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BOLEIBOL EUSKAL FEDERAKUNDEA FEDERACION VASCA DE VOLEIBOL Edificio Asociación de Federaciones (Mendizorroza) Plaza Amadeo García Salazar, s/n 01007 VITORIA-GASTEIZ Tlf. 945/151774 Fax. 945/150297 e-mail: mailto:[email protected] 1 COVID-19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA VUELTA DE COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO ESTATAL, AUTONÓMICO Y TERRITORIAL DE EUSKADI NO PROFESIONAL (VOLEIBOL Y VOLEY PLAYA) ORGANIZADAS POR LA FEDERACIÓN VASCA DE VOLEIBOL (TEMPORADA 2020-2021)

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BOLEIBOL EUSKAL FEDERAKUNDEA

FEDERACION VASCA DE VOLEIBOL Edificio Asociación de Federaciones (Mendizorroza)

Plaza Amadeo García Salazar, s/n

01007 VITORIA-GASTEIZ

Tlf. 945/151774 – Fax. 945/150297

e-mail: mailto:[email protected]

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COVID-19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA VUELTA DE COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO ESTATAL, AUTONÓMICO Y TERRITORIAL DE EUSKADI NO PROFESIONAL (VOLEIBOL Y VOLEY PLAYA) ORGANIZADAS POR LA FEDERACIÓN VASCA DE VOLEIBOL

(TEMPORADA 2020-2021)

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ÍNDICE

Página I) ASPECTOS GENERALES 2

1.- INTRODUCCIÓN 2

2.- OBJETIVOS 7

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AFECTACIÓN 8

4. PRINCIPIO DE “AUTORRESPONSABILIDAD” Y “VOLUNTARIEDAD” 8

5. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. 9

6. DISTANCIAMIENTO SOCIAL Y MEDIDAS DE HIGIENE 11

7. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS PREVIOS A LA COMPETICIÓN. 12

8. COMPROMISOS DE LOS/LAS PARTICIPANTES/CLUBES/EQUIPOS QUE TOMAN PARTE EN LAS COMPETICIONES FEDERADAS.

13

9. INTEGRANTES DE LOS EQUIPOS O PERSONAL DE ORGANIZACIÓN PRESENTE EN LA COMPETICIÓN.

13

II) ENTRENAMIENTOS DURANTE LA TEMPORADA. 15

III) DESPLAZAMIENTOS Y ALOJAMIENTO (si fuere el caso). 16

IV) CANCHAS DE JUEGO E INSTALACIONES DEPORTIVAS. 17

V) COMPETICIONES. 19

1. Programación. 19

2. Condiciones de acceso a las instalaciones deportivas. 19

3. Mascarillas y desinfectante de manos. 20

4. Procedimientos de higiene en la instalación deportiva. 20

5. Zonificación de la instalación deportiva. 20

6. Acceso y tránsito por las zonas el día del partido. Cupos máximos de personal autorizado

21

7. Acceso a la instalación deportiva y gestión de acreditaciones. 22

8. Llegada de equipos/deportistas y otro personal. 22

9. Salida de equipos y otro personal. 22

10. Vestuarios. 22

11. Calentamiento previo al partido/ evento 23

12. Equipo arbitral 23

13.- Protocolo de presentación inicial y final de los encuentros adaptado al COVID-19 23

14.- Procedimiento de sustitución sin uso de tablillas 23

15.- Organización 24

VI) MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y TV. 25

VII) ACTUACIÓN PARA LA DETECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID19 26

VIII) PÚBLICO 28

IX) ACTUACIÓN EN CASO DE POSITIVO EN EL DESARROLLO DE UNA COMPETICIÓN 28

X) ANEXOS 30

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I) ASPECTOS GENERALES

1.- INTRODUCCIÓN

La situación generada por la evolución de la pandemia de COVID-19 ha hecho necesaria la adopción de medidas extraordinarias para la protección de la salud de la sociedad vasca, toda vez que se ha puesto en marcha la vuelta a la nueva normalidad (fundamentada en lo establecido en la normativa y en el Plan Bizi Berri del Gobierno Vasco). Con carácter previo hay que señalar que la Federación Vasca de Voleibol (BEF/FVVB, en adelante) y las Federaciones Territoriales de Voleibol de Euskadi (FFTTVBE, en adelante), bajo la coordinación y tutela de la Dirección de Actividad Física y Deporte del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco y los Departamentos de Cultura, Euskera y Deportes de las Diputaciones Forales Vascas, ejercen la función pública de carácter administrativo correspondiente a “calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales de ámbito autonómico”, debiendo tenerse presente que, la organización de tales competiciones “se entiende referida a la regulación del marco general de las mismas”. En razón de ello este documento/protocolo se concibe como una serie de medidas de carácter general de tipo organizativo, higiénicas y técnicas de prevención y seguridad sanitaria que fundamentado en las disposiciones de las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi complementan lo establecido por las mismas y sirven de marco de actuación para las actividades (entrenamientos y competiciones /encuentros) de voleibol y voley playa. En relación con la pandemia del COVID-19 se hace preciso hacer constar que los coronavirus se transmiten principalmente por las gotas respiratorias de más de 5 micras. El contagio entre personas puede ser directo, de persona a persona, o a través de superficies contaminadas con secreciones de una persona infectada. El contacto directo con las secreciones es poco probable que ocurra a distancias mayores de uno a dos metros, de ahí la importancia de la distancia física y el uso de las mascarillas. En cuanto a la transmisión indirecta, ocurre a través del contacto de las manos con superficies u objetos contaminados como monedas, barandillas, pomos, manillas…, por eso es extremadamente importante lavarse las manos a menudo y la limpieza y desinfección de estas superficies. No se sabe con certeza cuánto tiempo sobrevive el virus causante de la COVID-19 en una superficie, pero los estudios realizados indican que puede subsistir desde unas pocas horas hasta varios días. El tiempo de supervivencia puede variar en función de las condiciones (por ejemplo, el tipo de superficie, la temperatura o la humedad del ambiente). Los síntomas de COVID-19 más comunes incluyen fiebre, tos, y sensación de falta de aire. En casos más graves, la infección puede causar neumonía, dificultad importante para respirar, fallo renal e incluso la muerte. Las personas que tienen más riesgo de complicaciones son las de edad avanzada, embarazadas y aquellas que tienen enfermedades crónicas como las cardiovasculares, diabetes, enfermedad respiratoria crónica, cáncer en tratamiento activo o inmunodeficiencias. Según las estimaciones actuales, el periodo de incubación o intervalo de tiempo que transcurre entre la infección y la aparición de los síntomas clínicos de la enfermedad varía entre 1 y 14 días, con una media estimada de 5-6 días. Prevenir el contagio de la COVID-19 implica actuar sobre la transmisión directa, a través de las gotas respiratorias, y sobre la indirecta a través del contacto con superficies contaminadas. Existen una serie de acciones que en conjunto pueden contribuir a reducir sustancialmente el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2. Estas acciones pueden agruparse en cinco líneas: 1. Mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. Es una medida básica para estar fuera del radio de diseminación de las gotas respiratorias que transmiten la infección y que se producen al hablar, estornudar o toser.

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2. Uso de mascarillas e higiene respiratoria. Como parte de la higiene respiratoria se considera el uso de mascarillas para evitar la diseminación de la infección cuando existe una mayor proximidad entre las personas y no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros. Al estornudar o toser, si no se lleva mascarilla, es importante utilizar pañuelos desechables para cubrirse la boca y la nariz, o en su defecto con el codo flexionado. 3. Higiene de manos. Medida importante por el papel de las manos en la transmisión del virus desde las superficies. Puede realizarse con agua y jabón, y también con soluciones hidro-alcohólicas. 4. Limpieza, desinfección y ventilación. La limpieza y desinfección de las superficies en contacto con las personas tiene que ser frecuente. La ventilación adecuada y periódica es un factor muy importante a la hora de reducir el riesgo de contagio en espacios cerrados. 5. Reducción del número de contactos. Limitar el número de participantes en las actividades de grupo. En la medida de lo posible, tratar de que las actividades se realicen en grupos más pequeños, manteniendo grupos estables y un distanciamiento físico entre ellos. Atendiendo a los distintos niveles de riesgo de exposición y de transmisión comunitaria de la enfermedad COVID-19 en el desarrollo de las diferentes actividades, se procederá a la adopción de planes, protocolos o estrategias que contemplen las siguientes medidas. 1.- Control de aforos. 2.- Medidas de tipo organizativo 3.- Medidas de limpieza y desinfección 4.- Medidas informativas y formativas 5.- Pautas ante una persona con síntomas compatibles de COVID-19 Así pues, en una situación de vigilancia sanitaria como la que se encuentra Euskadi debido a la enfermedad del COVID-19, el Ejecutivo Vasco establece que las entidades organizadoras de actividades deportivas deberán entregar a las instituciones competentes un protocolo de desarrollo de la competición que garantice el seguimiento de todas las medidas de higiene y distanciamiento y cualquier otra norma establecida por parte de las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi. La autorización para la celebración de competiciones corresponderá a las autoridades municipales y, en su caso, se solicitarán los permisos necesarios de otras instituciones, tales como el Departamento de Seguridad, Costas, etc. En razón de las consideraciones para la eventual celebración de competiciones deportivas en situación de vigilancia sanitaria por el COVID-19 este protocolo establece un marco general relativo a los procedimientos médicos, sanitarios e higiénicos, así como los protocolos operativos que deben aplicarse al organizar los entrenamientos, partidos y eventos de las competiciones sujetas a la supervisión directa de la Federación Vasca de Voleibol (en adelante BEF/FVVB) incluidas en el ámbito de aplicación expresamente previsto en este documento. Adicionalmente, y previo acuerdo con Las Federaciones Territoriales de Voleibol de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa (en adelante FFTTVBE), podrá servir como referencia y mínimo común denominador en la regulación y control de competiciones deportivas de su competencia, que favorezca la necesaria armonización interterritorial y contribuya a un desarrollo justo y deportivamente equitativo de todas las competiciones. Así pues, la evolución de la situación de la COVID-19 está siendo dinámica e imprevisible, tanto en lo que respecta a su epidemiología como a las medidas que periódicamente debe ir adoptando necesariamente el Gobierno Vasco, Las Autoridades Locales y la propia BEF/FVVB y las FFTTVBE. Hasta la fecha, bajo el liderazgo de la Dirección De Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco, la Asociación de Federaciones Deportivas Vascas, las FFTTVBE y la propia BEF/FVVB, todos los actores del mundo del voleibol y voley-playa de Euskadi han trabajado de forma coordinada para dotarse de una arquitectura regulatoria de emergencia que ha permitido, por un lado, la vuelta a los entrenamientos de deportistas y clubs y, por otro, preservar las competiciones no profesionales.

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Este Protocolo es por el que se establece la normativa para la vuelta a los entrenamientos y en general de las competiciones de voleibol y voley playa (acomodando sus entrenamientos y encuentros dadas sus características particulares) responsabilidad de la BEF/FVVB. Aunque este Protocolo, desde el punto de vista sanitario, tendrá el valor de marco de referencia preferente para aquellas competiciones oficiales de carácter autonómico no profesionales, deberá ser siempre interpretado, cuando fuere posible, teniendo en cuenta las recomendaciones y buenas prácticas derivadas de los demás textos, en particular en aquellas áreas no cubiertas explícitamente por este documento, cuando la situación que surja plantee dificultades inicialmente no previstas o cuando las eventuales crisis sanitarias que haya que resolver exijan medidas excepcionales. Esta normativa parte de la base de que es imposible garantizar un entorno completamente libre de riesgos y, por tanto, el objetivo no es ni puede ser otro que reducirlo en la medida de lo posible, aplicando las recomendaciones médicas con los conocimientos disponibles en este momento y recomendando la aplicación de las mejores prácticas de uso social y personal de las que se tiene conocimiento y son de consejo sanitario y gubernativo común. En todo caso, el bien superior a preservar debe ser siempre la seguridad sanitaria, por supuesto del deporte y de los y las deportistas, pero también de la sociedad en general, y específicamente de aquella parte que convive con los y las deportistas y su entorno, especialmente expuesta a riesgos de contagio. Para minimizar ese riesgo en las competiciones que están bajo la tutela de la BEF/FVVB y se desarrollan en las FFTTVBE, se requiere de unos protocolos de mínimos claros, pero también, en gran medida, de la cooperación, del comportamiento colaborativo y del entendimiento de los equipos, de sus deportistas (jugadores/as), de los cuerpos técnicos y auxiliares, de los/las directivos/as, así como de los/las árbitros/jueces-as de competición y de los empleados de las instalaciones deportivas que colaboran en los partidos. Todos/as los/las miembros de la BEF/FVVB y de las FFTTVBE, deben adherirse a las buenas prácticas higiénico-sanitarias, tanto en los entornos controlados de los entrenamientos y partidos/eventos como en su vida privada. Por lo tanto, es imprescindible que todos/as los/las miembros/as de los diversos colectivos respeten estrictamente todas las recomendaciones, instrucciones y precauciones establecidas en este documento, así como las buenas prácticas estándar recomendadas. En relación con lo anterior, el incumplimiento de esas convenciones sociales podría tener graves consecuencias para la organización de los entrenamientos y partidos/eventos en las competiciones sujetas a la tutela y supervisión de la BEF/FVVB y de las FFTTVBE. Los/las jugadores/as deportistas, técnicos/as, auxiliares y demás personal que participa en la organización de los encuentros y entrenamientos deben recordar que sus acciones, y en particular, el cumplimiento de los requisitos de distanciamiento social, no solo garantizan un entorno seguro en las competiciones dela BFF/FVVB y las FFTTVBE, sino que también permiten el desarrollo normalizado de las mismas. Todos/as los/las miembros de las FFTTVBE y la BEF/FVVB tienen el deber colectivo de mostrar su liderazgo y de dar ejemplo en la aplicación rigurosa de estas medidas. Este Protocolo de la BEF/FVVB y las FFTTVBE (en el caso que sea asumido íntegramente por las mismas) incluye explícitamente obligaciones relacionadas con los requisitos médicos u operativos específicos para que los clubes y sus equipos vuelvan a entrenar, participar en competiciones oficiales y puedan seguir haciéndolo durante la temporada. Teniendo en cuenta que el Gobierno Vasco, a través de su Dirección General de Actividad Física y Deporte, ya reguló la vuelta escalonada a los entrenamientos, y que ese marco de retorno, dado que sus disposiciones son de carácter general siguen vigentes en la actual nueva normalidad, y dado que es de su competencia, en coordinación con las Autoridades locales pertinentes, fijar los requisitos y protocolos para el uso de los equipamientos deportivos y, así, la realización de los entrenamientos de forma segura.

