Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que...

50
Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o Patrón, y el(la) señor(a) ROMERO CHAPA JOSUÉ GILBERTO, en lo sucesivo El(la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, con el puesto de ___________________________ , la cual durará el tiempo que así lo requiera la obra, a partir de la firma del presente contrato. c) Que tiene su domicilio social en la calle AVENIDA UNIVERSIDAD NÚMERO 1506 SANTO NIÑO C.P 31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara: a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo _____________________ y con domicilio en ____________________ # _________________ en la Colonia __________________ ubicada en __________________; con Registro Federal de Contribuyentes _________________ y Clave Única de Registro Poblacional ______________________. b) Tener los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo del trabajo eventual para el cual se elabora el presente contrato, y que las referencias relacionadas con su persona y experiencia son auténticas. c) Estar conforme en prestar sus servicios temporales al patrón durante el tiempo que dure la obra, señalado en las declaraciones anteriores, asimismo que le consta lo manifestado por la Empresa en la declaración que antecede, fundamentalmente lo contenido en el inciso b), que además ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato. Ambas partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo por OBRA DETERMINADA, en términos del artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA.- La Empresa contrata los servicios temporales del(la) Empleado(a) como ______________________ las labores descritas en la Declaración I, inciso b) de este contrato, las cuales se mencionan de manera ilustrativa mas no limitativas. En virtud de su objeto social, y considerando que ésta le presta servicios a terceros a través o por conducto del (la) Empleado(a), siempre se considerará que éste(a) presta sus servicios para la Empresa quien es su Patrón, quien paga su salario y a la cual está subordinado, por lo que la relación laboral continuará exclusivamente entre ambos y no con terceras personas, clientes y/o receptoras de los servicios de la Empresa. La obra señalada en el párrafo anterior consiste en: de la empresa Finek S.A de C.V que se encuentra ubicada en Avenida Humberto Lobo # 8022 interior 5 Col. Ind Mitras C.P 66000. El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Laboral, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula segunda, por lo que al concluirse dichos trabajos las partes contratantes lo darán por terminado sin ninguna responsabilidad con apoyo en el

Transcript of Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que...

  • Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o

    Patrón, y el(la) señor(a) ROMERO CHAPA JOSUÉ GILBERTO, en lo sucesivo El(la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

    D E C L A R A C I O N E S

    I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, con el puesto de ___________________________ , la cual durará el tiempo que así lo requiera la obra, a partir de la firma del presente contrato. c) Que tiene su domicilio social en la calle AVENIDA UNIVERSIDAD NÚMERO 1506 SANTO NIÑO C.P 31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara: a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo _____________________ y con domicilio en ____________________ # _________________ en la Colonia __________________ ubicada en __________________; con Registro Federal de Contribuyentes _________________ y Clave Única de Registro Poblacional ______________________. b) Tener los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo del trabajo eventual para el cual se elabora el presente contrato, y que las referencias relacionadas con su persona y experiencia son auténticas. c) Estar conforme en prestar sus servicios temporales al patrón durante el tiempo que dure la obra, señalado en las declaraciones anteriores, asimismo que le consta lo manifestado por la Empresa en la declaración que antecede, fundamentalmente lo contenido en el inciso b), que además ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato. Ambas partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo por OBRA DETERMINADA, en términos del artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes:

    C L Á U S U L A S

    PRIMERA.- La Empresa contrata los servicios temporales del(la) Empleado(a) como ______________________ las labores descritas en la Declaración I, inciso b) de este contrato, las cuales se mencionan de manera ilustrativa mas no limitativas. En virtud de su objeto social, y considerando que ésta le presta servicios a terceros a través o por conducto del (la) Empleado(a), siempre se considerará que éste(a) presta sus servicios para la Empresa quien es su Patrón, quien paga su salario y a la cual está subordinado, por lo que la relación laboral continuará exclusivamente entre ambos y no con terceras personas, clientes y/o receptoras de los servicios de la Empresa. La obra señalada en el párrafo anterior consiste en: de la empresa Finek S.A de C.V que se encuentra ubicada en Avenida Humberto Lobo # 8022 interior 5 Col. Ind Mitras C.P 66000. El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Laboral, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula segunda, por lo que al concluirse dichos trabajos las partes contratantes lo darán por terminado sin ninguna responsabilidad con apoyo en el

  • numeral antes mencionado e igualmente en los artículos 35, 36, 53 fracción III y demás relativos de la citada Ley Federal del Trabajo. Convienen ambas partes que El Patrón podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte, si el trabajador demuestra falta de capacidad, aptitudes o las facultades que dijo tener en las declaraciones que anteceden, o se demuestre engaño en los certificados y referencias presentados por éste De igual manera podrá rescindirse este contrato por incurrir el trabajador en cualquier causal de rescisión señalada en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo vigente. Toda vez que el inmueble que dentro del cual se presta el servicio pertenecia a una persona distinta al Patron, el Trabajador acepta que no existe relacion laboral previa con le Empresa, independientemente de que los servicios que presta fueran similares o conexos a los prestados previamente, siendo que dicha relacion fue terminada conforme a derecho, liberando de toda responsabilidad anterior a la firma del presente al Patrón. SEGUNDA.- El(la) Empleado(a) desempeñará su trabajo siempre a nombre y cuenta de la Empresa en Domicilio de la Unidad de Negocio o en el lugar en que se le indique, prestación de servicios que siempre será a nombre y cuenta de la Empresa. Las partes pactan que la Empresa tiene la facultad de cambiar el domicilio donde el Empleado deba prestar el servicio y éste último, la obligación de desarrollar sus funciones en el lugar que le precise la Empresa, sin que ello implique modificación de sus condiciones de trabajo.

    El(la) Empleado(a) realizará el trabajo contratado poniendo su mejor esfuerzo, para lograr el fin que se busca con el presente contrato, dando el mejor uso a los elementos de trabajo que se le otorguen para el desarrollo de la función encomendada por los jefes o superiores; asimismo se sujetará a los sistemas de trabajo existentes en los centros de labores y a las instrucciones que reciba de la Empresa y de las personas que la representen, quedando obligado a atender cualquier actividad conexa a sus ocupaciones principales. TERCERA.- El(la) Empleado(a) faculta expresamente a la Empresa para que pueda obtener cualquier información adicional relacionada con los datos contenidos en la solicitud de empleo, así como en su curriculum, y a realizar investigaciones o proporcionar total o parcialmente dicha información cuando al efecto la Empresa lo considere conveniente o necesario, en la inteligencia de que si la información que proporcionó el(la) Empleado(a) resultara falsa, inexacta o el(la) Empleado(a) demuestra falta de capacidad, aptitudes o facultades que haya manifestado, o bien, demuestre engaño en los certificados o referencias personales proporcionadas, la Empresa podrá dentro de los primeros treinta días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte. CUARTA.- La jornada de trabajo será de la siguiente manera: Para primer turno de las 7:00 a las 15:30 hrs de Lunes a sabado con descanso los días, Domingos de cada semana., para segundo turno de las 15:00 a las 22:30 hrs con descanso los días Domingos de cada semana el (la) Trabajador(a) gozará de un lapso de 30 minutos para tomar alimentos. El(los) día(s) de descanso del (la) Empleado(a) serán pagados con salario íntegro, teniendo el Patrón el derecho a cambiar el(los) día(s) de descanso, por requerirlo así las necesidades de trabajo. Queda expresamente convenido que el Patrón se reserva el derecho de modificar el horario y/o días laborales, cuando sea necesario y de acuerdo a los servicios contratados, por lo que el Empleado desde este momento, otorga su total y absoluta conformidad con tal evento. Para el caso de que la empresa desee controlar la asistencia y puntualidad del (la) Trabajador(a), éste(a) último(a) se obliga a firmar y/o llenar las tarjetas de asistencia o medios de control del horario de labores que existan en el centro de trabajo o en el lugar en el que haya sido asignado(a) a prestar sus servicios. Convienen las partes, que por ningún motivo el (la) Trabajador(a) prestará servicios en jornada extraordinaria de labores, salvo que excepcionalmente así lo requiera la Empresa, quien en tal caso le extenderá por escrito, una constancia autorizándolo para trabajar dichas horas extras, por lo que a falta de ésta, el(la) Trabajador(a) está impedido(a) para laborarlas, resultando improcedente el cobro de este concepto sin el requisito mencionado. QUINTA.- El (la) Trabajador(a) percibirá un salario diario de $ __________________________ (___________________________________ 00/100 M.N) menos los descuentos de ley. El pago se hará previa firma del recibo correspondiente en la fuente de trabajo cada Semana pago en el que quedará incluido el importe del (los) día (s) de descanso semanal y días festivos, y la totalidad de los salarios ordinarios y

  • extraordinarios devengados a que tuviere derecho hasta la fecha del mismo, implicando que la firma hará las veces de un finiquito total de las cantidades mencionadas hasta la fecha del recibo correspondiente. El pago de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, días festivos y descanso semanal se pagarán de acuerdo a lo previsto en la ley laboral vigente. El (la) Trabajador(a) otorga su entero consentimiento y de manera expresa para que la Empresa, en caso de así considerarlo necesario, le cubra sus salarios y prestaciones a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencia o cualquier otro medio electrónico, sin costo por el manejo de cuenta, quedando los retiros en cajeros de disposición en efectivo, sujetos a los lineamientos de la Institución Bancaria.

