CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

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1 CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES MODALIDAD: CONCURSO DE MÉRITOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO ABIERTO CON PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA OBJETO: ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESTUDIOS DE VULNERABILIDAD SÍSMICA Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y/O DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y CÁLCULO ESTRUCTURAL DE LA EDIFICACIÓN DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO DE VULNERABILIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE LA SEDE DEL INSTITUTO POPULAR DE CULTURA SEDE SAN FERNANDO UBICADA EN LA CALLE 4 NO. 27-140 DE CALI, DE ACUERDO CON LA NORMA NSR-10 CALI VALLE, DICIEMBRE DE 2014 CAPITULO I

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CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014

PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES

MODALIDAD: CONCURSO DE MÉRITOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO

ABIERTO CON PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA

OBJETO:

ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESTUDIOS DE VULNERABILIDAD SÍSMICA Y

REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y/O DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y CÁLCULO

ESTRUCTURAL DE LA EDIFICACIÓN DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DEL

ESTUDIO DE VULNERABILIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE LA SEDE

DEL INSTITUTO POPULAR DE CULTURA SEDE SAN FERNANDO UBICADA EN LA

CALLE 4 NO. 27-140 DE CALI, DE ACUERDO CON LA NORMA NSR-10

CALI VALLE, DICIEMBRE DE 2014

CAPITULO I

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GENERALIDADES Y FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. DEFINICION DE LA NECESIDAD

La sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC, se encuentra ubicada en

la Calle 4 No. 27-140 de Cali, en una edificación construida en el año 1950, época

desde la cual se han presentado grandes avances tecnológicos en áreas de la

ingeniería y la arquitectura que buscan hacer edificaciones más seguras y resistentes

a los desastres naturales. Acorde a este avance tecnológico también se ha

actualizado la normatividad y es así como se han expedido las normas Colombianas

de Diseño y Construcción NSR-10 la Ley 400 de 1.997 y decreto 33 de 1.988.

La Ley 400 de 1997, modificada por la Ley 1229 de julio 16 de 2008, en su Artículo 1º,

tiene por objeto “establecer criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción

y supervisión técnica de edificaciones nuevas, así como de aquellas indispensables

para la recuperación de la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo,

que puedan verse sometidas a fuerzas sísmicas y otras fuerzas impuestas por la

naturaleza o el uso, con el fin de que sean capaces de resistirlas, incrementar su

resistencia a los efectos que estas producen, reducir a un mínimo el riesgo de pérdida

de vidas humanas, y defender en lo posible el patrimonio del Estado y de los

ciudadanos.

Además, señala los requisitos de idoneidad para el ejercicio de las profesiones

relacionadas con su objeto y define las responsabilidades de quienes las ejercen, así

como los parámetros para la adición, modificación y remodelación del sistema

estructural de edificaciones construidas antes de la vigencia de la presente Ley.

Parágrafo.- Una edificación diseñada siguiendo los requisitos de este Reglamento,

debe ser capaz de resistir además de las fuerzas que le impone su uso, temblores de

poca intensidad sin daño, temblores moderados sin daño estructural, pero

posiblemente con algún daño a los elementos no estructurales y un temblor fuerte con

daños a elementos estructurales y no estructurales pero sin colapso.

El cuidado tanto en el diseño como en la construcción y la supervisión técnica, son

fundamentales para la sismo resistencia de estructuras y elementos no estructurales.”

El Artículo 54, Actualización de las Edificaciones Indispensables dice: “A las

construcciones existentes cuyo uso las clasifique como edificaciones indispensables y

de atención a la comunidad, localizadas en zonas de amenaza sísmica alta e

intermedia, se les debe evaluar su vulnerabilidad sísmica, de acuerdo con los

procedimientos que habrá de incluir el Título A de la reglamentación, en un lapso no

mayor de tres (3) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley. (Ver Anexo

Modificaciones técnicas y Científicas - literal A.10.9.1 – ALCANCE – (e))

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Estas edificaciones deben ser intervenidas o reforzadas para llevarlas a un nivel de

seguridad sísmica equivalente al de una edificación nueva diseñada y construida de

acuerdo con los requisitos de la presente Ley y sus reglamentos, en un lapso no

mayor de seis (6) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley.”.(Ver

Anexo Modificaciones Técnicas y Científicas - literal A.10.9.1–ALCANCE– (e))

El Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR-10, en su

Título A, Capítulo A.2.5, Coeficiente de Importancia, clasifica las edificaciones de

acuerdo a su tipo de uso y grado de importancia, para lo cual, las instituciones

educativas (Guarderías, escuelas, colegios, universidades y otros centros de

enseñanza) fueron clasificadas en el Grupo de Uso III, “Edificaciones de Atención a la

Comunidad”. (Ver A.2.5.1.2.)

Teniendo en cuenta lo anterior, las Leyes 400 de 1997 y 1229 de 2008 y los Decretos

0926 de 2010 y 2525 de 2010, el REGLAMENTO COLOMBIANO DE

CONSTRUCCION SISMO RESISTENTE, NSR-10, para la elaboración de los

diferentes proyectos que tengan que ver con los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y

Reforzamiento Estructural, establece unos criterios y requisitos mínimos para la

evaluación e intervención de éstos, mediante la cual, las diferentes propuestas que

resulten, se pueda escoger en un momento indicado, la que cumpla con los

requerimientos de éste.

En la sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC se evidencian fisuras

en muros y pisos por lo que es indispensable realizar el estudio de vulnerabilidad

sísmica y reforzamiento estructural para garantizar la integridad de las personas que

hacen uso de estas instalaciones.

1.2. OBJETO

El Instituto Popular de Cultura IPC con NIT No. 900.431.928-3, Establecimiento

Público del Orden Municipal, adscrito a la Secretaria de Educación Municipal de

Santiago de Cali, Valle del Cauca, está interesado en recibir propuestas para la

elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento

estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural de la edificación, de acuerdo

con los resultados del estudio de vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede

del Instituto Popular de Cultura sede San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140

de Cali, elaborando los diseños requeridos para su reforzamiento y actualización

sísmica de acuerdo con la norma NSR-10.

1.2.1 Objetivos específicos:

Evaluar el grado de vulnerabilidad sísmica y estructural del edificio, cumpliendo

con el reglamento y contenidos de la norma colombiana de diseño y construcción

Sismo Resistente actualizada (norma NSR-10), enespecial lo indicado para las

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edificaciones clasificadas en el grupo deuso III-Edificaciones Indispensables en el

Capítulo A.10.

Realizar los levantamientos estructurales y catastro arquitectónico (si no se

cuenta con los plano), ensayos de laboratorio, pruebas de resistencia de

materiales (núcleos), regatas (vigas y columnas), apiques (zapatas), estudio de

suelos y en general todas las actividades necesarias para evaluar la vulnerabilidad

sísmica de cada una de las estructuras.

Plantear posibles soluciones o tipos de refuerzo estructural, estableciendo

Conjuntamente con la Supervisión y el comité evaluador, la alternativa más

favorable o conveniente que deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

a) Los costos de la alternativa propuesta.

Entregar los documentos técnicos necesarios, que permitan adelantarlas Obras de

rehabilitación y/o reforzamiento estructural dela edificación.

Todos los diseños deben realizarse cumpliendo la normatividad vigente.

1.2.2 Alcance:

Durante la ejecución del objeto antes descrito, el contratista debe cumplir con las

siguientes actividades las cuales se entenderán que se ajustan a lo establecido en la

Ley 400 de 1997 y en el Código NSR – 10 Normas Colombianas de Diseño y

Construcción Sismo Resistente (Decreto 926 de 2010, modificado mediante Decretos

2525 de 2010,092 de 2011 y 0340 de 2012)

a) Elaboración de un procedimiento para la recolección y análisis de la información

existente (levantamiento topográfico, estructural, metodología para la realización de

ensayos de campo y de laboratorio, etc.). Los ensayos que se requieran de cualquier

tipo, ya sean, parcialmente destructivos, regatas, apiques y demás, y la reconstrucción

deberá ser por cuenta del contratista.

b) Análisis de la información disponible, verificación y actualización de los espacios

existentes.

c) Análisis y descripción de la estructura actual.

d) Catastro del edificio, arquitectónico y estructural descripción de usos. (si no existen

planos).

e) Estudio de suelos y cimentación e informe necesario para rediseño estructural para el

cual se deberán tener en cuenta los parámetros e índices indicados en el estudio de

Microzonificación sísmica, para la obtención del espectro de diseño.

f) Levantamientos de lesiones y Determinación de las características físicas y mecánicas

del concreto.

g) Caracterización de la amenaza de acuerdo con la norma NSR-10, Vulnerabilidad

estructural de la edificación objeto del estudio.

h) Modelos y metodología de análisis estructural.

i) Informe del diagnóstico.

j) Presentación de alternativas de intervención y actualización estructural, incluyendo:

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1. Planos estructurales y detalles de reforzamiento

2. Informe de verificación estructura actual con los planos Suministrados.

3. Informe del estudio de materiales.

4. Informe del estudio geotécnico.

5. Determinación del sistema estructural principal y su comportamiento Actual.

6. Modelación de la estructura.

7. Evaluación de la vulnerabilidad de la estructura existente.

8. Diagnóstico de la vulnerabilidad sísmica estructural y no estructural.

9. Registro Fotográfico del estudio.

10. Alternativas de solución.

11. Justificación alternativa final.

12. Recomendaciones para: la intervención y actualización, estructural y tratamiento

de elementos no estructurales.

13. Memorias y planos completos de los estudios realizados e intervenciones

Propuestas con soluciones eficientes, económicas y seguras.

14. Programación de obra (trabajos de intervención).

15. Entrega de análisis de precios.

16. Entrega de presupuesto.

17. Especificaciones técnicas.

18. Plantas arquitectónicas de las edificaciones existentes, Informe de verificación del

uso de los espacios arquitectónicos.

19. Diseño arquitectónico de acuerdo a los lineamientos que serán entregados al

momento de la adjudicación del contrato, especialmente para los espacios de

Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24

M2 distribuida en dos niveles.

1.3. DESCRIPCION TECNICA Y DETALLADA DEL BIEN Y/O SERVICIO A

CONTRATAR

En el Capítulo A.10 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente,

NSR-10, “Evaluación e Intervención de Edificaciones construidas antes de la vigencia

de la presente versión del Reglamento” se establecen los criterios que se deben

seguir para los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica.

A continuación se detalla el proceso que se debe seguir para la realización de dichos

estudios:

DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO

Para los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y de Reforzamiento Estructural de

edificaciones indispensables de los Grupos de Uso III y IV, se deben tener en cuenta

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tres fases fundamentales a saber: (Ver A.10.1.4 – PROCEDIMIENTO DE

EVALUACION DE LA INTERVENCION del Reglamento NSR-10)

PRIMERA FASE – INFORMACION PRELIMINAR

Consiste en la búsqueda de toda la información necesaria concerniente al diseño y

construcción de la edificación original, para lo cual se tienen las siguientes etapas: Ver

etapas 1, 2 y 3 en A.10.1.4 del Reglamento NSR-10

SEGUNDA FASE – EVALUACION DE LA ESTRUCTURA EXISTENTE

Consiste en el estudio de la Vulnerabilidad Sísmica de la edificación para lo cual se

deben realizar las siguientes etapas: ver etapas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de A.10.1.4 del

Reglamento NSR-10

TERCERA FASE – INTERVENCION DEL SISTEMA ESTRUCTURAL

Consiste en el planteamiento de las diferentes alternativas y recomendaciones para el

refuerzo sísmico de la edificación, de tal manera que cumpla con las especificaciones

del Reglamento vigente, NSR-10, según A.10.6, para lo cual se deben realizar las

siguientes etapas: Ver etapas 11 y 12 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10

RESULTADOS A ENTREGAR

Para efectos de establecer si la reparación es viable o no, deben realizarse, como

mínimo, los estudios e investigaciones que se describen a continuación:

Procedimiento de evaluación de los daños y del diseño de la reparación. (ver

A.10.10.2.1 del Reglamento NSR-10)

Información sobre la estructura y su estado. (Ver A.10.10.2.2 del Reglamento

NSR-10)

Criterios para diseñar la reparación y o reforzamiento estructural. (Ver

A.10.10.2.3 del Reglamento NSR-10)

Cálculos memorias y planos de la reparación y o reforzamiento estructural.

(Ver A.10.10.2.4 del reglamento NSR-10)

Diseño arquitectónico de la ampliación requerida a la planta física,

especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones

Insonorizados en un área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles.

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Diseño y cálculo estructural de la planta física ampliada.

Supervisión Técnica. (Ver A.10.10.2.5 del Reglamento NSR-10)

DE LOS PROFESIONALES DISEÑADORES, REVISORES DE DISEÑOS Y

DIRECTORES DE CONSTRUCCION

Es muy importante, que para la entrega de los resultados obtenidos en los Estudios de

Vulnerabilidad Sísmica, los Cálculos, las Memorias y los Planos, deban ir firmados por

un Ingeniero Civil, Arquitecto o Ingeniero Mecánico, que cumpla con las condiciones

establecidas en los Artículos 26, 27, 28 y 29, del Capítulo II, Título VI, de las Leyes

400 de 1997 y 1229 de 2008.

El Supervisor Técnico o Interventor encargado, por parte de la Institución o Empresa

Contratante, para la revisión de los diseños resultantes de los Estudios de

Vulnerabilidad, debe ser un Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Mecánico, que

cumpla con los Artículos 30, 31 y 32 del Capítulo III, del Título VI, de las Leyes 400 de

1997 y 1229 de 2008.

Para el Reforzamiento Estructural, el Director de Construcción debe ser un Ingeniero

Civil, Arquitecto, Ingeniero Mecánico o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, que

cumpla con los Artículos 33 y 34 del Capítulo IV, del Título VI, de las Leyes 400 de

1997 y 1229 de 2008.

Todos los profesionales descritos con anterioridad, deberán tener matrícula

profesional y acreditar ante la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de

Construcciones Sismo Resistentes, los requisitos de experiencia e idoneidad que se

señalan en todos los artículos enumerados.

DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

Ver Título IX, Capítulos 50 (Profesionales y Funcionarios), 51 (Constructores y

Propietarios) y 52 (Alcaldías), de las Leyes 400 de 1997 y 1229 de 2008.

ESTUDIOS DE MICROZONIFICACION SISMICA

En el caso de que en las ciudades donde se realizan los estudios de Vulnerabilidad

Sísmica existanlos estudios de Microzonificación Sísmica, las edificaciones se deben

evaluar, tanto con éstos, como con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo

Resistente NSR-10 y se decidirá por el que resulte más crítico de los dos, así se

encuentren los de Microzonificación Sísmica, en trámite de aprobación por la

Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes de

la Asociación de Ingeniería Sísmica.

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De acuerdo a todo lo anteriormente enunciado, las planta física de la sede San

Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC construida antes de la entrada en

vigencia del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR-10,

deberá ser ACTUALIZADA OBLIGATORIAMENTE y para ello, deberán contar con

los Estudios de Vulnerabilidad Sísmica para su posterior intervención, ya sea, para

adición, modificación o remodelación del sistema estructural. Estas edificaciones

deben ser intervenidas o reforzadas para llevarlas a un nivel de seguridad sísmica

equivalente al de una edificación nueva diseñada y construida de acuerdo con los

requisitos de la presente Ley y sus reglamentos, en un lapso no mayor de seis (6)

años contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

No se cuenta con registros o información que indique que a las instalaciones San

Fernando del Instituto Popular de CulturaIPC se le haya efectuado un estudio de

sismo resistencia o un reforzamiento estructural. En virtud de lo anterior y con el fin de

garantizar la prestación un servicio eficiente que en lo posible no se vea afectado por

la ocurrencia de un desastre natural, es necesario adelantar las actividades tendientes

a establecer las condiciones de sismo resistencia de la edificación y determinar si es

necesario efectuar un reforzamiento estructural a la misma.

1.4. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1.4.1. Obligaciones del Consultor

Las establecidas en la Ficha Técnica de la presente convocatoria. (Anexo 5 del

presente pliego de condiciones)

El contratista deberá ejecutar el objeto contractual, conforme las

especificaciones técnicas correspondientes, cumpliendo con cada una de las

exigencias técnicas descritas en el presente proceso, de conformidad con la

propuesta presentada.

Presentar certificación expedida por el Revisor Fiscal de la empresa (Si lo

tiene) o por el representante legal acreditando el pago de aportes parafiscales

(Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar). Si la Persona Jurídica o la

persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el

artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe

venir suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de

acuerdo con la ley y aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en

cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás disposiciones

legales vigentes.

Cumplir a cabalidad el cronograma del contrato.

Suscribir actas de inicio y las demás a que haya lugar con el Supervisor del

contrato y el Ordenador del Gasto.

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Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.

