Codigo de Convivencia Tomas Sevilla

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1. DATOS INFORMATIVOS

Nombre de la institucin educativa:

CENTRO EDUCATIVO TOMS SEVILLACDIGO AMIE:

18H00328Ubicacin geogrfica:

Zona

: TRESDistrito

: N 001Circuito

: C0

Provincia

: Tungurahua

Cantn

: Ambato

Parroquia

: UnamunchoDireccin

: Unamuncho CentroTelfonos

: 2476237Zona Geogrfica

: Rural

Tipo de Institucin Educativa : Sostenimiento

: FiscalFinanciamiento

: Fiscal

Rgimen

: Sierra

Jornada

: Matutina

Niveles Educativos que tiene la Institucin: EDUCACIN INICIAL GRUPO DE 4 AOS

EDUCACION BSICA:

Educacin General BsicaNmero de estudiantes

Mujeres 136Hombres 155Total

291Nmero de docentes

Mujeres 13

Personal de Servicio :1

Integrantes del Gobierno Escolar Directiva del Concejo estudiantil:Presidenta

: Mnica Patricia Manobanda Guangasi

Vicepresidenta

: Angela Jazmn Mora Toro

Secretario

: Ricardo Moposita MasabandaTesorero

: Pal Chato Guangasi

Primer Vocal Principal: Joselyn Manobanda Guangasi

Segundo Vocal Principal: Ronald Masabanda Moposita

Primer Vocal Suplente: Anabel Alexandra Supe Toapanta

Segundo Vocal Suplente: Alex Fabricio Jaque Manobanda

Direccin de la institucin educativa:

Directora Encargada

: Lic. Representante Estudiantil

: Mnica Patricia Manobanda GuangasiRepresentante de Padres de Familia: Abg. Klever Caguana

Representante de Profesores : Dra. Fanny Villafuerte

Direccin de la Institucin

: Unamuncho Centro Email: [email protected]. VISIN

En los prximos cinco aos, seremos una institucin lder en educacin en la Parroquia Unamuncho, una institucin transparente, flexible, actualizada, de calidad, que facilite y medie el proceso de construccin de los aprendizajes, en un ambiente de confraternidad, con un modelo crtico constructivista en la que sus educandos desarrollen y potencien el pensamiento lgico, matemtico, verbal y creativo, con una motivacin permanente con el que practique su responsabilidad, solidaridad, honestidad, hacindole un ente reflexivo, libre en valores y crecimiento emocional.

3. MISIN

Formamos estudiantes de Educacin General Bsica, con elevado nivel acadmico, eminentemente crticos, con valores educativos, culturales, cvicos, morales e investigativos, fundamentados en procesos cientficos y pedaggicos, comprometidos con los requerimientos del mundo social y laboral, demostrando un pensamiento lgico crtico y creativo en el anlisis y resolucin de problemas de la vida cotidiana para insertarse en la sociedad.4. ANTECEDENTES. El Centro de Educativo Toms Sevilla, es una institucin educativa, ubicada en la provincia de Tungurahua cantn Ambato, Parroquia Unamuncho que brinda servicios educativos a los niveles de educacin inicial, y Educacin bsica.

De conformidad a lo estipulado en el acuerdo Ministerial N 332-13 del 06 de septiembre de 2013 suscrito por Dr. Augusto Espinoza Ministro de Educacin, que dispone en su artculo 3 , que todas las instituciones educativas pblicas del Sistema Nacional de Educacin construyan su Cdigo de Convivencia institucional de conformidad con la metodologa sealada en la Gua. Inicia la construccin participativa del Cdigo para la Convivencia armnica Institucional, que rene los principios de los derechos humanos, y se ha construido desde un espacio de participacin, reflexin y accin con la comunidad educativa, con un nuevo horizonte y hacia el cual queremos orientar los esfuerzos educativos y formativos de todos los integrantes de nuestra institucin, esperando que el respeto a este instrumento sirva de referencia comn para el obrar de los estudiantes, padres de familia, docentes y representantes, para lograr construir un ambiente de sana convivencia exigente y alegre que permita a los estudiantes formarse integralmente.5. JUSTIFICACIN El Cdigo de Convivencia es necesidad prioritaria de la comunidad educativa para asegurar la convivencia de sus actores, respeto de sus roles e intereses, que comparten un espacio, un tiempo y un proyecto educativo comn.

Este documento tiene plena justificacin por ser un "pacto social regulatorio", que implica la construccin colectiva de normas mediante un proceso racional, consciente y democrtico en el que los derechos, los deberes y las responsabilidades se acepten y se cumplan en el marco del respeto.

El Cdigo de Convivencia debe privilegiar, por lo tanto, prcticas de deliberacin, solidaridad, autorregulacin y participacin en la toma de decisiones y en la solucin colectiva e institucional de los conflictos.

Por esto, en esta propuesta se exalta el valor del dilogo, donde prevalezca la intencin de reflexionar sobre la propia praxis y sus consecuentes fallas, dentro de un clima de tolerancia, consenso, consulta, participacin y honestidad con miras a generar las mejores opciones para el buen vivir. 6. FUNDAMENTOS DEL CDIGO DE CONVIVENCIA

El presente Cdigo de Convivencia del Centro Educativo Toms Sevilla tendr como fundamentos rectores que permitan lograr una convivencia armnica:

Educacin para el cambio.- Una educacin liberadora con el xito emancipador, constituye un cambio positivo y transformador, donde podamos tener estudiantes crticos, reflexivos y sobre todo participativos, generadores del cambio social, formando estudiantes que a ms de demostrar sus destrezas acadmicas, sean entes productivos y sobre todo verdaderos seres humanos.

Libertad.- Una escuela es ante todo una asociacin entre padres asociados y docentes asociados. Los padres esperan de los docentes que estos instruyan a sus hijos y completen su educacin con el mismo espritu que preside en aquella que se les da en familia, por lo tanto consideramos a la verdadera libertad como la autonoma y el pleno ejercicio de sus libertades, basados en los principios ticos y morales. Por ende los estudiantes sern guiados para que sepan discernir entre lo bueno y lo malo, y vivan una verdadera libertad dentro y fuera de la institucin.

El enfoque de derechos.- El objetivo de este enfoque es integrar en las prcticas del desarrollo, los principios ticos y legales inherentes a los derechos humanos, donde se aplicarn mecanismos apropiados de proteccin y exigibilidad basados en la responsabilidad, reconocimiento y sobre todo el respeto a las diversidades, manteniendo un marco de libertad, dignidad y equidad social.

Educacin para la democracia.- En las instituciones educativas debe predominar un espritu de democracia participativa, en los que se respeten los derechos humanos, lo mismos que fueron legados por nuestros antepasados, una verdadera educacin debe tener las herramientas necesarias para lograr que los estudiantes sean promotores de la verdadera democracia y vivan en un ambiente de paz y cordialidad .

Comunidad de Aprendizaje.- Es un proceso de inter aprendizaje que reconoce a la sociedad como un ente que aprende y ensea bajo la interaccin de sus actores sociales, en donde primen los principios del dialogo, intercambios de saberes dentro del marco socio cultural.

Participacin ciudadana.- Se concibe a las instancias de organizacin estudiantil e institucional como parte fundamental en la planificacin, gestin rendicin de cuentas en los asuntos inherentes al mbito educativo y a la toma de decisiones.

Cultura de paz y solucin de conflictos.- Se resalta a la educacin como derecho fundamental del ser humano, orientado a construir una sociedad justa y equitativa, digna y soberana bajo la finalidad de prevenir, tratar y resolver pacficamente los conflictos institucionales.

Equidad e Inclusin.- Se orienta a asegurar el acceso, permanencia y culminacin del proceso educativo a todas las personas sin distincin de ninguna clase.

Escuelas Saludables y Seguras.- Se orienta bajo los objetivos de la poltica para lograr y garantizar que la institucin se construya en un espacio saludable, detectando as el inter-aprendizaje en los miembros de dicha comunidad.

El principio de convivencia armnica.- Se visualiza la educacin bajo el principio rector de formulacin de acuerdos de convivencia armnica y compromisos para lograr un ambiente favorable entre todos los actores sociales de la comunidad educativa.

7. OBJETIVO GENERAL:

Garantizar a travs del cdigo de convivencia el ejercicio de derechos de los estudiantes a fin de contar con ambientes seguros y saludables para el aprendizaje, y facilitar la convivencia armnica mediante la participacin y cumplimiento de compromisos de todos los actores de la comunidad educativa en el marco de los derechos humanos y el buen vivir.

7.1 OBJETIVOS ESPECFICOS

Fortalecer la prctica de valores, normas y acuerdos construidos democrticamente entre todas/os los miembros de la comunidad.

Aprender y fortalecer prcticas de vida que ayuden a la convivencia armnica.

Permitir la resolucin pacfica de conflictos que se presenten.

Cumplir con el derecho de las personas a desenvolverse en un entorno enriquecedor que fomente el buen trato, el respeto a las diferencias de todo tipo y a la creacin de una cultura de paz y dilogo.

Mostrar formas no violentas de intervencin y trabajar en la prevencin de problemas dentro de la institucin educativa.8. ACUERDOS Y COMPROMISOSMATRIZ ACUERDOS Y COMPROMISOS DE LOS DOCENTES

mbitoDimensionesAcuerdosCompromisos

1.Respeto y responsabilidad del cuidado y promocin de la salud1.1.Prctica permanentes para fortalecer hbitos de higiene personal por parte de los miembros de la comunidad educativa1.1.1.Fortalecer la formacin de hbitos de higiene personal de los estudiantes1.1.2.Desarrollar prcticas permanentes de cepillado y aseo de manos todos los das

1.1.2. Establecer normativas para hacer cumplir el uso y mantenimiento correcto del Uniforme con los Padres de familia y estudiantes1.1.2.1. Socializar y entregar por escrito la normativa sobre el correcto uso del uniforme tercera semana Enero tercera semana de enero estudiantes

1.1.2.2. Vigilar y corregir permanentemente el uso correcto del uniforme, llamando la atencin verbalmente y por escrito a los estudiantes y padres de familia que sus hijos incumplan

1.1.3.Implementar y adecuar en todas las aulas de ambientes de aseo1.1.3.1.. Coordinar la implementacin de los rincones de Aseo en cada aula Segunda semana de Enero

1.1.4.Realizar charlas sobre aseo personal1.1.4.1. Solicitar al personal de Sub-centro se dicten charlas sobre la importancia del aseo personal en la salud y las consecuencias del desaseo.

