORRIENTES40002 Ayudas Movilidad Estudiantes 5.760.000,00 EUR
400 Del Ministerio de Educación Resultado 5.760.000,00 EUR40 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Resultado 5.760.000,00 EUR
41009 Otros Organismos Públicos 600.000,00 EUR410 De Otros Organismos Públicos Resultado 600.000,00 EUR
41 DE ORGANISMOS PUBLICOS Resultado 600.000,00 EUR45000 C.Educación-Asignación Nominativa 291.961.726,00 EUR45001 C.Educación-Convenio Preinscripción 286.316,49 EUR45003 C. Sanidad - Plazas Vinculadas 2.863.623,08 EUR45004 C.Justicia -Subv. Formación Continua 7.500,00 EUR45009 C.Educ.-Consejo Social 168.867,00 EUR
450 De la Comunidad de Madrid Resultado 295.288.032,57 EUR45 DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Resultado 295.288.032,57 EUR
PRESUPUESTO DE INGRESOS2015
183
Presupuesto Inicial: Ingresos por ecónomica
Capítu Artículo Concepto Subconcepto Presupuesto
PRESUPUESTO DE INGRESOS2015
47002 Patrocinios 4.691.000,00 EUR47009 Otras Transf. Empresas Privadas 973.800,00 EUR
470 De Empresas Privadas Resultado 5.664.800,00 EUR47 DE EMPRESAS PRIVADAS Resultado 5.664.800,00 EUR
48509 Otras Transfer.FSFL 41.000,00 EUR485 Transferencias de Instituciones Sin Fines de Lucro Resultado 41.000,00 EUR
48 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO Resultado 41.000,00 EUR49000 Direc. Gral. Enseñanza Exterior-Action Jean Monnet 55.000,00 EUR49001 Programa Sócrates/Erasmus 3.068.202,00 EUR
490 Subvenciones Unión Europea Resultado 3.123.202,00 EUR49102 EE.UU. (Becas California) 50.000,00 EUR
491 Subvenciones de Organismos Internacionales Resultado 50.000,00 EUR49 DEL EXTERIOR Resultado 3.173.202,00 EUR
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Resultado 310.527.034,57 EUR
CAPÍTULO V - INGRESOS PATRIMONIALES52909 Otros Depósitos 106.000,00 EUR
529 Intereses de Deposito Resultado 106.000,00 EUR52 INTERESES DE DEPOSITOS Resultado 106.000,00 EUR
54000 Alquiler Vivienda Docentes 207.300,00 EUR54002 Alquiler de Aulas y Salones de Actos 596.454,36 EUR54004 Acciones Publicitarias 81.541,11 EUR54009 Alquiler Otros Productos Inmuebles 170.838,11 EUR
540 Alquiler y Productos de Inmuebles Resultado 1.056.133,58 EUR54 RENTAS DE BIENES INMUEBLES Resultado 1.056.133,58 EUR
55000 Cafeterías y Comedores 903.988,00 EUR55001 Librerías y Tiendas 108.416,00 EUR55002 Edificios 717.332,53 EUR
550 Concesiones Administrativas Resultado 1.729.736,53 EUR55 PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROV. ESPECIALES Resultado 1.729.736,53 EUR
59000 Canon Máquinas Fotocopiadoras 95.000,00 EUR59001 Canon Actividades Deportivas 43.681,00 EUR
590 Cánones Resultado 138.681,00 EUR59909 Otros Ingresos Patrimoniales 30.674,96 EUR
599 Otros Ingresos Patrimoniales Resultado 30.674,96 EUR59 OTROS INGRESOS PATRIMONIALES Resultado 169.355,96 EUR
5 INGRESOS PATRIMONIALES Resultado 3.061.226,07 EUR
CAPÍTULO VI - ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES68000 Reintegros de Investigación 38.279,99 EUR
680 Reintegros de Ejercicios Cerrados Resultado 38.279,99 EUR68 REINTEGROS DE OPERACIONES DE CAPITAL Resultado 38.279,99 EUR
6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES Resultado 38.279,99 EUR
CAPÍTULO VII - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL70000 Investigación 4.876.050,26 EUR
700 Del Ministerio de Educación Cultura y Deporte Resultado 4.876.050,26 EUR70200 Investigación Otros Ministerios 412.000,00 EUR
702 De Otros Departamentos Ministeriales Resultado 412.000,00 EUR70300 Investigación M.E y Competitividad 16.680.067,36 EUR70301 Programa Ramón y Cajal M.E. y Competitividad 1.202.171,00 EUR70302 Programa Juan de la Cierva M.E. y Competitividad 748.800,00 EUR
703 Del Ministerio de Economia y Competitividad Resultado 18.631.038,36 EUR70 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Resultado 23.919.088,62 EUR
71006 Contratos y Programas OTRI 230.000,00 EUR710 Contratos y Programas OTRI Resultado 230.000,00 EUR
71 DE ORGANISMOS PÚBLICOS DEL ESTADO Resultado 230.000,00 EUR75000 C. Educación-Contrato Programa de Inversiones 2.336.250,00 EUR75001 C. Educación-Plan Regional de Investigación 2.383.000,00 EUR
750 De la Comunidad de Madrid Resultado 4.719.250,00 EUR75903 Otras Comunidades Autónomas 72.347,03 EUR
759 Transferencias Otras Comunidades Autónomas Resultado 72.347,03 EUR75 DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Resultado 4.791.597,03 EUR
77000 De Empresas Privadas 852.343,20 EUR77006 Contratos y Programas OTRI 6.140.000,00 EUR
770 De Empresas Privadas Resultado 6.992.343,20 EUR77 DE EMPRESAS PRIVADAS Resultado 6.992.343,20 EUR
78006 Contratos y Programas OTRI 1.650.000,00 EUR78009 Otras Transferencias F.S.F.L. 4.273.955,97 EUR
780 De Familias e Instituciones Sin Fines de lucro Resultado 5.923.955,97 EUR78 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO Resultado 5.923.955,97 EUR
79006 Contratos y Programas OTRI 5.740.000,00 EUR790 Subvenciones de la Unión Europea Resultado 5.740.000,00 EUR
79100 Otras Transferencias de la U.E 50.250,40 EUR791 Otras Subvenciones de la Unión Europea 50.250,40 EUR
184
Presupuesto Inicial: Ingresos por ecónomica
Capítu Artículo Concepto Subconcepto Presupuesto
PRESUPUESTO DE INGRESOS2015
79 DEL EXTERIOR Resultado 5.790.250,40 EUR7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Resultado 47.647.235,22 EUR
CAPÍTULO VIII - ACTIVOS FINANCIEROS83000 De Anticipos al Personal 500.000,00 EUR
830 Préstamos a Corto Plazo Resultado 500.000,00 EUR83100 De Préstamos al Personal 300.000,00 EUR
831 Préstamos a Largo Plazo Resultado 300.000,00 EUR83 REINTEGROS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS FUERA S.P. Resultado 800.000,00 EUR
8 ACTIVOS FINANCIEROS Resultado 800.000,00 EUR
CAPÍTULO IX - PASIVOS FINANCIEROS94100 Fianzas Recibidas 632,00 EUR
941 Recepción de Fianzas Resultado 632,00 EUR94 RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS Resultado 632,00 EUR
9 PASIVOS FINANCIEROS Resultado 632,00 EUR
PRESUPUESTO TOTAL DE INGRESOS Resultado 518.127.373,23 EUR
185
CAPITULO 3 . TASAS, PRECIOS PÚBLICOS, OTROS INGRESOS 156.052.965,38Ingresos procedentes de la prestación de servicios, la venta
de bienes, las contribuciones especiales, sanciones y
recargos, reintegros por operaciones corrientes y otros
ingresos.
ARTICULO 30 . TASAS 3.672.418,05
Ingresos por contraprestación de servicios y actividades
realizadas por la Universidad.
CONCEPTO 303 . TASAS ACADÉMICAS 3.654.953,05
Ingresos previstos en concepto de expedición de certificados
y títulos académicos.
303.00 TASAS DE SECRETARÍA 3.654.953,05
Ingresos previstos durante el año en concepto de expedición
de certificados académicos, traslado de expedientes,
compulsa de documentos, gastos de secretaría, expedición de
títulos académicos y duplicados de tarjeta de identidad,
evaluaciones y pruebas de aptitud, proyectos fin de carrera,
etc.
CONCEPTO 309 . OTRAS TASAS 17.465,00
Ingresos previstos en concepto de tasas no recogidas en los
conceptos anteriores.
309.00 LEGALIZACIÓN Y ENVÍO DE DOCUMENTOS 17.465,00
Ingresos previstos en concepto de legalización y envío de
documentos
ARTICULO 31 . PRECIOS PÚBLICOS 138.164.712,27
Contraprestaciones pecuniarias que a título de precio
público se satisfagan por la prestación de servicios o
realización de actividades en régimen de derecho público.
CONCEPTO 310 . DERECHOS DE MATRÍCULA EN CURSOS Y SEMINARIOS 133.161.824,08
Incluye los ingresos por la prestación de los servicios
docentes ofertados por la Universidad y desagregados en
diferentes subconceptos.
310.00 GRADOS, LICENCIATURAS Y DIPLOMATURAS 84.699.354,75
Importe estimado de ingresos de los alumnos matriculados en
enseñanzas regladas de grado licenciatura y diplomatura,
correspondientes al curso 2015-2016. No se incluyen los
becarios ni las matrículas gratuitas de funcionarios,
familias numerosas, etc.
310.01 MANTENIMIENTO TESIS/LECTURAS TESIS 2.054.529,75
Estimación de los ingresos de matrícula de tutelas y
lecturas de tesis para el curso 2015/2016. Esta aplicación
en ejercicios anteriores se denominaba ingresos por
matrículas de Doctorado, pero dado que con los nuevos
decretos la docencia del Doctorado se está impartiendo
dentro de los Másteres Universitarios, para el ejercicio
2015 y sucesivos se ha cambiado la citada denominación,
sustituyéndola por ingresos derivados de Mantenimiento de
Tesis/Lecturas de Tesis. Los ingresos de Doctorado,
aparecerán recogidos en la aplicación I/3101200.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
186
310.02 BECARIOS CENTROS PROPIOS 13.124.675,22
Ingresos de matrícula de los alumnos becarios del ME a
través del Programa Nacional de Becas y que reciben
formación académica en esta Universidad correspondientes al
curso académico 2015-2016.
310.03 BECARIOS FAMILIA NUMEROSA 3.284.147,89
Ingresos procedentes de la compensación de matrícula de
alumnos de familia numerosa que se recibe de la CM
correspondientes al curso académico 2015-2016, en función de
la normativa sobre Familia Numerosa (Ley 40/2003 de 18 de
noviembre).
310.04 BECAS OTROS ORGANISMOS 170.130,25
Becas para alumnos concedidas por el Gobierno del País
Vasco, la Agencia Española de Cooperación Internacional
-para el Programa MUTIS-, y otros organismos.
310.05 TITULACIONES PROPIAS 7.990.976,22
Ingresos íntegros generados por matrículas en cursos,
másteres y seminarios, cuyos títulos son expedidos por la
UCM.
310.06 PRUEBAS DE ACCESO 1.116.000,00
Ingresos previstos por matrículas de las pruebas de acceso a
la Universidad procedentes de Selectividad de COU y LOGSE y
de mayores de 25 años.
310.07 PRUEBAS ESPECÍFICAS DE ACCESO 17.600,00
Ingresos previstos por matrículas de las pruebas específicas
de aptitudes personales para el acceso a la Universidad
(Bellas Artes, Derecho Hispano-Francés, Traducción e
Interpretación, Historia y Ciencias de la Música.
310.09 PREINSCRIPCIÓN TÍTULOS PROPIOS 143.110,00
Ingresos provenientes de la preinscripción en Magister,
Experto y Especialista.
310.10 CURSOS INTERFACULTATIVOS 350.000,00
Ingresos previstos por matrículas en cursos
interfacultativos.
310.11 FORMACIÓN CONTINUA 1.648.000,00
Ingresos previstos por matrículas en cursos de Formación
Continua.
310.12 MATRÍCULA MASTER UNIVERSITARIO/DOCTORADO 18.240.300,00
Recoge los ingresos provenientes de las matrículas de Máster
Universitario y Doctorado. Para el ejercicio 2015 y
siguientes, se recogen en esta aplicación los ingresos
provenientes de las matrículas de Doctorado, que
anteriormente se imputaban a la aplicación de ingresos
I/3100100
310.13 OTROS DERECHOS DE MATRICULA 323.000,00
Ingresos provenientes de otros derechos de matrícula.
CONCEPTO 319 . OTROS PRECIOS PÚBLICOS 5.002.888,19
Recoge otros Ingresos Públicos no incluidos en conceptos
anteriores.
319.00 IMPRESOS DE MATRÍCULA 2.500,00
Recaudación obtenida por la venta de todo tipo de impresos
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
187
de matrículas, instancias, etc.
319.02 SERVICIOS CONSULTAS DE CLÍNICAS 3.844.174,66
Ingresos procedentes de consultas en Clínicas (Optometría,
Odontología, Podología, Psicología Clínica, Análisis
Sanitario, Logopedia) y en el Hospital Clínico Veterinario.
319.09 OTROS PRECIOS PÚBLICOS 1.156.213,53
Otros precios públicos no recogidos en los subconceptos
anteriores y que puedan generar ingresos a lo largo del
ejercicio.
ARTICULO 32 .OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS 10.878.284,91
Ingresos obtenidos como contraprestación de los servicios
ofrecidos por la U.C.M. que no tienen consideración de
precios públicos.
CONCEPTO 320 . COLEGIOS MAYORES 6.003.875,86
Ingresos obtenidos de Colegios Mayores en concepto de
residencia de estudiantes y que se aplican a la financiación
del Programa 7000 "Servicios a la Comunidad Universitaria",
del Presupuesto de Gastos.
320.00 ALOJAMIENTO COLEGIALES 5.618.875,86
Ingresos en concepto de residencia de estudiantes de los
Colegios Mayores por curso académico.
320.01 ALOJAMIENTO VERANO 295.000,00
Ingresos previstos en las residencias de estudiantes durante
el periodo no lectivo de verano.
320.02 OTROS RESIDENTES 90.000,00
Ingresos derivados del alojamiento de no colegiales
(estancias cortas) durante el curso escolar.
CONCEPTO 321 . INGRESOS CAI 1.138.696,00
Ingresos generados por la prestación de servicios al
exterior por los Centros de Asistencia a la Investigación.
321.00 INGRESOS CAI 1.138.696,00
Ingresos generados por la prestación de servicios al
exterior por los Centros de Asistencia a la Investigación
CONCEPTO 323 . ACTIVIDADES DEPORTIVAS 751.000,00
Ingresos por matriculación en cursos de gimnasia, natación,
campamentos y otras actividades deportivas, así como los
derivados de patrocinadores deportivos y los procedentes del
acceso a las instalaciones deportivas de la Universidad.
323.00 ACTIVIDADES DEPORTIVAS 751.000,00
Ingresos procedentes de las actividades deportivas de la
UCM, de los patrocinadores deportivos y por el acceso a las
instalaciones deportivas de la Universidad.
CONCEPTO 329 . OTROS INGRESOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2.984.713,05
Ingresos de este carácter no reflejados en los conceptos
anteriores.
329.00 OTROS INGRESOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2.984.713,05
Otros ingresos por prestación de servicios.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
188
ARTICULO 33 . VENTA DE BIENES 60.552,69
Ingresos derivados de transacciones propias de la
Universidad mediante precios.
CONCEPTO 330 . VENTA DE PUBLICACIONES PROPIAS 60.496,72
Ingresos procedentes de la venta de folletos, libros,
revistas y otros, publicados por la UCM.
330.00 VENTA DE PUBLICACIONES UCM 60.496,72
Ingresos procedentes por la venta de libros, etc. del
Servicio de Publicaciones y Otros.
CONCEPTO 331 . VENTA DE FOTOCOPIAS 55,97
Ingresos derivados de la realización de trabajos de
reprografía.
331.00 VENTA DE FOTOCOPIAS 55,97
Previsión de ingresos derivados de la realización de
trabajos de reprografía.
ARTICULO 38 . REINTEGROS DE OPERACIONES CORRIENTES 1.390.000,00
Ingresos realizados en la Tesorería de la Universidad por
pagos previamente realizados por operaciones corrientes.
CONCEPTO 380 . REINTEGROS DE EJERCICIOS CERRADOS 1.390.000,00
Incluye los ingresos derivados de pagos realizados por la
Universidad, con cargo a los créditos corrientes (Capítulos
I al IV del presupuesto de gastos) de los presupuestos
correspondientes a ejercicios anteriores.
380.00 REINTEGROS DE EJERCICIOS CERRADOS 1.390.000,00
Incluye los ingresos derivados de pagos realizados por la
Universidad, con cargo a los créditos corrientes (Capítulos
I al IV del presupuesto de gastos) de los presupuestos
correspondientes a ejercicios anteriores.
ARTICULO 39 . OTROS INGRESOS 1.886.997,46
Recoge los ingresos que no se han incluido en los artículos
anteriores.
CONCEPTO 391 . INDEMNIZACIONES 48.150,00
Ingresos recibidos en concepto de indemnizaciones.
391.00 INTERESES DE DEMORA 15.000,00
Ingresos derivados de intereses de demora por el tiempo que
media entre el vencimiento del plazo de ingreso en periodo
voluntario y el del cobro efectivo.
391.01 INDEMNIZACIONES ASEGURADORAS POR SINIESTROS 33.150,00
Recoge ingresos provenientes de empresas aseguradoras por
indemnizaciones de siniestros.
CONCEPTO 399 . INGRESOS DIVERSOS 1.838.847,46
Participación en la gestión de distintos contratos y
titulaciones.
399.00 PORCENTAJE RETENCIÓN ART. 83 LOU 554.000,00
Importe que retiene la Universidad (5 % de beneficio neto)
en concepto de gestión de los contratos celebrados al amparo
de lo establecido en el art. 83 de la L.O.U. delegados a la
Fundación General de la UCM.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
189
399.02 REEMBOLSO POLIZA DE SEGURO 2.963,77
Ingreso derivado de la poliza de seguro suscrito con la
empresa aseguradora.
399.09 OTROS INGRESOS DIVERSOS 1.281.883,69
Ingresos de carácter atípico que no disponen de aplicación
concreta.
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 310.527.034,57Recursos recibidos por la Universidad, sin contrapartida
directa por parte de los agentes que los reciben, y que se
destinan a financiar operaciones corrientes.
ARTICULO 40 . DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 5.760.000,00
Transferencias que se prevén recibir del Estado para
financiar las operaciones corrientes, tanto del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte, como de los demás
Departamentos Ministeriales.
CONCEPTO 400 . DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN 5.760.000,00
Transferencias que se prevén recibir del Ministerio de
Educación, para financiar operaciones corrientes.
400.02 AYUDAS MOVILIDAD ESTUDIANTES 5.760.000,00
Transferencias que se prevé recibir del Ministerio de
Educación Cultura y Deporte para financiar el Proyecto con
Ecuador.
ARTICULO 41 . DE ORGANISMOS PÚBLICOS 600.000,00
Transferencias corrientes que la UCM prevé recibir de
Organismos Públicos.
CONCEPTO 410 . DE OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS 600.000,00
Transferencias corrientes de otros Organismos Públicos.
410.09 OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS 600.000,00
Ingresos procedentes de diversos Organismos Públicos.
ARTICULO 45 . DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 295.288.032,57
Transferencias corrientes de las diferentes CC. Autónomas.
CONCEPTO 450 . DE LA COMUNIDAD DE MADRID 295.288.032,57
Transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid, en cuyo
ámbito se encuentra la Universidad Complutense.
450.00 C. EDUCACIÓN-ASIGNACIÓN NOMINATIVA 291.961.726,00
Transferencia establecida en la Ley de Presupuestos de la
Comunidad de Madrid para el año 2015 para gastos corrientes.
450.01 C. EDUCACIÓN- CONVENIO PREINSCRIPCIÓN 286.316,49
Ayuda para la campaña de información preuniversitaria.
450.03 C. DE SANIDAD-PLAZAS VINCULADAS 2.863.623,08
El importe de esta transferencia se destina a las
retribuciones del personal sujeto al Acuerdo
Universidad-Comunidad de Madrid, en la docencia de la
Titulación de Medicina.
450.04 C. PRESIDENCIA Y JUSTICIA-SUBVENCIONES FORMACIÓN CONTINUA 7.500,00
Subvención procedente del Instituto Madrileño de
Administración Pública para la formación continua.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
190
450.09 C. EDUCACIÓN- CONSEJO SOCIAL 168.867,00
Transferencia de la CM para el funcionamiento del Consejo
Social.
ARTICULO 47 . DE EMPRESAS PRIVADAS 5.664.800,00
Transferencias corrientes a percibir de Empresas Privadas.
CONCEPTO 470 . DE EMPRESAS PRIVADAS 5.664.800,00
Ingresos procedentes de diferentes empresas privadas para la
realización de diversas actividades.
470.02 PATROCINIOS 4.691.000,00
Ingresos obtenidos por Patrocinios para la UCM.
470.09 OTRAS TRANSFERENCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS 973.800,00
Transferencias recibidas de empresas privadas que no se
aplican a los conceptos anteriores.
ARTICULO 48 . DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 41.000,00
Transferencias corrientes recibidas por la Universidad, de
familias e instituciones sin fines de lucro.
CONCEPTO 485 . TRANSFERENCIAS DE INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 41.000,00
Idem. artículo.
485.09 OTRAS TRANSFERENCIAS FSFL 41.000,00
Otras transferencias no recogidas en subconceptos
anteriores.
ARTICULO 49 . DEL EXTERIOR 3.173.202,00
Recursos que recibe la UCM de agentes situados fuera del
territorio nacional.
CONCEPTO 490 . SUBVENCIONES UNIÓN EUROPEA 3.123.202,00
Recursos, sin contrapartida directa, que recibe la UCM,
provenientes de la Unión Europea.
490.00 DIRECCIÓN GENERAL ENSEÑANZA EXTERIOR-ACTION JEAN MONNET 55.000,00
Subvención de la UE para financiar las Acciones Jean Monnet.
490.01 PROGRAMA SÓCRATES/ERASMUS 3.068.202,00
Subvención de la UE destinada al Programa Sócrates/Erasmus.
CONCEPTO 491 . SUBVENCIONES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES 50.000,00
Recursos, sin contrapartida directa, que recibe la UCM,
provenientes de Organismos Internacionales.
491.02 ESTADOS UNIDOS (BECAS CALIFORNIA) 50.000,00
Ayudas recibidas de la Universidad de California con destino
a becas para alumnos españoles (Convenio).
CAPITULO 5 . INGRESOS PATRIMONIALES 3.061.226,07Recoge los ingresos procedentes de rentas de la propiedad,
del patrimonio de la Universidad y de sus actividades
realizadas en régimen de derecho privado.
ARTICULO 52 . INTERESES DE DEPÓSITOS 106.000,00
Intereses devengados por los depósitos efectuados.
CONCEPTO 529 . INTERESES DE DEPÓSITOS 106.000,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
191
Ingresos procedentes de intereses de depósitos.
529.09 OTROS DEPÓSITOS 106.000,00
Intereses a percibir por otros depósitos, no incluidos en
los conceptos anteriores.
ARTICULO 54 . RENTAS DE BIENES INMUEBLES 1.056.133,58
Ingresos derivados de la propiedad, así como de la cesión
del uso o disfrute de los bienes inmuebles.
CONCEPTO 540 . ALQUILER Y PRODUCTOS DE INMUEBLES 1.056.133,58
Ingresos procedentes de la cesión de inmuebles en alquiler y
todas aquellas rentas derivadas de los mismos.
540.00 ALQUILER DE VIVIENDAS A PERSONAL DOCENTE 207.300,00
Ingresos a percibir por el alquiler de viviendas en uso o a
disposición de funcionarios docentes.
540.02 ALQUILER DE AULAS Y SALONES DE ACTOS 596.454,36
Estimación de ingresos a percibir por el arrendamiento de
aulas y salones para la celebración de actos diversos.
540.04 ACCIONES PUBLICITARIAS 81.541,11
Ingresos procedentes de diversas empresas por actividades
publicitarias, conlleven o no alquiler de espacios.
540.09 OTROS PRODUCTOS DE INMUEBLES 170.838,11
Ingresos procedentes de alquileres y productos de inmuebles,
que no tienen cabida en los otros subconceptos (alquiler
espacios Vodafone, Telefónica, etc).
ARTICULO 55 .PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS
ESPECIALES 1.729.736,53
Ingresos procedentes de concesiones y aprovechamientos
especiales.
CONCEPTO 550 . CONCESIONES ADMINISTRATIVAS 1.729.736,53
Ingresos derivados de esta naturaleza.
550.00 CAFETERÍAS Y COMEDORES 903.988,00
Ingresos procedentes de la concesión del establecimiento de
cafeterías y comedores en distintos Centros.
550.01 LIBRERÍAS Y TIENDAS 108.416,00
Ingresos derivados de la concesión de estos establecimientos
en distintos Centros.
550.02 EDIFICIOS Y TERRENOS 717.332,53
Ingresos derivados de la cesión de uso de edificios y
terrenos propiedad de la UCM.
ARTICULO 59 . OTROS INGRESOS PATRIMONIALES 169.355,96
Recoge los ingresos de esta naturaleza no comprendidos en
los artículos anteriores.
CONCEPTO 590 . CÁNONES 138.681,00
Ingresos procedentes de Cánones.
590.00 CANON MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS 95.000,00
Canon establecido a las empresas concesionarias por el
servicio de máquinas fotocopiadoras.
590.01 CANON ACTIVIDADES DEPORTIVAS 43.681,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
192
Canon establecido por las Actividades Deportivas.
CONCEPTO 599 . OTROS INGRESOS PATRIMONIALES 30.674,96
Otros ingresos patrimoniales no recogidos en los conceptos
anteriores.
599.09 OTROS INGRESOS PATRIMONIALES 30.674,96
Ingresos patrimoniales no recogidos en los conceptos
anteriores. Canon agencia de viajes, liquidación derechos de
autor cedidos a la UCM, etc)
CAPITULO 6 . ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 38.279,99Recursos obtenidos de la enajenación de inversiones reales,
propiedad de la UCM.
ARTICULO 68 . REINTEGROS POR OPERACIONES DE CAPITAL 38.279,99
Reintegros ocasionados por operaciones de capital no
financieras del presupuesto de gastos.
CONCEPTO 680 . REINTEGROS DE EJERCICIOS CERRADOS 38.279,99
Reintegros por operaciones de capital no financieras del
presupuesto de gastos de ejercicios cerrados.
680.00 REINTEGROS DE EJERCICIOS CERRADOS 38.279,99
Incluye los ingresos derivados de pagos realizados por la
Universidad con cargo a créditos de capital de presupuestos
correspondientes a ejercicios anteriores. Recoge
principalmente reintegros de investigación.
CAPITULO 7 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 47.647.235,22Recursos, condicionados o no, recibidos por la Universidad
sin contrapartida directa que se destinan a financiar
operaciones de capital.
ARTICULO 70 . DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 23.919.088,62
Transferencias de capital que la Universidad prevé recibir
del Estado para financiar sus operaciones de capital.
CONCEPTO 700 . DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 4.876.050,26
Transferencias de capital que la Universidad prevé recibir
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para
financiar operaciones de capital.
700.00 INVESTIGACIÓN 4.876.050,26
Transferencias que se reciban con esta finalidad.
Financiarán gastos de diversas acciones de investigación
universitaria.
CONCEPTO 702 . DE OTROS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES 412.000,00
Transferencias procedentes de Departamentos Ministeriales, a
excepción del MECYD.
702.00 INVESTIGACIÓN OTROS MINISTERIOS 412.000,00
Transferencias que se reciban con esta finalidad.
Financiarán gastos de diversas acciones de investigación
universitaria (Programa 3000) gestionadas por los diferentes
Centros o delegada su gestión a la Fundación General de la
Universidad Complutense.
CONCEPTO 703 . INVESTIGACIÓN. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
193
COMPETITIVIDAD. 18.631.038,36
Transferencias de Capital que la Universidad prevé recibir
del Ministerio de Economía y Competitividad para financiar
sus operaciones de capital.
703.00 INVESTIGACIÓN 16.680.067,36
Transferencias que se reciban con esta finalidad.
Financiarán gastos de diversas acciones de investigación
universitaria.
703.01 PROGRAMA RAMÓN Y CAJAL. MINISTERIO ECONOMIA Y
COMPETITIVIDAD. 1.202.171,00
Transferencias destinadas, fundamentalmente a financiar
actividades investigadoras.
703.02 PROGRAMA JUAN DE LA CIERVA. MINISTERIO DE ECONOMIA Y
COMPETITIVIDAD. 748.800,00
Transferencias destinadas a proyectos cofinanciados
UCM-Ministerio de Economía y Competitividad, por
convocatoria.