Dar cumplimiento a las normas de conservación y protección del medio

ambiente.

Suministrar la certificación correctamente, sobre el tipo de cuenta (ahorro o

corriente), No. de -Cuenta, entidad bancaria y sucursal, con el fin de que la

Entidad pueda realizar los pagos a través de trasferencia electrónica.

Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato.

Cumplir con las actividades que implique el desarrollo del objeto del contrato,

atendiendo las sugerencias y solicitudes del Supervisor, quien será el

representante directo del Instituto Popular de Cultura IPC, durante todas las

etapas de ejecución.

El contratista debe contar con los equipos necesarios para las labores de

nivelación y anexar la carta de calibración de los equipos utilizados.

Remitir al Instituto Popular de Cultura IPC dentro de los dos (2) días hábiles

siguientes a la suscripción del Contrato las garantías solicitadas.

1.4.2. Obligaciones del Instituto Popular de Cultura IPC

Garantizar al contratista el acceso a las instalaciones del Instituto popular de

Cultura IPC, cuando así lo requiera para la ejecución del contrato.

Informar al contratista sobre los aspectos técnicos que éste requiera para la

debida y oportuna ejecución del contrato.

Proporcionar la información requerida para la normal ejecución del objeto del

contrato.

Supervisar al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual.

El Instituto Popular de Cultura IPC iniciará los trámites de licencias ante

curaduría dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega de los

documentos técnicos requeridos para tal fin, por parte del contratista.

Cancelar al contratista las sumas establecidas en la oportunidad y forma

prevista, sujeta a la disponibilidad del PAC.

1.5. PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses, contados a partir del

perfeccionamiento del contrato, previa aprobación de la garantía única y de la

suscripción del acta de inicio.

1.6. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO

El presupuesto oficial definido para la consultoría, objeto de este Concurso de Méritos,

es hasta por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE

($75.000.000) INCLUIDO IVA, y los demás valores y costos directos e indirectos en

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que incurra el contratista para el cumplimiento del contrato, suma que se encuentra

respaldada en con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1355 de 2 de

diciembre de 2014, expedido por el Area Financiera del IPC.

Para determinar el valor del presupuesto oficial, de acuerdo a lo contemplado en el

artículo 15 del Decreto 1510 de 2013 se realizó el respectivo análisis del sector, el

cual reposa en los documentos relativos al presente proceso.

1.7. REGIMEN JURIDICO APLICABLE

El presente proceso de selección, se regirá por las Leyes 80 de 1993,1150 de 2007, el

Decreto 1510 de 2013 y por el pliego de condiciones.

1.8. MODALIDAD DE SELECCIÓN

Teniendo en cuenta que la naturaleza del objeto contractual, se enmarca dentro de los

conceptos señalados en el numeral 2º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, el Instituto

Popular de Cultura IPC considera pertinente adelantar un proceso de selección a

través de la modalidad de Concurso de Méritos, de conformidad con lo establecido en

el numeral 3º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 219 del

Decreto Ley 019 de 2012, el artículo 66 y siguientes del Decreto 1510 de 2013 y

demás normas concordantes y complementarias.

Para efectos de realizar la presente consultoría, se realizará un Concurso de Méritos

Abierto con Propuesta Técnica Simplificada, teniendo en cuenta que se determina que

el grado de complejidad de la presente consultoría no se ajusta para surtir un trámite

de precalificación.

1.9. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR

Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras,

públicas o privadas, individualmente en consorcios o uniones temporales legalmente

constituidos y domiciliados en Colombia o cualquier otra forma de asociación permitida

por la ley Colombiana, cuyo objeto social este directamente relacionado con el objeto

de esta contratación, y en la cual la responsabilidad de sus integrantes sea solidaria y

que a la fecha de presentación de la propuesta se encuentren debidamente inscritas,

calificadas y clasificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara

respectiva, en aquellas actividades, especialidades y grupo que se establecen en el

Capitulo 2Numeral 2.1.15 del presente Pliego de Condiciones y que no estén incursos

en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la

Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 11 de 1993.

Cuando los proponentes se presenten bajo cualquier forma asociativa, es posible que

una de esas personas sea natural.

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Cuando el oferente sea una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, que

no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentarse el documento que

acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país

donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acredite su

existencia y representación legal, debidamente consular izados en la forma en que lo

establece el artículo 480 de Código de Comercio.

Adicionalmente deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente

facultado para presentar oferta y celebrar el contrato, así como para representar a la

sociedad judicialmente o extrajudicialmente.

1.10. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El lugar de ejecución del Contrato será la Sede San Fernando del Instituto Popular de

Cultura IPC, ubicada en la Calle 4 No. 27-140, de la ciudad de Santiago de Cali.

1.11. LA PRESENTE CONVOCATORIA PODRA SER LIMITADA A MIPYMES

De acuerdo con lo previsto por los artículos 152 y 153 del Decreto 1510 de 2013, la

convocatoria se podrá limitar a Mipymes nacionales por ser inferior a ciento veinticinco

mil dólares de los Estados Unidos de América (USD125.000), liquidados con la tasa

de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,

que tengan como mínimo un (1) año de existencia, siempre y cuando se reciban

solicitudes de por lo menos tres (3) Mipymes.

Las MIPYMES acreditarán su condición a través de la presentación de una

certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a

tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial

establecido de conformidad con la ley.

En las convocatorias limitadas, se aceptarán solamente las ofertas de Mipymes,

Consorcios o uniones Temporales formados únicamente por Mipyme y promesas de

sociedades futuras suscritas como Mipyme

La manifestación de limitación a Mipymes debe ser enviada, junto con sus anexos al

Area Jurídica del IPC del Instituto Popular de Cultura IPCpara lo cual deberá ser

radicado en la Sede San Fernando, ubicada en la Calle 4 No. 27-140, piso1 de la

ciudad de Santiago de Cali o podrá ser enviada al correo electrónico:

rectorí[email protected] DEL 5 AL 15 DE ENERO DE 2015

1.12. INVITACION A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS

En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 el

Instituto Popular de Cultura IPC, invita a todas las personas y organizaciones

interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera

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de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren

convenientes, intervengan en las audiencias y consulten los Documentos del Proceso

en el SECOP.

1.13. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

Los proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el (Anexo

2), en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano

contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus

empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso

de Contratación actué en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta

o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con

posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento

tenga consecuencias adicionales.

1.14. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE

CONTRATACION

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los

documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y

presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la

asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la

participación en el proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los interesados

y del Proponente.

1.15. COMUNICACIONES

Las comunicaciones en el marco del proceso de contratación deben hacerse por

escrito, por medio físico o electrónico a cualquiera de las siguientes direcciones:

- Dirección Física - Instituto Popular de Cultura IPC, Sede San Fernando, Calle 4 No.

27-140, piso1, de la ciudad de Santiago de Cali, de lunes a viernes en el horario de

atención de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

- Dirección electrónica: rectorí[email protected]

La comunicación debe contener:

1) El número del presente proceso de contratación;

2) Los datos del remitente que incluye el nombre, dirección física o electrónica y

teléfono;

3) Identificación de los anexos presentados con la comunicación.

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1.16. CARÁCTER PÚBLICO DE LA INFORMACIÓN

El proponente conoce y acepta que en desarrollo de los principios de transparencia,

igualdad e imparcialidad, toda la información incluida en su propuesta para acreditar el

cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es

pública y cualquier persona podrá obtener copia de la misma.

El proponente será responsable por el manejo de la información que reciba de parte

del Instituto Popular de Cultura IPC y, de acuerdo con la Constitución y la Ley, deberá

guardar laconfidencialidad que sea requerida y respetar los derechos de autor,

morales y patrimoniales.

Parágrafo: Las propuestas presentadas son públicas y sólo existirá confidencialidad o

reserva del documento especifico de las mismas cuando la Constitución o la ley lo

establezca; por lo tanto, cuando en la respectiva propuesta se incluyan textos de

reserva o confidencialidad sin soporte normativo se entenderá como no escritos.

1.17. IDIOMA

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los

Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser

tenidos en cuenta en el mismo deben ser otorgados en castellano. La oferta y sus

anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los

Proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en lengua extrajera, deben

ser traducidos oficialmente al castellano, la cual deberá ser oficial en los términos del

artículo 251 del Código General del Proceso cumpliendo el trámite de Apostilla o

consularización, y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera.

1.18. LEGALIZACION DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el

exterior debidamente legalizados y traducidos oficialmente al castellano en los

términos del artículo 251 del Código General del Proceso cumpliendo el trámite de

Apostilla o consularización, y presentarse junto con su original otorgado en lengua

extranjera.

1.19. CONVERSION DE MONEDAS

Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país

en la cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.

Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados

Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor

correspondiente con el procedimiento de legal de conversión establecido por el Banco

de la República.

Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la

información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos

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14

colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada

por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados

financieros.

1.20. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

La propuesta será presentada en dos sobres así:

El Sobre No. 1 Contendrá:

Documentos Habilitantes de carácter jurídico, financiero, técnico y de calificación.

El cual debe ser presentado en Original y Dos (2) copias, tanto el original como las

copias deben presentarse foliados, escrita en cualquier medio mecánico, en español,

sin enmendaduras, tachones, y entregarlas en sobre cerrado. Los proponentes deben

adjuntar todos los documentos exigidos en el presente pliego de condiciones, tanto en

el original como en las copias, de tal manera que el número de folios de los

cuadernillos coincidan exactamente

Sobre No. 2. Contendrá la propuesta económica y se abrirá en la Audiencia

Deberá contener la propuesta económica (Anexo 4 del presente Pliego de

Condiciones) señalando el valor de la misma en números y letras.

Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y

números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.

Las propuestas deberán presentarse en idioma español, salvo los términos técnicos

que podrán expresarse en idioma distinto, y en pesos colombianos, sin tachones,

borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la propuesta.

Cualquier enmendadura que contenga la oferta, deberá ser aclarada y validada por el

oferente en la misma propuesta,

CARÁTULA DE LAS PROPUESTAS

INSTITUTO POPULAR DE CULTURAIPC

CONCURSO DE MERITOS No. IPC.CM.001.2014 DE 2014

PROPONENTE

DIRECCIÓN

TELÉFONO

FAX

E. Mail

Los sobres serán entregados cerrados dentro del plazo fijado en el presente proceso,

en la siguiente dirección:

INSTITUTO POPULAR DE CULTURAIPC SEDE SAN FERNANDO

Con destino al Area Jurídica del IPC.

Calle 4 No. 27-140, piso1

Santiago de Cali– Valle del Cauca

Page 15: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

15

En los sobres el proponente deberá incluir los documentos que se relacionan

anteriormente.

La Entidad no tendrá en cuenta las propuestas allegadas por correo o las radicadas en

dependencia diferente al Area Jurídica del IPC, dichas propuestas serán devueltas al

remitente en el estado recibido.

1.21. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el

exterior, debidamente legalizados o apostillados.

1.22. CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS

En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia,

los interesados que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan

cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los

títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Resolución

5547 de 2005 del Ministerio de Educación Nacional.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 842 de 2003, podrán ser

matriculados en el Registro Profesional de Ingenieros y obtener tarjeta profesional,

para poder ejercer la profesión en el territorio nacional, quienes hayan obtenido el

título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones

de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya

celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos, situación que debe ser

avalada por el ICFES o por el organismo que se determine para tal efecto. Así mismo,

quienes hayan adquirido el título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas,

otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los

cuales Colombia no haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos;

siempre y cuando hayan obtenido la homologación o convalidación del título

académico ante las autoridades competentes, conforme con las normas vigentes

sobre la materia.

NOTA 1: Los títulos académicos de postgrado de los profesionales matriculados no

serán susceptibles de inscripción en el registro profesional de ingeniería, por lo tanto,

cuando se necesite acreditar tal calidad, bastará con la presentación del título de

postgrado respectivo, debidamente otorgado por universidad o institución autorizada

por el Estado para tal efecto. Si el título de postgrado fue otorgado en el exterior, solo

se aceptará debidamente consularizado o apostillado de acuerdo con las normas que

rigen la materia.

NOTA 2: Todos los títulos obtenidos en el extranjero deberán ser convalidados ante el

Ministerio de Educación Nacional, toda vez que de conformidad con lo señalado en el

Guía Práctica para la Convalidación de Títulos Profesionales en Colombia publicada

en la página WEB del Ministerio de Educación Nacional, “La existencia de convenios

internacionales no exonera al interesado del trámite correspondiente”.

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16

Así mismo, la Resolución 5547 del 1 de diciembre de 2005 del Ministerio de

Educación Nacional, señala en el capítulo II: “DE LOS CRITERIOS APLICABLES

PARA LA CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS”, que para efectos de la convalidación de

títulos de pregrado y de postgrado se deberá hacer una evaluación de la información y

en su orden verificar cuál de los siguientes criterios se aplica para de esta forma

proceder al trámite correspondiente:

1. CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS: Si el título procede de alguno

de los países con los cuales el Estado Colombiano ha ratificado convenios de

Convalidación de títulos, éstos serán convalidados en un término no mayor a dos (2)

meses contados a partir del recibo en debida forma de la documentación requerida”.

1.23. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser

entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013. Los

términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado

natural y obvio.

Definiciones Acuerdo Comerciales

Son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe mínimo el compromiso de trato nacional para: los bienes y servicios de origen colombiano y los proveedores colombianos.

Clasificador de Bienes y Servicios

Es el sistema de codificación de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC

Adjudicación

Es la decisión final del Instituto popular de Cultura IPC, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación.

Cronograma

Es el documento en el cual la Entidad Estatal establece las fechas, horas y plazos para las actividades propias del Proceso de Contratación y el lugar en el que éstas deben llevarse a cabo.

Mipyme

Es la micro, pequeña y mediana empresa medida de acuerdo con la ley vigente aplicable.

Proceso de contratación

Es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.

Riesgo

Es el evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución deun contrato.

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17

Contratista

Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación.

Contrato

Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el Instituto Popular de Cultura IPC y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación.

Oferta

Es la propuesta presentada al Instituto Popular de Cultura IPC por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones.

Pliego de Condiciones

Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del Contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación.

Primer Orden de Elegibilidad

Es la posición que ocupa el proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el Pliego de Condiciones.

Proponente

Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación.

TRM

Tasa de cambio representativa del mercado spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web www.superfinanciera.gov.co

Adenda

Es el documento que se expedirá con el fin de aclarar, modificar o precisar los presentes Pliegos, que se emitan con posterioridad a la apertura del proceso y que formarán parte de los mismos.

Certificación

Todo documento escrito expedido por una persona competente que da fe de algo que se pretende probar.

Aclaraciones

Cuando las modificaciones no afecten el valor o el plazo del contrato estas se consignarán en actas suscritas por las partes, salvo en el caso de errores mecanográficos, de trascripción o de copia, debidamente comprobados, donde la aclaración la firmará únicamente el Instituto Popular de Cultura IPC y podrá colocarse como nota marginal de la minuta que contenga el texto a aclarar.

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18

Día(s) corriente(s) o Día(s) calendario:

Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes Pliegos resulte ser un sábado o domingo u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.

Día(s) hábil(es)

Día(s) hábil(es): Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por Ley en la República de Colombia.

Documentos del contrato

Son aquellos que forman parte integrante del contrato independientemente que estén contenidos en otros documentos y que por su naturaleza complementen, aclaren o particularicen condiciones especiales a tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato.

CAPITULO II

DOCUMENTOS HABILITANTES

Los requisitos habilitantes mínimos exigidos a los interesados para participar en el

proceso de selección son Capacidad Jurídica, Condiciones de experiencia, Capacidad

financiera, y Organización de los proponentes.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos o la no presentación de las

aclaraciones o de la información complementaria, será causal de rechazo de la

propuesta.

Los proponentes deberán presentar los documentos que a continuación se relacionan

con el propósito de que la propuesta sea hábil, sin perjuicio que a falta de estos pueda

subsanarse de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley

1150 de 2007.

No es subsanable la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten

circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha límite de recepción de las

propuestas.

2.1 CAPACIDAD JURÍDICA DEL PROPONENTE

Se demostrará con los documentos que deberá aportar el proponente, por lo tanto,

estos indicarán si la oferta CUMPLE o NO CUMPLE, los cuales se relacionaran en el

presente Pliego de Condiciones

2.1.1. CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA

La Carta de Presentación de la Propuesta deberá estar debidamente diligenciada

según la información del modelo suministrado por el Instituto Popular de Cultura IPC

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19

(Anexo 1del presente pliego de condiciones) y firmada por el proponente. En caso de

ser una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el

representante legal, debidamente facultado en los términos de la ley.

En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o

sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra (n)

incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o

conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993,

1474 de 2011 y demás normas pertinentes. Igualmente deberá efectuar las demás

manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la propuesta.

