CONVIVENCIA ESCOLAR

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ESCUELA Nº 1 “CHILE” VALDIVIA Correo Electrónico : [email protected] MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Teniendo como base los principios que sustenta la actual Reforma Educacional y el Proyecto Educativo Institucional, la ESCUELA Nº 1 “CHILEha dispuesto la instauración del Manual de Convivencia Escolar, el cual cuenta con la aprobación de todos los estamentos que conforman la Comunidad Educativa. Este Reglamento intenta apoyar y dar forma a lo que es la MISION y la VISION de la Escuela, vale decir, lograr en los alumnos(as) una excelente formación valórica, de hábitos y actitudes sociales, que unido a una buena formación académica, de corte humanista democrática e integral, los ayude a desenvolverse con éxito en la sociedad, consolidando así el desarrollo de una Personalidad Integral en que prime su Autovaloración y Autoestima. La premisa “Una educación de calidad para todos presentada por el Ministerio de Educación, es entendida en esta Unidad Educativa, no tan solo como una situación donde todos los alumnos(as) aprenden si no que también, que este aprender sea desarrollado dentro de un marco valórico, de hábitos y actitudes sociales positivas, que den fuerza y sentido a este aprendizaje. ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO. LA ESCUELA 1 “CHILEes un establecimiento Municipal Subvencionado, ubicado en calle Picarte Nº 679 de la ciudad de Valdivia, comuna y Provincia de Valdivia, en la Región de Los Ríos, contando a la fecha con 174 años de existencia, siendo uno de los planteles más antiguos del País. El alumnado que atiende el establecimiento corresponde a un nivel socioeconómico de características y estratificación “Medio- Bajo”, lo que se comprueba a través del Índice de Vulnerabilidad de establecimiento La escuela imparte Educación Parvularia (Niveles de Transición I y II, Educación General Básica de 1º a 8º año y un Programa de Educación Diferencial (TEA), cuenta con una matrícula mixta de 773 alumnos a Marzo 2009. El establecimiento desde el año 2005 se encuentra incorporado al régimen de Jornada Escolar Completa con los cursos de 3º a 8º año y a contar del año 2009 se está gestionando la incorporación de los Niveles de Educación Parvularia y NB1, lo que se está concretando a partir del 1º de Abril del año 2009. A contar del año 2008, y con proyección hacia el 2011 el establecimiento se encuentra incorporado el Proyecto de Mejoramiento Educativo, en función de la Ley de Subvención Preferencial (SEP), estando clasificado en la categoría de “AUTONOMO”. Desde el año 2005 y por tercer bienio consecutivo se cuenta con el reconocimiento de ESTABLECIMIENTO DE EXCELENCIA ACADEMICA”, en función de los Niveles de Rendimiento SIMCE DE 4º Y 8º AÑO respectivamente según evaluaciones comparativas desde el año 2002 al 2008 específicamente, la Calidad de Rendimiento Académico y Profesional de sus Docentes y el Nivel de Desempeño de su Planta Directiva y Técnica, manifestado a través del Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño (SNED).

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ESCUELA Nº 1 “CHILE” VALDIVIA Correo Electrónico : Escuela1@ctcintern et.cl

MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Teniendo como base los principios que sustenta la actual Reforma Educacional y el Proyecto Educativo Institucional, la ESCUELA Nº 1 “CHILE ” ha dispuesto la instauración del Manual de Convivencia Escolar , el cual cuenta con la aprobación de todos los estamentos que conforman la Comunidad Educativa. Este Reglamento intenta apoyar y dar forma a lo que es la MISION y la VISION de la Escuela, vale decir, lograr en los alumnos(as) una excelente formación valórica, de hábitos y actitudes sociales, que unido a una buena formación académica, de corte humanista democrática e integral, los ayude a desenvolverse con éxito en la sociedad, consolidando así el desarrollo de una Personalidad Integral en que prime su Autovaloración y Autoestima. La premisa “Una educación de calidad para todos presentada por el Ministerio de Educación, es entendida en esta Unidad Educativa, no tan solo como una situación donde todos los alumnos(as) aprenden si no que también, que este aprender sea desarrollado dentro de un marco valórico, de hábitos y actitudes sociales positivas, que den fuerza y sentido a este aprendizaje.

ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO. LA ESCUELA Nº 1 “CHILE ” es un establecimiento Municipal Subvencionado, ubicado en calle Picarte Nº 679 de la ciudad de Valdivia, comuna y Provincia de Valdivia, en la Región de Los Ríos, contando a la fecha con 174 años de existencia, siendo uno de los planteles más antiguos del País. El alumnado que atiende el establecimiento corresponde a un nivel socioeconómico de características y estratificación “Medio-Bajo”, lo que se comprueba a través del Índice de Vulnerabilidad de establecimiento La escuela imparte Educación Parvularia (Niveles de Transición I y II, Educación General Básica de 1º a 8º año y un Programa de Educación Diferencial (TEA), cuenta con una matrícula mixta de 773 alumnos a Marzo 2009. El establecimiento desde el año 2005 se encuentra incorporado al régimen de Jornada Escolar Completa con los cursos de 3º a 8º año y a contar del año 2009 se está gestionando la incorporación de los Niveles de Educación Parvularia y NB1, lo que se está concretando a partir del 1º de Abril del año 2009. A contar del año 2008, y con proyección hacia el 2011 el establecimiento se encuentra incorporado el Proyecto de Mejoramiento Educativo, en función de la Ley de Subvención Preferencial (SEP), estando clasificado en la categoría de “AUTONOMO”. Desde el año 2005 y por tercer bienio consecutivo se cuenta con el reconocimiento de “ESTABLECIMIENTO DE EXCELENCIA ACADEMICA ”, en función de los Niveles de Rendimiento SIMCE DE 4º Y 8º AÑO respectivamente según evaluaciones comparativas desde el año 2002 al 2008 específicamente, la Calidad de Rendimiento Académico y Profesional de sus Docentes y el Nivel de Desempeño de su Planta Directiva y Técnica, manifestado a través del Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño (SNED).

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En el ámbito pedagógico, se destaca que el establecimiento cuenta con Planes y Programas Propios para el Subsector de DISCIPLINA INSTRUMENTAL, aprobados por el Ministerio de Educación, aplicables en su desarrollo desde NB3 hasta NB6 (de 5º a 8º año), a contar del año 2005 y solicitando la ampliación a contar del año 2009 para NB2 (3º y 4º año básico). Se destaca además que también el Subsector Idioma Extranjero (INGLES), el establecimiento cuenta con Planes Propios aprobados por el Ministerio de Educación para NB2 (3º y 4º año básico), se está solicitando la aprobación para NB1 (1º y 2º año básico). En relación con la Jornada Escolar Completa, se cuenta con Talleres en función de las Aptitudes, Habilidades e Intereses de los alumnos, enmarcándose en las Áreas Artísticas, Culturales, Deportivas y Recreativas, los que se desarrollan durante un día a la semana , efectuándose durante otros tres días a la semana, actividades relacionadas con Reforzamiento Educativo, con énfasis en Lenguaje y Comunicación, Educación Matemática, Comprensión del Medio e Inglés, a fin de optimizar el logro de los Aprendizajes Esperados. La dotación de personal está conformada por: Director, Inspector General, Jefe de Unidad Tánico Pedagógica, 16 docentes de Educación Básica, 1 Profesora Especialista en Educación Diferencial, 1 Profesora Especialista de Inglés, 2 Profesoras Especialistas de Religión (Católica y Evangélica) y 3 Educadoras de Párvulos. En el ámbito de Asistentes de la Educación se cuenta con una dotación de: 2 Inspectores Paradocentes, 1 Funcionaria Bibliotecaria, 5 Auxiliares de Servicios Menores, 5 Manipuladoras de Alimentación.

TITULO PRELIMINAR El presente Manual de Convivencia contiene normas y especificaciones de orden, higiene y seguridad de deberes, derechos, y prohibiciones, como también la resolución pacífica de conflictos a que deben sujetarse el personal de la escuela, alumnos y apoderados, en relación a las tareas y/o funciones de sus integrantes, con la finalidad expresa lograr una convivencia necesaria para el desarrollo del proceso educativo en la escuela, en función de optimizar el logro de los aprendizajes esperados. Los principios en que está basado el presente manual son los siguientes :

� Resolución pacifica de conflictos. � Educación para la Paz. � Construcción de una convivencia y participación democrática. De todos los

estamentos. � Construcción de valores en los alumnos de acuerdo a la Visión y Misión

formulada en el PEI del establecimiento, aplicable a través de su correspondiente PAO.

� Desarrollo de una gestión de calidad .por parte del personal docente y directivo. � Logro de Niveles óptimos de rendimiento académico de los alumnos. � Propender a la consolidación de una Personalidad Integral de los alumnos con

énfasis en la Autovaloración y Autoestima Personal.

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OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.

� Conocer y practicar las normas de convivencia escolar establecidas en el siguiente manual.

� Conocer las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la escuela con el propósito de lograr los objetivos propuestos en el PEI y el PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL, con su correspondiente PLAN OPERATIVO ANUAL

� Desarrollar y practicar valores de respeto, responsabilidad personal, honestidad, personalidad, orden, autodisciplina, lealtad, tolerancia y solidaridad.

� Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.

� Propender a la participación, flexibilidad, autonomía, coherencia, capacidad de reflexión, crítica y autocrítica, armonía y cuidado del Medio Ambiente Natural.

� Promover y fortalecer el desarrollo de las habilidades sociales en los alumnos y alumnas como también de todos los funcionarios, padres y apoderados.

� Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento y la comunidad organizada en función del logro de los propósitos educativos.

VISION DEL ESTABLECIMIENTO.

Se pretende que la Unidad Educativa, se consolide como un plantel, que, en un ambiente democrático, ofrezca al alumno una educación de excelencia, afianzando en él las competencias adecuadas y necesarias para resolver de acuerdo a su nivel, los problemas que surgen de una sociedad por el cambio constante.

MISIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.

La Escuela Nº 1 “CHILE”, se caracterizará por gestionar una educación de calidad, que propenda a elevar sus rendimientos académicos, junto a una sólida formación valórica, que le permita a sus egresados su incorporación exitosa a los colegios de enseñanza Media Científico-Humanista o Técnico-Profesional, tarea de la que serán responsables todos los estamentos de la Unidad Educativa.

CAPITULO I

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO-PEDAGÓGICO

Art. Nº 1.- DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR. Con el fin de prevenir los conflictos y trabajar por una buena convivencia, cada uno de los integrantes de esta comunidad escolar deberá estar consiente que nuestro compromiso se desarrolla en relación a los demás y a nosotros mismos, y que los derechos humanos básicos, son los pilares en cualquier relación social. Entre los más importantes practicaremos.

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PERFIL DEL DOCENTE.