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En cualquier caso, y en relación con los entrenamientos, se ha decidido incorporar algunos criterios de carácter general, orientativos, que permitan establecer una continuidad respecto del inicio de las competiciones, estableciendo una serie de pautas y recomendaciones genéricas que permitan conectar, de forma coherente, la preparación previa con el inicio de las competiciones oficiales. Este Protocolo también persigue contribuir a la fijación de unas normas de prevención y seguridad que deben desarrollarse con ocasión de las competiciones sujetas a la tutela y supervisión de la BEF/FVVB, así como los partidos/eventos cuando impliquen a equipos o a deportistas de diversas Comunidades Autónomas o en los que participen equipos/deportistas de otros países. Ello, no obstante, seguirá correspondiendo a las Autoridades competentes la fijación de las condiciones de seguridad adecuadas para que los/las ciudadanos/as puedan realizar la práctica deportiva de forma segura y para que los/las deportistas federados/as puedan llevar a cabo los entrenamientos correspondientes. Finalmente, cabe aclarar que la vigencia, material y temporal, de este Protocolo quedará siempre condicionada a la evolución de la pandemia, pudiendo en consecuencia, en función de la misma (negativa o positiva), sufrir cambios, adaptaciones y suspensiones en Euskadi, según los casos, que serán propuestos por las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi. Así pues, en razón de lo anteriormente expuesto, debe hacerse constar que la pandemia de coronavirus que ha asolado a la sociedad vasca, al igual que al resto del estado, con una capacidad de transmisión y elevada mortalidad ha afectado a todos los ámbitos sociales, entre ellos, al deporte. Como consecuencia de la pandemia, se vieron afectados todos los programas de competición de voleibol (Ligas, Campeonatos de Euskadi) que se estaban desarrollando y también los que estaban previsto de su próximo comienzo y desarrollo, así como las competiciones específicas de voley playa, además de las actividades regulares de las Selecciones de Euskadi. En razón de lo anteriormente expuesto y una vez finalizado el Estado de Alarma y las distintas fases de desescalada, ha llegado el momento de la reincorporación a la práctica deportiva, la cual debe hacerse de forma muy prudente, gradual y con el principal objetivo de la protección de la salud del colectivo de personas que practican nuestro deporte extensible a todas aquellas que de una manera directa o indirecta estén relacionadas con el voleibol y el voley playa de Euskadi. La reincorporación a la práctica deportiva requiere un compromiso personal de todos y todas que cooperen o colaboren en la práctica del voleibol y voley playa. Todos tendrán que tener presente y controlar su estado de salud y ante la más mínima duda de estar afectado, tener síntomas o la más mínima duda de su estado de salud o de haber estado en contacto con personas infectadas ya es indispensable cortar de inmediato cualquier vía de contagio y aislar a esta persona del resto del grupo para preservar la salud individual y colectiva. La situación actual exige una prudencia extrema, más cuando tenemos un desconocimiento de los efectos de la pandemia en el deporte, tanto en los deportes individuales y de equipo, estando los diferentes estamentos de nuestro deporte ante un mayor riesgo de infección. Todos y todas tenemos que extremar las medidas de protección y seguridad. 2. OBJETIVOS. El objetivo principal de este documento (Protocolo) es establecer unas bases de tipo sanitario y operativo mínimas y comunes para todos los partidos o eventos de las competiciones oficiales de ámbito estatal que la BEF/FVVB organiza por delegación de la Real Federación Española de Voleibol (RFEVB), las propias de la BEF/FVVB o competiciones internacionales que están bajo la tutela organizativa de la misma y las que son responsabilidad de las FFTTVBE (en caso de que sea asumido este protocolo en su totalidad por las mismas). Los cambios que se produzcan en el contexto global y en las condiciones reglamentarias obligarán, con total seguridad, a revisar y adaptar periódicamente estas estipulaciones en las próximas fechas a medida que

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puedan ir cambiando las condiciones de la pandemia en el País, tal y como se ha expuesto en el apartado anterior. Este documento, como no puede ser de otra manera, estará sujeto y será subsidiario de cualquier normativa que con carácter general o específico puedan dictar las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi, ya sea para el conjunto de las actividades deportivas, o para las competiciones deportivas organizadas por la BEF/FVVB o las FFTTVBE . En todo caso, el Protocolo también debe estar subordinado a los criterios prioritarios y obligatorios que puedan dictar puntualmente las Autoridades locales en cada uno de los municipios donde deban desarrollarse las competiciones deportivas y demás eventos. El Protocolo, igualmente, debe minimizar el contacto entre los diferentes grupos que participan en los entrenamientos, los partidos/eventos para reducir la posibilidad de que se produzcan contagios entre los mismos y, por tanto, limitar el riesgo entre los/las participantes. Estos objetivos podrían resumirse en lo siguiente:

Facilitar la incorporación a la competición en condiciones de seguridad frente a la amenaza del virus COVID-19.

Informar y formar básicamente a jugadores/as, entrenadores/as y técnicos, árbitros, colaboradores/as y organizadores/as en las estrategias de protección y prevención frente al coronavirus.

Establecer normas y recomendaciones fundamentales para el buen uso de instalaciones y materiales, así como para el adecuado desarrollo de las competiciones en las modalidades oficiales de la BEF/FVVB y las FFTTVBE.

El Voleibol y Voley Playa, han sido clasificados como de contacto bajo, (Punto 7, X ANEXO, de este protocolo). Ello no implica que no haya riesgo

Regirá el principio de que cualquier adaptación de lo dispuesto en este Protocolo será para reforzar la seguridad sanitaria en función de la evolución de la situación. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AFECTACIÓN. El Protocolo incluye reglas y recomendaciones sanitarias de carácter operativo y vinculante para los/las miembros/as de la BEF/FVVB y las FFTTVBE que participan en entrenamientos y partidos/eventos. La responsabilidad final de todas aquellas competiciones oficiales estatales que por delegación de la RFEVB organiza la BEF/FVVB y las que son competencia de las FFTTVBE. El Protocolo se aplica inicialmente, junto con la legislación estatal y autonómica actualmente en vigor y los requisitos aplicables de las Autoridades Locales, a los entrenamientos, competiciones oficiales de ámbito estatal, autonómica y territorial de Euskadi de categoría absoluta de voleibol y voley playa no profesionales o competiciones internacionales celebradas en Euskadi y recogidas en calendario oficial, que requieren una atención diferenciada por su especial incidencia federativa y social. Este protocolo también será de aplicación a las competiciones y actividades que se realicen con los deportistas que estén clasificados o con posibilidades de clasificación para los JJ.OO. Todos los/las participantes (deportistas, entrenadores/as, auxiliares, directivos/as, árbitros, personal de organización, voluntarios/as, público, etc.) serán responsables de no estar infectados por coronavirus cuando participen en las competiciones de voleibol y vóley playa de la BEF/FVVB y las FFTTVBE. Deberán tomar las medidas oportunas a su alcance (test, medición de temperatura, etc.) para la detección anticipada. En caso de padecer los efectos de la COVID-19 o mostrar síntomas de esta, deberán abstenerse de participar en las mismas.

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3.1.- Este protocolo está destinado a proporcionar indicaciones generales y acciones para la reanudación de la práctica y competición del voleibol y voley playa tras el parón por la emergencia del COVID-19 y estará sujeto a posibles revisiones y cambios indicados por las autoridades competentes. 3.2.- Las indicaciones y normas son de carácter temporal, estrictamente relacionadas con la emergencia mencionada, y en garantía del cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene establecidas por la normativa correspondiente. 3.3.- Los titulares o gestores de cada instalación deportiva donde se realicen estas actividades y competiciones podrán, cuando lo consideren necesario, prever medidas adicionales pero que, en cualquier caso, cumplan con los requisitos mínimos definidos por las bases de este Protocolo. 3.4.- Antes que deportistas se es ciudadano, por tanto, la aplicación de las medidas contra el contagio es de obligado cumplimiento (mantenimiento de la distancia social, medidas de seguridad y protección), tanto antes, durante y después de la actividad deportiva. 3.5.- Todas las estipulaciones del presente protocolo serán supletorias de las Normas Generales de Competición de la BEF/FVVB y las FFTTVBE para voleibol y vóley playa. 3.6.- Este protocolo desplegará plenos efectos en las competiciones deportivas a las que se refiere el mismo. 4. PRINCIPIO DE “AUTORRESPONSABILIDAD” Y “VOLUNTARIEDAD”. El protocolo y las reglas básicas que se derivan del mismo se sustentan en el principio de “autorresponsabilidad” y, de inicio, parte desde la consideración de que cada uno de los clubes, sus dirigentes/as, sus responsables, jugadores-as/deportistas, técnicos-as, auxiliares, delegados-as, árbitros/jueces/as de competición y los/las restantes miembros/as de las estructuras de la BEF/FVVB y las FFTTVBE son quienes, con su actuación personal y responsable garantizarán la salud propia, la de sus familias y la de las demás personas que comparten la afición por la práctica del deporte federado de voleibol y voley-playa. Es responsabilidad de cada uno de los/las miembros/as de la BEF/FVVB y FFTTVBE y de los clubes de los que formen parte, u organizadores, con el deber vigilante responsable último de las BEF/FVVB, cumplir con los requisitos fijados por las autoridades de Euskadi y/o locales y comunicar a la BEF/FVVB y RFEVB, para el caso de las que organiza por delegación de ésta, cualquier incidencia al respecto que imposibilite y/o dificulte el desarrollo de las competiciones. Además de considerarse una obligación esencial, debemos incluir dentro del principio de “autorresponsabilidad” la comunicación inmediata y precoz ante cualquier indicio de posibles síntomas sospechosos de la infección del COVID-19, la adopción de medidas de aislamiento inmediato y la no presencia individual en entrenamientos, partidos o competiciones cuando se tenga sospecha de estar infectado/a o se haya estado en contacto con alguna persona de la que tengamos sospechas de estar infectada. Por supuesto, NUNCA acudir a entrenar o disputar partidos o participar en competiciones si se tienen sospechas de estar infectado/a o se haya tenido constancia de positivos en el entorno próximo o de uno/a mismo/a, hasta que se reciba AUTORIZACION MEDICA por parte de la autoridad sanitaria competente para poder volver a los entrenamientos y/o a los encuentros o competiciones. La práctica deportiva federada es una actividad voluntaria para cada uno de sus participantes. Las personas y clubes que se integran en ella se sujetan voluntaria y libremente a las normas que fijan las autoridades públicas competentes de Euskadi para los entrenamientos y para la práctica deportiva federada de competición y se someten de manera voluntaria y libre a las normas que dicten la BEF/FVVB y FFTTVBE y, en su caso, a las normas dictadas por las RFEVB. Con la participación en entrenamientos, partidos/eventos y actividades conexas, los/las miembros/as con licencia asumen libre y voluntariamente que la práctica del deporte de competición implica riesgo de

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contagio a causa de la pandemia por Covid-19. Riesgos que se generan tanto por la interacción en actividades físicas de esfuerzo junto con otras personas que potencialmente pudieran estar afectadas y que, o bien, no lo hubieran comunicado o simplemente no lo conocieran, a una distancia menor al mínimo de distancia social, como por el desplazamiento a otras poblaciones y territorios donde la incidencia del Covid-19 podría ser superior al de su población o territorio así como los que se derivan del hecho de estar en contacto con otros colectivos de personas que no son los próximos del entorno familiar. En el deporte de competición la distancia mínima social no se da, ni puede darse y esto implica un riesgo de contagio mayor, que es asumido voluntaria y libremente por los/las participantes en la competición. Los/Las participantes en el deporte de competición por equipos, asumen el riesgo que representa su participación en los entrenamientos, en los desplazamientos y en los partidos/eventos o competiciones. Todo ello con independencia de la responsabilidad colectiva última que la BEF/FVVB y las FFTTVVBE asumen en este Protocolo con respecto a sus federados participantes en competiciones oficiales de ámbito estatal, autonómico o territorial no profesional, dada su competencia legal sobre las mismas. 5. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Para velar por el cumplimiento del Protocolo y garantizar que se aplique correctamente, que se cumplan todos los requisitos sanitarios y se revisen adecuadamente los principios operativos del protocolo, cada club que participe en un entrenamiento o partido debe tomar las siguientes medidas: a- Cada equipo debe nombrar a un Delegado/a de Cumplimiento del Protocolo (en adelante DCP) que se responsabilizará, de asegurar que se cumplan todos los requisitos de las condiciones preventivas de este protocolo. El DCP debe ser alguien con el suficiente prestigio y autoridad dentro del equipo para garantizar que todos los/las integrantes del club cumplan con las obligaciones establecidas. Cada equipo dispondrá de su DCP, que asumirá la responsabilidad sobre diversos equipos del mismo club. b- Cada equipo anfitrión (o el organizador del entrenamiento o partido si este se juega en un pabellón deportivo, playa o equipamiento deportivo neutral) debe nombrar, además, a un Responsable de Higiene (en adelante RH) que posea conocimientos específicos y prácticos sobre el pabellón, playa, instalación deportiva y su funcionamiento, cuya única responsabilidad será revisar los principios operativos del Protocolo con las autoridades locales pertinentes, y asegurarse de que se apliquen correctamente en la instalación deportiva todos los principios, recomendaciones y medidas de higiene aquí establecidas. El RH debe conocer bien la situación epidemiológica local y las medidas locales vigentes. El/La RH es además el responsable de implementar el protocolo para la entrada a la instalación deportiva y su área de control que garantice el estado de salud de todas las personas que entren en la misma, y que se complete un formulario de control epidemiológico centralizado. c- Para el control estrictamente sanitario se crea la figura de/de la Jefe/a Médico/a (en adelante JM) de la BEF/FVVB o de las FFTTVBE que se coordinará con los responsables médicos de los clubes o las competiciones. Será necesario elaborar un control de incidencias sanitarias a todos los niveles y reportarlo a las autoridades competentes. Será responsabilidad de las BEF/FVVB y de las FFTTVVBE recomendar a todos los/las deportistas, técnicos/as, árbitros y todo aquel personal necesario para el desarrollo del entrenamiento o la competición el uso de la herramienta desarrollada por el Gobierno Central Radar Covid19 o COVID-19 eus para que se active también el protocolo ordinario para mayor control de la pandemia. El resultado de la labor de estos tres mecanismos de control previa desembocará, en primera instancia en una decisión del club, de alentar a la BEF/FVVB concernida. Esta, a su vez, según la gravedad de la situación, contagio aislado o posible brote, decidirán alertar o no a las autoridades competentes de Euskadi y a las locales en donde tenga residencia el Club o el/la deportista.

