Consulta Popular: Treinta Años No Es Nada

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Consulta popular: treinta años no es nada Américo Schvartzman* El 25 de noviembre de 1984 la ciudadanía argentina votaba por primera vez (y también por última, hasta ahora) en una consulta popular, aprobando el acuerdo de paz con Chile. Diez años después, la Constitución incorporó la posibilidad de que la ciudadanía tome decisiones legislativas o se exprese sobre medidas propias del Ejecutivo. Pero jamás se puso en práctica en el orden nacional. El sistema político de la Argentina es hostil a la participación ciudadana. Las pocas consultas que se hicieron fueron locales y literalmente “arrancadas” al poder político. Por iniciativa del presidente Alfonsín, el 25 de noviembre de 1984 se plebiscitó el Tratado de Paz y Amistad con Chile, que fue aprobado con un impresionante apoyo del 81%. En pocos meses se cumplirán treinta años de este suceso histórico: fue la primera vez que en la Argentina se consultó a la ciudadanía antes de comprometer una política de Estado. La primera vez… y –por ahora– la última. Es una curiosidad bien nuestra: la única consulta popular se realizó cuando esa herramienta aún no era legal. La empujó la convicción de un Presidente de que ninguna otra vía cerraría razonablemente un tema que se prestaba a agudas controversias. Y así fue. A dos años de la guerra de Malvinas, para Alfonsín era evidente que la ciudadanía no era partidaria de mantener un conflicto limítrofe con Chile. Diez años después, en la reforma constitucional de 1994 el mecanismo de las consultas populares se incorporó al texto de la Carta Magna, en el artículo 40. Esa incorporación fue presentada como una de las novedades progresistas que justificaban la Reforma (y de paso también, el Pacto de Olivos, otra acción controvertida posibilitada por la convicción de la misma persona que decidió aquella consulta por el Beagle, pero ya ex Presidente).

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Por Américo SchvartzmanEl 25 de noviembre de 1984 la ciudadanía argentina votaba por primera vez (y también por última, hasta ahora) en una consulta popular, aprobando el acuerdo de paz con Chile. Diez años después, la Constitución incorporó la posibilidad de que la ciudadanía tome decisiones legislativas o se exprese sobre medidas propias del Ejecutivo. Pero jamás se puso en práctica en el orden nacional. El sistema político de la Argentina es hostil a la participación ciudadana. Las pocas consultas que se hicieron fueron locales y literalmente “arrancadas” al poder político.

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Consulta popular: treinta aos no es nadaAmrico Schvartzman*