ARTICULO 71 . DE ORGANISMOS PÚBLICOS DEL ESTADO 230.000,00
Transferencias de Capital que se prevén recibir de
Organismos Públicos del Estado.
CONCEPTO 710 . CONTRATOS Y PROGRAMAS OTRI 230.000,00
Transferencias de capital provenientes de Organismos
Públicos del Estado.
710.06 CONTRATOS Y PROGRAMAS OTRI 230.000,00
Transferencias de Capital provenientes de Organismos
Públicos del Estado.
ARTICULO 75 . DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS 4.791.597,03
Transferencias de capital que la Universidad prevé recibir
de la Comunidad Autónoma de Madrid.
CONCEPTO 750 . DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID 4.719.250,00
Transferencias de la CM para gastos de inversiones.
750.00 CONSEJERÍA EDUCACIÓN-PLAN DE INVERSIONES 2.336.250,00
Establecida en la Ley de Presupuestos de la CM, en virtud
del Plan de Inversiones de las Universidades Públicas de la
Comunidad de Madrid para el ejercicio 2015.
750.01 CONSEJERÍA EDUCACIÓN-PLAN REGIONAL DE INVESTIGACIÓN 2.383.000,00
Programas para diferentes Departamentos de la Universidad
aprobados en convocatoria del Plan Regional de
Investigación. Estas transferencias se aplicarán, en su
totalidad, al Programa 3000,"Investigación, Desarrollo y
Transferencia de Tecnología".
CONCEPTO 759 . DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 72.347,03
Transferencias de otras Comunidades Autónomas para gastos de
inversiones.
759.03 OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 72.347,03
Transferencias procedentes de otras Comunidades Autónomas.
ARTICULO 77 . EMPRESAS PRIVADAS 6.992.343,20
Transferencias para gastos de capital que se reciben del
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
194
sector privado.
CONCEPTO 770 . EMPRESAS PRIVADAS 6.992.343,20
Transferencias de capital concedidas que pueden recibirse
del sector privado.
770.00 DE EMPRESAS PRIVADAS 852.343,20
Proyectos y otras transferencias de capital concedidas por
empresas privadas.
770.06 CONTRATO Y PROGRAMA OTRI 6.140.000,00
Ingresos procedentes de Empresas Privadas para Contratos y
Programas gestionados por la OTRI.
ARTICULO 78 . DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 5.923.955,97
Transferencias de capital que puedan recibirse de familias e
instituciones sin fines de lucro.
CONCEPTO 780 . DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 5.923.955,97
Ingresos procedentes de Fundaciones, Centros de
Investigación y otras Universidades.
780.06 CONTRATO Y PROGRAMA OTRI 1.650.000,00
Ingresos procedentes de Fundaciones, Centros de
Investigación y Otras Universidades para Contratos y
Programas gestionados por la OTRI.
780.09 OTRAS TRANSFERENCIAS F.S.F.L. 4.273.955,97
Otros ingresos de Fundaciones, Centros de Investigación y
otras Universidades, que no se refieran a contratos
suscritos al amparo del Art. 83 de la LOU.
ARTICULO 79 . DEL EXTERIOR 5.790.250,40
Recursos recibidos de agentes situados fuera del Territorio
Nacional.
CONCEPTO 790 . SUBVENCIONES DE LA UNION EUROPEA 5.740.000,00
Transferencias de capital concedidas por la Unión Europea
para financiar proyectos de Inversiones.
790.06 CONTRATO Y PROGRAMA OTRI 5.740.000,00
Ingresos procedentes del Exterior para Contratos y Programas
gestionados por la OTRI.
CONCEPTO 791 . OTRAS SUBVENCIONES DE LA UNION EUROPEA 50.250,40
Otras Subvenciones procedentes de la Unión Europea.
791.00 OTRAS SUBVENCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA 50.250,40
Otras subvenciones procedentes de la Unión Europea, entre
ellas la relativa al Programa NILS.
CAPITULO 8 . ACTIVOS FINANCIEROS 800.000,00Recoge los ingresos procedentes de la enajenación de activos
financieros (títulos o valores), así como los ingresos
procedentes de reintegros de préstamos y de reintegros de
depósitos y fianzas.
ARTICULO 83 .REINTEGRO DE PRÉSTAMOS CONCEDIDOS FUERA DEL SECTOR
PÚBLICO 800.000,00
Ingresos procedentes de reintegros de préstamos o anticipos
concedidos, con plazo de rembolso a corto y largo plazo.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
195
CONCEPTO 830 . PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO 500.000,00
Comprende los reintegros de préstamos y anticipos concedidos
al personal de la Universidad, cuando el plazo de
vencimiento no sea superior a 12 meses.
830.00 DE ANTICIPOS AL PERSONAL 500.000,00
Idem. concepto.
CONCEPTO 831 . PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO 300.000,00
Comprende los reintegros de préstamos y anticipos concedidos
al personal de la Universidad, cuando el plazo de
vencimiento sea superior a 12 meses.
831.00 DE PRÉSTAMOS AL PERSONAL 300.000,00
Idem. concepto.
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 632,00Ingresos obtenidos por la Universidad procedentes de la
emisión de deuda y la obtención de préstamos, los depósitos
y las fianzas recibidas.
ARTICULO 94 . RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS 632,00
Recoge los ingresos obtenidos por los depósitos y fianzas
recibidos a corto y largo plazo.
CONCEPTO 941 . RECEPCIÓN DE FIANZAS 632,00
Fianzas a corto y largo plazo.
941.00 FIANZAS RECIBIDAS 632,00
Fianzas a corto y largo plazo (por taquillas de Facultades,
pisos de alquiler, etc.)
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE INGRESOS AÑO 2015
196
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS
197
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104
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204
CAPITULO 1 . GASTOS DE PERSONAL 361.785.047,62Se aplican los gastos de retribuciones e indemnizaciones,
cotizaciones a la Seguridad Social, prestaciones sociales y
gastos de carácter social.
ARTICULO 10 . CONTRATOS ALTOS CARGOS 104.023,03
Comprende las retribuciones básicas y otras remuneraciones
de los altos cargos de la Universidad.
CONCEPTO 100 . RETRIBUCIONES BÁSICAS Y COMPLEMENTARIAS 104.023,03
Retribuciones totales (excepto trienios) de contratos de
Altos Cargos y otros.
100.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS ALTOS CARGOS 104.023,03
Retribuciones Altos Cargos (Prog. 6000)
ARTICULO 12 . PERSONAL FUNCIONARIO 206.733.866,65
Retribuciones básicas, complementarias y por destino en el
extranjero del personal funcionario al servicio de la
Universidad.
CONCEPTO 120 . RETRIBUCIONES BÁSICAS 84.310.372,07
Retribuciones básicas del personal docente e investigador
numerario e interino, así como del personal funcionario de
administración y servicios.
120.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS PDI 35.623.622,53
Recoge el coste de las retribuciones básicas de los
efectivos reales del PDI funcionario (Prog. 1000).
120.01 RETRIBUCIONES BÁSICAS PAS FUNCIONARIO 15.489.991,02
Recoge el coste de las retribuciones básicas de los
efectivos reales del PAS funcionario (Prog. 2000, 3000,
4000, 6000 y 7000)
120.02 TRIENIOS PDI 12.815.345,77
Estimación de los trienios cumplidos por el PDI a 31-12-2015
(Prog. 1000).
120.03 TRIENIOS PAS FUNCIONARIO 3.684.449,33
Estimación de los trienios cumplidos por el PAS funcionario
a 31-12-2015 (Prog. 2000, 3000, 4000, 6000 y 7000).
120.04 PAGAS EXTRAORDINARIAS PAS FUNCIONARIO 5.271.773,06
Recoge el coste de las pagas anuales del PAS funcionario
(Prog. 2000, 3000. 4000, 6000 y 7000).
120.06 PAGAS EXTRAORDINARIAS PDI (FUNCIONARIOS) 11.425.190,36
Recoge el coste de las pagas anuales del PDI funcionario
(Prog. 1000).
CONCEPTO 121 . RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 122.412.837,86
Créditos destinados a satisfacer el complemento de destino,
el complemento específico, indemnizaciones por residencia y
otras retribuciones que tengan carácter de complementarias.
121.00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS PDI FUNCIONARIO 49.135.785,34
Complementos de destino y específico general (Prog. 1000).
121.01 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS PAS FUNCIONARIO 33.724.328,18
Importe de los complementos de destino, específico y
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
205
transitorio. (Prog. 2000, 3000, 4000, 6000 y 7000).
121.02 CARGOS ACADÉMICOS 2.163.298,12
Retribuciones complementarias del personal docente que
ostente estos cargos (Prog. 1000, 2000, 3000 y 7000).
121.03 EVALUACIÓN ACTIVIDAD DOCENTE 17.464.550,34
Complemento por méritos docentes (Prog. 1000).
121.04 EVALUACIÓN ACTIVIDAD INVESTIGADORA 10.138.939,26
Complemento por méritos de investigación (Prog. 1000).
121.05 COMPLEMENTO DOCENTE (FUNCIONARIOS) 9.785.936,62
Complemento específico del PDI funcionario (Prog. 1000).
CONCEPTO 123 . ASIGNACIÓN POR DESTINO EN EL EXTRANJERO 10.656,72
Dirección Real Colegio Complutense Harvard.
123.00 ASIGNACIÓN POR DESTINO EN EL EXTRANJERO 10.656,72
Dirección Real Colegio Complutense Harvard (Prog. 1000).
ARTICULO 13 . PERSONAL LABORAL 98.399.311,86
Toda clase de retribuciones básicas, complementarias o en
especie, así como las indemnizaciones a satisfacer al
personal laboral al servicio de la Universidad, en virtud de
convenios colectivos o normas que les sean de aplicación.
CONCEPTO 130 . PERSONAL LABORAL FIJO 68.865.478,65
Retribuciones del Personal Laboral Fijo, PDI y PAS.
130.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS PAS LABORAL FIJO 36.049.296,69
Las que están establecidas con este carácter en el Convenio
Colectivo de este personal (Prog. 6000).
130.01 OTRAS REMUNERACIONES PAS LABORAL FIJO 4.864.665,78
Todas aquellas retribuciones que deben satisfacer al
personal laboral fijo, no incluidas en el subconcepto
anterior. No se incluyen en este subconcepto los créditos
destinados a vestuario de personal laboral, ni las dietas de
viajes y gastos de locomoción (Prog. 2000 y 6000).
130.02 RETRIBUCIONES BÁSICAS PDI LABORAL FIJO 20.695.366,19
Las que están establecidas con este carácter en el Convenio
Colectivo de este personal (Prog. 1000).
130.03 TRIENIOS PDI LABORAL FIJO 1.614.505,20
Estimación de los trienios cumplidos por el PDI laboral fijo
a 31-12-2015 (Prog. 1000).
130.04 EVALUACIÓN DOCENTE 2.136.166,84
Complemento por méritos docentes (Prog. 1000).
130.05 COMPLEMENTO DOCENTE LABORAL FIJO 2.242.317,43
Complemento específico del PDI laboral fijo (Prog. 1000).
130.07 EVALUACIÓN ACTIVIDAD INVESTIGADORA PDI 964.940,48
(Programa 1000)
130.08 CARGOS ACADÉMICOS. 298.220,04
(Programa 1000)
CONCEPTO 131 . PERSONAL LABORAL EVENTUAL 29.533.833,21
Retribuciones del Personal Laboral Eventual, PDI y PAS.
131.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS PAS LABORAL EVENTUAL 6.730.893,67
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
206
Remuneraciones correspondientes al personal de
administración y servicios laboral eventual, de acuerdo con
la normativa que les es de aplicación (Prog. 2000, 4000 y
6000).
131.01 RETRIBUCIONES BÁSICAS PDI LABORAL EVENTUAL 19.761.272,44
Remuneraciones correspondientes al personal docente e
investigador laboral eventual de acuerdo con la normativa
que le es de aplicación (Prog. 1000 y 2000).
131.03 TRIENIOS PDI LABORAL EVENTUAL 423.885,15
Estimación de los trienios cumplidos por el PDI laboral
eventual a 31-12-2015 (Programa 1000).
131.05 COMPLEMENTO DOCENTE LABORAL EVENTUAL 2.617.781,95
Complemento específico del PDI laboral eventual (Prog. 1000
y 2000).
ARTICULO 14 . OTRO PERSONAL 2.840.353,00
Comprende retribuciones del personal vinculado a la
Universidad no incluidas en otros artículos.
CONCEPTO 141 . OTRO PERSONAL 2.840.353,00
Retribuciones del personal docente contratado, así como la
dotación para conferencias y convenios sobre prácticas a
realizar fuera de la Universidad.
141.01 CONFERENCIAS 1.240.010,00
Conferencias del personal vinculado (Prog. 2000 y 4000).
141.02 ENSEÑANZAS NO HOMOLOGADAS 1.600.343,00
Retribuciones del personal docente vinculado en enseñanzas
no homologadas: Dirección, Coordinación, Tutorías y
Lecciones (Prog. 2000, 4000 y 7000).
ARTICULO 15 . INCENTIVOS AL RENDIMIENTO 3.703.838,97
Retribuciones destinadas a remunerar el especial rendimiento
así como los servicios extraordinarios.
CONCEPTO 150 . PRODUCTIVIDAD 3.496.470,01
Retribuciones destinadas a remunerar el especial
rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o
iniciativa en el desempeño de la función, cuya cuantía
individual no esté previamente determinada.
150.00 PRODUCTIVIDAD PAS FUNCIONARIO 2.017.090,86
Complemento de productividad que recibe el PAS Funcionario
(Prog. 2000, 3000, 4000, 6000 y 7000).
150.01 PRODUCTIVIDAD PDI FUNCIONARIO 1.479.379,15
Complemento de productividad que recibe el PDI (Prog. 1000).
CONCEPTO 151 . GRATIFICACIONES 207.368,96
Retribuciones de carácter excepcional reconocidas por
servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada
normal de trabajo. Incluye las retribuciones por dedicación
exclusiva que percibe el personal conductor.
151.00 GRATIFICACIONES PAS FUNCIONARIO 4.900,00
Gratificaciones que recibe el PAS funcionario (Prog. 2000 y
6000).
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
207
151.01 GRATIFICACIONES PDI 29.300,00
Gratificaciones que recibe el PDI (Prog. 1000, 2000, 6000 y
7000).
151.02 GRATIFICACIONES PAS LABORAL FIJO 152.968,96
Gratificaciones que recibe el PAS laboral fijo (Prog.
2000,4000, 6000 y 7000).
151.03 GRATIFICACIONES PAS LABORAL EVENTUAL 20.200,00
Gratificaciones que recibe el PAS laboral eventual (Prog.
2000, 4000 y 6000).
ARTICULO 16 . GASTOS SOCIALES A CARGO DEL EMPLEADOR 50.003.654,11
Comprende las cuotas de los Seguros Sociales, prestaciones y
otros gastos sociales a cargo de la Universidad.
CONCEPTO 160 . CUOTAS SOCIALES 45.146.448,55
Aportaciones de la Universidad al Régimen General de la
Seguridad Social por las retribuciones del personal a su
servicio.
160.00 SEGURIDAD SOCIAL 45.146.448,55
Aportaciones de la UCM al Régimen General de la Seguridad
Social por las retribuciones del personal (Prog. 1000, 2000,
3000, 4000, 6000, 7000 Y 8000).
CONCEPTO 161 . PRESTACIONES SOCIALES 4.291.005,56
A favor de funcionarios o sus familiares y aprobadas por
ley.
161.04 INDEMNIZACIÓN POR JUBILACIÓN ANTICIPADA 3.391.005,56
Aportación de la UCM para las jubilaciones anticipadas
(Prog. 1000 y 6000).
161.05 PAGA JUBILACIÓN PDI 900.000,00
Se incluye la paga que se abona al PDI por jubilación
(Programa 1000).
CONCEPTO 162 . GASTOS SOCIALES A FAVOR DEL PERSONAL 566.200,00
Ayudas sociales y asistenciales gestionadas por el Servicio
de Acción Social y Cultural.
162.00 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL 106.200,00
Cursos para la formación y el perfeccionamiento del PAS
(Prog. 9000).
162.01 TRANSPORTE DE PERSONAL 460.000,00
Abono Transporte (Prog. 9000).
CAPITULO 2 . GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 70.451.165,02Gastos corrientes en bienes y servicios necesarios para el
ejercicio de las actividades de la Universidad que no
originen un incremento de capital o del patrimonio público.
ARTICULO 20 . ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES 1.162.241,61
Gastos derivados de alquileres de bienes muebles e
inmuebles.
CONCEPTO 202 . EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 16.808,26
Gastos de alquileres de edificios y otras construcciones.
202.01 AULAS 16.808,26
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
208
Gastos por el alquiler de aulas, salones de actos para
oposiciones, cursos y actos varios (Prog. 2000, 4000 y
7000).
CONCEPTO 203 . MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 72.874,44
Gastos de esta índole en general, incluidos los gastos de
alquiler de equipos empleados en conservación y
reparaciones.
203.00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 72.874,44
(Prog. 2000, 4000 y 6000)
CONCEPTO 204 . MATERIAL DE TRANSPORTE 178.028,17
Alquiler de autocares, otros vehículos y servicios de
mudanzas.
204.00 MATERIAL DE TRANSPORTE 178.028,17
(Prog. 2000 y 7000)
CONCEPTO 205 . MOBILIARIO Y ENSERES 55.200,00
Gastos de alquiler de mobiliario (equipos de reprografía y
material complementario como guillotinas, encuadernadoras,
etc.)
205.00 MOBILIARIO Y ENSERES 55.200,00
(Prog. 2000, 6000 y 7000).
CONCEPTO 206 . EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN 823.428,18
Alquiler de equipos informáticos, ofimáticos, de transmisión
y proceso de datos, y cualquier otra clase de equipos
informáticos.
206.00 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN 823.428,18
(Prog. 2000 y 6000)
CONCEPTO 207 . EQUIPOS AUDIOVISUALES 11.702,56
Gastos de alquiler de equipos audiovisuales (vídeos,
proyectores, etc.)
207.00 EQUIPOS AUDIOVISUALES 11.702,56
(Prog. 2000, 4000, y 7000)
CONCEPTO 209 . OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 4.200,00
Posibles gastos de alquiler no determinados en los conceptos
anteriores.
209.00 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL DIVERSO 4.200,00
(Prog. 2000)
ARTICULO 21 . REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 7.320.877,57
Gastos de mantenimiento, reparaciones y conservación de
infraestructuras, edificios y locales, maquinaria, material
de transporte y otro inmovilizado material.
CONCEPTO 210 . INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES 1.185.021,74
Gastos corrientes de conservación y mantenimiento de
infraestructuras, solares de naturaleza urbana y otros
terrenos no urbanos.
210.00 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES 1.185.021,74
Contrato para el mantenimiento de zonas ajardinadas y otros
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
209
gastos de jardines (Prog. 2000 y 6000)
CONCEPTO 212 . EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 1.116.530,24
Gastos corrientes para el mantenimiento de edificios y otras
construcciones.
212.00 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 1.116.530,24
(Prog. 2000, 6000 y 7000)
CONCEPTO 213 . MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 2.398.576,76
Mantenimiento de aparatos de aire acondicionado, elevadores,
instalaciones eléctricas y de gas, redes de telefonía,
climatización, etc.
213.00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 2.398.576,76
(Prog. 2000, 3000, 4000, 6000 y 7000)
CONCEPTO 214 . MATERIAL DE TRANSPORTE 46.625,00
Mantenimiento, reparación y conservación de elementos de
transporte.
214.00 MATERIAL DE TRANSPORTE 46.625,00
(Prog. 2000 y 6000)
CONCEPTO 215 . MOBILIARIO Y ENSERES 220.021,27
Mantenimiento de máquinas fotocopiadoras y mobiliario
diverso.
215.00 MOBILIARIO Y ENSERES 220.021,27
(Prog. 2000, 4000, 6000 y 7000)
CONCEPTO 216 . EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN 2.211.635,46
Mantenimiento, reparación y conservación de equipos de
procesos informáticos, ofimáticos, de transmisión y procesos
de datos, y cualquier clase de equipos de información.
216.00 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN 2.211.635,46
(Prog. 2000, 4000, 6000 y 7000)
CONCEPTO 217 . EQUIPOS AUDIOVISUALES 53.127,07
Mantenimiento, reparación y conservación de equipos
audiovisuales.
217.00 EQUIPOS AUDIOVISUALES 53.127,07
(Prog. 2000 y 7000)
CONCEPTO 218 . EQUIPOS DE TELEFONÍA 35.740,03
Mantenimiento, reparación y conservación de equipos de
telefonía.
218.00 EQUIPOS TELEFÓNICOS 35.740,03
(Prog. 6000)
CONCEPTO 219 . OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 53.600,00
Gastos de mantenimiento no determinados en los conceptos
anteriores.
219.00 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 53.600,00
(Prog. 2000, y 7000)
ARTICULO 22 . MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS 60.181.525,19
Gastos de esta naturaleza, clasificados según se recoge en
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
210
los conceptos que se enumeran a continuación.
CONCEPTO 220 . MATERIAL FUNGIBLE DE OFICINA 7.128.223,77
Gastos de material de oficina fungible.
220.00 FUNGIBLE DE OFICINA 2.105.410,69
Gastos de material de oficina no inventariable. (Prog. 1000,
2000, 3000 ,4000, 5000, 6000 y 7000)
220.01 PRENSA 30.800,00
Adquisición de publicaciones en general. (Prog. 2000, 6000 y
7000)
220.02 LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 1.974.537,06
Adquisiciones de libros y revistas técnicas (Prog. 2000,
3000, 4000, 5000, 6000 y 7000).
220.03 FUNGIBLES DE INFORMÁTICA 1.686.659,26
Material no inventariable como software, ampliaciones de
memoria de ordenadores, etc. (Prog. 2000, 3000, 4000, 5000,
6000 y 7000).
220.04 LIBROS, REVISTAS Y BASES DE DATOS (CENTRALIZADO) 1.168.487,01
Adquisiciones de libros y revistas técnicas (concurso
centralizado). (Prog. 2000)
220.09 OTRO MATERIAL NO INVENTARIABLE 162.329,75
Adquisición de material diverso no incluido en los
subconceptos anteriores (Prog., 2000, 3000, 4000, 5000 y
7000).
CONCEPTO 221 . SUMINISTROS 20.940.722,21
Gastos de agua, gas, electricidad y otros servicios o
abastecimientos, según las especificaciones contenidas en
los subconceptos.
221.00 ENERGÍA ELÉCTRICA 10.190.000,00
(Prog. 6000 y 7000)
221.01 AGUA 1.757.000,00
(Prog. 6000 y 7000)
221.02 GAS 3.840.000,00
(Prog. 6000 y 7000)
221.03 COMBUSTIBLE 137.450,00
(Prog. 2000 y 6000)
221.04 VESTUARIO 227.356,78
Prendas para el personal establecidas por Convenio Colectivo
y otras prendas. (Prog. 2000, 6000 y 7000)
221.05 PRODUCTOS ALIMENTICIOS 2.024.968,00
Contratación de los servicios de comedor para Colegios
Mayores (Prog. 7000).
221.06 PRODUCTOS FARMACÉUTICOS 122.225,00
Medicinas y productos de asistencia sanitaria. (Prog. 2000,
3000, 6000 y 7000)
221.07 FUNGIBLES DE LABORATORIO 1.156.793,91
Material no inventariable para laboratorio. (Prog. 2000,
3000, 4000 y 6000)
221.08 MATERIAL DEPORTIVO 31.600,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
211
(Prog. 2000 y 7000)
221.09 ALIMENTACIÓN ANIMALES 41.300,00
Alimentación de animales de la Facultad de Veterinaria, y
otra alimentación de animales de experimentación de diversos
Centros (Prog. 2000).
221.99 OTROS SUMINISTROS 1.412.028,52
Consumo y reposición de carácter periódico no incluido en
los subconceptos anteriores (Prog. 2000, 3000, 4000, 5000,
6000, 7000 y 9000).
CONCEPTO 222 . COMUNICACIONES 1.271.001,55
Servicios telefónicos, postales, telegráficos, así como
cualquier otro tipo de comunicación.
222.00 SERVICIOS TELEFÓNICOS 1.021.779,16
(Prog. 2000, 3000, 4000, 5000, 6000 y 7000)
222.01 SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS 241.022,39
(Prog. 2000, 3000, 4000, 5000, 6000 y 7000)
222.09 OTRAS COMUNICACIONES 8.200,00
(Prog. 2000, 5000 y 7000)
CONCEPTO 223 . TRANSPORTE 64.436,61
Gastos derivados de la utilización de medios de transporte
privado, excepto de personal.
223.01 OTROS TRANSPORTES 64.436,61
Gastos derivados de la utilización de medios de transporte
privado, excepto de personal. (Prog. 2000, 3000, 4000, 5000,
6000 y 7000)
CONCEPTO 224 . PRIMAS DE SEGUROS 332.655,40
Gastos de diferentes pólizas, exceptuando las
correspondientes a Seguros de vida y accidentes que figuran
en el subconcepto 162.06 del programa "Formación y
Asistencia al Personal".
224.01 PRIMAS DE SEGUROS DE VEHÍCULOS 31.600,00
(Prog. 2000, 6000)
224.02 ASISTENCIA SANITARIA A BECARIOS 5.000,00
Contratación del seguro de Becarios de Colaboración y de
Investigación. (Prog. 8000)
224.03 PRIMAS POR RESPONSABILIDAD CIVIL 206.962,00
(Prog. 2000 y 6000)
224.09 PRIMAS DE SEGUROS POR OTROS RIESGOS 89.093,40
(Prog. 2000, 4000, y 7000)
CONCEPTO 225 . TRIBUTOS 118.288,65
Gastos destinados al pago de tasas, contribuciones e
impuestos, tanto estatales como autonómicos y locales.
225.00 TRIBUTOS Y ARANCELES 118.288,65
(Prog. 2000 y 6000)
CONCEPTO 226 . GASTOS DIVERSOS 12.778.189,99
Gastos corrientes que no tienen cabida en otros conceptos
del capítulo II.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
212
226.01 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 9.999,00
Gastos derivados de la realización de Actos Académicos,
Institucionales y de Representación de las autoridades de la
UCM en el desempeño de sus funciones. (Prog. 2000)
226.02 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 92.175,00
Actividades de promoción, divulgación y publicidad de
convocatoria de plazas, concursos, etc. (Prog. 2000, 3000,
4000, 6000 y 7000)
226.03 JURÍDICOS Y CONTENCIOSOS 40.000,00
Estimación prevista por posibles litigios en que sea parte
la Universidad. (Prog. 6000)
226.04 CERTÁMENES Y PREMIOS 48.200,00
(Prog. 2000, y 7000)
226.05 CUOTAS INSCRIPCIONES 28.900,00
(Prog. 2000, 6000 y 7000)
226.06 REUNIONES Y CONFERENCIAS 4.430.671,21
Gastos de organización de conferencias, seminarios y
reuniones celebradas por el personal no vinculado a la
Universidad. (Prog. 1000, 2000, 3000, 4000, 5000, 6000 y
7000)
226.07 CELEBRACIONES Y ACTOS ACADÉMICOS 133.358,00
Gastos de los Centros para atender sus distintas
festividades patronales y otros gastos derivados de la
celebración de actos académicos. (Prog. 2000, 4000, 6000 y
7000)
226.08 PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO 46.039,00
Gastos derivados del Préstamo interbibliotecario (Prog. 2000
y 7000).
226.10 ACTIVIDADES DEPORTIVAS 65.500,00
Gastos por la organización de actividades deportivas (Prog.
7000).
226.11 AYUDAS DE VIAJE 28.860,00
Ayudas para desplazamientos a eventos nacionales e
internacionales (Prog. 2000 y 7000).
226.12 ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES 171.787,78
Gastos de organización de actividades socioculturales a
favor del personal, así como otros gastos por actividades
socioculturales realizadas por los Centros y Colegios
Mayores. (Prog. 2000 y 7000)
226.13 FONDO DE CONTINGENCIA 500.000,00
Fondo destinado a satisfacer necesidades de carácter no
discrecional no previstas en el presupuesto inicial (art. 15
de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria 18/2001)
(Prog. 2000 y 6000).
226.15 GASTOS ELECTORALES 158.100,00
Gastos por participación en mesas electorales de órganos
representativos (Prog. 2000 y 6000).
226.16 GASTOS DE SEPELIO 15.600,00
Gastos derivados del sepelio de miembros de la Comunidad
Universitaria (flores, esquelas, etc.)(Prog. 2000, 6000 y
7000).
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
213
226.18 F. CONTINGENCIA PLAN ECONÓMICO FINANCIERO 2013/2016 7.009.000,00
Reflejo presupuestario del Plan Económico Financiero de la
UCM (Prog. 6000).
CONCEPTO 227 . TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS 17.249.865,32
Gastos por actividades propias de la UCM, que se ejecutan a
través de contratas con empresas o profesionales
independientes.