    SEXTA.- Debido a la información laboral y personal que el(la) Trabajador(a) le proporcione al Patrón servirá para el control de sus servicios y el buen trato con los clientes, se establece como causa especial de rescisión cualquier error o falsificación de documentos o datos no verificados y confirmados por el(la) Empleado(a), que le sean entregados al Patrón. SÉPTIMA.- El(la) Trabajador(a) se obliga a no revelar a terceras personas los nombres, información, papeles, cifras, estudios, técnicas de producción o cualquier otro dato proporcionado con la labor que desempeñará referente a la Empresa y/o el cliente al que presente sus servicios a nombre y representación de la Empresa y a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos en cuya elaboración influya directa o indirectamente y de los cuales tenga conocimiento en razón del trabajo que va a realizar, así como de los asuntos administrativos reservados cuya divulgación pueda causar perjuicios a la Empresa y/o a sus clientes. El (la) Trabajador(a) se obliga a conservar en buen estado, y dar el mejor uso, a los elementos de trabajo y bienes de la Empresa o de los clientes de ésta, quedando bajo la responsabilidad del (la) Trabajador(a) cualquier faltante de equipo o material que esté a su disposición, en el entendido que en caso de incumplimiento, dará lugar a una causal de rescisión. El (la) Trabajador(a) manifiesta conocer y acepta apegarse a las Política de privacidad de la Empresa. En cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento, (la “Ley de Datos”), el(la) Trabajador(a) se obliga irrevocablemente a: (i) respetar y salvaguardar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad respecto de los datos personales, financieros o sensibles con los que trabaje o a los que tenga acceso en el desempeño de su trabajo o con motivo del mismo, ya sea que los Datos Personales le sean proporcionados por otras personas dentro de la organización del Patrón y sus afiliadas, sus clientes o proveedores o por cualquier otro tercero (los “Datos Personales”);(ii) tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones del Patrón; (iii) respetar y cumplir todos los manuales y procedimientos que le comunique el Patrón en relación con la protección de los Datos Personales; (iv) asistir a todas las pláticas, conferencias o capacitaciones que determine el Patrón en relación los Datos Personales; (v) consultar los avisos de privacidad aplicables a los Datos Personales a los que tenga acceso; (vi) mantener la confidencialidad de los Datos Personales y tratarlos exclusivamente para las finalidades expuestas dentro del aviso de privacidad aplicable a los mismos y no transferirlos salvo por indicaciones del Patrón; (vii) no recabar ningún dato adicional ya sea personal, financiero o sensible de los que se enlisten en el aviso de privacidad; (viii) no extraer del lugar de trabajo información que contenga Datos Personales. Por lo tanto, entre otras conductas similares, el(la) Trabajador(a) no podrá descargar bases de datos que contengan Datos Personales a dispositivos de memoria móviles (como USB), enviar tales bases de datos por correo electrónico o remover expedientes físicos o listados de las instalaciones de donde trabaja, salvo por instrucciones expresas del Patrón; (ix) avisar de la manera más pronta y oportuna al Oficial de Privacidad y en caso de no poder acudir o informar al Oficial de Privacidad, al jefe de área o superior jerárquico que le corresponda, sobre cualquier acto u omisión de algún otro empleado o tercero, que pudiera resultar violatoria para aquel de las obligaciones arriba enumeradas, de las que el(la) Trabajador(a) sepa, escuche o tenga conocimiento. El(la) Trabajador(a) será responsable de cualquier violación a las obligaciones previstas en la presente cláusula, así como cualquier consecuencia que por sus actos u omisiones se causen al Patrón o a terceros en relación con la Ley de Datos, la cual establece que las sanciones por posibles incumplimientos, podrán ser: multas (sanciones administrativas) o sanciones penales, las cuales he leído y comprendido. Igualmente, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se informa al Trabajador que todos los datos personales por el proporcionados a través de su

  • currículum vitae, solicitud de empleo, formularios de ingreso y los obtenidos como consecuencia de la relación laboral con El Patrón, forman parte de ficheros de datos de carácter personal 4 de estricta confidencialidad. El responsable del tratamiento de esos ficheros es El patrón, su uso será la gestión de procesos de pago, trámites ante las instancias que por disposición de las leyes mexicanas deba hacerse a través del Patrón, aspectos de recursos humanos internos y servicios generales. Al otorgar El trabajador esta información al Patrón y signar el presente Contrato, acepta y está de acuerdo con los anotados tratamientos. Asimismo El Trabajador, acepta conocer la facultad y ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Patrón.

    OCTAVA.- El (la) Trabajador(a) informará al Patrón, cuando tenga conocimiento, de cualquier enfermedad, embarazo o limitante personal que le impida realizar sus servicios, considerando para ello que la salud y presencia personal al 100% es parte fundamental de este contrato, sometiéndose el (la) Empleado(a) a los exámenes médicos correspondientes y necesarios. Lo anterior de conformidad con la fracción X del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo. NOVENA.- El (la) Trabajador(a) se obliga a participar en todos los planes y programas de capacitación y adiestramiento en que se le requiera y que en este acto el Patrón se obliga a impartir a los (las) trabajadores(as); y acepta conocer y someterse al reglamento interior de trabajo del Patrón, del cual recibe una copia en este acto, obligándose a cumplir sus disposiciones. Leído que fue este documento por ambas partes y enteradas de su contenido, derechos, obligaciones y alcances, lo firman por duplicado, entregando una copia del mismo para cada una de las partes, de común acuerdo en el Chihuahua, Chih. México a los días __________________________.

    EL PATRON EL TRABAJADOR

    __________________________________________ _________________________________ SERVICIOS UNIVERSALES DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    TESTIGO TESTIGO

    __________________________________________ _________________________________

  • Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o Patrón, y el(la) señor(a) _____________________________________, en lo sucesivo El(la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

    D E C L A R A C I O N E S

    I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, con el puesto de _______________________________ , la cual durará el tiempo que así lo requiera la obra, a partir de la firma del presente contrato. c) Que tiene su domicilio social en la calle AV. UNIVERSIDAD 1506 COL. SANTO NIÑO C.P31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara: a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo _______________ y con domicilio en __________________________ en la Colonia ___________________, ubicada en Chihuahua; con Registro Federal de Contribuyentes __________________ y Clave Única de Registro Poblacional _____________________ b) Tener los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo del trabajo eventual para el cual se elabora el presente contrato, y que las referencias relacionadas con su persona y experiencia son auténticas. c) Estar conforme en prestar sus servicios temporales al patrón durante el tiempo que dure la obra, señalado en las declaraciones anteriores, asimismo que le consta lo manifestado por la Empresa en la declaración que antecede, fundamentalmente lo contenido en el inciso b), que además ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato. Ambas partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo por OBRA DETERMINADA, en términos del artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes:

    C L Á U S U L A S

    PRIMERA.- La Empresa contrata los servicios temporales del(la) Empleado(a) como __________________ durante el tiempo que requiera la realización de la obra, con el objeto de que realice las labores descritas en la Declaración I, inciso b) de este contrato, las cuales se mencionan de manera ilustrativa mas no limitativas. En virtud de su objeto social, y considerando que ésta le presta servicios a terceros a través o por conducto del (la) Empleado(a), siempre se considerará que éste(a) presta sus servicios para la Empresa quien es su Patrón, quien paga su salario y a la cual está subordinado, por lo que la relación laboral continuará exclusivamente entre ambos y no con terceras personas, clientes y/o receptoras de los servicios de la Empresa. La obra señalada en el párrafo anterior consiste en: de la empresa Honeywell Aerospace que se encuentra ubicada en Av. Vialidad Tabalaopa # 8507, Parque Industrial Ávalos, 31074 Chihuahua, Chih. México. El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Laboral, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula segunda, por lo que al concluirse dichos trabajos las partes contratantes lo darán por terminado sin ninguna responsabilidad con apoyo en el numeral antes mencionado e igualmente en los artículos 35, 36, 53 fracción III y demás relativos de la citada Ley Federal del Trabajo.

  • Convienen ambas partes que El Patrón podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte, si el trabajador demuestra falta de capacidad, aptitudes o las facultades que dijo tener en las declaraciones que anteceden, o se demuestre engaño en los certificados y referencias presentados por éste De igual manera podrá rescindirse este contrato por incurrir el trabajador en cualquier causal de rescisión señalada en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo vigente. Toda vez que el inmueble que dentro del cual se presta el servicio pertenecia a una persona distinta al Patron, el Trabajador acepta que no existe relacion laboral previa con le Empresa, independientemente de que los servicios que presta fueran similares o conexos a los prestados previamente, siendo que dicha relacion fue terminada conforme a derecho, liberando de toda responsabilidad anterior a la firma del presente al Patrón. SEGUNDA.- El(la) Empleado(a) desempeñará su trabajo siempre a nombre y cuenta de la Empresa en Domicilio de la Unidad de Negocio o en el lugar en que se le indique, prestación de servicios que siempre será a nombre y cuenta de la Empresa. Las partes pactan que la Empresa tiene la facultad de cambiar el domicilio donde el Empleado deba prestar el servicio y éste último, la obligación de desarrollar sus funciones en el lugar que le precise la Empresa, sin que ello implique modificación de sus condiciones de trabajo.

