Contrato Tor Servicios No Personales Nº 035

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CONTRATO TOR SERVICIOS NO PERSONALES Nº 035-2012 – MDSLSH Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios No Personales que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de San Luis de Shuaro, debidamente representado por su Gerente Municipal la Sra. ROBERTA MARINA LIMAYLLA TORRES, identificado con DNI Nº 20591637, con domado legal en la Plaza Principal s/n. del Distrito de San Luis de Shuaro a quien en adelante se le denominara LA MUNICIPALIDAD, con RUC N° 20204460648 y de la otra parte el Sr. CLIBER BRITO RIVAS ORTIZ, identificado con DNI. N° 10491595, con RUC N° 10104915952, con domicilio Legal en el Jr. Palca No 102, La Merced, Provincia Chanchamayo, Región Junín, a quien en adelante se le denominara EL LOCADOR, en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES: LA MUNICIPALIDAD, es una persona jurídica de derecho público regido bajo el amparo da la Ley 27972. En condición de órgano Local que emana de la voluntad popular goza de autonomía económica y administrativa en los amnios de su competencia. Estando al requerimiento de un Técnico Agropecuario para el PROYECTO ASISTENCIA TECNICA EN LA PRODUCCION AGRICOLA Y PRODUCCION DE PLANTONES FOREST ALES EN EL DISTRITO OE SAN LUIS DE SHUARO. CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL: Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2012. Resolución de Alcaldía N° 0552-2011/MDSLSH - Aprueba el Presupuestos Institucional de Apertura - PIA 2012. Resolución de Alcaldía N° 010-2012/MDSLSH - Aprueba el Plan Anual de Contrataciones para el año 2012. Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de Ley de la Contrataciones del Estado. Resolución Gerencial N° 30/2012/MDSLSH Requerimiento N° 000551 - Residente de Obra. CLAUSULA TERCERA; OBJETO DEL CONTRATO: LA MUNICIPALIDAD, mediante el presente acta jurídico de conformidad al Art. 20° numeral 23) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contrata los Servicios de EL LOCADOR, para realizar trabajos como Técnico Agropecuario para el PROYECTO ASISTENCIA TECNICA EN LA PRODUCCION AGRICOLA Y PRODUCCION DE PLANTONES FORESTALES EN EL DISTRITO DE SAN LUIS DE SHUARO, EL LOCADOR debe contar con Motocieieta Lineal y sus funciones a cumplir son: Presentación del pian de trabajo mensual. Desarrollo de 12 sesiones de ECAs, Realizara 09 capacitadores por roles de acuerdo al cultivo rnás predominante en cada zona.

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Contrato Tor Servicios No Personales Nº 035

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CONTRATO TOR SERVICIOS NO PERSONALES N 035-2012 MDSLSH

Conste por el presente documento, el Contrato de Locacin de Servicios No Personales que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de San Luis de Shuaro, debidamente representado por su Gerente Municipal la Sra. ROBERTA MARINA LIMAYLLA TORRES, identificado con DNI N 20591637, con domado legal en la Plaza Principal s/n. del Distrito de San Luis de Shuaro a quien en adelante se le denominara LA MUNICIPALIDAD, con RUC N 20204460648 y de la otra parte el Sr. CLIBER BRITO RIVAS ORTIZ, identificado con DNI. N 10491595, con RUC N 10104915952, con domicilio Legal en el Jr. Palca No 102, La Merced, Provincia Chanchamayo, Regin Junn, a quien en adelante se le denominara EL LOCADOR, en los terminos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES:LA MUNICIPALIDAD, es una persona jurdica de derecho pblico regido bajo el amparo da la Ley 27972. En condicin de rgano Local que emana de la voluntad popular goza de autonoma econmica y administrativa en los amnios de su competencia. Estando al requerimiento de un Tcnico Agropecuario para el PROYECTO ASISTENCIA TECNICA EN LA PRODUCCION AGRICOLA Y PRODUCCION DE PLANTONES FOREST ALES EN EL DISTRITO OE SAN LUIS DE SHUARO.

CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL: Ley N 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ao 2012.

Resolucin de Alcalda N 0552-2011/MDSLSH - Aprueba el Presupuestos Institucional de Apertura - PIA 2012.

Resolucin de Alcalda N 010-2012/MDSLSH - Aprueba el Plan Anual de Contrataciones para el ao 2012.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado,

Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de Ley de la Contrataciones del Estado.

Resolucin Gerencial N 30/2012/MDSLSH

Requerimiento N 000551 - Residente de Obra.

