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CONCLUSIONES
Una vez que se han analizado cada una de las unidades y subcategorías
de la presente investigación los autores llegaron a las siguientes
conclusiones:
Al analizar la naturaleza jurídica de la tercerizacion en Venezuela se puede
deducir que la misma desde sus inicios siempre ha ido en ascenso con
respecto a su utilización entre las entidades que manejan trabajadores
tercerizados; en la nueva LOTTT recibe un tratamiento especial al concebirla
como fraude a la ley; por lo que , de acuerdo a la exposición de motivos de la
nueva ley, se busca limitar el abuso de una figura que estaba siendo sobre
utilizada para desmejorar las condiciones laborales de los trabajadores, a la
vez que se disminuían costos en las grandes empresas, mediante toda una
serie de estrategias como las empresas fantasmas o grupos de empresas,
trato mercantil de relaciones laborales, despidos injustificados amparados en
la culminación de obras, entre múltiples acciones que colocaban en situación
de desamparo a grandes cantidades de trabajadores.
Ahora bien es importante destacar que no toda tercerización debe ser
considerada como simulación o fraude cometido por patronos o patronas en
general, ya que en ese sentido el legislador estableció cinco supuestos que
configuran la tercerización y por ende el establecimiento de unos efectos y
sanciones bien particulares.
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Asimismo, luego de un análisis minucioso en relación a las diferencias
entre obras o servicios inherentes o conexos de actividades tercerizadas, se
concluyo que la legislación laboral en materia de tercerización en Venezuela
aún sigue dejando vacíos, o como se denomina en la doctrina laboral, “zonas
grises del derecho laboral”, en este particular, debido a que no se establece
de manera expresa la diferencia en cuanto a los beneficios de los
trabajadores tercerizados y los que presten servicios a empresas
contratistas. Lo que si debe quedar claro es que la contratista resulta la figura
viable de fungir como agente de enlace entre los dos sujetos tradicionales de
la relación de trabajo, a saber: el trabajador y el empleador.
Por otro lado la legislación venezolana y la doctrina laboral y civilista, si
establecen los parámetros o requisitos que se tienen que cumplir para estar
frente a una relación de trabajo y no frente a la tercerizacion o
subcontratación; así mismo se observó como de manera legal-doctrinal,
impera el principio de “trabajo igual salario igual”: mediante el presente
trabajo se identificó que la subcontratación o tercerizacion en Venezuela es
legal, siempre y cuando no se pretenda desvirtuar la esencia de la prestación
del servicio o de la obra a ejecutar, constituyéndose el fraude cuandola forma
de abastecerse de un producto o servicio por parte de un tercero, lo hace a
través de actividades tercerizadas que son centrales para una empresa como
la manufactura.
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De igual forma al analizar los supuestos que se consideran tercerización
en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras
(LOTTT), se observa como en la normativa se presenta la tercerización como
un medio simulatorio o fraudulento que busca desconocer o desvirtuar una
verdadera relación laboral. Partiendo de ello, el legislador presenta varios
supuestos que constituyen la figura tercerizadora, es decir, que presenta
otras formas que a su interpretación son consideradas tercerización.
Tal situación que se desprende del artículo 48 de la LOTTT, se observó
que el legislador involucra una serie de formas o figuras que en su
materialización o perfeccionamiento son igualmente supuestos que
configuran la tercerización. Se puede entonces determinar con respecto a los
hechos que se plantean en la Ley, cuando estamos presenciando una
tercerización suponiendo siempre que se presenten tales hechos.
Es precisamente importante destacar, que el empleador cuando hace la
aplicación de estos supuestos como lo son; la contratación a través de
intermediarios, la creación de entidades para desvirtuar obligaciones
laborales, contratación de una entidad de trabajo para prestar servicios o
ejecutar obras de carácter permanente dentro de la empresa que guarden
relación directa con el proceso productivo, los contratos o convenios
fraudulentos y cualquier forma de simulación o fraude, son actos que el
legislador le propicia con un mismo fin, el cual se traduce a un desconocer
100
derechos laborales inherente de una relación laboral directa con el/los
trabajador o trabajadores.