Si estas manifestaciones no se realizan en la carta de presentación, las mismas se

entenderán efectuadas con la presentación de la propuesta respectiva.

No se aceptarán propuestas parciales. Los proponentes deben ceñirse a los requisitos

exigidos en el Pliego de Condiciones.

PODER Cuando el proponente actúe a través de un representante o apoderado debe

acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o

apoderado está expresamente facultado para presentar oferta.

2.1.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Las personas naturales (En caso de ser comerciantes) deben presentar el certificado

de matrícula mercantil vigente expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro

de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria.

Acreditar la mayoría de edad con la cédula de ciudadanía para los nacionales

colombianos y con la cédula de extranjería o el pasaporte para los extranjeros.

La ausencia de limitaciones a la capacidad jurídica de las personas naturales.

Este requisito se verificará con la presentación de una declaración de la persona

natural en la cual certifique que tiene plena capacidad y que no está incursa en

inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones.

Las personas jurídicas deben acreditar su existencia legal mediante los siguientes

documentos:

Certificado de Existencia y Representación Legal

Expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre de

la Convocatoria, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el cual conste la

matrícula mercantil vigente, que la sociedad está registrada o tiene sucursal

domiciliada en Colombia, el representante legal inscrito, las facultades del

representante legal y que el término de duración de esta no es inferior a la duración

del contrato y un año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del

contrato.

En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, se debe

presentar copia del acta expedida como lo determina el Código de Comercio, en la

que se señale que ha sido facultado por el órgano social competente, para

comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o

en su defecto presentar la certificación del Secretario de la Junta u órgano social

competente donde conste la autorización correspondiente. En el caso de los

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20

Consorcios y Uniones Temporales, este requisito procederá de igual forma para cada

una de las sociedades o personas jurídicas que los integren.

2.1.3. PROPUESTAS CONJUNTAS

En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal deberá

adjuntar con su propuesta debidamente diligenciado y firmado para cada caso en

particular el documento de conformación del consorcio o la unión temporal, de

conformidad con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993.

Los consorcios o uniones temporales constituidas se comprometen, en caso de ser

adjudicatarios del presente proceso de Selección a:

Permanecer consorciados o unidos durante el tiempo de vigencia del contrato y un

año más, por lo tanto, deberá indicarse expresamente que el consorcio o unión

temporal no podrán ser liquidados o disueltos durante la vigencia o prórrogas del

contrato que se suscriba, y a obtener el número de identificación tributario (NIT). En

ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o

unión temporal. En caso de cesión la misma se hará a un tercero, previa solicitud por

escrito al Instituto Popular de Cultura IPC. Es de aclarar, que el cesionario deberá

cumplir con la totalidad de las exigencias del Pliego de Condiciones, en cuanto a las

capacidades y requisitos habilitantes exigidos.

Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los

mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado

expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir

las mismas exigencias anteriormente citadas.

Estos documentos deben haber sido expedidos dentro de los 30 días calendario

anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria. En caso de consorcio o

unión temporal se deberán presentar los anteriores documentos para todos y cada

uno de sus integrantes.

Las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en Colombia deberán

estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471

y 474 del Código de Comercio.

Si la oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que

tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de

su representante o mandatario, mediante la presentación del original del certificado de

existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Colombia

en la cual se encuentre establecida la sucursal, dentro de los 30 días calendario

anteriores a la fecha definitiva de cierre de la Convocatoria. Cuando el representante

legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar

autorización suficiente del órgano social competente para contraer obligaciones en

nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente al

cierre del presente proceso de selección.

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21

2.1.4. AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO SOCIAL

COMPETENTE

Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer

obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización

expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para

presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la propuesta.

Los consorcios y uniones temporales deberán suministrar estos documentos para

todos y cada uno de sus integrantes, cuando esto se requiera.

2.1.5. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL

Las personas naturales y jurídicas que participen en el presente proceso de selección

bajo la modalidad de consorcios o uniones temporales, deberán adjuntar el documento

de su constitución el cual deberá ser elaborado de conformidad con el Artículo 7° de la

Ley 80 de 1993.

En todo caso los consorcios y uniones temporales deben reunir como mínimo los

siguientes requisitos:

Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión

temporal y, en éste último caso señalarán los términos, extensión de su

participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no

podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto Popular de

Cultura IPC.

Los miembros del consorcio o unión temporal deben designar la persona que

para todos los efectos los representará y señalarán las reglas básicas que

regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.

Se debe anexar el documento de constitución del consorcio o unión temporal,

según el caso. En este documento deberá quedar consignado, cuando menos:

1) Los integrantes del consorcio o unión temporal, sean personas naturales o

jurídicas;

2) El porcentaje de participación de cada uno de ellos;

3) Las reglas de funcionamiento y obligaciones para sus integrantes;

4) La responsabilidad, los términos y extensión de la misma;

5) El representante del consorcio y/o Unión temporal para los fines

contractuales;

6) Duración del consorcio y/o Unión temporal que no podrá ser inferior al

término de ejecución del contrato y un año más;

7) Las demás normas que sus integrantes acuerden para el normal desarrollo y

cumplimiento de sus fines.

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22

Para efectos impositivos, a los consorcios y uniones temporales se les aplicará

el régimen previsto en el Estatuto Tributario.

2.1.6. VERIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES

FISCALES

El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los

procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como

requisito indispensable para celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar

que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra

reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de

la República con periodicidad trimestral.

Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, el Instituto Popular de

Cultura IPC, verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la

Contraloría General de la República, que el proponente y cada uno de sus integrantes

cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n)

reportado (s) en dicho boletín.

2.1.7. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL OFRERENTE

De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 019 de 2012 y con el

fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o

representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal, el Instituto

Popular de Cultura IPC realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del

mecanismo en línea que creó el Gobierno Nacional para el efecto.

2.1.8. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS

Verificación de Antecedentes Disciplinarios vigente del proponente o del

Representante Legal de la empresa expedido por la Procuraduría General de la

Nación.

En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes cuando

los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, se les verificarán sus

antecedentes.

2.1.9. LA AUSENCIA DE INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES O

PROHIBICIONES DE LA PERSONA JURÍDICA PARA CONTRATAR

Este requisito se verifica con la presentación de una declaración de la persona jurídica

en la cual éste certifique que ni la persona jurídica ni su representante legal están

incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones. La cual se entiende

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23

prestada con la suscripción de la carta de presentación de la Propuesta (Anexo 1 del

pliego de Condiciones) o en su defecto con la presentación de la propuesta.

2.1.10. CERTIFICACION DE PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES AL SISTEMA

DE SEGURIDAD SOCIAL

Sí el proponente es persona jurídica debe adjuntar con su propuesta, una certificación

en la cual acredite el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses

anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria; certificación que deberá ser

expedida por el revisor fiscal de la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal

acreditando el pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación

Familiar). Si la Persona Jurídica o la persona natural se encuentra exonerada de pago

de parafiscales, según el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha

certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el

Representante Legal de acuerdo con la ley, y los aportes al Sistema de Seguridad

Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de

2003 y demás disposiciones legales vigentes.

En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida,

deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.

Nota: Esta disposición aplica también para el caso de los miembros de consorcios o

uniones temporales, en donde cada integrante dependiendo de su naturaleza jurídica,

deberá acreditar este requisito.

En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de

alguna de las obligaciones mencionadas el proponente deberá manifestar que existe

el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el

oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante

de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.

Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración

bajo la gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus

empleados al Sistema de Seguridad Social, y Aseguradora de Riesgos Laborales - y

pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar). Si la

persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el artículo 25

de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir suscrita por

el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la ley, y los

aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la

Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y demás disposiciones legales vigentes.

Documento en el que debe constar que a la fecha de cierre de la convocatoria, ha

realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6)

meses.

En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por

ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social

debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la

mencionada certificación, pero deberá acreditar su afiliación como persona natural al

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24

sistema de seguridad social, según lo previsto en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y

demás disposiciones legales vigentes.

Tratándose de proponentes extranjeros domiciliados en Colombia deben cumplir con

los requisitos exigidos anteriormente.

En el caso de que el proponente sea extranjero, en cuyo país de origen no exista la

obligación de realizar aportes parafiscales y/o al sistema de seguridad social, deberá

indicar esta circunstancia en documento suscrito bajo la gravedad del juramento por el

proponente persona natural o por el representante legal de la persona jurídica,

consorcio o unión temporal.

2.1.11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Seriedad de la Oferta. Debe estar vigente desde la presentación de la oferta y por

noventa (90) días más y su valor debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del

presupuesto oficial estimado.

2.1.12. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA

Del Representante Legal, persona natural y/o Apoderado si lo tiene.

Si es hombre mayor de edad y menor de (55) copia de la respectiva libreta militar.

2.1.13. LAS PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS DEBEN ACREDITAR SU

EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su

domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en

el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre

representante legal o nombre de la o persona que tenga la capacidad de

comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el

representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la

misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo

que lo faculta.

2.1.14. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

Los proponentes deberán presentar el Registro Único de Proponentes, con fecha de

expedición no mayor a tres (3) meses anteriores a la fecha límite de recepción de

propuestas, donde conste que, de acuerdo con su objeto social o sus actividades

mercantiles, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos

relacionados con el objeto de este proceso y acreditar que su duración abarca como

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25

mínimo un (1) año a partir de la fecha de terminación del plazo de ejecución del

contrato que se suscriba.

En el evento en que del contenido del Registro Único de Proponentes expedido por la

Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para

establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de

la parte pertinente de dichos estatutos.

Si del Registro Único de Proponentes o de los Estatutos de Sociedad se desprende

que las facultades del representante legal están limitadas por razón de la naturaleza o

cuantía del negocio jurídico, el oferente deberá presentar el acta respectiva en la cual

se autoriza al representante legal para firmar la propuesta y celebrar el

correspondiente contrato en caso de que le sea adjudicado, y para constituir el

consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.

El objeto social del interesado, persona jurídica o de cada uno de sus miembros en

caso de consorcios o uniones temporales, debe estar relacionado con el objeto del

presente proceso.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por

el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y en el artículo 8 y siguientes del Decreto

1510 de 2013, el oferente deberá acreditar mediante el RUP su inscripción y

clasificación en cualquiera de las siguientes codificaciones a nivel de clase del

Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas, así: Clasificación UNSPSC

80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.

De conformidad con lo consagrado en el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012 y

el artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, la inscripción del proponente debe encontrarse

vigente y en firme antes de la fecha de adjudicación del proceso.

Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales todos los miembros deberán

acreditar su inscripción en el Registro Único de Proponentes y al menos uno de los

miembros deberá estar inscrito en el grupo solicitado.

Nota: La personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas

jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, acreditarán el

cumplimiento de este requisito con los mismos documentos que aporten para acreditar

la experiencia del proponente y en el cual conste la ejecución de por lo menos un (1)

contrato.

2.2 CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE

2.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

El proponente deberá acreditar experiencia específica en máximo UN (1) contrato de

consultoría (estudios de vulnerabilidad de edificaciones) ejecutado por un valor igual o

mayor al VALOR DEL PRESUPUESTO oficial, que esté debidamente certificado en el

RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500

Ingeniería civil.

Page 26: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

26

Nota: La personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas

jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, acreditarán el

cumplimiento de este requisito mediante la presentación de certificaciones, máximo

UNA (1) de experiencia suscrita por el contratante o copia del contrato acompañada

del acta de liquidación y/o terminación y que contenga:

Nombre o razón social del contratante.

Nombre o razón social del contratista.

Objeto del contrato identificado con la clasificación de bienes y servicios en el

cuarto nivel.

Número del contrato.

Valor del contrato, incluidos los adicionales, si los hubiere.

En caso de que el proponente (Personas jurídicas nacionales, personas naturales

nacionales, personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas

jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia) presente más

de Una (1) certificación, el Instituto popular de Cultura IPC tomará los presentados en

orden de foliación, que cumplan las condiciones establecidas en el inciso anterior,

con el propósito de habilitar al proponente.

Se requiere que el proponente acredite 20 años de experiencia.

REGLAS APLICABLES A LA EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE:

a) De acuerdo con el literal e) del numeral 2 del artículo 9 del Decreto 1510 de 2013:

“Si la constitución del interesado es menos a tres (3) años, puede acreditar la

experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes”.

b) No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona

jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las

modalidades previstas en el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

c) Cuando los contratos con los cuales se pretenda acreditar esta experiencia sean

ejecutados bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, se deberá especificar

el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros, o anexar copia del

contrato en el que se mencione el porcentaje de participación y únicamente será

tenido en cuenta en valor del contrato en forma proporcional a su porcentaje de

participación.

d) En caso de Consorcios o Uniones Temporales, esta experiencia podrá ser

acreditada por uno solo de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.

2.2.3. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO

Las ofertas deben incluir el recurso humano idóneo para la dirección y administración

de la consultoría. El equipo de trabajo para el desarrollo de la consultoría debe estar

Page 27: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

27

conformado como mínimo por tres (2) profesionales conformados por: un (1)

Ingeniero Estructural, un (1) Ingeniero Geotecnista y que cumplan con el perfil

presentado en el siguiente cuadro:

Cargo

Formación académica

Experiencia Específica Mínima

Requerida INGENIERO ESTRUCTURAL

Deberá ser Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia general superior a DIEZ (10) años contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

Deberá certificar haber participado como Ingeniero Diseñador Estructural en dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto oficial y en uno de los cuales se haya realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

INGENIERO GEOTECNISTA

Deberá ser Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia general superior a DIEZ (10) años contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

Deberá certificarhaber participado como ingeniero geotecnistaen dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto oficial y en uno de los cuales se haya realizado estudios y diseños de vulnerabilidad de edificaciones.

NOTA: La experiencia general se acreditara con la presentación de la matricula

profesional de cada uno de los profesionales. Su contabilización se tendrá en cuenta

a partir de la expedición de la misma.

Los estudios de educación superior (pregrado y/o postgrado), así como los

estudiostécnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos

ocertificados de obtención del título correspondiente y fotocopia de la

TarjetaProfesional.

De conformidad con los requerimientos mínimos del pliego de condiciones, no se

aceptará la propuesta del oferente que no cumpla con la acreditación de experiencia

específica mínima para cada uno de los profesionales. Cada profesional debe anexar

documentos que acrediten la idoneidad y experiencia.

El proponente deberá aportar para cada profesional propuesto los siguientes

documentos:

Page 28: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

28

Hoja de vida (La información contenida en el formato de la hoja de vida de la

Función Pública).

Copia del título profesional y de postgrado y/o actas de grado.

Carta de intención suscrita por el miembro del equipo de trabajo mediante la

cual se compromete a: 1. Desarrollar el objeto contractual en caso de que el

proponente sea adjudicatario del contrato; 2. Desarrollar las actividades de

acuerdo con la propuesta metodológica presentada y al anexo técnico del

contrato; 3. Asistir a todas la reuniones a las que sea convocado por el

Supervisor del contrato, conforme al Anexo 3 del presente Pliego de

Condiciones.

Copia de los certificados expedidos por la entidad contratante o actas de

liquidación y/o terminación que acrediten la experiencia, las cuales deben

contener mínimo la siguiente información:

o Nombre del contratante.

o Nombre del contratista.

o Objeto y/o descripción del contrato.

o Funciones o actividades del contratista.

o Fecha de inicio del contrato. (dd/mm/aa).

o Fecha de terminación del contrato. (dd/mm/aa).

o Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación.

En caso de no diligenciarse o no encontrase en los documentos aportados las fechas

de inicio, terminación del contrato y expedición de la certificación con día, mes y año,

el Instituto Popular de Cultura IPC tomará el último día de cada mes como fecha de

inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación, y el último mes del año

como mes de inicio y el primer mes del año como mes de finalización.

El Instituto Popular de Cultura IPC podrá verificar los soportes de hoja de vida de los

miembros del equipo y toda la documentación aportada de cada proponente con el fin

de corroborar su veracidad.

Presentar el Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios emitido por el

Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA

2.2.4. PROGRAMACIÓN DE LA CONSULTORÍA

El proponente deberá presentar la programación de actividades a realizar en el marco

del objeto del presente proceso, discriminado en actividades y semanas, con un plazo

máximo de ejecución de tres (3) meses. El oferente deberá tener en cuenta en la

programación, la revisión por parte de la supervisión de los diseños y estudios

técnicos, así como el tiempo necesario para la corrección de las observaciones que

Page 29: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

29

sean consideradas. El contratista deberá organizar las entregas de forma que se

realicen los ajustes, correcciones y demás a que haya lugar durante el tiempo de

ejecución del contrato.

La programación presentada deberá contener mínimo lo siguiente:

• La secuencia y duración de cada una de las actividades (Diagrama de Gantt.).

