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CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL NOROESTE, S.C., EN ADELANTE DENOMINADO "EL CIBNOR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. SERGIO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ, Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN LO SUCESIVO "LA UABCS", REPRESENTADA POR SU RECTOR M. EN C. GUSTAVO RODOLFO CRUZ CHÁVEZ, ASISTIDO POR LOS CC. DR. DANTE ARTURO SALGADO GONZÁLEZ, SECRETARIO ACADÉMICO, LIC. ADRIÁN DE LA ROSA ESCALANTE, ABOGADO GENERAL Y LA DRA. ALBA ERITREA GÁMEZ VÁZQUEZ, RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES: 1. En fecha 22 de septiembre de 1999, "LA UABCS" y "EL CIBNOR" suscribieron un Convenio General de Colaboración con el objeto de presentar programas específicos de trabajo para colaborar en tareas de mutuo interés, los que de ser aprobados por ambas instituciones, pasarían a formar parte del referido instrumento con la categoría de convenios específicos de colaboración. 2. El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, en sesión de fecha 08 de junio de 2012, autorizó la canalización de recursos a "EL CIBNOR" por un monto de $800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), para el desarrollo del proyecto denominado "Agenda estratégica para identificar la potencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación en Baja California Sur", con clave 187785. 3. Con fecha 22 de agosto de 2012, "EL CIBNOR" celebró con Nacional Financiera, S.N.C., como institución fiduciaria en el Fideicomiso Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, el Convenio de Asignación de Recursos para la realización del citado proyecto "Agenda estratégica para identificar la potencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación en Baja California Sur". 4. El referido proyecto tiene por objetivo general estructurar una agenda estratégica en proyectos tecnológicos y de innovación con la finalidad de difundir su oferta tecnológica, además de conocer las áreas de oportunidad potencialmente comerciales que permita replantear la política actual sobre el vinculo existente entre sector productivo, las instituciones dedicadas a la investigación y el sector gubernamental, de tal forma que posicíonen a Baja California Sur como una economía basada en el conocimiento en el mediano y largo plazo. 5. De acuerdo con la propuesta aprobada a "EL CIBNOR", el proyecto "Agenda estratégica para identificar la potencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación en Baja California Sur", se desarrollará en dos etapas y requiere de la colaboración de las instituciones de educación superior e investigación establecidas en el Estado de Baja California Sur, entre las cuales se encuentra "LA UABCS", por lo que las partes han decidido celebrar el presente instrumento con la finalidad de apoyar la ejecución del proyecto en mención. CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL NOROESTE, S.C. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR

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CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CENTRO DEINVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL NOROESTE, S.C., EN ADELANTE DENOMINADO "EL CIBNOR",REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. SERGIO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ, Y POR LAOTRA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN LO SUCESIVO "LAUABCS", REPRESENTADA POR SU RECTOR M. EN C. GUSTAVO RODOLFO CRUZ CHÁVEZ,ASISTIDO POR LOS CC. DR. DANTE ARTURO SALGADO GONZÁLEZ, SECRETARIO ACADÉMICO, LIC.ADRIÁN DE LA ROSA ESCALANTE, ABOGADO GENERAL Y LA DRA. ALBA ERITREA GÁMEZVÁZQUEZ, RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTESANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

A N T E C E D E N T E S :

1. En fecha 22 de septiembre de 1999, "LA UABCS" y "EL CIBNOR" suscribieron un ConvenioGeneral de Colaboración con el objeto de presentar programas específicos de trabajo para colaboraren tareas de mutuo interés, los que de ser aprobados por ambas instituciones, pasarían a formarparte del referido instrumento con la categoría de convenios específicos de colaboración.

2. El Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica yTecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, en sesión de fecha 08 de juniode 2012, autorizó la canalización de recursos a "EL CIBNOR" por un monto de $800,000.00(OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), para el desarrollo del proyecto denominado "Agendaestratégica para identificar la potencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación enBaja California Sur", con clave 187785.