1.1.5.Coordinar el mantenimiento peridico a la cisterna de agua

1.1.5.1.Solicitar al seos auxiliar de servicios la limpieza de la cisterna 3 veces al ao

1.1.5.2.Enviar oficios a EMAPA solicitando la dotacin de tanquero de agua potable

1.1.5.3. Tramitar con el colector la compra de cloro y pintura antioxidante.

1.1.6. Adecuacin de una bodega para los implementos de aseo del Auxiliar de servicios.1.1.6.1. Recoger y ubicar los materiales dispersos de cultura fsica e implementos de aseo para ubicarlos en la bodega.

1.1.6.2.Gestionar la construccin de una bodega con los padres de familia tercera semana de diciembre,

1.2.Desarrollo de estrategias para mejorar los hbitos de alimentacin de todos los actores de la comunidad educativa1.2.1. Difundir el valor nutricional de los productos agrcolas del entorno a las madres de familia1.2.1. Casa abierta segunda semana de Abril . Director. Docentes.- Distribuir los temas

1.2.2. Controlar la reparticin y consumo del desayuno escolar en todos los grados de la Institucin.1.2.2.1. Repartir la colada a los estudiantes. Docentes

1.2.2.2.Controlar que tomen la colada

1.3.Actividades implementadas y ejecutadas por la Institucin para prevenir el uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas1.3.1. Romper enraizados paradigmas en sexualidad que se contraponen a las corrientes actuales1.3.1.1. Asistir a charlas de sexualidad con personal capacitado

1.3.1.2. Hacer crculo de estudio sobre el tema, con una visin actual

1.4.Institucionalizacin de la educacin para la sexualidad integral frente a la prevencin del embarazo en adolescente y de la ITS-VIH y SIDA1.3.2.Realizar con ms continuidad la presentacin de peridicos murales incluyendo temas de sexualidad sana (prevencin de embarazos, ITS y SIDA)1.3.2.1.Presentar peridicos murales de acuerdo a las fechas del calendario cvico y actividades especiales

1.3.2.2.Realizar el peridico Novedades novedades y ms novedades

1.3.2.3.Concientizar a los estudiantes sobre el respeto y cuidado de los trabajos de los peridicos murales, controlar los peridicos murales

2.Respeto y cuidado del medio ambiente2.1.Acciones implementadas por la institucin para el manejo de desechos slidos2.1.1.Organizacin y rotulacin de basurerosClasificacin y rotulacin de basureros comisin de ornato, director Agosto del 2014

2.1.2.Generalizar la campaa de reciclaje y reutilizacin de materiales, para toda la Institucin2.1.2.1.Proyeccin de videos sobre la importancia de reciclar

2.1.2.2.Exposicin de trabajos e invitacin a los padres de familia y comunidad para que asistan a exposicin

2.2.Acciones implementadas por la Institucin para el ahorro de Energa2.2.1. Hacer cumplir las acciones para el ahorro de energa a docentes y estudiantes 2.2.1.1 Rotular con mensajes lexicales y grficos para colocar en los interruptores y llaves del agua Primera semana de enero

2.2.1.2. Concurso interno de dibujo sobre el ahorro de energa

2.2.2. Incumplimiento de acuerdos y no existencia de normativas para el ahorro de energa en los docentes.2.2.2.1.Socializar las normas para el ahorro de agua y luz en la institucin

2.3.Acciones implementadas por la Institucin para ornamentacin, forestacin y reforestacin.2.3.1.Incrementar plantas y espacios ornamentales en lugares estratgicos.

2.3.1 Dividir en sectores a la institucin y comprometer a cada grado para el cuidado de una zona.tercera semana de diciembre.

2.3.2. Normar el horario y distribucin de los recreos, para evitar la destruccin de las plantas y zonas de ornamentacin.2.3.2.1. Realizar dos horarios de recreo de acuerdo a la edad y nivel de los estudiantes.

3.Respeto y cuidado responsable de los recursos materiales y bienes de la Institucin educativa3..1.Prcticas permanentes sobre el cuidado y uso de los recursos materiales propios y de la Institucin3.1.1. Constatar los bienes materiales por cada ao lectivo.3.1.1.1. Entregar los inventarios por cada grado Tercera semana de diciembre

3.1.1.2.Solicitar al Sr. Colector de la Red la constatacin de los bienes

3.1.2. Aplicar sanciones de acuerdo al artculo 330 literal 3 de la LOEI3.1.2.1. Levantar informes en caso de comportamientos indebidos de estudiantes o profesores profesor de grado o dirigentes

3.1.2.1. Entregar los informes a la autoridad, dirigente y representantes de los estudiantes. Responsable el profesor de grado o dirigente

3.1.2.2. Aplicar las sanciones prevista en la ley en caso de ser requerido. Autoridad.

3.2.Formas de utilizacin de los equipos e implementos de la Institucin3.2.1.Establecer Normas, reglas y responsables en el manejo de los equipos e implementos de la Institucin3.2.1.1. Elaborar las normas y reglas para el correcto uso de laboratorios y equipos. Director y docentes

- Agosto del 2014

Difundir a los estudiantes y padres de familia, Comisin de promocin y veeduras normas Septiembre 2014

3.3.Acciones que apoyan al cuidado y uso de las instalaciones fsicas de la Institucin3.3.2.Rotular la institucin con mensajes positivos sobre el cuidado y uso de las Instalaciones3.3.2.1. Elegir con los estudiantes mensajes para rotular la institucin Septiembre 2014. Docente

3.3.2.2. Elaborar y colocar los rtulos en el plantel Cuarta semana de septiembre. Docentes

4.Respeto entre todos los actores de la comunidad educativa4.1.Normas de comportamiento entre los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios como aulas, espacios de recreacin deportiva y baos, transporte, bares y comedores escolares entre otros.4.1.1. Practicar con el ejemplo el saludo al ingreso de los estudiantes.

4.1.1.2. Saludar a los estudiantes, padres de familia, docentes y miembros de la comunidad. Todos los das en turnos. Consejo Ejecutivo, Docente

4.1.2.Incrementar letreros que incentiven el respeto y buen comportamiento de los estudiantes

4.1.2.1. Elaborar los letreros. Octubre, 2014. Aseo y ornato y docentes

4.1.2.2. Colocar los letreros. Octubre 2014

4.2.Procedimientos utilizados por la Institucin, para resolver los conflictos entre los actores de la comunidad educativa4.2.1. Aplicar las normas, consejos y enseanza de capacitaciones recibidas.

4.2.1. Elaborar hojas informativas sobre normas de comportamiento. Consejo Ejecutivo y Comisin de Promocin y veedura

4.2.2.Entregar en sesiones y crculos de estudio

4.2.2.Elaborar el manual de convivencia

4.2.2.1. Organizar las mesas de trabajo

4.2.2.2. Elaborar el Cdigo de convivencia

4.2.2.3. Socializar y Difundir el Cdigo de Convivencia.

5.Libertad con responsabilidad y Participacin estudiantil5.1.Formas de participacin de todos los estudiantes dentro de los espacios e instancias institucionales5.1.1. Mejorar el desenvolvimiento y participacin de nuestros estudiantes5.1.1.1.Planificar las actividades de participacin

Comisin de Deportes, Comisin asuntos sociales y profesores Especialidad. Consejo Ejecutivo

Planificacin en la tercera semana de Enero

5.1.1.2. Preparar con tiempo a nuestros estudiantes

Docentes

5.2.Mecanismos internos para garantizar la participacin de los estudiantes en los mbitos contemplados en la normativa educativa y constitucional5.2.1.Planificar y organizar eventos que permitan el libre desenvolvimiento de los estudiantes en el mbito cientfico, cultural y deportivo5.2.1.1.Organizar y realizacin concurso internos de dibujo y Campeonato mayo

Dibujo.- Junio del 2014

Lectura Comprensiva Diciembre del 2014

5.3.Acciones establecidas por la institucin para fortalecer la construccin de ciudadana en actividades deportivas, culturales, cientficas y sociales de los estudiantes.5.3.1.Organizar eventos deportivos, culturales5.3.1. Organizar un Concurso interno de dibujo

5.3.2. Organizar un concurso de redaccin

5.3.3.Organizar un campeonato de indor con las madres de familia

6.Respeto a la Diversidad6.1.Respetar la diversidad, tnica, cultural y social6.1.1.Reforzar la campaa de valores en toda la InstitucinProyeccin de video que resalten los valores docentes por niveles. 1 por parcial .- Primera semana de febrero.- junio segunda semana de junio. Docentes.

MATRIZ DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DE PADRES DE FAMILIAmbitoDimensionesACUERDOSCOMPROMISOS

1.Respeto y responsabilidad del cuidado y promocin de la salud1.1.Prcticas permanentes para fortalecer hbitos de higiene personal por parte de los miembros de la comunidad educativa1.1.1. Coordinar con el sub-centro de salud sobre el cuidado de la salud para la ayuda de nuestros hijos.

