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CURSO: PERSONAS Y DERECHOS REALES Ensayo sobre la codificación En México. ALUMNO: LESLY DE ATOCHA REQUENA JHONSON MTRO. OSCAR TUN CAAMAL. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN FACULTAD DE DERECHO

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UNIVERSIDAD AUTNOMA DEL CARMENFACULTAD DE DERECHO

CURSO: PERSONAS Y DERECHOS REALES

Ensayo sobre la codificacinEn Mxico.

ALUMNO:

LESLY DE ATOCHA REQUENA JHONSON

MTRO. OSCAR TUN CAAMAL.

16 OCTUBRE DE 2014

INTRODUCIN

Sabemos bien que la codificacin empez unos aos muy atrs de nuestra existencia como hasta este momento donde ya tenemos nuevas leyes y cdigos los cuales nos rigen hasta hora.

La codificacin es uno de los sucesos jurdicos que ms importancia ha tenido a travs de la historia del desarrollo del derecho, sin bien este tipo de actividad ya la haban desarrollado desde la antigedad, como lo podremos ver en el desarrollo del trabajo, la mayora de las civilizaciones, son quizs los romanos por su culto al derecho los que inician con esta tradicin, aunque, quizs no deben dejar de lado el desarrollo del derecho de los germnicos, ya que segn algunos tuvieron cdigos ms antiguos que los romanos.

En Derecho, es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas y principios jurdicos. Que gracias a esos inicios de la antigedad todo ha cambiado hacer reformado de una manera que ha beneficiado a nuestro mundo para tener un estado de orden en totalidad para todo el mundo si lo vemos de esa manera, ya que varios en la antigedad tuvieron una manera de obtener sus leyes recargadas en alguna pasa.

En Mxico la tarea codificadora se vea como la organizacin de una legislacin sencilla y filosfica de la cual surgen diversos y actuales leyes que establecen los servidores pblicos y la tarea del gobierno de regular y establecer parmetros sobre las diversas organizaciones que hoy en da se pueden llamar empresas.

La codificacin fue el resultado de todo lo que dejaron los romanos y los germanos obteniendo as una recopilacin y basados en ella se pudo dictar nuevas leyes, las que nos rigen de manera estable.

La historia legal europea, se ha llamado la poca de la codificacin dio inicio en el siglo XVIII, con sus primeros proyectos y alcanza su mximo apogeo en el siglo XIX. En pocas antiguas como la romana se conoca el CODEX, que haca referencia a doce pequeas tablas de madera enceradas sobre las cuales se escriba, atadas unas a otras de tal forma que semejaban un cuaderno, esta palabra desde el siglo IV era con la que se dirigan a los cdigos Gregoriano, Hermogeniano, Teodosiano y al de Justiniano.

La etimologa de la palabra es caudex, tronco de rbol o corteza. Libro manuscrito antiguo realizado sobre pergamino o sobre papel y lujosamente encuadernado. Las hojas de los cdices son cosidas.

Segn Vctor Tau Anzotegui Cdigo es un sistema lgico de normas universales, aplicables a travs de un silogismo obtenido racionalmente de la realidad", seala adems que la cultura del cdigo.

Es el movimiento codificador. Surgi en el mundo en el siglo XIX. Pero este movimiento tuvo algunos antecedentes, como lo fueron las Leyes de Manu.

El cdigo puede ser estudiado de estas maneras: Es Orgnica, porque las leyes que la integran forman un todo, en el cual las partes se hallan dispuestas guardando consonancia y armona. Es Sistemtica porque todas disposiciones que lo componen se hallan ordenadamente relacionadas entre s. Es Completa por que debera contener todas las normas de una misma especie, vigentes en un determinado momento histrico.

El Derecho Civil ha evolucionado a lo largo de la historia, este va de la mano con la posicin de los hombres en sociedad y en cada poca.

Las normas civiles han ido de acuerdo a la circunstancia, y su contenido ha sido determinado por las cambiantes econmicas, polticas, sociales, culturales, etc. De cada lugar y momento histrico, claro est que este siempre ha conservado en su evolucin en el tiempo, un seguimiento hasta en la actualidad, que permite que ciertos fenmenos jurdicos se desarrollen regulndolos.