� Ser un docente comprometido con el aprendizaje de todos sus alumnos. � Ser facilitadores del aprendizaje. � Ser innovadores en sus prácticas metodológicas. � Ser capaces de trabajar en equipo. � Manejar buenas relaciones con sus jefes, pares, personal paradocente,

apoderados, alumnos y de servicios menores. � Ser un líder pedagógico. � Poseer un carisma que le permita despertar en el alumno y apoderado deseos

de hacer cosas y aprender. � Ser flexible , tolerante y dispuesto a la reflexión crítica y autocrítica. � Ser transparente en su conducta, honesto, leal, solidario v respetuoso consigo

mismo. PERFIL DEL PARADOCENTE Y PERSONAL DE SERVICIOS MENO RES.

� Valorar su trabajo como medio sólido para alcanzar la realización personal y mejorar su calidad de vida.

� Identificarse con la Misión de la Escuela y predicarla con el ejemplo personal en sus actitudes y hábitos.

� Ser responsable y respetuoso consigo mismo y con los demás. � Ser transparente en su conducta, honesto, leal y solidario. � Ser capaz de trabajar en equipo y manejar buenas relaciones con lo demás

integrantes de la Unidad Educativa.

PERFIL DE LOS ESTUDIANTES.

� Responsable y auto disciplinado. � Valorar el estudio y trabajo como medios sólidos para alcanzar la realización

personal y mejorar su calidad de vida. � Respetuoso de si mismo y de los demás. � Honesto , leal y solidario. � Expresar con fluidez y claridad sus ideas, razonamiento, anhelos y deseos,

tanto verbalmente como en forma escrita. � Ser amante de los Valores Patrios y de su historia. � Valora r la familia.

PERFIL DE LOS APODERADOS.

� Ser respetuoso de las normas establecidas en el colegio. � Ser un constante colaborador del proceso de enseñanza v aprendizaje. � Relacionarse positivamente con la escuela. � Comprometerse con todas las actividades que lleva a cabo la escuela. Tales

como: reuniones, apoyo a sus hijos y/o pupilos tanto en el apoyo pedagógico y disciplinario .actos. etc.

Para ello las disposiciones internas de la escuela buscaran propiciar un

ambiente que de los espacios para el desarrollo de las actividades curriculares y no curriculares que estarán dirigidas al logro del objetivo general del colegio.

Art. Nº 2.- DEL FUNCIONAMIENTO.

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El presente manual entrará en vigencia PLENA el año 2009 , funcionando el establecimiento bajo la modalidad de JORNADA ESCOLAR COMPLETA desde el Nivel Parvulario hasta Octavo Año de Educación General Básica, incluido el Nivel de Educación Diferencial TEA. La Jornada Escolar Completa y se regirá por el siguiente horario.

Mañana: 08:15 a 15:30 Hrs. Colación: 13:15 a 14:00 Hrs.

El proceso educativo se desarrollara semestralmente, rigiéndose por el

Calendario Escolar Provincial en cuanto a todas las normas emanadas y especificadas en correspondiente Calendario Anual del Establecimiento.

Art. Nº 3.- DE LOS PLANES Y PROGRAMAS.

Los sectores y/o subsectores de aprendizaje serán impartidos según el nivel y

decreto que corresponda siendo estos los siguientes:

NB 1 Decreto Nº 545 / 1996 (1º y 2º Año Básico) NB2 Decreto Nº 552 / 1997 (3ª y 4º Año Básico) NB 3 Decreto Nº 220 / 1999 (5ª Año Básico) NB 4 Decreto Nº 81 / 2000 (6ª Año Básico) NB 5 Decreto Nº 481 / 2000 (7ª Año Básico) NB 6 Decreto Nº 92 / 2002 (8ª Año Básico) NIVEL PARVULARIO NIVEL DE EDUCACION DIFERENCIAL Decreto 291/1999

Art. Nº 4.- DE LA EVALUACIÓN.

La Unidad Educativa se rige por el decreto de Evaluación Nº 511 de Evaluación y Promoción, además de las normas y disposiciones contenidas en su propio “REGLEMENTO INTERNO DE EVALUACION”.

ESCUEL Nº 1 “CHILE” VALDIVIA REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION.

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I.- FUNDAMENTACION.

1.- El presente Reglamento Interno está fundamentado en la normativa expresada en el Decreto Nº 511 de Evaluación y en función de los Planes y Programas vigentes para los niveles de Educación Parvularia, Educación Básica de 1° a 8° año y Educación Diferencial

2.- El establecimiento funciona en la modalidad de Jornada Escolar Completa de NB2 a NB6 desde el año 2005 y se ha incorporado a la misma modalidad a contar del año 2009 a los Niveles de Educación Parvularia y NB1.

3.- Además de los Subsectores contemplados en los correspondientes Planes y Programas de Estudios Vigentes, se ha incorporado a partir del año 2006 el Subsector de DISCIPLINA INSTRUMENTAL desde NB3 a NB6, incorporándose el mismo Subsector a partir del 2009 para NB2.

4.- Se ha incorporado además el Subsector de INGLES, a partir del 2006 para NB2, e incorporándose el mismo Subsector a contar del 2009, para NB1.

5.- Tanto DISCIPLINA INSTRUMENTAL, como INGLES, en los Subsectores indicados corresponden a PLANES PROPIOS DE ESTUDIO en el establecimiento, DEBIDAMENTEAPROBADOS POR MINEDUC, a través de de Secremineduc. Región de Los Ríos.

II.- DE LA ORGANIZACIÓN Y MODALIDAD DE EVALUACION.

1.- El establecimiento cuenta con REGIMEN DE EVALUACION SEMESTRAL, en función del respectivo Decreto 511.

2.- Para la Evaluación de los Desempeños de Logros y Aprendizajes Alcanzados, se efectúan los correspondientes Consejos Técnicos de Evaluación:

� Al finalizar cada semestre lectivo. � Al término de cada año lectivo.

3.- Al mediar cada semestre lectivo, se efectúa una Evaluación Parcial de los Desempeños de Logros y Aprendizajes Alcanzados.

4.- En ambas evaluaciones se hace entrega de los resultados a los Padres y Apoderados.

5.- Dicha modalidad se encuentra establecida en el correspondiente CALENDARIO ESCOLAR, confeccionado por la Unidad Técnico Pedagógica , entregado y analizado por toda la Unidad Educativa en Consejo de Programación y Planificación al comienzo de cada año escolar, de conformidad a lo estipulado en el correspondiente Calendario Regional.

III.- DEL SISTEMA DE EVALUACION A LOS ESTUDIANTES. 1.- Todos los alumnos del establecimiento son evaluados en los diferentes Subsectores del Plan de Estudio, en forma cuantitativa, con sus valores expresados en cifras numéricas.

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2.- Como consecuencia de que el establecimiento funciona en la modalidad de Jornada Escolar Completa, además se efectúa una evaluación correspondiente a través de los TALLERES JEC, los que son programados y desarrollados en función de las Aptitudes, Aspiraciones, Intereses y Habilidades de los educandos, en las Areas Artísticas, de Deportes, Recreación. 3.- La evaluación correspondiente a los Talleres JEC, hasta el año 2008 era efectuada CUALITATIVAMENTE, cuyos resultados eran expresados en forma CONCEPTUAL, según grados de participación y logros alcanzados, lo que estaba relacionado con los correspondientes OFT, en función directa con su relación a través de los diferentes Subsectores de Aprendizaje. 4.- Como la evaluación de los respectivos Talleres JEC, era CONCEPTUAL, no tenía incidencia directa en Promedios Generales de los alumnos. 5.- Como a partir del año 2009, se ha establecido que la Evaluación de Talleres JEC, se efectuará en forma CUANTITATIVA, en función de las mismas especificaciones expresadas en el punto 4 precedente, entonces las calificaciones tendrán incidencia directa en los Resultados y Promedios Generales de Calificaciones tanto Semestrales como Anuales. 6.- Se fundamente lo expresado en el punto 5 precedente, en el hecho de que a partir del año 2009, las 8 horas destinadas por Contrato Docente para desempeño en Talleres JEC, están organizadas de la siguiente forma:

� Dos horas pedagógicas destinadas a desarrollo efectivo de Talleres JEC, en función de Actividades ARTISTICO, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS, como se fundamente el propósito de los talleres, en función de los Intereses, Aptitudes, Habilidades y Destrezas de los alumnos.

� Seis horas pedagógicas destinadas REFUERZO EDUCATIVO, con énfasis en

los Subsectores de Lenguaje y Comunicación, Educación Matemática, Comprensión del Medio e Inglés.

� Lo anterior específicamente con la finalidad de MEJORAR LOS APRENDIZAJES

ESPERADOS 7.- La propuesta de MEJORAMIENTO DE LOS APRENDIZAJESESPERADOS, se

focaliza en los Subsectores mencionados según los siguientes OBJETIVOS ESPECIFICOS:

� Subsector LENGUAJE: Reforzamiento de Funciones Lingüísticas Básicas a

través del Proceso de Lecto -Escritura, Redacción y Comprensión Lectora. � Subsector MATEMATICAS: Reforzamiento para el Desarrollo de la Operatoria y

Cálculo Operacional, y Aplicación del Razonamiento Lógico Matemático a través de la Aplicación y Resolución de Problemas.

� Subsector COMPRENSION DEL MEDIO; Reforzamiento del Desarrollo de las

Capacidades de Comprensión y Análisis Lógico y Científico.

� Subsector INGLES: Reforzamiento de las Aptitudes y Funciones Lingüísticas a través del Idioma, teniendo en consideración que el establecimiento cuenta con Planes y Programas Propios Aprobados en dicho Subsector, a lo que se suma además la existencia de Convenio Protocolizado con UACH, para el desarrollo de Proyectos Específicos en dicho Subsector.

IV.- ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS DE LA MODAL IDAD DE EVALUACION.

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1.- Existirán las siguientes modalidades de Evaluación para los alumnos:

� Todos los Subsectores serán evaluados en forma cuantitativa a través de notas expresadas hasta con 2 de decimales.

� Los Subsectores con más 4 horas pedagógicas de clases semanales serán

calificados con al menos 4 notas al momento de la entrega del Primer Informe a los Apoderados, al mediar cada semestre.

� Finalizado cada semestre, en dichos Subsectores, los alumnos deberán registrar

al menos 8 notas a fin de obtener su promedio semestral.

� Los Subsectores con hasta 4 horas de pedagógicas de clases semanales, deberán registrar al menos 3 notas al momento de la entrega del Primer Informe a los Apoderados, al mediar cada semestre.

� Al finalizar dada semestre, en dichos Subsectores los alumnos deberán registrar

al menos 6 notas a fin de obtener su promedio semestral.