Ahora bien la finalidad de sancionar a latercerización, es evitar que se
configuren una serie de elementos, que conlleve para el empleador;
maniobrar o manipular con actuaciones propiamente prohibitivas o que de
alguna manera indirecta a su prohibición logre la concretar desvincular una
relación directa frente a los trabajadores.
De igual forma, dentro del estudio exhaustivo de la presente investigación,
se concluye que indudablemente la tercerización, como la Ley lo reseña, es
una práctica perjudicial frente a los trabajadores, determinando que quien lo
pone en ejercicio en este caso, el contratante o en su figura del patrono o
empleador, busca evadir una relación directa con los trabajadores, porque
consiguiendo evitar una relación estrecha con sus subordinados, logrará de
una manera fraudulenta detener la obligaciones que nacen de una relación
laboral.
En lo que respecta a efectos que producirá la eliminación de la
tercerización en el ámbito empresarial venezolano , se pudo determinar
mediante este trabajo de investigación que acarreará una sobreprotección
hacia el trabajador que será irregular, en cuanto a los mecanismos de
defensa que tendrá el empleador para proteger sus intereses económicos.
De esta forma se pretende delegar responsabilidades a una figura que si bien
no es el débil jurídico de una relación laboral como lo es el patrono , con esta
101
nueva Ley Orgánica del trabajo Trabajadoras y Trabajadores de Venezuela
pasaría ser el débil jurídico, ya que como se mencionó, no posee ningún
mecanismo de defensa para contrarrestar los efectos que traerá la vigencia
de esta ley, efectos que serán en su mayoría económicos, como la
incorporación de los trabajadores tercerizados a la nómina; esto se justifica
en los casos de utilización de la figura de la tercerización con el objeto de
causar fraude a la ley pero no en todos los casos.
102
RECOMENDACIONES
Se recomienda ante la indefensión de los patrono y patronas frente a los
efectos de la tercerización, una pronta reforma a la nueva ley, en donde se
incluyan mecanismos de defensa a los patronos, en cuanto se evidencia que
hay disparidad, violentándose el principio de igualdad de las partes, en
cuando a los derechos deberes y obligaciones, ya que en el derecho
venezolano la buena fe se presume y la mala fe se prueba, no se puede
tener a todo el sector patronal como si estos quisieran encubrir la verdadera
naturaleza de una relación laboral, o que de entrada si califica en alguno de
los supuestos de hecho para configurar la tercerización, los cuales de paso
consideramos muy ambiguos.
103
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
LEYES
CONSTITUCION DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
(1999). Gaceta Oficial Nº38.860. Caracas. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO. Derogada (1997)
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.
Vigente (2012).Gaceta Oficial No 39945. Caracas.
REGLAMENTO DE LA LEY DEL TRABAJO. Vigente (2008). Gaceta Oficial N°.38.246. Caracas.
LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. (2008). Caracas.
LIBROS
AGUILAR, J.(2010).Contratos y Garantías. Derecho Civil IV. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas.
CAPÓN, R. (2006) Derecho del Trabajo. Editorial Platense. Argentina.
CÓRDOVA, L. (2002). Acto jurídico, negocio jurídico y contrato. Editorial Grijley. Primera edición. Lima.
DE LA CUEVA, M. (2003) El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo. México. Editorial Porrúa. 3ra edición.
GUZMAN, A. (2009). Nueva Didáctica del Derecho del Trabajo. Caracas.
RACCIATTI, O. (2008) Exteriorización del empleo y descentralización productiva: las relaciones de trabajo triangulares. VILLASMIL F. (1991) Comentarios a la Ley Orgánica de Trabajo. Caracas, Venezuela. Roberto Q.