3. Con fecha 22 de agosto de 2012, "EL CIBNOR" celebró con Nacional Financiera, S.N.C., comoinstitución fiduciaria en el Fideicomiso Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica yTecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, el Convenio de Asignación deRecursos para la realización del citado proyecto "Agenda estratégica para identificar lapotencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación en Baja California Sur".

4. El referido proyecto tiene por objetivo general estructurar una agenda estratégica en proyectostecnológicos y de innovación con la finalidad de difundir su oferta tecnológica, además de conocerlas áreas de oportunidad potencialmente comerciales que permita replantear la política actual sobreel vinculo existente entre sector productivo, las instituciones dedicadas a la investigación y el sectorgubernamental, de tal forma que posicíonen a Baja California Sur como una economía basada en elconocimiento en el mediano y largo plazo.

5. De acuerdo con la propuesta aprobada a "EL CIBNOR", el proyecto "Agenda estratégica paraidentificar la potencialidad de los proyectos tecnológicos y de innovación en Baja CaliforniaSur", se desarrollará en dos etapas y requiere de la colaboración de las instituciones de educaciónsuperior e investigación establecidas en el Estado de Baja California Sur, entre las cuales seencuentra "LA UABCS", por lo que las partes han decidido celebrar el presente instrumento con lafinalidad de apoyar la ejecución del proyecto en mención.

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D E C L A R A C I O N E S

I. Declara "EL CIBNOR" por conducto de su Director General:

1.1 Que es un Centro Público de Investigación en términos del artículo 47 de la Ley de Ciencia yTecnología agrupado con las instituciones que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACYT,legalmente constituido bajo la forma de sociedad civil, como entidad paraestatal asimilada al régimende las empresas de participación estatal mayoritaria, de acuerdo con el artículo 46, fracción II últimopárrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuyos estatutos sociales seencuentran protocolizados en el acta notarial número 22,717, volumen 556, de fecha 28 de diciembredel año 2006, pasada ante la fe del Notario Público número 9 de la Ciudad de La Paz, Baja CaliforniaSur e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta misma ciudad, con elnúmero 202, volumen IX, de Sociedades y Poderes, Sección Comercio, de fecha 12 de enero del año2007.

1.2 Que dentro de las actividades que definen su objeto social se encuentran las de realizarinvestigación básica y aplicada, orientadas a la solución de problemas relacionados con el uso ymanejo de los recursos naturales, para promover el desarrollo sustentable a nivel local, regional ynacional; contribuir al conocimiento de los recursos naturales así como el efecto producido porvariables naturales y antropogénícas sobre las mismas, así como llevar a cabo labores devinculación con los sectores público, social y privado.

1.3 Que su Director General, Dr. Sergio Hernández Vázquez, cuenta con las facultades de representaciónlegal necesarias para suscribir el presente instrumento, en términos del artículo 37 de los estatutossociales indicados en la declaración 1.1 anterior, acreditando la vigencia de su nombramiento con eloficio número AOOO/056/2012, de fecha 16 de marzo de 2012, emitido por el Director General delConsejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

1.4 Que se encuentra inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes con la clave CIB940530C73 ytiene su domicilio legal en calle Instituto Politécnico Nacional número 195, Col. Playa Palo de SantaRita Sur, C.P. 23096, en la Ciudad de La Paz, Baja California Sur.

II. Declara "LA UABCS", por conducto de su Rector:

11.1 Que es una institución de educación superior, creada mediante decreto, publicado en el Boletín de Gobierno delEstado de Baja California Sur, tomo II, N° 47, en fecha 31 de diciembre de 1975, y cuya Ley Orgánica vigente es lapublicada en el boletín oficial del gobierno del Estado de Baja California Sur, tomo XXXVIII, N° 08, de fecha 11 defebrero del año 2011, así como demás reformas, y se rige por su Ley Orgánica y reglamentos que determinan suorganización, obligaciones y derechos.