2.- Las calificaciones que se contemplen en los Subsectores específicos de Lenguaje, Matemáticas, Comprensión del Medio e Inglés, desarrolladas en Horario JEC, en la modalidad de Refuerzo Educativo, podrán ser adicionadas para efectos de promedios de notas a los mismos Subsectores calificados normalmente como Clases Sistemáticas. 3.- La cantidad de calificaciones a estipular en cada semestre en el punto dos precedentes quedarán a criterio de cada docente que desarrolle las actividades, dependiendo de éstas y su tiempo de duración. 4.- Las calificaciones que se expresen en los diferentes Talleres JEC en función de Aptitudes, Habilidades, Destrezas e Intereses de los alumnos, en el ámbito de lo Artístico, Deportivo y/o Recreativo, tendrá el mismo tratamiento del punto anterior, pudiendo ser traspasadas a los Subsectores con que tengan relación dichas actividades.

V.- DE LAS TECNICAS Y RECURSOS DE EVALUACION. 1.- Los Docentes utilizarán para su proceso de evaluación PRUEBAS ESTANDARIZADAS, las que correspondiendo al término de una Unidad de Aprendizaje deberán ser sometidas previamente a conocimiento de la UTP, para conocimiento de su proceso de evaluación de resultados y calificaciones, como asimismo de la medición de los respectivos Aprendizajes Esperados. 2.- Al finalizar cada semestre, deberá tenerse contemplada al menos una Evaluación Coeficiente 2 correspondiente a una Unidad de Trabajo con Tiempo Específico y Logro de Objetivos Determinados. 3.- Se contemplarán Evaluaciones Acumulativas y Sumativas. 4.- Deberá contemplarse además la modalidad de AUTOEVALUACION y COEVALUACION en los alumnos. 5.- En relación con la EVALUACION DE NIVELES DE LOGROS, contemplados en el PLAN DE MEJORAMIENTO “SEP”, deberá considerarse las siguientes opciones de evaluación:

� Fichas de Seguimiento Individual, para el Proceso Lector.

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� Medición e Rangos de Actitudes y Habilidades en función de OFT, para los

diferentes Subsectores. 6.- Se contemplará además la actual modalidad de Evaluación a través de MAPAS DE PROGRESO, específicamente para Lenguaje y Matemáticas.

VI.- DE LAS CALIFICACIONES FINALES, PROMOCIONES Y/O REPITENCIAS. 1.- Para la obtención de la CALIFICACION ANUAL, se procederá a la sumatoria de ambos semestres lectivos, considerándose el promedio correspondiente, teniendo presente la aproximación de la segunda décima de la nota para el PROMEDIO FINAL. 2.- Las modalidades y procedimientos para determinar las PROMOCIONES Y/O REPITENCIAS, serán las especificadas técnicamente en el DECRETO 511 actualmente en vigencia. VII.- DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES. 1.- El presente Reglamento dejará sin efecto el instrumento anterior. 2.- El presente instrumento será sometido a CONSIDERACION, MODIFICACIONES, SUGERENCIAS Y/O APROBACION, por el correspondiente CONSEJO ESCOLAR y el respectivo CONSEJO TECNICO PEDAGOGICO y el correspondiente CONSEJO GENERAL DE PROFESORES. 3.- El presente instrumento con sus respectivas sugerencias, modificaciones y/o aprobación, entrará en vigencia a contar de la fecha que se determine en los respectivos Consejos. FECHA APROBACION PARA SU APLICACIÓN……………………………………………. V° B° Representante del Consejo Escolar …………………………………………… ………………………………………………………. Jefe Unidad Técnico Pedagógica………………………………………………. ……………………………………………………… Director Establecimiento……………………………………………………….... ……….……………………………………………… Art. Nº 5.- DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES.

El consejo de profesores es el organismo técnico de carácter consultivo en los

que se expresara la opinión profesional de cada uno de sus integrantes y tendrá carácter de resolutivo en materias técnico pedagógicas, de acuerdo al PEI del colegio.

Dada la importancia del trabajo en equipo la escuela tendrá los siguientes

Consejos y funcionaran por cronograma establecido según PEI de la escuela.

� Consejo General Administrativo. � Consejo Técnico Pedagógico. � Consejo por nivel y / o cursos paralelos.

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� Consejo de Coordinación Escolar. � Consejo de Equipo de Gestión.

Art. Nº 6.- DEL CONSEJO GENERAL ADMINISTRATIVO.

Este consejo deberá realizarse según calendarización, y si la situación lo amerita se reunirá en forma extraordinaria y podrán ser de carácter administrativo y / o técnico pedagógico. Los consejos extraordinarios se realizaran por citación de la dirección y/o a petición expresa de los docentes, quienes solicitarán al Director con anterioridad.

� El consejo de profesores deberá constituirse en forma ordinaria al inicio del año escolar.

� Para analizar . Diagnostico y programación del año escolar. � Análisis y Evaluación al término de cada semestre. � Evaluación General al finalizar el año escolar, incluyendo la evaluación de las

actividades extraprogramáticas. � La asistencia de los docentes a los consejos es obligatoria, dentro de su horario

de actividades de colaboración. podrán faltar a él por causas justificadas, debiendo comunicar a la Dirección con anterioridad.

� Los Consejos se realizaran dentro del horario normal de actividades de la escuela y fuera de las horas de docencia de aula.

� Los Consejos serán convocados por escrito con 24 horas de anticipación, señalando la tabla a tratar, en el cuaderno de citaciones.

� El Consejo de profesores tendrá un libro de actas, donde se registrara cada reunión, donde los docentes deberán firmar su asistencia.

Art. Nº 7.- DEL CONSEJO TECNICO PEDAGOGICO.

Integrado por docentes de 1° ciclo, 2° ciclo, Educ ación Especial y Parvulario según corresponda, esto se efectúan SEMANALMENTE, presididos por el Director del Establecimiento y Coordinadopor el Jefe de la Unidad Técnico Peagógica, tratando las siguientes temáticas:

� Planificar y Evaluar el tratamiento de los aprendizajes esperados de cada ciclo,

unificando criterios respecto de su aplicación durante el año en cada nivel. � Proponer , analizar y unificar criterios con, profesores jefes, de subsectores y

docentes de Educ especial, en relación a las metodologia y evaluación para el aprendizaje de los alumnos con necesidades especiales.

� Generar imnovaciones metodológicas tendientes a desarrollar las potencialidades de los alumnos.

Art Nº 8.- DEL CONSEJO DEL EQUIPO DE GESTION.

El Equipo de Gestion Escolar es un grupo de trabajo que se desenvuelve con varios grados de autonomia y bajo la conduccion del Director.

Tiene por objetivo dinamizar los procesos y la participación de los actores que intervienen en la acción educativa, focalizandose en:

� La dimensión Pedagógica Curricular. � La dimensión Comunidad-Entorno. � La dimensión Administrativa de recursos. � La dimensión organizacional.

Art. Nº 9.- DEL JEFE TECNICO–PEDAGOGICO.

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El Jefe técnico es el encargado de cordinar,asesorar y evaluar las funciones

técnico pedagógicas que se dan en el establecimiento tales como: planificación curricular, supervisión pedagógica y evaluación del aprendizaje.

El Jefe técnico facilitará el logro de los aprendizajes educacionales, optimizará el

desarrollo de los procesos técnicos pedagogicos. Ademas será el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la Unidad Educativa. Sus funciones serán:

� Programa r, organizar, supervisar y evaluar, junto con los integrantes de la unidad técnico pedagogica, las actividades correspondientes del proceso enseñanza- aprendizaje.

� Velar por el mejoramienmto del rendimiento escolar. � Procurar el mejoramiento permanente del proceso enseñanza- aprendizaje. � Propiciar la integración entre los diversos programas, planes y asignaturas. � Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades

curriculares del establecimiento. � Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, planificación y

desarrollo de los planes y programas de estudio, como así mismo, en el desarrollo de las actividades en el aula ,evaluación y orientación.

� Programar , coordinar, supervisar y evaluar las actividades de colaboración y de talleres de la JECD.

� Contribuir al perfeccionamiento del personal docente. � Dirigir los consejos técnicos que le competen. � Asesorar al Inspector General en la elaboración de: carga horaria, confección

de horarios, distribución de cursos, actividades de colaboración.

Art. Nº 10.- DE LA SUPERVISION EN EL AULA.

La supervisión debe ser entendida como la entrega de asesoría y apoyo técnico hacia el docente, teniendo como finalidad contribuir al mejoramiento de la calidad del proceso educativo.

La Supervisión en el Aula es entendida como un “ACOMPAÑAMIENTO EN EL

AULA”, habiéndose establecido a través de un SISTEMA CONCENSUADO con todos los integrantes de la Unidad Educativa.

Esta función será ejercida por el Director del establecimiento y el Jefe Técnico

acción que se enmarcara de acuerdo a lo establecido en el párrafo IV “Autonomía y Responsabilidad Profesional” de la Ley 19.070, Art. 16-17-18.

Art. Nº 11.- DEL PERFECCIONAMIENTO DOCENTE.

Además de lo establecido en el Párrafo 11”Formación y Perfeccionamiento” de ley 19.070, Art. 10-11-12 y el Decreto 453 “Reglamento Estatuto Docente”, la Dirección del establecimiento buscará las estrategias a nivel de Consejo de Profesores para desarrollar talleres u otras formas para orientar al proceso educativo hacia los objetivos del Proyecto Educativo de la Escuela (Art.2, letra B, ley 19532).

Art. Nº 12.- DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL.

La evaluación institucional será permanente, haciéndose en consejos ordinarios de docentes. No obstante lo anterior en cada evaluación del periodo lectivo

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correspondiente, se planteará la evaluación de la marcha de la escuela, cuyo fin será conocer el avance de lo planificado y readecuar situaciones que así lo ameriten.

CAPITULO II.

ORGANIZACIÓN. La escuela se organiza de la siguiente manera: LA DIRECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.

� Bajo la responsabilidad del Director del Establecimiento y apoyada y asesorada por Inspector General, U.T.P, el Equipo de Gestión (permanente y casual) y el Consejo de Profesores.

INSPECTORIA GENERAL.

� Apoya la labor de la Dirección y todos los estamentos del Establecimiento. � Tiene la responsabilidad del manejo y conducción administrativa y disciplinaria

del Establecimiento.

UNIDAD TÉCNICO-PEDAGÓGICA.

� Estamento que da asesoría técnica a la dirección y docentes y está conformada por el Jefe de U.T.P. y un Equipo Técnico-pedagógico conformado por:

- Un representante del Nivel Parvulario. - Un representante del Primer Ciclo, con funciones específicas de

Evaluación. - Un representante de Segundo Ciclo con funciones específicas de

Evaluación. - Un representante de Primer Ciclo para la Coordinación SIMCE 4°

Básico. - Un representante de Segundo Ciclo para la coordinación SIMCE 8°

año. - La Profesora de Educación Diferencial. - La Profesora del Subsector Inglés, como coordinadora de Planes

Propios y Proyectos.

UNIDAD DE SERVICIOS MENORES.

� Formada por 3 auxiliares de servicios menores.

COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES.

EQUIPO DE GESTIÓN.

