Comite conviviencia laboral

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Comité de convivencia laboral

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Comité de convivencia

laboral

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Es un organismo con el que se busca prevenir conductas de acoso laboral (Procedimiento)

Permite la participación de los trabajadores a través de sus representantes.

Permite la participación de los trabajadores a través de sus representantes.

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Medidas para prevenir, corregir y sancionar el acosa laboral

Ley 1010 / 2006

Ley 1010 / 2006

Resolución 2646 / 2008

Resolución 2646 / 2008

Responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial.

Resolución 652 / 2012

Resolución 652 / 2012

Conformación y funcionamiento comités de convivencia laboral

Resolución 1356 / 2012

Modifica parcialmente la Res. 652 /2012

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FORMA DE SELECCIÓN.Empleador: Los designa directamenteTrabajadores: Mediante escrutinio público. En votación secreta.NUMERO DE COMITÉSConformar un comité por empresa y voluntariamente integrar comités adicionales de acuerdo organización interna (Regiones geográficas o departamentos o municipios).Estará compuesto por dos (2) representantes del empleados y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.En caso de empresas con menos de 20 trabajadores, estará conformado por uno (1) representantes del empleados y uno (1) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.CALIDADES. Competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética. Así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.

FORMA DE SELECCIÓN.Empleador: Los designa directamenteTrabajadores: Mediante escrutinio público. En votación secreta.NUMERO DE COMITÉSConformar un comité por empresa y voluntariamente integrar comités adicionales de acuerdo organización interna (Regiones geográficas o departamentos o municipios).Estará compuesto por dos (2) representantes del empleados y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.En caso de empresas con menos de 20 trabajadores, estará conformado por uno (1) representantes del empleados y uno (1) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.CALIDADES. Competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética. Así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.

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IMPEDIMENTO: No podrá ser elegido a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral en los últimos 6 meses anteriores a su conformaciónPERIODO: 2 años a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación o elección DIGNATARIOS El Presidente y Secretario serán elegidos por mutuo acuerdo entre sus miembros. REUNIONES: Se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando se requiera CAPACITACIÓN: Se deben realizar actividades para los miembros del comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y otros temas prioritarios para su funcionamiento

IMPEDIMENTO: No podrá ser elegido a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral en los últimos 6 meses anteriores a su conformaciónPERIODO: 2 años a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación o elección DIGNATARIOS El Presidente y Secretario serán elegidos por mutuo acuerdo entre sus miembros. REUNIONES: Se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando se requiera CAPACITACIÓN: Se deben realizar actividades para los miembros del comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y otros temas prioritarios para su funcionamiento

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QUEJAS. Recibir y darles trámites. ANALIZAR. Las quejas presentadas ESCUCHAR. A las partes involucradas de manera individual

sobre los hechos. ESPACIOS DE DIALOGO. Promover compromisos mutuos para

llegar a una solución efectiva de las controversias PLANES DE MEJORA. Formular un plan concertado entre las

partes. SUGERIR. A la alta dirección medidas preventivas y

correctivas SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de

convivencia. COMUNICAR. A la alta dirección en aquellos casos que no se

logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones INFORMES. Elaborarlos trimestralmente. Estadísticas de

quejas y reclamos. Elaborar el informe anual de resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos de control.

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1. Actas de convocatoria, inscripción de aspirantes, registro de escrutinios.

2. Acta de constitución del Comité.

3. Actas de reuniones

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1. Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias. 2. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinámica y eficaz. 3. Tramitar ante la administración de la entidad pública o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el Comité. 4. Gestionar ante la alta dirección de la entidad pública o empresa privada, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comité.

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Recibir y dar trámite a las quejas presentadas Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados

en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia.

Llevar el archivo de las quejas presentadas, soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad

Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité.

Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comité.

Citar a reuniones y solicitar los soportes. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del

Comité.