• Trayectoria crítica

2.2.5. ORGANIZACIÓN DE LA CONSULTORÍA

El proponente deberá presentar el esquema de organización de los trabajos a

ejecutar, el cual debe incluir mínimo la descripción de las funciones y

responsabilidades de cada uno de los profesionales requeridos.

2.2.6. METODOLOGÍA DE LA CONSULTORÍA

El oferente deberá presentar un enfoque técnico definido y coherente con la

propuesta planteada para cada una de las actividades previstas en relación con el

grado de conocimiento que se demuestre para desarrollarlos. Así, deberán citarse y

explicarse todas las acciones que se consideren necesarias y oportunas en la

realización de cada uno de los ítems a desarrollar, en relación con las obligaciones

específicas y los productos planteados en este pliego de condiciones.

El oferente deberá proponer las actividades en relación con la consecución de los

objetivos de la consultoría, deberá citar y explicar las acciones que considere

oportunas para articular más operativamente las actividades del alcance describiendo

en su desarrollo las acciones y recursos necesarios para la ejecución del objeto

contractual y realizar un cronograma, por actividades, según los tiempos del contrato.

Se deberá presentar una metodología en que se refleje la forma como el consultor

desarrollará los trabajos, de tal manera que en ella garantice el cumplimiento de los

objetivos especificando las actividades a realizar y el recurso humano a requerir en

cada una de ellas.

En cuanto a las pruebas a realizar en el inmueble a intervenir, se deberá proponer los

ensayos necesarios para valorar si los elementos que conforman la edificación son

estructuralmente adecuadas o no. De igual manera la metodología debe tener

concordancia con el cronograma de ejecución y la organización propuesta para la

ejecución de los trabajos, relacionando el equipo profesional y el papel que debe

cumplir en cada una de las actividades a desarrollar.

Page 30: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

30

2.2.7 CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL

Esta información será tomada del registro único de proponentes, la cual debe estar a

corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2013.

LA ENTIDAD CONTRATANTE se reserva el derecho de consultar la veracidad de los

estados financieros con las entidades a quienes por disposición legal les corresponda

la vigilancia de la firma proponente y en su defecto utilizará los medios idóneos que le

permitan realizar tal consulta, sin que esto implique que los oferentes puedan

completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.

Las propuestas serán hábiles para continuar participando cuando arrojen valores

aceptables en los indicadores relacionados a continuación:

INDICE DE LIQUIDEZ: Indica cual es la capacidad del proponente para cancelar sus

deudas a corto plazo comprometiendo sus activos corrientes, es decir, por cada peso

de deuda corriente establece cuanto se tiene de respaldo en activo corriente; entre

más alto sea el índice, menor es el riesgo de que exista incumplimiento de las deudas

a corto plazo.

ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO: Refleja el grado de apalancamiento que

corresponde a la participación de los acreedores en los activos del proponente

mientras más alto sea este índice menor es el apalancamiento financiero.

RAZON DE COBERTURA DE INTERESES: Refleja la capacidad del proponente de

cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menos es

la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.

INDICE FORMULA VALORES ACEPTABLES

INDICE DE LIQUIDEZ ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE IGUAL O SUPERIOR A 10

INDICE DE

ENDEUDAMIENTO

PASIVO TOTAL

ACTIVO TOTAL MENOR O IGUAL AL 0,90

RAZON DE COBERTURA

DE INTERESES

UTILIDAD OPERACIONAL

GASTOS DE INTERESES IGUAL O SUPERIOR A 10

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31

LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL según los siguientes indicadores: Esta información

será tomada del registro único de proponentes, la cual debe estar a corte a treinta y uno

(31) de diciembre de 2013.

RENTABILIAD SOBRE PATRIMONIO: Determina la rentabilidad del patrimonio del

proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso

invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la

rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.

RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS: Determina la rentabilidad de los activos del

proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso

invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del

negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este índice debe ser siempre

menor o igual que el de la rentabilidad sobre el patrimonio.

INDICE FORMULA VALORES ACEPTABLES

RENTABILIDAD

SOBRE PATRIMONIO

UTILIDAD OPERACIONAL

PATRIMONIO IGUAL O MAYOR A 1.00

RENTABILIDAD

SOBRE ACTIVOS

UTILIDAD OPERACIONAL

ACTIVO TOTAL IGUAL O INFERIOR A 1.00

En caso de consorcios o uniones temporales deberán cumplir mediante sumatoria según

el porcentaje de participación. El no cumplimiento de cada uno de estos requisitos

hará que la propuesta no esté habilitada para la calificación económica. El Instituto

Popular de Cultura IPC podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones

que estime indispensables. Los proponentes deberán allegarlos dentro del término

perentorio que le fije el Instituto Popular de Cultura IPC, so pena de rechazo de la

propuesta.

Page 32: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

32

CAPITULO III

CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y REVISIÓN DE LA PROPUESTA

ECONÓMICA

Únicamente las propuestas declaradas como HÁBILES, en la evaluación de

requisitos habilitantes serán objeto de calificación.

3.1 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

El Instituto Popular de Cultura IPC evaluará las propuestas teniendo en cuenta los

criterios que se enumeran a continuación y con ellos se establecerá un orden de

elegibilidad.

Una vez establecido el orden de elegibilidad, el Instituto Popular de Cultura IPC

adjudicará el contrato ó declarara desierto el Proceso, de acuerdo a lo establecido en

el Artículo 67 del Decreto 1510 de 2013.

Los criterios de evaluación técnica serán los siguientes:

Experiencia especifica del proponente: 20 puntos máximo.

Profesionales y Expertos integrantes del equipo de trabajo: 70 Puntos

máximo.

Incentivo a la Industria Nacional: 10 Puntos máximo

Puntaje máximo para ser tenida en cuenta la propuesta: 100 Puntos.

Puntaje mínimo que una oferta debe recibir para ser elegible: 70 Puntos.

3.1.1. EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE

PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: VEINTE (20) PUNTOS.

PONDERACIÓN EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE (20 PUNTOS)

CRITERIO DE PONDERACIÓN PUNTAJE

Sí el proponente acredita experiencia específica en máximo UN (1) contrato de consultoría de estudios de vulnerabilidad de edificaciones cuyo valor sea mayor al valor del presupuesto oficial, que esté debidamente certificado en el RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.

20

Sí el proponente acredita experiencia específica en máximo UN (1) contrato de consultoría estudios de vulnerabilidad de edificaciones cuyo valor sea mayor al Ochenta por Ciento (80%) del presupuesto oficial pero menor o igual al

10

Page 33: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

33

presupuesto oficial, que esté debidamente certificado en el RUP en la Clasificación UNSPSC 80101600 gerencia de proyectos y/o 81101500 Ingeniería civil.

El valor facturado actualizado de cada contrato (VFA), se determina a partir del valor

facturado o ejecutado expresado en salarios mínimos legales mensuales del año

correspondiente a la terminación del contrato o último año de ejecución, según

corresponda.

3.1.2. EXPERIENCIA DEL EQUIPO PROFESIONAL DE TRABAJO

PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: SESENTA (70) PUNTOS.

PONDERACIÓN PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO (70

PUNTOS).

ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS:

Deberá ser Profesional en el área de

ingeniería civil con experiencia general

superior a DIEZ (10) años contados de la

fecha de expedición de la tarjeta

profesional.

Deberá certificar haber participado como

ingeniero diseñador estructural en dos

contratos (2) de consultoría cuyo valor

ejecutado sea igual o mayor al presupuesto

oficial y en el mismo se haya realizado

estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

Se deberá anexar copia de la tarjeta

profesional, certificado de vigencia de la

matrícula, formato único de Hoja de Vida

del Departamento Administrativo de la

Función Pública, certificado de

antecedentes disciplinarios y fiscales.

Dedicación TOTAL EN EL PROYECTO

100%.

35 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un

Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia

general superior a Treinta (30) años contados de la fecha

de expedición de la tarjeta profesional. Si certifica haber

participado como Ingeniero Diseñador Estructural en dos

contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual

o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya

realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

20 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un

Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia

general superior a Quince (15) años y menor a Treinta

(30) años) años contados de la fecha de expedición de la

tarjeta profesional. Si certifica haber participado como

Ingeniero Diseñador Estructural en dos contratos (2) de

consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al

presupuesto oficial y en el mismo se haya realizado

estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

10 Puntos, si el Especialista en Estructuras es un

Profesional en el área de ingeniería civil con experiencia

general superior a Diez (10) años y menor a Quince (15)

añoscontados de la fecha de expedición de la tarjeta

profesional. Si certifica haber participado como Ingeniero

Diseñador Estructural en dos contratos (2) de consultoría

cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al presupuesto

oficial y en el mismo se haya realizado estudios y diseños

de vulnerabilidad de edificaciones.

Page 34: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

34

ESPECIALISTA EN GEOTECNIA: Deberá

ser Profesional en el área de ingeniería civil

con experiencia general superior a DIEZ

(10) años contados de la fecha de

expedición de la tarjeta profesional.

Deberá certificar haber participado como

ingeniero geotecnista en dos contratos (2)

de consultoría cuyo valor ejecutado sea

igual o mayor al presupuesto oficial y en el

mismo se haya realizado estudios de

vulnerabilidad de edificaciones.

Se deberá anexar copia de la tarjeta

profesional, certificado de vigencia de la

matrícula, formato único de Hoja de Vida

del Departamento Administrativo de la

Función Pública, certificado de

antecedentes disciplinarios y fiscales.

Dedicación 100%.

35 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional

en el área de ingeniería civil con experiencia general

superior a treinta(30) años contados de la fecha de

expedición de la tarjeta profesional. Si certifica haber

participado como ingeniero geotecnista en dos contratos (2)

de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual o mayor al

presupuesto oficial y en el mismo se haya realizado

estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

20 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional

en el área de ingeniería civil con experiencia general

superior a Quince (15) años y menor a Treinta (30) años

contados de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

Si certifica haber participado como ingeniero geotecnista en

dos contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea

igual o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya

realizado estudios de vulnerabilidad de edificaciones.

10 Puntos, si el Especialista en Geotecnia es un Profesional

en el área de ingeniería civil con experiencia general

superior a Diez (10) años y menor a Quince (15) años de la

fecha de expedición de la tarjeta profesional. Si certifica

haber participado como ingeniero geotecnista en dos

contratos (2) de consultoría cuyo valor ejecutado sea igual

o mayor al presupuesto oficial y en el mismo se haya

realizado estudios y diseños de vulnerabilidad de

edificaciones.

3.1.3. INCENTIVOS A LA INDUSTRIA NACIONAL

PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR: DIEZ (10) PUNTOS.

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de DIEZ (10)

puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 151 del Decreto 1510 de

2013, para los bienes y servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados

nacionales con ocasión de la existencia de un tratado internacional, conforme a lo

establecido en el parágrafo del artículo 1 de la ley 816 de 2003, modificado por el

artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgara tratamiento de bienes y

servicios nacionales aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que

Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos

países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda

el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003 los puntajes que se

asignarán en cada uno de los casos serán:

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35

- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o

por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principios

de reciprocidad (10 puntos).

- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o

por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación

nacional sin aplicación principio de reciprocidad (9 puntos).

- El oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo

con la legislación nacional (5 puntos)

3.2 CRITERIOS DE DESEMPATE

Con fundamento en lo establecido en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013, con el

fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta

situación en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una u otra queden

ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:

Si se presenta empate se seleccionará el proponente que haya obtenido el

mayor puntaje en el criterio de experiencia del Equipo de Trabajo.

Si la paridad continúa, se seleccionará el proponente que haya obtenido el

mayor puntaje en el criterio de experiencia del Ingeniero Especialista en

Estructura.

En caso de que exista empate entre una propuesta nacional y una extranjera,

se preferirá la propuesta nacional, de conformidad con el artículo 2 de la ley

816 de 2006.

Se entiende por servicio de origen nacional aquellos prestados por empresas

constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales de

Colombia o por residentes en Colombia. Lo anterior será verificado del

certificado del RUP para personas jurídicas. Para personas naturales se

verificará con la copia de la cédula de ciudadanía, de extranjería o visa de

residente, si es el caso.

De igual manera, en aplicación a lo dispuesto en el parágrafo segundo del

artículo 20 de la ley 80 de 1993, el parágrafo del artículo 1° de la ley 816 de

1993 modificado por el artículo 51 del Decreto ley 019 de 2012, se otorgará el

tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero

siempre que cumplan las siguientes condiciones:

o Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras

estatales con dicho país. Dicha circunstancia será verificada en la Página

Web de Colombia Compra Eficiente.

Page 36: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

36

o Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere

negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas

reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.

Esta circunstancia deberá acreditarse mediante certificación expedida por

el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de

Relaciones Exteriores, la cual deberá indicar si existe trato nacional en

virtud de principio de reciprocidad.

Si se presenta empate o este persiste y entre los empatados se encuentren

Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o

consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada

únicamente por Mipymes nacionales.

Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los

empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de

sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se

preferirá, siempre que cumpla los siguientes requisitos:

o Que este conformada por al menos una Mipyme nacional que tenga un

participación de por lo menos el 25%.

o Que la Mipyme aporte mínimo el 25% de la experiencia presentada en la

oferta.

o Que ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean

empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión

temporal o promesa de sociedad futura.

Si persiste el empate, se preferirá al proponente que acredite tener vinculado

laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en la

condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos

contenidos en la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio,

unión temporal o promesa de sociedad futura, debe cumplir los siguientes

requisitos:

o Que el integrante del oferente que acredite que el 10% de su nómina está

en condición de discapacidad, debe tener una participación de por lo

menos el 25% en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad

futura.

o Que el integrante del oferente aporte mínimo el 25% de la experiencia

presentada en la oferta.

o Tal circunstancia deberá ser acreditada en la propuesta con la presentación

de una certificación expedida por la oficina de trabajo respectiva, y con la

declaración bajo gravedad de juramento del representante legal donde

conste que dicho personal fue contratado con por le menos un año de

anterioridad y que lo mantendrá por un lapso igual al de la contratación.

Por último, de persistir el empate, se realizará una audiencia cuya fecha fijará

y comunicará oportunamente el Instituto Popular de Cultura IPC, en la cual se

hará un sorteo mediante el método de suerte y azar, conforme a lo dispuesto a

continuación:

Page 37: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

37

Se introducirán en una bolsa el número de papeletas equivalente a los

proponentes respecto de los cuales persiste el empate y una (1) de ellas

contendrá la palabra adjudicatario.

o El orden alfabético del nombre de los proponentes determinará cuál de

ellos sacará la primera papeleta.

o El proponente que saque la papeleta que contenga la palabra adjudicatario

será el ganador.

3.3 ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y REVISION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

Efectuada la calificación de la propuesta técnica y publicado el informe de evaluación

de las propuestas, el Comité Evaluador resolverá las observaciones a los informes de

evaluación publicados y conformará la lista de elegibles de conformidad con la

ponderación obtenida.

En presencia del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación, la

Entidad procederá a revisar la coherencia y consistencia entre: La necesidad

identificada por la Entidad y el alcance de la oferta; la consultoría ofrecida y el precio

ofrecido; y el precio ofrecido y la disponibilidad presupuestal del presente proceso de

selección. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse los requerimientos

técnicos mínimos.

Si la Entidad y el oferente ubicado en primer orden de elegibilidad llegan a un

acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato dejará constancia del mismo y

firmarán el contrato.

Si la Entidad y el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad no llegan a un

acuerdo dejarán constancia de ello y la Entidad revisará con el oferente calificado en

el segundo lugar de elegibilidad los aspectos referidos anteriormente, si la Entidad y

el oferente llegan a un acuerdo dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato.

Si la Entidad y el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad no llegan a un

acuerdo, la Entidad debe declarar desierto el Proceso de Contratación

3.4 ADJUDICACION DEL CONTRATO

La adjudicación se hará mediante acto administrativo motivado el cual será publicado

en la página WEB del Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP,

www.colombiacompra.gov.co. De igual forma y mediante publicación en la página

www.institutopopulardecultura.edu.co, se comunicará a los oferentes que no

resultaren favorecidos dentro del proceso de selección.

Page 38: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

38

El acto de adjudicación es irrevocable, salvo las excepciones contempladas por el

artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, y obliga tanto a la Entidad como al adjudicatario,

contra él no procede recurso alguno por la vía gubernativa. No obstante lo anterior, si

dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del

mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto

se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad

podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80

de 1993.

CAPITULO IV

PROPUESTA ECONÓMICA

El proponente deberá presentar su oferta económica en pesos colombianos teniendo

en cuenta el formato establecido en el Pliego de Condiciones. Anexo 4 del Presente

Pliego)

La oferta económica deberá estar debidamente firmada por el representante legal del

proponente o por la persona facultada para ello mediante poder debidamente

otorgado conforme con lo establecido en el Artículo 836 del Código de Comercio.