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(Se acompaña de forma esquemática los diversos compromisos o responsabilidades a asumir en relación con la organización y participación en las Competiciones Oficiales (voleibol y playa) que organiza la BEF/FVVB, así como también las que organiza por delegación de la RFEVB). Compromisos que asume la BEF/FVVB y las FFTTVBE: - Considerar la elaboración de un “protocolo-propio-de-refuerzo” para ser validado por el Gobierno Vasco (Dirección de Actividad Física y Deporte) en las condiciones generales que se marca este protocolo. - Implementar y cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo” cuando la organización corresponda a la BEF/FVVB y las FFTTVBE correspondiente. - Exigir la implementación y cumplimiento de todas las medidas necesarias que se contienen en este protocolo cuando la puesta en marcha y desarrollo (organización fáctica o material) de una competición corresponda a una persona o entidad distinta a la BEF/FVVB o a las FFTTVBE correspondiente. - Exigir a las entidades y las personas participantes en las competiciones oficiales de la BEF/FVVB y las FFTTVBE -y en el caso de los menores de edad: padre/madre/tutor legal- la firma o suscripción obligatoria de un documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir. - Disponer de un/a Delegado/a de Cumplimiento del Protocolo (DCP) que será el/la responsable de asegurar el cumplimiento de las medidas establecidas. En el caso de las competiciones oficiales que sean directamente organizadas por la BEF/FVVB la persona que actué como DCP será directamente nombrada por la misma. – Recomendar el uso de la aplicación RADAR COVID a todos los implicados en las competiciones. d.- Compromisos de los organizadores respecto de las competiciones oficiales de ámbito autonómico, o estatales organizadas por los mismos en la CAV (Comunidad Autónoma Vasca): - Implementar y cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el protocolo a quienes participen. - Exigir a las entidades y las personas participantes en las competiciones oficiales -y en el caso de los menores de edad: padre/madre/tutor legal- la firma o suscripción obligatoria de un documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir. - Disponer de un/a Delegado/a de Cumplimiento del Protocolo (DCP) que será el o la responsable de asegurar el cumplimiento de las medidas establecidas. e.- Compromisos de las personas y entidades participantes pertenecientes a los diferentes colectivos o estamentos: - Cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el protocolo y de forma estricta todas las medidas que sean dictadas por las autoridades sanitarias; y, en especial, en los casos relacionados con posibles casos de contagio, sintomatología, contacto estrecho, etc., que requieran de aislamiento, sometimiento a test, facilitar información para rastreos, u otras medidas establecidas por los profesionales de la medicina. - Firmar el documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir.

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6. DISTANCIAMIENTO SOCIAL Y MEDIDAS DE HIGIENE.

En general, el distanciamiento social se considera la forma más eficaz de reducir al mínimo el riesgo de transmisión de la enfermedad, junto con las buenas prácticas de higiene, como el lavado regular de manos. En todos los entrenamientos, encuentros y competiciones se recomienda respetar en todo momento un distanciamiento social de 1,5 metros y en ningún caso inferior al fijado como obligatorio por las autoridades competentes. Se deben aplicar medidas estrictas de distanciamiento entre los equipos y los demás grupos de personas que se encuentren en el pabellón, playa o lugar de la competición. El uso de la mascarilla por parte de los/las participantes, jugadores-as/deportistas y de los equipos arbitrales durante los entrenamientos y los partidos o competiciones es voluntaria. En todo caso, en momentos puntuales y ante situaciones excepcionales de la pandemia las autoridades públicas de Euskadi y/o la propia BEF/FVVB y/o las FFTTVBE, si así lo estiman pertinente, podrán exigir la utilización permanente de las mascarillas durante los entrenamientos y los partidos o competiciones cuando estén dentro del terreno/pista de juego. Es obligatorio que todos/as los/las integrantes de los equipos (jugadores-as/deportistas, técnicos-as, auxiliares, equipos arbitrales, etc.) utilicen las mascarillas mientras no estén dentro del terreno/pista de juego, salvo el/la primer entrenador/a cuando esté dando instrucciones a sus jugadores-as/deportistas y aquellos jugadores-as/deportistas suplentes que en aplicación de las reglas de juego estén en disponibilidad permanente de poder participar en el juego en cualquier momento. Recomendaciones para los/las participantes, los/las miembros de los equipos y delegaciones deportivas: a) A nivel familiar y social:

Cumplir con el distanciamiento social.

Evitar muestras de afecto y cariño que impliquen contacto físico con terceros ajenos al ámbito de convivencia habitual susceptibles de pertenecer a un grupo de riesgo.

Reducir el número de contactos al círculo habitual y disminuir el número de personas en reuniones sociales (recomendable menos de 10 personas)

Uso de la mascarilla individual obligatoria en todo momento.

Mantener una exquisita higiene de manos con lavados frecuentes con agua y jabón de manera correcta.

Uso de soluciones hidro-alcohólicas si el lavado de manos con agua y jabón no es posible.

Evitar tocarse con las manos los ojos, nariz y boca.

Si sufriera de estornudos, o tos, apartarse de cualquier persona y taparse con el brazo aun llevando mascarilla o usar pañuelos desechables, con lavado de manos posterior

Sustituir la mascarilla si está humedecida.

Extremar la prudencia en lugares públicos concurridos, guardando la distancia de 1,5-2 metros.

Evitar, en tanto en cuanto no mejore la situación sanitaria, locales públicos donde el cumplimiento de las medidas preventivas puede resultar más difícil de cumplir.

Mantener una comunicación fluida con convivientes y contactos estrechos por si surgiera algún contagio no deseado.

b) A nivel de entrenamientos: Todo lo anterior de la esfera individual y, además:

Mantener un flujo unidireccional que evite el cruce con otras personas.

Guardar la distancia mínima en el vestuario.

Cambiar, y si no fuera posible limpiar, el calzado de calle con el que se accede a las instalaciones deportivas.

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No utilizar nunca el mismo calzado utilizado en la calle para disputar los partidos y/o entrenamientos. Obligatorio el cambio de calzado.

Mantener la higiene de manos al ir a cambiarse.

Colocar la ropa de calle en una bolsa y tocarla exclusivamente por el interesado. No dejar la ropa de calle colgada en el vestuario. Guardarla toda ella dentro de una bolsa.

Usar en cada sesión de entrenamiento o partido ropa limpia, recogiéndola y lavando toda la usada.

Es recomendable el lavado individual de la ropa de uso deportivo.

Colaborar en la limpieza y desinfección de todo el material utilizado, no sólo los balones sino también el material auxiliar y el material de gimnasio si lo hubiera.

En situaciones de ejercicio físico la distancia aconsejada cuando existen momentos de hiperventilación (respirar mayor número de veces y con una mayor intensidad) sería de 5-6 metros con los/las compañeros/as.

Después de finalizar los entrenamientos se debe evitar coincidir con otros equipos, estableciendo un margen de tiempo suficiente para realizar las tareas de limpieza o desinfección.

No compartir bebidas, ni botellas de agua, así como todos aquellos utensilios de uso personal (móvil, tablets, bolsas de deporte, etc.).

Establecer una secuenciación en la programación de las sesiones que iría desde individual física, técnica, mini grupal física, técnica, táctica, a pequeños grupos física, técnica, táctica, hasta poder entrenar todo el grupo, sin contacto, y si la situación lo permite con él.

Ser muy cuidadosos/as con los tratamientos médicos y fisioterápicos a aplicar a los/las deportistas.

Mantener un estricto control médico de cada deportista. c) A nivel de competición: Todo lo anterior de la esfera individual y colectiva preventiva y, además:

Eludir saludos y muestras de afecto, por otras fórmulas de contacto.

Controlar el mantenimiento de la higiene y desinfección de las instalaciones y de los implementos necesarios para la práctica deportiva de manera escrupulosa.

Evitar coincidir físicamente con el otro equipo u otros/as deportistas en la llegada y salida de las instalaciones.

Habilitar varios vestuarios para mantener las distancias de seguridad, y si no fuera posible, establecer turnos. Esto es extensible a los equipos arbitrales y jueces/as de competición.

No compartir botellas de agua o cualquier otro líquido, debiendo hacer un uso individual exclusivo.

No compartir los implementos necesarios para la práctica del deporte.

Ser extremadamente escrupulosos/as con todas las atenciones sanitarias, médicas y fisioterapéuticas pre, durante y post partido.

Tener todas las garantías sanitarias de todos los/las participantes incluyendo oficiales, equipos arbitrales y demás personas que participan en el desarrollo del encuentro.

7. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS PREVIOS A LA COMPETICIÓN.

Dada la evolución de la pandemia de COVID 19, la BEF/FVVB recomienda a los clubes adscritos a la misma que en todas las competiciones, organizadas por la misma (sin perjuicio de trasladar esta recomendación al resto de organizadores) al iniciar los entrenamientos pre-temporada o en su defecto 72 horas antes del inicio de las competiciones, se realice una prueba específica COVID 19, cuya finalidad será conocer la situación de los/las deportistas y miembros/as de los equipos técnicos inscritos, y la eventual detección temprana de posibles positivos o brotes.

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Así mismo, para la temporada 2020/2021, se recomienda realizar un cuestionario médico Covid-19 previo al inicio de cada competición, coordinado por el JM de la BEF/FVVB o, en su caso, de las FFTTVBE. Se activará el siguiente mecanismo de alerta temprana: Se realizarán, como mínimo, los siguientes exámenes a los/las jugadores-as/deportistas y/o árbitros:

- Para los casos sospechosos asintomáticos (personas con contacto estrecho): Se deberán seguir, de manera ineludible, las indicaciones establecidas por las autoridades sanitarias de Euskadi (Osakidetza): Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 (Última actualización: agosto de 2020), procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención De Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS‐CoV‐2 (actualización 14 de julio de 2020) y/o la autoridad sanitaria de Euskadi. Así mismo, en casos sospechosos asintomáticos, la BEF/FVVB y las FFTTVBE podrán solicitar del/ de la interesado/a la realización de una prueba PCR a fin de evitar posibles contagios de los/las deportistas del propio club/equipo. El JM de los clubes deberá confirmar que el examen mencionado se ha realizado. En tales supuestos, si el JM no ha estado presente en la realización de la prueba PCR solicitada los/las interesados/as deberán presentar ante la BEF/FVVB o FFTTVBE documentación oficial que acredite la realización de la misma.

- Para los casos con síntomas leves: el mismo procedimiento que para los casos sospechosos. - Para los casos con síntomas moderados y graves: los mismos exámenes que para los casos leves, así

como pruebas específicas (PCR), y aquellas contempladas en el Protocolo COVID 19 de Euskadi.

8. COMPROMISOS DE LOS PARTICIPANTES/CLUBES/EQUIPOS QUE TOMAN PARTE EN LAS COMPETICIONES FEDERADAS.

8.1.- Todos los clubes y participantes en las competiciones oficiales federadas de ámbito Estatal (organizadas por la BEF/FVVB por delegación de la RFEVB), autonómico o territorial no profesional se comprometen a cumplir todas las medidas establecidas en el apartado 7, así como las normas generales existentes para toda la población. A lo largo del Protocolo serán especificadas más normativas de recomendado cumplimiento. 8.2. Los clubes u organizadores de cada una de los partidos son responsables de su aplicación, siendo obligatorio su cumplimiento por todos los/las participantes: clubes, deportistas, entrenadores/as, auxiliares, directivos/as, árbitros, personal de organización, voluntarios/as, etc. 8.3. En la medida que la pandemia vaya evolucionando y se promulguen nuevas normas o recomendaciones por parte de las administraciones públicas, este Protocolo podrá ir cambiando en consecuencia. Será obligatorio cumplir escrupulosamente con las medidas de seguridad y recomendaciones establecidas en los protocolos y seguir las instrucciones de carácter general dispuestas por los responsables de sanidad de cada club e instalación (fundamentadas en las disposiciones promulgadas por las autoridades sanitarias de Euskadi). 9. INTEGRANTES DE LOS EQUIPOS O PERSONAL DE ORGANIZACIÓN PRESENTE EN LA COMPETICIÓN. Los equipos y clubes limitarán al máximo el número de personas que, sin ser completamente imprescindibles, compartan entrenamiento, desplazamientos, etc., con los/las integrantes esenciales de cada uno de los equipos. Al mismo tiempo y en la medida de lo posible, no se compartirá personal en contacto directo con los-las jugadores-as/deportistas y/o los-las técnicos-as entre diversos equipos de un mismo club o de clubes distintos. Los/Las organizadores/as tratarán de evitar la presencia de personal que no sea imprescindible para la puesta en marcha y desarrollo de la competición.

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En lo que hace referencia a un encuentro: 9.1. Podrán acceder al área de competición:

-Equipos de competición: deportistas y cuerpo técnico acreditado. -Oficiales del partido: árbitros, anotadores, juez árbitro, supervisor arbitral, jueces de línea. -Delegado de campo, Delegado de cumplimiento de protocolo (DCP), recoge balones, moperos/as, locutor/a oficial, operador/a Data Volley. -Personal imprescindible de organización y mantenimiento (máximo 4 personas) -Servicios médicos, de primeros auxilios, evacuación y protección civil. -Personal de prensa, video, TV y fotógrafos (exclusivamente aquellas personas que realicen una tarea profesional o de obligado cumplimiento por normativa).

9.2. Podrán acceder a la zona de pista: -Equipos de competición: deportistas, entrenadores, auxiliares y delegado de equipo acreditado (en las competiciones que se autoriza, podrá ingresar el Preparador Físico exclusivamente para el calentamiento). -Oficiales del partido: árbitros, anotadores, juez árbitro, supervisor arbitral, jueces de línea. -Delegado de campo, recoge balones, moperos/as, locutor oficial y operador Data Volley. -Personal imprescindible de organización y mantenimiento (máximo 2 personas). -Servicios médicos, de primeros auxilios y evacuación (solo en caso de emergencias). Queda expresamente prohibida la presencia en el área de competición y en la zona de pista de directivos y personas allegadas al club o entidad organizadora que no desempeñen alguna de las funciones recogidas en la normativa de organización.

9.3. Deportistas: -Usarán mascarilla en la zona de pista durante la fase previa al partido, pudiendo quitársela al comenzar el calentamiento y volviendo a colocársela al finalizar el partido, antes de abandonar la zona de pista. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico en pista con el equipo arbitral, con deportistas y cuerpo técnico del equipo adversario, con los voluntarios y el personal de organización. -Se recomienda guardar la distancia de seguridad mínima de dos (2) metros entre ellos y con su cuerpo técnico y auxiliares, salvo en aquellos casos que sea inevitable. -Se permiten las toallas personales pequeñas como parte del uniforme, que irán colocadas en la cintura o en las rodilleras durante el juego. - Durante el partido, los deportistas no podrán rebasar las líneas que demarcan pista de juego de juego.

9.4. Entrenadores/as y auxiliares de los equipos: -Usarán mascarilla en la zona de pista durante la fase previa al partido, pudiendo quitársela al comienzo del partido (silbato inicial) y volviendo a colocársela al finalizar el último punto. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con el equipo arbitral, con cuerpo técnico y auxiliar del equipo rival y con el personal de organización. -Se recomienda guardar la distancia de seguridad mínima de dos (2) metros entre los integrantes del cuerpo técnico y con los deportistas de su equipo, salvo en aquellos casos que sea inevitable.

