Compensación - Obligaciones
description
Transcript of Compensación - Obligaciones
PRESENTADO POR:
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE
SEDE HUARAZ
Ronal Luciano Ramón Celestino
Extinción de las Obligaciones
Extinción de las Obligaciones
una
Obligación se extingue por cualquier acto Obligación se extingue por cualquier acto jurídico reconocido como válido para dar jurídico reconocido como válido para dar fin a la relación obligatoria.fin a la relación obligatoria.
para que tanto el acreedor y el deudor para que tanto el acreedor y el deudor queden satisfechos y libre de cualquier queden satisfechos y libre de cualquier vinculo.vinculo.
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
COMO FORMA DE EXTINCIÓN COMO FORMA DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONESDE LAS OBLIGACIONES
DEFINICIÓN
Es una forma de extinguir una Obligación,
Se da cuando dos personas recíprocamente y por su propio derecho. reúnen la calidad de
deudores y acreedores.
Para tal efecto, dichas deudas deben ser homogéneas, liquidas y exigibles.
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
La compensación es en el fondo un pago ficticio, doble y recíproco..
En el negocio bancario, diariamente la institución tiene gran aplicación en las llamadas cámaras de compensación, a
través del "canje de cheques".
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
NATURALEZA:
es un hecho jurídico, pues el efecto de la extinción de las deudas compensables opera
de modo automático desde que existe el supuesto fáctico previsto por la ley
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
1º La compensación constituye un doble pago abreviado.
2º La compensación constituye una garantía del pago.
Ventajas
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Importancia
Simplifica las relaciones entre las partes al obviar un doble pago, un doble desembolso de valores.
Asegura la igualdad jurídica entre las partes al evitar que la que primero pague quede expuesta al incumplimiento y aun a la insolvencia de la otra.
Previene los litigios que habrían de presentarse cuando cada uno de los acreedores tuviera que demandar a su deudor para obtener la satisfacción de su crédito.
En la vida mercantil, las relaciones entre comerciantes suelen generar obligaciones recíprocas, en tales circunstancias, se ha impuesto el uso de la cuenta corriente mercantil que va registrando créditos y deudas recíprocas, cuyos saldos entran en compensación.
IMPORTANCIA
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Compensación Legal.Compensación Convencional.Compensación Facultativa.Compensación Judicial.
CLASES DE CLASES DE COMPENSACIÓNCOMPENSACIÓN::
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Clasificación
Legal
Convencional Facultativa
Judicial
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Esta tiene su fuente en la ley cuando se reúnen los siguientes requisitos:
1)Reciprocidad entre deudor y acreedor:
2)Homogeneidad de las dos Prestaciones:
3)Liquides de ambas Obligaciones:
4)Exigibilidad de ambas Obligaciones:
COMPENSACIÓN LEGAL
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Al no operar la compensación legal por falta de requisitos las partes acuerdan que se extingan ambas deudas en virtud de la
libertad contractual, convienen en la mutua cancelación.
Tiene como fundamento la voluntad de las partes y no la ley.
COMPENSACIÓN CONVENCIONAL O VOLUNTARIA
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Esta compensación surge de la voluntad de una de las partes que expresa su
renuncia a la ventaja que posee para que se produzcan los efectos de la mutua
neutralización de las deudas.
COMPENSACIÓN FACULTATIVA
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Es decretada por el juez en razón de que, por efecto de la sentencia, han quedado
convertidas en líquidas y exigibles ambas obligaciones .
COMPENSACIÓN JUDICIAL
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
Es un medio de extinción de las obligaciones de gran importancia práctica, porque
contribuyen a liquidar deudas recíprocas y evita la necesidad de reclamaciones judiciales
o extrajudiciales.
PRODUCE: Extinción de los créditos en forma total si la
cuantía de ambos es igual, sino el deudor de la deuda mayor solo debe pagar la diferencia.
EFECTOS DE LA COMPENSACIÓN
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
….MUCHAS GRACIAS..!!
Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino
“NO TENGO MIEDO A LAS DIFICULTADES;
LO QUE ME ASUSTA ES LA OBLIGACIÓN DE TENER QUE ESCOGER UN CAMINO.
ESCOGER UN CAMINO SIGNIFICA ABANDONAR OTROS.”