Concepto Procuraduría_Desminado

download Concepto Procuraduría_Desminado

of 32

description

Concepto de la Procuraduría de Colombia sobre desminado humanitario.

Transcript of Concepto Procuraduría_Desminado

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    1/32

    . . . . . . ~ . . . . . ~. . . . . .PROCURADURIA DELEGADA PARA LA PREVENCION EN MATERIA DE

    DERECHOS HUMANOS Y ASUNTOS ETNICOSGRUPO DE JUSTICIA TRANSICIONAL

    r .

    EL DESMINADO HUMANITARlO EN COLOMBIA

    Bogota, Diciembre de 2011 '

    !

    \ 'I,rOo

    I ,, ,

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    2/32

    EL DESMINADO HUMANITARIO EN COLOMBIA

    ALEJANDRO 00"" .;"':"''-""'".J! ~I DONAnOt , l,.L!_"~~:"'~-~":~~':H'.",,__. _,. -v. l"":'Procurador General U6 ;.;' "'~---;n

    MARIO GONZALEZ VARGASProcurador Delegado para la Prevenci6n en Materia de Derechos

    Humanos y Asuntos Etnicos

    SAUL EMIR RAMIREZ QUESADACoordinador Justicia Transicional

    JOSE FERNANDO GOMEZ ROJASGUST AVO GARCES ESCOBAR_DANIEL FERNANDO ESPINOSA SILVAAsesores Grupo .Justlcia Transicional

    Dele ga da p ara la P re ve nc i6 n e n M ate ria d e D ere ch os H uman os y Asun to s E tn ico sExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected] arre ra 5 N o. 1 5-8 0. P is o 1 5. P BX : 5 87 87 50 -5 86 93 10 . www.procuraduria.gov.co

    I'I,\;\

    - ,

    2

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    3/32

    CONTENIDO

    Presentacion

    1. Las actividades de desminado humanitario en el ambito internacionai2. E! desrninado humanitario en Colombia Fundamentos constitucionales y legales para realizardesminado humanitario EI CONPES 3567 de febrero de 2009 De la Fuerza Publica a las organizaciones no gubernamentales de desminado

    en materia de desminado. EI desarrollo del articulo 90 de la Ley 1421 de 2010 EI criterio de definicion de zonas de desminado por parte de civiles:

    asignaci6n de tareas Las zonas de consolidaci6n3. La utilizaci6n de civiles en actividades de desminado humanitario en

    medio del conflicto armado: responsabilidad por infracciones al DerechoInternacional Humanitario (DIH)

    4. La responsabilidad extracontractual del Estado por el hecho de untercero

    5. La inobservancia del deber de garantla como responsabilidadinternacional del Estado en materia de derechos humanos

    6. Conclusiones y Recomendaciones de la Procuraduria General de laNaci6n

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    -,

    3

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    4/32

    PRESENTACION

    La Procuraduria General.dela Naci6n, en cumplimiento de los numerales 1 y 5 delarticulo 277 de la Constituci6n Politica, ejerce la funci6n de vigilar el cumplimiento de'la Constituci6n y las leyes.De acuerdo con el numeral 2 del artlculo 277 constitucional, Ie corresoonde al 'iProcurador General de la Naci6n prc::-::~:~;:.-.:: derechos. , D J . . ! r Y -' - : ' . : ,_ , ; ' : . ~ - ' ' - . 'q .: ~"efectividad. En ese sentido, el articulo rdel f . : , ! " , . - ; . _ . : , ~ : . : : : ,. . : : . ; : e : G O O Ie connere O J \\Procurador la facultad de formular criterios de intervenci6n en actividades devigilancia superior con fines preventivos y de protecci6n a los derechos humanos.Por su parte, de conformidad con el articulo 5 de la Resoluci6n 490 de 2008,prevenir (en estricto sentido) significa "promover e impulsar un conjunto de pollticas,planes, programas 0 acciones dirigidas a evitar la ocurrencia de hechos, actos uomisiones contrarios a la Constituci6n y la ley atribuibles a agentes del Estado 0 aparticulares que cumplan funciones publicas, a partir de la elaboraci6n deinvestigaciones y alertas pertinentes".En tratandose de derechos humanos, el deber de prevencion por parte de losEstados "abarca todas aque/las medidas de cerecter juridico, politico, administrativo ycultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos y que aseguren quelas eventuales violaciones a los mismos sean efectivamente consideradas y tratadascomo un hecho ilicito que, como tal, es susceptible de acarrear sanciones para quien:las cometa, est como la obligaci6n de indemnizar a las victimas por susconsecuencias perjudicieles ..Es claro, a su vez, que la obligaci6n de orevenir es demedio 0 comportamiento y no se demuestra su incumplimiento por el mero hecho deque un derecho haya sido vto teao" ,EI presente informe analiza y da a conocer las preocupaciones de la ProcuraduriaGeneral de la Naci6n respecto del articulo 9 de la Ley 1421 de 2010, que faculta alGobierno Nacional para que delegue en particulares las labores de desminadohumanitario, bajo el cumplimiento de ciertas condiciones.En ese sentido, se expondra brevernen> ,~Ipanorama internaciooaldel desminadohumanitario y los estandares lnternaciona.c- nue riqenIa -rnateria: el desminadohuman itario desde el contexto colombiano Y jatJ~~Ij[~8rn')lica que se ha disenado alrespecto. Posteriormente, se plantearan los escenarios , ..:;Dr-.. .~!'......~': ::-

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    5/32

    colombiano en materia de desminado humanitario por civiles y se presentaran lasconclusiones y algunas recomendaciones con el fin de prevenir eventualesviolaciones de derechos humanos.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    5

    r

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    6/32

    1. LAS ACTIVIDADES DE DESMINADO HUMANITARlO EN EL AMBITOINTERNACIONAL

    EI Cornite Internacional de la Cruz Roja (CICR) ha indicado que en escenarios deconflicto armado, las guerras deberfan terminar cuando cesen las hostilidades.f Sinembargo, la existencia de minas antipersona sigue causando muertes v !p

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    7/32

    Cuando se habla de desminado humanitario, se hace referencia a actividades masalia de la simple extracci6n de minas del suelo. En efecto, las Naciones Unidas hanidentificado cinco grandes grupos de actividades relacionadas con desminadohumanitario: i) Remoci6n y destrucci6n de minas, restos de materiales explosivos deguerra y delimitaci6n de las zonas afectadas; ii) Educaci6n para que Ja genteentienda los riesgos a los que se enfrenta y se mantengafuera del alcance de estas:iii) Asistencia medica y servicios de rehabilitaci6n para las victimas; iv) Defensa de unmundo iibre de ia amenaza de las rninas y la promoci6n entre los paises para quesean Partes de los tratados internacionales que regulan el tema; y v) Cooperaci6npara la destrucci6n de las reservas de minas de cada pals." -,Finalmente, la contaminaci6n par armas va mas alia de la existencia de minasantipersonal. Tambien existen restos explosivos (sin explotar 0 abandonados) y ,artefactos explosivos improvisados.1.1. Estandares internacionales de desminado humanitario \ :En relaci6n con el concepto mismo de "estandares" de derechos humanos, laProcuraduria entiende que estes se desarrollan con el fin de proteger los derechoshumanos contra violaciones de individuos, grupos 0 Estados. . ,La raz6n de ser de un "estandar" se relaciona con el reconocimiento de la existenciade diferencias culturales, 1 0 cual conlleva .Ia necesidad de establecer ciertas "reglascomunes" - en 1 0 posible "universalizables" - que puedan ser traducidas en undocurnenio escnto." Los estandares simbolizan acuerdos eticos, normativos eintelectuales, en la medida en que promueven el intercarnbio cultural y el!entendimiento mutuo."Los documentos contentivos de estas reglas comunes toman el reconocimiento d\e"estandares" y pueden ser vinculantes juridicamente, dependiendo de la voluntad dequienes hacen parte del acuerdo. Asi, convenciones, pactos 0 tratados normalmentese. consideran juridicamente vinculantes, a diferencia de las declaraciones yrecomendaciones. .En el caso de las Naciones Unidas, el procedimiento de diserio de estandares \consiste generalmente en i) un estudio prelirninar acerca de los aspectos tecnicos ylegales del tema a ser requlado a nivel internacional; ii)los resultados del estudiopreliminar se lIevan a una instancia decisioria, la cualopta - 0 no - por regular dichotema, definir su alcance y definir la naturaleza juridica del documento que se ha deelaborar, e.g. tratado, recomendaci6n, declaraci6n; iii) Los Estados Miembros puedenintervenir y proponer los aspectos que consideren pertinentes; iv) La instancia10 http://www.un.org/es/peace/mine/what.shtml(Paqina consultadael19 de octubre de 2011).11 UNESCO i (2011), informacion disponible en http://portal.unesco.org/en/ev.php-URL 10=12024&URL 00=00 TOPIC&URL SECTION=201.htmllbld.