9.5. Árbitros, jueces/as de línea, supervisores y observadores arbitrales (si los hubiera) -Usarán mascarillas en zona de pista durante la preparación del partido, quitándosela para desempeñar sus funciones a partir del momento de la presentación del partido, y volviéndosela a colocar luego del último punto para completar sus tareas antes de abandonar la zona de pista. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con otros integrantes del equipo arbitral, con el cuerpo técnico y auxiliar de los equipos y con el personal de organización.

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-Se recomienda la utilización por los árbitros de silbatos electrónicos para evitar diseminar secreciones y fluidos al entorno.

9.6. Anotador/a y operador/a del marcador -En la mesa se sentarán máximo 2 personas: anotador y operador del marcador electrónico. -Usarán mascarilla durante todo el transcurso del partido. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con otros integrantes del equipo arbitral, con el cuerpo técnico y auxiliar de los equipos y con el personal de organización. -Usarán frecuentemente gel de manos y spray desinfectante de útiles de mesa.

9.7. Otro personal en pista: locutor/a oficial, operador/a de estadística, personal mantenimiento, etc. -Usarán mascarillas durante todo el transcurso del partido. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con otros integrantes del equipo arbitral, con el cuerpo técnico y auxiliar de los equipos y con el personal de organización. -Usarán frecuentemente gel de manos y spray desinfectante para sus útiles de trabajo.

9.8. Recoge balones y mopas: -Usarán mascarillas durante todo el transcurso del partido. -Mantendrán siempre la distancia de seguridad de dos (2) metros entre ellos y con los deportistas y los/las árbitros o jueces/as de línea. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con los integrantes del equipo arbitral, con cuerpo técnico y auxiliar de los equipos y con el personal de organización. -En cada interrupción del partido usarán gel de manos y desinfectarán los balones con spray, y los secarán antes de volver a ponerlos en juego.

9.9. Periodistas, fotógrafos/as y personal técnico de producción audiovisual -Se permitirá la permanencia y trabajo en el área de competición (posiciones fijas sin desplazamiento), estando prohibido el ingreso a la zona de pista. -Usarán mascarillas durante todo el transcurso del partido. -Queda prohibido el saludo con acercamiento y contacto físico con el equipo arbitral, con cuerpo técnico y deportistas de los equipos y con el personal de organización. -Mantendrá siempre la distancia de seguridad de dos (2) metros entre ellos y con los deportistas, entrenadores/as, árbitros, personal de organización, etc.

9.10. Los/Las deportistas, árbitros y personal de pista se abstendrán de lanzar, recoger o intercambiar con el público cualquier objeto.

II) ENTRENAMIENTOS DURANTE LA TEMPORADA.

La vuelta a los entrenamientos de los equipos sujetos a esta normativa antes del inicio de las competiciones se podrá realizar cuando las autoridades competentes de Euskadi (Gobierno Vasco, Instituciones Forales y Administraciones Locales) lo autoricen y de acuerdo con los protocolos y requisitos que estén fijados por las mismas en su ámbito competencial de actuación o de los acuerdos interadministrativos que existan entre las diferentes Administraciones Públicas. El mismo criterio se seguirá para la continuidad de los entrenamientos durante la temporada. Cada club deberá acreditar ante la BEF/FVVB o las FFTTVBE respectiva (dependiendo del ámbito territorial de la competición) y al inicio de la temporada mediante documento formalizado, el cumplimiento de todos los requisitos fijados por las autoridades competentes para el inicio de los entrenamientos. Si los entrenamientos ya se han iniciado lo realizará en el momento en que entre en vigor este protocolo. El no cumplimiento de esta obligación impedirá la participación en las competiciones oficiales de todos los equipos del club.

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Al mismo tiempo, durante la temporada, cada club enviará a la BEF/FVVB o a las FFTTVBE cada 15 días el documento formalizado de cumplimiento de todos los requisitos fijados por las autoridades competentes para el desarrollo de los entrenamientos. El no cumplimiento de esta obligación impedirá la participación en las competiciones oficiales bajo la tutela organizativa de la BEF/FVVB o de las FFTTVBE de todos los equipos del club durante el período de no comunicación, conforme al procedimiento estipulado. (La BEF/FVVB ha redactado un protocolo de entrenamientos que ha sido cursado a las FFTTVBE y a todos los clubes adscritos a la misma, que deberá ser cumplido de forma rigurosa por todos los estamentos deportivos de los clubes y del voleibol y voley playa en general para la realización de entrenamientos. Éste se acompaña al presente protocolo).

III) DESPLAZAMIENTOS Y ALOJAMIENTO (si fuere el caso).

Se deberán aplicar de forma prioritaria las reglas o normas que con carácter general o específico hubieran dictado las Autoridades competentes de Euskadi para los tipos de actividades que no son de naturaleza deportiva. Con carácter complementario, el presente protocolo introduce un conjunto de recomendaciones para la mejora de la protección de los clubes y sus miembros con ocasión de los desplazamientos que deben realizar para los partidos y eventos deportivos en la competición. Para el caso de la celebración de competiciones de carácter internacional que supongan la entrada en Euskadi de equipos/clubes/deportistas extranjeros/as o la salida al exterior de equipos/clubes/deportistas vascos, las BEF/FVVB deberá arbitrar un mecanismo de coordinación con los de equipos/clubes/deportistas implicados/as a efectos de garantizar el nivel de seguridad sanitaria homogéneo. 1.- Para jugadores-as/deportistas del club/equipo, personal técnico y operativo Cuando los equipos o deportistas se desplacen en medios de transporte colectivo deberán cumplirse las normas que hayan dictado las Administraciones Públicas competentes para este tipo de desplazamientos. En todo caso, los equipos o los deportistas valorarán si los desplazamientos individualizados pueden reducir los riesgos. En todo caso y como mínimo, los equipos y los/las deportistas deberán cumplir los siguientes requisitos cuando viajen: 1. Uso de mascarillas en todos los espacios públicos durante el viaje. 2. Distanciamiento social con cualquier persona fuera del grupo de jugadores-as/deportistas y personal técnico que no forme parte del equipo. 3. Uso regular del desinfectante de manos. 4. Para viajes con autobús cuando no se viaje en coches particulares, los equipos deben asegurarse de que el autobús haya sido completamente desinfectado antes del viaje. La delegación oficial del equipo (p. ej., el presidente del club, la junta directiva, etc.) que viaja con los jugadores-as/deportistas y el personal técnico debe mantener contacto mínimo. Salvo que la BEF/FVVB establezca lo contrario, un máximo de 3 personas de la delegación oficial del equipo podrá asistir al partido. Dichas personas tendrán las mismas obligaciones que los demás miembros del equipo. 2- Para equipos arbitrales, jueces de competición, personal federativo y personal de la instalación deportiva. Son recomendables las mismas reglas que en el apartado anterior, debiendo ser el uso de vehículo particular prioritario siempre que sea posible. Los equipos arbitrales, jueces/as de competición, el personal federativo y el personal de la instalación deportiva deben tener el máximo cuidado y mantener un estricto distanciamiento social en todo momento. Deberán llevar una mascarilla (que cubra la boca y la nariz) durante todo el viaje cuando el distanciamiento social no sea posible, o se prevea imposible, y usar regularmente un desinfectante de manos.

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3- Para todos en común. En caso de que un equipo, club, los equipos arbitrales, jueces/as de competición u otro personal participantes en los partidos deban pernoctar con ocasión de los partidos de la competición se procurará seguir las siguientes recomendaciones: 1- A ser posible los miembros del equipo se alojarán en habitaciones individuales. 2- Es aconsejable que todos los/las miembros del mismo equipo se alojen y hagan las comidas necesarias en un único hotel y/o restaurante. Para las comidas, conformar grupos reducidos y estables para minimizar el número de contactos estrechos 3- Debería evitarse el contacto con otros huéspedes o personal del hotel que no sea el imprescindible, mediante sistema de comedor específico. 4- Los/Las propios/as miembros del equipo/club/deportistas, individualmente deberán ser los/las únicos/as responsables de manipular el equipamiento y la vestimenta del equipo igual que las maletas y similares. 5- El/La DCP será el responsable de asegurarse que el Hotel y/o Restaurante cumpla con las normas establecidas por las autoridades competentes al efecto. 6- Los/Las miembros de los equipos/club/ deportistas (tanto los jugadores-as/deportistas como el personal técnico) no deberán abandonar el hotel a menos que sea bajo condiciones previamente acordadas y organizadas y que no impliquen entrar en contacto con nadie fuera de su grupo. 7- El/La DCP del equipo es responsable de garantizar que las medidas de higiene estándar se cumplan durante cualquier desplazamiento o salida que realice el equipo y mientras dura la estancia en el Hotel y/o Restaurante El Comité Técnico de Árbitros de Euskadi (CTAE) o los Comités Técnicos de Árbitros de las Federaciones Territoriales de Euskadi (CTAFTE) serán los responsables de velar por el cumplimiento de los requisitos de protección de la salud de los equipos arbitrales/jueces de competición. Los equipos participantes deben comprometerse a no iniciar los desplazamientos, si alguno de sus jugadores-as/deportistas, técnicos u otros miembros de la expedición presentan síntomas compatibles con la infección por COVID19. De igual manera debe procederse si alguno de los/las integrantes de la expedición ha estado en contacto estrecho con alguna persona declarada positiva por test, o con sintomatología pendiente de confirmación. Igualmente, si no han concluido el periodo de aislamiento o cuarentena recomendado por sus servicios médicos, o por los servicios asistenciales de la sanidad pública o privada, sea cual sea la causa que lo haya motivado. Los equipos participantes deben comprometerse a efectuar el aislamiento correcto, incluyendo el uso de mascarilla quirúrgica, ante cualquier inicio de síntomas sea donde sea el inicio de la producción. De la misma manera, se comprometen a poner en conocimiento inmediato, tanto de las autoridades sanitarias (Osakidetza), de la BEF/FVVB y de las FFTTVBE y éstas, si la competición es de rango estatal, a la RFEVB cualquier incidencia en el estado de salud de cualquiera de los miembros de la expedición. Las obligaciones derivadas de estos aspectos son extensibles a cualquiera de los contactos que hayan podido tener, o puedan estar en contacto con los componentes de la delegación.

IV) CANCHAS DE JUEGO E INSTALACIONES DEPORTIVAS.

1.- Todas las instalaciones deportivas para voleibol o voley playa donde deban desarrollarse los entrenamientos y/o partidos/eventos deberán seguir los protocolos de apertura y uso establecidos por las autoridades competentes ya sean de ámbito estatal, autonómico o local. 2.- Los clubes adscritos a la BEF/FVVB que participen en competiciones oficiales organizadas por la misma deberán remitir en el plazo de 15 días antes del inicio de la competición el protocolo de utilización de la instalación deportiva en la que va a disputar sus encuentros. Los protocolos de las instalaciones deportivas

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(públicas o privadas) de los clubes organizadores se pondrán a disposición de los clubes participantes en la página Web de la BEF/FVVB. 3.- Los clubes enviarán al inicio de la temporada (o desde el momento de entrada en vigor de este protocolo) a la BEF/FVVB y a las FFTTVBE una declaración responsable donde se asegurará el cumplimiento de los requisitos normativos fijados por las autoridades competentes Lo mismo deberá hacer desde el momento en que hubiera una modificación de las normas aplicables a los equipamientos deportivos y en el plazo máximo de 48 horas desde la entrada en vigor de la nueva normativa. 4.- Instalación y equipo técnico: 4.1. En todas las áreas de la instalación se rotularán claramente los lugares a los que está prohibido el acceso. De igual manera se rotulará estratégica la instalación con material informativo del COVID-19 y de las medidas de prevención obligatorias. 4.2. Se facilitará, en la medida de lo posible, la máxima ventilación exterior de los espacios. 4.3. El acceso de personas al área de competición y la zona de pista se controlará de manera muy restrictiva, no permitiendo bajo ningún concepto que personas sin tarea específica o prescindible puedan estar o circular por estas zonas. 4.4. En aquellas instalaciones donde sea posible, se organizarán entradas y salidas diferenciadas y por turnos de los distintos grupos de actuación, para facilitar el distanciamiento de seguridad. 4.5. La mesa de anotación permitirá una separación de, al menos, 1,5 m entre las personas que desempeñan tareas en la misma. Habrá siempre disponible gel hidro-alcohólico y papeleras con separación selectiva de residuos. Las mesas, sillas y los útiles del partido (portátil, impresora, útiles de mesa, etc.) se desinfectarán antes y después de cada uso. 4.6. Los otros espacios de trabajo (posiciones del locutor, estadística, video, streaming, prensa, etc.) serán dispuestos de manera tal que se mantenga el mayor distanciamiento del personal que deba estar presente de forma simultánea y no se crucen en sus desplazamientos. Serán desinfectados antes y después de cada uso. 4.7. Las posiciones de TV con cámara manual se ajustarán al distanciamiento mínimo de dos (2) metros en relación con cualquier otro personal. 4.8. Los banquillos de los equipos constarán de 7 sillas en primera fila, ubicadas a partir de la prolongación de la línea de ataque y distanciadas 1,5m cada una (se suprimen los bancos o banquetas corridos). El Delegado de equipo podrá sentarse en una silla ubicada en segunda fila a un mínimo de 1,5m de distancia de la primera. En cada zona de banquillo habrá siempre disponible dispensador de gel hidro-alcohólico, spray desinfectante y papeleras selectivas de residuos. La desinfección previa al partido y en cada cambio de set será realizada por personal del equipo local u organizador, salvo acuerdo bilateral entre clubes. 4.9. Las zonas de calentamiento: se permitirán hasta dos zonas de calentamiento simultáneas que estarán ubicadas una detrás del banquillo y otra en el ángulo de la pista, de manera tal de favorecer el distanciamiento de los/as deportistas suplentes durante el partido. 4.10. Los balones de calentamiento y los que se utilizarán durante el juego se desinfectarán justo antes del comienzo del partido. En caso de los balones que vayan a las gradas y contacten con gente ajena a la zona de competición (público, etc.), los mismos serán desinfectados antes de volver a ponerlos en uso por los equipos. Estos procedimientos correrán a cargo del equipo local o entidad organizadora. 4.11. El resto del equipamiento deportivo (pista de competición-suelo, postes, red, bandas, varillas, silla de árbitro, carros de balones y ropa) serán limpiado y desinfectado antes de comenzar el calentamiento. Una vez terminada la desinfección anterior, se procederá a desinfectar el cerramiento perimetral (vallas, publicidad, etc.). Estos procedimientos correrán a cargo del equipo local o entidad organizadora. 4.12. En caso de partidos sucesivos, los equipos cuyo partido se celebrase a continuación no podrán entrar en la pista hasta que los dos equipos anteriores, los/las árbitros y los/las voluntarios/as del partido anterior

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no hayan terminado su labor y abandonado la misma, y haya finalizado el proceso de desinfección indicado en el punto anterior. 5.- Deberá someterse también a las normas estatales, autonómicas o en su caso locales las condiciones de seguridad y policiales que resulten necesarias para la organización de los partidos/eventos y la supervisión de la seguridad en las instalaciones deportivas. 6.-Todas las instalaciones deberán contar con la señalética marcada por la normativa sanitaria y/o de espectáculos públicos. 7.- El cumplimiento de los requisitos normativos de higiene y seguridad en las instalaciones se considera parte integrante de las exigencias técnicas para la autorización federativa de las instalaciones deportivas, por lo que, en caso de detectarse situaciones irregulares, puede suponer la retirada de la autorización para el uso de dichas instalaciones en competición oficial. 8.- Cuando el encuentro se realice en una instalación deportiva cubierta /pabellón – polideportivo), las sillas o butacas tendrán que ser numeradas, guardando la distancia necesaria y nunca se podrá superar el 60% del aforo de la instalación, ni reunir a más de 600 personas. 9.- En competiciones en lugares de juego al aire libre (voley-playa) el público permanecer sentado, guardando la distancia necesaria, no podrá superar el 60% de aforo autorizado, ni reunir a más de 1.000 personas. 10.- No se admitirá público de pie ni en instalaciones cubiertas, ni cerradas. 11.- En las gradas es aconsejable marcar los asientos que no se pueden utilizar en cada momento, también los espacios, también en las gradas sin asientos.