227.00 TRABAJOS DE LIMPIEZA Y ASEO 13.217.698,28
Contratación del servicio de limpieza para todos los Centros
y otros gastos de limpieza. (Prog. 2000 y 6000)
227.01 SERVICIOS DE DEPÓSITOS Y CUSTODIA 38.790,00
(Prog. 7000).
227.02 MONITORES ESCUELAS DEPORTIVAS 140.000,00
(Prog. 7000).
227.03 SERVICIOS DE SEGURIDAD 963.400,00
Trabajos de Seguridad encargados a empresas especializadas.
(Prog. 2000 ,6000 y 7000)
227.04 TRASLADO DE FONDOS BIBLIOGRÁFICOS 12.600,00
(Prog. 2000 y 7000).
227.05 TRABAJOS DE INFORMATIZACIÓN 31.000,00
(Prog. 2000 y 6000).
227.06 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 1.641.945,40
Trabajos de carácter técnico encargados a empresas
especializadas y a profesionales. (Prog. 2000, 3000, 4000,
5000, 6000 y 7000)
227.07 ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS 156.000,00
(Prog. 9000).
227.08 TRABAJOS DE IMPRENTA 534.870,90
Trabajos de encuadernación y otros que no se hallen
encuadrados bajo epígrafes específicos de "Gastos de
edición". (Prog. 2000, 3000,4000, 5000, 6000 y 7000)
227.09 RETIRADA DE RESIDUOS 142.400,00
(Prog. 2000, 6000 y 7000).
227.99 OTROS TRABAJOS 371.160,74
(Prog. 2000, 4000, 6000 y 7000).
CONCEPTO 228 . GASTOS EN PROGRAMAS ESPECÍFICOS 298.141,69
Créditos destinados al abono de aquellas actividades no
incluidas en otros conceptos, que son llevadas a cabo
mediante convenios, conciertos o acuerdos suscritos por la
UCM con otras Administraciones, Instituciones, Empresas y
Particulares.
228.06 SALÓN DEL ESTUDIANTE 60.000,00
(Prog. 7000).
228.07 ACCIONES ESTRATÉGICAS 26.734,05
(Prog. 1000).
228.08 JORNADAS DE ORIENTACIÓN PREUNIVERSITARIA 30.000,00
(Prog. 7000).
228.22 PROGRAMA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO 9.850,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
214
(Prog. 5000).
228.23 PROGRAMAS ESPECÍFICOS APOYO PERSONAS CON DISCAPACIDAD 72.557,64
Programa para facilitar la integración de las personas con
discapacidad (Prog. 7000).
228.29 OFICINA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES 3.000,00
Programas y actividades organizados por la Delegación
Central de Estudiantes (Prog. 7000).
228.37 ORGANIZACIÓN DE SEMINARIOS 55.000,00
Recoge los gastos originados por el desarrollo de esta
actividad. (Prog 5000)
228.38 CAMPUS CIENTÍFICO DE VERANO 41.000,00
Crédito destinado a que estudiantes de cuarto de ESO y
primero de Bachillerato, con un elevado rendimiento
académico, realicen un programa de actividades durante el
mes de Julio. (Prog. 7000)
ARTICULO 23 . INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO 1.686.634,65
Retribuciones reglamentarias por asistencia a tribunales y
órganos colegiados y, en general, por concurrencia personal
a reuniones, comisiones, etc.
CONCEPTO 230 . PARTICIPACIÓN EN TRIBUNALES 302.500,00
Indemnizaciones por asistencia a tribunales de selección
para provisión de plazas de PDI, PAS, etc.
230.00 TRIBUNALES PROVISIÓN CUERPOS DOCENTES 110.000,00
(Prog. 1000).
230.01 TRIBUNALES TERCER CICLO 192.500,00
(Prog. 1000 y 2000).
CONCEPTO 231 . COMISIONES DE SERVICIO 555.262,89
Indemnizaciones reglamentarias como consecuencia de
cometidos especiales que se ordenan al personal, fuera del
término municipal de su residencia oficial.
231.00 COMISIONES DE SERVICIO 555.262,89
(Prog. 1000, 2000, 3000, 4000, 5000, 6000 y 7000).
CONCEPTO 232 . LOCOMOCIÓN 16.961,76
Indemnizaciones como consecuencia de la necesidad del
desplazamiento del personal para atender cometidos
especiales.
232.00 LOCOMOCIÓN Y TRASLADO EN TRANSPORTE PÚBLICO 16.961,76
(Prog. 2000, 6000 y 7000).
CONCEPTO 233 . OTRAS INDEMNIZACIONES 811.910,00
Indemnizaciones que no tienen cabida en los conceptos
anteriores.
233.00 ASISTENCIAS REUNIONES CONSEJO SOCIAL 83.000,00
(Prog. 5000).
233.01 PRUEBAS ACCESO ALUMNOS 728.910,00
(Prog. 7000).
ARTICULO 24 . PUBLICACIONES 99.886,00
Gastos ocasionados por la edición y distribución de
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
215
publicaciones.
CONCEPTO 240 . PUBLICACIONES 99.886,00
Idem. artículo.
240.00 GASTOS DE EDICIÓN Y PUBLICACIONES 99.886,00
(Prog. 1000, 2000 y 7000).
CAPITULO 3 . GASTOS FINANCIEROS 2.997.487,68Gastos financieros por intereses de todo tipo de depósitos y
fianzas recibidas.
ARTICULO 31 . PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 2.050.080,34
Créditos para el pago de intereses de todo tipo de préstamos
y gastos financieros.
CONCEPTO 310 . PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 2.050.080,34
Créditos para el pago de intereses de préstamos, ya sean a
corto o largo plazo.
310.00 INTERESES DE PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO 1.992.580,34
Gastos financieros devengados por préstamos a largo plazo
concedidos por entidades bancarias. (Prog. 3000 y 6000)
310.01 INTERESES DE AVALES 57.500,00
Gastos de intereses por avales bancarios. (Prog.6000)
ARTICULO 34 . INTERESES DE DEMORA 907.137,34
Intereses de demora a satisfacer a los diversos agentes,
como consecuencia del incumplimiento del pago de
obligaciones en los plazos establecidos.
CONCEPTO 342 . INTERESES DE DEMORA 907.137,34
Idem. artículo.
342.00 INTERESES DE DEMORA 907.137,34
Idem. concepto. (Prog. 3000 y 6000)
ARTICULO 35 . OTROS GASTOS FINANCIEROS 40.270,00
Gastos de esta naturaleza que no tengan cabida en los
conceptos anteriormente definidos.
CONCEPTO 350 . GASTOS FINANCIEROS 40.270,00
Idem. artículo.
350.00 OTROS GASTOS FINANCIEROS 40.270,00
Idem concepto. (Prog. 2000, 3000, 6000 y 7000)
CAPITULO 4 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES 11.961.180,84Transferencias efectuadas por la Universidad sin
contrapartida directa por parte de los agentes receptores,
quienes destinarán estos fondos a financiar operaciones
corrientes.
ARTICULO 40 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL ESTADO Y AL EXTERIOR 865.235,66
Transferencias corrientes de cualquier naturaleza que
originan los programas de cooperación y asistencia técnica o
de ayuda al exterior, así como las cuotas y contribuciones a
Organismos Internacionales.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
216
CONCEPTO 405 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL EXTERIOR 865.235,66
Idem. artículo.
405.00 PARTICIPACIÓN ORGANISMOS INTERNACIONALES 35.000,00
(Prog. 5000).
405.04 COLEGIO MIGUEL SERVET (PARIS) 20.000,00
(Prog. 5000).
405.05 REAL COLEGIO COMPLUTENSE DE HARVARD 750.000,00
(Prog. 5000).
405.06 CÁTEDRA GAOS 50.000,00
Fomento de la docencia e investigación en las áreas de
ciencias sociales y humanidades. (Prog. 5000)
405.07 CUOTAS AFILIACIÓN EXTERIOR 10.235,66
Gastos correspondientes al pago de cuotas por pertenencia a
sociedades en el exterior. (Prog. 2000 y 6000)
ARTICULO 44 .TRANSFERENCIAS CORRIENTES A EMPRESAS PÚBLICAS Y
OTROS ENTES PÚBLICOS 82.800,00
Transferencias que la UCM puede realizar a favor de empresas
públicas, consorcios y otros entes de naturaleza pública
CONCEPTO 445 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A CONSORCIOS Y OTROS
ENTES 82.800,00
Transferencias de la UCM a consorcios y otros entes, para
gastos corrientes.
445.00 CONSORCIO URBANÍSTICO CIUDAD UNIVERSITARIA 82.800,00
(Prog. 5000).
ARTICULO 48 .TRANSFERENCIAS CORRIENTES A FAMILIAS E INSTITUCIONES
SIN FINES DE LUCRO 11.013.145,18
Toda clase de auxilios, ayudas, becas, donaciones, premios
literarios, artísticos o científicos, que la UCM otorgue a
familias e instituciones sin fines de lucro.
CONCEPTO 480 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A INSTITUCIONES SIN
FINES DE LUCRO 908.822,98
Idem. artículo.
480.00 COOPERACIÓN AL DESARROLLO 104.332,59
Incluye 0,7% de aportación de los Centros (Prog. 2000 y
5000).
480.02 ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES 15.000,00
(Prog. 7000).
480.05 ORGANIZACIONES SINDICALES 19.931,21
(Prog. 6000).
480.07 INSTITUTOS UNIVERSITARIOS ADSCRITOS 15.000,00
(Prog. 3000).
480.08 AYUDAS VARIAS 611.799,18
(Prog. 5000).
480.10 PREMIOS CIENCIA EN ACCIÓN 1.500,00
(Prog. 6000).
480.12 CUOTAS AFILIACIÓN NACIONALES 10.490,00
Gastos derivados del pago de cuotas por pertenencia a
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
217
sociedades dentro del territorio nacional (Prog. 2000 y
6000).
480.99 OTRAS INSTITUCIONES 130.770,00
(Prog. 3000, y 7000).
CONCEPTO 481 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A FUNDACIONES 2.866.122,00
Transferencias a Fundaciones, para gastos corrientes.
481.04 FUNDACIÓN GENERAL DE LA UCM. OTRAS TRANSFERENCIAS 170.000,00
Recoge la Transferencia de Crédito a la FGUCM para asumir
los costes de personal del Centro de Microscopia. (Prog.
3000)
481.05 FUNDACIÓN PARQUE TECNOLÓGICO 160.022,00
Cofinanciación de la UCM para la Fundación del Parque
Científico-Tecnológico. (Prog. 3000)
481.08 CONVENIO BANCO DE SANTANDER 2.536.100,00
Aportación a la FGUCM como consecuencia de actividades
financiadas de acuerdo con el Convenio Firmado con Santander
Universidades (Prog. 6000).
CONCEPTO 485 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES A CENTROS DOCENTES
ADSCRITOS 3.312.000,00
Transferencias a Centros Docentes adscritos, para gastos
corrientes.
485.00 CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES FELIPE II 3.312.000,00
Transferencias a la URJC como compensación de los derechos
de matrícula recaudados por la UCM (titulaciones UCM a
extinguir con matrícula en la UCM) en virtud del Convenio
entre la UCM y la URJC por el que se acuerda el inicio de
los trámites de sustitución en la condición de miembro en la
Fundación Felipe II y el acuerdo sobre inicio de la
tramitación del cambio de adscripción del Centro de Estudios
Superiores Felipe II, de fecha 19 de mayo de 2014 (Prog.
6000).
CONCEPTO 486 . AYUDAS COMPLEMENTARIAS A LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN 3.926.200,20
Ayudas complementarias a la educación y formación,
concedidas por la UCM para gastos corrientes.
486.08 BECAS DE COLABORACIÓN 988.874,00
(Prog. 8000).
486.10 AYUDAS ALUMNOS SÓCRATES/ERASMUS (C.E.) 2.115.311,40
(Prog. 8000).
486.11 AYUDAS PROFESORES SÓCRATES/ERASMUS (C.E.) 116.100,00
(Prog. 8000).
486.19 BECAS CALIFORNIA 50.000,00
(Prog. 8000).
486.99 OTRAS BECAS 655.914,80
(Prog. 8000).
CAPITULO 6 . INVERSIONES REALES 66.507.282,23Gastos destinados a la creación o adquisición de bienes o
servicios de capital, así como bienes inventariables,
necesarios para el funcionamiento de los servicios y otros
gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
218
amortizable.
ARTICULO 62 . INVERSIÓN NUEVA 2.223.591,70
Proyectos de inversión que tienen por finalidad mejorar
cuantitativa y cualitativamente el funcionamiento interno de
la Universidad.
CONCEPTO 620 . INVERSIÓN NUEVA 2.223.591,70
Idem. artículo.
620.00 OBRA NUEVA 386.043,61
(Prog. 2000).
620.01 EQUIPAMIENTO NUEVO 1.837.548,09
(Prog. 1000, 2000, 4000, 5000, 6000, 7000 y 9000).
ARTICULO 63 . INVERSIÓN PARA REPOSICIÓN 7.317.056,68
Proyectos de inversión que tienen por finalidad reponer
bienes deteriorados o prorrogar su vida útil.
CONCEPTO 630 . INVERSIÓN DE REPOSICIÓN 7.317.056,68
Idem. artículo.
630.00 OBRAS DE REFORMA, MANTENIMIENTO Y SEGURIDAD 4.324.196,60
(Prog. 2000, 6000, 7000 y 9000).
630.01 EQUIPAMIENTO DE REPOSICIÓN 2.892.860,08
(Prog. 2000, 3000, 4000, 6000, 7000 Y 9000).
630.13 FONDO DE CONTINGENCIA 100.000,00
(Prog. 6000).
ARTICULO 64 . OTRAS INVERSIONES 56.966.633,85
Inversiones en activos inmovilizados intangibles,
susceptibles de producir efecto en varios ejercicios
futuros.
CONCEPTO 640 . INVERSIONES EN PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN 50.079.311,77
Comprende los gastos de inversión destinados a la
realización de programas de investigación.
640.03 CENTROS DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN 1.895.888,92
(Prog. 3000).
640.04 ACCIONES DE INVESTIGACIÓN 100.000,00
Ayudas complementarias y cobertura de necesidades urgentes
en Investigación (Prog. 3000).
640.08 PROYECTOS RAMÓN Y CAJAL 1.794.957,90
Programas financiados por transferencia específica del
Ministerio de Economía y Competitividad (Prog. 3000).
640.09 PROYECTOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES. 10.030.011,47
Programas financiados por transferencia específica de
distintos Departamentos Ministeriales (Prog. 3000).
640.10 PROGRAMA JUAN DE LA CIERVA 870.564,25
Programas financiados por transferencia específica del
Ministerio de Economía y Competitividad (Prog. 3000).
640.14 AYUDAS PARA PERSONAL INVESTIGADOR 2.140.012,47
(Prog. 8000).
640.16 BECAS ESTANCIAS CORTAS 321.383,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
219
(Prog. 8000).
640.21 CALIDAD C.A.I. 40.000,00
Gastos para la implantación y seguimiento de la calidad de
los C.A.I. (Prog. 3000)
640.23 PATENTES 30.000,00
Pago de patentes derivadas de investigaciones en la UCM.
(prog. 3000)
640.24 INFORMES, AUDITORIAS Y LICITACIONES 66.000,00
Gastos ocasionados como consecuencia de proyectos
colaborativos con la industria, así como de las licitaciones
públicas de contratos (gastos de publicación de anuncios,
constitución de garantías, mantenimiento de avales, entre
otros). (Prog. 3000)
640.25 ACTIVIDADES DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN 105.000,00
Actividades de formación, de asesoría y de cultura
científica destinadas al apoyo de la investigación.(Prog.
3000)
640.50 JUSTIF. FGUCM INVESTIGACIÓN 16.950.241,58
Recoge la justificación de los gastos de los proyectos que
se gestionan a través de la FGUCM. (Prog. 3000)
640.51 PROYECTOS OTRI 13.760.000,00
(Prog. 3000).
640.99 PROYECTOS O PROGRAMAS CON OTRAS INSTITUCIONES 1.975.252,18
Gastos de capital derivados de proyectos o programas
conjuntos con otras Instituciones de investigación. (Prog.
3000)
CONCEPTO 641 . INVERSIONES EN OTROS PROGRAMAS 674.000,00
Comprende los gastos de inversión destinados a la
realización de otros programas no relativos a investigación.
641.04 PROYECTOS DE MEJORA DE LA CALIDAD DOCENTE 74.000,00
Proyectos de innovación educativa y edición de materiales
docentes en soporte de nuevas tecnologías, introducción de
innovaciones en la metodología docente de las enseñanzas.
(Prog. 1000)
641.13 PROYECTOS EUROPEOS 600.000,00
Proyectos financiados por la Comisión Europea que se
gestionan a través de la Oficina de Relaciones
Internacionales. (Prog. 5000)
CONCEPTO 642 . INVERSIONES EN PROGRAMAS DE RELACIONES
INTERNACIONALES 6.213.322,08
Gastos originados por convenios, conciertos o acuerdos
suscritos entre la UCM y otras Administraciones,
Instituciones, Empresas y Particulares en el ámbito de las
Relaciones Internacionales.
642.01 CONVENIOS INTERNACIONALES 5.907.439,08
Gastos derivados de los Convenios Internacionales en vigor.
(Prog. 5000)
642.12 PROGRAMA DE MOVILIDAD 250.883,00
(Prog. 5000).
642.30 PROGRAMA DE COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA 55.000,00
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
220
Cátedra Jean Monnet (Prog. 5000).
CAPITULO 7 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.201.000,00Transferencias efectuadas sin contrapartida directa por
parte de los agentes receptores, los cuales destinan estos
fondos a financiar operaciones de capital.
ARTICULO 74 .TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A EMPRESAS PÚBLICAS Y
OTROS ENTES PÚBLICOS 470.000,00
Transferencias efectuadas a empresas públicas y otros entes
públicos, sin contrapartida directa por parte de los agentes
receptores, los cuales destinan estos fondos a financiar
operaciones de capital.
CONCEPTO 744 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A EMPRESAS Y ENTES
PÚBLICOS 470.000,00
Idem. artículo.
744.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A EMPRESAS Y ENTES PÚBLICOS. 470.000,00
Proyectos que se gestionan conjuntamente o a través de
empresas y entes públicos. (Prog. 3000)
ARTICULO 75 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A UNIVERSIDADES 690.000,00
Transferencias de capital previstas por la UCM con destino a
otras Universidades.
CONCEPTO 750 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A UNIVERSIDADES 690.000,00
Proyectos de investigación y contratos.
750.00 PROYECTOS 690.000,00
Proyectos de investigación gestionados conjuntamente o a
través de otras Universidades (Prog. 3000).
ARTICULO 78 .TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A FAMILIAS E INSTITUCIONES
SIN FINES DE LUCRO 41.000,00
Transferencias de esta naturaleza que la UCM otorga a
entidades sin fines de lucro.
CONCEPTO 781 . TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A FUNDACIONES 41.000,00
Proyectos de investigación y contratos gestionados a través
de la Fundación General de la UCM.
781.08 FUNDACIONES VARIAS 41.000,00
Proyectos gestionados por otras Fundaciones sin ánimo de
lucro (Prog. 3000).
CAPITULO 8 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00Créditos destinados a la adquisición de activos financieros
(títulos, valores, contratos de préstamo, etc.) así como los
destinados a la constitución de depósitos y fianzas.
ARTICULO 83 . ACTIVOS FINANCIEROS 540.000,00
Créditos destinados a la adquisición de activos financieros
(títulos, valores, contratos de préstamo, etc.)
CONCEPTO 830 . PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO 540.000,00
Comprende los préstamos y anticipos concedidos al personal
de la Universidad, cuyo plazo de reembolso y consiguiente
cancelación no sea superior a doce meses.
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
221
830.08 ANTICIPOS AL PERSONAL 540.000,00
(Prog. 9000).
CAPITULO 9 . PASIVOS FINANCIEROS 2.684.209,84Amortización de deudas emitidas, contraídas o asumidas por
la Universidad. Operaciones de devolución de depósitos y
fianzas cuya constitución por terceros se aplicó al
Presupuesto.
ARTICULO 91 . RTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS EN MONEDA NACIONAL 2.682.443,84
Cancelación de préstamos en moneda nacional contraídos por
la UCM, obtenidos del sector público o del sector privado.
CONCEPTO 911 . DEVOLUCIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO DE ENTES
SECTOR PÚBLICO 2.682.443,84
Cancelación de préstamos en moneda nacional contraídos por
la UCM, obtenidos del sector público, cuyo plazo de
vencimiento sea superior a doce meses.
911.00 DEVOLUCIÓN PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO DE ENTES SECTOR
PÚBLICO 2.682.443,84
Idem. concepto. (Prog. 3000)
ARTICULO 94 . DEVOLUCIÓN DEPÓSITOS Y FIANZAS 1.766,00
Devolución de depósitos constituidos o de fianzas ingresadas
en las cajas de la UCM.
CONCEPTO 941 . DEVOLUCIÓN DE FIANZAS 1.766,00
Devolución de fianzas ingresadas en las cajas de la UCM.
941.00 DEVOLUCIÓN FIANZAS 1.766,00
Idem concepto. (Prog. 2000, Y 8000)
PRESUPUESTO 2015
NOTAS EXPLICATIVAS DEL ESTADO DE GASTOS AÑO 2015
222
PRESUPUESTO 2015
NORMAS DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
223
NORMAS DE EJECUCIÓN DEL
PRESUPUESTO 2 0 1 5
224
I N D I C E
CAPÍTULO I. ‐ NORMAS GENERALES
Artículo 1. Ámbito temporal. Artículo 2. Ámbito funcional. Artículo 3. El presupuesto. Artículo 4. Estructura presupuestaria. Artículo 5. Vinculaciones jurídicas. Artículo 6. Limitación de los compromisos de gasto. Artículo 7. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
CAPÍTULO II. ‐ MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Artículo 8. Modificaciones de crédito. Artículo 9. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Artículo 10. Transferencias de crédito. Artículo 11. Ampliaciones de crédito. Artículo 12. Generación de crédito por ingresos. Artículo 13. Incorporaciones de crédito.
CAPÍTULO III. ‐ INGRESOS
Artículo 14. Plan de Tesorería. Artículo 15. Tipo de Ingresos. Artículo 16. Ingresos procedentes del alquiler de espacios y equipos de la Universidad y de la prestación, en su caso, de servicios adicionales, por plazo inferior a treinta días. Artículo 17. Otros Ingresos procedentes del alquiler de espacios. Artículo 18. Transferencias. Artículo 19. Fianzas. Artículo 20. Ingresos varios. Artículo 21. Fiscalización de ingresos.
CAPÍTULO IV.‐ PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEL
PRESUPUESTO DE GASTOS
Sección 1ª. Normas generales. Artículo 22. Fases del procedimiento y documentos contables. Artículo 23. Expedientes de gasto (documentos contables RX, A, D y AD). Artículo 24. Expedientes de reconocimiento de obligación
225
(documento contables ADO). Artículo 25. Ofertas, presupuestos o facturas pro-forma. Requisitos y exenciones. Artículo 26. Facturas y documentos justificativos. Requisitos y exenciones. Artículo 27. Órdenes de pago y pago material. Artículo 28. Fiscalización.
Sección 2ª. Fondos librados a justificar y anticipos de caja fija. Subsección 1ª. Normas generales.
Artículo 29. La tesorería central y la tesorería delegada. Artículo 30. Autorización de cajas pagadoras. Artículo 31. Nombramiento de cajeros pagadores. Artículo 32. Cuentas a disposición de los cajeros pagadores. Artículo 33. Cajas de efectivo en metálico. Artículo 34. Disposición de fondos. Artículo 35. Contabilidad de los fondos. Artículo 36. Documentación justificativa. Artículo 37. Responsabilidades.
Subsección 2ª. Anticipos a justificar.
Artículo 38. Fondos librados a justificar.
Subsección 3ª. Anticipos de caja fija.
Artículo 39. Anticipos de caja fija. Artículo 40. Coordinación de las cajas pagadoras. Artículo 41. Cuantía máxima de las obligaciones. Artículo 42. Justificación: confección y tramitación de cuentas. Artículo 43. Reposición de fondos. Artículo 44. Fiscalización de las cuentas y archivo de expedientes.
Sección 3ª. Plazos de presentación de expedientes.
Artículo 45. Expedientes de gasto (documentos RX, A, D y AD). Artículo 46. Expedientes de modificación presupuestaria. Artículo 47. Expedientes de reconocimiento de obligación (ADO) Artículo 48. Reconocimiento de obligaciones (O). Artículo 49. Anticipos a justificar. Artículo 50. Anticipos de caja fija. Artículo 51. Devoluciones de ingresos.
226
CAPÍTULO V. ‐ NORMAS RELATIVAS A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DEL GASTO.
Sección 1ª. Contratación.
Artículo 52. Inicio. Artículo 53. Contratos menores. Importes de los contratos menores. Artículo 54. Convenios. Artículo 55. Contratos de obras. Procedimiento de adjudicación. Artículo 56. Contratos de suministro y servicios. Procedimiento de adjudicación y excepciones ala garantía definitiva. Artículo 57. Contratos celebrados al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). Artículo 58. Firma de los contratos.
Sección 2ª. Recepciones.
Artículo 59. Convocatoria al acto de recepción. Artículo 60. Importes de los contratos a efectos de la recepción. Artículo 61. Recepción de obras. Artículo 62. Recepción en otros contratos. Artículo 63. Plazo máximo de recepción.
Sección 3ª. Nóminas del Personal
Artículo 64. Tramitación de nóminas.
Sección 4ª. Retribuciones, gratificaciones, horas extraordinarias, conferencias y otros pagos por la prestación de servicios extraordinarios a la UCM.
Subsección 1ª. Normas Generales.
Artículo 65. Límites e incompatibilidades.
Subsección 2 ª Compatibilidades
Artículo 66. Ámbito de aplicación. Artículo 67. Solicitud de compatibilidad. Artículo 68. Concesiones de compatibilidad. Artículo 69. Unidades de personal de los centros o de las unidades administrativas a las que esté adscrito el personal de la UCM.
227
Subsección 3ª. Retribuciones del personal vinculado a la UCM y asimilado por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada habitual o por la realización de funciones especiales.
Artículo 70. Gratificaciones. Artículo 71. Tramitación de la autorización y del pago.
Subsección 4ª. Conferencias, lecciones, tutorías y otras actividades asimiladas realizadas por el personal vinculado a la UCM y por el no vinculado perteneciente o no al sector público.
Artículo 72. Conferencias, lecciones, tutorías y otras actividades asimiladas. Límites retributivos e incompatibilidades. Artículo 73. Tramitación y documentación justificativa.
Sección 5ª.Otras partidas de gasto.
Artículo 74. Gastos de representación o protocolarios. Artículo 75. Adquisición de material informático y equipos de telefonía. Artículo 76. Gastos ocasionados como consecuencia del alquiler de espacios y equipos de la UCM.
Sección 6ª. Mantenimiento y actualización de inventarios.
Artículo 77. Mantenimiento y actualización de inventarios.
CAPÍTULO VI. ‐ COMISIONES DE SERVICIO
Sección 1ª. Normas Generales.
Artículo 78. Principios generales. Artículo 79. Ámbito de aplicación. Artículo 80. Régimen de aplicación.
Sección 2ª. Personal Docente e Investigador.
Artículo 81. Autorización de las comisiones de servicio, generen o no derecho a indemnización. Artículo 82. Informe previo a la autorización. Artículo 83. Comunicación al Vicerrectorado de Ordenación Académica. Artículo 84. Gastos indemnizables. Artículo 85. Consideración de " día de regreso". Artículo 86. Certificado de realización de conformidad.
228
Sección 3ª. Personal de Administración y Servicios.
Artículo 87. Autorización de las comisiones de servicio, generen o no derecho a indemnización. Artículo 88. Informe previo a la autorización. Artículo 89. Gastos Indemnizables y certificado de realización de conformidad.
Sección 4ª. El Rector, empleados públicos acompañantes del Rector y representantes del Rector por delegación.
Artículo 90. Gastos indemnizables. Artículo 91. Nombramiento de empleados públicos de la UCM acompañantes del Rector y designación de sus representantes. Artículo 92. Liquidación de la comisión.
Sección 5ª. Personal no vinculado a la UCM: miembros de tribunales de selección de personal y de tesis doctorales y otros.
Artículo 93. Gastos indemnizables. Artículo 94. Consideraciones sobre los días de salida, regreso y celebración del acto. Artículo 95. Justificación del gasto. Artículo 96. Asistencias a tribunales. Artículo 97. Tribunales de tesis del doctorado europeo. Artículo 98. Tribunales para la provisión de plazas docentes.
CAPÍTULO VII. ‐ TÍTULOS PROPIOS, FORMACIÓN CONTINUA, CURSOS INTERFACULTATIVOS, CURSOS DE UNIVERSIDADES REUNIDAS Y OTROS SIMILARES
NO OFICIALES.
