Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

download Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

of 25

Transcript of Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    1/25

    EAP DE DERECHO Y CIENCIAS POLTICAS

    ASIGNATURA : DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

    TEMA : III CONFERENCIA DE DERECHO INTERNACIONALPRIVADO LA PAZ 1984

    DOCENTE : GUIVIN MEZA CICLO :XI

    ESTUDIANTE:

    CHAVEZ VASQUEZ , Alii! S!"i#$

    CHACHAPOYAS 2015

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    2/25

    INDICEINTRODUCCIN$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$%

    CAPTULO I$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 4

    MARCO TEORICO$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 4

    I$1$ CONFERENCIAS INTERAMERICANAS ESPECIALIZADAS DE DERECHOINTERNACIONAL PRIVADO$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 4

    !&$ CONTENIDO TEM'TICO$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 4

    (&$ HISTORIA DE LOS CIDIP$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$)

    1$*$ LA TERCERA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA +CIDIPIII, LAPAZ, 1984&$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ -

    CAPITULO II$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$8

    LAS CONVENCIONES$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 8

    II$1$ CONVENCI.N INTERAMERICANASO/RE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIADE ADOPCI.N DE MENORES$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 8

    II$1$1$ INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: PAISES SUCRIPTORES$$$$$$$$$$$$11

    II$1$*$RESUMEN$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$1*

    II$*$ CONVENCI.N INTERAMERICANA SO/RE PERSONALIDAD Y CAPACIDADDE PERSONAS 0URDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO$$$$$$$$$$$1*

    II$*$1$ PAISES SUSCRIPTORES$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 1

    II$*$*$ RESUMEN:$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 1

    III$ CONVENCI.N INTERAMERICANASO/RE COMPETENCIA EN LA ESFERAINTERNACIONAL PARA LA EFICACIA E2TRATERRITORIAL DE LAS SENTENCIASE2TRAN0ERAS$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 1)

    III$1$ PAISES SUSCRIPTORES$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$19

    III$*$ RESUMEN$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ 19

    CONCLUSIONES$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ *1

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    3/25

    INTRODUCCIN

    La Organizacin de los Estados Americanos, dentro de sus diversas laores !ur"dicas,di#lom$ticas % #ol"ticas, tiene el encargo de desarrollar el derec&o internacional #rivadoen el &emis'erio occidental( El #roceso #or medio del cual la OEA !uega este #a#elim#ortante en la codi'icacin % armonizacin del derec&o internacional #rivado en laregin es el de las Con'erencias Es#ecializadas Interamericanas sore Derec&oInternacional )rivado * me!or conocido #or sus siglas CIDI)( La OEA convoca la CIDI)a#ro+imadamente cada cuatro a seis aos con la #rinci#al 'uncin de elaorarinstrumentos internacionales de im#ortancia #ara los Estados(

    La in'luencia del #roceso de CIDI) en las Am-ricas se #ro%ecta #or la cantidad % calidadde instrumentos .ue &a #roducido % .ue susecuentemente &an sido ado#tados #or losEstados /iemros de la OEA( 0asta la 'ec&a, la CIDI) &a ado#tado 12 instrumentos, 13de los cuales se encuentran actualmente en vigor(

    Asimismo, varias convenciones de la CIDI) &an reciido un gran n4mero derati'icaciones, estaleciendo as" un est$ndar elevado #ara la codi'icacin del derec&ointernacional #rivado(

    /ientras la regin marc&a &acia una eta#a de ma%or integracin econmica,la im#ortancia del #roceso de CIDI) se acent4a #or el crecimiento en el movimientotrans'ronterizo de #ersonas, ienes % servicios( Esta nterde#endencia re.uiere de ma%orarmonizacin % estandarizacin del derec&o internacional #rivado( Como resultado directode estas condiciones, el alcance de las CIDI) m$s recientes va m$s all$ de los temas#rocesales #redominantes en anteriores Con'erencias 5e(g(, !urisdiccin, con'lictos dele%es, e!ecucin de sentencias, etc(6, aarcando as" la re'orma de $reas de derec&osustantivo 5e(g(, derec&o comercial, derec&o ancario, derec&o de trans#orte, etc(6(

