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1. Ámbito del contrato. Definiciones y Disposiciones generales

a. El presente documento, los anexos A, B, C y D, así como el resto de normas y procedimientos aplicables a los Establecimientos que aceptan las Tarjetas American Express (todos ellos sujetos a posibilidad de modificación), constituyen el contrato de aceptación de las Tarjetas de American Express en España (en adelante, el “Contrato”). Al enviar Cargos de conformidad con este Contrato, usted acuerda aceptar las Tarjetas American Express de acuerdo con las condiciones del mismo en sus Establecimientos en España, así como recibir el pago con respecto a Cargos en Establecimientos, aprobados por American Express, para los bienes y servicios que usted ofrece (con las excepciones previstas en este Contrato). En caso de desacuerdo con los términos del presente Contrato, usted deberá evitar el envío de Cargos de conformidad con el mismo y notificarnos tal circunstancia de forma inmediata, procediendo a la devolución de todos los materiales a American Express. Usted es responsable solidariamente por las obligaciones de sus Establecimientos en virtud del presente Contrato.

b. Si Usted es Microempresa, puede solicitar una copia adicional de este Contrato de forma gratuita en cualquier momento de la vigencia del mismo. Todas las comunicaciones entre American Express y usted relacionadas con el Contrato, así como los anexos y acuerdos futuros que modifiquen el mismo se efectuarán en castellano o en inglés.

c. Deberá proporcionar a American Express la lista de Filiales que desarrollan actividades comerciales en su sector y que aceptarán la Tarjeta de conformidad con las condiciones de este Contrato, así como notificarnos de inmediato cualquier cambio que ocurra en dicha lista. Es su responsabilidad garantizar el cumplimiento de las condiciones del Contrato por parte de sus Filiales, así como el cumplimiento de la normativa española de protección de datos en el supuesto de que la información de las Filiales contuviese Datos Personales. Asimismo, confirma que cuenta con la autorización para aceptar dichas condiciones en nombre de los mismos y comunicarnos sus Datos Personales para las finalidades aquí previstas.

d. El presente Contrato solo le proporciona cobertura a usted y a sus Filiales. No deberá, por tanto, obtener Autorizaciones, enviar Cargos o Créditos o recibir pagos, en nombre de terceros.

2. Aceptación de la Tarjeta

a. Mediante la suscripción del presente Contrato, usted acuerda aceptar Tarjetas American Express como

medio de pago para los bienes y servicios ofrecidos en sus Establecimientos en España y acepta facilitar dichos productos y servicios al Titular, de conformidad con los términos relativos a la provisión de dichos productos y servicios aplicables entre usted y el Titular.

b. Cuando informe de los medios de pago que son admitidos en sus Establecimientos, deberá indicar que se acepta Tarjetas American Express y colocar las Marcas de acuerdo con las pautas indicadas por American Express.

c. En ningún caso usted: (i) criticará u ofrecerá una imagen negativa de la Tarjeta, ni de ninguno de los servicios o programas de American Express; (ii) formará parte de campañas publicitarias o promocionales que dañen la imagen de marca o los intereses comerciales de American Express;(iii) exigirá a los Titulares que renuncien a su derecho a cuestionar un Cargo como condición para aceptar la Tarjeta; o(iv) exigirá a los Titulares que provean información personal como condición para aceptar la Tarjeta.

d. No podrá aceptar la Tarjeta, entre otros, en los siguientes supuestos:(I) daños, pérdidas, sanciones o multas de ninguna clase;(II) costes o tarifas por encima del precio normal de sus bienes y servicios (más los impuestos aplicables) o Cargos que los Titulares no hayan aprobado de manera explícita;(III) pagos atrasados o para cubrir el importe de cheques devueltos o en suspensión de pago;(IV) servicios y créditos de apuestas (incluidas las apuestas online), fichas de juego o participaciones de lotería;(V) contenido para adultos a través de Transacciones con Entrega Digital; (VI) dinero en efectivo;(VII) ventas efectuadas por terceros o por entidades que operen en sectores distintos del suyo;(VIII) cantidades que no estén asociadas a ventas de bienes y servicios realizadas de buena fe en sus Establecimientos, p. ej., compras llevadas a cabo por sus propietarios, los miembros de sus familias o los empleados con la intención de obtener liquidez;(IX) transacciones comerciales ilegales o pago de productos o servicios cuyo suministro sea ilegal en virtud de la legislación aplicable a nosotros, usted o al Titular (por ejemplo, venta ilegal de medicamentos que requieren de prescripción médica a través de Internet; venta de cualquier producto que infrinja los derechos de cualquier Titular de Derechos en virtud de la legislación aplicable al mismo);

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(X) operaciones de cambio de moneda; u (XI) otros supuestos que le podamos informar en el futuro.

e. Se compromete a informarnos inmediatamente en caso de que algún punto de venta de sus Establecimientos deje de aceptar o procesar la Tarjeta de manera adecuada.

3. Envío de Cargos y Créditos a American Express

a. Todas las transacciones, Cargos y Créditos deben efectuarse en la Divisa Local, salvo que American Express haya dispuesto lo contrario de forma expresa y por escrito, o que así lo requiera la legislación del país o la normativa de control del cambio de divisas.

Deberá enviarnos todos los Cargos en los siete (7) días siguientes a la fecha en la que se efectuó la compra. En caso de que deba esperar para despachar el producto u ofrecer el servicio al Titular, dispondrá de siete (7) días para efectuar el envío a partir del momento en que haya despachado el producto u ofrecido el servicio. La parte correspondiente al depósito de un Cargo por Entrega Aplazada, así como cualquier Cargo de Pago por Adelantado, podrá enviarse antes de que se envíen los productos o se presten los servicios con arreglo a los requisitos expuestos en los apartados 1.j y 1.k del Anexo A.

b. Deberá crear un Registro de los Créditos y enviarnos dichos Créditos en los siete (7) días siguientes al vencimiento de los mismos. No podrá emitir un Crédito si no existe un Cargo correspondiente. La cantidad total del Crédito se deducirá del pago que recibirá de American Express (o, en caso de domiciliación del pago, directamente de su Cuenta). Si esto no fuera posible, deberá abonarlo puntualmente tras recibir la solicitud de pago de dicho Crédito. Si emite un Crédito, no le reembolsaremos el Descuento, ni ningún otro gasto ni bonificación, aplicados con anterioridad al Cargo correspondiente, y podremos cobrarle una tarifa por el procesamiento del Crédito. Deberá enviar todos los Cargos o Créditos con el Número de Establecimiento en el que el Cargo o el Crédito se hubiera originado.

c. Los Créditos se aplicarán a la cuenta de la Tarjeta utilizada para efectuar la compra original, salvo que se efectuase con una Tarjeta de Prepago que ya no esté disponible para el uso del cliente, o que se tratase del Crédito por un regalo devuelto por una persona distinta del Titular que realizó la adquisición original, en cuyo caso se aplicará la normativa de reembolso del Establecimiento. Se considerarán aceptados todos aquellos Cargos y Créditos procesados por American Express antes de la hora límite para la tramitación de los mismos en dicha fecha y lugar.

d. Salvo en el caso de que así lo requiera la ley, no se efectuarán devoluciones en efectivo a los Titulares por adquisiciones de bienes y servicios realizadas con la Tarjeta. Deberá informar a los Titulares acerca de su normativa de reembolso, en el momento de la compra y de acuerdo con la legislación vigente.

e. No debe presentar Cargos cuando no esté especificado el importe exacto consentido por el Titular. Sin perjuicio de nuestro derecho general de Recurso Pleno, si usted contraviene lo anterior, y la Tarjeta ha sido emitida en el área de la Comunidad Económica Europea, tendremos Recurso Pleno por un periodo de ciento veinte días (120) a contar desde la presentación del cargo, por el importe total del Cargo, y con posterioridad a dicho plazo, por la parte del Cargo que se encontrara sujeto a disputa. Si el Titular consiente en un ajuste del valor del Cargo, podremos ejercer nuestro derecho de Recurso Pleno en consecuencia. Un Titular puede prestar su consentimiento, por ejemplo, mediante la introducción de un PIN válido, conforme con los procedimientos establecidos para un Cargo Presencial en el Anexo A.

4. Descuento y otras tarifas

American Express estipula por escrito su Descuento inicial. Cuando se haga referencia al Descuento sin añadir explicaciones adicionales, dicho Descuento se aplicará a la cantidad total del Cargo, impuestos incluidos. Otras tarifas, incluidas las tarifas adicionales pagaderas por usted, se establecen en el Anexo D. American Express podrá ajustar el Descuento o modificar cualquier otra suma que cobre por la aceptación de la Tarjeta en virtud del presente Contrato, así como cobrar tasas adicionales previa notificación a usted de conformidad con la cláusula 15 f. Es posible que se apliquen distintos tipos de Descuentos a los Cargos enviados por sus Establecimientos que operen en diferentes sectores. En este caso, deberá procesar los Cargos mediante el Número de Establecimiento apropiado, suministrado por American Express para cada sector. Se le notificará cualquier tipo distinto de Descuento que pudiera afectarle. De conformidad con la Ley aplicable, Usted no podrá exigir a los Titulares el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización del instrumento de pago.En los supuestos de abonos por la Retrocesión de los Cargos o por Créditos, se le cargará el importe bruto de los mismos, es decir, se retendrá el Descuento aplicado.

5. Pago por Cargos

a. American Express le pagará los Cargos de acuerdo con el presente Contrato. Recibirá los pagos

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conforme a su plan de pagos, en la Divisa Local y por el valor nominal de los Cargos enviados por sus Establecimientos en España menos:(I) cualquier Descuento; (II) cualquier otra tarifa o suma que usted adeude a American Express o a sus Filiales de conformidad con los términos de este u otros contratos o acuerdos;(III) cualquier suma para la que American Express disponga de Recurso Pleno; y(IV) la cantidad total de los Créditos que envíe.El plan de pagos estándar de American Express es en un plazo de siete (7) Días Hábiles a partir de la recepción de los Datos pertinentes de los Cargos. No podrá recibir pagos destinados a otras personas ni en nombre de terceros.

b. Pondremos a su disposición, al menos una vez al mes, la información sobre sus Cargos y Créditos, incluyendo el Descuento y otras comisiones o importes abonados por usted. Usted acuerda que podremos poner a su disposición la información prevista en las cláusulas 5.a. (i) y (ii), de forma agregada. Si bien en American Express no existen comisiones pagaderas entre adquirentes y emisores, cuando una transacción se encuentre regulada por la normativa sobre tasas de intercambio, la red American Express no pagará una compensación neta al emisor de la Tarjeta superior al 0,30% para Tarjetas de crédito, y al 0,20% para Tarjetas de débito y prepago.

c. La información a la que se hace referencia en la cláusula 5.b anterior se pondrá a su disposición online. Puede acceder a esta información en Su Cuenta de Establecimiento Online en: www.americanexpress.es/establecimientos. En caso de que desee recibir estados de cuenta en papel, podremos cobrarle una tarifa por cada estado de cuenta en papel, como se establece en el Anexo D del presente Contrato.

d. Es responsabilidad suya informar a American Express por escrito en caso de error u omisión en los Descuentos, tarifas o pagos por Créditos y Cargos en los noventa (90) días siguientes a la fecha de la transacción que contenga el presunto error u omisión. En caso de no hacerlo, se entenderá de forma irrevocable que los datos y cantidades son correctos y definitivos.

e. En el supuesto de que le realicemos un pago por error, dicha cantidad se deducirá de los futuros pagos adeudados, se descontará de su Cuenta (en el caso de que disponga de domiciliación bancaria) o se le enviará una factura por dicha suma. Si recibiese un pago que no le corresponde, según las condiciones de este Contrato, deberá notificárnoslo de inmediato (llamando a nuestro Servicio de Atención a Establecimientos) y a la Empresa Procesadora, además de devolver dicho pago a la mayor brevedad.

Tanto si informa de la recepción de pagos erróneos como si no, American Express tendrá derecho a deducir dicha cantidad de su Cuenta, o a retener futuros pagos hasta que haya recobrado el importe total adeudado. De conformidad con este Contrato, American Express no está obligada a efectuar pagos a terceros.

f. Cuando usted acepte la Tarjeta como medio de pago de productos y servicios ofrecidos en el Establecimiento, no deberá presentar una factura adicional o exigir el pago al Titular por otros medios, por las compras realizadas con la Tarjeta, salvo cuando American Express, habiendo ejercido el derecho al Recurso Pleno por el Cargo correspondiente, haya recibido de su Establecimiento el importe total del Cargo y su Establecimiento tenga derecho a reclamar al Titular por tal concepto.

6. Recurso Pleno

a. American Express podrá aplicar su derecho de Recurso Pleno para cualquier Cargo, siempre que:(I) exista algún Cargo en Disputa por parte de un Titular, tal y como se describe en el Anexo A, párrafo 5, o la ley le autorice a retener el pago;(II) haya fraude real o presunto;(III) se produzca un incumplimiento por su parte del presente Contrato (como la falta de Autorización o consentimiento del Titular o la omisión de cualquier Dato de los Cargos en el envío de los mismos), independientemente de si lo advertimos al efectuar el pago de dicho Cargo y/o de si obtuvo la Autorización para el Cargo citado; o(IV) según se indique en el resto de este Contrato. En caso de Retrocesión, no le reembolsaremos el Descuento ni ningún otro gasto ni bonificación o bien le repercutiremos dichos importes de otro modo.

b. El derecho de American Express al Recurso Pleno se hará efectivo mediante la deducción, retención, descuento o compensación de los pagos que le debamos (o cargándolo en su Cuenta, en caso de que hubiera suscrito una orden de domiciliación); o mediante la notificación por escrito, lo que le obligará al pago inmediato y total de la deuda. El hecho de no solicitar o descontar la deuda contraída, no implica la renuncia a nuestro derecho al Recurso Pleno.