    Delegada para la Prevencion en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    7

    I

    http://www.un.org/es/peace/mine/what.shtmlhttp://portal.unesco.org/en/ev.php-mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]://portal.unesco.org/en/ev.php-http://www.un.org/es/peace/mine/what.shtml
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    8/32

    decisoria prepara un reporte final que incluye las observaciones de los EstadosMiembros, el cual constituye un borrador para ser votado y posteriormente adoptadocomo instrumento internacional. Como instrumento que es, este se considera un"estandar" en la rnateria."Lo anterior, con el proposito de indicar que el desminado humanitario se regula pornormas internacionales que establecen estencieres pr" '" ,?,,;t,,:) h ~of(),!nloaf? V Itecnologia requeridas para detectar 'i r":'i!~""-::'r :-iiinas. LdS )\:;; .... .;',,, " '.'~- -"-'-''''L.:.q .un importante rol en materia de gesti6n de calidad.!" ... ".Como antecedente relevante en materia de desminado humanitario, la Resolucion51/45 S del10 de diciembre de 1996 de la Asamblea General de las Naciones Unidasexhorta a todos los Estados a que procuren decididamente concertar un acuerdointernacional eficaz y de cumplimiento obligatorio para prohibir el uso, elalmacenamiento, la produccion y la transferencia de las minas terrestres antipersonal.Si bien este instrumento internacional no se considera juridicamente vinculante, estambien cierto que marca una decision polltica concertada a nivel internacional.Como prueba de ello, se crearon posteriormente la "Convencion sobre la prohibici6ndel empleo, almacenamiento, producci6n y transferencia de minas antipersonal ysobre su destruccion" (1997), la "Convencion sobre ciertas armas convencionales"(1980, enmendada en 2001), y la "Convencion sobre Municiones en Racimo" (2008),entendidos como los "documentos sustanciales" que rigen la materia del desminadohumanitario."

    Por otro lado, numerosos informes del Secreta rio General de las Naciones Unidas,asi como Resoluciones del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General de este imismo organismo, han establecido los marcos de conducta necesarios para IIevar a ;Icabo labores de desminado hurnanitario en parses en conflicto y postconflicto.En el ario 2001 se crearon los Estandares Internacionales en materia de Desminado("IMAS" por sus siglas en inqles) en el sene del Grupo de Coordinaci6n Inter-agencialde Naciones Unldas." Los IMAS se diseriaron luego de un proceso consultivo yparticipativo y estan sujetos a revision permanente. 1 0 cual evidencia su vocacion deadaptabilidad a nuevas circunstancias.'Los IMAS que se han escrito hasta la fec~~;~pueden ser consultados en la paqinaWeb www.mineactionstandards.org, entre los CL.i;~jl...< . ",9 destacan los siguientes:

    13 Ibid.14 http://www.un.org/es/peace/mine/how.shtml (Paqlna consultada el19 de octubre de 2011).15 Naciones Unidas, informaci6n disponible en http://www.un.org/es/peace/mine/docs.shtmlconsultada el 31 de octubre de 2011). .16 http://www.mineactionstandards.org/ (Paqina consultada el 20 de octubre de 2011).17 Ibid.

    (paqina\

    Oelegada para la Prevencion en Materia de Oerechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected]

    Carrera 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    8

    http://www.mineactionstandards.org%2C/http://www.un.org/es/peace/mine/how.shtmlhttp://www.un.org/es/peace/mine/docs.shtmlhttp://www.mineactionstandards.org/mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]://www.mineactionstandards.org/http://www.un.org/es/peace/mine/docs.shtmlhttp://www.un.org/es/peace/mine/how.shtmlhttp://www.mineactionstandards.org%2C/
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    9/32

    Establecimiento de programas de desminadoIt Prueba de equipos Despeje de minas Acreditacion y monitoreo lnvestiqacion no-tecnica (non-technical survey) Investiqacion tecnica (technical survey) Entrenamiento Dernarcacion y senalizacionIt Salud y seguridad ocupacional Educacion en el riesgo Evaluacion de prcgramas de desminado

    2. EL DESMINADO HUMANITARIO EN COLOMBIA2.1. Fundamentos constitucionales y legales para realizar desminado

    humanitarioEn primer lugar, el articulo 2 de la Constitucion Politica de 1991 indica que mantenerla integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica son fines esenciales delEstado. Como complemento de 1 0 anterior, el articulo 366 de la Carta Politica serialaque el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la poblacion son.finalidades sociales del Estado. Es por ello que mantener la seguridad e integridad delos ciudadanos constituye un servicio publico a cargo del Estado .

    . ,.. , .En segunda instancia, en virtud del Bloque de Constitucionalidad fundamentado en elarticulo 93 de la Constltucion Politica, la Convencion Sobre la Prohiblcion del Empleo,Almacenamiento, Produccion y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su \Destrucci6n (Convenci6n de Ottawa de 1997) hace parte del ordenamiento juridicointerno, por 1 0 cual es juridicamente vinculante para el Estado colombiano. Asi 1 0expres6 la Corte Constitucional mediante Sentencia C- 991 de 2000, en la cual sedeclare que el mencionado tratado se ajustaba a la Constitucion Polltica, ast como ladeclaratoria de exequibilidad de la Ley 554 de 2000, aprobatoria de la Convenclon deOttawa.En ese sentido, en virtud de los artlculos 4 y 5 de la Convencion de Ottawa,Colombia asumi6 la obligaci6n lntsrnacional de destruir - 0 asegurar la destruccion -:-,.de todas lasrrHnas antipersonal colocadas en las zonas minadas que esten bajo siijurisdicci6n 0 control, 1 0 antes posible. . ,',Igualmente, el Estado colombiano se encuentra obligado a identificar todas las zonasbajo su jurisdicci6n 0 control donde se tenga conocimiento 0 se sospeche que hay ,minas antipersonal, y adoptar todas las medidas necesarias para que todas las minasantipersonal en zonas minadas bajo su jurisdicci6n 0 control. tengan el perimetromarcado, esten vigiladas y protegidas por cercas u otros medios para asegurar la

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanas y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    9

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    10/32

    i;

    eficaz exclusion de civiles, hasta que todas las minas antipersonal contenidas en \dichas zonas hayan side destruidas.En tercer lugar, luego d~ la expedicion de la Ley 1440 ue 2011, cornunrnentedenominada "Ley de victi~as y restitucion de tierras", es claro que en materia derestitucion de tierras, es 0lbligacion del Estado colombia no garantizar que las tierrasrestituidas esten libres de minas antipersonal, .Finalmente, es importante reiterar que la Ley 759 de 2002 (creacion de la CornislonIntersectorial Nacional para la Accion contra las Minas Antil:ler$t)Mar:"':CIN.t\~}':-:;' 1 ' ' ' 'Decreto ~150 de. 2007 (dleaCion del Programa Presiden:':c:' t-.~.,oj I ."" .. .\(" , 'C" ~nt8;::::contra Minas Antipersonal}- PAICMA ..), la LC:i i/;/ ~~..LUIO (que prorroga las Leyes418, 548, 782 Y 1106 respectivamente) y ei Decreto 3750 de 2011 (que reglamenta elarticulo 90 de la Ley 1421 ~e 2010), constituyen, a la fecha, el marco legal internoenmateria de desminado hurnanitario.2.2. EI CONPES 3567 de febrero de 2009EI documento que se presento al Consejo Nacional de Polftica Economica y Social:(CONPES) en el mes del febrero de 2009, plantea las acciones previstas para el 'fortalecimiento de la denominada "Accion Integral contra Minas Antipersonal(AICMA)" para el periodo 2009 ..2019.Las acciones propuestas en el CONPES 3567 de 2009 tienen como prop6sitoprincipal garantizar el desarrollo social y economico de las comunidades, de maneraque este no se vea afectado por la existencia de minas antipersona- 18EI CON PES 3567 se desarrolla en siete secciones, en las cuales se presentan demanera sucinta los antecedentes para la presentacion de dichas politicas; un marcoconceptual y teorico; un diaqnostico sobre la situacion de las minas antipersona enColombia; las estrategias, objetivos y lineas de accion en la materia; una estimacionde los costos de dicha politica; y la forrnulacion de recomendaciones.Es importante resaltar de dicho documento CONPES que se plantean cuatro ejesproblernaticos con respecto ai pr'~;~'!ema de las minas antipersonal: (i) debllcoordinacion interinstitucional para res;:.-":0f a I!)s nroblernas que afectan a las'comunidades; Ii) insuficiente capacidad instltuc. .... , . a COi~~:"'-' .~ ;..,:-.,.....__ . ,- ~'desminar el territorio; iii) deficiente gestion del riesgo por minas en term.nos ,,'"":prevencion y educacion: y Iv) dificultades en el proceso de rehabilitaci6n integral e !inclusi6n socioecon6mica de las victimas de minas antlpersonal." I18 Departamento Nacional de Planeaci6n (2009), Consejo Nacional de Polftica Econ6mica y Social, "Po/fticaNacional de Acci6n Integral contra Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y ArtefactosExplosivos Improvisados (AEI)", documento CONPES 3567, Bogota D.C., 16 de febrero de 2009, p. 4.19 Ibid, p. 25 y 55.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80, Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    10

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    11/32

    No es el objetivo de este informe de la Procuraduria adentrarse de fonda en elCONPES. Sin embargo, es de la mayor importancia indicar que en el ana 2009 seplantearon una serie de planes y politicas dirigidas a trabajar mancomunadamente enla labor de rernocion de minas antipersona, luego de identificadoslos cuatro cuellosde bcte~!aarrlba deacritoe, en los cuales no se menciona en acapite alguno la idea deque civiles realicen labores de desrnlnado hurnanitarlo.Este antecedente debe ser tenido en cuenta a la hora de evaluar la polltica publica enla materia y el papel jugado por la institucionalidad que se ha creado para esosefectos.2.3. De la Fuerza Publica a las organizaciones no gubern,ament~les''en materiade desminadoAntes de la suscrlpcion de la Convencion de Ottawa de 1997, 35 bases militares Icolombianas contaban con campos minados de proteccion (de tipo convencional). \'Luego de la ratificaclon de este tratado, Colombia curnplio con su primer compromiso \como Estado Parte, despejando estas areas minadas.La unidad militar que se encarqo de esta labor fue el Batallon de OesminadoHumanitario denominado "Batallon de Ingenieros No. 60 Coronel Gabino Gutierrez",el cual, desde el ario 2005, ha venido realizando labores de desminado humanitarioen todo el territorio nacional. En la actualidad, el Batallon cuenta con nueve pelotones(27 unidades de desminado humanitario con tecnica manual) y tres rnaquinasbarreminas donadas a Colombia por el gobierno de Japon."- . .EI PAICMA indlco a la Procuraduria que en su Recomendacion No.5, el documentoCONPES 3567 exhorto al Comando General de las Fuerzas Militares sobre lanecesidad de incrementar a 14 el nurnero de pelotones del Batallon de Oesminado enoperaciones a 31 de diciembre de 2011.21En consonancia con 1 0 establecido en el CONPES 3567, aclara el PAICMA que endicha oportunidad se estimo un presupuesto de $105.647 millones de pesos para el I 'cuatrienio 2009-2012, de los cuales se esperaba recibir un 24% de la cooperacioninternacional y el 76% restante de las partidas -presupuestales asignadas por el \Ministerio de Oefensa Nacional y el mismo PAICMA. Estas cifras buscaban cubrir los \costos de personal, intendencia basica y movilidad. de las unidades de desminadohurnanltarlo." . ~