V) COMPETICIONES.

La normativa aplicable a los partidos y eventos será, en todo caso, la dictada por la BEF/ FVVB y las FFTTVBE para las competiciones oficiales de ámbito autonómico o Territorial no profesional. Para el caso de competiciones estatales (Fase Interautonómica) que organiza la BEF/FVVB por delegación de la RFEVB, será aplicable, además de la normativa de la BEF/FVVB, la de la RFEVB establecida para las mismas. Todos los clubes organizadores de los partidos/eventos y los/las participantes en los mismos deberán cumplir con las previsiones normativas fijadas por las autoridades competentes para este tipo de eventos. En todo caso, y de manera complementaria, la BEF/FVVB y las FFTTVBE se asegurarán que, en los partidos/eventos de competiciones oficiales en su ámbito de responsabilidad y tutela, se cumplan como mínimo las siguientes reglas siempre que no resulten incompatibles con las normas dictadas por las autoridades públicas competentes que en todo caso serán de aplicación preferente: 1. Programación. Se programarán todos los partidos/eventos con el tiempo suficiente para que puedan limpiarse todos los espacios necesarios tales como vestuarios, banquillos, en su caso, pistas, mesas de trabajo, etc. Y esto debe coordinarse con los posibles horarios televisivos cuando exista retransmisión televisiva de los encuentros. El club o la entidad organizadora, bajo tutela federativa, será responsable de comprobar el adecuado cumplimiento de los protocolos de higienización y seguridad de las instalaciones por parte de su titular. 2. Condiciones de acceso a las instalaciones deportivas. El club o la entidad organizadora del partido/evento deberán disponer, como mínimo, de los siguientes elementos: 1- Termómetro digital de toma temperatura externa. 2- Botellas de solución hidro-alcohólica de manos en 5 puntos diferentes: entrada estadio o pabellón; entrada en cada vestuario (3); entrada en el terreno/pista de juego.

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3- En la medida de lo posible en la entrada a los estadios/pabellones se pondrán alfombras desinfectantes para el calzado. 4- Un número mínimo de 5 cajas de mascarillas para ser distribuidas entre aquellas personas que de forma excepcional deban entrar en el recinto deportivo y no llevaran su propio material de protección y seguridad. Todos los integrantes de los clubes y equipos deberán llevar la mascarilla cuando entren en el estadio o pabellón. El organizador de la competición debe garantizar: 1.- Que todas las personas que vayan a participar y entren en las instalaciones deportivas o zonas acotadas por la organización en espacios deportivos cumplan lo siguiente:

a- Haber completado un formulario de control epidemiológico. b- Haberse desinfectado las manos. c- Usar la mascarilla, salvo que sean los deportistas en la zona de competición o el entrenador y el equipo arbitral o de jueces, aunque es recomendable también su uso durante la competición. d- Mantener la distancia social. Si una persona no rellena dicho formulario de control y no puede demostrar las declaraciones hechas en dicho formulario se le denegará el acceso al estadio a la instalación deportiva.

3. Mascarillas y desinfectante de manos. Las mascarillas que cubren la boca y la nariz deben ser usadas por todos los que operen y participen en la instalación y/o espacios deportivos en todo momento. El incumplimiento del uso de las mascarillas será reportado al DCP y al RH de la instalación y/o espacios deportivos, y supondrá la expulsión del recinto. Se debe proporcionar solución hidro-alcohólica en todos los puntos de acceso a la instalación y/o zonas acotadas en espacios deportivos y en los puntos de entrada a cada una de las distintas zonas. Todas las personas que entren o cambien de zona deben hacer uso del desinfectante de manos. Es obligación de todas las personas participantes en la competición llevar su propia mascarilla. Las mascarillas que cubren la boca y la nariz deben ser usadas por todos los que operen en la instalación deportiva en todo momento. El incumplimiento del uso de las mascarillas será reportado al DCP y al RH de la instalación deportiva, y supondrá la expulsión del recinto. El requisito de llevar una mascarilla incluye (pero no se limita a, todos/as los/las integrantes de los equipos, los/las árbitros, jueces/as de competición) al personal operativo de las instalaciones, auxiliares de seguridad de la instalación en el terreno de juego, personal de limpieza, personal de los medios de comunicación (excepto los comentaristas durante el partido), fotógrafos, equipos de señalización e iluminación y personal médico independiente (equipos de emergencia en el terreno/pista de juego, médicos del estadio/pabellón), así como el personal federativo presente en los encuentros. 4. Procedimientos de higiene en la instalación deportiva. En general, se deben limpiar todas las áreas de la instalación deportiva que vayan a utilizarse para el partido antes de su uso. Estas zonas incluyen, también, las áreas de trabajo de los medios de comunicación, los asientos (dependiendo del uso), las oficinas, las salas de reuniones y las instalaciones sanitarias. Debe ponerse también especial atención en elementos como la mesa de cronometraje, los equipos informáticos, etc., cuando estos sean necesarios por el tipo de encuentro. Es responsabilidad del club local o el ente organizador del partido garantizar que dichos procedimientos se han ejecutado de manera adecuada en los momentos anteriores al inicio del mismo. 5. Zonificación de la instalación deportiva. Para el correcto control de personas y la mayor protección de los jugadores-as/deportistas y todos los otros colectivos participantes, las instalaciones, siempre que las circunstancias y su infraestructura lo permita, se dividirán en 4 zonas.

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a) Zona Deportiva: este es el punto crítico de limpieza y de control sanitario dentro de la instalación, comprende: • Todas las salas o habitáculos dispuestos y pasillos que abarcan desde la puerta de entrada exclusiva para jugadores-as/deportistas, cuerpo técnico y equipo arbitral, jueces de competición hasta pista de juego (pabellón – playa). • Incluye: Zonas de paso, áreas de vestuarios (con todas sus salas), túnel, banquillos (el principal, su parte posterior de la grada y los posibles anexos) y la pista de juego (pabellón – playa).

b) Zona Organización y Servicios: abarca la totalidad de la instalación incluyendo exteriores, pero siempre con accesos restringidos y únicamente permitidos con acreditación en función de los servicios a desarrollar. Comprende personal como: • Organización. • Vigilantes y Auxiliares de Seguridad. • Personal Sanitario. • Personal de Mantenimiento. • Personal de Limpieza.

c) Zona Graderío: abarca zona específica para responsables tales como: • Responsables Federativos y de los clubes. • Responsables de Administraciones públicas.

d) • Zona Medios de Comunicación: abarca zonas totalmente delimitadas de la instalación a las que se accederá con acreditación restringida y segmentada: • Producción audiovisual • Zona de Prensa • Fotógrafos

Se implementará un sistema de zonificación para evitar cualquier contacto incontrolado o indirecto con los equipos. El organizador del partido/evento es responsable de supervisar el tránsito de personas entre las diferentes zonas y de establecer los controles necesarios para garantizar el cumplimiento de los protocolos establecidos al efecto. El RH del estadio debe tomar una decisión en caso de duda e informar de cualquier violación del sistema de zonificación al DCP. 6. Acceso y tránsito por las zonas el día del partido. Cupos máximos de personal autorizado Zona Deportiva

COLECTIVO N. º PAX MÁXIMO Pistas Polideportivas

Equipo Arbitral/Jueces –as de competición 5

Jugadores/deportistas/deportistas (por club) 14

Cuerpo Técnico y auxiliares (por club) 5

Zona Organización y Servicios COLECTIVO N. º PAX MÁXIMO

Pistas Polideportivas

Personal del club u organizador 6

Mantenimiento 2

Limpieza 4

Personal sanitario PMI

Policía PMI

Seguridad Privada PMI

Delegado de Campo 1

Zona Graderío COLECTIVO N. º PAX MÁXIMO

Pistas Polideportivas

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Responsables Federativos 8

Responsables de los clubes (por club) 4

Responsables Administraciones Públicas 2

Zona Medios de Comunicación COLECTIVO N. º PAX MÁXIMO

Pistas Polideportivas

Producción TV PMI / 15

Prensa PMI / 20

Fotógrafos PMI / 10

El tránsito entre las zonas no está permitido, salvo para el personal expresamente autorizado que, en todo caso, será el mínimo necesario.

Se deben organizar y gestionar las zonas en las que pueda ser necesario hacer cola de manera que se mantenga el distanciamiento social. La señalización, las marcas en el suelo y las barreras o vallas se deben utilizar siempre que sea necesario para facilitar la organización e informar a la gente de los requisitos. 8. Llegada de equipos/deportistas y otro personal. La llegada de cada equipo y de los árbitros/jueces-as y otro personal debe ser escalonada para evitar que se mezclen y se concentren en los pasillos. Durante la llegada de los clubes/ equipos, la presencia de cualquier miembro del personal a lo largo de la ruta debe ser mínima. Todo auxiliar o personal de la instalación debe mantener una distancia mínima de 2m con los integrantes del equipo. Al acceder a la instalación, los equipos se dirigirán directamente al vestuario y, si fuere necesario, podrán realizar una inspección de la pista o lugar de juego como de costumbre, pero deberán evitar concentrase en las zonas interiores y coincidir en sus movimientos por las instalaciones con su oponente. Se deberán respetar los espacios y distancias de seguridad para la Policía, Asistencia Sanitaria, Protección Civil, personal de la instalación, etc. Se deberán disminuir a la mitad los tiempos que las normas reglamentarias establecen como obligatorias de llegada previa de equipos, equipos arbitrales, etc. a las instalaciones de juego. 9. Salida de equipos y otro personal. Los clubes, equipos y deportistas deberán abandonar los vestuarios de forma directa lo antes posible tras el partido/evento, evitando todo contacto con los/las deportistas y miembros de clubes/equipos rivales y, sobre todo, con los espectadores. 10. Vestuarios. Las zonas de vestuario de los equipos/clubes y el personal técnico deben permitir el distanciamiento social y una ventilación frecuente para permitir una óptima circulación del aire. Por lo tanto, dependiendo del tamaño del vestuario, es posible que también haya que utilizar otras salas o espacios cercanos. Además: • Cualquier sauna, baño de hielo, piscina o jacuzzi debe estar cerrado o haberse vaciado. • Todo el equipamiento de gimnasio debe ser desinfectado antes y después de su uso y debe estar ubicado bien dentro de un área del vestuario completamente separada, o en una sala diferente. • Todo el equipamiento de fisioterapia y las camillas de masaje deben ser desinfectados antes y después de su uso y deben estar ubicados bien dentro de un área del vestuario completamente separada, o en una sala diferente.

7. Acceso a la instalación deportiva y gestión de acreditaciones. El equipo/club anfitrión es siempre el responsable de los dispositivos de acreditación, caso de existir, que permiten el acceso a la instalación deportiva. En cualquier caso, es el responsable de la autorización y control de acceso a cada una de las zonas. Cuando el partido/evento es en terreno neutral lo será el ente organizador del partido.

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Los mismos principios se aplican también al vestuario de los/las árbitros, y si el espacio fuese reducido, se deben encontrar otras salas o soluciones alternativas para el equipo arbitral. Limpieza de vestuarios, banquillos de los equipos y áreas para los técnicos. Las zonas de vestuarios, las vías de acceso de los equipos (pasillos, tiradores de las puertas, pasamanos, etc.), los banquillos de los equipos y los asientos técnicos (incluidos los asientos adicionales utilizados para mantener el distanciamiento social) se deben desinfectar a fondo antes de la llegada de los equipos. Una vez desinfectados los vestuarios antes de la llegada del equipo, nadie podrá entrar hasta que los equipos lleguen. Los equipos deben acordar entre ellos, si fuere el caso, el suministro de bebidas en los vestuarios y serán los responsables de asegurar que cualquier entrega de bebidas cumpla con todos los requisitos de higiene para minimizar así cualquier riesgo de contaminación. Para las bebidas, se deben utilizar exclusivamente botellas individuales desechables. Estas se deben recoger y desechar debidamente. Los participantes no podrán compartir botellas, latas, etc. Cada participante se deberá hacer responsable de su botella o recipiente, debiendo depositarlo en los espacios señalados y definidos a la finalización de su uso. Cada equipo deberá proporcionar a cada persona que se encuentre en el banquillo botellas etiquetadas individualmente, así como para cada jugador que se encuentre en la cancha de juego. En caso de ser necesaria la comunicación con el equipo arbitral, mesa de anotación o Delegado de Campo, esta función se llevará a cabo, exclusivamente, por el Delegado u Oficial de Equipo, respetando las medidas de higiene y las distancias mínimas exigidas. 11. Calentamiento previo al partido/ evento El tiempo que se pasa en el vestuario debe ser mínimo. Por lo tanto, los/las jugadores/as podrán acceder al lugar de juego (pista o playa) para comenzar sus calentamientos previos al partido antes del tiempo asignado habitualmente. 12.- Equipo arbitral a) El equipo arbitral colaborará con el coordinador encargado de la instalación en el cumplimiento de las medidas previstas en este protocolo. b) Se recomienda, siempre que sea posible, el uso de mascarillas durante toda la competición por el equipo arbitral. c) Al comienzo y durante la competición se recomienda la desinfección de manos con Hidro-alcohol, que deberá disponer el organizador en la mesa de anotadores. d) El silbato, como elemento personal, será utilizado exclusivamente por su propietario, no permitiéndose el uso compartido del mismo. Se recomienda el uso de silbato electrónico de mano. e) El equipo arbitral rellenará el acta correspondiente del partido y la concluirá en todos sus apartados con la firma de los/las capitanes/as de los equipos participantes. Tanto los árbitros como los/las capitanes/as de los equipos harán uso de bolígrafos particulares no pudiendo ser utilizados por persona alguna diferente al propietario. 13.- Protocolo de presentación inicial y final de los encuentros adaptado al COVID-19 (Se adjunta en documento aparte el protocolo de la RFEVB para las competiciones de SUPERLIGAS 1 Y 2, válido para las competiciones que organiza la BEF/FVVB) 14.- Procedimiento de sustitución sin uso de tablillas El objetivo del presente procedimiento de sustitución es agilizar las sustituciones y eliminar elementos que puedan significar incrementos de riesgo de contacto por COVID-19. Caso de que el cuerpo arbitral interprete que el equipo solicitante está demorando, voluntaria o involuntariamente las sustituciones, se procederá como indica el reglamento en su regla 16 (Demoras de Juego).