    Asimismo, la CIDI) &a comenzado a utilizar m-todos #ara redactar instrumentos legalesdi'erentes a las convenciones tradicionales, tami-n #redominantes en Con'erenciasanteriores, el #resente traa!o desarrollar$ la La CIDI)7III, celerada en La )az, 8olivia en39:;, ado#t cuatro instrumentos internacionales en los siguientes temas de derec&o civilinternacional % derec&o #rocesal internacional< 36 Con'lictos de le%es en materia deado#cin de menores= 16 )ersonalidad % ca#acidad de #ersonas !ur"dicas en el derec&o

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    4/25

    internacional #rivado= >6 Com#etencia en la es'era internacional #ara la e'icaciae+traterritorial de las sentencias e+tran!eras= % ;6 Rece#cin de #rueas en el e+tran!ero

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    5/25

    CAPTULO IMARCO TEORICO

    I.1. CONFERENCIAS INTERAMERICANASESPECIALIZADAS DE DERECHO INTERNACIONALPRIVADO

    a). CONTENIDO TEMTICO

    El nuevo m-todo de codi'icar el Derec&o Internacional )rivado su#one, en #rimer lugar, elacuerdo de los Estados miemros sore la #relacin de los temas a tratar( Este acuerdose logr tomando en cuenta el desarrollo de la materia % su utilidad #r$ctica( Dos $mitosse consideraron 'undamentales< Derec&o Comercial Internacional % Derec&o )rocesal

    Civil Internacional( Las #rimeras convenciones, a#roadas en la CIDI) I, res#ondieron aestas in.uietudes( Las materias re'erentes a letras de camio 539?@6, c&e.ue 539?@7?96 %aritra!e comercial internacional 539?@6 tuvieron #rioridad( iguieron sociedadesmercantiles 539?96, contrato de trans#orte internacional de mercader"as #or carretera539:96 % derec&o a#licale a los contratos internacionales 5399;6(

    Como se #uede oservar, las convenciones del $mito mercantil regulan las institucionesde am#lia circulacin % de ma%or im#ortancia #ara las relaciones internacionales( 0o% d"a,no se concien estas relaciones sin t"tulos valores, sociedades mercantiles % distintosti#os de contratos(

    No .ueda atr$s el cam#o de Derec&o )rocesal Internacional con es#ecial -n'asis en la

    coo#eracin !udicial(Las Convenciones a#roadas en todas las con'erencias interamericanas salvo la .uinta,testimonian esta a'irmacin< e+&ortos o cartas rogatorias 539?@6 % su #rotocolo 539?96=rece#cin de #rueas en el e+tran!ero 539?@6, % su #rotocolo 539:;6= r-gimen legal de#oderes #ara ser utilizados en el e+tran!ero 539?@6= e'icacia e+traterritorial de lassentencias % laudos aritrales e+tran!eros 539?96= cum#limiento de medidas cautelares539?96= #ruea e in'ormacin acerca del derec&o e+tran!ero 539?96 % com#etencia en laes'era internacional #ara la e'icacia e+traterritorial de las sentencias e+tran!eras 539:;6(

    Las convenciones llamadas B#rocesalesB regulan casi todos los grandes temas deDerec&o )rocesal Internacional( altar"a un $mito cu%a codi'icacin est$ relacionada con

    muc&as di'icultades< la llamada !urisdiccin directa, es decir, com#etencia #rocesalinternacional( Lograr acuerdo de los Estados miemros resulta sumamente di'"cil, #or elloeste tema nunca &a sido incluido en la #rogramacin de las con'erencias es#ecializadas(

    A estos dos grandes $mitos se agrega el Derec&o Civil Internacional, es#ecialmente enlo .ue a nios % adolescentes se re'iere( Las convenciones regulan el domicilio de las#ersonas '"sicas en el Derec&o Internacional )rivado 539?96= #ersonalidad % ca#acidad delas #ersonas !ur"dicas 539:;6= ado#cin de menores 539:;6= oligaciones alimentarias

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    6/25

    539:96= restitucin Internacional de menores 539:96 % tr$'ico Internacional de menores5399;6(

    No dee de!ar de mencionarse una convencin .ue #reside a todas las dem$s< sorenormas generales de Derec&o Internacional )rivado 539?96( Unica en el mundo, rinda alcontinente americano una slida ase cient"'ica % crea un verdadero sistema

    interamericano de Derec&o Internacional )rivado( La clara consagracin de la relacinentre el derec&o internacional e interno, la conce#cin !ur"dica del derec&o e+tran!ero, la'le+ile % am#lia regulacin de las instituciones generales, todo ello la coloca en laavanzada de desarrollo del Derec&o con'lictual en el nuevo siglo(

