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Grupo Funcional Desarrollo Social 1 Instituto Nacional de Antropología e Historia Programa Nacional de Becas Auditoría de Desempeño: 2017-5-48D00-07-0289-2018 289-DS Criterios de Selección La revisión permitiría emitir un pronunciamiento sobre la gestión del INAH en el otorgamiento de becas, su contribución en asegurar mayor cobertura, y que fomentó la permanencia, el egreso escolar y la continuación de estudios de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en sus niveles educativos. Objetivo Fiscalizar que el otorgamiento de becas contribuyó a asegurar mayor cobertura de estudiantes y que fomentó la permanencia y egreso de estudios de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en sus niveles educativos. Consideraciones para el seguimiento Los resultados, observaciones y acciones contenidos en el presente informe individual de auditoría se comunicarán a la entidad fiscalizada, en términos de los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 39 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para que en un plazo de 30 días hábiles presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes. En tal virtud, las recomendaciones y acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información y consideraciones que en su caso proporcione la entidad fiscalizada, podrán confirmarse, solventarse, aclararse o modificarse. Alcance La auditoría comprendió el análisis de los resultados del ejercicio 2017 del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia, en cuanto al proceso para otorgar becas a estudiantes del instituto; economía de los recursos, su diseño; la cobertura; la permanencia; el egreso; los Objetivos de Desarrollo Sostenible; la satisfacción del cliente-ciudadano, y los mecanismos de evaluación, seguimiento y control. La auditoría se realizó de conformidad con la normativa aplicable a la Fiscalización de la Cuenta Pública para asegurar el logro del objetivo y el alcance establecidos. En el desarrollo de la auditoría, no en todos los casos, los datos proporcionados por el ente fiscalizado fueron

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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Instituto Nacional de Antropología e Historia

Programa Nacional de Becas

Auditoría de Desempeño: 2017-5-48D00-07-0289-2018

289-DS

Criterios de Selección

La revisión permitiría emitir un pronunciamiento sobre la gestión del INAH en el otorgamiento de becas, su contribución en asegurar mayor cobertura, y que fomentó la permanencia, el egreso escolar y la continuación de estudios de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en sus niveles educativos.

Objetivo

Fiscalizar que el otorgamiento de becas contribuyó a asegurar mayor cobertura de estudiantes y que fomentó la permanencia y egreso de estudios de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en sus niveles educativos.

Consideraciones para el seguimiento

Los resultados, observaciones y acciones contenidos en el presente informe individual de auditoría se comunicarán a la entidad fiscalizada, en términos de los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 39 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para que en un plazo de 30 días hábiles presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes.

En tal virtud, las recomendaciones y acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información y consideraciones que en su caso proporcione la entidad fiscalizada, podrán confirmarse, solventarse, aclararse o modificarse.

Alcance

La auditoría comprendió el análisis de los resultados del ejercicio 2017 del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia, en cuanto al proceso para otorgar becas a estudiantes del instituto; economía de los recursos, su diseño; la cobertura; la permanencia; el egreso; los Objetivos de Desarrollo Sostenible; la satisfacción del cliente-ciudadano, y los mecanismos de evaluación, seguimiento y control.

La auditoría se realizó de conformidad con la normativa aplicable a la Fiscalización de la Cuenta Pública para asegurar el logro del objetivo y el alcance establecidos. En el desarrollo de la auditoría, no en todos los casos, los datos proporcionados por el ente fiscalizado fueron

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suficientes, de calidad, confiables y consistentes, lo cual se expresó en la opinión de la Auditoría Superior de la Federación, respecto del cumplimiento de objetivos y metas del “Programa Nacional de Becas”.

Antecedentes

Mediante la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de febrero de 1939, se instauró el INAH como responsable de la preservación del patrimonio cultural. Las funciones se realizan mediante una estructura que se compone de una Secretaría Técnica, responsable de supervisar la realización de sus labores sustantivas, cuyas tareas se llevan a cabo por medio de siete coordinaciones nacionales y 31 centros regionales distribuidos en los estados del país.

Las labores académicas se complementan con la formación de profesionales en las escuelas superiores del Instituto, como son las escuelas nacionales de Antropología e Historia y de Conservación y Restauración, con sede en la Ciudad de México, y de Antropología del Norte de México, en Chihuahua.

En la última reforma de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia publicada en el DOF, el 17 de diciembre de 2015, en el artículo 2º, fracción XVIII, se establece que el instituto impartirá enseñanza en las áreas de antropología e historia, conservación, restauración y museografía, en los niveles de técnico-profesional, profesional, de posgrado y de extensión educativa, y acreditará estudios para la expedición de los títulos y grados correspondientes.

En el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 se señaló que “aun con los avances que se registran en la expansión y diversidad del Sistema Educativo Nacional, persistían retos que requerían una revisión profunda de las políticas educativas y de la organización del sistema. Asimismo, hasta el ciclo escolar 2012-2013, la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) mediante el Programa de Becas de Educación Media Superior (PROBEMS), operó con tres modalidades de becas: 1) apoyo, 2) retención y 3) excelencia. Las becas consistían en un recurso económico cuyo monto variaba según el promedio, grado escolar y sexo del estudiante; en 2012 el programa logró apoyar a 324,652 alumnos inscritos en la educación media superior, esta cifra abarcó a cerca del 9.0% de alumnos de la educación media superior que provienen de hogares por debajo de la línea de pobreza patrimonial, establecido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).1/

Frente a la problemática de abandono escolar, en 2013, la SEMS implementó el Movimiento contra el Abandono Escolar, como una iniciativa orientada a favorecer la culminación del trayecto escolar de los estudiantes. Fue una estrategia integral de carácter nacional que involucró la participación conjunta y coordinada de autoridades educativas, federales y estatales, directivos de planteles, docentes, padres de familia, estudiantes y sociedad en

1/ Secretaría de Educación Pública, Diagnóstico S243 Programa Nacional de Becas, 2014. pp. 19 y 20.

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general, para lograr mayor permanencia y favorecer la conclusión de los estudios de nivel medio superior.

En el ciclo escolar 2013-2014, con el objetivo de reducir los niveles de deserción, se implementó el Programa de Becas Contra el Abandono Escolar. A diferencia de los programas mencionados, el programa –en conjunto con el Movimiento contra el Abandono-, se caracterizó por atacar el problema desde los tres ámbitos siguientes:

1) Académico, mediante tutorías escolares, fortalecimiento del desempeño docente y seguimiento sistemático de los estudiantes y los beneficiarios.

2) Psicosocial, mediante orientación para la formulación de un proyecto de vida, cercanía con los estudiantes con baja/nula asistencia y sus padres de familia.

3) Socioeconómico, mediante el otorgamiento de un recurso económico.

En 2014, a fin de atender los requerimientos de la población que buscaba acceder, permanecer y concluir con sus estudios, el sector educativo dispuso de un sólo programa de becas denominado “Programa Nacional de Becas” (PNB), el cual estuvo sujeto a reglas de operación, donde se coordinó la asignación de recursos a 19 unidades responsables que contaban con becas para poblaciones objetivo y tipos educativos diferentes, que incluían como órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública, al INAH.

El propósito del PNB fue coadyuvar a fortalecer la calidad y pertinencia de la educación en el desarrollo de México, a fin de identificar oportunamente a las poblaciones excluidas del sistema educativo o en mayor riesgo de abandonarlo, y asegurar que las personas que requieran del recurso económico realmente lo recibieran.

En 2015, con la finalidad de continuar apoyando el acceso, permanencia y conclusión de estudios, el PNB se convirtió en el instrumento para definir la política pública sobre las becas en el sector educativo, clasificando los recursos económicos conforme a la población objetivo (estudiantes, recién egresados, personal académico y profesores investigadores).2/

En ese mismo año, la SEMS realizó un estudio para actualizar el análisis de los factores asociados al truncamiento de la trayectoria educativa en este nivel escolar y para examinar la implementación del “Movimiento contra el Abandono Escolar”. La tasa de abandono observada en la muestra fue de 9.6%, los principales motivos enunciados por los alumnos fueron: por problemas económicos o haber reprobado materias, la asignación de un turno distinto al deseado, la ubicación de la escuela y la presencia de un embarazo o haber sido

2/ Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas 2015, publicadas en el Diario Oficial del 30 de diciembre de 2014.

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molestados por compañeros. De los alumnos abandonantes contactados, el 73.0% señaló que ha pensado en volver a inscribirse alguna vez.3/

En 2015, en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,4/ mediante el cual se creó la Secretaría de Cultura (SC), se indicó la adición del artículo 41 Bis, que señala que a la SC le corresponde el despacho, entre otros, del asunto siguiente:

IV. Coordinar, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, las acciones que realizan las unidades administrativas e instituciones públicas pertenecientes a la Administración Pública Federal centralizada y paraestatal en materias de:

a) (…), educación profesional, artística y literaria, (…) de las bellas artes en las ramas de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas y la danza, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura.

