Check List Mineria 132

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APLICA CUMPLE SI NO SI NO Existe comité paritario de higiene y seguridad Existe proyecto de plan de cierre Existe plan de cierre temporal Existe reglamneto interno de Obras criticas Existe el libro registro, foliado y con copias, llamado “Libro del SERNAGEOMIN”, El comité paritario de higiene y seguridad, ejerce las facultades de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia Optimas condiciones de obras viales ligadas directamente con una faena minera. Se informó el inicio o reinicio de las obras o actividades previamente por escrito al Servicio. Previo al inicio de sus operaciones, la empresa minera presento al Servicio, para su aprobación, el método de explotación o cualquier modificación mayor al método aceptado Cuenta con autorizacion del Servicio para electrificar mina Se mantiene sistema documentado de procedimietos de operación tipo de fuente radiactiva trabajos especificos La empresa minera cuenta con la autorización previa del Servicio para electrificar su mina operaciones criticas trabajo trabajos, deberán regirse primeramente por las normas técnicas especificadas en este Reglamento, luego por las aprobadas por los competentes Organismos Nacionales y en subsidio, por aquellas normas técnicas internacionalmente aceptadas. Todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones e insumos, deberán tener sus especificaciones técnicas y de funcionamiento en idioma español necesarias para garantizar la vida e integridad de los trabajadores propios y de terceros, como así mismo de los equipos, maquinarias, e instalaciones, estén o no indicadas en este Reglamento.

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APLICA CUMPLESI NO SI NO

Existe comité paritario de higiene y seguridad

Existe proyecto de plan de cierreExiste plan de cierre temporal

Cuenta con autorizacion del Servicio para electrificar minaExiste reglamneto interno de Obras criticas

Existe el libro registro, foliado y con copias, llamado “Libro del SERNAGEOMIN”,

El comité paritario de higiene y seguridad, ejerce las facultades de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia

Optimas condiciones de obras viales ligadas directamente con una faena minera.

Se informó el inicio o reinicio de las obras o actividades previamente por escrito al Servicio.

Previo al inicio de sus operaciones, la empresa minera presento al Servicio, para su aprobación, el método de explotación o cualquier modificación mayor al método aceptado

Se mantiene sistema documentado de procedimietos de operaciónSe adoptan las normas establecidas por la Comisión Chilena de energía nuclear para todo tipo de fuente radiactivaSe capacita debidamente los trabajadores para sus trabajos especificos

La empresa minera cuenta con la autorización previa del Servicio para electrificar su minaExiste reglamento interno especifico de las operaciones criticasSe capacita a los trabajadores sobre el método y procedimiento para ejecutar correctamente su trabajo

Las Empresas mineras, para la ejecución de sus trabajos, deberán regirse primeramente por las normas técnicas especificadas en este Reglamento, luego por las aprobadas por los competentes Organismos Nacionales y en subsidio, por aquellas normas técnicas internacionalmente aceptadas.

Todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones e insumos, deberán tener sus especificaciones técnicas y de funcionamiento en idioma español

La Empresa minera debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad de los trabajadores propios y de terceros, como así mismo de los equipos, maquinarias, e instalaciones, estén o no indicadas en este Reglamento.

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Será deber de la Empresa Minera, proporcionar en forma gratuita a sus trabajadores los elementos de protección personal adecuados a la función que desempeñen, debidamente certificados por un organismo competente

Las líneas de mando de las empresas deberán incorporar en sus programas la revisión periódica del estado de los elementos de protección personal y verificar su uso por parte de los trabajadores, quienes están obligados a cumplir las exigencias establecidas en el reglamento interno de la empresa, en lo concerniente al uso de dichos elementos.

Toda empresa minera con cien (100) o más trabajadores deberá contar en su organización con un Departamento de Prevención de Riesgos, el que deberá ser dirigido exclusivamente por un Experto Categoría “A” o “B”, calificado por el Servicio

Las empresas mineras, dentro de los primeros 20 días siguientes al inicio de sus trabajos, deberán enviar al Servicio, sus planes y programas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales.

Toda Empresa Minera deberá realizar evaluaciones anuales del cumplimiento de dichos planes y programas.

Estos planes y programas deben contener como mínimo actividades necesarias para detectar condiciones y acciones subestandar y capacitación del personal.

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OBSERVACIONES

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De las Obligaciones de los Trabajadores

APLICA CUMPLESI NO SI NO OBSERVACIONES

Artículo 38

Artículo 39

Artículo 40

Artículo 41

obligación de cada uno de los trabajadores respetar y cumplir todas las reglas que le conciernen directamente o afecten su conducta, prescritas en este Reglamento y en otros internos de la faena minera, o que se hayan impartido como instrucciones u órdenes.