Artículo 99. Financiación. Artículo 100. Presupuesto de ingresos. Artículo 101. Presupuesto de gastos. Artículo 102. Unidad gestora. Artículo 103. Imputación presupuestaria de gastos. Artículo 104. Comisiones de servicio y conferencias ocasionales. Artículo 105. Liquidación de los cursos. Artículo 106. Cursos de formación continua, cursos interfacultativos, cursos de universidades reunidas, Universidad de Mayores y otras enseñanzas similares no oficiales. Artículo 107. Normas supletorias.
229
CAPÍTULO VIII. ‐ CENTROS DE ASISTENCIA ALA INVESTIGACIÓN.
Artículo 108. Financiación. Artículo 109. Imputación presupuestaria de gastos. Artículo 110. Gestión económica de los CAI. Artículo 111. Prestación de servicios a centros y usuarios internos de la UCM. Artículo 112. Prestación de servicios al exterior.
CAPÍTULO IX. ‐ RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL O CONTABLE Y QUEBRANTO DE MONEDA.
Artículo 113. Procedimiento de actuación en caso de descubrimiento de hechos que generen quebranto de moneda o responsabilidad patrimonial o contable.
CAPÍTULO X. ‐ ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.
Artículo 114. Retenciones de saldos presupuestarios. Artículo 115. Retenciones de no disponibilidad. Artículo116. Incorporaciones y liquidaciones de ingresos del ejercicio 2014
DISPOSICIONES ADICIONALES.
230
CAPÍTULO I.‐ NORMAS GENERALES Artículo 1. Ámbito temporal. 1. Las presentes Normas de Ejecución del Presupuesto del 2015 tendrán la misma vigencia que el Presupuesto aprobado para este ejercicio. No obstante, cualquier modificación normativa de rango superior que afecte a su contenido producida durante su vigencia deberá entenderse incorporada a estas. 2. Si este Presupuesto hubiera de prorrogarse a 2016, estas Normas regirán asimismo, durante el período de prórroga. 3. Para el caso en que se decidiera la aprobación de forma definitiva de la prórroga del Presupuesto, como presupuesto inicial para el ejercicio siguiente, por los Órganos de Gobierno de la UCM, será posible aprobar unas nuevas Normas de Ejecución del Presupuesto. Artículo 2. Ámbito funcional. Las siguientes normas se aplicarán con carácter general a la ejecución del Presupuesto de la UCM. Artículo 3. El presupuesto. El Presupuesto para el ejercicio 2015 está integrado por:
a) El Presupuesto de la UCM. b) El Presupuesto de la FGUCM.
Artículo 4. Estructura presupuestaria. 1. Los créditos integrantes del estado de gastos se han clasificado con los siguientes criterios :
a) Orgánica, distinguiéndose unidad orgánica responsable del presupuesto y unidad orgánica gestora. Se consideran unidad de gasto, independientemente de la estructura orgánica del presupuesto de la UCM, los Centros, Departamentos, Insti tutos, Servicios Administrativos y otros centros y estructuras que tengan un presupuesto propio asignado estatutariamente. Esta distribución se tendrá en cuenta a efectos del fraccionamiento del gasto. Para ello, el centro gestor deberá identificar al Departamento en los expedientes. b) Funcional, distinguiéndose grupo de función, función y subfunción.
231
c) Económica, distinguiéndose capítulo, artículo, concepto, subconcepto y partida presupuestaria.
2. Las previsiones del estado de ingresos son:
a) Orgánica, distinguiéndose unidad orgánica responsable y unidad orgánica gestora. b) Económica, distinguiéndose capítulo, artículo, concepto y subconcepto.
Artículo 5. Vinculaciones jurídicas. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, con carácter general, los niveles de vinculación jurídica se establecen de esta forma :
a) Respecto de la clasificación orgánica: Unidad orgánica gestora.
b) Respecto de la clasificación funcional: A nivel de programa.
c) Respecto de la clasificación económica, la vinculación se establece a nivel de :
‐ Capítulo, los capítulos I, II y VI. ‐ Concepto, los capítulos III, IV, VI I, VIII y IX. ‐ Excepto las partidas: G/2260100/*, Atenciones protocolarias y representativas; G/3100000/*, Intereses de préstamos a largo plazo; G/9110000/*, Devolución de préstamos a largo plazo; y G/9130000/*, Devolución de préstamos a largo plazo con entidades de crédito; que vincularán a nivel de subconcepto.
2. Los gastos con financiación afectada serán vinculantes a nivel de subconcepto. 3. Los títulos propios mantienen las reglas de vinculación generales y no podrán ejecutarse en tanto en cuanto no existan reconocimientos de derechos en suficiente importe. Artículo 6. Limitación de los compromisos de gasto. No podrán adquirirse compromisos de gasto ni obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en el estado de gastos en el nivel de vinculación a que se refiere el artículo anterior, s iendo nulos de pleno derecho los actos administ rat ivos y las disposiciones generales que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las
232
responsabilidades a que haya lugar. Artículo 7. Compromisos de gasto de carácter plurianual. 1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Gestión Económica y Financiera, podrán adquirirse compromisos de gasto que hayan de extenderse a ejercicios posteriores y consecutivos a aquél en que se autoricen, siempre que no superen los límites y anualidades fijados en el número siguiente.
2. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no será superior a cuatro. El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar el crédito correspondiente del año en que la operación se comprometió, los siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato siguiente, el 70 por 100; en el segundo ejercicio, el 60 por 100, y en los ejercicios tercero y cuarto, el 50 por 100. En el caso de los gastos corrientes en bienes y servicios, el gasto que se impute a cada uno de los servicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito correspondiente del año en que la operación se comprometió del porcentaje del 100 por 100. Estas limitaciones no serán de aplicación a los compromisos derivados de la carga financiera de la deuda y a los arrendamientos de inmuebles, incluidos los contratos mixtos de arrendamiento y adquisición. 3. En casos especialmente motivados y justificados, la Gerencia podrá acordar la modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades o autorizar la adquisición de compromisos de gastos que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial.
CAPÍTULO II.‐ MODIFICACIONES DE CRÉDITO Artículo 8. Modificaciones de crédito. 1. Cuando haya de realizarse un gasto que exceda del nivel de la vinculación jurídica, sin que exista crédito presupuestario suficiente, se tramitará un expediente de modificación de crédito con sujeción a las particularidades reguladas en este capítulo. 2. Cualquier modificación de crédito exige propuesta razonada de la variación, valorándose la incidencia que la misma pueda tener en la consecución de objetivos f i jados en el momento de aprobar el presupuesto. 3. Todo expediente de modificación de crédito será informado por la
233
Intervención. 4. Las modificaciones de crédito aprobadas por el órgano competente serán ejecutivas desde la adopción del acuerdo de aprobación. Artículo 9. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la UCM algún gasto extraordinario cuya ejecución no pueda demorarse y no exista crédito, o no sea suficiente, ni ampliable el consignado, el Rector elevará, previo informe del Consejo de Gobierno, la propuesta al Consejo Social para la concesión de un crédito extraordinario en el primer caso y de un suplemento de crédito en el segundo, en los que se especificará el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público. Artículo 10. Transferencias de crédito. Consisten en la traslación de la totalidad o parte del crédito de un subconcepto presupuestario a otro con diferente vinculación jurídica, pudiéndose crear incluso subconceptos nuevos. La aprobación corresponderá:
a) Las transferencias de gastos corrientes a gastos de capital y viceversa serán aprobados por el Consejo Social, teniendo en cuenta en este último supuesto la necesaria autorización de la Comunidad de Madrid. b) Las transferencias entre diversas partidas de la misma unidad responsable, de gastos corrientes a gastos corrientes y de gastos de capital a gastos de capita, serán iniciadas por el centro gestor correspondiente, y aprobadas por el Rector, salvo delegación
Artículo 11. Ampliaciones de crédito. Tendrán la consideración de ampliables las siguientes partidas del estado de gastos:
a) Títulos propios. b) Formación continua.
c) Cursos interfacultativos. d) Cualesquiera otros cursos de similares características.
e) Proyectos de investigación.
234
El órgano competente para la aprobación de este tipo de modificaciones será el Rector, salvo delegación. Artículo 12. Generación de crédito por ingresos. 1. Las generaciones son modificaciones que incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos, en caso de financiación afectada, o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, en el caso de ingresos ordinarios, considerado desde un punto de vista global. 2. Podrán dar lugar a generaciones los ingresos realizados en el propio ejercicio como consecuencia de:
a) Aportaciones o compromisos firmes de aportación de cualesquiera personas naturales o jurídicas para financiar gastos que por su naturaleza estén comprendidos en los fines u objetivos asignados a los mismos. b) Ventas de bienes y prestación de servicios.
c) Enajenaciones de inmovilizado. d) Reembolsos de préstamos. e) Ingresos legalmente afectados a la realización de actuaciones determinadas.
f) Ingresos por reintegros de pagos indebidos realizados con cargo a créditos del presupuesto corriente. g) Mayores recursos propios resultantes de la liquidación de presupuestos de ejercicios anteriores.
3. La norma general indica que la generación de crédito debe realizarse cuando se hayan reconocido y cobrado los derechos que la justifiquen. No obstante, la generación, como consecuencia del supuesto previsto en la letra a) del apartado anterior, podrá realizarse al reconocimiento del derecho si figura en el expediente la documentación soporte de que el organismo concedente ha efectuado ya en ese momento el reconocimiento de la obligación. 4. Cuando los ingresos provengan de la venta de bienes o prestaciones de servicios, las generaciones se efectuarán únicamente en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados para la prestación de servicio. Cuando la enajenación se refiera a inmovilizado, la generación únicamente podrá realizarse en los créditos
235
correspondientes a operaciones de la misma naturaleza económica. 5. Los ingresos procedentes de reembolso de préstamos únicamente podrán dar lugar a generaciones en aquellos créditos destinados a la concesión de nuevos préstamos.
6. En todo caso, los ingresos deben estar relacionados con el gasto que se pretende generar. 7. El órgano competente para la aprobación de este tipo de modificaciones será el Rector, salvo delegación. Artículo 13. Incorporaciones de crédito.
1. Los créditos para gastos que en el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados de pleno derecho. 2. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, se podrán incorporar a los correspondientes créditos de un ejercicio los remanentes de crédito del ejercicio anterior en los siguientes casos :
a) Cuando así lo disponga un acuerdo del Consejo de Gobierno. b) Los procedentes de gastos con financiación afectada. c) Los procedentes de generaciones de crédito en los supuestos siguientes :
‐ Aportaciones o compromisos firmes de aportación de cualesquiera personas naturales o jurídicas para financiar conjuntamente gastos que por su naturaleza estén comprendidos en los fines u objetivos asignados a los mismos. ‐ Ingresos legalmente afectados a la realización de actuaciones determinadas.
d) Los derivados de retenciones efectuadas para la financiación de créditos extraordinarios o suplementos de crédito, cuando haya sido anticipado su pago. e) Los que resulten de créditos extraordinarios y suplementos de crédito que hayan sido concedidos en el último mes del ejercicio presupuestario anterior.
4. Estas incorporaciones se financiarán con cargo a la financiación afectada, en su caso, y con cargo a remanente de tesorería las restantes.
236
5. El plazo máximo para la tramitación de este tipo de expedientes será el 20 de febrero del ejercicio siguiente. 6. El órgano competente para su aprobación será el Rector, salvo delegación.
CAPÍTULO III.‐ INGRESOS Artículo 14. Plan de tesorería. 1. Corresponderá al Director competente, con el visto bueno del Vicegerente de Gestión Económico ‐ Financiera, elaborar el Plan Mensual de Tesorería que será aprobado por la Gerencia. 2. La gestión de recursos líquidos se regirá por el principio de caja única y se llevará a cabo con el criterio de obtención de la máxima rentabilidad, asegurando en todo caso la inmediata liquidez para el cumplimiento de las obligaciones en sus vencimientos temporales. 3. Los recursos que puedan obtenerse en la ejecución del Presupuesto se destinarán a satisfacer el conjunto de obligaciones, salvo que existan gastos con financiación afectada. Artículo 15. Tipo de ingresos.
a) Ingresos procedentes de autoliquidaciones. b) Ingresos procedentes de liquidaciones. c) Otros ingresos.
Artículo 16. Ingresos procedentes del alquiler de espacios y equipos de la Universidad y de la prestación, en su caso, de servicios adicionales, por plazo inferior a treinta días. 1. Objeto 1.1 El presente artículo tiene por objeto regular la obtención de ingresos por el alquiler de espacios y equipos de la UCM por plazo inferior a treinta días, incluyendo, en su caso, la prestación de servicios adicionales. 1.2 Quedan fuera del objeto del presente artículo el alquiler de las instalaciones deportivas para la práctica del deporte, el servicio de residencia de los Colegios Mayores, así como la reserva de espacios realizada por los miembros de la comunidad universitaria para el ejercicio de las funciones propias de dicha condición.
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1.3 Lo regulado en este artículo se entiende sin perjuicio, en su caso, de lo establecido en los convenios que la Universidad y las personas que alquilen espacios y equipos puedan tener suscritos o suscriban en un futuro. 2. Gestión La gestión del alquiler a que se refiere el apartado anterior corresponde a la Gerencia de la Universidad, en cuanto responsable de la administración ordinaria del patrimonio de la UCM, y se ajustará al procedimiento que por Resolución de dicha Gerencia se establezca. 3. Precios 3.1 Los precios por el alquiler se ajustarán a lo establecido en el Anexo I de estas normas, IVA no incluido. 3.2 Los precios por el alquiler no comprendidos en el apartado anterior serán calculados para cada supuesto, teniendo en cuenta que deberán ser proporcionados a los que se establecen en el primer párrafo de este apartado. 3.3 Los precios por la prestación de servicios adicionales serán los que faciliten las unidades responsables de tales servicios conforme a las tarifas vigentes en cada momento y los establecidos en las presentes normas. 3.4 En los supuestos en los que así proceda, la Gerencia de la Universidad podrá aceptar la entrega de bienes u otras contraprestaciones en sustitución de los precios establecidos en concepto de alquiler. 3.5 Procederá la devolución de los precios abonados, sin intereses, cuando los espacios y equipos alquilados no puedan ser utilizados por causas imputables a la Universidad. 4. Exenciones La UCM, a través de la Gerencia, podrá eximir total o parcialmente del pago de los precios cuando alguna circunstancia así lo aconseje y siempre con anterioridad al uso del espacio y, en su caso, del equipo. 5. Fianza Salvo en el caso de que el solicitante tenga la condición de Administración Pública, para responder del cumplimiento de las condiciones del alquiler, la UCM podrá exigir la constitución de una fianza, mediante aval bancario, por la cantidad que en cada caso se determine. Esta fianza podrá ser exigida aunque se haya concedido la exención parcial o total del pago del precio.
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6. Responsabilidades Será obligación del usuario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la utilización de los espacios y equipos alquilados. A tal efecto, la UCM podrá exigir la constitución de la correspondiente póliza de seguro de responsabilidad civil. 7. Pago 7.1 Cuando se trate de espacios gestionados por la Oficina Técnica de Gerencia o por los Servicios Centrales la factura será emitida por la unidad que tenga asignada esta función, y por la Gerencia o Administración del Centro cuando se trate de espacios gestionados por los Centros. 7.2 En la factura deberán figurar:
a) Los requisitos exigidos por la legislación del IVA. b) Una descripción del alquiler: espacios y equipos alquilados, fecha o
plazo, etc.
7.3 La vía de cobro preferente será la transferencia bancaria. Cuando el cobro del derecho se realice en la caja de las unidades gestoras, se aplicarán, como mínimo, las normas siguientes:
a) Deberá entregarse justificante de todo ingreso. b) Deberá quedar constancia contable de cada ingreso. c) Los fondos deberán ser ingresados en las cuentas restringidas
abiertas en entidades de crédito, diariamente o en el plazo que establezca el órgano de recaudación.
Lo establecido en este artículo sustituye a lo dispuesto en los artículos 203 a 212 del Reglamento de Gestión Económico-Financiera Artículo 17. Ingresos procedentes del alquiler de espacios 1. El precio por el alquiler de espacios de la Universidad por plazo igual o superior a treinta días se establecerá en cada caso en función, entre otras, de las siguientes circunstancias: del tipo y características del espacio, de la actividad a realizar, de las condiciones en las que ésta se desarrolle y de la duración del alquiler. La tramitación de estos alquileres corresponde al Rectorado, de conformidad con los procedimientos legalmente establecidos. 2. El precio del alquiler de espacios a Centros de la Universidad se fija entre 0 y 5 euros por puesto solicitado, por jornada de mañana o tarde.
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Artículo 18. Transferencias. Las transferencias de otras administraciones públicas o de entes privados y otras ayudas específ icas que se incorporan al Presupuesto de la UCM se justificarán de acuerdo con las normas establecidas por el organismo concedente y supletoriamente por estas Normas de Ejecución del Presupuesto y la normativa general vigente. Artículo 19. Fianzas. Todas las fianzas que por cualquier concepto se cobren (taquillas, equipos, material, instrumental, etc.) deberán ser ingresadas en las cuentas corrientes recaudatorias de ingresos del centro que reciba la fianza, pudiendo efectuarse la devolución de las mismas por el sistema de caja fija (respetando los límites cuantitativos establecidos para ésta) a cuya justificación se acompañará la siguiente documentación:
Certificación de los ingresos realizados, firmado por el responsable del Centro Gestor.
Recibo firmado por el perceptor de la devolución.
Artículo 20. Ingresos varios. 1. Cuando el pago o ingreso se realice en la caja de las unidades gestoras, se aplicarán como mínimo las normas siguientes :
a) Deberá entregarse justificante de todo pago o ingreso. b) Deberá quedar constancia contable de cada pago o ingreso. c) Los fondos deberán ser ingresados en las cuentas restringidas abiertas en entidades de crédito, diariamente o, si el volumen de ingresos no fuera muy importante, quincenalmente.
2. Tendrán la consideración de justificantes de pago los recibos, cartas de pago suscritas o validadas por órgano competente o entidad autorizada para recibir el pago, certificaciones acreditativas del ingreso o cualquier otro documento, quedando en todo caso debidamente acreditado:
a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del deudor. b) Concepto, importe de la deuda y periodo a que se refiere. c) Fecha de pago.
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d) Órgano, persona o entidad que lo expide. e) Y, en particular, los determinados por la normativa reguladora de los ingresos por vía telemática.
3. Cuando los ingresos percibidos por los centros o unidades gestoras superen el volumen de lo presupuestado en la totalidad de sus aplicaciones, independientemente que sí se supere en una aplicación presupuestaria determinada, se podrá generar crédito por los porcentajes que se indican a continuación:
a) Facultades, el 80% de sus ingresos, excluido el IVA. Excepcionalmente, una vez superado lo presupuestado, para el caso de ingresos de Indemnizaciones de Aseguradoras por siniestros, se podrá generar crédito por el 100% de dichas indemnizaciones. Excepcionalmente éste será el único caso en el que, superado lo presupuestado, y siempre que los ingresos se produjesen con posterioridad al 20 de noviembre, será posible su incorporación a nuevo ejercicio, dado su carácter finalista y la imposibilidad de ejecutar el gasto antes del cierre del ejercicio. b) Institutos Universitarios, Escuelas de Especialización Profesional, Clínicas Universitarias y Hospital Clínico Veterinario y cursos de formación no reglada, el 80%, excluido el IVA.
c) Los ingresos de Títulos Propios, Formación Continua, Escuelas de Verano, Cursos para Extranjeros, Cursos Interfacultativos y Universidades Reunidas, el 75% de sus ingresos, excluido el IVA.
d) Unidad de Administración, Gestión Económica e Infraestructuras de los Servicios Centrales, Unidad de Gestión de Actividades Deportivas, Colegios Mayores, Jardín Botánico, Servicios Informáticos, Edificio de Estudiantes, Edificio Multiusos, Escuela de Relaciones Laborales, Biblioteca Histórica Marqués de Valdecilla, Biblioteca María Zambrano y Unidad Técnica de Cultura, el 75% de sus ingresos por alquiler de espacios, excluido el IVA, que habrá de ser íntegramente dedicado a gastos de mantenimiento de tales espacios.
4. La generación solo podrá realizarse cuando se hayan efectuado los ingresos que la justifiquen. No obstante, en el supuesto establecido en el artículo 71.2.a) del Reglamento de Gestión Económica y Financiera, la generación podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho si figura en el expediente la documentación soporte de que el organismo concedente ha efectuado ya en ese momento el reconocimiento de la obligación.
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5. Por economía procedimental, los expedientes de ingresos no podrán ser inferiores a 300 €, salvo que no se hubieran producido otros ingresos en el ejercicio. 6. En cuanto al aplazamiento o al fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la UCM, se estará a lo establecido en el Reglamento de Gestión Económica y Financiera. 7. Los gestores de los fondos velarán por la recaudación de los derechos de la UCM, ya sea en periodo voluntario o en periodo ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Gestión Económica y Financiera. Artículo 21. Fiscalización de ingresos. Los ingresos de los capítulos III y V no estarán sometidos a fiscalización previa sino a posteriori y por muestreo, salvo los que den lugar a una modificación presupuestaria. El resto de los ingresos estarán sometidos a fiscalización previa. Al objeto de poder ejecutar la presente norma no deberán incluirse ingresos de los capítulos III y V con los de otros capítulos presupuestarios, en los supuestos de expediente de multiaplicación.
CAPÍTULO IV.‐ PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Sección 1 ª Normas generales
Artículo 22. Fases del procedimiento y documentos contables. La gestión del presupuesto de gastos de la UCM se realizará a través de las siguientes fases independientes o agrupadas:
a) Aprobación del gasto (Documento A). b) Compromiso del gasto (Documento D). c) Reconocimiento de la obligación (Documento O). d) Ordenación del pago (Documento P). e) Pago material.
Artículo 23. Expedientes de gasto (documentos contables RX, A, D y AD). 1. Se tramitarán en expediente de gasto los contratos de suministro y los contratos de servicios de cuantía igual o superior a 18.000 €.
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a) Para adjudicar estos contratos, se utilizará el procedimiento establecido en la normativa de contratos del Sector Público, o en su caso, se regirán por las instrucciones de aplicación de los acuerdos marco suscritos por la UCM, o por los acuerdos de adhesión de la UCM a los acuerdos marco de otras Administraciones Públicas, o por convocarse el correspondiente procedimiento negociado o procedimiento abierto. b) Los arrendamientos de inmuebles, independientemente del importe, se tramitarán siempre mediante expediente de gasto en el que se podrán acumular las fases A y D. c) Las adquisiciones a través del Sistema de Contratación Centralizada Estatal de la Dirección General del Patrimonio del Es tado se t rami tarán s iempre en expediente de gasto AD, independientemente del importe. d) El gasto que tenga carácter plurianual, es decir, su ejecución se vaya a prolongar durante dos o más ejercicios presupuestarios, incluido aquél en el que su tramitación se inicia. e) El gasto sea consecuencia de lo indicado en el artículo 84.2 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera.
f) Las importaciones se tramitarán según lo establecido en el artículo 38 de estas normas, sin perjuicio de que se cumplan las disposiciones de la normativa de contratos del Sector Público para la adjudicación del contrato que implique. g) Los contratos de importe inferior a 18.000 € anuales que exijan la firma de un contrato a petición del adjudicatario o contratista. h) Las modificaciones y prórrogas contractuales.
2. Los expedientes de obras por importe igual o superior a 50.000 €. Artículo 24. Expedientes de reconocimiento de obligación (documento contable ADO). 1. En la propuesta de pago (ADO) se agruparán las actuaciones por las que, en un acto único, se autorizan y se comprometen los créditos, se reconoce la obligación resultante y se inicia el procedimiento para la ordenación del pago. Se tramitarán en expediente de reconocimiento de
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obligación :
a) Los servicios de mantenimiento por importe inferior a 18.000 € anuales que no requieran la firma de un contrato.
Una vez prestado el servicio, se tramitará el documento ADO, debiendo acompañar con la primera factura la oferta con las condiciones de la prestación. En posteriores expedientes, se indicará el número en el que se incluyeron dichas condiciones. Hasta 5.000€ anuales deberán tramitarse mediante anticipos de caja fija con las mismas condiciones.
b) Los contratos menores de suministros y servicios, salvo los recogidos en el artículo 23.1.g) de estas Normas, inferiores a 18.000 € y los menores de obra inferiores a 50.000 €.
c) Las adquisiciones a través de la Junta Central de Compras de la Comunidad de Madrid para el procedimiento establecido en el apartado B) del artículo 4.2 de la Orden de 30 de julio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se determinan los bienes y servicios de Gestión centralizada y los procedimientos para su adquisición. En él se establece el procedimiento especial de adquis ic ión para bienes homologados de los grupos de alimentación, limpieza, higiene y aseo, material de oficina y consumibles de informática y gasóleo de tipo C.
2. Ta les expedientes no podrán inc lu i r n inguna factura que individualmente considerada sea igual o superior a 18.000 €, si se tratase de suministros o servicios o los importes establecidos por la normativa de contratos del Sector Público para los contratos menores; e igual o superior a 50.000 €, si se tratase de obras, observándose, en todo caso, las limitaciones legales respecto al fraccionamiento del gasto, de acuerdo con el artículo 4 de estas Normas. 3. Cuando la UCM suscriba un acuerdo marco para la adquisición de bienes o servicios, o se adhiera a acuerdos marco adjudicados por otras administraciones públicas, estas normas se completarán con las instrucciones que emita el Órgano de Contratación para cada caso y de acuerdo con los pliegos que rijan los procedimientos. 4. Si el suministro o el servicio, salvo que exista acuerdo marco específico para su adquisición, es por importe inferior a 18.000 € y los que, superando ese importe, la normativa de contratos del Sector Público considera contratos menores, podrán adjudicarse libremente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, tramitándose, según el
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importe, como sigue :
a) Si la factura, individualmente considerada, es inferior a 5.000 €, se deberán tramitar por el sistema de caja fija con las limitaciones que se establecen en el artículo 39 de estas Normas. b) Si es igual o superior a 5.000 €, se tramitará mediante ADO, adjuntando :
‐ Factura conformada por el responsable de la unidad de gasto.
‐ Ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma al menos de tres empresas diferentes, salvo exclusividad debidamente documentada que requerirá tan solo la oferta de la empresa exclusiva.
c) No se admitirán expedientes de pago (ADO) por cantidades inferiores a 1.000 € (excepto cuando se trate de las adquisiciones de material incluido en un acuerdo marco) teniendo en cuenta la aplicación múltiple de operaciones y proveedores. d) En el caso de adquisiciones de equipos informáticos, se
aportará un informe de los Servicios Informáticos de la UCM en el que se garantice la compatibilidad y el mantenimiento de los equipos, salvo que se adquieran dentro del procedimiento de un acuerdo marco adjudicado por la UCM, o acuerdo marco de otras Administraciones Públicas a los que la UCM se haya adherido.
e) Los suministros de material inventariable de cuantía inferior a
18.000 € adjuntándose :
- Memoria justificativa del gasto propuesto. - Ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma de tres empresas diferentes cuando se trate de adquisiciones de importe superior a 5.000 € (IVA excluido) - Factura conformada por el responsable de la unidad de gasto. - Ficha de inventario del bien o equipo adquirido.
5. La tramitación de estos expedientes se iniciará con una propuesta razonada de la unidad gestora interesada en la adquisición del bien o servicio, a la que se adjuntará la oferta de la empresa que se proponga
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servicio, a la que se adjuntará la oferta de la empresa que se proponga para la realización del contrato, la factura conforme a lo establecido en el artículo 26 de estas Normas y en la legislación vigente en materia de contratación y cualquiera otra documentación que, para cada caso, exijan las Normas de Ejecución del Presupuesto. 6. Asimismo, en los expedientes de obra menor, por importe inferior a 50.000€, el centro gestor, tras obtener el informe de viabilidad y proyecto de obra, en su caso, de la Dirección de Obras y Mantenimiento, deberá solicitar ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma a tres empresas diferentes, realizar retención de crédito por el importe total presupuestado y elegir la oferta económicamente más ventajosa. Se tramitará mediante ADO al que se adjuntará:
a) Informe de viabilidad emitido por la Dirección de Obras y Mantenimiento. b) Ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma de tres empresas diferentes. c) Factura conformada por el responsable de la unidad de gasto. d) Informe de la Dirección de Obras y Mantenimiento dando la conformidad a la obra ejecutada.
Artículo 25. Ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma. Requisitos y exenciones. 1. En los expedientes de gasto o de pago de los contratos menores en que se requieran, se solicitarán al menos tres ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma. Estos documentos contendrán los siguientes datos:
a) Nombre o razón social, domicilio y código de identificación fiscal del proveedor. b) Destinatario del servicio o suministro facturado, indicándose :
UCM. Departamento o Servicio. Código de identificación fiscal de la UCM (Q‐2818014‐ I).
c) Descripción y características del producto o del servicio a adquirir. En el supuesto de que el presupuesto contenga códigos o siglas, el responsable del gasto adjuntará memoria explicativa del suministro o servicio reflejado.