XV. Otorgar becas para que los estudiantes de nacionalidad mexicana para que puedan (…) completar ciclos de estudios relacionados con las artes (…).

En 2016, el PNB operaba mediante 19 instancias ejecutoras5/ que incluían a organismos del sector central pertenecientes a la Secretaría de Educación Pública (SEP), órganos desconcentrados, organismos descentralizados y universidades públicas federales. En 2017 el número de instancias ejecutoras se redujo a 17, por la creación del Programa Nacional de Becas para estudiantes y recién egresados del INAH e INBA, manejado por la Secretaría de Cultura.

El grupo auditor identificó que el presupuesto aprobado en 2017 para el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, fue por 13,154.3 miles de pesos (al INAH por 9,200.7 miles de pesos), superior en 3.0% respecto de los 12,771.2 miles de pesos, que en conjunto, se asignaron en

3/ Secretaría de Educación Pública, Análisis del Movimiento contra el Abandono Escolar en la Educación Media Superior, agosto de 2015. pp. 7 y 38.

4/ Diario Oficial de la Federación del 17 de diciembre de 2015.

5/ Seis unidades administrativas del sector central de la SEP: Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (SEB/DGEI), Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI), Subsecretaría de Educación Superior (SES), Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) y Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI).

Cuatro órganos desconcentrados: Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA), Instituto Politécnico Nacional (IPN) y Universidad Pedagógica Nacional (UPN).

Cinco organismos descentralizados: Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI), Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN (CINVESTAV), Consejo Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP), Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del IPN (COFAA-IPN) y Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)

Cuatro universidades públicas federales: El Colegio de México (COLMEX), Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN), Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) y Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

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2016 a esos dos institutos, lo que generó un incremento de los subsidios por 383.1 miles de pesos.

Conforme al Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2017, el Pp S243 pretende ampliar las oportunidades de permanencia, incentivando a alumnos en situación de vulnerabilidad económica, así como brindando reconocimiento a aquéllos con un desempeño académico destacado. Para ese año, se estableció el objetivo general de “contribuir a asegurar mayor cobertura, (…) mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de las escuelas (…) de investigación antropológica e histórica, y de conservación y restauración del INAH”, así como los objetivos específicos siguientes:

• “Otorgar becas a estudiantes de educación superior para fomentar el ingreso, permanencia y egreso a estudiantes de las escuelas del INAH.

• ”Reducir las brechas de desigualdad en la permanencia, el egreso y la continuación de los estudios de todos los tipos educativos que ofrecen el INAH (…)”.

Las convocatorias emitidas en las Reglas de Operación 2017 del Pp S243 fueron orientadas al INAH para educación artística y cultural de la forma siguiente:

Instituto Educación Nombre de la beca

INAH • Superior

1. Beca o Apoyo para la Titulación 2. Apoyo al Estudio 3. Apoyo Académico 4. Desempeño Académico

El INAH y la Secretaría de Educación Pública (SEP), el 6 de julio de 2017, suscribieron el Convenio General de Colaboración Académica, Científica y Cultural, en cuya Cláusula Primera, se señala que el Objeto del convenio “es el establecimiento de compromisos institucionales entre las partes a efecto de sumar esfuerzos, recursos y capacidades en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en la materia, para establecer las bases mediante las cuales llevarán a cabo la organización y desarrollo de las actividades conjuntas de investigación, acciones científicas, culturales y de difusión de interés para las partes”. Las becas fueron las siguientes:

Instituto Educación Nombre de la beca

INAH • Superior 1. Manutención 2. Apoya tu Transporte

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Resultados

1. Diseño del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”

Se verificó que el INAH, aun cuando en la elaboración del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2017, incluyó los 10 elementos característicos de los subsidios para la operación del Pp S243, “Programa Nacional de Becas”, presentó deficiencias que afectaron su operación, mismas que no garantizaron que los subsidios se sujetaron a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad, ya que no cumplió con el 90.0% (9) de los elementos característicos de los subsidos, relativos a: I. identificar con precisión a la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II. prever montos máximos por beneficiario y por porcentaje del costo total del programa; III. procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros; IV. garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo y asegurar que el mecanismo de distribución, operación y administración facilite la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación; así como evitar que se destinen recursos a una administración costosa y excesiva; V. incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; VII. asegurar la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar duplicación en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos; VIII. prever la temporalidad en su otorgamiento; IX. procurar que sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden y X. reportar su ejercicio en los informes trimestrales, ya que no se ajustó a la norma en materia de subsidios, lo que demostró un mal diseño de la política pública para el otorgamiento de becas.

2017-5-48D00-07-0289-07-001 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia analice y modifique el diseño del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" con el propósito de que cumpla con los elementos característicos de los subsidios establecidos en las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX y X, del artículo 75, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y, con base en ello, garantice que los subsidios se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad, y las Reglas de Operación del programa sean un mecanismo de selección o asignación, con reglas claras y consistentes con los objetivos de la política pública del programa, en términos de los artículos 2, fracción XLV, 77, fracción II, inciso b, subinciso ii y 75, párrafo primero, fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX y X, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

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2. Atención de la población objetivo del Pp S243

En 2017, el INAH no contó con la cuantificación de las poblaciones potencial, objetivo y atendida del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” y, aun cuando dispuso de la correspondiente a dos (ENCRyM y ENAHNM) de las tres unidades académicas, no se incorporaron los elementos para distinguir a los alumnos que presentaban condiciones de vulnerabilidad económica 6 / ni excelencia académica, ni los estudiantes regulares de las escuelas de INAH, específicamente en el nivel superior, por lo que la entidad no acreditó el grado de atención de la población potencial ni de la objetivo, ni dispuso de las explicaciones correspondientes; lo que evidenció que no contó con información útil y oportuna para el logro de los objetivos institucionales, ni estableció mecanismos que aseguraran que la información contara con los elementos de calidad suficientes y que los sistemas de información y comunicación se diseñaron e instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, para determinar si se están cumpliendo las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos, relacionados con la atención de la población objetivo.

2017-5-48D00-07-0289-07-002 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia elabore un diagnóstico y una metodología para identificar y cuantificar con precisión a la población potencial y objetivo del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" y se asegure que se integren por alumnos que cumplan con las características establecidas en las reglas de operación vigentes, a fin de contar con un parámetro de medición del grado de atención del problema público y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de lo que se establezca en las Reglas de Operación del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-003 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente los criterios de vulnerabilidad económica, desempeño académico, alumno regular y reciente egreso en la población potencial, objetivo y atendida, a fin de que se atienda a la población para la cual fue creado el programa, en los términos de las Reglas de Operación del "Programa Nacional de Becas" de ejercicios fiscales subsecuentes, e informe y acredite ante la Auditoría Superior

6/ El concepto de vulnerabilidad se aplica a aquellos grupos de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil y origen étnico se encuentran en condición de riesgo que les impide incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar. Plan Nacional de Desarrollo, “Grupos Vulnerables”.

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de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

3. Atención de la estrategia nacional de incentivar a los alumnos en situación de vulnerabilidad económica y con un desempeño académico destacado

En 2017, el INAH contó con las Reglas de Operación del Pp S243 y con el “Convenio de Coordinación” SEP-INAH, para ofrecer seis modalidades de becas, con las cuales atendió, con tres convocatorias (“Beca de Apoyo Académico”, “Manutención” y “Apoya tu Transporte”) la estrategia del Gobierno Federal de incentivar a alumnos en situación de vulnerabilidad económica, establecida en el PND 2013-2018, el PECA 2014-2018 y el PSE 2013-2018, debido a que se incluyeron como requisitos la valoración de la situación socioeconómica de los alumnos. Sin embargo, con las otras tres modalidades (“Beca o Apoyo para la Titulación”, “Beca de Apoyo al Estudio” y “Beca al Desempeño Académico”) únicamente se benefició a alumnos con un desempeño académico destacado, lo que demostró que no contó con información relevante que le permitiera determinar el logro de objetivos institucionales.

2017-5-48D00-07-0289-07-004 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un mecanismo de control para asegurar que en las convocatorias de las modalidades de becas que se otorguen con el Programa presupuestario S243 "Programa Nacional de Becas", se incluyan los requisitos y criterios de asignación que se consideren en la planeación de mediano plazo, a fin de atender la estrategia que el Gobierno Federal establezca y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación de calidad y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en cumplimiento de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes y el numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

4. Emisión, gestión y difusión de convocatorias

En 2017, de las cuatro modalidades de becas, reguladas por las reglas de operación del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, el INAH informó que se emitieron 12 convocatorias; de éstas sólo seis fueron acreditadas (cuatro de la ENCRyM, una de la ENAH y otra en la ENAHNM), sin que se explicaran las causas correspondientes. De las 12 convocatorias emitidas en el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, aun cuando dispuso de la evidencia para gestionar la difusión de seis, correspondientes a la ENCRyM, no demostró contar con la gestión de las otras seis de la ENAH y la ENAHNM. En relación con la difusión de las 12 convocatorias reguladas por el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, el INAH no evidenció la difusión de seis, la falta de información demostró que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios

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de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de la emisión, gestión y difusión de convocatorias del programa.