En la propuesta económica el oferente deberá indicar claramente cuál es el precio

propuesto. Cualquier costo a cargo del proponente que sea omitido en la propuesta

se entenderá que se encuentra incluido y por tanto no podrá ser objeto de reembolso

o de reclamación por restitución del equilibrio económico.

Serán de cuenta del contratista todos los gastos como derechos e impuestos que se

causen con ocasión de la legalización del contrato, y que se requieran cancelar para

dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.

CAPITULO V

DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – CRONOGRAMA

El proceso de selección a que se refiere el presente pliego de condiciones se

desarrollará dentro de los siguientes plazos:

5.1 CRONOGRAMA

Page 39: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

39

OBJETO FECHA

SITIO DIA - MES MES

Publicación Aviso de Convocatoria

18 de Diciembre 2.014 SECOP - www.colombiacompra.gov.co

y www.institutopopulardecultura.edu.co

Publicación Proyecto de Pliego de Condiciones, Estudios y Documentos Previos

18 de Diciembre 2.014

Podrán ser consultados en el SECOP Página web

www.colombiacompra.gov.co y/o Area Jurídica del IPC del IPC

Observaciones al contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones

Del 5 al 9 de Enero hasta las 5:00 PM

2.015 A través del correo electrónico

rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC

Publicación Respuesta al contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones

Hasta el 14 de Enero 2.015 En el SECOP Página web

www.colombiacompra.gov.co

Publicación Resolución Apertura del Proceso y Pliego de Condiciones Definitivo

15 de Enero 2.015 Podrán ser consultados en el SECOP

Página web www.colombiacompra.gov.co

Observaciones al contenido del Pliego de Condiciones Definitivo

Del 15 al 20 de Enero hasta las 5:00 PM

2.015 A través del correo electrónico

rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC

Publicación respuesta a las observaciones formuladas al Pliego de Condiciones Definitivo

Hasta el 23 de Enero 2.015 En el SECOP Página web

www.colombiacompra.gov.co

Presentación de Propuestas – Acto de Cierre

30 de Enero hasta las 3:00 PM

2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4

No. 27-140 de Cali

Evaluación de las Ofertas Del 2 al 4 de Febrero 2.015 Comité Evaluador

Publicación de los informes de evaluación de las propuestas

Del 5 al 9 de Febrero 2.015 En el SECOP Página web

www.colombiacompra.gov.co

Presentación de observaciones a los informes de evaluación de las propuestas

Del 5 al 9 de Febrero hasta las 5:00 PM

2.015 A través del correo electrónico

rectorí[email protected] y/o Area Jurídica del IPC IPC

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40

Audiencia Pública en la que se dará lectura a la respuesta de las observaciones, se revisará la Propuesta Económica del primer elegible dando aplicación a lo establecido en el #4. del Artículo 67 del Decreto 1510 de 2013 y se procederá a la Adjudicación del Contrato. De no llegar a un acuerdo se dará cumplimiento a los #s5 y 6 del Artículo del Decreto 1510 de 2013 se procederá a la Adjudicación del Contrato o declaratoria de desierta

El 16 de Febrero a las 10:00 AM

2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4

No. 27-140 de Cali

Celebración del contrato Dentro de los dos (2) días

hábiles siguientes a la adjudicación

2.015 Area Jurídica del IPC del IPC Calle 4

No. 27-140 de Cali

Expedición del Registro Presupuestal

El día de la suscripción del contrato

2.015 Grupo de Gestión Financiera del IPC

Publicación del contrato en el SECOP

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la

suscripción del contrato 2.015 Area Jurídica del IPC del IPC

Cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato

Dentro de los dos (2 ) días hábiles siguientes a la

suscripción del contrato 2.015 Area Jurídica del IPC del IPC

El pago del contrato se efectuará de conformidad con lo establecido en la forma de pago.

Previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el

mismo 2.015 Grupo de Gestión Financiera del IPC

Nota. El cronograma anterior podrá ser modificado en el Acto de Apertura del

Proceso y el Pliego de Condiciones Definitivo del proceso.

5.2 PUBLICACIÓN PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Page 41: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

41

El Instituto Popular de Cultura IPC publicará en página web del Sistema Electrónico

de Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co., el proyecto de

pliego de condiciones durante el término establecido en el artículo 23 del

Decreto1510 de 2013. Durante este término los interesados podrán formular

observaciones al contenido del proyecto de pliego de condiciones. La publicación del

proyecto de pliego de condiciones no genera obligación para la Entidad de dar

apertura al proceso de selección.

5.3 OBSERVACIONES AL CONTENIDO DEL PROYECTO DE PLIEGO DE

CONDICIONES

Los interesados podrán formular observaciones por escrito al contenido del proyecto

de pliego de condiciones, dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.

Dichas observaciones podrán ser remitidas al correo electrónico

rectorí[email protected] y/o ser radicadas en el l primer piso de la Sede San

Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140

de Cali, Con destino al Area Jurídica del IPC.

5.4 RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL PROYETO

DE PLIEGO DE CONDICIONES

El documento que contiene la respuesta a las observaciones formuladas al proyecto

de pliego de condiciones será publicado, en la página web del Sistema Electrónico de

Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co. En todo caso, la

aceptación o rechazo de tales observaciones se hará de manera motivada mediante

documento.

5.5 PUBLICACIÓN ACTO DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Y PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

El Instituto Popular de Cultura IPC publicará el acto de apertura, el pliego de

condiciones definitivo y las respuestas a las observaciones presentadas al proyecto

de pliego de condiciones, En las fechas establecidas en el cronograma del proceso,

en la página web del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP

www.colombiacompra.gov.co

5.6 OBSERVACIONES AL CONTENIDO DEL PLIEGO DE CONDICIONES

DEFINITIVO

Page 42: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

42

Los posibles proponentes podrán presentar observaciones al contenido del pliego de

condiciones definitivo, A través del correo electrónico rectorí[email protected] y/o

ser radicadas en el primer piso de la Sede San Fernando del Instituto Popular de

Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, Con destino al Area

Jurídica del IPC.

5.7 RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL PLIEGO

DE CONDICIONES DEFINITIVO

Las respuestas a las observaciones y las adendas que se den como resultado de las

observaciones presentadas por los posibles proponentes se publicarán con fecha

límite hasta un día antes de la fecha prevista para el cierre.

5.8 RECEPCION DE OFERTAS Y ACTA DE CIERRE

La recepción de ofertas se realizará en la Sede San Fernando del Instituto Popular de

Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, Con destino al Area

Jurídica del IPC, en la fecha y hora señalada en el presente pliego de condiciones, y

deberá presentarse conforme se establece en el pliego de condiciones.

Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para la recepción de

propuestas no serán tenidas en cuenta. Para verificar la hora señalada, se acogerá la

hora que indique en el radicado de la Area Jurídica del IPC del Instituto Popular de

Cultura IPC.

Posteriormente se procederá a la apertura de los sobres en la Area Jurídica del IPC.

De esta diligencia se levantará un acta, que se suscribirá por las personas

encargadas por el Instituto Popular de Cultura IPC y por los proponentes presentes

que así lo deseen, y en la cual se relacionarán sucintamente las propuestas

presentadas así: Nombre del proponente, el número de garantía de seriedad de la

oferta, la compañía de seguros, el número de folios de que consta, si la numeración

de la misma presenta tachaduras o enmendaduras y valor de la oferta económica. En

el evento que la propuesta se encuentre sin foliar, la Entidad procederá a consignar

esta circunstancia en el Acta respectiva.

5.9 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS – COMITÉ EVALUADOR

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 1510 de 2013, el Instituto

Popular de Cultura IPC designará un Comité Evaluador.

Dicho Comité deberá realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente

a las reglas contenidas en el pliego de condiciones.

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43

El Comité Evaluador verificará y calificará las propuestas presentadas de conformidad

con lo dispuesto en el pliego de condiciones.

El Comité Evaluador, realizará la evaluación de las propuestas recibidas, en el

término establecido en el cronograma del proceso. El informe de evaluación será

suscrito por cada uno de los miembros del comité.

El informe de evaluación se elaborará dentro del plazo establecido para ello en el

cronograma de este proceso de selección y será publicado en la página web del

Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP www.colombiacompra.gov.co

5.10 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN

Los resultados de la evaluación de las propuestas serán publicados en la página web

del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP

www.colombiacompra.gov.co. y estarán a disposición de los interesados durante el

término establecido en el cronograma del proceso, para que los oferentes presenten

las observaciones que estimen convenientes a los informes. Vencido el término

indicado, los proponentes no podrán hacer nuevas observaciones, completar las

realizadas durante el período concedido en el pliego de condiciones y tampoco dará

derecho a quienes se abstuvieron de hacerlo para presentar observaciones al citado

informe. Quienes estén interesados en formular observaciones al informe de

evaluación, podrán hacerlo a través de documento escrito a través del correo

electrónico rectorí[email protected] y/o ser radicadas en el l primer piso de la Sede

San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado en la en la Calle 4 No. 27-

140 de Cali, Con destino al Area Jurídica del IPC.

5.11 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA QUE SE DARÁ LECTURA A LAS

RESPUESTAS DE LAS OBSERVACIONES, SE REVISARÁ LA

PROPUESTA ECONÓMICA DEL PRIMER ELEGIBLE Y SE PROCEDERÁ

A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O DECLARATORIA DE

DESIERTA SI A ELLO HUBIERE LUGAR

Se realizará audiencia en la que se dará lectura a las observaciones formuladas al

informe de evaluación de propuestas y a las respuestas emitidas por la Entidad.

Posteriormente se realizará la revisión de la oferta económica del primer elegible y se

procederá a la adjudicación o declaratoria desierta según el caso, de acuerdo con las

reglas establecidas en el numerales 3.3 y 3.4 del presente pliego de condiciones

5.12 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Page 44: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

44

El contrato se perfeccionará con la firma de las partes. Una vez firmado el contrato

por el ordenador del gasto del Instituto Popular de Cultura IPC se le entregará al

contratista para la firma, quien tendrá tres (3) días hábiles siguientes a la

adjudicación, para suscribirlo, una vez se encuentre firmado se procederá a tramitar

el registro presupuestal por parte del Area Financiera del IPC .

Para la ejecución del contrato se requiere de la expedición del registro presupuestal y

de la aprobación de la garantía que constituya el contratista seleccionado a favor del

Instituto Popular de Cultura IPC, por parte del Jefe del Area Jurídica del IPC.

Quien resulte favorecido en el presente proceso de selección, quedará sujeto a las

sanciones económicas establecidas en la Ley y en el presente pliego, en caso de que

se negare a firmar el contrato dentro del plazo establecido en el cronograma. En

dicho caso, el Instituto Popular de Cultura IPC podrá hacer efectiva la garantía de

seriedad de la oferta prevista en este pliego de condiciones, sin menoscabo de las

acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no

cubiertos por el valor de la garantía de seriedad. En el evento anterior, el Instituto

Popular de Cultura IPC dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento

del término de suscripción para el primer adjudicatario, mediante acto administrativo

debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en

segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la

Entidad.

CAPITULO VI

CAUSALES DE RECHAZO Y DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO

6.1 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán rechazadas cuando se presente al menos una de las siguientes

causales:

1. Cuando los proponentes se encuentren incursos en alguna de las causales de

inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, establecidas en la Constitución

Política y/o la ley, para lo cual la Entidad revisará el boletín de responsables fiscales,

el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales.

2. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se

entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos

surgidos del mismo.

3. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo proponente, bajo el

mismo nombre o con nombres diferentes o cuando el representante o los

Page 45: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

45

representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otras u

otras personas jurídicas diferentes, que también estén participando en el presente

proceso de selección.

4. Cuando se realice entrega extemporánea de la propuesta o cuando la entrega de

la propuesta se realice en sitio diferente al indicado en el pliego de condiciones.

5. Cuando no se presenten las aclaraciones y/o documentos habilitantes requeridos

por la Entidad dentro del plazo establecido por el Instituto Popular de Cultura IPC.

6. Cuando la propuesta fuere presentada por personas naturales ó jurídicas que

hayan intervenido, directa o indirectamente en la elaboración de los estudios previos,

del pliego de condiciones, o por personas jurídicas cuyos socios o personas a su

servicio hayan tenido tal intervención.

7. Cuando el proponente no presente la póliza de seriedad de la oferta.

8. Cuando un mismo integrante de un equipo de trabajo sea propuesto en alguna otra

oferta para la misma convocatoria.

9. Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente

contienen información imprecisa, inexacta o que de cualquier manera no

correspondan a la realidad e induzcan al Instituto Popular de Cultura IPC a error en

beneficio del proponente.

10. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para

obligarse o cuando no cumplan con las calidades o condiciones indicadas en la

presente convocatoria.

11. Cuando el valor de la oferta económica, supere el presupuesto oficial estimado

para la presente convocatoria.

12. Cuando la Carta de Presentación de la Oferta no esté firmada.

13. La presentación de ofertas parciales.

14. La no presentación de la propuesta conforme a las especificaciones técnicas

señaladas en la Ficha Técnica del Proceso. (Anexo 5 del Presente Pliego de

Condiciones)

15. Las demás contempladas en la Constitución Política Nacional, la ley y en la

presente convocatoria.

16. Cuando no haya suscrito el compromiso anticorrupción contenido en el anexo 2.

17. El mayor plazo ofrecido para la ejecución.

18. No cumplir con los indicadores financieros señalados en el Pliego.

Page 46: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

46

19. Si el (los) proponente(s) expresa(n) algún tipo de ajuste o incremento a los

valores de la oferta.

20. Cuando el objeto social incluido en el certificado de existencia y representación

legal no le permita cumplir o desarrollar la actividad materia de la futura contratación.

21. Cuando las propuestas no cumplan con la totalidad de las generalidades,

especificaciones técnicas, condiciones mínimas solicitadas en el pliego de

condiciones.

22. Cuando no se encuentren debidamente inscritos, y clasificados en el Registro

Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción o cuando no se

encuentre en firme su inscripción o renovación para la fecha de cierre del proceso.

23.Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución

a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.

6.2 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Durante el término previsto para la adjudicación del contrato, el Instituto Popular de

Cultura IPC podrá declarar desierto el presente Concurso de Méritos cuando existan

motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable,

en los siguientes casos:

a) Por motivos o causas que impidan el cumplimiento del deber de selección objetiva.

b) Cuando no se presente propuesta alguna.

c) Cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en este pliego

de condiciones.

d) Cuando se encuentre dentro de las causales establecidas en el artículo 66 del

Decreto 1510 de 2013.

CAPITULO VII

CONDICIONES DE CELEBRACION DEL CONTRATO

7.1 FIRMA DEL CONTRATO

Page 47: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

47

El proponente favorecido deberá firmar y cumplir con los requisitos de

perfeccionamiento y ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en

este pliego de condiciones y con las normas que regulan la materia.

b. Una vez suscrito el contrato por las partes, el CONSULTOR, procederá a constituir

la garantía en los términos, porcentajes y vigencias que al efecto se indiquen en el

cronograma de la presente convocatoria.

c. Para el trámite enunciado, el CONSULTOR deberá entregar en el Area Jurídica

del IPC del Instituto Popular de Cultura IPC el original de la garantía correspondiente.

Si se trata de póliza expedida por una compañía de seguros, deberá entregar

además, el clausulado de las condiciones generales de la póliza.

El presente pliego de condiciones y la propuesta seleccionada formarán parte del

contrato

7.2 DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN

Las actividades se desarrollarán en la ciudad de Santiago de Cali. El domicilio

contractual será la Sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC ubicado

en la en la Calle 4 No. 27-140 de Cali.

7.3 PLAZO DE EJECUCIÓN

Tres (3) meses, a partir del acta de inicio suscrita entre el supervisor y el contratista,

previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del

contrato.

7.4 FORMA DE PAGO

Un primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad

sísmica del edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se

deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión.

- Un segundo pago del 30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento

estructural, presupuesto detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios

unitarios, especificaciones técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha

Técnica entregados por el contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta

respectiva con el recibo a satisfacción por parte de la supervisión.

Page 48: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

48

- Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios técnicos de reforzamiento,

diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por parte de la curaduría

urbana donde se adelanten los tramites de licencia.

El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la

ejecución previo cumplimiento de los requisitos internos exigidos por el IPC para

realizar el mismo (presentación de la factura por parte del contratista, certificación de

cumplimiento expedida por el supervisor, certificación expedida por el revisor fiscal de

la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal acreditando el pago de aportes

parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar) Si la Persona Jurídica o la

persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el artículo 25

de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir suscrita por

el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la ley y

aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la

Ley 789 de 2002 y demás disposiciones legales vigentes y disponibilidad de PAC.

7.5 CONFIDENCIALIDAD

El consultor y su personal, excepto previo consentimiento por escrito del Contratante,

no podrán revelar en ningún momento a cualquier persona o entidad ninguna

información confidencial adquirida en el curso de la prestación de los servicios, ni el

consultor ni su personal podrán publicar las recomendaciones formuladas en el curso

de, o como resultado de la prestación de los servicios.

