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Creación e Identidad de la Universidad Nacional de Rosario (U.N.R.)

La vida universitaria en la ciudad de Rosario se inició hacia 1920 con la creación de la

Universidad Nacional del Litoral, bajo el influjo de uno de los movimientos culturales más

trascendentes del siglo XX en Latinoamérica –la Reforma Universitaria de 1918- y con el objeto de

desarrollar la enseñanza superior en las provincias de Santa Fe, Corrientes y Entre Ríos. Rosario y

su región ya contaban hacia fines del siglo XIX con diversas escuelas de nivel medio, que

sentarían las bases para las primeras Facultades que hoy componen la Universidad Nacional de

Rosario.

El 29 de noviembre de 1968, el Gobierno Nacional promulgó la ley 17.987, en virtud de la cual,

sobre la base de siete Facultades, Institutos y Organismos dependientes de la Universidad

Nacional del Litoral con asiento en la ciudad de Rosario, se creó la décima universidad nacional

argentina: la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO. Una de las cuatro Macro Universidades de nuestro

país; Pública, Autónoma y Co-gobernada.

Su estructura actual es de 12 facultades, 3 institutos de enseñanza media y 1 centro de estudios

interdisciplinarios. Cuenta con una superficie edilicia de 68.000 metros cuadrados donde se brinda

una oferta académica compuesta por 124 carreras de posgrado, 63 títulos de grado, 15

tecnicaturas, 53 títulos intermedios, 26 títulos por articulación con el sistema de educación

superior no universitario y 32 postítulos.

A esta oferta académica se le sumó en los últimos años el campus virtual desde el cual brindan

cursos en la modalidad a distancia y empleando como ambiente de enseñanza el soporte web.

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2 Historia de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

En 1919 nace como Facultad de Ciencias Económicas, Comerciales y Políticas, para luego

transformarse en 1969 en Facultad de Derecho y Ciencia Política. Finalmente en el año 1973, se

crea la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, actualmente ubicada en el C.U.R.

(Centro Universitario de Rosario). En la Facultad se dictan cuatro carreras:

Licenciatura en Ciencia Política

Licenciatura en Comunicación Social

Licenciatura en Relaciones Internacionales

Licenciatura en Trabajo Social

Profesaro de Comunicación Educativa

La Licenciatura en Ciencia Política está orientada a la formación de profesionales en relación

con el campo de las relaciones de poder articuladas en distintos niveles entre sectores dirigentes y

dirigidos, el Estado y sus instituciones, las organizaciones sociales y los individuos otorgando así

una formación integral que posibilita la interacción sistemática con las instituciones.

La Licenciatura en Comunicación Social tiene como objetivo formar graduados capacitados para

intervenir con solvencia teórica y práctica y con sentido crítico en el análisis de la planificación y la

gestión de los diversos procesos de comunicación social.

La Licenciatura en Relaciones Internacionales tiene por finalidad la formación de graduados en las

cuestiones internacionales, que sean capaces de comprender, analizar e intervenir con

espíritu crítico sobre la dinámica del sistema internacional y la lógica de actuación de los

diferentes actores que participan en el mismo.

La Licenciatura en Trabajo Social forma profesionales en el área de las ciencias sociales, para

investigar, analizar e interpretar las problemáticas sociales, en el marco de las políticas sociales,

para elaborar estrategias de intervención a nivel individual, grupal, institucional y comunitario que

logren modificar las causas que las producen.

La tarea consiste en la búsqueda de la excelencia académica sobre la base de la formación y

capacitación permanente de sus integrantes, orientando su accionar a la instrucción plena de

mujeres y hombres con compromiso social y con elevado sentido de la ética republicana.

El Profesorado de Comunicación Educativa tiene como objetivo formar docentes capaces de

producir, organizar y transferir conocimientos y acciones específicas referidas a la educación en

comunicación. Conceptualizando ésta última como una dimensión transversal a los procesos de

diversa índole que articulan la vida de cada sujeto y la vida en sociedad que, en esta era digitalizada

y globalizada, no cesa de generar innovaciones en materia de tecnologías de la información y la

comunicación (TIC), modificando de manera continua los esquemas de pensamiento y

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3 comportamiento humanos y transformando así, constantemente, los modos de interrelación

cultural tanto en los procesos de subjetivación como en los de socialización.

1968 Creación de la Universidad Nacional de Rosario

1973 Creación de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, sobre la base de la

existencia de la Licenciatura para el Servicio Consular creada en 1929.

1975 Incorporación de la carrera de Comunicación Social

1986 Incorporación de la carrera de Trabajo Social

1989 Traslado al edificio propio en la Ciudad Universitaria (C.U.R.) conocida como Siberia

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4 En la Facultad también se dictan las siguientes Carreras de Posgrado:

Especializaciones: Comunicación Ambiental Comunicación Digital Interactiva Gestión Estratégica de Organizaciones Públicas Planificación y Gestión Social

Maestrías: Comunicación Estratégica Comunicación Digital Interactiva Gestión Pública

Doctorados en: Ciencia Política Comunicación Social Relaciones Internacionales Trabajo Social

Los Posgrados solo pueden realizarse después de tener un título de grado y pueden ser Carreras

de Especialización, Cursos, Seminarios, Maestrías y Doctorados.

La Especialización tiene por objeto profundizar en el dominio de un tema o área determinada

dentro de una profesión o de un campo de aplicación de varias profesiones, ampliando la

capacitación profesional a través de un entrenamiento intensivo. Cuenta con evaluación final de

carácter integrador. Conduce al otorgamiento de un título de especialista, con especificación de la

profesión o campo de aplicación.

La Maestría tiene por objeto proporcionar una formación superior en una disciplina o área

interdisciplinaria, profundizando la formación en el desarrollo teórico, tecnológico y

profesional, para la investigación y el estado del conocimiento correspondiente a dicha

disciplina o área interdisciplinaria. La formación incluye la realización de un trabajo, proyecto, obra

o tesis de maestría de carácter individual bajo la supervisión de un director, y culmina con la

evaluación por un jurado que incluye al menos un miembro externo a la institución. El trabajo final,

proyecto, obra o tesis deben demostrar destreza en el manejo conceptual y metodológico

correspondiente al estado actual del conocimiento, en la o las disciplinas del caso. Conduce al

otorgamiento de un título académico de Magíster, con especificación precisa de una disciplina o de

un área interdisciplinaria.

El Doctorado tiene por objeto la obtención de verdaderos aportes originales en un área de

conocimiento, cuya universalidad debe procurar en un marco de nivel de excelencia académica.

Dichos aportes originales estarán expresados en una tesis de doctorado de carácter individual

que se realizará bajo la supervisión de un director de tesis, y culminará con su evaluación por un

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5 jurado, con mayoría de miembros externos al programa, donde al menos uno de estos sea

externo a la institución. Dicha tesis conduce al otorgamiento del título académico de Doctor.

