Costos de Un Empleador

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Costos asumidos por el empleador por cada trabajador que devengue un salario mínimo mensual: CONCEPTO Cantidad COP$ Salario Mínimo Legal para el 2014 100% $616.000 + Contribución al sistema general de pensiones 12%* 74.000 + Contribución al sistema general de seguridad social en salud 8.5%** 52.400 + Contribución al sistema general de riesgos profesionales 0.52% ** * 3.200 + Subsidio de Transporte para el año 2014 - 72.000 + Subsidio Familiar (3% ICBF, 2% SENA, 4% Cajas de Compensación)**** 9.0% 55.400 = Costo Total mensual (Salario más seguridad social) - 873.0000 x12= Costo Total anual (Salario más seguridad social) - 10.476.000 + Total Anual Prima de Servicios (1/2 salario incluyendo subsidio de tte.x cada semestre) 688.000 + Total Anual Cesantías (1 salario más intereses de 12% anuales)***** 770.560 + Vacaciones remuneradas (15 días hábiles) (no incluye Aux. de transporte) 50% 308.000 = TOTAL ANUAL 12.242.560 /12= TOTAL MENSUAL 1.020.213 /30= TOTAL DIARIO 34.007 /8= TOTAL HORA 4.250 * La contribución total de pensión equivale al 16% del salario, pero el empleador debe pagar el 12% de el monto y el empleado el 4% ** La contribución total al sistema de salud es de 12.5% del salario pero el empleador debe pagar el 8,5% y el empleado 4% Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes a salud: - Las sociedades y personas juridicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios. - Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados. Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos ***La contribución depende del riesgo en el que se encuentra el trabajador y puede oscilar entre 0.522% y 6.960%% En esta tabla trabajaremos con el riesgo de 0.522% ****Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes al ICBF y SENA: - Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios. - Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados. Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos *****El salario para los cálculos de liquidación debe incluir el subsidio de transporte, excepto en las vacaciones. Para liquidar cesantías se toma el salario del año anterior.

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Costos asumidos por el empleador por cada trabajador que devengue un salario mínimo mensual:

 

  CONCEPTO Cantidad COP$

  Salario Mínimo Legal para el 2014 100% $616.000

+ Contribución al sistema general de pensiones 12%* 74.000

+ Contribución al sistema general de seguridad social en salud 8.5%** 52.400

+ Contribución al sistema general de riesgos profesionales 0.52% *** 3.200

+ Subsidio de Transporte para el año 2014 - 72.000

+ Subsidio Familiar (3% ICBF, 2% SENA, 4% Cajas de Compensación)**** 9.0% 55.400

= Costo Total mensual (Salario más seguridad social) -   873.0000

x12= Costo Total anual (Salario más seguridad social) - 10.476.000

+Total Anual Prima de Servicios (1/2 salario incluyendo subsidio de tte.x cada semestre)

  688.000

+ Total Anual Cesantías (1 salario más intereses de 12% anuales)*****   770.560

+ Vacaciones remuneradas (15 días hábiles) (no incluye Aux. de transporte) 50% 308.000

= TOTAL ANUAL   12.242.560

/12= TOTAL MENSUAL   1.020.213

/30= TOTAL DIARIO   34.007

/8= TOTAL HORA   4.250

 

 

* La contribución total de pensión equivale al 16% del salario, pero el empleador debe pagar el 12% de el monto y el empleado el 4%

** La contribución total al sistema de salud es de 12.5% del salario pero el empleador debe pagar el 8,5% y el empleado 4%

Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes a salud:

- Las sociedades y personas juridicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.- Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados.

Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos

***La contribución depende del riesgo en el que se encuentra el trabajador y puede oscilar entre 0.522% y 6.960%% En esta tabla trabajaremos con el riesgo de 0.522%

****Con la Ley 1607 de 2012, art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes al ICBF y SENA:

- Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.- Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados.

Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos

*****El salario para los cálculos de liquidación debe incluir el subsidio de transporte, excepto en las vacaciones. Para liquidar cesantías se toma el salario del año anterior.