El consultor se obligará a utilizar la información de carácter privado o reservado con

sujeción a las normas y disposiciones constitucionales y/o legales vigentes, y a la

jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, y a abstenerse de disponer

de bases de datos individuales a favor de entidades públicas o privadas diferentes,

reconociendo que en desarrollo de la consultoría pueden llegar a tener acceso a

información de carácter privado o protegida por el derecho fundamental del Habeas

Data establecido en el artículo 15 de la Constitución Política.

Durante el desarrollo de la consultoría, el contratante podrá solicitar informes de

avance o reuniones, en el marco de la consultoría, de acuerdo al desempeño o la

forma en que el consultor ejecute la evaluación.

7.6 ANALISIS DEL RIESGO

A continuación se presentará el análisis del riesgo por parte del Instituto Popular de

Cultura IPC, conforme a lo dispuesto en el Articulo 17 del Decreto 1510 de 2013, para

adelantar el proceso de contratación.

Page 49: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

49

De conformidad con “El Manual para la identificación y Cobertura del riesgo en los

procesos de contratación”, de Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra

disponible en la página: http://colombiacompra.gov.co/es/manuales, el riesgo descrito

en la tabla – probabilidad del Riesgo, se categoriza y valora de la siguiente manera: N

o.

Cla

se

Fu

en

te

Eta

pa

Tip

o

DESCRIPCIÓN

MITIGACIÓN DEL RIESGO

QUIEN ASUME EL

RIESGO

Consecuencia de la

ocurrencia del evento

Pro

ba

bili

da

d

Imp

acto

Ca

lific

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n

To

tal

Pri

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da

d

1

Genera

l

Inte

rno

Eje

cució

n

Opera

cio

nal

Falta de

experiencia e idoneidad del contratista.

Seleccionar personas

naturales o jurídicas que

estén en capacidad de

ejecutar el objeto del contrato.

CONTRATISTA

No cumplimiento del contrato

Po

sib

le

Mo

de

rad

o

Alta

Alta

2

Genera

l

Exte

rno

Pre

contr

actu

al

Opera

cio

nal

Daño en el IPC, como

consecuencia del proceso de instalación, integración,

prueba y puesta en funcionamiento

de los equipos requeridos para

realizar los estudios, que a su

vez, ocasiona daños en elementos

estructurales y no-estructurales

El contratista se obliga a reparar los elementos que resulten afectados en el desarrollo del estudio.

CONTRATISTA

Afectación en la edificación

Po

sib

le

Mo

de

rad

o

Me

dio

Alta

3

Especific

o

Inte

rno

Pla

neació

n

Socia

l

Falta de pago o retrasos en pagos

del valor del contrato.

Solicitud oportuna del

PAC

ENTIDAD

Desequilibrio financiero del

contrato

Imp

rob

ab

le

Me

no

r

Ba

jo

Me

no

r

4

Especific

o

Inte

rno

Pla

neació

n

Socia

l

Falta de previsión de la entidad al

definir el objeto y obligaciones del

contratista

Elaboración clara y precisa

de los estudios y

documentos previos del

objeto a contratar

ENTIDAD

Controversias post-

contractuales (liquidación)

Po

sib

le

Mo

de

rad

o

Ba

jo

Me

no

r

5

Especific

o

Exte

rno

Pla

neació

n

Opera

cio

nal

Que el contratista no cumpla dentro

del plazo estipulado con el

objeto y/o obligaciones y

especificaciones técnicas de lo

contratado

Seguimiento y evaluación al desarrollo del

objeto contractual

ENTIDAD

El incumplimiento del objeto

Po

sib

le

Mo

de

rad

o

Ba

jo

Me

no

r

Page 50: CONCURSO DE MÉRITOS No. IPC.CM.001.2014 PROYECTO …

50

7.7 MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO

Análisis de exigencias de garantías

Teniendo en cuenta el objeto del contrato, por lo que estaría en juego el patrimonio de la

entidad, se opta por solicitar al contratista las siguientes pólizas:

a) De cumplimiento: Cubre el cumplimiento de todas las estipulaciones pactadas sobre

los términos, condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía

equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al

término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la de la

suscripción del acta de inicio del contrato.

b) Calidad del servicio: Cubre la calidad del servicio prestado en todas las

estipulaciones pactadas sobre los términos, condiciones y especificaciones de la

convocatoria, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato,

con vigencia igual al término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a

partir de la de la suscripción del acta de inicio del contrato.

c) Pago de Salarios y prestaciones sociales: Cubre los salarios y prestaciones sociales que se deriven del contrato, que estén estrechamente ligadas a las actividades propias del mismo las cuales, por la naturaleza del contrato, corresponde al contratista responder por las mismas; en cuantía equivalente al veinte por ciento (10%) del

valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la suscripción del acta de inicio del contrato.

En ese orden el consultor deberá constituir garantía en los siguientes términos:

Garantía

Valor

Vigencia

Cumplimiento

20% del valor del contrato

Plazo de ejecución del contrato y cuatro (4)

meses más

Calidad del servicio

10% del valor del contrato

Plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses

más

Pago de Salarios y prestaciones sociales

10% del valor del Contrato

Plazo de ejecución del contrato y tres (3) años

más.

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51

7.8 CESIÓN

El CONSULTOR no podrá ceder, el contrato a persona alguna natural o jurídica,

nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito del Instituto Popular de

Cultura IPC, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la

autorización de la cesión.

7.9 SUPERVISIÓN Y COMITÉS TÉCNICOS DE EVALUACIÓN

7.9.1 SUPERVISIÓN

La supervisión de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas por el

Consultor (contratista) estará a cargo del Supervisor designado por el Ordenador del

Gasto.

Cada producto de la consultoría, presentado por el CONSULTOR, debe ser

entregado como borrador en medio electrónico al supervisor del contrato quien

realizará comentarios. Con base en los resultados de los comentarios, el

CONSULTOR realizará los ajustes solicitados por el Supervisor y enviará el informe

definitivo en físico y en medio magnético al supervisor del contrato.

7.9.2 COMITÉ EVALUADOR

Para la evaluación de las propuestas que se reciban con ocasión del proceso de

selección se conformará un Comité Evaluación de propuestas.

7.10 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

La liquidación del contrato se efectuará dentro de los términos establecidos en el

artículo 60 de la Ley 80 de 1993, el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás

normas concordantes.

7.11 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del contrato:

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52

a. Estudios previos y sus anexos. b. El pliego de condiciones, con sus anexos y adendas. c. Las respuestas a las observaciones proferidas por el Instituto Popular de Cultura

IPC

d. La propuesta del consultor. e. El acto administrativo de adjudicación. f. El contrato. g. La garantía aportada como mecanismo de cobertura del riesgo. h. Los demás documentos expedidos en la etapa precontractual, contractual y post-contractual

CAPITULO VIII

ACUERDOS COMERCIALES

8.1 ACUERDOS COMERCIALES

Al presente proceso le son aplicables los siguientes acuerdos comerciales en caso de

no ser limitado a Mipyme:

País

Entidad Estatal incluida

Presupuesto del Proceso de Contratación superior al valor del Acuerdo Comercial

Excepción Aplicable al Proceso de Contratación

Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo

CANADÁ SI SI NO SI CHILE SI SI NO SI ESTADOS UNIDOS

SI SI NO SI

EL SALVADOR SI NA NO SI GUATEMALA SI NA NO SI HONDURAS SI NA NO SI MÉXICO SI SI NO SI CAN SI NA NO SI

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53

ANEXO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Ciudad y fecha Señores INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC Santiago de Cali. ASUNTO: Proceso de Contratación No. IPC.CM.001.2014 DE 2014 El (Los) suscrito (s) _______________________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los estudios previos, el pliego de condiciones y sus anexos, hacemos la siguiente oferta y en caso que el Instituto Popular de Cultura IPC, nos adjudique el contrato objeto del presente proceso de selección nos comprometemos a presentar los documentos requeridos para la suscripción del contrato, a suscribir el mismo y a efectuar los trámites para la legalización y ejecución del contrato, dentro de los plazos establecidos para el efecto en el pliego de condiciones. Igualmente, me comprometo a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del proceso de selección, así como los del contrato, los precios de esta propuesta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por el Instituto Popular de Cultura IPC. En mi calidad de proponente hago las siguientes manifestaciones: 1. Que conozco el pliego de condiciones del proceso de selección en referencia e

informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.

2. Igualmente, declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información

aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación. 3. Que acepto las condiciones y demás exigencias para la ejecución del contrato. 4. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el

acta de iniciación con el Instituto Popular de Cultura IPC y a terminar el contrato dentro de los plazos contractuales, de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de selección.

5. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a

este proceso contractual. 6. Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto

que el proponente (o los integrantes del proponente si el mismo es un consorcio o unión temporal) que no se encuentra incurso dentro de las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y demás normas pertinentes.

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54

7. Que el proponente (ni los miembros que lo integran si fuere el caso) no está (n) reportado (s) en el último Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República.

8. Que leí cuidadosamente el pliego de condiciones y elaboré mi propuesta ajustada

a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.

9. Que manifiesto que el proponente está a paz y salvo con sus obligaciones

laborales frente al Sistema de Seguridad Social y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.

10. Adjunto garantía de seriedad de la Oferta.

11. QUE MI propuesta SE RESUME ASI:

Nombre completo del proponente

Cédula de ciudadanía o NIT

Representante legal

País de origen del proponente

(En caso de Consorcio o Unión Temporal, se debe indicar el nombre de cada una de las partes que lo conforman)

PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO:

Nos comprometemos a ejecutar el contrato, en los plazos establecidos en el pliego de condiciones en referencia.

VALIDEZ DE LA PROPUESTA:

Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.

GARANTIA DE SERIEDAD: Aseguradora: Valor : Vigencia :

$

Desde: (Día, mes, año) Hasta: (Día, mes, año)

12. Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal:..................................., según las siguientes normas:..................................

13. Que la presente propuesta consta de ( ) folios debidamente numerados.

14. Me permito informar que las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente dirección: Dirección: ______________ Ciudad: ______________

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Teléfono(s): ______________ Correo Electrónico en que aceptó recibir las comunicaciones y notificaciones relacionadas con el presente proceso: ______________ Atentamente, Nombre o Razón Social del Proponente: ______________ Nit: ______________ Nombre del Representante Legal: ______________ C.C. Nº ______________ de ______________ FIRMA: ______________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA: ______________

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ANEXO No. 2

COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

REFERENCIA: Proceso de Selección No. IPC.CM.001.2014 DE 2014 que tiene por

objeto: Elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y

reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural de la

edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de vulnerabilidad, de la

infraestructura física de la sede del Instituto Popular de Cultura sede San Fernando

ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, elaborando los diseños requeridos para su

reforzamiento y actualización sísmica de acuerdo con la norma NSR-10.

(Nombre del representante o de la persona natural proponente,) identificado como aparece al pie de mi firma (obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de , manifiesto que:

1. Apoyamos la acción del Estado Colombiano y del Instituto Popular de Cultura IPC par a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública.

2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Selección No. IPC.CM.001.2014 DE 2014

3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dadivas, sobornos o cualquier

forma de alego, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores del Instituto Popular de Cultura IPC directamente o a través de sus empleados, contratista o terceros.

4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación por Selección No. xxxxxx de 2014

5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Selección No IPC.CM.001.2014 DE 2014 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.

6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte y la de nuestros empleados o asesores.

7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente Compromiso Anticorrupción.

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8. En consecuencia de lo anterior firmo este documento a los ________ del mes ______ año.

____________________________________________________________________ (Firma del Representante Legal del Proponente o del proponente Persona Natural) NOMBRE: No. Documento de Identificación Cargo:

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ANEXO No. 3

FORMATO CARTA DE INTENCIÓN EQUIPO DE TRABAJO

Lugar y fecha

Señores

INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC Calle 4 No. 27-140 Santiago de Cali

El suscrito ___________________identificado con C.C No.__________, manifiesto mi

compromiso en trabajar en el estudio objeto del concurso de méritos No.

IPC.CM.001.2014 DE 2014, en el evento de salir favorecidos con la adjudicación del

contrato, a desarrollar las actividades de acuerdo con la propuesta metodológica

presentada, a asistir a la todas la reuniones a las que sea convocado por parte del el

supervisor del contrato.

Así mismo, certifico que no he participado en la preparación o elaboración de otra

propuesta ni hago parte de otra propuesta para la presente convocatoria y que mi hoja

de vida no ha sido presentada para más de dos convocatorias que adelanta el Instituto

Popular de Cultura IPC.

Por último declaro bajo gravedad de juramento, que no me encuentro incurso en

causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Ley y la

Constitución Política y ni en conflicto de interés alguno para hacer parte del equipo de

trabajo en el presente estudio.

Atentamente,

Nombre:

CC

Dirección.:

Teléfonos:

Correo electrónico:

Ciudad:

Nota. Cada uno de los miembros del Equipo de Trabajo propuesto debe

suscribir la carta de intención

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ANEXO No. 4

PROPUESTA ECONÓMICA – SOBRE No. 2 (SEPARADO)

PROPONENTE:

PERSONAL PROFESIONAL

CONCEPTO A B C D E F

PERSONAL PROFESIONAL

SUELDO MES

BASICO

% DEDICACION

FACTOR MULTIPLICADOR

VALOR MES

(AxBxC)

No. DE MESES

VALOR PARCIAL (DxE)

$ $ $

SUBTOTAL COSTO DE PERSONAL PROFESIONAL (1) $

PERSONAL TECNICO

CONCEPTO A B C D E F

PERSONAL TECNICO SUELDO

MES BASICO

% DEDICACION

FACTOR MULTIPLICADOR

VALOR MES

(AxBxC)

No. DE MESES

VALOR PARCIAL (DxE)

$ $ $

SUBTOTAL COSTO DE PERSONAL TECNICO (2) $

OTROS COSTOS DIRECTOS

CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD VALOR

UNITARIO VALOR PARCIAL

(Ensayos, transportes, informes, etcétera) $ $

SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) $

TOTAL COSTOS (1+2+3) $

IVA 16% $

VALOR TOTAL DE LA OFERTA $

FIRMA OFERENTE O REPRESENTANTE

Para el cálculo del Factor Multiplicador el oferente deberá considerar variables tales como Prestaciones Sociales, Costos Directos, Gastos Generales, Impuestos, Imprevistos, Contingencias, etc., y debe ser presentada con este anexo en el sobre de la propuesta económica. Nombre o Razón Social del PROPONENTE_____________________ Nombre del Representante Legal ______________________________ Nit. No. ________________ Dirección___________________ Ciudad_____________________ Teléfono ___________________ Fax _______________________ Correo electrónico _________________________

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________________________________ FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

ANEXO No. 5

FICHA TÉCNICA

INSTRUCTIVO INFORMACIÓN

1. Consultoría

Realizar estudio de vulnerabilidad sísmica, monitoreo, patología y reforzamiento estructural de acuerdo con la norma de sismo-resistencia NSR–10, adicional a informes, presupuesto total de obras y análisis de precios unitarios del mismo para el inmueble La sede San Fernando del Instituto Popular de Cultura IPC, que se encuentra ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali

2. Características Técnicas o Especificas del Servicio

1. Levantamiento general de la edificación mediante la cual se determinan la distribución de muros y otros elementos que son soportados por la estructura existente. Área: 1.047 M2 en dos niveles 2. Levantamiento general de la estructura de soporte de la edificación y que comprende el levantamiento de las dimensiones de vigas, columnas y demás elementos estructurales lo que sirve como base para la modelación a efectuarse. Área: 1.047 M2 en dos niveles 3. Diseño arquitectónico de la edificación a ampliar, especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles.. 4. Levantamiento del reforzamiento de la estructura de la edificación. Esta actividad se requiere con el fin de conocer el tipo de reforzamiento (Aceros), su límite de fluencia, cantidad por elemento y demás, lo cual permite conocer la capacidad estructural de estos. 5. Verificación de la resistencia de los concretos de los diversos elementos de la estructura de la edificación, actividad que conjuntamente con la anterior, permiten la modelación y verificación de su vulnerabilidad estructural ante eventos sísmicos y el tipo de reforzamiento requerido. 6. Estudios de geotecnia y suelos para tipificación de los parámetros sísmicos del suelo de fundación y capacidad portante. Mediante esta actividad se conocen los perfiles del suelo y los parámetros y características del mismo para conocer el espectro de diseño sísmico a

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aplicar en la modelación de la edificación. 7. Modelación de la estructura actual para conocer su vulnerabilidad ante los sismos. Reunidos los datos enumerados anteriormente se modela la estructura en programas 3D para conocer la vulnerabilidad de la edificación y los elementos que requieren reforzamiento. 8. Estudio del reforzamiento de la estructura. Con los resultados del numeral anterior se procederá mediante tanteos al diseño del reforzamiento de la estructura para su actualización a la norma NSR10. 9. Elaboración de planos de construcción. Se presentarán los planos resultantes para el reforzamiento de la edificación que contendrán los detalles de los nuevos refuerzos, incremento de secciones de elementos de concreto, cuadros de acero, etc., que permitan la actualización de la edificación a la norma NSR10. 10. Entrega de memorias de cálculo, cantidades de obra y presupuestos como soporte de las actividades anteriores.