2017-5-48D00-07-0289-07-005 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia establezca un mecanismo de control para emitir, gestionar y difundir las convocatorias del Programa Presupuestario S243 "Programa Nacional de Becas", que aplique en las tres unidades académicas del instituto, a fin de contar con medios confiables para la difusión de los apoyos y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes y el numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

5. Presentación, recepción y verificación de solicitudes para el otorgamiento de becas

En 2017, el INAH reportó en sus bases de datos haber recibido 80 solicitudes de becas de las modalidades de “Desempeño Académico”, “Apoyo Académico”, “Apoyo a la Titulación” y “Apoyo al Estudio”, y señaló que aprobó 478 solicitudes, 398 más que las recibidas; también que el 0.8% (4 solicitudes) fueron denegadas, de las cuales dos fueron rechazadas porque no contaron con la documentación requerida en las convocatorias, y de las otras dos no se informó de la causa del rechazo. Tampoco se dispuso de la información de las solicitudes de beca recibidas de las modalidades de “Manutención” y “Apoya Tu Transporte” de ninguna unidad académica, demostró que el instituto no contó con mecanismos para asegurar que la información contó con los elementos de calidad suficientes, ni que sus sistemas de información y comunicación, fueron diseñados e instrumentados bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, que permitan determinar si se están cumpliendo las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos, relacionados con la presentación, recepción y verificación de solicitudes del PP S243.

2017-5-48D00-07-0289-07-006 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un sistema que permita presentar, recibir y verificar las solicitudes de becas del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de que los aspirantes que cumplan con todos los requisitos sean los que obtengan la beca y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en los términos de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de

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Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

6. Confronta del padrón de beneficiarios del programa S243

En 2017, el INAH no gestionó la confronta de su padrón de beneficiarios de las seis modalidades de becas del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, con la SEP y otras dependencias del Gobierno Federal que otorgan los mismos apoyos, lo que evidenció que el instituto no verificó si los 939 alumnos beneficiarios del programa, se contraponían, afectaban o duplicaban con otros programas y acciones del Ejecutivo Federal, si gozaban de becas simultáneas, o se encontraron duplicados, si se dieron de baja de la beca de menor beneficio económico y fueron notificados por la instancia ejecutora de la beca; asimismo, reveló que no contó con sistemas de información y comunicación diseñados e instrumentados bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, así como con mecanismos de actualización permanente y difusión eficaz, que permitan determinar si se están cumpliendo las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos relativos a la confronta de su padrón de beneficiarios del programa.

2017-5-48D00-07-0289-07-007 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia gestione formalmente con la SEP, y con otras dependencias del Gobierno Federal, la confronta de su padrón de beneficiarios del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de ejercicios fiscales subsecuentes, a fin de verificar que los apoyos otorgados no se contraponen, afectan ni presentan duplicidades con otros programas y acciones, ni que se encuentran duplicados y, en su caso, si se presentaran dichos aspectos, se de baja la beca de menor beneficio económico y se notifique por la instancia ejecutora y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas" de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

7. Validación de las solicitudes, selección de candidatos y verificación del cumplimiento de requisitos por parte de los comités de becas

En 2017, el INAH acreditó la instalación de dos de los tres comités de becas7/ que debió instalar; asimismo, sólo dispuso de una acta de verificación y selección de beneficiarios,

7/ El comité de becas está conformado por un presidente, el cual es representado por el director del plantel educativo; por un secretario académico o algún funcionario de la escuela; por un primer vocal, el cual será el jefe de control escolar o el subdirector de la división de licenciaturas del INAH; un segundo y tercer vocal docente, que serán docentes en activo de la escuela. El Comité de Becas en cada escuela será responsable de: a) Analizar las solicitudes

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correspondiente a la ENCRyM, en la cual reportó haber seleccionado el 5.5% (52) de los 939 beneficiarios del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, reportados en la Cuenta Pública 2017, lo que demostró que el instituto no dispuso de evidencia que acreditara que analizó el 95.5% (887) de las solicitudes registradas, el cumplimiento de los requisitos, que aplicó los criterios de selección para dictaminar su aprobación, que los expedientes de los candidatos a becarios fueron debidamente integrados con solicitudes completas, legibles y firmadas, que contó con documentación perfectamente legible, que preparó y suscribió las acta del proceso de selección de becarios, como se establece en el numeral 3.6.3. “Comités de Becas”, incisos a, c y d, las Reglas de Operación del Pp S243, y tampoco aseguró la información y comunicación relevantes para el logro de los objetivos institucionales, ni estableció mecanismos que aseguren que la información relevante cuenta con los elementos de calidad suficientes ni que los sistemas de información y comunicación se diseñaron e instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, que permitieran determinar si se están cumpliendo las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos para la conformación de los comités de becas.

Por lo que respecta a los 52 expedientes que remitió el ENCRyM, se verificó que ninguno cumplió con el total de los requisitos establecidos en las reglas de operación, lo que evidenció que el instituto no contó con la información y comunicación relevantes para el logro de los objetivos institucionales, ni estableció mecanismos que aseguren que la información relevante cuenta con los elementos de calidad suficientes y que sus sistemas de información y comunicación, se diseñaron e instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, y que permitieran determinar si se están cumpliendo las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos, relacionados con la validación de solicitudes, la selección de candidatos y el cumplimiento de requisitos.

2017-5-48D00-07-0289-07-008 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente medidas de control para que durante el proceso de selección de los beneficiarios y de la asignación de las becas, las unidades académicas del instituto que operan el Pp S243 "Programa Nacional de Becas" cuenten con comités de becas, a fin de que en sus sesiones se analicen las solicitudes registradas, el cumplimiento de los requisitos; apliquen los criterios de selección para la dictaminación de aprobación o denegación de las becas; elaboren las actas de selección de candidatos; vigilen que los expedientes de los candidatos a becarios sean debidamente integrados con solicitudes completas, legibles y firmadas, así como con la documentación solicitada perfectamente legible; preparen y suscriban el acta del proceso de selección de becarios; validen la información proporcionada por los aspirantes, y confirmen que éstos cumplen con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del programa; y que recopilen y salvaguarden la información digital registrada por los aspirantes, verificando su integridad, en términos de las Reglas de Operación del Pp S243 "Programa Nacional de Becas"

de los alumnos aspirantes; vigilar el cumplimiento de los requisitos; validar la información registrada en cada solicitud y seleccionar a los candidatos a becarios.

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de ejercicios fiscales subsecuentes, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-009 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un mecanismo de control que asegure la instalación de los comités de becas, a fin de que realice la selección de beneficiarios para obtener una beca mediante el Pp S243 "Programa Nacional de Becas", y la integración de los expedientes de los aspirantes y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que sean instrumentados bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de lo establecido en el numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

8. Notificación y publicación de resultados de los beneficiarios del Pp S243

Con base en los listados generados por los comités de becas publicados en el portal oficial de internet del INAH, relativo al Padrón Único de Beneficiarios del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” 2017, se identificó que fue conformado por el 94.5% (887 beneficiarios), 52 menos respecto de los 939 reportados como beneficiarios en la Cuenta Pública 2017, sin que se acreditaran las explicaciones correspondientes, lo que reveló que el instituto no contó con sistemas de información y comunicación diseñados e instrumentados bajo criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, que permitieran determinar el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales con el uso eficiente de los recursos del programa.

2017-5-48D00-07-0289-07-010 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un mecanismo de control para que la información generada por los comités de becas sobre el número de integrantes del Padrón Único de Beneficiarios del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" sea la que se publique en el portal oficial de internet y ésta se corresponda con lo reportado en la Cuenta Pública y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de las Reglas de Operación del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

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9. Conformación del Padrón Único de Beneficiarios del Pp S243

En 2017, el INAH acreditó la publicación del 94.5% (887) de los beneficiarios del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” 2017, correspondientes a la ENAH, y faltó el 5.5% (52) de los que formaron parte de los atendidos por la ENCRyM y la ENAHNM, respecto de los 939 beneficiarios de becas en las modalidades reportados en la Cuenta Pública 2017; tampoco dispuso del archivo que detallara la información para cada beneficiario directo o indirecto conforme a las especificaciones de los campos que son de carácter obligatorios y si se consideraron en todo momento las especificaciones de identificación y control, por lo que no acreditó que la estructura del padrón presentara los criterios mínimos, lo que reveló que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

2017-5-48D00-07-0289-07-011 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia integre el Padrón Único de Beneficiarios del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de que sea validado por la Secretaría de la Función Pública, e implemente los mecanismo de control necesarios para contar con información de cada beneficiario directo o indirecto conforme a los campos que son de carácter de obligatorios, y considere en todo momento las especificaciones de identificación y control, así como los criterios mínimos establecidos para dar cumplimiento al Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 12 de enero de 2006 y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas del ejercicio fiscal subsecuente, de los numerales 7.2.1.1.2 "Descripción", el "Anexo 1 Personas Fiscas", del "Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales" y 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

10. Entrega de las becas del Pp S243

En 2017, el INAH reportó, en sus registros contables, la entrega de 973 becas, 39 más que las 939 señaladas en la Cuenta Pública 2017 y no acreditó contar con un sistema de información presupuestario que promoviera la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto, que permitiera verificar la entrega de los recursos de las becas del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” por 9,200.7 miles de pesos, ni que la entrega de los apoyos se realizó dentro de los periodos establecidos en las RO del programa; al respecto, con la documentación disponible, se verificó que la ENAH, en las modalidades de “Desempeño Académico”, “Apoyo al Estudio” y “Apoyo Académico” realizó los seis pagos mensuales correspondientes; en la de “Manutención”, el primer pago se dividió en cuatro meses y el

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importe máximo fue proporcionando en 8 mensualidades y en la de “Apoya tu Transporte”, el recurso se suministró en 10 meses, ambas entre octubre de 2017 y agosto de 2018; sin embargo, para modalidad de “Apoyo a la Titulación”, únicamente se dispuso de la evidencia del pago de seis de los 12 meses que correspondían.