Esta denominacin de derecho civil proviene desde lo que es la antigua Roma, significando ius: derecho creado por los hombres y civiles se haca referencia a los ciudadanos romanos.La tarea codificadora es una legislacin sencilla a la vez y filosfica, donde sin perder de vista a los luminosos principios de derechos romano se desenvuelven los naturales.

La codificacin se consideraba a necesaria a efectos de hacer ms rpida, ms enrgica y ms eficaz la accin de la justicia, de ah que se considere que su falta era uno de los grandes males de los que adoleca la sociedad mexicana en 1862. Exista si, la conciencia de que la codificacin no poda ser obra de uno o dos aos, como efectivamente sucedi, por ms diestras que sean las manos a que se les haya encargado siempre tendra un fin para tomar esas decisiones que los llevaran a crear distintos aspectos de la codificacin.

Cabe destacar que los autores de la codificacin no se proponan realizar una obra ni copiar algn modelo extranjero, su labor primordial consiste en recoger y reformular el derecho castellano, sin embargo pudieron lograr una buena construccin de lo que se llama codificacin.

La codificacin significo la creacin de una igualdad formal de la sociedad, sin poder borrar una desigualdad material existente en la antigedad.

El cdigo y codificacin, en los pases de tradicin romano-cannica obtuvieron desde el siglo XVIII un significado en especial, se pretenda encuadrar los derechos naturales del hombre, frontis al poder pblico por medio de la elaboracin de constituciones y cdigos.La codificacin se realiz con el fin de que las normas ya legisladas en cada jurisdiccin, fueran ms claras y especficas, hechas en cdigo.

En el movimiento codificador existieron varias familias por lo tanto no puede ser contemplado como un todo homogneo, los rasgos comunes como la sociedad que se basaba en la razn, la libertad y voluntad nacional deba asegurar en un cuerpo jurdico los derechos del ser humano.

El resultado de la codificacin son los cdigos, los cuales son cuerpos legales sistemticos, redactados con la tcnica legislativa ms depurada.

La codificacin por lo general es encargada a una comisin de jurisconsultos para que redacten el Cdigo.

Cuando recin aparecieron los Cdigos modernos o contemporneos (es decir, en el siglo XVIII), la codificacin fue rechazada por la Escuela Histrica del Derecho, porque se pens que los Cdigos eran definitivos y que por ello no permitiran el desarrollo del derecho (tesis que no prosper).

Podemos afirmar que el derecho que ms ha evolucionado es el derecho codificado

El derecho ha evolucionado ms en las ramas del derecho comercial que han seguido el sistema legislativo de las leyes especiales, en tal sentido el derecho comercial ha evolucionado ms en las siguientes ramas: derecho cartular o derecho cambiario, derecho societario, derecho burstil, derecho de quiebras que ahora lo conocemos como derecho concursal entre otras ramas del derecho comercial. Adems es necesario precisar que al momento de legislar se debe elegir la codificacin slo para las ramas del derecho que se encuentran ms desarrolladas, sin embargo, esto no quiere decir que todas las ramas del derecho que se encuentran ms desarrolladas se encuentran codificadas o se deben codificar, porque para llegar a la codificacin el derecho debe evolucionar lo suficiente y tambin por que al momento de legislar la codificacin es un sistema de legislar al igual que el sistema de legislar de las leyes especiales. Es decir, la codificacin es una tcnica de legislar que no debe ser utilizada en todas las ramas del derecho, sino slo en algunas ramas del derecho.

Ya en la edad moderna, se utiliza la palabra cdigo, que son las leyes promulgadas por el poder pblico y que se refieren a todo un sistema completo de la legislacin sobre una materia determinada. El codificar es juntar en un solo ordenamiento, todo lo referente a una rama de la prctica jurdica.

La consecuencia de la codificacin fue la desaparicin de la unidad jurdica europea, que era el ius comunes, reemplazndolo gradualmente por el nacionalismo legal que tomo la forma de codificacin. Los cdigos fueron adoptados en la mayora de los pases del continente europeo a mediados del siglo XVIII, fueron los cdigos nacionales en gran medida la unificacin de la ley en el interior de cada uno, escritas en su propio idioma ya que con anterioridad si recordamos se utiliz un idioma comn que era el latn, levantando con esto grandes y nuevas barreras para los sistemas legales de las diversas naciones.