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    7/25

    Es si .ue el #roceso de CIDIP &a #roducido 12 Instrumentos Interamericanos 5inclu%endo1 Convenciones, > )rotocolos, 3 Le% /odelo % 1 Documentos Uni'ormes6( Estosinstrumentos curen una variedad de temas % 'ueron diseados #ara crear un marco

    !ur"dico e'ectivo #ara la coo#eracin legal entre estados Americanos, #ara dar certeza atransacciones civiles, % comerciales entre #ersonas, as" como #ara dar certeza a lasas#ectos #rocesales a los negocias de #ersonas en el conte+to Interamericano(

    b). HISTORIA DE LOS CIDIP

    El derec&o internacional #rivado es desde &ace tiem#o el instrumento .ue regula lasrelaciones entre las sociedades, 'acilitando el movimiento de #ersonas % el intercamio deienes % servicios, 'omentando la integracin % comatiendo las actividadestrans'ronterizas il"citas( El #roceso de codi'icacin del derec&o internacional #rivado en el$mito interamericano &a sido una de las actividades !ur"dicas #ermanentes de losEstados americanos desde las 4ltimas d-cadas del siglo I( Esta laor &a asumidodistintas 'ormas institucionales % en la actualidad se realiza como un #roceso !ur"dico #ormedio de las Con'erencias Es#ecializadas Interamericanas sore Derec&o Internacional)rivado 5CIDI)6(

    Cuando se celer la #rimera CIDI) en 39?@, la OEA sigui un camino conocido en elcual se &a"a emarcado a 'ines del siglo I( La ado#cin de los #rimeros Tratados de/ontevideo en 3::9 % del Cdigo 8ustamante en 391: sent la ase #ara elestalecimiento del derec&o internacional #rivado en el 0emis'erio(

    Desde el inicio de la laor de codi'icacin del derec&o internacional #rivado se &anado#tado dos criterios( El #rimero su#one un en'o.ue gloal .ue contem#la un cuer#o denormas #ara aarcar toda la normativa de esta disci#lina, mientras .ue el segundo #rev-un #roceso m$s gradual % #rogresivo, .ue su#one la 'ormulacin de instrumentosinternacionales sore temas !ur"dicos #articulares(

    El criterio de #re#arar un cdigo 4nico #revaleci en el Congreso de Lima de 3:?? %culmin con la ado#cin de un cdigo 4nico de derec&o internacional, el Cdigo8ustamante, en la e+ta Con'erencia Internacional Americana, en La 0aana en 391:(

    En el #er"odo inmediatamente #osterior al estalecimiento de la Organizacin de losEstados Americanos, el Comit- Fur"dico Interamericano realiz varios intentos nuevos decodi'icar todos los temas del derec&o internacional #rivado( Con ese 'in, el Comit-#ro#uso revisar el Cdigo 8ustamante #ara determinar si era #osile cominar susdis#osiciones con las de los tratados de /ontevideo de 3::9 % 39>9739;, a la luzdelRestatement of the Law of the Conflicts of Law en materia de derec&o internacional#rivado(

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    8/25

    Como resultado, el Comit- Fur"dico Interamericano #re#ar un #ro%ecto de cdigo, .ue nocont con el a#o%o de los Estados miemros de la Organizacin( Esto condu!o alaandono del en'o.ue gloal de la codi'icacin de esta disci#lina legal % el inicio de lasegunda eta#a, en la cual #redomin la codi'icacin sectorial del derec&o internacional#rivado(

    As" 'ue .ue en 39?3 los mecanismos utilizados #reviamente en el tratamiento del derec&ointernacional #rivado en el $mito interamericano 'ueron sustituidos #or las Con'erenciasEs#ecializadas, o CIDI), .ue &o% conocemos( La Carta de la OEA descrie lasCon'erencias Es#ecializadas como Greuniones interguernamentales #ara tratar asuntost-cnicos es#eciales o #ara desarrollar determinados as#ectos de la coo#eracininteramericanaH(3JK

