Costos de Un Empleador
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Costos asumidos por el empleador por cada trabajador que devengue un salario mínimo mensual:
CONCEPTO Cantidad COP$
Salario Mínimo Legal para el 2014 100% $616.000
+ Contribución al sistema general de pensiones 12%* 74.000
+ Contribución al sistema general de seguridad social en salud 8.5%** 52.400
+ Contribución al sistema general de riesgos profesionales 0.52% *** 3.200
+ Subsidio de Transporte para el año 2014 - 72.000
+ Subsidio Familiar (3% ICBF, 2% SENA, 4% Cajas de Compensación)**** 9.0% 55.400
= Costo Total mensual (Salario más seguridad social) - 873.0000
x12= Costo Total anual (Salario más seguridad social) - 10.476.000
+Total Anual Prima de Servicios (1/2 salario incluyendo subsidio de tte.x cada semestre)
688.000
+ Total Anual Cesantías (1 salario más intereses de 12% anuales)***** 770.560
+ Vacaciones remuneradas (15 días hábiles) (no incluye Aux. de transporte) 50% 308.000
= TOTAL ANUAL 12.242.560
/12= TOTAL MENSUAL 1.020.213
/30= TOTAL DIARIO 34.007
/8= TOTAL HORA 4.250
* La contribución total de pensión equivale al 16% del salario, pero el empleador debe pagar el 12% de el monto y el empleado el 4%
** La contribución total al sistema de salud es de 12.5% del salario pero el empleador debe pagar el 8,5% y el empleado 4%
Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes a salud:
- Las sociedades y personas juridicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.- Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados.
Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos
***La contribución depende del riesgo en el que se encuentra el trabajador y puede oscilar entre 0.522% y 6.960%% En esta tabla trabajaremos con el riesgo de 0.522%
****Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes al ICBF y SENA:
- Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.- Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados.
Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos
*****El salario para los cálculos de liquidación debe incluir el subsidio de transporte, excepto en las vacaciones. Para liquidar cesantías se toma el salario del año anterior.