� Permanente : Formado y presidido por el Director, Jefe de UTP, representante de los docentes, profesora de Educación Diferencial y una Docente de

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Educación Parvularia. De acuerdo a las circunstancias podrá citar a otros funcionarios o personas. Se reúne cada 1 vez al mes y /o cuando la situación lo requiera

� Casual: Está formado por los integrantes anteriores más el coordinador de

enlace, representante de los no docentes, representante del centro de padres. A los anteriores se podrá invitar representantes de la comunidad. Se reunirá mensualmente y/o cuando cite el director.

CONSEJO ESCOLAR. Es una organización interna de funcionamiento del establecimiento, que permite la participación organizada de toda la comunidad educativa

Constituido en el establecimiento de conformidad a lo estipulado en la Ley N° 19979 en sus Art. Nº 7, 8 y 9 y reglamentado por Decreto Nº 24 del 2005. Y está conformado por:

� El Director del Establecimiento, quien lo preside. � Un representante del Empleador (DAEM). � Un representante de los profesores. � Un representante designado por el Director (pudiendo ser el Inspector General o

el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica). � Un representante del Centro General de Padres.

ESCUELA Nº 1 “CHILE” VALDIVIA

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESCOLAR. I.- DE LA FUNDAMENTACION Y MARCO TEORICO.

Los Consejos Escolares son organizaciones internas de los establecimientos educacionales.

Los Consejos Escolares permiten la participación organizada de toda la Comunidad Educativa con un carácter informativo, consultivo, propositito y asesor del establecimiento, salvo que el Sostenedor le dé carácter Resolutivo. Se encuentran regidos por la Ley N ° 19979 (JEC), en sus Artículos 7°, 8° y 9°, y el Decreto N ° 24 de 2005, quien reglamenta su co nstitución y funcionamiento. II.- DE SU CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO. 1.- De conformidad a lo establecido en el Art. 3° del Decreto N° 24/05, el Consejo Escolare estará constituido por:

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A).- El Director del Establecimiento, quien lo preside. B).- El Sostenedor o un representante de este, designado mediante documento escrito. C).- Un docente elegido por los profesores del establecimiento, mediante procedimiento previamente establecido por éstos. D).- El Presidente del Centro General de Padres y Apoderados. E).- El Presidente del Centro General de Alumnos, siempre y cuando el establecimiento imparta Enseñanza Media. A petición de cualquier miembro del Consejo, el Director, en su calidad de Presidente, deberá someter a consideración de este organismo, la incorporación de nuevos miembros., Asimismo, el Director por propia iniciativa podrá determinar la incorporación de otros miembros. El Consejo resolverá sobre ésta petición, de acuerdo al procedimiento previamente establecido. III.- DEL FUNCIOAMIENTO. 1.- El Consejo Escolar funcionará al menos a 4 veces en el año, con intervalo de 3meses en cada sesión. 2.- El Sostenedor deberá determinar si le concede facultades decisorias o resolutivas al Consejo, especificando sobre qué materias y/o asuntos. 2.-El Consejo deberá estar constituido a más tardar antes de la finalización del Primer Semestre. 3.-Será responsabilidad del Director citar a primera reunión. La que tendrá el carácter de constitutiva. 4.-Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles, a partir de la fecha de constitución, el Sostenedor hará llegar al Departamento Provincial de Educación, una copia del Acta de Constitución. IV.- DE LOS ROLES Y FUNCIONES ESPECIFICOS. 1.- El Director del establecimiento, informará por escrito al Consejo Escolar de su Gestión Anual, antes de ser presentado dicho informa a la Comunidad Educativa. 2.- El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean competencias de otros órganos del establecimiento. 3.- El Consejo deberá ser informado a lo menos de las siguientes materias:

� Logros de aprendizajes de los alumnos. � Informes de Visitas de Fiscalización del Ministerio, de conformidad a Ley 18962,

DFL. 2/98.

� Resultados de Concursos Municipales para personal Docente, Profesionales de Apoyo, Administrativos y Directivos.

� Tomar conocimiento de Presupuestos Municipales Anuales del establecimiento.

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� Deberá tomar conocimiento del PEI del establecimiento, de los Programas Anuales y Curriculares, de las Metas y Proyector de Mejoramiento propuestos.

V.- DE LAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS. 1.- El Consejo Escolar de la Escuela N° 1 “CHILE” de Valdivia, sesionará al menos 4 veces en el año, y será responsabilidad del Director efectuar las citaciones correspondientes. 2.- Deberá contemplarse le nominación de un Secretario y la existencia de un Libro de Actas. 3.- Cualquier otra disposición y/o funcionamiento del Consejo, deberá estar contenida en el Reglamento de Consejos Escolares según Decreto N° 24v de 2005 del Ministerio de Educación.

ACTA DE CONSTITUCION DEL CONSEJO ESCOLAR En Valdivia, Región de Los Ríos, con fecha………………………………………. Se constituye el CONSEJO ESCOLAR DE ESCUELA Nº 1 “CHILE” DE VALDIVIA Los abajo firmantes, constituidos como CONSEJO ESCOLAR, se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para favorecer la participación responsable de todos sus elementos al interior del establecimiento, y contribuir al mejoramiento continuo de la Calidad de la Educación.

Para el cumplimiento de lo anterior se ha acordado establecer un Plan de Trabajo. Definir las Líneas de Acción que le orienten y reglamenten su modo de funcionamiento

“DECLARACION INICIOAL Y COMPROMISO DE GESTION”

1.- Mejorar los Niveles de Rendimiento Pedagógico de los alumnos. 2.- Mejorar o mantener los Niveles de Rendimiento SIMCE. 3- Mejorar la calidad de la Gestión Pedagógica de los docentes. 4.- Mantener la condición de ESTABLECIMIENTO DE EXCELENCIA ACADEMICA. 5.-Mantener la condición de ESTABLECIMIENTO AUTONOMO.

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Para constancia firman por el Consejo Escolar: SOSTENEDOR DIRECTOR DOCENTES CENTRO DE PADRES

FICHA REGISTRO CONSEJO ESCOLAR

Nombre Establecimiento: ……………………………………………… Comuna: ………………………………………………. Región: ……………………………………………… Departamento Provincial: ……………………………………………… Nombre Consejero Sostenedor: ………………………………………………. Nombre Consejero Director: ………………………………………………. Nombre Consejero Docente: ………………………………………………. Nombre Consejero Centro de Padres: …………………………………………... Correo Electrónico del Consejo: ……………………………………………….

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FORMATO ACTA DE CONSEJO ESCOLAR

Siendo las……….hrs. del día…………………………………………….., se reúnen los integrantes del Consejo Escolar de la Escuela N ° 1 “CHILE” DE Valdivia, debidamente citados por el Director del establecimiento, sesión de carácter……………………………………….(ordinaria o extraordinaria), pata tratar la siguiente Tabla:

TABLA DE LA REUNION: 1.-……………………………………………………………………………………. 2.-……………………………………………………………………………………. 3.-…………………………………………………………………………………….. 4.-……………………………………………………………………………………… 5.-……………………………………………………………………………………… 6.-………………………………………………………………………………………. ASISTENTES JUSTIFICAN INASISTENCIA

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……………………………………….. …………………………………………….. ………………………………………. …………………………………………….. …………………………………………. …………………………………………… ………………………………………… ……………………………………………. ………………………………………… ……………………………………………… ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ASUNTOS TRATADOS RESPONSABLES ……………………………………….. ………………………………………………. ………………………………………… ……………………………………………… …………………………………………. ……………………………………………… ………………………………………….. ……………………………………………… …………………………………………. ……………………………………………… ……………………………………….. ……………………………………………… ………………………………………. ……………………………………………… ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ………………………………………………. ………………………………………… ……………………………………………….

La próxima reunión queda calendarizada para fecha………………………………………... En el local del establecimiento, para lo cual el Director cursará las respectivas citaciones.

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No habiendo más que tratar se levanta la reunión a las………….hrs. del día……………………………………. De todo lo anterior, doy fe como Secretario bajo el respectivo V° B° del Director del Establecimiento en su calidad de Presidente del Consejo Escolar.

ESCUELA N ° 1 “CHILE” VALDIVIA

PLAN ANUAL DE TRABAJO CONSEJO ESCOLAR AÑO 2009

OBJETIVOS ACTIVIDADES RESPONSABLE RECURSOS FECHA EJECUCION

1.- Informar a la comunidad Educativa los propósitos, estructura y conformación del Consejo Escolar.

1.- Constitución del Consejo Escolar. 2.- Realización de Taller Participativo con docentes, padres y alumnos.

Integrantes del Consejo Escolar.

Material fungible y folletos informativos.

Primera quincena Abril 2009.

1.-Elaborar una programación general con participación de todos los docentes.

1.-Desarrollar Taller Informativo Participativo con todos los docentes.

Dirección UTP.

Material fungible para la impresión y difusión de normativa y desarrollo de actividades.

Comienzo de año.

1.-Tomar conocimiento de Planes, Programas y Proyectos de la Unidad Educativa.

1.-Revisar y analizar PEI, MAUAL DE CONVIVENCIA, P.A.O, PLAN DE MEJORA Y Proyectos Específicos.

Todos los integrantes del C. Escolar más UTP e Insp. Gral.

-Material fungible Documentos Oficiales impresos. -Medios audiovisuales.

Antes de finalizar el Primer semestre.

1.-Tomar conocimiento de

1.- Analizar y comentar

Todos los integrantes del

-Material impreso.

-Una vez en cada semestre

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los Niveles de Rendimiento Académico de los alumnos y resultados SIMCE.

resultados y difundirlos a los apoderados.

C. Escolar más UTP e Insp. Gral.

-Medios audiovisuales. -Material fungible para multicopias y difundir.

y al comienzo de cada año escolar.

1.- Conocer los objetivos del PADEM Municipal y relacionarlos con el establecimiento.

1.- Programar reunión informativa con Sostenedor. 2.- Informar en Asamblea General de C. de Padres.

Director del establecimiento en su calidad de Presidente del C. Escolar.

-Material fungible para imprimir información y difundirla. -Medios audiovisuales.

-Comienzo de año. -Fin de cada semestre.

1.- Informarse de la Cuenta Pública de Gestión.

1.-Sostener reunión con Equipo de Gestión del establecimiento antes de la Cuenta Pública del Director.

Todo el Consejo Escolar.

-Medios audiovisuales. -material impreso.

Antes de finalizar el Primer semestre.

1.-Informarse sobre el Manual de Convivencia Escolar.

1.-Participar en taller junto con docentes para analizar temática relacionada.

Todo el Consejo Escolar y todo el personal del establecimiento.

-Material impreso. -Medios audiovisuales.

Comienzo de año.

1.- Interactuar y reflexionar sobre temática preventiva.

1.- Participar en desarrollo de Talleres Preventivos. 2.- Lograr apoyo de Programa HpV.

Director en calidad de Presidente de C. Escolar. P .Centro de Padres.

-Disponibilidad de material impreso. -Medios audiovisuales.

Una vez en cada semestre.

1.-Conocer y manejar información relacionada con Reforma Judicial en Tribunal de la Familia.