    El(la) Empleado(a) realizará el trabajo contratado poniendo su mejor esfuerzo, para lograr el fin que se busca con el presente contrato, dando el mejor uso a los elementos de trabajo que se le otorguen para el desarrollo de la función encomendada por los jefes o superiores; asimismo se sujetará a los sistemas de trabajo existentes en los centros de labores y a las instrucciones que reciba de la Empresa y de las personas que la representen, quedando obligado a atender cualquier actividad conexa a sus ocupaciones principales. TERCERA.- El(la) Empleado(a) faculta expresamente a la Empresa para que pueda obtener cualquier información adicional relacionada con los datos contenidos en la solicitud de empleo, así como en su curriculum, y a realizar investigaciones o proporcionar total o parcialmente dicha información cuando al efecto la Empresa lo considere conveniente o necesario, en la inteligencia de que si la información que proporcionó el(la) Empleado(a) resultara falsa, inexacta o el(la) Empleado(a) demuestra falta de capacidad, aptitudes o facultades que haya manifestado, o bien, demuestre engaño en los certificados o referencias personales proporcionadas, la Empresa podrá dentro de los primeros treinta días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte. CUARTA.- La jornada de trabajo será de la siguiente manera: Para primer turno de las 7:00 a las 16:30 hrs de Lunes a viernes con descanso los días, Sábados y Domingos de cada semana., para segundo turno de las 15:30 a las 00:30 hrs con descanso los días Sábados y Domingos de cada semana el (la) Trabajador(a) gozará de un lapso de 30 minutos para tomar alimentos. El(los) día(s) de descanso del (la) Empleado(a) serán pagados con salario íntegro, teniendo el Patrón el derecho a cambiar el(los) día(s) de descanso, por requerirlo así las necesidades de trabajo. Queda expresamente convenido que el Patrón se reserva el derecho de modificar el horario y/o días laborales, cuando sea necesario y de acuerdo a los servicios contratados, por lo que el Empleado desde este momento, otorga su total y absoluta conformidad con tal evento. Para el caso de que la empresa desee controlar la asistencia y puntualidad del (la) Trabajador(a), éste(a) último(a) se obliga a firmar y/o llenar las tarjetas de asistencia o medios de control del horario de labores que existan en el centro de trabajo o en el lugar en el que haya sido asignado(a) a prestar sus servicios. Convienen las partes, que por ningún motivo el (la) Trabajador(a) prestará servicios en jornada extraordinaria de labores, salvo que excepcionalmente así lo requiera la Empresa, quien en tal caso le extenderá por escrito, una constancia autorizándolo para trabajar dichas horas extras, por lo que a falta de ésta, el(la) Trabajador(a) está impedido(a) para laborarlas, resultando improcedente el cobro de este concepto sin el requisito mencionado. QUINTA.- El (la) Trabajador(a) percibirá un salario diario de $ ________ (________________________________ ____ /100 M.N) menos los descuentos de ley. El pago se hará previa firma del recibo correspondiente en la fuente de trabajo cada Semana pago en el que quedará incluido el importe del (los) día (s) de descanso semanal y días festivos, y la totalidad de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados a que tuviere derecho hasta la fecha del mismo, implicando que la firma hará las veces de un finiquito total de las cantidades mencionadas hasta la fecha del recibo correspondiente. El pago de

  • vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, días festivos y descanso semanal se pagarán de acuerdo a lo previsto en la ley laboral vigente. El (la) Trabajador(a) otorga su entero consentimiento y de manera expresa para que la Empresa, en caso de así considerarlo necesario, le cubra sus salarios y prestaciones a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencia o cualquier otro medio electrónico, sin costo por el manejo de cuenta, quedando los retiros en cajeros de disposición en efectivo, sujetos a los lineamientos de la Institución Bancaria.

    SEXTA.- Debido a la información laboral y personal que el(la) Trabajador(a) le proporcione al Patrón servirá para el control de sus servicios y el buen trato con los clientes, se establece como causa especial de rescisión cualquier error o falsificación de documentos o datos no verificados y confirmados por el(la) Empleado(a), que le sean entregados al Patrón. SÉPTIMA.- El(la) Trabajador(a) se obliga a no revelar a terceras personas los nombres, información, papeles, cifras, estudios, técnicas de producción o cualquier otro dato proporcionado con la labor que desempeñará referente a la Empresa y/o el cliente al que presente sus servicios a nombre y representación de la Empresa y a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos en cuya elaboración influya directa o indirectamente y de los cuales tenga conocimiento en razón del trabajo que va a realizar, así como de los asuntos administrativos reservados cuya divulgación pueda causar perjuicios a la Empresa y/o a sus clientes. El (la) Trabajador(a) se obliga a conservar en buen estado, y dar el mejor uso, a los elementos de trabajo y bienes de la Empresa o de los clientes de ésta, quedando bajo la responsabilidad del (la) Trabajador(a) cualquier faltante de equipo o material que esté a su disposición, en el entendido que en caso de incumplimiento, dará lugar a una causal de rescisión. El (la) Trabajador(a) manifiesta conocer y acepta apegarse a las Política de privacidad de la Empresa. En cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento, (la “Ley de Datos”), el(la) Trabajador(a) se obliga irrevocablemente a: (i) respetar y salvaguardar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad respecto de los datos personales, financieros o sensibles con los que trabaje o a los que tenga acceso en el desempeño de su trabajo o con motivo del mismo, ya sea que los Datos Personales le sean proporcionados por otras personas dentro de la organización del Patrón y sus afiliadas, sus clientes o proveedores o por cualquier otro tercero (los “Datos Personales”);(ii) tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones del Patrón; (iii) respetar y cumplir todos los manuales y procedimientos que le comunique el Patrón en relación con la protección de los Datos Personales; (iv) asistir a todas las pláticas, conferencias o capacitaciones que determine el Patrón en relación los Datos Personales; (v) consultar los avisos de privacidad aplicables a los Datos Personales a los que tenga acceso; (vi) mantener la confidencialidad de los Datos Personales y tratarlos exclusivamente para las finalidades expuestas dentro del aviso de privacidad aplicable a los mismos y no transferirlos salvo por indicaciones del Patrón; (vii) no recabar ningún dato adicional ya sea personal, financiero o sensible de los que se enlisten en el aviso de privacidad; (viii) no extraer del lugar de trabajo información que contenga Datos Personales. Por lo tanto, entre otras conductas similares, el(la) Trabajador(a) no podrá descargar bases de datos que contengan Datos Personales a dispositivos de memoria móviles (como USB), enviar tales bases de datos por correo electrónico o remover expedientes físicos o listados de las instalaciones de donde trabaja, salvo por instrucciones expresas del Patrón; (ix) avisar de la manera más pronta y oportuna al Oficial de Privacidad y en caso de no poder acudir o informar al Oficial de Privacidad, al jefe de área o superior jerárquico que le corresponda, sobre cualquier acto u omisión de algún otro empleado o tercero, que pudiera resultar violatoria para aquel de las obligaciones arriba enumeradas, de las que el(la) Trabajador(a) sepa, escuche o tenga conocimiento. El(la) Trabajador(a) será responsable de cualquier violación a las obligaciones previstas en la presente cláusula, así como cualquier consecuencia que por sus actos u omisiones se causen al Patrón o a terceros en relación con la Ley de Datos, la cual establece que las sanciones por posibles incumplimientos, podrán ser: multas (sanciones administrativas) o sanciones penales, las cuales he leído y comprendido. Igualmente, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se informa al Trabajador que todos los datos personales por el proporcionados a través de su currículum vitae, solicitud de empleo, formularios de ingreso y los obtenidos como consecuencia de la relación laboral con El Patrón, forman parte de ficheros de datos de carácter personal 4 de estricta confidencialidad. El

  • responsable del tratamiento de esos ficheros es El patrón, su uso será la gestión de procesos de pago, trámites ante las instancias que por disposición de las leyes mexicanas deba hacerse a través del Patrón, aspectos de recursos humanos internos y servicios generales. Al otorgar El trabajador esta información al Patrón y signar el presente Contrato, acepta y está de acuerdo con los anotados tratamientos. Asimismo El Trabajador, acepta conocer la facultad y ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Patrón.