Toda persona que tenga supervisión sobre los trabajadores, deberá exigir el cumplimiento de tales reglas o instrucciones

La Empresa minera deberá disponer de los medios necesarios para que tanto los trabajadores como los supervisores cumplan con estas exigencias

es obligación de todo trabajador verificar, al inicio de su jornada de trabajo, el buen funcionamiento de los equipos, maquinarias y elementos de control con que deba efectuar su labor.

verificará el buen estado de las estructuras, fortificación, materiales y el orden y limpieza del lugar de trabajo.

Está estrictamente prohibido presentarse en los recintos de una faena minera, bajo la influencia de alcohol o de drogas.

Prohíbese la introducción, distribución y consumo de bebidas alcohólicas y/o drogas en los recintos industriales de las empresas mineras y todo juego de azar con apuestas de dinero o bienes de cualquier especie

Se prohíbe a los trabajadores, cuya labor se ejecuta cerca de maquinarias en movimiento y/o sistemas de transmisión descubiertos, el uso de elementos sueltos susceptibles de ser atrapados por las partes móviles.

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Normas Generales

APLICA CUMPLESI NO SI NO OBSERVACIONES

Artículo 42

Artículo 44

Artículo 45

Artículo 47

Sólo podrán conducir vehículos y maquinarias motorizadas, tanto livianos como pesados, las personas que, expresamente, la Administración de la faena haya autorizado

El personal designado deberá ser debidamente capacitado sobre la conducción y operación del móvil que debe conducir.

Cada cuatro años debe establecerse un examen Psico-senso-técnico riguroso e ineludible para los chóferes que renuevan su carné interno

Para choferes de equipo pesado, los que transporten personal, u otros que determinen las empresas, el examen Psico-senso-técnico será anual.

Todo vehículo o maquinaria que pueda desplazarse, como camiones, equipos de movimiento de tierra, palas, motoniveladoras, cargadores, equipos de levante y otros, deberán estar provistos de luces y aparatos sonoros que indiquen la dirección de su movimiento en retroceso, y en el caso de las Grúas Puente, en todo sentido

El personal encargado del movimiento de materiales pesados, mediante el uso de equipos mecanizados, deberá recibir un entrenamiento completo sobre el equipo que usará para su labor incluido capacidades, resistencia de materiales, y toda otra información necesaria.

Los lugares donde exista riesgo de caídas de personal a distinto nivel deberán estar provistos de protecciones adecuadas en todo su contorno.

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Artículo 48

Artículo 49

Artículo 50

Artículo 51

Artículo 52

Los senderos en altura para tránsito de personas deberán llevar barandas o cables de acero u otro material resistente, afianzados a las rocas de las cajas, pilares u otro lugar seguro.

Será responsabilidad de la empresa minera tapar o cercar y advertir sobre los piques, tanto en actividad como fuera de servicio, que lleguen a superficie o niveles de interior mina.

En todo trabajo que se ejecute en altura, donde exista el riesgo de caída a desnivel, o bien al borde de aberturas se deberá utilizar cinturón y/o arnés, con su respectiva cuerda de seguridad, debidamente afianzada a un lugar estable.

La Administración de la faena minera deberá disponer de los medios, planes y programas para la mantención de todas las instalaciones, equipos y maquinarias que se utilicen en una mina

Se prohíbe usar gasolina, parafina, benzol o cualquier solvente que libere gases tóxicos o inflamables para la limpieza de herramientas, maquinarias u otros elementos en el interior de las minas subterráneas

Previo a efectuar la mantención y reparación de maquinarias o equipos se deben colocar los dispositivos de bloqueos y advertencia, que serán retirados solo por el personal a cargo de la mantención o reparación, en el momento que ésta haya terminado.

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Artículo 53

Artículo 56

Artículo 57

Artículo 58

Artículo 60

Antes de que sean puestos nuevamente en servicio, deberán colocarse todas sus protecciones y dispositivos de seguridad y someterse a pruebas de funcionamiento que garanticen el perfecto cumplimiento de su función.

Si por cualquier razón, una persona debe introducir en el interior de una máquina su cuerpo o parte de él, la maquinaria deberá estar completamente bloqueada, desenergizada e inmóvil, enclavada de tal manera que no pueda moverse y lesionar a dicha persona o a otro

Todo sistema de transmisión de movimientos deberá estar convenientemente protegido para evitar el contacto accidental con personas.

Las protecciones de seguridad son diseñadas y construidas de tal manera que impidan el acceso hasta la zona peligrosa de cualquier parte del cuerpo humano.

Las protecciones se identifican a través de los respectivos códigos de colores según las normas nacionales o internacionales aceptadas

Las faenas mineras disponen de medios expeditos y seguros, para el acceso y salida del personal desde cualquier parte de ellas. Estos deberán ser mantenidos en forma conveniente

Para facilitar la circulación, los caminos, senderos y labores deberán mantenerse en buenas condiciones y debidamente señalizadas

Se mantienen actualizado planos de las faenas

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