(Resolución Ministerial Nº 1168/97)

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6 Autoridades de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

DECANO Lic. Franco Bartolacci

VICE-DECANO

Lic. Héctor Molina

SECRETARIA ACADÉMICA Mg. Sabrina Benedetto

SUB-SECRETARIA ACADÉMICA

Mg. Julieta Cortés

SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Lic. Cintia Pinillos

SECRETARIA DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

Lic. Lucila Dattilo

SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO Lic. Valeria Sassaroli

SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

Lic. Paula Contino

SUB-SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Lic. Mariela Daneri

SECRETARIA FINANCIERA

Sra. Nadia Amalevi

SECRETARIO D E COMUNICACIÓN Y G E S T IÓ N D E M E D IO S Mg. Edgardo Toledo

SECRETARIA D E RELACIONES INSTITUCIONALES

Lic. Cecilia Ruberto

DIRECTORA G E NE R A L DE ADMINISTRACIÓN Prof. Sara Saavedra

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DIRECTORES DE ESCUELAS

DIRECTORA DE LA ESCUELA DE CIENCIA POLÍTICA Lic. María Gabriela Benetti

SECRETARIA TÉCNICA Lic. Joselina Veutro

DIRECTORA DE LA ESCUELA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Mg. Silvana Comba

SECRETARIA TÉCNICA

Lic. Amalia Frana Bisagn

DIRECTOR DE LA ESCUELA DE RELACIONES INTERNACIONALES Lic. Gustavo Marini

SECRETARIA TÉCNICA

Lic. María Gisela Pereyra Doval

DIRECTORA DE LA ESCUELA DE TRABAJO SOCIAL Mg. José María Alberdi

SECRETARIA TÉCNICA Lic. Nora Bonucci

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Ubicación Geográfica de la Ciudad Universitaria

Líneas de transporte que llegan a la Ciudad Universitaria (desde el centro de Rosario)

Por calle Berutti: 101 Negra, 101 Roja, 102 Negra, 102 Roja, 115, 131, 132, 144 Roja, 145 (Cabín-

Municipio de Pérez), 145 (Municipios de Rosario–Pérez–Soldini), Línea K, Ronda del Centro y Ronda

CUR.

Por calle Colón: 122 Roja, 122 Verde, 144 Negra, 146 Negra, 146 Roja.

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Estructura de gobierno de la Universidad

El gobierno de la Universidad está integrado por todos sus estamentos (docentes, estudiantes, graduados y no docentes) elegidos democráticamente.

Asamblea Universitaria

Rector – Vice-Rector

Consejo Superior

Decanos de Facultades (12) Consejeros Docentes (12) Consejeros Estudiantiles (12) Consejeros Graduados (6) Consejeros No-docentes (6)

Consejos Directivos de las Facultades

Decano Consejeros Docentes (10) Consejeros Estudiantiles (8) Consejeros Graduados (1) Consejeros No-docentes (1)

- La Asamblea Universitaria está constituida por los Consejeros Directivos de las doce facultades

de la U.N.R. y por el Consejo Superior.

- El Rector y Vice-Rector son elegidos por la Asamblea Universitaria.

- El Decano y Vice-Decano son elegidos por el Consejo Directivo de cada Facultad.

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Estructura de gobierno de la Facultad de

Ciencia Política y Relaciones Internacionales

El gobierno de la Facultad también está integrado por todos sus estamentos (docentes,

estudiantes, graduados y no-docentes) elegidos democráticamente.

Consejo Directivo

Docentes (10)

Estudiantes (8)

Graduado (1)

No-docente (1)

DECANO

VICE-DECANO

Secretarías Escuelas

Académica Planificación y Gestión Institucional

Asuntos Estudiantiles Investigación y Posgrado Extensión Universitaria Financiera

Comunicación Institucional Relaciones Institucionales

Ciencia Política Comunicación Social Relaciones Internacionales Trabajo Social

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El Consejo Directivo es el encargado de designar docentes, llamar a concurso, administrar los

bienes de la Facultad, aprobar el calendario académico, programas y reglamentos. Cada cuatro

años elige al Decano.

Los secretarios son designados por el Decano y tienen la función de coordinar las diversas

actividades que se desarrollan en la Facultad.

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Secretaría de Asuntos Estudiantiles

Es el nexo de comunicación entre docentes y alumnos. En este espacio se asesora e informa sobre

los distintos trámites y actividades del claustro estudiantil. Desde aquí y conjuntamente con la

Secretaría de Planificación y Gestión Institucional se implementan las Becas de Apuntes que

tienen como objetivo cubrir el 50% del valor de los apuntes que se imprimen en la Facultad.

Dichas becas se utilizan en el marco del Centro Integral de Copiado. El Centro, ubicado en

planta baja de la facultad, surgió a partir de la necesidad de garantizar un espacio institucional

para la reproducción de textos académicos y democratizar el acceso al material de estudio. Allí se

pueden adquirir los materiales de estudio de las cuatro carreras que se ofrecen en formato de

cuadernillos y está disponible también el servicio tradicional de fotocopiado. Todos los

materiales se pueden adquirir a un precio accesible a partir de una política de subsidio que

garantiza la facultad.

Como parte de los beneficios brindados por la Facultad para los estudiantes también se puede

acceder al beneficio del Menú Estudiantil en el bar de la Facultad, un servicio que permite almorzar

y cenar a un precio subsidiado por la institución y sensiblemente menor al habitual. Otra oferta la

brinda el Comedor Universitario “La Siberia”, ubicado en Riobamba y Berutti, prestación a la que

se accede a través de la credencial que se entrega en la Dirección de Bienestar Estudiantil ubicada

en Berutti 2190.

La Secretaría de Asuntos Estudiantiles se encuentra en el 1er piso del ala este de nuestra

Facultad y su horario de atención es de lunes a viernes de 8 a 19.

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Bienestar Estudiantil

Tanto la Universidad Nacional de Rosario como todas las Facultades que la componen, cuentan

con secretarías específicamente dedicadas a promover el bienestar estudiantil, mediante

programas y acciones que tienen por objetivo garantizar las condiciones de igualdad de

oportunidades, tanto en el ingreso como en la permanencia y egreso de todos los estudiantes.

La Secretaría de Relaciones Estudiantiles de la U.N.R. está compuesta por las direcciones de

Bienestar Estudiantil, Educación Física, Orientación Estudiantil y el Centro de Salud.

DIRECCIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL. Tiene a su cargo la gestión de Becas, tanto del Ministerio de

Educación de la Nación (Programa Nacional de Becas Universitarias – PNBU y Programa

PROG.R.ES.AR) como las de la U.N.R. Funciona en la calle Berutti 2190.

El programa de becas aspira a otorgar a los estudiantes la contención necesaria para que puedan

completar sus estudios universitarios e igualar las oportunidades de formación de quienes

atraviesan situaciones económicas menos favorables.

Pueden acceder a estos programas aquellos alumnos regulares que cursen en cualquiera de las

facultades, que no sean beneficiarios de otras becas de ayuda económica ni posean ingresos

superiores a determinados montos.

Desde el año 2009 se incrementó sustancialmente el presupuesto destinado por la UNR al

Programa de Becas y se comenzó a implementar diferentes tipos de becas que apuntan a

colaborar con la resolución de dificultades económicas puntuales, a partir de un conjunto

diferencial de becas para que el alumno pueda optar por aquella que satisfaga mejor sus

necesidades. Actualmente se ofrecen los siguientes tipos de becas:

BECAS PERSONALES

Movilidad:

-Beca de Transporte Urbano, para quienes residan a más de 20 cuadras de distancia de la facultad.

-Beca de Transporte Interurbano, para quienes residan permanentemente en alguna localidad

ubicada dentro de un área de 50 km aproximadamente de la ciudad de Rosario y deban viajar

diariamente para asistir a clases.