3. Obligaciones a exigir al contratista. Detalle cada una de ellas. En las obligaciones se deben destacar las metas y los entregables o productos.

1. El contratista debe contar con los equipos necesarios para las labores de nivelación y anexar la carta de calibración de los equipos utilizados. 2. El contratista debe tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los profesionales y técnicos que involucre en el proyecto. 3. El contratista se obliga a presentar con cada factura la certificación expedida por el revisor fiscal de la empresa (si lo tienen) o por el representante legal acreditando el pago de aportes parafiscales (SENA, ICBF, Caja de Compensación Familiar) y patronales (Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales de los Empleados de la Empresa), en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002. 4. Las demás que se requieran para cumplir con el objeto pactado, en coordinación con el supervisor del contrato, encargado de ejercer el control y vigilancia del mismo. 5. Deberá realizarse un análisis técnico a la información existente, diseños con los cuales fue construido el edificio (arquitectónico, estructural).

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6. Para la realización de cada uno de los sondeos del estudio de suelos y apiques del análisis de la cimentación, deberá coordinarse previamente con el supervisor del contrato según la programación aprobada para los estudios, la ubicación de cada uno de ellos; con el fin de adecuar los espacios necesarios y autorizar el ingreso del personal. 7. Cada espacio o zona donde se estén realizando los sondeos o apiques externos, deberá estar demarcada con cintas de seguridad mínimo (tres cintas), (la cinta deberá indicar peligro) y postes en PVC, en la zona interna deberá cerrarse el espacio con poli sombra o polietileno calibre 6 con estructura en madera de piso a techo y el recorrido hacia el exterior deberá estar demarcado con cinta de seguridad, protegiendo el piso de la edificación.

8. Cada vez que se realice un sondeo o un apique, se deberán hacer las reparaciones necesarias para dejar cada espacio en las mismas condiciones que estaba inicialmente, antes de iniciar el siguiente; utilizando la misma especificación de materiales. 9. Los elementos que sean dañados debido al recorrido que realiza el personal que realiza los trabajos o a la mala ejecución de los mismos, deberán ser reparados o remplazados con las mismas especificaciones iniciales a costa del contratista. 10. Se deberá realizar un estudio de suelos o geotécnico en el área específica de la edificación (interna y externa), con un número de sondeos y profundidad de acuerdo a lo estipulado en la norma NSR10. 11. Una vez determinada la vulnerabilidad sísmica del edificio, cimentación y estructura, se deberá hacer una presentación en formato PowerPoint, donde se explique las falencias de la edificación en las condiciones actuales ante los requerimientos de la NSR-10. 12. De acuerdo al análisis de vulnerabilidad sísmica del edificio deberán ser presentadas tres propuestas de reforzamiento en las cuales se deben reflejar aspectos tales como costos, planos arquitectónicos, tiempos de ejecución y procedimiento constructivo de cada una de ellas; de las cuales en coordinación con el supervisor del contrato se determinará la más viable técnica y económicamente.

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13. Una vez determinada la alternativa de reforzamiento; se deberá diseñar el reforzamiento estructural de todo el edificio, de acuerdo a los parámetros establecidos en la NSR-10 y demás normas que la complementen o modifiquen; para la disposición de cada elemento, se deberán mostrar la ubicación y disposición de cada uno de ellos dentro de los Planos solicitados en el arquitectónico de las áreas a ser intervenidas. La misma deberá tener en cuenta las condiciones funcionales del edificio. 14. El diseño del reforzamiento estructural deberá realizarse de acuerdo a los parámetros establecidos en la NSR-10, haciendo el modelo matemático de la estructura existente con los elementos de reforzamiento adoptados mediante programas de computador especializados para estructuras de concreto y acero, mostrando en planos a colores el comportamiento después del reforzamiento de los puntos que eran vulnerables a falla del edificio; del diseño del reforzamiento estructural se deberán presentar las memorias de cálculo (datos de entrada al programa de cálculo, datos de salida del programa de cálculo, cálculo de derivas, comparación de los índices de sobresfuerzo de la vulnerabilidad con el reforzamiento, comparación de los índices de flexibilidad de la vulnerabilidad con el reforzamiento), planos de diseño, planos de detalles constructivos, cartillas de hierros, cantidades de obra, presupuesto de obra con vigencia 2014 y proyectado a 2015, análisis de precios unitarios (materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos constructivos. 15. En los puntos donde se realicen ensayos destructivos (núcleos, regatas para detección de refuerzo y ensayos de calidad del acero), se deberán realizar las reparaciones del elemento estructural utilizando concretos o morteros de alta resistencia, baja retracción, pegantes epóxicos y acero de 60000 PSI) 16. Una vez realizado el diseño del reforzamiento estructural y de elementos no estructurales de todo el edificio, se deberá realizar la propuesta arquitectónica para la adecuación de cada uno de los espacios donde quedan ubicados los elementos de reforzamiento, utilizando materiales con similar especificación a los existentes en cada zona del edificio.

17. Se deberá realizar una programación en diagrama de barras GANNT, de la ejecución de las obras de

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reforzamiento estructural que resulten del estudio de vulnerabilidad sísmica además de que el edificio debe seguir funcionando en el proceso constructivo del reforzamiento. 18. EL contratista deberá entregar la siguiente información: - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético de la programación en diagrama GANNT de la ejecución de los estudios. - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético del levantamiento arquitectónico realizado a la edificación junto con el informe de materiales y acabados de la edificación. - Original impreso en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego y medio magnético del levantamiento estructural realizado a la edificación junto con el informe del estado actual de la estructura. - Un informe en original impreso y medio magnético de la evaluación hecha a la información técnica existente (diseños iniciales). - Un informe en original impreso y medio magnético del estudio de suelos, el cual debe contener: generalidades del estudio, geología de la zona, parámetros de elaboración, plano de localización de sondeos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego , plano de localización general del proyecto en papel pergamino (90 gramos), registro fotográfico de las perforaciones realizadas con testigo métrico de la profundidad alcanzada, perfiles estratigráficos de cada una de las perforaciones, perfil estratigráfico general de la zona de localización del edificio, parámetros físico mecánicos del suelo estudiado, capacidad de soporte del suelo según cada estrato y profundidad de estos, grado de licuación del suelo, expansibilidad del suelo, localización del nivel freático, parámetros sísmicos del suelo, comportamiento de estabilidad del terreno, asentamientos probables, relación de ensayos realizados, resultado de los ensayos realizados, especificaciones técnicas para la alternativa de reforzamiento de la cimentación seleccionada. - Un informe en original impreso y en medio magnético de la presentación de las alternativas de reforzamiento estructural de la cimentación para todo el edificio con recomendaciones para el diseño y construcción de la alternativa de reforzamiento seleccionada. -Un informe en original impreso y en medio magnético del estudio de vulnerabilidad sísmica realizado al edificio considerando los elementos Estructurales y no-estructurales, el cual debe contener: plano en papel

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pergamino (90 gramos), tamaño pliego de la localización de los puntos donde se tomaron las muestras para la vulnerabilidad (planta y altura), indicando si fueron destructivas o no destructivas y qué tipo de ensayo se realizó, plano en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego de la localización de los puntos donde se tomaron muestras (planta y altura) para la patología estructural de todo el edificio, indicando el tipo de ensayo realizado, análisis del resultado obtenido de los ensayos tanto para la vulnerabilidad sísmica como para la patología estructural, modelo matemático empleado, memorias de cálculo que deben contener como mínimo (datos de entrada al programa, datos de salida del programa, cálculo de derivas, índices de sobre esfuerzo, índice de flexibilidad), planos en papel pergamino (90 gramos) a colores que muestren los puntos vulnerables a falla del edificio; análisis comparativo con la información existente del edificio. -Un informe en original impreso y medio magnético del diseño del reforzamiento estructural (elementos estructurales y no estructurales) de todo el edificio incluyendo memorias de cálculo con (datos de entrada al programa de cálculo, datos de salida del programa de cálculo, cálculo de derivas, comparación de los índices de sobresfuerzo de la vulnerabilidad con el reforzamiento, comparación de los índices de flexibilidad de la vulnerabilidad con el reforzamiento), modelo matemático empleado, planos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego del diseño de reforzamiento estructural, planos de detalles constructivos del reforzamiento estructural, análisis del comportamiento estructural antes y después del reforzamiento del edificio, cartillas de hierros, cantidades de obra, presupuesto de obra con vigencia 2013 y proyectado a 2014, análisis de precios unitarios con estudio de mercado de la zona (mínimo tres cotizaciones directas de materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos constructivos. -Un informe en original impreso y medio magnético de la solución arquitectónica adoptada para cada uno de los espacios donde quedan los elementos de reforzamiento (elementos estructurales y no estructurales), el cual debe contener: planos en papel pergamino (90 gramos) tamaño pliego de la solución arquitectónica en planta y perfil, de cada espacio afectado por el reforzamiento estructural de todo el edificio, cantidades de obra, presupuesto de obra, análisis de precios unitarios (materiales, equipos, herramientas y mano de obra), especificaciones técnicas de materiales y procesos

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constructivos. -Un original impreso y medio magnético de la programación de ejecución de las obras de reforzamiento, en papel pergamino (90 gramos), tamaño pliego. -El contratista se obliga a realizar los ajustes requeridos a los cálculos y planos anexados hasta la aprobación de los mismos por parte de la Curaduría Urbana donde se adelanten los tramites de permisos y licencias por parte del Instituto Popular de Cultura IPC, a costo del contratista. -El contratista se obliga a realizar la disposición adecuada de los residuos resultantes de los diferentes procesos técnicos desarrollados en el estudio.

4. Obligaciones del Instituto Popular de Cultura IPC, definirlas en el caso que el servicio exija de la entidad información, documentos, espacios locativos, equipos, instalaciones eléctricas, textos en el caso de publicaciones, entre otros.

1. Garantizar al contratista el acceso a las instalaciones del Instituto Popular de Cultura IPC, cuando así lo requiera para la ejecución del contrato. 2. Informar al contratista sobre los aspectos técnicos que éste requiera para la debida y oportuna ejecución del contrato. 3. Proporcionar la información requerida para la normal ejecución del objeto del contrato. 4. Supervisar al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual. 5. El Instituto Popular de Cultura IPC iniciará los trámites de permisos ante curaduría 10 días hábiles posteriores a la entrega por parte del contratista de los documentos técnicos requeridos para tal fin. 6. Cancelar al contratista las sumas establecidas en la oportunidad y forma prevista, sujeta a la disponibilidad del PAC.

5. Plazo de ejecución.

TRES (3) MESES

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ANEXO No. 6

INFORMACIÓN TRIBUTARIA

Para dar cumplimiento a la ley 863 del 29 de diciembre de 2003 y demás normas que la modifique o adicione, norma establece la obligación de efectuar las retenciones en los impuestos de IVA, INDUSTRIA Y COMERCIO e IMPUESTO A LA RENTA, favor suministrar la siguiente información la cual permitirá efectuar correctamente sus pagos. FECHA: __________________________________________ NOMBRE Y RAZON SOCIAL:___________________________________________ DIRECCION COMERCIAL: _______________________________________________ CIUDAD DE OPERACIÓN:_________________________TELEFONO:_______________ CORREO ELECTRONICO:_________________________FAX:_____________________ C.C NIT No_________________________ Régimen Común Régimen Simplificado Gran Contribuyente SI NO Autoretenedor SI NO Resolución No________________ Actividad económica (ICA) ______________ Código_______________ ENTIDAD BANCARIA ________________________________________ SUCURSAL________________________________________________ Cta Corriente No____________________________________ Cta de Ahorros No____________________________________ _______________________________________ Nombre y firma del Responsable

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ANEXO No. 7

MINUTA DE CONTRATO

CONTRATO No. XXXXXX

CONTRATANTE Establecimiento Público - Instituto Popular de Cultura. IPC.

CONTRATISTA XXXXXXXXX NIT O CEDULA : XXXXXXXX

OBJETO Elaboración y evaluación de los estudios de vulnerabilidad sísmica y

reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y cálculo estructural

de la edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de

vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede del Instituto Popular

de Cultura sede San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali,

elaborando los diseños requeridos para su reforzamiento y actualización

sísmica de acuerdo con la norma NSR-10

VALOR SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MCTE ($75.000.000)

INCLUIDO IVA

FORMA DE PAGO Un primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad sísmica del edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión.

Un segundo pago del 30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento estructural, presupuesto detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios unitarios, especificaciones técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha Técnica entregados por el contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción por parte de la supervisión.

Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios técnicos de reforzamiento, diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por parte de la curaduría urbana donde se adelanten los tramites de licencia.

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PLAZO El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses,

contados a partir del perfeccionamiento del contrato, previa

aprobación de la garantía única y de la suscripción del acta de

inicio.

C. D. P. No. XXXXX de XXXX de 2014 la cual debe ser actualizada con la

vigencia fiscal correspondiente

Entre los suscritos a saber: MARIA DEL PILAR MEZA DIAZ mayor de edad vecino y

residente en esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 31.895.155

expedida en Cali, en su calidad de Rectora del Establecimiento Público del orden

Municipal denominado - Instituto Popular de Cultura IPC con NIT No. 900.431.928-3

Adscrito a la Secretaría de Educación Municipal, según Acuerdo Municipal 0313 de. 2011

y nombrada como Rectora mediante el Decreto 411.0.20.0226 de Abril 9 de 2012, con

Acta de Posesión No. 0256 de Abril 24 de 2012, por una parte, quien en adelante se

denominara EL INSTITUTO y xxxxxxxxxxxx identificada con el NIT o cedula

xxxxxxxxxxx empresa con domicilio en la Ciudad de xxxxxxx constituida a través de

Escritura Pública xxxxxx otorgada por la Notaría xxxxxx de xxxxxx el xxxx de xxxxxx de

xxxxxx inscrita en la Cámara de Comercio de xxxxxx el xxxx de xxxxxx de xxxxxx, en el

libro xxx folio xxxxx bajo el número xxxxx representada legalmente por xxxxxxxxxxxxx,

mayor de edad, con domicilio en la ciudad de xxxxxx, identificado con cédula de

ciudadanía número xxxxxxx de xxxxxxx, quien en adelante se denominará EL

CONTRATISTA, de conformidad con el certificado de existencia y representación legal

expedido por la Cámara de Comercio de xxxxxxxx, quien declara que ni ella ni la sociedad

que representa se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o de

incompatibilidad consagradas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, adicionado por el

artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, y teniendo en cuenta previamente lo siguiente: 1. Que

mediante resolución xxxx del xxxx de xxxxx de xxxxxx, se ordenó la apertura del proceso

número xxxxxxxx – Concurso de meritos. 2. Que con ocasión del proceso

IPC.CM.001.2014, presentaron ofertas las siguientes sociedades: xxxxxxxxx 3. Que de

conformidad con el decreto 1510 de 2013 se efectuó la respectiva verificación de los

requisitos habilitantes y la evaluación de la oferta. 4. Que mediante resolución No. Xxxx

de xxxxxx de xxxxx se adjudicó el contrato de xxxxxxxxxxx objeto del proceso xxxxxxxx

Con fundamento en lo anteriormente señalado se suscribe el presente contrato, que se

regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO: Elaboración y evaluación de los

estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural y/o diseño arquitectónico y

cálculo estructural de la edificación, de acuerdo con los resultados del estudio de

vulnerabilidad, de la infraestructura física de la sede del Instituto Popular de Cultura sede

San Fernando ubicada en la Calle 4 No. 27-140 de Cali, elaborando los diseños

requeridos para su reforzamiento y actualización sísmica de acuerdo con la norma NSR-

10. SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO : El presente contrato tendrá el siguiente

alcance: DESCRIPCION TECNICA Y DETALLADA DEL BIEN Y/O SERVICIO En el

Capítulo A.10 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente, NSR-10,

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“Evaluación e Intervención de Edificaciones construidas antes de la vigencia de la

presente versión del Reglamento” se establecen los criterios que se deben seguir para los

Estudios de Vulnerabilidad Sísmica. A continuación se detalla el proceso que se debe

seguir para la realización de dichos estudios: DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO Para los

Estudios de Vulnerabilidad Sísmica y de Reforzamiento Estructural de edificaciones

indispensables de los Grupos de Uso III y IV, se deben tener en cuenta tres fases

fundamentales a saber: (Ver A.10.1.4 – PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LA

INTERVENCION del Reglamento NSR-10). PRIMERA FASE – INFORMACION

PRELIMINAR Consiste en la búsqueda de toda la información necesaria concerniente al

diseño y construcción de la edificación original, para lo cual se tienen las siguientes

etapas: Ver etapas 1, 2 y 3 en A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. SEGUNDA FASE –

EVALUACION DE LA ESTRUCTURA EXISTENTE. Consiste en el estudio de la

Vulnerabilidad Sísmica de la edificación para lo cual se deben realizar las siguientes

etapas: ver etapas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. TERCERA

FASE – INTERVENCION DEL SISTEMA ESTRUCTURAL. Consiste en el planteamiento

de las diferentes alternativas y recomendaciones para el refuerzo sísmico de la

edificación, de tal manera que cumpla con las especificaciones del Reglamento vigente,

NSR-10, según A.10.6, para lo cual se deben realizar las siguientes etapas: Ver etapas 11

y 12 de A.10.1.4 del Reglamento NSR-10. RESULTADOS A ENTREGAR Para

efectos de establecer si la reparación es viable o no, deben realizarse, como

mínimo, los estudios e investigaciones que se describen a continuación: (i)

Procedimiento de evaluación de los daños y del diseño de la reparación. (ver

A.10.10.2.1 del Reglamento NSR-10) (ii) Información sobre la estructura y su

estado. (Ver A.10.10.2.2 del Reglamento NSR-10) (iii) Criterios para diseñar la

reparación y o reforzamiento estructural. (Ver A.10.10.2.3 del Reglamento NSR-

10) (iv) Cálculos memorias y planos de la reparación y o reforzamiento estructural.