En el caso de la ENCRYM, en las modalidades de “Desempeño Académico”, “Apoyo Académico”, y “Apoyo al Estudio”, el pago se realizó en 6 exhibiciones mensuales, y en la de “Apoyo a la Titulación, de los 12 pagos mensuales, sólo se reportaron 6, en la de “Manutención, se registraron 6 de 8 pagos, correspondientes al primer, tercer y cuarto año, sin especificar si los cuatro primeros pertenecían al pago inicial y los otros al importe máximo, y en la de “Apoya tu Transporte”, únicamente se presentó el registro de 6 de los 10 pagos; la falta de información reveló que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

Las irregularidades detectadas se reportaron mediante el oficio núm. DGADPP/043/2019 del 14 de enero de 2019, al Órgano Interno de Control en el INAH.

2017-5-48D00-07-0289-07-012 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un sistema de información presupuestario que promueva la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto, a fin de entregar los recursos de las modalidades de las becas del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" dentro de los periodos establecidos en las Reglas de Operación del programa y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en los términos de establecido en el artículo 45, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación las medidas emprendidas.

11. Gestión y verificación de los recursos presupuestales

De las 939 becas otorgadas por el INAH, en 2017, en las seis modalidades de becas del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, que ampararon los 9,200.7 miles de pesos reportados como ejercidos en la Cuenta Pública 2017, únicamente acreditó la gestión del otorgamiento del 7.2% (658.8 miles de pesos), que corresponden al 8.4% (79 becas) de la ENCRyM; lo que evidenció que no se contó con un mecanismo para gestionar los recursos y asegurar la disponibilidad del 92.8% (8,541.9 miles de pesos), que pertenecen al 91.6% (860 becas) destinados a la ENAH y a la ENAHNM, ni se dispuso de las explicaciones respectivas, lo que evidenció que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con

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calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

Las irregularidades detectadas se reportaron mediante el oficio núm. DGADPP/043/2019 del 14 de enero de 2019, al Órgano Interno de Control en el INAH.

2017-5-48D00-07-0289-07-013 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia verifique la disponibilidad presupuestal del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de que los beneficiarios del programa reciban en tiempo y forma los subsidios correspondientes y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de lo que se establezca en las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes y del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

12. Economía

El INAH reportó, en la Cuenta Púbica 2017, que en el Pp S243 “Programa Nacional de Becas” ejerció el 100.0% (9,200.7 miles de pesos) de los recursos autorizados para el otorgamiento de las becas; sin embargo, en su reporte “Movimientos Presupuestarios del PP S243” 2017, informó una erogación por 8,323.2 miles de pesos, monto inferior en 9.5% (1,042.6 miles de pesos), sin que se presentara la evidencia documental que acreditara la diferencia identificada y, en su caso, el reintegro de los recursos no ejercidos a la Tesorería de la Federación, lo que evidenció que no contó con un sistema de control presupuestario que promoviera la programación, presupuestación, ejecución, registro, control e información del gasto.

Asimismo, en su registro interno del gasto del Pp S243 incluyó el ejerció de 198.0 miles de pesos por concepto de “Apoyo al servicio social”, modalidad que no se encuentra considerada en las Reglas de Operación de Programa; lo que reveló que el instituto no garantizó que los recursos del programa se canalizaron exclusivamente a la población objetivo ni aseguró que el mecanismo de distribución, operación y administración facilitara la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación; además, aun cuando señaló que esos recursos correspondían a la partida 43901 “Subsidios para capacitación y becas” no precisó el programa presupuestario del que provenían, ni se dispuso de la evidencia documental que acreditara los movimientos de los recursos presupuestarios, lo que reveló que no aplicó la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los gastos y, en general, contribuir a medir la economía y del gasto del programa.

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En relación con la distribución, por tipo y monto, de los de los 9,200.7 miles de pesos reparados en la Cuenta Pública 2017, el INAH acreditó el ejercicio del 36.6% (3,363.0 miles de pesos) correspondiente sólo a la ENAH y la ENCRYM, lo que demostró que no contó con sistemas de control presupuestario que promovieran la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto.

En cuanto a los 10,000.0 miles de pesos convenidos entre el INAH y la SEP, aun cuando dispuso del calendario de pagos de dichas becas en la ENAH y la ENCRyM, no contó con información que permitiera verificar la gestión y operación de la cuenta donde se encontraron los recursos convenidos, lo que demostró que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

Asimismo, sólo informó de la disposición del 26.9% (2,481.4 miles de pesos), de los cuales el 96.3% (2,389.6 miles de pesos) correspondió a la ENAH, el 16.9% (3.7 miles de pesos) a la ENCRyM, de la ENAHNM no se notificó la erogación, lo que demostró que no contó con sistemas de control presupuestario que promuevan la programación, presupuestación, ejecución, registro, control e información del gasto.

Por lo que respecta al otorgamiento de recursos por tipo y monto de las seis modalidades de becas”, se identificó que el INAH no acreditó la información de los 12 meses que comprendieron al ejercicio fiscal 2017; lo que evidenció que el instituto no contó con sistemas de control presupuestario que promovieran la programación, presupuestación, ejecución, registro, control e información del gasto. En cuanto a la ENCRYM, se constató que de los 459.6 miles de pesos otorgados, el 23.3% (107.4 miles de pesos) fueron de forma adicional, ya que tres de las seis becas no se sujetaron a los montos establecidos en las reglas de operación, sin que se remitieran las causas al respeto, lo que implica que el INAH no contó con un mecanismo de distribución, operación y administración que otorgara acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros.

Las irregularidades detectadas se reportaron mediante el oficio núm. DGADPP/043/2019 del 14 de enero de 2019, al Órgano Interno de Control en el INAH.

2017-5-48D00-07-0289-07-014 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia acredite las Cuentas por Liquidar Certificadas del ejercicio de los 9,200.7 miles de pesos reportados como ejercidos en la Cuenta Pública 2017 por concepto del subsidio del Pp S243 ¿Programa Nacional de Becas¿, e implemente sistemas de control presupuestario, a fin de promover la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto, en los términos de los artículos 45, párrafo cuarto, y 54, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y del numeral 3.4 "Características de los apoyos (tipo y monto)", del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2017, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

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2017-5-48D00-07-0289-07-015 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia instrumente un mecanismo de control para garantizar la entrega de los apoyos a la población objetivo establecida en la normativa del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de asegurar que el mecanismo de distribución, operación y administración facilite la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación; en los términos del artículo 75, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-016 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia aclare el origen de los 198.0 miles de pesos destinados a otorgar apoyos por concepto de "Servicios Social", y acredite, mediante las adecuaciones presupuestarias, los movimientos presupuestarios consignados al Pp S243 "Programa Nacional de Becas", e implemente mecanismos de control que le permitan aplicar los recursos del programa a la población objetivo, a fin de que utilice la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los gastos y, en general, contribuir a medir la economía y del gasto del programa, en los términos de artículo 2 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-017 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia aclare y acredite la distribución de los recursos por tipo y monto de beca del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de contar con sistemas de control presupuestario que promuevan la programación, presupuestación, ejecución, registro, control e información del gasto, en los términos del artículo 45, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-018 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia aclare y acredite la gestión y operación de la cuenta en donde se concentraron los 10,000.0 miles de pesos convenidos entre la SEP y el INAH, con el propósito de establecer un fideicomiso para administrar los recursos de las becas ¿Manutención¿ y ¿Apoya tu Transporte¿, mismo que no fue formalizado, e implemente medias de control, a fin de que facilite el registro y fiscalización de los gastos del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación, relacionados con el ejercicio de los recursos públicos, con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en los términos del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-019 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente un sistema de control presupuestario que le permita el registro del ejercicio de los recursos del Pp S243 durante el ejercicio fiscal, a fin de promover la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto, en los términos del artículo 45, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; e informe a la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-020 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia entregue los montos de las becas de acuerdo con el tipo de modalidad y la temporalidad establecidos en las reglas de operación del Pp S243, a fin de garantizar el acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros, en los términos de los numerales 3.3.2 "Procedimientos de selección", etapa "Entrega de apoyos (generación y dispersión de pagos)" y 3.4. "Características de los apoyos" (Tipos de beca, montos y periodicidad), del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas del ejercicio fiscal 2017, y 75, fracción II, del al Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