7. Medidas de protección – Creación de una Reserva

a. Independientemente de la existencia de alguna disposición contraria en este Contrato, American Express podrá a su criterio, determinar la necesidad de retener o compensar el importe de algún pago que, de otro modo, se habría llevado a cabo tal y como se estipula en este Contrato, o solicitarle que proporcione alguna garantía adicional para sus obligaciones existentes o futuras, incluidas las de sus

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Filiales, de conformidad con este u otros Contratos.Los pagos así retenidos se denominan Reserva.

b. Circunstancias que pueden ocasionar el establecimiento de una Reserva:(I) el cese de una parte importante de sus operaciones, o una alteración de las mismas con resultados negativos, de lo que usted debe avisarnos inmediatamente;(II) la venta de todos o una parte importante de sus activos o la adquisición por terceros, de una participación de su capital social igual o superior al 25% (excluidos los titulares de una participación igual o superior al 25% en la fecha de este Contrato), ya sea por adquisición de nuevas participaciones de capital, opciones sobre participaciones sin ejecutar u otra modalidad (en cada caso, ya sea en una sola transacción o varias transacciones), de lo que usted debe avisarnos inmediatamente;(III) sufrir un cambio significativo y adverso en la actividad de su empresa;(IV) insolvencia, de lo que usted debe avisarnos inmediatamente;(V) la recepción por parte de American Express de un volumen desproporcionado (bien por el valor o bien por el número) de Cargos en Disputa en alguno o en todos sus Establecimientos;(VI) la creencia justificada por nuestra parte de que el Titular no ha autorizado un Cargo;(VII) la consideración fundada por parte de American Express de su incapacidad para cumplir sus funciones de acuerdo con lo estipulado por este u otro Contrato, o sus obligaciones frente a los Titulares; (VIII) cualquier medida de protección realizada por un Adquirente de Establecimiento, en virtud de un Acuerdo de Adquirente de Establecimientos , que se utilice o produzca para mitigar cualquier riesgo significativo de pérdida bajo un Acuerdo de Adquirente de Establecimientos, en cuyo caso debe avisarnos inmediatamente; (IX) la falta de provisión de información que razonablemente hayamos solicitado (incluyendo la información que podamos requerirle para dar cumplimiento a nuestras obligaciones legales, en particular en materia de prevención del blanqueo de capitales); o(X) el incumplimiento por su parte de los términos de este Contrato.

c. Si concurre cualquier causa de las enumeradas en el apartado anterior American Express lo considerará un incumplimiento sustancial del Contrato y podremos:(I) establecer una Reserva;(II) requerirle que cese de inmediato en la aceptación de Cargos tras la correspondiente notificación por nuestra parte. Si tras la referida notificación usted

continuara aceptando Cargos, podremos decidir no abonarle los mismos;(III) tomar cualesquiera otras acciones razonables para la protección de nuestros derechos o los de nuestras Filiales, incluyendo el cambio de frecuencia o método de pago de los Cargos, el ejercicio del Recurso Pleno o el cambio de las tasas por Cargos en Disputa;(IV) resolver este Contrato por incumplimiento sustancial inmediatamente mediante notificación a usted.

d. Podremos aumentar el importe de la Reserva en cualquier momento, siempre y cuando dicho importe no supere una cantidad razonable, a nuestro criterio, que permita satisfacer cualquier riesgo financiero (incluidos los Cargos que envíe por bienes y servicios que aún no hayan recibido los Titulares) que pudiera afectar a American Express, a las Filiales de American Express o a los Titulares, de acuerdo con las cláusulas de este Contrato. No tendrá derecho a ningún importe mantenido como Reserva de conformidad con el presente Contrato hasta que haya cumplido con sus obligaciones de manera razonablemente satisfactoria.

e. Podrá deducirse, retenerse, descontarse o compensarse mediante la Reserva toda cantidad que usted o sus Filiales adeuden a American Express o a las Filiales de American Express de conformidad con este u otros Contratos.

f. En caso de que se le solicite, deberá proporcionarnos puntualmente información sobre el estado de sus finanzas y operaciones comerciales, incluida la información acerca de sus últimos estados contables aprobados.

g. En el caso de que su cuenta con American Express presente un saldo negativo, podremos:(I) solicitarle el pago, a ser realizado de forma inmediata una vez reciba la notificación correspondiente, de la totalidad de la suma adeudada junto con el recargo por mora aplicable al recibo de la notificación por nuestra parte;(II) deducir dicha cantidad de su Cuenta (si ha firmado orden de domiciliación de pagos); (III) asignar su cuenta a un tercero (que podría tratarse de un despacho de abogados) que se encargará del cobro del saldo; y/o(IV) en el caso de que no recibamos de inmediato el pago completo del saldo según lo establecido en los apartados (I) o (II) anteriores, o en el caso del apartado (III) anterior, lo consideraremos un incumplimiento sustancial y podremos dar por terminado este Contrato tras la correspondiente notificación a usted.

h. American Express podrá bloquear el acceso a los servicios por razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta de los mismos. American Express le informará del bloqueo y de

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los motivos con carácter previo y, de no resultar posible, inmediatamente después del mismo, a menos que la comunicación de tal información resulte comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas o fuese contraria a cualquier otra disposición normativa. American Express desbloqueará el acceso a los servicios una vez que hayan dejado de existir los motivos para bloquear su utilización. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de su derecho a solicitar el desbloqueo en tales circunstancias. El desbloqueo se realizará sin coste alguno para el usuario del servicio de pago.

8. Procedimientos Operativos

Las disposiciones del Anexo A se le aplicarán a usted, y deberá cumplir con las disposiciones del Anexo A, en relación con los procedimientos operativos y de otro tipo establecidos en dicho anexo.

9. Condiciones Especiales para Sectores Específicos

Las disposiciones del Anexo B se le aplicarán a usted, y deberá cumplir con las disposiciones del Anexo B, si usted o sus Filiales operan en cualquiera de los sectores especificados en dicho anexo.

10. Indemnización y limitación de responsabilidad

a. Usted se compromete a indemnizar y/o a mantener indemne a American Express, sus Filiales, sucesores y cesionarios, por cualquier daño y perjuicio, responsabilidad, pérdidas, multas, sanciones, costas y gastos (incluyendo, entre otros, los honorarios por representación legal y gastos legales), en los que American Express, sus Filiales, sucesores y cesionarios incurran o puedan incurrir, derivados del incumplimiento, doloso o negligente, por acción u omisión, o del cumplimiento defectuoso, así como de la falta de suministro o suministro defectuoso de productos o servicios y de cualquier otra infracción en la que incurra usted, sus empleados, representantes y contratistas en relación con lo estipulado en el presente Contrato, la normativa o legislación aplicables.

b. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 10.a, cuyo efecto no se excluirá ni limitará mediante la presente cláusula, en ningún caso (a excepción de las Responsabilidades no excluidas enumeradas más adelante) las partes o sus Filiales, sucesores y cesionarios serán responsables ante la contraparte de cualquier pérdida, responsabilidad, daño, coste y gasto de cualquier tipo (ya sea en virtud de estipulaciones contractuales, extracontractuales, incluida la negligencia, la responsabilidad objetiva, fraude, leyes, normativas, directrices o resoluciones judiciales), derivadas del presente Contrato o

asociadas al mismo, independientemente de toda advertencia de su posible naturaleza, que sean: (I) pérdida de beneficios, pérdida de oportunidad, pérdida de ahorros previstos, pérdida de ingresos y pérdida de negocios (ya sean pérdidas directas, indirectas, o de otro tipo), salvo pagos contractuales o descuentos contractuales que una parte esté obligada a realizar o hacer a la otra parte en virtud de este Contrato (o bien efectuados o cobrados al Titular), ninguno de los cuales quedará limitado ni excluido por la presente cláusula 10.b; (II) fortuitos o indirectos o consecuentes;(III) especiales, punitivos o ejemplares.

c. Ninguna de las partes será responsable de los daños y perjuicios derivados de los problemas o retrasos ocasionados por los operadores de telecomunicaciones o por el sistema bancario. Sin embargo, nuestros derechos a crear Reservas y a ejercer Recurso Pleno no se verán afectados por tales circunstancias. Nada en el presente Contrato limitará o excluirá la responsabilidad por lesiones personales ni por fallecimiento debido a una negligencia suya o de American Express o de nuestros respectivos directores, responsables o empleados, ni por cualquier fraude o falsedad fraudulenta, o en los casos en que tal limitación o exclusión de responsabilidad no esté permitida por la ley aplicable (siendo todas y cada una de las anteriores Responsabilidades no excluidas).

11. Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial y Usos autorizados

a. Ninguna de las partes tiene derecho alguno sobre las Marcas (ni sobre ningún otro derecho de propiedad intelectual o industrial) de la otra, ni podrá utilizar las Marcas de la otra parte sin su consentimiento previo por escrito, salvo como se permita expresamente en virtud de este Contrato.

b. Usted acepta que nosotros, nuestras Filiales, entidades adquirentes externas y licenciatarios podamos hacer uso del nombre y dirección de su(s) Establecimiento(s) y sus Marcas, incluidos, entre otros, su dirección física, así como la dirección de su sitio web y/o URL, si procede, en aquellos materiales que contengan listas de Establecimientos que aceptan la Tarjeta publicados periódicamente por nosotros, nuestras Filiales, entidades adquirentes externas de nuestros Establecimientos y los licenciatarios.

c. La licencia de marca es intransferible y gratuita, y podrá ser utilizada en el ámbito tanto nacional como internacional.

12. Confidencialidad

a. La información relativa a los Titulares es confidencial y propiedad exclusiva de American Express. Salvo que se disponga lo contrario, no podrá revelar información

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sobre los Titulares, ni utilizarla con otro fin que no sea facilitar las transacciones con la Tarjeta de conformidad con este Contrato.

b. Usted será responsable de garantizar la seguridad de la información de los Titulares, de conformidad con las leyes aplicables y nuestras normas operativas de seguridad de datos (ver Anexo A, apartado 6).

c. Las negociaciones relativas a las condiciones de este Contrato (incluidos sus Anexos), así como sus modificaciones posteriores, tendrán lugar exclusivamente entre las partes. Usted se compromete a no compartir dichas condiciones con terceros.

13. Plazo y resolución del Contrato

a. El presente Contrato entrará en vigor a partir de la fecha en la que suceda uno de los siguientes supuestos:(I) cuando usted acepte la Tarjeta por primera vez tras la recepción del presente Contrato, o nos indique su intención de vincularse jurídicamente por este Contrato mediante el envío de Cargos de acuerdo a lo previsto en el mismo; o(II) cuando transcurran 30 días desde la firma de la solicitud de afiliación a American Express siempre que usted no nos hubiese manifestado su voluntad de no vincularse jurídicamente por este Contrato; lo que ocurra en primer lugar y continuará a menos que y hasta que sea terminado por cualquiera de las partes.El presente Contrato se mantendrá vigente hasta la resolución del mismo por una de las partes, previa notificación por escrito a la contraparte con al menos treinta (30) días de antelación, o como se disponga de otro modo en el presente Contrato.Si Usted es Microempresa, podrá resolver el Contrato en cualquier momento, sin necesidad de preaviso alguno y American Express procederá al cumplimiento de la orden de resolución del Contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud. Asimismo, American Express podrá resolver el Contrato si avisa con una antelación mínima de dos (2) meses.

b. Si no ha enviado un Cargo dentro de cualquier periodo de doce (12) meses consecutivos, podremos (i) considerarlo como una oferta por su parte para rescindir este Contrato, la cual podremos aceptar bloqueando técnicamente su acceso a nuestros servicios en virtud de este Contrato o (ii) suspender su acceso a nuestros servicios sin necesidad de preaviso. Nos reservamos el derecho de notificar este hecho al proveedor de su terminal de punto de venta. Una oferta de rescisión según lo dispuesto en este apartado no le impide ejercer otros derechos de rescisión que pueda tener en virtud de este Contrato. Si no ha enviado un Cargo durante un periodo de doce (12) meses consecutivos y desea seguir aceptando la

Tarjeta, deberá ponerse en contacto con nosotros para determinar el estado de su cuenta y (i) en el caso de que hayamos rescindido el Contrato, celebrar un nuevo acuerdo con nosotros o (ii) en el caso de que hayamos suspendido su acceso a nuestros servicios, solicitar que reactivemos dicho acceso. De no hacerlo, podrían producirse retrasos en los pagos que le realicemos.

c. Podemos resolver este Contrato por incumplimiento de forma inmediata y mediante notificación en el caso de que usted no cumpla en su totalidad las condiciones en las que ponemos a su disposición, sin coste adicional a su cargo y que usted acepta o utiliza, así como cualesquiera concesiones, condiciones especiales o promocionales o servicios auxiliares (distintos de los servicios de pago) relacionados con este Contrato.

d. Sin perjuicio de nuestros derechos a resolver de forma inmediata este Contrato según se establece en la cláusula 7, en esta cláusula 13 o la cláusula 15 o nuestros derechos de resolución, si una de las partes incumpliera alguna de sus obligaciones y no subsanara la infracción en un plazo de catorce (14) días tras haber recibido la notificación escrita de la contraparte en la que se especifique dicho incumplimiento y se exija dicha subsanación, la otra parte podrá rescindir de inmediato el Contrato por medio de una notificación a tal efecto.

e. En caso de resolución del presente Contrato, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso a disposición de American Express, podremos retener todos sus pagos hasta que hayamos recuperado la cantidad total adeudada por usted y sus Filiales, tanto a nosotros como a nuestras Filiales. Si existen cantidades impagadas, usted, sus sucesores y cesionarios autorizados serán responsables de las mismas y deberán abonarlas en los treinta (30) días posteriores a la solicitud de que se hagan efectivas. Asimismo, deberá proceder a la retirada inmediata de todos los distintivos de nuestra Marca, a la devolución de nuestros materiales o equipos, y al envío de todos los Cargos y Créditos en los que se haya incurrido antes de la resolución.

f. Las cláusulas 1, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, así como los apartados 1.j, 3.e, 5 y 6 del Anexo A seguirán vigentes tras la resolución del presente Contrato, así como cualquier otra que por su naturaleza tenga ese propósito. Nuestro derecho de acceso directo a su Cuenta seguirá vigente hasta que se realicen todas las transacciones de crédito y de débito oportunas, de conformidad con lo estipulado en el presente Contrato.

14. Resolución de conflictos

a. En American Express hacemos todo lo posible para asegurar que nuestros clientes reciban el mejor servicio posible. Reconocemos, sin embargo, que no

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siempre podemos hacerlo como nos gustaría. Cuando eso suceda, le animamos a que nos lo notifique para que podamos darle solución.

b. Si durante la utilización de nuestros servicios le surgiera cualquier consulta, podrá ponerse en contacto con nosotros fácilmente a través del teléfono 900 816 738.

c. Si Usted tuviera cualquier queja o reclamación sobre nuestros servicios, le rogamos se dirija por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente a la atención de American Express Payments Europe, S.L., Servicio de Atención al Cliente, Avenida del Partenón, 12-14, 28042, Madrid, a la dirección de correo electrónico [email protected] o llamando por teléfono al 900 816 738. Los detalles de nuestros procedimientos de gestión de reclamaciones se encuentran a su disposición si así lo requiere.

d. Si Usted no está conforme con la resolución a su queja o hubiera transcurrido el plazo legalmente establecido sin haber obtenido respuesta, podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

e. No utilizamos ningún servicio de resolución de disputas de terceros para resolver las quejas presentadas en virtud del presente Acuerdo. Todas las quejas serán tratadas de acuerdo con nuestros procedimientos internos de gestión de quejas y usted recibirá una respuesta final de nuestra parte confirmando nuestra respuesta a su queja.