-Beca de bicicletas, consta de la entrega -gratuita y por única vez- de una bicicleta con casco

para aquellos estudiantes que teniendo aprobada el 20% de la carrera soliciten este beneficio,

cumplan con los requisitos académicos y socioeconómicos y además aprueben un curso de

seguridad vial.

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Estudio:

-Beca de Material de Estudio, se entrega un monto mensualmente en efectivo para utilizar en

librerías y fotocopiadoras, junto a una tarjeta de descuentos destinada a la compra en locales

adheridos al sistema de becas.

-Beca de ayudante-alumno, destinada a los ayudantes de cátedras concursados que la soliciten y

cumplan con los requisitos académicos. Consiste en la entrega de un monto mensual efectivo

para utilizar en librerías y fotocopiadoras, junto a una tarjeta de descuentos para poder utilizar en

locales adheridos al sistema de becas.

- Beca de Investigación, propuesta para los estudiantes que estén realizando trabajos de

investigación en proyectos acreditados por la UNR. Establece la entrega anual de un monto de

dinero en efectivo.

- Beca de Discapacidad, consiste en la entrega de una computadora portátil, por única vez,

equipada con software y hardware específico para el uso de los estudiantes no videntes.

Económicas:

-Beca de Alimento, permite la compra de alimentos en supermercados y almacenes de la ciudad, a

través de una tarjeta que emite Banco Nación, que se entrega anualmente y a la cual se le acredita

un monto determinado por mes.

-Beca de madres solas, disponibles para estudiantes que tengan a su cargo hijos menores de seis

años e incluye los beneficios de las becas de alimento y transporte urbano juntas.

- Beca para estudiantes de Pueblos Originarios, esta es una beca integral, cuyo beneficio

consiste en la entrega mensual de las becas de Transporte Urbano, de Material de Estudio, de

Alimento, más un monto fijo mensual, que servirá para solventar otros gastos relacionados con el

estudio de la carrera universitaria.

- Beca de Residencia, se asigna mensualmente un monto fijo, que representa la parte

proporcional que el estudiante deberá abonar en concepto de alquiler en el lugar de residencia que

haya elegido, a través de la tarjeta que emite Banco Nación y que podrán retirar en efectivo desde

cualquier cajero automático.

BECAS COLECTIVAS

Estas becas están dirigidas y pensadas para todas las facultades, unidades académicas y sus

respectivas comunidades estudiantiles.

- Beca de Computadoras, radica en la entrega de computadoras portátiles a cada unidad

académica que serán administradas por intermedio de sus bibliotecas. Están destinadas al uso

exclusivo de los estudiantes que las soliciten, presentando la libreta universitaria.

- Becas de Apoyo Académico, tiene como fin el financiamiento de programas y proyectos que

cada unidad académica deberá desarrollar y presentar a la Secretaría de Relaciones

Estudiantiles. Estos proyectos deberán estar apuntados fundamentalmente a dar soluciones y

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respuestas a las problemáticas relacionadas con el ingreso y la permanencia, deserción

universitaria, apoyo académico, etc.

- Becas de Viajes e Intercambio, destinadas al financiamiento de actividades académicas como

Congresos, Seminarios, Jornadas, que impliquen intercambio académico y viajes dentro y fuera del

país. La solicitud deberá ser presentada con el aval académico de los docentes del área y del

Consejo Directivo de cada facultad. Podrán ser viajes grupales o individuales.

Residencias Estudiantiles. Informa sobre los links y contactos de hospedajes y residencias en la

ciudad de Rosario, se puede recibir asesoramiento personalmente en la oficina de Bienestar

Estudiantil (Berutti 2190) y en el sitio www.unr.edu.ar – Secretaría de Relaciones Estudiantiles –

Residencias Estudiantiles.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA. Coordina las actividades del Gimnasio de la Universidad que funciona

en Moreno 460 y las canchas del predio de la Siberia (C.U.R) de Berutti y Riobamba. Todos los

estudiantes pueden hacer uso de sus instalaciones, asociándose mediante la presentación

de un certificado de alumno regular en la sede de la Dirección. Los deportes y actividades que

se pueden practicar son: fútbol, fútbol de salón, fútbol femenino, hockey, handball, voleibol,

básquetbol, tenis criollo, ajedrez, tenis de mesa, gimnasia, acondicionamiento físico,

sensopercepción, musculación, yoga, danza contemporánea, folclore, tango, aiquido, capoeria,

taichi, etc.

DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN ESTUDIANTIL (DOE). Brinda durante todo el año el servicio de Orientación e

Información Estudiantil. Tiene sus oficinas en Riobamba 201 bis. Cuenta con una base de datos

completa de la oferta educativa de nivel terciario y universitario, pública y privada de Rosario y su

zona. Lleva adelante diferentes talleres sobre Orientación y Reorientación Vocacional y Asistencia

Psicopedagógica.

CENTRO DE SALUD “7 DE ABRIL” Atiende a estudiantes que no cuentan con cobertura médica ni obra

social. Es requisito presentar certificado de alumno regular y pedir turno de atención en forma

personal o telefónica al (0341) 4804-614. Funciona de lunes a viernes en calle Urquiza

2906 en el horario de 8 a 20, y cuenta con profesionales de distintas especialidades médica.

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16 Las Escuelas de la Facultad

Escuelas Comisión Asesora Director Departamentos

4 docentes 4 estudiantes 1 graduado

Secretaría Técnica Cátedras

Cada Escuela está a cargo del Director, elegido por docentes y estudiantes a través de una

consulta pública y designado por el Consejo Directivo a propuesta del Decano. Tiene las funciones

de implementar el Plan de Estudio y sus reformas curriculares; coordinar las cátedras para el

dictado de la currícula; requerir el equipamiento físico, la planta docente; promover la formación

de investigadores; proponer la realización de convenios, etc. Su período de gestión es de

cuatro años.

La Comisión Asesora está integrada por docentes, graduados y estudiantes elegidos por el voto

directo. Su función es asesorar a la Dirección sobre aspectos académicos, de investigación,

extensión, etc.

La Secretaría Técnica está a cargo de un docente, propuesto por el Director de la Escuela, y

designado por el Consejo Directivo. Tiene la tarea de asistir al Director e implementar sus

decisiones en relación al funcionamiento de la Escuela.

Los Departamentos están formados por diferentes cátedras a cargo de un director elegido por

todos los docentes de las cátedras que lo integran. Tienen como funciones promover el trabajo

interdisciplinario, mantener la actualización científica, para modificar constantemente las

currículas y enriquecer la labor pedagógica.

Las Cátedras son un grupo de docentes a cargo de una materia. Están formadas por un titular,

adjuntos, jefes de trabajos prácticos, auxiliares de 1ra., adscriptos y ayudantes alumnos.

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El Centro de Estudiantes

Es presidido por un Presidente y un Secretario General.

Presidente. Se elige por voto directo de los estudiantes una vez al año. Integra una fórmula con el

Secretario General.

Secretarías

- Material de Estudio. Ofrece los textos utilizados en las distintas materias de las carreras

de la Facultad a partir del trabajo solidario de los estudiantes.

- Extensión. Se encarga de la relación de los estudiantes con el medio. Desde la

Universidad realiza actividades transformadoras de la sociedad.