CLAUSULA TERCERA; OBJETO DEL CONTRATO:

LA MUNICIPALIDAD, mediante el presente acta jurdico de conformidad al Art. 20 numeral 23) de la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, contrata los Servicios de EL LOCADOR, para realizar trabajos como Tcnico Agropecuario para el PROYECTO ASISTENCIA TECNICA EN LA PRODUCCION AGRICOLA Y PRODUCCION DE PLANTONES FORESTALES EN EL DISTRITO DE SAN LUIS DE SHUARO, EL LOCADOR debe contar con Motocieieta Lineal y sus funciones a cumplir son:

Presentacin del pian de trabajo mensual.

Desarrollo de 12 sesiones de ECAs,

Realizara 09 capacitadores por roles de acuerdo al cultivo rns predominante en cada zona.

Realizar la instalacin de parcelas demostrativas en 09 asociaciones. Realizara 480 visitas tcnicas personalizadas (Domiciliarias) durante los 7 meses y medio de contrata; por lo que realizara 66 visitas tcnicas por cada mes de trabajo. Elaboracin y presentacin de informe mensual. Otros que requiera la Gerencia de Desarrollo Econmico.

CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA DEL CONTRATO:

El presente contrato tendr vigencia a partir del 15 de mayo basta el 31 de diciembre del presente ao.

CLAUSULA OUINTA: CONTRAPRESTACION POR EL SERVICIOSLA MUNICIPALIDAD, como contraprestacin por el servicio abonara EL LOCADOR la suma de S/. 10,500.00 (Diez Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), los cuates sern abonados de acuerdo 9 (a valorizacin fsica de obra por parte del residente de obra.

Informe mensual de actividades desarrolladas segn el cumplimento de metas propuestas.

Informe de Conformidad de! Residente de Obra y Conformidad de la Gerencia de Desarrollo Econmico,

Agropecuario, Ambiental y turismo de la Municipalidad.

Comprobante de pago autorizado por la SUNAT.SECUENCIA FUNCIONAL N 0015.- ASISTENCIA TECNICA EN LA PRODUCCION AGRICOLA Y PRODUCCION DE PLANTONES FORESTALES

CLAUSULA SEXTA: RESPONSABIUOAD, CONFIDENCIALIDAD Y SUBORDINACIN:EL LOCADOR, es responsable de los servicios que presta, al amparo del Artculo N 1764 del Cdigo Civil, la presente no causa subordinacin debe mantener en forma reservada la informacin que obtenga en virtud del presente contrato; asimismo es responsable ante LA MUNICIPALIDAD, de los perjuicios materiales y/o econmicos que cause a la institucin, por su negligencia en el servicio o incumplimiento.

CLAUSLULA SEPTIMA: PROHIBICIONES:

EL LOCADOR no podr ceder total o parcialmente a terceras personas las actividades que realiza Materia del presente contrato,

CLAUSULA OCTAVA; RESOLUCIOH DEL CONTRATO:

De conformidad a to estipulado en el Art.1371 del Cdigo Civil, LA MUNICIPALIDAD tiene la opcin de resorber el contrato sin expresin de causa con la remisin de una carta simple.

LA. MUNICIPALIDAD puede resolver el contrato por el Incumplimiento o cumplimiento defectuoso de los servicios ofrecidos por EL LOCADOR la misma que operara con pleno derecho con su correspondiente comunicacin en aplicacin del artculo N 1430 del Cdigo Civil.

CLAUSULA NOVENA: SANCIONES:

LA MUNICIPALIDAD podr exigir la indemnizacin del perjuicio econmico y/o material causado por el LOCADOR por incumplimiento de las clusulas del presente contrato, sin perjuicios de la denuncia penal que hubiere conforme a ley.

Las partes se someten expresamente a la jurisdiccin de los jueces y tribunales de la Merced - Chanchamayo. Para to cual rechazan sus domicilios de origen o residencia, sin embargo es valedero lo fijado en la introduccin del presente contrato para los fines de notificacin con motivo del presente.

CLAUSULA DECIMO PRIMERO: NATURALEZA ESPECIAL DEL CONTRATO:

Para lo que no est estipulado en el presente contrato regirn las disposiciones del Cdigo Civil Arts.1755 al 1770 por ser el presente contrato de naturaleza Civil.

En serial de aceptacin y conformidad, firman el presente contrato en San Luis de Shuaro al Quince da del mes de mayo de dos mil quince.

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