    OCTAVA.- El (la) Trabajador(a) informará al Patrón, cuando tenga conocimiento, de cualquier enfermedad, embarazo o limitante personal que le impida realizar sus servicios, considerando para ello que la salud y presencia personal al 100% es parte fundamental de este contrato, sometiéndose el(la) Empleado(a) a los exámenes médicos correspondientes y necesarios. Lo anterior de conformidad con la fraccion X del articulo 134 de la Ley Federal del Trabajo. NOVENA.- El (la) Trabajador(a) se obliga a participar en todos los planes y programas de capacitación y adiestramiento en que se le requiera y que en este acto el Patrón se obliga a impartir a los(las) trabajadores(as); y acepta conocer y someterse al reglamento interior de trabajo del Patrón, del cual recibe una copia en este acto, obligándose a cumplir sus disposiciones. Leído que fue este documento por ambas partes y enteradas de su contenido, derechos, obligaciones y alcances, lo firman por duplicado, entregando una copia del mismo para cada una de las partes, de común acuerdo en el Chihuahua, Chih. México a los días _________________________

    EL PATRON EL TRABAJADOR

    __________________________________________ _________________________________ SERVICIOS UNIVERSALES DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    TESTIGO TESTIGO

    __________________________________________ _________________________________

  • Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o Patrón, y el (la) señor(a) ______________________ en lo sucesivo El (la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

    D E C L A R A C I O N E S

    I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, con el puesto de __________________, la cual durará el tiempo que así lo requiera la obra, a partir de la firma del presente contrato. c) Que tiene su domicilio social en la calle AV. UNIVERSIDAD 1506 COL. SANTO NIÑO C.P31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara: a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo ______________ y con domicilio en Calle _________________ #___________ en la Colonia ______________________ ubicada en Chihuahua; con Registro Federal de Contribuyente ____________________ y Clave Única de Registro Poblacional ______________________________. b) Tener los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo del trabajo eventual para el cual se elabora el presente contrato, y que las referencias relacionadas con su persona y experiencia son auténticas. c) Estar conforme en prestar sus servicios temporales al patrón durante el tiempo que dure la obra, señalado en las declaraciones anteriores, asimismo que le consta lo manifestado por la Empresa en la declaración que antecede, fundamentalmente lo contenido en el inciso b), que además ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato. Ambas partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo por OBRA DETERMINADA, en términos del artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes:

    C L Á U S U L A S

    PRIMERA.- La Empresa contrata los servicios temporales del(la) Empleado(a) como __________________________ durante el tiempo que requiera la realización de la obra, con el objeto de que realice las labores descritas en la Declaración I, inciso b) de este contrato, las cuales se mencionan de manera ilustrativa mas no limitativas. En virtud de su objeto social, y considerando que ésta le presta servicios a terceros a través o por conducto del (la) Empleado(a), siempre se considerará que éste(a) presta sus servicios para la Empresa quien es su Patrón, quien paga su salario y a la cual está subordinado, por lo que la relación laboral continuará exclusivamente entre ambos y no con terceras personas, clientes y/o receptoras de los servicios de la Empresa. La obra señalada en el párrafo anterior consiste en: de la empresa Servicios Maxion Wheels Chihuahua S de RL de CV que se encuentra ubicada en Avenida industrial uno 5701 Robinson Chihuahua, Chih. México. El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Laboral, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula segunda, por lo que al concluirse dichos trabajos las partes contratantes lo darán por terminado sin ninguna responsabilidad con apoyo en el numeral antes mencionado e igualmente en los artículos 35, 36, 53 fracción III y demás relativos de la citada Ley Federal del Trabajo.

  • Convienen ambas partes que El Patrón podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte, si el trabajador demuestra falta de capacidad, aptitudes o las facultades que dijo tener en las declaraciones que anteceden, o se demuestre engaño en los certificados y referencias presentados por éste De igual manera podrá rescindirse este contrato por incurrir el trabajador en cualquier causal de rescisión señalada en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo vigente. Toda vez que el inmueble que dentro del cual se presta el servicio pertenecía a una persona distinta al Patrón, el Trabajador acepta que no existe relación laboral previa con le Empresa, independientemente de que los servicios que presta fueran similares o conexos a los prestados previamente, siendo que dicha relación fue terminada conforme a derecho, liberando de toda responsabilidad anterior a la firma del presente al Patrón. SEGUNDA.- El(la) Empleado(a) desempeñará su trabajo siempre a nombre y cuenta de la Empresa en Domicilio de la Unidad de Negocio o en el lugar en que se le indique, prestación de servicios que siempre será a nombre y cuenta de la Empresa. Las partes pactan que la Empresa tiene la facultad de cambiar el domicilio donde el Empleado deba prestar el servicio y éste último, la obligación de desarrollar sus funciones en el lugar que le precise la Empresa, sin que ello implique modificación de sus condiciones de trabajo.

    El(la) Empleado(a) realizará el trabajo contratado poniendo su mejor esfuerzo, para lograr el fin que se busca con el presente contrato, dando el mejor uso a los elementos de trabajo que se le otorguen para el desarrollo de la función encomendada por los jefes o superiores; asimismo se sujetará a los sistemas de trabajo existentes en los centros de labores y a las instrucciones que reciba de la Empresa y de las personas que la representen, quedando obligado a atender cualquier actividad conexa a sus ocupaciones principales. TERCERA.- El(la) Empleado(a) faculta expresamente a la Empresa para que pueda obtener cualquier información adicional relacionada con los datos contenidos en la solicitud de empleo, así como en su curriculum, y a realizar investigaciones o proporcionar total o parcialmente dicha información cuando al efecto la Empresa lo considere conveniente o necesario, en la inteligencia de que si la información que proporcionó el(la) Empleado(a) resultara falsa, inexacta o el(la) Empleado(a) demuestra falta de capacidad, aptitudes o facultades que haya manifestado, o bien, demuestre engaño en los certificados o referencias personales proporcionadas, la Empresa podrá dentro de los primeros treinta días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte. CUARTA.- La jornada de trabajo será de la siguiente manera: Para primer turno de las 7:00 a las 15:00 hrs de Lunes a Domingo con descanso los días, Martes de cada semana., para segundo turno de las 15:00 a las 10:30 hrs de Lunes a Sábado y con descanso los días, Domingo de cada semana, para tercer turno de las 10:30 a 7:00 hrs de Lunes a Domingo con descanso los días Martes y Domingo de cada semana el (la) Trabajador(a) gozará de un lapso de 30 minutos para tomar alimentos. El(los) día(s) de descanso del (la) Empleado(a) serán pagados con salario íntegro, teniendo el Patrón el derecho a cambiar el(los) día(s) de descanso, por requerirlo así las necesidades de trabajo. Queda expresamente convenido que el Patrón se reserva el derecho de modificar el horario y/o días laborales, cuando sea necesario y de acuerdo a los servicios contratados, por lo que el Empleado desde este momento, otorga su total y absoluta conformidad con tal evento. Para el caso de que la empresa desee controlar la asistencia y puntualidad del (la) Trabajador(a), éste(a) último(a) se obliga a firmar y/o llenar las tarjetas de asistencia o medios de control del horario de labores que existan en el centro de trabajo o en el lugar en el que haya sido asignado(a) a prestar sus servicios. Convienen las partes, que por ningún motivo el (la) Trabajador(a) prestará servicios en jornada extraordinaria de labores, salvo que excepcionalmente así lo requiera la Empresa, quien en tal caso le extenderá por escrito, una constancia autorizándolo para trabajar dichas horas extras, por lo que a falta de ésta, el (la) Trabajador(a) está impedido(a) para laborarlas, resultando improcedente el cobro de este concepto sin el requisito mencionado. QUINTA.- El (la) Trabajador(a) percibirá un salario diario de $__________ ( ______________________________ pesos ____/100 M.N) menos los descuentos de ley. El pago se hará previa firma del recibo correspondiente en la fuente de trabajo cada Semana pago en el que quedará incluido el importe del (los) día (s) de descanso semanal y días festivos, y la totalidad de los salarios ordinarios y

  • extraordinarios devengados a que tuviere derecho hasta la fecha del mismo, implicando que la firma hará las veces de un finiquito total de las cantidades mencionadas hasta la fecha del recibo correspondiente. El pago de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, días festivos y descanso semanal se pagarán de acuerdo a lo previsto en la ley laboral vigente. El (la) Trabajador(a) otorga su entero consentimiento y de manera expresa para que la Empresa, en caso de así considerarlo necesario, le cubra sus salarios y prestaciones a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencia o cualquier otro medio electrónico, sin costo por el manejo de cuenta, quedando los retiros en cajeros de disposición en efectivo, sujetos a los lineamientos de la Institución Bancaria.