15. Varios

a. Declaraciones y Garantías Usted declara y garantiza que:(I) está debidamente autorizado y cualificado para desarrollar su actividad comercial en todas las jurisdicciones en las que opera;(II) dispone de la autoridad suficiente, así como de los activos y liquidez necesarios para cumplir sus obligaciones y pagar las deudas contraídas en relación con el presente Contrato a la fecha de vencimiento;(III) no existe ninguna circunstancia inminente o pendiente que pueda tener un efecto material negativo en su actividad comercial o en su capacidad para desempeñar sus obligaciones o para pagar las deudas derivadas del presente Contrato;(IV) está autorizado para formalizar el presente Contrato en su propio nombre y en el de sus Establecimientos y Filiales, incluyendo aquellos mencionados indicados en este Contrato, y que el Firmante tiene autoridad para vincularles a usted y a ellos en él;(V) ni usted (independientemente de que hubiera cambiado de nombre), ni ninguna entidad que haya

administrado su negocio, ni ningún propietario o director del mismo, ha suscrito previamente algún contrato de aceptación de la Tarjeta que hubiera sido resuelto como consecuencia del incumplimiento del mismo por parte de aquellos;(VI) puede actuar en nombre de todas las Filiales que envíen Cargos o Créditos en virtud de este Contrato, lo que incluye la facultad de aceptar nuestros pagos por los Cargos incurridos con sus Filiales cuando usted exprese su intención de cobrar dichos pagos así como el tratamiento de los Datos Personales conforme a lo previsto en esta cláusula 15;(VII) ni usted ni sus titulares reales (en caso de que sea una persona jurídica), ni el firmante del Contrato, ni las personas designadas por usted para gestionar la relación con nosotros están incluidos en ninguna lista de sanciones internacionales, o están sujetos a cualquier régimen de sanciones;(VIII) no ha cedido a terceros ningún pago que le corresponda de acuerdo con el presente Contrato;(IX) ha proporcionado toda la información que le hemos solicitado en relación con el presente Contrato, y la misma es verídica, exacta y completa; y(X) ha leído el presente Contrato, conservado una copia y proporcionado otra a todas sus Filiales que se encuentran autorizadas a enviar Cargos, de conformidad con lo estipulado en el mismo.Si alguna de sus declaraciones o garantías en este Contrato fuera o llegara a ser falsa, inexacta o incompleta en cualquier momento podremos resolver el presente Contrato inmediatamente. Si terminamos este Contrato sin notificárselo previamente, le notificaremos dicha terminación tan pronto como sea razonablemente posible.

b. Cumplimiento de la legislaciónLas partes deberán cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables a sus respectivos negocios.

c. Legislación aplicableEl presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación española, sometiéndose las partes, para el conocimiento y resolución de cuantas cuestiones pudieran suscitarse, a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa a su propio fuero si lo tuviere.

d. InterpretaciónEn la interpretación del presente Contrato, y a menos que el contexto lo precise de otro modo:(I) el singular incluye el plural y viceversa;(II) el término “o” no es excluyente;(III) el término “incluido” significa “incluido sin limitación”;(IV) el término “por ejemplo” significa “a título de ejemplo, sin limitación”;(V) el término “día” significa día natural;

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(VI) toda referencia a cualquier contrato (incluido el presente Contrato), instrumento, acuerdo, normativa, procedimiento u otro documento, incluye sus modificaciones, disposiciones adicionales, anulaciones, sustitución, reformulación o novación en el tiempo;(VII) todos los títulos, encabezamientos y términos similares sirven solo a efecto de referencia; y(VIII) tanto ustedes como nosotros constituimos una “parte” en el presente Contrato.

e. CesiónNo podrá ceder, subcontratar o transferir el presente Contrato sin previo consentimiento por escrito de American Express. American Express podrá ceder o transferir este Contrato, en su totalidad o en parte, por cualquier medio (incluyendo por aportación de rama de actividad), a cualquiera de sus Filiales, terceros que operen en el sector de adquirencia de comercios o cualquier otra entidad de la organización American Express, previa notificación a usted por escrito, y además podremos subcontratar nuestras obligaciones bajo el presente Contrato, en su totalidad o en parte, a cualquiera de nuestras Filiales o terceros que operen en el sector de adquirencia de comercios, a nuestra entera discreción y sin notificación previa. A mayor abundamiento, podremos subcontratar todas nuestras obligaciones bajo el presente Contrato a un agente que las llevará a cabo por nuestra cuenta y orden.

f. ModificacionesAmerican Express podrá modificar total o parcialmente el presente Contrato en todo momento (incluida la modificación de cualquiera de sus condiciones, y la adición de nuevas disposiciones, así como la modificación de las ya existentes), ya sea (i) publicando la versión actualizada del Contrato en la página web de American Express www.americanexpress.es/contratoestablecimientos en fecha 20 de abril o 20 de octubre de cada año, siendo dichos cambios efectivos una vez transcurridos dos (2) meses desde dicha fecha; o (ii) previa notificación con al menos un (1) mes de antelación. Recomendamos que consulte la página web de American Express mencionada anteriormente el 20 de abril y 20 de octubre de cada año para el caso de que hayamos publicado versiones actualizadas del Contrato.Si Usted es Microempresa, American Express deberá proponerle modificaciones al Contrato con una antelación no inferior a dos (2) meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta.Consideraremos que ha aceptado los cambios propuestos salvo que nos notifique por escrito que no los acepta con anterioridad a la fecha en que estos vayan a surtir efecto. Si no acepta los cambios

efectuados en este Contrato puede resolver el Contrato con carácter inmediato y sin ningún coste antes de la fecha en que vayan a surtir efecto dichos cambios.

g. Renuncia y derechos acumulativosEl hecho de que una de las partes se abstenga de ejercitar sus derechos, de conformidad con el presente Contrato, el retraso al hacerlos valer o la renuncia a los mismos en un momento determinado no supondrá una renuncia definitiva a dichos derechos. Los precedentes de las partes en el ejercicio de sus derechos no constituirán una renuncia a los mismos. La renuncia a cualquiera de las condiciones del presente Contrato será efectiva siempre y cuando se realice por escrito y cuente con la firma de la parte renunciante. Todos los derechos y remedios de las partes son acumulativos, no alternativos.

h. Cláusula de nulidad parcialSi en un momento dado, cualquier disposición de este Contrato (o parte de cualquier disposición) se considerara o resultara nula o de otro modo inaplicable en virtud de la legislación vigente, dicha parte se dará por omitida del Contrato. Dicha omisión no limitará ni afectará en modo alguno a la validez ni a la aplicación de las restantes disposiciones contractuales.

i. Integridad del Contrato(I) El presente documento constituye la totalidad del Contrato entre usted y nosotros en relación con el asunto recogido en el mismo y sustituye los acuerdos, contratos o negociaciones anteriores, en relación con dicho asunto.(II) Si con las presentes condiciones se modifican o sustituyen condiciones anteriores relativas al objeto de este Contrato, el Descuento o cualesquiera otras tasas y programas especiales (tales como el Recurso Pleno de fraude) que se le hayan notificado o aplicado de acuerdo con dichas condiciones anteriores seguirán en vigor a menos que hayamos acordado lo contrario con usted o le hayamos notificado otra cosa. (III) Usted reconoce que no es un consumidor y acepta que no se aplique total o parcialmente el artículo 49 y que se aplique plazo distinto del que se establece en el artículo 43 de la Ley.Si usted reconoce además que no es Microempresa, acepta que tampoco se apliquen total o parcialmente el Titulo II de la ley (artículo 28 a 33 inclusive) y sus disposiciones de desarrollo, ni los artículos 35.1, 36.3, 44, 46, 48, 52, 60 y 61 del Título III de la Ley.

j. Uso de los datosCon sujeción a la siguiente disposición, la presente Cláusula 15 j. se le aplicará si es una sociedad individual, una sociedad de hecho o una sociedad de personas sin personalidad jurídica propia; en

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cuyo caso, debemos proporcionarle la información contenida en la presente Cláusula. Si es una sociedad, o cualquier otra entidad con personalidad jurídica propia, acepta que tratemos la información sobre el Firmante del Contrato y el beneficiario efectivo de la sociedad, sociedad de personas o cualquier otra entidad, en virtud de los términos de la presente Cláusula. Usted manifiesta y garantiza que ha informado al Firmante del Contrato y al beneficiario efectivo de estos términos y que, (en la medida en que así se contemple en la legislación aplicable) ha obtenido su consentimiento, si procede, para que tratemos los datos con arreglo a las estipulaciones aquí contenidas.Usted acepta que American Express:(i) revele información acerca del Establecimiento y el Firmante del Contrato a las sociedades del grupo American Express a escala mundial (lo que incluirá a las demás organizaciones que emiten la Tarjeta o que prestan el servicio de Tarjeta en virtud de un contrato para su aceptación), así como a nuestros adquirentes, proveedores, encargados del tratamiento y cualquier persona que sea necesaria, según proceda, con el fin de administrar y satisfacer la relación contractual que mantiene con nosotros, procesar y cobrar los Cargos de sus Establecimientos, conciliar los pagos que adeudemos a las sociedades, adquirentes, proveedores y encargados del tratamiento, así como a las personas autorizadas anteriormente mencionadas, o gestionar cualesquiera prestaciones o programas en las que usted pueda intervenir como participante;(ii) recopile, use, trate, transfiera y almacene información sobre usted y sobre el modo en que se usa la Tarjeta en sus Establecimientos con el fin de desarrollar listas para su uso en el seno del grupo de sociedades American Express a escala mundial y en otras sociedades seleccionadas con miras a que nosotros o estas empresas podamos/puedan desarrollar o plantearle ofertas de productos y servicios similares en que pudiera estar interesado, por correo electrónico o por teléfono, a menos y hasta que nos indique lo contrario, siempre que otorgue su consentimiento expreso (si procede) por correo electrónico u otros medios digitales. La información empleada para desarrollar estas listas puede obtenerse a partir de su Solicitud, de encuestas y estudios (que pueden implicar que se le contacte por correo, correo electrónico u otros medios digitales o por teléfono) a partir de otras fuentes externas, tales como comercios u agencias de marketing y/o mediante la recopilación de información que sea de dominio público. Si prefiere no recibir ofertas de productos y/o servicios pertinentes o si desea modificar sus preferencias, actualice sus preferencias de marketing

en: www.americanexpress.es/establecimientos o escríbanos a American Express Payments Europe, S.L., con domicilio social en Avenida Partenón 12-14, 28042, Madrid, indicando el nombre de su Establecimiento, su nombre comercial y su Número de Establecimiento American Express;(iii) revele información sobre todos los Establecimientos que aceptan la Tarjeta a los mandatarios o subcontratistas de American Express o a cualquier otra persona para el cobro de deudas y la prevención del fraude; (iv) intercambie información acerca de los Establecimientos y el Firmante del Contrato con agencias de referencia de crédito, la cual puede transmitirse a otras organizaciones para la evaluación de las solicitudes de los Establecimientos y del Firmante del Contrato de otros servicios financieros/crediticios, para la prevención del fraude o para la localización de deudores;(v) la información también puede tratarse, si procede, con miras a garantizar el cumplimiento de cualquier legislación aplicable, lo que incluye, a título meramente enunciativo, la legislación y la normativa aplicable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y otras normativas destinadas a la lucha contra la delincuencia y el terrorismo. Para ello, podría ser necesario revelar información a un organismo regulador o gubernamental de España o del extranjero, o a cualquier otra persona si American Express estima razonablemente que es necesario revelar datos para estos fines. Asimismo, podríamos tener que realizar y conservar fotocopias de pasaportes, permisos de conducir u otras identificaciones que usted proporcione para los fines del presente Contrato. Si proporciona información falsa o inexacta y se detecta un fraude, ciertos datos podrían transmitirse también a las autoridades policiales, las cuales pueden usar los datos que le conciernen para sus propios fines. Con el fin de garantizar el cumplimiento de la legislación aplicable en materia de lucha contra la delincuencia y el terrorismo, es posible que debamos obtener y tratar información relacionada con el Firmante del Contrato, los beneficiarios efectivos (si es usted una sociedad u otra entidad con personalidad jurídica propia), los Responsables del tratamiento y cualesquiera personas que usted designe para que administren nuestra relación;(vi) realice verificaciones de solvencia adicionales cuando sus Establecimientos nos adeuden cualquier cuantía (lo que abarca el contacto con el banco o la caja de ahorros de su Establecimiento) y revele información acerca de los Establecimientos y el

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Firmante del Contrato a oficinas de cobros y abogados para los fines de cobro de deudas pendientes con American Express o, en cualquier caso, con el fin de defender a American Express en cualquier controversia con sus Establecimientos;(vii) realice otras verificaciones de solvencia y analice información acerca del Establecimiento y los Cargos para respaldar la gestión de la relación que mantenemos con el Establecimiento, autorizar los Cargos y prevenir el fraude;(viii) supervise y/o grabe las llamadas telefónicas que nos haga o que le hagamos, ya sea directamente o a través de empresas reputadas que seleccionemos, con miras a garantizar un funcionamiento y una calidad del servicio constante y fundamentar, si procede, la resolución de controversias; (ix) aplique todas las medidas anteriores con respecto a cualquiera de las ubicaciones de su Establecimiento; y(x) aplique todas las medidas anteriores en representación del grupo de sociedades American Express dentro y fuera de España y la Unión Europea, lo que abarca países tales como Estados Unidos, donde las leyes de protección de datos podrían diferir de aquellas vigentes en la Unión Europea. No obstante, American Express ha adoptado las medidas apropiadas para garantizar un nivel de protección adecuado de conformidad con los requisitos legales en la UE. Si así lo solicita, le informaremos de los datos que conservamos sobre usted y se los proporcionaremos con arreglo a la legislación aplicable. Si cree que cualquier información que conservamos sobre usted es incorrecta o incompleta, le rogamos que nos informe de ello de inmediato por escrito dirigiéndose a American Express Payments Europe, S.L., en Avenida Partenón 12-14, 28042, Madrid. Cualquier información que se identifique como incorrecta o incompleta se corregirá a la mayor brevedad. Conservamos la información que le concierne únicamente durante el plazo adecuado para los fines establecidos anteriormente o según se exija por ley. Trataremos esta información en virtud de las disposiciones anteriores cuando las personas pertinentes hayan otorgado su consentimiento para los fines específicos, para garantizar el cumplimiento de una obligación legal o contractual o porque es necesario para los fines de nuestros intereses legítimos. Puede obtener más información sobre el tratamiento de datos personales y los derechos derivados de dicho tratamiento en el enlace Protección de Datos de nuestra página web (www.americanexpress.es/establecimientos).