1.-Organizar y participar en talleres de difusión sobre el tema. 2.- Obtener la participación de profesionales específicos.

Consejo Escolar. Dirección. C .GRal. de Padres.

-Material impreso de difusión. -Medios audiovisuales.

Al menos una vez en al año.

1.- Evaluación del trabajo anual.

1.- Desarrollar un Taller conjunto con docentes a fin de evaluar en forma generalizada las acciones del año.

Todo el Consejo Escolar. Equipo de Gestión.

-Material impreso. -Medios audiovisuales.

Antes de finalizar el año escolar.

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COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR.

� Integrado por el Director quién lo preside, un coordinador, un representante de

los profesores, alumnos, padres y apoderados y no docentes, de carabineros, bomberos y salud. Su objetivo principal es prevenir todo tipo de situaciones que afecten negativamente la seguridad del alumno.

ESCUELA N ° 1 “CHILE” VALDIVIA

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (Basado en Operación Deyse” a partir de 1997)

I.- OBJETIVO GENERAL. Perfeccionar el Sistema de Seguridad a nivel de la Unidad Educativa con proyección a la formación de una Cultura Nacional de Prevención. II.- OBJETIVOS ESPECIFICOS. 1.- Generar en el establecimiento una actitud de autoproteccion asumiendo una responsabilidad colectiva frente a la seguridad. 2.- Proporcionar a la unidad educativa un efectivo ambiente de seguridad integral, para el desarrollo de las actividades normales. 3.- Diseñar en el establecimiento un modelo de proteccion replicable en el hogar y en el barrio. III.- DE LA CONFORMACION DEL PLAN.

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1.- Cada Unidad Educativa deberá conformarsu “Propio Plan Específico”, en el que participan:

� ALUMNOS. � APODERADOS. � DIRECTIVOS. � DOCENTES. � PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS.

2.- El Plan deberá contar con representantes de las diferentes REDES DE APOYO, conformadas fundamenalmente por:

� UNIDADES DE SALUD. � CARABINEROS. � BOMBEROS.

3.- La primera acción será la Constitución del COMITE DE SEGURIDAD ESCOLAR. 4.- Serán integrantes del Comité de Seguridad:

� Director y representante de laDirección. � Monitor o Coordinador. � Representante de Profesores. � Representantes de alumnos de cursos superiores. � Representantes de Instituciones de: Salu- Carabineros- Bomberos. � Representantes de Paradocentes y Auxiliares del establecimiento. � Otros representantes: Cruz Roja- Defensa Civil- Scouts etc.

5.- Se deberá determinar específicamente la MISION del Plan yComité de Seguridad Escolar. 6.- Se deberá determinar las Fdunciones y Roles de cada uno de los integrantes del Plan y Comité. 7.- Se determinarán ACCIONES ESPECIFICAS:

� Determinar situaciones de riesgo y peligros potenciales en el establecimiento y medio circundante.

� Se deberá especificar la disponibilidad y necesidad de Recursos.

8.- Se deberá configurar un CRONOGRAMA DE ACCION Y RESPONSABILIDADES. 9.- El Plan de Acción deberá estar basado en la “METODOLOGIA ACCEDER” . 10.- El Plan de Acción deberá estar basado en las siguientes etapas:

� PROGRAMACION. � PLANIFICACION. � EJECUCION.

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IV.- DE LA ESTRUCTURACION DEL COMITE DE SEGURIDAD. 1.- En la unidad educativa se conformara un comite paritario integrado por miembros de los distintos estamentos, bajo la asesoria y cordinacion de la MUTUAL DE SEGURIDAD DE VALDIVIA. 2.- El comite paritario debera ser renovado anualmente. 3.- El principal objetivo del comite paritario sera elaborar un plan de seguridad escolar. 4.- Tendra vigencia y aplicacion en este plan de seguridad la normativa vigente contemplada en la ley de accidentes laborales y escolares. V.- DE LAS ACCIONES ESPECIFICAS. 1.- Se programaran simulacros de acciones preventivas, en situaciones de riesgo latente al menos una en cada semestre. 2.- Se realizaran talleres sobre tematicas preventivas y de riesgo, con participacion de monitores especializados y asistencia de representantes de los distintos estamentos de la unidad educativa.

ELABORACION DE PLAN DE ACCION DE LA UNIDAD EDUCATIV A (Basado en “Metodología AIDEP-ACCEDER”)

“AIDEP ” “ACCEDER ” (Etapas) A “ANALISIS HISTORICO” I A “ALARMA”

I “INVESTIGACION EN TERRENO” II C “COMUNICACION”

D “DISCUSION DE PRIORIDADES” III C “COORDINACION”

E “ELABORACION DE MAPA” IV E “EVALUACION” (1)

P “PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR DE LA UNIDAD EDUCATIVA”

V D “DECISIONES”

E “EVALUACION” (2)

R “READECUACION”

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PRINCIPALES REGLAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL ESTABLECIMIENTO

� La “ESCUELA N° 1 “CHILE “, funcionará con Jornada Escolar Completa para los cursos de 1º a 8º año, más El Nivel de Educación Pre Básica y el y El Nivel de Educación Diferencial TEA .

� El horario de funcionamiento será de las 8:00 a 16:30 horas.

� La atención administrativa se efectuará de 08:30 a 12:30 hrs y de 14:00 a 16:00

hrs en horario de oficina. � Los docentes atenderán a los apoderados según calendarizaciónen función de

su disponibilidad horaria, la que será comunicada oprtunamente al inicio del año escolar.

� En ausencia del Director, la escuela será dirigida por las siguietes personas, en

estricto orden de prioridad:

- Inspector general. - Jefe de UTP. - Profesor con más años de servicio en la escuela. - Profesor de turno.

� Los permisos serán concedidos por el Director, siempre y cuando se cuente con el personal de reemplazo.

� Los días lunes se efectuarán los actos de inicio de actividades, en forma rotativa.

� El profesor de turno será el encargado de dirigir claramente las acciones en los

recreos, término e inicio de las clases, desayuno y acto días lunes. � Los recreos serán vigilados por los profesores de turno, auxiliares.

� Inmediatamente tocada la campana se incorporarán todos los docentes para

formar frente a su sala o en formación general, según lo disponga el profesor de turno.

� La salida de alumnos (compras u otros) serán autorizadas sólamente por el

Inspector General de la escuela. , el criterio será el evitar al máximo posible las salidas de alumnos fuera del recinto escolar.

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� La libreta de comunicaciones es considerada un documento oficial dentro del establecimiento, por lo tanto será el documento válido para otorgar permisos, justificativos u otros a los alumnos.

� El coordinador de seguridad escolar y el profesor encargado de salud, deberán

coordinar todas las acciones cuando ocurra un accidente escolar.

CAPITULO III

NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO

DE LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE CA DA FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL. Art. Nº 13.- DE LAS OBLIGACIONES GENERALES DEL PERS ONAL DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

� Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda cumplir adecuadamente los fines de la educación.

� Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del Ministerio de Educación y Empleador, según corresponda.

� Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del proceso educacional del establecimiento.

� Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento y hacia el empleador y sus representantes.

� Dar aviso oportuno al empleador o a quien corresponda, de su ausencia por causa justificada.

� Respetar y cumplir los horarios de entrada y salida. � Mantener sobriedad y corrección en el desempeño de su función, propias del

personal de un establecimiento. � Mantene r en todo memento relaciones jerárquicas deferentes, con jefes,

compañeros de trabajo, subalternos, alumnos y apoderados. � Velar por los intereses del colegio, evitando pérdidas, deterioros, o gastos

innecesarios. Art. Nº 14-. DE LAS PROHIBICIONES GENERALES PARA EL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

� Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida autorización.

� Suspender ilegalmente la labor y/o inducir a tales actividades. � Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada. � Presentars e al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del

alcohol, droga, y/o estupefaciente. � Causar daño voluntario o intencional a las instalaciones del establecimiento. � Introducir bebidas alcohólicas, drogas y /o estupefacientes al establecimiento

y/o darlas a consumir. � Efectuar comercio dentro del establecimiento para beneficio personal.

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� Utilizar la infraestructura en beneficio personal. DE LOS DEBERES Y DERECHOS ESPECÍFICOS DEL PERSONAL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL. Art. Nº 15.- DEL DIRECTOR.

El Director es el docente, que como jefe del establecimiento educacional, es responsable de dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el trabajo de sus distintos organismos, de manera que funcionen armónica y eficientemente.

En el cumplimiento de sus funciones deberá tener presente que la función de la escuela es EDUCAR por lo tanto dedicara toda su energía y capacidad para cumplir en la mejor forma posible dicha función fundamental.

Corresponde al Director cumplir con las siguientes funciones:

� Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración, teniendo siempre presente que la principal función es educar, la que debe prevalecer sobre la administrativa u otra, en cualquier circunstancia y lugar.

� Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulando el trabajo personal y creando las condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel.

� Presidir los consejos delegar funciones cuando corresponda. � Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad

dentro del establecimiento educacional. � Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales

competentes. � Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación y/o D.A.E.M

las actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigibles conforme a la reglamentación y legislación vigente.

� Arbitrar las medidas necesarias para que se realiza normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación conforme a las instrucciones que emanen de la superioridad.

� En ausencia , delegar en el Inspector General, Jefe de U.T.P., profesor de turno, integrante Equipo de Gestión, según corresponda, el control de las actividades propias del establecimiento.

� Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad local escolar.

� Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. � Cautelar la existencia de recursos humanos idóneos para ejercer la función

respectiva en conformidad a las disposiciones vigentes. � Procurar la existencia de material didáctico suficiente y adecuado al nivel y

modalidad de enseñanza que imparte el establecimiento. � Facilitar el funcionamiento a los organismos vinculados de la comunidad con el

establecimiento. � Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su

dependencia, como así mismo la investigación y experimentación educacional. � Promover el desarrollo de planes y programas especiales técnico-pedagógicos,

complementarios a la instrucción. Art. Nº 16.- DEL INSPECTOR GENERAL.

El Inspector General es el docente que tiene como responsabilidad velar por las

actividades del establecimiento, para que se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.

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A su vez es el responsable inmediato de Organizar, coordinar y supervisar el trabajo armónico y eficiente de los distintos organismos del establecimiento, como asimismo de los inspectores de aula.

Corresponde al Inspector General cumplir con las si guientes funciones:

� Controlar la disciplina de los alumnos, hábitos de puntualidad y respeto a los superiores.

� Vincular al establecimiento educacional con los organismos de la comunidad previo conocimiento del Director.

� Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas de colaboración.

� Organizar y coordinar el funcionamiento de las comisiones del bienestar, tanto el personal como el de los alumnos.

� Llevar los libros de control , registro de la función docente, documentos de seguimiento de los alumnos y carpeta de alumnos o libro de registro, libro de oro, cuaderno o registro anecdótico siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados.