    1.2. LA TERCERA CONFERENCIA ESPECIALIZADAINTERAMERICANA (CIDIP-III, LA PAZ, 19!)

    En cum#limiento de la Resolucin de la Asamlea eneral, 'ue convocado un Comit- deE+#ertos .ue se reuni en Mas&ington en aril de 39:= % al concluir sus traa!os &a"aado#tado tanto un B)ro%ecto de )rotocolo Adicional a la Convencin Interamericana soreOtencin de )rueas en el E+tran!eroB como unas B8ases de Furisdiccin Internacional)ara la E'icacia E+traterritorial de las entencias E+tran!erasB(

    )or tanto, en octure de 39: la Asamlea eneral resolvi convocar la TerceraCon'erencia Es#ecializada Interamericana, con la e+#resa recomendacin de incluir (en eltemario la materia re'erente a la ado#cin de menores( La a#licacin del Derec&oInternacional )rivado en el Derec&o Interno a trav-s de((( I I 2;3 ?(

    En virtud de la decisin anterior, el Instituto Interamericano del Nio convoc una Reuninde E+#ertos, .ue se reuni en uito, Ecuador, en marzo de 39:>= % al concluir su e+amende los temas relativos a la ado#cin de menores, &a"a a#roado los siguientesinstrumentos < veinte Conclusiones sore los as#ectos sociales, m-dicos % #sicolgicos=veintiuna 8ases #ara uni'icar el Derec&o Interno de los Estados Americanos= % un)ro%ecto de Convencin sore los Con'lictos de Le%es en /ateria de Ado#cin( ?3(

    Los instrumentos anteriores 'ueron revisados #or el Comit- Fur"dico Interamericano, .uetami-n elaor un )ro%ecto de Convencin sore la )ersonalidad % la Ca#acidad de las

    )ersonas Fur"dicas % e'ectu algunos traa!os en materia de Trans#orte Internacional,#ero sin concluir ning4n )ro%ecto de Convencin(

    La Tercera Con'erencia Es#ecializada Interamericana sesion en La )az, 8olivia= % alconcluir sus tareas, el veinticuatro de ma%o de 39:;, &a"a a#roado los siguientesinstrumentos < a6 )rotocolo Adicional a la Convencin Interamericana sore Rece#cin de)rueas en el E+tran!ero( 6 Convencin Interamericana sore Con'lictos de Le%es en/ateria de Ado#cin de /enores( c6 Convencin Interamericana sore )ersonalidad %

    https://www.oas.org/dil/esp/derecho_internacional_privado_desarrollo.htm#_ftn1https://www.oas.org/dil/esp/derecho_internacional_privado_desarrollo.htm#_ftn1https://www.oas.org/dil/esp/derecho_internacional_privado_desarrollo.htm#_ftn1https://www.oas.org/dil/esp/derecho_internacional_privado_desarrollo.htm#_ftn1
  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    9/25

    Ca#acidad de las )ersonas Fur"dicas en el Derec&o Internacional )rivado( d6 ConvencinInteramericana sore Com#etencia en la Es'era Internacional #ara la E'icaciaE+traterritorial de las entencias E+tran!eras(

    CAPITULO IILAS CONVENCIONES

    II.1. CONVENCI"N INTERAMERICANA SO#RECONFLICTOS DE LE$ES EN MATERIA DE ADOPCI"N DEMENORES

    Los oiernos de los Estados miemros de la Organizacin de los Estados Americanos,deseosos de concertar una convencin sore con'lictos de le%es en materia de ado#cinde menores, &an acordado lo siguiente< Las #ersonas !ur"dicas #rivadas, deidamente constituidas en un Estado )arte,ser$n reconocidas de #leno derec&o en los dem$s Estados #arte( El reconocimiento de#leno derec&o no e+clu%e la 'acultad del Estado )arte #ara e+igir la com#roacin de .uela #ersona !ur"dica e+iste con'orme a la le% del lugar de su constitucin(

    En ning4n caso, la ca#acidad reconocida a las #ersonas !ur"dicas #rivadas, constituidasen un Estado )arte, #odr$ e+ceder de la ca#acidad .ue la le% del Estado )arte dereconocimiento otorgue a las #ersonas !ur"dicas constituidas en este 4ltimo(