    SEXTA.- Debido a la información laboral y personal que el (la) Trabajador(a) le proporcione al Patrón servirá para el control de sus servicios y el buen trato con los clientes, se establece como causa especial de rescisión cualquier error o falsificación de documentos o datos no verificados y confirmados por el (la) Empleado(a), que le sean entregados al Patrón. SÉPTIMA.- El(la) Trabajador(a) se obliga a no revelar a terceras personas los nombres, información, papeles, cifras, estudios, técnicas de producción o cualquier otro dato proporcionado con la labor que desempeñará referente a la Empresa y/o el cliente al que presente sus servicios a nombre y representación de la Empresa y a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos en cuya elaboración influya directa o indirectamente y de los cuales tenga conocimiento en razón del trabajo que va a realizar, así como de los asuntos administrativos reservados cuya divulgación pueda causar perjuicios a la Empresa y/o a sus clientes. El (la) Trabajador(a) se obliga a conservar en buen estado, y dar el mejor uso, a los elementos de trabajo y bienes de la Empresa o de los clientes de ésta, quedando bajo la responsabilidad del (la) Trabajador(a) cualquier faltante de equipo o material que esté a su disposición, en el entendido que en caso de incumplimiento, dará lugar a una causal de rescisión. El (la) Trabajador(a) manifiesta conocer y acepta apegarse a las Política de privacidad de la Empresa. En cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento, (la “Ley de Datos”), el(la) Trabajador(a) se obliga irrevocablemente a: (i) respetar y salvaguardar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad respecto de los datos personales, financieros o sensibles con los que trabaje o a los que tenga acceso en el desempeño de su trabajo o con motivo del mismo, ya sea que los Datos Personales le sean proporcionados por otras personas dentro de la organización del Patrón y sus afiliadas, sus clientes o proveedores o por cualquier otro tercero (los “Datos Personales”);(ii) tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones del Patrón; (iii) respetar y cumplir todos los manuales y procedimientos que le comunique el Patrón en relación con la protección de los Datos Personales; (iv) asistir a todas las pláticas, conferencias o capacitaciones que determine el Patrón en relación los Datos Personales; (v) consultar los avisos de privacidad aplicables a los Datos Personales a los que tenga acceso; (vi) mantener la confidencialidad de los Datos Personales y tratarlos exclusivamente para las finalidades expuestas dentro del aviso de privacidad aplicable a los mismos y no transferirlos salvo por indicaciones del Patrón; (vii) no recabar ningún dato adicional ya sea personal, financiero o sensible de los que se enlisten en el aviso de privacidad; (viii) no extraer del lugar de trabajo información que contenga Datos Personales. Por lo tanto, entre otras conductas similares, el(la) Trabajador(a) no podrá descargar bases de datos que contengan Datos Personales a dispositivos de memoria móviles (como USB), enviar tales bases de datos por correo electrónico o remover expedientes físicos o listados de las instalaciones de donde trabaja, salvo por instrucciones expresas del Patrón; (ix) avisar de la manera más pronta y oportuna al Oficial de Privacidad y en caso de no poder acudir o informar al Oficial de Privacidad, al jefe de área o superior jerárquico que le corresponda, sobre cualquier acto u omisión de algún otro empleado o tercero, que pudiera resultar violatoria para aquel de las obligaciones arriba enumeradas, de las que el(la) Trabajador(a) sepa, escuche o tenga conocimiento. El (la) Trabajador(a) será responsable de cualquier violación a las obligaciones previstas en la presente cláusula, así como cualquier consecuencia que por sus actos u omisiones se causen al Patrón o a terceros en relación con la Ley de Datos, la cual establece que las sanciones por posibles incumplimientos, podrán ser: multas (sanciones administrativas) o sanciones penales, las cuales he leído y comprendido. Igualmente, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se informa al Trabajador que todos los datos personales por el proporcionados a través de su

  • currículum vitae, solicitud de empleo, formularios de ingreso y los obtenidos como consecuencia de la relación laboral con El Patrón, forman parte de ficheros de datos de carácter personal 4 de estricta confidencialidad. El responsable del tratamiento de esos ficheros es El patrón, su uso será la gestión de procesos de pago, trámites ante las instancias que por disposición de las leyes mexicanas deba hacerse a través del Patrón, aspectos de recursos humanos internos y servicios generales. Al otorgar El trabajador esta información al Patrón y signar el presente Contrato, acepta y está de acuerdo con los anotados tratamientos. Asimismo El Trabajador, acepta conocer la facultad y ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Patrón.

    OCTAVA.- El (la) Trabajador(a) informará al Patrón, cuando tenga conocimiento, de cualquier enfermedad, embarazo o limitante personal que le impida realizar sus servicios, considerando para ello que la salud y presencia personal al 100% es parte fundamental de este contrato, sometiéndose el (la) Empleado(a) a los exámenes médicos correspondientes y necesarios. Lo anterior de conformidad con la fracción X del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo. NOVENA.- El (la) Trabajador(a) se obliga a participar en todos los planes y programas de capacitación y adiestramiento en que se le requiera y que en este acto el Patrón se obliga a impartir a los (las) trabajadores(as); y acepta conocer y someterse al reglamento interior de trabajo del Patrón, del cual recibe una copia en este acto, obligándose a cumplir sus disposiciones. Leído que fue este documento por ambas partes y enteradas de su contenido, derechos, obligaciones y alcances, lo firman por duplicado, entregando una copia del mismo para cada una de las partes, de común acuerdo en el Chihuahua, Chih. México a los días ____________________

    EL PATRON EL TRABAJADOR

    __________________________________________ _________________________________ SERVICIOS UNIVERSALES DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    TESTIGO TESTIGO

    __________________________________________ _________________________________

  • CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO Contrato de trabajo que celebran en la ciudad de Chihuahua a los ___________________ Por una parte la empresa MARIA BONITA EN CHIHUAHUA S.A. DE C.V. con domicilio en Avenida Mirador #7712 Colonia Colinas del Valle, Chihuahua, Chihuahua, a quien en el presente contrato se le denominará EL PATRON, representado por REZA RAMIREZ MARIA FERNANDA, y por otra parte ____________________________________ de nacionalidad _________________ de ____ años de edad, Estado civil _________________ Registro federal de contribuyentes _____________________, Clave Única de Población _____________________________ con domicilio en calle ______________ #_____ Colonia ________________, C.P ______________ en _______________, Chih. Quien en este contrato se le denominará EL TRABAJADOR; quienes mutuamente aceptan y convienen las condiciones de la prestación de servicios en los términos de las siguientes:

    C L A U S U L A S PRIMERA.- Ambas partes se reconocen la personalidad con la cual se ostentan y capacidad legal para celebrar el presente contrato. SEGUNDA.- EL TRABAJADOR se obliga a prestar a EL PATRON bajo su dirección y dependencia sus servicios personales como: _____________ consistentes en las actividades relacionadas con su puesto tales como: supervisar y coordinar preparación de bebidas, servicio al cliente, limpiezas, manejo y control de caja., etc. Y demás labores anexas y conexas que se deriven de las anteriores, así mismo el trabajador se obliga a mantener en buen estado de limpieza su lugar de trabajo y a realizar todas las actividades que le sean encomendadas por el Patrón, etc.: Declarando EL TRABAJADOR bajo protesta de decir verdad, que tiene la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñar con eficiencia el trabajo. TERCERA.- EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios con el carácter señalado en el entendido de que la determinación de estos servicios se hace en forma enunciativa y no limitativa, y por lo tanto EL TRABAJADOR deberá desempeñar todas las labores anexas ó relacionadas con su obligación principal. CUARTA.- La relación de trabajo que se deriva de este contrato será por tiempo DETERMINADO, a partir del ___________________. QUINTA.- La jornada de trabajo que se deriva de este contrato será de 30 horas semanales, según se trate de diurna o nocturna, en tal virtud, el trabajador y el patrón convienen en repartir la jornada de trabajo de lunes a domingo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, sin perjuicio de que se pueda establecer una diversa jornada de trabajo dentro de la duración máxima legal. Para los efectos anteriores el trabajador laborara 5 horas diarias en un lapso de seis días un con un día de descanso. El horario de labores y el día de descanso será señalado por el patrón de acuerdo a las necesidades del mismo, pero siempre respetando el día de descanso y las horas acordadas de labores. El trabajador expresa su consentimiento expreso para el patrón modifique o cambie el horario o turno de las labores en forma temporal o permanente, cuando las necesidades de la empresa lo requieran. SEXTA.- El patrón se obliga a pagar como salario diario la cantidad $_______ (____________________________________ ___/100 M.N), el pago se realizará los días viernes de cada semana en horas de trabajo y en el lugar que el trabajador preste sus servicios salvo lo pactado en esta misma cláusula. Trabajador y patrón por convenir a sus respectivos intereses y sobre todo por comodidad y seguridad, que el pago de los salarios y/o prestaciones se puede realizar a través de cheques, o por depósito en Institución Bancaria con tarjeta de débito, obligándose el trabajador a firmar los recibos de pago correspondientes. Si el trabajador incurre en retardos o deja de laborar un periodo de la jornada de trabajo, la Empresa podrá deducir de su salario el tiempo en que omite prestar sus servicios, siempre y cuando sea por causa imputable a él.

