Criterios Para La Seleccion de Especies

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CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE ESPECIES PARA UN ACUARIO: Para la elaboración de las exhibiciones, programas educativos, diseño de instalaciones, etc. Se debe tener en cuenta una serie de antecedentes de la naturaleza del animal y el estado de Conservación (son labores del Biólogo) lo cual incluye varios aspectos como son: a. La estructura social de la especie: la organización social de los animales silvestres está determinada por varios factores ecológicos y genéticos. Los sistemas sociales van desde las especies que viven solitarias durante la mayor parte del año hasta aquellas que viven en grupos permanentes. Estas variaciones dependen de la adaptación para su reproducción de organismos genéticamente viables, protección contra depredadores, busca de alimento y refugios. Este aspecto es trascendental para el bienestar de los animales y el mensaje educativo que se pretende dar con la exhibición. El hábitat natural: Determinar el hábitat de la especie a exhibir si son de agua salada (mar), aguas dulces (ríos) o especies de dos aguas (saladas y dulces pueden vivir en cualquiera de las dos). El uso del espacio en el medio natural: el desplazamiento diario, trayectorias diarias, etc. Patrones de actividad: si son nocturnos, diurnos, etc. Las actividades diarias en su medio: descanso, alimentación, desplazamiento. Dieta: herbívoros, carnívoros, etc. Reproducción: si su reproducción es ovípora ( poseen fecundación interna o externa, cuyas hembras liberan los huevos de sus cuerpos) u ovovivípora ( el huevo se mantiene dentro del cuerpo de la madre hasta el final del desarrollo embrionario y después de la eclosión las crías nacen con toda su

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CRITERIOS PARA LA SELECCIN DE ESPECIES PARA UN ACUARIO:

Para la elaboracin de las exhibiciones, programas educativos, diseo de instalaciones, etc. Se debe tener en cuenta una serie de antecedentes de la naturaleza del animal y el estado de Conservacin (son labores del Bilogo) lo cual incluye varios aspectos como son:

a. La estructura social de la especie: la organizacin social de los animales silvestres est determinada por varios factores ecolgicos y genticos. Los sistemas sociales van desde las especies que viven solitarias durante la mayor parte del ao hasta aquellas que viven en grupos permanentes. Estas variaciones dependen de la adaptacin para su reproduccin de organismos genticamente viables, proteccin contra depredadores, busca de alimento y refugios.Este aspecto es trascendental para el bienestar de los animales y el mensaje educativo que se pretende dar con la exhibicin.

El hbitat natural: Determinar el hbitat de la especie a exhibir si son de agua salada (mar), aguas dulces (ros) o especies de dos aguas (saladas y dulces pueden vivir en cualquiera de las dos).

El uso del espacio en el medio natural: el desplazamiento diario, trayectorias diarias, etc.

Patrones de actividad: si son nocturnos, diurnos, etc.

Las actividades diarias en su medio: descanso, alimentacin, desplazamiento.

Dieta: herbvoros, carnvoros, etc.

Reproduccin: si sureproduccines ovpora (poseen fecundacin interna o externa, cuyas hembras liberan los huevos de sus cuerpos) u ovovivpora (el huevo se mantiene dentro del cuerpo de la madre hasta el final del desarrollo embrionario y despus de la eclosin las cras nacen con toda su estructura formada).

Temperatura: adaptacin del animal a la temperatura del agua

Respiracin: Forma de respiracin (si puede respirar por aire o extraer su oxgeno)

Los modos de desplazamiento: las formas de nadar que tenga la especie a seleccionar.

El estado de conservacin: De acuerdo a la clasificacin internacional (si es una especie extica) y a su estabilidad en el pas (si es una especie nativa).

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELACaracas, jueves 16 de octubre de 1997 Nmero 36.314NORMAS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE PARQUES ZOOLOGICOS YACUARIOS(DE LA OBTENCION DE EJEMPLARES)Artculo 15 .- Para la captura y recolecta de ejemplares de la fauna silvestre autctona, destinada a los parques zoolgicos y acuarios, el interesado deber estar provisto de una Licencia de Caza con Fines Cientficos otorgada por el Servicio Autnomo para la Proteccin, Restauracin, Fomento y Racional Aprovechamiento de la Fauna Silvestre y Acutica del Pas PROFAUNA. Esta licencia se otorgar previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, en funcin de la capacidad del zoolgico o acuario para proveer el adecuado mantenimiento, alojamiento y exhibicin de dichos ejemplares.Pargrafo nico: La obtencin de ejemplares a travs de donaciones, intercambios con otros parques zoolgicos y acuarios y cualesquiera otras formas de obtencin debern estar amparadas por la correspondiente autorizacin emitida por el Servicio Autnomo para la Proteccin, Restauracin, Fomento y Racional Aprovechamiento de la Fauna Silvestre y Acutica del Pas PROFAUNA.Artculo 18.- La mxima autoridad del parque zoolgico o acuario podr, previa autorizacin del Servicio Autnomo para la Proteccin, Restauracin, Fomento y Racional Aprovechamiento de la Fauna Silvestre y Acutica del Pas PROFAUNA, intercambiar los ejemplares y productos de la fauna silvestre por otros ejemplares de la fauna silvestre, as como por equipos o materiales que contribuyan a mejorar el manejo del parque zoolgico o acuario provenientes de instituciones zoolgicas nacionales.Pargrafo Primero: Cuando el intercambio de ejemplares se realice con parques zoolgicos o acuarios extranjeros, deber celebrarse un convenio entre la parte interesada, el Servicio Autnomo para la Proteccin, Restauracin, Fomento y Racional Aprovechamiento de la Fauna Silvestre y Acutica del Pas PROFAUNA y la Fundacin de Parques Zoolgicos y Acuarios FUNPZA a los fines de establecer las condiciones del intercambio.