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Sustitución(es) sin tablillas: Una sustitución solo debe durar el tiempo necesario para registrarla en el acta del encuentro y permitir la entrada y salida de los jugadores. La solicitud para sustitución comienza en el momento del ingreso del/los-as jugador/es-as sustituto/s-as dentro de la zona de sustitución, listo/s-as para jugar, durante una interrupción La solicitud para sustitución es reconocida y anunciada por el anotador o el 2do. Árbitro mediante el uso del timbre o el silbato, respectivamente. El 2do. Árbitro autoriza la sustitución. Si un equipo pretende realizar simultáneamente más de una sustitución, todos los/las jugadores/as a ingresar deben entrar en la zona de sustitución al mismo tiempo, para ser considerados/as en la misma solicitud. En este caso, las sustituciones deben realizarse en sucesión, una pareja de jugadores tras otra: si una de ellas es ilegal será rechazada y se aplicará a una sanción por demora, y la/s legal/es será/n aceptada/s. Procedimiento a seguir por los equipos y los árbitros: 1. El/La Segundo árbitro se situará entre el poste de la red y la mesa del anotador (manteniendo una distancia de seguridad suficiente con cualquiera de los/las jugadores/as cercanos/as). 2. El/La entrenador/a o el/la propio/a jugador/a al entrar en la pista (listo para jugar) comunicará verbalmente y con claridad al Segundo árbitro y al jugador que va ser sustituido el número del jugador/a sustituido/a. El/La jugador/a que va a ser sustituido/a se dirigirá sin demora a la zona de sustitución para su realización. 3. El/La segundo/a árbitro –a menos que el/la anotador/a indique que la sustitución es ilegal – hará una señal (cruzando los brazos en forma de tijera) para que los/las jugadores/as cambien a través de la línea lateral. 4. En caso de sustituciones múltiples, el/la Segundo/a árbitro esperará la señal manual del/de la anotador/a indicando que la sustitución previa ha sido registrada y luego él/ella procederá con la siguiente sustitución repitiendo los pasos 2 y 3 del presente procedimiento.

15.- Organización 15.1. Se aplicarán los siguientes cambios en el protocolo de juego, para restringir al máximo las oportunidades de acercamiento o contacto físico entre personas:

- Sorteo: lo realizará el 1º árbitro en presencia de los capitanes manteniendo la distancia de seguridad de dos (2) metros entre todos ellos, sin contacto personal, y mediante aplicación electrónica o el método de mano escondida. - Firma del acta: el 1º Entrenador de cada equipo, antes de comenzar el partido, firmará (con su propio bolígrafo, mascarilla y respetando el distanciamiento) la conformidad del registro de la plantilla en el acta. El capitán de cada equipo firmará el acta (con su propio bolígrafo, mascarilla y respetando el distanciamiento) al final del partido. - Saludos protocolarios: se suprimen los saludos entre equipos y cuerpo arbitral previsto para el inicio y el final del partido. El CTNA emitirá de un Protocolo de juego modificado. - Hojas de posición: se eliminan las hojas de posición en formato papel, y la alineación inicial de los equipos será trasmitida antes de cada set por el Entrenador del equipo al 2ª árbitro a través de una aplicación en el teléfono móvil. - Tablillas de cambios: se elimina su uso, debiendo realizarse las substituciones siguiendo un nuevo procedimiento emitido por el CTNA - Cambios de campo: o de los deportistas en campo que finalizan el set, se harán de la manera habitual. o el cambio de banquillo de deportistas suplentes e integrantes de los Cuerpo Técnicos se harán sin cruzamiento (por delante y por detrás de la mesa de anotador, o en su caso, un equipo por delante y otro por detrás del poste de la red), manteniendo al menos dos (2) metros de separación entre los equipos.

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15.2. El equipo local o entidad organizadora no proveerá agua embotellada para la competición. Los equipos, árbitros y personal de pista llevarán sus propias botellas de hidratación, que no se deberán compartir por ninguna razón. Serán responsables de su ubicación y del desplazamiento de sus enseres personales en todo momento, sin intervención externa de ningún tipo. 15.3. A cada equipo se le entregará al inicio del partido un bolsa plástica en la que deberá depositar todos los desechos que produzca (botellas, esparadrapos, restos de fruta, envoltorios…) y tendrá la obligación depositarla cerrada en el contenedor de basuras que se le indique a la finalización del partido.

VI) MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y TV. Cuando por las características de las competiciones y el nivel competitivo de las mismas se prevea la presencia de los medios de comunicación o se realice retransmisión televisiva, se seguirá el siguiente protocolo: a- Se aplicarán con carácter prioritario las normas que sobre este particular hubieran dictado las autoridades competentes. b- Si las anteriores no existieran se aplicarán las reglas y recomendaciones fijadas en los apartados siguientes: 1. Principios generales. Todas las empresas y su personal que se encuentren en las instalaciones del partido y espacios anexos deberán cumplir con la legislación nacional/autonómica/local aplicable, así como con todos los requisitos del Protocolo, incluido el uso obligatorio de mascarillas en todo momento en el lugar de juego (pabellón o playa). El organizador del partido debe asegurarse de que todas las empresas o el personal que opere en el lugar de juego están informadas de todos los requisitos y restricciones locales, así como de los principios operativos de este protocolo. El/La RH de la instalación deportiva de juego se debe asegurar de que se respeten estos requisitos. En principio, las actividades de las operadoras y medios de comunicación podrán llevarse a cabo siempre que se haga de conformidad con las especificaciones indicadas en este apartado del protocolo. La ubicación para cada medio será fija. Queda prohibido el acceso de los medios a cualquier otra área que no sea la específicamente reservada para estos (tribuna de prensa, sala de trabajo, en su caso, sala de rueda de prensa) El acceso a la instalación no debe coincidir con jugadores/as, árbitros, staff técnico de los equipos, etc. En la entrada de los medios deberán existir las mismas medidas de control general de acceso a la instalación como termómetro, gel hidro-alcohólico, mascarillas obligatorias dentro del recinto, alfombras desinfectantes, etc.) El incumplimiento de los requisitos, normas y protocolos de higiene y seguridad por parte del personal o de las instrucciones impartidas por el RH del organizador implicará la expulsión inmediata de las instalaciones y la prohibición de operar para el medio implicado. 2. Personal, instalaciones y posiciones de las cámaras. 2.1. Número de trabajadores in situ. El número de trabajadores de las operadoras y medios de comunicación que asistan a un partido se decidirá en base a, entre otras cosas:

la legislación estatal/autonómica/local aplicable;

los espacios de trabajo disponibles (por ejemplo, en la tribuna de prensa) que cumplan las medidas de higiene adecuadas

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El número total de personas permitidas en las zonas definidas en el presente protocolo, así como cualquier limitación respecto al número de personas permitidas en el estadio o pabellón en virtud de la legislación estatal o autonómica 2.2. Zona para las unidades móviles. La instalación deportiva debe disponerse de tal manera que permita un espacio lo suficientemente grande para la circulación de personas sin que se produzcan aglomeraciones, por ejemplo, que los medios estén debidamente separados, creando rutas o caminos adicionales para limitar cualquier concentración de personas. 2.3. Posiciones de los medios de televisión durante el partido. En principio, las posiciones para las cámaras fijas o móviles en el terreno de juego solo se permitirán en las gradas. Las posiciones de los reporteros junto al terreno de juego deben estar situadas en las gradas. 2.4. Fotógrafos durante el partido. Los/Las fotógrafos de los partidos están limitados a cuatro en cada extremo del lugar de juego (pista o playa), dos a cada lado de la pista de juego y siempre situados en las gradas. Cuando por la configuración de la cancha de juego las gradas estén alejadas de ésta, se podrán situar a una distancia no inferior a 3mts. Y se podrán posicionar a pie de pista en las líneas de fondo, siempre que se respete la normativa autonómica/local, así como las recomendaciones de prevención e higiene del presente protocolo. 2.6. Tribuna de prensa. La distribución de los medios de comunicación en las gradas debe permitir mantener una distancia de 2 m. Durante el desempeño de su trabajo, los comentaristas estarán temporalmente exentos de la obligación de llevar una mascarilla, pero deben llevarla siempre en cualquier otro momento. 2.7. Zonas de trabajo de los medios de comunicación y fotógrafos. Las zonas de trabajo de los medios de comunicación y los fotógrafos pueden utilizarse si se dispone de suficiente espacio para permitir el distanciamiento social (al menos 4 m2 por persona). 3. Actividades de las cadenas y medios de comunicación. 3.1. Ruedas de prensa. Las ruedas de prensa previas y posteriores al partido pueden celebrarse mediante un sistema de videoconferencia/en remoto si así se considera. 3.2. Entrevistas a jugadores-as/deportistas y técnicos-as. Se realizarán en todo caso fuera de las instalaciones deportivas y de manera individualizada. Un único periodista con un único participante en el evento. No obstante, también se podrán realizar a pie de pista en una zona específicamente habilitada para ello, siempre que el periodista realice la misma desde el estudio y hayan sido previamente desinfectados los aparatos necesarios (micrófono, pinganillo, etc.) para la realización de la entrevista.

VII) ACTUACIÓN PARA LA DETECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID19

1. La BEF/FVVB y las FFTTVBE deberán cumplir y hacer cumplir todo lo previsto y dispuesto en el presente apartado del Protocolo. 2. Se evitará la presencia o participación en actividades y, en especial, en competiciones o partidos de personas que:

presentasen sintomatología compatible con un contagio

estuviesen contagiadas sin infección resuelta

se hubiese establecido su cuarentena por haber mantenido contacto estrecho con persona contagiada confirmada o, aun no pudiendo ello ser determinado, con persona que presente síntomas compatibles con un posible contagio.

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En todo caso, los criterios a aplicar por la BEF/FVVB y las FFTTVBE estarán conforme a lo dispuesto en cada momento por las autoridades sanitarias de Euskadi. 3. Los clubes, respecto de sus integrantes, tendrán la obligación de comunicar a la BEF/FVVB y, en su caso, a las FFTTVBE los casos que, en base a lo apuntado en el apartado anterior, conlleven la imposibilidad de tomar parte en las competiciones federadas oficiales de ámbito estatal, autonómico o territorial. Igualmente la BEF/FVVB comunicará la citada imposibilidad a la RFEVB para el caso de clubes que toman parte en competiciones oficiales estatales. 4. En los casos de haberse producido un contagio, el regreso a la actividad deportiva, y muy especialmente a las competiciones o partidos, requerirá de la autorización correspondiente de la BEF/FVVB, de las FFTTVBE y, en su caso, de la RFEVB, estando éstas condicionadas a la aportación por los interesados de la correspondiente documentación médica acreditativa de la existencia objetiva de una situación que no compromete la salud, ni de la persona afectada, ni de otras personas con las que pudiese tener o llegar a tener contacto en la actividad deportiva. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Protocolo supondrá la aplicación del régimen sancionador establecido por la BEF/FVVB y las FFTTVBE: 1. La BEF/FVVB y las FFTTVBE establecerán un mecanismo de actuación rápida de su comité de competición o disciplinario para la resolución de los incumplimientos del presente protocolo. Este mecanismo deberá responder a la mayor brevedad posible acortando los plazos que legalmente procedan; como máximo deberá recaer una decisión en quince días naturales. 2. Se tendrá en cuenta el principio de preservar la salud de los integrantes de las plantillas y de la población en general a la hora de la toma de decisiones. Los entrenamientos y partidos se realizarán a puerta cerrada. No obstante, cuando así lo dispongan las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi se autorizará la asistencia de público a efectos de que esta se desarrolle con las medidas de seguridad sanitarias establecida, al objeto de garantizar la equidad y la justicia deportiva. Para los casos de acceso autorizado de público, las medidas mínimas exigibles serán, sin perjuicio de las que puedan añadirse posteriormente en razón de la evolución de la pandemia las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi, las siguientes: a) Control de flujo de entrada, debiéndose mantener en todo momento las medidas establecidas para estos eventos por el Gobierno Vasco y las Instituciones Locales Públicas de Euskadi. b) En la entrada deberá existir gel hidro-alcohólico, control del uso obligatorio de las mascarillas para poder acceder dentro de la instalación.

- Se deberá respetar en todo momento las distancias de seguridad a la entrada en la instalación. - En las gradas se deberán respetar las distancias dispuestas por la regulación local para espectáculos públicos o la específica para los deportivos. En caso de que no existiera específica para estos eventos se deberá dejar una localidad vacía entre dos ocupadas, debiéndose marcar las localidades que no pueden ser ocupadas. - El público asistente deberá tener las mascarillas debidamente colocadas en toda la instalación. - Se deberá respetar en todo momento:

la señalética establecida en el recinto

circulaciones y demás recomendaciones establecidas. En casos de sospecha fundada de brote durante el período de pandemia, la BEF/FVVB, las FFTTVBE o el organizador competente informará a los Departamentos de Sanidad (Osakidetza) y Departamento de Cultura y Política Lingüística (Dirección de Actividad Física y Deporte) del Gobierno Vasco en el plazo de 24 horas desde el conocimiento de los casos.

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La BEF/FVVB, las FFTTVBE y organizadores se dotarán de los mecanismos oportunos para poder sancionar a aquéllos participantes que incumplan lo dispuesto en este Protocolo y, en su caso, los de refuerzo, pudiendo llegar a la inmediata descalificación.