104
REFERENCIAS ELECTRONICAS
Compendio de Jurisprudencia Basada en la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías http://www.uncitral.org/pdf/spanish/clout/Second_edition_spanish.pdf. Fecha de consulta 21-05-2012 Contribución a la Teoría de los Contratos Conexos http://www.derechoycambiosocial.com/RJC/Revista13/conexos.htm Fecha de consulta 21-05-2012
Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casacion Social con Ponencia del Magistrado Antonio Garcia Garcia http://www.tsj.gov.ve/search4/oop/qfullhit2.htw?CiWebHitsFile=%2Fdecisiones%2Fscon%2Fjulio%2F1236-160701-01-0162%2Ehtm&CiRestriction=%40Contents+obras+conexas&CiBeginHilite=%3Cb+class%3DHit%3E&CiEndHilite=%3C%2Fb%3E&CiUserParam3=/search4/buscador.asp&CiHiliteType=Full Fecha de Consulta 19-06-2012
Sentencias Vinculantes de Conexidad Laboral http://www.perezcalzadilla.com/Comentarios.aspx?IdMateria=1&IdPublicacion=47. Fecha de Consulta (26-06-2012)
PONENCIAS
Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social en Sentencia 61, Nº Expediente: 98-546 DE FECHA 19/03/2000.
Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, de Fecha 23/11/2010 Número de Expediente 09-266.
Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en Sentencia Numero 1940 de Fecha 02/10/2011.
Jurisprudencia Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Número 13 de Fecha 28/01/2011 Expediente Nº VP01-R-2010-000606. TESIS El Outsourcing, Fraude en la Contratación Laboral a la Luz del Ordenamiento Jurídico Laboral Venezolano. 2007 Universidad Dr Rafael Belloso Chacin Molero Rodriguez Celi Mary
105
Analisis de la Seguridad Social y las Nuevas Modalidades de Contratacion en Venezuela y España, Año 2009 Universidad Dr. Rafael Belloso Chacin Chirino Diaz Danilo Dixmartin La Conformidad de la Tercerización Regulada en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela / Magda Neris Arteaga, Juan José González. 2012 Universidad Rafael Urdaneta Impacto Del Outsourcing Como Nueva Modalidad En Las Relaciones Laborales Venezolanas Miguel Jose Suarez 2009 Universidad Del Zulia La Tercerizacion Y La Simulacion De La Relacion De Trabajo Universidad Metropolitana, Rafael Antonio Cuartin Salas 2007
ANEXOS
ANEXO A
INSTRUMENTO DE VALIDEZ DE CONTENIDO
91
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD DR.RAFAEL BELLOSO CHACÍN
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELADE DERECHO
INSTRUMENTO DE VALIDEZ DEL CONTENIDO
(ANÁLISIS DE LA TERCERIZACIÓN COMO PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN EN VENEZUELA)
Presentado por: Alvarez Katherine
Gutiérrez Julio Medrano Freddy
Moran Jesús
Exp No. 27.02.12
____________________ ______________________ Facilitador Metodológico Facilitador Académico Cilema Borges María Bodington
MARACAIBO, 2012
92
INSTRUMENTO DE VALIDEZ DE CONTENIDO
1.- INFORMACION DE LA INVESTIGACION Titulo Análisis de la Tercerización como Práctica de Contratación en Venezuela
Objetivo General Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivos Específicos
Analizar la naturaleza jurídica de la tercerización en el ordenamiento jurídico
venezolano
Analizar las diferencias entre obras o servicios inherentes o conexos de
actividades tercerizadas
Analizar los supuestos de hecho que se consideran tercerización de
conformidad con la nueva ley orgánica del trabajo, trabajadores y
trabajadoras
Determinar los efectos que producirá la eliminación de la tercerización en el
ámbito empresarial venezolano
Categoría
Tercerización como práctica de contratación en Venezuela
93
Definición Conceptual
Según Romero (2002), la tercerización es una práctica que data desde
el inicio de la Era Moderna. Este concepto no es nuevo en Latinoamérica, en
vista de que muchas compañías competitivas lo realizan como una estrategia
de negocio, para reducir los costos de producción, tomando en cuenta que el
hecho de no tener que cumplir a cabalidad con las obligaciones que se
derivan de la relación laboral genera un incremento del patrimonio económico
de la empresa.
Definición Operacional
La tercerización, implica la contratación o subcontratación, de algunas
actividades o necesidades de las personas naturales o jurídicas, con el
apoyo de proveedores en áreas ajenas o diferentes a las del objeto social del
contratante, en síntesis se define tercerización, como una estructura laboral
que beneficia desde un punto de vista económico, tanto al estado como al
beneficiario de la obra, debido a que brinda la oportunidad, de creación de
nuevas empresas, nuevos puestos de trabajo, para el beneficiario, le aminora
su pasivo laboral y le acrecen sus utilidades.
