Contrato Locacion

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA Conste por el presente documento de Locación de Servicios que celebran de una parte la Empresa CHIMU AGROPECUARIA SA debidamente representada por su Gerente General Sra. Melva Paredes Florián, identificada con D.N.I. 17917722, a la que en adelante se denominará LA EMPRESA, y de la otra parte GANMAE ASESORES & CONSULTORES SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con R.U.C. Nº 20031129582 con domicilio en jirón Francisco Pizarro Nº 671 – Int. 2 Trujillo, debidamente representada por su Apoderado C.P.C. Alan Eswin Sauceda Saucedo, identificado con D.N.I. Nº 42807833, a la que en adelante se le denominará LOS AUDITORES, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA.- Con fecha 05 de agosto del 2011 se aprobó contratar a LOS AUDITORES para que practiquen la Auditoria Externa de los Estados Financieros de la Empresa CHIMU AGROPECUARIA SA para el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre del 2014. SEGUNDA .- En mérito a lo dispuesto en la cláusula precedente es objeto del presente contrato la prestación de servicios de Auditoria Externa por parte de LOS AUDITORES a LA EMPRESA. TERCERA .- La prestación del servicio de Auditoria Externa se efectuará de acuerdo a la Propuesta de Auditoria presentada por LOS AUDITORES de fecha 02 de agosto del 2011, la misma que forma parte integrante del presente contrato. Los informes que emitirán LOS AUDITORES serán: Dictamen de Auditoria y Carta de Control Interno, así como informes y/o cartas especiales, de ser necesario. La realización del trabajo de Auditoría LOS AUDITORES comprende: - Visita Preliminar: Comprende un plazo de 10 días hábiles, que se inicia el día 12 de setiembre de 2011, abarcando el Planeamiento de la Auditoria, evaluación del Sistema de Control Interno contable, arqueos de caja y valores, evaluación de la aplicación de recomendaciones de informes de auditoría de años anteriores,

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA

Conste por el presente documento de Locación de Servicios que celebran de una parte la Empresa CHIMU AGROPECUARIA SA debidamente representada por su Gerente General Sra. Melva Paredes Florián, identificada con D.N.I. 17917722, a la que en adelante se denominará LA EMPRESA, y de la otra parte GANMAE ASESORES & CONSULTORES SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con R.U.C. Nº 20031129582 con domicilio en jirón Francisco Pizarro Nº 671 – Int. 2 Trujillo, debidamente representada por su Apoderado C.P.C. Alan Eswin Sauceda Saucedo, identificado con D.N.I. Nº 42807833, a la que en adelante se le denominará LOS AUDITORES, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA.- Con fecha 05 de agosto del 2011 se aprobó contratar a LOS AUDITORES para que practiquen la Auditoria Externa de los Estados Financieros de la Empresa CHIMU AGROPECUARIA SA para el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre del 2014.

SEGUNDA.- En mérito a lo dispuesto en la cláusula precedente es objeto del presente contrato la prestación de servicios de Auditoria Externa por parte de LOS AUDITORES a LA EMPRESA.

TERCERA.- La prestación del servicio de Auditoria Externa se efectuará de acuerdo a la Propuesta de Auditoria presentada por LOS AUDITORES de fecha 02 de agosto del 2011, la misma que forma parte integrante del presente contrato.

Los informes que emitirán LOS AUDITORES serán: Dictamen de Auditoria y Carta de Control Interno, así como informes y/o cartas especiales, de ser necesario.

La realización del trabajo de Auditoría LOS AUDITORES comprende:

- Visita Preliminar: Comprende un plazo de 10 días hábiles, que se inicia el día 12 de setiembre de 2011, abarcando el Planeamiento de la Auditoria, evaluación del Sistema de Control Interno contable, arqueos de caja y valores, evaluación de la aplicación de recomendaciones de informes de auditoría de años anteriores, evaluación del sistema de cómputo, preparación, discusión de la carta de control interno y examen de los rubros de los estados financieros al mes de agosto 2011.

- Visita Verificación: comprende la toma de inventarios del mes de diciembre.