1.1.2. Incrementar en las aulas los artculos de aseo. (Papel higinico y toallas jabn).1.1.3Orientar a nuestros hijos sobre el respeto de pertenencias de utensilios y tiles de aseo personal de otros estudiantes y de la institucin.1.1.1.1.Solicitar mediante oficios la ayuda del Dr. Moya sobre la inmediata atencin medica de los estudiantes en casos de emergencia, con compaa de un adulto

1.1.1.2. Gestionar con Sub-centro de salud un oftalmlogo para la revisin ocular.1.1.2. Adquirir y proveer materiales de aseo como jabn, toallas y lavacaras en cada ao de educacin bsica.

1.4 Asistir a las charlas de capacitacin establecidas en la institucin y difundir en sus hogares.

1.2.Desarrollo de estrategias para mejorar los hbitos de alimentacin de todos los actores de la comunidad educativa1.2.1. Mejorar e incrementar los ingredientes para el desayuno escolar. 1.2 Colaborar econmicamente para la adquisicin de ms ingredientes para el desayuno escolar.

1.2.2.Control de alimentos del bar Y de ventas ambulantes alrededor del plantel mediante oficios.1.1 Conversar y enviar oficio con la vendedora de mote para el aseo de alimentos.

1.2 Conversar y enviar oficio a la Sra. del Bar para que no venda juguetes y golosinas

1.3.Actividades implementadas y ejecutadas por la Institucin para prevenir el uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas1.3 Tratar de ganar confianza para hablar de sexualidad.1.3 Dialogar sobre la sexualidad y los cambios fsicos en la etapa de la adolescencia.

1.4.Buscar estrategias para hablar de sexualidad, edad y tiempo.

1.5.Ensearle del valor del amor y del cuidado del cuerpo1.4 Controlar el acceso de los estudiantes a sitios web inadecuados en el internet en la bsqueda de informacin de sexualidad.

1.4.Institucionalizacin de la educacin para la sexualidad integral frente a la prevencin del embarazo en adolescente y de la ITS-VIH y SIDA1.4 Participar en la enseanza de sexualidad y prevencin de embarazo y enfermedades a sus hijos.1.4 Asistir a charlas de capacitacin

2.Respeto y cuidado del medio ambiente2.1 Acciones implementadas por la institucin para el manejo de desechos slidos2.1 Gestionar para la adquisicin de basureros como eco tachos para el cuidado del medio ambiente.2.1 Realizar los trmites en el Municipio

2.2.Acciones implementadas por la Institucin para el ahorro de Energa2.2 Reforzar la enseanza del ahorro de agua y luz.Colaborar con las enseanza de la Institucin, reforzando en la casa .

2.3.Acciones implementadas por la Institucin para ornamentacin, forestacin y reforestacin2.3 Dotar de plantas y macetas en la institucin.

Donar plantas para adecuar el Plantel

3.Respeto y cuidado responsable de los recursos materiales y bienes de la Institucin educativa3.1.Prcticas permanentes sobre el cuidado y uso de los recursos materiales propios y de la Institucin3.1 Ensear a respetar y conservar los bienes de la institucin.

3.1.Divulgar informacin sobre el cuidado de bienes de la institucin.

3.2.Formas de utilizacin de los equipos e implementos de la Institucin3.2 Rotular la institucin sobre el cuidado de los implementos de la institucin. Colaborar con la elaboracin de rtulos

3.3 Acciones que apoyan al cuidado y uso de las instalaciones fsicas de la Institucin3.3Rotular la institucin con mensajes positivos del cuidado de las instalaciones fsicas de la institucin.

4.Respeto entre todos los actores de la comunidad educativa4.1Normas de comportamiento entre los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios como aulas, espacios de recreacin deportiva y baos, transporte, bares y comedores escolares entre otros.4.1 Vigilar y controlar las conductas de los nios.

Asistir frecuentemente a la institucin para conocer la actitud de los nios.

4.2.Procedimientos utilizados por la Institucin, para resolver los conflictos entre los actores de la comunidad educativa4.2 Aplicar sanciones correctivas dentro del hogar.

Realizar actas compromisos por los daos fsicos y psicolgico ocurridos en conflictos.

Poner ms nfasis en las reacciones de nios y adolescentes para la resolucin de conflictos.

Gestionar para la adquisicin de un psiclogo para la institucin.

5.Libertad con responsabilidad y Participacin estudiantil5.1.Formas de participacin de todos los estudiantes dentro de los espacios e instancias institucionales5.1 Ensear a los estudiantes sobre el proceso de eleccinColaborar con el trabajo de Consejo Estudiantil

5.2.Mecanismos internos para garantizar la participacin de los estudiantes en los mbitos contemplados en la normativa educativa y constitucional5.2 Asistir y participar en los actos democrticos de los estudiantes.5.2 Solicitar se nos informe de los procesos electorales en la institucin.

5.3. Acciones establecidas por la institucin para fortalecer la construccin de ciudadana en actividades deportivas, culturales, cientficas y sociales de los estudiantes.5.3 Incentivar la participacin de todos los padres de familia en las actividades de la institucin.5.3 Re Presentar planes y proyectos de trabajo transparentes y claros

6.Respeto a la Diversidad6.1.Respetar la diversidad, tnica, cultural y social6.1 Sensibilizar a tratarse con respeto.Organizar charla sobre valores

MATRIZ DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES

mbitoDimensionesAcuerdos

Los estudiantes acuerdanCompromisos

Los estudiantes se comprometen a

1. Respeto y responsabilidad del cuidado y promocin de la salud1.1.Prctica permanentes para fortalecer hbitos de higiene personal por parte de los miembros de la comunidad educativa1.1.3. Cuidar el aseo y presentacin permanente del uniforme.1.1.3. Asistir correctamente uniformados y aseados

1.1.3. Cuidar nuestra salud y nuestro cuerpo.1.1.1.Asistir a charlas y chequeos mdicos

1.1.2.Practicar tres veces diarias, sobre cepillado de dientes

1.134. Aportar para la compra abastecimiento de agua purificada en botellones, en cada aula

1.2.Desarrollo de estrategias para mejorar los hbitos de alimentacin de todos los actores de la comunidad educativa1.1.2.Compartir a nuestros compaeros y comunidad sobre la Alimentacin saludable y el contenido nutritivo para el aprovechamiento de los alimentos del entorno

A travs de casas abiertas y exhibicin de peridicos murales1.1.2. Colaborar con la realizacin y el desarrollo de casas abierta y exposicin de peridicos murales

1.1.2.Consumir alimentos nutritivos y no comprar golosinas y comida chatarra.

1.2.2. Controlar la reparticin y consumo del desayuno escolar en cada ao de la Institucin.1.2.2.1.Consumir el desayuno escolar

1.2.2.2. Solicitar que no se den granola ni galletas de barra cereal en el desayuno escolar, porque son muy duras

1.3.Actividades implementadas y ejecutadas por la Institucin para prevenir el uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas1.3.1. Socializar en el plantel, las campaas contra el uso de drogas

1.4.1.Gestionar con Consejo Estudiantil la rotulacin en la aulas de mensajes sobre educacin sexual y prevencin de embarazos en adolescentes

1.4.Institucionalizacin de la educacin para la sexualidad integral frente a la prevencin del embarazo en adolescente y de la ITS-VIH y SIDA1.4. Participar activamente en charlas, programas y otros eventos referentes a educacin sexual, con responsabilidad y respeto.1.2.4.1. Reproducir las charlas que recibimos de parte del sub centro de Salud y/o psiclogo a los grados de bsica media

1.2.4.2. Utilizar los peridicos murales para colocar nuestras inquietudes

2.Respeto y cuidado del medio ambiente2.1.Acciones implementadas por la institucin para el manejo de desechos slidos2.1.1.cuidar el aseo y arreglo de las aulas y su entorno

2.1.1. Continuar con la campaa de reciclaje

2.1. 2. No botar basura dentro de las aulas, patios y entornos de la institucin, sino depositarlas en los basureros.

2.2.Acciones implementadas por la Institucin para el ahorro de Energa2.2.1. Cumplir con las normas establecidas en la Institucin para el ahorro de energa2.2.1.1. Cerrar las llaves del agua luego de utilizar y lavar los jarros en las lavacaras.

2.2.1.2 .No jugar con el agua

2.2.1.3. Apagar los focos de las aulas y corredores.

2.3.Acciones implementadas por la Institucin para ornamentacin, forestacin y reforestacin2.2.1.No pisar ni romper las plantas

Sembrar mas plantas 2.1.2.No destruir las plantas

2.1.3.Incentivar a los estudiantes para sembrar ms plantas y cuidarlas

3.Respeto y cuidado responsable de los recursos materiales y bienes de la Institucin educativa3..1.Prcticas permanentes sobre el cuidado y uso de los recursos materiales propios y de la Institucin3.1.1. Cuidar y ocupar adecuadamente y con responsabilidad los bienes de la institucin3.1.1. No rayar las paredes de escuela, ni daar sus bienes.

3.1.2. Llegar a acuerdos con los estudiantes para el buen uso de materiales.3.1.1.Asumir nuestra responsabilidad en el caso de daar cualquier bien de la escuela

3.2.Formas de utilizacin de los equipos e implementos de la Institucin3.2.1. Responsabilizarse de los equipos de deportivos con la presentacin de su carnet y reponer en caso de dao o `perdida3.2.1.Usar las pelotas, conos, colchonetas y ms materiales deportivos con cuidado

3.3.Acciones que apoyan al cuidado y uso de las instalaciones fsicas de la Institucin3.3.2.Rotular la institucin con mensajes positivos sobre el cuidado y buen uso de las Instalaciones.3.3.2. Colocar mensajes de cmo cuidar nuestro segundo hogar.

4.Respeto entre todos los actores de la comunidad educativa4.1. Normas de comportamiento entre los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios como aulas, recreacin baos, transporte, bares y comedores escolares entre otros.4.1.1. Practicar con el ejemplo el saludo al ingreso de los estudiantes.

