CONTABILIDAD ELECTRONICA
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REQUISITOS PARA LLEVAR CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
CONCEPTO DE CONTABILIDAD
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Contabilidad : es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan
económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información
financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen las
transacciones, transformaciones internas y otros eventos
NIF A-1 PÁRRAFO 3
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Se entiende por documento digital todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
ART. 17 –D FRACCIÓN VI
CFF
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DEFINICION DEL PORTAL DEL SAT
La Contabilidad electrónica es el registro de las transacciones en medios electrónicos que realizan los contribuyentes y el envió de archivos en formato XML a través del Buzón Tributario.
Con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a dos
millones de pesos y arrendamiento (siempre y cuando no utilicen la aplicación
“MIS CUENTAS”).
PERSONAS FISICAS
incluidas las personas morales con fines no lucrativos.
PERSONAS MORALES
¿QUIENES ESTÁN OBLIGADOS?
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ARCHIVOS
CATALAGO DE
CUENTAS
BALANZA DE COMPROBACIÓN
PÓLIZAS Y AUXILIARES
SE ENVÍA 1 SOLA VEZ
SE ENVIAMENSUALMENTE
CADA QUE LA AUTORIDAD LO REQUIERA
ART. 33 CODIGO DE COMERCIO
ESTA OBLIGADO
ESTE
MEDIANTE
EL COMERCIANTE
A LLEVAR Y MANTENER UN
SISTEMA DE CONTABILIDAD
ADECUADO
PODRA LLEVARSE
LOS INSTRUMENTOS
LOS RECURSOS
LOS SISTEMAS DE REGISTROS Y
PROCESAMIENTOS
QUE MEJOR SE ACOMODEN A LAS CARACTERISTICAS PARTICULARES
DEL NEGOCIO
REQUSITOS
D)conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos
estados
A) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características
C) preparación de los estados
B) seguir la huellaE) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones,
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Los libros
Sistemas de registros contables
Papeles de trabajo
Estado de cuenta
Cuentas especiales
Libros y registros sociales
Control de Inventarios y
método de val.
Discos y cintas o cualquier otro
método de almacenamiento
Los sistemas o sistemas
electorales de registro fiscal
Documentación comprobatoria de los registros
contables.
ARTICULO 28 CFF
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• GAS NATURAL• GASOLINA• DIESEL
PERSONASQUE
ENAJENEN
• COMBUSTION • AUTOMOTRIZ• GAS LICUADO DE
PETROLEO
PARAABIERTOS AL PUBLICO EN GENERAL
EN ESTABLECIMIENTOS
DEBERAN LLEVAR CONTROLES VOLUMÉTRICOS
Y FORMARAN PARTE DE LA CONTABILIDAD
ARTICULO 28 CFF
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sin que por ello se considere que se lleva la contabilidad fuera del domicilio mencionado.
CONTRIBUYENTE
Llevarán la contabilidad en su domicilio fiscal.
procesaran a través de medios electrónicos
datos e información de su contabilidad en lugar distinto a su domicilio fiscal.
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ARTICULO 33
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I. Los registros o asientos contables auxiliares, incluyendo el catálogo de cuentas que se utilice para tal efecto, así como las pólizas de dichos registros y asientos
II. Los avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes, así como su documentación soporte
III. Las declaraciones anuales,
informativas y de pagos provisionales,
mensuales, bimestrales, trimestrales o
definitivos;
IV. Los estados de cuenta bancarios y las
conciliaciones de los depósitos y retiros
respecto de los registros contables
V. Las acciones, partes sociales y
títulos de crédito en los que sea
parte el contribuyente
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VI• La documentación relacionada con la contratación de personas físicas que presten
servicios personales subordinados, así como la relativa a su inscripción y registro o avisos realizados en materia de seguridad social y sus aportaciones;
VII• La documentación relativa a importaciones y exportaciones en
materia aduanera o comercio exterior;
VIII
• La documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades, los cuales deberán asentarse conforme a los sistemas de control y verificación internos necesarios, y
IX
• Las demás declaraciones a que estén obligados en términos de las disposiciones fiscales aplicables.
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ARTICULO 34
conservar y almacenar como parte integrante de su contabilidad toda la documentación relativa al diseño del sistema electrónico donde almacena y procesa sus datos contables y los diagramas del mismo
poniendo a disposición de las Autoridades Fiscales el equipo y sus operadores para que las auxilien cuando éstas ejerzan sus facultades de comprobación
cumplir con las NOM correspondientes vinculadas con la generación y conservación de documentos electrónicos
EL CONTRIBUYENTE DEBERA:
El contribuyente que se encuentre en suspensión de
actividades
deberá conservar su contabilidad en el último
domicilio que tenga manifestado en el RFC
si con posterioridad desocupa el domicilio
consignado ante el referido registro
deberá presentar el aviso de cambio de domicilio
fiscal,.
en el cual deberá conservar su contabilidad durante el
plazo que establece el artículo 30 del Código
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Los contribuyentes
• podrán optar por respaldar y conservar su información contable
en discos ópticos
o en cualquier otro medio electrónico
que mediante reglas de carácter general autorice
el SAT
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La documentación a que se refiere el párrafo anterior de
este artículo y la contabilidad, deberán conservarse durante un
plazo de cinco años,
• contado a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas relacionadas.
a disposición de las autoridades, toda documentación
relacionada con el cumplimiento de las
disposiciones fiscales.
ART. 30 CFF
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ARTICULO 32 LIVA
I.Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su
Reglamento.
VIII Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus
proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le
fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el
contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día
17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
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ARTICULO 76 ISR
I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y
II. Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen.
III. Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México
ARTICULO 19 LIESPS
OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Llevar contabilidad y efectuar la separación de las operaciones, desglosadas por tasas.
FRACCION I
Expedir comprobantes fiscales, sin el traslado en forma expresa y por separado del impuesto establecido en esta Ley, salvo tratándose de la enajenación de los bienes
FRACCION II
• Presentación de Declaraciones e informes
FRACCION III
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CONCLUSIÓN
La Contabilidad es un sistema que lleva el control de las actividades
de las personas tanto físicas como morales; su esencia es ayudar en
la toma de decisiones, pero con las recientes reformas, su función
fundamental pareciera estar cambiando. Ahora ya no será con la
finalidad de informar la situación financiera, sino será utilizada
principalmente como medio de fiscalización de las autoridades. Si
bien esta es la forma más sencilla de comprobar que el contribuyente
está cumpliendo con sus actividades fiscales, especialmente con el
pago de impuestos.
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http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/contabilidad-electronica-por-que-y-que-hacer.htmlhttp://www.slideshare.net/todoconta/la-contabilidad-electronica-fiscal-versin-11https://www.youtube.com/watch?v=l9Jckl8WgwEhttp://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/contabilidad_electronica.aspxhttp://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/resolucion_miscelanea_2016.aspx
BIBLIOGRAFIA
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