- Prensa y Difusión. Difunde las actividades del Centro de Estudiantes y realiza la

publicación periódica de los trabajos de los estudiantes.

- Asuntos Académicos. Organiza actividades académicas atendiendo las demandas de

actualización teórica, concerniente a las carreras de la Facultad.

- Bienestar Estudiantil. Canaliza las demandas de los estudiantes hacia las autoridades de

la Facultad.

- Finanzas. Realiza el balance financiero de las actividades del Centro.

- Derechos Humanos. Promueve y coordina actividades con organizaciones de DDHH.

- Cultura. Organiza actividades culturales diversas.

- Deportes. Organiza actividades deportivas en la Facultad e interfacultades.

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La Biblioteca de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

“Dr. Juan Carlos Puig”

La biblioteca es un espacio donde se gestiona la circulación de los recursos bibliográficos e

informáticos disponibles, además de asesorar a los usuarios con el fin de facilitar el acceso a la

información requerida.

Dispone de un salón ubicado en la planta baja, con capacidad para 30 puestos de estudio y una

sala cerrada para el estudio grupal con capacidad para 12 personas. Cuenta con 10 laptops

disponibles para ser utilizadas en la sala de lectura mediante la presentación del D.N.I. y del

carnet de socio de la biblioteca; una PC para consultar el catálogo virtual

(http://bibliotecas.unr.edu.ar/) y una PC y una laptop para usuarios con capacidades visuales

diferentes provistas de un software que les permite escuchar los textos.

En la biblioteca podrán consultar libros, materiales de referencia (diccionarios, enciclopedias,

colecciones), publicaciones periódicas, tesinas y tesis.

Para asociarse a la biblioteca se deberá presentar una foto carnet (3x3) y el certificado de

alumno regular o libreta universitaria en la cual debe constar el reempadronamiento del año en

curso.

El horario de atención es de lunes a viernes de 8 a 19.30.

Espacios de divulgación y difusión académica

Revista Institucional de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

Temas y Debates http://www.temasydebates.com/

Licenciatura en Ciencia Política Cuadernos del Ciesal. Revista de estudios interdisciplinarios sobre la cuestión social http://www.fcpolit.unr.edu.ar/publicaciones/revistas-academicas/cuadernos-de-ciesal/

Licenciatura en Comunicación Social

Medios y Enteros

http://www.mediosyenteros.org.ar/ La Trama de la Comunicación

http://www.fcpolit.unr.edu.ar/publicaciones/revistas-academicas/la-trama-anuario-del-

departamento-de-ciencias-de-la-comunicacion/

Licenciatura en Relaciones Internacionales

Otro Sur digital http://wwwcatedrarrii.com.ar/publicaciones.html

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Licenciatura en Trabajo Social

Cátedra Paralela http://catedraparalela.com.ar/

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20 Curso de Ingreso

En la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, el curso de ingreso es una instancia

que tiene como objetivo dar la bienvenida a todos aquellos aspirantes a realizar alguna de las

cuatro carreras de grado que se dictan aquí y al mismo tiempo pretende introducir a los

ingresantes a las dinámicas institucionales y a las prácticas de estudio propias del nivel

universitario.

El tránsito del nivel medio hacia la universidad implica el cierre de una etapa con tradiciones y

lógicas propias y la apertura de una nueva en la cual lo desconocido cobra una particular

dimensión. En este marco, las unidades académicas insertas en el sistema público de enseñanza

superior vienen implementando un acompañamiento institucional en vistas de asegurar el ingreso

y la permanencia de los estudiantes en los trayectos elegidos.

El curso de ingreso de la FCPyRR.II. consta de dos instancias: a) encuentro de introducción a la vida

universitaria y b) curso de introducción académica.

La jornada de introducción a la vida universitaria tiene como objetivo específico brindar

información sobre los planes de estudio, los perfiles y la inserción laboral de las cuatro

Licenciaturas que se dictan en esta casa de estudios. Para ello se realizará una presentación

institucional a cargo del Decano, la Secretaria Académica, la Secretaria Estudiantil y los Directores

de Escuelas.

El curso de introducción académica está diseñado para que los ingresantes comiencen a

transitar contenidos específicos de las ciencias sociales que son comunes a nuestras cuatro

carreras de grado. El mismo tendrá una duración de cuatro semanas, en las cuales los

ingresantes cursarán los días lunes, miércoles y viernes con una carga horaria diaria de 3 horas.

Los módulos a desarrollarse son: Introducción a la Modernidad en Perspectiva Histórica,

Introducción a las Ciencias Sociales, e Introducción al estudio disciplinar

Módulo I: Introducción a las Ciencias Sociales

Módulo II: Introducción a la Modernidad en perspectiva histórica

Módulo III: Introducción al estudio disciplinar

La evaluación se desarrollará en diversos métodos a lo largo del dictado de cada uno de los

módulos. Las mismas son concebidas como instancias de diagnóstico a los efectos de poder

ofrecer mecanismos de apoyo para aquellos ingresantes que presenten dificultades para la

comprensión de texto, la redacción, la expresión oral y el trabajo grupal.

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Inscripción a las carreras de grado. Instructivo

La inscripción es el trámite mediante el cual quien desea cursar una carrera universitaria accede a

su condición de estudiante. Este trámite consta de dos instancias: 1.- solicitud del turno de

inscripción; 2.- entrega de los todos los requisitos consignados por la institución.

Para solicitar un turno de inscripción, deberá acceder a la página de la Facultad,

www.fcpolit.unr.edu.ar, una vez allí ingresar al enlace (SUR1) que se desplegará inmediatamente y

completer el formulario cuando esté habilitada la inscripció para el ingreso.

El primer paso que debe realizar para solicitar turno para la pre-inscripción, será completar los

datos (tipo y nº de documento) y crear una contraseña.

Una vez completada toda la información requerida en las sucesivas solapas por el sistema, debe

presionar el botón guardar y podrá imprimir el SUR 1 donde figurará el día y hora para presentarse

personalmente en la Facultad con todos los requisitos de inscripción.

Requisitos de Ingreso:

Documentación a presentar

• Documento Nacional de Identidad (DNI)

• Formulario SUR 1 (impreso al sacar el turno)

• Fotocopia de partida de nacimiento legalizada.

• Dos fotos color 3x3

• Certificado de haber cursado y aprobado los estudios de enseñanza media o constancia

provisoria de finalización de los estudios. (*)

(*) Quien adeude materias correspondientes al mencionado nivel, tendrá plazo hasta el 30 de abril de 2016 para normalizar su situación. Vencida dicha prórroga, el ingresante perderá tal condición (Ordenanza del Consejo Superior de la U.N.R. Nº 490/89).

El trámite de inscripción es personal, sólo podrá realizarlo el interesado en el día y horario asignado previamente y obligatorio la presentación del D.N.I.

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Trámites

Durante el cursado de la carrera deberá realizar diversos trámites administrativos obligatorios.

Hemos elaborado la siguiente guía sobre los procedimientos con el objetivo de orientar acerca de

la realización de dichos trámites.

En principio, deberá ingresar al SISTEMA DE AUTOGESTIÓN SIU-GUARANI. Sólo podrá entrar en este sitio si

es alumno definitivo de la Facultad de Ciencia Política y RR.II. Para llegar a esta condición deberá

haber entregado toda la documentación y cesado el período de inscripción.