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11.2 Que es así mismo, un organismo autónomo de carácter constitucional, con personalidad jurídica y patrimonio propio,con sede oficial en la Ciudad y Puerto de La Paz, Baja California Sur, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°y 2° de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, cuyos fines son:

a) Impartir educación congruente y pertinente, esforzándose para que la formación de profesionales correspondaa las necesidades de la sociedad;

b) Realizar y fomentar la investigación científica, humanística y tecnológica, teniendo en cuentafundamentalmente las condiciones y los problemas, regionales, nacionales e internacionales;

c) Difundir y hacer participar de los beneficios de la cultura a todos los miembros de la comunidad.

11.3 Que el M. en C. Gustavo Rodolfo Cruz Chávez, es el Rector de la Universidad Autónoma de Baja CaliforniaSur, por el periodo 2011-2015, tal como se desprende de la protocolización de su nombramiento, que obra en laescritura pública número 127, del volumen 3, folios del 361 al 367, de fecha 06 de junio de 2011, levantada ante la fe delLicenciado Florencio Alaniz Órnelas, Notario Público Número Veinticinco, con ejercicio en esta Entidad Federativa y conresidencia en Todos Santos, Baja California Sur. El Rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur; por ende,es así mismo, el representante legal de la misma, y cuenta con facultades suficientes para celebrar el presenteconvenio, en términos de los artículos 3° fracción IV, 13, 15 fracción I, XI y demás relativos de la Ley Orgánica de laUniversidad Autónoma de Baja California Sur vigente.

11.4 Que el Dr. Dante Arturo Salgado González, es el Secretario Académico de la Universidad Autónoma de BajaCalifornia Sur, de acuerdo con su nombramiento expedido en fecha 07 de junio de 2011.

11.5 Que el Lie. Adrián de la Rosa Escalante, es el Abogado General y Apoderado Legal de la UniversidadAutónoma de Baja California Sur, tal como se desprende del poder general para pleitos y cobranzas, actos deadministración en materia laboral, que le ha sido conferido y que consta en la escritura pública No. 371, Volumen IX, defecha 04 de abril de 2012, pasado ante la fe del Lie. Carlos Enrique Lira Padilla, Notario Público No. 27, en la Ciudad deLa Paz, Capital del Estado de Baja California Sur, a quien corresponde asistir al Rector en la suscripción del presenteconvenio.

11.6 Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio legal: Universidad Autónoma de Baja CaliforniaSur, carretera al sur km. 5.5 Apdo. postal 19-B, C.P. 23080, La Paz, Baja California Sur, y su clave de inscripción enel Registro Federal de Contribuyentes es UAB751231A93.

Al amparo de las declaraciones que anteceden, las Partes deciden sujetar el presente Convenio Específicode Colaboración a lo que se contiene en las siguientes

C L A U S U L A S :PRIMERA.- OBJETO:

En virtud del presente Convenio Específico, las partes se obligan a colaborar conjuntamente y coadyuvaren el desarrollo del proyecto denominado "Agenda estratégica para identificar la potencialidad de losproyectos tecnológicos y de innovación en Baja California Sur", al que en lo sucesivo se le identificarácomo "EL "PROYECTO", mismo que ha sido aprobado a "EL CIBNOR" por el Fondo Mixto de Fomento ala Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur.

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SEGUNDA.- PLAN DE TRABAJO Y PRODUCTOS ENTREGABLES:

Para el eficaz cumplimiento del objeto a que hace referencia la cláusula anterior, "EL CIBNOR" y "LAUABCS" convienen en que la duración, el detalle de las acciones, su calendarización, lasresponsabilidades y los productos entregables se precisan en el documento denominado "Plan de Trabajoy Productos Entregables", que debidamente signado por las partes se agrega como Anexo al presenteinstrumento, formando parte del mismo para todos los efectos legales a que haya lugar.