    20 http://www.mineactionstandards.org/ (Paqina consultada el20 de actubre de 2011).21 Lo anterior, en respuesta a un requerimiento de informaci6n adicional enviado par la Procuraduria Deleqadapara la Prevenci6n en Materia de Derechas Humanos y Asuntos Etnicos, la cual fue respondidaoportunamente par el Programa Presidencial para la Acci6n Integral contra Minas el pasado 19 de diciembrede 2011.22 Ibid.

    Delegada para la Prevencion en Materia de Derechos Hurnanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    11

    http://www.mineactionstandards.org/http://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/http://www.mineactionstandards.org/
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    12/32

    Sin embargo, en el ario 2010, momenta en el cual el Estado colombiano solicit6 laextensi6n de plazos de conformidad con el articulo 5 de la Convenci6n de Ottawa,se decidi6 revaluar la creaci6n de nuevos pelotones durante el ano 2011.En su lugar,se dispuso que los cinco (5) pelotones nuevos que deberlan ser creados c>~ )nf~""\-' _establecido en el CONPES, serian cree-do"" :: ..~."j,,~ ~~ '::~'.'" ....... - --'." ,."r '-"1:.. _ ~partir de enero de 2013.23Igualmente, se defini6 con el Inspector General de las Fuerzas Militares, unl'"calendario de expansion" para el Batall6n de Desminado Humanitario, el cual quedo.incluido en una solicitud presentada a los paises donantes en materia de desminadohumanitario (Estados Unidos, Canada, Espana e Italia) a traves de la Organizaci6nde Estados Americanos (OEA).24 EI mencionado calendario fue proyectado de lasiguiente manera:Cuadra "Capacidad de desminado humanitario prayectada para el Estado colombiano- Pelotones del Batal/6n de Oesminado Humanitario 2011-2020"

    Ano Pelotones2011 92012 92013 14 - - . -- ..--2014 16 i2015 182016 202017 202018 222019 242020 25

    \

    Fuente: Programa Presidencial para la Acci6n Integral contra Minas Antipersonal, diciembre de 2011Una vez presentado el anterior plan de acci6n en materia de fortalecimiento delBatall6n de Desminado Humanitario, el PAICMA serialo que los paises donantes hanmanifestado dificultades para aumentar su cooperaci6n para las actividades dedesminado en el pais.25 Ante este panorama, el PAICMA indic6 que ha promovidoante los Ministerios de Defensa y Hacier.do y r:::nditoPublico, respectivamente, asicomo ante el Departamento Nacional de Planeac.c para (1ue el fortalecimiento delBatall6n sea considerado dentro de las partidas del tj,.:.:> .~:...:.,.~I dp !gNaci6n.

    23 Ibid.24 Ibid.25 Ibid.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected]

    Carrera 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    12

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    13/32

    Como soporte de esta qestion, el PAICMA presento a la Procuraduria un calculoestimado sobre la necesidad de recursos financieros para continuar con los planes defortalecimiento del Batallon de Desminado Humanitario. AI respecto, los costos decreacion de pelotones descienden de manera gradual, empezando desde $ 2,5millones de dolares en 2012, a $500.000 dolares en 2019. Los costos desostenimiento van de $5,2 millones de dolares en 2012, a $7,5 millones en 2020. Seespera que la cooperacion aporte dos (2) millones de dolares por ano, entre el 2012 Y2020. Por tanto, el deficit total estimado - incluyendo creacion y sostenimiento depelotones - varia entre 3,2 millones de dolares en 2012, a 5,5 millones en 2020.26Queda claro, entonces, que tanto 81 CONPES 3567 de 2009 como el mismo PAICMA,han manifestado la intoncion de crear mas pelotones de desminado humanitariovinculados al Batali6n de Desminado ya existente, asi como de fortalecer dichospelotones.

    Sin embargo, como bien se menciono al inicio de este informe, el Gobierno Nacionalpromovio en el Congreso de la Republica, la posibilidad de que organizaciones nogubernamentales de desminado humanitario realicen estas labores de manerasubsidiaria.Con el fin de aumentar la capacidad instalada en el pais, de atender las necesidades-de las comunidades afectadas por las minas antiperso-nal y de dar cumplimiento a lasobligaciones contraidas por Colombia como Estado Parte de la Convencion sobre la IProhibicion de Minas Antipersonal, el PAICMA - en coordlnacion con el Ministerio deDefensa Nacional y el Comando General detas Fuerzas Militares -, solicito alGobierno Nacional la inclusion de un articulo relacionado en la ley que prorrogaria laLey 418 de 1997,De este modo, la Ley 1421 de 2010 aprobo en su articulo go , la facultad dereglamentar el Desminado Humanitario por Organizaciones Civiles en cabeza delGobierno Nacional, Este proceso de reqlamentacion inicio con la expedicion delDecreto Presidencial 3750 del 10 de octubrede 2011 y continuara mediante laadopcion de Esienoeres Nacionales de Oesminado Humanitario, elaborados con ..base en los Estenderes Internacionales (IMAS).EI articulo 9 de la Ley 1421 de 2010 implica un cambio relevante en la politica.dedesminado humanitario. EI citado articulo establece 10siguiente: .

    Articulo g o . Actividades de Oesminado humanitario par organizaciones civiles.Can el proposlto de garantizar el goce efectivo de los derechos y libertadestuntiementetes de las comunidades afectadas par la violencia armada en'Colombia, el Gobiemo Nacional, a treves del Ministerio de Oefensa Nacional,edopiere las rnedidas necesarias sabre la base de esienderes internacionales Y II

    26 Ibid.Oelegada para la PreVenci6n en Materia de Oerechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuradurla.qov.co

    13

    mailto:[email protected]://www.procuradurla.qov.co/http://www.procuradurla.qov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    14/32

    los principios humanitarios para reglamentar las actividades de desminadohumanitario para que pueda ser realizado por organizaciones civiles. La,Comisi6n Intersectorial Nacional para la Acci6n contra Minas Antipersonal,dentro de la naturaleza especffica de su actividad, evelere las organizacionesciviles que sean certificadas para realizar actividades de desminado tiumeniierioen el territorio nacional.Pereqreto. Las excepciones legales otorgadas al MinisteriO'lee;Defensa Nacionalen la Ley 759 de 2002 seren extensivas a las organizaciones civiles que'coadyuven la labor de d8.':,'," .,~~" humanitario en desarrollo exclusivo deltraslado de las minas entipersonei , , , , , j ,~,rnlJlim;entode planes de destrucci6n yexclusivamente con este prop6sito.

    De acuerdo con el PAICMA, el articulo 9 de la Ley 1421 de 2010 :58 func!;:-~i~"i"" .gran medida en la jurisprudencia constitucional, e.g. la Sentencia C-043 de 19St-, iccual defini6 el servicio publico como "toda actividad organizada que tienda asatisfacer necesidades de interes general en forma regular y continua de acuerdo conun regimen juridico especial bien que se realice por el Estado directa 01indirectamente 0 por personas privadas".

    EI PAICMA manifest6 que el desminado humanitario por organizaciones civiles sereqira p.o~los principios humanitarios de que tratala Resolu~i6n 46/1.82 eXfedida el19 de diciembre de 1991 por la AsambleaGeneral de las Naciones Unidas.", '

    2.4. EI desarrollo del articulo 9 de la Ley 1421 de 2010

    En consonancia con 10 anterior, el desminado hurnanitario !!e\;'2:~!':: ::; ~~;:;~X~organizaciones civiles parte de la base de los siguientes aspectos fundamentales:1"'." ",J'.'

    La politica de acci6n integral contra minas antipersonal no es una estrategiade lucha contra los GAOML, sino que tiene por objeto eliminar el impactonegativo que la presencia de minas antipersonal causa en las comunidadesafectad as.28 EI desminado humanitario debera lIevarse a cabo unicarnente en zonas del 'territorio nacional donde el acceso a las comunidades afeotadas por minasantipersonal es sostenible; y donde recibir asistencia humanitaria es underecho independiente :~~ea acci6n polltica y milttar, que no involucra a lapoblaci6n en la estrategia o.~,;i;::::stad07cololilbiano contra los GAOML.29

    27 Programa Presidencial de Accion Integral contra Minas ,c\ntipeiSCi, ,~; ::--..." fiile. .... "ubr", de 2011), el:respuesta a requerimiento de informacion por parte de la Procuraduria General de ta Nacion, como parte delas fuentes uti lizadas para elaborar el presente informe.28 Ibid.29 Ibid.