Para ingresar por primera vez al sistema deberá gestionar su propia clave desde link “olvidó sus

contraseña”

En este sitio, Usted podrá:

- Solicitar todo tipo de certificados: alumno regular, promedio académico, materias aprobadas,

materias desaprobadas;

- Actualizar los datos personales;

- Inscribirse (reempadronarse) al año académico para cursar materias y para rendir exámenes;

-Realizar consultas sobre: las materias regularizadas, la historia académica, las mesas de

exámenes, materias a las que se encuentra inscripto, etc.

Es importante anotar o imprimir el número de transacción como comprobante del trámite

realizado.

Otros Trámites

Actualización de notas en la Libreta Universitaria

Todos los años durante dos semanas -en cada cuatrimestre- los alumnos podrán actualizar las

notas acercando su libreta a la Oficina de Alumnado. El período de presentación se informa en el

Calendario Académico.

Constancia de Inscripción

Se entrega el día en que realiza la inscripción. Este comprobante tiene validez de documento

hasta el momento en que pueda acceder a la Libreta Universitaria provisoria. En caso de

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extravío deberá realizar una denuncia en una dependencia policial y presentar luego en la

Oficina de Alumnado esa misma denuncia para solicitar un nuevo comprobante.

Entrega de la Libreta Universitaria

Durante el transcurso del primer año de la carrera deberá tramitar la Libreta Provisoria en

Alumnado en los períodos dispuestos para ella. Una vez que haya rendido un mínimo de 5

(cinco) materias se le hará entrega de la Libreta Universitaria definitiva.

Extravío de la Libreta Universitaria

Se debe realizar una denuncia de extravío en una dependencia policial y presentar luego en la

Oficina de Alumnado esa denuncia para solicitar que se le entregue una nueva libreta.

Inscripción a cursos regulares

Los ingresantes a la Facultad se encuentran anotados automáticamente para el cursado de todas

las materias de primer año. El turno es asignado en el momento de la inscripción definitiva.

A partir del segundo año de permanencia en la Facultad, todos los estudiantes deberán inscribirse

por Sistema Guaraní a las materias que cursarán como regulares. A principio de cada año se deben

registrar a las materias anuales y del primer cuatrimestre; después del receso invernal, a las

materias del segundo cuatrimestre.

Este trámite se realiza dentro del marco de tiempo estipulado en el Calendario Académico y se

efectúa exclusivamente a través del Sistema Guaraní.

Inscripción a exámenes

Para poder presentarse a rendir en cada uno de los llamados a exámenes -estipulados por el

Calendario Académico- deberá inscribirse desde una semana antes y hasta las 22hs. del día previo

al examen. El procedimiento se realiza siempre a través del Sistema Guaraní y debe conservarse

hasta el momento de examen el comprobante de inscripción.

Legalización de documentos

Se debe presentar en Mesa de Entradas (2do. piso de la Facultad) con el documento original y la

copia que se pretenda legalizar, este trámite se debe realizar con 48 hs. de anticipación.

Los ingresantes podrán legalizar los documentos el mismo día y en la misma oficina donde

realizarán la inscripción.

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Trámite de equivalencias de materias

Para tramitar equivalencias de materias entre distintas carreras y/o facultades se debe dirigir

una carta al Jefe de la Oficina de Alumnado. Este oficio se realiza dentro del período que

estipula el Calendario Académico. La solicitud debe presentarse por Mesa de Entradas de la

Facultad de Ciencia Política y RR.II.

Asimismo, se deberá presentar la siguiente documentación:

De la carrera de origen:

- Certificado de materias aprobadas;

- Certificado de materias desaprobadas;

- Certificado de sanciones disciplinarias;

- Escala de calificaciones;

- Programa legalizado de las materias que presenta para la equivalencia;

Toda esta documentación debe estar debidamente legalizada por la Facultad o Instituto donde

cursó.

En caso de proceder de otra Universidad deberá legalizar la documentación en la Sede de

Gobierno de la U.N.R. (Maipú 1065).

De esta Facultad:

- Programas de las materias que desea que se le otorgue equivalencia;

- Formulario de equivalencias (se solicita en la Oficina de Alumnado);

Una vez presentada esta documentación el docente de la asignatura evaluará la solicitud y

remitirá su respuesta al Consejo Directivo para su resolución.

Reempadronamiento anual obligatorio

Todos los años es obligatorio reempadronarse para obtener la condición de Alumno Activo para el

año académico en curso, requisito indispensable para la realización de cualquier trámite

institucional. Esta gestión se debe realizar a través del Sistema Guaraní desde el enlace MATRÍCULA-

REINSCRIPCIÓN, a partir del segundo año de permanencia en la Facultad.

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25 Preguntas Frecuentes

¿Es lo mismo Facultad que Universidad?

NO. Una Facultad es una unidad dependiente de la Universidad pero que conserva autonomía en

su forma de gobierno. Las Facultades desarrollan la labor universitaria en sus respectivas

especialidades con independencia técnica y docente mediante Escuelas, Departamentos, Institutos

y Cursos. La Universidad es persona jurídica autónoma y autárquica, integrada por las Facultades,

Escuelas, Institutos y otros organismos.

¿Qué es una carrera de Grado?

Son carreras de entre cinco y seis años cuyo título final permite el ejercicio profesional y el

acceso a estudios de posgrado como maestrías y doctorados.

¿Qué es un Plan de Estudio?

Es un conjunto ordenado de asignaturas, prácticas, estudios y otras actividades de enseñanza y

aprendizaje que determinan el contenido de un programa educativo y que se deben cumplir para

obtener el título de grado correspondiente en la Universidad o educación superior.

¿Dónde se puede adquirir el Plan de Estudio?

Para adquirir el Plan de Estudio de la/s carrera/s y los programas de las materias, se puede

dirigir al:

Centro Integral de Copiado de la Facultad de Ciencia Política y RR.II., planta baja, de 9 a 19. También están diponibles en nuestra página web www.fcpolit.unr.edu.ar

¿Qué es el Calendario Académico? El Calendario Académico es aprobado todos los años por el Consejo Directivo y establece las fechas de reempadronamiento, inscripción al cursado de materias, mesas de exámenes, y demás trámites estudiantiles. Se puede encontrar ingresando a: http://www.fcpolit.unr.edu.ar/secretarias/academica/

¿Cómo se Asignan las Comisiones de Cursado?

Los horarios de cursado se concederán garantizando comisiones con similar cantidad de

alumnos para un mejor desempeño académico. Se contemplarán aquellos casos que por razones

laborales deban cursar en algún horario específico. El interesado deberá presentar el certificado de

trabajo al momento de traer la documentación exigida para el ingreso a la facultad en la fecha

indicada en el formulario SUR1.

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¿Cómo se cursa una materia?

Existen distintas modalidades de cursado: como alumno libre, como alumno regular y como

alumno oyente. Estas categorías se definen de acuerdo a la asistencia a clases, la aprobación de

parciales y trabajos prácticos, la presentación de trabajos finales, clases especiales o

monografías y regímenes especiales de cursado definidos por las reglamentaciones vigentes

(para más información ver Reglamento de Cursado de Asignaturas).

¿Qué son los Ciclos de Bachilleratos?

Los alumnos que inician una carrera de grado una vez que hayan acreditado entre 1.500 y 1.800

horas según requerimiento del Plan de Estudio correspondiente pueden obtener un certificado

académico de bachiller universitario que le permite contar con un reconocimiento de la formación

general básica. No brinda incumbencias profesionales ya que no es una acreditación de conclusión

de carrera.