VIII) PÚBLICO

En el momento actual de desarrollo y evolución de la pandemia, en el que no están autorizadas las competiciones con presencia de público, la petición mayoritaria del sector está orientada a la vuelta de las competiciones para la temporada 2020-2021 con presencia controlada y gradual de público, actuando siempre con la prudencia requerida por la propia situación sanitaria. Con el objetivo de conjugar el regreso de las competiciones federadas oficiales de ámbito estatal (para el caso de las que sean organizadas por la BEF/FVVB por delegación de la RFEVB), autonómicas, inter-autonómicas y territoriales de carácter no profesional con la imprescindible seguridad sanitaria, se considera posible, en aras de coadyuvar en la medida de lo posible el regreso a la normalidad social, la presencia de público en el desarrollo de las competiciones objeto de este protocolo, con las siguientes especificidades: Las competencias sanitarias precisas para una vuelta segura a la competición, que se encuentra en la cúspide de los objetivos perseguidos en este momento, se encuentran radicadas en la CAV, institución que podrá adoptar las medidas necesarias para garantizar que el desarrollo de las competiciones con eventual presencia de público, se realice en las mejores condiciones posibles de seguridad sanitaria. En razón de ello así actuará la BEF/FVVB y FFTTVBE y organizadores de encuentros. Las competencias deportivas sobre las competiciones federadas de ámbito (para el caso de las que sean organizadas por la BEF/FVVB por delegación de la RFEVB), autonómicas, inter-autonómicas y territoriales de carácter no profesional se encuentran radicadas en la BEF/FVVB y FFTTVBE, bajo la tutela del Gobierno Vasco en atención a las funciones públicas delegadas, por lo que éstas podrán adoptar las decisiones que estimen pertinentes sobre afluencia de público en la competición, junto con los organizadores de las mismas, para garantizar el desarrollo de las mismas en igualdad de condiciones de público cuando este pueda ser considerado como un factor esencial por la BEF/FVVB y FFTTVBE, y todo ello sin perjuicio del respeto, en cualquier caso, a las decisiones adoptadas al respecto por parte de la CAV sobre limitaciones de asistencia de público a que se hace referencia en el párrafo anterior. El número máximo de público asistente fijado será del 60% del aforo de la instalación con un máximo de 600 personas para las instalaciones cubiertas y de 1.000 personas para las instalaciones al aire libre, con respeto siempre a los requisitos de carácter general establecidos por las autoridades competentes. Los aforos de las instalaciones deportivas serán revisados con posterioridad en un plazo prudencial breve

IX) ACTUACIÓN EN CASO DE POSITIVO EN EL DESARROLLO DE UNA COMPETICIÓN

En caso de que se detecte un positivo en un equipo o durante el periodo de desarrollo de una competición

estatal, autonómica o territorial:

1. Comunicar el positivo a: a. Consejería de Sanidad del Gobierno Vasco (Osakidetza), actuando en todo caso en razón de lo que dictamine la misma. b. BEF/FVVB, FFTTVBE y, si procede, a la RFEVB

2. Automáticamente seguir el protocolo establecido por la autoridad sanitaria de Euskadi.

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3. Si existiese algún contacto estrecho dentro del club, de la misma manera, se deberá seguir el protocolo de la autoridad sanitaria de Euskadi. 4. Se deberán desinfectar las instalaciones. 5. La BEF/FVVB y las FFTTVBE deberán establecer un sistema de rastreo de posibles casos positivos provocados por contacto estrecho en coordinación con las Autoridades Sanitarias. 6.- Encuentros que no puedan celebrarse a causa del contagio de algún/a miembro de los equipos participantes Para el caso de no poder celebrarse un encuentro o jornada completa de una competición por causa de uno o varios contagios, se actuará de la siguiente forma: a) El encuentro o jornada no se aplazará y, por tanto, no se celebrará. b) Dadas las circunstancias concurrentes el partido no se dará por perdido al equipo o equipos que pudiera contar con algún/a jugador/a contagiada. c) En caso de tener que dar por finalizada la competición a causa de la pandemia, la clasificación final será:

- Si todos los equipos participantes han jugado el mismo número de encuentros, el campeón y siguientes será/n el que mayor puntos haya obtenido y así de manera descendiente se otorgarán los siguientes puestos de la clasificación de mayor a menor puntuación. -Para el caso de que los equipos participantes en la competición no hayan jugado el mismo número de encuentros se establecerá el sistema de prorrateo. Esto es, se divide el número total de puntos obtenidos tras los encuentros disputados por un equipo por el número de partidos jugados. El coeficiente resultante sirve para establecer la clasificación de la competición. El de mayor coeficiente será el equipo primer clasificado y así de forma decreciente el resto de participantes.

La resolución del desarrollo de las competiciones regulares (Ligas), así como las decisiones estimadas en la afectación de la continuidad de la misma será responsabilidad de la BEF/FVVB, FFTTVBE y, en su caso, de la RFEVB establecidas previamente y de conocimiento para todos los participantes.

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X) ERANSKINA / ANEXOS

*Necesario establecer un formulario de síntomas COVID-19

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1. Formulario de localización personal (FLP) *A ser completado por todos los participantes en el partido/evento. Nombre tal como aparecen en DNI o en el Pasaporte u otro documento de identidad válido: _____________________________________________________________________________ Dirección durante la competición (calle/apartamento/ciudad/número postal/país): _____________________________________________________________________________ Número de teléfono:____________________________ Correo electrónico:________________________________________________________ Países/CCAA/localidades que visitaste o donde estuviste en los últimos 7 días _____________________________________________________________________________ Responder a las preguntas siguientes en relación con los últimos 14 días:

Galderak/Preguntas BAI SI

Ez NO

1 ¿Tuvo contacto cercano con alguien diagnosticado con la enfermedad COVID- 19?

2 ¿Proporcionó atención directa a pacientes de COVID- 19?

3 ¿Visitó o permaneció en un ambiente cerrado con algún paciente con la enfermedad COVID-19?

4 ¿Trabajó/estudió de forma cercana o compartiendo el mismo ambiente laboral o de clase con pacientes de COVID- 19?

5 ¿Ha viajado con un paciente COVID- 19 en cualquier medio de transporte?

6 ¿Ha vivido en la misma casa que un paciente COVID- 19?

Esta información se podrá compartir con las autoridades locales de Salud Pública para permitir un rápido rastreo de contactos si un participante en el evento sufre la enfermedad COVID-19 o llegó en contacto con un caso confirmado.

Izp/Fdo: El Deportista o Tutor

En_______________________a ____ de ______________20___

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2. Modelo de lista de verificación

El organizador del partido o competición o titular de la instalación desarrollará punto por punto, a partir del protocolo, una lista de verificación que irá incluida en cada plan específico de cada centro o instalación deportiva, así como en el plan específico de un evento deportivo. Además, definirá a los responsables de las medidas de prevención en cada apartado, se elaborará una lista que se pueda verificar fácilmente y comprobar su correcto cumplimiento con los apartados que en cada caso correspondan y la adjuntará al Plan específico. Modelo base de lista de verificación/comprobación:

BAI SI

EZ NO

No Procede

RECOMENDACIONES GENERALES

-HIGIENE DE MANOS

O Dispensadores de gel, agua y jabón distribuidos

O Indicaciones para el lavado frecuente

O Material de secado de un solo uso

O Papeleras de pedal para desecho de material

-DISTANCIAMIENTO SOCIAL

O Señalizaciones de distancia mínima de1,5m

O Flujo de personas por las instalaciones

- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPIs)

O Indicaciones de uso de mascarillas según necesidades

O Disponibilidad de mascarillas

O Disponibilidad de otros EPIs para el personal sanitario o en caso de tener que acompañar a un sintomático (batas…)

O Control del dispositivo de comprobación del uso de mascarilla en medios de transporte.

O Control del dispositivo de comprobación del uso de mascarilla en la instalación deportiva.

- HIGIENE RESPIRATORIA:

O Cartelería para recordar medidas de higiene respiratoria

O No compartir objetos personales, herramientas o material deportivo, o desinfección de los mismos

O Recipientes para desechar los pañuelos de un solo uso

O Limitaciones al uso de aseos y vestuarios

- LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

O Recomendaciones de limpieza y desinfección (productos a utilizar)

O Turnos de limpieza y desinfección

O Pautas de ventilación antes, durante y después

O Limpieza y desinfección de zonas comunes

O Limpieza y desinfección de aulas/despachos

O Limpieza y desinfección de gimnasio/zonas deportivas

O Limpieza y desinfección de aseos

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O Limpieza y desinfección de vestuarios

O Limpieza y desinfección de materiales deportivos

O Limpieza y desinfección de zonas de restauración

- RESIDUOS

O Papeleras de pedal

O Gestión de residuos

- NORMATIVAS

O Normativa de uso de instalaciones

O Restricción al aforo

O Cita previa

- MEDIDAS DE INFORMACIÓN

O Cartelería informativa

O Charlas informativas

O Formación de personal

O Control del dispositivo de comprobación de que las personas responsables de identificar los síntomas cuentan con la formación e información necesaria para hacerlo.

O Control del dispositivo de comprobación de que se conocen y respetan aforos y las limitaciones de uso de duchas, aseos y vestuarios.

O Control del dispositivo de comprobación de que las personas deportistas (en especial menores) conocen las recomendaciones y están sensibilizadas respecto a la importancia de las mismas

O Control del dispositivo de comprobación de que las medidas preventivas adicionales durante el desarrollo del evento se cumplen

RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS

- MEDIDAS SANITARIAS EN ACCESO Y USO DE LA INSTALACIÓN

O Establecimiento de puntos de acceso

O Control de flujo de personas

O Control del dispositivo de comprobación de que no acceden a las instalaciones más que las personas acreditadas

O Control del dispositivo de comprobación de que se controlan los aforos y no se superan en los distintos espacios adecuados para ello

O Registro diario de control de entrada

O Registro de incidencias

O Protocolo de acceso a la instalación visible

O Provisión de material de desinfección

O Cartelería indicativa de distanciamiento social distribuida por zonas

O Turnos de desinfección de instalaciones

O Limitaciones al aforo

O Fomento del teletrabajo

O Trámites telemáticos

O Pagos telemáticos

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O Gestión de zona de residencia (si existe)

O Medidas específicas para modalidades de deportistas con discapacidad

- MEDIDAS SANITARIAS EN ENTRENAMIENTOS

O Controles médicos a deportistas respecto a COVID-19

O Control de asistencia a entrenamientos

O Indicación de uso o no de mascarilla en cada momento

O Indicaciones para el uso de la instalación deportiva

O Indicaciones para el uso de material (deportivo y de otra índole)

O Otras medidas

-MEDIDAS SANITARIAS EN COMPETICIÓN

-VALORACIÓN DEL RIESGO:

O Número de participantes previsto, incluyendo deportistas, técnicos y espectadores.

O Aire libre o instalación

O Grado de contacto

-MEDIDAS DE PREVENCIÓN ADOPTADAS

- DEPORTISTAS E INSTALACIÓN

O Obligatoriedad o no del uso de mascarillas

O Normativa de uso compartido de material

O Desinfección periódica de la instalación

O Señalización en la instalación

O Formulario de localización

O Medidas higiénicas en competición

O Cumplimiento del distanciamiento en competición

- PERSONAL DE APOYO Y ESPECTADORES

O Limitaciones al aforo

O Valoración de personas de riesgo

O Formación del personal de apoyo

O Distanciamiento entre el público

O Uso de mascarillas

- CEREMONIA DE APERTURA Y ENTREGA DE TROFEOS

O Adopción de medidas de prevención

- REUNIONES TÉCNICAS

O Medidas de distanciamiento

O Celebración telemática

- DESIGNACIÓN DE UN RESPONSABLE DEL PROTOCOLO

- EXISTENCIA DE UN PROTOCOLO DE CONTINGENCIA ANTE PERSONAS CON SÍNTOMAS

En razón de este listado, las entidades, entes y organizaciones implicadas, con carácter obligatorio, podrán redactar su propio formulario de régimen interno. No obstante, a la hora de la celebración de un encuentro, a continuación figura un modelo tipo confeccionado por la BEF/FVVB que deberá ser cumplimentado obligatoriamente.

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FORMULARIO DE COMPROBACIÓN DE OBLIGACIONES COVID-19 PARTIDO DE VOLEIBOL DE COMPETICION VASCA E INTERAUTONÓMICA COMPETICIÓN:

FECHA: ENCUENTRO:

NOMBRE DE LA INSTALACIÓN

NOMBRE Y DNI DEL RESPONSABLE COVID

LISTA DE COMPROBACIÓN A.- ÁREA DE COMPETICIÓN

Detalle/procedimiento

Control Observaciones

MATERIALES DISPONIBLES

Dispensadores de gel hidro-alcohólico Ver obligaciones del protocolo Si:___ No___

Sprays con solución desinfectante Ver obligaciones del Protocolo Si:___ No___

Mascarillas de un solo uso Para suplir en caso de carencia Si:___ No___

Guantes descartables Para uso en caso necesario Si:___ No___

Papeleras selectivas de residuos Ver obligaciones del protocolo Si:___ No___

INSTALACIÓN Rotulación de circulación apropiada Entrada, pasillos, etc. Si:___ No___

Rotulación informativa medidas de prevención Áreas de paso, bien visibles Si:___ No___

Ventilación al exterior Puertas, ventanas, etc. Si:___ No___

Control estricto de acceso áreas restringidas Solo personal autorizado Si:___ No___

Entradas y salidas diferenciadas Limpieza y desinfección Si:___ No___

Vestuarios equipos y árbitros Limpieza y desinfección Si:___ No___

PISTA Y EQUIPAMIENTO Procedimiento Control Observaciones Pista de juego Limpieza y desinfección Si:___ No___

Zonas de calentamiento Limpieza y desinfección Si:___ No___

Postes y protectores Limpieza y desinfección Si:___ No___

Red, bandas y varillas Limpieza y desinfección Si:___ No___

Silla del árbitro Limpieza y desinfección Si:___ No___

Mesa de anotación, equipos y útiles Limpieza y desinfección Si:___ No___

Espacios de trabajo (locutor, estadística, médico)

Limpieza y desinfección Si:___ No___

Posiciones de TV, streamming, video Limpieza y desinfección Si:___ No___

Banquillos equipos (sillas) Limpieza y desinfección Si:___ No___

Balones de calentamiento y de juego Limpieza y desinfección Si:___ No___

Carros de balones y de ropa Limpieza y desinfección Si:___ No___

Vallado perimetral Limpieza y desinfección Si:___ No___

DECLARACIÓN Firma Responsable COVID

El área de competición y el equipamiento técnico han sido desinfectados antes de la llegada de equipos y árbitros según se indica en el Protocolo sanitario de la BEF/FVVB y la organización del partido se ajusta estrictamente a las normas sanitarias dictadas por la Comunidad Autónoma y el titular de la instalación

Temporada 2020/21 Formulario COVI

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3. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CLUB PARA EL INICIO DE LA COMPETICIÓN ORGANIZADA POR LA

FEDERACIÓN VASCA DE VOLEIBOL (BEF/FVVB) 2020 - 21

La crisis sanitaria del COVID- 19 hace necesaria la adopción de una serie de medidas tendentes a cumplir los protocolos marcados por las autoridades sanitarias. El establecimiento y cumplimiento de las citadas medidas requiere de una serie de compromisos y formas de actuación por parte de los equipos participantes. La lectura y aceptación de las cláusulas que se indican a continuación son condición indispensable para tomar parte en las competiciones organizadas por la BEF/FVVB de la temporada 2020- 21. Don/Doña:_______________________________________________________________________________ con DNI nº:__________________________, como Presidente/a del club:_____________________________ ________________________________________________________________________________________, con CIF nº:_______________________________, con domicilio social en:____________________________, C/Plaza:_____________________________________________________, nº:________,C.P.:_____________, e-Mail:_________________________________________