(Ver A.10.10.2.4 del reglamento NSR-10) (v) Diseño arquitectónico de la

ampliación requerida a la planta física, especialmente para los espacios de

Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un área aproximada de 203,24

M2 distribuida en dos niveles. (vi) Diseño y cálculo estructural de la planta física

ampliada. (vii) Supervisión Técnica. (Ver A.10.10.2.5 del Reglamento NSR-10). El

contratista deberá obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato,

evitando dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse. Allegar la

certificación del cumplimiento del pago de los aportes al Sistema General de

Seguridad Social y contribuciones parafiscales de ley de sus empleados. Las

demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su

naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. Para

efectos del cumplimiento del contrato, el contratista se compromete a cumplir las

obligaciones previstas en las disposiciones legales vigentes que regulan el

contrato. TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Durante la ejecución del

objeto antes descrito, el contratista debe cumplir con las siguientes actividades las cuales

se entenderán que se ajustan a lo establecido en la Ley 400 de 1997 y en el Código NSR

– 10 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente (Decreto 926 de

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71

2010, modificado mediante Decretos 2525 de 2010,092 de 2011 y 0340 de 2012) a)

Elaboración de un procedimiento para la recolección y análisis de la información existente

(levantamiento topográfico, estructural, metodología para la realización de ensayos de

campo y de laboratorio, etc.). Los ensayos que se requieran de cualquier tipo, ya sean,

parcialmente destructivos, regatas, apiques y demás, y la reconstrucción deberá ser por

cuenta del contratista. b) Análisis de la información disponible, verificación y actualización

de los espacios existentes. c) Análisis y descripción de la estructura actual. d) Catastro

del edificio, arquitectónico y estructural descripción de usos. (si no existen planos). e)

Estudio de suelos y cimentación e informe necesario para rediseño estructural para el cual

se deberán tener en cuenta los parámetros e índices indicados en el estudio de

Microzonificación sísmica, para la obtención del espectro de diseño. f) Levantamientos de

lesiones y Determinación de las características físicas y mecánicas del concreto. g)

Caracterización de la amenaza de acuerdo con la norma NSR-10, Vulnerabilidad

estructural de la edificación objeto del estudio. h) Modelos y metodología de análisis

estructural. i) Informe del diagnóstico. j) Presentación de alternativas de intervención y

actualización estructural, incluyendo: 1. Planos estructurales y detalles de reforzamiento.

2. Informe de verificación estructura actual con los planos Suministrados. 3. Informe del

estudio de materiales. 4. Informe del estudio geotécnico. 5. Determinación del sistema

estructural principal y su comportamiento Actual. 6. Modelación de la estructura. 7.

Evaluación de la vulnerabilidad de la estructura existente. 8. Diagnóstico de la

vulnerabilidad sísmica estructural y no estructural. 9. Registro Fotográfico del estudio. 10.

Alternativas de solución. 11. Justificación alternativa final. 12. Recomendaciones para: la

intervención y actualización, estructural y tratamiento de elementos no estructurales. 13.

Memorias y planos completos de los estudios realizados e intervenciones Propuestas con

soluciones eficientes, económicas y seguras. 14. Programación de obra (trabajos de

intervención). 15. Entrega de análisis de precios. 16. Entrega de presupuesto. 17.

Especificaciones técnicas. 18. Plantas arquitectónicas de las edificaciones existentes,

Informe de verificación del uso de los espacios arquitectónicos. 19. Diseño arquitectónico

de acuerdo a los lineamientos entregados al momento de la adjudicación del contrato,

especialmente para los espacios de Cafetería, Camerinos y Salones Insonorizados en un

área aproximada de 203,24 M2 distribuida en dos niveles. 20. Ejecutar el objeto del

contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y

financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con la propuesta.

21. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el INSTITUTO

POPULAR DE CULTURA, a través de la supervisión del contrato. 22. Brindar soporte

técnico especializado en sitio cuando sea necesario, en el tiempo de garantía de los

bienes y durante los mantenimientos preventivo y correctivo. 23. Obrar con lealtad y

buena fe durante la ejecución del contrato, evitando dilaciones y entrabamientos que

pudieran presentarse. 24. Allegar la certificación del cumplimiento del pago de los aportes

al Sistema General de Seguridad Social y contribuciones parafiscales de ley de sus

empleados. 25. Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las

que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. 26.

Para efectos del cumplimiento del contrato, el contratista se compromete a cumplir las

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obligaciones previstas en las disposiciones legales vigentes que regulan el contrato.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE: LA CONTRATANTE se obliga a: 1.

Cancelar al CONTRATISTA el valor del contrato de conformidad con la forma de pago

establecida. 2. Verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista frente al

Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales para la realización de cada uno de los

pagos derivados del presente contrato. QUINTA. PLAZO: El plazo de ejecución del

contrato será de tres (3) meses, contados a partir del perfeccionamiento del contrato,

previa aprobación de la garantía única y de la suscripción del acta de inicio, previa

aprobación de la garantía única y expedición del registro presupuestal.; sin perjuicio que

pueda agotarse en el menor tiempo posible. SEXTA. VIGENCIA.- La vigencia del

presente contrato será el plazo del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de

la fecha de aprobación de la garantía única. SEPTIMA.VALOR. Para efectos legales y

fiscales el valor del presente contrato es SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS

MCTE ($75.000.000) INCLUIDO IVA, OCTAVA. FORMA DE PAGO: el INSTITUTO

POPULAR DE CULTURA pagará al contratista el valor del contrato en tres (3) cuotas

según entregables debidamente certificados por el supervisor del contrato así: (a) Un

primer pago del 60%, a la entrega de los estudios de suelos, vulnerabilidad sísmica del

edificio, de los elementos estructurales y no estructurales, para lo cual se deberá suscribir

el acta respectiva con el recibo a satisfacción de la supervisión. (b) Un segundo pago del

30% a la entrega de los diseños definitivos de reforzamiento estructural, presupuesto

detallado, cuadros de cantidades de obra, análisis de precios unitarios, especificaciones

técnicas, y demás entregables considerados en la Ficha Técnica entregados por el

contratista, para lo cual se deberá suscribir el acta respectiva con el recibo a satisfacción

por parte de la supervisión. (c) Un último pago del 10%, a la aprobación de los estudios

técnicos de reforzamiento, diseños estructurales y planos arquitectónicos asociados por

parte de la curaduría urbana donde se adelanten los tramites de licencia. PARÁGRAFO

PRIMERO: El último pago se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario

siguientes a la ejecución, previo cumplimiento de los requisitos internos exigidos por el

IPC para realizar el mismo (presentación de la factura por parte del contratista,

certificación de cumplimiento expedida por el supervisor, certificación expedida por el

revisor fiscal de la empresa (Si lo tiene) o por el representante legal acreditando el pago

de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar) Si la Persona

Jurídica o la persona natural se encuentra exonerada de pago de parafiscales, según el

artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 Reforma Tributaria, dicha certificación debe venir

suscrita por el Revisor Fiscal de la Sociedad, o el Representante Legal de acuerdo con la

ley y aportes al Sistema de Seguridad Social y ARL en cumplimiento del Artículo 50 de la

Ley 789 de 2002 y demás disposiciones legales vigentes. Así mismo se infiere que deberá

acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad

Social Integral y Parafiscales. PARÁGRAFO SEGUNDO: SUJECIÓN AL PAC: De

conformidad con el artículo 73 del Decreto 111 de 1996 - Estatuto Orgánico del

Presupuesto, la suma que LA CONTRATANTE se obliga a pagar está sujeta a las

apropiaciones presupuestales y a la situación de fondos del Programa Anual de Caja

(PAC). PARÁGRAFO TERCERO:LA CONTRATANTE cuenta con disponibilidad

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presupuestal, con cargo al presupuesto de la entidad según certificado de disponibilidad

presupuestal número No.1355 de 2 de diciembre de 2014 expedidos por la Coordinación

Financiera de LA CONTRATANTE, el cual debe ser actualizado según la vigencia fiscal a

la que corresponda. PARÁGRAFO CUARTO: Para realizar el pago respectivo LA

CONTRATANTE cancelará la suma correspondiente, consignando directamente el

respectivo valor en la cuenta bancaria que EL CONTRATISTA indique a LA

CONTRATANTE previo a la celebración del contrato y/o con cheque de gerencia. La

factura debe cumplir con las exigencias consagradas en el artículo 617 del Estatuto

Tributario y debe ser remitida a LA CONTRATANTE, para efectos de efectuar el

respectivo pago. PARÁGRAFO QUINTO:LA CONTRATANTE pagará en moneda

nacional el valor del contrato. NOVENA. GARANTIA: Para asegurar el cumplimiento de

las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato el CONTRATISTA deberá

constituir una garantía, a su elección, en cualquiera de las modalidades que describe el

Título V Capítulo II del Decreto 0734 de 2012 (esto es póliza de seguros, fiducia mercantil

en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de título

valores, depósito de dinero en garantía) con las coberturas indicadas a continuación:

a) De cumplimiento: Cubre el cumplimiento de todas las estipulaciones pactadas

sobre los términos, condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía

equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al

término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la de la

suscripción del acta de inicio del contrato. b) Calidad del servicio: Cubre la calidad

del servicio prestado en todas las estipulaciones pactadas sobre los términos,

condiciones y especificaciones de la convocatoria, en cuantía equivalente al veinte

por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución

de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la suscripción del acta de

inicio del contrato. c) Pago de Salarios y prestaciones sociales: Cubre los salarios

y prestaciones sociales que se deriven del contrato, que estén estrechamente

ligadas a las actividades propias del mismo las cuales, por la naturaleza del

contrato, corresponde al contratista responder por las mismas; en cuantía

equivalente al veinte por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia igual al

término de ejecución de este y tres (3) años más, contados a partir de la de la

suscripción del acta de inicio del contrato. PARÁGRAFO: Cuando exista variación en

el plazo de ejecución del contrato o en su valor EL CONTRATISTA deberá ampliar la

vigencia y/o el valor de la garantía, modificación que requerirá de aprobación por parte de

EL CONTRATANTE. DÉCIMA.- CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni

subcontratar la ejecución del presente contrato, sin el consentimiento previo, expreso y

escrito de LA CONTRATANTE. UNDÉCIMA.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:

EL CONTRATISTA estará exento de responsabilidad por el atraso en el cumplimiento de

sus obligaciones, solamente cuando sea consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito

comprobados conforme a la ley. DÉCIMA SEGUNDA.- DE LA TERMINACIÓN,

MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL: De conformidad con lo

establecido en el numeral segundo del artículo 14 de la ley 80 de 1993, el presente

contrato, además de sus estipulaciones, se rige por lo previsto en los artículos 15, 16 y 17

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del citado estatuto contractual. DÉCIMA TERCERA.-CADUCIDAD DEL CONTRATO: Si

se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a

cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato

y evidencie que puede conducir a su paralización LA CONTRATANTE podrá declarar la

caducidad del contrato. DÉCIMA CUARTA.-MULTAS POR MORA O INCUMPLIMIENTO

PARCIAL DE LAS OBLIGACIONES: En caso de mora o incumplimiento parcial de las

obligaciones por parte del CONTRATISTA, se generará a cargo de la misma a partir del

momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho de acuerdo

con el informe presentado por el supervisor del contrato y hasta tanto se dé el

cumplimiento de tales obligaciones, multas diarias y sucesivas equivalentes al cero punto

cinco por ciento (0.5%) del valor del presente contrato, sin sobrepasar el veinte por ciento

(20%) de su valor. PARÁGRAFO: Para hacer efectivas las multas se observará el

proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. DÉCIMA QUINTA.-

CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total se hará exigible a

cargo del CONTRATISTA, a título de pena, una suma equivalente al veinte por ciento

(20%) del valor del contrato. PARÁGRAFO: Para hacer efectiva la cláusula penal

pecuniaria se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.

DÉCIMA SEXTA.- LIQUIDACIÓN: El contrato se liquidará de conformidad con lo previsto

en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y artículo 11 de la ley 1150 de 2007. DÉCIMA

SEPTIMA.- SOLUCIÓN DIRECTA: Antes de acudir a la jurisdicción de lo Contencioso

Administrativo, las partes intentarán solucionar las controversias surgidas con ocasión del

contrato a través de la utilización de mecanismos de solución de conflictos como el

acuerdo, la transacción, la conciliación o la amigable composición, de conformidad con lo

señalado en el artículo 68 de la ley 80 de 1993. DÉCIMA OCTAVA.- EXCLUSIÓN DE LA

RELACIÓN LABORAL: De conformidad con lo señalado en el inciso 2 del numeral 3 del

artículo 32 de la ley 80 de 1993, este contrato no implica relación laboral alguna entre EL

CONTRATISTA y LA CONTRATANTE. DÉCIMA NOVENA.- INDEMNIDAD: EL

CONTRATISTA mantendrá indemne a LA CONTRATANTE contra todo reclamo,

demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a

personas o bienes, ocasionados por EL CONTRATISTA o su personal, durante la

ejecución del objeto y obligaciones del contrato. VIGÉSIMA. - DE LA SUPERVISIÓN: La

supervisión del contrato será ejercida por la Rectora de la Institución o por quién designe

la Ordenadora del Gasto, quien vigilará y coordinará el adecuado cumplimiento del

contrato de la forma que sigue: 1. Dar aviso oportuno a los firmantes de este contrato

sobre cualquier irregularidad que afecte la ejecución del mismo. 2. Adoptar las medidas

que conduzcan a evitar la paralización temporal o definitiva de la ejecución del presente

contrato. 3. Velar porque se controlen adecuadamente las irregularidades que puedan

afectar la ejecución del contrato. 4. Certificar el cumplimiento total o parcial de las

obligaciones del CONTRATISTA. El mencionado certificado se constituye en requisito

previo para el pago en la forma establecida en la cláusula séptima del presente contrato.

5. Las demás inherentes a la función desempeñada. PARÁGRAFO PRIMERO: El

incumplimiento de las funciones por parte del o los supervisores conlleva las

responsabilidades previstas en la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: LA CONTRATANTE se

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reserva la facultad de remover o nombrar a otros supervisores cuando lo considere

pertinente. VIGÉSIMA PRIMERA.- DOMICILIO Y NOTIFICACIONES: Las partes

acuerdan como domicilio para todos los efectos judiciales y extrajudiciales la ciudad de

Cali. Las notificaciones que una de las partes deba hacer a la otra, se harán mediante

correo certificado a las siguientes direcciones: CONTRATANTE: xxxxxx de la ciudad de

Cali CONTRATISTA: xxxxx de la ciudad de xxxxxx VIGÉSIMA SEGUNDA.-

PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la

suscripción del mismo y para su ejecución se requiere, por parte del CONTRATISTA, del

registro presupuestal y de la aprobación de la garantía única. Para constancia se firma por

las partes en Cali a los xxxxx días del mes de xxxxx de 20xx

LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA

INSTITUTO POPULAR DE CULTURA xxxxxxxxxxx MARIA DEL PILAR MEZA DIAZ xxxxxxxxxxxxxx Rectora Representante Legal