2.-POBLACION
Cabe destacar, que la población consultada en este tipo de
investigación son las leyes, material bibliográfico y documental (libros, leyes,
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Jurisprudencias y tesis), de las cuales se tomó gran información, donde las
mismas le darán respuesta a los objetivos y categorías de esta investigación.
3.- TÉCNICA E INSTRUMENTO DE RECOLECCIÓN DE DATOS
La técnica de observación aplicada en esta investigación es la
observación documental, dado que la información requerida para el
desarrollo del estudio se concentra en la lectura y análisis de los diferentes
documentos legales, doctrinales y jurisprudenciales que le dan forma a esta
investigación.
Por otro lado el instrumento utilizado para la recolección de información
fue una Guía de Observación conformada por una serie de ítems
relacionados con las unidades de análisis de cada sub-categoría.
4. VALIDACION DEL COMITÉ ACADÉMICO
4.1. ¿Considera usted que los items miden o interpretan los objetivos de la
investigacion?
Si No
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
95
4.2. ¿Considera usted que los items miden la categoria o variable en
estudio?
Si No
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
4.3. ¿Considera usted que los items miden los indicadores de la categoria o
variable?
Si No
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
4.4. ¿Considera usted validó el instrumento?
Si No
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
96
VALIDACIÒN DEL INSTRUMENTO
El Comité Académico certifica que revisó el instrumento de validación
diseñado por los integrantes del equipo, Exp. No.__________: donde el título
del tema de estudio:
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
Fue:
Aprobado Observaciones
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_________________ ___________________ __________________ M.Sc. Sorsiret Paz M.Sc. Elsa Rincòn Dra. Monica Pirela
C.I.Nª. V-11.392.110 C.I.Nª V- 4.172.877 C.I.Nª V- 13.004.693 _________________ ___________________ __________________
Dra. Nancy Moreno Dra. Marta Peraza Dra, Nereyda Rada C.I.Nª. V-4.180.514 C.I.Nª. V-1.749.885 C.I.Nª. V-2.874.996
_________________ ___________________ M.Sc.Pamela Celedon M. Sc. María Urdaneta C.I.Nª. V- 16.469.153 C.I.Nª. V-16.469.153
97
Cuadro de construcción y de validación de la guía de observación documental dirigida a Objetivo General: Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivo Específico
(OE) Categoría (C) Subcategoría (Sub (C)
Unidad de Análisis (UA)
Ítems (I)
CRITERIOS DE VALIDACIÓN
OE C Sub C
UA REDACCIÓN
P NP
P NP
P NP
P NP
A I
Analizar la Naturaleza Jurídica de la Tercerización en el Ordenamiento Jurídico Venezolano
La Tercerización como practica de contratación
Naturaleza Jurídica de la Tercerización
Conceptualización
¿Cuál es el alcance del
concepto de tercerización en la
práctica de contratación en
Venezuela?
Fundamento Internacional
¿Cuál ha sido el comportamiento de la tercerización a nivel
Internacional?
Disimilitudes con otras figuras
¿Que hechos diferencian la
tercerización de la simulación o fraude
laboral?
P: pertinente NP: no pertinente A: adecuado I: Inadecuado
98
Cuadro de construcción y de validación de la guía de observación documental dirigida a Objetivo General: Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivo Específico
(OE) Categoría (C) Subcategoría (Sub C)
Unidad de Análisis (UA) Ítems (I)
CRITERIOS DE VALIDACIÓN
OE C Sub C
UA REDAC
CIÓN
P NP
P NP
P NP
P NP
A I
Analizar las diferencias entre obras y servicios
inherentes o conexos de actividades tercerizadas
La tercerización como practica de contratación
Diferencias entre obras y servicios inherentes o conexos de actividades
tercerizadas
Tipos de obras
¿Cuál es el criterio jurisprudencial en
relación a las obras conexas?
Tipos de servicio
¿Cuándo se considera que un servicio es
inherente a la actividad de la entidad contratante?
