CLASES DE ACTOS JURIDICOS
description
Transcript of CLASES DE ACTOS JURIDICOS
![Page 1: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/1.jpg)
CLASES DE ACTOS JURIDICOSAbg. Wilver Caballero Condori
Docente UAC
![Page 2: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/2.jpg)
SEGÚN EL NUMERO DE MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD
1.- Unilaterales: Cuando para su formación basta la declaración de voluntad de una persona o parte.
2.- Bilaterales: Cuando para su formación se requiere de las declaraciones de voluntad de dos partes distintas.
3.- Plurilaterales: Según Aníbal Torres son los que proceden de mas de dos partes.
![Page 3: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/3.jpg)
POR LA EFICACIA DEL ACTO JURIDICO EN VIDA O MUERTE DEL AUTOR
1.- Inter Vivos: O entre vivos, son aquellos cuya eficacia no pende de la muerte del autor del acto.
2.- Mortis Causa: Denominado de actos de ultima voluntad, son aquellos que para que produzcan efectos es necesario que se produzca la muerte del sujeto que lo llevaba a cabo.
![Page 4: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/4.jpg)
POR EL BENEFICIO PARA QUIENES EJECUTAN EL ACTO JURIDICO
1.- Gratuitos: Son aquellos que benefician exclusivamente a una sola de las partes.
2.- Onerosos: Son aquellos de los cuales se derivan ventajas para ambas partes.
![Page 5: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/5.jpg)
POR LA SUBORDINACION A UNA MODALIDAD
1.- Puros: O simples son aquellos que producen sus efectos de inmediato y sin limitaciones, constituyendo la regla general.
2.- Modales: Son aquellos cuyos efectos están subordinados a una modalidad (condición, plazo y modo).
![Page 6: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/6.jpg)
POR EL CONTENIDO PATRIMONIAL
1.- Patrimoniales: Son aquellos con los que se producen relaciones jurídicas con contenido económico.
2.- Extrapatrimoniales: O de índole personal, generan relaciones jurídicas personales, no susceptibles de apreciación pecuniaria.
![Page 7: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/7.jpg)
POR SU SUBSISTENCIA POR SI MISMO
1.- Principales: Son aquellos que subsisten por si mismos, sin necesidad de otro acto que les sirva de sustento o de apoyo.
2.- Accesorios: Son aquellos que para poder subsistir necesitan de un acto principal que les sirva de sustento o de apoyo, al cual acceden.
![Page 8: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/8.jpg)
POR LA FORMALIDAD
1.- Formales: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, se dividen en:
1.1. Solemnes: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, cuya inobservancia acarrea la nulidad del acto jurídico.
![Page 9: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/9.jpg)
POR LA FORMALIDAD
1.2. No Solemnes: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, cuya inobservancia no acarrea la nulidad del acto jurídico.
2.- No Formales: Son aquellos para los que la ley no ha previsto ninguna formalidad.
![Page 10: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/10.jpg)
POR SU REGULACION
1.- Nominados: O típicos, son aquellos que por su trascendencia socioeconómica se encuentran regulados por la ley.
2.- Innominados: O atípicos, son aquellos que pese a no estar contemplados por el legislador, pueden adquirir existencia jurídica en aplicación del principio de la autonomía privada.
![Page 11: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/11.jpg)
POR SU SUBORDINACION AL ALEA
1.- Conmutativos: Son aquellas cuyas prestaciones se conocen desde el momento mismo de su celebración.
2.- Aleatorios: O riesgosos, porque las prestaciones no se conocen desde el momento de su celebración porque están sujetos al alea.
![Page 12: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/12.jpg)
POR EL MOMENTO DE EJECUCION DE LAS PRESTACIONES
1.- De ejecución instantánea: cuando las partes cumplen con ejecutar sus prestaciones en el momento mismo en que es perfeccionado.
2.- De ejecución diferida: Cuando las partes postergan el cumplimiento de sus obligaciones para un momento ulterior.
![Page 13: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/13.jpg)
POR EL MOMENTO DE EJECUCION DE LAS PRESTACIONES
3.- De tracto sucesivo: Cuando las obligaciones de las partes o de una de ellas, se desenvuelve a través de un periodo mas o menos prolongado, en forma continuada o periódica.
![Page 14: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/14.jpg)
POR LA TRADICION
1.- Consensuales: Son los actos bilaterales o plurilaterales no formales, que se perfeccionan con el simple consentimiento de las partes.
2.- Reales: Son aquellos que se perfeccionan con la entrega del bien.
![Page 15: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/15.jpg)
POR LAS PRESTACIONES
1.- Con prestaciones unilaterales: Una sola de las partes es la que se obliga a ejecutar una prestación a favor de la otra.
2.- Con prestaciones reciprocas: Son aquellos en los cuales ambas partes se obligan a ejecutar una prestación a favor de la otra.
![Page 16: CLASES DE ACTOS JURIDICOS](https://reader036.fdocuments.co/reader036/viewer/2022082613/56815225550346895dc06bf4/html5/thumbnails/16.jpg)
POR LA FACULTAD DE DISPOSICION
1.- De administración: El administrador solamente tiene el uso, goce, conservación y explotación del patrimonio que se le ha entregado.
2.- De disposición: Son aquellos con los cuales se modifica sustancialmente el patrimonio entregado porque se transfiere la propiedad de los bienes o porque se gravan.