    Dele ga da p ara la P re ve nc i6 n e n M ate ria d e D ere ch os H uman os y Asun to s E tn icosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected]

    C arre ra 5 N o. 1 5-8 0. P is o 1 5. P BX : 5 87 87 50 -5 86 93 10 . www.procuraduria.gov.co

    14

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    15/32

    Ninguna orqanizacion civil de desminado humanitario podra iadelantarlabores en areas en las cuales las minas antipersonal todavia representenalqun valor tactico 0 estrateqico para los GAOML.3o La intervencion de arganizaciones civiles se realizara de forma"subsidiaria", con fundarnento en la asiqnacion de tareas que defina elGobierno Nacional."

    Adicionalmente, las organizaciones civiles de desminado pod ran contratar personalcivil nacional 0 extranjero para cumplir con su mision. EI personal de estasorganizaciones deberaser equipado y entrenado de acuerdo con 1 0 dispuesto pcrel,Gobierno Nacional, con el fin de surtir un estricto proceso de acreditacion, requlsitoindispensable para adelantar en Colombia cualquier actividad relacionada con elDesminado Humanltarto." IIDe acuerdo con el Decreto 3750 de 2011, las organizaciones civiles de desminadohumanitario estaran obliqadas a observar la normativa vigente en materia laboral,ambiental, penal y de seguridad industrial. Asl, estas deberan vincular a su personalmediante contratos laborales que cumplan con la legislacion laboral colombiana. Ensegunda medida, tendran que constituir de manera complementaria una poliza desegura de vida y accidentes, que cubra el riesgo por muerte y lesiones fisicas 0psicol6gicas transitorias 0 permanentes, asociadas al desarrollo de talesactividades.PEn materia contractual, el Gobierno Nacional seiiala que no existira ninqun tipo derelacion contractual entre el Estado cotornbiano y las personas vinculadaslaboralmente a las organizaciones civiles de desmlaado."Con respecto a la relaci6n de las organizaciones civiles de desminado con el Estadocolombiano se ha previsto, mediante la elaboracion de un Estender Nacional deAsignaci6n de Tareas de Desminado Humanitario, que no exista un vinculo,contractual. De este modo, se preve que estas organizaciones tendran que -financiarsus actividades mediante recursos de cooperaci6n. En ese sentido, el Estadocolombiano velaria par el curnplirniento de los Esteruieres Nacionales y por la calidadde los resultados obtenidos, sin intervenir en materia presupuestal, la cual seraverificada por los donantes que aporten los recursos."

    30 Ibid., 31 Decreto 3750 de 2011, art. 1.

    32 Programa Presidencial de Accion Integral contra Minas Antipersonal (PAICMA) (octubre de 2011), enrespuesta a requerimiento de informacion p~r parte de la Procuraduria General de la Nacion, como parte delas fuentes uti lizadas para elaborar el presente informe.33 Ibid.34 Ibid.35 Ibid.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    15

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    16/32

    2.5. EI criterio de definicion de zonas de desminado por parte de civiles:aslqnaclon de tareasDe conformidad con la informaci6n suministrada por el PAICMA, para tomar ladecisi6n sobre si una zona es "sostenible" 0 no, elComite' de Desminado Humanitariodebera consultar a las autoridadeslocales, a ras 3UtG~;' ;.::.(J.:;;:. ':':nic2s. _ :...;;comunidades y a las demas organizaciones 0 instancias que considere pertmentes.:"Es decir, se preve un proceso participative a la hora de tomar una decisi6n de estaenvergadura.Adicionalmente, vale la pena .rnencionar que el diserio de la politica publica enmateria de desminado humanitario a carqo (~;::/G'rw:ibde Trabajo Interinstitucional, haside permanentemente asesorado y avalado PO! E - . ; - -:'.~ J:em 9 ,- ':: c :: :: :. - ; , ~ . - :: .: ; UL-Colombia."Informa el PAICMA que las organizaciones civiles de desminado s610 podran lIevar acabo su labor en las zonas del territorio nacional donde las minas instaladas por losGAOML se consideren abandonadas por estes y no representen ninqun valor tacticoni estrateqico para ellos."EI interrogante acerca de cuales son los criterios para decidir que zonas seconsideran abandonadas y de valor estrateqico nulo para un GAOML, es respondidopor el PAICMA indicando que la identificaci6n de estas areas se basara en elEstender Nacional de Asignacion de tareas de Oesminado Humanitario, el cual seencuentra en proceso de aprobaclon"Hasta la fecha y de conformidad con el articulo 6 del Decreto 3750 de 2011,'determinar las zonas del territorio nacional donde se realizara progresivamentedesminado humanitario es funci6n de la Instancia Interinstitucional de DesminadoHumanitario, la cual esta integrada por el Ministro de Defensa Nacional, el InspectorGeneral de las Fuerzas Militares y el Director del Programa Presidencial para laAcci6n Integral contra las Minas Antipersonal (PAICMA).Para realizar esta funci6n, de acuerdo con el articulo 12 del mismo Decreto, laInstancia Interinstitucional tendra en cuenta los siguientes criterios: i) seguridad; ii)contaminaci6n con minas anttpersc+s: (cc.. '-"'';'''';::'' il1forn:or.i6n''recopilada por elPrograma PAICMA); iii) informaci6n 9 . . ? . L S;st~;;'nade AlettasTe: . '1 p '- - : - . . . . _ : . . . " . ,. - . . . : _ . ;

    . . r~~ I

    36lbfd.37 Informaci6n obtenida de entrevista realizada a Marc Bonnet (Senior Technical Advisor del United NationsMine Action Service _ UNMAS) Y Christian Lara (Programme Associate del United Nations Mine ActionService - UNMAS), miercoles 26 de octubre de 2011. -38 Programa Presidencial de Acci6n Integral contra Minas Antipersonal (PAICMA) (octubre de 2011), enrespuesta a requerimiento de informacion por parte de la Procuraduria General de la Nacion, como parte delas fuentes utilizadas para elaborar el presente informe.39 Ibid,

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExlensiones 11506/40. Fax: /11598. [email protected]

    Carrera 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    16 \

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    17/32

    I'!

    Defensoria del Pueblo; y IV) la informacion suministrada por el Comando General delas Fuerzas Militares. 'Los criterios establecidos en el articulo 12 del Decreto 3750 de 2011 se encuadranen los tres principioscardinales de la asistencia humanitaria, i.e. humanidad,neutralidad e imparcialidad't", Por tanto, el Gobierno Nacional ha entendido queeldesminado debe ser cuidadoso y desarrollarse dentro de los denominados "espacioshumanitarios", los cuales deben tener garantizado el respeto por los principioshumanitarios.La determinacion de los "espacios humanitarios" equivale a 1 0 que el GobiernoNacicnal na denominado areas a zonas "de consolidacion", en las -cuates se afirmatener pleno control territorial por parte de la institucionalidad oficial. Precisamente 1 0relativo a estas zonas se tratara en el siguiente acapite.2.6 [Las zonas de consolidaci6nComo se rnenciono de manera antecedente, el desminado humanitario desarrolladopor civiles solo podria lIevarse a cabo en zonas donde exista pleno control territorial, Ide manera que las condiciones de seguridad permitan una labor de desminadosostenible.

    \

    AI respecto, vale la pena mencionarque el Alto Gobierno ha venido realizando unalabor de focalizacion regional, en la cual se han identificado areas de mayorvulnerabilidad en la poblacion, debido a una debil presencia institucional 0 incluso a laausencia plena de servicios sociales por parte del Estado -colornbiano. Estediaqnostico impllcc la necesidad de desplegar esfuerzos coordinados con el fin deque el Estado pudiese lIegar a estas zonas de manera integral, y no exclusivamentecon Fuerza Publica.EI Centro de Coordinacion de Accion Integral (CCAI) que opera en la Presidencia dela Republica indico en cuestionario enviado por la Procuradurla" que algunos de losaspectos que se identificaron en estas regiones fueron: i) Fuertes brechas en .alqunasregiones entre la presencia y difusion de servicios del Estado y el control territorial porparte de este: Ii) Estas regiones coinciden con nucleos de interes para el accionararmado de los GAOML, 1 0 cual afecta a las comunidades y fragmenta la participacionsocial; y iii) Estas regiones simbolizan areas perifericas, aisladas geogri3ficamente, Iocual las desintegra del desarrollo institucional y econornlco."

    r

    40 Estos criterios se encuentran plasmados en e! Glosario de la Secci6n de Coordinaci6n Civico-Militar de laOficina para la Coordinaci6n de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (UNOCHA).41 Centro de Coordinaci6n de Accicn integral (CGAI), respuesta a requerimiento de informaci6n enviado por laProcuraduria Oelegada para la Prevenci6n en materia de Oerechos Humanos y Asuntos Etnicos, el pasado 31de octubre de 2011.42 ibid.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506 /40 , Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80, Piso 15. PBX: 5878750-5869310, www.procuraduria.gov.co17

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    18/32

    EI Gobierno Nacional emiti6 la Directiva Presidencial No. 1 de marzo de 2009, en lacual diserio el Plan Nacional de Consolidaci6n Territorial (PNC) y focaliz6 algunasregiones para esta tarea. Esta Directiva fue complementada por la DirectivaPresidencial NO.6 de 2011, como parte de la denominada "Revisi6n Estrateqica" enmateria de consolidacion-territorial.: Asi quedo+plasrrrado en el Plan Nacional deDesarrollo 2010-2014. Esta nueva propuesta de focalizaci6n auri iioesta terminada yse encuentra en proceso de adopci6n, como bien 10 inform6 el CCAI.43

    EI marco normativo que regula elf'.'~:":;i-iamiento de las zonas de consolidaci6n sepresenta en la siguiente tabla aportada por ei C>~;',:

    -EstM artlc:,ulos d~$ttibeit 10$prir',cipaleS crientacienes de la.P.oliti 'caM I ':Lmarco del Plan r '>faci()lial.deDesarrolio;.S;l refi.;!(M a susprinclpalestn",d)ni~mosihstl tuelormles . , ; j j< ) rlE~ce~ jdades! f ,i?ne;ales de fO!ier iodo. 2010 - 2014. v estableciocemc un. U.~ "'~ r '" LJ pros .e.,1 "par." ." .., d I 'd d d .. "I r '- d

    t d " (C Itul V 'I I C3. P .: 5 "5 '9 "5 64 ' ) . I so porte' transversa, .1; 11 prcspen a ()!l1ocrallc;l a ponuca eQ os .. apt tJ os . , ,., .. . ..consol ldacson hmitoriaiI-----j.---- I .j I Par el cualse organlza.el Sistern .. tlomlni"trali'io.Natlol1al deO E:C RE TO ~9 33 D E A GO STO D Ei2 01D . I Consolidacion Terr1tor:iai, S() fortalecn lapoljticaria~jcn~I;)in(re~tii u n a . comisitin.Frltersectorial y se pi~I'B n.otr as d lsposic lones .