� Programar y coordinar las labores de los Paradocentes y auxiliares. � Autorizar la salida extraordinaria de los alumnos. � Controlar la realización de actividades culturales, sociales, deportivas, de

bienestar y promover las relaciones con los centros de padres y apoderados. � Elaborar los horarios de clases y colaboración del personal. � Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del

establecimiento. � Velar por la buena presentación y el aseo del local escolar. � Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudios

elaborados por los profesores jefes de curso. � Coordinar y supervisar las actividades del establecimiento. � Llevar los documentos y registros que acredite la calidad de cooperador de la

función educacional y aquellos que se requieren para impetrar la subvención. � Asistir a los consejos técnicos de su competencia. � Subrogar al director en su ausencia. � Velar, conjuntamente con el Director , porque el proceso enseñanza

aprendizaje del establecimiento sea coherente con los objetivos. � Mantener actualizado el inventario de los bienes del colegio.

Art. Nº 17.- DE LA UNIDAD TECNICO PEDAGOGICA.

La U.T.P. es el organismo encargado de coordinar asesorar y evaluar las funciones docentes técnico-pedagógicas: orientación educacional y vocacional, planificación curricular, supervisión pedagógica, evaluación de los aprendizajes y otras análogas.

El Jefe de la U.T.P. tiene por finalidad: el logro de los objetivos educacionales,

optimizar el desarrollo de los procesos técnico-pedagógico y constituirse en el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la unidad educativa.

Los objetivos de la U.T.P. son:

� Optimizar el funcionamiento técnico-pedagógico del establecimiento, planificando, coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las actividades curriculares

� Apoyar técnicamente, a la dirección y a los docentes en materias asociadas a la calidad educativa: orientación, currículo, metodología pedagógica y evaluación.

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Corresponde al Jefe de Unidad Técnico-Pedagógica cu mplir con las siguientes funciones:

� Facilitar el desarrollo del proceso educativo coordinado, en función del logro de los objetivos educacionales.

� Fortalecer el trabajo de los docentes de aula a través de asesorías directas, apoyo efectivo, oportuno y pertinente.

� Promover el trabajo en equipo integrado y participativo con los docentes. � Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización

permanente de los docentes. � Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los

docentes, favoreciendo su creatividad personal y académica. � Procurar la participación activa responsable y comprometida de los docentes,

en las distintas instancias técnico-pedagógicas. � Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación educacional,

vocacional y profesional. � Asesorar las actividades de planificación curricular y el desarrollo de los

contenidos programáticos. � Proponer concepciones y modelos curriculares, congruentes con el marco

programático y el PEI, del establecimiento. � Confeccionar los horarios de clases y docentes del establecimiento. � Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanza, que

favorezcan los aprendizajes efectivos. � Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación del proceso

de enseñanza-aprendizaje. � Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar, a través de acciones que

hagan más efectivo el quehacer docente en la consecución de los objetivos programáticos, y de programas especiales de reforzamiento de los aprendizajes.

� Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la problemática educativa, de acuerdo con la propia realidad del establecimiento.

� Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y otras actividades para enfrentar los problemas pedagógicos, en función de una mayor calidad educativa.

� Diseñar en conjunto con los otros estamentos del establecimiento programas y/o acciones de mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades más urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de que se dispone para desarrollarlo.

� Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evalua r las innovaciones curriculares que se requieran.

� Propiciar y coordinar la realización de las actividades curriculares no lectivas. � Atender los requerimientos de la descentralización pedagógica, principalmente

las relacionadas con la elaboración de planes y programas de estudio, los objetivos fundamentales y contenidos mínimos, los programas de mejoramiento educativos y otros.

� Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado, para hacer más efectiva la acción educadora del establecimiento.

Estructura de la U.T.P.:

- Jefe de U.T.P. - Unidad de Orientación. - Unidad de Currículo. - Unidad de Evaluación.

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Estará integrada por los especialistas o por el personal idóneo necesario para cumplir con las funciones docente-técnico pedagógicas que le sean asignadas. Entre otros el orientador, el especialista en currículo, el especialista en evaluación.

Art. Nº 18.- DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCE NTES.

Los docentes del establecimiento tendrán como deber es:

� Planificar , desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes. � Fomentar e internalizar en el alumnado valores, hábitos y actitudes a través del

ejemplo personal. � Asistir a los actos educativos culturales y cívicos que la dirección del

establecimiento determine. � Mantene r al día los documentos relacionados a su función. � Mantener una comunicación permanente y oportuna con los padres y

apoderados, proporcioinandoles información sobre el desarrollo del proceso educativo y seguridad de sus pupilos.

� Asistir a las formaciones generales y de aula después de cada recreo, � Cuidar el orden y presentación personal de los alumnos. � Llegar junto a sus alumnos a la sala de clases. � Finalizada la clase deberá entregar la sala limpia, ordenada y cerrada con llave. � Desempeña r turnos que señale el director. � Concurrir a todas las reuniones que son convocadas por la dirección. � Llevar al día su libro de clases, especialmente lo referido a la asistencia,

consignación de materias y calificaciones. � Reemplazar a otro profesor ausente según necesidades. � Guardar la debida lealtad y respeto hacia sus jefes y compañeros de trabajo.

Los docentes del establecimiento tendrán como derec hos:

� Ser escuchados por la dirección, docentes, y apoderados de la escuela. � Participar con caracter consultivo en el diagnostico,planteamiento,ejecucion y

evaluación de las actividades de la Unidad Educativa y las relaciones de esta con la comunidad.

� Gozar de autonomia en el ejercicio de su función docente. � Solicitar permiso parta ausentarse de sus labores por motivos particulares

hasta por seis días en el año calendario con goce de remuneraciones. Para facilitar lo planteado se solicitará a un colega lo reemplace durante su ausencia a fin de no entorpecer la atención de los alumnos.

� Ser respaldado en su función por parte de todos los integrantes de la Unidad Educativa ante cualquier atropello o falta de respeto que sufra un profesor por parte de un padre o apoderado,alumno u otra persona dentro del establecimiento; éste quedara registrado en el libro de crónicas de la escuela. Dejara constancia de ello el profesor afectado, refrendado con su firma. Esta situación igual quedara registrada en el Acta de Consejo de Profesores donde se tomará conocimiento del hecho.

� Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia, respetandose las diferencias individuales.

� No ser interrumpidos en el desarrollo de su habituales labores de docencia. Art. Nº 19.- DEL PROFESOR JEFE Y / O DEL AULA.

La función docente es aquella de carácter profesional de nivel superior que lleva a cabo directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y educación, lo que

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incluye el diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de estos procesos y las actividades educativas generales y complementarias que tienen lugar en las unidades educativas.

El Docente del aula es el profesional que dentro del establecimiento es el

responsable directo de administrara el proceso enseñanza aprendizaje y asegurar que los alumnos tengan éxito en el desarrollo de todas sus potencialidades. Corresponde al docente las siguientes funciones:

� Reunir y organizar las informaciones sobre los alumnos y llevar un registro del progreso escolar (libretas de calificaciones y otros documentos)

� Organizar y asesorar el consejo de curso. � Organizar , asesorar y reunirse periódicamente (al menos una vez al mes), con

el objeto principal de informarles del progreso de sus pupilos. Cada reunión deberá registre por la calendarización entregada por Inspectoría General.

� Intervenir en problemas de conductas y/o aprendizaje que no hayan sido resueltas por el profesor de la asignatura.

� Mantener contacto permanente con los profesores de cada asignatura, para recibir información del progreso escolar y educativo de sus alumnos.

� Elaborar informes de alumnos que sean solicitados por la dirección y/o UTP. � Derivar a la Dirección y/o UTP los casos cuyo diagnóstico y tratamiento

sobrepasen funciones específicas. � Ser el principal funcionario que cuide y propenda a que sus alumnos progresen

en lo que es la misión del colegio. Art. Nº 20.- DE LOS DEBERES DEL PROFESOR DE TURNO.

� Dirigir y coordinar en conjunto con la dirección, todo lo concerniente a: formaciones, actos, desayunos externos, accidentes escolares, consignación de novedades en el libro de crónicas.

� Procurar que los alumnos desarrollen hábitos y actitudes sociales positivas, basados en un ordenamiento y disciplina de las acciones que él realiza en su desempeño como profesor de turno.

Art. Nº 21.- DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PARADOCE NTE. El Personal Administrativo del establecimiento tend rá como derechos:

� Un trato digno y respetuoso de parte de todos los integrantes de la Unidad Educativa.

� Realizar sus actividades en un ambiente de higiene y limpieza y sana convivencia.

� Ser escuchado.

El Personal Administrativo del establecimiento tend rá como deberes:

� Respetar el horario de inicio y término de la jornada de trabajo. � Hacer buen uso del material y bienes de la escuela. � Velar por el buen uso de los timbres y otros sellos propios de la escuela. � Velar por la manutención del aseo y presentación de las dependencias de la

secretaria y dirección.

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Atr. Nº 22.- DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS.

El auxiliar de servicios es responsable directo de la vigilancia, cuidado y

mantenimiento de los muebles, instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar.

Los auxiliares dependen directamente de Inspectoría General.

Las funciones del auxiliar de servicios son las sig uientes :

� Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las dependencias

del establecimiento. � Abrir o cerrar dependencias del establecimiento y manejar las llaves. � Atender el uso del Gimnasio del Establecimiento � Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros. � Realizar reparaciones e instalaciones menores del local. � Cuidar y velar por el uso, conservación de materiales, útiles, herramientas y

máquinas del colegio. � Entregar y recibir material audiovisual, didáctico o de apoyo a las actividades

lectivas. � Desempeña r cuando proceda, atención de portería teniendo como

responsabilidad específica:

• Regular, y vigilar entradas y salidas de las personas al establecimiento. • Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas,

antes de autorizar su entrada. • Realizar otras tareas de apoyo a la marcha del establecimiento cuando

solicite la Dirección o Inspectoría General, o quién lo requiera previa autorización de la Dirección o Inspectoría General.

� Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las dependencias

del establecimiento. � Mantener en todo momento una actitud de respeto, honestidad, y lealtad para

con sus superiores: Director, Inspector General, U.T.P, Docentes; como asimismo con sus pares, alumnos y Apoderados.

� Usar un vocabulario acorde al nivel utilizado en un establecimiento educacional. Los Auxiliares de Servicio del establecimiento tien en como derechos:

� Ser tratados con deferencia por todos los integrantes de la Unidad Educativa. � Ser escuchados. � No realizar actividades que atenten contra su seguridad personal � Proveerles de útiles y herramientas necesarias para desempeñar en buena

forma su labor.

Art. Nº 23.- DE LOS DEBERES DE LAS MANIPULADORAS DE ALIMENTOS.

� Cumplir sus funciones de manipulación de alimentos con esmero, diligencia y

buena atención, dada la importancia que esto tiene para la salud y bienestar del alumno.

� Mantener ordenada y limpia la cocina, despensa y comedor de acuerdo a las características del local.

� Cumplir los horarios de llegada, salida y de comidas. � Mantener una buena presentación personal, higiene y aseo.