13. Ampliación de la cobertura mediante el otorgamiento de becas del Pp S243

El INAH registró, en la Cuenta Pública 2017, en los indicadores de Nivel de Fin “Porcentaje de estudiantes becados y/o apoyados de tipo artístico cultural” y de Componente “Porcentaje de becas otorgadas a estudiantes del tipo medio superior”, un 89.4% de cumplimiento, al otorgar 939 becas de 1,050 programadas; sin embargo, no dispuso de los medios para la verificación de las metas reportadas en los indicadores, ya que no se dispuso de una base de datos con la integración de las becas reportadas como entregadas, lo que evidenció que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

Asimismo, en 2017, el INAH no dispuso de un indicador para medir la ampliación de la cobertura mediante el otorgamiento de becas del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, ya que los indicadores registrados en la MIR del Pp S243 sólo comparan las metas programadas respecto de las alcanzadas, y no miden el objetivo general, relativo a contribuir a asegurar mayor cobertura mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de las tres unidades académicas del INAH, lo que reveló que no dispuso de un mecanismo que le permitiera establecer un parámetro de medición de lo que se pretende lograr en un año expresado en términos del efecto económico y social del programa y, con ello, evaluar el desempeño por

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medio de la verificación del grado de cumplimiento de objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos que permitan conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales.

El INAH precisó que aun cuando tiene identificados las causas que originan el fenómeno problemático del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, actualmente no se han desarrollado acciones para atender las causas internas referidas con la desarticulación o poca vinculación del ámbito educativo con el mercado laboral, la dispersión y heterogeneidad de modalidades de carreras, la disponibilidad de planteles y la escasez de maestros”, lo que evidenció que el otorgamiento de los subsidios mediante programa no fue el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden.

2017-5-48D00-07-0289-07-021 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia acredite el cumplimiento del 87.8% reportado en los indicadores de la Matriz de Indicadores para Resultados del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de los niveles de Fin "Porcentaje de estudiantes becados y/o apoyados de tipo artístico cultural" y de Componente "Porcentaje de becas y/o apoyos otorgados de nivel superior", a fin de verificar el avance en la atención de la población objetivo mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de nivel superior del INAH y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de del numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-022 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia diseñe e implemente un indicador para medir la contribución del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de asegurar mayor cobertura estudiantil mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de educación artística y cultural de nivel superior, a fin de evaluar el cumplimiento de objetivos y metas, y conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, en términos de establecido en los artículos 27, párrafos segundo y tercero, y 110, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-023 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia modifique el Pp S243 "Programa Nacional de Becas" y oriente su operación a contribuir a la atención del fenómeno problemático del abandono escolar, a fin de que el otorgamiento de los subsidios del

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programa sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden, en términos del artículo 75, párrafo primero, fracción IX, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

14. Fomento a la permanencia y al egreso de los alumnos beneficiados por el Pp S243

En 2017, el INAH, en el indicador de Nivel de Propósito “Porcentaje de permanencia escolar de estudiantes becados de tipo superior respecto a la matrícula de estudiantes becados al inicio de cursos del mismo tipo educativo”, reportó en la Cuenta Pública la permanencia del 62.6% (939 alumnos) de los 1,500 correspondientes a la matrícula de estudiantes becados de tipo superior en el año con el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, respecto de una matrícula de estudiantes becados de 1,500; sin embargo, no acreditó contar con los medios de verificación necesarios ni las explicaciones del porcentaje alcanzado en el indicador.

Asimismo, en 2017, el INAH no estableció un indicador para medir la eficiencia terminal de los alumnos egresados, lo que evidenció que no contó con un parámetro de medición para conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales relacionados con la eficacia terminal de los egresados beneficiados con una beca del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” 2017.

El INAH proporcionó una base de datos de los alumnos egresados; sin embargo, se identificó que se conformó únicamente con los de la modalidad de “Apoyo a la Titulación”, los cuales ya habían egresado de la institución y no debían formar parte de ella, y no se integraron a aquellos estudiantes que concluyeron sus estudios durante el ciclo escolar 2017-2018, y que fueron beneficiados con alguna otra modalidad de beca.

El INAH señaló que las becas de “Manutención”, “Apoya tu Transporte” y “Apoyo al Estudio” le permiten incidir en la permanencia de los estudiantes, reduciendo el factor económico como causa de deserción escolar”, sin que remitiera la evidencia documental que lo acreditara; la falta de información reveló que el instituto no contó con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente ni que se instrumentaron bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad.

2017-5-48D00-07-0289-07-024 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia acredite contar con la evidencia del resultado del indicador de la Matriz de Indicadores para Resultados del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" reportado en la Cuenta Pública 2017, del Nivel de Propósito "Porcentaje de permanencia escolar de estudiantes becados de tipo superior respecto a la matrícula de estudiantes becados al inicio de cursos del mismo tipo educativo", a fin de disponer de los medios de verificación necesarios y las explicaciones del cumplimiento y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente y que se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos del numeral

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9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-025 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia diseñe e implemente un indicador que le permitiera medir la eficacia terminal de sus egresados apoyados con el Pp S243 "Programa Nacional de Becas", mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de educación artística y cultural de nivel superior, y que su mecanismo de verificación se integre con la información de los estudiantes que concluyeron sus estudios durante el ciclo escolar que corresponda, a fin de conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales relacionados con la eficacia terminal de los egresados beneficiados con una beca del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" y, con base en ello, cuente con mecanismos de información y comunicación con calidad suficiente, y se instrumenten bajo criterios de utilidad, confiablidad y oportunidad, en términos de establecido en los artículos 27, párrafo segundo y tercero y 110, párrafo tercero de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el numeral 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", Norma Cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-026 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia implemente mecanismos de control con el objeto de que el otorgamiento de becas del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" fomente en los alumnos de educación artística y cultural de nivel superior, la permanencia y el egreso de las escuelas del INAH, a fin de cumplir el objetivo estratégico, en términos de lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas de ejercicios fiscales subsecuentes, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

15. Cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible8/

En 2017, el INAH no acreditó la vinculación del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” con los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible con las estructuras programáticas,

8/ El apartado 18, incisos a y c de las Conclusiones y Recomendaciones del 24º Simposio NU/INTOSAI establece que las EFS pueden evaluar el grado de preparación y los pre-requisitos de los sistemas nacionales para informar sobre los progresos en la aplicación de los ODS y, posteriormente, auditar su funcionamiento y la fiabilidad de los datos que producen; así como evaluar la implementación del ODS, relacionado con instituciones transparentes, eficientes y responsables.

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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ni que fuera a partir de la categoría programática del programa, el cumplimiento del registro en el Sistema Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP) de las propuestas de vinculación de los ODS con la estructura programática del Pp S243, la validación o, en su caso, el rechazo, con la justificación correspondiente de las propuestas de vinculación de los ODS.

La Secretaría de Cultura tampoco acreditó su participación y aportación en la instrumentación de la Agenda 2030 y los ODS, para contribuir en las acciones destinadas a fortalecer la cooperación e intercambio internacional, en materia cultural, con apego a los tratados internacionales celebrados por los Estados Unidos Mexicanos y a las demás leyes aplicables en la materia.

2017-0-48100-07-0289-07-001 Recomendación

Para que la Secretaría de Cultura se coordine con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para contribuir a las acciones destinadas a fortalecer la cooperación e intercambio internacional, en materia cultural, de conformidad con los tratados internacionales celebrados por los Estados Unidos Mexicanos y a las demás leyes aplicables para el diseño, a fin de que participe y aporte en la instrumentación de la Agenda 2030, así como en la ejecución y la evaluación de estrategias, políticas y programas para el cumplimiento del objetivo 4. Educación de calidad: "garantizar una educación equitativa, y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todas y todos" y la meta 4.B "para 2020, aumentar a nivel mundial el número de becas disponibles para países en desarrollo" de los Objetivos del Desarrollo Sostenible en términos de lo establecido en la "Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible" y los artículos Tercero, fracción XVII, del Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y 41, del Decreto por el que se expide la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-027 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia vincule los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible con su estructura programática autorizada, a fin de establecer las bases para contribuir al logro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 10 Objetivos de Desarrollo Sostenible, incisos a y c, de los Lineamientos para el Proceso de Programación y Presupuestación para el ejercicio 2018, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

16. Satisfacción de los becarios

En 2017, el INAH no dispuso de las encuestas, cuestionarios y demás documentación que, por correo, internet u otro medio de comunicación canalizaría a los beneficiarios de las seis modalidades del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, a fin de conocer si el subsidio fue

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entregado con oportunidad, si permitió permanecer y egresar, así como registrar y conocer las quejas, inconformidades, sugerencias y denuncias de los alumnos.

