CLASE 1

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CURSO : TÍTULOS VALORES PROFESOR : Abogado: Víctor Luis Gutiérrez Gutiérrez E-mail : [email protected]

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principios cartulares

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CURSO: TÍTULOS VALORES

PROFESOR:

Abogado: Víctor Luis Gutiérrez Gutiérrez

E-mail: [email protected]

Precisiones:

Tolerancia de ingreso y registro: 10 minutos

Evaluaciones:

Examen parcial:Examen final:

2 Prácticas 2 Controles de lecturaTrabajo EscritoExposición

Intervenciones

Bibliografía:

BEAUMONT CALLIRGOS, Ricardo: Comentarios a la nueva Ley de Títulos Valores.

MONTOYA, Ulises. Comentarios a la Ley de Títulos Valores.

Ley de Títulos Valores, Ley N° 27287

1. Objeto de estudio

2. ¿Cuáles conoce?

3. ¿Para qué sirven?

FUNCIÓN ECONÓMICA DE LOS TÍTULOS VALORES

“Es el principal aporte del Derecho Comercial a la economía moderna. La vida económica sería incomprensible sin los títulos valores” (Tullio Ascarelli).

Función típica

y común

1. PRINCIPIOS DEL DERECHO CARTULAR

a) PRINCIPIO DE INCORPORACIÓN

a) PRINCIPIO DE INCORPORACIÓN

El documento sólo asume carácter de título valor cuando en él se encuentra incorporado un derecho en favor del tenedor del título y a cargo de quien suscribe el título.

b) PRINCIPIO DE CIRCULACIÓN

Contrato de Préstamo de Dinero

Conste por el presente contrato que suscriben....

Por el presente, el señor ... entrega en calidad de préstamo al señor ... la suma de S/. 5,000.00.Dicha suma será devuelta ...

S/. 5,000.00

b) PRINCIPIO DE CIRCULACIÓN

Destino circulatorio.

Puede permanecer en poder de su titular original.

Puede ser limitada.

c) PRINCIPIO DE LITERALIDAD

Los términos en que está redactado el título determinan el contenido, alcances y el modo de ejercicio de los derechos.

Ni acreedor ni deudor podrán invocar acciones o derechos diferentes a los expresados en el título.

PRINCIPIO DE LITERALIDAD Y HOJA ADHERIDA (Art. 4)

Requisito para validez de la hoja adherida

¿Si no se cumple?

pero subsiste ...

d) PRINCIPIO DE FORMALIDAD

Los títulos valores deben cumplir los requisitos señalados en la ley (sólo se fijan por ley).

La ley distingue entre requisitos esenciales y no esenciales.

¿Si no se cumple un requisito esencial?

e) PRINCIPIO DE AUTONOMÍA

A B C D E F G

La posición jurídica de las partes y los derechos que se transfieren en las sucesivas relaciones cambiarias generadas por la circulación del T-V son independientes entre sí.

Opera a favor del tenedor adquiriente de buena fe, quien resulta ser titular de un derecho propio, que no es el de su antecesor o antecesores.

f) PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN

La posesión del título valor es el medio para legitimarse.

LEGITIMACIÓN ACTIVA

exigir la prestación al deudor, otransferir válidamente el título.

Puede solicitar la prestación por la sola posesión del título, sin que necesite demostrar su propiedad.

LEGITIMACIÓN PASIVA

El deudor se libera cumpliendo la prestación al legitimado activo, aun si desconoce que no es el titular del derecho.

Sólo está obligado a la prestación (pago) contra la presentación y entrega del título.

g) PRINCIPIO DE ABSTRACCIÓN

Ciertos títulos valores no incorporan la causa que les dio origen.

Los títulos valores no tienen historia.

2. CONCEPTO DE TÍTULO VALOR

Creación histórica en el siglo XIX de las escuelas alemana e italiana.

SAVIGNY : “incorporación”

BRÜNNER: “literalidad”

JACOBI: “legitimación”

VIVANTE: ...

“documento necesario para ejercer el derecho

literal y autónomo contenido en el mismo”

1895

“Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.”

Art. 619 del Código de Comercio (Colombia)

“Los títulos valores son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna.”

Art. 1 del Decreto Ley de Títulos Valores n° 14.701 (Uruguay)

“O título de crédito, documento necessário ao exercício do direito literal e autônomo nele contido, somente produz efeito quando preencha os requisitos da lei.”

Art. 887, Código Civil de Brasil.

“Son títulos de crédito, los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.”

Art. 5°, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (México).  

“Son papeles valores todos los títulos a los que se les incorpora un derecho de tal manera que sea imposible darle valor a este, o transferirlo, independientemente del título.”

Art. 965°, Código de las obligaciones (Suiza).  

Documento literal y autónomo, que contiene la promesa unilateral del deudor de efectuar una prestación a favor del poseedor que así lo exija, y que está destinado a circular y observar los requisitos de ley.