  • Igualmente el trabajador está de acuerdo en cumplir con la normatividad aplicable a la relación laboral por lo que solicita y autoriza a la empresa para que le retenga y entere a las Dependencias correspondientes, el Impuesto Sobre la Renta, cuota obrera del Instituto Mexicano del Seguro Social, aportaciones al Infonavit y afore, así como cualquier impuesto y/o cuotas que le corresponden por sus ingresos. En relación a los descuentos de cafetería, por los alimentos que en su caso proporcione la empresa, el trabajador está de acuerdo en que se le descuente de su salario lo correspondiente al 20% del salario mínimo del Distrito Federal, por lo que se le solicita al patrón se le realice el descuento a través de la nómina, otorgando su pleno consentimiento en tal sentido, por lo que solo en caso de que no haga uso de dicha prestación, el trabajador lo hará del conocimiento de la empresa en forma expresa. Además, en caso de Préstamos y descuentos al salario, el trabajador otorga su consentimiento para que se realice en los términos del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo. SEPTIMA.- El sistema de control diario de puntualidad y asistencia es a través de un sistema electrónico con un gaffete de identificación personal. El trabajador diariamente deberá insertar su gaffete en la terminal de la computadora instalada (terminal electrónica del código de barras) en la empresa, con objeto de marcar tanto la hora de entrada como de salida del trabajo como el tiempo empleado para tomar alimentos. Las marcas de entrada y salida que aparezcan registradas, será la prueba de asistencia y puntualidad. La falta de inserción del gaffete será tomada como falta de asistencia para todos los efectos legales. El trabajador otorga su consentimiento para el caso de que la empresa eficiente el control de asistencia, modifique al actual sistema. Asimismo, el trabajador reconoce, acepta y da su conocimiento para que durante el desarrollo de sus labores, asi como los periodos de tiempo en los que se encuentre en el centro de trabajo, pueda ser video grabado mediante dispositivos de seguridad que para ello instale el patrón, pudiendo este usar la información video grabada para fines que convengan al mismo, respetando en todo momento la integridad y la seguridad del trabajador. OCTAVA.- Cuando por circunstancias especiales deba prolongarse la jornada de trabajo, el trabajador estará obligado a laborar el tiempo extra que se le ordene en los términos del artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo. Solo se considerarán y pagarán como horas extraordinarias, las que exceden del tiempo semanal establecido en este contrato y sean debidamente autorizadas por escrito por patrón y debidamente registrada por el trabajador. NOVENA.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 73 de La Ley Federal del Trabajo, el trabajador expresa su consentimiento para laborar en el día que se le señale como descanso semanal o de descanso obligatorio, si las necesidades de la empresa así lo exigen, en cuyo caso se le cubrirá el salario con base en el propio artículo 73 y lo que señale el artículo 75 ambos de la Ley Federal del Trabajo. DECIMA.- Conviene expresamente el trabajador y la empresa que las faltas de asistencia a l trabajador debida su enfermedad o accidentes solamente podrán ser justificadas por el trabajador con las constancias de incapacidad que legalmente expide el instituto Mexicano del seguro Social, ya que no le serán aceptadas, ni servirán para justificar ninguna falta de asistencia u otros documentos expedidos por otros médicos, ni las citas o recetas médicas expedidos por el propio Instituto mexicano del Seguro Social. DECIMA PRIMERA.- El trabajador manifiesta expresamente su voluntad y aceptación de desempeñar el trabajo contratado en el lugar o lugares que acepte el patrón en forma temporal o permanente por necesidades de operación. DECIMA SEGUNDA.- El trabajador manifiesta expresamente y reconoce que toda la Información confidencial o no, así como la documentación que reciba, respecto a los procesos de operación de cualquier naturaleza, de la empresa en donde preste sus servicios, que se le proporcione durante su relación laboral, no podrá divulgarlo o proporcionarlo por ningún medio a terceras personas sin la previa autorización de la empresa.

  • DECIMA CUARTA.- Ambas partes convienen en observar y respetar íntegramente las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior de Trabajo, el cual se encuentra legalmente depositado ante la Autoridad Laboral Correspondiente, recibiendo el trabajador su correspondiente copia. DECIMA QUINTA.- Ambas partes convienen en observar y cumplir las disposiciones que en materia de higiene y seguridad dicten las autoridades competentes, así como las mixtas de higiene y seguridad. DECIMA SEXTA.- El trabajador se obliga a participar en los programas de capacitación y adiestramiento que tenga implementado en la empresa o que lo establezcan en lo futuro. DECIMA SEPTIMA.- El trabajador se obliga a comunicar cualquier cambio de domicilio. DECIMA OCTAVA.- Se conviene por las partes que al terminar el periodo establecido en el presente contrato se dará por terminado en forma automática sin necesidad de hacerlo por escrito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 fracción III de la Ley Federal del Trabajo, sin ninguna responsabilidad para la empresa. DECIMA NOVENA: La antigüedad del trabajador es a partir del día ____________________. LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES E IMPUESTAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD.

    EL PATRON EL TRABAJADOR _____________________________ ___________________________ REZA RAMIREZ MARIA FERNANDA

  • CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO

    Contrato de trabajo que celebran en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los _________________ una parte la empresa SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV con domicilio en Av. Universidad #1505, Colonia Santo Niño, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) SUM030612E37 a quien en el presente contrato se le denominara EL PATRÓN, representado por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ y por otra parte ______________________ de nacionalidad Mexicana de _________ años de edad, estado civil___________________ Registro Federal de Contribuyentes ______________, Clave Única de Registro de Población ___________________________ con domicilio en Calle ______________ # ____________ Colonia. ___________ quien en este contrato se le denominará EL TRABAJADOR; quienes mutuamente acuerdan las condiciones de la prestación de servicios en los términos de las siguientes:

    C L A U S U L A S PRIMERA.- Ambas partes se reconocen la personalidad con la cual se ostentan y capacidad legal para celebrar el presente contrato. SEGUNDA.- EL TRABAJADOR se obliga a prestar a EL PATRON bajo su dirección y dependencia sus servicios personales como ____________________ consistentes en todo lo relacionado con el puesto y demás labores anexas y conexas que se deriven de las anteriores, así mismo el trabajador se obliga a mantener en buen estado de limpieza su lugar de trabajo y a realizar todas las actividades que le sean encomendadas por el Patrón, etc.: Declarando EL TRABAJADOR bajo protesta de decir verdad, que tiene la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñar con eficiencia el trabajo. TERCERA.- EL TRABAJADOR se obliga a prestar a su patrón bajo su dirección, dependencia y subordinación sus servicios personales como ___________________ limitativa en el anexo No 1 que forma parte integrante de este contrato y demás labores anexas y conexas que se deriven de las anteriores. “LA EMPRESA” contrata al TRABAJADOR por TIEMPO DETERMINADO, para que este le preste sus servicios personales y labores para el desempeño en el puesto, de conformidad a lo dispuestos por los artículos 35 y 36 de la Nueva Ley Federal de Trabajo, ya que la naturaleza de la obra así lo exige. CUARTA.- La relación de trabajo que se deriva de este contrato será por tiempo DETERMINADO, en virtud de que las causas que originan que se contrate la prestación de servicios por tiempo determinado, tienen carácter extraordinario. QUINTA.- La jornada de trabajo que se deriva de este contrato será de 36 horas semanales (trabajando 6 horas diarias por 6 días y uno de descanso) o de 48 horas horas semanales (trabajando 8 horas diarias por 6 días y uno de descanso); de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, sin perjuicio de que se pueda establecer una diversa jornada de trabajo dentro de la duración máxima legal. Dentro de las jornadas antes mencionadas, disfrutará el trabajador diariamente de media hora de descanso para tomar sus alimentos, pudiéndolo hacer fuera de la empresa. El patrón informara al trabajador el horario en el que asistirá a laborar, debiendo el trabajador, manifestar su consentimiento expreso, en caso de que el patrón modifique o cambie el horario o turno de las labores en forma temporal o permanente, cuando las necesidades de la lo requieran El trabajador expresa su consentimiento expreso para que el patrón modifique o cambie el horario o turno de las labores en forma temporal o permanente, cuando las necesidades de la lo requieran. SEXTA.- El patrón se obliga a pagar como salario diario la cantidad de $ ___________ (______________________________________ __/100 M.N) el pago se realizará los días viernes de cada semana en horas de trabajo y en el lugar que el trabajador preste sus servicios salvo lo pactado en esta misma cláusula. Trabajador y patrón por convenir a sus respectivos intereses y sobre todo por comodidad y seguridad, acuerdan que el pago de los salarios y/o prestaciones se puede realizar a través de cheques, o por depósito en Institución Bancaria con tarjeta de débito, obligándose el trabajador a firmar los recibos de pago correspondientes. Si el trabajador incurre en retardos o deja de laborar un periodo de la jornada de trabajo, la Empresa podrá deducir de su salario el tiempo en que omite prestar sus servicios, siempre y cuando sea por causa imputable a él. Igualmente el trabajador está de acuerdo en cumplir con la normatividad aplicable a la relación laboral por lo que solicita y autoriza a la empresa para que le retenga y entere a las Dependencias correspondientes, el Impuesto Sobre la Renta, cuota obrera del Instituto Mexicano del Seguro Social, aportaciones al Infonavit y afore, así como cualquier impuesto y/o cuotas que le corresponden por sus ingresos. En relación a los descuentos de cafetería, por los alimentos que en su caso proporcione la empresa, el trabajador está de acuerdo en que se le descuente de su salario lo correspondiente al 20% del salario