TERCERA.- COMPROMISOS DE "LA UABCS":

Para la ejecución del objeto de este Convenio Específico, "LA UABCS" se compromete a:

a) Colaborar con "EL CIBNOR" en el desarrollo de "EL PROYECTO", coadyuvando con la ejecución delas actividades previstas en el "Plan de Trabajo y Productos Entregables", mediante el uso de supropia infraestructura y con los recursos aportados por "EL CIBNOR", apegándose estrictamente alo señalado en este Convenio y en las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

b) Brindar las facilidades necesarias para que el personal de "EL CIBNOR" realice las actividadescontempladas en el "Plan de Trabajo y Productos Entregables".

c) Entregar a "EL CIBNOR" los comprobantes fiscales correspondientes a las aportaciones que éste lehaga para el desarrollo de las actividades objeto de este instrumento.

d) Ejercer los recursos aportados por "EL CIBNOR" en los rubros establecidos en este instrumento.e) Elaborar y presentar 15 (quince) días antes de la conclusión de cada una de las etapas

contempladas en para la ejecución de "EL PROYECTO", un informe financiero y un informe técnicode las actividades realizadas.

f) Identificar las aportaciones que le haga "EL CIBNOR" en virtud de este instrumento, con una clave ocontrol específico en la cuenta bancaria donde reciba y maneje las citadas aportaciones; asi comoabrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al ejercicio de losrecursos que le transfiera "EL CIBNOR".

g) Conservar debidamente identificada y clasificada la documentación comprobatoria del ejercicio de Alos recursos aportados por "EL CIBNOR", a efecto de presentarla ante éste o ante el Fondo Mixto de \o a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja

California Sur en el momento que se le requiera y por un período de cinco (5) años posteriores a lafecha de su ejercicio.

h) Guardar toda aquella información técnica que se genere y que estime relevante para realizar futurasevaluaciones sobre "EL PROYECTO", durante un período de cinco (5} años posteriores a laconclusión de los apoyos otorgados por "EL CIBNOR".

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CUARTA.- COMPROMISOS DE "EL CIBNOR":

a) Aportar a "LA UABCS" la cantidad señalada en la cláusula sexta de este Convenio Específico paracubrir los gastos de operación inherentes a las actividades mencionadas en el "Plan de Trabajo yProductos Entregables, previa entrega por parte de "LA UABCS" del recibo que reúna losrequisitos fiscales respectivos, en el entendido que las aportaciones económicas que realizará "ELCIBNOR" no constituyen pago alguno o contraprestación, ya que el desarrollo de "EL PROYECTO"se hará con la colaboración de las partes y de otras instituciones.

b) Cumplir con las actividades a su cargo para el desarrollo de "EL PROYECTO", conforme loestablecido en el Convenio de Asignación de Recursos celebrado con el Fondo Mixto de Fomento ala Investigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, enfecha 22 de agosto de 2012.

QUINTA.- COMPROMISOS DE AMBAS PARTES:

Para el debido desarrollo del objeto del presente Convenio Específico, las partes se comprometen a:

a) Reunirse por conducto de los líderes y responsables de "EL PROYECTO", para la debida realizacióny desarrollo del mismo, así como para la elaboración de los informes de avances, conclusiones yresultados de las acciones emprendidas, en los términos y períodos que se establezcan en el "Plande Trabajo y Productos Entregables".

b) Hacer un uso adecuado del acervo documental y recursos materiales en general que seanempleados en el desarrollo de "EL PROYECTO".

c) Consultarse con antelación y acordar por escrito la asignación de los créditos correspondientes porla participación de las personas físicas que designen las partes para el desarrollo de los trabajosobjeto de este Convenio Específico, a efecto de establecer y reconocer la calidad de autores ocolaboradores en los resultados de "EL PROYECTO".