    -.....--- ...... ..-..-:~..~~~ENT~ ..~ON~-~~-~~:~~ . .~~~ -~~ ;~ . ~ ~~ .~ ~ ;~~- - . . r l ~ ~ ; ~ ~ ~ ~ . ~ ~ ; ~ i C ~. .:~idnaJ d::rrjdrr,~~~.manl,al det~lt~os.PO.l iT ICANACIONAL D E E R RA D fC A C J O N MANUAL lI . iti. los yd,h5;m'ollo .~''temativo~y e,e~pHdtoe.n rP .c~i1 ,QCed~55 DE CULTIVOS [ t [CITOS YD.ESARROllO ALTERNATIVO i nP.C11SoIdacl ls 'I' obJ":IV QS ~e artlCIJlae'Ol'lde dlcha polrtlca, con los. . ; pr,xsos de eOl'!solldacJon terr1t(mai. '!Ill! cl'Ccl'!ttO d~

    I PARA LA CONSOL l'D ACrON TERR ITORI AL j Coordinad6n de Acd6tl Integral\ i

    2

    4

    DIRECTJVA PRES; IDENCI ; t \ .LOOl bE MABZO DE l l C rf , . " ,- I ,.,i, _< . ~

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    19/32

    Consolidacion Territorial, la cual se enmarca igualmente en el contenido del PlanNacional de Desarrollo 2010-2014.44

    De acuerdo con informacion suministrada por el CCAI, a la fecha, se consideran"zonas de consolidacion" las siguientes reqlones;"1. CatatumboL. Montes de Maria3. Nudo de Paramillo4. Norte del Cauca y Sur delValle del Cauca5. Region fronteriza del Putumayo6. Region de la Macarena y de ia cuenca del rio Caquan7. Sur del Tolima8. Turnaco

    Como complemento de 1 0 anterior, el Plan Nacional de Consolidaclon (PNC) priorizo15 zonas de intervencion que abarcan el territorio de 100 municipios de losdepartamentos de Naririo, Cauca, Valle del Cauca, Choco, Antioquia, Cordoba,Bolivar, Sucre, Cesar, La GuaJira, Magdalena, Norte de Santander, Arauca, Meta,Caqueta, Putumayo y Tolima." Estas zonas estan ubicadas en gran medida en lasocho regiones arriba enumeradas.

    \

    Con todo, el PAICMA ha informado que la Instancia Interinstitucional de DesminadoHumanitario considerara estas zonas del pais para lIevar a cabo el desminado, perono se lirnitara a elias. Sequn su parecer, "existen otras zonas del pais afectadas porlas minas antipersonal, donde posiblemente existen las condiciones" necesarias pararealizar operaciones de Desminado Humanitario".Para explicar 1 0 anterior, el PAICMA reitera que de acuerdo con el PNC, en elterritorio colombiano se configuran tres tipologias de zonas que reflejan la dlnamicaterritorial del proceso de consolidacion, y que corresponden a las fases en las que se 'desarrollara dicho Plan: zonas en fase de Recuperaci6n, zonas en fase de Transici6ny zonas en fase de Estabilizaci6n: I' Fase de Recuperacion: operaciones enfocadas a la recuperacionseguridad territorial con el fin de mitigar los efectos de la confrontacion armadasobre la poblacion civil, con el fin de protegerla. Se ejecuta en aquellas zonasen las cuales existe una alta incidencia de la amenaza insurgente 0 terrorista,

    de la . !\ '

    44 Ibid.45 Ibid.46 Reporte Ejecutivo Plan Nacional de Consolidaci6n, Centro de Coordinaci6n de Acci6n Integral, Presidenciade la Republica, 2010, en Programa Presidencial de Acci6n Integral contra Minas Antipersonal (PAICMA)(octubre de 2011), en respuesta a requerimiento de informaci6n por parte de la Procuraduria General de laNaci6n, como parte de las fuentes utilizadas para elaborar el presente informe.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506 /40 . Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    19

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    20/32

    ausencia institucional y dependencia de la poblaci6n frente a economiasilicitas. Fase de Transici6n: a medida que se va estableciendo si :,~~::-::,;T!":r~.:~_;",: . " .

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    21/32

    iii) Adoptar las medidas.de tipo legislativo, administrativo 0judicial necesariaspara adaptar el ordenamiento juridico domestico al DIH.5V;:;:c..:C i pena aclarar que algunas normas que conforman el DIH tienen el caracteradicional de ius cogens, en 1 0 que la Corte Constitucional ha denominado los"principios esenciales del DIH", i.e. i) el principio de distincion, ii) el principio deprecaucion, y iii) 81 principio humanitario y de respeto par las garantias ysalvaguardas fundamentales de las personas civiles ' v fuera de combate" Estosprincipios ;301"\ a su vez y por mandato de los articulos 9, 44, 93 Y 94 de laConstitucion Politica, un referente necesario para la resolucion de los problemasjuridicos como el que se trata en este informe sobre desminado humanitario PO(partede civiles.EI principio de distincion que inspira el DIH distingue entre combatientes y personasciviles con el fin de permitir las hostllldades entre los combatientes y proteger a laspoblaciones civiles y las personas civiles de los efectos de las hostilidades.De conformidad con el DIH, las personas civiles gozan de inmunidad. AI respecto, losarticulos 48 y 51 del Protocolo I y el articulo 13 del Protocolo II, adicionales a losconvenios de Ginebra de 1949, prohiben los ataques dirigidos contra la poblacion civily las personas civiles. Asimismo, el articulo 13 del Protocolo II agrega que laspersonas civiles gozaran de la proteccion, salvo si participan directamente en lashostilidades y mientras dure tal partlclpacion respecto de las mismas.Asi, resulta de la mayor relevancia anallzar si el articulo 9 de la Ley 1421 de 2010infringe el DIH al permitir que civiles participen en acciones de desminadohumanitario.La utilizaclon de personas civiles en desminado humanitario, estando en curso elconflicto, implica que elias participen de la confrontacion armada porque contribuyen IIa d~bH!tar e! esfuerzo de guerra de los grupos armados ilegales y c-ontribuyen a .su !vez a fortalecer el esfuerzo de guerra del Estado. Aunque esta participacion puedaser considerada como una participacion indirecta en las hostilidades y por ello losciviles no estarian renunciando a la inmunidad establecida por el DIH, y enconsecuencia los actores armados ilegales no podrian en ninqun momenta atacarlas,no por ello, estarian libres de riesgos, maxirne que estos grupos armados se hancaracterizado por hacer caso omiso del DIH. En esta medida considera laProcuraduria Genera! de la Nadon que el Gobierno Nacional deberia abstenerse defomentar y permitir la particlpacion de civiles en desminado humanitario mientraspersista el conflicto armado, pudiendo en su lugar fortalecer y ampliar los pelotonesde desminado de la Fuerza Publica.50 Ibid.51 Ibid.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5No. 15-80.iso 15.PBX: 5878750-5869310.ww.procuraduria.gov.co

    21

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    22/32

    La sltuacion antes descrita adquiere mayor gravedad cuando el desminadohumanitario por parte de civiles se pretende realizar en zonas de consohdacion queprecisamente son escenario de hostilidades entre la Fuerza Publica y gruposarmados ilegales y que por otra parte, la Procuraduria ha tenido notlclace '..; ' ; : : > ~e hanpresentado cas os de personas civiles.amenazadas-porparte de grupos arrnaoos a.margen de la ley por colaborar con informacion respecto de la ubicaci6n de minasantipersonal y artefactos explosivos. !

    EI Estado colombiano no ecepiere ni permitir que las Organizaciones:Civiles de Desminado Humenttetio, aludiendo a su estatus de organizacioneshumanitarias, entebten 0 adelanten dialogo directo 0 negociaciones con los:Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley. Esta conducta conlteversa la denuncia penal ante las autoridades competentes colombianas para que:adelanten las investigaciones a que haya lugar, a la suspension inmediata delas Tareas de Desminado Humanitario asignadas a la otqenizecion en!Colombia y a la revocatoria de su aval por parte de Comision Intersectoria'rNacional de Acci6n contra Minas Antiperso~al (CINAMAP). . I,

    :Es decir, el Gobierno Nacional es consciente que existen probabilidades que laSorganizaciones civiles de desminado se enfrenten a GAOML. Que tanto pueda]materializarse esta posibilidad, dependera del caso concreto. !. I) r.iortr' "":: T ~p 2.'.:' !.

