Contrato Individual de de Trabajo a Plazo Indeterminado

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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADO Conste por el presente documento, que se suscribe por duplicado con igual tenor y valor, el Contrato Individual de Trabajo a Plazo Indeterminado que al amparo del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral y normas complementarias, que celebran de una parte la Empresa HUTE CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., con RUC. Nº 20263566280 y domicilio real en Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, debidamente representada por el señor Hugo Álvaro Rivas Sánchez, en su calidad de Gerente General, con DNI Nº 09139811, a quien en adelante se le denominará EL EMPLEADOR, y de la otra parte la Srta. EDITH GUILLERMINA CACERES SALCEDO, con DNI. Nº 15431210, domiciliado en calle Toribio Rodríguez de Mendoza Mza. R, lote 26, urbanización Vista Alegre de Villa, distrito de Chorrillos, a quien en adelante se le denominará EL TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA.- EL EMPLEADOR es una empresa con personería jurídica debidamente inscrita en los Registros Públicos de Lima y Callao, cuyo objeto social es la Instalación y Mantenimiento de equipos de redes eléctricas de media y baja tensión, que requiere de los servicios del TRABAJADOR para realizar labores administrativas, bajo la modalidad de Contrato Individual a Plazo Indeterminado, de conformidad con el Art. 4º del TUO del Decreto Legislativo No. 728 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por DS No. 003-97 TR. CLAUSULA SEGUNDA.- Por el presente contrato, EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar actividades administrativas en el área de secretaria, debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para la cual ha sido contratado, bajo las directivas de sus jefes, y las que se impartan por necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de administración y dirección de la empresa, de conformidad con el artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley

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CONTRATO INDIVIDUAL DE DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADO

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADOConste por el presente documento, que se suscribe por duplicado con igual tenor y valor, el Contrato Individual de Trabajo a Plazo Indeterminado que al amparo del Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo N 728, Decreto Supremo N 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral y normas complementarias, que celebran de una parte la Empresa HUTE CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., con RUC. N 20263566280 y domicilio real en Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, debidamente representada por el seor Hugo lvaro Rivas Snchez, en su calidad de Gerente General, con DNI N 09139811, a quien en adelante se le denominar EL EMPLEADOR, y de la otra parte la Srta. EDITH GUILLERMINA CACERES SALCEDO, con DNI. N 15431210, domiciliado en calle Toribio Rodrguez de Mendoza Mza. R, lote 26, urbanizacin Vista Alegre de Villa, distrito de Chorrillos, a quien en adelante se le denominar EL TRABAJADOR, en los trminos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA.- EL EMPLEADOR es una empresa con personera jurdica debidamente inscrita en los Registros Pblicos de Lima y Callao, cuyo objeto social es la Instalacin y Mantenimiento de equipos de redes elctricas de media y baja tensin, que requiere de los servicios del TRABAJADOR para realizar labores administrativas, bajo la modalidad de Contrato Individual a Plazo Indeterminado, de conformidad con el Art. 4 del TUO del Decreto Legislativo No. 728 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por DS No. 003-97 TR.CLAUSULA SEGUNDA.- Por el presente contrato, EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar actividades administrativas en el rea de secretaria, debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para la cual ha sido contratado, bajo las directivas de sus jefes, y las que se impartan por necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de administracin y direccin de la empresa, de conformidad con el artculo 9 del Texto nico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N 003-97-TR.

CLAUSULA TERCERA.- El plazo del presente contrato es indeterminado, inicindose el da 01 de marzo del 2008, conforme a las disposiciones legales establecidas en el art. 4 del Texto nico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N 003-97-TR.

CLAUSULA CUARTA.- En contraprestacin a los servicios del TRABAJADOR, el EMPLEADOR se obliga a pagar una remuneracin mensual de S/. 1,000.00 (Un mil 00/100 nuevos soles), la misma que ser cancelado en forma quincenal, previo descuento de los tributos e impuestos generados por Ley. Igualmente se obliga a facilitar al trabajador los materiales necesarios para que desarrolle sus actividades, y a otorgarle los beneficios que por ley, pacto o costumbre tuvieran los trabajadores del centro de trabajo contratados a plazo indeterminado.

CLAUSULA QUINTA. EL TRABAJADOR deber prestar sus servicios en el siguiente horario: de 9:00a.m a 13:00 horas y 14:00 a 18:30 horas en los das de Lunes a Viernes (teniendo un refrigerio de 13:00 a 14:00 horas), y Sbado de 9:00a.m a 14:30 horas.

CLAUSULA SEXTA.- EL EMPLEADOR, se obliga a inscribir al TRABAJADOR en el Libro de Planillas de Remuneraciones.CLAUSULA SEPTIMA.- En todo lo no previsto por el presente contrato, se estar a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajo individual, contenidos en el Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo N 728 aprobado por el Decreto Supremo N 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

CLAUSULA OCTAVA.- Las partes contratantes renuncian expresamente al fuero judicial de sus domicilios y se someten a la jurisdiccin de los jueces de Lima para resolver cualquier controversia que el cumplimiento del presente contrato pudiera originar.

En seal de conformidad firman las partes el uno de marzo del ao 2008. .

HUGO RIVAS SANCHEZ

EDITH CACERES SALCEDOGERENTE GENERAL

DNI N 154312010HUTE CONTRATISTAS GENERALES

TRABAJADOREMPLEADOR