2017-5-48D00-07-0289-07-028 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia aplique encuestas, cuestionarios y demás herramientas a los beneficiarios de las seis modalidades del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de conocer si el subsidio les fue entregado con oportunidad, si les permitió permanecer y egresar de las escuelas del instituto, así como para que registre y conozca las quejas, inconformidades, sugerencias y denuncias de los alumnos, en los términos que se establezca en las Reglas de Operación del Programa de Infraestructura para el ejercicio fiscal correspondiente, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación las medidas los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

17. Sistema de Evaluación del Desempeño

El INAH no se coordinó con la Secretaría de Educación Pública para la elaboración de la MIR del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, aun cuando ambos participaron en la operación del mismo programa presupuestario en 2017.

En 2017, de los 10 indicadores que formaron parte de la MIR del Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, 5 se relacionaron con la operación del INAH, por lo que se determinó que no fue una herramienta útil ni suficiente para realizar una valoración objetiva del desempeño del programa, bajo los principios de verificación del grado de objetivos y metas del programa, debido a las deficiencias técnicas en la lógica vertical y horizontal, así como a los diferentes tipos de becas que no se corresponden con la problemática identificada en el árbol de problemas, para lograr la permanencia y el egreso de los estudiantes de educación superior.

El INAH especificó de manera clara la relación del problema y el objetivo definidos en sus respectivos árboles, ya que fueron consistentes entre sí, respecto de la problemática de que la población estudiantil de menores ingresos se encuentra es estado de vulnerabilidad y, por ello, tiene menos posibilidades de acceder a una educación de calidad y concluir de manera satisfactoria sus estudios, definida en el PND 2013-2018, en términos de la Guía para el diseño de la Matriz de Indicadores para Resultados.

La MIR incluyó el objetivo de la planeación de mediano plazo, como se señala en la Guía para la construcción de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). Asimismo, se verificó que se alineó con los objetivos, estrategias y líneas de acción del PND 2013-2018 y del Programa Especial de Cultura y Arte 2013-2018, en términos del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales del Sistema de Evaluación del Desempeño.

En cuanto al análisis de la lógica vertical, no permite verificar la relación causa-efecto directa que existe entre los diferentes niveles de la matriz, ya que los objetivos no son adecuados ni suficientes.

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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Respecto de la lógica horizontal de la MIR del Pp S243 no permite analizar la relación causa-efecto entre los diferentes niveles de la matriz, debido a que el programa no está bien diseñado, por lo que el instituto no se encuentra en la posibilidad de evaluar el cumplimiento del objetivo del programa de contribuir a asegurar mayor cobertura mediante el otorgamiento de becas, respecto de los cuatro indicadores identificados para el INAH, en la MIR 2017 del Pp S243, ninguno permite medir la parte de la población objetivo establecida en las RO en cuanto al número de estudiantes regulares, los alumnos recién egresados y los que pertenecen a las escuelas del instituto; también se identificó que sólo un indicador mide la operación establecida en las RO, la relacionada con la validación del padrón de beneficiarios. Tampoco permiten evaluar en qué medida se fomentó el egreso de los alumnos de las escuelas del instituto, atributo que corresponde al cumplimiento del objetivo del programa.

2017-5-48D00-07-0289-07-029 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia se coordine con la Secretaría de Educación Pública con el fin de elaborar la Matriz de Indicadores para Resultados del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", de ejercicios presupuestarios subsecuentes, y permita que sea una herramienta útil y suficiente para realizar una valoración objetiva del desempeño del programa, bajo los principios de verificación del grado de objetivos y metas del programa, con el propósito de contar con elementos que permitan evaluar el objetivo del programa de asegurar mayor cobertura de la educación artística y cultural mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes en situación de vulnerabilidad económica, y fomentar su permanencia y egreso en la educación superior, de conformidad con lo establecido en la Disposición 24, segundo párrafo, del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales del Sistema de Evaluación del Desempeño, los artículos 2, fracción LI, 110, párrafo cuarto y 111, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

2017-5-48D00-07-0289-07-030 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia ajuste la Matriz de Indicadores para Resultados del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", de ejercicios presupuestarios subsecuentes, que permita verificar la relación causa-efecto directa entre los diferentes niveles de la matriz y medir la población objetivo en cuanto al número de estudiantes regulares, los alumnos recién egresados y los que pertenecen a las escuelas del instituto, en términos de los numerales IV.2.2, Secuencia de elaboración de la MIR, análisis 3. "Lógica vertical" y IV.2.1. "Contenido de la MIR", de la Guía para el diseño de la Matriz de Indicadores para Resultados, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

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18. Evaluación del control interno del INAH, en el marco del Pp S243

De los 17 principios evaluados en las cinco normas de control interno, se determinó que, en 2017, el INAH demostró que en el 41.2% (7 principios) contó con la evidencia del 100.0% de sus elementos de control interno (2. Ejercer la responsabilidad de vigilancia, 5. Establecer la estructura para el reforzamiento de la rendición de cuentas, 6. Definir Metas y Objetivos institucionales, 7. Identificar, analizar y responder a los riesgos, 12. Implementar Actividades de Control, 15. Comunicar Externamente y 16. Realizar actividades de supervisión; sin embargo, en el 58.8% (10 principios) no dispuso del total de dichos elementos (1. Mostrar actitud de respaldo y compromiso, 3. Establecer la estructura, responsabilidad y autoridad, 4. Demostrar compromiso con la competencia profesional, 8. Considerar el Riesgo de Corrupción, 9. Identificar, analizar y responder al cambio, 10. Diseñar actividades de control, 11. Seleccionar y desarrollar actividades de control basadas en las TIC´s, 13. Usar Información relevante y de calidad, 14. Comunicar Internamente y 17. Evaluar los problemas y corregir las deficiencias, por lo que se determinó que el instituto presentó deficiencias en las cinco normas de control, en incumplimiento del artículo segundo, Título segundo, Capítulo I, numeral 8. “Categorías del Objetivo del Control Interno”, y el numeral 9, “Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.

En 2017, el INAH careció de mecanismos que permitieran medir el avance y resultados para el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”; asimismo, no contó con Sistemas de Análisis y Seguimiento de Gestión de Calidad, en incumplimiento del artículo segundo, numeral 9, norma tercera, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.

Se verificó que, en 2017, el INAH careció de indicadores para evaluar su objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de las escuelas de nivel de educación superior y que fomentó la permanencia y egreso de los alumnos y presentó deficiencias en la definición e integración de población potencial, objetivo y atendida, en incumplimiento del artículo segundo, Título Segundo, Capítulo I, numeral 9, norma cuarta, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.

Dichas deficiencias se encuentran en los resultados 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 que integran este informe de auditoría.

2017-5-48D00-07-0289-07-031 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia identifique, evalúe, jerarquice, controle y dé seguimiento a los riesgos del Programa de S243 "Programa Nacional de Becas", a fin de que asegure que su sistema de control interno proporcione la una seguridad razonable en el logro de los objetivos y metas de la institución, en términos de lo establecido en el artículo segundo, Título segundo, Capítulo I, numeral 8. "Categorías del Objetivo del Control Interno", y el numeral 9, Normas Generales, Principios y Elementos de Control

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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Interno, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados del análisis y las acciones emprendidas para corregir la deficiencia detectada, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

19. Rendición de cuentas

En 2017, la información reportada en la Cuenta Pública, en los informes de ejecución del PND, de gobierno, de labores del INAH y sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, no permitió determinar el cumplimiento del INAH, respecto de su objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de las escuelas de educación superior y que fomentó la permanencia y egreso los alumnos.

2017-5-48D00-07-0289-07-032 Recomendación

Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia incluya en la cuenta pública, los informes de ejecución del PND, de gobierno, de labores del INAH y sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, la información relativa a la administración de los recursos públicos federales del Pp S243 "Programa Nacional de Becas", para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas, con base en indicadores de desempeño y la atención de las prioridades de la planeación del desarrollo y, con base en ello, establezca mecanismos de control para registrar y obtener información respecto del cumplimiento de los objetivos general y específicos del programa, que permita identificar en qué medida contribuyó a asegurar mayor cobertura y fomentó la permanencia y egreso de estudios de la población estudiantil del INAH, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 1, párrafo segundo; 24, fracción I; 107, fracción I, párrafo segundo, y 111, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en el numeral 9, principio 13 "Usar Información relevante y de calidad", elementos de control 13.03 "Datos Relevantes de Fuentes Confiables", norma cuarta "Información y Comunicación", del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, e informe y acredite ante la Auditoría Superior de la Federación los resultados y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada.

Consecuencias Sociales

La falta de diagnósticos y de una metodología que permitiera identificar con precisión a la población potencial y objetivo y las deficiencias, omisiones e inconsistencias de la información del INAH respecto de la entrega de becas a 939 estudiantes y en la aplicación de los recursos por 9,200.7 miles de pesos para beneficiar a estudiantes con vulnerabilidad económica, le impidió contribuir a asegurar mayor cobertura de estudiantes y fomentar la permanencia y el egreso escolar de la población estudiantil en su nivel educativo.