Esta obligación es vinculante, irrevocable, no recepticia.

3. CARÁCTER DOCUMENTAL DE LOS TÍTULOS VALORES.MATERIALIZACIÓN - DESMATERIALIZACIÓN

En el derecho común, ¿cómo se representan los derechos u obligaciones?

En el derecho común, ¿cómo se representan los derechos u obligaciones?

Medio empleado históricamente hasta la fecha ...

En los T-V el derecho se incorpora al documento, convirtiéndose en el derecho mismo.

MATERIALIZACIÓN

VALORES MATERIALIZADOS

Constan en soporte físico (usualmente papel), y se hallan sometidos a las vicisitudes de dicho soporte.

LA MATERIALIZACIÓN

LA DESMATERIALIZACIÓN

Valores representados en soportes electrónicos

VALORES DESMATERIALIZADOS

Efectos jurídicos similares a valores materializados

CRISIS DE LOS TÍTULOS VALORES

Instituciones y principios derivados de documentos, no resultarían aplicables a valores desmaterializados.

4. CAMPO DE APLICACIÓN DE LA LEY

Publicación

Vigencia

Artículo 277.- Aplicación de la Ley

     277.1 La presente Ley es de aplicación a los valores que se regulan en ésta, cualquiera que fuere el soporte en el que consten, ya sea en títulos o mediante representación por anotación en cuenta; así como a los que por norma legal posterior puedan crearse, salvo disposición legal expresa distinta o se haga reserva, limitación o exclusión.     277.2 Los títulos valores cuya emisión esté autorizada por leyes especiales, igualmente se regirán por la presente Ley, en todo aquello que no resulte incompatible con ellos.     

VALORES MATERIALIZADOS (Art. 1)

PARA SER Y GOZAR EFECTOS DE T-V

SUBSISTEN EFECTOS DEL ACTO QUE DIO LUGAR A SU:

ORIGEN,EMISIÓN,

TRANSFERENCIA

PERO

- CONTENIDO PATRIMONIAL;- DESTINADO A LA CIRCULACIÓN (PACTO EN CONTRA O FALTA DE CIRCULACIÓN = ...);- CUMPLIR REQUISITOS FORMALES ESENCIALES

SI NO LOS CUMPLE

VALORES DESMATERIALIZADOS (Art. 2)

PARA GOZAR EFECTOS DE T-V

REPRESENTARSE POR ANOTACIÓN EN CUENTA Y REGISTRARSE ANTE UNA ICLV (EN EL PERÚ, LA ÚNICA ICLV ES ...

ESTA INSCRIPCIÓN PRODUCE EFECTOS DE EMISIÓN.

ACTUALMENTE, PODRÍAN

DESMATERIALIZARSE T-V DE EMISIÓN NO

MASIVA

CREACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES (Art. 3) Vinculada a los principios de ...

V.E.C. (CONASEV)V.P.A. (Ley 28055) F.N. (Ley Nº 29623) B.H.C. (Ley Nº 29637)

SE CREAN POR

LEY

NORMA LEGAL DISTINTA

(CON AUTORIZACIÓN)

SBSCONASEV

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PRACTICA N° 1

1° “(...) por el principio de ...................... los Títulos Valores son documentos (...), debiendo estar redactados conforme a la Ley de la materia (...) por lo que la falta o defecto de los requisitos que establece la Ley lo convierte en ineficaz” 2° “(...) principio de ......................., en virtud del cual el texto del documento determina los alcances y modalidad de los derechos y obligaciones contenidos en el documento o, en su caso, en hoja adherida a él. Así, la precisión de los derechos ahí contenidos permite identificar al título y determinar al obligado, la naturaleza del objeto de la pretensión prometida y al beneficiario” 3° “(...) el principio de ....................... significa que la posición jurídica de las partes y los derechos que se transfieren en la serie de relaciones cambiales generales por proceso de circulación de un título valor son independientes entre sí”. 

4° “(...) Que, los títulos valores se rigen además por el principio de ……………………, en virtud del cual queda establecido que los cheques, letras, pagarés u otro título de naturaleza similar son instrumentos en los cuales no es necesario - ab initio - referirse ni discutir el origen de la obligación”. 5° “(...) Por el principio de .......................... el derecho patrimonial se representa en el título”  6° “(...) Al respecto, es menester señalar que la letra de cambio, como la adjuntada en autos a fojas cuatro, se rige por los principios de .………….………….... y ………………………. A través del primer principio se establece que sólo lo que resulta de los términos en que está redactado el título determina el contenido, los alcances y modo de ejercicio de los derechos cartulares contenidos en el mismo, y por el segundo, que cada persona que interviene en el título valor resulta vinculada por una relación que se independiza de las demás, es decir, que el derecho cartular queda fijado en cada uno de los sucesivos propietarios en forma originaria.”.