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LA CONVEMAR EN EL PERU Y EL MUNDO

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CONVENCION DEL MAR

CONVENCION DEL MARMariano del CastilloDOCENTE UNASAMANTECEDENTES HISTRICOSHugo Grocio: en su obra Mare Liberum considera que el mar no puede ser objeto de apropiacin como las tierras porque no se pueden ocupar, por lo que deberan ser libres para todos (S. XVII)Cornelius Van Vynkershoek sostiene la teora de la Bala de Caon (S. XVIII).La Conferencia de La Haya sobre Codificacin del Derecho Internacional de 1930. En esta conferencia no se logr ningn acuerdo para establecer la anchura para el mar territorial, aunque se reconoci la existencia de una zona contigua, de una extensin mxima de 12 millas marinas (22 km).

Harry Truman declar que que "el Gobierno de Estados Unidos de Amrica considera los recursos naturales del subsuelo y del fondo del mar de la plataforma continental por debajo de la alta mar prxima a las costas de Estados Unidos, como pertenecientes a ste y sometidos a su jurisdiccin y control"Chile, Ecuador y el Per celebraron una Conferencia sobre Explotacin y Conservacin de las Riquezas Martimas del Pacfico Sur en Santiago de Chile, subscribiendo la Declaracin sobre Zona Martima (Declaracin de Santiago de Chile) el 18 de agosto de 1952, en la que proclamaron "la soberana y jurisdiccin exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baa las costas de sus respectivos pases, hasta una distancia mnima de 200 millas marinas desde las referidas costas. Esta tesis se basan la tesis del Presidente Chileno Gonzales Videla y del peruano Jos Luis Bustamente y Ribero.

1 Milla marina = 1.85 KmConferencias de las Naciones Unidas sobre el Derecho del MarPRIMERA CONFERENCIAEn 1956 La ONU convoca a la I Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en Ginebra. Dicha conferencia concluy, en 1958, con la elaboracin de cuatro convenciones relativas a la regulacin del mar, a partir de proyectos elaborados por la Comisin de Derecho internacional de la ONU:Convencin sobre Mar Territorial y Zona Contigua,Convencin sobre Alta Mar, Convencin sobre Plataforma Continental, yConvencin sobre Pesca y Conservacin de los Recursos Vivos de la Alta Mar.

Si bien, en su momento, fueron considerados un xito histrico y lograron entrar en vigencia, su aplicacin fue bastante reducida, por el limitado nmero de Estados partes.SEGUNDA CONFERENCIAEn 1960 se convoc a la II Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que no produjo ningn acuerdo internacional, pues ninguna de las proposiciones relativas a la anchura del mar territorial alcanz el qurum necesario de dos tercios.TERCERA CONFERENCIAEn diciembre de 1970, la Asamblea General de Naciones Unidas convoca a la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que se realizara desde diciembre de 1973 hasta 1982.La III Conferencia se desarroll en 11 perodos de sesiones. El primero se realiz en Caracas y el ltimo en Jamaica, en el cual se aprob la Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar por 130 votos a favor, 4 en contra y 17 abstenciones, el 30 de abril de 1982.CONTENIDOLa Convencin del Derecho del Mar consta de un Prembulo, 17 Partes y 9 Anexos.

Entre otros, cubre los siguientes temas de Derecho del mar: Lmites de las zonas martimas;zona econmica exclusiva;plataforma continental y alta mar;derechos de navegacin y estrechos para la navegacin internacional;Estados archipelgicos;paz y la seguridad en los ocanos y los mares;conservacin y gestin de los recursos marinos vivos;proteccin y preservacin del medio marino;investigacin cientfica marina; yprocedimientos para la solucin de controversias.OBJETIVOS DE LA DELIMITACION DE LA ZONA MARITIMO TERRESTREProteccin, Defensa de su integridad, Preservacin de sus caractersticas y elementos naturales y Prevencin de perjudiciales consecuencias de obras e instalaciones.