4.1.2.Incrementar letreros que incentiven el respeto y buen comportamiento de los estudiantes

4.1.1. Saludar a todas las persona con voz fuerte.

4.2.Procedimientos utilizados por la Institucin, para resolver los conflictos entre los actores de la comunidad educativa4.2.1. Aplicar las normas, consejos y enseanza de los maestro para resolver nuestros problemas

4.2.1.No pelearno, ni faltar el respeto ni a las cosas ajenas, ni a las persona

4.2.2. Avisar a los profesores en caso de maltrato.

5.Libertad con responsabilidad y Participacin estudiantil5.1.Formas de participacin de todos los estudiantes dentro de los espacios e instalaciones institucionales5.1.1. Llegar puntuales y dispuestos a colaborar en todos los eventos de la escuela

5.1.1.Control diario de la asistencia en los registros y papelotes del aula

5.1.2. Justificar con los representantes las inasistencias.

5.1.2. Llegar por lo menos 5 minutos antes a todos los compromisos

5.1.1. Traer los materiales y tiles necesarios para la participacin activa

5.1.2. Respetar lo ajeno y no llevarse los materiales de los grados

5.2.Mecanismos internos para garantizar la participacin de los estudiantes en los mbitos contemplados en la normativa educativa y constitucional 5.2.2.Exigir un informe de actividades peridicas y finales del Gobierno estudiantil

5.2.1. Cumplir todas nuestras tareas escolares, deportivas, sociales, con responsabilidad y puntualidad

5..1.1.Estar atentos a los trabajos de Consejo estudiantil y solicitar en los minutos cvico o en el peridico mural que cumpla su plan de

5.1.2.Estudiar para las lecciones y evaluaciones, repasar para participar en los eventos culturales y sociales

5.1.3. Hacer firmar las prueba y archivarlas en la carpeta

5.1.4. Entregar los comunicados y citaciones a los representantes

6. Respeto a la diversida6.1.Respetar la diversidad, tnica, cultural y social6.1.1. Conocer nuestros deberes y derechos para actuar con justicia6.1.1.leer y poner en prctica nuestro derechos6.1.2.No poner apodos a los compaeros

9. PROCEDIMIENTOS REGULATORIOSEl Cdigo de Convivencia se justifica y se apoya, en los instrumentos jurdicos internacionales y nacionales.REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGNICA DE EDUCACIN INTERCULTURAL

Registro Oficial N= 754 Jueves 26 de Julio del 2.012

TTULO IV

DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Captulo VI

DEL CDIGO DE CONVIVENCIA

Art. 90.- Regulaciones.- Cada institucin educativa debe contar con un Cdigo de Convivencia, en el que obligatoriamente se deben observar y cumplir los siguientes preceptos:

1.Desarrollo de valores ticos integrales y de respeto a la diferencia y a la identidad cultural de cada persona y colectivo, como fundamentos de una convivencia sana, solidaria, equitativa, justa, incluyente, participativa e integradora, para el desarrollo intercultural del tejido social;

2.Respeto a la dignidad humana, a la honra y los derechos de las personas, a las libertades ciudadanas, a la igualdad de todos los seres humanos dentro de la diversidad, al libre desarrollo de la personalidad y al derecho de ser diferente;

3.Promocin de la cultura de paz y de no agresin entre todos los miembros de la comunidad educativa y de la comunidad en general;

4.Consolidacin de una poltica institucional educativa de convivencia basada en derechos, valores, disciplina, razonabilidad, justicia, pluralismo, solidaridad y relacin intercultural;

5.Legitimacin del quehacer educativo del plantel a travs de un sistema de dilogo, discusin democrtica y consensos; de reconocimiento y respeto a los disensos; y de participacin activa de los miembros de su comunidad educativa;

6.Integracin, sin ningn tipo o forma de discriminacin o inequidad, de todos los miembros de la comunidad de la institucin educativa como factor clave para el mejoramiento continuo y progresivo de los procesos de enseanza, aprendizaje e inter aprendizaje;

7.Legitimacin de los procedimientos regulatorios internos del plantel a travs de procesos participativos, equitativos e incluyentes;

8.Precautela de la integridad de cada una de las personas que hacen parte de la institucin y de la comunidad educativa, as como de los bienes, recursos, valores culturales y patrimoniales del plantel; y,

9.Promocin de la resolucin alternativa de conflictos.DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

CDIGO DE LA NIZ Y ADOLESCENCIA

Art. 11.- El inters superior del nio.- El inters superior del nio es un principio que est orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los nios, nias y adolescentes; e impone a todas las autoridades administrativas y judiciales y a las instituciones pblicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento.

Para apreciar el inters superior se considerar la necesidad de mantener un justo equilibrio entre los derechos y deberes de nios, nias y adolescentes, en la forma que mejor convenga a la realizacin de sus derechos y garantas.

Este principio prevalece sobre el principio de diversidad tnica y cultural.

El inters superior del nio es un principio de interpretacin de la presente Ley. Nadie podr invocarlo contra norma expresa y sin escuchar previamente la opinin del nio, nia o adolescente involucrado, que est en condiciones de expresarla.

Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:

a.Ser actores fundamentales en el proceso educativo;

Los estudiantes son la razn de ser de esta Institucin, si la educacin es un servicio, nuestra atencin est dirigida a los/las estudiantes, ellos son nuestros clientes.

b. Recibir una formacin integral y cientfica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de gnero, la no discriminacin, la valoracin de las diversidades, la participacin, autonoma y cooperacin;

Los y las estudiantes tienen derecho a recibir atencin permanente, orientacin, atencin y seguimiento por parte de autoridades y personal docente, en los aspectos formativos, personales, familiares, acadmicos, conductuales y otros

c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminacin, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingstica, a sus convicciones ideolgicas, polticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitucin de la Repblica, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley;

Debemos reconocer y honrar el valor que tiene cada individuo como persona, en la comunidad educativa, este valor se refleja en un trato amable, corts, con el trabajo en equipo, el reconocimiento de las virtudes de los dems, la motivacin permanente, la libertad de pensamiento y credo.

Los estudiantes tienen derecho a la libertad personal, a la dignidad, reputacin, honor e imagen de adolescentes. Derecho a recibir relaciones de calidez y buen trato fundamentadas en el reconocimiento de su dignidad y el respeto a las diferencias.

d. Intervenir en el proceso de evaluacin interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo, sin discriminacin de ninguna naturaleza;

Los y las estudiantes tienen derecho a recibir notas justas, en forma oportuna y equitativa sern evaluados de acuerdo con su esfuerzo, la calidad del trabajo, la participacin en clases, lecciones, pruebas, talleres y dems actividades sujetas a evaluacin.

e. Recibir gratuitamente servicios de carcter social, psicolgico y de atencin integral de salud en sus circuitos educativos;

Los adultos debemos reconocer y respetar la igualdad ante la ley de todos los/las adolescentes, sin discriminarlos por causa del lugar de su nacimiento, nacionalidad, sexo, etnia, preferencia sexual, origen social, idioma, religin, situacin econmica, estado de salud, diversidad cultural o cualquier otra condicin propia de sus progenitores, representantes, familiares o de s mismos.

f. Recibir apoyo pedaggico y tutoras acadmicas de acuerdo con sus necesidades;

Los y las adolescentes tienen derecho a participar en los espacios formativos y educativos en los que se expresen las ideas y se analice la informacin relacionada con el aspecto cognitivo.

g. Ejercer activamente su libertad de organizacin y expresin garantizada en la Constitucin de la Repblica, a participar activamente en el proceso educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinin sea considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y respetuosamente su opinin y a hacer uso de la objecin de conciencia debidamente fundamentada;h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los dems rganos de participacin de la comunidad educativa, bajo principios democrticos garantizando una representacin paritaria entre mujeres y hombres; y, en caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democrticos de gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares, en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles, administrativas y/o penales.La mxima representatividad estudiantil, constituye la Asociacin estudiantil, elegida por votacin directa, libre y democrtica, realizada en el mes de noviembre, adems son parte de esta organizacin todos los/las presidentes/as de todos los cursos.

i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, as como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violacin a sus derechos fundamentales o garantas constitucionales, cualquier accin u omisin que atente contra la dignidad e integridad fsica, sicolgica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la proteccin;

j. Recibir becas y apoyo econmico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo.

k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en mritos, logros y aportes relevantes de naturaleza acadmica, intelectual, deportiva y ciudadana;

l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, as como a la confidencialidad de sus registros mdicos y sicolgicos; los y las estudiantes tienen derecho a la privacidad y a las formas de comunicacin, sin perjuicio de la natural vigilancia de los padres y madres y adems de los maestros en lo referente a la observancia de las buenas costumbres y conductas en la sociedad por parte de los, las estudiantes y a su seguridad

m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda accin orientada a establecer responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento;

n. Disponer de facilidades que le permitan la prctica de actividades deportivas, sociales, culturales, cientficas en representacin de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del Pas, a nivel competitivo;

Los estudiantes deben cumplir con todas las obligaciones acadmicas, culturales, cvicas, deportivas, comisiones en las que sean designados, demostrando total responsabilidad por que deben estar conscientes de que esto influye positivamente en la formacin personal y social de los educandos.

o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusin y permanencia de aquellas personas que requieran atencin prioritaria, de manera particular personas con discapacidades, adolescentes y jvenes embarazadas;

No podemos olvidar que los y las estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, son parte del estudiantado, tienen capacidades diferentes, pero ello no es motivo de discriminacin, por consiguiente deben ser tratados con justicia y equidad.

p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atencin en lo psicolgico, acadmico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompaar un proceso de maternidad y paternidad saludable;

Todos los actores de la sociedad debemos reconocer a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral, por ello debemos ejecutar polticas, planes y programas que apoyen a la familia.