  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    23/32

    En el ernblematico fallo en el cual se conden6 al Estado colombiano por los hechosocurridos en 1996 durante la toma guerrillera de la base militar de Las Delicias{Puturnayo), el Consejo de Estado senalo que "estes casos representan un evento degrave e indiscutible violaci6n de los derechos hurnanos de los ciudadanos-soldados( ... ) que sufrieron por el incumplimiento del deber positive (objetivo) del Estado edatender la protecci6n de la vida e integridad personal de sus propios uniformados.,,53La evoluclon [urlsprudenclal del Consejo de Estado se ha enmarcado en lossiguientes tres regfmenes de responsabilidad .estatal, . bajo los cuales puedeimputarse responsabilidad al Estado colombiano:a. Falla del servicioEI Consejo de Estado ha admitido que hay lugar a condenar al Estado por el hechede un tercero (concretamente, en relaci6n con hechos que se califican como:terroristas), cuando en la producci6n del dana ha mediado una falla del servicio porineficacia, retardo u otnision, 1 0 cual se ha considerado que ocurre en alguno de estosescenarios:

    -, Cuando los funcionarios publicos participan directamente en la comisi6n del,hecho54,o Cuando la victima 0 la persona contra quien iba dir~ido el acto habia solicitado:protecci6n a las autoridades y esta no se Ie brindo'' , Cuando en raz6n de las especiales circunstancias que se vivian en elmomento, el hecho era prevlslble." \

    Asl, en casos como la "toma del Palacio de Justicia", "la masacre de La Rochela" 0 lamuerte de un guardian de un centro penitenciario como consecuencia de un ataqueguerrillero, se conden6 al Estado colombiano con fundamento en la falla del serviciocomo titulo de irnputacton." .b. Dario especialEn el caso de la teorla del dario especial respecto a casos en los que medien actosdelictivos 0 terroristas por parte de un GAOML, el vinculo causal - con el cual se

    Ibanez Diaz y otros; Demandado: Nacion-Ministerio de Defensa Nacional-Ejercito Nacional; Referencia:Acci6n de Reparaci6n Directa (Sentencia).53 Ibid.54 Consejo de Estado, Sala de :0 Contencioso Administrativo, Secci6n Tercera, Consejero Ponente: RicardoHoyos Duque. Bogota, D.C" once (11) de diciembre de dos mil tres (2003) Radicaci6n nurnero: 12,916 (6270)y 13.627 (3627) Actor: Matilde Isabel Chicaiza y otros Demandado: Nacion -Ministerio de Minas y Energia y rotros, Referencia: Sentencia (reparaci6n directa).55lbfd.56 Ibid.57 Ibid.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506 /40 . Fax: 111598 . preventivaddhh@procuraduria,gov.coCarrera 5No. 15-80.iso 15.PBX: 5878750-5869310.ww.procuraduria.gov.co

    23 \

    I

    mailto:preventivaddhh@procuraduria,gov.cohttp://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:preventivaddhh@procuraduria,gov.co
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    24/32

    ..~

    !imputa responsabilidad al Estado - se genera cuando el ataque se dirige contra unestablecimiento militar, un centro de comunicaciones al servicio del mismo 0 unpersonaje representativo de la cupula administrativa.Sequn el Consejo de Estado, en ese contexte las eventuales victimas ajenas atconflicto deben ser indemnizadas al no tener por que soportar los darios que segeneran como consecuencia de la defensa del orden institucional frente a GAOML.Estos casos se basan en los principios de equidad y solidaridad.Conforme con 10anterior, el Consejo de Estado aplic6 el regimen de ceno especlo,para reparar los perjuicios sufridos por las .V-ictimas'de la bomba dirigida contra eldirector del DAS en 1989 (sentencia del 23 de septiembre de 1994, Exp. 7577).c. Riesgo excepcionalDe acuerdo con el Consejo de Estado, procedi6 tarnbien la reparaci6n a cargo d~1Estado en el caso de la muertede un ciudadano ocurrida durante un ataquedinamitero dirigido por un GAOML contra la fuerza publica. Sequn el Alto Tribunal de10 Contencioso Administrativo, "este ciudadano fue sometido por parte de laadministraci6n a soportar un riesgo excepcional el cuat no estaba en la obligaci6n de rsoportar" 58. Este riesgo fue creado por la actividad desarrollada por la fuerza policial ,en cumplimiento de la restauraci6n del orden publico, que se via alterado por los'atentados dinamiteros perpetrados por grupos criminales del sector"."En otros eventos, como se vio, la imputabilidad surge de la creaci6n de un riesgo quees considerado excepcional, en la medida en que supone la puesta en peligro de urigrupo particular de ciudadanos, como consecuencia del desarrollo de una actividaddirigida a proteger a la comunidad en general. No se trata aqui, er:ton~:",,~,f3 l 2 iexistencia de una acci6n u omisi6n reprochable de la administraci6n, sino de la Iproducci6n de un dana que, si bien es causado por un tercero, surge por larealizaci6n de un riesgo excepcional, creado conscientemente por esta, encumplimiento de sus funciones. Y es la excepcionalidad del riesgo 10 que hace ievidente la ruptura del equllibriofrentea las cargas publicas y posibilita el surgimiento ,de la responsabilidad patrimonial del Estado.60 .EI Consejode Estado considera que no hay raz6n para Iimitar la responsabilidad !estatal a los eventos en los cuales un ataque terrorista se dirige contra un objetivomilitar 0 policivo, sino que debe extenderse a todos aquellos casas en ;::s.:.:'.!f' elblanco sea "un objeto claramente identificable como del Estado", ya que ;~(

    _,,:'58 Consejo de Estado, sentencia del 22 de enero de 1996, expo 1-0'.648.59 Ibid. ..... -' .60 Consejo de Estado, senten cia del 10 de 'aqosto de 2000, exp: 11.585. En el mismo sentido, sentencia del 18de octubre de 2000, exp: 11.834.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    24

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    25/32

    , justiticacion para establecer el vinculo causal es la rnisma: el riesgo particular que secrea con una actividad que ha side elegido por los terroristas como objetivo."As! pues, el articulo go de la Ley 1421 de 2010, reglamentado por.el Decreto 3570 de2011, al estabiecer la posibilidad que organizaciones civiles "even a cabo actividadesde desminado humanitario, podria representar un claro escenario de responsabilidadpatrimonial por parte del Estado colombiano. La anterior afirrnacion se sustenta en elhecho de que este tipo de actividades, de acuerdo con el articulo 20 de laConstitucion Polftica y las obligaciones contenidas en la .Convencion de ottawa.eon .obliqacion exclusiva del Estado.La remocion de minas aritipersonal y artefactos explosivos es una obliqacion a cargo'del Estado, toda vez que genera riesgos de dartos y posibles violaciones para lapoblacion civil, la cual es sujeto del deber de garantia en cabeza del Estado. I :,ndependientemente de las razones por las cuales no se hayan cumplido lasobligaciones de Colombia en cuanto a rernocion total de minas antipersonal en el \territorio nacional, e independientemente de la justificacion que tenga el Gobierno iNacional para posibilitar que civiles realicen desminado, es un hecho cierto que estadecision genera "una ruptura en el equilibrio de las carqas publicas", fa cual nace dela creacion de un riesgo excepcional, consciente y deliberado par parte del Estadohacia los desminadores civiles.EI Consejo de Estado considero que la responsabilidad estatal debe extenderse atodos aquellos casos en los que el blanco sea "un objeto claramente identificablecomo del Estado". Si bien es cierto que la Fuerza Publica no tendria presencia fisicaen las actividades mismas del desminado por civiles, los GAOML podrian identificar adichos civiles como parte de la institucionalidad estatal, es decir, se estaria creandoun riesgo particular susceptible de generarresponsabilidad estatal.Si bien una de las condiciones para que una zona de desminado sea asignada aorganizaciones civileses que eJ area este llbre de GAOML y no represente valor'tactico ni estrateqico para estes. ello no significa que en un pais con un conflictoarmado vigente exista esa garantia de manera inequivoca. I '5. LA INOBSERVANCIA DEL DEBER DE GARANTIA COMO RESPONSABILIDADINTERNACIONAL DEL ESTADO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS I\ !\'La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) haestablecido criterios precisos y fundamentales sobre el deber de prevenci6n. Esoscriterios son mas especificos cuando se trata de personas que se encuentran bajo61 Consejo de Estado, Sala de 10 Contencioso Administrativo, Secci6n Tercera, Consejero Ponente: RicardoHoyos Duque, Bogota, D.C., once (11) de diciembre de dos mil tres (2003) Radicaci6n nurnero: 12.916 (6270)Y 13.627 (3627) Actor: Matilde Isabel Chicaiza y otros Demandado: Nacion -Ministerio de Minas y Energfa yotros, Referencia: Sentencia (reparaci6n directa).