DECLARA: 1. Que es conocedor, acepta y asume que, en la actual situación de pandemia, si, por parte de los equipos y de las personas que los integran no se cumplen las normas impuestas por las autoridades competentes, incluidas las deportivas, existe un riesgo objetivo de contagio de COVID- 19 con las consecuencias que de ello se pudieran derivar para los integrantes del equipo en términos de salud o problemas que, incluso, pudieran ocasionarle la muerte. 2. Que se compromete a cumplir todas las pautas, exigencias o simples recomendaciones que se contengan en los Protocolos Sanitarios que haya emitido o emita la BEF/FVVB (o en su caso las FFTTVBE y la RFEVB) con ocasión de la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19, así como las demás normas e instrucciones que sean dadas por las autoridades públicas, los titulares de las instalaciones o personal de organización presente en la competición en relación con las medidas para evitar contagios por COVID-19. 3. Que, con los medios a su alcance y, cuando se hayan dado circunstancias que lo aconsejen, los integrantes del equipo (deportistas, personal técnico y auxiliar) se han sometido a los test existentes para comprobar si los miembros del equipo están o ha estado contagiados por COVID-19. 4. Que se compromete a impedir que los miembros del equipo (deportistas, personal técnico y auxiliar) acudan y tomen parte en la competición en el caso de que padeciesen síntomas que pudieran ser compatibles con el contagio de la COVID-19. Ello resultará extensivo, igualmente, a los casos en los que los síntomas fuesen sufridos por terceros con los que la persona participante tenga o haya tenido un contacto del que objetivamente pudiera derivarse un contagio. 5. Que, en caso de alguno de los miembros del equipo (deportistas, personal técnico y auxiliar) esté o hayan estado contagiado por el virus de la COVID-19, se compromete a impedir que tome parte en la competición en tanto en cuanto las autoridades sanitarias no manifiesten que la participación no entraña un riesgo, bien para su persona, bien para el resto de asistentes con los que pudiera tener contacto. 6. Que acepta que la BEF/FVVB adopte las medidas que se indiquen en los Protocolos sanitarios vigentes o que pudieran publicarse antes o durante la competición, en aras a establecer un razonable escenario de seguridad en la misma, así como que la BEF/FVVB, en el curso de la competición, podrá adoptar las

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medidas o decisiones complementarias o cualesquiera otras que tuviesen por finalidad el dotar a la prueba de un entorno seguro en términos de evitar contagios por Coronavirus. 7. Que, en caso de resultar alguno de los integrantes del equipo (deportistas, personal técnico y auxiliar) contagiado por Coronavirus, el club exonera a la BEF/FVVB de cualquier responsabilidad en relación con los posibles daños o perjuicios que pudieran derivarse de dicho contagio. 8. Que acepta que, si LA BEF/FVVB tuviese que adoptar medidas o decisiones con el objetivo de salvaguardar la salud de las personas que alterasen el curso o normal desarrollo de la competición e incluso la suspensión provisional o definitiva de la misma, no se podrán considerar incumplidas las obligaciones esenciales de la misma, por lo que no se podrá exigir el pago de cantidades, indemnizaciones, o devolución de precios o importes en concepto de inscripción o derechos de participación o costes en que hubiese incurrido el club. 9. Que acepta que, si todos o algunos de sus integrantes (deportistas, personal técnico y auxiliar) mostrasen conductas o comportamientos de inobservancia o incumplimiento de las órdenes e instrucciones del personal de organización en relación con las medidas de seguridad para evitar contagios por el Coronavirus, podrán ser excluidos de la competición por decisión de quien actúe como autoridad deportiva (Árbitro o Delegado Federativo). 10. Que acepta que las medidas de carácter deportivo expuestas en el apartado anterior se entienden, sin perjuicio de otras responsabilidades que el equipo y sus integrantes (deportistas, personal técnico y auxiliar) pudieran llegar a incurrir ante las autoridades competentes (incluidos los órganos disciplinarios federativos) como consecuencia de conductas o comportamientos de inobservancia o incumplimiento de las órdenes e instrucciones que sean de aplicación, bien en el ámbito deportivo-federativo, bien en otros ámbitos diferentes. En ...............................................a ............ de ................................................... de 2020

(Sello)

Firmado: ................................................................................... El Presidente del Club

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4.- CERTIFICADO DEL RESPONSABLE DEL EQUIPO (DELEGADO CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO – DCP-)

Don/Dña.. ……………………………………………………………………………, mayor de edad y con DNI……..……………… , con el número de teléfono……………………….………….y domicilio en……………………………………………, c/……………………………. …………………………………………………..……………………………………………número………………….……….. En calidad de Delegado de Cumplimiento del Protocolo (DCP) del equipo………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… CERTIFICO: 1- Que ningún participante presenta sintomatología compatible con el Coronavirus SARSCoV-2 (fiebre superior o igual a 37,5 grados, tos, malestar general, sensación de falta de aire, pérdida del gusto, dolor de cabeza, fatiga, dolor de cuello, dolor muscular, vómitos, diarrea) o cualquier otro síntoma típico de las infecciones. 2- Que ningún participante ha dado positivo ni ha tenido contacto estrecho con alguna persona o personas con sintomatología posible o confirmada de COVID-19 en los 14 días inmediatamente anteriores a la fecha de firma de este documento. 3- Que se ha garantizado documentalmente y puesto a disposición de todos los participantes del encuentro los protocolos de seguridad y medidas informativas y de prevención de higiene y de seguridad de la COVID-19 y que se le ha informado de la exclusión del partido y de la instalación deportiva para cualquiera de los participantes que incumpla dichas normas. 4- Que es consciente y acepta que el incumplimiento de las normas del COVID-19 especialmente la no declaración de casos positivos confirmados o personas con síntomas implica una infracción muy grave del código disciplinario que puede llevar como consecuencia una sanción de exclusión de la competición y, en su caso, pérdida de la categoría deportiva. 5- Que el organizador del encuentro ha registrado a todos los participantes en el mismo a los efectos de poder tener una trazabilidad en caso de que se diera un positivo o síntomas de positivo entre alguno de los participantes que haya tenido contacto estrecho con los demás con ocasión del encuentro. Al mismo tiempo declara estar informado de las medidas específicas de protección e higiene establecidas en el Protocolo de las autoridades sanitarias y deportivas de Euskadi, de la BEF/FVVB, de las FFTTVBE y, en su caso para lo que corresponda, de la RFEVB, cuyas normas son de obligado cumplimiento para los participantes en las competiciones deportivas oficiales de voleibol y voley playa y para todos los clubes adscritos a la BEF/FVVB, las FFTTVBE y RFEVB que participan en las mismas. El cumplimiento de las normas antes citadas es una responsabilidad individual de cada uno/a de los/las participantes y del club o entidad que organiza el encuentro, sin que exista responsabilidad alguna por parte de la BEF/FVVB, de las FFTTVBE y, en su caso, RFEVB de los contagios que con ocasión de la disputa del partido se pudieran producir. Y para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado en………………………el……………….de…………….. de………………………………………

Firma

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5. DECLARACIÓN RESPONSABLE

EL/LA DEPORTISTA D./Dña:_______________________________________________________, con DNI nº: _________________________y, si el deportista es menor de edad, en condición de TUTOR LEGAL DEL/DE LA DEPORTISTA D./Dña.:_________________________________________________________________ Con licencia federada nº:________________________, emitida por la BEF/FVVB/RFEVB Comparezco y manifiesto como mejor proceda

DECLARO RESPONSABLEMENTE

1.- Que CONOCE los riesgos derivados de la pandemia de COVID-19, y ASUME que, en el actual estado de la pandemia y aunque se cumplan con todas las medidas de prevención indicadas en las normas, existe un objetivo riesgo de contagio de COVID- 19 con las consecuencias que de ello se pudieran derivar para su persona en términos de salud, secuelas o problemas que, incluso, pudieran ocasionarle la muerte. 2.- Que tengo/tiene pleno conocimiento y conciencia que la práctica del deporte del voleibol / voley playa, tanto en los entrenamientos como en los encuentros implica un riesgo de contagio del COVID-19 del cual soy consciente y acepto, en el bien entendido que tendré derecho a poder presentar las reclamaciones oportunas contra aquellas personas que hubieren incumplido las reglas de protección y comunicación establecidas en los protocolos, especialmente cuando haya sido un/una jugador/a que hubiere participado en el encuentro. 3.- Que mi/su salud durante los 14 días previos al inicio de la competición estatal, autonómica o territorial de voleibol/voley-playa de la temporada 2020-21 ha sido la adecuada y no ha presentado ni tos, ni fiebre, ni cansancio o falta de aire; además de no haber dado positivo, ni haber estado en contacto con nadie diagnosticado de COVID-19, o con dicha sintomatología compatible con la COVID- 19. 4.- Que, si durante el periodo de desarrollo de la competición estatal, autonómica o territorial de voleibol/voley-playa de la temporada 2020-21 el/la deportista padeciera los síntomas indicados en el párrafo anterior, NO ACUDIRÁ a la actividad y este hecho será COMUNICADO de inmediato a los responsables del club. La misma obligación la asume si los síntomas fueran padecidos por personas convivientes, o si el deportista hubiera tenido contacto con alguna persona diagnosticada de COVID-19 o que haya presentado los síntomas compatibles con la enfermedad arriba descritos. 5. Que se COMPROMETE a controlar su temperatura antes de cada partido; y que en el caso de que ésta su fuera igual o superior a 37,5ºC, no acudirá al sitio de la competición y lo comunicará a los responsables del club. 6.- Que he/ha leído los protocolos de seguridad y las medidas informativas y de prevención de higiene y de seguridad de la COVID-19 dispuestas por el organizador de la competición y del encuentro y las acepto cumplir de manera responsable, en su totalidad, con las pautas de conducta y comportamiento que allí se establecen, aceptando que el Responsable de Higiene del evento puede acordar motu propio mi exclusión del partido y de la instalación deportiva en caso de incumplirlas. 7.- En caso de resultar contagiado por COVID- 19, EXONERA a la BEF/FVVB, sus dirigentes y personal, de cualquier responsabilidad en relación con los posibles daños o perjuicios que pudieran derivarse para su persona. 8.- Que se COMPROMETE a cumplir las directrices o seguir las recomendaciones que se contengan en los protocolos y normas que sean de aplicación en la competición, así como las instrucciones que sean dadas por las autoridades deportivas o personal de organización presentes en la misma en relación con las medidas para evitar contagios por COVID-19.

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9.- Que ACEPTA que si se mostrase por su parte una conducta o comportamiento de inobservancia de los Protocolos y normas establecidas para la prevención de la pandemia, o incumplimiento de las órdenes e instrucciones del personal técnico y médico en relación con las medidas de seguridad para evitar contagios por COVID-19, podrá ser excluido de participar en la misma. 10.- Que ES CONCIENTE y ASUME la posibilidad de postergación y/o cese definitivo de la competición de voleibol organizada por la BEF/FVVB correspondiente la temporada 2020-21 por incidencias relacionadas con el contagio del virus. También entiende y acepta que según la evolución de la pandemia, pudiera producirse cualquier modificación en la misma. Esta información será tratada de manera confidencial y con la exclusiva finalidad de poder adoptarse las medidas necesarias para evitar el contagio y la propagación del virus. Al cumplimentar el presente documento, el abajo firmante otorga el consentimiento expreso para que la BEF/FVVB, las FFTTVBE y, en su caso, la RFEVB puedan hacer un tratamiento de estos datos desde el punto de vista estrictamente médico y de prevención. Al mismo tiempo y con la firma de este documento se declara conocer las medidas específicas de protección e higiene establecidas en el Protocolo del Gobierno Vasco (Dirección de Actividad Física y Deporte, Departamento de Sanidad) y de la BEF/FVVB, de las FFTTVBE y, en su caso, de la RFEVB cuyas normas son de obligado cumplimiento para los participantes en las competiciones deportivas oficiales de voleibol y voley playa y para todos los clubes afiliados a la BEF/FVVB, las FFTTVBE y la RFEVB que participan en las mismas. El cumplimiento de las normas antes citadas es una responsabilidad individual de cada uno de los participantes y del club o entidad que organiza el encuentro, sin que exista responsabilidad alguna por parte de la BEF/FVVB, de las FFTTVBE y, en su caso, de la RFEVB de los contagios que con ocasión de la disputa del partido se pudieran producir. Y para que conste a los efectos oportunos,

FIRMO

En ………………………………... el ………….. de …………… de………………..

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6.- LIGAS FEDERATIVAS ABSOLUTAS NO PROFESIONALES DE RELEVANCIA:

Liga Segunda División Vasca masculina y femenina absoluta

Liga 1ª División Vasca Femenina absoluta (Fase Interautonómica que organiza la FVVB por delegación de la RFEVB y participan clubes/equipos de Cantabria, La Rioja, Navarra y Euskadi)

Liga 1ª División Vasca Masculina (Fase Interautonómica que organiza la FVVB por delegación de la RFEVB y participan clubes/equipos de Cantabria, La Rioja, Navarra y Euskadi)

Campeonatos de Euskadi masculino y femenino en todas las categorías

Copas de Euskadi masculinas y femeninas en las categorías: - Juvenil - Seniors

Campeonatos de Euskadi de voley playa: - Sub 17 - Sub 19 - Sub 21 - Absolutos

Campeonatos Universitarios de voleibol y voley playa (Fases de Clasificación y finales si se celebraran en Euskadi)

Torneos de Voley playa

Superliga 2 Femenina : Al ser una competición estatal se estará a lo que establece el protocolo de la RFEVB y de la BEF/FVVB

Todo tipo de competición o torneo de voleibol y voley playa que organicen la BEF/FVVB y las FFTTVBE, así como Competiciones especialmente relevantes asimiladas en algunos aspectos a competiciones profesionales y no profesionales de relevancia internacional

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7.- GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA UNA NUEVA NORMALIDAD EN EL ÁMBITO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE

Guia Actividad Fisica y Deporte de Euskadi (Versión 5 de junio 2020)

DEPORTES DE EQUIPO - INCLUIDOS DENTRO DEL PROGRAMA OLÍMPICO

SE REALIZAN AL AIRE LIBRE SE REALIZAN EN INTERIOR DE INSTALACIÓN DEPORTIVA

Fútbol Rugby Hockey hierba

Voley Playa

Sofbol Beisbol

Baloncesto Balonmano Voleibol Waterpolo

Contacto elevado

Contacto Muy elevado

Contacto medio

Contacto bajo

Contacto medio-bajo

Contacto elevado

Contacto elevado

Contacto bajo

Contacto muy elevado

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