Charla sobre testamento vital
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Charla sobre Testamento Vital
Por María Benítez, presidenta DMD Catalunya
Morir bien… es decir, morir como uno quiere, requiere resolver un conflicto: Nuestra relación con la muerte.
Jugamos con el término morir… por ejemplo, “morir de risa”
Pero cuando hablamos en serio, la sonrisa desaparece y pasamos página.
Es un tema que nos angustia.
No sabemos cuándo vamos a morir, pero sí sabemos que sucederá.
Un aspecto que preocupa especialmente, es el sufrimiento físico.
No sufrir, ni durante la vida, ni durante el proceso de abandonar ésta.
Dentro del marco legal actual, se puede morir bien, y para alcanzar el máximo confort en ese momento, tenemos a nuestro alcance un documento llamado VOLUNTADES ANTICIPADAS.
Es fácil de realizar y es gratuito.
Este documento, está dirigido al médico responsable en ese momento en que lo presentamos.
Es un documento, que expresa las instrucciones a tener en cuenta en el caso de NO poder expresarnos verbalmente.
Requisitos en el momento de realizarlo: Ser mayor de edad, tener plena lucidez y realizarlo de forma libre y hacer peticiones amparadas por la ley.
Contenido
Pueden contener además de las instrucciones médicas en torno al cuidado de nuestro cuerpo en relación a temas sanitarios, el deseo de donar los órganos, dar el cuerpo a la ciencia, ser incinerado… etc. Y el nombrar un representante para que sea nuestra voz.
Amparo Legal:
Convenio Europeo de Biomedicina y Derechos Humanos (art. 9)
Ley 41/2020 Básica del Estado (art.11)-Leyes autonómicas
Cartas de Derechos y Deberes de ususarios de la sanidad.
Valor Ético
El Documento de VVAA es un instrumento para hacer
respetar nuestros valores y deseos en situación de máxima vulnerabilidad.
Valor Jurídico
Los profesionales médicos deben dar cumplimiento, de no ser así los tribunales pueden dar amparo a la defensa.
La eficacia: Hay que entregarlo al centro de salud al médico de cabecera, a todos los médicos con los que
tengamos relación entrono a nuestra salud, al representante, a la familia y además registrarlo en el registro administrativo de la Generalitat.
Ventajas de registrarlo: Cualquier médico de la red sanitaria social, podrá acceder porque figurará en la historia clínica del paciente.