    Delegada para la Prevencion en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected]'v.coCarrera 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    25

    http://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    26/32

    custodia del Estado, como es el caso de un centro donde se encontraban recluidosrnenores= 0 situaciones en las que el Estado se encuentra en posicion especial degarante, como es el caso de una comunidad indigena desplazada por haber sidevictima del despojo de sus tierras."Tanto la Corte Europea como la Corte Interamericana han establecido criteriosrigurosos para definir el deber de prevencion dentro de marcos situacionales masamplios y generales. Asl.ien el caso Osman VS. Reino Unido, la Corte Europe" !estableci6 una aproximaci6n cautelosa para definir el deber de prevenci6n r . . ~i ;,-,Europea pone enfasls en la dificultad de qarantiza- el .~.... ~,uOIICO, laimpredictibilidad de la conducta humana y la \l2::~.;;~=C: e - i , ; : : . opciones operacionales ..para determinar prioridades y asignaci6n de recursos, derivando de ello la conclusionque la obligaci6n de prevenir no puede ser interpretada en un sentido que impongauna carga imposible 0 desproporcionada al Estado. En esa perspectiva, enfatiza laobligaci6n de dar los "pasos apropiados" para proteger la vida de las personas queesten bajo su jurisdiccion'", 1 0 que supone implementar normas penales adecuadaspara disuadir la comisi6n de delitos que esten respaldadas por una maquinaria deaplicaci6n de la ley en materia de prevenci6n, represi6n y sancton'". En "algunascircunstancias bien definidas,,66, esta obligaci6n puede implicar, incluso, la obliqacionpositiva de las autoridades de tomar medidasoperacionales preventivas paraproteger a un individuo cuya vida se encuentre bajo riesgo de sufrir actos criminalesde otro individuo.La Corte Interamericana ha construido gradualmente su propio concepto deprevenci6n. Un criterio que la Corte mencion6 - y reiter6 - desde el caso VelasquezRodrfguez VS. Honduras, es que el Estado se encuentra en la obligaci6n de prevenir"razonablemente" las violaciones de los derechos humanos'".

    (,En el caso Pueblo Bello VS. Colombia, el Tribunal estableci6 criterios claros a traves '\de conceptos que fueron reiterados despues en los casos de Comunidad Indfgena .Sawhoyamaxa VS. Paraguay68 y en Valle Jaramillo y otros VS. cotombte", La Corteha establecido, pues, que no existe "una.,res~onsgbilidad_. i1imitada de los Estadosfrente a cualquier acto 0 hecho de particulares" 0 y que el deber de prevenci6n tiene -62 Caso Ximenes Lopes Vs. Bras:l. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2006. Serie CNo. 149.63 Caso Comunidad Indigena Yakye Axa V'S. : :2"~quay. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de juniode 2005. Serie C No. 125 ." .64 Case of Osman v. The United Kingdom, parr. 1'15 .'; ;"65 Ibid.66 Ibid.67 Caso Velasquez Rodriguez Vs. Honduras. Excepciones Preliminares. Sdntenc'.... . ')R de iunio de 1987.Serie C No.1, pin 174.'68 Caso Comunidad Indigena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y C . _c . .:ni"., -~_de marzo de 2006. Serie C No. 146, parr. 155.69 Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de noviembre .de 2008. Serie C No. 192, parr. 78.70 Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia, parr. 123.

    Delegada para la Prevenci6nen Materia de DerechosHumanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. wvvw.procuraduria.gov.co26

    : ~\1I'\,

    mailto:[email protected]:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    27/32

    en lineas generales y fuera de las situaciones especiales en las que el Estado tengauna posicion especial de garante - tres componentes que deben concurrir: 1) el I"conocimiento de una situacion de riesgo real e inmediato"; 2) "un individuo 0 grupode individuos determinado", y 3) "posibilidades razonables de prevenir 0 evitar eseriesgo,,71.Esos conceptos fueron acotados para referirse al "riesqo real ~ inmediato"en los casos Rios y otros Vs. venezuete'? y Perazo y otras Vs. Venezuela 3.En sintesis, para laCIDH la obliqacion de prevenir en cabeza del Estado, implica unaobilgaci6n de prevenir "razonablemente". Es deck, demostrar haber adoptado lasmedidas razonables, conformea las circunstancias que rodean cada case." Paraello, como se rnenciono, el Estado debe tener conocimiento de un riesgo real einmediato sobre un grupo de individuos determinado.En el caso del desminado humanitario realizado por civiles, deben diferenciarse dosescenarios. En primer lugar, el desminado humanitario es una obliqacion exclusiva acargo del Estado; por tanto, si este decide asignar areas determinadas para queciviles realicen estas labores, se genera una situacion de riesgo para losdesminadores, en medio de un conflicto armado. En segundo lugar, ya habiendosecreado un marco juridicci para permitir que civiles realicen desminado, el Estadoentraen una circunstancia especial y reforzada de garante, en tanto que este debe prevenir -,todo tipo de dana que los civiles no estuviesen obligados a soportar.En el segundo escenario, en el ambito del Sistema Interamericano de DerechosHumanos, existiria responsabilidad internacional en materia de derechos humanos sielEstado no toma las medidas preventivas razonables que deberia tomar para \proteger a los civiles desminadores de eventuales violaciones a sus derechos. En \otras palabras, el Estado al decidir asignar tareas de desminado a civiles - sin tenerla .a priori - se autogenera la obliqacion positiva de adoptar medidas de proteccion - queantes no tenia-.

    I'

    Es imp()rtBn~e resaltar que existe una diferencia entre la teoria del riesgo en materiade responsabilidad - la cual se refiere a la noci6n de responsabilidad objetiva - y elhecho de que un Estado sea quien cree riesgos determinados, los cualesposteriormente generan alguna violaci6n de derechos humanos. En ese sentido, silIegase a ocurrir un ataque armado par parte de un GAOML contra desminadoresciviles, se genera ria responsabilidad internacional en derechos humanos si lascircunstancias del caso lIevan a que se compruebe que el Estado no concreto susobligaciones de garantia_75 .71 Ibid.72 Caso Rios y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de28 de enero de 2009. Serie C No. 194, parr. 110. .73 Caso Perozo y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentenciade 28 de enero de 2009. Serie C No. 195, parr. 121.74 Caso Gonzalez y otras (Campo Algodonero) vs. Mexico del 16 de noviembre de 200975 Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia, supra nota, parr. 123; Caso Comunidad IndfgenaSawhoyamaxa Vs Paraguay, supra nota, parr. 155, y Caso Valle Jaramillo y otros Vs: Colombia, supra nota,27

    I'iII

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    28/32

    \

    6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA PROCURADURIA GENERALDE LA NACION6.1. ConclusionesLa Procuraduria General de la Naci6n considera que si bien con las organizacionesno gubernamentales se podria aurnentar.Ia-capacidad instalada en p, ! !J2'S. atenderlas necesidades humanitarias de h:~s(:0;7" ....; : ;; ;, ;. :"~C:tI: :;V;" . .. r."- ~.. ~:~,:::'''';''''':;'. "'_ ......cumplimiento a las obliqaclones contraldas par Colombia en virtud de la Convene.onde Ottawa, tambien 10 es que utilizar civiles para el desminado en medio del conflictoarmado es involucrarlos en la confrontaci6n armada.La Procuraduria tarnbien concluye que los civiles que lIevan a cabo labores d~\desminado humanitario no tienen el deber juridico de soportar el riesgo que implicarealizar estas labores, en medio de un pais inmerso en un conflicto armado decaracter interno.Es evidente la falta de recursos 'de personal, tecnicos y presupuestales con quecuenta el Ejercito Nacional para continuar con su tarea en el cumplimiento de lasobligaciones contraidas por el Estado en la Convenci6n de Ottawa, i.e. la remoci6nde la totalidad de las minas - y artefactos explosivos - existentes en el territorionacional. La falta de recursos. de diversa indole podria ser, en definitiva, la razonprincipal por la cual el Gobierno Nacional decidio delegar de manera subsidiaria aciviles el desminado humanitario.La Procuraduria considera que el desminado por parte de civiles solo debe realizarseen escenarios de postconflicto. Es decir, hasta tanto Colombia no supere el contextede confrontaciones armadas que configuran el conflicto armado interne, el desminadohumanitario realizado por civiles se podria configurar en una infraccion al estatuto deproteccion del que goza la poblacion civil en materia de DIH.

    .- . -. '~''''''-' ~-. ,,'"- [La utilizacion de personas civiles en desminado humanitario irnplica que elias iparticipen indirectamente en las hostltidades porque contribuyen a debilitar e 1 Iesfuerzo de guerra de los grupos armados ilegales y contribuyen a su vez a fortalecerel esfuerzo de guerra del Estado. iDe igual manera, el hecho de que el L-:''-o:_:'!ombiano acepte la renuncia voluntaria 'IIde las org~nizaciones ci~iles de. deSfnint.;;;:;,::.,c ..~. ~-":f.?t!lt~de -nroteccion ,y, en \:consecuencia, les permita realizar desrninaco, pU8de c:y'''' _::;:..:rar'-l,.~:'''''?ntp Iresponsabilidad del Estado por incumplir su deber de garantia. :

    J!

    parr. 78. Ver tambien ECHR, Case of Kilic v. Turkey, Judgment of 28 March 2000, paras. 62 and 63 y ECHR,Case of Osman v. the United Kingdom, Judgment of 28 October 1998, paras. 115 and 116.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506 /40 . Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    28

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    29/32

    Independientemente de las razones por las cuales a la fecha no se hayan cumplidolas obligaciones de Colombia en cuanto a rernocion total de minas antipersonal en elterritorio nacional e independientemente de la justificacion que tenga el GobiernoNacional para posibilitar que civiles realicen desminado,-es un hecho cierto que estadecision genera "una ruptura en el equilibrio de las cargas publicas", la cual nace dela creacion de un riesgo excepcional, consciente y deliberado por parte del Estadohacia los desminadores civiles.Si bien una de las ccndlcionespara-que una zona de desminado sea asignada aorganizaciones civiles es que el area este' libre de GAOML y no represente valortactico ni estrateqico para estes, ello no significa que en un pais con un conflicto rarmado vigente exista esa garantia de manera inequivoca.En el marco de las obligaciones contraidas por el Estado colombiano ante el SistemaInteramericano de Derechos Humanos, para la Corte Interamericana la obliqacion deprevenir en cabeza del Estado, implica una obliqacion de prevenir "razonablemente".Es decir, demostrar haber adoptado las medidas razonables, conforme a lascircunstancias que rodean cada caso." Para ello, como se rnenciono, el Estado debetener conocimiento de un riesgo real e inmediato sobre un grupo de individuosdeterminado.En el ambito del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, existiriaresponsabilidad internacional en materia de derechos humanos si el Estado no tomalas medidas preventivas razonables que deberia tomar para proteger a los civilesdesminadores de eventuates violaciones a sus derechos. En otras palabras, elEstado, al decidir asignar tareas de desminado a civiles - sin tenerla a priori - seautoqenera la obliqacion positiva de adoptar medidas de proteccion - que antes notenia-. Si lIegase a ocurrir un ataque armado por parte de un GAOML contradesminadores civiles, se generaria responsabilidad internacional en derechoshumanos si las circunstancias del caso lIevan a que se compruebe que el Estado no I :concreto sus obligaciones de garantia.