- Visita Final: Comprende un plazo de 10 días hábiles, que se inicia el 16 de enero de 2012, condicionado a que LA EMPRESA proporcione sus estados financieros notas y anexos completos del año 2011, que permitirá realizar el Examen de los rubros de los estados financieros, confirmación de los saldos deudores, acreedores y de los bancos, examen de los asuntos tributarios, preparación y discusión de los informes finales.

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En tal sentido, LOS AUDITORES en adición a las otras obligaciones señaladas en el documento mencionado en el párrafo anterior y en el presente contrato deberán:

a. Presentar hasta el día 13 de febrero del 2012 el Informe Final.b. Examinar y evaluar los Estados Financieros de LA EMPRESA teniendo en cuenta las

comprobaciones de las evidencias que respalden los importes y las divulgaciones en ellos expuestos.

c. Evaluar el cumplimiento de los Principios de Contabilidad aplicados, Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF y las estimaciones significativas efectuadas por la administración de LA EMPRESA, así como una evaluación de la presentación general de los Estados Financieros.

d. Evaluar los sistemas de control interno de LA EMPRESA con el propósito de determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos a aplicar.

CUARTA.- LA EMPRESA se compromete a abonar a LOS AUDITORES, como contraprestación por sus servicios un monto total de S/. 44,000.00 (Cuarenticuatro mil y 00/100 nuevos soles) incluido el correspondiente Impuesto General a las Ventas (IGV).La retribución económica acordada por las partes y referida en esta cláusula, será cancelada de la siguiente manera:

El 30% al inicio del trabajo. El 70% a la entrega de los informes finales recibidos por LA EMPRESA a su

entera satisfacción y previa conformidad del Área de Contabilidad de LA EMPRESA.

Para estos efectos, EL LOCADOR deberá presentar; en cada caso, la correspondiente factura, la misma que será cancelada dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a su presentación.

Se precisa que los viáticos serán de responsabilidad de LOS AUDITORES.

QUINTA.- Será de plena responsabilidad de LOS AUDITORES cumplir con las disposiciones legales y tributarias correspondientes. El personal contratado por ellos deberá ser idóneo para los servicios a prestar y deberá estar cubierto por los beneficios de la seguridad social y demás dispositivos laborales vigentes. En caso de incumplimiento de estos preceptos, quedará claramente establecido que LA EMPRESA no asumirá responsabilidad alguna, pues no existe relación laboral entre ésta y el personal de LOS AUDITORES.

SEXTA.- Las partes acuerdan que cualquier información intercambiada, facilitada o creada entre ellas, será mantenida en estricta confidencialidad, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes, inversionistas, empleados, relaciones de negocios y contractuales, pronósticos de negocios y planes de mercadeo.

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LOS AUDITORES se comprometen:

6.1 A no divulgar, utilizar ni revelar a otros LA INFORMACION CONFIDENCIAL obtenida con motivo del presente contrato, ya sea intencionalmente ni por falta de cuidado adecuado en su manejo, en forma personal o bien a través de sus empleados, agentes y/o subcontratistas.

6.2 Utilizar la información que reciba, únicamente para el desarrollo del CONTRATO.

6.3 Manejar LA INFORMACION CONFIDENCIAL de la misma manera que maneja la información propia de carácter confidencial, la cual bajo ninguna circunstancia podrá estar por debajo de los estándares aceptables de debida diligencia y prudencia.

SETIMA.- LOS AUDITORES permitirán, de ser el caso, para fines de control y seguridad, la revisión de sus pertenencias (bolsos, carteras, u otros bienes que porten consigo) por parte del personal de vigilancia de LA EMPRESA.

OCTAVA.- LA EMPRESA podrá resolver unilateral y automáticamente el contrato si los servicios de LOS AUDITORES no son prestados oportuna y adecuadamente, no estando obligados a efectuar pago alguno por el servicio no prestado.

NOVENA.-Todas las desavenencias que se deriven de este contrato o que tengan relación con el mismo, incluidas las relativas a su existencia, validez o terminación, así como las vinculadas a la presente cláusula, serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje de derecho en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad. El laudo será definitivo e inapelable.

Suscrito en tres ejemplares de un mismo tenor, que suscriben ambas partes en señal de conformidad y aceptación, en Trujillo a los cinco días del mes de agosto del 2011.

MELVA PAREDES FLORIAN MIGUEL ARANCIBIA CUEVALA EMPRESA LOS AUDITORES