SEXTA.- APORTACIÓN:

Para la realización de las acciones materia del presente instrumento, "EL CIBNOR" se obliga a transferir a"LA UABCS", la cantidad total liquida de $ 130,000.00 (CIENTO TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.), con Acargo a los recursos que le sean entregados al primero por el Fondo Mixto de Fomento a la InvestigaciónCientífica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, para la ejecución de "ELPROYECTO".

La cantidad antes señalada se entregará mediante dos ministraciones de la siguiente manera:

• Una primera ministración por la cantidad de $80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS M.N.00/100)que será realizada dentro de quince días contados a partir de la firma del presente instrumento,previa presentación por "LA UABCS" del comprobante fiscal correspondiente.

• Una segunda ministración por la cantidad de $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS M.N.00/100), que será realizada dentro de los quince días con posterioridad a que "EL CIBNOR"

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reciba del Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT -Gobierno del Estado de Baja California Sur, los recursos para ejecutar la segunda etapa de "ELPROYECTO", previa presentación por parte de "LA UABCS" de los informes técnico y financierode las actividades realizadas durante la primera etapa de "EL PROYECTO" y de la entrega delcomprobante fiscal correspondiente a la segunda ministración.

"LA UABCS" indicará a "EL CIBNOR" los datos de la cuenta bancaria a la cual se realizará latransferencia de los recursos antes señalados.

SÉPTIMA.- APLICACIÓN DE LA APORTACIÓN:

"LA UABCS" se compromete en aplicar los recursos que le sean transferidos por "EL CIBNOR" para darcumplimiento al objeto del presente instrumento, de acuerdo con el siguiente desglose:

CONCEPTO PRIMERA SEGUNDA TOTALETAPA ETAPA

Honorarios por serviciosprofesionales

Publicaciones, ediciones eimpresiones

Material de consumo de uso directo

Equipo de cómputo

Gastos de operación

Total

$ 48,000.00

$ 3,000.00

$ 9,000.00

$ 18,000.00

$ 2,000.00

$ 80,000.00

$ 42,000.00

$4,000.00

$ 2,000.00

£ -- - 00

$ 2,000.00

$ 50,000.00

$ 90,000.00

$ 7,000.00

$11,000.00

$ 18,000.00

$4,000.00

$130,000.00

En caso de que "LA UABCS" requiera ejercer una partida no contemplada en el desglose anterior, lo harádel conocimiento de "EL CIBNOR" para que éste realice las gestiones conducentes.

Ambas partes acuerdan que en caso de incumplimiento por parte de "LA UABCS", a la obligación deaplicar los recursos que le sean transferidos al amparo del presente instrumento en los rubros antesindicados o en caso de abstención de presentar los informes financieros respecto de su ejercicio, "ELCIBNOR" estará facultado para exigir la devolución de los recursos que haya transferido a "LA UABCS".

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OCTAVA.- ENLACE Y RESPONSABLE TÉCNICO:

"EL CIBNOR" designa al Dr. Luis Felipe Beltrán Morales, en su calidad de responsable técnico de "EL

PROYECTO" como enlace institucional para dar seguimiento a la ejecución de las actividades materia del

presente convenio.

Por su parte, "LA UABCS" designa para los mismos fines a la DRA. ALBA ERITREA GAMEZ VÁZQUEZ,

como responsable técnico del cumplimiento de las actividades materia de este instrumento,

NOVENA.- PRODUCTOS ENTREGABLES:

"LA UABCS, por conducto de su responsable técnico, deberá hacer entrega a "EL CIBNOR", en lasinstalaciones generales de éste último localizadas en kilómetro uno de la carretera a San Juan de la Costa,

predio El Comitán, Municipio de La Paz, Baja California Sur y a través del Dr. Luis Felipe Beltrán Morales,los productos que se precisan en el "Plan de Trabajo y Productos Entregables" que se integra comoAnexo al presente instrumento, a más tardar el 18 de abril de 2013, para la primera etapa y el 24 de

octubre de 2013 para la segunda etapa.