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Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinaron 19 observaciones las cuales generaron: 33 Recomendaciones al Desempeño.

Adicionalmente, en el transcurso de la auditoría se emitió(eron) oficio(s) para solicitar la intervención del Órgano Interno de Control y de la(s) autoridad(es) recaudatoria(s) con motivo de 3 irregularidad(es) detectada(s).

Dictamen

El presente dictamen se emite el 14 de enero de 2019, fecha de conclusión de los trabajos de auditoría. Ésta se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo de fiscalizar que el otorgamiento de becas contribuyó a asegurar mayor cobertura de estudiantes y que fomentó la permanencia y el egreso escolar de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en sus niveles educativos. Se aplicaron los procedimientos y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar este dictamen.

En el PND 2013-2018, y los programas Especial de Cultura 2014-2018 y Sectorial de Educación 2013-2018 se reconoció que, la población de menores ingresos se encuentran en estado de vulnerabilidad,9/ por lo que tiene menos posibilidades de acceder a una educación de calidad y concluir de manera satisfactoria sus estudios y se señala que para aumentar la eficiencia terminal de la educación artística y cultural se requiere implementar políticas que garanticen el derecho de la educación de calidad, que apoyen la retención y reducción del rezago escolar de dichos estudiantes mediante el otorgamiento de becas. Asimismo, se identificó que el fenómeno problemático consiste en que los estudiantes de educación inicial artística, media superior y superior interrumpen sus estudios por los problemas socioeconómicos (transporte y adquisición de libros y materiales didácticos), la desarticulación o poca vinculación del ámbito educativo con el mercado laboral, la dispersión y heterogeneidad de modalidades y carreras, la disponibilidad de planteles, así como la accesibilidad y la escasez de maestros.

Para atender esa problemática, en diciembre de 2015, el Gobierno Federal instauró la Secretaría de Cultura, y reclasificó los apoyos del Programa Nacional de Becas, a fin de continuar atendiendo a la población objetivo del INAH, la cual se conforma del alumnado y egresados de las tres unidades académicas del instituto, con el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura y fomentar su permanencia y egreso. Para cumplir ese objetivo, en 2017 se presupuestaron 13,154.3 miles de pesos en el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, de los cuales, el 69.9% (9,200.7 miles de pesos) correspondió al INAH.

9/ El concepto de vulnerabilidad se aplica a aquellos grupos de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil y origen étnico se encuentran en condición de riesgo que les impide incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar. Plan Nacional de Desarrollo, “Grupos Vulnerables”.

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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Los resultados de la auditoría mostraron que, en 2017, el instituto presentó deficiencias en materia de diseño de las reglas de operación respecto de los elementos característicos que norman el otorgamiento de subsidios, ya que no identificó con precisión a la población objetivo; no realizó una distribución, operación y administración con equidad al no incorporar los elementos que distinguieran que los alumnos presentaban condiciones de vulnerabilidad económica y de excelencia académica, por lo que no garantizó que los recursos se canalizaron exclusivamente a la población objetivo; no contó con mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; no aseguró la coordinación de acciones entre dependencias y entidades para evitar duplicación en el ejercicio de los recursos, al no realizar la confronta de padrones de los becarios con otras instancias del Gobierno Federal diferentes a la SEP, en consecuencia, no fue el medio más eficaz y eficiente para la atención del problema al limitar la cobertura del programa a los recursos presupuestales que se le asignan para el ejercicio fiscal en curso, y no reportó su ejercicio en los informes trimestrales de sus avances físico-financieros.

Por lo que respecta a las convocatorias, el instituto no contó con un mecanismo para asegurar la coordinación interinstitucional para su emisión y gestión, así como los medios para garantizar su difusión. En relación con la selección de los aspirantes, el INAH reportó que recibió 80 solicitudes de becas, 8.5% de las 939 reportadas en la Cuenta Pública 2017. Tampoco acreditó las solicitudes de beca recibidas de las modalidades de “Manutención” y “Apoya Tu Transporte”. Acreditó la instalación del 50.0% (2) de los comités de becas y dispuso del 25.0% (1) de las actas de verificación y selección de beneficiarios, en las cuales se reportó la selección del 5.5% (52) de los 939 beneficiarios. Además, no acreditó el análisis de requisitos del 94.5% de las solicitudes registradas (887), para dictaminar su aprobación. Por lo que respecta al padrón único de beneficiarios, el instituto no gestionó su confronta por lo que no verificó si los 939 alumnos atendidos con el programa se contraponían, afectaran o duplicaban con otros programas y acciones del Gobierno Federal.

En relación con el ejercicio de los recursos del Pp S243, en la Cuenta Pública 2017, el INAH reportó un ejercicio de 9,200.7 miles de pesos; sin embargo, en sus reportes internos informó la erogación del 90.4% (8,323.2 miles de pesos), sin que comprobara el 9.6% restante (877.5 miles de pesos). Además, no acreditó de qué programa presupuestario dispusieron los 198.0 miles de pesos por concepto de “Apoyo al servicio social”, modalidad que no fue considerara en las Reglas de Operación; tampoco contó con la evidencia de la gestión de los recursos de las modalidades de “Manutención” y “Apoya tu Transporte” del 24.8% (2,481.4 miles de pesos) de los 10,000.0 miles de pesos, derivados del Convenio de Coordinación SEP-INAH. Asimismo, no dispuso de un sistema de información presupuestario que promoviera la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto, que permitiera verificar la entrega de los recursos de las becas del programa dentro de los periodos establecidos; únicamente acreditó la gestión para el otorgamiento del 7.2% (658.8 miles de pesos), lo que evidenció que no contó con un mecanismo para gestionar los recursos y asegurar la disponibilidad del 92.8% (8,541.9 miles de pesos).

Se determinó que, en 2017, el INAH no contó con una metodología específica para identificar y cuantificar a la población potencial y objetivo del programa, y distinguir e incorporar a los

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alumnos que presentaban condiciones de vulnerabilidad económica y excelencia académica. Asimismo, no contó con indicadores que permitieran evaluar el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, fomentar la permanencia y el egreso de la población estudiantil mediante el otorgamiento de becas a los estudiantes de las escuelas de educación superior, ya que aun cuando en la MIR del programa se incluyeron dos indicadores al respecto, éstos sólo midieron el porcentaje de cumplimiento en el otorgamiento de becas.

En opinión de la ASF, para 2017, el INAH no acreditó su incidencia en la atención del problema público relacionado con la deserción de los alumnos de educación superior, ya que aun cuando benefició a 939 estudiantes con becas del Pp S243 “Programa Nacional de Becas” no demostró haber contribuido a asegurar mayor cobertura de estudiantes y que fomentó la permanencia y el egreso escolar de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en su nivel educativo, ya que el programa presentó deficiencias en su diseño y operación, así como omisiones e inconsistencias en la información que sustentó la aplicación de los recursos por 9,200.7 miles de pesos reportados como ejercidos en el Pp S243 “Programa Nacional de Becas”, en la revisión y validación del cumplimiento de los requisitos que debían cumplir los postulantes a una beca y en la autorización en la entrega de los apoyos por los Comités de Becas del instituto. Por lo anterior, no se logró acreditar el beneficio económico y social de los recursos ejercidos en el otorgamiento de becas.

La atención de las recomendaciones contribuirá a que el INAH rediseñe el Programa Nacional de Becas, a fin de que identifique con precisión a la población objetivo; fortalezca sus mecanismos de control y elimine las deficiencias, omisiones e inconsistencias de la información en la aplicación de los recursos del programa, en la aprobación de las becas y, con ello, contribuir a asegurar mayor cobertura de estudiantes y fomentar la permanencia y el egreso escolar de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad en su nivel educativo.

Servidores públicos que intervinieron en la auditoría:

Director de Área Director General

Ernesto Sánchez Rendón Tizoc Villalobos Ruiz

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinados por la Auditoría Superior de la Federación y que se presentó a este órgano técnico de fiscalización para efectos de la elaboración definitiva del Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

En respuesta a los resultados finales y observaciones preliminares, el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, mediante el oficio núm. 401.sC.18.2019/0009 del 14 de enero de 2019, informó lo siguiente:

Resultado núm. 1

Se está en espera de la revisión de las Reglas de operación 2019 por parte de la SHCP. Se nombró un Enlace Operativo para la captura de información en el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamental (SIIPP-G) y un Enlace Operativo de Becas del INAH con la Secretaría de Cultura en lo referente a las RO.

Resultado núm. 2

Se está en espera de la publicación de las Reglas de operación 2019 en el DOF. Las nuevas Reglas de operación contendrán la definición de la población potencial y determinar los criterios de su selección.

Resultado núm. 3

Elaboración de lineamiento de "Publicación de convocatorias" que incluirá como una de sus actividades la definición de criterios; esta actividad formará parte del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos 2019.