k. Recopilación de información y comunicación a órganos gubernamentales

Usted reconoce y acepta que nuestra sociedad dominante última tiene su sede central en EE.UU. y, por lo tanto, estamos sujetos a la legislación de dicha jurisdicción. Es por ello que usted consiente expresamente y acuerda que nos facilitará toda la información (incluidos datos personales, en su caso) y/o firmará todos los documentos (lo que incluye formularios debidamente otorgados y válidos de las autoridades tributarias estadounidenses, entre otras) que necesitemos para poder, tanto nosotros como nuestras Filiales, recopilar, utilizar y comunicar información para cumplir en todo momento todas las leyes aplicables de EE.UU. y de cualquier otra jurisdicción pertinente, lo que incluye sin que ello implique limitación alguna, la legislación fiscal estadounidense. Si, cuando lo solicitemos, no nos facilita la información y/o los documentos necesarios o si el órgano gubernamental correspondiente nos exige otra cosa, reconoce usted que podremos efectuar retenciones en los pagos destinados a usted y/o remitir dichos fondos a ese órgano gubernamental con el fin de cumplir toda la legislación aplicable de EE.UU. y de cualquier otra jurisdicción aplicable a nosotros y/o nuestras Filiales, incluida, sin que ello implique limitación alguna, la legislación fiscal estadounidense.

l. Notificaciones dirigidas a American Express(I) Todas las notificaciones relacionadas con el presente Contrato deberán realizarse por escrito y entregarse en mano, o bien por correo certificado (franqueo pagado), servicio de correo urgente. Se considerará que las notificaciones han sido recibidas y son efectivas en el momento de la entrega, si ésta se realiza en mano; o a los tres días del envío por correo, en caso de escogerse este medio.(II) Si dispone de un gestor de cuentas de American Express, deberá enviar las notificaciones al mismo. En caso contrario, deberá remitirlas a American Express Payments Europe, S.L. Avenida Partenón 12-14, 28042, Madrid.

m. Notificaciones dirigidas a ustedTodas las notificaciones dirigidas a usted en virtud del presente Contrato deberán ser por escrito y enviarse mediante (i) entrega en mano; (ii) correo postal, urgente o no, a portes pagados; (iii) servicio de mensajería urgente; (iv) correo electrónico; o (v) publicación en Su Cuenta de Establecimiento Online (SOLE). Las notificaciones se considerarán recibidas y surtirán efecto si (i) se entregan en mano, tras su envío; (ii) se envían por correo electrónico, tras su envío; (iii) se envían por correo, tres Días Hábiles después del franqueo; o (iv) si se publican en Su Cuenta de Establecimiento Online, diez Días Hábiles después de que se haya realizado dicha publicación.

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Anexo A

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American Express le enviará cualquier tipo de notificación a la dirección de correo postal o e-mail que usted haya facilitado en su solicitud para aceptar la Tarjeta. Debe notificarnos inmediatamente cualquier cambio en su dirección o datos de contacto. De lo contrario, y si no nos es posible hacerle llegar cualquier notificación a la dirección facilitada por usted, dicha notificación será considerada recibida incluso si resulta devuelta.

n. Sospecha de fraudeEn caso de que American Express tenga motivos razonables para sospechar la existencia de fraude en su cuenta de Establecimiento, o se identifique cualquier amenaza de seguridad a su cuenta de Establecimiento, le notificaremos por el método más apropiado y seguro en la forma y con el contenido y plazos que este determine, y en función de las circunstancias. Estos métodos incluyen, entre otros, (a) entrega en mano; (b) correo postal, urgente o no, a portes pagados; (c) servicio de mensajería urgente por correo; (d) correo electrónico; (e) publicar en su cuenta de Establecimiento online (www.americanexpress.es/establecimientos); o (f) llamadas telefónicas.

o. Derechos de tercerosA excepción de las disposiciones en contrario incluidas en este Contrato, ninguna persona que no sea parte de este Contrato tendrá derecho a beneficiarse de su contenido, no pudiendo entenderse que ninguno de sus términos y condiciones constituye una estipulación en favor de tercero. No obstante lo anterior, cualquiera de nuestras Filiales tendrá derecho, a presentar los recursos pertinentes y hacer valer cualquier derecho o recibir cualquier ventaja que se le otorgue en virtud del presente Contrato (incluidos a título informativo, los derechos, las ventajas o las disposiciones de cualquier indemnización, garantía, limitación y/o exclusión de responsabilidad del presente Contrato).

16. Salvaguarda de fondos

En cumplimiento con lo previsto en el artículo 21 de la Ley, se le informa de que el procedimiento adoptado por la entidad respecto de la salvaguarda de fondos es el depósito en una cuenta separada en una entidad de crédito.

ANEXO AProcedimientos operativos

1. Registro del Cargo

a. Formato(I) Para todos los Cargos, deberá crear un Registro del Cargo que permita la reproducción electrónica y contenga la siguiente información (Datos de los Cargos):

• el número completo de Tarjeta o Token;• la fecha de caducidad de la Tarjeta;• la fecha en la que se incurrió en el Cargo;• el importe, impuestos incluidos;• el código numérico de aprobación de la

Autorización;• la descripción de los bienes y servicios

adquiridos;• el nombre, la dirección y el número de su

Establecimiento; y• toda otra información que nosotros o la

legislación vigente podamos solicitarle.En las copias de los Registros de los Cargos entregadas a los Titulares, deberá cortar el número de Tarjeta y no deberá imprimir la fecha de caducidad de la Tarjeta ni el CID.(II) Podrá crear varios Registros de los Cargos para una compra realizada con Tarjetas diferentes, pero no para una compra realizada con la misma Tarjeta, dividiendo dicha compra en más de un Cargo, excepto en el caso de un Cargo por Entrega Aplazada o previa autorización de American Express para Cargos superiores a una cantidad determinada.(III) Por cada Crédito, deberá crear un Registro del Cargo electrónicamente reproducible que incluya la siguiente información:• el número completo de Tarjeta o Token;• la fecha de caducidad de la Tarjeta;• la fecha en la que el Crédito fue realizado;• el importe del Crédito, impuestos incluidos;• el nombre, la dirección y el número de su

Establecimiento; y• toda otra información que nosotros o la

legislación vigente podamos solicitarle.b. Cargos Presenciales

Para todos los Cargos Presenciales, deberá presentarse la Tarjeta y deberá usted: (I) seguir los pasos para la aceptación de Tarjetas que se señalan en los párrafos 1.c a 1.g siguientes, según proceda; y (II) obtener una Autorización. No deberá aceptar una Tarjeta que haya sido visiblemente modificada o dañada o que sea presentada por persona distinta del Titular (las Tarjetas no son transferibles) y, si se rechaza una transacción, deberá notificar de inmediato al Titular (salvo disposición en contrario del párrafo 1.g siguiente).

c. Cargos Presenciales – Tarjetas de Chip(I) Cuando se presente una Tarjeta de Chip, deberá insertarse la Tarjeta en el lector del terminal del punto de venta, a menos que el Cargo se procese por medio de un terminal con Tecnología Contactless, en cuyo caso podrá seguir los pasos señalados en

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Anexo A

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el párrafo 1.e siguiente. El terminal indicará si el Titular ha de introducir su número de identificación personal PIN (una transacción con chip y PIN) o firmar la transacción (una transacción con chip y firma). El Establecimiento deberá asegurarse de que el Titular de la Tarjeta introduzca su PIN en el teclado del terminal cuando se le solicite.(II) Si el Establecimiento no puede completar una transacción con chip y PIN debido a un problema técnico, el terminal mostrará un mensaje de error, y rechazará la transacción o indicará al Establecimiento que debe seguir el procedimiento para transacciones de Tarjetas sin chip que se describe en el párrafo 1.d siguiente.(III) Si un Establecimiento teclea un Cargo en un terminal de forma manual, tendremos derechos de Retrocesión por Cargos Presenciales fraudulentos realizados con Tarjetas con Chip perdidas, robadas, falsificadas y no recibidas.(IV) El Establecimiento debe asegurarse de que sus terminales acepten Tarjetas Chip. Si el terminal no ha sido actualizado para aceptar Tarjetas de Chip o no lo hemos certificado para chip y PIN, será usted responsable de cualquier pérdida que podamos sufrir y tendremos derechos de Retrocesión respecto a los Cargos Presenciales fraudulentos realizados con Tarjetas de chip extraviadas, robadas, falsificadas o no recibidas, si la actualización o la aprobación de sus terminales de punto de venta hubiera impedido el fraude. En cualquier caso, será responsable de los Cargos fraudulentos que resulten del incumplimiento de los procedimientos de aceptación, tal y como se establece en el presente Contrato.

d. Cargos Presenciales – Tarjetas sin chip(I) Para los Cargos Presenciales en los que la Tarjeta no sea una Tarjeta de Chip se deberá pasar la Tarjeta por el terminal. (II) También deberá: • verificar que el número de Tarjeta de la parte

frontal y, si lo hubiera, de la parte posterior de la Tarjeta, así como la fecha de caducidad de la Tarjeta coincidan con esa misma información en el Registro del Cargo; y

• asegurarse de que el nombre que se imprima en el Registro del Cargo (cuando proceda) coincide con el de la parte frontal de la Tarjeta (salvo en el caso de determinadas Tarjetas en cuya parte central no aparece ningún nombre).

(III) Si su terminal de punto de venta falla, deberá solicitar además una Autorización por voz (como se expone en el párrafo 2.f siguiente).(IV) Si no se puede leer la banda magnética, el Cargo podrá introducirse en el terminal manualmente por medio del teclado y deberá

obtener una impresión de la Tarjeta para dejar constancia de que ésta se presentó físicamente. El roce con lápiz o una fotocopia de la Tarjeta no se considera una impresión válida. Si no realiza una impresión manual en el momento exigido y no la pone a nuestra disposición cuando se le solicite, American Express tendrá derecho de Retrocesión respecto a dicho Cargo. Cuando un Cargo sea tecleado en el terminal de forma manual, tendremos derechos de Retrocesión de acuerdo a lo establecido en el párrafo 1.c (III) expuesto anteriormente.

e. Cargos Presenciales – Contactless(I) Cuando el importe del Cargo sea inferior o igual a 25 € podrá leer la Tarjeta por medio de la Tecnología Contactless. Cuando se presente una Tarjeta de Chip o un Dispositivo Móvil para su lectura por medio de Tecnología Contactless, deberá:• obtener los Datos de los Cargos utilizando el

terminal Contactless; y • solicitar una Autorización. (II) Cuando el importe del Cargo sea inferior o igual a 25 €, o si su terminal lo solicita, deberá seguir todos los procedimientos de aceptación de Tarjetas señalados en el párrafo 1.b anterior.(III) Para Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales Contactless, se permite un CDCVM si el Dispositivo Móvil y el terminal de punto de venta son capaces de realizar un CDCVM. Para estos Cargos, deberá crear un Registro del Cargo tal como se establece en el párrafo 1.a expuesto anteriormente. Para asegurar una correcta aceptación de Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales Contactless en los puntos de venta, usted deberá cumplir con los requisitos de American Express vigentes en todo momento. No iniciaremos una Retrocesión por falsificación, pérdida/robo/no recepción o fraude por Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales Contactless o Transacciones Contactless, si el Establecimiento verifica al Titular y cumple con los requisitos mencionados anteriormente. Esto no incluye Cargos en Disputa por razones distintas al fraude (por ejemplo, disputas por productos o servicios).

f. Cargos Presenciales - Terminales No Atendidos (TNAs)(I) Aceptaremos Cargos por compras en sus TNAs automáticos o quioscos de pago de conformidad con lo estipulado en el subapartado c. anterior y los requisitos adicionales siguientes. Deberá:• incluir en todas las solicitudes de Autorización

el flujo de datos completo de las Transacciones mediante Tarjetas con Banda Magnética;

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• marcar todas las solicitudes de Autorización con un indicador TNA;

• seguir todos los procedimientos adicionales en materia de Autorización que podamos enviarle ocasionalmente, en caso de aceptar la Tarjeta en un terminal automático que pertenezca o esté vinculado a una gasolinera; y

• asegurarse de que el terminal automático notifica al Titular que la transacción ha sido rechazada.

(II) En el caso de que no se configure un terminal automático para las transacciones con chip y PIN, podrá aceptar de todos modos la Tarjeta y no se aplicarán las disposiciones de los párrafos 1.b y 1.c anteriores en relación con la introducción del PIN. Sin embargo, si lo hace, será responsable de cualquier pérdida y tendremos derechos de Retrocesión de los Cargos fraudulentos si el Cargo no era una transacción de chip y PIN.

g. Cargos con Tarjeta no Presente(I) Para Cargos con Tarjeta no Presente, deberá:• crear un Registro del Cargo tal y como se

describe en el párrafo 1.a anterior, que incluya un indicador de que la transacción se ha efectuado con Tarjeta no Presente;

• obtener el nombre del Titular tal y como aparece en la Tarjeta, el número de la Cuenta de la Tarjeta y la fecha de caducidad, la dirección de facturación del Titular y la dirección de entrega;

• obtener una Autorización; y• si el envío o la entrega del pedido se va a realizar

una vez transcurridos siete (7) días desde la fecha de la Autorización original, obtener un nuevo código numérico de aprobación antes de la entrega o el envío del pedido; e

• inmediatamente notificar al Titular que la transacción ha sido rechazada.