No podemos olvidar que la prioridad absoluta son los nios, nias y adolescentes, en caso de conflictos de derechos de nios, nias y adolescentes con otras personas, prevalecern estos, los derechos de los menores sobre los derechos de los dems.

q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales, de ser el caso;

Las reformas a la educacin actual promueven una educacin intercultural bilinge, de ser posible en nuestra Institucin, y como parte de nuestra identidad deberamos manejar con propiedad al menos los trminos bsicos de nuestra lengua ancestral.

r. Disponer, al inicio del ao escolar, del carn estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial, en los servicios de transporte pblico, y el acceso a eventos acadmicos, culturales, deportivos y otros durante el ao calendario;

Sera conveniente agilitar los procesos administrativos que posibiliten la obtencin del carn estudiantil lo antes posible.

s. Implementar medidas de accin afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las nias; y, esto quiere decir que debemos interpretar las normas jurdicas, los actos y contratos en los que intervengan nios, nias y adolescentes de acuerdo al principio del inters superior del nio, nia y adolescente.

t. Recibir una formacin en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educacin en todos sus niveles.

Una vez que los estudiantes conocen sus derechos y deberes deben valorar las formas de pensar, sentir y actuar de quienes los rodean, evitar cualquier forma de discriminacin, violencia o agresin fsica, verbal o psicolgica y sobre todo practicar el dilogo y la tolerancia para encontrar soluciones a los conflictos.

Art. 8.- Obligaciones.- Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:

a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseanza y aprendizaje, de acuerdo con la reglamentacin correspondiente y de conformidad con la modalidad educativa, salvo los casos de situacin de vulnerabilidad en los cuales se pueda reconocer horarios flexibles; los y las estudiante deben responsabilizarse en el desarrollo de las horas de clase, participar con atencin, inters y respeto a s mismo(a) y a los dems; cumpliendo con todas las actividades acadmicas.

b. Participar en la evaluacin de manera permanente, a travs de procesos internos y externos que validen la calidad de la educacin y el inter aprendizaje;

Los y las estudiantes deben cumplir con la presentacin de las evaluaciones con honestidad y con sujecin al horario determinado con antelacin; en los casos en los que por razones justificadas no se pueden presentar a la evaluacin diaria , debern presentar el documento de justificacin emitido por la Sra. Inspectora

c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad acadmica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;

d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones fsicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos econmicos;

Es necesario que los estudiantes utilicen adecuadamente los servicios, instalaciones, materiales didcticos y ms pertenencias con que cuente el colegio y los tendrn que reponer encaso los daen o destruyan.

e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminacin alguna a los miembros de la comunidad educativa,

f. Participar en los procesos e eleccin del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil, de las directivas de grado y de los dems rganos de participacin de la comunidad educativa, bajo principios democrticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable

Todos los y las estudiantes tienen el derecho y a su vez el deber de participar en las actividades electorales tanto dentro de cada curso como en las del gobierno estudiantil, es decir tienen el derecho y el deber de elegir y ser elegidos.

g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los dems;

h. Respetar y cumplir los cdigos de convivencia armnica y promover la resolucin pacfica de los conflictos;

Los y las estudiantes no deben participar en actos que alteren la vida normal, el prestigio y el buen nombre del establecimiento de la comunidad con actos reidos con las buenas costumbres, que atenten a la seguridad individual, colectiva o a la salud

i.Hacer buen uso de becas y materiales que recibe;

Los estudiantes deben conservar en buen estado los textos entregados por las autoridades del ministerio de Educacin, al inicio del ao escolar, de igual forma, los 10 estudiantes que son becados, deben utilizar el dinero recibido por las becas con fines nicamente educativos, no personales, familiares y mucho menos sociales.

j. Respetar y cumplir la Constitucin, las leyes, reglamentos y dems normas que regulen al Sistema Nacional de Educacin en general y a las instituciones educativas en particular;

k. Cuidar la privacidad e intimidad de los dems miembros de la comunidad educativa; y,

l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violacin de sus derechos y actos de corrupcin, cometidos por y en contra de un miembro de la comunidad educativa

Art. 9.- De la participacin y representacin estudiantil.-

En los programas de cada uno de los niveles de educacin, se integrarn contenidos que estimulen la participacin ciudadana de las y los estudiantes.

As mismo, se pondr nfasis especial en el conocimiento, profundizacin y aplicacin de la Constitucin de la Repblica.

Las y los estudiantes de todos los niveles ejercern libremente el derecho a organizarse y a tener representacin entre sus compaeros, en todos los niveles intraescolares e interescolares.

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS MADRES, PADRES

Y/O REPRESENTANTES LEGALES

CDIGO DE LA NIZ Y LA ADOLESCENCIA

Art. 39.- Derechos y deberes de los progenitores con relacin al derecho a la educacin.- Son derechos y deberes de los progenitores y dems responsables de los nios, nias y adolescentes:

1. Matricularlos en los planteles educativos;

2. Seleccionar para sus hijos una educacin acorde a sus principios y creencias;

3. Participar activamente en el desarrollo de los procesos educativos;

4. Controlar la asistencia de sus hijos, hijas o representados a los planteles educativos;

5. Participar activamente para mejorar la calidad de la educacin;

6. Asegurar el mximo aprovechamiento de los medios educativos que les proporciona el Estado y la sociedad;

7. Vigilar el respeto de los derechos de sus hijos, hijas o representados en los planteles educacionales; y,

8. Denunciar las violaciones a esos derechos, de que tengan Conocimiento. ART. 12.- DERECHOS.- LAS MADRES, LOS PADRES DE Y/O LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

Tienen derecho a que se garantice a stos, el pleno goce y ejercicio de sus derechos constitucionales en materia educativa; y, tienen derecho adems a:

a. Escoger, con observancia al Inters Superior del Nio, el tipo de institucin educativa que consideren conveniente para sus representados, acorde a sus creencias, principios y su realidad cultural y lingstica;

b. Recibir informes peridicos sobre el progreso acadmico de sus representados as como de todas las situaciones que se presenten en la institucin educativa y que requieran de su conocimiento;

c. Participar, de conformidad con la reglamentacin respectiva, en la evaluacin de las y los docentes y de la gestin de las autoridades educativas;

d. Elegir y ser elegidos como parte de los comits de padres y madres de familia y los dems rganos de participacin de la comunidad educativa;

e. Participar en el gobierno escolar al que pertenezcan;

f. Ser escuchados y que su opinin, sobre la gestin y procesos educativos, sea analizada por las autoridades educativas y obtener respuesta oportuna sobre las mismas;

g. Participar de los procesos de rendicin de cuentas sobre la gestin y procesos educativos de las autoridades, docentes y personal que labora en las instituciones educativas;

h. Participar en los rganos correspondientes de planificacin, construccin y vigilancia del cumplimiento de la poltica educativa a nivel local, regional y nacional;

i. Vigilar el respeto a los derechos de sus hijos e hijas o representadas y representados, en las entidades educativas, y denunciar la violacin de aquellos ante las autoridades competentes;

j. Recibir de autoridades, docentes y dems miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso libre de toda forma de violencia y discriminacin; y,

k. Solicitar y acceder a la informacin que consideren pertinentes y que este en posesin de la institucin educativa.

Art. 13.- Obligaciones.- Las madres, padres y/o los representantes de las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:

a. Cumplir la Constitucin de la Repblica, la Ley y la reglamentacin en materia educativa;

b. Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos, durante el periodo de educacin obligatoria, de conformidad con la modalidad educativa;

c. Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados y atender los llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles;

d. Participar en la evaluacin de las y los docentes y de la gestin de las instituciones educativas;

e. Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relacin con las instituciones educativas;

f. Propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar, organizando espacios dedicados a las obligaciones escolares y a la recreacin y esparcimiento, en el marco del buen uso adecuado del tiempo;

g. Participar en las actividades extracurriculares que complementen el desarrollo emocional, fsico y psico -social de sus representados y representadas;

h. Reconocer el mrito y la excelencia acadmica de las y los profesores y de sus representados y representadas, sin que ello implique erogacin econmica;

i. Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa;

j. Participar con el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones fsicas de las instituciones educativas, sin que ello implique erogacin econmica; y,

k. Contribuir y participar activamente en la aplicacin permanente de los derechos y garantas constitucionales.

Art. 14.- De la exigibilidad, la restitucin y la proteccin.- En ejercicio de su corresponsabilidad, el

Estado, en todos sus niveles, adoptar las medidas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garanta, proteccin, exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la educacin de nios, nias y adolescentes. Todos los actores de la comunidad educativa estarn en condicin de acudir a las instancias de proteccin constitucional con el fin de restituir el derecho a la educacin que hubiere sido desatendido o conculcado.

En todos los casos en los que se tenga conocimiento de la privacin del derecho a la educacin de una nia, nio o adolescente, sin perjuicio de su obligacin de acudir a los organismos de atencin a la infancia respectivos, se adoptarn de manera directa las acciones y medidas necesarias que conlleven inequvocamente a la restitucin del derecho a la educacin que hubiere sido conculcado o desatendido.

Igual obligacin tendrn las juntas cantonales de proteccin de derechos cuando estuviere amenazado.

Cuando la integridad fsica, psicolgica o sexual de las nias, nios y adolescentes estuviere amenazada o hubiere sido afectada, sin perjuicio de la obligacin de denunciar por parte de quien en la comunidad educativa tuviere conocimiento del hecho cuyas caractersticas hagan presumir la existencia de amenaza o afectacin, la Junta Distrital Intercultural de Resolucin de Conflictos denunciar ante la autoridad judicial respectiva y remitir a las autoridades competentes para que se dicten las medidas de proteccin de derechos que corresponda por su incumplimiento.