  • mínimo del Distrito Federal, por lo que se le solicita al patrón se le realice el descuento a través de la nómina, otorgando su pleno consentimiento en tal sentido, por lo que solo en caso de que no haga uso de dicha prestación, el trabajador lo hará del conocimiento de la empresa en forma expresa. Además, en caso de Préstamos y descuentos al salario, el trabajador otorga su consentimiento para que se realice en los términos del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo. SEPTIMA.- El sistema de control diario de puntualidad y asistencia es a través de un sistema electrónico con un gaffete de identificación personal. El trabajador diariamente deberá insertar su gaffete en la terminal de la computadora instalada (terminal electrónica del código de barras) en la empresa, con objeto de marcar tanto la hora de entrada como de salida del trabajo como el tiempo empleado para tomar alimentos. Las marcas de entrada y salida que aparezcan registradas, será la prueba de asistencia y puntualidad. La falta de inserción del gaffete será tomada como falta de asistencia para todos los efectos legales. El trabajador otorga su consentimiento para el caso de que la empresa eficiente el control de asistencia, modifique al actual sistema. OCTAVA.- Cuando por circunstancias especiales deba prolongarse la jornada de trabajo, el trabajador estará obligado a laborar el tiempo extra que se le ordene en los términos del artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo. Solo se considerarán y pagarán como horas extraordinarias, las que exceden del tiempo semanal establecido en este contrato y sean debidamente autorizadas por escrito por patrón y debidamente registrada por el trabajador. NOVENA.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 73 de La Ley Federal del Trabajo, el trabajador expresa su consentimiento para laborar en el día que se le señale como descanso semanal o de descanso obligatorio, si las necesidades de la empresa así lo exigen, en cuyo caso se le cubrirá el salario con base en el propio artículo 73 y lo que señale el artículo 75 ambos de la Ley Federal del Trabajo. DECIMA.- Conviene expresamente el trabajador y la empresa que las faltas de asistencia al trabajador debida su enfermedad o accidentes solamente podrán ser justificadas por el trabajador con las constancias de incapacidad que legalmente expide el Instituto Mexicano del Seguro Social, ya que no le serán aceptadas, ni servirán para justificar ninguna falta de asistencia u otros documentos expedidos por otros médicos, ni las citas o recetas médicas expedidos por el propio Instituto Mexicano del Seguro Social. DECIMA PRIMERA.- El trabajador manifiesta expresamente su voluntad y aceptación de desempeñar el trabajo contratado en el lugar o lugares que acepte el patrón en forma temporal o permanente por necesidades de operación. DECIMA SEGUNDA.- El trabajador manifiesta expresamente y reconoce que toda la Información confidencial o no, así como la documentación que reciba, respecto a los procesos de operación de cualquier naturaleza, de la empresa en donde preste sus servicios, que se le proporcione durante su relación laboral, no podrá divulgarlo o proporcionarlo por ningún medio a terceras personas sin la previa autorización de la empresa. DECIMA CUARTA.- Ambas partes convienen en observar y respetar íntegramente las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior de Trabajo, el cual se encuentra legalmente depositado ante la Autoridad Laboral Correspondiente, recibiendo el trabajador su correspondiente copia. DECIMA QUINTA.- Ambas partes convienen en observar y cumplir las disposiciones que en materia de higiene y seguridad dicten las autoridades competentes, así como las mixtas de higiene y seguridad. DECIMA SEXTA.- El trabajador se obliga a participar en los programas de capacitación y adiestramiento que tenga implementado en la empresa o que lo establezcan en lo futuro. DECIMA SEPTIMA.- El trabajador se obliga a comunicar cualquier cambio de domicilio. DECIMA OCTAVA.- Se conviene por las partes que al terminar el periodo establecido en el presente contrato se dará por terminado en forma automática sin necesidad de hacerlo por escrito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 fracción III de la Ley Federal del Trabajo, sin ninguna responsabilidad para la empresa. LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES E IMPUESTAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD.

    EL PATRON EL TRABAJADOR

  • ____________________________________ ___________________________________ SERVICIOS UNIVERSALES DE MEXICO SA DE CV

    ANEXO 1

    QUE FIRMAN AMBAS PARTES Y QUE FORMA PARTE DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “SUMSA” PRESENTADA POR ESTE ACTO POR SU PRESENTANTE LEGAL ING. MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MARQUEZ Y DIANA ECHEVERRIA LOZANO Y POR LA OTRA PARTE A __________________________________ , A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL TRABAJADOR”, OBLIGÁNDOSE A PRESTAR SUS SERVICIOS EN LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

    Reclutamiento y selección

    Relaciones laborales

    Actividades administrativas

    Servicio al personal

    Entrega finiquitos

    LEIDO QUE FUE EL PRESENTE ANEXO POR LAS PARTES, E IMPUESTAS DE SU CONTENIDO, LO RATIFICAN Y FIRMAN ANTE LA PRESENCIA DE DOS TESTIGOS, MAYORES DE EDAD, HABILES DE ESTE DOMICILIO, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, ESTADO DE CHIHUAHUA, A ___________________.

    “LA EMPRESA” EL TRABAJADOR

    _____________________________ ________________________

    TESTIGO TESTIGO

    _________________________ __________________________

  • Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o Patrón, y el (la) señor(a): ______________________________ en lo sucesivo El (la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

    D E C L A R A C I O N E S I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, y que consiste en ________________________, la cual durará el tiempo que así lo requiera la obra, a partir de la firma del presente contrato. c) Que tiene su domicilio social en la calle AV. UNIVERSIDAD NÚMERO 1506 SANTO NIÑO C.P 31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara:

    a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo ________________ con domicilio __________________ . ____________________ en la ciudad Chihuahua Chihuahua con Registro Federal de Contribuyentes __________________________ Y Clave Única de Registro Poblacional -____________________________________ b) Tener los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo del trabajo eventual para el cual se elabora el presente contrato, y que las referencias relacionadas con su persona y experiencia son auténticas. c) Estar conforme en prestar sus servicios temporales al patrón durante el tiempo que dure la obra, señalado en las declaraciones anteriores, asimismo que le consta lo manifestado por la Empresa en la declaración que antecede, fundamentalmente lo contenido en el inciso b), que además ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato.

    Ambas partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo por OBRA DETERMINADA, en términos del artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes:

    C L Á U S U L A S

    PRIMERA.- La Empresa contrata los servicios temporales del(la) Empleado(a) como ________________________ durante el tiempo que requiera la realización de la obra, con el objeto de que realice las labores descritas en la Declaración I, inciso b) de este contrato, las cuales se mencionan de manera ilustrativa mas no limitativas. En virtud de su objeto social, y considerando que ésta le presta servicios a terceros a través o por conducto del (la) Empleado(a), siempre se considerará que éste(a) presta sus servicios para la Empresa quien es su Patrón, quien paga su salario y a la cual está subordinado, por lo que la relación laboral

  • continuará exclusivamente entre ambos y no con terceras personas, clientes y/o receptoras de los servicios de la Empresa. El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Laboral, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula segunda, por lo que al concluirse dichos trabajos las partes contratantes lo darán por terminado sin ninguna responsabilidad con apoyo en el numeral antes mencionado e igualmente en los artículos 35, 36, 53 fracción III y demás relativos de la citada Ley Federal del Trabajo. Convienen ambas partes que El Patrón podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte, si el trabajador demuestra falta de capacidad, aptitudes o las facultades que dijo tener en las declaraciones que anteceden, o se demuestre engaño en los certificados y referencias presentados por éste De igual manera podrá rescindirse este contrato por incurrir el trabajador en cualquier causal de rescisión señalada en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo vigente. Toda vez que el inmueble que dentro del cual se presta el servicio pertenecía a una persona distinta al Patrón, el Trabajador acepta que no existe relación laboral previa con le Empresa, independientemente de que los servicios que presta fueran similares o conexos a los prestados previamente, siendo que dicha relación fue terminada conforme a derecho, liberando de toda responsabilidad anterior a la firma del presente al Patrón. SEGUNDA.- El(la) Empleado(a) desempeñará su trabajo siempre a nombre y cuenta de la Empresa en Domicilio de la Unidad de Negocio o en el lugar en que se le indique, prestación de servicios que siempre será a nombre y cuenta de la Empresa. Las partes pactan que la Empresa tiene la facultad de cambiar el domicilio donde el Empleado deba prestar el servicio y éste último, la obligación de desarrollar sus funciones en el lugar que le precise la Empresa, sin que ello implique modificación de sus condiciones de trabajo. El(la) Empleado(a) realizará el trabajo contratado poniendo su mejor esfuerzo, para lograr el fin que se busca con el presente contrato, dando el mejor uso a los elementos de trabajo que se le otorguen para el desarrollo de la función encomendada por los jefes o superiores; asimismo se sujetará a los sistemas de trabajo existentes en los centros de labores y a las instrucciones que reciba de la Empresa y de las personas que la representen, quedando obligado a atender cualquier actividad conexa a sus ocupaciones principales. TERCERA.- El(la) Empleado(a) faculta expresamente a la Empresa para que pueda obtener cualquier información adicional relacionada con los datos contenidos en la solicitud de empleo, así como en su currículo, y a realizar investigaciones o proporcionar total o parcialmente dicha información cuando al efecto la Empresa lo considere conveniente o necesario, en la inteligencia de que si la información que proporcionó el(la) Empleado(a) resultara falsa, inexacta o el(la) Empleado(a) demuestra falta de capacidad, aptitudes o facultades que haya manifestado, o bien, demuestre engaño en los certificados o referencias personales proporcionadas, la Empresa podrá dentro de los primeros treinta días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte. CUARTA.- La jornada de trabajo será de la siguiente manera: 7:00 a 15:00 hrs de Lunes a Sábado, 15:00 a 11:00 hrs de Lunes a Sábado y de 11:00 a 7:00 hrs de Lunes a Viernes con descanso los días Domingos de cada semana., el (la) Trabajador(a) gozará de un lapso de 30 minutos para tomar alimentos. El(los) día(s) de descanso del (la) Empleado(a) serán pagados con salario íntegro, teniendo el Patrón el derecho a cambiar el(los) día(s) de descanso, por requerirlo así las necesidades de trabajo. Queda expresamente convenido que el Patrón se reserva el derecho de modificar el horario y/o días laborales, cuando sea necesario y de acuerdo a los servicios contratados, por lo que el Empleado desde este momento, otorga su total y absoluta conformidad con tal evento.