DÉCIMA.-VIGENCIA:

Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico tendrá un periodo de ejecución a partir de lafecha de su firma y estará vigente hasta en tanto "LA UABCS" entregue a "EL CIBNOR" la totalidad de losinformes técnicos y financieros y los productos entregables establecidos en este instrumento y su Anexo.

DÉCIMA PRIMERA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL:

Las partes acuerdan que la titularidad de los derechos de propiedad intelectual que llegaren a generarsecomo resultado de las actividades materia de este instrumento, corresponderán a la institución cuyopersonal hubiese realizado el trabajo, investigación u obras en general, o en su caso, la titularidad serepartirá proporcionalmente en función del porcentaje de colaboración que cada institución realice. De noser posible determinar el grado de participación de cada institución, la titularidad de los derechos de

propiedad intelectual corresponderá a éstas por partes iguales.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes reconocen la obligatoriedad de lo establecido en la cláusula novenadel Convenio de Asignación de Recursos de fecha 22 de agosto de 2012, celebrado por "EL CIBNOR" conNacional Financiera, S.N.C . como inst i tución f iduciaria en el Fideicomiso Fondo Mixto de Fomento a laInvestigación Científica y Tecnológica CONACYT - Gobierno del Estado de Baja California Sur, que en suparte conducente establece lo siguiente:

"No obstante en los casos, que los entregables involucren derechos de propiedad, lainstancia estatal usuaria de los resultados del proyecto podré hacer un uso no exclusivode ella, siempre y cuando sea para atender el problema o necesidad que dio origen alproyecto y no represente el beneficio individual de una persona o empresa."

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DÉCIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD:

Las partes acuerdan que la información que se entregue en cumplimiento a lo estipulado en el presenteConvenio Específico de Colaboración, deberá de ser preservada en confidencialidad y ser utilizadaexclusivamente para la ejecución de "EL PROYECTO", y en consecuencia no podrá ser duplicada,reproducida, divulgada, enajenada o transferida a terceros, sin previa autorización por escrito de la parteque haya entregado la información, excepto cuando la divulgación que se haga a las personas que tengannecesidad de conocerla, siempre y cuando éstas tengan relaciones laborales o profesionales con la partereceptora de la información y hayan sido asignadas, autorizadas o contratadas para la intervención en eldesarrollo de las actividades que se deriven del presente Convenio Específico de Colaboración.

El personal de las partes comisionado y/o contratado bajo cualesquier modalidad para realizar lasactividades que deriven de este instrumento, deberá ser adecuadamente informado de la confidencialidadde la información que reciba, quedando a cargo de la parte receptora la obligación de verificar que lascitadas personas mantengan siempre en estricta confidencialidad la referida información.

DECIMA TERCERA.- RELACIONES LABORALES:

El personal de cada institución que sea designado para la realización conjunta de cualquier acción derivadadel presente convenio, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con lacual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando sus servicios fuera delas instalaciones de dicha institución o en las instalaciones de la institución a la que fue asignado.

Si en la realización de un servicio, trabajo o proyecto interviene personal que preste sus servicios ainstituciones o a personas distintas a las partes, este continuará siempre bajo la dirección y dependenciade dicha institución o persona, por lo que la intervención no originara relación de carácter laboral porninguna de las partes.

DÉCIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL:

Ambas partes están de acuerdo en suspender temporalmente, en todo o en parte, la ejecución del presenteConvenio Específico de Colaboración, tratándose de causas justificadas o por razones de interés general,incluyendo las que se provoquen por caso fortuito, sin que ello implique su terminación definitiva. En talessupuestos, se dejará constancia escrita.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA:

El presente Convenio Especifico de Colaboración podrá darse por terminado en forma anticipada poracuerdo que formalicen por escrito las partes, en el caso que exista imposibilidad material o jurídica porrazones ajenas a la voluntad de las partes para elaborar y completar los productos eníregables señaladosen su Anexo.