En caso de amenaza o afectacin a la integridad sexual de los y las estudiantes, la Junta Distrital

Intercultural de Resolucin de Conflictos proceder a dictar la suspensin temporal de las funciones o tareas del presunto agresor como medida de proteccin.

La Junta Distrital Intercultural de Resolucin de Conflictos realizar el seguimiento y velar por el cumplimiento de las medidas de proteccin dictadas por las autoridades competentes para proteccin de derechos, sancionando a quien corresponda por su no cumplimiento.

ART. 44.- ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR O RECTOR. Son atribuciones del Rector o Director las siguientes:

1.Cumplir y hacer cumplir los principios, fines y objetivos del Sistema Nacional de Educacin, las normas y polticas educativas, y los derechos y obligaciones de sus actores;

2.Dirigir y controlar la implementacin eficiente de programas acadmicos, y el cumplimiento del proceso de diseo y ejecucin de los diferentes planes o proyectos institucionales, as como participar en su evaluacin permanente y proponer ajustes;

3.Ejercer la representacin legal, judicial y extrajudicial del establecimiento;

4.Administrar la institucin educativa y responder por su funcionamiento;

5.Fomentar y controlar el buen uso de la infraestructura fsica, mobiliario y equipamiento de la institucin educativa por parte de los miembros de la comunidad educativa, y responsabilizarse por el mantenimiento y la conservacin de estos bienes;

6.Autorizar las matrculas ordinarias y extraordinarias, y los pases de los estudiantes;

7.Legalizar los documentos estudiantiles y responsabilizarse, junto con el Secretario del plantel, de la custodia del expediente acadmico de los estudiantes;

8.Promover la conformacin y adecuada participacin de los organismos escolares;

9.Dirigir el proceso de autoevaluacin institucional, as como:

oelaborar e implementar los planes de mejora sobre la base de sus resultados;

oFomentar, autorizar y controlar la ejecucin de los procesos de evaluacin de los aprendizajes de los estudiantes;

oControlar la disciplina de los estudiantes y aplicar las acciones educativas disciplinarias por las faltas previstas en el Cdigo de Convivencia y el presente reglamento;

oAprobar el distributivo de trabajo de docentes, dirigir y orientar permanentemente su planificacin y trabajo, y controlar la puntualidad, disciplina y cumplimiento de las obligaciones de los docentes;

oElaborar, antes de iniciar el ao lectivo, el cronograma de actividades, el calendario acadmico y el calendario anual de vacaciones del personal administrativo y de los trabajadores;

oAprobar los horarios de clases, de exmenes, de sesiones de juntas de docentes de curso o grado y de la junta acadmica;

oEstablecer canales de comunicacin entre los miembros de la comunidad educativa para crear y mantener tanto las buenas relaciones entre ellos como un ambiente de comprensin y armona, que garantice el normal desenvolvimiento de los procesos educativos;

oEjecutar acciones para la seguridad de los estudiantes durante la jornada educativa que garanticen la proteccin de su integridad fsica y controlar su cumplimiento;

oRemitir oportunamente los datos estadsticos veraces, informes y ms documentos solicitados por la Autoridad Educativa Nacional, en todos sus niveles;

oAsumir las funciones del Vicerrector, Subdirector o Inspector general en el caso de que la institucin no contare con estas autoridades;

oRecibir a asesores educativos, auditores educativos y funcionarios de regulacin educativa, proporcionar la informacin que necesitaren para el cumplimiento de sus funciones e implementar sus recomendaciones;

oEncargar el rectorado o la direccin en caso de ausencia temporal, previa autorizacin del Nivel Distrital, a una de las autoridades de la institucin, o a un docente si no existiere otro directivo en el establecimiento; y,

oLas dems que contemple el presente reglamento y la normativa especfica que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

SECCIN III.

DE LOS CONSEJOS EJECUTIVOSART. 50.- CONSEJO EJECUTIVO. Es la instancia directiva, de participacin de la comunidad educativa y de orientacin acadmica y administrativa de los establecimientos pblicos, fiscomisionales y particulares.

El Consejo Ejecutivo est conformado por:

El Rector o Director, que lo preside y tiene voto dirimente;

El Vicerrector o Subdirector, segn el caso, y,

Tres (3) vocales principales, elegidos por la Junta General de Directivos y Docentes y sus respectivos suplentes.

El Secretario del Consejo Ejecutivo debe ser el Secretario de la institucin educativa. En caso de falta o ausencia de este, puede designarse un Secretario ad hoc. El Secretario tiene voz informativa, pero no voto.

El Consejo Ejecutivo se debe reunir ordinariamente por lo menos una (1) vez al mes, y extraordinariamente, cuando lo convoque el Rector o Director o a pedido de tres (3) de sus miembros. El Consejo Ejecutivo debe sesionar con la presencia de por lo menos la mitad ms uno (1) de sus integrantes.

ART. 51.- VOCALES. Los vocales del Consejo Ejecutivo son elegidos en la ltima sesin ordinaria de la Junta General y deben entrar en funciones treinta (30) das despus de su eleccin, previa ratificacin de la Direccin Distrital respectiva. Duran dos (2) aos en sus funciones y pueden ser reelegidos despus de un perodo, salvo en el caso de que el nmero de profesores imposibilite el cumplimiento de esta disposicin.

En caso de ausencia temporal de uno o ms vocales principales, deben ser convocados los suplentes en orden de eleccin, y, en caso de ausencia definitiva de los vocales principales, los suplentes deben ser principalizados en el orden indicado. Si la ausencia definitiva fuere de principales y suplentes, el Rector o Director convocar a la Junta General de Directivos y Docentes para la eleccin de los nuevos vocales principales y suplentes, quienes entrarn en funcin luego de la ratificacin de la Direccin Distrital respectiva, y actuarn hasta la finalizacin del perodo para el que fueron elegidos.

ART. 52.- REQUISITOS. Para ser elegido Vocal del Consejo Ejecutivo se requiere:

Ser docente en el establecimiento respectivo;

Haber laborado en el plantel un mnimo de dos (2) aos, excepto en las instituciones educativas de reciente creacin; y,

No haber sido sancionado con suspensin en el ejercicio docente.

ART. 53.- DEBERES Y ATRIBUCIONES. Son deberes y atribuciones del Consejo Ejecutivo:

Elaborar el Plan Educativo Institucional del establecimiento y darlo a conocer a la Junta General de Directivos y Docentes;

Evaluar peridicamente el Plan Educativo Institucional y realizar los reajustes que fueren necesarios;

Elaborar el Cdigo de Convivencia del establecimiento, aprobar sus reformas y remitirlo a la Direccin Distrital correspondiente para su aprobacin;

Conformar las comisiones permanentes establecidas en el Cdigo de Convivencia del establecimiento;

Disear e implementar estrategias para la proteccin integral de los estudiantes;

Promover la realizacin de actividades de mejoramiento docente y de desarrollo institucional;

Crear estmulos para los estudiantes, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional;

Conocer y aprobar los informes presentados por los responsables de los departamentos, organismos tcnicos y comisiones del establecimiento;

Controlar la correcta conservacin y cuidado de los bienes institucionales y aprobar y ejecutar los planes para su mantenimiento, as como controlar el buen uso de la infraestructura fsica, mobiliario y equipamiento de la institucin;

Conocer y aprobar el Plan Didctico Productivo, en caso de que el establecimiento contare con Unidad Educativa de Produccin;

Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentaren entre miembros de la comunidad del establecimiento educativo;

Formular las polticas que guen las labores de atencin integral de los estudiantes del establecimiento, en concordancia con lo previsto en el Cdigo de Convivencia del establecimiento. Las acciones de atencin integral de los estudiantes se implementarn por medio del Departamento de Consejera Estudiantil;

Aprobar el Plan Operativo Anual del Departamento de Consejera Estudiantil;

Evaluar los programas implementados por el Departamento de Consejera Estudiantil;

Apoyar al Jefe del Departamento de Consejera Estudiantil para que las acciones programadas que requirieran de la participacin del personal docente, directivo, administrativo, de representantes legales y de estudiantes se lleven a cabo;

Impulsar y potenciar la conformacin de redes interinstitucionales que apoyen las acciones del Departamento de Consejera Estudiantil; y,

Analizar y aprobar los informes anuales y ocasionales que presente el Jefe del Departamento de Consejera Estudiantil, y formular las sugerencias del caso.SECCIN IV.

DE LAS JUNTAS DE DOCENTES

DE GRADO O CURSO

ART. 54.- JUNTA DE DOCENTES DE GRADO O CURSO. Es el organismo de la institucin educativa encargado de analizar, en horas de labor educativa fuera de clase, el rendimiento acadmico de los estudiantes, de conformidad con el currculo nacional y los estndares de calidad educativa, y con las polticas de evaluacin establecidas en el presente reglamento y por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Esta Junta debe proponer acciones educativas que pueden aplicarse, de manera individual o colectiva, a estudiantes y docentes para mejorar su desempeo.

Est integrada por todos los docentes del grado o curso correspondiente, un representante del Departamento de Consejera Estudiantil, el docente tutor, quien la debe presidir, el Inspector General, los docentes con funciones de inspector y el responsable de la Secretara del Plantel.

Se reunir, de forma ordinaria, despus de los exmenes de cada quimestre y de forma extraordinaria, cuando la convocare el Rector o Director, Vicerrector o Subdirector o el docente tutor de grado o curso.

Son sus funciones, adems de las previstas en el presente reglamento, las definidas en el Cdigo de Convivencia institucional, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la Ley Orgnica de Educacin Intercultural o el presente reglamento.

ART. 56.- DOCENTE TUTOR DE GRADO O CURSO. El docente tutor de grado o curso es el docente designado, al inicio del ao escolar, por el Rector o Director del establecimiento para asumir las funciones de consejero y para coordinar acciones acadmicas, deportivas, sociales y culturales para el grado o curso respectivo. Deben durar en sus funciones hasta el inicio del prximo ao lectivo.