    Art"culo ;< )ara el e!ercicio de actos com#rendidos en el o!eto social de las #ersonas!ur"dicas #rivadas, regir$ la le% del Estado )arte donde se realicen tales actos(

    Art"culo @< Las #ersonas !ur"dicas #rivadas constituidas en un Estado )arte .ue #retendanestalecer la sede e'ectiva de su administracin en otro Estado )arte, #odr$n seroligadas a cum#lir con los re.uisitos estalecidos en la legislacin de este 4ltimo(

    Art"culo 2< Cuando la #ersona !ur"dica #rivada act4e #or medio de re#resentante, en unEstado distinto del de su constitucin, se entender$ .ue ese re#resentante, o .uien losustitu%a, #odr$ res#onder de #leno derec&o a los reclamos % demandas .ue contra dic&a#ersona #udieran intentarse con motivo de los actos en cuestin(

    Art"culo ?< Cada Estado )arte % las dem$s #ersonas !ur"dicas de derec&o #4licoorganizadas de acuerdo con su le%, gozar$n de #ersonalidad !ur"dica #rivada de #lenoderec&o % #odr$n ad.uirir derec&os % contraer oligaciones en el territorio de los dem$sEstados #arte, con las restricciones estalecidas #or dic&a le% % #or las le%es de estos4ltimos, en es#ecial en lo .ue res#ecta a los actos !ur"dicos re'erentes a derec&os reales %sin #er!uicio de invocar, en su cave, la inmunidad de !urisdiccin(

    Art"culo :< Las #ersonas !ur"dicas internacionales creadas #or un acuerdo internacionalentre Estados #arte o #or una resolucin de una organizacin internacional, se regir$n #orlas esti#ulaciones del acuerdo o resolucin de su creacin % ser$n reconocidas de #lenoderec&o como su!etos de derec&o #rivado en todos los Estados #arte del mismo modo.ue las #ersonas !ur"dicas #rivadas % sin #er!uicio de invocar, en su cave, la inmunidad de

    !urisdiccin(

    Art"culo 9< La le% declarada a#licale #or esta Convencin #odr$ no ser a#licada enterritorio del Estado )arte .ue la considere mani'iestamente contraria a su orden #4lico(

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    16/25

    Art"culo 3< La #resente Convencin estar$ aierta a la 'irma de los Estados miemros dela Organizacin de los Estados Americanos(

    Art"culo 33< La #resente Convencin est$ su!eta a rati'icacin( Los instrumentos derati'icacin se de#ositar$n en la ecretar"a eneral de la Organizacin de los Estados

    Americanos(

    Art"culo 31< La #resente Convencin .uedara aierta a la ad&esin de cual.uier otroEstado( Los instrumentos de ad&esin se de#ositar$n en la ecretar"a eneral de laOrganizacin de los Estados Americanos(

    Art"culo 3>< Cada Estado #odr$ 'ormular reservas a la #resente Convencin al momentode 'irmarla, rati'icarla o al ad&erirse a ella, siem#re .ue la reserve verse sore una o m$sdis#osiciones es#ec"'icas(

    Art"culo 3;< La #resente Convencin entrar$ en vigor el trig-simo d"a a #artir de la 'ec&aen .ue &a%a sido de#ositado el segundo instrumento de rati'icacin(

    )ara cada Estado .ue rati'i.ue la Convencin o se ad&iera a ella des#u-s de &aer sido

    de#ositado el segundo instrumento de rati'icacin, la Convencin entrar$ en vigor eltrig-simo d"a a #artir de la 'ec&a en .ue tal Estado &a%a de#ositado su instrumento derati'icacin o ad&esin(

    Art"culo 3@< Los Estados #arte .ue tengan dos o m$s unidades territoriales en las .ueri!an distintos sistemas !ur"dicos relacionados con cuestiones tratadas en la #resenteConvencin, #odr$n declarar, en el momento de la 'irma, rati'icacin o ad&esin, .ue laConvencin se a#licar$ a todas sus unidades territoriales o solamente a una o m$s deellas(

    Tales declaraciones #odr$n ser modi'icadas mediante declaraciones ulteriores, .uees#eci'icar$n e+#resamente la o las unidades territoriales a las .ue se a#licar$ la

    #resente Convencin( Dic&as declaraciones ulteriores se transmitir$n a la ecretar"aeneral de la Organizacin de los Estados Americanos % surtir$n e'ecto treinta d"asdes#u-s de reciidas(