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d) Plazos y condiciones de entrega y período de validez de la oferta. e) Importe, con el IVA desglosado. f) Las ofertas serán originales, aunque también tendrán validez las recibidas por fax y por correo electrónico, siempre que quede debidamente acreditado el emisor. En este caso, los originales deberán quedar en el centro gestor para posibles comprobaciones.
En ningún caso las ofertas, presupuestos o facturas pro‐forma implicarán reconocimiento de obligaciones.
2. En caso de venta o fabricación de bienes o servicios en exclusividad, además de la oferta, presupuesto o factura pro‐forma de la empresa que ofrece los bienes o servicios en exclusiva, deberá solicitársele el certificado de exclusividad emitido por la empresa matriz. Artículo 26. Facturas y documentos justificativos. Requisitos y exenciones. 1. Hasta tanto la UCM no implante un sistema de administración electrónica y se adhiera a la plataforma FACE, las facturas de los expedientes físicos deberán ser siempre en papel. Los proveedores tienen que indicar en las facturas, a efectos del Registro Administrativo Contable de facturas (RACF), órgano competente, unidad tramitadora y oficina contable en forma texto o en codificación Génesis. Posteriormente, una vez que la UCM implante la administración electrónica y se adhiera a la plataforma FACE, se facilitarán los Códigos DIR3 a los responsables de los centros. Las facturas deberán presentarse sin enmiendas ni tachaduras, debiendo constar en ellas los siguientes datos:
a) Nombre o razón social, domicilio y código de identificación fiscal del proveedor. b) Número y fecha de factura. c) Destinatario del servicio o suministro facturado y se indicará :
UCM Universidad Complutense de Madrid. Centro o servicio. Departamento (si el gasto se imputara a un Departamento). Código de identificación fiscal de la UCM Complutense de Madrid (Q‐2818014-I).
d) Descripción e importe del servicio o suministro prestado. En el
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supuesto de que las facturas contengan códigos o cifras alfanuméricas, se adjuntará memoria explicativa emitida por el responsable del gasto identificando
En ningún caso podrán admitirse facturas que incluyan adquisiciones de tarjetas regalo o de cheques regalo. e) Tipo e importe del IVA aplicado, debiendo figurar éste como partida independiente, o la expresión “IVA INCLUIDO” indicando el porcentaje, según corresponda, por cuantía de factura o tipo de la adquisición o servicio. En caso de estar exento de IVA, indicar la norma en que se apoya la exención. f) Tipo e importe de las retenciones de IRPF efectuadas, cuando así proceda conforme a lo establecido en el Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo de 2007) por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. g) Conformidad del responsable del fondo al que se aplica el gasto, con identificación de cargo y nombre.
2. Cuando por causa excepcional e l serv icio administ rat ivo correspondiente no pueda aportar la factura o documento original justificativo de gasto, se podrán admitir documentos no originales, debiendo reseñar en el documento original la circunstancia de haber sido abonado por la UCM y, en su caso, la cuantía del pago efectuado. Con estas condiciones se realizará la copia del documento y su cotejo, debiendo indicar nombre y cargo del funcionario encargado. Se acompañará memoria justificativa. 4. Se permite la exención de alguno de los requisitos establecidos anteriormente en las facturas, o la ausencia de documentación, en gastos de importe inferior o igual a 30 €, siempre que se constate, mediante memoria o certificado, la existencia de circunstancias que justifiquen tal proceder. 5. En caso de que las facturas o tickets se emitan en papel térmico, se adjuntará además una fotocopia compulsada en papel normal. 6. Las adquisiciones al exterior deberán tramitarse mediante sistema de pagos a justificar, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 38. Artículo 27. Órdenes de pago y pago material.
1. En_ la expedición de libramientos para el pago de obligaciones, todos los documentos se han de extender a favor del acreedor directo, entendiéndose por tal la persona física o jurídica con quien se contrató la
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obra, adquisición o suministro, la prestación del servicio o fue contraída la obligación. Se exceptúan aquellos pagos que se autoricen a través del Habilitado o Cajero pagador, en cuyo caso el libramiento se expedirá a favor de éste (Orden de 9 de marzo de 2005 de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid. BOCM del 17 de marzo de 2005). 2. En los pagos en moneda extranjera, el contravalor se acreditará mediante documento bancario en el que conste el cambio aplicado o, en su ausencia, copia del BOE, en la que conste el cambio aplicable a la fecha de liquidación del gasto. 3. En la expedición de transmisión de derechos de cobro (endosos), si existen causas que los justifiquen, se harán constar los nombres tanto del cedente como del cesionario. 4. Para el pago de una factura con transmisión de derechos de cobro, se procederá :
a) Una vez realizado el suministro, obra o prestado el servicio de conformidad, la empresa presentará la factura al centro receptor del bien o servicio. En la misma constará la dil igencia, f i rmada por el proveedor, de cesión del cobro a favor de un tercero distinto y la di ligencia de aceptación de dicha cesión fi rmada por el tercero destinatario de la misma. El proveedor facil itará las copias de la factura que requiera para sus gestiones frente al tercero. b) El responsable administrativo del centro gestor, tras comprobar la capacidad del proveedor para ordenar la cesión, firmará que se proceda al pago de la factura en los términos acordados por cedente y cesionario. Cuando la factura resulte de la ejecución de un contrato, la capacidad del cedente será acreditada, según la naturaleza del contrato, por el responsable administrativo del centro gestor o por el Servicio de Contratación en los contratos cuya gestión de facturación corresponda a la citada unidad. En ambos casos la anotación de la transmisión de derecho de cobro deberá realizarse en un libro destinado al tal efecto. c) El centro tramitará un ADO conteniendo la factura original y marcará en Génesis como pagador alternativo al cesionario, así como los datos bancarios del mismo. d) El centro gestor o el Servicio de Contratación, en su caso, generarán el documento O en el que incluirá el original de la factura y se anotará en Génesis como pagador alternativo al cesionario, así como sus datos bancarios.
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5. El pago material se someterá a lo establecido en el título IV del Reglamento de Gestión Económica y Financiera. Artículo 28. Fiscalización. 1. En los expedientes de gasto, serán objeto de fiscalización previa todos los documentos de que constan las d i s t intas fases del procedimiento, RX. A, D y AD. Las órdenes de pago derivadas de estos expedientes, documentos O, también serán objeto de fiscalización previa y se comprobará su concordancia con el expediente que dio lugar a las mismas. 2. En los expedientes de reconocimiento de obligación, (ADO), serán objeto de fiscalización previa los expedientes correspondientes a los capítulos I, III, IV, VI, VII, VIII y IX. Los expedientes correspondientes al capítulo II cuando las obligaciones sean inferiores a 18.000 € para suministros y servicios, quedarán sometidos a fiscalización posterior por muestreo de carácter aleatorio, siendo el propio sistema contable el que determinará los expedientes que quedan sometidos a fiscalización previa.
Sección 2 ª Fondos librados a justificar y anticipos de caja fija.
Subsección 1ª. Normas generales.
Artículo 29. La tesorería central y la tesorería delegada. 1. La tesorería de la UCM será única, independientemente del número de cuentas bancarias que comprenda, distinguiéndose entre Tesorería central y Tesorería delegada. 2. La Gestión de la tesorería será responsabilidad de la Gerencia de la UCM y comprenderá la administración de la Tesorería central, a través del servicio que designe al efecto, y la rentabilización de los excedentes de tesorería, para lo que podrá autorizar la realización de operaciones de depósito. En dicha autorización se concretarán las condiciones en que se podrán efectuar tales operaciones. 3. La administración de la Tesorería delegada es función de los cajeros pagadores, teniendo tal condición los responsables administrativos de las unidades gestoras en las que el Rector, a propuesta de la Gerencia de la UCM, autorice la apertura de cuentas bancarias receptoras de fondos librados a justificar o de caja fija. Artículo 30. Autorización de cajas pagadoras. La Gerencia, a propuesta conjunta de la máxima autoridad académica y administrativa del centro a petición del jefe de servicio o unidad gestora
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correspondiente, podrá autorizar el funcionamiento de cajas pagadoras en las facultades, institutos y colegios mayores de la UCM, así como en aquellos servicios y unidades administrativas que, por sus características y funciones, precisen disponer de las mismas. Artículo 31. Nombramiento de cajeros pagadores. 1. La condición de cajero pagador se ostentará, de forma automática, desde el momento en que se tome posesión como gerente, administrador o jefe de un centro, servicio o unidad en que se haya autorizado el funcionamiento de una caja pagadora. 2. El ejercicio de las funciones de cajero pagador por persona distinta a las indicadas en el párrafo anterior, requerirá nombramiento expreso de la Gerencia de la UCM. 3. El desempeño efectivo de tal función requerirá el previo reconocimiento de firmas por el establecimiento bancario en que se gestionen los fondos, acto que será autorizado por el Rector, a propuesta de la Gerencia y a solicitud del cajero pagador entrante, mediante comunicación dirigida a la Tesorería central para su tramitación. Artículo 32. Cuentas a disposición de los cajeros pagadores. 1. Cada caja pagadora tendrá a su disposición una cuenta corriente, destinada a la gestión de los fondos librados a justificar y de los anticipos de caja fija. Esta cuenta, cuya naturaleza es restringida de pagos (provisión de fondos), sólo registrará los pagos del centro, servicio o unidad titular y los de aquellos otros centros cuya gestión económica les esté adscrita. 2. Cada caja pagadora contará también con una cuenta restringida de ingresos que será la que figure en las facturas que emita. Los ingresos financieros que puedan generarse en metálico en la caja del centro o unidad deberán transferirse, previo reconocimiento del derecho por parte del centro gestor, a la c/c 2038‐5837‐97‐ 6000613856 “UCM Complutense de Madrid “, en Bankia. Artículo 33. Cajas de efectivo en metálico. El cobro en metálico de derechos siempre tendrá carácter transitorio, debiendo ser estos transferidos al sistema de cuentas bancarias recaudatorias con la mayor inmediatez posible y quedando expresamente prohibido su destino a la realización de pagos de igual carácter. Es obligatorio, en los casos en que se recauden ingresos en metálico, el control de los mismos mediante un arqueo diario contable de las operaciones hasta que los citados ingresos sean transferidos a las cuentas recaudatorias.
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Artículo 34. Disposición de fondos. 1. La caja pagadora de cada centro gestor es única e indivisible. 2. La disposición de fondos de la cuenta restringida de gastos a que se refiere el artículo anterior se efectuará siempre a favor de acreedor directo, mediante transferencia bancaria y, excepcionalmente, con cheque nominativo. En ambos casos, será autorizada con las firmas mancomunadas del cajero pagador y de la máxima autoridad académica del centro. 3. Con el fin de garantizar el continuo funcionamiento del cajero pagador, éste podrá hacer autorización de firma en el jefe de sección de asuntos económicos del centro, servicio o unidad de gasto o en el funcionario responsable de la gestión económica. Así mismo, la autoridad académica, si la hubiere, del centro o unidad de gasto podrá hacer autorización de firma en otro cargo académico. 4. No obstante lo anterior, se autoriza, bajo la directa responsabilidad del cajero pagador, la existencia en las cajas pagadoras de una cantidad en metálico que no debe superar los 1.800 €, destinada al pago de atenciones o imprevistos de menor cuantía. Artículo 35. Contabilidad de los fondos. 1. Los cajeros pagadores llevarán la contabilidad de todas las operaciones que realicen, con separación de las relativas a pagos a justificar y de las que se refieran a anticipos de caja fija. 2. Las secciones de asuntos económicos o unidades responsables de la gestión económica conciliarán mensualmente todas las cuentas abiertas a favor de la caja pagadora, remitiendo trimestralmente estas a la Tesorería Central, debidamente conformadas por los titulares de los claveros correspondientes, en el plazo máximo de un mes, quien procederá a su examen, poniendo en conocimiento de la Intervención las discrepancias que pudieran apreciarse sin perjuicio de las auditorías que establezca la Intervención. 3. La Intervención llevará registro de órdenes de pagos a justificar siguiendo las directrices que al objeto se señalan en las siguientes normas :
Orden de 9 de marzo de 2005 (BOCM de 17 de marzo) de la Consejería de Hacienda reguladora de pagos a justificar y anticipos de caja fija, en los R. D. 640/87, de 8 de mayo, y 725/89, de 16 de junio, de pagos librados a justificar y sobre anticipos de caja fija, respectivamente, y Ordenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de diciembre de 1987 y 26 de julio de 1989, de desarrollo de los
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reales decretos indicados, así como en la Resolución de 23 de diciembre de 1987, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de los pagos librados a justificar.
Artículo 36. Documentación justificativa. La documentación justificativa de la inversión de los fondos se ajustará a las condiciones establecidas en el artículo 26 de estas normas, y se hará constar en ella:
a) Fecha, medio y número del documento financiero utilizado (dinero de curso legal, cheque o transferencia). b) “Recibí “del proveedor, cuando el pago se realice en dinero de curso legal o por cheque. Esta documentación se podrá sustituir por la remisión de la copia del documento de pago bancario o por el recibí del perceptor en caso de pago en dinero de curso legal o por cheque.
Artículo 37. Responsabilidades. 1. Las autoridades y demás personal al servicio de la UCM están sujetos a responsabilidad en los términos establecidos en el título VIII del Reglamento de Gestión Económica y Financiera. 2. De los pagos efectuados indebidamente con fondos a justificar serán responsables directos los gestores y autoridades que los han ordenado y firmado.
Subsección 2ª. Anticipos a justificar. Artículo 38. Fondos librados a justificar. 1. Proceder a la expedición de pagos a justificar en los supuestos siguientes:
a) Cuando los documentos justificativos no puedan aportarse antes de formular la propuesta de pago. b) Cuando los servicios o prestaciones a que se refieran hayan tenido lugar o vayan a realizarse en el exterior. c) Cuando por razones de oportunidad, u otras debidamente ponderadas y justificadas, se considere necesario para agilizar la gestión de los créditos y previa autorización de la
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Gerencia de la UCM. d) Cuando se den los supuestos de tramitación de emergencia a que hace referencia la norma de contratación vigente para la Administración Pública.
2. En las solicitudes de los fondos a justificar se deberá acompañar memoria explicativa detallada de los gastos a realizar. 3. Las solicitudes de anticipos a justificar para adquisición de material inventariable en el exterior deberán acompañar la siguiente documentación :
a) Presupuesto, factura pro‐forma o factura. b) Justificación de la adquisición.
4. La autorización del anticipo quedará sometida a la aprobación de la adquisición por la Junta de Contratación cuando el importe supere 18.000 €. 5. Las órdenes de pago a justificar se expedirán a favor de la caja pagadora solicitante, imputándose a su presupuesto de gastos. 6. Los cajeros pagadores quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas, en concepto de pagos a justificar dentro del mes siguiente a la inversión de las mismas y, excepcionalmente, en el plazo de tres meses desde la percepción de los correspondientes fondos, ampliable a seis meses por acuerdo de la Gerencia de la UCM. En casos excepcionales, debidamente justificados y previamente acordados por la Gerencia de la UCM, el plazo podrá ampliarse a doce meses. Los plazos serán de seis meses ampliables a doce meses cuando se trate de pagos en el extranjero. Las solicitudes de prórroga se deberán acompañar de una memoria explicativa en la que se motive las causas de la solicitud y ambas se enviarán a la Dirección de Intervención para su Informe y remisión a la Gerencia de la UCM. Cuando los gastos sean susceptibles de recepción, se aplicará lo establecido en la sección 2 ª del cap. V de estas Normas. 7. No se podrán expedir nuevas órdenes de pago a justificar a favor de las cajas pagadoras cuando transcurridos los plazos reglamentarios o, en su caso, los prorrogados, no se haya justificado la inversión de los fondos percibidos con anterioridad. 8. Los perceptores de estos fondos quedan obligados a reintegrar dentro del ejercicio presupuestario las cantidades no invertidas. En el caso excepcional de que no pudiera hacerse por motivo sobrevenido, las
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cantidades reintegradas con posterioridad al 30 de diciembre no repondrán crédito a favor del Centro. 9. En cumplimiento del artículo 165 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM, se establece que la Intervención formulará sus reparos por escrito, con cita de los preceptos legales en los que sustente su criterio. Cuando la Intervención emita informe desfavorable a las cuentas justificativas, al detectar deficiencias que no son subsanables, o porque, recibidas las alegaciones, no se ha considerado que las deficiencias hayan sido subsanadas, se procederá a la contabilización del expediente remitiéndose al Rector para su resolución, que será definitiva, según lo establecido en el artículo 166 del citado Reglamento, o al órgano competente en materia económica en caso de delegación. Este acuerdo, no eximirá de la exigencia de las responsabilidades a que, en su caso, hubiera lugar, ni de las acciones encaminadas a reintegrar fondos indebidamente pagados. Las cuentas justificativas quedarán archivadas en el Servicio de Contabilidad hasta su posterior envío al Archivo General de la UCM.
Subsección 3ª. Anticipos de caja fija.
Artículo 39. Anticipos de caja fija.
1. Se entiende por anticipo de caja fija la provisión de fondos que, con carácter no presupuestario y permanente, se realiza a favor de las cajas pagadoras para la atención inmediata de gastos periódicos y repetitivos, que se aplicarán posteriormente al presupuesto, con el límite del 7% sobre la consignación presupuestaria de las partidas que sean pagadas a través de anticipo de caja fija. 2. Se entenderán incluidos entre tales gastos los siguientes:
a) Gastos corrientes en bienes y servicios (capítulo II): dietas y gastos de locomoción; suministros menores, pequeños arrendamientos, reparación y mantenimiento menores; conferencias de personal no vinculado; gastos de representación. Podrán as im i smo inc lu i r se lo s se rv ic ios de mantenimiento, que no exijan la firma de contrato, de importe infer ior a 5 .000 € anuales , una vez prestado e l serv ic io, acompañando a la primera factura la copia de la oferta con las condiciones en las que se va a prestar el servicio. b) Inversiones reales (capítulo VI): exclusivamente las que
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afecten a partidas incluidas en el artículo 64 del presupuesto.
3. Se excluyen obras, material inventariable y material bibliográfico. Artículo 40. Coordinación de las cajas pagadoras. 1. La Tesorería Central tendrá la misión de coordinar a las distintas cajas pagadoras y efectuar, en favor de éstas, los libramientos de fondos de caja fija y de los de anticipos a justificar, en la medida en que las cajas periféricas remitan los justificantes de sus desembolsos y lo requiera su liquidez, y vendrá obligada a realizar las siguientes funciones:
a) Llevar y mantener un censo de las cajas pagadoras y de los cajeros responsables de las mismas, con indicación expresa de la fecha de toma de posesión y cese de funciones. b) Comprobar las conciliaciones periódicas que eleven los cajeros pagadores.
c) Recabar a su favor la expedición de mandamientos de pagos con el carácter de anticipos de caja fija, de tal modo que se mantenga en todo momento la liquidez necesaria de las cajas pagadoras.
2. Los fondos de las distintas cajas pagadoras podrán estar en las cuentas abiertas al efecto por la Tesorería Central o en las cajas de efectivo en metálico asociadas a aquellas para el pago de necesidades imprevistas y atenciones de menor cuantía, que no podrán exceder de los pagos en metálico que se prevea realizar durante un mes con un máximo de 1.800 €. El responsable de los fondos será en ambos casos el cajero pagador. Artículo 41. Cuantía máxima de las obligaciones. La cuantía máxima que puedan alcanzar las obligaciones que se pretenden atender con los anticipos de caja fija es inferior a 5.000 € por obligación. A efectos de la aplicación del límite cuantitativo, no podrá fraccionarse un único gasto en varios pagos. Artículo 42. Justificación: confección y tramitación de cuentas. 1. Con los justificantes de los gastos pagados se formarán cuentas justificativas con cargo a las aplicaciones presupuestarias que procedan. 2. La expedición y remisión de las cuentas por los cajeros pagadores se hará en la medida en que su liquidez requiera y, en todo caso, con
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motivo del cierre de ejercicio. Con referencia a dicho momento habrán de quedar imputados al presupuesto todos los gastos del ejercicio que no lo hubieran sido anteriormente y que haya sido pagados y justificados hasta el 19 de diciembre. Artículo 43. Reposición de fondos. Las reposiciones de fondos se realizarán mediante documentos contables ADO, firmados por el responsable de la gestión de los fondos y por la autoridad académica o administrativa competente, quedando depositados en el archivo de la unidad gestora. Junto con el documento de reposición se incluirá la correspondiente cuenta justificativa. La justificación no podrá efectuarse por cuantía inferior a 3.000 €, salvo que el importe del anticipo de caja fija sea inferior a 12.000 €. Artículo 44. Fiscalización de las cuentas y archivo de expedientes. 1. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 9 de marzo de 2005 de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOCM de 17‐03‐2005) y en el Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM, la Intervención examinará las cuentas y los documentos que las justifiquen, mediante procedimientos de muestreo. 2. El sistema de información contable muestreará las cuentas justificativas que habrán de ser fiscalizadas y avisará a la unidad gestora para que remita los documentos originales de estas a la Intervención en el plazo de 10 días. No obstante, la Intervención podrá reclamar a la unidad gestora cualquier cuenta justificativa cuando lo considere procedente. Una vez fiscalizadas las cuentas, se devolverán a la unidad gestora para su archivo. 3. En cumplimiento del artículo 165 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM, se establece que la Intervención formulará sus reparos por escrito, con cita de los preceptos legales en los que sustente su criterio. Cuando la Intervención emita informe desfavorable a las cuentas justificativas, al detectar deficiencias que no son subsanables, o porque, recibidas las alegaciones, no se ha considerado que las deficiencias hayan sido subsanadas, se procederá a la contabilización del expediente remitiéndose al Rector para su Resolución, que será definitiva, según lo establecido en el artículo 166 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM, o al órgano competente en materia económica, en caso de delegación.
Este acuerdo, no eximirá de la exigencia de las responsabilidades a que, en su caso, hubiera lugar, ni de las acciones encaminadas a reintegrar fondos indebidamente pagados.
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Sección 3ª. Plazos de presentación de expedientes. Artículo 45. Expedientes de gasto (documentos RX, A, D y AD). A) Expedientes de contratación mediante procedimiento abierto. 1. La presentación de documentación necesaria para la iniciación de los expedientes de contratación por parte de las distintas unidades o centros deberá considerar tanto los plazos necesarios para la tramitación del expediente de contratación, como los requeridos para la recepción de la obra, el servicio, o el suministro. 2. Si no supera el umbral de publicidad comunitaria, (establecido actualmente por la Orden HAP/2425/2013, de 23 de diciembre en 207.000 euros sin IVA para suministros y servicios, y 5.186.000 euros para los contratos de obras) el plazo mínimo necesario para tramitar el expediente es de 4 meses aproximadamente, que en el caso de obras se incrementa en 11 días naturales, ya que debe publicarse con una antelación de 26 días en el BOE. Si supera el umbral de publicidad comunitaria a dicho plazo hay que añadir un mes y medio a las fechas anteriores. 3. Para los documentos de ejercicio corriente y plurianuales, la fecha de entrada en Intervención del RX queda supeditada al plazo de ejecución indicado en cada pliego, considerando asimismo el periodo de tramitación establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, conforme a lo señalado en el punto 2 de este artículo. Para los documentos de tramitación anticipada, la fecha de entrada en Intervención será el 12 de junio para los RX, estando el resto de documentos (A, D o AD) supeditados a la instrucción dictada al efecto por el Órgano de Contratación. En aquellos casos EXCEPCIONALES, en los que la ejecución del contrato se prevea a partir del 2 º trimestre del ejercicio siguiente, el plazo de presentación, del documento RX, en Intervención, tendrá como fecha límite el 30 de octubre. 5. También se tramitarán por este procedimiento abierto y con los mismos plazos los expedientes que la normativa de contratos del Sector Público define como negociados con publicidad. B) Expedientes de contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad. 1. La presentación de documentación necesaria para la iniciación de los expedientes de contratación por parte de las distintas unidades o centros deberá considerar tanto los plazos necesarios para la tramitación del
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expediente de contratación, como los requeridos para la recepción de la obra, el servicio, o el suministro. 2. Si no supera el umbral de publicidad comunitaria, (establecido actualmente por la Orden HAP/2425/2013, de 23 de diciembre en 207.000 euros sin IVA para suministros y servicios, y 5.186.000 euros para los contratos de obras) el plazo mínimo que se necesita para la tramitación del expediente de contratación, es de 3 meses aproximadamente. 3. Si supera el umbral de publicidad comunitaria a dicho plazo hay que añadir 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación del contrato para que los interesados puedan interponer recurso especial en materia de contratación. 4. Para los documentos de ejercicio corriente y plurianuales, la fecha de entrada en Intervención del RX queda supeditada al plazo de ejecución indicado en cada pliego, considerando asimismo el periodo de tramitación establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, conforme a lo señalado en el punto 2 de este artículo. Para los documentos de tramitación anticipada, la fecha de entrada en Intervención será el 12 de junio para los RX, estando el resto de documentos (A, D o AD) supeditados a la instrucción dictada al efecto por el órgano de contratación. En aquellos casos EXCEPCIONALES, en los que la ejecución del contrato se prevea a partir del 2 º trimestre del ejercicio siguiente, el plazo de presentación, del documento RX, en Intervención, tendrá como fecha límite el 30 de octubre. C) Expedientes de gasto con documentos AD de nómina. Tendrán fecha límite de entrada en Intervención el día 20 de noviembre. D) Expedientes de gasto con documentos AD de tramitación anticipada de nómina. Tendrán fecha límite de entrada en Intervención el día 20 de noviembre. Artículo 46. Expedientes de modificación presupuestaria. Los expedientes de modificación presupuestaria tendrán como fecha límite de entrada en la Unidad de Planificación y Control Presupuestario el día 20 de noviembre, y en Intervención el día 27 de noviembre, estando condicionada su virtualidad a los plazos de ejecución del gasto correspondiente.
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Artículo 47. Expedientes de Reconocimiento de Obligación (ADO). Tendrán como fecha límite de entrada en Intervención el día 18 de diciembre. En todo caso, para la imputación de gastos se tendrá en cuenta la fecha de la factura, no admitiéndose la imputación a ejercicios posteriores. No obstante, las referidas a gastos fijos: teléfono, gas, agua, electricidad, etc., correspondientes a noviembre y diciembre del ejercicio en curso, si la facturación se hace en el ejercicio siguiente, se imputarán a este ejercicio presupuestario. El gasto de teléfono repercutido a los centros será del 1 de noviembre del ejercicio anterior al 31 de octubre del ejercicio en curso. Artículo 48. Reconocimiento de obligaciones (O). Los reconocimientos de obligaciones correspondientes a expedientes de gastos en vigor tendrán como fecha límite de entrada en la unidad central competente el día 23 de diciembre (u otra fecha anterior, que se comunicaría a los centros gestores con suficiente antelación, si el Consejo de Gobierno decidiera el cierre de los edificios y de las instalaciones de la UCM), teniendo como fecha límite de entrada en Intervención el 15 de enero del ejercicio siguiente. Artículo 49. Anticipos a justificar. Las diferentes fases del procedimiento se ajustarán a los plazos siguientes:
a) La solicitud de anticipos a justificar tendrá entrada en Intervención hasta el día 27 de noviembre. b) Justificación y reintegro los expedientes de justificación y el reintegro de cantidades no gastadas se presentarán hasta el 23 de diciembre (u otra fecha anterior, que se comunicaría a los centros gestores con suficiente antelación, si el Consejo de Gobierno decidiera el cierre de los edificios y de las instalaciones de la UCM).
Artículo 50. Anticipos de caja fija. 1. Las cuentas justificativas de la inversión de fondos percibidos en concepto de anticipo de caja fija, que incluye el registro de la factura, pago y ADOFM, tendrán como fecha límite de entrada en la Intervención el día 18 de diciembre. 2. Los gastos del ejercicio 2015 que no hayan podido ser justificados por no haber sido pagados antes del 18 de diciembre; y los que no se hayan pagado por no haberse recibido la factura o documentación justificativa antes
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de esa fecha, deberán ser tramitados en expediente único diferenciado, con cargo al ejercicio siguiente al correspondiente a su devengo, en el que se incluirá memoria explicativa del responsable del fondo del motivo por el que no pudieron justificarse dentro del plazo previsto, debiendo tener su entrada como fecha límite el 29 de enero del ejercicio siguiente. Ello no eximirá de la remisión de los citados expedientes al Rector para su resolución que será definitiva. Artículo 51. Devoluciones de ingresos. Los expedientes de devolución de ingresos, tendrán como fecha límite de entrada en Intervención el día 11 de diciembre.
CAPÍTULO V.‐ NORMAS RELATIVAS A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DEL GASTO
Sección 1ª. Contratación.