Responsabilidad
solidaria
¿Cuáles son los efectos que acarrea la
responsabilidad solidaria entre la
entidad contratante y la contratista?
Igualdad de beneficios entre los prestadores
de servicio de la contratante y la
contratista
¿De dónde nace la afirmación que los
prestadores de servicio de una contratista
forman parte de las zonas grises del derecho laboral?
P: pertinente NP: no pertinente A: adecuado I: Inadecuado
99
Cuadro de construcción y de validación de la guía de observación documental dirigida a Objetivo General: Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivo Específico
(OE) Categoría (C) Subcategoría (Sub C)
Unidad de Análisis (UA) Ítems (I)
CRITERIOS DE VALIDACIÓN
OE C Sub C
UA REDACCIÓN
P NP
P NP
P NP
P NP
A I
Analizar los supuestos de hecho que se consideran tercerización de
conformidad con la nueva ley orgánica
del trabajo, trabajadores y trabajadoras
La tercerización como practica de contratación
Supuestos de hecho que se consideran tercerización de
conformidad con la nueva ley orgánica del trabajo, trabajadores y
trabajadoras
-Contratación de una Entidad de Trabajo
para prestar servicios o ejecutar obras de
carácter permanente dentro de la empresa que guarden relación directa con el proceso
productivo.
¿Qué criterio jurisprudencial
sustenta la configuración de la
tercerización cuando la contratista preste servicio de carácter
permanente dentro de la contratante?
-Contratación a través de intermediarios.
¿Cuáles son los efectos inmediatos que se producen
cuando se contrata a través de
intermediarios?
P: pertinente NP: no pertinente A: adecuado I: Inadecuado
100
Cuadro de construcción y de validación de la guía de observación documental dirigida a Objetivo General: Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivo Específico
(OE) Categoría (C) Subcategoría (Sub C) Unidad de Análisis (UA) Ítems (I)
CRITERIOS DE VALIDACIÓN
OE C Sub C
UA REDACCIÓN
P NP
P NP
P NP
P NP
A I
Analizar los supuestos de hecho que se consideran
tercerización de conformidad con la nueva ley orgánica
del trabajo, trabajadores y trabajadoras
La tercerización como practica de contratación
Supuestos de hecho que se consideran
tercerización de conformidad con la
nueva ley orgánica del trabajo, trabajadores y
trabajadoras
.
Entidades creadas para evadir obligaciones.
¿De qué manera se
afecta las obligaciones laborales cuando se crean entidades de
trabajo con fines fraudulentos?
Contratos o convenios fraudulentos
¿Cómo se configura el fraude en un contrato
de obra o servicio?
Cualquier forma de simulación o fraude
¿Cuáles otras formas de simulación o fraude pueden configurar la
tercerización?
P: pertinente NP: no pertinente A: adecuado I: Inadecuado
101
Cuadro de construcción y de validación de la guía de observación documental dirigida a Objetivo General: Analizar la tercerización como práctica de contratación en Venezuela
Objetivo Específico
(OE) Categoría (C) Subcategoría (Sub C) Unidad de Análisis (UA) Ítems (I)
CRITERIOS DE VALIDACIÓN
OE C Sub C UA REDACC
IÓN
P NP
P NP
P NP
P NP
A I
Determinar los efectos que producirá la eliminación de la
tercerización en el ámbito empresarial
venezolano
La tercerización como practica de contratación
Efectos que producirá la eliminación de la
tercerización en el ámbito empresarial venezolano
Incorporación del trabajador a la nomina
¿Que efectos producirá para la empresa
contratante la incorporación a la
nomina de los trabajadores tercerizados?
Inamovilidad Laboral de
los trabajadores
¿De qué manera puede
verse afectada la entidad contratante debido a la
inamovilidad de los trabajadores tercerizados?
Otorgamiento de los mismos beneficios de los trabajadores de nómina a
los incorporados
¿Cómo pueden incidir
los principios del derecho del trabajo
sobre el otorgamiento de los mismos beneficios
laborales a los trabajadores
incorporados a la entidad contratante?
P: pertinente NP: no pertinente A: adecuado I: Inadecuado