(II) Si es el Titular quien va a recoger los bienes, este deberá presentar la Tarjeta antes de recogerlos. Usted gestionará la transacción como un Cargo Presencial y cumplirá lo establecido en el apartado b. anterior.(III) Para los Cargos con Tarjeta no Presente, en los que los productos se deben recoger en una tienda designada, usted deberá establecer un proceso para garantizar que los productos sean recogidos por el Titular que realizó el pedido, o por un tercero autorizado designado por el Titular al tiempo de la solicitud del pedido.(IV) American Express tendrá derecho a Recurso Pleno para todo Cargo con Tarjeta no Presente que el Titular niegue haber realizado o autorizado. No ejerceremos el Recurso Pleno para los Cargos basados únicamente en la reclamación de un Titular que alegue no haber recibido los bienes, siempre que usted haya verificado con American Express que la dirección a la que se

enviaron los mismos es la dirección de facturación del Titular y haya obtenido un recibo firmado por un signatario autorizado para confirmar la entrega de los bienes a dicha dirección.

h. Cargos con Tarjeta no Presente - Internet(I) American Express aceptará los Cargos por los Pedidos Digitales conforme a las condiciones del párrafo 1.c. anterior y a los requisitos adicionales siguientes. Deberá:

• enviar los Datos de los Cargos correspondientes a cualquier Pedido Digital, a través de Internet, correo electrónico, intranet, extranet u otra red digital, únicamente al Titular que realizó el Pedido Digital, su Empresa Procesadora o American Express, de acuerdo con el párrafo 6 siguiente;

• enviar todos los Cargos de Pedidos Digitales electrónicamente;

• utilizar los diferentes Números de Establecimiento que le proporcionamos para los Pedidos Digitales en todas sus solicitudes de Autorización y envíos para Cargos por Pedidos Digitales; y

• notificar por escrito cualquier cambio en la dirección de su página Web, con al menos un mes de antelación.(II) Podemos prescindir del periodo de notificación que se indica en la cláusula 15.e e introducir inmediatamente requisitos adicionales que sean necesarios por motivos de seguridad de las órdenes digitales y/o de la información del Titular y/o para la prevención del fraude.(III) American Express no será en ningún caso responsable de los Pedidos Digitales fraudulentos y nos reservamos el derecho de aplicar el Recurso Pleno a dichos Cargos. De forma adicional, cuando se produzca una Reclamación que implique un Cargo con Tarjeta no Presente que sea una Transacción con Entrega Digital, se ejercerá el Recurso Pleno por la cantidad total del Cargo.(IV) Usted debe garantizar que su página Web o medio digital aplicable notifica al Titular que la transacción ha sido rechazada por el sistema de Autorizaciones.(V) Para Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales, se permite un CDCVM si el Dispositivo Móvil es capaz de realizar un CDCVM. Para estos Cargos, usted deberá crear un Registro del Cargo tal como se establece en el párrafo 1.a expuesto anteriormente. Para que estos Cargos sean considerados como Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales, usted deberá indicar que la transacción es una Transacción iniciada a través de Cartera Digital en el Registro del Cargo. No iniciaremos una Retrocesión por fraude del Cargo por falta de impresión para Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales, si el Establecimiento

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Anexo A

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cumple con los requisitos descritos en este párrafo 1.h. Esto no incluye Cargos en Disputa por razones distintas al fraude (por ejemplo, disputas por productos o servicios).(VI) Cuando usted acepte Cargos por Pedidos Digitales verificados bajo el programa American Express SafeKey, podremos ofrecer al Titular la opción de pagar la compra con puntos. Esto no tendrá impacto en nuestra relación con usted y no alterará las obligaciones de las partes bajo este Contrato. Sin perjuicio de ello, si usted prefiere que no utilicemos esta funcionalidad con aquellos Titulares que utilicen su plataforma digital, por favor comuníquelo por escrito a American Express Payments Europe, S.L., Servicios a Establecimientos, Avenida Partenón 12-14, 28042 Madrid. (VII) Para Pagos mediante Cartera Digital, que también son Cargos de Recibos Recurrentes, usted deberá seguir el proceso establecido en el aparatado 1.i de este Anexo A. El Registro de Cargo deberá indicar que el Cargo es un Cargo de Recibos Recurrentes y no un Pago mediante Cartera Digital.

i. Cargos de Recibos Recurrentes(I) Si ofrece a los Titulares la opción de realizar Cargos recurrentes de forma automática para una serie de compras o pagos distintos (Cargos de Recibos Recurrentes), antes de enviar el primer Cargo de este tipo deberá:• obtener el consentimiento del Titular para cargar

en su Tarjeta cantidades idénticas o distintas en momentos específicos o diferentes;

• cumplir cualquier instrucción que podamos notificarle de forma razonable; y

• notificar al Titular que puede interrumpir los Cargos de Recibos Recurrentes en todo momento. El método que utilice para obtener el consentimiento del Titular deberá contener una declaración de que puede recibir información actualizada sobre la Cuenta de la Tarjeta de la institución financiera que emite las Tarjetas de los Titulares. Deberá conservar una prueba de dicho consentimiento durante los dos (2) años posteriores a la fecha del envío del último Cargo de Recibos Recurrentes.

(II) Si los importes de sus Cargos de Recibos Recurrentes varían, deberá notificar al Titular del importe y la fecha de cada Cargo de Recibos Recurrentes: • como mínimo, diez (10) días antes de enviar cada

Cargo; y• si el importe del Cargo supera un importe máximo

de Cargo de Recibos Recurrentes especificado por el Titular.

Podremos ejercer nuestros derechos de Retrocesión respecto de cualquier Cargo que le haya

notificado al Titular y para el que este no dé su consentimiento.(III) Si, en relación con una Tarjeta emitida en el Espacio Económico Europeo, usted presenta una facturación de Cargos recurrentes que no ha sido especificada en su totalidad cuando el Titular ha otorgado su consentimiento para la misma, si no obtiene usted el consentimiento del Titular específicamente en relación al importe exacto de este Cargo, tendremos Recurso Pleno por el importe total del Cargo durante un período de ciento veinte (120) días desde el envío del Cargo aplicable, posteriormente, para cualquier controversia parcial del Cargo o del mismo en su totalidad. Si el Titular consiente en un ajuste de valor del Cargo, podremos ejercitar el Recurso Pleno en consecuencia. Nada de lo dispuesto en el presente apartado se entenderá en perjuicio de nuestros derechos en general en cuanto a Recurso Pleno en relación con los Cargos de Recibos Recurrentes.(IV) Antes de enviarnos el primer Cargo de Recibos Recurrentes, deberá obtener el nombre del Titular tal y como aparece en la Tarjeta, su número de Cuenta de la Tarjeta, la fecha de caducidad y la dirección de facturación. No deben aceptarse Tarjetas de Prepago para Cargos de Recibos Recurrentes.(V) Antes de enviar un Cargo de Recibos Recurrentes deberá:• obtener una Autorización; y• crear un Registro del Cargo que incluya un

indicador de que la transacción es a Cargo de recibos recurrentes.

(VI) En caso de rescisión del presente Contrato, deberá notificar a todos los Titulares para quienes haya enviado Cargos de Recibos Recurrentes la fecha a partir de la cual usted ya no aceptará la Tarjeta. Los gastos derivados de dichas notificaciones correrán por su cuenta. Opcionalmente, podrá continuar aceptando la Tarjeta durante un plazo máximo de noventa (90) días a partir de la fecha efectiva de la rescisión.(VII) La cancelación de una cuenta de Tarjeta supondrá la cancelación inmediata del consentimiento para realizar Cargos de Recibos Recurrentes por parte de dicho Titular. American Express no está obligada a notificarle dicha cancelación, ni asumirá ninguna responsabilidad ante usted derivada de la misma. Deberá cancelar la realización de Cargos de Recibos Recurrentes inmediatamente si así lo solicita el Titular directamente o a través de nosotros o del emisor de la Tarjeta. Si se cancela una cuenta de Tarjeta o si un Titular directamente o a través de nosotros o del emisor de la Tarjeta solicita la cancelación de los Cargos de Recibos Recurrentes, usted será responsable de establecer un nuevo método de

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Anexo A

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pago (según corresponda) con el Titular (o antiguo Titular). Deberá permitirnos establecer un hipervínculo desde nuestro sitio web al suyo (incluidas su página principal, de pagos y de recibos automáticos/recurrentes) e incluir en una lista la información relativa a su servicio de atención al cliente.

j. Cargo por Entrega Aplazada(I) Podrá aceptar la Tarjeta para Cargos por Entrega Aplazada. Para un Cargo por Entrega Aplazada, deberá:• informar claramente de su intención y obtener

el consentimiento por escrito del Titular para realizar un Cargo por Entrega Aplazada antes de solicitar una Autorización;

• obtener una Autorización aparte para cada uno de los dos Cargos por Entrega Aplazada en sus respectivas fechas de Cargo;

• indicar claramente en cada Registro del Cargo que el Cargo es para el “depósito” o para el “saldo restante” del Cargo por Entrega Aplazada;

• enviar el Registro del Cargo correspondiente al saldo restante de la compra únicamente después de que se hayan enviado o suministrado los productos o prestado los servicios;

• enviar cada Registro del Cargo dentro de nuestros plazos de envío. Se considerará que se ha “incurrido” en el Cargo:(A) para el depósito - en la fecha en la que el

Titular acuerde pagar el depósito para la compra; y

(B) para el saldo restante - en la fecha en que se envíen o suministren los productos o se presten los servicios.

• enviar y obtener una Autorización respecto a cada una de las partes de un Cargo por Entrega Aplazada conforme a los depósitos del mismo número de Establecimiento.

• tratar los depósitos en la Tarjeta de la misma forma en que trata los depósitos en Otros Medios de Pago.

k. Cargos de Pago por Adelantado(I) Debe seguir los procedimientos siguientes si ofrece a los Titulares la opción de (o les exige) realizar Cargos de Pago por Adelantado.(II) Para un Cargo de Pago por Adelantado, deberá:• mencionar sus políticas de reembolso y

cancelación completas, manifestar claramente su intención y obtener consentimiento por escrito del Titular para facturar en la Tarjeta un Cargo de Pago por Adelantado antes de solicitar una Autorización. El consentimiento del Titular deberá incluir:(A) la aceptación del Titular de todas las

condiciones de la venta (incluido el

precio y cualquier política de reembolso y cancelación); y

(B) una descripción pormenorizada y la fecha de entrega prevista de los productos y/o servicios que se van a facilitar (incluidas, cuando proceda, las fechas de salida y llegada previstas);

• obtener Autorización; y• completar un Registro del Cargo. Si el Cargo

de Pago por Adelantado es un Cargo sin Presentación de Tarjeta, también deberá:(A) asegurarse de que el Registro del

Cargo contenga las palabras “Pago por Adelantado”; y

(B) en el plazo de veinticuatro (24) horas desde que se haya incurrido en el Cargo, facilitar al Titular una confirmación por escrito (por ejemplo, por correo electrónico o fax) del Cargo de Pago por Adelantado, el importe, el número de confirmación (si fuera aplicable), una descripción pormenorizada y la fecha de entrega prevista de los productos y/o servicios que se van a facilitar (incluidas las fechas de salida y llegada previstas), así como los datos de su política de reembolso/cancelación.

(III) Si no puede facilitar los productos y/o servicios (por ejemplo, porque no se puede facilitar la mercancía personalizada solicitada) y si no se puede llegar a otro acuerdo, deberá emitir de inmediato un Crédito por el importe total del Cargo de Pago por Adelantado relacionado con los productos o servicios que no puedan entregarse o facilitarse.(IV) Además de otros derechos de Retrocesión que nos amparen, podremos ejercitar la Retrocesión de cualquier Cargo de Pago por Adelantado en disputa o parte del mismo si, a nuestra única discreción, la disputa no puede resolverse a su favor debido a la inclusión de condiciones inequívocas incluidas en las condiciones de venta para las que obtuvo el consentimiento por escrito del Titular.

l. Cargos Agregados(I) Si le clasificamos en un sector de Internet, podrá procesar Cargos Agregados siempre y cuando se cumplan los siguientes criterios:• que manifieste claramente su intención y obtenga

el consentimiento por escrito del Titular para que sus compras o reembolsos (o ambos) con la Tarjeta puedan sumarse o combinarse con otras compras o reembolsos (o ambos) antes de solicitar una Autorización;

• cada compra o reembolso (o ambos) individual que forme parte del Cargo Agregado debe haberse producido respecto al mismo número de

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Anexo A

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Establecimiento y con la misma Tarjeta;• obtener la Autorización de 15 € como máximo (u

otra cantidad que le notifiquemos); • crear un Registro del Cargo por el importe total

del Cargo Agregado; • el importe del Cargo Agregado no deberá superar

los 15 € (u otro importe que le notifiquemos) o, si fuera inferior, la cantidad para la que haya obtenido una Autorización;

• enviar cada Registro del Cargo dentro del plazo de envío (véase la cláusula 3.a). Se considerará que se ha “incurrido” en un Cargo en la fecha de la primera compra o reembolso (o ambos) que forme parte del Cargo Agregado; y

• enviar al Titular un correo electrónico que contenga:(A) la fecha, el importe y la descripción de cada

compra o reembolso (o ambos) individual que forme parte del Cargo Agregado y

(B) la fecha y el importe del Cargo Agregado.m. Cargos “No Show”

(i) Usted puede procesar Cargos “No Show” equivalentes a un (1) día de alquiler o una (1) noche de estancia, según corresponda, siempre que se cumplan los criterios establecidos en este apartado 1.m del Anexo A, si lo clasificamos en una de las siguientes industrias:• alojamiento;• parking de caravanas / camping; o• alquiler de vehículos, aviones, bicicletas,

embarcaciones, equipos, caravanas o motocicletas.

(ii) Si el Titular hizo una reserva con usted y no se presentó, puede procesar un Cargo “No Show” en los siguientes casos:• el Titular ha garantizado la reserva con su Tarjeta;• se ha registrado el número de la Tarjeta, su fecha

de caducidad y la dirección de facturación del Titular;

• proporcionó al Titular la tarifa diaria correspondiente y un número de reserva en el momento de aceptar la reserva;

• se mantuvo el alojamiento o vehículo a disposición del Titular hasta la hora de salida o devolución publicada, el día siguiente al primer día de la reserva y no lo puso a disposición de ningún otro cliente; y

• dispone de una política de “No show”, que refleja la práctica común en su industria, está de acuerdo con la ley vigente y ha sido informada al Titular en el momento de realizar la reserva.

(iii) Debe obtener una Autorización para cualquier Cargo “No Show” antes de enviarlo. Si el Titular no cumple con su reserva, deberá incluir en el Registro

de Cargos un indicador de que el Cargo es un Cargo “No Show”.(iv) Las tarjetas prepago no se pueden utilizar para garantizar reservas.