Artículo 52. Inicio. 1. La contratación administrativa de la UCM se rige por la normativa de contratos del Sector Público, e incluye la contratación para la realización de cualquier obra, servicio, suministro u otro tipo de contrato en ejecución de gastos financiados por fondos públicos recibidos por la UCM, así como en la ejecución de fondos obtenidos por la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico y de desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación ejecutadas al amparo de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades. 2. Todas las cuantías a las que hace referencia la normativa de contratación del Sector Público vendrán determinadas por su importe indicado como valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido. 3. Las unidades gestoras que promuevan la contratación a través de un procedimiento abierto o negociado, deberán formular su petición por escrito al órgano de contratación de la UCM. Esta petición deberá acompañarse de la siguiente documentación :
Certificación de la existencia de crédito, con retención administrativa o documento RX de retención de crédito.
Memoria justificativa de la necesidad e idoneidad del contrato. Memoria económica justificativa del importe de la contratación.
Propuesta de contratación.
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Pliegos :
1. El pliego de prescripciones técnicas, que deberá ser elaborado por el responsable del inicio del contrato.
2. E l p l i e g o d e c l á u s u l a s a d m i n i s t r a t i v a s q u e s e r á confeccionado por el Servicio de Contratación o Unidad de Contratación de Obras.
4. Cuando la entrega o puesta en funcionamiento de un suministro suponga la realización de obra o modificación de instalaciones (electricidad, agua, aire acondicionado, etc.) deberá incluirse, junto con la documentación justificativa de la necesidad, informe favorable de viabilidad expedido por la Dirección de Obras y Mantenimiento, así como un informe final en el que se certifique que se ajusta a lo establecido en el Informe de viabilidad emitido. 5. Una vez perfeccionado el contrato, con su formalización, el Órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de interés en los casos, con la forma y de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de contratos del Sector Público. Artículo 53. Contratos menores. Importes de los contratos menores. 1. Se consideran contratos menores aquellos cuyo importe sea inferior a 50.000 € en los contratos de obras y 18.000 € en los de servicios y suministros. 2. Los contratos menores no requieren la formalización de contrato alguno por la UCM. En aquellos casos en que excepcionalmente sea necesario formalizar un contrato, éste se deberá remitir al Servicio de Contratación para su firma, si procede, por el órgano de contratación de la UCM y tramitarse en expediente de gasto AD. Artículo 54 Convenios. 1. Los convenios de colaboración que celebre la UCM con otras Administraciones Públicas o Entes de Derecho Público, o de colaboración con particulares, siempre que comporten gastos para la UCM, exigirán una retención de crédito; se tramitarán con documento RX; deberán contener informe de la Asesoría Jurídica sobre los aspectos jurídicos del mismo; y, una vez aprobados por el órgano competente, los documentos contables deberán ser fiscalizados por la Intervención. 2. Los convenios deberán contener además el acuerdo del Consejo de Gobierno que autorice su celebración en los casos en que los Estatutos de la UCM así lo prevean.
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3. La competencia para suscribir convenios la ostenta el Rector, estando delegada en el Vicerrector encargado de las relaciones institucionales, sin perjuicio de lo establecido para la firma de Convenios de Investigación, cuya f i rma corresponderá al Vicerrector de Investigación. Artículo 55 Contratos de obras. Procedimiento de tramitación. 1. Los expedientes de contratación de obras deberán contener toda la documentación exigida en la normativa de contratos del Sector Público, según se trate de:
a) Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación. b) Obras de reparación simple, restauración o rehabilitación. c) Obras de conservación y mantenimiento. d) Obras de demolición.
2. El procedimiento de adjudicación de los contratos de obras dependerá de su importe:
a) Los contratos inferiores a 50.000 € son considerados por la normativa de contratos del Sector Público como contratos menores. La tramitación del expediente, mediante documento ADO, exigirá:
Retención de crédito.
Informe de viabilidad técnica emitido por la Dirección de Obras y
Mantenimiento Si se elige una empresa firmante de un acuerdo marco, si
lo hubiere, presupuesto detallado de la obra a realizar. Si no existe acuerdo marco y el contrato es superior a 5.000
euros e inferior a 50.000 euros, se solicitarán, al menos, tres presupuestos, ofertas o facturas pro‐forma detallados de la obra a realizar.
Proyecto de obra cuando lo requieran normas específicas. Factura con los requisitos establecidos en estas normas.
Informe final de obra emitido por la Dirección de Obras y
Mantenimiento
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b) Los contratos por valor estimado igual o superior a 50.000 € e inferior
a 200.000 € podrán tramitarse mediante un procedimiento negociado sin publicidad.
c) Los contratos por valor estimado igual o superior a 200.000 €
podrán tramitarse mediante un procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad.
3. Cuando se trate de trabajos de ingeniería (instalaciones eléctricas, equipos de aire acondicionado, etc.) se requerirá igualmente informe de viabilidad técnica de la Dirección de Obras y Mantenimiento, y, una vez acabada, informe final de la citada Dirección. 4. Los expedientes de obras que conlleven proyecto por importe igual o superior a 50.000 € deberán incluir informe emitido por la Oficina de Supervisión de Proyectos, en el que se hará declaración expresa de que el anteproyecto o proyecto cuya aprobación o modificación se propone reúne cuantos requisitos son exigidos por las normas reguladoras de la materia. 5. Los honorarios por redacción de proyectos se regirán por las normas relativas a los contratos de servicios conforme a la normativa de contratos del Sector Público, debiendo tramitarse el expediente previa e independientemente, salvo en los supuestos de carácter excepcional establecidos en la normativa de contratos del Sector Público para la contratación conjunta de redacción de proyecto y obra. 6. Los honorarios por dirección de obra se regirán por las normas relativas a los contratos de servicios conforme a la normativa de contratos del Sector Público, siendo la tramitación del expediente simultánea y en expediente independiente al de la contratación de las obras. Artículo 56. Contratos de suministro y servicios. Procedimiento de adjudicación y excepciones a la garantía definitiva. 1. El procedimiento de adjudicación de los contratos de suministro y de servicios dependerá de su importe:
a) Los contratos cuyo importe sea inferior a 18.000 € son considerados por la normativa de contratos del Sector Público como contratos menores. La tramitación del expediente, mediante documento ADO, salvo que se requiera la firma de un contrato o se trate de expedientes plurianuales que se tramitarán mediante AD, exigirá:
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Retención de crédito
Si se elige una empresa firmante de un acuerdo marco, si lo hubiere, presupuesto detallado del suministro o servicio a realizar.
Si se elige una empresa fuera del acuerdo marco, si lo hubiere, justificación y al menos tres presupuestos, ofertas o facturas pro‐forma detallados del suministro o servicio a realizar, siempre que sean por un importe igual o superior a 5.000 €.
Factura con los requisitos establecidos en estas normas.
Cualquiera otra documentación justificativa que establezcan las Normas para suministros o servicios
b) Los contratos por valor estimado igual o superior a 18.000 € e inferior a 60.000 €, podrán tramitarse mediante un procedimiento negociado sin publicidad.
c) Los contratos por valor estimado igual o superior a 60.000 €
podrán tramitarse mediante un procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad.
2. El valor estimado de un contrato, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contratos del Sector Público, vendrá determinado por su importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según las estimaciones del órgano de contratación. En el cálculo del importe total estimado, deberán tenerse en cuenta cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato.
Artículo 57. Contratos celebrados al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). 1. Los expedientes de gasto derivados de tales contratos deberán contener:
a) Autorización para su celebración de la comisión específ ica establecida por la normativa de la UCM para la celebración de contratos al amparo del artículo 83 de la LOU. b) La documentación exigida con carácter general.
2. En el caso de que estos contratos contengan cláusulas retributivas a favor del profesorado que participe en su ejecución, las cuantías a percibir deberán constar desglosadas en el correspondiente presupuesto, del que se
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adjuntará copia en el expediente. Estas retribuciones se tramitarán mediante AD de nómina, aplicándose los descuentos legalmente exigidos. Artículo 58. Firma de los contratos. 1. El órgano de contratación de la UCM es el Rector, actuando por delegación del mismo la Gerencia. Independientemente del importe, ninguna otra autoridad o funcionario podrá firmar contratos, y si lo hicieran serán nulos de pleno derecho, salvo delegación expresa del Rector o norma que así lo establezca. 2. Por ello, no pueden firmar contratos de ningún tipo los Gerentes de Centros, los Decanos, Directores de Departamentos o de In s t i t u t o s , D i r e c t o r e s d e P r o y e c t o s , G r u p o s d e I n v e s t i g a c i ó n , D e p a r t a m e n t o s , I n s t i t u t o s , e t c … , y a q u e c a r e c e n d e c o m p e t e n c i a p a r a o b l i g a r contractualmente a la UCM, con excepción de lo referido a los contratos del Artículo 83 de la LOU, que se rigen por sus propias normas.
Sección 2ª. Recepciones. Artículo 59. Convocatoria al acto de recepción. 1. La convocatoria la realizará el órgano gestor del gasto, tras la realización de las consultas necesarias con los asistentes al acto de recepción. 2. Las comunicaciones que deban dirigirse a los miembros integrantes de las comisiones de recepción deberán ser efectuadas con una antelación mínima de cinco días hábiles, e indicarán la fecha, hora y lugar de realización de las mismas. Artículo 60. Importes de los contratos a efectos de la recepción. Todos los importes recogidos en esta sección se entienden con el IVA excluido, debiendo figurar en todos los casos el t ipo e importe correspondiente como partida independiente. Artículo 61. Recepción de obras. 1. De conformidad con lo establecido en la normativa de contratos del Sector Público, se procederá a su recepción dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato o en el plazo en que se determine en el pliego de cláusulas administrativas particulares por razón de sus características, levantándose el acta correspondiente. Si se produjera la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público sin el cumplimiento del acto formal de recepción
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conforme a lo establecido en la normativa de contratos del Sector Público, se deberá comunicar a la Intervención para su conocimiento. En este supuesto se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de recepción de las obras y en los términos en que reglamentariamente se establezcan. 2. La recepción de las obras realizadas se realizará de la siguiente forma:
a) Obras de cuantía inferior a 50.000 €. No será precisa la constitución de comisión alguna, siendo suficiente que la factura expedida por el proveedor esté conformada por el responsable de la gestión del gasto y la emisión, desde la Dirección de Obras y Mantenimiento, de un certificado expedido por el técnico responsable de la ejecución de la obra o instalación correspondiente, conformado por el Jefe de la Unidad Técnica respectiva. b) Obras con importe de contratación igual o superior a 50.000 € se constituirá una comisión de recepción de obras que estará compuesta por:
- El Gerente o Administrador del centro, en su caso, o Jefe
de la unidad administrativa responsable del edificio donde se haya realizado la obra.
- Un representante de la Unidad de Gestión de
Contratación de Obras.
- Un representante de la Intervención. - El Director Facultativo de la obra. - El Responsable Técnico de la obra. - El contratista asistido, si lo estima oportuno, de facultativo.
b) Entrega de bienes intangibles, como por ejemplo las licencias de programas informáticos, en cuyo caso se actuará conforme a lo establecido para los contratos de actividad en el punto 2 de este artículo. Lo paso al punto b) y el b) al a)
3. Asimismo y cuando la complejidad técnica que entrañe la recepción de este tipo de inversiones, el representante de la Gerencia y, en su caso, el de la Intervención, podrán ser asistidos por facultativos designados al efecto.
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Artículo 62. Recepción en otros contratos. 1. En el modo de recepción de otros contratos se distinguirá si el objeto del contrato es de resultado, susceptible de ser comprobado en un acto formal de recepción, o si el objeto del contrato es de actividad, cuya finalización no es susceptible de ser comprobada en dicho acto, como por ejemplo, la limpieza, la seguridad, etc. 2. En los contratos de resultado se distinguirá:
a) Suministro del resto de bienes. Se hará en función de su importe, (IVA EXCLUIDO):
a.1 De cuantía inferior a 18.000 €. No será precisa la constitución de comisión alguna, siendo suficiente que la factura expedida por el proveedor esté conformada por el responsable del Departamento o Servicio que haya recibido el material o que sea responsable de la gestión de este, con indicación del nombre y apellidos del firmante así como el cargo que ostenta, todo ello en forma claramente legible, acompañándose a la factura el albarán de entrega en el expediente.
a.2 De importe igual o superior a 18.000 €, se constituirá una comisión de recepción que estará compuesta por:
- El Gerente o Administrador del Centro o persona que designe, o jefe de la unidad administrativa responsable del edificio donde se hayan entregado los bienes o el Director competente o persona que designe en los suministros destinados a Servicios Centrales.
- Un representante del Servicio de Contratación.
- El representante de la Intervención. No obstante, en el supuesto de suministros de bienes cuyo importe sea de hasta 60.000€, la asistencia del representante de la Intervención será facultativa.
- El Contratista o representante de la empresa suministradora.
b) Entrega de bienes intangibles, como por ejemplo las licencias de programas informáticos, en cuyo caso se actuará conforme a lo establecido para los contratos de actividad en el punto a) de este artículo.
2. Cuando el contrato se califique de actividad, no se convocará acto
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formal de recepción, y bastará, para proceder a la tramitación del pago, un informe o certificado de conformidad emitido por el centro o servicio promotor de la contratación y otro emitido por el centro o servicio receptor de la contratación, cuando éste sea diferente de aquél. Artículo 63. Plazo máximo de recepción. El plazo máximo para la recepción de obras, servicios, suministros u otros contratos será el 18 de diciembre. 1. Al final de estas normas se incluye el Anexo II con los importes establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y directivas europeas.
Sección 3 ª Nóminas del Personal de la UCM
Artículo. 64. Tramitación de la nómina
Al comienzo del ejercicio económico se deberá confeccionar el documento contable AD de nómina en el que se recoja la proyección de los gastos de personal tomando como base los datos contenidos en la nómina del año anterior. Desde el Servicio de coordinación, nóminas y seguros sociales, se deberá adjuntar, cuando se envíe la nómina mensual, memoria detallada en las que se sustentan los actos administrativos que las aprueban, en referencia a las altas, bajas y modificaciones. Cuando con la nómina se tramiten documentos de carácter no presupuestario se deberá justificar, por el Servicio de Coordinación, Nóminas y Seguros Sociales, los motivos de tal circunstancia. Sección 4ª. Retribuciones, gratificaciones, horas extraordinarias, conferencias y
otros pagos por la prestación de servicios extraordinarios a la UCM.
Subsección 1ª. Normas Generales. Artículo 65. Límites e incompatibilidades. 1. En todos los supuestos establecidos en esta sección, se respetará lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. (BOE 04/01/1985) y sus normas de desarrollo. 2. Por la dirección e impartición de conferencias, lecciones y tutorías en cursos oficiales o propios o en otras actividades académicas asimiladas, culturales o formativas organizadas por las distintas unidades o centros de la UCM, no se podrá superar, en ningún caso, el límite de 75 horas
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anuales ni 30.000 € anuales por cualquier perceptor vinculado a la UCM por todos los conceptos. Esta norma es de aplicación a todos los colectivos vinculados a la UCM (PDI funcionario y laboral y PAS funcionario y laboral). A efectos del cómputo del límite de horas, en tanto no se especifique otra duración superior, se entenderá que las lecciones, tutorías y conferencias tienen una duración de 1 hora. 3. Al Personal de Administración y Servicios, además de las normas sobre incompatibilidades, se les establece un límite máximo de 75 horas anuales extraordinarias fuera de su jornada de trabajo y, en caso de autorizarse gratificaciones por trabajos o funciones realizados fuera de su jornada de trabajo, un límite de retribución que no podrá superar en ningún caso 3.000 € anuales por todos los conceptos, salvo lo establecido en el punto anterior. La cantidad a pagar por hora dependerá de lo establecido para el colectivo y la categoría o el grupo y nivel salarial correspondientes. Todos los servicios extraordinarios realizados fuera del horario de trabajo deberán quedar reflejados en la ficha de control horario. En ningún caso podrán autorizarse importes superiores por hora. 4. Al Personal de Administración y Servicios Laboral, además de lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo, se le aplicará el Convenio Colectivo vigente que establece un máximo de 60 horas anuales extraordinarias, salvo cuando las actividades de apoyo a títulos propios y formación continua se realicen en sábado, domingo o festivo.
5. El Personal Docente e Investigador vinculado a la UCM, salvo lo establecido en el punto 2 de este artículo, no podrá superar, en ningún caso, el límite de 75 horas anuales ni 3.000 € anuales por servicios extraordinarios realizados fuera de la actividad habitual.
Subsección 2 ª Compatibilidades Artículo 66.Ámbito de aplicación. 1. La participación del personal vinculado a la UCM, docente o de administración y servicios, en conferencias, lecciones, cursos u otras actividades formativas, administrativas o de servicios deberá efectuarse sin alteración de los horarios establecidos para el desempeño de sus funciones habituales. Por ello requerirá la previa autorización de compatibilidad en tal sentido, independientemente de que las funciones a desarrollar sean de dirección, coordinación, de tutorías o docencia, conferencias, de administración, de servicios, de apoyo en prácticas, etc. 2. La participación de empleados públicos vinculados a otras administraciones u organismos públicos, en conferencias, lecciones, cursos u otras actividades formativas, en Títulos Propios, Formación Continua,
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Cursos Interfacultativos, Universidades Reunidas y de cualquier otro curso no oficial de similares características, deberá igualmente realizarse sin alteración del desempeño de sus funciones habituales. Por ello requerirá declaración del interesado de no infringir la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, de no superar las 75 horas anuales en actividades desarrolladas además de su actividad habitual como personal del sector público, y de no superar los límites retributivos establecidos en la misma. En el caso de conferencias ocasionales será suficiente la declaración del interesado de no haber superado las 75 horas anuales ni los límites retributivos establecidos en la citada norma. Artículo 67. Solicitud de compatibilidad. La compatibilidad será solicitada por el interesado con anterioridad a las funciones a desarrollar en conferencias, lecciones, tutorías, cursos u otras actividades, previa conformidad del Director o responsable de la actividad concreta en el que prestará servicio, indicando en la solicitud:
a) Funciones a desempeñar durante el curso académico con indicación de horarios y de número de horas de prestación.
b) Total de las retribuciones a percibir con cargo al curso, sin que puedan superarse 30.000 € anuales por todos los conceptos para los vinculados con la UCM ni los límites establecidos en el a r t í c u l o 7 d e l a L e y 5 3 / 1 9 8 4 , d e 2 6 d e d i c i e m b r e , d e Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones p ú b l i c a s p a r a l o s p e r c e p t o r e s e m p l e a d o s d e o t r a s administraciones u organismos públicos.
c) Declaración del número de horas de conferencias, lecciones, tutorías, docencia a impartir, u otras actividades, indicando que no se superarán las 75 horas anuales por todos los conceptos.
Artículo 68. Concesiones de compatibilidad. 1. Para el Personal Docente e Investigador, la autorización de compatibilidad será competencia del Director del Departamento. En el caso de que el Director del Departamento solicite la compatibilidad será el Consejo de Departamento el que lo autorice en los siguientes casos:
a) Desarrollo de funciones de dirección, coordinación, etc. b) Impartición de cursos, lecciones o conferencias.
2. Para el Personal de Administración y Servicios, la autorización de compatibilidad para la realización de actividades docentes o de apoyo a la
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actividad será competencia de la Gerencia de la UCM a propuesta del Director del curso o actividad correspondiente y previo informe del Gerente o Administrador del Centro al que el solicitante se encuentre adscrito. 3. Para el personal ajeno a la UCM, vinculado al sector público, la autorización de compatibilidad será otorgada por la autoridad o cargo competente en su administración u organismo público. Cuando se trate de actividades de impartición de lecciones, tutorías, conferencias y otras act iv idades de t í tu los p rop ios , fo rmación cont inua, cur sos interfacultativos, universidades reunidas y de cualquier otro curso no oficial de similares características, y por la impartición de conferencias ocasionales, bastará con la declaración del interesado de no infringir la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, de no superar las 75 horas anuales en actividades desarrolladas además de su actividad habitual como personal del sector público, y de no superar los límites retributivos establecidos en la citada norma. Artículo 69. Unidades de personal de los centros o de las unidades administrativas a las que esté adscrito el personal de la UCM. Las un idades de per sona l de lo s cent ros o de la s un idades administrativas a las que esté adscrito el personal de la UCM llevarán registro de las autorizaciones concedidas, constando en él los datos enumerados en el artículo anterior, teniendo la responsabilidad de comprobar y certificar que:
a) La compatibilidad sea autorizada por órgano competente. Cuando esta sea expedida por un órgano colegiado, se especificará la fecha de la reunión en que tal acuerdo fue tomado.
b) Las concesiones de compatibilidad sean expedidas con anterioridad al inicio del curso, lección, conferencia o actividad de que se trate.
c) No se superan las 75 horas anuales ya se trate de actividades realizadas en la UCM o en otra Administración Pública o Ente del Sector Público.
Subsección 3ª. Retribuciones del personal vinculado a la UCM y asimilado por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada habitual o por la
realización de funciones especiales.
Artículo 70. Gratificaciones. 1. Con carácter general, durante 2015 no se realizarán servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo ni se realizarán funciones
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diferentes a las de la actividad ordinaria que puedan generar gratificaciones. Las excepciones, debidamente justificadas, serán previamente autorizadas, al menos con quince días de antelación, por el Vicerrector de Ordenación Académica, para el personal docente e investigador (en adelante PDI), por el Vicerrector de Investigación, para los investigadores y becarios de investigación y por la Gerencia de la UCM para el personal de administración y servicios (en adelante PAS) y becarios de colaboración. 2. En caso de necesidad ineludible y urgente, el responsable de personal de la unidad correspondiente (Decano, Gerente, Jefe de Servicio, etc.) hará comunicación previa, vía telemática o por fax, a la autoridad u órgano indicados en el punto número 1, aportando memoria que justifique la necesidad y la urgencia, especificando los servicios a desarrollar, el número de horas necesarias y la persona o personas propuestas para su realización. Una vez realizados los servicios extraordinarios, el responsable de personal de la unidad correspondiente autorizará la compensación en tiempo de permiso, según las normas vigentes. 3. Si el responsable del centro o unidad, tras la realización de horas o servicios extraordinarios recogidos en el punto anterior, considerara imposible la compensación en tiempo de permiso, solicitará autorización a las autoridades indicadas en el punto 1 para que se real ice la compensación económica. Para ello, justificará la necesidad mediante una memoria, certif icará: las personas que han realizado el servicio extraordinario, el número de horas realizadas fuera de la jornada laboral, la fecha/s y el tiempo de realización y hará la propuesta de gratificación al órgano competente, teniendo en cuenta los límites establecidos en el artículo 65 de estas normas que, en ningún caso, podrán ser rebasados. No se tramitará ninguna gratificación que no cuente con la autorización previa de la Gerencia o de los dos Vicerrectorados competentes o que no justifique la urgencia que impida la citada autorización. 4. Si las autoridades relacionadas en el punto número 1, tras analizar la memoria del responsable del centro gestor, estimaran necesaria la compensación económica, autorizarán expresamente el pago siempre que no se sobrepasen los límites económicos establecidos en el artículo 65. 5. En caso de autorizarse cualquier tipo de gratificación ésta tendrá carácter excepcional sin que, en ningún caso, pueda ser fija en su cuantía, ni periódica en su devengo. 6. En todo caso, de cualquiera de estas gratificaciones, salvo las retribuciones por la dirección e impartición de conferencias, lecciones y tutorías en cursos oficiales o propios o en otras actividades académicas, culturales o formativas, está excluido el PAS funcionario o laboral con disponibilidad horaria.
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Artículo 71. Tramitación de la autorización y del pago. 1. La solicitud de autorización se realizará, en todos los casos, a través de la Vicegerencia de Gestión y Organización. Ésta la trasladará al órgano competente en función del colectivo. 2. Autorizada la realización y el pago de los servicios extraordinarios o funciones extraordinarias, según lo establecido en el artículo anterior, el responsable de la gestión del crédito al que se imputará el gasto confeccionará el correspondiente AD de nómina, aplicándose los descuentos legalmente establecidos. 3. Con el AD de nómina se incluirá: la autorización de los servicios extraordinarios y la autorización del pago realizada por el órgano competente, la memoria a que se refiere el artículo 70. 2 y 3, en su caso, certificación del responsable del centro o unidad administrativa en el que figuren las horas prestadas por los empleados públicos o función extraordinaria fuera del horario de trabajo y hojas de control horario de EVALOS. Subsección 4ª. Conferencias, lecciones, tutorías y otras actividades asimiladas
realizadas por el personal vinculado a la UCM y por el no vinculado perteneciente o no al sector público.
Artículo 72. Conferencias lecciones, tutorías y otras actividades asimiladas. Límites retributivos e incompatibilidades. 1. Los responsables de los centros gestores podrán autorizar un importe máximo de 400 € por conferencia ocasional. Los pagos por importes superiores deberán ser autorizados previamente por la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno. Se podrán percibir gastos por desplazamiento y alojamiento justificados, ajustándose a las cantidades dispuestas en el artículo 80. En ningún caso se abonarán cantidades en concepto de manutención. 2. A los perceptores vinculados a la UCM se les aplicarán los límites establecidos en el artículo 65 de estas normas. Los perceptores vinculados con el sector público ajeno a la UCM quedan sujetos a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas en cuanto al límite de 75 horas anuales y los límites retributivos que en ella se establecen. 3. Los perceptores no vinculados con el sector público no podrán superar 75 horas anuales, ni alcanzar los 18.000 € anuales. 4. En tanto no se especifique otra duración superior, se entenderá que las conferencias ocasionales y las actividades asimiladas tienen una duración
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de1 hora. 5. De estos límites quedan excluidas las retribuciones percibidas por contratos de investigación del artículo 83 de la LOU que se rigen por sus propias normas. Artículo 73. Tramitación y documentación justificativa. 1. Los expedientes de pago o de gasto que se tramiten en concepto de conferencias y lecciones deberán incluir:
a) Con carácter general:
Liquidación de retribuciones, en la que conste:
Nombre y apellidos del perceptor.
Fotocopia del DNI o pasaporte conformado con el original.
Domicilio fiscal. Quienes carezcan de residencia fiscal en España pueden ser beneficiarios de una exención, total o parcial, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF) si acreditan, mediante certificación oficial al efecto, residir fiscalmente en un Estado con el que España haya suscrito “Convenio para evitar Doble Imposición”.
Organismo Público al que se encuentra adscrito.
Fecha y título de las conferencias o lecciones impartidas o de las actividades realizadas.
Fecha y f i rma del perceptor o jus t i f icante de transferencia bancaria.
Retención en concepto de IRPF, variable en función de las siguientes situaciones :
‐ El personal VINCULADO a la UCM, serán retribuidos a través de su nómina mensual, aplicándose el porcentaje de retención que corresponda a la misma. ‐ A los perceptores NO VINCULADOS a la UCM, CON
RESIDENCIA FISCAL en España, con carácter general, se aplicará el tipo del 21% sobre los
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ingresos íntegros satisfechos.
‐ A los perceptores NO VINCULADOS a la UCM, SIN RESIDENCIA FISCAL en España, se aplicará el 24,75 % sobre los ingresos íntegros satisfechos, excepto si acreditan, mediante certificación oficial al efecto, ser residentes fiscales en un Estado con el que España haya suscrito ” Convenio para evitar la doble imposición ” .
Certificado de conformidad con las conferencias o lecciones impartidas o con la actividad realizada y con la liquidación económica practicada, expedido por el organizador o responsable del acto correspondiente.
Visto bueno del responsable del crédito al que se
imputará el pago : ‐ Decano o Director si la conferencia o la lección es
financiada con cargo a fondos propios de la Facultad o Instituto Universitario de Investigación. Vicerrector competente si se financia con cargo a Servicios Centrales.
‐ De celebrarse con cargo al Programa 3000 – Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología, o al Programa 4000 ‐ Titulaciones Propias, Formación Continua y otros cursos simi lares, el visto bueno corresponderá al responsable de los fondos.
b) Requisito específico del personal vinculado a la UCM
Autorización de la compatibilidad, por la autoridad pertinente, antes de realizarse la actividad, según se regula en el artículo 65 y en el Capítulo V, Sección 4ª, Subsección 2 ª (Compatibilidades) de estas normas.
Certificado previo de la Sección o unidad de personal del
centro al que el perceptor se encuentre adscrito, en el que conste que las conferencias y lecciones por él impartidas durante el año natural, por todos los conceptos, dentro y fuera de la UCM, no superan el límite de 75 horas anuales. Se tramitará un AD de nómina y se le aplicará la retención correspondiente a sus retribuciones globales.
c) Requisito específico del personal vinculado con el sector público
pero no adscrito a esta UCM :
Declaración personal del interesado de no infringir la Ley
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53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y no superar las 75 horas anuales en actividades de conferencias, lecciones, tutorías y otras actividades asimiladas desarrolladas, ni los límites retributivos establecidos en la citada norma.
d) Requisito específico para el personal no vinculado con el
sector público:
Declaración de no desempeñar puesto en el sector público.
Declaración de no superar 75 horas anuales ni 18.000 €
anuales por perceptor.