Resultado núm. 4

Durante el ejercicio 2018 se desarrolló un sistema de gestión de becas llamado "Portal de becas" que será un control para la publicación de las convocatorias de becas. De igual forma, las convocatorias se publicarán en las páginas electrónicas del INAH y de las Escuelas. El lineamiento de "Publicación de convocatorias" establecerá los criterios para la emisión, gestión y difusión de las convocatorias".

Resultado núm. 5

Durante el ejercicio 2018 se desarrolló un sistema de gestión de becas llamado "Portal de becas" que permitirá presentar, recibir y verificar las solicitudes de becas. El Portal de becas operará para el ejercicio 2019.

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Resultado núm. 6

Se enviará un oficio formal a la SEP y SFP para solicitar información sobre la confronta de padrones para evitar duplicidades en el otorgamiento de beneficios de programas federales.

Resultado núm. 7

El INAH trabajará en la elaboración de los lineamientos de los Comités de becas, por otra parte, el Portal de becas será un control para las diferentes etapas de selección de beneficiarios.

Resultado núm. 8

El INAH trabajará en la elaboración de los lineamientos de los Comités de becas, por otra parte, el Portal de becas contendrá las actas de las reuniones de los Comités de becas.

Resultado núm. 9

El Portal de becas del INAH emitirá un padrón único integrado por la información de las tres Escuelas del Instituto. Por otra parte, en el ejercicio 2018 el INAH designó a un Enlace para el reporte del padrón único de beneficiarios ante la SFP. Para reportar Cuenta pública 2018, el Enlace y la CNRF revisarán los acuses entregados por la SFP.

Resultado núm. 10

En el ejercicio 2019, se desarrollará el Módulo de información financiera en el Portal de becas.

En el ejercicio 2017, la gestión de recursos se realizó por medio de las solicitudes de fondos que remitieron las Escuelas a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros, cabe señalar que para el caso de la ENAH los últimos pagos de becas correspondientes al 2017, se realizaron en el mes de diciembre del mismo año.

Resultado núm. 11

En el ejercicio 2017, la gestión de recursos se realizó por medio de las solicitudes de fondos que remitieron las Escuelas a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros.

Resultado núm. 12

En el ejercicio 2019, se desarrollará el Módulo de información financiera en el Portal de becas.

El presupuesto original para el Programa S243 "Programa Nacional de Becas 2017" fue de 9,200.75 miles de pesos y se ejercieron 8,323.20 realizándose un reintegro de 877,536 pesos.

El INAH ejerció 198.0 miles de pesos del Programa Presupuestario S243 "Programa Nacional de Becas".

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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El INAH de conformidad con lo establecido en el último párrafo de la cláusula segunda del Convenio de Coordinación celebrado entre la SEP y el INAH y derivado del universo de Becarios, informó que el monto para el ciclo 20174-2018 sería de $3,500,000.00.

En el ejercicio 2017, la gestión de recursos se realizó por medio de las solicitudes de fondos que remitieron las Escuelas a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros.

En el ejercicio 2017, la gestión de recursos se realizó por medio de las solicitudes de fondos que remitieron las Escuelas a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros, siendo las Escuelas las responsables de la revisión de solicitudes y elaboración de padrones en los que se cumpla el acceso a los grupos sociales y géneros, siendo la Coordinación Nacional de Recursos Financieros la responsable de realizar la gestión y pago de las solicitudes de fondos que presenten las áreas del Instituto.

Resultado núm. 13

El INAH por medio de sus escuelas, depende de la demanda de becas y del cumplimiento a los requisitos que indican las convocatorias por parte de los alumnos.

Resultado núm. 14

En espera de la publicación del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Cultura.

Resultado núm. 15

En espera de la publicación del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Cultura.

Resultado núm. 16

Se trabajará en un instrumento de evaluación de satisfacción de los beneficiarios. Sumado a lo anterior, el INAH ha desarrollado un sistema de encuestas en línea.

Resultado núm. 17

En espera de la publicación del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Cultura.

Resultado núm. 18

El Programa de Trabajo de Administración de Riesgos 2019 incluirá un riesgo relacionado con la gestión de becas del Instituto.

Resultado núm. 19

La información relativa al ejercicio del presupuesto de todos los Programas del instituto, incluyendo el Programa de Becas, se presenta de manera trimestral en la Comisión Interna de Administración y en el Comité de Control y Desarrollo Institucional.

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Evaluar si el diseño del Pp S243, en 2017, cumplió con los elementos característicos de los subsidios.

2. Verificar que la población atendida por el INAH, en 2017, se correspondió con la población objetivo, en cuanto a las características académicas de los alumnos a quienes van dirigidas.

3. Verificar que, el INAH atendió la estrategia nacional de incentivar a los alumnos en situación de vulnerabilidad económica y con un desempeño académico destacado, en 2017.

4. Verificar que, en 2017, el INAH dispuso de mecanismos para difundir y publicar las convocatorias del Pp S243.

5. Verificar que, en 2017, el INAH haya contado con un sistema para el registro y recepción de solicitudes de becas, así como de verificación de datos de los solicitantes.

6. Revisar que, en 2017, el INAH gestionó el cruce del padrón de beneficiarios del Pp S243.

7. Verificar si, en 2017, el INAH dispuso de mecanismos para validar la información registrada en las solicitudes de becas, respecto de los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Pp S243.

8. Evaluar si, en 2017, el INAH notificó y publicó el padrón de beneficiarios del Pp S243 en los planteles educativos y en la página web institucional.

9. Verificar si, en 2017, el INAH conformó el padrón único de beneficiarios del Pp S243 con aquellos beneficiarios que fueron seleccionados para obtener una beca.

10. Verificar si, en 2017, el INAH entregó el monto de las becas en las fechas establecidas en las convocatorias señaladas en las RO del Programa Nacional de Becas.

11. Verificar si, en 2017, el INAH gestionó ante las autoridades competentes los recursos económicos para otorgar las becas del Pp S243.

12. Verificar si, en 2017, el INAH otorgó los subsidios de acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Contabilidad, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa.

13. Evaluar en qué medida, en 2017, el INAH contribuyó a asegurar mayor cobertura, mediante el otorgamiento de becas del Pp S243.

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Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017

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14. Evaluar en qué medida, en 2017, el INAH fomentó la permanencia y egreso en las escuelas del instituto y, con ello, se redujo la deserción escolar.

15. Evaluar la contribución del INAH respecto del avance del cumplimiento de la meta 4.b "para 2020, aumentar a nivel mundial el número de becas disponibles para países en desarrollo" de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en 2017.

16. Evaluar el nivel de satisfacción de los estudiantes que recibieron una beca en 2017, a fin de determinar, si el subsidio contribuyó a la permanencia y egreso escolar.

17. Verificar que la Matriz de Indicadores para Resultados del Pp S243 "Programa Nacional de Becas" de 2017 cumplió con las directrices generales establecidas por el SED.

18. Evaluar el Control interno del INAH, en 2017, en la operación del Pp S243 "Programa Nacional de Becas".

19. Evaluar la información reportada en los documentos de rendición de cuentas que realizó el INAH, en 2017, para el Pp S243 "Programa Nacional de Becas".

Áreas Revisadas

Las Coordinaciones nacionales de Recursos Financieros y de Desarrollo Institucional, la Secretaría Técnica del INAH, y las Direcciones Generales de las escuelas nacionales de Antropología e Historia (ENAH), de Conservación, Restauración y Museografía (ENCRyM) y de Antropología e Historia del Norte de México (ENAHNM), del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Art.1, Par. segundo; Art. 2, Frac. LI; 24, Frac. I; 27, Par. segundo y tercero; Art. 45, Par. cuarto; Art. 54, Par. tercero; Art. 75, Per. Primero, Frac. I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX y X; Art. 107, Frac. I, Par. segundo; Art. 110, Par. tercero y cuarto; Art. 111, Par. segundo y Par. tercero.

2. Ley General de Contabilidad Gubernamental: Ley General de Contabilidad Gubernamental, Art. 2; Art. 54.

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, Art. 2. numerales 8 "Categorías del Objetivo del Control Interno" y 9 "Normas Generales, Principios y Elementos de Control Interno", principio 13, elementos de control 13.03, norma cuarta.

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2017, numerales 1, 2, 3.2, 3.3.2, 3.4, 3.6, 3.6.1, 3.6.3, incisos a, c y d, 4.1 Frac. XV y 5.

Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, numeral 7.2.1.1.2, anexo 1.

Lineamientos para el Proceso de Programación y Presupuestación para el ejercicio 2018, Inc. a y c.

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, objetivo 4. y meta 4.B.

Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Art. 3, Frac. XVII. Decreto por el que se expide la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, Art. 41.

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales del Sistema de Evaluación del Desempeño, Disposición 24, Par. segundo.

Guía para el diseño de la Matriz de Indicadores para Resultados, numerales IV.2.2, análisis 3. y IV.2.1.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover o emitir las acciones derivadas de la auditoría practicada encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracciones II, párrafo tercero, y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 10, fracción I, 14, fracción III, 15, 17, fracción XV, 36, fracción V, 39, 40, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.