2. Autorización

a. Deberá obtener Autorización para todos los Cargos. Todas las solicitudes de Autorización deben incluir el número de cuenta de la Tarjeta completo, y ser por el importe total del Cargo. Sin embargo, en el caso de las Tarjetas de Prepago que no tengan fondos suficientes para cubrir la cantidad total, sólo se requiere Autorización para la cantidad de fondos utilizados mediante la Tarjeta de Prepago, y podrá aplicar su política en materia de pagos combinados con Tarjetas de Prepago y otros productos o métodos de pago. Si el otro método de pago es una Tarjeta, este Contrato será de aplicación.

b. Cuando obtenga la Autorización por una cantidad estimada, debe obtener el consentimiento del Titular para dicha cantidad estimada antes de solicitar la Autorización. Deberá enviar el Cargo correspondiente tan pronto como tenga conocimiento de la cantidad total que va a ser cargada. Si la cantidad total del Cargo excede de aquella para la que obtuvo la Autorización, debe obtener una nueva (para lo cual necesitará el consentimiento del Titular).

c. La Autorización no garantiza que American Express acepte el Cargo sin ejercer el Recurso Pleno, ni constituye garantía alguna de que la persona que realiza el Cargo sea el Titular o de que usted recibirá el pago.

d. Si usted envía un Cargo una vez transcurridos siete (7) días desde la fecha de la Autorización original, deberá obtener una nueva Autorización. Para los Cargos de bienes o servicios enviados o proporcionados una vez transcurridos siete (7) días desde la solicitud del pedido, deberá obtener una Autorización del Cargo en el momento de la solicitud y, de nuevo, cuando realice el envío o la entrega de los bienes o servicios al Titular.

e. A la hora de procesar electrónicamente Cargos Presenciales, deberá asegurarse de que todas las solicitudes de Autorización cumplan las Especificaciones. Si los datos de la Tarjeta son ilegibles y debe introducir manualmente la información de la transacción para obtener una Autorización, deberá efectuar una impresión manual de la Tarjeta para validar la presentación de la misma.

f. Si el terminal del punto de venta no está disponible para conectarse al sistema informático de autorización a fin de obtener una Autorización, o si usted no dispone de dicho terminal, o bien si se lo pedimos expresamente (es decir, una referencia),

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deberá obtener una Autorización para todos los Cargos, llamándonos a nuestro número de teléfono de Autorización.

g. Si usted o la Empresa Procesadora cambian el método de envío de los datos al solicitar una Autorización, deberá obtener nuestro consentimiento antes de que se produzca dicho cambio.

3. Envío de Cargos y Créditos electrónicamente

a. Deberá enviar los Cargos y los Créditos de manera electrónica mediante transmisiones electrónicas (Transmisiones). Las transmisiones deberán cumplir con las especificaciones y formatos vigentes. No se aceptarán Transmisiones o Datos de los Cargos que no se ajusten a las especificaciones. Deberá proporcionar información adicional, reducida o modificada sobre las Transmisiones en los treinta (30) días posteriores a la recepción del aviso que le enviemos por escrito. Aún en el caso de que realice la transmisión de los Datos de los Cargos de forma electrónica, deberá completar y conservar los Registros de los Cargos y de los Créditos.

b. Si, en circunstancias extraordinarias, se le solicita enviar los Cargos y los Créditos en formato impreso, deberá enviar dichos Cargos y Créditos (incluidos los Datos de los Cargos) según nuestras instrucciones. American Express podrá aplicar una comisión, según lo establecido en el Anexo D por los Cargos y Créditos enviados en formato impreso.

c. Previo consentimiento por nuestra parte, podrá contratar, a su costa, una Empresa Procesadora (junto con cualquiera de las otras Personas Alcanzadas) cuya colaboración con nosotros para la aceptación de la Tarjeta deberá ser garantizada por usted. Es usted responsable de cualquier problema o gasto ocasionado por su Empresa Procesadora y de cualquier comisión que su Empresa Procesadora aplique a American Express o a nuestras Filiales, o en el que American Express o nuestras Filiales incurran como resultado del sistema de transmisión de solicitudes de Autorización y Datos de Cargo de su Empresa Procesadora a American Express o a nuestras Filiales y que su Empresa Procesadora cumpla las Especificaciones. Deberá asegurarse de que su Empresa Procesadora tiene recursos y controles de seguridad adecuados para cumplir con los estándares técnicos, directrices o reglas para prevenir el fraude por internet y proteger los datos de carácter personal del Titular previstos en la legislación vigente, incluyendo datos relativos a transacciones. American Express podrá cargar a su cuenta cualquier comisión o bien deducirla de los pagos que efectúa a su favor. Deberá notificarnos lo más rápidamente posible si cambia de Empresa Procesadora y

proporcionarnos cuando se lo solicitemos toda la información relevante sobre la misma.

d. Sin perjuicio de lo anterior, siempre que sea razonable desde el punto de vista comercial y no lo prohíba ninguno de sus otros contratos, colaborará con American Express para configurar la autorización, el envío y el equipo o sistemas del punto de venta de su Tarjeta para comunicarse directamente con nuestros sistemas de Autorización y envío de los Datos de Cargo.

e. Deberá conservar el Registro del Cargo original o el Registro del Crédito (según proceda) y todos los documentos que justifiquen la transacción, o reproducciones de los registros del mismo, incluyendo evidencia del consentimiento del Titular, durante dieciocho (18) meses desde la última fecha en la que envió el Cargo correspondiente o el Crédito a American Express, o desde la fecha en la que envió el total de los bienes o servicios al Titular. Deberá proporcionarnos una copia del Registro del Cargo o del Registro del Crédito, así como la documentación complementaria en los catorce (14) días posteriores a nuestra solicitud.

4. Método de pago

Si recibe un pago directamente de American Express, le enviaremos los pagos por los Cargos de sus Establecimientos de forma electrónica mediante Crédito directo a su Cuenta. Deberá proporcionarnos el nombre de su banco, el número de su cuenta bancaria y el código de la sucursal. Debe notificar cualquier dato relativo a cambios en su cuenta bancaria, número de comercio VISA/MASTERCARD (FUC), razón social, así como cualquier otro dato que pueda afectar el correcto procesamiento de las transacciones. Cualquier incidencia ocasionada por la falta de notificación será responsabilidad del Establecimiento.

5. Cargos en Disputa

a. Con respecto a los Cargos en Disputa:(I) American Express podrá ejercer Recurso Pleno antes de ponerse en contacto con usted, si disponemos de información suficiente para justificar la reclamación del Titular y resolver la misma en su favor; o(II) American Express podrá ponerse en contacto con usted antes de ejercer el Recurso Pleno.En cualquier caso, solo contará con catorce (14) días, a partir de la fecha de contacto para proporcionarnos una respuesta por escrito con la información solicitada, incluido el número de cuenta de la Tarjeta completo. Tendremos derecho a Recurso Pleno, o bien nuestra decisión anterior de ejercer el Recurso Pleno seguirá estando vigente para la cantidad total del Cargo en Disputa si, al finalizar el periodo de catorce

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(14) días, no ha proporcionado el importe íntegro al Titular, o no nos ha entregado la información solicitada. En el caso de que el Cargo en Disputa se refiera a una Tarjeta emitida en el Área Económica europea, e implique una reclamación basada en que el Titular no ha sido informado de la cantidad total exacta del cargo en el momento en el que él mismo consintió la transacción, nos reservamos el derecho a reducir el plazo de respuesta a cinco (5) días, contados desde la fecha en la que nos pongamos en contacto con usted para solicitarle una respuesta por escrito.

b. Si, en base a la información proporcionada por el Titular, decidiéramos resolver el Cargo en Disputa a favor del mismo, tendríamos derecho a Recurso Pleno sobre dicho Cargo en Disputa, o bien se mantendrá vigente nuestra decisión previa de ejercer el Recurso Pleno.Si resolviéramos el Cargo en Disputa a su favor, no continuaremos las acciones legales (si no hubiéramos ejercido el Recurso Pleno previamente) o revocaríamos nuestro ejercicio previo del Recurso Pleno.

c. La anterior disposición no afecta a los procedimientos sujetos a algún programa especial de Recurso Pleno (tales como el Recurso Pleno por fraude) que se le pueda aplicar a usted y por el que no reciba consultas o avisos en torno a ciertos tipos de Cargos previos al último ejercicio por nuestra parte del Recurso Pleno.

d. En determinados casos, podremos incluirle en un programa de Recurso Pleno por fraude en virtud del cual:(I) podremos ejercitar nuestros derechos de Retrocesión sin contactar con usted, en caso de que un Titular inicie una disputa por un Cargo con motivo de un fraude real o presunto; y(II) no tendrá derecho a solicitar una revocación de nuestra decisión de ejercitar nuestros derechos de Retrocesión.Podremos incluirle en este programa tras la firma del Contrato o en cualquier momento durante la vigencia del mismo, previa notificación. Los motivos por los que podremos incluirle en un programa de Recurso Pleno por fraude son, a título ejemplificativo, situaciones en las que:• recibamos un número desproporcionadamente

alto de Cargos en Disputa respecto a su historial previo o a los niveles del sector;

• participe en prácticas comerciales fraudulentas, engañosas o injustas, actividades ilegales o permita (o no adopte las medidas razonables para impedir) usos prohibidos de la Tarjeta; o

• acepte la Tarjeta para Transacciones con Entrega Digital o en expendedores de combustible automáticos.

Esta lista no es exhaustiva y podremos, en cualquier momento y a nuestra única discreción, por motivos de

gestión de riesgos y a fin de limitar nuestra exposición al fraude, incluirle en el programa de Recurso Pleno por fraude, previa notificación por escrito, o rescindir este Contrato mediante notificación por escrito.A mayor abundamiento, si se le ha incluido en el programa de Recurso Pleno por fraude, este se aplicará a todas las disputas del Titular relacionadas con el fraude, incluidas las transacciones en disputa con una antelación de hasta seis (6) meses a la fecha de aplicación del programa en su caso.

e. Si ejerciéramos el Recurso Pleno sobre un Cargo en Disputa que se hubiera podido evitar en caso de cumplir nuestros procedimientos de aceptación de la Tarjeta (Retrocesión Evitable de Pago), podremos aplicarle una comisión, según lo establecido en el Anexo D. Le proporcionaremos una lista de Retrocesiones Evitables de Pagos siempre que la solicite.

6. Seguridad de datos

Sin perjuicio de que usted será el único responsable de garantizar en sus Establecimientos la seguridad de los datos que almacene, procese o transmita a American Express, sean Datos Personales o no, por el presente Contrato, usted se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:

a. Normas de protección de la información: usted debe cumplir la política operativa de seguridad de datos, que se encuentra disponible en www.americanexpress.com/datasecurity y que podremos modificar en el futuro. En virtud de dicha política, usted tiene otras obligaciones, tales como (i) tiene que facilitarnos documentación que valide su cumplimiento de la versión en vigor de las normas de seguridad de datos del sector de tarjetas de pago (PCI DSS, disponibles en www.pcisecuritystandards.org); así como (ii) será responsable por incidentes con datos y será responsable de los costes, gastos y pérdidas, como se hace constar en la política, en relación con cada uno de los mismos. En virtud de la política operativa de seguridad de datos, tendremos derecho a cobrarle gastos de no validación y a rescindir el Contrato si incumpliera las obligaciones descritas en dicha política. Las tarifas de no validación a la fecha de este Contrato se establecen en el Anexo D.

b. Compartir datos: usted no compartirá ninguna Información del Titular que obtenga del mismo en el punto de venta o durante la Autorización o el envío, o de cualquier otro modo, con ningún tercero que no sean las Partes Alcanzadas, sin el consentimiento expreso del Titular. En el momento de recabar el consentimiento, deberá informar de manera clara al Titular qué datos se compartirán, con quién, para qué fines y qué entidad realiza la

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Anexo A

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oferta de productos o servicios, de manera que el Titular pueda distinguirle claramente de cualquier otra parte implicada en la venta y tomar una decisión informada sobre si continuar o no con la compra. De lo contrario, tendremos derecho a cobrarle una tarifa por incumplimiento, suspender los privilegios de aceptación de Tarjetas en su Establecimiento o rescindir este Contrato de conformidad con la cláusula 13.c. La información que recopile para facilitar el Cargo deberá ser suministrada directamente por el Titular o por nosotros, pero no por un tercero.

c. Herramientas de prevención del fraude: nuestros servicios de verificación automatizada de direcciones (AAV), servicio de comprobación de direcciones (AVS) servicios CID y de autorización mejorada (o cualquier otra herramienta similar de prevención del fraude que podamos poner a su disposición) son métodos para ayudarle a mitigar el riesgo de fraude, pero no garantizan que un cargo no pueda estar sujeto a Recurso Pleno. Si desea utilizar estas herramientas de prevención de fraude, deberá estar autorizado a tal fin en nuestro programa de AAV, AVS, CID y autorización mejorada. Podemos asimismo suspender, cancelar, enmendar o impedir el acceso a las herramientas de prevención de fraude en cualquier momento, con o sin previo aviso. No seremos responsables y no tendremos ninguna obligación para con usted en caso de que suspendamos, cancelemos, enmendemos o impidamos el acceso a las herramientas de prevención de fraude.

d. Sitios web transaccionales: deberá asegurarse de que sus sitios web que permitan a los Titulares realizar Pedidos Digitales se encuentren identificados por certificados de validación extendidos o por otros métodos similares de autenticación a fin de restringir el uso de sitios fraudulentos. Deberá aplicar controles apropiados para separar procesos relativos a pagos de su tienda digital a fin de permitir a los Titulares comprender si se están comunicando con nosotros o con usted.