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Reglamento que debe conocer

(Texto ordenado. Aprobado según Resolución CD Nº 1933/10)

De la condición de alumno

Artículo 1: Los cursos tendrán por objeto el desarrollo de las asignaturas contempladas por los Planes de Estudio vigentes en las respectivas Carreras que se dictan en la Facultad, respetando los programas aprobados y en vigencia y las cargas horarias que los mismos especificaren en los respectivos planes. Su duración será cuatrimestral o anual, también de acuerdo a lo determinado por los respectivos Planes de Estudio. La iniciación y el fin del dictado lo establecerán el calendario académico. La dirección general del curso estará a cargo del Profesor Titular de la asignatura, o, en ausencia de éste, de los profesores Asociados o Adjuntos.

Artículo 2: Los alumnos inscriptos serán agrupados en comisiones de acuerdo a las posibilidades docentes de cada cátedra y en función de la capacidad y disponibilidad de aulas existentes en la Facultad. Los mismos podrán solicitar cambio de comisión si los asistiere un motivo valedero fehacientemente comprobado, siempre y cuando se respete la proporción entre la cantidad de alumnos que asiste a los diferentes turnos de clase, elevando por Mesa de Entradas una solicitud escrita a Secretaría de Asuntos Estudiantiles. En caso de existir una sola comisión se procurará el funcionamiento de la misma en el turno noche, considerándose éste a partir de las 17 horas.

Artículo 3: El desarrollo de las clases quedará sujeto al criterio de la cátedra de acuerdo a las características propias de cada asignatura, pudiéndose utilizar distintas técnicas pedagógicas. Cada cátedra planificará la forma en que llevará a cabo la enseñanza y sus requisitos internos de regularización –dentro del marco de la reglamentación vigente, incluyendo los criterios de evaluación, los que deberán ser puestos en conocimiento de los alumnos, de manera clara y explicita, junto con el programa de la materia. Los programas deberán ser aprobados por el Consejo Directivo, al que serán remitidos por Secretaría Académica, previa evaluación del Director de la Escuela que correspondiere.

DE LA CATEGORÍA DE ALUMNO

Artículo 4: Las distintas carreras existentes en esta Facultad contemplan las siguientes categorías de alumnos, según el artículo 67 del Estatuto de la Universidad Nacional de Rosario: a) regulares, b) libres, c) oyentes.

DE LOS ALUMNOS REGULARES

Artículo 5: Dentro de los alumnos regulares, se distinguen las categorías: alumno regular y alumno regular promocional.

Artículo 6: Será obligatorio para todas las cátedras ofrecer las condiciones de alumno regular y alumno libre. Será optativo para todas las cátedras ofrecer la condición de alumno regular promocional.

Artículo 7: Para adquirir la condición de regular el alumno deberá tener regularizada las materias correlativas anteriores correspondientes.

Artículo 8: Para acceder a la categoría de alumno regular los alumnos deberán aprobar las instancias evaluativas programadas en la siguiente proporción:

- Materias con dos instancias evaluativas: la totalidad aprobada - Materias con tres instancias evaluativas: dos aprobadas (66%)

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- Materias con cuatro instancias evaluativas: tres aprobadas (75%)

Las cátedras deberán ofrecer un mínimo de dos instancias evaluativas en el caso de las materias de dictado cuatrimestral y un mínimo de tres instancias evaluativas en el caso de las materias de dictado anual. Las instancias evaluativas tendrán por lo menos (n-1) recuperatorios (1 de 2) (2 de 3) (3 de 4). En el programa de la materia se deberá consignar aquella instancia evaluativa no pasible de ser recuperada. Los recuperatorios podrán ser programados fuera del horario habitual de la materia, siempre que se respete el turno respectivo. Además, las cátedras podrán exigir el 75% de asistencia, sólo a las clases prácticas.

DEL ALUMNO REGULAR DE PROMOCIÓN

Artículo 9: Las instancias evaluativas tendientes a lograr cualquiera de estas condiciones serán, para estos alumnos, las mismas que para los alumnos regulares en sentido estricto. A criterio de las cátedras se podrá requerir, además, un porcentaje de asistencia a clases teóricas y/o la entrega de trabajos escritos parciales o un trabajo escrito final como producto del cursado. En caso que el alumno no alcanzare a lograr las condiciones estipuladas por la cátedra será considerado alumno regular o libre de acuerdo a lo que correspondiere.

Artículo 10: Para optar por la categoría de alumno regular de promoción se deberá contar con las materias correlativas anteriores correspondientes, regularizadas al inicio del cursado, y aprobadas antes de la finalización del mismo, según calendario académico.

Artículo 11: El régimen de regularización establecido en los artículos anteriores involucra a todas las materias curriculares que se dictan en esta Facultad, a excepción de las correspondientes a las prácticas pre-profesionales, y pasantías, que se rigen por su propio reglamento. Los seminarios, por su parte, sólo podrán cursarse teniendo aprobadas las materias correlativas anteriores, y requieren un mínimo de asistencia, correspondiente al 75% de las clases y la realización satisfactoria de un trabajo final. Para aquellas asignaturas que adopten la modalidad de dictado de taller, asimiladas a los requerimientos de las materias promocionales con o sin examen, será sancionada una norma ad hoc.

Artículo 12: Los alumnos que hubieran cumplido los requisitos expuestos en el Art. 5 y los subsiguientes podrán rendir el examen final en cualquiera de los turnos fijados por el calendario académico, advirtiendo que la condición de alumno regular, en sentido estricto, será mantenida durante tres años calendario a partir del 1º de enero posterior a la finalización del curso de las materias anuales y cuatrimestrales del 2do. cuatrimestre y a partir del 1º de septiembre posterior a la finalización del curso de las materias cuatrimestrales del 1er. cuatrimestre. El alumno rendirá con el programa que haya cursado y regularizado.

DE LOS ALUMNOS LIBRES

Artículo 13: Los alumnos que no cumplimentaren los requisitos de regularización serán considerados alumnos libres, como así también todos aquellos que no se hubieran inscripto a los cursos correspondientes, pero que estén matriculados y reempadronados en la respectiva carrera.

Artículo 14: El examen del alumno libre se realizará en forma individual y consistirá en un trabajo escrito quedando a criterio de la cátedra si es necesaria una exposición oral ampliatoria. La no aprobación de la instancia escrita será eliminatoria. A criterio de la cátedra se podrá reemplazar la instancia escrita por la presentación de una monografía entregada con anterioridad a la fecha del examen.

DE LOS ALUMNOS OYENTES

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Artículo 15: Serán considerados alumnos oyentes todas aquellas personas que, tras solicitud previa explícita a la cátedra respectiva, fueren autorizados a cursar las diferentes carreras, sin haber efectuado los trámites de inscripción como alumno de la Facultad.

Artículo 16: Las instancias evaluativas aprobadas por alumnos oyentes no darán derecho a reclamos de regularización o promoción.

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30 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 17: Cada cátedra deberá presentar los listados con la condición de los alumnos en la fecha fijada por el Calendario Académico y en las planillas originales entregadas por alumnado a tal efecto. El docente deberá colocar claramente la condición alcanzada por el alumno: regular, libre o promocional.

