CONTENIDO BÁSICO DEL ICMA (Forma DECA 019) PUENTE LA DEMOCRACIA.doc

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Página 1 de 7 Forma DECA 019 NUEVO FORMATO ICMA NUEVO FORMATO ICMA DEPARTAMENTO EPARTAMENTO DE DE CONTROL ONTROL  DECA DECA  / / SERNA SERNA FORMA DECA 019: FORMA DECA 019: CONTENIDO ONTENIDO B BÁSICO ÁSICO DE DE  LOS LOS I I NFORMES NFORMES DE DE  C CUMPLIMIENTO UMPLIMIENTO DE DE  MEDIDAS EDIDAS Los Informes de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA) serán de carácter periódico y tendrán como obje ti vo primor dial documentar el cumpli mient o de las Medidas de Control Ambiental (MCA’s) establecidas en los Contratos que los proyectos ayan suscrito con la !"#$A u otra autoridad acredi tada por la misma% de manera que permita reali&ar el control y se'uimiento ex sit u de aquellas actividades sus cep tib les de de' radar o contaminar el ambiente Abreviatura ! Si"#a: ICF Instituto de Co nservación *orestal% +r eas ,rote'idas y -i das !ilvestre CESCCO Cen tro de "studio s y Co ntrol de Contaminantes C$%u#t$r "mpresa o ,restador Individual de !ervicios Ambientales debidamente inscritos en el #e'istro de ,restadores de !ervicios Ambientales de la ."CA/ !"#$A DECA .ir ección 0eneral de " val uac ión y C ontrol Ambiental DEFOMIN .ir ección "jecutiva de *omento a la Miner1a DI&EPESCA .ir ección 0en eral de ,esca y A cuicultura ICMA Informe de Cumpli miento de Medidas Ambientales MCA Medida de Control Ambiental (Medidas de pr evención% miti 'ación% corrección y compensación ambiental) P&A ,lan de 0estión Ambiental PMA ,lan de Monitoreo Ambiental SA& !ecretar1 a de A' ricultu ra y 0an ader1 a SENASA !erv icio $acional de !e'uridad A'ropecuaria SERNA !ecr etar 1a de #ecurs os $aturales y Amb iente SINEIA !ist ema $acional de " val uac ión de Impact o Ambien tal UEA 2nidad "mpr esarial Ambiental U&A 2nidad de 0e stión Ambiental UMA 2nidad Munici pa l Ambiental ' ,lural

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FORMA DECA 0

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Forma DECA 019

NUEVO FORMATO ICMA

Departamento de Control

deca / serna

FORMA DECA 019:

Contenido Bsico de los Informes de Cumplimiento de Medidas

Los Informes de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA) sern de carcter peridico y tendrn como objetivo primordial documentar el cumplimiento de las Medidas de Control Ambiental (MCAs) establecidas en los Contratos que los proyectos hayan suscrito con la SERNA u otra autoridad acreditada por la misma, de manera que permita realizar el control y seguimiento ex situ de aquellas actividades susceptibles de degradar o contaminar el ambiente.

Abreviaturas y Siglas:

ICF:Instituto de Conservacin Forestal, reas Protegidas y Vidas Silvestre

CESCCO:Centro de Estudios y Control de Contaminantes

Consultor :Empresa o Prestador Individual de Servicios Ambientales debidamente inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios Ambientales de la DECA/ SERNA.