El 25 de noviembre de 1984 la ciudadana argentina votaba por primera vez (y tambin por ltima, hasta ahora) en una consulta popular, aprobando el acuerdo de paz con Chile. Diez aos despus, la Constitucin incorpor la posibilidad de que la ciudadana tome decisiones legislativas o se exprese sobre medidas propias del Ejecutivo. Pero jams se puso en prctica en el orden nacional. El sistema poltico de la Argentina es hostil a la participacin ciudadana. Las pocas consultas que se hicieron fueron locales y literalmente arrancadas al poder poltico. Por iniciativa del presidente Alfonsn, el 25 de noviembre de 1984 se plebiscit el Tratado de Paz y Amistad con Chile, que fue aprobado con un impresionante apoyo del 81%. En pocos meses se cumplirn treinta aos de este suceso histrico: fue la primera vez que en la Argentina se consult a la ciudadana antes de comprometer una poltica de Estado. La primera vez y por ahora la ltima. Es una curiosidad bien nuestra: la nica consulta popular se realiz cuando esa herramienta an no era legal. La empuj la conviccin de un Presidente de que ninguna otra va cerrara razonablemente un tema que se prestaba a agudas controversias. Y as fue. A dos aos de la guerra de Malvinas, para Alfonsn era evidente que la ciudadana no era partidaria de mantener un conflicto limtrofe con Chile.Diez aos despus, en la reforma constitucional de 1994 el mecanismo de las consultas populares se incorpor al texto de la Carta Magna, en el artculo 40. Esa incorporacin fue presentada como una de las novedades progresistas que justificaban la Reforma (y de paso tambin, el Pacto de Olivos, otra accin controvertida posibilitada por la conviccin de la misma persona que decidi aquella consulta por el Beagle, pero ya ex Presidente). De esto pasaron casi veinte aos. All se establecieron dos modalidades: la consulta vinculante, convocada por el Congreso y que no puede ser vetada por el Ejecutivo, y se promulga de manera automtica si el voto popular es afirmativo. En cambio, la otra versin, no vinculante, puede convocarla tambin el Ejecutivo. Qu dice el artculo 40? El Congreso, a iniciativa de la Cmara de Diputados, podr someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podr ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nacin lo convertir en ley y su promulgacin ser automtica. () El Congreso, con el voto de la mayora absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cmara, reglamentar las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.Como se ve, la Constitucin no pone lmites temticos a la consulta, sino que lo deja en manos del Congreso. En teora, la ciudadana podra opinar o decidir (depende el caso) en cualquier materia, aunque sobre esto hay polmica entre los constitucionalistas. De todos modos el Congreso, aunque no lo hizo enseguida, estableci lmites a travs de la ley reglamentaria, la 25.432, aprobada en 2001. Esa ley est todava flamante. Joya, nunca taxi, sin uso. Y no es que en todos estos aos no haya habido propuestas de consulta popular. Falt voluntad. Sealo algunas de las que llenan cajones del Congreso: que la ciudadana se expida sobre la posible privatizacin del sector nucleoelctrico argentino (1995); sobre el ingreso de la Argentina al ALCA y sobre la deuda externa argentina (ambas de 2002); sobre el cumplimiento del 82 por ciento mvil en el pago de jubilaciones y pensiones (2010). No son las nicas. Y nunca fueron tratadas. Es que el sistema poltico argentino es abiertamente hostil a la participacin ciudadana. Ni siquiera en mbitos locales (reducidos en poblacin y, en teora, ms amables a la deliberacin ciudadana) se recurre a este mecanismo. Salvo como excepcin. Y esas excepciones fueron arrancadas al poder poltico, como el emblemtico caso de Esquel, en 2003, en rechazo a la minera a cielo abierto.Son raras las convocatorias desde el poder poltico a que la ciudadana se expida sobre alguna temtica. Pero las ha habido. El pueblo de Misiones vot en 1996 ante la propuesta (de Nacin y Provincia) de construir la represa de Corpus (que inundara miles de hectreas y afectara a miles de personas). El 88 por ciento rechaz la obra hidroelctrica. Desde entonces, por ley provincial, para realizar emprendimientos de este tipo, se necesita una consulta vinculante. El actual gobernador, Maurice Closs, que impulsa la de Garab, sigue hasta ahora sin convocarla.Es que las consultas populares, bien miradas, son una incmoda forma de democracia: desde que se pone la fecha hasta el momento de la eleccin, la ciudadana discute todos los matices del asunto a resolver. Se abre as un proceso de deliberacin que deja vislumbrar una forma distinta de decidir sobre los problemas comunes. Una manera que se aproxima (peligrosamente) a lo que los estudiosos de la filosofa poltica conocen como democracia deliberativa. Un concepto que tiene dos principios bsicos: uno, que el nfasis de la democracia no puede reducirse al momento de la emisin del voto, sino al proceso de formacin de la opinin que dar forma a ese voto. Dos: que una poltica que afectar a la poblacin, debe ser resuelta con la participacin de los afectados.Cuando se miran los resultados de las escasas consultas populares realizadas, se comprende por qu el poder poltico las rechaza: Misiones, 88 por ciento. Esquel, 81 por ciento. Ambas en contra. Cuando se consult a la poblacin, sta dijo rotundamente que no a los planes elaborados por su dirigencia. La brecha entre la legitimidad de los representantes y la ilegitimidad de sus iniciativas fue borrada de un plumazo con la intervencin ciudadana. Eso explica la hostilidad del sistema poltico argentino hacia este mecanismo de participacin popular. Y habla muy mal de l, claro.

*Autor de Deliberacin o dependencia. Ambiente, licencia social y democracia deliberativa (Prometeo 2013)