7. Autenticación Reforzada

a. A fin de protegerle contra actividades no autorizadas, deberá apoyar soluciones que nos permitan realizar la Autenticación Reforzada de Cliente de los Titulares para Cargos relativos a Pedidos Digitales. Si no nos permite realizar una Autenticación Reforzada de Cliente como se establece en este párrafo, los Cargos realizados por Pedidos Digitales podrán ser rechazados.

b. Si sus Establecimientos ubicados en España aceptan Cargos relativos a Pedidos Digitales, deberán participar en uno de nuestros programas American Express SafeKey, que permite proporcionar mayor

seguridad para tales Cargos gracias al uso de un método de autenticación. Si sus Establecimientos aceptan Cargos iniciados a través de la Aplicación, entonces el Programa American Express SafeKey que utiliza para Cargos de solicitud iniciada debe ser American Express SafeKey 2.0.Para participar en el Programa AESK, sus Establecimientos ubicados en España deberán: (I) completar la certificación técnica de SafeKey requerida;(II) cumplir las disposiciones de la Guía de implementación de SafeKey y la Guía de Protocolo SafeKey, que pondremos a su disposición en www.americanexpress.com/merchantspecs;(III) proporcionar los datos completos y precisos de Autenticación Reforzada de SafeKey relacionados con todos los Cargos realizados por Órdenes Digitales, según lo establecido en la Guía de Implementación de SafeKey pertinente y la Guía de Protocolo de SafeKey;(IV) cumplir los requisitos de la marca SafeKey detallados en las directrices para el uso de logotipos de American Express SafeKey, disponibles en www.amexsafekey.com o en otro sitio web del que podremos informarle en el futuro;(V) mantener un nivel de fraude a ventas dentro de los parámetros contenidos en la Guía de implementación de SafeKey correspondiente; (VI) estar al día con cualquier pago relacionado con American Express según las condiciones que determinemos razonablemente; y(VII) cumplir con cualquier otro requisito que podamos incluir o modificar en el futuro.

c. El Programa American Express SafeKey se aplica únicamente a Cargos por transacciones sin presentación de tarjeta realizados con una de las tarjetas admitidas (como se describe en la Guía de implementación de SafeKey), Cargos Online (y, en el caso de American Express SafeKey 2.0, Transacciones iniciadas por la aplicación) procesados a través de sus Establecimientos en España, que cumplan los siguientes criterios y requisitos: (I) para los Cargos Online, el Cargo indicará que o bien (i) se autenticó completamente con SafeKey para lo cual recibirá un indicador de comercio electrónico “5” (“ECI 5”), o (ii) que se intentó realizar la autenticación con SafeKey para lo cual recibirá un indicador electrónico “6” (“ECI 6”);(II) para los Cargos Iniciados a través de la Aplicación, el Cargo debe indicar que se autenticó completamente con SafeKey, por lo que recibirá un ECI 5;(III) el Titular reclamó el Cargo como fraudulento.

d. No ejerceremos Recurso Pleno para los Cargos que cumplan todos los criterios y requisitos anteriores

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Anexo B

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si tanto el Establecimiento como el Cargo cumplen los mismos. El Programa AESK no se aplica a los Cargos disputados que impliquen cualquier otro tipo de disputas que no sean por fraude (por ejemplo, no se aplica a disputas por bienes o servicios).

e. Además de lo anterior, si en algún momento deja de cumplir los requisitos citados en el Anexo A, Sección 7.a (I)-(VII) del Contrato, o si recibimos un número desproporcionado de Cargos en Disputa o casos de fraude (I) podremos, a nuestra única discreción, modificar o rescindir la participación de su Establecimiento en el Programa AESK; y (II) deberá colaborar con nosotros para reducir el número de Cargos disputados de su Establecimiento.

f. Podremos suspender, rescindir o modificar el Programa AESK en cualquier momento, con o sin previo aviso. No seremos responsables ni tendremos ninguna obligación ante usted en caso de suspensión, rescisión o modificación del Programa AESK por nuestra parte.

g. Si no está de acuerdo con el Programa AESK, actual o con sus modificaciones, deberá poner fin a su participación en el mismo, renunciar a su certificación de SafeKey y devolver o destruir toda la información confidencial proporcionada en relación con este Programa.

h. Si desea dejar de participar en el Programa AESK de forma permanente, deberá notificárnoslo y, si corresponde, informar de ello a su proveedor de servicios de pago. Deberá renunciar a su certificación de SafeKey y devolver o destruir toda la información confidencial proporcionada en relación con el Programa AESK.

ANEXO BCondiciones especiales para sectores específicos

Si opera en alguno de los siguientes sectores, también deberá cumplir las disposiciones que se detallan a continuación (según corresponda):

1. Alojamiento

a. Autorización(I) A su llegada al hotel, si un Titular desea utilizar la Tarjeta para pagar la estancia, el Establecimiento deberá obtener una Autorización por el importe total previsto del Cargo en función de la tarifa de la habitación y el número de días que el cliente planea estar alojado. Se incluirán también otros impuestos y tasas adicionales establecidas (Cargo Estimado de Alojamiento). En ningún caso se aceptarán Tarjetas de Prepago en el momento del registro a efectos de autorización, garantía o prepago. Una Autorización para un Cargo Estimado de Alojamiento será válida durante la estancia en el alojamiento. No deberá

sobrevalorar el Cargo Estimado de Alojamiento. En caso de que no se obtuviera la Autorización para el Cargo Estimado de Alojamiento ni enviara el Cargo, y si el Titular no realizara el pago por alguna razón, ejerceremos el Recurso Pleno por el importe total del Cargo.(II) En el registro de salida del hotel:• si el Cargo final no es superior al Cargo Estimado

de Alojamiento más un 15% del mismo, no serán necesarias más Autorizaciones adicionales; o

• si el Cargo final supera en más de un 15% el Cargo Estimado de Alojamiento, deberá obtener una Autorización para la cantidad adicional del Cargo que exceda dicho importe. Si no pudiera solicitar dicha Autorización para la cantidad adicional o su solicitud fuera rechazada, y el Titular no realizara el pago del Cargo por algún motivo, haríamos valer el Recurso Pleno para la cantidad total del Cargo final.

• A pesar de la autorización de los procedimientos establecidos anteriormente, usted debe obtener el consentimiento del Titular para el importe exacto del Cargo.

• Cualquier cantidad adicional sólo podrá ser presentada dándole el tratamiento de un Cargo, obteniendo el consentimiento del Titular al importe exacto del Cargo.

(III) Si los Titulares prefieren utilizar Tarjetas de Prepago en el registro de salida del hotel, una vez que se conoce el Cargo final, deberá obtener una Autorización para el importe total de los Cargos que deban aplicarse a dicha Tarjeta.

b. Cargos periódicos: En el caso de que algún Titular tenga que realizar el pago de Cargos en uno o más de sus Establecimientos a lo largo de un período de tiempo y no a la finalización de su estancia, deberá obtener una Autorización para cada uno de dichos Cargos antes de aceptarlos. Deberá enviar el Registro del Cargo según lo establecido en el presente Contrato.

2. Aparcamiento de vehículos de motor

a. Si algún Titular acuerda con el Establecimiento el uso de su aparcamiento durante un número de días determinado, deberá enviar el Cargo en el plazo de siete (7) días a partir de la fecha de dicho acuerdo.

b. Cuando proporcione un pase de aparcamiento para un número específico de días, deberá presentar el Cargo en los siete (7) días siguientes a la fecha de la entrega del mismo.

c. En los casos en que el número exacto de días no se conozca, no deberá presentar el Cargo hasta el último día en que se utilice el aparcamiento.

d. American Express podrá ejercer el Recurso Pleno para

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Anexo B

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todos los Cargos que no se puedan cobrar por motivos de fraude.

3. Alquiler de vehículos de motor

Cuando un Titular desee utilizar la Tarjeta para alquilar un vehículo (durante un período no superior a cuatro (4) meses consecutivos), usted deberá obtener una Autorización para la cantidad total prevista del Cargo. En su contrato de arrendamiento con el Titular debe especificar el coste exacto del vehículo de alquiler, junto con el coste exacto de todos los efectos o servicios adicionales a disposición del Titular (por ejemplo, cadenas de nieve) y la cantidad exacta de cualquier otro coste por el que el Titular pudiera ser responsable, y cuyo devengo pudiera evitar (por ejemplo, una tarifa de “Tarjeta no presente” o una tasa por no devolver el vehículo con el tanque lleno de combustible). El contrato de arrendamiento debe incluir el consentimiento del Titular para incluir estos gastos en el Cargo.

a. Una Autorización para el coste estimado de un alquiler de vehículo es válida por la duración del contrato de alquiler. Si no pudiera obtener dicha Autorización para el Cargo estimado de alquiler ni enviara el Cargo, y el Titular no realizara el pago de este por alguna razón, ejerceremos el Recurso Pleno para el importe total del mismo.

b. Si una vez devuelto el vehículo, el mismo ha sufrido daños y el Titular no ha comprado seguro de accidentes o daños, podrá enviar un Cargo, que será enviado de forma separada de cualquier otro Cargo relacionado con el alquiler del vehículo, por el coste estimado de los daños, siempre y cuando usted:(I) haya obtenido un consentimiento por escrito, firmado y fechado, del Titular, asumiendo su responsabilidad por daños, incluyendo el importe estimado de los daños, así como una declaración del Titular confirmado que desea pagar los daños con la Tarjeta;(II) haya obtenido una Autorización por separado por el coste estimado de los daños;(III) el Cargo original de alquiler del vehículo fue realizado en la Tarjeta del mismo Titular mencionado en el párrafo (I) descrito anteriormente; y(IV) el Cargo enviado por daños no es superior al coste estimado de daños, más un 15% o, en el caso de siniestro total, el coste de reemplazo del vehículo.Deberá cumplir con las solicitudes del Titular, o de su asegurador, con relación a la entrega de documentación relativa a los daños ocasionados.

c. Devolución del vehículo:(I) si el Cargo final no es superior al Cargo estimado de alquiler más un 15% del mismo, no serán necesarias más Autorizaciones adicionales; o

(II) si el Cargo final supera en más de un 15% el Cargo estimado de alquiler, deberá obtener una Autorización para cualquier cantidad adicional del Cargo que exceda dicho importe. Si no pudiera conseguir dicha Autorización para la cantidad adicional, o su solicitud fuera rechazada, y el Titular no realizara el pago del Cargo por algún motivo, haríamos valer el Recurso Pleno para la cantidad total del Cargo final.

d. En el caso de que le informemos de que un Establecimiento no sigue estos procesos de autorización, deberá subsanar dicho incumplimiento en un período de treinta (30) días. Si, transcurridos treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, aún no actuara conforme a estos procesos, podremos ejercer el Recurso Pleno para el importe total de cualquier Cargo realizado en este Establecimiento durante el período de incumplimiento. A los efectos de esta cláusula, el incumplimiento tiene lugar cuando más de un 5% de su volumen global de autorizaciones o del de cualquier Establecimiento no se ajustan a los procesos estipulados anteriormente.

e. No deberá aceptar Tarjetas de Prepago para efectuar la reserva del alquiler de un vehículo ni para recogerlo, pero sí podrá hacerlo en el momento de la devolución del mismo cuando se conozca el importe total del Cargo.No obstante, lo dispuesto en los procedimientos de Autorización establecidos anteriormente, usted debe obtener el consentimiento del Titular por el importe exacto del Cargo. Cualquier cantidad adicional sólo podrá presentarse si se procesa como un Cargo separado, debiendo obtener el consentimiento del Titular por su importe exacto.

4. Ventas de vehículos de motor

a. American Express únicamente acepta Cargos por el pago de un depósito o del precio total de compra de vehículos de motor nuevos y usados si:• el importe del Cargo no excede el precio total del

vehículo tras deducir los descuentos aplicables, incentivos, cuotas iniciales o la compensación por entrega del vehículo usado; y

• obtiene una Autorización para la cantidad total del Cargo.

b. En caso de que el Titular niegue haber realizado o autorizado el Cargo y no se le haya transferido el título o la propiedad física del vehículo, ejerceremos el Recurso Pleno para este Cargo.

5. Restaurantes

Para los Establecimientos que operan como restaurantes:(I) si el Cargo final del restaurante no es superior al importe por el que obtuvo la Autorización más un

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Anexo C

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20% de dicha cantidad, no será necesario solicitar Autorizaciones adicionales; y(II) si el Cargo final supera en más de un 20% el importe por el que obtuvo la Autorización, deberá obtener una nueva para cualquier cantidad adicional del Cargo que exceda dicho importe.(III) No obstante lo dispuesto en los procedimientos de Autorización establecidos anteriormente, usted debe obtener el consentimiento del Titular por el importe completo y exacto del Cargo. Cualquier cantidad adicional sólo podrá presentarse si se procesa como un Cargo separado, debiendo obtener el consentimiento del Titular por su importe exacto.

6. Sectores de alto riesgo

Hay determinados tipos de transacciones y sectores que, a juicio de American Express, implican un alto riesgo de fraude y respecto a los cuales podemos incluirle en un programa de Recurso Pleno por fraude (como se describe en el Anexo A, párrafo 5.d anterior) respecto de cualquier Cargo que no podamos cobrar debido a un fraude. Los tipos de transacciones que consideramos como de alto riesgo son las realizadas en expendedores automáticos de combustible y las Transacciones con Entrega Digital. Nos reservamos el derecho a añadir más categorías de transacciones, y categorías de establecimientos, en el futuro.

7. Donaciones benéficas

a. Usted declara y garantiza que es una entidad sin ánimo de lucro y está inscrita como institución benéfica en España.

b. Deberá aceptar la Tarjeta únicamente para las donaciones benéficas que sean 100% deducibles de los impuestos del Titular o como pago de bienes o servicios cuando al menos el 75% del Cargo sea susceptible de deducción fiscal a favor del Titular.

c. Ejerceremos el Recurso Pleno de forma inmediata para los Cargos en Disputa, sin enviarle previamente una consulta sobre las reclamaciones.

8. Seguros

a. Si algunos de sus bienes o servicios se venden o facturan a través de agencias independientes, deberá suministrarnos una lista de dichas agencias y mantenernos informados de los cambios que se operen en la misma con posterioridad. Podremos hacer uso de esta lista con el fin de fomentar la aceptación de la Tarjeta mediante el envío de información por correo a dichas agencias. Su nombre aparecerá en la correspondencia y deberá facilitarnos una carta de aprobación o asistencia en caso necesario.

b. Hará cuanto esté a su alcance para fomentar la aceptación de la Tarjeta entre las agencias

independientes, aunque reconocemos que no tiene control sobre las mismas.

c. De forma ocasional, pondremos en marcha campañas de marketing para promover la aceptación de nuestra Tarjeta en su Establecimiento (de forma específica) o en entidades aseguradoras (en general). Usted reconoce que uno de los fines necesarios del envío de información del Titular, en respuesta a tales campañas de marketing, incluye la utilización de dicha información para llevar a cabo análisis detallados que determinarán el éxito de las campañas de marketing mencionadas. El presente Contrato no autoriza a las partes a establecer acuerdos de venta cruzada o marketing para los productos de seguros.

d. American Express no se hará responsable, en representación suya, del cobro o envío puntual de las primas.

e. Deberá indemnizar, defender y eximir a American Express y a sus Filiales, sucesores y cesionarios de cualquier tipo de daño, obligación, pérdida, coste y gastos, incluidas las costas legales, de los Titulares (o antiguos Titulares) derivados o presuntamente derivados de la rescisión (u otra acción) por su parte de la cobertura del seguro de los mismos.

f. En el apartado 9, usted y sus Filiales, sucesores y cesionarios comprenden las agencias que operan en su mismo sector. Agencia hace referencia a cualquier entidad o línea de negocio que utilice sus Marcas o que se presente al público como miembro de su grupo de empresas. Agencia independiente se refiere a una entidad o línea de negocio que realice la venta de bienes o servicios de su marca o de otras, por la cual recibe pagos o comisiones de usted o de una agencia.

9. Proveedores de servicios de agregación de pagos

Si su modelo de negocio requiere aceptar la Tarjeta en nombre de otras empresas (Establecimientos Patrocinados), será considerado un Proveedor de servicios de agregación de pagos a los efectos del presente Contrato y no podrá aceptar la Tarjeta bajo este Contrato. Si desea proporcionar este tipo de servicios de agregación de pagos para transacciones realizadas con Tarjetas American Express, debe contactar con nosotros.

ANEXO C Definiciones

Definiciones de los términos que figuran en el Contrato:– Acuerdo de Adquirente de Establecimientos significa

cualquier acuerdo entre usted y otro Adquirente de Establecimientos para la aceptación y/o procesamiento de otros Productos de Pago.

– Adquirente de Establecimientos significa toda persona que haya suscrito un Acuerdo de Adquirente de Establecimientos con usted.