    Art"culo 32< La #resente Convencin regir$ inde'inidamente, #ero cual.uiera de losEstados #arte #odr$ denunciarla( El instrumento de denuncia ser$ de#ositado en laecretar"a eneral de la Organizacin de los Estados Americanos( Transcurrido un ao,contado a #artir de la 'ec&a de de#sito del instrumento de denuncia, la Convencincesar$ en sus e'ectos #are el Estado denunciante, .uedando susistente #ara los dem$sEstados #arte(

    Art"culo 3?< El instrumento original de la #resente Convencin, cu%os te+tos en es#aol,

    'ranc-s, ingl-s % #ortugu-s son igualmente aut-nticos, ser$ de#ositado en la ecretar"aeneral de la Organizacin de los Estados Americanos, la .ue enviar$ co#ia aut-ntica desu te+to a la ecretar"a de las Naciones Unidas, #are su registro % #ulicacin, decon'ormidad con el art"culo 31 de su Carta constitutiva( La ecretar"a eneral de laOrganizacin de los Estados Americanos noti'icar$ a los Estados miemros de dic&aOrganizacin % a los Estados .ue se &a%an ad&erido a la Convencin, las 'irmas, losde#sitos de instrumentos de rati'icacin, ad&esin % denuncia, as" como las reserves .ue

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    17/25

    &uiere( Tami-n les transmitir$ las declaraciones #revistas en el art"culo 3@ de la#resente Convencin(

    EN E DE LO CUAL, los )leni#otenciarios in'rascritos, deidamente autorizados #or susres#ectivos goiernos, 'irman la #resente Convencin(

    0EC0A EN LA CIUDAD DE LA )A, 8OLIPIA, el d"a veinticuatro de ma%o de milnovecientos oc&enta % cuatro(

    II.2.1. PAISES SUSCRIPTORES===========================================================================

    PAISES SIGNATARIOS FECHA REF RA/AC/AD REF DEPOSITO INST INFORMA REF

    ===============================================================================

    Bolivi ............. 0!/"#/$# / / / / / /

    B%&il .............. 0!/"#/$# 01/'0/97 0'/"0/97 RA / /

    C(ile ............... 0!/"#/$# / / / / / /

    Colo*)i ............ 0!/"#/$# / / / / / /E+,-o% ............. 0!/"#/$# / / / / / /

    G,e*l ........... 01/"9/91 0#/"9/9" 07/09/9" AD / /

    Hii ............... 0!/"#/$# / / / / / /

    Mi+o .............. 1"/0"/$6 0"/11/$7 D 06/1"/$7 RA / /

    Ni+%3, ........... 0!/"#/$# 0$/"#/99 11/09/99 RA / /

    %,3,4 ............. 0!/"#/$# / / / / / /

    8eez,el ........... 0!/"#/$# / / / / / /

    ===============================================================================

    REF = REFERENCIA INST = TIPO DE INSTRMENTO

    D = DECARACION RA = RATIFICACION

    R = RESER8A AC = ACEPTACION

    INFORMA = INFORMACION RE:ERIDA POR E TRATADO AD = ADHESION

    II.2.2. RESUMEN&Esta Convencin, .ue de'ine B#ersona !ur"dicaB como toda entidad .ue tenga e+istencia %#ersonalidad #ro#ia, distintas a las de sus miemros o 'undadores, % .ue sea cali'icadacomo #ersona !ur"dica seg4n la le% del lugar de su constitucin( Con relacin a lae+istencia, ca#acidad, derec&os, oligaciones, 'uncionamiento, disolucin % 'usin dedic&as #ersonas, la Convencin estalece la le% del lugar de su constitucin como la le%a#licale( Con relacin al e!ercicio de los actos com#rendidos en el o!eto social de dic&a#ersona, la Convencin estalece la le% del lugar donde dic&os actos se realizan como lale% a#licale( As" mismo, la Convencin estalece .ue a.uellas #ersonas !ur"dicasdeidamente constituidas en un Estado ser$n reconocidas de #leno derec&o en losdem$s( in emargo, dic&o reconocimiento no e+clu%e la 'acultad del Estado #ara e+igirla com#roacin de su e+istencia con'orme a la le% del lugar de su constitucin(