    I

    A priori, en materia de responsabllidad estatal, no encuentra la Procuraduria unajustlficacion juridica 1 0 suficientemente solida para que la Fuerza Publica, institucionnatural desde donde se debe implementar la labor del desminado, delegue enparticulares estas actividades. EI riesgo - y posibles .danos y violaciones - queacarrea lIevar a cabo el desminado humanitario no se compensa con los beneficiosrecibidas, los cuales, sequn S8 V!O, seran reducidos, dadas las circunstancias en lasque se asignarian tareas de desminado.

    76 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Gonzalez y otras (Campo Algodonero) vs , Mexico del16 de noviembre de 2009.Oelegada para la PreiJenci6n en Materia de Oerechos Hurnanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310_ www_procuraduria.gov.co

    29

    mailto:[email protected]:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    30/32

    6.2. Recomendaciones de la Procuraduria General de la Naci6nNecesidad de forlalecer la capacidad de la Fuerza Publica en materia dedesminado humanitario , . ..-_ ' .' - ~. . . . -.:- ,,~.;".. .. . . - .' ." ~'"'. ',_ "._ . (IEste informe ha dejado claro que tanto el CONPES 3567 de 2009 como el PAICMA,han manifestado la intenclon de creel!" mas pelotones de desminado humanitariovinculados al Batallon de Desrnmac. v> ,"- :.,t?nte, aSI como de fortalecer dichospelotones. Ha quedadoclar-o igualmelite qUt ..."'~ .._". ~".::.,...,~.-,.)"" nroouestasconcretas y desagregadas debidamente a los cooperantes internacionalc - " ;...I r . . : : : .entidades nacionales encargadas de asignar el Presupuesto General de la Nacion.Los fundamentos jurldlcos expuestos a 1 0 largo del presente documento, permiten ala Procuraduria General de la Nadon argumentar la necesidad de fortalecer el rei dela Fuerza Publica en materia de desminado humanitario.Si bien es cierto que existen claras limitaciones de caracter resupuestal quedificultan la irnplementacion de ciertas politicas del Gobierno Nac onal, es tarnblencierto que el mismo CONPES 3567 de 2009 previa la adecua ion de recursosdestinados para tal fin. .Para la Procuraduria, tal como quedo expresado en los acapites co respondientes, esde la mayor relevancia que sea el Estado quien continue desarrol ando su labor degarante en materia de derechos de las comunidades afectadas por la presencia - 0 Isospecha de presencia - de minas antipersonal y otro tipo de artefactos explosivos, y "no los civiles quienes, en el marco de un conflicto armado, pueden dar lugar a la 'responsabilidad estatal en el eventual caso de que ocurra alqun dane.Por tanto, esta Entidad recomienda al PAICMA que impulse y, en general al GobiernoNacional, por medio del Ministerio de Hacienda y Credito Publico y dernas entidadescompetentes sobre la materia, para que incluyan los rubros necesarios para. lairnplementacion de los batallones de desminado humanitario, quienes son. losresponsables naturales de realizar este tipo de labores, dentro de las normas del .presupuesto general de la naclon, atendiendo 1 0 manifestado por el Documento iCONPES 3567 de 2009 y en concordancia con los compromisos suscritos por el paisen virtud de la Convencion de Ottawa.Esta recomendacion tiene un doble propositc '""':~... ; c . . . . .c. __. ..~: ..~"-.,,,,,.. r , : : > ! olan :de accion previsto en el CON PES 3567 de 2008 con fE,curso::qJi~-~i.i;_'... f . . . : ' ' ' ; ' ' ; ; : : . - " ' ,lugar, crear mas pelotones de desminado y fortalecer los ya existentes can recursos ipropios, 1 0 cual generara menos dependencia de la cooperacion internacional, Iespecialmente en una coyuntura adversa para palses en via de desarrollo como :Colombia.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: /11598. [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    30

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    31/32

    Formular una Opinion Consultiva (~C) a la Corte Interamericana de DerechosHumanos \

    Colombia, como Estado Parte de la Convencion Americana de Derechos Humanos,de acuerdo con el articulo 64.1 de la Convencion Americana, puede someter a laCorte una solicitud de opinion consultiva, en cualquier momento.Err etecto, ei articulo 64.1 de la Convencion dispone 10 siguiente:

    ,- I~

    1. Los Estados Miembros de la Organizaci6n podren consultar a la Corteecerce de la interpretacion de esta Convencion 0 de otros tratadosconcemientes a fa proteccion de los derechos humanos en los Estados. Americanos. Asimismo, podren consultarla, en 1 0 que les compete, losorqenos enumerados en el Capitulo X de la Carta de la Orqenizecion de losEstados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires. (. ..)AI respecto, la Corte Interamericana ha establecido que para determinar laprocedencia de la consulta, esta debe considerar cuestiones mas alia de 10meramente formal y que se relacionen con las caracteristicas que ha reconocido alejercicio de su funcion consultiva. Es decir, para la Corte, "se debe ir mas alia delforrnalismo rfgido que impedirfa considerar preguntas que revisten interes jurfdicopara la proteccion y prornocion de los derechos humanos". \:

    \Las solicitudes de Opinion Consultiva tienen un alcance amplio, el cual se haconsiderado como unico dentro del derecho internacional contemporaneo. LaSv, ~emteramericana ha seiialadoque las Opiniones Consultivas sen "un servicioque la Corte esta en capacidad de prestar ~a,.toclos los integrantes del sistemainteramericano, con el proposito de coadyuvar al cumplimiento de suscompromisos internacionales sobre derechos humanos. Con ello se auxilia a losEstados y orqanos en la aplicacion de tratados relativos a derechos humanos, sinsorneterlos at formalismo y a las sanciones inh.erentes .al proceso contencioso't".Bajo esos supuestos, la Procuradurfa General de la Naci6n considera que laposibilidad .que organizaciones civiles lIevena cabo labores de desminadohumanitario, reviste un interes jurfdico especial en materia de protecci6n ypromocion de derechos humanos. La principal raz6n para argumentar este interesjuridico se debe a la posibilidad de que se este creando un riesgo jurfdicamentedesaprobado, el cual podrfa acarrear violaciones a.1deber deqarantia.en.cabezadel Estado colombianc. I I

    I\\77 Condici6n Juridica y Derechos de los Migrantes Indocumentados, supra nota 3, parr, 64; Condici6n Jurfdicay Derechos Humanos del Nifio, supra nota 3, parr. 34, y EI Derecho a la Informaci6n sobre la Asistencia

    Consular en el Marco de las Garantfas del Debido Proceso Legal, supra nota 3, parr. 64.

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Hurnanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . preventivaddhh@procuraduria,gov.coCarrera 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. www.procuraduria.gov.co

    31

    mailto:preventivaddhh@procuraduria,gov.cohttp://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:preventivaddhh@procuraduria,gov.co
  • 5/12/2018 Concepto Procuradura_Desminado

    32/32

    Dado el caracter amplio con que cuenta la figura de las opiniones consultivas, serecomienda elevar una consulta a la Corte Interamericana en la cual se puedaresponder al interrogante planteado por la Procuraduria a 1 0 largo de este informepreventivo: iPuede un Esteao Perteoe je Convencion Americana de DerechosHumanos y que se encuentra en contiicto armado inferno utilizar civiles para eldesminado humanitario sin incurrir en violaci6n de la Convenci6n ya citada?Como se rnenciono anteriormente, la Procuradu..e - = . ~ . . _>~ . ~ ': "'- -;- '" -" -. - . .consciente de "Ia complejidad de este problema y de las distintas POSICiUfiSjuridicas que puedan plantearse al respecto, Par ello, un pronunciamiento corparte del organa jurisdiccional del Sistema Interamericano de D c ' - " - : - : : ' ~ : ~ . . . - - .. " ~ ,podria aclarar las preocupaciones surgidas en relacion ::>.:~posibj8~ escenarios deresponsabilidad internacional en derechos humanos, como causa de lainobservancia del deber de garantia.Evaluar las responsabilidades disciplinarias, penales y fiscalesLa Procuraduria General de la Nacion recomienda al Gobierno Nacional y a laCornision Intersectorial Nacional de Accion contra Minas Antipersonal evaluar lasresponsabilidades disciplinarias, penales y fiscales en que pudieran incurrir losfuncionarios publicos que, por sus acciones u omisiones, generen perjuicios por elusc de desminadores civiles estando en curso el conflicto armado.

    ,_.,

    Delegada para la Prevenci6n en Materia de Derechos Humanos y Asuntos EtnicosExtensiones 11506/40. Fax: 111598 . [email protected] 5 No. 15-80. Piso 15. PBX: 5878750-5869310. wWw.procuraduria.gov.co

    /

    ,

    IIiII/ '

    32

    mailto:[email protected]://www.procuraduria.gov.co/http://www.procuraduria.gov.co/mailto:[email protected]