Contrato de formación: conferencia sobre sus ventajas y tramitación
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Waribo Consultores S.L. C/ Islas Canarias, 34 | 46023 Valencia | Telf. 963 374 338!
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EL APRENDIZAJE ES EXPERIENCIA, EL RESTO ES
INFORMACIÓN!CONTRATOS DE FORMACIÓN!
EVENTO WARIBO CONSULTORES!
14 DE NOVIEMBRE 2013!!!!
JUAN ANTONIO GARCIA JUESAS!
!!
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¿POR QUÉ LOS CONTRATOS DE
FORMACIÓN!
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MODELO DESCOM���
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MODELO DESCOM���
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MODELO DESCOM���
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CAMINANDO HACIA UN MODELO DUAL DE
CRECIMIENTO COMPETENCIAL!
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HAICA UN MODELO DUAL DE FORMACIÓN���
- CONTRATOS DE FORMACION
- CONTRATO DE COMPATIBILIDAD CON ESTUDIOS
- PLAN DE EMPLEO CONJUNTO
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¿QUÉ ES EL CONTRATO DE FORMACION?!
EL APRENDIZAJE ES EXPERIENCIA, EL RESTO ES INFORMACIÓN!- Albert Einstein - !
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VENTAJAS CONTRATO FORMACION���
COSTE CERO:
Reducción del 100% de las cuotas de la Seguridad Social en los contratos formalizados con desempleados inscritos en la Oficina de Empleo ���
Reducción del 75% de las cuotas empresariales en empresas de más de 250 trabajadores.
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VENTAJAS CONTRATO FORMACION���
DURACIÓN: La duración mínima será de un año y la máxima de tres, modificable por convenio colectivo.
SALARIO: En proporción al tiempo de trabajo efectivo
DESEMPLEO: Se mantiene la protección por desempleo.
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VENTAJAS CONTRATO FORMACION���
BONIFICACIÓN 100% PARA EL AUTÓNOMO AL CONTRATAR A SU HIJO
• Un autónomo puede contratar a su hijo como trabajador por cuenta ajena si es menor de 30 años, independientemente si convive con él o no, con derecho a una bonificación del 100% de las cuotas a las Seguridad Social. También podrá aprovecharse de esta bonificación obtenida a través del contrato de formación, un autónomo sin asalariados en la contratación de un familiar menor de 30 años, que no conviva con él ni esté a su cargo.
Derecho a la prestación por desempleo
• El trabajador tendrá derecho a la prestación por desempleo siempre que:
• No conviva con el familiar.
• Si convive con el familiar, se valorarán datos que prueben el tiempo de prestación de servicios y cotización a la seguridad social, si ha habido una modificación del régimen de afiliación, existencia de un trabajo efectivo, si pertenece a otro núcleo familiar, determinación del grado de parentesco..etc.
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VENTAJAS CONTRATO FORMACION���
REDUCCIÓN POR TRANSFORMACIÓN EN INDEFINIDO: Las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros anuales en el caso de mujeres)
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NÚMERO DE CONTRATOS POR EMPRESA
Tantos como la empresa quiera, salvo que lo indique el convenio colectivo.
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VENTAJAS CONTRATO FORMACION���
EDAD: Se dirige a jóvenes mayores de dieciséis y menores de veinticinco años que carezcan de cualificación profesional alguna. Podrán realizarse con trabajadores menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%
FORMACIÓN TEÓRICA: Será del 25 % el primer año, y del 15% durante el segundo y tercer año, y estará vinculada al puesto de trabajo desarrollado, con lo cual desaparece para los contratos celebrados a partir del 12/02/2012 la formación orientada a la obtención del Graduado en ESO. ���Los costes de la formación teórica serán bonificados al 100% en los Seguros Sociales.
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PROCEDIMIENTO WARIBO!
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PROCEDIMIENTO WARIBO��� PASO I. EMPRESA SOLICITA A SU ASESORIA EL CONTRATO DE
FORMACIÓN
- Asesoría tramita alta en SS
- Asesoría registra el contrato y envía el identificador a Waribo
- Asesoría pone en disposición de Waribo los datos del cliente para contactar.
PASO II. WARIBO RECIBE EL CONTRATO DE FORMACIÓN
- Waribo redacta los anexos y envía junto al contrato al cliente
- Waribo incide en el envio la necesidad de registro en el SEPA
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PROCEDIMIENTO WARIBO��� PASO III. PRESENTACIÓN EN EL SEPE Y ARCHIVO
PASO IV. INICIO FORMACIÓN
- Envio material a la empresa, metodología, tutorizaciones, instrucciones.
- Seguimiento de ejercicios y formación
- Control de alumnos y facturas a final de mes
PASO V. TRAMITACION DE BAJA
- Asesoria envia TA2 baja en Seguridad Social a Waribo para tramitar baja en aplicación y en SEPE
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LA FORMACIÓN EN EL CONTRATO DE FORMACIÓN!
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¿CÓMO ESCOJO EL ITINERARIO FORMATIVO?¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA?
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LOS TUTORES. FUNCIONES
TUTOR EN LA EMPRESA
- Proporcionar al trabajador un trabajo relacionado con la contratación
- Tutelar el desarrollo de la actividad formativa
- Estar en contacto con el centro de estudios
- Elaborar un informe final sobre el desempeño
TUTOR CENTRO
- Desarrollo de la acción formativa específica
- Orientar y guiar al alumno
- Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades
- Participar en la coordinación del equipo
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CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL CON
VINCULACIÓN FORMATIVA!
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REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES DEL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
• Para realizar esta modalidad de contrato es necesario que los trabajadors cumplan con una serie de requisitos:
• Jóvenes menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo y reunir alguno de los requisitos siguientes:
• Ser desempleados, inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos doce meses durante los dieciocho anteriores a la contratación.
• No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a tres meses.
• Proceder de otro sector de actividad, en los términos que se determine reglamentariamente.
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CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa podrá realizarse:
• Por tiempo indefinido o de duración determinada.
• Jornada a tiempo parcial no superior al 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.
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FORMACIÓN
Las características relativas a la formación del contrato a tiempo parcial son:
• Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato.
• La formación que no será necesario que esté vinculada específicamente al puesto de trabajo objeto del contrato. Podrá ser:
- Formación acreditable oficialmente o promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
- Formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual.
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REQUISITOS DE LA EMPRESA
Los requisitos que debe cumplir la empresa para poder realizar esta modalidad de contrato son los siguientes:
• Empresas, incluidos los trabajadores autónomos.
• Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, deberán no haber optado, en los seis meses anteriores a la celebración del contratodecisiones extintivas improcedente.
• Debe mantenerse el nivel de empleo alcanzado con el contrato durante, al menos un periodo equivalente a la duración de dicho contrato con un máximo de doce meses desde su celebración. En caso de in cumplimiento de esta obligación se deberá proceder al reintegro de los incentivos. ���
No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo cuando el contrato se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador o por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución durante el periodo de prueba.
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REDUCCIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
• Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes , del 100 por cien si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 trabajadores , o del 75 por cien en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a 250 trabajadores, durante un máximo de 12 meses.
• Este incentivo podrá ser prorrogado por otros doce meses , siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación, o la haya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo de los doce primeros meses. ���
Serán de aplicación las previsiones contenidas, respecto a las reducciones, en la Sección 1ª del Capítulo I, de la Ley 43/2006 a excepción del lo establecido en sus artículos 2.7 y 6.2.
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