    Cuando estas entidades !ur"dicas #retendan estalecer la sede e'ectiva de suadministracin en un Estado distinto al de su constitucin, estas #odr$n ser oligadas acum#lir con los re.uisitos estalecidos en la legislacin de este 4ltimo( Esta convencintami-n se re'iere a las #ersonas !ur"dicas de derec&o #4lico .uienes gozan de#ersonalidad !ur"dica #rivada de #leno derec&o % .uienes #ueden ad.uirir derec&os %contraer oligaciones en el territorio de los dem$s Estados, con las restricciones

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    18/25

    estalecidas #or las le%es de estos 4ltimos % sin #re!uicio de invocar, en ese caso, lainmunidad de !urisdiccin( Dis#osicin an$loga se estalece #ara las #ersonas !ur"dicasinternacionales, cuando su constitucin &a%a surgido #or acuerdo internacional entreEstados #arte o #or resolucin emanada de un organismo internacional( inalmente, laConvencin estalece .ue la le% declarada a#licale #odr$ no ser a#licada en el territoriodel Estado .ue la considere mani'iestamente contraria a su orden #4lico(

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    19/25

    III. CONVENCI"N INTERAMERICANASO#RECOMPETENCIA EN LA ESFERA INTERNACIONAL PARA LAEFICACIA ETRATERRITORIAL DE LAS SENTENCIAS

    ETRANERASLos oiernos de los Estados miemros de la Organizacin de los Estados Americanos,

    ANI/ADO del #ro#sito de asegurar una me!or administracin de !usticia mediante ma%orcoo#eracin !udicial entre los Estados Americanos, %

    CONIDERANDO .ue la e'icaz a#licacin del art"culo 1, inciso d6 de la ConvencinInteramericana sore E'icacia E+traterritorial de las entencias % Laudos AritralesE+tran!eros, 'irmada en la ciudad de /ontevideo el : de ma%o de 39?9, e+ige dis#osiciones.ue eviten con'lictos de com#etencia entre sus Estados #arte,

    0AN CONPENIDO en suscriir la siguiente Convencin Interamericana oreCom#etencia en la Es'era Internacional #ara la E'icacia E+traterritorial de las entenciasE+tran!eras(

    Artculo 1: Con el 'in de otener la e'icacia e+traterritorial de las sentencias e+tran!eras seconsiderar$ satis'ec&o el re.uisito de la com#etencia en la es'era internacional cuando elrgano !urisdiccional de un Estado )arte .ue &a dictado sentencia &uiera tenidocom#etencia de acuerdo con las siguientes dis#osiciones6 en una accin en contrasucursales, agencias o 'iliales de sociedades civiles o mercantiles de car$cter #rivado, laConvencin a#lica si las actividades .ue originaron las res#ectivas demandas se &a%an

    realizado en el Estado )arte donde 'ue #ronunciada la sentencia= ;6 en caso de de 'uerosrenunciales, la Convencin a#lica si el demandado &a%a ace#tado #or escrito lacom#etencia del rgano !urisdiccional .ue #ronunci la sentencia, o si, a #esar de &aercom#arecido en el !uicio, no &a%a cuestionado o#ortunamente la com#etencia de dic&organo(

    Con res#ecto a acciones sore ienes mueles cor#orales, la Convencin a#lica a!o lossiguientes su#uestos< 36 .ue al momento de entalarse la demanda, los ienes &a%anestado situados en el territorio del Estado )arte donde 'ue #ronunciada La sentencia= o 16.ue se diere cual.uiera de los su#uestos #revistos #ara una accin en contra de una#ersona(

    Con res#ecto a acciones sore ienes inmueles, la Convencin a#lica si la #ro#iedad&a%a estado situada en el territorio del Estado )arte donde 'ue #ronunciada la demanda(

    Con res#ecto a acciones derivadas de contratos mercantiles celerados en la es'erainternacional, la Convencin a#lica si las )artes acordaron #or escrito someterse a la

    !urisdiccin del Estado )arte donde se #ronunci la sentencia, siem#re % cuando talcom#etencia no &a%a sido estalecida en 'orma ausiva % &a%a e+istido una cone+inrazonale con el o!eto de la controversia(

    inalmente, con res#ecto a las contra7demandas, la Convencin a#lica a!o los siguientessu#uestos< 36 si al considerar la contra7demanda como una accin inde#endiente, se&uiera cum#lido con las dis#osiciones anteriores #ara acciones en contra de una#ersona o en contra de ienes= o 16 si la demanda #rinci#al &a cum#lido con lasdis#osiciones anteriores % la contra7demanda se 'undament en el acto o &ec&o en .ue seas la demanda #rinci#al(