Sección 5 ª Otras partidas de gasto. Artículo 74. Gastos de representación o protocolarios. 1. Se entienden como gastos de representación o protocolarios los destinados a atender gastos inherentes a la dignidad del cargo o de la UCM (gastos de comidas, vinos, obsequios y otros de naturaleza semejante) que los altos cargos de ésta deban realizar en el desempeño de las funciones derivadas de la representación institucional que ostentan. 2. A estos efectos, se considera altos cargos : el Rector y los miembros del Consejo de Dirección, el Presidente y Secretario del Consejo Social, los Decanos y los Directores de Institutos Universitarios de Investigación. 3. Quedarán eliminados de forma general los gastos de atenciones protocolarias y de representación, aunque se realicen en el desempeño de funciones de trabajo, salvo por motivos suficientemente justificados y con autorización previa expresa de la Gerencia o del Rector. Por ello se han eliminado del Presupuesto Inicial para 2015 todos los gastos propuestos para este fin. Excepcionalmente, para gastos de este tipo aplicados al presupuesto ordinario e inferiores a 100,00 euros mensuales no acumulables, no se requerirá de dicha autorización previa pero, como para cualquier otro gasto, será preceptiva la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a las obligaciones. 4. De forma general quedan anuladas las comidas y consumos referidos a la realización de actos de carácter institucional y protocolario, salvo autorización previa expresa de la Gerencia o del Rector.
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5. Si se obtuviese autorización previa para la realización de este tipo de gastos, deberá procederse también de forma previa a la iniciación del gasto a tramitar una modificación de crédito a fin de dotar de crédito la partida presupuestaria correspondiente. Dichos gastos deberán ser justificados posteriormente mediante una certificación en la que se especifiquen los motivos que justifiquen la realización de los gastos y las personas o grupos de personas destinatarios de los mismos. Para estos casos autorizados, referidos a comidas, se concertarán siempre y cuando sea posible unos menús en las instalaciones de la Universidad. 6. No se podrán abonar gastos de comidas para los miembros de tribunales o conferenciantes que sean funcionarios y hayan percibido indemnización por gastos de manutención de acuerdo con la normativa vigente. 7. La utilización de los vehículos oficiales será la mínima imprescindible y procurando que su utilización se adecue al horario de trabajo. 8. No podrán realizarse gastos de representación o protocolarios con cargo a títulos propios, formación continua, cursos interfacultativos, universidades reunidas o cualquier otra actividad formativa no oficial de similares características, salvo autorización previa del Rector o de la Gerencia de la UCM y siempre que este tipo de gasto figure expresamente recogido en los presupuestos del Título Propio o actividad formativa de que se trate. 9. De forma general no podrán realizarse gastos de representación o protocolarios con cargo a ayudas y/o subvenciones para gastos de funcionamiento concedidas por la UCM, salvo autorización expresa y previa del Rector o de la Gerencia de la UCM. Artículo 75. Adquisición de material informático y equipos de telefonía. A) Material Informático. 1. Todo el material informático fungible (papel continuo, discos CD y DVD, tóner y cartuchos de tinta, etc.); así como el inventariable (bienes y equipos informáticos); y los programas informáticos se adquirirán cumpliendo los preceptos de la normativa de contratos del Sector Público, según importes. Si a lo largo del ejercicio se produjera algún acuerdo marco para la adquisición de este material, el procedimiento específico de adquisición se establecería por el Órgano de Contratación de la UCM. A estos efectos, se considera equipamiento informático a todo el material informático no fungible sea o no inventariable (importe inferior a 300 euros), tal como:
Ordenadores de sobremesa y portátiles.
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Impresoras, escáneres y equipos multifunción. (copiadora+impresora+escáner+fax).
Monitores y pantallas.
Replicadores de puertos (Docking Station).
Videoproyectores.
Pizarras digitales.
Equipos de videoconferencia.
Dispositivos móviles (teléfonos móviles, smartphones, tabletas…).
Sistemas de almacenamiento NAS.
Duplicadoras de DVD.
Sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI, UPS).
Equipos de telefonía IP.
Componentes internos (memorias, discos duros…).
Puntos de red
Cualquier otro dispositivo periférico conectable a un ordenador (lectores /grabadores de DVD, discos duros externos, cámaras web, lectores de códigos de barras…).
2. En todo caso, para las adquisiciones de material inventariable o software que impliquen cambios en la estructura del equipo, salvo las realizadas a través de acuerdo marco, si lo hubiere, el expediente incluirá el informe técnico de la Dirección de los Servicios Informáticos, en el que deberá constar:
a) Que los bienes o equipos solicitados no se encuentran incluidos entre el acuerdo marco, en su caso. b) Que los bienes o equipos solicitados son compatibles con los
bienes y equipos de la UCM y por ello son susceptibles de recibir atención y mantenimiento por los Servicios Informáticos de la UCM.
c) En el caso de que algún centro o unidad gestora solicitase la
compra de equipos no existentes en el acuerdo marco, o que no reuniesen los requisitos de homologación técnica necesaria para recibir la instalación y el mantenimiento de los Servicios Informáticos, el centro o unidad gestora responsable se hará cargo de los gastos de instalación y del mantenimiento de estos equipos. No obstante será igualmente necesaria la autorización previa de
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los Servicios Informáticos con el fin de preservar de daños los equipos e instalaciones informáticas de la UCM.
La solicitud del informe y de la autorización previa se tramitará por la unidad orgánica gestora correspondiente. B) Bienes y equipos de telefonía y alta de líneas de teléfono fijo o móvil. 1. La UCM tiene un contrato de telefonía en el que, junto con la línea telefónica, se asegura la entrega gratuita de teléfonos fijos y móviles, y de teléfonos‐PDA, autorizados por la Gerencia de la UCM. Por ello, no se pueden adquirir bienes ni equipos telefónicos fuera de este concurso. 2. Los contratos de telefonía fija y móvil, que por causas justificadas hayan de realizarse fuera del concurso de telefonía de la UCM, cuyo gasto haya de financiarse con presupuesto de la UCM, ya sea ordinario o de proyectos o de subvenciones finalistas, ha de firmarlos, en todos los casos, la Gerencia de la UCM, órgano de contratación de ésta por delegación del Rector, para lo que se solicitará autorización a la Gerencia de UCM, previa a la contratación de cualquier línea, y a la compra de cualquier equipo. C) Equipos informáticos que incorporen la opción de telefonía móvil. 1. S i e l te léfono es para uso de algún cargo académico o administrativo, que justifiquen mediante una memoria la necesidad de utilización de un equipo de estas características, siempre que sean autorizados previamente por la Gerencia de la UCM, podrán adquirirse estos equipos mixtos fuera del concurso de telefonía, aunque dentro del acuerdo marco de informática, si lo hubiere. 2. Si el equipo va dirigido a un destinatario que no esté autorizado para disponer de un teléfono móvil de la UCM, justificando previamente la necesidad, contando con la autorización previa de la Gerencia de la UCM, y siempre que el crédito al que se impute posibilite este tipo de gasto, podrán adquirirse estos equipos a través del acuerdo marco de informática, si lo hubiere. En este caso, los gastos de telefonía móvil serán por cuenta del titular de la línea de teléfono. Artículo 76. Gastos ocasionados como consecuencia del alquiler de espacios y equipos de la UCM 1. Estos gastos deberán ser sufragados con cargo a la recaudación obtenida, pudiendo realizarse su pago mediante fondos librados en concepto de caja fija, con los límites legales establecidos en estas normas, salvo las gratificaciones al personal que se tramitarán mediante AD de nómina, aplicándose las retenciones pertinentes.
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2. En el supuesto de alquiler de espacios, el coste del personal de mantenimiento será equiparable al del personal del centro gestor del alquiler. La Dirección de Obras y Mantenimiento facilitará el nombre de las personas asignadas para que el centro emita los AD de nómina preceptivos. 3. El personal que preste servicios extraordinarios, fuera de su jornada habitual, recibirá una gratificación cuya cuantía será determinada por la Gerencia o Administración del centro y que en ningún caso será superior a 150 € íntegros por jornada de trabajo, estando sometida a retención por concepto de IRPF. El tiempo fuera de la jornada laboral dedicado por el personal de la UCM a esta actividad, al no ser propia de la UCM, no se computará a efectos de los límites horarios y los límites salariales o retributivos establecidos en el artículo 65 de estas normas, aunque si deberá registrarse en el control horario.
Sección 6ª. Mantenimiento y actualización de inventarios.
Artículo 77. Mantenimiento y actualización de inventarios.
1. Los centros deberán registrar el alta del bien, consignando en la ficha de inventario el código del centro y código del local que corresponda, según la ubicación física del bien. 2. Para determinar si se debe incorporar en el inventario patrimonial de la UCM un bien se procederá de acuerdo a los siguientes puntos: 2.1. Como regla general se incluirán los bienes que reúnan las dos características siguientes:
a) Que no sean fungibles, es decir, que su vida útil sea superior a un
año y no se consuman por el uso. b) Que su coste sea superior a 300,00€ para adquisiciones de
nuevo inventario; si se instalan en un equipo ya inventariado previamente supondrán la modificación de este con independencia del importe.
2.2. Por excepción, serán inventariables con independencia de su valor: a) Mobiliario. b) Equipamiento informático que se pueda encuadrar en alguna de
las siguientes categorías: ordenadores de sobremesa (CPU), ordenadores portátiles, impresoras, escáneres y equipos multifunción (copiadora+impresora+escáner+fax), monitores y
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pantallas, replicadores de puertos (docking station), videoproyectores, pizarras digitales, equipos de videoconferencia, dispositivos móviles (teléfonos móviles, smartphones, tabletas), sistemas de almacenamiento NAS, duplicadoras de DVD, sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI, UPS), equipos de telefonía IP y cualquier otro dispositivo periférico conectable a un ordenador (lectores/grabadores de DVD, discos duros externos, cámaras web, lectores de códigos de barras).
En el caso de adquisiciones de ordenadores de sobremesa completos (CPU, monitor, teclado y ratón), la CPU y el monitor se inventariarán por separado.
2.3. Se considera equipamiento informático no inventariable: a) Componentes internos (módulos de memoria, discos duros, placas
base…) o accesorios anexables a bienes ya inventariados (bandejas de impresoras…); en su lugar deberá incrementarse el valor del bien en el que se instalan.
b) Accesorios (maletines, anclajes de seguridad…).
c) Teclados y ratones.
d) Dispositivos USB portátiles de pequeño tamaño (memorias USB, conectores de red wifi o 3G…).
3. El precio de adquisición incluirá todos los gastos que figuren en la factura (transporte, impuestos no recuperables, seguros, instalaciones, montajes, etc.), si bien el valor de los bienes a efectos de amortización será siempre excluido el IVA deducible.
4. Los centros deberán comunicar mensualmente al Servicio de Contabilidad, aquellas bajas que se hayan producido en su inventario, indicando, en todo caso, el motivo de la baja. 5. En el caso de baja de equipos informáticos completos (ordenadores de sobremesa y portátiles, impresoras, escáneres, monitores…), se aportará un informe de los Servicios Informáticos de la UCM, así como la ficha de baja en inventario de los equipos, en el que deberá constar el motivo de la baja que deberá ser alguno de los siguientes:
a) La obsolescencia del equipamiento a dar de baja de acuerdo a con los criterios establecidos y publicados por los propios Servicios Informáticos
b) La imposibilidad de aprovechamiento de dicho equipamiento en otro entorno de la Universidad.
c) La confirmación, en el caso de equipamiento averiado, de que se
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encuentra fuera de garantía y de que el coste de su reparación no es justificable.
6. Cualquier solicitud de compra de material inventariable, sustitución o nueva adquisición, deberá justificar plenamente su necesidad. Si se trata de adquisición por sustitución, se certificará que el material sustituido está totalmente amortizado. La reposición exigirá, con carácter previo a la compra, la ficha de baja en inventario de los bienes, así como la acreditación del transcurso de estos plazos de amortización que son los vigentes en la contabilidad de la Universidad.
Instalaciones técnicas: 12 años (8,33%) Maquinaria: 8 a ñ os (12,5%) Elementos de transporte internos: 18 años (5,55%) Utillaje: 5 años (20%) Mobiliario: 10 años (10%) Equipos proceso información: 4 años (25%) Aplicaciones informáticas 5 años (20%) Derechos sobre bienes en arrendamiento financiero: 8 años (12,5%).
Para las solicitudes de las autorizaciones previas a la adquisición de material inventariable, se seguirá como sigue:
- Adquisición de material inventariable en cualquiera de los Servicios Centrales: se requerirá la autorización previa de la Vicegerencia de Gestión Económico ‐ Financiera, que deberá aportarse como documentación en el expediente económico que se presente en Intervención.
- Adquisición con cargo al presupuesto de Facultades: se requerirá
autorización previa del Decano y del Gerente del Centro.
- Adquisición con cargo al presupuesto ordinario del resto de centros: se requerirá autorización previa de la Vicegerencia de Gestión Económico-Financiera.
- Adquisición de material inventariable que se realice con cargo a
proyectos de investigación de financiación externa que permitan la realización de este tipo de gastos como gastos elegibles de los proyectos se requerirá la autorización del responsable de los fondos y se realizarán siempre a través del procedimiento más adecuado y económico, favoreciendo en todos los casos la necesaria concurrencia.
- Adquisición de material inventariable que se realice con cargo Títulos
Propios o Formación Continua se requerirá la autorización de la Vicegerencia de Gestión Económico-Financiera, que deberá
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aportarsecomo documentación en el expediente económico que se presente en Intervención.
Todas las adquisiciones de material informático deberán ir acompañadas de la autorización de la Dirección de los Servicios Informáticos.
7. Durante el primer semestre del ejercicio 2015 se deberá revisar por cada centro gestor el inventario de los activos fijos dados de alta en la contabilidad durante el ejercicio 2014 (altas, ubicaciones, bajas, etc.) como procedimiento de control interno de cada uno de los centros con el fin de que el inventario contable refleje la información real. El resumen de esta revisión deberá remitirse al Servicio de Contabilidad antes del 26 de junio de 2015.
CAPÍTULO VI.‐ COMISIONES DE SERVICIO.
Sección 1ª. Normas generales.
Artículo 78. Principios generales. Las comisiones de servicio podrán dar origen a indemnización o compensación, en las condiciones y con los límites establecidos en el Reglamento de Gestión Económica y Financiera, en estas Normas y, con carácter supletorio, en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio y Orden del Ministerio de la Presidencia, de 8 de Noviembre de 1994, sobre justificación y anticipos de las indemnizaciones por razón de servicio y sus modificaciones, los supuestos siguientes :
a) Comisiones de servicio con derecho a indemnizaciones (incluidas las prácticas de campo).
b) Desplazamientos dentro del mismo término municipal por razón del servicio (Incluidas las visitas a centros de prácticas).
c) Participación en tribunales de selección de personal.
d) Participación en tribunales de tesis doctorales.
e) Participación en tribunales de selectividad. Artículo 79.Ámbito de aplicación. La presente normativa será de aplicación a:
a) Personal vinculado con la UCM: docente, investigador, PAS funcionario y laboral.
b) Personal que preste servicios en la UCM y cuya actividad se financie
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con créditos incorporados al presupuesto de la misma. Artículo 80. Régimen de aplicación. 1. En lo no establecido en estas normas, se aplicará el Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM y el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón de Servicio. 2. Se incluirán en el Grupo 1 º del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre Indemnizaciones por razón de servicio los siguientes cargos académicos :
a) Rector, acompañantes del Rector que sean miembros de la plantilla de la UCM y cualquier miembro de la comunidad universitaria, por delegación del Rector. b) Presidente y Secretario del Consejo Social. c) Miembros del Consejo de Dirección. d) Decanos y Directores de Institutos Universitarios de Investigación.
3. Será de aplicación al Grupo 2 º del RD antes citado
a) Personal Docente, Investigador y Becarios de Investigación: lo establecido en las normas. b) PAS Laboral: lo establecido en las presentes normas y en el convenio laboral. c) PAS Funcionario: lo establecido en las presentes normas.
4. En cuanto a los importes de las dietas en el extranjero se aplicarán las cantidades dispuestas para los grupos 1 y 2, a excepción del alojamiento para el grupo 1, cuya indemnización lo será por los gastos efectivamente realizados. 5. Los gastos realizados que tengan consideración de indemnizables, en aplicación de las disposiciones vigentes anteriores, no superarán las cuantías máximas en € que se indican :
Grupo Alojamiento Manutención
1 Los gastos efectivamente real izados
53,34€
2 65,97 € 37,40€ El exceso de lo gastado sobre las cuantías vigentes correrá a cargo del comisionado.
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En caso de imposibilidad de conseguir alojamiento adecuado por el importe máximo establecido, para que el exceso sea atendido, será precisa autorización previa y expresa de la Gerencia de la UCM. 6. Con carácter general, en ausencia de norma específica, la participación como miembro de tribunales de selección de personal, tribunales de selectividad y tribunales de tesis doctorales se regirán por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre Indemnizaciones por razón de servicio, con las limitaciones establecidas en la Sección 5 ª de este Capítulo.
Sección 2 ª Personal docente e investigador.
Artículo 81. Autorización de las Comisiones de servicio, generen o no derecho a indemnización. 1. Las comisiones de servicio serán autorizadas por el Rector, salvo delegación expresa en otra autoridad. 2. Las comisiones de servicio de duración inferior o igual a 15 días naturales deberán ser autorizadas previamente, en uso de la delegación rectoral al efecto, por el Decano del Centro o Director del Instituto Universitario de Investigación al que se encuentre adscrito el comisionado. 3. El Vicerrector responsable del profesorado o el Vicerrector responsable de la investigación, en uso de la delegación rectoral al efecto, según el objeto de la comisión, autorizará :
a) Las que supongan ausencia por período superior a 15 días. b) Aquellas que precisen realizar Decanos y Directores de Institutos Universitarios de Investigación en el ejercicio de sus funciones.
4. Salvo la competencia original del Rector, estas competencias en ningún caso serán delegables, por lo que su ejercicio por cargo distinto a los indicados requerirá delegación rectoral expresa. Artículo 82. Informe previo a la autorización. 1. Con anterioridad a su autorización los interesados deberán solicitar:
a) El correspondiente permiso de ausencia del puesto de trabajo (ANEXO III) b) Autorización de comisión de servicios (ANEXO IV)
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2. El personal contratado o becario con cargo a Proyectos de Investigación, sin adscripción departamental, deberán solicitar el permiso previsto en el punto 1 a) anterior en el Servicio de Investigación. 3. Cuando el comisionado sea el propio Director del Departamento y, por su duración, haya de ser autorizada por el Vicerrector, se requerirá el informe previo favorable del Decano del Centro al que el Departamento se encuentra adscrito o Director del Instituto Universitario. 4. Especial consideración merecen las “prácticas de campo” realizadas por algunos centros gestores y encuadradas dentro de la planificación docente, las visitas a centros de prácticas (por los tutores de los alumnos) y la participación en ferias o eventos similares. Dadas sus especiales caracter íst icas se deberá dejar constancia, en el apartado de observaciones, de las posibles modificaciones por causas sobrevenidas o imprevistas. Los expedientes de pago o gasto, deben presentar memoria justificativa de cualquier modificación de las condiciones iniciales con el conforme del responsable de la autorización. 5. En ningún caso se abonarán indemnizaciones sin la correspondiente autorización de Comisión de Servicios. Artículo 83. Comunicación al Vicerrectorado de Ordenación Académica. Los Directores de Departamento pondrán en conocimiento del Vicerrectorado de Ordenación Académica todas aquellas comisiones de servicio que, individualmente o por acumulación de anteriores, supongan ausencias por período superior a 25 días anuales. Artículo 84. Gastos indemnizables. 1. Salvo que estas normas indiquen otros importes, estos serán únicamente los establecidos en el RD 462/2002, de 24 de mayo sobre Indemnizaciones por razón de servicio. 2. La autorización de la comisión de servicios podrá dar derecho a la indemnización de los siguientes gastos :
a) Alojamiento, incluido desayuno. b) Dietas de manutención. La indemnización en concepto de cena durante el regreso sólo procederá si así se hace constar en la autorización y previa presentación de factura, que se abonará en su
cuant ía, con e l l ími te correspondiente a media dieta de manutención.
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c) Gastos de desplazamiento en cualquier medio público de más de 9 plazas, taxis hasta/desde estaciones, aeropuertos o puertos, y en vehículo propio, autorizándose únicamente aquéllos recogidos en el RD 462/2002, de 24 de mayo sobre Indemnizaciones por razón de servicio. d) Gastos de peaje, si se acredita el vehículo propio como medio de desplazamiento. e) Gastos de inscripción y similares en aquellas actividades que así lo requieran.
3. En el plazo de 10 días desde la finalización de la comisión de servicios, deberá presentarse la documentación justificativa de los gastos realizados excepto para las dietas de manutención.
4. Cuando se prevea la realización de un gasto imprescindible distinto a los indicados en el punto anterior deberá hacerse constar tal circunstancia en el documento de autorización. 5. De igual modo se procederá cuando se limite el derecho a indemnización de alguno de los gastos anteriormente relacionados. Artículo 85. Consideración de " día de regreso". 1. Desplazamientos al extranjero. Se considerará día de regreso el de salida del último alojamiento acreditado, siendo de aplicación las demás normas establecidas para los desplazamientos en territorio nacional. 2. Desplazamientos en territorio nacional.
a) Se considerará día de regreso aquél en el que se inicia el desplazamiento hacia la residencia habitual. b) Deberán justificarse documentalmente todos los gastos cuya indemnización se pretenda y que se realicen con posterioridad a las 22 horas del día de regreso. c) Si la llegada a la residencia habitual se produce en fecha posterior a la indicada en la comisión de servicio, el órgano que la autorizó deberá, con anterioridad a su pago, aprobar su modificación.
Artículo 86. Certificado de realización de conformidad. 1. Previamente a la liquidación de la comisión de servicio, el
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responsable de los fondos con que esta se financia deberá expedir certificado de realización de conformidad de la misma. 2. Si comisionado y responsable de los fondos son coincidentes, la certificación será expedida por el responsable de la unidad docente superior a la que se encuentre adscrita. 3. Los Decanos y Directores de institutos universitarios de investigación adjuntarán, a la liquidación de las comisiones realizadas en virtud de su cargo, breve memoria explicativa de las actividades desarrolladas.
Sección 3ª. Personal de Administración y Servicios.
Artículo 87. Autorización de las comisiones de servicio, generen o no derecho a indemnización. Las comisiones de servicio serán autorizadas, antes de su realización, en uso de la delegación rectoral al efecto, por la Gerencia de la UCM, conlleven o no derecho a indemnización. Artículo 88. Informe previo a la autorización. Con anterioridad a su autorización, las comisiones de servicio deberán ser informadas favorablemente por el gerente, administrador o jefe del servicio al que el comisionado se encuentre adscrito y por el responsable de los fondos con los que será financiado el gasto correspondiente. Artículo 89. Gastos indemnizables y certificado de realización de conformidad. Se actuará según lo establecido en estas normas: en el artículo 84 para los gastos indemnizables y en el artículo 86.1 para el certificado de realización de conformidad.
Sección 4ª. El Rector, empleados públicos acompañantes del Rector y representantes del Rector por delegación.
Artículo 90. Gastos indemnizables. Las comisiones de servicio realizadas por el Rector, empleados públicos de la UCM que lo acompañen, así como las de las personas que lo representen, darán derecho a la percepción de todos los gastos derivados de las mismas.
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Artículo 91. Nombramiento de empleados públicos de la UCM acompañantes del Rector y designación de sus representantes. 1. Cuando el Rector realice una comisión de servicios en compañía de empleados públicos de la UCM, los relacionará en el documento de autorización. 2. La designación de representante y la determinación de sus objetivos se realizarán por escrito, siendo materia reservada al Rector. Artículo 92. Liquidación de la comisión. Tanto el servicio prestado como la liquidación de gastos derivada del mismo deberán ser conformadas por el Rector, tanto para sus comisiones de servicio como para las de sus acompañantes y representantes, con anterioridad a su pago, siendo tal conformidad requisito imprescindible para el reconocimiento del derecho a la percepción de la totalidad del gasto realizado.
Sección 5ª. Personal no vinculado a la UCM: miembros de Tribunales de selección de personal, de Tesis Doctorales y otros.
Artículo 93. Gastos indemnizables. 1. Tendrá derecho a percibir, al f inalizar su actuación y con la inmediatez que las disponibi l idades de tesorer ía permitan, la indemnización correspondiente a los siguientes gastos, según los importes establecidos, para el grupo 2º, en el artículo 80 de estas normas :
a) Dietas de manutención. b) Gastos de alojamiento, incluyendo desayuno. c) Gastos de transporte debidamente documentados, incluidos taxis hasta/ desde estaciones, aeropuertos o puertos.
2. Cuando el comisionado carezca de residencia en territorio español y no se encuentre vinculado a la Administración Pública española, la cuantía máxima a abonar en concepto de desplazamiento será de 800 € para viajes desde Europa y 1.500 € para viajes desde el resto del mundo, exceptuando a los participantes en tribunales de tesis del doctorado europeo, a los que no se aplicará esta limitación. 3. Los gastos no documentados serán abonados a la recepción de los correspondientes justificantes, mediante transferencia bancaria a la cuenta que el comisionado indique. 4. Los desplazamientos de personalidades no vinculadas con la UCM, con
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motivo de su nombramiento como Doctores Honoris Causa u otras invitaciones cursadas por el Rector para actos académicos o culturales, serán indemnizados por la totalidad de los gastos realizados (transporte y manutención) con un máximo de tres días que serán abonados al interesado y a un acompañante, mediante la presentación de facturas que justifiquen el gasto realizado. Artículo 94. Consideraciones sobre los días de salida, regreso y celebración del acto. 1. La duración máxima de la comis ión, sa lvo c i rcunstancia extraordinaria y debidamente acreditada, no podrá ser superior a tres días (2 dietas manutención máximo), que comprenderán el día de desplazamiento desde la residencia habitual, el de celebración del acto y el de retorno.
Día de salida de la residencia habitual. Tendrá tal condición el día de celebración del acto o el inmediatamente anterior. Si la salida se inicia el día inmediatamente anterior, sólo serán indemnizables los desplazamientos que comiencen con anterioridad a las 22 horas, por la cuantía correspondiente a media dieta.
Día de regreso a la residencia habitual. Se considerará como tal
el día de celebración del acto o el inmediatamente siguiente. Si el regreso se in icia el d ía inmediato s iguiente, solo serán indemnizables los desplazamientos que, razonablemente, finalicen con posterioridad a las 14 horas, por la cuantía correspondiente a media dieta.
Ida y vuelta en el día de celebración del acto. Se indemnizará
conforme a declaración de itinerario. La media dieta de cena se abonará solo cuando, en función de la hora de salida, sea razonable que el regreso finalice con posterioridad a las 22 horas.
Artículo 95. Justificación del gasto. Los expedientes de liquidación de los servicios de referencia contendrán la siguiente documentación:
a) Nombramiento del Tribunal. b) Liquidación conformada por el Presidente del Tribunal correspondiente.
c) Documentación justificativa de los gastos abonados, excepto por dietas de manutención.
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Artículo 96. Asistencias a Tribunales. La asistencia a Tribunales de selección para el ingreso del personal y de cualquier otro tipo normativamente previsto se indemnizará, salvo norma específica, según lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. El Secretario, con el visto bueno del Presidente, certificará las asistencias de los miembros del Tribunal y asesores o colaboradores. Artículo 97. Tribunales de Tesis del Doctorado Europeo. Les será de aplicación lo dispuesto en esta Sección. Artículo 98. Tribunales para la provisión de plazas docentes. 1. Los miembros de los Tribunales para la provisión de plazas docentes, percibirán las asistencias e indemnizaciones que les corresponda en razón del servicio aplicándose lo dispuesto en esta sección. 2. Los expedientes de justif icación contendrán la siguiente documentación :
a) Nombramiento del Tribunal. b) Acta de constitución del Tribunal. c) Acta de la provisión de la plaza docente.
CAPÍTULO VII.‐ TÍTULOS PROPIOS, FORMACIÓN CONTINUA, CURSOS INTERFACULTATIVOS, CURSOS DE UNIVERSIDADES REUNIDAS, ESCUELAS DE VERANO,
CURSOS PARA EXTRANJEROS Y OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS SIMILARES NO OFICIALES
Artículo 99. Financiación 1. Estos cursos tendrán una dotación presupuestaria equivalente a un %de los recursos que generen en concepto de matrícula y/o por otros conceptos (otros ingresos propios, subvenciones o transferencias de otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas acordadas por convenios, según se establece en el punto 4.2. de la Normativa de Titulaciones Propias de la UCM aprobadas por Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012, BOUC nº 4, de 18 de abril de 2012. 2. La dirección de cualquiera de estos cursos, a través de la Gerencia o Administración del centro en el que se organicen y gestionen, comunicará al Servicio de Administración (Alumnos), los ingresos previstos por concepto distinto al de matrícula.