Para ello, se crean una serie de zonas de servidumbres legales de proteccin, de trnsito y de acceso al mar, que no slo significan restricciones para los propietarios sino que tambin significan condicionamientos al planificador urbanstico.rganos que componen la Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del MarAutoridad Internacional de los Fondos Marinos. Organizacin por medio de la cual las naciones que integran la Convencin organizan, fiscalizan y administran las actividades en la zonaTribunal Internacional del Derecho del Mar. Entidad encargada de resolver a la interpretacin y aplicacin de los derechos y obligaciones de los miembros de la ConvencinComisin de Lmites de la Plataforma Continental. Su funcin consiste en examinar los datos y cualquier otro material presentado por los pases relacionados con los lmites exteriores de la plataforma continentalDELIMITACION DE ESPACIOS MARITIMOSEnumeracin de los Espacios Martimos de Forma simplificada:Aguas Interiores : Estn situadas en el interior de la lnea de base del mar territorialMar Territorial : Faja de agua situada entre las costas del territorio nacional, sean continentales o insulares, y alta mar; su anchura es de 12 millas nuticas, medidas a partir de las lneas de base rectas, lneas de base normales o una combinacin de las mismasZona Contigua : Es el rea adyacente al mar territorial del Estado ribereo, y su lmite no podr exceder las 24 millas nuticas desde las lneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial; tiene propsitos de fiscalizacin aduaneros, de inmigracin o sanitarios

DELIMITACION DE ESPACIOS MARITIMOSEnumeracin de los Espacios Martimos de Forma simplificada:Zona Econmica Exclusiva : Es una zona situada ms all del mar territorial y adyacente a ste; su anchura no se extender ms all de 200 millas nuticas contadas desde las lneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial en las que el Estado ribereo tiene:

* Derechos de soberana para los fines de exploracin y explotacin de todos los recursos existentes* Jurisdiccin con respecto a la instalacin y utilizacin de estructuras hechas por el hombre y expediciones de investigacin.

* Otros derechos y deberes

DELIMITACION DE ESPACIOS MARITIMOSEnumeracin de los Espacios Martimos de Forma simplificada:Plataforma continental : Comprende el lecho y el subsuelo de las reas submarinas que se extienden ms all del mar territorial de un Estado ribereo y a todo lo largo de la prolongacin natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental.

Posibles casos (segn reforma de 10/12/1982)* Su anchura se limita a una distancia de 200 millas nuticas contadas desde las lneas de base a partir de las cuales se mide la amplitud del mar territorial.

* El borde exterior del margen continental se extiende ms all de 200 millas nuticas, contadas de las lneas de base desde las cuales se mide la anchura del mar territorial y la amplitud de esa zona no exceder de 350 millas nuticas ni se alargar despus de las 100 millas nuticas, a partir de la isobara de 2500 metros.

DIFERENDOS MARTIMOSSe calcula que hoy subsisten alrededor de 400 diferendos martimos en el mundo.

Unos 20 de ellos han llegado a la Corte Internacional, la que ha resuelto varios. Por ejemplo: Camern-Nigeria (2002) Qatar-Bahrein (2001) Senegal-Guinea Bissau (1996) Dinamarca-Noruega (1993) Salvador-Honduras-Nicaragua (1993) Libia-Malta (1985) Canad-Estados Unidos (1984) Tnez-Libia (1982)

La Corte Internacional de Justicia opera desde 1939 y en todos los aos anteriores a la Convencin resolvi slo otros dos litigios martimos: Grecia vs. Turqua en 1978, y Alemania con Dinamarca y Noruega en 1969. Geogrficamente hablando, el diferendo entre el Per y Chile es simple comparado con los que pueden confrontar los pases del Mar del Norte europeo.RATIFICACIN DE LA CONVEMARLa Convencin ha sido ratificado por 166 partes, la que incluye 165 Estados (163 Estados miembros de las Naciones Unidas, adems de las Islas Cook y Niue) y la Unin Europea.Estados miembros de las Naciones Unidas que han firmado pero no han ratificadoCamboya, Colombia, Corea del Norte, El Salvador, Irn, Libia, Emiratos rabes UnidosEstados sin litoral: Afganistn, Butn, Burundi, Repblica Centroafricana, Etiopa, Liechtenstein, Ruanda.RATIFICACIN DE LA CONVEMAREstados Miembros de las Naciones Unidas que no lo han firmadoEritrea, Israel, Per, Siria, Turqua, Estados Unidos de Amrica, VenezuelaEstados sin litoral: Andorra, Azerbaiyn, Kazajistn, Kirguistn, San Marino, Sudn del Sur, Tayikistn, Turkmenistn, UzbekistnLos Estados observadores de las Naciones Unidas, Ciudad del Vaticano y el Estado de Palestina no han firmado la Convencin.