DECA:Direccin General de Evaluacin y Control Ambiental

DEFOMIN:Direccin Ejecutiva de Fomento a la Minera

DIGEPESCA:Direccin General de Pesca y Acuicultura

ICMA:Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales

MCA :Medida de Control Ambiental (Medidas de prevencin, mitigacin, correccin y compensacin ambiental)

PGA:Plan de Gestin Ambiental

PMA:Plan de Monitoreo Ambiental

SAG:Secretara de Agricultura y Ganadera

SENASA:Servicio Nacional de Seguridad Agropecuaria

SERNA:Secretara de Recursos Naturales y Ambiente

SINEIA:Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental

UEA:Unidad Empresarial Ambiental

UGA:Unidad de Gestin Ambiental

UMA:Unidad Municipal Ambiental

s:Plural

Para la elaboracin de los ICMA se tomar como gua el contenido bsico que se presenta a continuacin:

I. Portada

1. Nombre del Proyecto;

2. Cdigo(s) de Expediente(s) del proyecto en la SERNA. (Ejemplos: Expediente No. 220-96, Expediente No. 2004-A-317);

3. Cdigo(s) de Permiso(s) Ambiental(es) y fecha(s) de otorgamiento;

4. Perodo al que pertenece el ICMA (trimestre, semestre, ao, etc. Ejemplo: 1er Trimestre de 200__, 2 Semestre de 200__, Ao 200__);

5. Nombre de (los) autor(es) del ICMA;

6. Fecha de elaboracin del ICMA (da, mes, ao);

II. Datos Generales

1. Nombre de la Sociedad Mercantil propietaria del proyecto o nombre del dueo del proyecto (cuando aplique), direccin, telfono, fax, correo electrnico, pgina web;

2. Nombre del Titular de Contrato(s) suscrito(s) con la SERNA u autoridad acreditada por la misma, direccin, telfono, fax, correo electrnico, pgina web;

3. Ubicacin del proyecto (casero(s), aldea(s), colonia(s), Municipio(s), Departamento(s));

4. Datos de (los) autor(es) del ICMA:

a) Si el ICMA es elaborado por personal dentro de la estructura administrativa permanente de la empresa, incluir: Nombre(s) de (los) autor(es), formacin profesional, cargo(s) y nombre(s) de Departamento(s) a que pertenece(n) dentro de la estructura administrativa permanente de la empresa.

b) Si el ICMA es elaborado por un consultor o empresa consultora, incluir: Nombre(s), formacin profesional, nmero(s) de registro, clasificacin (Temas Generales o Generalista/ Especialista).

III. Contenido del Informe

Deber presentarse el contenido de cada uno de los captulos y anexos del ICMA, indicando el nmero de pgina, de manera que permita la expedita ubicacin de los diferentes temas de inters para el lector.

IV. Introduccin

Deber incluirse una introduccin no mayor a dos (2) pginas que presente de manera clara y concisa el propsito y alcance del ICMA correspondiente al perodo.

V. Cumplimiento de las MCAs

En este apartado, se copiarn textualmente cada una de las MCAs establecidas en el (los) Contrato(s) suscrito(s) con la SERNA u autoridad acreditada por la misma.

Para cada medida, el ICMA deber presentar de manera clara y concisa lo siguiente:

1. Acciones realizadas por el Titular para la implementacin de la MCA (desglose de actividades, avances logrados en cuanto a su implementacin, as como la fase del proyecto en la cual se implement).

2. Nombre(s) de responsable(s) directo(s) de la implementacin de la MCA.

3. Documentacin fotogrfica que refleje la implementacin de la MCA.

4. Interpretacin de los resultados de los anlisis y mediciones efectuadas (cuando aplique) de contaminacin snica o ruido, emisiones atmosfricas, partculas en suspensin (PM10), efluentes (aguas residuales), aguas subterrneas, aguas superficiales, suelo, etc., incluyendo cuadros en donde se hagan comparaciones entre los valores registrados y los niveles permisibles establecidos en la normativa nacional o internacional vigente aplicable. (Los anlisis debern ser realizados por un ente certificado, asimismo incluir la normativa y los parmetros utilizados)

5. Referencias a medios de verificacin de cumplimiento de la MCA, incluidos en los anexos del ICMA (mapas, planos a escala, constancias de cumplimiento en materia ambiental y seguridad laboral e industrial, copia de informes tcnicos de monitoreo de contaminantes (cuando aplique), resultados de anlisis de laboratorio de muestras de contaminantes (cuando aplique), as como los informes tcnicos de inspecciones realizadas por las UMAs y dems autoridades competentes o acreditadas por la SERNA).