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3. De tales previsiones, el Servicio de Administración (Alumnos) confeccionará el correspondiente documento contable de reconocimiento de derechos que se remitirá a la Intervención a fin de proceder a su incorporación al Presupuesto y la posterior liberación de crédito a favor del curso. 4. La UCM, retendrá el 25% de los ingresos obtenidos por cursos interfacultativos, universidades reunidas, cursos para extranjeros y de cualquier otra actividad formativa no oficial de similares características, y un porcentaje de un 25% de media sobre los ingresos obtenidos por títulos propios y formación continua de acuerdo con la propuesta de retención que realice de cada uno de ellos el Vicerrectorado de Posgrado y Formación Continua. 5. A los centros o unidades de gestión de la UCM, que gestionen títulos Propios o formación Continua se les incorporará durante el ejercicio el 5 % del total de los ingresos de éstos, una vez finalizado el curso académico. Artículo 100. Presupuesto de ingresos. El presupuesto de ingresos será elaborado por el Director proponente del curso, asesorado por el Gerente o Administrador del Centro donde se imparte y gestione aquél. Ambos firmarán el presupuesto, el primero como responsable y el segundo como enterado. Artículo 101. Presupuesto de gastos. 1. Al comienzo de cada curso académico, una vez realizada la matrícula y conocidas las posibles subvenciones, los responsables de los títulos propios, cursos de formación continua, cursos Interfacultativos, cursos de universidades reunidas, escuelas de verano, cursos para extranjeros y de cualquier otra actividad formativa no oficial de similares características están obligados a confeccionar un presupuesto equilibrado de ingresos y gastos, utilizando el modelo establecido para los títulos propios, en el que se expresarán los ingresos realmente producidos y las deducciones establecidas para la UCM y para el centro gestor. En el supuesto de cursos interfacultativos o que se impartan por diferentes unidades académicas, se establecerá el centro gestor en el momento de confeccionar dicho presupuesto.
1.1 Expresamente deberán figurar de forma detallada, en el apartado de “Otros conceptos” del citado presupuesto, los gastos extraordinarios que se pretendan aplicar.
2. Por cada unidad gestora, se enviará, a la Intervención de la UCM, una copia del presupuesto equilibrado de cada Título Propio, de cada curso de Formación Continua, de cada Curso Interfacultativo, de las actividades de las
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Universidades Reunidas, de las Escuelas de Verano, Cursos para Extranjeros y de cualquier otra actividad formativa no oficial de similares características, aprobados por el órgano competente. 3. Los centros que gestionen directamente los cursos de Formación Continua, podrán gestionar el presupuesto mediante un fondo único, si bien, antes del comienzo de cada curso, deberán presentar en la Intervención un presupuesto equilibrado, aprobado por la Junta de Centro, de ingresos reales y gastos prev i s tos , que coincidi rá sustancialmente con la suma de los presupuestos presentados a la Comisión de Títulos para la aprobación de cada curso de Formación Continua. El centro gestor podrá, a su vez, detraer del presupuesto de gastos la cantidad que acuerde en la citada Junta, para ser gestionada por los servicios centrales del centro en cuestión, que se dedicará a la compra y sustitución de material fungible y equipamiento, y al pago de horas extras del PAS laboral o gratificaciones por trabajos desempeñados fuera del horario de trabajo del PAS funcionario, necesarios para el desarrollo de esta actividad. 4. En el presupuesto, que deberá adaptarse al modelo establecido para los títulos propios, figurarán de forma separada los gastos previstos del curso, de acuerdo con los conceptos establecidos en el citado modelo. A este se deberá añadir la relación nominal de perceptores por dirección, codirección, coordinación y docencia que figurará en el programa del curso, como establece la normativa de Títulos Propios, indicando las cantidades totales a percibir por curso, no pudiendo superarse, en ningún caso, 75 horas anuales ni 30.000€ anuales por perceptor sumados todos los conceptos, según se recoge en el artículo 65 de estas normas. Se recuerda que, salvo autorización expresa y excepcional de la Comisión de Títulos, sólo podrán desempeñar funciones de dirección (Director y Codirector) los funcionarios docentes de carrera y los contratados doctores de la UCM.
5. El Personal de Administración y Servicios con disponibilidad horaria no podrá percibir gratificación alguna por su participación en el apoyo o la gestión de Títulos Propios, Formación Continua, Cursos Interfacultativos, Universidades Reunidas, Escuelas de Verano, Cursos para Extranjeros y de cualquier otra actividad formativa no oficial de similares características. Sí podrá percibir gratificaciones por su participación como profesor en alguna de estas actividades. Los responsables de las actividades formativas descritas en este capítulo, que no sean Títulos Propios o Formación Continua, deberán solicitar de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno la aprobación de la propuesta de retribución al profesorado por lecciones o conferencias habituales, teóricas y prácticas, antes del inicio de la actividad, adjuntando a la solicitud la relación del profesorado. Estos, a su vez, deberán solicitar la compatibilidad para realizar esa actividad.
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Los límites aplicables en estas actividades son los establecidos en el artículo 65 de estas Normas. 6. De acuerdo con la norma 4.2.2. de Títulos Propios, aprobada por Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012, la Comisión de Títulos Propios propondrá, para su aprobación por el Consejo Social unas cantidades máximas por tareas de dirección y coordinación de los títulos y por hora de clase teórica impartida, tutorías, dirección de trabajos o cualquier otra actividad realizada en el seno de los cursos. Dichas cantidades tendrán en cuenta la naturaleza de los distintos títulos propios impartidos por la UCM, así como su grado de experimentalidad.
6.1 La Comisión de Títulos Propios deberá aprobar cualquier modificación del presupuesto de los Títulos Propios.
7. Se detallará de forma independiente el gasto previsto en concepto de publicidad y propaganda. 8. Se suprimen los gastos de representación o protocolarios. 9. En ningún caso se podrán superar el nº de horas ni las cantidades aprobadas en concepto de dirección, coordinación o los límites establecidos por hora práctica o teórica, en el presupuesto de cada título propio. 10. Una vez aprobados los presupuestos cualquier modificación deberá ser autorizada por el Vicerrectorado de Posgrado y Formación Continua, remitiendo a la Intervención dicha modificación para su conocimiento. Artículo 102. Unidad gestora.
1. El Servicio de Administración (Alumnos) gestionará los ingresos obtenidos por los diferentes cursos, relacionados en el capítulo VII, en las cuentas establecidas al efecto, habilitando el crédito correspondiente para la ejecución del gasto por el Centro. 2. Los centros y unidades gestores deberán comprobar que la ejecución del presupuesto se corresponda con el presentado al Consejo Social , a efectos de aprobación del precio del T í tu lo Propio correspondiente, en función de los ingresos realmente obtenidos, respetando en cualquier caso los precios de dirección, coordinación, hora lectiva, teórica o práctica, tutoría, dirección de trabajos, etc., aprobados en el presupuesto del título o acción formativa concreta; así como los que apruebe la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, en su caso. 3. Los centros y unidades gestores remitirán a la Intervención documentación relativa a los gastos ejecutados para su fiscalización.
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Artículo 103. Imputación presupuestaria de gastos 1. Los gastos se imputarán al Programa 4000‐Titulaciones Propias y Formación continua del Presupuesto de Gastos, siendo su clasificación económica la misma que la establecida para el resto de programas. 2. Excepcionalmente, los gastos de la Clínica de Odontología, asociados a las prácticas clínicas de la docencia de los Títulos Propios o programas de postgrado que imparte la Facultad de Odontología, incluidos los gastos de retribuciones al profesorado por esta docencia práctica se imputarán a la orgánica de la Clínica de Odontología y al Programa 2000, ya que ni los ingresos procedentes de la actividad asistencial ni los gastos asociados a estos forman parte del presupuesto de los Títulos Propios, aplicándose los límites establecidos en el artículo 65. La Clínica de Odontología propondrá, anualmente o por curso académico, en cualquier caso, siempre con anterioridad a la tramitación de los expedientes de gasto, para su aprobación a Consejo de Gobierno y Consejo Social, los precios a cobrar a pacientes. Asimismo, serán propuestos para su aprobación al Consejo de Gobierno los importes a percibir por el profesorado, así como la relación nominal de perceptores que van a impartir las prácticas clínicas. Artículo 104. Comisiones de servicio y conferencias ocasionales. 1. Los desplazamientos que por razón del servicio haya de efectuar el personal adscrito a los cursos y vinculado a esta UCM se regularán por lo dispuesto en el capítulo VI de las presentes normas. 2. La autorización de estas comisiones, cuando superen los quince días naturales, corresponderá al Vicerrectorado de Postgrado y Formación Continua, actuando el Director del curso, en las oportunas autorizaciones y liquidaciones, como responsable de los fondos. El resto de autorizaciones y la documentación será la que se establece en el capítulo VI de estas normas. 3. El personal no vinculado a la UCM que realice desplazamientos con cargo a los cursos, estará sujeto a los límites indemnizatorios establecidos en el RD 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio para aquellos que sean funcionarios públicos y al artículo 93 de estas normas para los empleados públicos no funcionarios y para los no vinculados con el sector público. 4. Si dentro de las actividades del curso se contemplara la realización de congresos, seminarios, ciclos de conferencias o conferencias ocasionales, con la participación de personal no incluido en la docencia del mismo, se aplicarán los límites y condiciones establecidos para las conferencias en el artículo 72.1 de estas Normas.
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Artículo 105. Liquidación de los cursos.
1. En los 30 días siguientes a la finalización del curso se remitirá al Servicio de Administración la cuenta de liquidación del presupuesto debidamente certificada por el Gerente o Administrador del Centro y el Director del Titulo Propio. 2. Desde la fecha de finalización del curso, se deberán justificar los gastos pendientes en un plazo máximo de dos meses. Los gastos pendientes de justificar no se incorporarán como crédito al curso siguiente. 3. Los remanentes que pudieran existir al finalizar los dos meses establecidos en el punto anterior se incorporarán al presupuesto de la UCM. A r t í c u l o 1 0 6 . C u r s o s d e f o r m a c i ó n c o n t i n u a , c u r s o s interfacultativos, cursos de universidades reunidas, Universidad de Mayores y otras enseñanzas similares no oficiales. 1. Los cursos no oficiales que no tengan la consideración de Títulos Propios de la UCM se regirán por las normas de gestión reseñadas en este capítulo, incluida la retención establecida para los Títulos Propios, actuando como centro gestor de los mismos el que promueva la realización del curso, salvo a la Universidad de Mayores, cuyo presupuesto de gastos no está vinculado directamente a los ingresos por matrícula o por subvenciones externas, sino que se aprueba dentro del Presupuesto anual de la UCM. 2. Los cursos de la Universidad de Mayores pasarán a gestionarse directamente por la UCM, con unidad gestora diferenciada. La gestión económica de esta actividad se rige por las normas generales. Las retribuciones asignadas al profesorado por la docencia en esta actividad, que no sirva para completar la dedicación habitual del profesorado, se aprobarán por la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno. Se les aplicará los mismos límites que al resto del profesorado, establecidos en el artículo 65 de estas normas. Artículo 107. Normas supletorias. En aquellas materias no reguladas en el presente capítulo se actuará según lo dispuesto en los anteriores, con excepción de las normas específicas de investigación.
CAPÍTULO VIII.‐ CENTROS DE ASISTENCIA A LA INVESTIGACIÓN
Artículo 108. Financiación. 1. Los centros de asistencia a la invest igación (CAI) se f inanciarán con los recursos que generen por los servicios que presten y/o por otros conceptos.
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2. Por la di rección del Centro, al comienzo de cada ejercicio económico, se comunicar á la previsión anual de ingresos y gastos al Servicio de Gestión Económica de Investigación y Centros. Artículo 109. Imputación presupuestaria de gastos. Los gastos se imputarán al Programa 3000 – Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología, aplicación 640.03 del Presupuesto de la UCM. Artículo 110. Gestión económica de los CAI. El Servicio de Gestión Económica de Investigación y Centros coordinará la gestión económica de los CAI y efectuará el seguimiento contable de los mismos, bajo la supervisión de la dirección competente, para lo cual:
a) Conocerá de los ingresos obtenidos por los distintos CAI. b) Recibirá, comprobará y tramitará todos sus gastos.
Artículo 111. Prestación de servicios a centros y usuarios internos de la UCM. 1. Cuando los servicios sean requeridos por personal vinculado a la UCM, el usuario deberá cumplimentar el impreso " petición de servicio " , en el que deberá constar:
a) Código del crédito al que se cargará el gasto. b) Conforme del titular de dicho crédito. c) Modalidad de pago conforme a los procedimientos de cargos internos o pagos en formalización.
2. Una vez prestado el servicio, el CAI procederá a su valoración, aplicando los precios unitarios aprobados, y entregará copia sellada de la liquidación al usuario, remitiendo el original y dos copias a la Sección de Centros de Asistencia a la Investigación. Artículo 112. Prestación de servicios al exterior. 1. Cuando los CAI presten servicios a personas físicas o jurídicas no vinculadas a la UCM, se expedirá factura conforme a la legislación vigente, previo pago del valor del servicio en la cuenta que se establezca al efecto. 2. En el plazo máximo de un mes a partir de la realización del trabajo, el CAI
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enviará copia de estas facturas a la Sección de Centros de Asistencia a la Investigación.
CAPÍTULO IX.‐ RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL O CONTABLE Y QUEBRANTO DE MONEDA
A r t ícu lo 113 . P roced imien to de ac tuac ión en caso de descubrimiento de hechos que generen quebranto de moneda o responsabilidad patrimonial o contable. 1. El quebranto de moneda, y los hechos que puedan generar responsabilidad patrimonial o contable se producen en ingresos y en gastos por varios y muy diferentes motivos:
a) Errores materiales de pequeño importe o pequeños hurtos (hasta 300 €). Se suelen manifestar a través de los arqueos de tesorería y de las conciliaciones de cuentas. A título de ejemplo: diferencias de cambios, billetes o monedas falsos, registro o pago erróneo, errores bancarios, etc. b) Errores materiales de mayor importe, hurtos (más de 300 €) y robos. Se suelen descubrir a través de arqueos y conciliaciones y a través de la fiscalización de cuentas y de documentos contables. Como ejemplo: los incluidos en el punto anterior por importe superior a los 300 €; anticipos a terceros por el suministro de bienes o la prestación de servicios que nunca llegan a realizarse; pagos indebidos con errores o inexistencia de retención de impuestos, teniendo que asumir la UCM el pago de éstos; hurtos de más de 300 € o robos, etc. c) Gestión irregular con negligencia o dolo, con apreciación de responsabilidad patrimonial, independientemente del importe o de la identificación o no de responsables. Son casos graves que pueden generar daños importantes en el patrimonio de la UCM y que revelan graves negligencias en la gestión, o posibles conductas delictivas del personal de la UCM a veces con apoyo de personas ajenas a ésta.
2. Identificados los problemas y calificados los hechos según la clasi f icación anterior, se actuará de acuerdo con el s iguiente procedimiento:
a) Si se producen pequeños quebrantos de moneda de los descritos en el punto 1 a) y no se ha conseguido averiguar la causa o el responsable del hecho ni se ha recuperado el importe del quebranto, tras solicitar autorización a la Vicegerencia de Gestión Económico ‐ Financiera, se regularizará contablemente como gasto o
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menor ingreso mediante el documento contable procedente con una memoria explicativa en la que se indicará cuándo y cómo se ha descubierto el quebranto, importe, período al que corresponde (fecha del anterior arqueo, fecha del expediente erróneo, etc.) en expediente singularizado, que se remitirá a Intervención. b) Si se producen quebrantos de moneda, por importe superior a 300€, de los descritos en el punto 1 b), o por acumulación de quebrantos de los descritos en el punto 1 a), y no se ha conseguido averiguar la causa o el responsable del hecho, tras solicitar autorización a la Vicegerencia de Gestión Económico ‐ Financiera, se procederá a la regularización contable según se indica en el punto 2 a).
El responsable administrativo de la unidad gestora remitirá una relación de los hechos a la Inspección de Servicios. Si el hecho fuera ocasionado por hurtos superiores a 300€ o por robos, rea l i zados por personal a jeno a la UCM, e l responsable administrativo de la unidad gestora correspondiente interpondrá denuncia ante la autoridad policial, dando cuenta a la Gerencia de la UCM, y procediéndose a la regularización contable, según se indica en el punto 1.
c) La autoridad o empleado público de la UCM que descubriere cualquier hecho relacionado con los puntos 1 a), 1 b) y 1 c) o con el artículo 233.1 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera, que pudiera generar responsabilidad patrimonial o penal, estará obligado a poner el hecho en conocimiento del responsable de la un idad gestora de la que dependa (gerente de cent ro , administrador, jefe de servicio o de unidad, etc.) con la mayor urgencia posible. La autoridad o responsable de la unidad gestora que, por sí mismo o por comunicación de un empleado público, tuviere conocimiento de algún hecho que pudiera generar responsabilidad patrimonial en empleados públicos de la UCM, lo remitirá urgentemente a la Inspección de Servicios y lo pondrá inmediatamente en conocimiento de la Gerencia de la UCM.
Simultáneamente con la incoación de expediente disciplinario por hechos que puedan generar responsabilidad patrimonial, el Rector, a propuesta de la Gerencia de la UCM, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 2/1982, del Tribunal de Cuentas, pondrá los hechos en conocimiento de este Tribunal.
Las acciones establecidas en los puntos 1. y 2. se llevarán a cabo sin perjuicio
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de la realización de las gestiones pertinentes encaminadas a la consecución de los derechos de la UCM, según se establece en el Título I, Capítulo I del Reglamento de Gestión Económica y Financiera.
CAPÍTULO X.‐ ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
Artículo 114. Retenciones de saldos presupuestarios. El Rector, a propuesta de la Gerencia, y según la ejecución del estado de ingresos o de gastos, podrá acordar la retención de saldos presupuestarios correspondientes a créditos no vinculados a ingresos afectados, incluida la retención para títulos propios y otras actividades formativas regulados en el capítulo VII de estas normas. Artículo 115. Retenciones de no disponibilidad. 1. Retenciones de no disponibilidad. Objetivo: garantizar la estabilidad presupuestaria. Excepcionalmente, en el marco de los objetivos a cumplir por la Universidad, se podrán efectuar retenciones de no disponibilidad sobre los créditos disponibles de gasto del Presupuesto ordinario del ejercicio 2015 para garantizar la estabilidad presupuestaria. Dicho acto necesitará aprobación previa del Consejo de Gobierno. 2. Retenciones de no disponibilidad. Objetivo: garantizar la necesidad, oportunidad, eficacia, eficiencia y motivación del precio del gasto. Exceptuando las Facultades, para 2015 se efectuará una retención de no disponibilidad inicial de los créditos de Capítulo VI – inversión nueva y reposición – del Presupuesto de los centros gestores, incluidos Títulos Propios, Formación Continua, Cursos Interfacultativos, cursos de Universidades Reunidas, Cursos para Extranjeros y otras actividades formativas similares no oficiales, equivalente al 100% de los mismos. Para poder proceder a cualquier adquisición o compromiso de gasto, que se vea afectada por dicha retención, será necesaria en todo caso la autorización previa de la Vicegerencia de Gestión Económico ‐ Financiera. Se excluyen de este funcionamiento y de la retención las adquisiciones que se realicen con cargo a proyectos y subvenciones de financiación externa que permitan la realización de este tipo de gastos como gastos elegibles de los proyectos y subvenciones.
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Artículo 116. Incorporaciones y liquidaciones de ingresos del ejercicio 2014 La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) en el último apartado de su artículo 12 obliga a que los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinen a reducir el nivel de deuda pública, por lo que en 2015 no va a haber liquidaciones ni incorporaciones de ingresos del ejercicio anterior, salvo la excepción referida en el artículo 20.3.a. DISPOSICIONES ADICIONALES Primera. Las cuantías relativas a contratación administrativa indicadas en estas normas podrán modificarse cuando se modifiquen las normas jurídicas en que se sustentan. Segunda. Cualquier modificación a las Normas de Ejecución, por cambios en la legislación económica o acuerdos del Consejo de Gobierno, se comunicarán mediante circulares operativas. Tercera. Estas Normas se complementarán con las circulares e instrucciones vigentes enviadas por el órgano de contratación. Cuarta. Se suprime el envío físico en papel de los documentos contables complementarios (ajustes de valor) de escasa cuantía, iguales o inferiores a 1,00 euros, de las fases de ejecución del gastos retención, autorización y compromiso, y sus fases mixtas desde centros a la Intervención, en aplicación del principio de economía procesal en el procedimiento y por motivos de ahorro de tiempo y costes. Asimismo, se suprime la generación, impresión y envío de índices de remisión de los citados documentos contables. Las tareas a realizar en el sistema de información contable, GENESIS, de autorización en workflow y contabilización de dichos ajustes de valor, se realizará de forma centralizada y periódicamente.
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ANEXO I. PRECIOS EN EUROS POR ALQUILER DE ESPACIOS, POR PLAZO INFERIOR A 30 DÍAS
IVA NO INCLUIDO
PARA OPOSICIONES PARA OTROS USOS - Por puesto - - Por intervalos -
Jornada Jornada Espacios Media
jornada completa Media
jornada completa Aula 1,90 3,30 160 - 2.500 280 - 4.375 Aula o laboratorio informático 15 25 400 - 2.500 700 - 4.375 Aula o laboratorio especializado 400 - 2.500 700 - 4.375 Salón o similar 1,90 3,30 560 - 3.500 980 - 6.125 Sala o similar 1,90 3,30 160 - 3.000 280 - 5.250 Seminario 1,90 3,30 160 - 1.500 280 - 2.625 Biblioteca o similar 560 - 3.500 980 - 6.125 Despacho 240 - 2.000 420 - 3.500 Consulta o Box de Clínica 160 - 1.000 280 - 1.750 Gabinete de Clínica 240 - 1.200 420 - 2.100 Laboratorio de Clínica 160 - 1.000 280 - 1.750 Sala de Clínica 240 - 900 420 - 1.575 Quirófano de Clínica 240 - 2.000 420 - 3.500 Museo o Colección 800 - 3.000 1.400 - 5.250 Plató / Plató con control 200 - 1.500 350 - 2.625 Estudio de radio o similar 175 - 800 305 – 1.400 Observatorio 480 - 3.000 840 - 5.250 Campo de deporte 640 - 3.000 1.120 - 5.250 Pista de deporte 560 - 2.500 980 - 4.375 Gimnasio 400 - 1.500 700 - 2.625 Piscina 400 - 2.000 700 - 3.500 Sala instalación deportiva 240 - 800 420 - 1.400 Otra instalación deportiva 240 - 600 420 - 1.050 Vestíbulo, pasillo, azotea, terraza, porche, patio o similar 280 - 3.000 490 - 5.250
Pabellón 1 (Facultad de Medicina) 900 - 5.000 1.575 - 8.750 Pabellón 8 (Facultad de Medicina) 1.200 - 7.000 2.100 - 12.250 Exterior de los Campus de Madrid y Moncloa 240 - 4.000 420 - 7.000
Exterior del Campus de Somosaguas 160 - 3.000 280 - 5.250
Espacios emblemáticos Media Jornada Jornada Salón de Actos Biblioteca Marqués de Valdecilla 600 - 2.000 1.050 - 3.500
Plaza Ramón y Cajal 500 - 5.500 875 - 9.625 Real Jardín Botánico Alfonso XIII 800 - 7.000 1.400 - 12.250 Paraninfo de San Bernardo 4.800 - 9.000 8.400 - 15.750 Museo del Traje 1.200 - 3.000 2.100 - 5.250 Gran Anfiteatro Ramón y Cajal de la Facultad de Medicina 1.200 - 2.500 2.100 - 4.375
Vestíbulos principales de la Facultad de Medicina 400 - 2.000 700 - 3.500
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CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LOS PRECIOS POR ALQUILER
1.- Los precios fijados para el caso de oposiciones habrán de multiplicarse por el número de puestos existentes en el espacio de que se trate, al margen del número de ellos que se utilicen. 2.- Los precios por alquiler de espacios establecidos con un intervalo se fijarán en función de las circunstancias que concurran en cada caso, dependiendo, entre otras, de las siguientes: de la actividad a realizar, de las condiciones en las que ésta se desarrolle, del espacio requerido para ello, de las características de éste y de la duración y frecuencia del alquiler. 3.- En el supuesto de celebración de conciertos o eventos con gran afluencia de público en espacios exteriores de la Universidad, el precio del alquiler oscilará entre un mínimo de 10.000 y un máximo de 80.000 €, por evento. 4.- En el supuesto de reparto de publicidad en papel en espacios de la Universidad, el precio del alquiler oscilará entre un mínimo de 50 y un máximo de 1.000 €, por reparto. 5.- El precio máximo por el alquiler de equipos que, no estando incluidos en el espacio solicitado, sean requeridos por el interesado, será de 3.000 €, fijándose su cuantía en función de las características del equipo de que se trate. 6.- Cuando un miembro de la comunidad universitaria solicite el alquiler de un espacio para el desarrollo de actividades ajenas a su condición, se le aplicará una reducción del 50% sobre la parte inferior del intervalo de los precios.
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ANEXO II
CUADRO RESUMEN DE LOS IMPORTE DE LA NORMATIVA DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
TIPOS DE
CONTRATOS
CONTRATO MENOR
NEGOCIADO
(AL MENOS TRES OFERTAS)
ABIERTO NO
ARMONIZADO (1) (PUBLICIDAD BOE)
ABIERTO ARMONIZADO (PUBLICIDAD BOE Y
DOUE)
OBRAS
Inferior a 50.000 €
Igual o superior
a 50.000 € e inferior a 1.000.000 €
Igual o superior a 1.000.000 € e
inferior a 5.168.000 €
Igual o superior A 5.168.000 €
SUMNISTROS Y
SERVICIOS
Inferior a 18.000 €
Igual o superior a
18.000 € e inferior a 60.000 €
Igual o superior a 60.000 € e inferior a 207.000 €(2)
Igual o superior a 207.000 €
Todas estas cuantías son sin IVA
(1) En la UCM se tramitan también por este sistema los contratos que el TRLCSP define como Negociados con Publicidad. (2) Los umbrales de publicidad para el Estado, en el caso de contratos de servicios y suministros, son inferiores a los que dispone el TRLCSP para las Comunidades Autónomas, Entidades Locales y resto de Administraciones Públicas, por lo que es necesario tenerlos en cuenta si se efectúan adquisiciones a través del Servicio Central de Suministros. En este caso, el importe es de 130.000 €
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ANEXO III
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INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN
Cumplimente los campos en el ordenador o con letra de imprenta. (1) Indique el sector: PDI, PAS o Becario. (2) Indique el tipo de centro de trabajo (facultad, instituto universitario, escuela
profesional, servicio o unidad) y, a continuación, el nombre del centro (ej.: Facultad de Filosofía).
(3) Indique Sí o No en función de si será necesario indemnizar gastos de inscripción. (4) Indique el medio de transporte principal: avión, autobús, barco, tren, vehículo
propio.
(5) En caso de no utilizar un transporte público o línea regular, especifique los motivos. Si el medio fuese vehículo particular, especifique, además, marca y matrícula del vehículo.
(6) Indique el responsable firmante: el director de departamento, el gerente del
centro, el administrador o, en todo caso, el responsable de la Unidad Docente o Administrativa superior de la que dependa el comisionado.
(7) Indique el responsable por delegación de la autorización: el Decano, el
Vicerrector, el Gerente de la UCM.
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ANEXO IV
PLAN INVERSIONES 2015
OBRA IMPORTE 2015 FINANCIACION FAC. FISICAS. 3º MODIFICADO ALA OESTE Y CENTRAL (Edificio
General) 3.243.800,86 UCM
FAC. FISICA 3º MODIFICADO ALA OESTE Y CENTRAL (TALLERES) 147.306,94 INVESTIGACIÓN
COMPLEMENTARIO FAC. FISICAS ALA OESTE Y CENTRAL 455.881,49 UCM
HOSPITAL CLINICO VETERINARIO 213.329,80 UCM
SANEAMIENTO CANTARRANAS 164.000,00 UCM
552.366,36 UCM
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y TRANASF. (PABELLÓN 8) 400.000,00
CAMPUS EXCELENCIA
EDIFICIO MULTIUSOS. OBRA LICENCIA ACTIVIDAD (MARIA ZAMBRANO) 702.283,29 UCM
EDIFICIO MULTIUSOS - MARIA ZAMBRANO FASE 2 - SOTANO 1 474.000,00 UCM
EDIFICIO MULTIUSOS - MARIA ZAMBRANO FASE 2 - SOTANO 2 1.476.000,00 UCM
FAC. OPTICA. REFORMA LABORATORIOS 937.829,00 INVESTIGACIÓN
CC.MM. ADECUACION AULARIO PENDIENTE PROYECTO UCM
PERI COLECTOR SOMOSAGUAS. SANEAMIENTO 200.000,00 UCM
ILUMINACION CAMPOS DEPORTIVOS 200.000,00 PATROCINIO
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