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� Manejar y almacenar correctamente los productos. � Preparar la comida y guisos de acuerdo a los manuales de preparación y

medidas prácticas. (uso de uniforme completo, especialmente mascarilla y cofia).

Art. Nº 24.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.

DERECHOS.

� Recibir una formación y educación de acuerdo a lo que estipula la misión de la escuela y el perfil del alumno.

� Que su rendimiento y comportamiento escolar sea evaluado con objetividad. � Recibir información relacionada con su actividad escolar, especialmente las que

dicen relación con sistemas y procedimientos de evaluación y corrección de pruebas.

� Recibir atención del seguro escolar en caso de accidente. � Recibir un reconoccimiento positivo que será registrado en su hoja de vida,

cuando desarrolle o tenga comportamiento digno de ser destacado positivamente.

� Ser atendidas sus situaciones individuales de carác ter pedagógicas y personales como: Enfermedad Y / o accidente, situaciones de embarazo etc. que requieran de un largo período de ausencia escolar.

� Para lo cual tendran derecho a cumplir con sus obl igaciones escolares, mediante un sistema personalizado y calendarizado.

� A rendir una prueba fuera de plazo estipulado por calendario, previa inasistencia justificada

DEBERES.

� Adoptar un comportamiento que esté de acuerdo con el Reglamento Interno de la escuela.

� Respetar a todos los componentes del sistema escolar. � Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir sus obligaciones escolares,

horarios y las orientaciones dadas por el personal a su cargo. � Aceptar y cumplir las responsabilidades que los profesores le asignen. � Usar un lenguaje digno y respetuoso en el trato con todos los integrantes de la

Unidad Educativa, tanto fuera como en el colegio. � Usar con corrección las instalaciones, mobiliario y material didáctico que el

establecimiento pone a su disposición.

Art. Nº 25.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS.

� La asistencia es de carácter obligatoria para las clases, actividades

extrescolares, citaciones por compromisos oficiales, beneficios de alimentación y salud escolar. Debe ser puntual en la hora de llegada.

� En caso de inasistencias el alumno deberá justificarlas con certificado de

médico y/o justificativo extendido y firmado por su apoderado en la libreta de comunicaciones, caso contrario se dejará constancia en la hoje de vida del alumno como una observación negativa.

� Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada

personalmente por el apoderado. El alumno al incorporarse a clases, estará en condiciones de rendir la prueba.

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Art. Nº 26.- DEL UNIFORME ESCOLAR DE LOS ALUMNOS. El uniforme escolar consistirá en:

� Niñas : Falda a cuadrille Azul con rojo, chaleco rojo, blusa blanca, zapatos negros, delantal cuadrillé azul y calcetas blancas.

� Niños : Pantalón gris, chomba roja, vestón azul, camisa blanca, corbata y zapatos negros.

� Uso del uniforme obligatorio para todos los alumnos y deberá usarlo cada vez que concurra al estblecimianto y actos oficiales fuera de él. La excepción a la regla la constituyen las clases de educación física, donde los alumnos de 1º a 4º año podrán venir con buzo y los de 5º a 8º año deberán cambiarse en el colegio.

� Mientras el alumno no cuente con un buzo oficial, deberá usar uno de color azul marino.

� Toda prenda de vestir deberá estar marcada, a fin de evitar extravios. � Todos los alumnos deben presentarse con su vestuario limpio y ordenado,

evitando las tenidas de colores, zapatillas y otras que sean contraria a su condición de estudiante.

� Los varones usarán el cabello moderado y peinado, no se permitirá el uso de aros y/o distintos llamativos dentro del establecimiento.

� Las niñas deben abstenerse de sus cosméticos y cualquier tipo de joyas.

Art. Nº 27.- DEL CUMPLIMIENTO Y OBLIGACIONES ESCOLA RES DEL ALUMNO.

� Cada alumno deberá contar con sus útiles y materiales necesarios, que exigen para cumplir en cada asignatura del plan de estudio. Será su responsabilidad mantenerlos en buenas condiciones de uso y aseo.

� La escuela no se responsabiliza por pérdidas de ningún tipo de material o útiles. � Será obligación del alumno cumplir con sus deberes escolares. Poner atención,

participar y trabajar en clases según lo ordenado por el profesor. � El alumno deberá portar diariamente su libreta de comunicaciones y manejarla

en buen estado. � El alumno deberá participar obligatoriamente en las actividades extrescolares, y

todas aquellas en que la escuela programe y esté participando (desfiles, actos, etc.)

� En caso de inasistencias el alumno deberá justificarlas con certificado de médico y/o justificativo extendido y firmado por su apoderado en la libreta de comunicaciones, caso contrario se dejará constancia en la hoje de vida del alumno como una observación negativa.

� Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada personalmente por el apoderado. El alumno al incorporarse a clases, estará en condiciones de rendir la prueba. y/o ser interrogado oralmente sin previo aviso.

� En caso de inasistencia a una prueba, podrá ser evaluado en la clase siguiente o en el momento que el profesor determine.

� Aquellos deterioros causados por alumnos al local escolar, mobiliario, artefactos, equipos,etc. Y que no corresponden a un uso normal y racional, deberán ser reparados, reemplazados o repuestos por el apoderado del alumno en forma inmediata.

Art. Nº 28- DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS. DERECHOS.

� Requerir información respecto del rendimiento y conductas de su pupilo. � Integrar directivas en el Centro o Subcentros de Padres y Apoderados.

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� Ser atendidos con amabilidad y respectopor los profesores en horarios establecidos para ello.

� Proponer ideas que tengan como finalidad mejorar aspectos y/o procesos que entrega el establecimiento.

� Colaborar con propuestas que fortalezcan el proceso educativo presentándolas al profesor jefe y/o de subsector para su consideracion ,y si éste se lo solicita.

DEBERES.

� Comprometerse con su rol colaborador del proceso educativo e integrarse

activamente al proceso educativo. � Ser responsable de la presentación personal e higiene de su pupilo. � Cumplir con los compromisos y/o responsabilidades que le son encomendadas

por la escuela, curso o centros de padres. � Informarse y cumplir lo dispuesto en el Reglamneto Interno de la escuela. � Evitar interrumpir las horas de clases. � Justificar en forma oral o escrita las inasistencias o atrasos de su pupilo � Controlar periódicamente el rendimiento y conducta de su pupilo, tomando

conocimiento bajo firma en hoja de vida del apoderado. � Reforzar mediante la práctica en casa, la formación valórica, hábitos y actitudes

sociales de su pupilo. � Solicitar por escrito en la libreta de comunicaciones los permisos de su pupilo. � Actuar con respeto, prudencia y honestidad, con el fin de establecer buenas

relaciones humanas. � Relacionarse permanentemente con la escuela. � Comprometerse con todas las actividades que lleve a cabo la escuela, tales

como: reuniones, citaciones, actos, beneficios, etc. � Respetar , cuidar y defender la buena imagen del establecimiento, evitando

efectuar comentarios y/o actitudes que la perjudiquen.

CAPITULO IV

DE LAS PROHIBICIONES GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE DISCIPLINA. Se prohibe: Art. Nº29 .- Interrumpir las clases por parte de los padres y/o apoderados por cualquier razón, motivo o circunstancia que exiga su presencia en el colegio, deberá ser canalizada a través de Inspectoria General, quien tomará las medidas del caso para entregar una esmerada atención al apoderado o visita en el establecimiento. Art. Nº 30 .- Fumar todos los integrantes de la Unidad Educativa y apoderados en dependencias de la escuela. Art. Nº 31 .- Traer celulares, juegos electronicos u otros objetos de valor por parte de los alumnos de la escuela, durante la jornada de clases, excepto medicamentos que el apoderado expresamente informe al Inspector General.

Art. Nº 32.- Para la formacion integral del alumno se establecera el siguiente procedimiento de disciplina. COMPORTAMIENTOS POSITIVOS.

� Actuar con respeto, responsabilidad, orden, honestidad, lealtad, personalidad, autoestima, y en general todos aquellos valores, hábitos y actitudes sociales que contribuyen a formar el perfil de nuestro alumno.

Page 35: CONVIVENCIA ESCOLAR

� Tener comportamientos que contribuyan al fortalecimiento de los valores patrios, compromiso e identidad con su familia, escuela y amigos

� Demostrar hábitos de asistencia y puntualidad. � Participar en las actividades extraescolares en representación de la escuela,

comuna o provincia.

COMPORTAMIENTOS NEGATIVOS.

1.- COMPORTAMIENTOS LEVES.

� No cumplir con las tareas por parte de los alumnos. � No traer firmadas las comunicaciones que se envían al hogar. � Presentarse atrasado al inicio de las clases, y al comienzo de una clase

después de un recreo. � No traer firmada por el apoderado la evaluación enviada al hogar. � No traer su libreta de comunicaciones. � No presentar el justificativo de inasistencia a clases.

2.- COMPORTAMIENTOS GRAVES.

� Agredir físicamente a funcionarios del establecimiento. � Provocar intencionalmente daño físico al local escolar y que pongan en peligro

la seguridad de las personas. � Robar , o destruir documentos públicos, tales como: Libros de clases, actas,

libros de crónicas u otro de uso habitual en el establecimiento. � Agredir físicamente a un compañero provocándole lesiones de gravedad. � Ser sorprendido bajo los efectos de drogas y/o alcohol. � Adulterar notas en libros de clases. � Incurrir en peleas dentro o fuera del establecimiento en forma reiterada. � Hacer abandono del establecimiento sin la autorización correspondiente. � Negarse a rendir una prueba o examen. � Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos, estoque, armas

de fuego, cortaplumas, etc. � Cometer una falta menos grave estando en calidad de condicional. � Solicitar a terceros la suplantación del apoderado. � Falsificar comunicaciones y/o firma del apoderado. � Destruir el mobiliario o infraestructura del establecimiento y que esto provoque

daños a personas. � Participar en desordenes con daños a personas. � Faltar el respeto al profesor o funcionario de la unidad educativa, tales como:

romper una prueba, desobedecer, salir de la clase sin autorización, tener gestos o actitudes inadecuados.

Art. Nº 33.- En caso de cometer por parte del alumno las faltas descritas en los artículos anteriores se aplicara el siguiente procedimiento en las sanciones.

� A tres faltas leves se citara al apoderado para la toma de conocimiento por parte del profesor jefe o del subsector correspondiente, situación que quedara registrada en la hoja de vida del alumno.

� Si comete el alumno falta grave se le aplicara la sanción de 1 a 3 días de

suspensión de clases según sea la falta cometida, la que se aplicara una vez agotados el proceso de dialogo entre el alumno, apoderado, director, la que se registrara en el libro de registro de suspensiones para este efecto se mantendrá en la dirección del colegio.

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� Si la falta es considerada de gravedad, a lo que se puede sumar problema de bajo rendimiento pedagógico, se contemplará la CONDICIONALIDAD DE MATRICULA.

� Si la falta fuere aún considerada de mayor gravedad, acompañada de

conductas negativas previas y reiteradas, no manifestando la intencionalidad de mejorar dicho comportamiento, se podrá solicitar el retiro del establecimiento del alumno por parte del apoderado.