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    24/25

    CONCLUSIONES

    Estalecer el deslinde entre el contenido de estudio % cam#o de a#licacin del derec&o

    interno % el dereco internacional #4lico &a #ermitido .ue en #rinci#io conclu%amos .ueen el derec&o interno los su!etos de las normas !ur"dicas internas son las #ersonas#rivadas, los individuos .ue viven, domicilian o residen en 'orma &aitual dentro de unEstado determinado % .ue el medio de a#licacin o el $mito donde se a#lican las reglas

    !ur"dicas internas es dentro del territorio de cada Estado, dentro de la 'rontera del Estado,en el caso del )er4, dentro de la 'rontera del Estado #eruano(

    La situacin #lanteada determina sostener .ue no e+iste la m"nima duda o incertidumreres#ecto a la com#etencia del derec&o interno, ni de su origen o nacimiento de las reglas

    !ur"dicas, ni de la e'ectividad de la sancin( As" como tam#oco e+iste duda o inseguridaden cuanto a la a#licacin de la le% u ordenamiento !ur"dico .ue resolver$ las relaciones

    !ur"dicas .ue entalen, inician o sostengan las #ersonas #rivadas o su!etos, as" como

    tam#oco e+iste duda res#ecto a la com#etencia el triunal .ue tenga .ue resolver unacontroversia o un con'licto de intereses, o .ue tenga .ue reconocer o declarar underec&o(

    Ello nos conlleva en 'orma conclu%ente a sostener .ue los su!etos de las relaciones!ur"dicas internas tienen la asoluta certeza % seguridad !ur"dica de cu$l ser$ la le%a#licale a las relaciones !ur"dicas .ue estalezcan, entalen o tengan, as" como tami-ntendr$n la certeza % seguridad !ur"dica de cu$l ser$ el triunal com#etente .ue resolver$sus controversias, sus di'erendos, sus con'lictos de intereses( A di'erencia del derec&ointerno el o!eto de estudio del Derec&o Internacional )rivado est$ orientado a regular lasrelaciones !ur"dicas #rivadas donde e+istan cu$ndo menos un elemento internacionalrelevante, #ara determinar la le% a#licale, el !uez com#etente % la 'utura e!ecucin de la

    sentencia en el e+tran!ero(

    Ello signi'ica en de'initiva .ue el Derec&o Internacional )rivado se en'renta a un #rolema(El #rolema de regular !ur"dicamente un su#uesto con elementos e+tran!eros, o me!ordic&o una situacin o relacin cu%os elementos no se localizan o uican en un 4nicoordenamiento !ur"dico, sino .ue esos elementos est$n vinculados con otrosordenamientos !ur"dicos(

    En consecuencia son relaciones !ur"dicas #rivadas .ue &an trascendido o tras#asado losl"mites territoriales de un Estado, situacin .ue conlleva a .ue dic&as relaciones sevinculen a otros sistemas !ur"dicos( Es decir si las relaciones !ur"dicas se estalecieranentre nacionales % dentro de un Estado determinado no tendr"a razn de e+istir el

    Derec&o Internacional

  • 7/24/2019 Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Paz 1984

    25/25

    #I#LIO%RAFIA 8AADRE AQULO, Forge Derec&o Internacional )rivado( Lima( ri!le%( 1( ARCA CALDERN, /anuel( Derec&o Internacional )rivado( Lima( ondo Editorial de la Universidad /a%or de an /arcos, 3929( DELADO 8ARRETO, C-sar, DELADO /ENENDE, /ar"a Antonieta, CANDELA SNC0E, C-sar Lincoln( Introduccin al Derec&o Internacional )rivado( Tomo I Con'licto de Le%es 7 )arte eneral( Lima( ondo Editorial de la

    )onti'icia Universidad Catlica del )er4( 1;( TOPAR IL, /ar"a del Carmen, TOPAR IL, Favier, Derec&o Internacional

    )rivado(Lima( undacin /(F( 8ustamante de la uente( 39:?(