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Reglamento de Exámenes (Resolución CD Nº 0677/04)

DE LAS CATEGORÍAS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 1: A los efectos de este Reglamento los estudiantes serán incluidos en una de las siguientes categorías: alumno regular, libre, oyente o promocional. Cada cátedra deberá presentar los listados en la fecha fijada por el Calendario Académico, clasificados según esas categorías. En el caso de los alumnos promocionales, hará constar la calificación correspondiente. a) Serán estudiantes regulares aquellos que estando matriculados y empadronados en cualquiera de las carreras que se dictan en esta Facultad, y habiéndose inscripto en los cursos, cumplieran con los requisitos establecidos, para adquirir tal condición, por el Reglamento de Cursado de Asignaturas vigente. b) Serán estudiantes libres aquellos que estando matriculados/empadronados en cualquiera de las carreras que se dictan en esta Facultad y, habiéndose inscripto en los cursos, no cumplieran con los requisitos de regularización o de promoción establecidos, como así también todos aquellos que no se hubieren inscripto en los mismos. c) Serán estudiantes oyentes aquellas personas que soliciten y se les permita cursar y rendir materias de las carreras, una vez efectuados los trámites de inscripción como tales en el Departamento Registro Alumnos. Los exámenes rendidos por alumnos oyentes no darán derecho a título universitario alguno.

DE LOS TRÁMITES DE INSCRIPCIÓN

Artículo 2: A los efectos de su presentación a exámenes, los estudiantes deberán inscribirse en el Departamento Registro de Alumnos en las fechas y plazos fijados oportunamente. En todos los casos y cualquiera sea el sistema de inscripción por el que cada estudiante opte, deberá hacer constar su apellido y nombres, la asignatura en la cual solicita la inscripción, la condición en la que se inscribe, número de legajo y/o número de documento y fecha. En los casos que correspondiera el Departamento Registro de Alumnos extenderá una constancia.

Artículo 3: La Facultad ofrecerá a los estudiantes -cualquiera sea su condición- diversos mecanismos para su inscripción a las Mesas Examinadoras. Asimismo, garantizará que esos sistemas no requieran la tramitación personal, pudiendo ser realizados por terceras personas munidas de la información necesaria por otras vías que no impliquen la presencia física de los interesados. En todos los casos y sin excepción serán respetados los plazos establecidos en el Calendario Académico para cada uno de los turnos, llamados a exámenes y mecanismos de inscripción.

Artículo 4: Cerrada la inscripción a exámenes, una vez que se hubiere verificado que el estudiante se halla en condiciones reglamentarias para ser examinado en las asignaturas que solicita, se lo inscribirá y asentará en las actas correspondientes. El Departamento Registro de Alumnos elaborará actas separadas de exámenes para los alumnos libres, regulares y oyentes en cada asignatura, en las mismas deberá constar el número de legajo de cada uno de ellos.

Artículo 5: Los estudiantes ingresantes a la Facultad podrán rendir a partir del turno de julio.

DE LA CONSTITUCIÓN Y OBLIGACIONES DE LAS MESAS EXAMINADORAS

Artículo 6: El Consejo Directivo de la Facultad fijará anualmente el Calendario Académico estableciendo los turnos y llamados ordinarios de exámenes. Las fechas establecidas en ese Calendario Académico no serán modificadas salvo caso de fuerza mayor y por resolución expresa del Decano ad referéndum del Consejo Directivo.

Artículo 7: En caso de suspensión de una mesa de examen, cualquiera sea el motivo que la ocasionara, deberá reunirse dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la suspensión.

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Artículo 8: La Mesa de Examen se constituirá con profesores (Titulares, Asociados o Adjuntos), y con Jefes de Trabajos Prácticos de la materia a examinar y/o de materias afines. La Mesa será presidida por un profesor titular, asociado o adjunto. Con la debida anticipación el Decano constituirá las mesas examinadoras con, por lo menos, dos miembros titulares y un miembro suplente y notificará a los integrantes dicha designación. El miembro suplente quedará a disposición de la Facultad, y deberá hacerse presente en caso de faltar alguno de los titulares, en los días y horas en que se reúna la mesa, pudiendo ser citado telefónicamente. En sitio visible y accesible se publicará el horario y nómina de los integrantes de las mesas examinadoras para conocimiento de los estudiantes.

Artículo 9: Los docentes tienen la obligación de integrar las mesas examinadoras para las cuales fueron designados, debiendo constituirse indefectiblemente en el día y hora fijado en la respectiva resolución. Cuando uno de los miembros de la mesa no pudiera asistir a un examen deberá avisar a Secretaría Académica, por lo menos 24 horas antes de la iniciación del mismo. La justificación de la inasistencia se ajustará al régimen respectivo. En caso de 2 (dos) faltas injustificadas, el Decano dará cuenta al Consejo Directivo, que decidirá las sanciones a aplicar de acuerdo con el Estatuto vigente en la Universidad Nacional de Rosario. Además se dejará constancia en el legajo personal respectivo de toda inasistencia a mesas de exámenes.

Artículo 10: La mesa de examen podrá ser desdoblada, a criterio de su presidente, en más de un tribunal examinador. Estos deberán constituirse con, por lo menos, dos miembros, uno de los cuales, al menos deberá ser profesor.

Artículo 11: Los miembros de la mesa examinadora no podrán retirarse sin haber firmado previamente las actas respectivas. El presidente de la mesa deberá retirar y entregar personalmente, en Bedelía, el acta de examen y las actas oficiales de examen.

DE LAS MESAS ESPECIALES Y LIBREMENTE PAUTADAS

Artículo 12: Se establecerá un sistema alternativo de mesas de exámenes obligatorias, especiales o libremente pautadas, entre docentes y alumnos regulares y libres, para las materias de los ciclos superiores de las Carreras de Ciencia Política, Relaciones Internacionales, Comunicación Social y Trabajo Social.

Artículo 13: Se establecerán dos mesas de exámenes obligatorias en los turnos de marzo y diciembre y una en el turno de julio, para todas las materias del Ciclo Superior.

Artículo 14: Se concederá, a petición del estudiante, una mesa examinadora especial cuando le restare aprobar 2 (dos) asignaturas del Plan de Estudio de la carrera. La fecha de dicha mesa deberá estar comprendida en el período de actividad académica. El pedido respectivo deberá presentarse por nota dirigida a Secretaría Estudiantil a través de Mesa de Entradas con una antelación no menor de 15 (quince) días corridos anteriores a la fecha solicitada.

Artículo 15: Las mesas de examen libremente pautadas se organizarán a pedido de un mínimo de tres estudiantes con el consentimiento del docente Titular de la cátedra. Las mismas podrán establecerse en cualquier día hábil del año exceptuando los períodos de receso de la actividad académica. A tal efecto la cantidad de mesas libremente pautadas sumadas a las obligatorias no podrán ser menor al número total de mesas fijadas por el Calendario Académico. En caso de haberse cumplido la cantidad prevista en dicho Calendario, la fijación de mesas adicionales quedará sujeta al criterio de la cátedra.

Artículo 16: Para facilitar la organización de las mesas libremente pautadas la Secretaría Estudiantil tendrá abierto un registro permanente de solicitudes a tal efecto y coordinará con los docentes de las respectivas cátedras la constitución de aquellas. La fecha de dichas mesas se

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fijará dentro de los treinta días corridos del pedido estudiantil. En todos los casos, las fechas de exámenes deberán publicarse en lugar visible inmediatamente después de organizadas.