La codificacin obedeci a dos factores importantes el poltico y el ideolgico, pero adems el factor de simplificar y unificar el derecho vigente, que se encontraba perdido en la multiplicidad legislativa que haba en los pases de Europa continental, buscaban un nuevo orden legal, con preceptos que les diera soluciones a todos los casos posibles, esta caracterstica fue la que la distingue de otras leyes de pocas anteriores, que solo buscaban organizar el derecho vigente.

Podemos entender entonces que los cdigos ya eran creados partir de los romanos y germnicos que ellos fueron los primeros en tener en cuenta sobre crear leyes o cdigos donde se estableciera una manera para tener sometida a las personas y quienes no tomaran como requisito importante esto en su manera de vivir serian castigados bajo la ley que ya regia entre ellos en aquel entonces.

De alguna manera Puede afirmarse de manera certera que la historia de la codificacin civil en Mxico inicia con la constitucin federal de 1824. La constitucin de 1824 implemento por primera vez en Mxico la forma del Estado Federal y la forma de gobierno republicana.

El federalismo instituido por el ordenamiento supremo habilito a los estados de la republica a expedir sus propias leyes y el sistema de distribucin de competencias les permiti legislar en materia civil.

Las labores para la expedicin de una normativa propia en materia civil solo fueron realizadas por algunos estados, mientras que la mayora sigui bajo el rgimen del virreinato.

Oaxaca logr terminar la obra y promulgo su cdigo en tres libros durante un lapso comprendido entre 1827 y1829. Zacatecas pblico su cdigo para discusin en 1829 lamentablemente nunca entro en vigor. Jalisco solo pblico el proyecto de la primera parte de su cdigo sin embargo tampoco lo hizo entrar en vigor, mientras Guanajuato se limit a expedir una convocatoria para premiar la mejor propuesta de un cdigo. Sobre las fuentes de los cdigos y proyectos citados, Mara del Refugio Gonzales explica en su libro historia del derecho mexicano que los Estados tuvieron a la vista el cdigo civil Francs, el ejemplo ms claro a ojos del jurista chileno Alejandro Guzmn Brito, el cdigo de Oaxaca es la tremenda influencia del code napolen pues es una copia de este. Restauracin del rgimen federalista, proyecto de justo sierra y el cdigo civil del imperio mexicano.

Cuando recin aparecieron los Cdigos modernos o contemporneos (es decir, en el siglo XVIII), la codificacin fue rechazada por la Escuela Histrica del Derecho, porque se pens que los Cdigos eran definitivos y que por ello no permitiran el desarrollo del derecho.

La codificacin puede ser de dos clases: codificacin parcial y codificacin total. La codificacin parcial es cuando en un Cdigo se regula slo una parte de la rama del derecho regulada. La codificacin total es cuando en un Cdigo se regula total e ntegramente la rama del derecho regulado. Es decir, que cuando en una rama el derecho se encuentra codificado el cdigo no siempre regula toda una rama del derecho sino que algunas veces regula toda una rama del derecho y otras veces regula slo una parte de una rama o institucin del derecho.

El derecho se divide en diversas ramas, sin embargo, los cdigos no existen en todas las ramas del derecho, en tal sentido el derecho se clasifica en dos grupos que son los siguientes: derecho codificado y derecho no codificado. Se denomina derecho codificado a las normas que se encuentran agrupados en un cdigo como el Cdigo Civil, Cdigo Penal, Cdigo Procesal Civil, Cdigo de Procedimientos Penales, Cdigo Procesal Constitucional, entre otros. Se denomina derecho no codificado a las normas que no se encuentran agrupadas en un cdigo. Pero teniendo en cuenta que la codificacin puede ser parcial, en una misma rama del derecho puede existir derecho codificado y derecho no codificado

Conclusin

El resultado de la codificacin son los cdigos, los cuales son cuerpos legales sistemticos, redactados con la tcnica legislativa ms depurada.

Todo esto se le atribuye a los antiguos antepasado que gracias a ellos podemos tener un cogido que rige en nuestra actualidad favoreciendo as nuestra vida diaria ya que sin ellos sera un caos en la sociedad.