Caso Práctico. P Procesal (Nulidad de Cédula en Puerta de Edificio)

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CASO PRÁCTICO (Nulidad) El Sr. Alfredo López demandó a Marcelo Cantero por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal admitió la acción y ordenó correr traslado de la demanda. El Oficial Notificador concurrió con la correspondiente cédula y el traslado de la demanda al domicilio del demandado, sito en calle Chile N° 140, piso tercero, departamento A. Al llegar al domicilio advirtió que en el edificio no existe buzón, sino que sólo se encuentra en la pared de la entrada un portero eléctrico. Tocó el timbre correspondiente y fue atendido por la esposa del Sr. Cantero, quien recibió la cédula y el traslado, manifestando que su esposo vive allí. El demandado presentó su defensa en el expediente y la causa continuó su trámite. A fs. 20, el Tribunal dictó el auto de admisión y sustanciación de pruebas. El Oficial Notificador concurrió nuevamente al domicilio del demandado y volvió a tocar el timbre, pero nadie lo atendió. Tocó el timbre que tenía la leyenda "encargado" y tampoco fue atendido. No obstante, en ejercicio de las facultades previstas por el art. 70, apartado IV, llamó a dos personas que pasaban por la vereda e introdujo la cédula por debajo de la puerta de entrada al edificio. El demandado no diligenció sus pruebas. Llamados autos para alegar, la notificación se realizó en la persona del demandado, quien atendió el timbre. Luego se dictó la sentencia, la que fue notificada al demandado en la misma forma que el auto de sustanciación. CONSIGNA:

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caso práctico sobre la nulidad de cédula en puerta, derecho procesal civil de 2º año

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En Monte Coman, Mza, a los siete das de marzo de dos mil tres, siendo la hora once, comparecen a este Juzgado los ciudadanos

CASO PRCTICO (Nulidad)

El Sr. Alfredo Lpez demand a Marcelo Cantero por daos y perjuicios derivados de un accidente de trnsito. El Tribunal admiti la accin y orden correr traslado de la demanda. El Oficial Notificador concurri con la correspondiente cdula y el traslado de la demanda al domicilio del demandado, sito en calle Chile N 140, piso tercero, departamento A. Al llegar al domicilio advirti que en el edificio no existe buzn, sino que slo se encuentra en la pared de la entrada un portero elctrico. Toc el timbre correspondiente y fue atendido por la esposa del Sr. Cantero, quien recibi la cdula y el traslado, manifestando que su esposo vive all. El demandado present su defensa en el expediente y la causa continu su trmite. A fs. 20, el Tribunal dict el auto de admisin y sustanciacin de pruebas. El Oficial Notificador concurri nuevamente al domicilio del demandado y volvi a tocar el timbre, pero nadie lo atendi. Toc el timbre que tena la leyenda "encargado" y tampoco fue atendido. No obstante, en ejercicio de las facultades previstas por el art. 70, apartado IV, llam a dos personas que pasaban por la vereda e introdujo la cdula por debajo de la puerta de entrada al edificio. El demandado no diligenci sus pruebas. Llamados autos para alegar, la notificacin se realiz en la persona del demandado, quien atendi el timbre. Luego se dict la sentencia, la que fue notificada al demandado en la misma forma que el auto de sustanciacin.

CONSIGNA:

1.- Existe algn acto anulable?, en caso afirmativo determine cul es y cundo se debera interponer, o haber interpuesto, la nulidad. 2.- Cul es el remedio procesal que correspondera si existiera nulidad.-