El docente tutor de grado o curso es el principal interlocutor entre la institucin y los representantes legales de los estudiantes. Est encargado de realizar el proceso de evaluacin del comportamiento de los estudiantes a su cargo, para lo cual debe mantener una buena comunicacin con todos los docentes del grado o curso.

Son sus funciones, adems de las previstas en el presente reglamento, las definidas en el Cdigo de Convivencia institucional, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la Ley Orgnica de Educacin Intercultural o el presente reglamento.

SECCIN VII.

DE LOS PADRES DE FAMILIA O

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS

ESTUDIANTES

ART. 76.- FUNCIONES. Son funciones de los Padres de Familia o Representantes legales o de los estudiantes, las siguientes:

Ejercer por eleccin de entre sus pares, la representacin ante el Gobierno Escolar de cada uno de los establecimientos Pblicos del Sistema Educativo Nacional;

Ejercer la veedura del respeto de los derechos de los estudiantes del establecimiento;

Ejercer la veedura del cumplimiento de las polticas educativas pblicas;

Fomentar la participacin de la comunidad educativa en las actividades del establecimiento;

Colaborar con las autoridades y personal docente del establecimiento en el desarrollo de las actividades educativas;

Participar en las comisiones designadas por los directivos del establecimiento; y,

Las dems funciones establecidas en el Cdigo de Convivencia del establecimiento.

ART. 77.- DE LA REPRESENTACIN DE LOS PADRES DE FAMILIA.- Los colectivos de Padres de Familia podrn constituirse en comits de grado o curso y su funcionamiento se regir de acuerdo a la normativa que para el efecto emitir el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

SECCIN VIII.

DEL GOBIERNO ESCOLAR

Art. 78.- Rgimen. El Gobierno escolar se rige por las normas establecidas en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural, este reglamento, el Cdigo de Convivencia de la institucin educativa y dems normativa especfica que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

El Gobierno escolar se debe reunir ordinariamente por lo menos tres veces al ao, y extraordinariamente, cuando lo convoque el Presidente. El Gobierno escolar debe sesionar con la presencia de por lo menos la mitad de sus integrantes.

Art. 79.- Integracin. El Gobierno escolar en los establecimientos pblicos est integrado por:

El Rector o Director;

Un Representante Estudiantil;

Un delegado de los representantes legales de los estudiantes; y,

Un delegados de los docentes, elegido por votacin de la Junta General de Directivos y Docentes.

Los representantes en los grupos de la comunidad educativa deben ser elegidos para perodos anuales, pero continuarn ejerciendo sus funciones hasta cuando fueren reemplazados legalmente. En caso de vacancia, se debe elegir su reemplazo para el resto del perodo.

Art. 80.- Fecha de elecciones. El Gobierno escolar debe renovarse cada ao en la tercera semana de noviembre en los establecimientos de rgimen de Sierra y en la tercera semana de julio en los establecimientos de rgimen de Costa.

Art. 81.- Ratificacin. Para entrar en funciones, los miembros del Gobierno escolar deben ser ratificados por el Nivel Distrital.

Art. 82.- Silla vaca. Para garantizar la participacin ciudadana, todas las sesiones deben ser pblicas y en ellas debe haber una silla vaca que puede ser ocupada por un ciudadano del Circuito educativo, en funcin del tema que se tratar, y con el propsito de participar en el debate y en la toma de decisiones sobre asuntos de inters comn.

El ejercicio de este mecanismo de participacin debe sujetarse a la Ley, al presente reglamento y al Cdigo de Convivencia del establecimiento educativo.

Art. 83.- Presidente. El Gobierno escolar debe estar presidido por una persona designada de entre sus miembros por voto universal y mayora simple, para el perodo de un ao. De acuerdo con la naturaleza y funciones del Gobierno escolar, para ser Presidente, se requiere ser docente del establecimiento.

El Presidente del Gobierno escolar tendr las siguientes atribuciones:

Ejercer la representacin y la vocera del Gobierno escolar;

Cumplir y hacer cumplir la Constitucin de la Repblica, la Ley Orgnica de Educacin Intercultural, el presente reglamento y dems normativa emitida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional;

Liderar la veedura ciudadana de la gestin administrativa y la rendicin social de cuentas de la institucin educativa;

Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias;

Elaborar el orden del da;

Dirigir las sesiones, suspenderlas y clausurarlas cuando hubieren razones para ello;

Dirimir con su voto los empates que se produjeren a efectos de adoptar resoluciones; y,

Ejercer las dems atribuciones que le fueren conferidas legalmente.

Art. 84.- Miembros. Los miembros del Gobierno escolar tienen derecho a:

Ser convocados con un plazo mnimo de cuarenta y ocho (48) horas de anticipacin al da de la sesin;

Participar en el debate durante las sesiones;

Ejercer el derecho a voto, salvo expresa prohibicin legal, debiendo siempre exponer los motivos que justifiquen su voto o su abstencin;

Solicitar la informacin que requieran para el cumplimiento de sus funciones; y,

Todas las dems que les sean atribuidas legalmente.

Art. 85.- Secretario. El Secretario del Gobierno escolar debe ser el Secretario de la institucin educativa. En caso de falta o ausencia de este, puede designarse un Secretario ad hoc.

Son atribuciones del Secretario las establecidas en el Estatuto de Rgimen Jurdico y Administrativo de la Funcin Ejecutiva.

Art. 86.- Curum. Para su instalacin y desarrollo, las sesiones requieren de la presencia de al menos el setenta y cinco por ciento (75 %) de los miembros del Gobierno escolar. Las resoluciones deben adoptarse por mayora simple de los miembros asistentes a la sesin

CAPTULO VI.

DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES

ART. 168.- Responsabilidad. La asistencia a las actividades educativas es de carcter obligatorio y se debe cumplir dentro de las jornadas y horarios establecidos por la institucin educativa en la que se hallare matriculado el estudiante.

Es obligacin de los representantes legales de los estudiantes garantizar la asistencia a clases de sus representados, y de igual manera los estudiantes son responsables de permanecer en el establecimiento educativo durante toda la jornada escolar.

A su vez, las autoridades, los docentes y el personal administrativo de las instituciones educativas tienen la responsabilidad de crear y mantener las condiciones apropiadas a fin de que los estudiantes asistan puntualmente a las actividades educativas.

Art. 169.- Control. El control y registro de la asistencia de los estudiantes en todas las instituciones educativas pblicas, fiscomisionales y particulares es obligatorio, y se debe hacer de acuerdo con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

ART. 170.- INASISTENCIA. La inasistencia de los estudiantes de uno (1) o dos (2) das debe ser notificada inmediatamente a sus representantes legales, quienes deben justificarla, a ms tardar, hasta dos (2) das despus del retorno del estudiante a clases, ante el docente de aula en el caso de Educacin Inicial, y ante el profesor tutor o gua de curso en el caso de Educacin General Bsica y Bachillerato.

Si la inasistencia excediere dos (2) das continuos, el representante legal del estudiante deber justificarla, con la documentacin respectiva, ante la mxima autoridad o el Inspector general de la institucin educativa.

ART. 171.- INASISTENCIA RECURRENTE. Cuando la inasistencia de un estudiante fuere recurrente y estuviere debidamente justificada, la mxima autoridad de la institucin educativa solicitar la aplicacin de las medidas previstas en la normativa expedida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional, a fin de garantizar la continuidad de los estudios, el apoyo sicopedaggico y las tutoras acadmicas correspondientes segn el caso.

Art. 172.- Reprobacin de asignaturas por inasistencias. Los estudiantes de Bsica Superior y Bachillerato, cuyas inasistencias injustificadas excedieren del diez por ciento (10 %) del total de horas de clase del ao lectivo en una o ms asignaturas, reprobarn dichas asignaturas.

Art. 173.- Prohibicin de abandono. Sin perjuicio de las acciones educativas disciplinarias a las que hubiere lugar, una vez iniciadas las clases el alumno no podr abandonarlas y, de hacerlo sin el permiso del maestro de aula, tutor o gua de curso o inspector de la institucin educativa, segn el caso, incurrir en faltas injustificadas.

En caso de que el abandono de clases implique salir de la institucin educativa durante la jornada de clase sin el permiso sealado en el inciso anterior, las autoridades del establecimiento deben reportar la ausencia de manera inmediata a los representantes legales del estudiante, quien estara incurriendo en faltas injustificadas en todas las asignaturas del da.

Art. 174.- Excursiones y visitas de observacin. Son actividades educativas que se incluyen en la programacin acadmica y se desarrollan como parte de la jornada escolar con el propsito de complementar los aprendizajes cientficos, culturales, artsticos y de patrimonio natural de los estudiantes.

Durante estas actividades, la seguridad integral de los estudiantes que participen en ellas debe ser responsabilidad de los docentes que las lideran, as como de la autoridad del establecimiento educativo, quien debe autorizarlas, previo cumplimiento de las disposiciones especficas emitidas por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

CAPTULO VI.

DE LA EVALUACIN DEL COMPORTAMIENTO

ART. 221.- AMBIENTE ADECUADO PARA EL APRENDIZAJE. En la institucin educativa se debe asegurar un ambiente adecuado para el aprendizaje de los estudiantes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural, el presente reglamento y su Cdigo de Convivencia. De esta manera, tanto los estudiantes como los dems miembros de la comunidad educativa deben evitar cualquier comportamiento que dificulte el normal desarrollo del proceso educativo.