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– American Express hace referencia a American Express Payments Europe, S.L., con domicilio social en Avenida Partenón 12-14, 28042 Madrid.

– American Express SafeKey 1.0, es una herramienta de prevención del fraude diseñada específicamente para reducir el número de Cargos Online fraudulentos, la cual utiliza especificaciones 3-D Secure™ para permitir la integración con otros programas del sector.

– American Express SafeKey 2.0 es una herramienta de prevención del fraude diseñada específicamente para reducir el número de Pedidos Digitales fraudulentos, la cual utiliza especificaciones 3-D Secure™ para permitir la integración con otros programas del sector.

– American Express SafeKey Programme (AESK Programme) se refiere tanto a American Express SafeKey 1.0 como a American Express SafeKey 2.0.

– Autenticación es el procedimiento que permite a American Express comprobar la identidad del Titular o la validez de la utilización de determinado instrumento de pago, incluida la utilización de credenciales de seguridad personalizadas.

– Autenticación Reforzada de cliente significa la Autenticación basada en la utilización de dos o más elementos categorizados como conocimiento (algo que solo conoce el usuario), posesión (algo que solo posee el usuario) e inherencia (algo que es el usuario), que son independientes, es decir, que la vulneración de uno no compromete la fiabilidad de los demás, y concebida de manera que se proteja la confidencialidad de los datos de autenticación.

– Autorización hace referencia a toda autorización en forma de código numérico de aprobación concedido por nuestra empresa o por terceras partes designadas y validadas por American Express.

– Cargo es todo pago o compra realizado mediante la utilización de la Tarjeta.

– Cargo Agregado hace referencia a un Cargo que combina varias compras o devoluciones (o ambas) de baja cuantía, en los que ha incurrido una Tarjeta, en un Cargo de mayor cuantía, antes de ser enviado el Cargo a American Express para su pago.

– Cargo de Pago por Adelantado hace referencia a un Cargo del cual se realiza el pago íntegro con antelación al suministro de los productos y/o la prestación de los servicios por su parte al Titular.

– Cargo de Recibo Recurrente tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 1.j.

– Cargo en Disputa es todo Cargo sobre el que pesa una reclamación, queja o pregunta.

– Cargo Estimado de Alojamiento tiene el significado establecido en el Anexo B, párrafo 1.a.

– Cargos Iniciados a través de la Aplicación significa un Cargo que se realiza a través de una aplicación

diseñada específicamente para la navegación en dispositivos móviles o tabletas.

– Cargo por Entrega Aplazada se refiere a una sola compra para la que debe crear y enviar dos Registros de los Cargos separados. El primer Registro del Cargo es para el depósito o pago inicial y el segundo Registro del Cargo es para el saldo restante de la compra.

– Cargos Online aquellos cargos que se realizan a través del sitio web del Establecimiento mediante un navegador web. Esto excluye los Cargos Iniciados a través de la Aplicación.

– Cargo Presencial (denominado en ocasiones “Cargo Con Presentación de Tarjeta” en nuestros materiales) se refiere a un Cargo para el cual se presenta la Tarjeta física, o en el caso de Transacciones iniciadas a través de Carteras Digitales Contactless, el Dispositivo Móvil, en el punto de venta, incluidos los Cargos realizados en los Terminales No Atendidos.

– Cargo con Tarjeta no Presente hace referencia a todos aquellos cargos para los cuales no es necesario presentar la Tarjeta en el punto de venta (p. ej., cargos por compras telefónicas, por correo, por Internet o por medios digitales, incluyendo el Pago mediante Cartera Digital, pero excluyendo el Pago mediante Cartera Digital Contactless).

– Crédito es la cantidad del Cargo que usted reembolsa a los Titulares por compras o pagos realizados mediante la utilización de la Tarjeta.

– Cuenta hace referencia a su cuenta bancaria en España.– Datos de los Cargos tiene el significado atribuido en el

Anexo A, párrafo 1.a (I).– Datos Personales hace referencia a cualquier

información concerniente a personas físicas identificadas o identificables facilitada a American Express en virtud de este Contrato.

– Descuento se refiere a un importe que le cobramos por aceptar la Tarjeta y que es (i) un porcentaje del importe nominal del Cargo (Tasa de descuento), (ii) una cuota fija por transacción, (iii) una cuota anual o (iv) cualquier combinación de (i) a (iii).

– Día Hábil significa cualquier día de lunes a viernes excepto los días festivos en el municipio de Madrid.

– Directiva hace referencia a la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior, y cualquier sustitución, modificación o revisión futura de la misma.

– Dispositivo Móvil es un dispositivo electrónico reconocido por American Express que permite la realización de Pagos mediante Cartera Digital. Esto incluye, sin que ello implique limitación alguna, teléfonos móviles, tablets y otros dispositivos portátiles (p.ej. wearables).

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Anexo C

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– Divisa Local es la divisa del país en el que se efectúan el Cargo o el Crédito.

– Empresa Procesadora hace referencia al intermediario que usted haya contratado y que haya recibido la aprobación de American Express para obtener Autorizaciones y enviarnos Cargos y Créditos.

– Especificaciones se refiere al conjunto de requisitos relacionados con la conectividad a la red de American Express y al procesamiento de transacciones electrónicas, incluida la Autorización y envío de transacciones, disponibles en www.americanexpress.com/merchantspecs o bien mediante solicitud a American Express.

– Establecimiento es cada uno de sus locales, tiendas, sitios web, redes digitales y cualquier otro punto o medio de venta de bienes y servicios, incluidos los métodos que pudiese adoptar en el futuro (también puede aparecer como “SE” o “Establecimiento de Servicio”).

– Filial es toda entidad que controla, es controlada o forma parte del grupo de la parte correspondiente (de acuerdo con la definición del artículo 42 del Código de Comercio).

– Firmante es la persona que firma este Contrato como su representante.

– Gerente es cualquier persona(s) física(s) que ejerza(n) control sobre la dirección de una compañía (u otra compañía con personalidad jurídica propia), por ejemplo un administrador o consejero.

– Información del Titular hace referencia a toda la información acerca de los Titulares o de las transacciones efectuadas con la Tarjeta, incluidos los nombres, las direcciones y los números de identificación de tarjetas (CID).

– Ley se refiere al Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera o la ley que en el futuro sustituya a aquel.

– Marcas son todos los nombres, logotipos, nombres de dominio, marcas de servicio, marcas y nombres comerciales, eslóganes u otras denominaciones propiedad de la empresa.

– Método de Verificación de Titular en Dispositivos Personales (CDCVM) es un método de verificación de Titulares aprobado y reconocido por American Express, a través del cual los datos del Titular son verificados en un Dispositivo Móvil.

– Microempresa se refiere a una empresa, considerando como tal tanto a las personas físicas que realizan una actividad profesional o empresarial como a las personas jurídicas, que, en la fecha de celebración del contrato de servicios de pago ocupa a menos de diez personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los dos millones de euros.

– Nosotros, nuestro y nos hacen referencia a American Express Payments Europe, S.L.

– Número Primario de Cuenta (PAN) es el conjunto de números utilizados para identificar una relación contractual. El número asignado identifica tanto al emisor de la Tarjeta como al Titular.

– Número de Establecimiento (también podrá aparecer como “Número SE” o “Número de Establecimiento de Servicio”) es el número único que se asigna a cada Establecimiento. Si dispone de más de un Establecimiento, se le asignará un Número de Establecimiento diferente para cada uno de ellos.

– Otros Contratos hace referencia a cualquier contrato, distinto del presente, firmado entre usted o cualquiera de sus Filiales y American Express o cualquiera de nuestras Filiales.

– Otros Medios de Pago excluye la Tarjeta y significa cualquier otra tarjeta ya sea de crédito, débito, débito diferido, de valor almacenado o cualquier otro tipo de tarjeta de pago o dispositivos de acceso a la cuenta y cualesquiera otros instrumentos de pago o servicios.

– Pago mediante Cartera Digital es tanto una Transacción iniciada a través de una Cartera Digital Contactless como una Transacción iniciada a través de una Cartera Digital, que son realizadas a través de una Cartera Digital, gestionada por un tercero proveedor de carteras autorizado por American Express, presente en un Dispositivo Móvil.

– Pago mediante Cartera Digital Contactless es una Transacción iniciada a través de una Cartera Digital Contactless gestionada por un tercero proveedor de carteras autorizado por American Express, presente en un Dispositivo Móvil.

– Partes Alcanzadas se refiere a empleados, agentes, representantes, subcontratistas, empresas procesadoras, proveedores de equipo de punto de venta, sistemas o soluciones de tramitación de pagos y cualquier otra parte a la que usted pudiera concederle acceso a Información del Titular de conformidad con el presente Contrato.

– Un Pedido Digital se produce cuando se recoge la información de pago de la Tarjeta (o se inicia una operación de pago) a través de Internet, correo electrónico, una Intranet, una extranet u otro dispositivo que pueda utilizarse para la comunicación a distancia. Esto incluye los Cargos Online y los Cargos Iniciados a través de la Aplicación.

– Programa AESK tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 7.

– Programa sin Firma/sin PIN tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 1.e.

– Registro del Cargo se trata del registro de un Cargo que cumple con los requisitos de nuestra empresa (véase Anexo A, párrafo 1.a [I]).

– Registro del Crédito se trata del registro de un Crédito que cumple con los requisitos de nuestra empresa (ver Anexo A, párrafo 1.a (III)).

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Anexo D

– Reserva tiene el significado que se le atribuye en la cláusula 7.a.

– Retrocesión (en ocasiones denominado “Recurso Pleno” en nuestros materiales): se refiere a nuestro derecho a (i) que usted nos reembolse el importe de un Cargo que le hayamos pagado o a (ii) cancelar un Cargo que no le hayamos pagado.

– Retrocesión Evitable, tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 5.e.

– La Tarjeta American Express y la Tarjeta indican cualquier tarjeta, dispositivo de acceso a cuentas u otros instrumentos de pago físicos, electrónicos o virtuales emitidos o provistos por American Express o sus Filiales.

– Tarjeta de Chip se refiere a una Tarjeta que contiene un chip en el que se almacenan datos (incluida Información del Titular), que puede ser leído por un terminal de punto de venta habilitado para facilitar el procesamiento del Cargo.

– Tarjeta de Prepago indica cualquier Tarjeta en la que figure la inscripción “prepago” o con algún distintivo similar del que se le informará.

– Tecnología Contactless se refiere a cualquier tecnología que permite la transferencia de Datos de los Cargos desde una Tarjeta de Chip o un Dispositivo Móvil a un terminal de punto de venta sin que haya ningún contacto con respecto a un Cargo Presencial.

– Terminales No Atendidos (TNA) se refiere a un sistema de punto de venta desatendido (por ejemplo, una máquina expendedora o dispensador de combustible de “pago en el surtidor”).

– Por Titular se entiende el portador de una Tarjeta (cuyo nombre puede o no aparecer grabado o impreso por otros medios en la Tarjeta) teniendo en cuenta que siempre que un nombre haya sido grabado o impreso en una Tarjeta, la persona cuyo nombre aparece en la Tarjeta es el Titular.

– Titular de Derechos se refiere a una persona jurídica o física que tenga la autoridad o el estatus legal para hacer valer un derecho de copyright o marca comercial u otro derecho de propiedad intelectual.

– Por Token se entiende un valor alternativo que reemplaza al PAN.

– Una Transacción con Entrega Digital se produce cuando los productos o servicios se piden por Internet o por medios digitales y se entregan por medios digitales (por ejemplo, descargas de software, aplicaciones o imágenes) sin incluir en modo alguno la utilización o consumo de bienes o servicios físicos.

– Transacciones mediante Tarjetas con Banda Magnética tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 1.b.

– Transacción iniciada a través de una Cartera Digital es una transacción iniciada por una cartera digital utilizando un buscador o una aplicación del establecimiento en el Dispositivo Móvil, sin la intervención de Tecnología Contactless.

– Transacción iniciada a través de una Cartera Digital Contactless es una transacción iniciada por una Cartera Digital presente en un Dispositivo Móvil utilizando Tecnología Contactless en un terminal contactless.

– Transmisiones tiene el significado establecido en el Anexo A, párrafo 3.a.

– Usted, suyo y su indican la empresa, sociedad colectiva, sociedad unipersonal o persona jurídica de otro tipo que acepta Tarjetas de conformidad con las condiciones de este Contrato, así como sus Filiales que desarrollen sus actividades en el mismo sector.Asimismo, sin perjuicio de las definiciones anteriores, a lo largo del Contrato se definen términos en cursiva. Dichas definiciones se aplicarán a la totalidad del presente Contrato, no sólo a la disposición en la que aparezcan.

ANEXO D Tarifas

Además de su Descuento y cualquier otra tarifa prevista en el Contrato o que introduzcamos de acuerdo con la cláusula 15. f del Contrato, podemos aplicar las siguientes tarifas:

Nombre Descripción Importe

Cargos en papel.

Se aplicará cuando nos envíe Cargos en papel. 3 €

Descuento retenido por Créditos.

Si procesamos un Crédito retendremos el Descuento aplicado previamente al Cargo.

Igual que el Des-cuento

Estados de cuenta en papel.

Se aplicará a cada estado de cuenta que reciba en papel. Puede registrarse en www.americanexpress.es/establecimientos para recibir gratuitamente estados de cuenta online.

3,50 €

No vali-dación de seguridad de datos.

Dependiendo de su volumen de transaccio-nes, Usted tiene obligaciones de reporte en virtud de nuestra política operativa de seguridad de datos (disponible en www.americanexpress.com/datasecurity), que incluye facilitarnos la documenta-ción de validación. Podremos cobrarle una tarifa de no validación si no nos proporciona la documentación de validación obliga-toria en el plazo correspondiente. Le notificaremos el plazo aplicable a cada periodo de reporte. Le notificaremos también si tiene obligaciones según nuestra política operativa de seguridad de datos.

Cuando apliquen, le notifi-caremos antici-pada-mente el importe, así como la forma y tiempo de pago.

Podemos modificar estas tarifas de acuerdo con la cláusula 15.f del Contrato.

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American Express Payments Europe, S.L. Servicio a Establecimientos

Avenida Partenón 12-14 28042 Madrid

Tel - 900 816 738

American Express Payments Europe, S.L. Avenida Partenón 12-14, 28042, Madrid. NIF B-88021431. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 37236, Libro de Sociedades Folio 20, Hoja M-664153. Número de registro 6883 en el Banco de España. American Express Payments Europe, S.L. es una entidad autorizada de

acuerdo a la normativa de servicios de pago vigente. www.americanexpress.es.

La marca y el logo American Express son propiedad de American Express Company. Reservados todos los derechos.

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