Para aquellos casos en donde la MCA no se haya podido implementar debidamente o exista incumplimiento de los parmetros establecidos en las normativas aplicables, el ICMA discutir lo siguiente:

Justificacin (tcnica, econmica, entre otros) del incumplimiento;

Acciones realizadas por el Titular para corregir dicha problemtica (Medida(s) correctiva(s) implementada(s)).

Responsable(s) directo(s) de la implementacin de la(s) medida(s) correctivas(s).

Perodo/cronograma de implementacin de la(s) medida(s) correctiva(s).

6. Descripcin de las MCAs adicionales a las establecidas en el Contrato suscrito con la SERNA o Autoridad acreditada por la misma que el Titular haya implementado durante el perodo, sea por iniciativa propia o en apego a las recomendaciones de la UMA respectiva u otra autoridad competente; asimismo las actividades realizadas para lograr su implementacin y los avances logrados en cuanto a su implementacin durante el perodo;VI. Cuadro Resumen

El ICMA incluir un cuadro resumen de cumplimiento por parte del proyecto de las MCAs establecidas en el Contrato suscrito con SERNA o Autoridad acreditada por la misma, as como aquellas medidas adicionales que el Titular, UMA u otra autoridad competente considere necesario implementar, haciendo las distinciones correspondientes.

Dicha informacin se presentar de la siguiente manera:

NMEDIDAS DE CONTROL AMBIENTAL

CUMPLIMIENTO

MEDIO DE VERIFICACINOBSERVACIONES

S

NONA

ETAPA DE CONSTRUCCION

Biota

1

De ser posible la tala de vegetacin arbrea en el rea de la rehabilitacin, el proponente solicitar al representante del Instituto de Conservacin Forestal en esa regin, la autorizacin correspondiente

2"

El contratista se comprometer a proteger en la medida de lo posible la vegetacin arbustiva, arbrea y gramnea adyacente a la va y a los sitios de prstamo. En caso que se necesiten rboles para utilizar su madera, deber hacerse utilizando criterios de manejo (raleo, poda), con el apoyo de la Unidad Municipal Ambiental de El Progreso. El contratista est comprometido a evitar los incendios forestales en su rea de accin."

"

3Queda terminantemente prohibida tanto la casa, captura y extraccin de fauna, as como la introduccin de especies exticas al sitio que podrn realizar los trabajadores, asimismo, dicha restriccin es aplicable a la extraccin e introduccin de especies exticas vegetales

Hidrologa

4A fin de evitar derrumbes y afectacin a la calidad del agua de cuerpos superficiales, se recomienda la instalacin de akantarillas y alerones cuando corresponda

5La evacuacin de las aguas superficiales que se efectuar en un solo punto, deber poseer las estructuras hidrulicas necesarias, como se disipadores de energa, para evitar la erosin hdrica e inestabilidad de taludes. Por consiguiente, afectacin de cuerpos de agua, causes de ro, corredores intermitentes, temporales o permanentes.

6El contratista no deber proceder a la extraccin de material selecto, ni a usar agua de cursos naturales sin el permiso de la entidad a la que le corresponde su otorgamiento (Municipales, DEFOMIN, UGA/SOPTRAVI), tampoco deber depositar sus aguas de lavado y de desechos a los cursos naturales de agua, ni en predios que puedan afectar la vegetacin existente y la salud humana. La seccin de los sitios de uso y de descarga deber ser aprobados por el supervisor de la obra. Es importante que el contratista tome el alineamiento del cauce o por lo menos el existente antes del ajuste de las obras a l.

Geologa

7SE prohbe el vertido de combustible y desechos de aceites sobre el suelo o a cuerpos de agua superficiales, estos desechos debern ser tratados en lo posible o comercializados para la reutilizacin o transformacin de sus componentes.