Art. Nº 34.- Una vez aplicada la sanción por falta leve y grave el apoderado podrá apelar a través de una presentación formal al Consejo General de Profesores en un plazo de 24 hrs. De haberse aplicado la sanción: El consejo conocerá de la aplicación en la primera reunión de carácter ordinario; donde podrá cambiar, anular, ratificar la medida establecida.

Durante el proceso de apelación la medida no se aplicara hasta conocer la decisión del consejo.

CAPITULO V

DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Art. Nº 35 .- En caso de surgir una queja o denuncia en contra de un docente, personal administrativo, para docente y auxiliar de servicios del establecimiento por parte de un padre o apoderado, se buscara la solución a través del siguiente procedimiento:

� Conversar para esclarecer y lograr solución a la problemática presentada por la persona afectada.

� Si de esta conversación el afectado considerare no satisfactoria la explicación

dada por la otra parte podrá dirigirse a la Dirección del establecimiento, quien ofrecerá su mediación para encontrar la solución al conflicto planteado.

� Si no se logra solucionar el conflicto con la mediación el Director procederá a

solicitar que la queja o denuncia se formule por escrito refrendada con la firma correspondiente.

� El escrito será conocido por el afectado quién dispondrá de tres días hábiles

desde el momento de recibida la comunicación, para presentar por escrito sus descargos o defensa a la dirección.

� El Director procederá a darle curso al trámite administrativo que establece la

normativa vigente para estos casos. Art. Nº 36.- En caso de conflicto surgido entre el Director, personal administrativo, paradocente y auxiliares de servicios se aplicara el proceso indicado en el Art. Nº 35, siendo el mediador el Jefe Técnico de la escuela.

Si no se superé el conflicto en la instancia de mediación el afectado podrá presentar por escrito su queja o denuncia dirigida al Sr. Director del Departamento Administrativo de Educación Municipal para su trámite correspondiente. Art. Nº 37.- En caso de conflictos surgido entre docentes, personal administrativo, paradocentes y auxiliar de servicios se aplicara el mismo procedimiento en el Art. Nº 35. Siendo el Director el mediador.

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CAPITULO VI

NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD

INTRODUCCIÓN:

Las autoridades del Ministerio de Educación , consientes que es deber del estado velar por la salud e integridad física de los educandos y con el objeto de orientar la aplicación de la Normativa Contemplada en el Art. 7º de la Ley 18.602 mediante circulares ha emitido una serie de instrucciones destinadas a evitar accidentes escolares.

El presente Manual es un compendio de dichas circulares y su objetivo principal es el de delimitar en cada establecimiento educacional de: Educación Parvulario, Enseñanza General Básica y Media Científica y Técnico profesional, las siguientes responsabilidades de acuerdo a la estructura que se indica para los efectos de prevenir Accidentes en el desarrollo de las actividades escolares. Art. Nº 38.- DE LA ESTRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO.

� Sostenedor (Corporaciones, Fundaciones, Municipalidades. Personas Naturales,

sociedades etc.). � Director. � Profesores. � Alumnos. � Padres y /o Apoderados.

DEL SOSTENEDOR. Art. Nº 39.- Proporcionar oportunamente los recursos adecuados y necesarios en cantidad y calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar accidentes que puedan lesionar a los alumnos y personal y/o producir daños materiales. DEL DIRECTOR. Art., Nº 40.- Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas que imparte el Ministerio de Educación sobre Prevención de Riesgos en los escolares. Art. Nº 41.- Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de riesgos en los escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el ministerio de Educación. Art. Nº 42.- Informar y hacer participar activamente a los Padres y Apoderados en el Plan de Prevención de Riesgos Adoptado por la Comunidad Escolar. Art. Nº 43.- Informar al Sostenedor del establecimiento educacional sobre los resultados de las acciones desarrolladas en Prevención de Riesgos Escolares, como asimismo el estado de funcionamiento de los recursos asignados para esta labor, a objeto de mantener su nivel operativo en forma eficiente.

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Atr. Nº 44.- Tomar las medidas para el funcionamiento de la Brigada de Seguridad del Transito, la que estará a cargo de un profesor monitor y un funcionario que designe la 1ª Comisaría de nuestra ciudad. Art. Nº 45.- Tomar las medidas para la aplicación de la Operación Deyse en la escuela. Art. Nº 46.- Velar por la manutención de un botiquín de primeros auxilios para la atención de los alumnos que sufrieren pequeños accidentes durante su permanencia en el establecimiento. Art. Nº 47.- Autorizar la salida a giras o paseos que cumplan con los requisitos exigidos para evitar accidentes. Art. Nº 48.- Tomar las medidas para la mantención de basureros en lugares estratégicos para fomentar normas de higiene en la escuela. DE LOS PROFESORES Art. Nº 49.- Velar por la salud e integridad física de los alumnos. Art. Nº 50.- Conocer los Principios Básico de Prevención de Accidentes Escolares. Art. Nº 51.- Hacer cumplir las Normas Básicas de Orden; Higiene y Seguridad del presente manual. Art. Nº 52.- Insvestigar5en forma minuciosa todo accidente, adoptando las medidas necesarias para evitar su repetición. Art. Nº 53 .- Realizar una adecuada programación de los controles y los estados de salud de los educando, Si se detectare algún caso de enfermedad deberá ser derivado al centro de salud que le corresponda. Art. Nº 54.- Procurar que cada curso mantenga útiles de aseo en la sala de clases como: toalla, jabón desinfectante, papel higiénico, a fin de formar y fortalecer hábitos de higiene personal.

CAPITULO VII

NORMAS MINIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBE IMPERAR EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

Art,. Nº 55.- La distribución del moviliario escolar, máquinas y equipos en l0os diferentes recintos de la escuela debe ser planificada teniendo en presente el libre desplazamiento de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior, como una medida de seguridad en caso de una emergencia.

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Art.Nº 56.- La superficie de trabajo y recreación de los alumnos deben estar libres de elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos (cascaras, piedras, tablas, escombros, basura etc.).

Art. Nº 57.- Los vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño y lavamanos trizados, puertas y ventabnas en mal estado, interruptureas y enchufes electricos; Almbres y cables electricos con aislación deficiente o sin ella, constituyen unserio peligro de accidente para el alumno y personal en general. El director debera velar por corregir las condiciones inseguras Antes señaladas.

Art. Nº58.- Los servicios higienicos y ducas deberan ser revisadas y desinfectadas periodicamente, para su correcto funcionamiento. Art. Nº 59.- Los lugares donde se manipulan alimentois., como asimismobodegas, deberan reunir las condiciones mínimas sanitarias.

Art. Nº 60.- El personal encargado de la cocina no podra vaciar detergentes u otros elementos de aseo en envases de alimentos o bebidas, para evitar lamentables equivocaciones.

Art. Nº 61.- Las escaleras no deberan tener afiches, letreros, cuadros llamativos,espejos, que puedan ser objetos de distraccion del usuario.

Art. Nº62.- Al producirse un accidente en el cual el alumno resulte con una herida de sangre, es necesario adoptar todo tipo de precauciónes con la finalidad de evitar cualquier contacto dircto conla sangre del accidentado, mediante la utilización de guantes de goma : Debe existir especial cuidado en la eliminacion posterior de los elementos utilizados en estos casos.

CAPITULO VIII.

NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD PARA PREVENIR ACCIDENTE S ESCOLARES.

Art. Nº 63.- Todo lo concerniente a seguridad escolar será liderado por el comité de seguridad escolar, donde el coordinador de este comité tendrá un rol fundamental. Sus acciones estarán dirigidas especialmente a lo que es la prevención de accidentes. Las normas de seguridad que deben cumplir los alumn os son las siguientes:

� Salir oportunamente de su casa para evitar correr y llegar atrasado a la escuela. � Mantener siempre una actitud seria y cumplir las normas que rigen el tránsito de

peatones y conductores.

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� Mantener una actitud seria y responsable en el bus escolar, evitando toda actitud que pueda causar un accidente, tales como sacar la cabeza por las ventanas, jugar dentro del bus, golpear a compañeros especialmente cuando estos están bajando o subiendo del bus, cruzar la carretera inmediatamente bajado del bus,etc.

� En la galería ( patio cubierto) está prohibido correr y/o participar en juegos que

impliquen correr.

� No apoyarse en las ventanas, ni asomar el cuerpo por estas. � No jugar con objetos cortantes o contundentes como por ejemplo: reglas

metálicas, palos, piedras,etc. Con las cuales puedan herir a sus compañeros.

� Evitar bromas , como ser empujones o golpes a sus compañeros, sacarle la silla cuando este se va a sentar, etc.

� En lo posible evitar andar solo(a). Ir siempre acompañado por otro estudiante.

� Tener especial cuidado cuando se está o transita por la carretera. � No jugar con interruptores, enchufes o cualquier otro elemento eléctrico.

� Participar seriamente en los ejercicios del plan Deyse u otros.

CAPITULO IX.

DE LA MATRÍCULA DE LOS ALUMNOS.

Art. Nº 64.- La matrícula es el acto administrativo mediante el cual apoderado y alumno ejercen el derecho a la educación. En el dicho acto el apoderado y el alumno se comprometen a acatar las disposiciones del presente reglamento. Art. Nº 65 .- El proceso de matrícula se efectuará de conformidad a las normas e instrucciones estipuladas o que estipule el Ministerio de Educación y según los criterios de la Unidad Educativa. Art. Nº 66.- Se deja establecido que el colegio se reserva el derecho de cobrar matrícula, la cual en ningún caso sobrepasará lo establecido por ley para estos casos ( letra d) Ley de Subvenciones), sin cobros adicionales de ningún tipo.

CAPITULO X

DE LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD ORGANIZADA

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Art. Nº 67.- El vínculo con la comunidad familiar, organizaciones e instituciones comunitarias permitirá a la Unidad Educativa desarrollar el sentido de pertenencia, abriendo canales de apoyo y participación que servirá para dar mayor relevancia a las acciones cruciales del Colegio.

Se pretende lograr conocimiento recíproco integrantes Unidad Educativa-comunidad dando a conocer fundamentos y propósitos del proyecto Educativo Institucional (PEI).

Se realizarán acciones conjuntas, Unidad Educativa-Comunidad con el fin de

abordar problemas comunes contingentes La vinculación con la comunidad se realizará a través de los organismos internos de participación que hay en la Unidad Educativa y que representan a cada uno de los estamentos.

Funcionará una instancia de coordinación interna que permita compatibilizar sus

propuestas y sus acciones con las propuestas, y acciones de los diversos organismos de la comunidad. Se desarrollarán acciones referidas a la comunidad, como por ejemplo:

Estudios comunitarios y organizaciones de actividades y Talleres de: Prevención de consumo de Drogas y Alcohol, Educación en Sexualidad, Educación Ambiental, Derechos Humanos, Actividades Deportivas, Culturales, etc.