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO Y CONTROL

Artículo 17: Los estudiantes inscriptos serán convocados según el orden del acta, a la hora fijada para el comienzo de examen. Los alumnos que no hubieran dado su presente después de transcurrida media hora de la apertura de la mesa serán considerados ausentes y en tal condición serán registrados en el acta.

Artículo 18: El estudiante deberá entregar su libreta universitaria en el momento de presentarse frente a la Mesa de Examen o, en su defecto, acreditar su identidad con documento identificatorio.

Artículo 19: Los estudiantes que no figurasen en el acta de examen serán incorporados en un acta complementaria elaborada por el Departamento de Alumnado, previa comprobación de la causa que motivó el error u omisión. Sin estas actas complementarias no podrá ser examinado.

Artículo 20: La Mesa Examinadora, después de examinado cada estudiante, acordará la calificación que le corresponda. Hecho esto, el presidente la sentará en el acta de examen, de su puño y letra. Si se hubiere incurrido en error deberá ser salvado antes de suscribirse el acta con la firma de todos los integrantes. En caso de omisión u error advertido con posterioridad, las enmiendas serán dispuestas por el Decano.

Artículo 21: Siendo el acta de examen el documento legal y público de las calificaciones, en caso de discordancia entre las calificaciones asentadas en las mismas y en otros documentos, sólo serán válidas las que figuran en el acta original. Con las actas de exámenes se confeccionará un libro encuadernado y foliado, debiendo ir selladas y rubricadas todas sus hojas por el Secretario Administrativo, quien dejará constancia en el mismo libro del número de folios que contiene y la fecha de su sellado y rúbrica.

DE LAS MODALIDADES DE EXAMEN

Artículo 22: Los exámenes serán públicos y tomados sobre la base de los programas oficiales que correspondan a la condición de los estudiantes examinados.

Artículo 23: Los alumnos que hubiesen regularizado materias, deberán rendir éstas de acuerdo a los programas utilizados en el momento del dictado del curso. Los alumnos libres deberán rendir con el programa que estuviera vigente al momento del examen, excepto si el mismo hubiere sido modificado con posterioridad al turno de examen inmediato anterior al que se presentare a rendir el estudiante. Igualmente, el alumno se reservará el derecho a rendir de acuerdo al nuevo programa.

Artículo 24: Es condición esencial de los exámenes la evaluación íntegra de la asignatura. Aún cuando durante el período lectivo no se desarrollara la totalidad de los contenidos, se exigirá al alumno el conocimiento completo del programa oficial con el que le corresponde rendir. Se considerarán programas oficiales los presentados anualmente por las cátedras, una vez aprobado en el Consejo Directivo.

Artículo 25: Cada cátedra podrá optar por la modalidad de examen escrito u oral según considere conveniente. Dicha modalidad deberá constar en el programa oficial de la asignatura.

Artículo 26: Las calificaciones de los estudiantes son siempre de carácter individual. Los alumnos regulares podrán rendir en forma individual o grupal. Los alumnos libres deberán hacerlo en forma individual. En carácter excepcional con el acuerdo del profesor titular de la cátedra, los alumnos libres pueden acceder a la modalidad grupal. En todos los casos el número de alumnos para constituir el grupo no podrá ser mayor a 3 (tres).

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Artículo 27: Las notas de los exámenes escritos deberán ser publicadas en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles. Los exámenes escritos quedarán debidamente archivados durante 1 (un) año académico y estarán a disposición de los alumnos para su conocimiento, hasta un máximo de 30 (treinta) días desde el momento de la publicación de las notas.

Artículo 28: Los estudiantes tienen total libertad para la expresión de sus ideas debidamente fundadas y para sustentar posiciones científicas contrarias a la cátedra.

Artículo 29: En caso de exámenes orales todos los integrantes del tribunal tienen derecho a interrogar al estudiante, correspondiendo la dirección del examen al profesor presente, quien determinará además, el tiempo de duración del mismo.

Artículo 30: El tribunal, deliberando en privado, considerará los exámenes rendidos y los calificará de acuerdo con la escala de calificaciones vigente en el marco de la U.N.R. Si el estudiante inscripto no se presentara a rendir, en lugar de la calificación en la columna respectiva deberá consignarse ausente.

DE LAS SANCIONES, INHIBICIONES Y RECUSACIONES

Artículo 31: Un estudiante que abandonase un examen cuando este se haya iniciado formalmente, será calificado como reprobado o insuficiente, según lo resuelva el tribunal de examen. Se entenderá como situación formal del examen el haber presentado su libreta ante el tribunal.

Artículo 32: Será responsabilidad de la Mesa Examinadora vigilar el desarrollo del examen. El estudiante que fuere encontrando copiando o intentando hacerlo, de inmediato será reprobado y su situación elevada a la consideración del Consejo Directivo, quien decidirá las sanciones correspondientes, de acuerdo a la normativa vigente en la Universidad Nacional de Rosario. Igual sanción corresponderá al estudiante que sustituyere a otro en el acto del examen siendo extensiva al estudiante sustituido.

Artículo 33: En los casos que se indican en el artículo precedente, la aplicación de las medidas compete al Consejo Directivo previa substanciación de sumario en el que serán oídos los imputados. De las sanciones aplicadas se dejará constancia en las certificaciones que se expidan al estudiante.

Artículo 34: Podrá ser recurrido uno o todos los miembros de una mesa de examen con expresión concreta de causa. La recusación deberá ser presentada mediante nota dirigida al Decano hasta 3 (tres) días antes del fijado para dar comienzo al llamado correspondiente. Sólo se considerarán causas válidas de recusación las que se funden en enemistad manifiesta del recusado con el estudiante, o con sus familiares directos. Dichas causas serán apreciadas y resueltas por el Decano, recabando previamente todos los datos y elementos de juicio que se consideren necesarios. La decisión del Decano podrá ser apelada al Consejo Directivo.

Artículo 35: Todos los miembros de la Mesa de Examen, parientes del examinado, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, estarán obligados a inhibirse de participar del interrogatorio, así como la discusión de la calificación del estudiante examinado. En tal caso deberá confeccionarse acta separada, en la que se dejará constancia de la causa. El miembro que se inhibirá deberá hacerlo saber previa y oportunamente al Decano, para que se designe sustituto al efecto.

Artículo 36: Cuando el funcionamiento de la Mesa de Examen estuviere alterado por graves irregularidades el Decano o autoridad competente podrá interrumpir la misma y disponer su reanudación en próxima fecha de acuerdo al artículo 7 del presente reglamento. En caso que las causales lo habilitaran el Decano deberá disponer por resolución fundada, la intervención de la misma. A estos efectos la Mesa de Examen será presidida por el Decano. En caso de imposibilidad

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de hacerlo, éste designará un profesor, quien ajustará su desempeño a las instrucciones del Decano.

DE LOS EXÁMENES DE REVALIDA

Artículo 37: Para los exámenes de reválida de diplomas extranjeros, las mesas examinadoras conformarán su actuación a los procedimientos generales establecidos en la presente reglamentación y a las normas especiales que, a tal efecto, rijan en la Universidad o en la Facultad.

Artículo 38: La calificación de los exámenes de reválida se limitará a decidir si el examen se aprueba o no.

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