  • Para el caso de que la empresa desee controlar la asistencia y puntualidad del (la) Trabajador(a), éste(a) último(a) se obliga a firmar y/o llenar las tarjetas de asistencia o medios de control del horario de labores que existan en el centro de trabajo o en el lugar en el que haya sido asignado(a) a prestar sus servicios. Convienen las partes, que por ningún motivo el (la) Trabajador(a) prestará servicios en jornada extraordinaria de labores, salvo que excepcionalmente así lo requiera la Empresa, quien en tal caso le extenderá por escrito, una constancia autorizándolo para trabajar dichas horas extras, por lo que a falta de ésta, el (la) Trabajador(a) está impedido(a) para laborarlas, resultando improcedente el cobro de este concepto sin el requisito mencionado. QUINTA.- El (la) Trabajador(a) percibirá un salario diario de $________.00 (____________________________ 00/100 M.N.) menos los descuentos de ley. El pago se hará previa firma del recibo correspondiente en la fuente de trabajo cada Semana pago en el que quedará incluido el importe del (los) día (s) de descanso semanal y días festivos, y la totalidad de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados a que tuviere derecho hasta la fecha del mismo, implicando que la firma hará las veces de un finiquito total de las cantidades mencionadas hasta la fecha del recibo correspondiente. El pago de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, días festivos y descanso semanal se pagarán de acuerdo a lo previsto en la ley laboral vigente. El (la) Trabajador(a) otorga su entero consentimiento y de manera expresa para que la Empresa, en caso de así considerarlo necesario, le cubra sus salarios y prestaciones a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencia o cualquier otro medio electrónico, sin costo por el manejo de cuenta, quedando los retiros en cajeros de disposición en efectivo, sujetos a los lineamientos de la Institución Bancaria. SEXTA.- Debido a la información laboral y personal que el (la) Trabajador(a) le proporcione al Patrón servirá para el control de sus servicios y el buen trato con los clientes, se establece como causa especial de rescisión cualquier error o falsificación de documentos o datos no verificados y confirmados por el (la) Empleado(a), que le sean entregados al Patrón. SÉPTIMA.- El(la) Trabajador(a) se obliga a no revelar a terceras personas los nombres, información, papeles, cifras, estudios, técnicas de producción o cualquier otro dato proporcionado con la labor que desempeñará referente a la Empresa y/o el cliente al que presente sus servicios a nombre y representación de la Empresa y a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos en cuya elaboración influya directa o indirectamente y de los cuales tenga conocimiento en razón del trabajo que va a realizar, así como de los asuntos administrativos reservados cuya divulgación pueda causar perjuicios a la Empresa y/o a sus clientes. El (la) Trabajador(a) se obliga a conservar en buen estado, y dar el mejor uso, a los elementos de trabajo y bienes de la Empresa o de los clientes de ésta, quedando bajo la responsabilidad del (la) Trabajador(a) cualquier faltante de equipo o material que esté a su disposición, en el entendido que en caso de incumplimiento, dará lugar a una causal de rescisión. El (la) Trabajador(a) manifiesta conocer y acepta apegarse a las Política de privacidad de la Empresa. En cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento, (la “Ley de Datos”), el(la) Trabajador(a) se obliga irrevocablemente a: (i) respetar y salvaguardar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad respecto de los datos personales, financieros o sensibles con los que trabaje o a los que tenga acceso en el desempeño de su trabajo o con motivo del mismo, ya sea que los Datos Personales le sean proporcionados por otras personas dentro de la organización del Patrón y sus afiliadas, sus clientes o proveedores o por cualquier otro tercero (los “Datos Personales”);(ii) tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones del Patrón; (iii) respetar y cumplir todos los manuales y procedimientos que le comunique el Patrón en relación con la protección de los Datos Personales; (iv) asistir a todas las pláticas, conferencias o capacitaciones que determine el Patrón en relación los Datos Personales; (v) consultar los avisos de privacidad aplicables a

  • los Datos Personales a los que tenga acceso; (vi) mantener la confidencialidad de los Datos Personales y tratarlos exclusivamente para las finalidades expuestas dentro del aviso de privacidad aplicable a los mismos y no transferirlos salvo por indicaciones del Patrón; (vii) no recabar ningún dato adicional ya sea personal, financiero o sensible de los que se enlisten en el aviso de privacidad; (viii) no extraer del lugar de trabajo información que contenga Datos Personales. Por lo tanto, entre otras conductas similares, el(la) Trabajador(a) no podrá descargar bases de datos que contengan Datos Personales a dispositivos de memoria móviles (como USB), enviar tales bases de datos por correo electrónico o remover expedientes físicos o listados de las instalaciones de donde trabaja, salvo por instrucciones expresas del Patrón; (ix) avisar de la manera más pronta y oportuna al Oficial de Privacidad y en caso de no poder acudir o informar al Oficial de Privacidad, al jefe de área o superior jerárquico que le corresponda, sobre cualquier acto u omisión de algún otro empleado o tercero, que pudiera resultar violatoria para aquel de las obligaciones arriba enumeradas, de las que el(la) Trabajador(a) sepa, escuche o tenga conocimiento. El (la) Trabajador(a) será responsable de cualquier violación a las obligaciones previstas en la presente cláusula, así como cualquier consecuencia que por sus actos u omisiones se causen al Patrón o a terceros en relación con la Ley de Datos, la cual establece que las sanciones por posibles incumplimientos, podrán ser: multas (sanciones administrativas) o sanciones penales, las cuales he leído y comprendido. Igualmente, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se informa al Trabajador que todos los datos personales por el proporcionados a través de su currículum vitae, solicitud de empleo, formularios de ingreso y los obtenidos como consecuencia de la relación laboral con El Patrón, forman parte de ficheros de datos de carácter personal 4 de estricta confidencialidad. El responsable del tratamiento de esos ficheros es El patrón, su uso será la gestión de procesos de pago, trámites ante las instancias que por disposición de las leyes mexicanas deba hacerse a través del Patrón, aspectos de recursos humanos internos y servicios generales. Al otorgar El trabajador esta información al Patrón y signar el presente Contrato, acepta y está de acuerdo con los anotados tratamientos. Asimismo El Trabajador, acepta conocer la facultad y ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Patrón. OCTAVA.- El (la) Trabajador(a) informará al Patrón, cuando tenga conocimiento, de cualquier enfermedad, embarazo o limitante personal que le impida realizar sus servicios, considerando para ello que la salud y presencia personal al 100% es parte fundamental de este contrato, sometiéndose el (la) Empleado(a) a los exámenes médicos correspondientes y necesarios. Lo anterior de conformidad con la fracción X del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo. NOVENA.- El (la) Trabajador(a) se obliga a participar en todos los planes y programas de capacitación y adiestramiento en que se le requiera y que en este acto el Patrón se obliga a impartir a los (las) trabajadores(as); y acepta conocer y someterse al reglamento interior de trabajo del Patrón, del cual recibe una copia en este acto, obligándose a cumplir sus disposiciones. Leído que fue este documento por ambas partes y enteradas de su contenido, derechos, obligaciones y alcances, lo firman por duplicado, entregando una copia del mismo para cada una de las partes, de común acuerdo en el Chihuahua, Chih. México a los días __________________________________

    EL PATRON EL TRABAJADOR

    _________________________________ _____________________________ SERVICIOS UNIVERSALES DE MEXICO, S.A. DE C.V.

  • Contrato Individual de Trabajo por OBRA DETERMINADA que celebran SERVICIOS UNIVERSALES DE MÉXICO SA DE CV, representada por MARTIN FERNANDO REZA MENDIAS Y/O CESAR FRANCISCO ZARAGOZA MÁRQUEZ en lo sucesivo La Empresa y/o Patrón, y el (la) señor(a) _________________________________ en lo sucesivo El(la) Trabajador(a) y/o Empleado(a), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

    D E C L A R A C I O N E S

    I.- La Empresa declara: a) Estar constituida como una sociedad Anónima de Capital Variable que tiene como finalidad, entre otros, la prestación de servicios de personal a diversos clientes. b) Que tiene la necesidad de contratar los servicios del (la) Trabajador(a), en virtud de que la obra que se describe en este inciso no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa por tratarse de un proyecto especial, con el puesto de _______________________________.. c) Que tiene su domicilio social en la calle AV. UNIVERSIDAD 1506 COL. SANTO NIÑO C.P31200 EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, MÉXICO. II.- El (la) Trabajador(a) declara: a) Llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad mexicana, sexo ______________y con domici