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DÉCIMA SEXTA.- RESCISIÓN:

En caso de incumplimiento de "LA UABCS" a cualquiera de sus obligaciones y las cláusulas establecidasen el presente Convenio Específico de Colaboración, "EL CIBNOR" podrá decretar la rescisión delpresente instrumento sin necesidad de declaración judicial, mediante notificación por escrito a "LAUABCS", dándole un plazo de diez (10) días naturales para que manifieste lo que a su derecho convengay aporte en su caso, las pruebas con las que cuente; trascurrido dicho plazo, "EL CIBNOR" resolverá loconducente dentro de los diez (10) días naturales siguientes y le notificará a "LA UABCS" la resolucióncorrespondiente, o bien "EL CIBNOR" podrá demandar el cumplimiento forzoso y el pago de los daños yperjuicios causados por la vía judicial.

En caso de que opere la rescisión de este instrumento, "LA UABCS" se obliga a devolver a "EL CIBNOR"la totalidad de los recursos que le haya entregado éste para apoyar el desarrollo de "EL PROYECTO",dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la notificación de la resolución en la que se tenga porrescindido este Convenio Específico de Colaboración.

DÉCIMA SÉPTIMA.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR:

Salvo lo expresamente pactado en este Convenio Específico de Colaboración, ninguna de las partes seráresponsable por la falta o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones por caso fortuito o de fuerzamayor, debiendo, en todo caso, notificarlo a la otra parte tan pronto como le sea posible.

Las partes realizarán sus mejores esfuerzos a fin de minimizar la duración y consecuencias de dicha faltao retraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Todo caso fortuito o de fuerza mayor que pudiera resultar en demoras o impedimentos para la exitosaejecución del presente Convenio Específico de Colaboración, será notificado por escrito a la otra parte, enun plazo no mayor de diez días naturales.

DÉCIMA OCTAVA.- APLICACIÓN DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN:

Para todo lo no previsto en el presente instrumento, tendrá aplicación el Convenio General de Colaboraciónsuscrito por las partes en fecha 22 de septiembre de 1999.

DÉCIMA NOVENA.- JURISDICCIÓN:

De presentarse una controversia en la que las partes no lleguen a un arreglo, acuerdan en someterse a lajurisdicción y competencia de los tribunales federales con residencia en la Ciudad de La Paz, BajaCalifornia Sur, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera llegar a corresponder por razón de susdomicilios presentes o futuros.

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PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, SE EXTIENDE EN CUATROTANTOS EL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, QUE DE CONFORMIDADSUSCRIBEN LAS PARTES INVOLUCRADAS EN LA CIUDAD DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR,AL DÍA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, CONSERVANDO UN EJEMPLAR CADA UNA DE ELLAS.

POR" IBNOR"

DR. SERGIODIRÉ

RNANDEZ VÁZQUEZOR GENERAL

M. ENC

M."EN C. MARrSTELERA CASTgO NUNEZDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN

UZ CHÁVEZ

DR. DANTE ARTURO SALGTADO GONZÁLEZSECRETARIO ACADÉMICO

DR. LUIS FELIPPBELTRA» MORALESRESPONSABLE TÉCNICO DE "EL

PROYECTO"

LIC. ADRIÁN DE LA ROSA ESCALANTEABOGADO GENERAL

DRA. ALBA ERITREA GAMEZ VÁZQUEZRESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO

LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN LA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR Y EL CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL NOROESTE, PARA

APOYAR LA EJECUCIÓN DE EL PROYECTO DENOMINADO 'AGENDA ESTRATÉGICA PARA IDENTIFICAR LA POTENCIALIDAD DE LOS

PROYECTOS TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN EN BAJA CALIFORNIA SUR".

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