ART. 222.- EVALUACIN DEL COMPORTAMIENTO. La evaluacin del comportamiento de los estudiantes en las instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y est a cargo del docente de aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a valores ticos y de convivencia social, tales como los siguientes: respeto y consideracin hacia todos los miembros de la comunidad educativa, valoracin de la diversidad, cumplimiento con las normas de convivencia, cuidado del patrimonio institucional, respeto a la propiedad ajena, puntualidad y asistencia, limpieza, entre otros aspectos que deben constar en el Cdigo de Convivencia del establecimiento educativo.

La evaluacin del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promocin de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:

A = muy satisfactorio

Lidera el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social.

B = satisfactorio

Cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social.

C = poco satisfactorio

Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social.

D = mejorable

Falla reiteradamente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social.

E = insatisfactorio

No cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social.

La evaluacin del comportamiento de los estudiantes debe incluirse en los informes parciales, quimestrales y anuales de aprendizaje.

CAPTULO VII.

DE LA DESHONESTIDAD ACADMICA ART. 223.- DESHONESTIDAD ACADMICA. Se considera como deshonestidad acadmica presentar como propios productos acadmicos o intelectuales que no fueren resultado del esfuerzo del estudiante o de cualquier miembro de la comunidad educativa, o incurrir en cualquier accin que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o ms miembros de la comunidad educativa de conformidad con lo prescrito en el presente Reglamento y el Cdigo de Convivencia institucional.

ART. 224.- TIPOS DE DESHONESTIDAD ACADMICA. La deshonestidad acadmica incluye actos de plagio, trampa, o fraude en el mbito acadmico, ya sea con trabajos realizados en la institucin educativa como los realizados fuera de ella. Los actos de deshonestidad acadmica incluyen los siguientes:

Tipo I

Utilizar en un trabajo acadmico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explcitamente la fuente;

Incluir en un trabajo acadmico ideas, opiniones, teoras, datos, estadsticas, grficos, dibujos u otra informacin sin reconocer explcitamente la fuente, aun cuando hayan sido parafraseados o modificados; y,

Presentar el mismo trabajo acadmico, aun con modificaciones, en dos o ms ocasiones distintas, sin haber obtenido autorizacin expresa para hacerlo.

Tipo II

Presentar como propio un trabajo acadmico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo acadmico o parte de l y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio;

Copiar el trabajo acadmico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo acadmico o examen.

Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa;

Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no particip en la elaboracin del trabajo; y,

Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustraccin, acaparamiento, eliminacin, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos acadmicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentacin de un trabajo acadmico.

Tipo III

Incluir en trabajos acadmicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones;Obtener dolosamente copias de exmenes o de sus respuestas;Modificar las propias calificaciones olas de otra persona;Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes acadmicos propios o de otra persona; y,Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen.

Art. 225.- Prohibiciones y obligaciones. Los miembros de la comunidad educativa tienen la expresa prohibicin cometer cualquier acto de deshonestidad acadmica, y la obligacin de reportar de manera oportuna de cualquier acto de deshonestidad acadmica de la que tengan conocimiento. En caso de infringir estas normas, sern debidamente sancionados de conformidad con lo establecido en el presente reglamento y la normativa especfica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

Art. 226.- Acciones educativas disciplinarias relacionadas a la formacin en honestidad acadmica. Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades acadmicas dirigidas a la formacin en honestidad acadmica de todos los estudiantes, para prevenir y/o corregir la comisin de actos de deshonestidad acadmica, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

Los estudiantes que cometan actos de deshonestidad acadmica sern sometidos a las acciones disciplinarias establecidas en el presente Reglamento y adems recibirn una calificacin de cero en la tarea o el examen en que haya cometido el acto de deshonestidad acadmica.

El Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional emitir una normativa que detalle las acciones educativas y disciplinarias relacionadas a la formacin en honestidad acadmica de los estudiantes segn su nivel y subnivel educativo.

CAPTULO IV.

DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES

Art. 330.- Faltas de los estudiantes. Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades dirigidas a prevenir y/o corregir la comisin de faltas de los estudiantes, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Como parte de estas actividades, al inicio del ao lectivo, los estudiantes y sus representantes legales debern firmar una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no cometer actos que las violenten.

Las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artculo 134 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural. Estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves:

1- Alterar la paz, la convivencia armnica e irrespetar los Cdigos de Convivencia de los Centros Educativos es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:

1.1 FALTAS LEVES:

1.1.1 Usar el telfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa que distrajere su atencin durante las horas de clase o actividades educativas;

1.1.2Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de enseanza aprendizaje;

1.1.3No utilizar el uniforme de la institucin;Los y las estudiantes deben utilizar correctamente el uniforme, todos los das de la semana y no deben combinar un uniforme con otro, por ejemplo utilizar el pantaln del calentador con el sweater del uniforme de diario.

Deben utilizar el uniforme de acuerdo con el horario y las actividades planificadas, manteniendo el modelo original del mismo que consiste en lo siguiente:

Los das que de acuerdo a horario tienen Cultura Fsica deben venir con el calentador donado por el gobierno y dentro de este, el short, las medias y la camiseta de la Institucin.

Cuando por condiciones climticas o por enfermedad debidamente justificada, se puede utilizar un buzo blanco debajo de la blusa o camisa del uniforme, las chompas, bufandas o guantes deben quitarse al ingresar al aula de clase.

1.1.2Abandonar cualquier actividad educativa sin autorizacin; y

1.1.3Realizar ventas o solicitar contribuciones econmicas, a excepcin de aquellas con fines benficos, expresamente permitidas por las autoridades del establecimiento.

1.2 FALTAS GRAVES:

1.2.1 Participar activa o pasivamente en acciones de discriminacin en contra de miembros de la comunidad educativa;

1.2.2Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a la intimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa;

1.2.3Consumir o promover el consumo de alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrpicas ilegales dentro de la institucin educativa;

1.2.4Salir del establecimiento educativo sin la debida autorizacin;

1.2.5Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institucin, de conformidad con lo sealado en el Cdigo de Convivencia del establecimiento educativo; y

Los estudiantes deben ser prudentes, negarse al chisme, a la doble intencin, al trato despectivo y atemorizante. Recurramos siempre al dilogo, no al insulto, para llegar a consensos, a acuerdos a la solucin pacfica de problemas.

B El hecho de participar directa o indirectamente o actuar como cmplice en actos de violencia e indisciplina o en situaciones comprobadas de agresin fsica o psicolgica a los miembros de la comunidad educativa.

1.2.6Realizar, dentro de la institucin educativa, acciones proselitistas relacionadas con movimientos o partidos polticos de la vida pblica local o nacional.

1.3 FALTAS MUY GRAVES:

1.3.1 Faltar a clases por 2 (dos) o ms das consecutivos sin justificacin

Cuando se produzca una inasistencia los representantes legales se comprometen a justificar la falta en un plazo mximo de 48 horas, es decir hasta dos das despus de la inasistencia. Cuando la falta exceda a ms de dos das laborables, la justificacin se la debe hacer ante el Sr. Rector, adjuntando el debido certificado mdico o de calamidad domstica.

Tambin se puede presentar la justificacin por escrito, adjuntando la copia de la cdula de identidad del padre/madre o representante legal.

Cuando la inasistencia de los, las estudiantes se da de manera reiterativa, los profesores Tutores comunicarn a la Autoridad, para comunicar a sus representantes y realizar la visita domiciliaria si el caso lo ameritare.

1.3.2 Comercializar dentro de la institucin educativa alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrpicas ilegales; y

2 Cometer actos de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales es una falta que puede ser grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:

2.1 FALTAS GRAVES:

2.1.1 Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la dignidad de miembros de la comunidad educativa;

2.1.2. Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad fsica o psicolgica de los miembros de la comunidad educativa;

2.1.3 Participar activa o pasivamente en acciones de acoso escolar, es decir, cualquier maltrato psicolgico, verbal o fsico producido en contra de compaeros de manera reiterada; y

2.1.4 No denunciar ante las autoridades educativas cualquier acto de violacin de los derechos de sus compaeros u otros miembros de la comunidad educativa, as como cualquier acto de corrupcin que estuviere en su conocimiento.

2.2 FALTAS MUY GRAVES:

2.2.1. Socavar la dignidad de un miembro de la comunidad educativa a travs de publicaciones difamatorias; y

2.2.2 Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad sexual de los miembros de la comunidad educativa o encubrir a los responsables,

3. Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes pblicos y privados es una falta que puede ser leve o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:

3.1 FALTA LEVE:

3.1.1 Dar mal uso a las instalaciones fsicas, equipamiento, materiales, bienes o servicios de las instituciones educativas.

3.2 FALTAS MUY GRAVES:

3.2.1 Ocasionar daos a la infraestructura fsica y al equipamiento del establecimiento educativo; y

3.2.2 Ocasionar daos a la propiedad pblica o privada.

4. Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades acadmicas y culturales de la institucin es una falta que puede ser muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:

4.1 FALTAS MUY GRAVES:

4.1.1 Realizar actos tendientes a sabotear los procesos electorales del Gobierno escolar, del Consejo estudiantil y de los dems rganos de participacin de la comunidad educativa;

4.1.2 Intervenir en actividades tendientes a promover la paralizacin del servicio educativo.

5. Cometer fraude o deshonestidad acadmica es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicacin:

5.1 FALTA LEVE:

5.1.1 Cometer un acto de deshonestidad acadmica del Tipo I.

5.2 FALTA GRAVE:

5.2.1 Cometer un acto de deshonestidad acadmica del Tipo II.

5.3 FALTA MUY GRAVE:

5.3.1 Cometer un acto de deshonestidad acadmica del Tipo III.

Adems, se adoptarn las acciones educativas relacionadas a la formacin en honestidad acadmica que se detallan en el presente Reglamento.

6. No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la presente Ley y en el ordenamiento jurdico ecuatoriano se considera una falta muy grave.

La acumulacin de faltas tendr como consecuencia la aplicacin de acciones educativas disciplinarias de mayor gravedad, segn la normativa especfica que para el efecto emita el Nivel Central