8A fin de evitar la compactacin del suelo en reas que poseen un valor productivo apreciable, quedar prohibida la circulacin de la maquinaria y de los vehculos, fuera de los lmites del camino.

9Se recomienda la siembra de rboles nativos de la zona, en secuencia lineal y paralelo al camino, dicha actividad contribuye a la estabilidad y conservacin del suelo, asimismo, evita el arrastre de partculas hacia los cuerpos de agua cercanos.

10Como primera alternativa para el control de la erosin, se preferirn las obras de bioingeniera (tcnicas suaves de ingeniera) en vez de estructuras construidas, que podrn se empleadas para estabilizacin del suelo y de taludes u orillas.

11Implementar un Programa de Mantenimiento Preventivo en todo equipo y maquinaria de extraccin.

12Implementar un Plan de Tratamiento de desechos de combustibles y lubricantes.

13Para evitar accidentes por cada de material del equipo de acarreo durante su traslado, las volquetas debern medirse para que trabajen al lmite de su capacidad.

14Facilitar a los empleados los implementos necesarios de proteccin como cascos, anteojos, mascarillas, etc.

15Implementar un programa de Seguridad Laboral, el cual debe incluir la iluminacin de los sitios de trabajo.

16Sealizar las vas con instrucciones para evitar accidentes.

Calidad del Aire y Control del Ruido.

17Con el propsito de evitar la suspensin de partculas suspendidas y la emisin de significativa de gases y ruido provenientes de la operacin de la maquinaria y equipo, se recomienda adoptar lo siguiente:

a) Establecer lmites prudentes de velocidad en el frente de trabajo.

b) Utilizar lonas durante el acarreo de los materiales.

c) Riego peridico de los frentes de trabajo. No se permitir la utilizacin de aceite quemado para prevenir este impacto.

d) Al momento de efectuar la limpieza del derecho de va, quedar terminantemente prohibido la utilizacin de fuego, a fin de evitar contaminacin de aire por humo, olores desagradables, y afectacin a comunidades por problemas de carcter respiratorio.

III Salud y Seguridad Personal

18El proyecto garantizar el cumplimiento de la Normativa del Cdigo de Trabjo y reglamentos, mediante un certificado que el proponente solicitar al representante del Ministerio de Trabajo y que se concentrar especficamente en los siguientes:a. Implementacin del Reglamento de Seguridad e Higiene.

b. Conformacin de la Comisin de Seguridad e Higiene

c. Dotacin del botiqun para atender primeros auxilios.

d. Otros factores que el representante del Ministerio de Trabajo considere.

e. Abandono o cierre de la obra: El contratista est obligado a entregar las obras completamente acabadas, esto incluye la eliminacin de rocas que presenten riesgos por desprendimiento y pueda afectar la salud de los usuarios de la va. Deber haber inducido el establecimiento de la vegetacin natural y artificial requerida para la proteccin de los taludes que hayan sido durante la construccin

19Debern existir porttiles en relacin mnima de un servicio por cada 10 empleados que labores a tiempo completo, el mantenimiento de los mismos deber efectuarlo una empresa que cuente con los permisos necesarios para las descargas de aguas negras en el Sistema de Alcantarillado Municipal.

20Todo el personal que labora en el proyecto deber cumplir con lo establecido en los Captulos XX al XXiii, del Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Acuerdo Ejecutivo No. STSS-053-04 DEL 19 DE Octubre del 2004.

21El personal que labora en el Proyecto, deber disponer de agua apta para el consumo humano que cumpla con los parmetros establecidos en la Norma Tcnica Nacional para la Calidad del Agua Potable (Decreto No. 84 del 31 de Julio de 1995) publicado por La Gaceta , el 04 de Octubre de 1995.

NA = No aplicaVII. Conclusiones y Recomendaciones

En este apartado se incluirn las principales conclusiones y recomendaciones del responsable de la elaboracin del ICMA, derivadas de las interpretaciones de anlisis de laboratorio de muestras y/o mediciones de contaminantes, as como los dems indicadores del grado de avance en la implementacin o cumplimiento de las MCAs exigidas por la SERNA, autoridades acreditadas por la misma o autoridades competentes.

VIII. Anexos

En esta seccin se incluirn planos y mapas a escala, reglamentos internos, constancias de cumplimiento en materia ambiental, seguridad laboral o industrial extendido por las autoridades competentes as como los Informes Tcnicos de inspecciones que las mismas hayan realizado, acuse de recibo del ICC por parte de las autoridades competentes (UMAs, DEFOMIN/ SERNA, CESCCO/ SERNA, SENASA/ SAG, DIGEPESCA/ SAG, UGAs, Secretara de Salud, Secretara de Trabajo, etc.), as como toda aquella documentacin adicional o complementaria que respalde los medios de verificacin de cumplimiento de las MCAs.

Para el caso de aquellos proyectos que tendrn que realizar muestreos o mediciones peridicas de emisiones atmosfricas, contaminacin snica o descargas de aguas residuales a cuerpos receptores, entre otros, presentarn en este apartado lo siguiente:

Copia de bitcoras de fechas de muestreos o mediciones realizadas;

Copia de resultados de anlisis de laboratorio de muestreos o mediciones realizadas;

Ubicacin ge-referenciada (coordenadas UTM) de los puntos de muestreo o medicin;

Mapa a escala que presente la ubicacin de los puntos de muestreo o medicin;

Informacin correspondiente a las metodologas empleadas para la toma de muestras o realizacin de mediciones;

Cualquier otra informacin adicional pertinente a los muestreos o mediciones efectuadas;

Disposiciones Generales

1. El ICC podr ser elaborado por:

a) Unidades Empresariales Ambientales (UEAs), Departamentos de Gestin Ambiental o personal laborante dentro de la estructura administrativa de la empresa duea del proyecto, responsable por la debida implementacin de las MCAs establecidas en los Contratos suscritos con la SERNA y PGAs. En la elaboracin del ICMA participar al menos un consultor con Categora de Generalista; y uno con Categora de Especialista (cuando se solicite por DECA/SERNA o autoridad acreditada por la SERNA) segn el rubro o sector del proyecto.

b) Un consultor (es). (Ver Apartado de Siglas y Abreviaturas)2. Toda la documentacin fotogrfica que refleje la debida implementacin de las respectivas MCAs, tendr que ser incluida en el apartado denominado Avances en el Cumplimiento de las MCAs dentro del cuerpo del ICMA.

3. Toda la informacin deber ser presentada en el idioma espaol. En caso de presentar informacin en otro idioma, la misma deber ser traducida.

4. La periodicidad con la cual el Titular presentar el ICMA ser establecido por la DECA/SERNA o autoridad acreditada por la SERNA, pudiendo ser sta de carcter trimestral, semestral, anual, etc.

5. La DECA/SERNA, as como las autoridades acreditadas por la SERNA, se reservan el derecho de realizar control y seguimiento al proyecto en el momento que las mismas estimen conveniente, a fin de comprobar la veracidad de la informacin presentada en el ICMA.

6. Toda la informacin presentada dentro del ICMA ser fidedigna. En caso de comprobarse que el Titular haya presentado informacin falsa o haya omitido datos de relevancia en cuanto a los avances logrados en la implementacin de las MCAs o incumplimiento de normativas aplicables, la SERNA proceder a sancionar al Titular y al consultor(es) que hayan participado en la elaboracin del documento.

Cuando aplique a los proyectos

Los principales resultados y avances logrados en la implementacin del PGA (ver Forma DECA 014), formarn la base del contenido de los ICMA que sern presentados a la SERNA, autoridades acreditadas por la misma y autoridades competentes.